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RINCÓN DE LA HISTORIA Santiago Izquierdo, Cronista oficial
Los daños de la caza a través de nuestra historia
Ú
ltimamente hemos tenido noticia de que en diferentes parajes de nuestro término municipal ha proliferado la caza, principalmente de conejos, y también de jabalíes, incluso alguna manada de éstos han sido fotografiados por algunos vecinos en las proximidades de las viviendas, tanto por la zona del Barrio de los Arroyos como por las cercanías de las urbanizaciones, y se ha tenido noticia de ejemplares pastando por las márgenes del río Jarama. Sabemos de denuncias efectuadas por los algunos hortelanos de los destrozos que han ocasionado en varias huertas cercanas a la ribera. Y en cuanto a los conejos no es difícil encontrárnoslos en cualquier paraje del término, de ello son testigos los numerosos convecinos que saliendo a correr o montando en bicicleta se les cruzan por caminos y veredas. En alguna ocasión he escrito un artículo sobre las denuncias que nuestros antepasados elevaban a la superioridad reclamando se les resarciese por los daños que la caza realizaba en las viñas y en los cultivos de cereales. Tengamos en cuenta que nuestro municipio colindaba con el cazadero real de El Pardo. En esta ocasión voy a transcribir una Real Cédula de Felipe V en la que se refleja la “preocupación” que la Corona por los desmanes que la caza realizaba en nuestra localidad. La transcripción la realizo con la ortografía actual.
Real Cédula de Felipe V
“El Rey, Por cuanto por resolución mía a consulta del Duque del Arco de veintitrés de marzo de mi setecientos treinta y siete, mandé que a diferentes pueblos de la circunferencia de los montes de El Pardo, Zarzuela y Torre de la Parada se les resarciesen los daños que en sus sembrados
LA PLAZA
1 de marzo de 2017
y haciendas hace la caza de los propios montes, abonándoseles las cantidades asignadas anualmente en la misma consulta en cuenta de lo que debiesen pagar por sus contribuciones. Y respecto de estar comprendido en esta recompensa el lugar de San Sebastián con dos mil doscientos reales de vellón al año para distribuir entre los dueños de las haciendas que experimentan los perjuicios que ocasiona la caza y la Iglesia y Fábrica del mismo lugar con cuatrocientos, y aunque tengo mandado se le abone lo que por esta razón ha dejado de percibir hasta fin de mil setecientos cuarenta y dos por no haberse despachado por el Consejo de Hacienda. Por Real Decreto mío de veintinueve de diciembre del año próximo pasado mandé que se expidiese lo que este lugar pedía para el abono de los dos mil seiscientos reales anuales en la forma que por el igual motivo se hubiese ejecutado por lo tocante a otros pueblos que gozan de la misma recompensa. Por un Real Decreto mandé que desde el año de mil setecientos veintinueve en adelante se abonasen perpetuamente a los lugares inmediatos al Sitio del Pardo para resarcirles de los perjuicios que les ocasionaba la caza mayor y menor podían ocasionarles en sus haciendas y cederles toda acción y derecho por los agravios recibidos a pesar de las batidas y cacerías hechas en todo el tiempo de mi reinado. En lo respectivo al lugar de San Sebastián he tenido por bien expedir la presente mi Real Cédula sólo por lo que comprende a las rentas de millones, por lo cual mando que en consecuencia de mi real deliberación se les abone al expresado lugar de San Sebastián los dos mil seiscientos reales que mi real benignidad les ha dispensado en resarcimiento de los daños que en sus sembrados y haciendas les hace la
caza de los propios montes en cada año, situándoseles en las Contribuciones Reales que anualmente pagan con descuento o minoración de ellas. La ejecución y observancia de esta mi Real Cédula, precediendo escritura de obligación que ha de otorgar de darse por satisfecho y remunerado el mencionado lugar de San Sebastián de todos los daños que la propia caza pueda ocasionarles en sus haciendas, y separarse de nuevos recursos por esta razón, obligándose y constituyéndose de remitir y ceder toda la acción y derecho que puedan tener para representar y pedir agravios recibidos en sus haciendas por las batidas y cacerías hechas en todo el tiempo de mi reinado, según en la forma que lo ejecutaron otros pueblos por la misma razón, que vean, guarden y ejecuten su contenido que así es mi voluntad se practique y que esta mi Cédula se tome la razón en mi Contaduría General de Millones y en la de la Superintendencia de estos servicios de Madrid y su Provincia. Hecha en El Pardo a veintinueve de enero de mil setecientos cuarenta y cinco.
Yo el Rey. (Firma autógrafa del Rey).
Como se desprende de la Real Cédula de 29 de enero de 1745, cuyo original se conserva en Archivo Municipal en la sección histórica, el problema de los daños de la caza en sembrados, viñedos y huertas son endémicos en nuestra localidad. En el documento que describo se puede sobreentender que lo extiende el rey Felipe V no por su “real agrado”, sino por las denuncias que hacían nuestros antepasados de los destrozos que soportaban, e igualmente se puede entender que otros pueblos limítrofes con los montes reales (El Pardo, Zarzuela y Torre de la Parada) sí que habían recibido las recompensas por los daños recibidos. Lo que se puede apreciar en este documento real es que no se menciona el Monte de Viñuelas, quizás se deba a que en esa fecha este monte aún no era patrimonio real, ya que es adquirido el 21 de junio de 1751 a la Marquesa de Mejorada. En otro momento reflejaré la historia del Monte de Viñuelas y su castillo, así como su vinculación histórica con San Sebastián de los Reyes. Hay que tener en cuenta que en esa época el término municipal de San Sebastián de los Reyes lindaba con el término de Fuencarral, y con el Monte del Pardo, actualmente esos terrenos pertenecen a Alcobendas. Desconozco si actualmente se están tomando medidas para controlar toda esta “caza furtiva” que corretea por nuestro municipio y si se están indemnizando los daños que están causando.