El abuso sexual
en las aulas
de Jalisco LUIS ALBERTO HERRERA
El abuso sexual
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de Jalisco LUĂ?S HERRERA
El universo grita. El hormigón acusa la violencia con la que fue fraguado como muro. El hormigón grita. La hierba gimotea bajo los dientes del animal. ¿Y el hombre? ¿Qué diremos del hombre? Michel Houellebecq
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CAPITULO PRIMERO
Abusos en escuelas rebasan a la sej Los casos forman parte de la estadística anual de la SEJ. En el periodo 2000-2011 se han presentado 116 denuncias de agresiones sexuales de docentes hacia el alumnado, la SEJ confirmó 92% Sólo 45% de los casos confirmados concluyó con el cese del profesor inculpado
Los registros de la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ) en un periodo de 12 años, de 2000 a 2011, lo demuestran. No hay un solo año en que no se haya presentado un cúmulo de estos abusos, desde palabras y miradas de hostigamiento sexual a los infantes o tocamientos, hasta la violación. Estos hechos en Jalisco se presentan en todos los niveles de la educación básica: hay, inclusive, jardines de niños con antecedentes de abuso sexual confirmados por la SEJ, aunque las secundarias y primarias concentran la gran mayoría de estos sucesos. Dentro de este lapso de estudio, la SEJ registró 116 casos por denuncias de agresión sexual hacia el alumnado de parte de los maestros; en 92% de éstos las indagatorias de la autoridad confirmaron la responsabilidad del docente, por lo que concluyeron con la imposición de una sanción en el ámbito administrativo. La mitad de todos los casos se originó en planteles de secundaria, mientras que en un segundo lugar pero con una proporción muy cercana (45%) fueron las primarias públicas las que sirvieron como es-
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cenario de esta conducta que es, en realidad, un delito: en estos dos niveles, por lo tanto, se focaliza 95% de las agresiones sexuales que produce el sistema educativo estatal básico. En el 5% restante, sin embargo, se encuentran las agresiones que sucedieron en los jardines de niños, específicamente con 3% de los hechos, y donde se han presentado cuatro denuncias: una en 2008 y dos en 2010 —en estas tres la Secretaría confirmó actos de abuso sexual contra los menores—; hubo otra anterior, de 2006, pero la indagatoria concluyó con la improcedencia de la acusación. Existe un 2% final de todos los casos registrados en Jalisco en los cuales la SEJ no precisa el origen del plantel que tuvieron las denuncias. En este sentido, de todos los casos en que la SEJ confirmó con sus procedimientos la responsabilidad del docente en un acto de abuso sexual infantil, en menos de la mitad —sólo 45%— se determinó la destitución, mientras que en 51% la autoridad se limitó a la imposición de castigos que únicamente fueron desde una amonestación hasta una suspensión de 30 días sin goce de sueldo. Los archivos de la autoridad educativa no muestran que recurra al cambio de plantel del maestro como medida sancionatoria, pero la baja proporción de destituciones es cuestionada por asociaciones civiles que piden una respuesta mucho más severa ante esta forma de violencia escolar, que trae repercusiones trascendentales para el desarrollo psicológico del menor. Esto es que, de cada dos maestros que abusan sexualmente de su alumno en Jalisco, uno pierde el empleo; el otro, no. También es cierto, no obstante, que hay denuncias categorizadas como “actos inmorales” que terminaron con una de las 48 destituciones de profesores que se han decretado por la SEJ en el periodo citado, por haber vulnerado de esta manera la integridad de los infantes que tenían bajo su resguardo. Únicamente en 7% de todos los casos investigados por la SEJ por agresiones sexuales en los planteles educativos se concluyó la inocencia del docente que había sido acusado. “…mi esposo y la de la voz revisábamos calificaciones de mi hija en compañía de ésta; y comenzamos a hablar del maestro citado, a intercambiar opiniones sobre si era bueno o mal
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maestro, y al estarlo citando por su nombre nuestra hija se quedó callada y se fue a encerrar a su cuarto. Como nos pareció rara su actitud fui hacia mi hija y le pregunté qué le pasaba; al principio no quería decir nada y, luego de que la convencí de que me dijera qué le pasaba para poder ayudarle, me dijo que el maestro, cuando le dio clases en primero y segundo año de primaria, abusó de ella y de sus compañeras; le pregunté a mi hija en qué consistió el abuso y me dijo que la agarraba de los brazos, la sentaba en sus piernas, y que le había agarrado su colita (vagina) en varias ocasiones; además me dijo que lo mismo hacía el maestro con otras compañeras a las que les besaba el cuello y les jadeaba con en sus oídos y que no me había dicho nada porque tenía miedo. Quiero agregar que esto es muy doloroso para la de la voz y para mí esposo, más aún, a sabiendas de lo traumático que puede ser para nuestra hija…”
Abren 69 averiguaciones previas contra delitos de índole sexual en escuelas Sus registros en el periodo 2007-2011 72% fueron por atentados al pudor, seguidos por el hostigamiento y acoso sexual y violación
Si las agresiones sexuales que genera el sistema educativo estatal de nivel básico se han normalizado hasta el grado de registrarse año con año, como lo muestran las estadísticas de la SEJ, debía entonces proyectarse en las de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (PGJEJ), al estar de por medio una conducta ilícita. La PGJEJ carece de archivos pormenorizados anteriores a su actual gestión; sin embargo, confirma que en el periodo de 2007 a 2011 recibió 57 denuncias por delitos de índole sexual cometidos al interior de los planteles educativos de la SEJ en la metrópoli (Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque y Tonalá), como violación, hostigamiento y acoso sexual, pornografía infantil y atentados al pudor. Doce por ciento de las denuncias hizo referencia a una violación dentro del plantel escolar (siete casos), 14% se trató de hostigamiento y acoso sexual (ocho casos), 2% a pornografía infantil (un caso) y 72%, la gran mayoría, fueron sobre atentados al pudor (41 casos). En las 57 denuncias penales los señalados como victimarios son integrantes del personal docente y servidores públicos en general de la SEJ.
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A éstas deben sumarse otras 12 denuncias penales que se generaron en las delegaciones regionales que la PGJEJ tiene para perseguir los delitos en el resto de los municipios del Estado, también por ataques sexuales de parte del profesorado al alumnado: una en la Zona 1 Norte Colotlán, dos en la Zona 2 Lagos de Moreno, tres en la Zona 5 Tamazula de Gordiano, una en la Zona 6 Ciudad Guzmán, dos en la Zona 8 Autlán de Navarro y dos en la Zona 9 Costa Norte. Se trata, entonces, de 69 denuncias penales en total por agresiones sexuales que fueron generadas por el aparato educativo estatal en Jalisco, 83% en los cuatro municipios metropolitanos referidos. Es llamativo, sin embargo, que en ese periodo (2007-2011) la PGJEJ haya recibido más denuncias por este tipo de hechos al interior de las escuelas públicas que la misma SEJ en su área jurídica, pese a que los casos habrían ocurrido en sus instalaciones. Mientras la PGJEJ reporta 69 denuncias penales con este contenido directamente relacionado con el funcionamiento de la SEJ y la vulneración de la integridad del alumnado en esos cinco años, a la autoridad educativa sólo llegaron 46 casos. Esto puede explicarse, como lo afirma María del Refugio Ruiz Moreno, presidenta de la Asociación Jalisciense de Padres de Familia en Contra de la Violencia y el Acoso Escolar en la Educación Básica (Asjapava), al descrédito que impera entre los padres de familia sobre la SEJ por lo que, consideran, es una pobre capacidad de respuesta a estos hechos que no son resueltos de manera ágil ni con sanciones severas. La misma Ruiz Moreno reconoce que cuando uno de estos casos llega a su Asociación para que intervenga, ella prefiere acompañar y orientar a los padres de familia para que acudan al Ministerio Público antes que a la misma SEJ. “…es que ahora en la mañana cuando estaba desayunando, porque ya me iba a llevar a la escuela mi mamá, estaba en un cuarto viendo las noticias, siempre las ve y me dijo ‘Ven a ver lo que están diciendo de tu escuela’, y cuando yo llegué al cuarto dijeron que el maestro les hacía cosas malas a las niñas que eran sus alumnas y en eso me mencionaron a mí, porque me dijeron que entre esas niñas se encontraba una de nombre [Alumna 2] que soy yo, y mi mamá se asustó y me dijo que si era cierto lo que estaba diciendo y yo le dije a mi mamá que sí era cierto y me
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dieron muchas ganas de llorar porque me sentí triste, y fue cuando le dije a mi mamá que sí era cierto y que también a mis amigas. Cuando estaba en segundo de primaria, porque en primero no me pasó nada, pero no le dije a mi mamá nada de lo que me había pasado, solamente le dije que sí, y el maestro cuando llegábamos que nos daba las clases nos ponía hacer trabajos y, luego de que terminábamos, teníamos que ir a su escritorio para que nos revisara lo que habíamos hecho y nos dijera si estaba bien o estaba mal; entonces, me acuerdo que un día, que yo terminé lo que nos puso a hacer, yo fui a su escritorio y el maestro me agarró de mis manos y me jaló cerquita de su silla y, cuando estaba a un lado de él, con sus dos manos me tocó de aquí de mi cintura y me sentó de lado encima de sus piernas, y yo me asusté y me quedé callada por que me dio como miedo y, entonces, como yo lo estaba viendo, el maestro me metió una mano por la cintura y, como mi falda era de resorte, no me apretaba y metió su mano hasta que me empezó a tocar en mi colita por donde hago pipí. Así me hizo lo mismo el otro día y dos de mis compañeras vieron cuando me estaba tocando en la segunda vez, porque ellas estaban junto al escritorio del maestro porque les iba a calificar sus trabajos, pero ellas no dijeron nada porque yo ya había visto cuando las tocaba en su colita el maestro a ellas, por eso nos quedamos calladas porque nos dio mucho miedo y por eso yo no le dije a mi mamá…”
Legislación obliga a SEJ a notificar abusos a PGJEJ: no se cumple
En Jalisco, cuando un docente abusa sexualmente de uno de sus alumnos y los padres de familia acuden a la SEJ para denunciarlo, la autoridad educativa, de naturaleza administrativa, lo investigará básicamente desde el marco de las leyes para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios y de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Hasta ahí se limitará, sin hacerlo del conocimiento de la PGJEJ aunque esté de por medio un delito y esté obligada a ello. Dentro del mecanismo de respuesta que ha adoptado sobre los casos de abuso sexual la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SEJ, ésta decidió que la denuncia penal por cada ataque que se presenta en los planteles educativos, aun cuando se confirme por sus procedimientos administrativos, “corresponde interponerla a los padres de familia de los menores”, según una respuesta brindada por la dependencia con el folio 1166/2011 y entregada el 10 de enero de 2012.
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Así es como ha actuado la SEJ durante los últimos 12 años (20002011). Aunque llegó a confirmar la responsabilidad del docente sobre 92% de los 116 casos que indagó en este periodo, la autoridad educativa se ha abstenido de presentar alguna denuncia penal al respecto o de notificar el hecho a la PGJEJ, pues concibe esto como una obligación de los padres de familia y no suya. Esta manera de proceder de la SEJ, vigente hoy en día, transgrede, sin embargo, el artículo 42 de la Ley General de Educación del país, que fue reformado en 2010 para incluir esta obligación: “En caso de que las y los educadores así como las autoridades educativas tengan conocimiento de la comisión de algún delito en agravio de las y los educandos, lo harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente”. De hecho, esta obligación en la Ley General es citada por la propia Secretaría de Educación Pública (SEP), del Gobierno federal, como uno de los lineamientos que debe guiar la actuación de las autoridades educativas ante el abuso sexual de los profesores hacia los alumnos, en una consulta para esta investigación. A pesar de ello, si se quiere que estos hechos delictivos en el ámbito escolar de Jalisco tengan un cauce e implicaciones de índole penal, y no sólo administrativa, dependerá enteramente de los padres de familia, quienes, básicamente, se ven orillados a denunciar dos o hasta tres veces en busca de justicia: una ante la SEJ —que parecería la instancia más cercana—, otra ante la PGJEJ y otra ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ). “…una madre de familia del citado plantel escolar vía telefónica me informó que el servidor público de quien me quejo abusa sexualmente de los alumnos, diciéndome que tuviera cuidado con mis hijas, ya que los compañeritos decían que quien el citado maestro constantemente tocaba su cuerpo era precisamente a mi hija; de momento lo dudé, el comentario de esta madre de familia, de nombre… ignoro sus apellidos; entonces, impactada por la información proporcionada por esta madre de familia, me entrevisté con mi niña, a quien cuestioné qué era lo que pasaba con el maestro; entonces, mi hija, al momento, se soltó en llanto y demasiado consternada me empezó a platicar lo que le hacía el citado profesor, diciéndome con palabras textuales que el maestro a la hora de clases la ponía a realizar un trabajo y luego
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le hablaba, diciéndole: ‘Ven a mi escritorio y aquí junto a mí vas a trabajar’. Entonces mi niña llegaba a su escritorio con su cuaderno y su lápiz, y el profesor la empezaba a acariciar en todo su cuerpo y su vagina, luego el maestro le bajaba sus pantaletas, en tanto él se bajaba el cierre de su pantalón y se sacaba el pene, después sentaba en sus piernas a mi hija y le introducía su miembro en su vagina; esto la hacía en presencia de los demás compañeritos, refiriéndome también mi niña que, después de que el citado profesor abusaba sexualmente de ella, iba al baño y se daba cuenta de que de su colita le salía sangre y que le dolía mucho…”
Sólo dos de cada 10 delitos sexuales ocurridos en las escuelas son consignados
El MP ha confirmado la comisión de pornografía infantil, corrupción de menores y atentados al pudor al interior de las aulas públicas de Jalisco
Las indagatorias que ha emprendido la PGJEJ sobre los abusos sexuales que se han originado en las aulas públicas de nivel básico del Estado, por parte del personal docente hacia a los alumnos, muestran un rezago importante en la obtención de los resultados conclusivos. Si en el periodo de 2007 a 2011 la Procuraduría emprendió 69 averiguaciones previas sobre ilícitos como violación, hostigamiento y acoso sexual, pornografía infantil, corrupción de menores, estupro y atentados al pudor, atribuidos en su comisión a integrantes del mismo sistema educativo estatal (profesores y servidores públicos de la SEJ), hasta el momento sólo ha consignado ante un juez 15 casos, apenas 22 por ciento. En las averiguaciones previas que se encuentran concluidas con una consignación, el Ministerio Público encontró, sin embargo, las pruebas suficientes para afirmar que se han registrado los siguientes delitos al interior de las escuelas públicas que tiene en su encargo la SEJ: • Seis casos de pornografía infantil (quien induzca, obligue o entregue a un menor de 18 años para que realice o simule actos de naturaleza sexual para sacar un producto de ello, como fotos, videos, revistas, etcétera).
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• Uno de corrupción de menores (quien facilita, provoca o induce a un menor de edad a la iniciación o práctica de la actividad sexual, o al consumo de drogas, al delito o la mendicidad). • Uno de atentados al pudor (quien ejecuta en un menor de 12 años un acto erótico-sexual sin la intención de llegar a la cópula; también puede darse para mayores de 12, pero sin su consentimiento). • Cuatro de corrupción de menores y atentados al pudor. • Uno de maltrato de menores (quien agrede a un menor de edad causándole alteración en la salud o integridad física). • Dos de estupro (quien tiene cópula con una persona mayor de 12 años pero menor a 18, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o el engaño). Desde una perspectiva más amplia y con números generales sobre su desempeño, la Procuraduría sólo llega a consignar una de cada cuatro averiguaciones previas (según las estadísticas del periodo 20072010), lo cual muestra que, tratándose de ilícitos de naturaleza sexual en el ámbito educativo, su indicador alcanza un nivel muy parecido, aunque un poco por debajo. Así las cosas, durante esta gestión, de cada 10 averiguaciones previas que emprendió el Ministerio Público estatal para perseguir delitos de índole sexual cometidos en las escuelas públicas de la SEJ, sólo consignó dos. “…en virtud de la minoría de edad de la menor declarante se procede a realizar la presente diligencia a base de preguntas y respuestas. ¿Por qué estás en este lugar? Porque me trajo mi mamá para que dijera lo que me hace mi maestro ¿En qué año estas? En primer año. ¿Qué es lo que te hace tu maestro? Cuando estamos en clases y tengo que entregarle una tarea me dice que me acerque frente a él, me baja mi pantalón y mi pantaleta y él se baja su pantalón y su calzón y se saca su cola por donde hace pipí y me la repega en mi panza. ¿Qué más es lo que hace tu maestro? Me besa en la boca y me dice que si lo quiero. ¿Esto te lo hace frente a tus compañeros del salón? Sí. ¿Cuántas veces te ha tocado tu maestro? Muchas veces, casi diario que teníamos clases. ¿Alguna vez te amenazaba tu maestro para que no dijeras nada? Sí, me decía que, si yo le decía a mis papás lo que me hacía, me iban a correr de la escuela y ya no me iban a recibir en ninguna escuela. ¿Hace cuánto le dijiste a tu mamá lo que te hacía tu maestro? Apenas ayer, porque tenía miedo de que me corrieran de la escuela…”
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Estadísticas oficiales de abuso sexual en las escuelas: ¿visos de algo más grande? Para organizaciones no gubernamentales (ONG) y la misma CEDHJ es probable que las cifras con que cuenta la autoridad educativa en materia de agresiones sexuales de parte del cuerpo docente hacia el alumnado sean, más bien, un sub-registro que no es capaz de mostrar las dimensiones reales de esta problemática. El aparato educativo público en Jalisco se hace cargo de un millón 470 mil 384 alumnos en el nivel básico, tiene 61 mil 805 docentes repartidos en 11 mil 123 planteles por toda la entidad, pero en un promedio anual, de lo suscitado en el periodo de 2000 a 2011, sus registros no rebasan los 10 casos de esta naturaleza. No hay manera de esclarecer la veracidad de las cifras, advierte María del Refugio Ruíz Moreno, presidenta de la Asociación Jalisciense de Padres de Familia en Contra de la Violencia y el Acoso Escolar en la Educación Básica (Asjapava), pero su organización está en un contacto permanente con estos hechos y es, dice, más común que eso que informa la SEJ con sus estadísticas: “La violencia sexual existe en todas las etapas y con mayor razón se está viendo en preescolar, en primaria y en secundaria. Todos los días recibimos algo de agresión sexual, desde el kínder, en los primeros años de las primarias… ¿qué estamos haciendo?” La Consulta Infantil y Juvenil 2012 que elaboró el Instituto Federal Electoral (IFE) midió el abuso sexual dentro de las escuelas del país. En Jalisco, sin distinguir planteles públicos o privados, el 11.5% de los estudiantes de seis a nueve años contestaron positivamente a “Tocan mi cuerpo y me dicen que no lo cuente”; el 7.9% del rango 10 a 12 años dijeron que sí al reactivo “Tocan mi cuerpo contra mi voluntad y me siento mal”; el 3.5% de los alumnos de 13 a 15 años confirmaron el de “Sufro violencia sexual”. Hay distintos factores, dice Ruiz Moreno, que influyen en que los padres de familia no se acerquen a la SEJ a denunciar este tipo de casos, desde una falta de confianza en la institución y pocas expectativas sobre su eficiencia; hasta el temor de verse envueltos en un proceso administrativo muy dilatado e, incluso, “el que dirán”
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de la sociedad que, desde su experiencia, llega a ser tan poderoso como las otras variables. En el mismo periodo de 12 años la CEDHJ atendió 102 quejas contra profesores por agresiones sexuales a los alumnos, menos incluso que las registradas ante la propia SEJ (los padres de familia suelen acudir a ambas instancias y al Ministerio Público). El cuarto visitador general de la CEDHJ, dice al respecto: “Efectivamente, la SEJ es muy grande en cuanto al número de personal que ahí labora, en todo el Estado de Jalisco hablamos de miles de escuelas de los tres niveles de educación básica, de jardín de niños hasta secundaria; efectivamente, parece el número (de abusos) muy bajo para que pudiera ser real, pero yo no tendría elementos para poder decir que hay más casos aunque no descarto la posibilidad porque, además, son temas en los que luego se cohíbe el agraviado para externarlos y poner una denuncia o una queja”. La presidenta de la Asjapava apunta como otra posibilidad que la SEJ carezca de los medios indicados para promover la denuncia de ésta y cualquier otro tipo de irregularidad en el ámbito educativo. Al respecto, puede mencionarse que, según un informe reciente elaborado por la SEJ sobre el funcionamiento de la Línea 01-800 3M CUIDA, puesta en marcha penas el 7 de junio de 2011 para denunciar casos de violencia sexual y de otros tipos en los planteles educativos, en un lapso de 10 meses (hasta el 16 de marzo de 2012) ya había recibido 13 quejas de abuso sexual, esto es, más de lo que registra comúnmente en todo un año. Otras instancias no gubernamentales como la Federación de Asociaciones de Padres de Familia con sede en el municipio de Guadalajara, tiene un promedio anual de recepción de 50 quejas que hacen referencia a algún tipo de abuso sexual de parte del profesorado hacia los alumnos. Las estadísticas oficiales de la SEJ podrían ser, entonces, sólo visos de algo más grande y que no es percibido en toda su magnitud. “…se enteraron de que el profesor tocaba a las niñas en sus partes íntimas y me pidieron que las acompañara para levantar una denuncia en contra del maestro; yo les contesté que primero platicaría con mi hija para ver si a ella le había pasado algo pero mi niña me dijo que a ella no le había pasado nada. Un mes después de que estas señoras
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fueron a mi domicilio, también acudieron la mamá del maestro y otra señora y me pidieron que si podía llevar a mi hija para que declarara a favor del maestro, ya que él era inocente; después ellas platicaron con mi hija, yo no escuché la plática que sostuvieron, pero mi sorpresa fue cuando vi a la mamá del maestro llorando y después se retiraron y ya no me pidieron que la llevara a declarar; antes de retirarse me dijo que a mi niña no le había pasado nada, que durante la plática que sostuvo con ella le manifestó que no le había pasado nada y que hasta quedaron como amigas; por último, quiero decir que hasta la fecha mi hija [Testigo 2] no ha querido confiar en mí para decirme si ella sufrió algo o no. Acto seguido se le concede el uso de la voz a la menor [Testigo 2]: Cuando entramos a primero de primaria nos dio clase el maestro, y cuando empezó el año yo creí que era buena onda pero luego empezó a hacer sus cosas; un día cuando [Agraviada 5] terminó la tarea fue con el maestro y le dijo que ya había terminado y el maestro se la sentó en las piernas y la empezó a acariciar, en otras ocasiones también hacía esto con [Agraviada 3], [Alumna 2] y [Agraviada 1], se las sentaba en las piernas y les metía la mano por debajo de su falda y él se bajaba el cierre del pantalón, yo veía esto cuando estaba sentada en mi butaca y cuando me agachaba para ver y el maestro me observaba y las aventaba y él se subía el cierre, esto lo hizo en varias ocasiones cuando estuvimos en primero y en segundo año, ahorita yo estoy en tercero (de primaria). Acto seguido el visitador actuante cuestiona a la menor [Testigo 2], en el sentido de que si a ella la había tocado, y la menor guardó silencio por un rato y manifestó que sí, que a ella también la había tocado…”
Respuesta a los abusos debe articularse con la Procuraduría, dice la SEJ La SEJ reconoce como una flaqueza en la atención de las agresiones sexuales en el ámbito educativo la carencia de un mecanismo de articulación con la PGJEJ, que le evite a los padres de familia pasar por, al menos, dos procesos de denuncia ajenos uno de otro, en medio de una situación emocional tan extrema, como sucede hoy en día, a lo que se le llama una “doble victimización”. El trámite de índole administrativa que hacen los padres de familia en la SEJ luego deben repetirlo en una localización distinta, en la PGJEJ, para sus efectos penales, siguiendo formas muy similares como la narración de los hechos, lo cual, además, lleva tiempo, cuando en el fondo está la probable comisión de un ilícito que tuvo como escenario a un salón de clases. EL INFORMADOR
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La Asociación Jalisciense de Padres de Familia en contra de la Violencia y el Acoso Escolar en la Educación Básica (Asjapava) ha advertido la existencia de esta “doble victimización” para los papás: primero, la que causa el propio aparato educativo que, en lugar de protegerlo, agredió a su hijo; luego, con un trámite ante la autoridad que, lejos de ser ágil y expedito, más bien se cuenta por partida doble, y que llega a fallar en un acompañamiento tan cercano que le brinde certidumbre a los denunciantes sobre sus avances y resultados. Fabiola González Vallardo, directora de Vinculación e Imagen institucional de la SEJ, dice al respecto: “Podemos mejorar en cuanto a los tiempos sobre todo para dar respuesta. Lo que sería nuestro siguiente paso es asumir un grupo: a esta dependencia (la SEJ) integrarla junto con la Procuraduría porque la mayoría de las denuncias se van para allá; ahí tenemos que tener muy buena coordinación, si estuviéramos más unificados sería más instantáneo el proceso, más inmediato: vienes (a la SEJ), traes una queja y de inmediato la presentarías (la denuncia penal) aquí. Es lamentable que un menor o los padres que están pasando por una situación así vengan, se entrevisten, se hace todo el trámite interno de la SEJ y luego tienen que ir a la Procuraduría a hacer casi lo mismo”. La autoridad educativa, no obstante, ha intentado ir mejorando en el abordaje de estos actos de violencia contra el alumnado. El 7 de junio de 2011 puso en marcha la línea 01-800 3M CUIDA, que cuenta con ocho profesionales de la psicología y el trabajo social para escuchar, orientar y canalizar las denuncias de agresiones sexuales y otros tipos de ataques en el ámbito escolar. “Las personas que contratamos tienen experiencia en el trato con menores ya sea de violencia intrafamiliar o de abuso sexual, es gente preparada que sabe cómo tratar y escuchar a las personas”, asegura la funcionaria estatal. “…El grupo de tercero A está conformado por 28 estudiantes, de los cuales 20 son niñas y ocho son varones; nos presentamos con el grupo y se les habló de sus derechos y deberes, se les solicitó que escribieran en una hoja, en dos columnas, lo que les gusta y si había algo que no les gustara de su escuela. En la revisión de los escritos se describen los siguientes comentarios de 16 alumnas: [Alumna 3]: ‘Yo pensaba que era un buen maestro, no me gustaba que les agarrara a mis amigas, les agarraba sus partes íntimas y se las tocaba a mis compañeras, era
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muy malo’; la niña describe en un dibujo a su profesor llamándola y ella contestando ‘¡Yo no! Yo no me dejé que me tocara’. [Testigo 3]: ‘Que nos gritaba feo, que a mis amigas las violara’; en su dibujo escribe: ‘Los derechos de los niños, todos tenemos derechos’; dibuja dos figuras, aparece una de niña y una adulta, la niña con la leyenda de: ‘Mamá escúchame por favor es urgente’. [Alumna 5]: ‘Que manoseaba a las niñas, que abrazaba a las niñas’. En su dibujo escribió lo siguiente: ‘A mí no me hizo nada, yo veía al maestro manosear a las niñas’. [Alumna 6]: ‘Que las besara’. En su dibujo escribió: ‘Enfrente de todos les hacía todo’; dibuja a dos niñas y al centro a su maestro con una leyenda: ‘Bájate el pantalón’, y el dibujo de las niñas con la leyenda: ‘No, no quiero’ y ‘Ayy’. [Alumna 8]: ‘Lo que me gusta, nada; lo que no me gusta, todo’. En su dibujo describe a una niña sentada en las piernas del maestro. [Alumna 8]: ‘Lo que no me gustaba de mi maestro fue de que se sentaba en las piernas a las niñas y no me gustó’; realiza un dibujo en el que describe que es el maestro y la niña tiene una leyenda que dice: ‘No quiero’ y en el profesor una leyenda: ‘Vámonos para el salón’. [Agraviada 1]: ‘Que nos toque, que no nos acaricie’; en su dibujo la alumna pinta una silla color rojo; además, dibuja a su profesor y ella sentada en sus piernas con una leyenda que dice: ‘Yo soy a mí me pasó’…”.
Según la directora de Vinculación e Imagen Institucional de la SEJ, el proyecto de la línea de atención telefónica habría nacido de la “preocupación” del titular de la dependencia, Antonio Gloria Morales, ante estos abusos sexuales que comete el mismo personal docente, una situación “bastante alarmante”, y que puede darse sólo con palabras y miradas con una connotación sexual. La investigación de estos hechos al interior de la SEJ comienza con la labor de la Contraloría Interna, que se encarga de recabar las primeras pruebas confirmatorias; luego pasa a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que sigue hasta concluir con sanción o exoneración del profesor inculpado. De la atención psicológica de las víctimas se encarga la Dirección de Psicopedagogía de la SEJ, la cual, sin embargo, no cuenta con una instancia específica para estos hechos, ni del nivel de especialización que sí tiene la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil (UAMASI), grupo que forma parte de la autoridad educativa local del Distrito Federal. Durante esta administración estatal (2007-2011), en Jalisco se han presentado 46 denuncias por agresiones sexuales en las que se señala al profesorado como responsable de haber abusado sobre los alumnos de educación básica.
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“Ya era un número (de casos) el año pasado que notamos en el ciclo (escolar) que iba subiendo. El secretario se empezó a preocupar, a poner un ojo ahí y a analizar sobre qué podíamos hacer para darle una atención adecuada y —no es que no lo estemos haciendo—, para de verdad darle un cauce, me dijo que preparáramos un proyecto para dar una solución”, narra González Vallardo. De ahí partió la línea de atención. Si del 7 de junio al 16 de marzo de 2012 había recibido 442 llamadas telefónicas, 3% hizo referencia al abuso sexual (13 casos), 52% a otros tipos de abuso (físico, sicológico y social, 232 casos) y 23% al acoso entre iguales o bullying (103 casos); el resto fueron peticiones de información o asuntos que salían de la competencia de la SEJ (94 casos). “… [Alumna 15]: ‘Que me arrimaba junto a él’; en su dibujo anotó lo siguiente: ‘Me llamaba para que me hiciera eso’, así relata su dibujo con la figura de una niña llorando con la leyenda: ‘Tengo miedo’. Se cuenta con un dibujo muy parecido al de la niña [Alumna 6], en donde describe a su maestro con la lengua de fuera y dos niñas a su lado con las leyendas ‘No quiero’ y ‘No puede ser’. En otro dibujo pegado en las paredes del salón, que fue elaborado por una de las niñas entrevistadas, aparece la figura de dos niñas, una con una flor en el vestido y la otra apenas se nota en el papel por los colores tenues que utilizó. Este dibujo se titula: ‘Los derechos de los niños, todos tenemos derechos’. El diálogo de una de las figuras dice: ‘Mamá, escúchame por favor es urgente’, firma la [Testigo 2]. Otra niña intentó dibujar una figura en una silla con otra figura más pequeña sobre las piernas pero las tachó y dijo ‘No puedo’...”.
No hay política transversal contra las agresiones sexuales en las aulas: UPN Esta institución brinda formación al personal docente sobre sexualidad humana integral, que permite detectar vulneraciones a los derechos sexuales dentro de la comunidad escolar
El sistema educativo estatal de nivel básico en Jalisco en su conjunto no está preparado para hacer frente a una problemática como la del abuso sexual al interior de las aulas, no sólo en la reacción frente al
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hecho de parte del órgano administrativo: tampoco en su prevención, en su investigación académica, en la formación docente, ni en la elaboración misma de los programas de estudio. A decir de Guadalupe López García, académica de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN), todo parte de la necesidad de jerarquizar y colocar a los derechos sexuales como un contenido transversal en todo el sistema educativo, porque se enmarcan en la exigibilidad de cualquier otro derecho humano, y porque lo mismo permitiría infundirlos en el alumno, para que pueda hacerlos valer por sí mismo y defenderse, que en el profesorado, que sabrá lo que está transgrediendo y la dimensión de sus implicaciones. “Hay una necesidad inaplazable, imperiosa y humana de tener conocimientos acerca de la sexualidad humana en forma integral; esto vendría a dar una prevención de los problemas relacionados con el abuso, las violaciones sexuales y el acoso escolar, con las discriminaciones en la escuela y las exclusiones”.
Si los derechos sexuales estuvieran considerados como un contenido transversal en el sistema educativo estatal, refiere, las propias estructuras directivas de la SEJ y las secciones del SNTE en Jalisco estarían conscientes de las necesidades de capacitación y formación en este sentido de todos sus empleados, principalmente los maestros y maestras. La propia carencia de una investigación a profundidad sobre el abuso sexual en el ámbito educativo por parte de la autoridad como un fenómeno actual, y con un enfoque académico, para acercarse a su dimensionamiento real, muestra que sigue estando lejos de ser atendido como merece. Análisis estos que servirían “para documentar este tipo de problemas y para prevenirlos después”, pero siempre difundiendo los resultados para contar con la participación de la ciudadanía, porque investigar por investigar, sin dar a conocer las conclusiones, o sin utilizarlas como herramientas para redireccionar políticas educativas, “pues no le encuentro mucho sentido”. “…el profe era muy llevado con las niñas y es que yo me comencé a dar cuenta qué era lo que estaba pasando porque en primero de primaria, sin recordar bien la fecha, pero un día
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[Agraviada 3], de la cual no recuerdo su nombre pero es mi amiga, me dijo que si tenía un celular con cámara y yo le dije que sí, que le iba a pedir permiso a mis papás para llevarme mi teléfono celular, yo le dije a [Agraviada 3] que para qué, y ella me dijo que luego me decía y al día siguiente lo llevé y me dijo que grabara a una de las niñas del salón cuando se sentara en las piernas del maestro, pero yo no le entendí y luego, cuando esa niña se bajó de las piernas del profe, [Agraviada 3] me regañó porque no la grabé y le pregunté por qué; me dijo [Agraviada 3] que cuando las niñas de la clase se sentaban en las piernas del profe se bajaba el cierre y que cuando la niña se le sentaba al profe éste se movía para arriba y para abajo, y luego yo me comencé a fijar bien y en varias ocasiones vi que lo hacía una vez con [Agraviada 3], también vi que le hizo lo mismo a mis amigas de nombres [Agraviada 5] y [Alumna 6]; yo nunca le tomé video ni foto al maestro cuando esto pasaba porque el teléfono celular hacía un ruido muy fuerte al momento de grabar y me daba miedo que el maestro se diera cuenta de que lo quería hacer, pero de esto yo le platiqué a mi mamá pero como que no me creyó, y le seguí insistiendo para que ya no me llevara a la escuela, hasta que me creyó, y no regresé a la escuela, y fue hasta hoy que vimos en las noticias lo que pasó de la denuncia y vinimos aquí; quiero decir que a mí el profesor nunca me tocó o me hizo algo, pero yo nunca me dejé y siempre me sacaba cuando intentaba jalarme para con él…”
En su unidad de Guadalajara, la UPN imparte un diplomado específico sobre sexualidad humana integral en el que participa la entrevistada, para el personal docente en la entidad, el cual considera todos estos aspectos. No sólo se abordan los derechos sexuales fundamentales, sino también el aprendizaje y la enseñanza de la materia desde la base científica, la equidad de género y la diversidad sexual, entre otros temas. Esto debe llevar sin duda, refiere la académica, a la preparación de los docentes en la detección de vulneraciones a los derechos sexuales de los alumnos y el resto de la comunidad escolar, también de situaciones de riesgo de abuso sexual, así como en la atención oportuna y adecuada de estos ataques al interior de los planteles educativos. “Para la detección y para reaccionar, para autorreconocerse sexuados, para reconocer a las demás personas sexuadas y con derechos, dentro de un marco pedagógico-crítico, y desde las ciudadanías”. Sin embargo, en lo que refiere únicamente a la respuesta sobre las agresiones que se suscitan, no debe soslayarse la urgencia por contar con un instrumento eficiente que puede ser la combinación de instan-
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cias especializadas y marcos normativos específicos para estos eventos: “Es necesario un mecanismo que prevenga, detecte, registre, atienda y sancione a quien comete delitos de carácter sexual en las escuelas y no sólo mover o trasladar de una escuela a otra, porque eso es muy parecido a cuando la jerarquía católica no resuelve los abusos sexuales tan mencionados, donde se oculta o se pretende sancionar en casa, siendo juez y parte. Por supuesto que debe haber este mecanismo”. Esto lleva implícito que la sociedad aprenda y aprecie dicho instrumento de denuncia, lo que no ocurrirá sin la construcción previa de ciudadanía. Los derechos sexuales según la Asociación Mexicana para la Salud Sexual son 11
Derecho a la libertad sexual Derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo Derecho a la privacidad sexual Derecho a la equidad sexual Derecho al placer sexual Derecho a la expresión sexual emocional Derecho a la libre asociación sexual Derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables Derecho a información basada en el conocimiento científico Derecho a la educación sexual integral; derecho a la atención de la salud sexual. “…Hace como dos meses, una madre de una alumna del mismo grupo y grado que cursa mi hija me preguntó si mi hija no había sido víctima de algún abuso sexual por parte del maestro señalado. En esa ocasión me sorprendió la pregunta y le contesté a la señora que no tenía noticias de ese tipo de sucesos. Ese mismo día interrogué a mi hija al respecto y me platicó que dicho maestro, cuando le dio clases, le levantaba su falda, le acariciaba la pierna y los glúteos, la besaba en el cuello y respiraba agitado en su oreja; todo eso lo hacía cuando le llamaba dizque para revisar sus tareas. Mientras eso pasaba, el maestro volteaba a la puerta para ver si no lo veían de afuera lo que estaba haciendo. Ese tipo de actos lo hizo el maestro frecuentemente con mi hija y con otras alumnas a las que sus padres ya sacaron de la escuela para no exponerlas. Mi hija
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actualmente es alumna de otra maestra en el grado tercero (de primaria), grupo A; sin embargo, el señalado profesor fue su maestro en el primero y segundo grado, grupos A…”.
La SEJ gana 89% de los juicios concluidos contra docentes inconformes con su cese
Seis de cada 10 maestros que son destituidos por su involucramiento en abuso sexual del alumnado, impugnan la resolución de la SEJ ante el tribunal En 2007 tuvo que reinstalar por una orden judicial a un maestro que había cesado por una agresión sexual, le pagó 373 mil 139 pesos por salarios caídos
A las destituciones que llega a decretar la SEJ contra profesores que fueron confirmados en la participación de agresiones sexuales contra el alumnado, es común que éstos respondan con una demanda ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón intentando ganar su reinstalación como docentes del sistema educativo público de nivel básico. Esta defensa y representación legal del docente la realiza generalmente el Sindicato Nacional de Trabajadores por la Educación (SNTE), en sus dos secciones con representación en Jalisco (16 y 47), aunque legalmente está la posibilidad de que los profesores opten por un abogado privado, lo que es poco usual. La SEJ brindó sus registros bien detallados de las destituciones a las que ha llegado por agresiones sexuales en las aulas, y su consecución en el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, en el periodo de 2000 a 2011. En este lapso la Secretaría cesó a 48 maestros que se volvieron victimarios de los infantes a su cuidado, de los cuales, más de la mitad (el 60% o en 29 casos, 10 de estos aún en trámite) recurrieron al Tribunal para exigir la reinstalación en su cargo dentro del aparato público educativo en Jalisco, mientras que en el resto de las ocasiones los docentes aceptaron la determinación a la que llegó la SEJ con respecto a su conducta. La verdad es que, de acuerdo a los registros a los que se pudo acceder de la Secretaría, su desempeño ante el tribunal en la defensa legal
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de sus resoluciones administrativas ha sido exitoso durante el periodo de 12 años que puede ponerse bajo análisis, pues de los 19 juicios que se encuentran concluidos en estos momentos, en su gran mayoría (el 89%) terminaron favoreciendo a la autoridad educativa. Esto quiere decir que el Tribunal validó en 17 de 19 ocasiones los argumentos y el sustento jurídico que llevó a la SEJ a cesar al personal docente involucrado, lo que evitó, por otra parte, que éste regresara a desempeñarse a sus labores; desde otra perspectiva, lo que hizo el Tribunal fue confirmar que el ámbito educativo se ha vuelto uno que, contrario a su naturaleza misma, aloja este tipo de agresiones sexuales hacia el alumnado. En este periodo en estudio (2000-2011) sólo hubo un juicio, por lo tanto, en el que la SEJ fue vencida, perdió el caso y se le obligó a reinstalar al maestro que, con su indagatoria interna, había cesado al concluir su participación en este tipo de hechos. El caso data del 13 de diciembre de 2006 (ahí comenzó el procedimiento de responsabilidad), la denuncia fue por acoso sexual en una escuela primaria. En el año 2007 el Tribunal ordenó que se le regresara su plaza laboral al docente y que se le pagaran 373 mil 139 pesos por los salarios que no pudo devengar. Según la autoridad educativa éste es el único antecedente desfavorable en el periodo de 12 años citado (en el juicio que resta por precisar de los 19 existentes, el maestro murió durante el desarrollo del pleito legal, antes de que hubiera una sentencia dentro del mismo). “…me decía que fuera con él, que me llevara mi cuaderno y mi lápiz para hacer la tarea en su escritorio, entonces iba a donde sienta el maestro y hacía su silla poquito para atrás y yo me ponía adelante de él, esto por que me decía el maestro que me pusiera en frente de él, entonces el maestro me agarraba de atrás y me metía la mano por debajo de mi falda. También me daba besos en el cuello y me decía que estaba muy bonita, esto me lo hacía en lo que mis compañeros acababan la tarea, y después me decía que me fuera a sentar. Luego otros días me hablaba el maestro y me decía que me pusiera frente de él y a veces después se escuchaba que se bajaba el cierre de su pantalón, me sentaba en sus piernas y así fueron muchas veces, no me acuerdo cuántas pero sí fueron muchas veces, y siempre fue así el maestro. Le hacía lo mismo a una niña que está en mi salón y que se llama [Agraviada 2], a ella también le hacía lo mismo que a mí frente a todos los niños y las niñas del salón…”
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Prevención y denuncia contra el abuso sexual en escuelas: Asjapava
“Así como hay malos padres de familia que son perversos, y que violan y matan a sus hijos, que son parricidas, que son capaces de meter a sus hijos al crimen organizado, también hay muy malos maestros: somos más los buenos”. Esta verdad, dice María del Refugio Ruiz Moreno, presidenta de la Asociación Jalisciense de Padres de Familia en contra de la Violencia y el Acoso Escolar en la Educación Básica (Asjapava), la deben tener muy presente los padres de familia para estar al tanto de sus hijos, con una comunicación estrecha y siendo observadores de sus cambios de ánimo y actitud. La SEJ, advierte Ruiz Moreno, debe capacitar a toda la comunidad escolar pero en especial a su estructura administrativa, en la atención profesional de los casos de abuso sexual y los otros tipos de violencia, y otorgarle un acompañamiento más cercano a los padres de familia y sus hijos cuando han pasado por una situación tan extrema. “No están actuando bien; de hecho, no son atendidos debidamente (los padres) porque siguen siendo hasta victimizados por la misma institución, victimizados por la escuela, victimizados por parte de los directivos o profesores en la escuela. La verdad de las cosas es que su departamento jurídico no le da la certeza ni legalidad a estas criaturas que son afectadas. Los papás ya no quiere hacer nada, porque las víctimas terminamos siendo victimizados por las mismas instituciones”. Alrededor de esta problemática, sin embargo, deben reconocerse las responsabilidades que están fuera de las instituciones, como la de los propios padres de familia, dice Ruiz Moreno, que pueden estar mucho tiempo ausentes del cuidado de sus hijos o que, desmotivados, no denuncian el abuso sexual. “Los padres ya no se quieren quejar ante la SEJ: muchos de ellos han usado la línea 01 800, muchos de ellos han ido directamente a poner su queja a los departamentos de la SEJ, pero no han obtenido respuestas; yo misma he puesto quejas y no he obtenido respuestas. Los padres de familia están desesperados, hay unos con conductas violentas, ha habido padres que van a agredir a los maestros porque están desesperados, nadie les hace caso”.
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La Asjapava orienta e insta a los padres de familia a que, a pesar de esto, denuncien cualquier tipo de violencia en los planteles educativos, ya sea en la SEJ, en la PGJEJ o en la CEDHJ (aunque se decanta más por estas últimas). Los papás sienten alejamiento respecto de las instituciones, dice Ruiz Moreno, más cuando sus hijos, a los que suponían cuidados profesionalmente, han sido víctimas de una agresión sexual. Entonces prefieren no denunciarlo por “miedo, desconocimiento y por el qué dirán, y el que gana es el qué dirán”. Pero “lo único que va a parar la violencia escolar en cualquier modalidad: sexual, psicológica, física, cibernética, es la denuncia y la prevención. Se debe hablar de valores, de educación sexual, que nadie tiene derecho a tocar tu cuerpo”. El SNTE, puntualiza, debe velar por los docentes profesionales, no por los malos maestros en el sistema educativo estatal: “El sindicato está para ver y proteger los derechos de los trabajadores y se los aplaudo; lo que no deben hacer es proteger la impunidad laboral, para eso no nacieron, y da la desgracia que lo que protegen y hacen impunes es a gente que no son maestros, porque no todos son iguales”. “Eso es lo que ha provocado que haya los que no son pedagogos en las primarias: son gente que a lo mejor no encontró otra chambita y se fueron para allá, habiendo tan buenos maestros o egresados sin chamba”, dijo a manera de conclusión. “…refiere que ‘el maestro les decía a todos que no les dijeran a sus papás sobre que se desnudaban’, que en la obra de teatro les obligaba el maestro a quitarse la ropa, los calzones y el brasier ‘y muchas de nosotras no lo hicimos’. Refiere que ‘a las niñas el maestro las abrazaba mucho y a los niños no’, refiere ‘que el maestro le decía que le enseñara las piernas y que en varias ocasiones le manoseó los pechos encima de la blusa en el salón de clase a la hora de recreo; que él estaba en su escritorio y que le agarraba su mano para que le agarrara su miembro; que le acariciaba la cara y la besaba en su frente; que hace un me, ‘en el salón de clase, a la hora del recreo’, la abrazó y ‘se puso detrás de mí y me tocaba mi vagina por encima de la ropa, y me amenazó que si decía algo me reprobaba, y que tendría problemas’…”
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Situación en Jalisco
SANCIÓN: Improcedente o sin materia
CASOS INDAGADOS POR LA SEJ 2000-2011
4 21
6
8
SANCIÓN: Destitución
Planteles donde ocurrieron
10
SANCIÓN: Amonestación
52 Primarias
13
SANCIÓN: 15 días de suspensión
58
Secundarias 4 Preescolar
24
20
Total SEJ: 116 Total CEDHJ: 102
15
12 10
4
7 5
10
10 7 6
14
13
12
10
6 5
12
11
9
48
2 Sin precisar
SANCIÓN: 30 días de suspensión
CASOS ATENDIDOS DE 2000 A 2011 20
SANCIÓN: SANCIÓN: Suspensión En proceso sin precisar
SANCIÓN: Renuncias SANCIÓN: en el proceso 8 días de suspensión
10
9
10 5
6
5
5
0 2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
Para saber Entre los 116 casos que reporta la SEJ de abuso sexual, y dentro de la variada semántica que usa la dependencia para su clasificación, sólo tres fueron clasificados como “violación” del menor; esto es cuando hay penetración vaginal y/o anal con cualquier parte del cuerpo u objetos; cuando se practica sexo oral o masturbación al menor; cuando se obliga al menor a practicar sexo oral o masturbación al agresor. Dos en el año 2000 (uno de éstos en una primaria, el otro no se precisa) y uno en 2001 en una secundaria. Los más tempranos terminaron con la destitución del docente; en el de 2001, su registro es ambiguo y la autoridad educativa señala: “Se dejó sin efectos suspensión”, sin precisar su destino final. Sin embargo, otros conceptos que usa, como “abuso sexual”, y “agresión sexual” (aplicados en cinco hechos), podrían considerar también como tal un acto de violación. EL INFORMADOR
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Conceptos
Guía Escolar de Intervención para Situaciones de Emergencia, Crisis y Vulnerabilidad de la SEJ de la
Abuso sexual infantil auditivo, visual y cibernético
Incluye actos con connotación sexual que no implican contacto físico, como exhibicionismo; obligar a la víctima a ver pornografía o actos sexuales; hacer comentarios sexuales, obscenos e intimidatorios de manera personal o por otras vías (teléfono, correo electrónico, mensajería instantánea, chat, redes sociales, etcétera); en casos extremos, es utilizar a un menor para producir pornografía infantil o explotación sexual infantil. Abuso sexual infantil por tocamiento
Actos sexuales perpetrados por la fuerza contra un menor de edad: un agresor toca o acaricia con cualquier parte de su cuerpo los genitales o cualquier parte del cuerpo de la víctima con intención sexual, ya sea sobre la ropa o debajo de ella; así como obligar a la víctima a practicar los mismos tocamientos al agresor. No necesariamente involucra violencia física. Abuso sexual infantil por violación
Actos sexuales muy severos perpetrados por la fuerza contra un menor de edad: penetración vaginal y/o anal con cualquier parte del cuerpo u objetos; practicar sexo oral o masturbación al menor; obligar al menor a practicar sexo oral o masturbación al agresor. Generalmente involucra violencia física.
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CAPÍTULO SEGUNDO
Sancionan abuso sexual de maestros con ocho días sin goce de sueldo
Aunque estos hechos en las escuelas de Jalisco son parte de la estadística anual de la SEJ, se carece de lineamientos específicos para su atención como existen en el DF
La SEJ ha llegado a confirmar abusos sexuales por tocamiento cometidos por integrantes del personal docente hacia los alumnos de nivel básico y, pese a ello, castiga estos hechos con una sanción de sólo ocho días de suspensión laboral sin goce de sueldo, algo que indigna a asociaciones civiles dedicadas a erradicar la violencia del sistema educativo. En el caso que investigó la CEDHJ y que dio como resultado la recomendación 51/2011, del 8 de diciembre de 2011, dirigida a la SEJ, una alumna de tercer grado de primaria declaró lo siguiente sobre el abuso que había sufrido por parte de su maestro: “...se portaba mal conmigo, y es que un día el maestro nos dijo que nos iba a revisar la tarea, y nos pasa de a uno por uno para revisarnos la tarea y, cuando me tocó a mí que me revisaran, yo me levanto de mi asiento, voy al escritorio del maestro, me pongo enfrente de él y le dejo mi cuaderno, y en eso el maestro me jaló con una de sus manos hacia con él, y con la otra mano me agarraba mi colita (vagina) y me hacía así (la menor en estos momentos, con su mano derecha, se toca el dorso de la mano izquierda y hace movimientos de caricia de arriba hacia abajo), pero lo hizo por encima de mi falda de mi uniforme, y después me dijo
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el maestro que si yo le decía algo a mi papá o a mi mamá que él los iba a matar, y a mí me dio miedo, por eso no dije nada, y esto me lo hizo el maestro como quince veces, más o menos, a veces, que yo traía mi falda del uniforme o a veces que yo traía mi pants del uniforme de educación física; también me acuerdo que, un día que yo estaba en la escuela, nada más no sé la fecha, pero era a la hora de la salida de la escuela, el maestro me dijo que me esperara un poquito, y yo me esperé un ratito y me dijo que por qué estaba tan seria, yo no le contesté, entonces ya se habían salido todos mis compañeros del salón de clases, y yo ya me iba a salir cuando el maestro me agarró de mi brazo y me recorrió hacia con él y después me abrazó así por mi espalda y con la otra mano me agarró mi senito, que esta aquí (la menor señala su pecho, lugar en donde se encuentra su busto, del lado izquierdo) y me hizo así (la menor con su mano derecha toca su seno izquierdo acariciándolo y haciendo movimientos hacia arriba y hacia abajo), pero lo hizo por encima de mi ropa, de mi uniforme…”.
Al concluir el procedimiento administrativo que desahogó al respecto la SEJ para la indagación del hecho, esta autoridad llegó a la siguiente conclusión, la cual puede consultarse dentro de la recomendación que emitió la CEDHJ: “Por lo anteriormente expuesto, tomando en cuenta que la falta de respeto por parte del procedimentado hacia la menor [agraviada] consistió en haberle tocado sus partes íntimas por encima de la ropa, sin que haya habido consecuencias que lamentar, resulta procedente decretar ocho días de suspensión sin goce de sueldo, de su empleo y cargo al servidor público, profesor…”.
En dicho expediente peritos de Psicología Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses habían determinado la veracidad del abuso sexual a la menor de edad a través del dictamen IJCF/01026/2011/12CE/PS/01, donde se estableció: “Sobre la base de lo anterior y desde el punto de vista psicológico, se concluye que la [agraviada], al momento de la evaluación, presenta una leve afectación en su estado psicológico y emocional compatible con la sintomatología característica en personas menores de edad que han sufrido algún tipo de agresión de carácter sexual, por lo que se determina que manifiesta daño moral y psicológico en su persona por los hechos cometidos en su agravio. Por todo lo anterior se recomienda que reciba atención de tipo psicológica con orientación sexual de parte de algún especialista en el campo, por lo menos durante seis meses, como parte del proceso de rehabilitación, reelaboración y readaptación ante los sucesos que le han infligido daño”.
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En la misma resolución administrativa de la SEJ consta que llegó a la determinación de sancionar con sólo ocho días de suspensión al maestro agresor, aun cuando tuvo en consideración el testimonio de la víctima, pues, en las conclusiones de su procedimiento, la autoridad educativa afirma que desde el inicio del ciclo escolar 2010-2011, y hasta mediados de noviembre de 2010, el profesor inculpado, “durante todo ese tiempo, en diversas ocasiones le faltó el respeto en ese entonces a su alumna [agraviada], ya que, cuando se encontraban dentro del salón y en clase, la alumna en mención se acercaba al escritorio del maestro para que le revisara la tarea, poniéndose enfrente, entonces el docente la agarraba de la mano y la jalaba hasta quedar junto a él, es decir, la hacía rodear el escritorio y entonces aprovechaba cubriéndose con el escritorio y con su cuaderno para con una mano calificarle y con la otra la pasaba por encima de su hombro y la bajaba por delante, agarrándole su pecho, hasta llegar a tocarle su parte íntima por encima de la ropa, amenazándola el profesor que, si decía a alguien lo que le hacía, la iba a expulsar o que, si le decía a sus papás, los iba a matar, causándole temor y daño psicológico, al grado de que la alumna ya no quería asistir a la escuela, con lo que dejó de salvaguardar la imparcialidad y eficiencia que debió observar en el desempeño de su empleo, sin cumplir con la máxima diligencia el servicio público de la educación que se le tiene encomendado, no tratando con respeto a sus alumnas con quien tiene relación con motivo de sus funciones”. La Asociación Jalisciense de Padres de Familia en contra de la Violencia y el Acoso Escolar en la Educación Básica (Asjapava) advierte que la SEJ no puede seguir fincando sanciones tan bajas ante el abuso sexual de menores y esperar después que se erradique la violencia del sistema educativo de esta manera, sin castigos ejemplares para el profesorado. “Eso es lo que sucede, es un premio… te suspenden”, dijo su presidenta, María del Refugio Ruiz Moreno, cuando se le expuso el caso: “Son poderosos los maestros. Es una situación nefasta. No es posible que sigamos tolerando como mexicanos esta situación. Si queremos que la educación de Jalisco cambie, tenemos que empezar a cambiar estas actitudes; por eso no creemos en las instituciones”.
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Pareciera, dice la activista, como si gobierno y sociedad hubieran desarrollado una tolerancia muy alta para la violencia dentro del sistema educativo. Alguien que comete atentados al pudor —esto es, quien ejecuta en una persona menor de 12 años de edad un acto erótico-sexual, sin la intención de llegar a la cópula— merece de seis meses a tres años de prisión, según el Código Penal de Jalisco. En el Distrito Federal cualquier conducta de connotación sexual con tocamiento está clasificada por la autoridad educativa local como un “maltrato físico severo”; así está en sus “Lineamientos para la atención de quejas o denuncias por violencia, maltrato, acoso escolar y/o abuso sexual infantil, en los planteles de educación inicial, básica, especial y para adultos”. Por su parte, la Guía Escolar de Intervención para Situaciones de Emergencia, Crisis y Vulnerabilidad, que promueve la SEJ en sus planteles, define el abuso sexual infantil por tocamiento así: “Actos sexuales perpetrados por la fuerza contra un menor de edad: un agresor toca o acaricia con cualquier parte de su cuerpo los genitales o cualquier parte del cuerpo de la víctima con intención sexual, ya sea sobre la ropa o debajo de ella; así como obligar a la víctima a practicar los mismos tocamientos al agresor. No necesariamente involucra violencia física”. “…La [Agraviada 1] dice que el 10 de marzo del año en curso empezó todo. Había estado en la escuela desde pequeña, pero tuvo que abandonar el barrio por un tiempo y la inscribieron en otra escuela. Dice que cuando llegó se percató de que la [Agraviada 3] era de las alumnas preferidas del maestro, antes de que ella ocupara su atención. Menciona que el maestro tenía una forma particular de mostrar sus preferencias en el salón de clases, pues las mandaba sentarse frente a él para mirarles las piernas. Menciona que en una ocasión platicó con una niña de nombre Linda, y ésta le comentó que el maestro le tocaba los pechos. Dice que no está muy segura pero piensa que tal vez también sucedió algo con otra niña de nombre Ana…”.
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Jalisco carece de lineamientos específicos para atender el abuso sexual en aulas
La normativa de la autoridad educativa del DF y su unidad especializada para responder a estos hechos (UAMASI) son considerados de avanzada por asociaciones civiles
Sus propias estadísticas anuales demuestran que el abuso sexual es una problemática que se ha posicionado como un componente más del funcionamiento habitual del sistema educativo estatal, por lo menos desde el año 2000. La Secretaría de Educación Jalisco (SEJ), no obstante, carece hasta el momento de lineamentos específicos que normen la respuesta de las autoridades de cada escuela ante uno de estos hechos. Tiene, es cierto, un material de estudio que considera este tipo de abusos sexuales (Guía Escolar de Intervención para Situaciones de Emergencia, Crisis y Vulnerabilidad), pero contiene sólo recomendaciones a seguir para la comunidad escolar ante distintos incidentes riesgosos, sin hacer obligatorio acatarla en ningún aspecto ni, mucho menos, definir las responsabilidades que cada actor del plantel tiene ante la comisión de uno de estos delitos. Con base en las respuestas que otorgaron a este diario las 32 entidades federativas del país, únicamente en el Distrito Federal (DF) está normado bien a bien cuáles son los pasos obligatorios que debe cumplir cada servidor público dentro de un plantel escolar cuando se da una agresión sexual, incluyendo al profesorado, por supuesto, quienes también tienen advertidas claramente las consecuencias y sanciones que traería la transgresión de estas reglas. La educación en la capital del país está en manos de la Administración Federal de Servicios Educativos del DF (AFSEDF), un organismo de la SEP. El documento rector que expidió se llama: “Lineamientos para la atención de quejas o denuncias por violencia, maltrato, acoso escolar y/o abuso sexual infantil, en los planteles de educación inicial, básica, especial y para adultos”. Comienzan con un reconocimiento público fundamental de la situación actual: “Mientras un alumno (a) se encuentre dentro de las instalaciones de un plantel educativo, la guardia, custodia y cuidado es responsabilidad del director con el apoyo de los profe-
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sores, personal administrativo, de apoyo a la educación y escolar. Sin embargo, muchas de las quejas y denuncias por violencia, maltrato, acoso escolar y/o abuso sexual infantil (conductas de connotación sexual) presentadas en la AFSEDF son debido a faltas cometidas en agravio de los menores por parte de los trabajadores al servicio de la educación, directivos, docentes, prefectos, asistentes de servicio, personal de apoyo, etcétera. Asimismo, la guardia, custodia y el cuidado se extienden fuera del plantel, en aquellos casos que, por algún motivo, los alumnos salen del plantel para realizar alguna actividad educativa, visitas, recorridos, etcétera”.
La figura del director del plantel será, pues, central en la atención del abuso sexual, pues fija en ella la responsabilidad de seguir y coordinar una serie de medidas indispensables dentro de cualquier plantel, como obtener la atención médica necesaria y notificar la agresión sexual a instancias educativas superiores y de seguridad pública, así como a los padres del menor. La reacción inicial de todo el sistema educativo público ante un abuso sexual vendrá de su parte. “Sin excepción, toda queja o denuncia por violencia, maltrato, acoso escolar y/o por conductas de connotación sexual, en contra de algún alumno o usuario de los servicios educativos de apoyo, deberá ser atendida y documentada de manera inmediata, de acuerdo al procedimiento establecido en los presentes Lineamientos, por el director del plantel o su autoridad inmediata superior jerárquica y, en su caso, por el responsable de la unidad de apoyo”. “…yo me di cuenta de esta problemática a finales del mes de septiembre del año pasado cuando uno de esos días, sin recordar la fecha exacta, mi hija me platicó que el maestro la llamó para calificarle un trabajo que realizó y la sentó en sus piernas y le tocó las de ella y mi hija sintió algo duro y se asustó; en ese momento llegó la directora al salón y fue entonces que la soltó. Minutos después sonó el timbre del recreo y todos salieron del salón; dos días después acudí a la escuela a una junta general y fue cuando le comenté a la directora lo sucedido, ella me abrazó y me dijo que tratáramos dentro de la escuela para que no se hiciera escándalo; me pasó al salón y mandó llamar al maestro, quien negó los hechos; la directora sólo mencionó que habría que revisar el asunto de mi hija ya que ella podría estar traumada, que podría traer un trauma y que posiblemente estaba viendo pornografía, y fue todo lo que hizo. En consecuencia, mi hija ya no quiso ir a esa escuela, por lo que días después decidí darla de baja e inscribirla en otra; y fue así que yo empecé a regar la voz con otros padres de familia para que estuvieran alertas de
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lo que estaba pasando con el maestro, y resultó que mi hija no era la única afectada, sino que había varias niñas más de primero y segundo grado…”.
La protección de cualquier educando en las escuelas del DF es una responsabilidad que recae en el director; también, ejecutar las acciones que su “cuidado necesario para preservar su integridad física, psicológica y social, con base en el respeto a su dignidad”. Será el director también quien deba solicitar la intervención de la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil (UAMASI), un grupo especializado en la respuesta de este tipo de hechos que forma parte de la estructura de la misma autoridad educativa, la AFSEDF, algo que en Jalisco simplemente no existe. Con estos Lineamientos vigentes en el DF se faculta al director para que realice una primera investigación cuando se da un abuso sexual recabando los testimonios (los del infante, no sin contar antes con la autorización de los padres, que deben ratificar la relatoría), para luego levantar un acta de hechos. Incluso, se le da la atribución de impedirle al maestro el contacto con menores, de manera provisional pero inmediata, si valora que hay un riesgo de por medio: “En caso de que la queja sea derivada de una presunta conducta por parte de un trabajador de la AFSEDF, que ponga en riesgo grave la integridad física, psicológica, sexual y/o social de los alumnos o usuarios, sin prejuzgar acerca de la veracidad o falsedad de la queja, se tomarán las medidas pertinentes con la intención de que el trabajador involucrado realice actividades en las que no tenga contacto con los alumnos o usuarios, sin agraviar con esto sus derechos como trabajador”. Será, por su parte, la UAMASI la que se encargará de valorar las heridas físicas y psicológicas de los menores agredidos, de brindarles asesoría y acompañamiento profesional y de elaborar una indagatoria que, de contar con indicios y pruebas, será continuada y ampliada por la Coordinación de Asuntos Jurídicos de la AFSEDF para determinar la sanción al docente. “…llevé a mi hija a la escuela y, a la entrada, la señora […] me dijo que si podía hablar conmigo y me pidió que primero llevara a mi hija a la escuela y así lo hice. Después esa señora
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me dijo que el asunto era delicado, ya que había rumores de que el maestro tocaba a las niñas y que, al parecer, mi hija era una de las afectadas; entonces entré a la escuela y le pedí que me dijera lo que había pasado con el maestro y me confirmó lo que me habían dicho: que, efectivamente, a ella la había tocado el maestro en sus partes íntimas; ese mismo día hablé de este asunto con la encargada de la Dirección y ella me comentó que lamentablemente no había pruebas, que hiciera un escrito para poder investigar los hechos; la señora y la de la voz elaboramos ese escrito y lo presentamos con el inspector de zona, quien nos recibió y nos dijo que él no podía hacer nada y nos mandó a la SEJ que está cerca del Trompo Mágico, donde nos atendió una licenciada de quien desconozco su nombre, quien nos dijo que ya había pasado mucho tiempo, que mejor acudiéramos a Derechos Humanos, que ahí investigaban a fondo y, sólo así, la Secretaría también entraría a conocer del asunto…”
Los Lineamientos capitalinos no sólo definen lo que cada actor educativo debe hacer ante el abuso sexual: prohíben también que se confronte a los menores abusados con el agresor y contienen medidas contra la impunidad de estos ataques que pueden provenir de docentes, personal de apoyo o los mismos directivos: “La autoridad educativa será sujeto de responsabilidad si se comprueba que aplicó indebidamente a un trabajador una medida disciplinaria menor para evitar la que le correspondería de acuerdo a la conducta realizada”. El gran margen de discrecionalidad en que se deja a la actuación del director frente a un abuso sexual, en entidades federativas como Jalisco, donde no hay reglas específicas para ello, ha sido advertido por la Secretaría de la Función Pública (SFP) del Gobierno federal como una condición muy vulnerable a la corrupción y al encubrimiento de los profesores involucrados. Los Lineamientos que están vigentes en el DF fueron expedidos apenas el 3 de mayo de 2011, pero es desde 2002 que cuentan con un cuerpo de normas especial para la actuación de las autoridades ante casos de maltrato y abuso sexual en los planteles de educación básica, que se ha venido actualizando al paso de los años. Aquellos Lineamientos iniciales de 2002 tuvieron una primera reforma en 2009 a propuesta de la SFP, pues ésta advirtió que, mientras las obligaciones del personal de las escuelas, concretamente de los directores, no fueran plasmadas con la suficiente claridad ante el abuso
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sexual —como hoy persiste en Jalisco—, se dejaba la puerta abierta para que ocultaran los eventos y protegieran al maestro: “La falta de una definición adecuada de responsables, especialmente en las atribuciones y obligaciones delegadas en estos Lineamientos a los directores de escuelas, debido a la discrecionalidad con que éstos pueden proceder, genera incertidumbre a los involucrados, opacidad en el proceso, y esto sin duda puede constituir un alto riesgo de abuso y corrupción”. La SFP también concluiría sobre ese documento de 2002, ahora mejorado: “Actualmente el procedimiento en su etapa inicial (queja) es filtrado por las direcciones escolares, sin que esto sea normativamente correcto; debe delimitarse la actuación del director del plantel educativo y su competencia para actuar en esta materia, así como de aquellas conductas cometidas por los docentes referentes a su control de asistencias, al cumplimiento de su cátedra, etcétera, toda vez que existe el riesgo de que el director no actúe de manera imparcial al conocer de estos hechos”. En Jalisco lo más que se ha hecho en este sentido es incluir apenas un motivo de infracción en la Ley de Educación del Estado para el director, durante la última reforma de 2012, que reza: “Tolerar o consentir, por parte de los directivos, que maestros o personal de apoyo utilicen un lenguaje obsceno, lascivo o blasfemo contra los alumnos, o realicen conductas de hostigamiento o violencia en contra de los escolares por cualquier medio”. Nada más allá de eso. Por eso grupos como la Asjapava consideran de avanzada a la regulación capitalina. “…la [Agraviada 2] y la [Agraviada 1], ambas de 12 años de edad, narraron que otras chicas también han sido molestadas por el maestro. Han tratado de hablar con el director del plantel, el maestro Salvador, pero no les ha creído ni les ha brindado apoyo; por el contrario, dicen que afirmó que ‘el maestro es ejemplar’. Manifiestan que tienen miedo de lo que pueda pasar en la escuela, de los chismes que ya corren por todas partes, pues según dice [Agraviada 1] que hasta cuando va a la tienda le preguntan ‘si fue violada’. Su temor también tiene que ver con la sospecha de que el ‘maestro Chava’ esté encubriendo al maestro. Al finalizar la entrevista con las chicas, la señora [Quejosa 1], madre de la [Agraviada 1], manifestó que ha perdido su empleo por la inversión de tiempo que supone la denuncia y queja ante las instancias respectivas, los citatorios y la atención que su hija necesita. También mencionó que fue a hablar con el director
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(maestro Chava) junto con las otras dos señoras madres de la [Agraviada 2] y [Agraviada 3], y fueron tratadas en forma grosera, ‘como si fuéramos delincuentes…’”.
La CEDHJ advierte necesidad de reglamentar la respuesta al abuso sexual Para la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) está clara la necesidad de que la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ) defina protocolos específicos de actuación contra las agresiones sexuales en los planteles educativos, como existen en el DF, para establecer las respuestas obligatorias y responsabilidades inherentes a cada uno de los actores de la comunidad escolar en estos casos. El cuarto visitador general, Arturo Martínez Madrigal, saluda la expedición del Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Básica del Estado de Jalisco del 18 de agosto de 2010, y los manuales de organización a los que dio lugar el 9 de abril de 2011 para la vida interna de los planteles de preescolar, primarias y secundarias. Pero aún no existe un documento tan específico como el de la capital del país y sus “Lineamientos para la atención de quejas o denuncias por violencia, maltrato, acoso escolar y/o abuso sexual infantil, en los planteles de educación inicial, básica, especial y para adultos”. “Desde luego (se requieren lineamientos similares para Jalisco). Las leyes y los reglamentos son muy generales y por eso mismo no aterrizan para casos muy específicos, y para eso son los manuales de operación, precisamente, donde ya se prevén aspectos concretos y se establecen las funciones y responsabilidades específicas del director, el maestro, el prefecto, entre otros”. El manual de organización para las escuelas primarias de Jalisco, por ejemplo, establece entre las responsabilidades del director: “Denunciar ante las autoridades competentes los hechos ocurridos en las instalaciones de la escuela a su cargo que puedan entrañar la comisión de un delito” y “Vigilar que el alumnado y personal que labora en el plantel a su cargo cuenten con la seguridad y el respeto que les permitan desarrollar libremente sus actividades en el interior del mismo, así como en los eventos en que la escuela participe”. Pero el manual no supera este grado de generalidad, y evita normar la actuación del director ante situaciones concretas como las agre-
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siones sexuales, tampoco define cuáles son los pasos y las instancias a las que debe llamar en un caso así; no le da facultades para una reacción inmediata como la separación del maestro del alumnado; ni lo instruye a documentar debidamente el suceso… “Son temas muy preocupantes porque los agraviados son entes a los que deben otorgarse toda la protección y cuidado que las leyes brindan para los niños; podríamos válidamente decir que se trata de un grupo vulnerable por el simple hecho de ser niños”, dice el cuarto visitador. Este año la Comisión espera profundizar en cursos de capacitación con la estructura media de la SEJ para darles herramientas a sus integrantes en la prevención y detección temprana de estas agresiones al alumnado, y sensibilizarlos sobre su importancia. El objetivo es que desde este nivel los conocimientos se distribuyan entre la plantilla del profesorado. “Es una situación que, con una sola queja que hubiera acreditada, pues es preocupante, porque el maestro en un plantel hace las veces de un papá en casa, pero, en lugar de educar para el respeto a los derechos humanos, realiza conductas totalmente reprochables en agravio de un niño que no tiene todavía la capacidad suficiente para resolver sobre ese tipo de actos”. “…un día una de mis compañeras le dijo a la directora lo que pasaba y no le creyó, yo no le había dicho nada a mi mamá porque me daba miedo, pero un día mi mamá me preguntó que si el maestro me tocaba y le dije que sí, entonces me llevaron a la Procuraduría y ahí les dije todo lo que el maestro nos hacía a mí y a mis compañeras...”
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Reforma a legislación estatal excluyó a maestros de “violencia escolar” El concepto se definió, junto al “acoso escolar”, como la que es exclusiva entre los estudiantes, por lo que omite los abusos que provienen del profesorado
El 27 de marzo de 2012 se concretó una reforma a la Ley de Educación del Estado de Jalisco para incluir todo un apartado exclusivo sobre la violencia que se presenta en las aulas, pero que fue recortada en sus alcances para delimitar el concepto de violencia como una que es exclusiva para las agresiones que se presentan entre los alumnos, y excluyó a la figura del profesorado, pese a que también es un generador de abusos y a que se había considerado su inclusión originalmente. La propuesta definía inicialmente que se entiende “por violencia o acoso escolar el hostigamiento e intimidación entre cualquier miembro de la comunidad escolar, y se referirá a la acción de violencia sistemática, física, verbal, psicológica, sexual, escrita, por señales o tocamientos, generada entre los miembros de dicha comunidad escolar”. La comunidad escolar considera por definición tanto a los alumnos como a los directivos, profesorado, personal de apoyo e incluso padres de familia. Pero el concepto final que se encuentra ya en la ley dejó fuera a los servidores públicos e integrantes del SNTE, pues dice que se entenderá “por violencia o acoso escolar el hostigamiento e intimidación entre estudiantes, y se referirá a la acción de violencia sistemática, física, verbal, psicológica, sexual escrita, por señales o tocamientos, generada entre estudiantes”. Organizaciones como la Asjapava, que participaron en la elaboración de la reforma, temían que, de reducirse en sus alcances el concepto de violencia escolar como un fenómeno que se da sólo entre estudiantes, todo el Título Noveno de la Seguridad y la Convivencia Escolar que se agregó a la legislación local atendería básicamente a la problemática del bullying, que es relevante, pero omitiría procedimientos de actuación contra la violencia que genera también el profesorado. Inclusive, el artículo 172 estaba concebido para prever al docente como un actor educativo que puede generar violencia y marcaba las
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sanciones que ello le acarrearía: “Para el caso de que el actor de una conducta de violencia y acoso escolar sea un servidor público del sistema educativo estatal, se estará a lo dispuesto en el artículo 100, y en su caso la ley que regula las causales de responsabilidad de los mismos”. Todo este párrafo fue omitido en la reforma final, por lo que ese mismo numeral ya integrado hoy en día a la ley sólo dice: “Cuando se presenten situaciones de conflicto escolar, la autoridad superior inmediata del centro educativo de que se trate intentará armonizar la relación entre dichas personas, y en su caso derivará a los involucrados a un especialista, para solucionar el conflicto”. “…estaba sola la escuela y el maestro, [Alumna 2] y yo estábamos sacando copias en la impresora para el evento del Día de las Madres, y luego terminamos y me dijo ‘que si podíamos platicar’, y le dije que sí, y luego le dijo a [Alumna 2] que se retirara a cuidar su camioneta, y ya fue que me dijo que si ya no le tenía confianza o por qué no le había platicado lo que yo había hablado con [Agraviada 2] y que le demostrara mi confianza, porque ya no estaba tan seguro; yo le dije que le tenía confianza y me dijo: ‘Déjame cerrar la puerta; bueno, ven para acá al locker’, y nos fuimos al fondo del salón y me dijo: ‘Voltéate y cierra tus ojos’, y me empezó a quitar el brasier y me agarró los pechos, y luego como a los diez minutos tocó [Alumna 2] y me vestí rápido y yo me salí…”.
Como se ha expuesto, en materia de la violencia que genera el profesorado, la reforma en Jalisco se limitó a incluir otro motivo de infracción para el director del plantel por “tolerar o consentir, por parte de los directivos, que maestros o personal de apoyo utilicen un lenguaje obsceno, lascivo o blasfemo contra los alumnos, o realicen conductas de hostigamiento o violencia en contra de los escolares por cualquier medio”. La ley ahora tiene la novedad de establecer la obligación para los planteles de elaborar un informe semestral a la SEJ sobre incidentes de acoso y violencia escolar, para que “exista un registro que arroje la incidencia, los avances o retrocesos en relación con el tema”. Esto pudo haber sido el origen de una estadística más acabada sobre las agresiones sexuales que genera el personal docente, pero, como el concepto legal de violencia considera sólo a la que se da entre alumnos, tendrán que incluirse únicamente los eventos protagonizados por el estudiantado.
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Los lineamientos para atender el abuso sexual de la autoridad educativa en el Distrito Federal incluyen en el concepto de “violencia escolar” a todos los actores educativos de la comunidad, esto es, también a profesores y directivos: la define como la “conducta intencional que se ejerce entre las personas de la comunidad escolar dentro y/o en el entorno de la institución educativa con el objeto de intimidar, someter, controlar y causar daño, pudiendo ser psicológico, físico, sexual y/o por omisión. Existen tres características distintivas de la violencia escolar: intencionalidad, está dirigida a intimidar, someter, controlar y causar daño; direccionalidad hacia cualquier persona de la comunidad educativa, y frecuencia: esta conducta puede presentarse en una ocasión o puede repetirse durante días, semanas o años”. El “acoso escolar” sí se delimita en el DF a las agresiones entre estudiantes (su autoridad educativa es un organismo de la SEP). En Jalisco la legislación mezcló los dos conceptos (violencia y acoso escolar) y resulta incluso disímil la ley a lo que la SEJ promueve en los planteles con su “Guía Escolar de Intervención para Situaciones de Emergencia, Crisis y Vulnerabilidad”. En este documento se señalan 20 entornos de crisis y emergencia posibles para las escuelas y se recomiendan pasos para cada uno. El número 19 es “Violencia en la escuela” y aquí hay un apartado que habla de “Violencia de maestros a alumnos”, esto es, una conceptualización de la violencia distinta a la plasmada en la legislación. “…unas compañeras de nombre… me dijeron que mi hermana estaba dentro del salón de usos múltiples con el maestro, solos, y que ella estaba en puros calzones, ya que lo habían visto por un hoyito; entonces yo me fui a asomar al salón ya que la puerta estaba abierta y vi que el maestro estaba parado junto a mi hermana y ella estaba inclinada hacia un lado, dando la espalda a donde yo estaba, y vi que andaba en puros calzones; entonces rápido salí y me fui con mis compañeras y comentamos que eso no estaba bien, que teníamos que sacar a mi hermana de ese salón, y por eso me volví a meter al salón y cuando entré me fijé que mi hermana la seguía en puro calzón y traía una blusa…”
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María y Herlinda María Guadalupe Peña López y Herlinda Virgen Dávila son dos madres de familia que han comenzado uno de estos procedimientos de queja ante la SEJ por el abuso sexual que, afirman, vivieron sus hijas en su plantel educativo en 2011; su caso ilustra los efectos de la carencia de una regulación específica en Jalisco. El problema se encuentra en la secundaria general 76 “Mariano Otero”, en el municipio de Tlaquepaque. Sus hijas les hablaron de haber sido acosadas verbalmente por uno de los docentes, quien les habría dirigido miradas de hostigamiento e, incluso, tocamientos. Cuenta la primera: “Yo acompaño a mi hija al cíber a hacer su tarea y ella escribió un relato de lo que le había pasado un día anterior; entonces, a la hora de revisar yo los papeles, le dije: ‘¿Y esto qué es?’. Me dijo: ‘Es que esto me pasó ayer con el maestro Fulano, a tales horas’. Entonces, aprovecho al otro día que teníamos una reunión escolar para decir públicamente lo que estaba pasando”. Fue en una junta de toda la comunidad escolar del 8 de noviembre de 2011 cuando las quejas estallaron de parte de los padres de familia. Virgen Dávila, por su parte, se enteró de lo que sucedía con su hija en voz de una de las hermanas a quien había narrado la situación con anterioridad. “Ya hablé con mi hija y ella, asustada y llorando, me dijo: ‘No, mamá, es que yo tenía miedo de decirle a usted porque usted se iba a enojar’, y le dije: ‘No, tenías que haberme dicho’ ¿por qué no me dijiste a mí?”.
Ambas acudieron a la dirección del plantel en busca de una solución pero no obtuvieron de ello, aseguran, más que un par de palmadas en la espalda mientras las conducían amablemente a la puerta y una petición de confianza por que pronto todo se arreglaría. Pero nada pasó. Con lineamientos como los de la autoridad educativa del DF, el director habría estado obligado a documentar el caso; a realizar una investigación y levantar un acta de hechos; a solicitar la intervención de su unidad especializada (UAMASI) y a impedir que el maestro siguiera en contacto con los alumnos si detectaba un riesgo grave. Pero nada de eso existe ni está normado en Jalisco.
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Las madres de familia interpusieron, entonces, su queja ante la SEJ en el mismo mes de noviembre de 2011; a estas alturas no han sabido de una resolución; de hecho, la autoridad no se ha comunicado con ellas, dicen, ni siquiera para tenerlas al tanto de los avances o para algún otro tipo de acompañamiento, psicológico, legal ni de ninguna otra índole. Peña López narra que, aproximadamente un mes y medio después de haber presentado su queja ante la SEJ, se les notificó que se había presentado un extravío de la documentación del expediente que corresponde a su denuncia, por lo que habría que repetir el proceso, lo que incluía una nueva declaración de parte de su hija. Así tuvieron que hacerlo. El malestar de los padres de familia en ese plantel ha generado ya tres quejas ante la CEDHJ: 5476/2011, 5481/2011 y 5482/2011, así como una denuncia penal ante la PGJEJ. El único avance del que hablan es una medida cautelar dictada por la Comisión para que el maestro fuera retirado del salón de las agraviadas, pero sólo fue cambiado de aula en el plantel, así que sigue en la misma secundaria, teniendo contacto con todos los alumnos. Si ambas madres de familia llegaron a pensar que la autoridad del plantel serviría como un apoyo en este proceso, ha sido todo lo contrario: perciben que hay un encubrimiento. Virgen Dávila cuenta que su hija tuvo que dejar de asistir a la escuela por estos hechos y seguir el estudio en una modalidad abierta: “No se hizo nada, no hace nada el director, pero, si no hacemos por luchar que salgan ellos, va a seguir lo mismo y al rato otros niños salen y muchos ya no quieren ni entrar”. Según la Federación de Asociaciones de Padres de Familia, uno de estos procedimientos administrativos de parte de la SEJ puede llevar, en promedio, un año para su conclusión. “…su hermano estaba muy enojado y dijo que no le había parecido que la tuviera en puros calzones y que les iba a decir a sus papás; entonces yo les dije: ‘Saben qué, mejor vámonos para donde está [Agraviada 3] y el maestro para estar al pendiente’. Entonces llegamos y nos quedamos afuera del salón de usos múltiples; al ver que era muy tarde y no se escuchaba ruido, fue cuando se me ocurrió entrar y decirle a [Agraviada 3] que su mamá le hablaba por teléfono; entonces le hablé a una amiga y le dije que se hiciera pasar por la mamá de [Agraviada 3], que se la iba a pasar y que le dijera a [Agraviada 3] que le siguiera el juego. Entré y lo primero que vi fue a [Agraviada 3] parada sobre una bolsa de plástico, y ella sólo traía puesto un
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brasier y su calzón y, al verme, el maestro se asustó, y me dijo: ‘¿Qué pasó?, y le dije que ya habíamos terminado los bolos y, como traía el celular en la mano, le dije a [Agraviada 3] que le hablaba su mamá; entonces le pasé el teléfono y en eso el maestro dijo: ‘A ver, pásamela’ y comenzó hablar con mi amiga, quien le dijo que necesitaba que sus hijos regresaran a la casa, al momento que [Agraviada 3] se me acercó y me dijo gracias. Salimos juntas y ya cuando dejamos al maestro le pregunté qué le había hecho; me dijo que le pidió que se quitara la ropa, le pedía que se quitara todo pero ella no había querido, y que el maestro la amenazó diciéndole que, si decía algo, le iba hacer daño a sus papás. El maestro nos alcanzó y dijo: ‘Yo las llevo’, y él nos llevó en su camioneta y nos dejó a cada uno en su casa. Al día siguiente [Agraviada 3] me dijo que no la dejara sola, y le dije que no la iba a volver a dejar sola, pero que les dijera a sus papás; yo veía que el maestro tenía mucha preferencia por las niñas delgaditas…”.
No existe programa para la reparación del daño a la víctima Los planteamientos de la CEDHJ no son aceptados por la SEJ, pues ésta asegura que la reparación del daño no es una figura integrada a la legislación de los servidores públicos
En un periodo de 12 años comprendido entre 2000 y 2011, la CEDHJ ha emitido tres recomendaciones a la SEJ por la confirmación de hechos de abuso sexual que fueron perpetrados por su profesorado hacia alumnos del nivel básico. A través de estas investigaciones, la Comisión se encontró lo mismo con un maestro de primaria que tocaba a las alumnas en la vagina y las nalgas durante el transcurso mismo de la clase y ocultándose sin éxito tras su escritorio, hasta el que obligaba a las menores a desnudarse frente a él con el pretexto de la realización de una obra de teatro. En las tres recomendaciones (una de 2010, dos de 2011) la CEDHJ conminó a la SEJ a que procediera con la reparación del daño que le causó a los alumnos y alumnas que fueron abusadas sexualmente por su personal docente; esto es, que los indemnizara: “El cumplimiento de esta indemnización tiene el significado de una justa reivindicación y el reconocimiento de la injusticia cometida, aunado al de una exigencia ética y política de que las autoridades edu-
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cativas prevengan tales hechos y combatan su impunidad. Porque, finalmente, tal actividad irregular no sólo es responsabilidad del maestro, sino también de la SEJ”. La reparación del daño que planteaba la Comisión consistía en la prestación de la “atención psicológica necesaria tendente revertir los padecimientos que presenten, hasta su total restablecimiento”, pero también poniendo “en práctica un plan de acompañamiento y seguimiento de la situación jurídica y emocional de las menores de edad y del cuidado y apoyos adicionales que se le brinden, que incluyan salud, educación y cultura, entre otros”. Dicho plan indemnizatorio de acompañamiento y “apoyos adicionales” para las víctimas no existió nunca. La SEJ no acepta los planteamientos de reparación del daño, ni cuenta con un programa para ello, porque asevera que el marco jurídico bajo el que se desenvuelven los servidores públicos en Jalisco no se ha adaptado para darle validez a esa figura. Cuando se le preguntó directamente a la SEJ de qué manera reparó el daño a las víctimas como respuesta a las tres recomendaciones, esto fue lo que respondió bajo el folio 123/2012: “Respecto al cuestionamiento relativo a la reparación del daño de la víctima, se informa que, en virtud de no estar contemplada dicha figura en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, ni en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, no es posible que en los respectivos resolutivos esta dependencia se pronuncie al respecto”. La CEDHJ ha argumentado a favor de las víctimas que la figura de la reparación del daño está mencionada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 113, donde se puede leer: “La responsabilidad del Estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes”. En el periodo 2000-2011 la Comisión recibió 102 quejas por abusos sexuales del personal docente hacia el alumnado; en 43 encontró indicios de responsabilidad contra el profesor, por lo que se resolvieron a través de conciliaciones; en tres la confirmación fue total, de ahí
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vienen las recomendaciones. Mientras tanto, la SEJ indagó 116 casos de agresiones sexuales y en 92% de ellos confirmó la responsabilidad del personal docente. “…el maestro dijo que nos daría clases de actuación y que le bailáramos delante de él y que le moviéramos la cintura, ya que la obra de teatro sería días después y nos hizo que nos probáramos los vestuarios mis compañeras y yo, haciéndonos que nos desnudáramos para cambiarnos delante de él, y como tenía vergüenza y pasado un minuto, como vio que fui la última en cambiarme ya que me daba vergüenza, me dijo que pasara al frente y que tenía que quitarme la vergüenza. Como a los dos días, un domingo, en la escuela, me sentó en una silla y me empezó a hablar muy feo y me dijo que sabía muchas cosas de mi familia, amenazándome que si decía algo iba a decir muchas cosas de mi familia y yo tenía que aceptar lo que él me dijera, y que habría veces en que nos tendríamos que agasajar y que también nos tendríamos que besar, y que después de las clases de actuación me tendría que quedar con él treinta minutos más después de las clases, y fue cuando me empecé a sospechar por la forma en que hablaba, comentándole esto a otra alumna de la clase de actuación de nombre [Alumna 2] lo que me había dicho el maestro, diciéndole que no me dejara sola con él…”
Alianza por la Educación servirá SNTE
como un filtro del personal docente:
Si la SEJ tuviera una unidad especializada en la atención del abuso sexual también sería positivo para los profesores, para evitar que haya denuncias sin sustento
La creación de un ente similar a la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil (UAMASI), que funciona en el DF, traería efectos positivos no sólo para las víctimas de las agresiones sexuales en el ámbito educativo de Jalisco, sino también para el propio profesorado, expone Rafael Wenceslao Ríos Guerrero, secretario técnico de la Sección 16 del SNTE en Jalisco. El maestro ha participado muy de cerca en la defensa legal de profesores inculpados por este tipo de hechos en la Entidad, así que co-
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noce muy bien tanto el proceso jurídico que se sigue como la manera de reaccionar de la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ). Desde su perspectiva (una que se centra en la defensa del trabajador), la especialización del personal de la Secretaría para la atención de esta forma de violencia en un grupo como la UAMASI serviría para evitar que prosperen señalamientos infundados que pueden acarrearle un perjuicio muy grave a un profesor que, en realidad, era inocente. “Sí se necesita (un área) que vaya ya a un análisis psicológico de la personalidad de quien está demandando, porque a veces nos quejamos porque a cualquier situación que se comparece se le da un seguimiento y, cuando el trabajador se ve afectado, dura tres o cuatro años (en el proceso legal, primero lo administrativo, luego ante el tribunal), que repercute en su ingreso salarial, y somos trabajadores que tenemos familias y afecta la percepción de la familia”. —¿Cómo califica el desempeño del área jurídica de la SEJ sobre esta clase de denuncias de abuso sexual? —No creo que esté preparada en lo que es lo jurídico. Tiene un departamento legal que, sin duda alguna, actúa por la vía legal de manera oportuna, pero, ya para hacer una aclaración de esa naturaleza, no creo que tenga un departamento que califique claramente una acción de éstas (de abuso sexual). Creo que, si tuviera ese tipo de departamentos (como la UAMASI), por lo menos el actuar del departamento jurídico estaría más apegado a la justicia que tenga que hacerse. Sería una buena medida para evitar dejar en el estado de vulnerabilidad que está al trabajador de la educación. Según los registros de la SEJ, en 92% de las denuncias por abuso sexual que investiga encuentra la responsabilidad del personal docente señalado, pero hay un 7% que, efectivamente, concluye exonerando al maestro que pasó por una acusación de esta gravedad. La generación de agresiones sexuales en el ámbito escolar es una problemática muy seria, dice el secretario técnico de la Sección 16: “No es un asunto menor; naturalmente, debe ser atendido porque, a quien le ocurre, lo marca de por vida; sin duda es un asunto que se debe de atender con el profesionalismo que se requiere, debe de ser detectado, porque a veces tenemos la oportunidad hasta de salvar a la persona que tiene esas tendencias con una terapia, y de salvarle por-
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que no nada más destruye la vida de quien es abusado: también la vida del abusador y de la familia”. “…se considera que la menor sí presenta, en el momento de la evaluación, sintomatología asociada a una víctima de un delito de carácter sexual, que se encuentra generando un grado de afectación psicológica y daño moral considerado como moderado, manifestado en una inestabilidad emocional, resultado de los hechos que se investigan. La experiencia de la agresión sexual sufrida deterioró en la menor [Agraviada 2] sus conceptos, valores y hábitos morales; a mediano y/o a largo plazo puede afectar el desarrollo de su personalidad. Se sugiere que, de acuerdo a las características de personalidad y al daño sufrido en la menor, a la [Agraviada 2] se le proporcione tratamiento psicológico por un tiempo mínimo de seis meses, en una sesión semanal. El objetivo de este tratamiento es la aplicación de técnicas y procesos psicológicos sistematizados encaminados a restablecer las secuelas y alteraciones emocionales que ha generado la experiencia vivida; la técnica de dicha intervención dependerá del especialista responsable. La menor de edad, al momento de la evaluación, presenta alteraciones en su estado emocional reflejadas en un daño psicológico moderado, manifestado en aislamiento, inseguridad, miedo y alteraciones en el sueño a consecuencia de los hechos vividos…”. Incluso, precisa el secretario técnico de la Sección 16 del SNTE, deberá ser de gran ayuda para la prevención de estos hechos la Alianza por la Calidad de la Educación que signaron el Gobierno federal y el SNTE, pues contiene evaluaciones para el personal docente que podrán servir a manera de filtro para detectar a los que no tienen un perfil psicológico idóneo para estar con menores. “Con la Alianza por la Calidad de la Educación, de entrada, deberán pasar por un examen en el que tienen que demostrar conocimientos. Hay quien pasa este examen pero tienen que pasar otro filtro, que es el psicométrico; entonces, hay algunos que no lo pasan, y éstos sí ya afortunadamente son los menos, es una prevención; esa gente, con toda seguridad, no tendrá este tipo de problemas, pero se está haciendo con las generaciones actuales: ése es el problema, si eso se hubiera
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venido haciendo. Se hizo con nosotros, pero sin duda, con el paso del tiempo, se tiene que volver a valorar una situación de éstas”. —¿La evaluación psicométrica del personal docente no existía antes de la Alianza? —Tengo 25 años de servicio y lo pasé; en aquel entonces teníamos los de las Normales, que egresábamos plaza automática, pero ya hacíamos ese examen. —¿Entonces cuál es la diferencia a partir de la Alianza por la Calidad de la Educación? —A veces las contrataciones no eran nada más de normalistas, sino que por otras vías también había contrataciones (sin aplicar el examen psicométrico), pero ahora no, ahora hay un filtro para todas las contrataciones. —¿Ahora todas las contrataciones de maestros están condicionadas con los resultados de los exámenes de conocimiento y psicométrico? —Sí, a partir de la Alianza, vamos por el tercer examen de oposición y eso previene estos casos y, sin duda alguna, aunque es mínimo el porcentaje (de profesores involucrados en agresiones sexuales), sí se puede erradicar. Mejor si no hay un solo caso, es lo óptimo por el bien de la niñez mexicana y del Estado”. “…en la escuela en el salón de usos múltiples nos tocó organizar la disco para la escuela y yo estaba arreglando las cortinas y también estaba [Alumna 1] y la [Agraviada 2], y el maestro le dijo a la [Agraviada 2] y a [Alumna 1] que fueran a buscar broches a otro salón, y se fueron y el maestro me dijo ‘que me bajara de las mesas, y que si le seguía teniendo confianza’, a lo cual yo le dije que sí; me dijo: ‘Necesito saber si todavía me tienes confianza’ y me dijo: ‘Ven atrás de la puerta de metal’, y me dijo: ‘Vístete bien’ y que me enseñara a vestir elegante, que no se me veían bien los tirantes del brasier por fuera, y me dijo: ‘Quítate el brasier’, y me lo quité y me dijo que me desabrochara la blusa y me dijo: ‘Voltéate y cierra los ojos…’”.
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CAPITULO TERCERO
El abuso sexual en las aulas del país Sólo 25 de las 32 entidades federativas tienen registros al respecto de esta problemática en el sistema educativo de nivel básico Con sus archivos hay constancia de mil 158 casos de abuso sexual en el periodo 2000-2010 De cada 100 denuncias de este tipo que llegan a las autoridades educativas locales, en 63 se confirma el abuso de parte del docente; en 34 es exonerado
La problemática del abuso sexual en el ámbito escolar no es exclusiva, por supuesto, de Jalisco; es, antes, una con alcances nacionales y, sin embargo, no hay normas generalizadas para su atención ni una instancia en el país que aglutine con precisión la estadística que va generando y que dé luz sobre sus dimensiones reales. La Secretaría de Educación Pública (SEP) no cuenta con un panorama nacional sobre el abuso sexual que se presenta en los salones de clases del país, no tiene registros al respecto, argumenta, debido a los efectos que trajo el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, del 18 de mayo de 1992, suscrito por el Gobierno federal, los gobiernos estatales, y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE): “Se descentralizó la educación y la información referente a servicios educativos, que en el caso que nos ocupa se trata de los niveles preescolares, primarios y secundarios; pasaron a ser de la competencia de la autoridad educativa en cada entidad federativa, debido a que
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el Gobierno federal les transfirió las atribuciones técnicas, operativas y administrativas a los gobiernos estatales”, es la respuesta de la SEP cuando se le consulta al respecto. La SEP, por lo tanto, remite a cada una de las autoridades educativas locales en las 32 entidades para poder obtener, de una a una, sus registros sobre las agresiones sexuales que han sufrido los alumnos de parte del personal docente. Este diario así lo hizo. Le preguntó a todas las secretarías estatales de Educación de qué tamaño era este problema en su localidad en el periodo 2000-2010. Todas contestaron, lo que no significa que todas dispongan de una base de datos al respecto. Así están las cosas en el país: Hay 25 entidades federativas (78%) cuyas autoridades educativas sí cuentan con una base de datos de las agresiones sexuales que se han presentado en los planteles educativos de nivel básico, Jalisco entre éstas. No todas presentan el mismo nivel de desarrollo ni de precisión en su información: algunas son raquíticas en sus datos, otras son de lo más puntuales. (Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Distrito Federal, Durango, México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas). Seis entidades (18%) tienen autoridades educativas que, simplemente, no llevan una base de datos sobre las agresiones sexuales a sus alumnos. El argumento más común al que recurren es que, al tratarse de un delito, recae en el Ministerio Público estatal, por lo que queda fuera de su competencia (pese a que también implica una transgresión administrativa que sí les compete). La Secretaría de Educación de San Luis Potosí dice, por ejemplo, que estos hechos “son competencia de las agencias del Ministerio Público y el Poder Judicial, razón por la cual no se cuenta con la información requerida por no ser del ámbito de competencia de esta Secretaría”. Otras simplemente dicen que no tienen denuncias. Es el caso de Nayarit: “En esta Dirección Jurídica a mi cargo no existen expedientes ni procedimientos administrativos en contra de maestros por las razo-
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nes expuestas (abuso sexual)”, o Colima: “Esta dependencia no tiene registro de casos de abuso sexual por parte de docentes hacia alumnos”. (Chihuahua, Colima, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala y Veracruz). Sólo una (Baja California) reservó la información. “…Casi siempre después de que entrábamos del recreo nos llamaba a mí y a mis compañeros para revisarnos la tarea y si alguno estábamos mal nos volvía a llamar y entonces, cuando a mí me tocaba que me revisaba la tarea, me levantaba la falda y me sentaba en sus piernas, metía su mano por debajo de mi calzón y me agarraba mi colita de adelante, y cuando hacía eso yo me quería bajar de sus piernas, y entonces él me decía que me fuera a mi lugar, y esto lo hacía varias veces en los años que estuve con él, y también a otras niñas de mi salón, y esto no se lo dije antes a mi mamá por que me daba miedo, y también le tenía miedo al maestro…”
Así las cosas, fue posible elaborar una base de datos nacional que refiere la generación de mil 158 casos de agresiones sexuales a manos del personal docente y teniendo como víctima al alumno, en los 11 años comprendidos en el periodo 2000-2010. El 37% de los casos se originaron en las secundarias del país (424 registros); apenas por debajo, en 35%, siguieron las escuelas primarias (403). De esta manera, de cada 10 abusos de índole sexual en un aula de México, siete suceden dentro de las secundarias y primarias del país, donde se concentra 72% de estos hechos en la educación básica. El nivel de preescolar aparece con 5% de los registros: de los jardines de niños provienen 61 casos de abuso sexual en las entidades. Existe, sin embargo, todo un 20% de incidentes de los que las autoridades educativas no brindan ninguna referencia o certidumbre sobre el tipo de plantel en el que ocurrieron (3% hace mención a otras modalidades de atención; por ejemplo, la educación indígena). Con los archivos proporcionados por las autoridades educativas del país, se puede conocer con precisión (o algún grado de ella) la manera en que procedieron frente a este tipo de hechos en mil 082 de los mil 158 casos. De cada 100 denuncias por agresiones sexuales que se suscitan en el ámbito educativo nacional, las proporciones en que terminarán son las siguientes:
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• 21 con la destitución del docente involucrado. • 22 con una sanción de menor rango al cese, que va desde una amonestación o el cambio de suscripción hasta una suspensión laboral. • 20 con una sanción no clarificada por la autoridad; pudo haber sido un cese, o sólo una amonestación y un exhorto a la vida decorosa. • 34 con la exoneración del profesorado señalado, ya sea porque la investigación confirma su inocencia o porque no hubo manera de recabar las pruebas necesarias. • El 3% restante hace referencia a procedimientos administrativos de las autoridades educativas que aún continúan desahogándose, o en los que incidieron otras variables como la jubilación del docente señalado o su renuncia voluntaria. En términos más generales, por lo tanto, puede decirse también que, de cada 100 de estas denuncias por abuso sexual, 63 concluirán con la confirmación de la culpabilidad del docente involucrado, mientras que otras 34 con su exoneración. Las estadísticas nacionales también revelan, por otra parte, que entre las sanciones que determinan las autoridades educativas locales ante este tipo de hechos se sigue recurriendo al cambio de plantel del docente señalado, con los riesgos que ello implica. Hubo 55 casos en el país que concluyeron con el cambio de suscripción del maestro implicado: representan 5% de todas las denuncias con resultados conclusivos, pero 23% de todas las que, se sabe, terminaron con una sanción de menor rango que el cese definitivo, lo que coloca a esa medida con una proporción importante entre las penas que aplican los entes educativos estatales. “…me fui corriendo con Liz para no quedarme sola con él y después de eso me metí al salón con ella para ayudarle a hacer los bolos, y el maestro fue por mí para ayudarle en algo y me regañó, ya que me había dicho que tenía que quedarme treinta minutos con él, y que íbamos a empezar con el vestuario de la obra. Fue que en ese momento me dijo: ‘Quítate la ropa’ y le hice caso y me empecé a quitar la ropa, sin quitarme los calzones, y ya después me dijo que por qué no me quitaba los calzones y me empezó a insistir que
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me quitara los calzones y yo decía que no, y ya después se agachó y dijo que, si quería estar en las clases de actuación, tenía que ser muy abierta (…) me volvió a decir que me pusiera delante de él y que le bailara, lo hice y me empezó a agarrar las ‘bubis’ y ya después me dijo que me cambiara porque vio que venía alguien. Mi maestro, en el salón de clases, me habló y me dijo ‘que por qué estaba tan distraída’, y yo le dije que porque tenía problemas con mi mamá, mi padrastro y mi hermano, y él me dijo que ‘él iba a hacer todo lo posible por ayudarme, y que le tuviera confianza, y que le diera una muestra de confianza’, y que consistía en que me fuera al baño y me quitara el calzón, cosa que hice y así me fui al salón de clase para que él me viera en el salón; así pasó, salimos al recreo y como a los veinte minutos, antes de la salida, fui al baño y me puse mis calzones; ya a la hora de la salida me dijo el maestro ‘que me había ganado su confianza’ y que podía hablar de manera más abierta con él…”
De acuerdo con lo expuesto por la SEP y con las respuestas que otorgaron las entidades federativas, no existe a escala nacional un lineamiento estandarizado o un protocolo que defina con certeza la actuación que las autoridades educativas deben seguir ante agresiones sexuales del profesorado hacia los alumnos, ni sobre la manera de generar estadística en la materia. Esto se refleja en el hecho de que haya seis entidades donde ni siquiera existe una base de datos al respecto y donde se niega la competencia propia para intervenir, incluso la del ámbito administrativo, sin que haya ningún tipo de implicación o responsabilidad para sus autoridades educativas locales. En este grupo de Estados hay alrededor de dos millones 260 mil alumnos de nivel básico atendidos por el aparato público, con más de 100 mil docentes distribuidos en más de 21 mil planteles, pero ni un solo dato disponible con respecto a los antecedentes de abuso sexual que se pudieran haber cometido en un periodo de 11 años (2000-2010). Y en las 25 entidades en donde sí se lleva un registro y se emprenden procedimientos de responsabilidad por estos abusos, sin embargo, los aparatos educativos estatales reaccionan bajo su propia interpretación del marco jurídico: sólo el Distrito Federal demuestra contar con lineamientos específicos para estos hechos violentos. En 2011 el Gobierno federal emitió un Manual de Seguridad Escolar para el país, pero sólo considera las amenazas de violencia que
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surgen del exterior del plantel educativo, principalmente por los hechos vinculados con el crimen organizado. “…el maestro nos dijo a [Alumna 1] y a mí que le ayudáramos a calificar exámenes, ya que los alumnos de nuestro salón estaban afuera contestando los exámenes, y luego le dijo a [Alumna 1] que se fuera más para allá en una mesa y que no volteara para con nosotros y que siguiera calificando, y luego le dijo que se saliera; ya el maestro se sentó en una butaca junto a la mía y me agarró las piernas y luego me dijo que ‘cerrara la puerta’, y fui a cerrarla y me salí, fui al baño y ahí me encontré a [Alumna 1] y le dije que no me dejara sola con el maestro…”
Por otra parte, las sanciones que se imponen al personal docente involucrado y su correspondencia con el tipo de falta también varían de una entidad a otra; en algunas, verbigracia, se sigue recurriendo al cambio de suscripción del profesorado; en otras esta alternativa no se utiliza; en Yucatán se emiten “exhortos a una vida decorosa”. La misma semántica que se utiliza en la estadística disponible puede ser muy disímil. La Secretaría de Educación de Guanajuato categoriza todo como “conductas de tipo sexual”; otros se ciñen a la tipología del delito de su código penal estatal. Ninguna entidad federativa reporta haber presentado denuncias penales por agresiones sexuales que fueron de su conocimiento, ni haberle notificado el hecho al Ministerio Público; por lo tanto, se replica la misma problemática que en Jalisco con respecto a la transgresión del artículo 42 de la Ley General de Educación del país, que obliga a las autoridades educativas desde 2010 a darle parte a la autoridad correspondiente. “En caso de que las y los educadores, así como las autoridades educativas, tengan conocimiento de la comisión de algún delito en agravio de las y los educandos, lo harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente”. Esto sigue sin acatarse. Todas las respuestas fueron recabadas en 2011 pero los criterios no habían cambiado en este sentido. El caso de Puebla es ilustrador. Su respuesta dice: “En relación al inciso donde refiere ‘se me informe por cada caso si la dependencia presentó una denuncia penal contra el maestro inculpado’, le manifiesto que esta Secretaría de Educación Pública no tiene competencia para instaurar acción penal en contra del docente, ya que estamos en presencia de hechos entre particulares”.
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La Secretaría de Educación y Cultura de Coahuila sostiene algo similar: “En caso de acoso sexual, agresiones o extorsiones a alumnos, dichos delitos se persiguen por querella, y sólo los afectados, representantes legales, padres o tutores están facultados para presentarla, por tal motivo”. “…y esto lo hacía en presencia de mis demás compañeros, y él esto la hacía tapándose con mi falda, y yo me sentía desesperada y me quería zafar pero él no me dejaba, y hasta que él quería me soltaba y él mismo me subía mi ropa interior, y esto me lo hizo muchas veces cuando fui su alumna en primero y segundo grado, y también a otras compañeras como [Agraviada 2], [Agraviada 1], [Alumna 2] y antes no se lo conté a mi mamá porque me daba miedo mi maestro, aunque no me amenazaba pero yo le tenía miedo…”
Los efectos del abuso sexual en el aula Los infantes que han vivido la experiencia del abuso sexual de parte de su maestro en el ámbito escolar pueden llegar a replicar este tipo de violencia en los que lo rodean, según lo advierte la coordinadora del Programa de Atención a Víctimas de Delitos Sexuales del Centro de Evaluación e Investigación Psicológica, Marta Catalina Pérez González, una institución de la Universidad de Guadalajara. Los daños que le causará al niño su paso por una de estas situaciones de violencia serán correspondientes a distintas variables, desde la modalidad del abuso mismo (miradas y palabras hostigadoras, exposición de genitales, tocamientos, violación, etcétera), la edad de la víctima, su relación con el agresor (profesor-alumno), cuánto tiempo duró el abuso, con qué frecuencia se presentaba, cuál fue la estrategia de acercamiento del victimario, por mencionar algunas. “Obviamente hay una alteración en el desarrollo sexual, en el desarrollo normal de su sexualidad y, en algunos casos extremos, vemos que puede haber intentos o ideas suicidas; que empiecen ellos también a tener conductas de abuso hacia otros, sobre todo por tener ya una alteración de sus valores de manera cotidiana o de la manera de convivencia con los demás, y se ven envueltos en estas relaciones precoces sexuales que nos hablan de ese despertar temprano, de ese despertar abrupto a la sexualidad de manera no consentida”.
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Los efectos en el plano emocional y de la conducta de un niño violentado sexualmente pueden ser muy diversos: tristeza, cambios de ánimo muy abruptos, enojo, coraje, rebeldía, miedo, terror nocturno, fobias, vergüenza, culpa, ansiedad, depresión, hasta trastornos del sueño y alimenticios. Pueden desarrollar también conductas de fuga o evasión que los pueden conducir al consumo de drogas legales o ilegales para dejar de tener contacto con la realidad, o insertarlos en grupos “que van en contra de las normas”. “…La [Agraviada 1] expresa su temor de salir a la calle, también dice que tiene pesadillas y se despierta sudando. A veces estas pesadillas tienen que ver con que sueña la cara del maestro que la persigue. La [Agraviada 2] también tiene pesadillas en las que es perseguida por el maestro. Ambas se sienten perseguidas por él. Sus hábitos alimenticios han cambiado, pues a la [Agraviada 1] se le ha quitado el apetito, mientras que a la [Agraviada 2] le sucede lo contrario, dice que ahora come más…”. Si la víctima es muy pequeña, las formas que tiene de protegerse, las señales para mostrar su dolor, serán más corpóreas o somáticas, pueden vomitar o tener temperatura: “Es la forma de decirnos ‘me duele o tengo problemas’, porque no lo expresan, no saben cómo expresarlo, todavía no está elaborada esa idea de sensación o de pena”. El abuso sexual que se presenta en el ámbito escolar generalmente se asocia a la teoría del “hechizo”, la que describe el proceso gradual de manipulación psicológica a través del cual el agresor, antes que llegar a atacar de inmediato, primero logra volverse “indispensable” para la víctima. “Ser amigos, estar presente, tener un espacio de la víctima ya comprometido; a veces ella tiene ciertos huecos emocionales que el agresor llega a cubrir; ante esta sensación de completitud es que empieza a acceder a cuestiones de comprometer el cuerpo, los besos, las caricias, y entre el dar cariño y estar comprometiendo precisamente estas conductas ya de abuso, el sujeto llega a programar, de alguna manera, que si el niño quiere tener afecto tendrá que otorgar este tipo de dádivas al sujeto”. “…volvimos [Alumna 1] y yo al salón y el maestro me dijo ‘que cuando diera una orden obedeciera’, y seguimos calificando y luego salió porque le informaron que había una junta, y
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entraron todos los del salón y, cuando regresó el maestro, los regresó otra vez para afuera para que siguieran contestando el examen, y le dijo a [Alumna 1] que se saliera y me dijo: ‘Ven para acá, cierra tus ojos y voltéate’, o sea, a un lado del escritorio, cosa que hice porque le tengo miedo, y me subió mi blusa y mi brasier y me agarró los senos otra vez, y me dijo ‘que si le decía a alguien de todo esto me iba a ir mal, también a mis papás, y a mí’, por eso no le decía a nadie de lo que me pasaba…”.
Los efectos dañinos del abuso pueden revertirse más fácilmente cuando no se utilizó la estrategia del “hechizo”. Esta dinámica puede comprenderse en tres momentos: efracción, cuando el agresor comienza a hacerse presente y a desarrollar la cercanía personal con la víctima satisfaciendo sus necesidades emocionales; captación: el agresor logra la atención del niño y “comprometer” su conducta, le da tantas cosas en todos los aspectos que lo ha vuelto “cautivo”; y entrenamiento o programación: aquí ya hay amenazas para seguir con el abuso del menor, y el agresor puede llegar a retirarle momentáneamente ciertas de las “bondades” que le otorga y luego reponerlas con la finalidad de incrementar el control. “Ignoran estas condiciones de abuso en las que viven o estos ‘hechizos’ y solamente se sienten a gusto con él (el victimario), de ahí que nosotros tengamos que identificar la situación: el niño no sabe que está siendo abusado, y tenemos que darle elementos para que lo detecte. Ellos están confundidos; a veces piensan que eso sucede con todos los niños, como si fuera una realidad generalizada; sin embargo, a la luz de las pláticas con otros o de estar en contacto con otras realidades, el niño se da cuenta de que eso no es normal, que eso debe parar, y es ahí donde se rebela y puede decir no, o hacer algo al respecto. A veces el niño puede vivir en esa inducción o fantasía de que está siendo normal por mucho tiempo, por lo que sí es conveniente platicar con los padres de que esto puede pasar, y cómo es que pueden evitarlo”. “…mis compañeros se me quedaban viendo y en el receso me preguntaron qué me había hecho el maestro, a lo que les dije que después les decía, y no les dije porque al terminar el juego el maestro se quedó solo conmigo y me dijo que si yo decía algo me iba a ir mal, que él me iba a reprobar; creo que esto pasó en el mes de abril. El maestro nos sacó del salón a todos y nos puso
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a hacer un trabajo y nos hablaba de una en una al salón para platicar con nosotras; primero pasó [Alumna 11], después de esto me habló a mí y me dijo: ‘Acércate’, estaba sentado y dijo: ‘Ahí, pobrecita’ y me abrazó por la cintura. En eso me dijo: ‘Abrázame’; yo estiré los brazos e hice como que lo abrazaba y él quitó una mano y empezó a agarrarme los pechos y me apretaba, después me acarició mi vagina por encima de la falda; a mí se me hizo mucho rato lo que duró agarrándome, y me soltó haciéndose para atrás y diciéndome: ‘Mete las manos a tus bolsas del suéter porque ya sé cómo acostumbras a poner las manos’, yo me quedé ahí parada y me dijo: ‘Ya salte…’”.
Un punto muy importante es que el abuso sexual sin contacto físico que también está presente en los planteles educativos —el profesor que se limita a las miradas hostigadoras, los comentarios sexuales, los gestos o al acercamiento sugestivo— puede generar en ciertas personas los mismos efectos que una violación. “La víctima por supuesto que se siente igual con estas sensaciones de incapacidad, de falta de credibilidad, porque el abusador genera ciertas conductas que lo hacen no tener evidencia, piensa que no será creíble su historia, que nadie lo puede denunciar y navega en aguas solitarias para poder asirse de alguien; sin embargo, los efectos se pueden detectar como si fuera una persona que sufre un abuso de penetración, porque a nivel psicológico se presenta con la misma fuerza como si se presentara con o sin el tocamiento. De ahí que nosotros tenemos que evaluar estos casos para darnos cuenta de las heridas sicológicas que se están refiriendo en lo que se llama estrés postraumático, trastornos de ansiedad o depresivos que pueden presentar la víctima a partir de que está siendo abusada y que empieza a desarrollar los síntomas”. —La SEJ cuenta con una línea telefónica para reportar casos de abuso sexual. ¿Le parece, en general, que la dependencia está bien preparada para atender este tipo de violencia y sus consecuencias psicológicas en los menores? —El problema es que todavía falta mucho por trabajar, porque hasta ahora son medidas de contención para cuando ya apareció el problema. Creo que tenemos que ir un poco más allá y abonarle a la prevención, a que ni siquiera haya casos que se estén reportando, a que se esté previniendo la formación de agresores en casa, a que haya niños que puedan repeler el proceso de abuso. Creo que desde ahí tenemos que trabajar la educación en la familia, con la gente, porque
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puede haber procesos de intervención pero de uno a uno no vamos a acabar: prevenir las conductas, a eso es hacia donde tenemos que dirigirnos; para eso hace falta mucho tiempo. Qué bueno que están preocupados, pero no es suficiente, falta mucho más. “…cuando estuve con él me hablaba para calificarme la tarea o las actividades del día, entonces me decía: ‘Ven para acá’, y ya me acercaba a él me subía a sus piernas y me empezaba a acariciar mis piernas, y también por atrás, cuando traía falda metía sus manos en mis pompas, agarrándomelas, y luego me besaba el cuello y hasta la mejilla y me chupaba y luego respiraba muy agitado, y yo a veces trataba de bajarme pero él me agarraba fuerte y no me soltaba, y esto también vi cuando se lo hizo varias veces a [Agraviada 3], a [Agraviada 5] y otras que ya no me acuerdo, y esto se lo dije a mi mamá hasta hace unos días, cuando la hija de la señora Sandra, que también está en tercero pero en otro grupo, le contó a su mamá; entonces mi mamá se enteró y me preguntó a mí, y yo le conté la verdad…”.
Panorámica Nacional 2000-2010
1200 1000 800
1,158
1,082
600
Casos totales
Con sanción conclusiva
400 200 0
POR SANCIÓN CONCLUSIVA
POR NIVEL
230 Ceses
237
22%
Sanciones de menor rango
28
Otros
3%
221
Sanciones no precisadas
366
34%
403 Primaria
Exoneraciones
20%
424
21% 35% Kinder
61
5%
Otros niveles y centros
231
37%
Secundaria
39
3%
20%
No precisado
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