Valdemoro mpal nº33 - 2020

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HACIENDA 9

En vigor las nuevas Ordenanzas fiscales Tras su aprobación definitiva por el Pleno, 2020 arranca con bajadas de la tasa de basura y aumento de las bonificaciones para los vehículos menos contaminantes

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na vez concluido el periodo de alegaciones desde que fueran aprobadas inicialmente, la modificación de las Ordenanzas fiscales es efectiva desde este 1 de enero al ratificar en el Pleno celebrado el 23 de diciembre los cambios propuestos a finales de octubre. El proyecto del Gobierno local para el cambio en algunas de tasas e impuestos locales consolida una bajada del 15% en el recibo de basuras, que pasa de 53 a 45 euros, se amplía de seis a diez meses el plazo máximo para abonar una plusvalía cuando el importe esté entre los 4.000 y los 6.000 euros y se sitúa en 200 euros el importe mínimo del fraccionamiento siempre que este se abone en el año objeto del tributo. Además, en el caso de las plusvalías, las bonificaciones se aplicarán de oficio sin que, como hasta ahora, el contribuyente tenga que solicitarlo de forma expresa, bonificación que en el caso del IBI sí tendrán que solicitar de forma expresa las familias numerosas antes del 20 de abril de cada ejercicio. Cambian también las tasas por derechos de examen y el impuesto de construcciones y obras deja de abonarse por autoliquidación pasando su cobro a ser mediante el sistema de liquidación provisional.

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Rebaja para ocupaciones de la vía pública: mercadillo, quioscos y Recinto Ferial en fiestas En el caso del impuesto de vehículos se adapta el texto a las categorías que establece la DGT y se bonificará con el 75% los vehículos catalogados como Cero emisiones y del 60% para los definidos como ECO, tras aceptar el Pleno una alegación parcial del PP. En este mismo sentido queda vigente una nueva redacción que regula el uso de espacios públicos y establece el precio básico del suelo en 0,16 euros el metro cuadrado y se modifican a la baja los gravámenes. Una circunstancia que beneficiará a quienes tengan que hacer mudanzas o colocar contenedores de escombros, a comerciantes del mercadillo y a los titulares de los quioscos permanentes de prensa o cupones, máquinas expendedoras, negocios de hostelería y otras autorizaciones a establecerse en la vía pública, así como las instalaciones que permanecen entre cuatro días y un mes, como los mercadillo de Navidad, Feria del Libro o Feria Barroca. También se suprime el gravamen que se aplica a las instalaciones de menos de tres días y se rebaja la fiscalidad sobre la ocupación del Recinto Ferial durante las fiestas patronales un 50%

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