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Medidas para proteger a los consumidores de suministros de energía

La OMIC informa de la reciente aprobación del Real Decreto sobre medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, El Decreto incluye importantes novedades para los consumidores del sector energético, medidas para luchar contra la pobreza energética, así como otras para aumentar la información y protección del consumidor y prohibir las malas prácticas en los contratos de electricidad y gas.

La nueva normativa protege los derechos de los usuarios para evitar y combatir las malas prácticas de las compañías suminstradoras de energía.

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ya solicitó combatir estas malas prácticas de las compañías suministradoras que generan un elevado número de reclamaciones. El organismo ya multo a cuatro de las grandes comercializadores por realizar contratos sin el consentimiento del cliente que normalmente se dan cuando un comercial visita a los usuarios en su vivienda para ofrecerles estos servicios. En relación a las novedades, se incluyen medidas de protección específicas para los consumidores vulnerables y con menor capacidad económica para afrontar la pobreza energética. Por otro lado, se crean mecanismos de protección en relación a la comercialización y contratación del suministro eléctrico cuando se realiza a “puerta fría”, o de “puerta a puerta” la que se lleva a cabo a través de visitas comerciales directamente a los domicilios sin que haya habido previa comunicación y expreso consentimiento por parte del consumidor doméstico. También se prohíbe que las comercializadoras eléctricas puedan realizar publicidad no solicitada en visitas domiciliarias sobre sus productos, excepto en el caso de que el destinatario haya solicitado por iniciativa propia recibir información sobre el servicio por dicho medio. Tampoco podrán realizar prácticas de contratación en los domicilios de los clientes de forma directa salvo que exista petición expresa por parte del cliente. En caso de que un comercializador incumpla algunos de estos requisitos el órgano competente del Ministerio de Transición Ecológica podrá, previa tramitación de un procedimiento, declarar la extinción de la habilitación como comercializador por un plazo de un año. En este caso los usuarios de esta comercializadora se traspasarán a un comercializador de referencia.

Medidas de protección de los consumidores en general

• Prohibición de la venta puerta a puerta, en electricidad y gas, en el domicilio del cliente, salvo que se solicite una cita previa. • Mejora de la información en factura: Las

Comercializadoras de Referencia incluirán en las facturas de PVPC información sobre el importe que hubiese tenido el cliente, aplicando el resto de modalidades de discriminación horaria asociadas a los peajes de acceso, que puede contratar el consumidor con derecho a PVPC. • Facilitar la contratación de potencia en tramos de múltiplos de 0,1 kw. Se permite la contratación de potencia en tramos de 0,1 Kw, para suministros inferiores a 15 kw. No se modifican las limitaciones a cambios anuales de potencia, ni se cambia el régimen de coste asociado a los cambios de potencia.

Este cambio permite una contratación más ajustada a la potencia demandada por el cliente. • Exclusión de los consumidores domésticos del pago del recargo por reactiva (P<15kw), que estaba previsto aplicar a partir del 1 enero 2019. Los ingresos obtenidos por las empresas distribuidoras, en concepto de recargo de reactiva, dejan de ser considerados ingresos liquidables del sistema y deberán ser destinados a acciones necesarias para cumplir los requisitos de control de la tensión de red. • Integración de la tarifa 6.1.B (30 kV) en la tarifa 6.2 (< 72,5 kV). • Acceso a información: Se desarrollará reglamentariamente la posibilidad de que las comercializadoras accedan a determinados datos del consumo y potencia máxima demandada por los clientes, de manera que pueda diseñar ofertas específicas, bien directamente bien a través de empresas de servicios energéticos.

Cualquier duda o aclaración puede ponerse en contacto con la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) en el teléfono 91 6597137 o bien a través de correo electrónico omic@ssreyes.org

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