Reglamento Interno 2022

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CENTRO EDUCATIVO PARTICULAR “SANTA ROSA DE LIMA” CUSCO Versión 02 “Santarrosinas testigos de Dios Compasivo y Misericordioso” Cusco – Perú 2022 REGLAMENTO INTERNO SRL - 2022

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 3 INDICE Resolución Directoral DatosPresentaciónÍndiceInformativos CAPITULO I: DEFINICIÓN, ALCANCES Y BASES LEGALES 1.1. Definición 07 1.2. Alcance 07 1.3. Bases legales 07 CAPÍTULO II: IDENTIDAD Y LÍNEA AXIOLÓGICA De la Entidad Promotora 09 De la creación de la I.E. 09 De la Misión Institucional 10 De la Visión Institucional 10 Del Carisma Congregacional 10 Objetivos del CEP SRL 10 De los Principios, Valores y Actitudes 11 CAPÍTULO III: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Organigrama 13 Funciones 14 De la Dirección....................................................................................................................................................................14 Del Comité de Coordinación Interna (COCOI) 15 De la Coordinación de Calidad 16 De la Coordinación de Actividades .....................................................................................................................................16 De la Coordinación de Desarrollo Humano 17 De la Coordinación Pedagógica 18 De la Coordinación de Pastoral ..........................................................................................................................................20 De la Coordinación Administrativa 21 CAPÍTULO IV: CONVIVENCIA ESCOLAR Y REGIMEN DISCIPLINARIO Del Comité de Gestión del Bienestar 23 De las Responsabilidades de los integrantes del comité 25 De la Convivencia Escolar 27 De la Participación de las Estudiantes 28 Criterios generales para el uso de a medidas correctivas o reguladoras 32 De las Faltas y Comportamientos.......................................................................................................................................32 De las Medidas Correctivas 33 De las Medidas correctivas de faltas leves 33 De las Medidas correctivas de faltas graves.......................................................................................................................33 De las Medidas correctivas de faltas muy graves 33 De los Estímulos a la estudiante 34 Sobre el Uniforme Escolar 34 De la Asistencia y Puntualidad 35 CAPÍTULO V: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD DE LAS ESTUDIANTES 36 Derechos 36 Responsabilidades 37 Prohibiciones 37

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 4 DEL PERSONAL SANTARROSINO 37 Derechos 37 Responsabilidades 39 Lineamientos generales del uniforme 39 Faltas 40 Prohibiciones 40 Sanciones 40 Estímulos ..................................................................................................................................................................41 De la selección de nuevo personal 42 Del escalafón, finalidad y objetivos 42 DE LAS FAMILIAS 42 Derechos 42 Responsabilidades 42 Prohibiciones 43 De su Organización 43 DE LAS EXALUMNAS ........................................................................................................................................................45 CAPÍTULO VI: RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN Del Proceso de Incorporación.............................................................................................................................................46 Del proceso de Matrícula y Traslados 47 De la Renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educativos 47 Del Traslado de las Estudiantes .........................................................................................................................................49 REGIMEN ECONÓMICO 49 Régimen de pensiones..............................................................................................................................................49 Régimen de apoyo económico 50 CAPÍTULO VII: DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, PERMANENCIA Y CERTIFICACIÓN Del Sistema de Evaluación 51 Sobre el registro de niveles de logro en el SIAGIE en el nivel inicial 52 Sobre el registro de niveles de logro en el SIAGIE en el nivel primaria 53 Sobre el registro de niveles de logro en el SIAGIE en el nivel secundaria 53 CAPÍTULO VIII: MECANISMOS DE ATENCIÓN A LA COMUNIDAD EDUCATIVA De la atención a las familias, mecanismos de resolución de conflictos 54 Del sistema de quejas y reclamos ......................................................................................................................................55 Protocolos para la atención y resolución de conflictos 55 De la derivación de casos a instituciones aliadas 60 De las acciones en caso de hostigamiento, maltrato y violación sexual a estudiantes ......................................................60 CAPÍTULO IX: GESTIÓN INSTITUCIONAL Gestión SeguridadSistemaPlaneaciónDesarrolloEscolar...................................................................................................................................................................61Curricular62Institucional62Metodológico.........................................................................................................................................................63ysaludeneltrabajo63 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ..........................................................................................................................64

debemos indicar que el presente Reglamento ha sido elaborado con la participación estratégica de la Dirección, docentes, estudiantes y PPMMFF cada uno según sus implicancias, teniendo en cuenta la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el D. Leg. N° 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación; la Ley Nº 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y su Reglamento Ley 26549, D.S. Nº 009 2006 ED y la R.V.M. 273 2020 MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica” y otras aplicables.

estudiantes.ElReglamento

PRESENTACIÓN El Centro Educativo Particular “Santa Rosa de Lima" de la ciudad del Cusco ubicada en la calle Awaqpinta N°676, perteneciente a la jurisdicción de la GREC, viene prestando el servicio educativo en el marco de las nuevas disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación y contribuyendo significativamente a la mejora de los aprendizajes de nuestras estudiantes. En ese contexto, requiere de un documento de gestión ágil, dinámico y contextualizado, como medio para implementar políticas de gestión interna y procedimientos favorables que garanticen un clima saludable para el desarrollo de los aprendizajes significativos de nuestras Interno, es un documento de gestión de vital importancia en la medida que vela por la calidad de las relaciones humanas de todos los actores educativos santarrosinos; pero principalmente, es un instrumento que está orientado a regular el comportamiento de nuestras estudiantes para una formación integral. Para ello, el RI, al igual que el PCI y el PAT, se alinea al PEI, instrumento que orienta la gestión escolar en el mediano plazo y cuya formulación se realiza a partir de un diagnóstico institucional. Esto permite que los Instrumentos de Gestión Educativa estén articulados y guarden coherencia entre sí de acuerdo al contexto de nuestraFinalmente,IE.

Hna. Carmen Rosa Quispe Parillo Directora

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Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 6 DATOS INFORMATIVOS: ❖ INSTITUCIÓN EDUCATIVA : CEP Santa Rosa de Lima. ❖ MODALIDAD : EBR ❖ NIVEL • Inicial • Primaria • Secundaria ❖ GESTIÓN : Privada. ❖ UGEL : Cusco ❖ GRE : Cusco. ❖ DOCUMENTOS DE CREACIÓN ➢ RD de Creación : R.M. Nro. 5214 ➢ Código Modular • Inicial : 1386028 • Primaria : 0235028 • Secundaria : 0579243 • Código del local : 146818 ❖ TURNO : Diurno ❖ UBICACIÓN ➢ Dirección : Calle Awaqpinta Nº 676. ➢ Provincia : Cusco ➢ Departamento : Cusco. ➢ Teléfono : 084 227255 ❖ DIRECTORA : Hna. Carmen Rosa Quispe Parillo. ❖ DIRECCIÓN ELECTRÓNICA INSTITUCIONAL ➢ WEB : www.santarosa.edu.pe ➢ Correo electrónico : cepsrl@santarosa.edu.pe ❖ RESPONSABLES DE LA CONSOLIDACIÓN: Directivos Comisión RI ❖ VIGENCIA DEL RI : PERIODO 2022 ❖ POBLACIÓN ESCOLAR ➢ Directivo : 01 ➢ Docentes : 33 ➢ No Docentes : 05 ➢ Administrativos : 06 ➢ Auxiliares de educación : 04 ➢ Estudiantes : 598 mujeres

✔ Ley 29783 de seguridad y salud en el trabajo

✔ Ley 27815 Ley del Código de Ética.

1.2. ALCANCES El Reglamento Interno de la C.E.P. Santa Rosa de Lima regula el funcionamiento de todos los órganos integrantes en el cumplimiento del servicio educativo que brinda. Tendrá una vigencia de un año y puede ser revisado y actualizado de ser el caso, o se cambie las condiciones de servicio virtual a semipresencial o presencial.

CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y ALCANCES

✔ Ley 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor

✔ Ley Nº 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial.

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✔ Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus Reglamentos

✔ Ley 27337 código de los niños y adolescentes

✔ Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por D.S. Nº 009 2006 ED

✔ Ley General de Educación 28044 y sus modificatorias las leyes N° 28123, N° 28302 y N° 28329

✔ Ley 27444 Ley General de Procedimientos administrativos.

✔ Ley que establece Medidas Extraordinarias para el Personal Docente Administrativo de

✔ Reglamento de los Centros y Programas Educativos Privados D.S. 001 96 ED

✔ Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa D.S. 050 82 ED.

✔ Ley 27665 y su Reglamento. Ley de protección a la economía familiar respecto al pago de pensiones de enseñanza.

✔ Instituciones públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de violencia de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas, crea el Registro de personas condenadas o procesadas por el delito de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modificado los artículos 30° y 38° del Código penal.

✔ Ley 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

✔ Constitución Política del Estado Peruano de 1993

✔ Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza 27665 y su Reglamento.

✔ D.S. N° 004 2018 MINEDU “Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”

1.3. BASES LEGALES El CEP SRL, se rige por las siguientes normas de carácter legal:

1.1. DEFINICIÓN El Reglamento Interno, es el instrumento de gestión de naturaleza normativa que regula los procedimientos pedagógicos y administrativos que buscan una buena convivencia escolar; asimismo, regula las funciones de los miembros de la comunidad educativa y define la organización del C.E.P. Santa Rosa de Lima a fin de cumplir con los objetivos y la línea axiológica trazada por la Dirección en concordancia con los lineamientos generales de la política educativa dispuesta por el Ministerio de Educación. Este documento de gestión es elaborado con la participación del equipo directivo, personal docente y administrativo, aporte de representantes de comités de aula y estudiantes, perfectible y susceptible de sufrir modificaciones, las mismas que serán de conocimiento oportuno de todos los miembros de nuestra comunidad educativa, quienes también tienen el deber de conocerla y promover su cumplimiento.

✔ Ley de Centros Educativos Privados 26549

✔ R.M. 016 96 ED. Normas Generales del Desarrollo Educativo de los Centros Educativos del País.

✔ Decreto 1965 por el cual se reglamenta la Ley 1920 sobre “Convivencia escolar”

✔ Ley Nº 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y su Reglamento ✔ Ley 26549, D.S. Nº 009-2006-ED y la R.V.M. 273-2020-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica” y otras aplicables.

✔ R.M. 523 2005 ED, que declara el 16 de octubre de cada año, como el Día de la Educación Inclusiva.

✔ R.M. 084 2007 ED. Directiva que norma la campaña nacional por el respeto y la puntualidad.

✔ R.M. 281 2016 MINEDU Aprueban el Currículo Nacional de la Educación Básica

✔ R.M. 273 2021 Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la educación básica.

✔ RVM N° 274 2020 MINEDU. Aprobar la actualización del "Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes", del apartado XI 14 de los lineamientos contra la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la atención de la Violencia contra Niñas, Niños, y Adolescentes, aprobados por Decreto Supremo 004 2018 MINEDU.

✔ R.V.M. N° 00094 2020 MINEDU Deroga la Norma Técnica denominada «Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica»

✔ D.S. 008 2002 TR Reglamento del decreto D. Leg. 854 modificado por la Ley 27671, sobre jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo.

✔ Ley 27911 y Ley 27942 Medidas extraordinarias para personal docente o administrativo implicados en delitos de violación sexual y Prevención y sanción del hostigamiento sexual.

✔ Ley 29733, Ley de protección de datos personales

✔ D.S. 005 2021 Aprueba el reglamento de Instituciones educativas privadas de Educación Básica.

✔ R.V.M. 011 2019 Norma técnica que regula los instrumentos de gestión de las Instituciones educativas y programas de Educación.

✔ RVM Nº 334 2021 MINEDU, Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19

✔ D.S. 016 2016 MINEDU Aprueban plan nacional de educación ambiental 2017 2022

✔ R.M. 0425-2007-ED, que aprueba las Normas para la Implementación de Simulacros en el Sistema Educativo, en el Marco de la Educación en Gestión de Riesgos.

✔ D. Leg. N° 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.

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✔ R.M. N° 0069 2008 ED, Aprueban la Directiva “Normas para la matrícula de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo en el marco de la Educación Inclusiva”.

✔ Ley general de procedimientos administrativos N° 27444

✔ R.V.M. 007-2007-ED. Disposiciones relativas a la campaña por el respeto y la puntualidad.

✔ Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la Selección o Adquisición de textos escolares para lograr su eficiencia, modificada por Ley N° 29839 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015 2012 ED del 28 de setiembre de 2012.

✔ Ley del código de ética N° 27815

✔ Medidas extraordinarias para el personal docente o administrativo Ley N° 27911 y Ley N° 27942 Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento.

✔ Ley 29664 que crea el sistema nacional de gestión de riesgo de desastres

✔ R.V.M. 0022 2007 ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de las estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”.

✔ Ley 29973 general de persona con discapacidad

✔ Ley 30403 que prohíbe el uso de castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes

✔ R.V.M. N° 00093 2020 MINEDU Aprueba el documento normativo denominado “Orientaciones pedagógicas para el servicio educativo de educación básica durante el año 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por el Coronavirus COVID 19.

c) Establecer la dirección, organización, administración y funciones del CEP SRL.

El CEP SRL, como Institución Católica se rige por los principios de la “Escuela Católica”, de la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima” y demás documentos de la Iglesia.

Art. 07 Administrativamente pertenece a la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima” y según la gestión educativa asume los lineamientos del Ministerio de Educación representados por la Gerencia Regional de Educación del Cusco (GREC) y la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL).

d) Establecer los regímenes económicos, disciplinario, y de pensiones.

Art. 09

Art. 05

El CEP SRL es un centro de educación y formación integral de Educación Básica Regular, incursionando en el campo de la educación desde al año 1919; fue aprobado por Resolución Nº 5214, expedida por el Ministerio de Educación dirección general Lima, el 13 de junio de 1927, para que funcione como escuela particular de instrucción primaria elemental en la provincia del Cusco. El aniversario de nuestra Institución se celebra en la festividad de la patrona Santa Rosa de Lima, cada 30 de agosto.

El CEP SRL está autorizado para funcionar en horario continuo de 08 horas, de lunes a viernes, extendiendo su horario para cursos de reforzamiento, talleres o jornadas planeadas, también los sábados y/o domingos.

La Entidad Promotora del CEP SRL es la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima”, en la representación jurídica de la Superiora General Art.

DE LA CREACIÓN DE LA I.E. Art. 03

Art. 06

El domicilio legal del CEP SRL es en la jurisdicción eclesial de la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima” (Casa Madre Lugar de fundación); Calle Awaqpinta 676 Cusco.

Art. 08

El Reglamento Interno y Manual de Organización y Funciones establece la línea axiológica y los principios del CEP SRL, la duración, contenido, metodología y sistema pedagógico del Plan Curricular, los sistemas de evaluación y control de las estudiantes; la dirección, organización,

Art. 04

CAPÍTULO II IDENTIDAD Y LÍNEA AXIOLÓGICA DE LA ENTIDAD PROMOTORA Art. 01

g) Aprobar el Presupuesto Anual de Operación del CEP SRL mediante la Hna. Directora, su representante. h) Designar a la Hna. Directora.

El Reglamento Interno y Manual de Organización y Funciones del Centro Educativo Particular “Santa Rosa de Lima” (CEP SRL), es un documento de carácter normativo que determina su organización, administración y funciones, en concordancia con la Ley General de Educación y sus Reglamentos, Ley de Centros y Programas Educativos Privados y reglamento, así como el Estatuto de la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima”, su Promotora.

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f) Elaborar y aprobar el Reglamento Interno mediante la Hna. Directora, su representante, en concordancia con la Ley General de Educación, la Ley de los Centros Educativos Privados y sus Reglamentos.

e) Establecer y asegurar las relaciones fraternas con los actores educativos.

Son responsabilidades de la Entidad Promotora del CEP SRL:

a) Establecer el Proyecto Educativo Congregacional (PEC) como línea axiológica, dentro del respeto a los principios y valores establecidos en la Constitución que rige a la Entidad.

b) Establecer los lineamientos de la propuesta pedagógica del PEI y PCI en el proceso de enseñanza aprendizaje.

h) Estimular la capacidad creativa de la estudiante, orientando su desarrollo vocacional hacia el logro de habilidades y destrezas ocupacionales específicas, que le faciliten la elección de sus estudios superiores.

d) Desarrollar acciones de sostenibilidad en el cuidado ambiental en los diversos componentes estratégicos de su implicancia. e) Propiciar un clima y convivencia institucional saludable, democrático, eficiente y confiable, que permita a las estudiantes fortalecer su desarrollo emocional y el logro de sus aprendizajes.

l) Fortalecer el buen hábito del consumo de frutas, agua y estilos de vida saludable.

DE LA VISIÓN INSTITUCIONAL: Art. 11

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k) Organizar y participar activamente de eventos educativos, artísticos, culturales y deportivos que permita a la estudiante fortalecer su estado emocional y demostrar sus habilidades.

DEL CARISMA CONGREGACIONAL: Art. 12

10 administración y funciones del centro; los regímenes económicos, disciplinario, de pensiones y de las relaciones con los PPMMFF y otras instituciones.

g) Promover la participación articulada en los tres agentes educativos para establecer y asumir acciones de mejora conjunta.

Consolidarnos como un centro educativo que contribuya a una formación integral basada en una educación humana y cristiana, donde nuestras estudiantes desarrollen su potencial con énfasis en el liderazgo, desde la primera infancia, resuelvan problemas, practiquen valores, aprendan a aprender, asuman una ciudadanía con derechos y responsabilidades, construyan proyectos personales y colectivos haciendo uso de la tecnología y contribuyan al desarrollo de su comunidad y el país combinando su capital cultural y natural con los avances mundiales en concordancia con el perfil de egreso institucional, congregacional y nacional.

OBJETIVOS DEL CEP SRL Art. 13 Son objetivos del CEP SRL a) Educar integralmente a las estudiantes, como personas e hijas de Dios, miembros de la sociedad. b) Contribuir al desarrollo humano de las estudiantes a través del conocimiento y vivencia de los principios y valores.

DE LA MISIÓN INSTITUCIONAL: Art. 10 Somos un Centro Educativo Particular Católico con identidad Dominica Santarrosina donde se promueve el desarrollo integral de la estudiante en el marco de una educación de calidad. Buscamos que todas las estudiantes culminen la escolaridad en los niveles inicial, primaria y secundaria, afiancen los aprendizajes establecidos en el currículo nacional y alcancen su desarrollo pleno en espacios adecuados y seguros, inclusivos, con una infraestructura moderna, una convivencia escolar saludable y una cultura ecológica con enfoque de desarrollo sostenible que les permita responder a un mundo globalizado y a la construcción de una sociedad justa y solidaria.

i) Brindar a las estudiantes espacios y experiencias de aprendizaje que promuevan un pensamiento crítico, cultura investigativa para el logro de sus habilidades, destrezas, competencias en las diversas áreas y niveles.

Vivenciamos y compartimos con auténtica identidad Dominica, desde nuestro Carisma congregacional, a través de los principios de servicio y predicación poniendo en práctica dentro de la I.E. y las misiones que desarrollamos, anunciando la palabra de Dios compasivo y misericordioso, a partir de las bienaventuranzas, mediante el apostolado itinerante en el campo y la ciudad, viviendo en una comunidad fraterna, bajo la advocación Rosa de Santa María.

c) Promover el desarrollo de la dimensión espiritual y la praxis religiosa, así como el compromiso más cercano y personalizado con el DIOS de la vida, Compasivo y Misericordioso.

f) Fortalecer en los docentes el compromiso y la identidad institucional, promoviendo su desarrollo personal y profesional en el marco del buen desempeño docente.

j) Asegurar la capacitación permanente del personal docente y administrativo.

✓ Asume el rol importante de sus derechos y la practica responsable de sus deberes. Veracidad ✓ Es honesta y dice la verdad con sus compañeras en la toma de decisiones fortaleciendo lazos de convivencia. ✓ Es crítica y perseverante en el cuidado del bien común.

✓ Expresa sus ideas, opiniones y sentimientos de manera libre y espontánea frente a diversas situaciones de su entorno. ✓ Respeta la libre difusión de las diversas manifestaciones (culturales, sociales, étnicos, lingüísticos y otros) de sus semejantes. Fraternidad ✓ Manifiesta una actitud humanizadora frente a los demás y al medio que lo rodea. ✓ Demuestra empatía con su prójimo, reconociendo sus necesidades y expectativas.

✓ Demuestra puntualidad en las diversas actividades institucionales a través de las diferentes herramientas digitales. Orden limpiezay

✓ Expresa de forma natural sus ideas, deseos y pensamientos con espíritu crítico.

✓ Participa con entusiasmo en los espacios fraternos, demostrando solidaridad y empatía con su entorno.

✓ Acepta y aprecia aciertos y desaciertos de ella y de sus semejantes, asumiendo un compromiso de mejora para vivir en armonía.

P

✓ Reflexiona y demuestra originalidad al producir materiales que generen el cuidado del medio ambiente. ✓ Muestra originalidad para resolver problemas interrelaciónales con sus pares. Reflexión

VALORES ACTITUDES COMPORTAMIENTOS

4. Calidad ResponsabilidadDemocracia

3. Servicio CercaníaLibertad Comunicación

Solidaridad

Disciplina

✓ Asume el rol importante que cumple dentro del cuidado de la casa común. ✓ Discrimina y propone ideas ante los efectos nocivos de la contaminación del medio ambiente.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 11 DE LOS PRINCIPIOS, VALORES Y ACTITUDES: Art. 14 Siendo una Institución de carácter religioso, donde el Evangelio es su norma de vida y conducta. Lo marca la relación con el Dios de la Vida, Compasivo y Misericordioso, como principio de adhesión y seguimiento a través de actitudes específicas de pequeñez, sencillez y cercanía en todo el quehacer educativo. Son Principios del CEP SRL:

1. Verdad Espíritucrítico Creatividad

✓ Cumple normas de bioseguridad en casa y en la institución de manera autónoma para una vida saludable.

✓ Demuestra sensibilidad frente a las diversas problemáticas locales.

2. Ética Justicia Equidad ✓ Fomenta actos humanitarios con los demás, considerando sus necesidades y las de su entorno. ✓ Hace buen uso de los recursos naturales de su medio, promoviendo el desarrollo sostenible en su entorno. Respeto ✓ Cumple sus deberes y defiende sus derechos, teniendo en cuenta una sana ecología integral. ✓ Promueve y protege los espacios de vida de su entorno.

✓ Demuestra en sus acciones y actitudes la seguridad de sí misma, en lo que dice y hace.

✓ Actúa con generosidad frente a las necesidades espirituales y materiales, en su entorno social.

✓ Practica la escucha activamente, teniendo en cuenta las opiniones y aportes de sus compañeras, respetando sus diferencias.

5. Predicación Tolerancia Espiritualidad

✓ Propone alternativas de solución frente a las diferentes situaciones problemáticas de su entorno. Perseverancia ✓ Es constante en el logro de objetivos que se propone y ayuda a sus compañeras a lograr los suyos.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” CAPÍTULO III ORGANIZACIÒN Y FUNCIONES Art. 15 El CEP SRL para su funcionamiento organizacional, mantiene la siguiente estructura orgánica:

Art. 17 En el ejercicio de sus funciones, la directora es responsable de:

k) De la existencia de los bienes consignados en los inventarios y el uso y destino de éstos y de las demás que sean propias de su cargo.

b) Dirigir la diversificación del currículo básico.

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1. En la determinación de la política educativa: a) Velar por la observancia de la axiología, fines, principios, objetivos, lineamientos de la política institucional, especificados en el Ideario, el presente Reglamento y demás normas.

h) Suscribir las nóminas de matrícula, actas, informes, constancias y boletas de información de evaluación o de notas, certificados de estudios y demás documentos técnico pedagógicos que otorgue el CEP SRL.

DEFUNCIONESLADIRECCIÓN

La Dirección es la primera autoridad y representante legal del CEP SRL y es responsable directa de la gestión educativa y administrativa. Es reconocido mediante Resolución Gerencial de Educación a Propuesta de la Superiora General de la Congregación de Dominicas Santa Rosa de Lima. El cargo de directora del CEP SRL, es de confianza y se ejerce a tiempo completo

e) Supervisar el cumplimiento de los horarios de trabajo, aplicando los correctivos en forma oportuna a fin de superar las deficiencias. En caso de incumplimiento de las normas laborales, disponer la aplicación de sanciones establecidas por las disposiciones legales vigentes.

a) Asesorar, coordinar, dirigir, evaluar y orientar los procesos de planificación, organización, dirección, ejecución y supervisión. b) Coordinar acciones de promoción humano cristiana.

e) De la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la contabilidad, libros, documentos y operaciones que señale la Ley, dictando las disposiciones necesarias dentro de su ámbito para el normal desenvolvimiento del CEP SRL.

c) Controlar, orientar y supervisar todas las actividades técnico pedagógicas, la organización, la elaboración de la estructura curricular y procedimientos académicos, así como las acciones administrativas del CEP SRL.

i) Cumplir y velar por la correcta aplicación del presente Reglamento.

b) Difundir el Ideario y el Proyecto Educativo Institucional en toda la comunidad educativa.

d) Seleccionar, por sí misma a través de comisiones especiales, al personal Docente y Administrativo más idóneo y capacitado de acuerdo a la axiología institucional, para ser contratado según las necesidades del CEP SRL y su disponibilidad presupuestaria.

g) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar en coordinación con los estamentos competentes los instrumentos de gestión: Proyecto Educativo Institucional (PEI) que comprende el Proyecto Curricular Institucional (PCI), la vigencia del Reglamento Interno (RI) y el Plan Anual de Trabajo (PAT).

j) Orientar el control y cumplimiento de las normas de puntualidad, respeto y de convivencia institucional.

c) Presidir el Comité de Coordinación Interna (COCOI), e integrar la Directiva de la COPAFA en calidad de Asesora. d) Responsabilizarse del estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por las diferentes áreas del CEP SRL, siempre que cuenten con su aprobación previa.

a) Conducir y administrar el CEP SRL, con las atribuciones y poderes que se fijan en el nombramiento de la Superiora General de la Congregación DSRL y la Resolución de reconocimiento como directora de la GREC.

f) Aprobar mediante Resoluciones Directorales y/o Directivas los Reglamentos y las normas que permitan un servicio educativo de calidad y excelencia.

Art. 18 Son funciones de la Dirección:

2. En el aspecto Técnico-Administrativo:

Art. 16

x) Cumplir con otras disposiciones que le asignan los dispositivos oficiales y que son compatibles con el carácter propio del CEP SRL. y) Resolver los asuntos administrativos que son de su competencia y que no se contemplan en el presente Reglamento.

h) Programar con la debida anticipación las entrevistas con el personal que labora en el CEP SRL, fomentando en todo momento las relaciones humanas en la gestión.

f) Dirigir, orientar, supervisar y evaluar los eventos académicos que se desarrollan.

i) Responsabilizarse por la administración del escalafón de personal y centralizar la evaluación del personal.

o) Asegurarse que se efectúen los depósitos correspondientes al Seguro Social, al Sistema Nacional de Pensiones, AFP y demás contribuciones conforme a Ley.

q) Supervisar el estricto cumplimiento de los dispositivos específicos sobre matrícula y pago de pensiones. r) Visar los certificados de estudios y constancias de servicios prestados al CEP SRL, así como las constancias de pagos del personal a su cargo.

f) Otorgar el permiso hasta por tres (03) días laborables durante el año que pueden ser consecutivos o acumulables por horas, al personal docente y administrativo a su cargo.

l) Autorizar con su firma todo gasto que se realice conforme a lo presupuestado.

n) Aprobar el inventario de útiles, enseres y material escolar, verificando los nuevos ingresos y las bajas del material no recuperable.

j) Aprobar, en primera instancia, el Presupuesto Anual y el Plan de Operaciones, velando porque los gastos previstos respondan a los objetivos y acciones priorizadas en el Plan correspondiente.

w) Recabar los informes de los diferentes organismos del CEP SRL como elementos para elaborar la memoria anual, y remitirla oportunamente al escalón oficial correspondiente.

m) Recibir y entregar el CEP SRL bajo inventario.

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u) Supervisar que los responsables (secretaría y el personal asignado) remitan oportunamente la documentación a los organismos oficiales, tales como nóminas de matrícula, actas de exámenes, cuadros estadísticos y demás documentos que la ley y los reglamentos prevén.

v) Supervisar el cumplimiento de los documentos normativos, planes de trabajo, guías y otros documentos internos del CEP SRL.

3. En el Orden Pedagógico: a) Dirigir y orientar el proceso de planificación académica.

p) Gestionar, junto con la Entidad Promotora, la liberación de impuestos y otros tributos, en los casos de donaciones o adquisición de equipos para el CEP SRL.

k) Intervenir directamente en todo lo que se refiere a la administración de bienes y rentas del CEP SRL.

t) Disponer la publicación de las directivas y demás documentos informativos del CEP SRL.

b) Aprobar, supervisar y evaluar el cronograma anual de actividades académicas.

c) Actualizar el diagnóstico educativo del CEP SRL. d) Visar los documentos de programación curricular, verificando la concordancia entre el Ideario, los perfiles educativos y curriculares de las diferentes áreas o líneas de acción educativa. e) Aprobar el Cuadro de Distribución de Horas de cada nivel y velar por el estricto cumplimiento del horario de clases, disponiendo los correctivos en casos necesarios.

i) Convocar a sesiones a los integrantes del COCOI u Organismos académicos, para recibir la información sobre el avance curricular, logros significativos, deficiencias, omisiones, problemas de conducta de la estudiante, para determinar alternativas de solución.

s) Dirigir la correspondencia oficial.

g) Visar los permisos y salidas de todo el personal, disponiendo su registro en los legajos de la carpeta.

h) Fomentar en todo acto académico las relaciones humanas sobre la base de la integración del binomio educador estudiante y la colaboración fraternal entre docentes y PPMMFF.

g) Promover toda forma de innovación metodológica que favorezca la actividad de la estudiante.

DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN INTERNA (COCOI)

q) Resolver con la participación del COCOI los asuntos académicos que son de su competencia y que no se especifican en el presente Reglamento.

Art. 21 El Comité de Coordinación Interna (COCOI) es el Organismo de Asesoramiento y coordinación, tiene el carácter consultivo y apoya a la Dirección para el mejor desempeño de sus funciones, asegurando la estrecha y eficaz participación de los Directivos y Personal Jerárquico del CEP SRL en los procesos administrativos académicos y de comportamiento de la estudiante.

Art. 23 Son miembros integrantes del COCOI: a) La Dirección. b) La Subdirección. c) Coordinación de Calidad. d) Coordinación de Actividades. e) Coordinación de Desarrollo Humano. f) Coordinación Pedagógica. g) Coordinación de Pastoral. h) Coordinación de Administración.

j) Aprobar proyectos y programas de capacitación profesional para el personal docente.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 15

b) Tener competencia pedagógica, de gestión y solvencia moral.

Art. 20 Requisitos para el cargo: a) Cumplir con los requisitos de la Ley 26549 y su reglamento.

m) Aprobar el Calendario Religioso Cívico Escolar.

4. En el Área de Comportamiento Personal y Comunitario: a) Velar permanentemente por el cumplimiento de las normas de comportamiento, especialmente lo relacionado con el Ideario y los criterios de tolerancia, honradez, responsabilidad, veracidad, ayuda mutua con sentido fraterno y respeto a la persona humana. b) Mantener el principio de autoridad y velar por la responsabilidad y funcionalidad entre los organismos del CEP SRL. c) Aplicar los correctivos y disponer las sanciones que cada caso requiera.

n) Aprobar y evaluar los Programas de Pastoral, Desarrollo Humano, Actividades y de cada área del CEP SRL. o) Presidir todas las actuaciones educacionales dentro o fuera del CEP SRL, cuando está organizado por la misma.

l) Cuidar que el personal jerárquico, docente y personal de apoyo administrativo mantenga la rectitud, la justicia y el respeto a la dignidad de la persona como corresponde a la delicada y noble misión que cumplen.

k) Promover espacios de reflexión, jornadas y retiros espirituales para el personal docente y no docente.

Art. 19 En caso de ausencia de la directora, queda en reemplazo la Subdirección o la coordinación según el orden jerárquico establecido en el organigrama.

Art. 22 Son elegidos y nombrados por la dirección en coordinación con la promotora. Su cargo será reconfirmado anualmente.

p) Evaluar permanente y sistemáticamente el proceso educativo y preparar oportunamente los Informes que son de su competencia.

e) Nombramiento de la Superiora General de la Congregación de Dominicas “Santa Rosa de Lima” o Promotoría.

d) Ser una persona abierta a los cambios, creativa, innovadora y con vocación en el ámbito educativo, tecnológico y social.

c) Poseer características de liderazgo, habilidad para tomar decisiones, sensibilidad social, capacidad de comunicación y dotes especiales en la solución de conflictos.

a) Asesorar a la Dirección para el mejoramiento de la acción y gestión educativa, en concordancia con el Ideario y el presente Reglamento.

a) Velar por el cumplimiento de todos los procedimientos contemplados en el Manual de Procesos del CEP SRL, así como la aplicación del mismo. b) Velar por la mejora continua de los procesos de gestión. c) Asegurar el control documentario. d) Controlar que los formatos se cuiden y no sean modificados. e) Asegurar la validación de los procesos, procedimientos y documentos de verificación. f) Velar por las acciones correctivas y preventivas de cada proceso. g) Controlar los cambios de los procedimientos, instructivos y formatos. h) Revisar los procedimientos y su operatividad.

El COCOI se reúne semanalmente y en forma extraordinaria cuando lo solicita la Dirección. En los casos necesarios la Dirección invita a integrantes de los demás estamentos del CEP SRL.

c) Armonizar criterios para los procesos de planificación, organización, ejecución, supervisión y evaluación de los Planes de Trabajo Anual y Programaciones Curriculares.

i) Codificar los documentos con un título y/o clave alfanumérica.

d) Intervenir en los asuntos académicos y actitudinales cuando es requerido.

Art. 27 Se encarga principalmente de la implementación del Sistema de Gestión de Calidad, de los proyectos de innovación y el acompañamiento permanente a los equipos de servicio de calidad (Condiciones Básicas), asimismo, tiene las siguientes funciones:

f) Resolver los diferentes casos de faltas cometidas por el personal docente, administrativo y servicio de conformidad a los principios y exigencias emanados de la entidad promotora, analizando cada caso y teniendo en cuenta la gravedad de la misma.

La Coordinación de Actividades, promueve, organiza, conduce, desarrolla, supervisa y evalúa todas las actividades de aprendizaje pedagógicas, artístico culturales, deportivas y religiosas; que conllevan a fortalecer el desarrollo de la formación integral. Depende directamente de la Dirección y coordina permanentemente con los diferentes estamentos a fin de dinamiza las actividades en el marco de una propuesta pedagógica globalizadora. Art. 29 Para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos, coordina con las siguientes áreas:

c) Talleres artístico culturales, deportivos, religiosos.

a) Coordinadores de los Compromiso de Gestión Escolar. b) Área de Imagen Institucional y comunicaciones.

e) Analizar grupalmente la problemática educativa, determinando las alternativas de solución.

g) Liderar la elaboración e implementación de los instrumentos de gestión.

Art. 30 Son funciones de la Coordinación de Actividades: a) Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades permanentes y extracurriculares en colaboración de las otras Coordinaciones.

b) Promover la participación de los Organismos Internos que establece la estructura orgánica del CEP SRL y la colaboración de las instituciones de la localidad.

Son funciones del COCOI

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 16

j) Actualizar el inventario de procesos. k) Velar por la óptima ejecución de los proyectos de innovación.

Art. 28

Art. 24

Art. 25

DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES

l) Asegurar el Ciclo de Calidad en todo el quehacer educativo (PHVA), a través de las diferentes coordinaciones.

DE LA COORDINACIÓN DE CALIDAD Art. 26 Velar por el servicio de calidad que ofrece el CEP SRL a través de las diferentes coordinaciones a fin de garantizar el servicio educativo ofrecido. Esta responsabilidad es un cargo de confianza designado por la Dirección y depende de la misma.

e) Orientar, asesorar, supervisar y evaluar las actividades de difusión cultural, artística y social de las estudiantes y docentes con proyección a la comunidad.

Art. 33

c) Experiencia en administración académica.

La Coordinación de Desarrollo Humano es responsable de brindar un conjunto de servicios integrados en forma permanente como complemento al proceso de enseñanza aprendizaje, depende directamente de la Dirección y se organiza a través de los estamentos que la conforman, crea las condiciones y estados favorables para lograr el desarrollo biopsicosocial de la estudiante, en armonía con los valores, religiosos, éticos, morales y sociales de nuestra sociedad.

a) Propiciar actividades y/o acciones que fortalezcan el buen clima institucional a fin de buscar una convivencia democrática entres estudiantes, docentes y padres de familia.

b) Persona comprometida con la vivencia y práctica de los valores cristianos, que manifiesta y da testimonio de su fe.

j) Realizar oportunamente las coordinaciones para la participación de las estudiantes en las diferentes actividades.

h) Asesorar la formulación del plan de actividades con la comisión responsable en el tiempo determinado

f) Experiencia en el trabajo con grupos de danza, música o teatro, con evidencias o certificaciones.

h) Apertura a los cambios, capacidad creativa y de innovación pedagógica.

c) Elaborar la calendarización de actividades, considerando el Calendario Cívico Escolar e institucional.

DE LA COORDINACIÓN DE DESARROLLO HUMANO

g) Demostrar características de liderazgo, comunicación, empatía y trabajo en equipo.

b) Contribuir a la adquisición de técnicas que permitan el mejor desarrollo y empleo de las actitudes del educando para su eficiente desenvolvimiento académico. c) Explorar intereses vocacionales y coadyuvar al desarrollo de habilidades y destrezas que le permitan iniciarse en una determinada ocupación.

f) Programar acciones que resalten los valores morales, religiosos, cívicos y patrióticos.

g) Recopilar datos importantes para la elaboración de la agenda, calendario de actividades del año siguiente y archivo memoria del CEP SRL.

e) Capacidad para planificar, organizar y ejecutar las distintas actividades institucionales.

La Coordinación de Desarrollo Humano, organiza, conduce, supervisa y evalúa los servicios de consejería, asistencia psicopedagógica y orientación vocacional a las estudiantes; así como asesoramiento a docentes y PPMMFF.

Art. 32

i) Formar la brigada de Defensa Civil y realizar los simulacros respectivos.

Art. 34 Son objetivos de la Coordinación de Desarrollo Humano

l) Informar por escrito a Dirección y las Coordinaciones Pedagógicas, en forma bimestral y anual sobre las diferentes actividades realizadas. Art. 31 Son requisitos para el cargo de Coordinación de Actividades:

d) Velar por el cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y de actividades institucionales

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 17

k) Velar por la buena presentación de las actividades institucionales y públicas, en salvaguarda de la imagen Institucional.

d) Conocimiento e identificación con el Ideario institucional.

b) Coordinar, organizar actividades culturales, sociales y recreativas que incentiven la solidaridad, cercanía y amistad del personal docente y estudiantes.

d) Promover y desarrollar servicios destinados a la conservación y mejoramiento de la salud y otros aspectos del bienestar de la estudiante, con la contribución de instituciones aliadas. e) Velar y propiciar el cultivo de los valores cristianos, éticos y morales que propone el CEP SRL, a fin de lograr seres humanos íntegros.

a) Docente con competencias pedagógicas, de gestión y solvencia moral.

a) Planear, programar, ejecutar, supervisar, asesorar y evaluar las actividades del Comité de Gestión del Bienestar

h) Garantizar la elaboración de los acuerdos de convivencia a nivel institucional y de aula, con la participación de todos los agentes educativos. i) Coordinar con los docentes de área y tutores sobre problemas de rendimiento académico, conducta de las estudiantes para su atención y tratamiento, derivando los casos especiales al Comité de Gestión del Bienestar y Área Psicopedagógica.

b) Promover en las estudiantes el cultivo de los valores religiosos, morales, éticos sociales y patrióticos que permitan su formación personal y social de las estudiantes a través de las diferentes coordinaciones

n) Convocar a reuniones periódicas a todos los tutores previa coordinación con el área pedagógica, para analizar la problemática de las estudiantes en general y buscar alternativas de solución con los medios a su alcance desde el acompañamiento del Comité de Bienestar.

o) Elaborar lineamientos en relación al uso del uniforme de gala y de diario de todo el personal santarrosino.

DE LA COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

La Coordinación de Inicial, Primaria y Secundaria es el Órgano Técnico Pedagógico que depende de la Coordinación General y/o Dirección y es responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, supervisión y control de las actividades técnico pedagógicas y administrativas del nivel a su cargo, cuentan con la participación de todo el personal docente y el apoyo de las instancias de formación humano cristiana (Psicopedagogía, Enfermería, Pastoral y otros).

La Coordinación Pedagógica tiene la responsabilidad de orientar, coordinar, acompañar, monitorear y evaluar la programación curricular, así como la elaboración de materiales educativos y/o didácticos, y el proceso de enseñanza aprendizaje.

La Coordinación de Desarrollo Humano cumple además las siguientes funciones específicas:

f) Elabora el Plan Anual del servicio de orientación y prevención conjuntamente con las áreas que la componen, a fin de integrar todas las acciones educativas en el proceso de desarrollo integral.

Art. 37

g) Contribuir al diagnóstico y caracterización de las estudiantes mediante el uso de diferentes herramientas propias del área de psicopedagogía.

e) Promover encuentros de PPMMFF y estudiantes para lograr un mejor nivel de aprendizaje y desarrollo psicosocial

k) Promover y coordinar acciones de acompañamiento y talleres con instituciones aliadas.

m) Asesorar, supervisar y evaluar las actividades de las áreas a su cargo.

Art. 35

Art. 36

l) Elevar un informe escrito en forma bimestral a Dirección sobre la situación del área de su responsabilidad.

Para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos la Coordinación de Desarrollo Humano, cuenta con las siguientes áreas e instancias: Comité de Gestión del Bienestar, Psicopedagogía, Enfermería, Comité frente al hostigamiento sexual, Auxiliar de educación, Junta Directiva de la Comunidad Santarrosina

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 18

p) Promover la participación e integración permanente de las ex alumnas.

Art. 39

Art. 38

La Coordinación Pedagógica tienen las siguientes funciones comunes: a) Participar en elaboración del Plan Anual de Trabajo y el Plan de estudios en armonía con el Ideario y el Proyecto Educativo Institucional del CEP SRL. b) Elaborar y ejecutar el plan de monitoreo y acompañamiento de la práctica pedagógica.

j) Actualizar y difundir el directorio de instituciones y/o aliados estratégicos de atención y acompañamiento multidisciplinario a las estudiantes.

c) Organizar jornadas de reflexión, cursos y/o charlas de orientación para los miembros de la comunidad. d) Propiciar y mantener un clima de relaciones humanas armoniosas entre los miembros de la Comunidad Educativa y PPMMFF.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 19

t) Mantener reuniones de coordinación con el personal docente de su nivel.

r) Realizar reuniones de coordinación con los docentes de aula para informar sobre las disposiciones y reajustes de las acciones educativas.

n) Velar por el desarrollo del proceso de evaluación permanente, flexible y objetiva.

p) Organizar a los docentes según su especialidad a través de la polidocencia de tercero a sexto grado de primaria.

d) Experiencia en educación no menor de cinco años.

b) Coherente con sus principios éticos, morales, espirituales y profesionales.

g) Elaborar los proyectos de cuadro de horas, distribución de áreas o líneas de acción educativa, entre los docentes, para la aprobación por parte de la Dirección.

✓ Elaborar lineamientos para la aplicación de instrumentos de gestión pedagógica.

o) Organizar el archivo técnico pedagógico de su nivel.

e) Promover, planificar, organizar y ejecutar jornadas de actualización técnico pedagógica para docentes, con el propósito de optimizar el desarrollo de la labor académica.

✓ Elaborar los carteles de diversificación curricular.

u) Mantener un diálogo continuo con los PPMMFF, en torno al avance educativo de sus hijas y con fines de ofrecer orientación para que pueda apoyar la labor escolar.

s) Controlar y dosificar las actividades de extensión escolar.

h) Proponer anualmente los cuadros de Asignación de Docentes y Tutores de aula o de grado, con fines de rotar al personal o integrar en casos de vacancia o incremento.

d) Orientar a los docentes y a los estamentos de Desarrollo Humano en la planeación y desarrollo de sus respectivos proyectos y actividades de acuerdo a sus funciones.

f) Promover la investigación con fines de lograr un currículo diversificado e inclusivo, un sistema pedagógico y de evaluación propios del CEP SRL, que responda al Ideario y al PEI

v) Promover el reconocimiento permanente a las estudiantes destacadas en las diferentes actividades académicas, artísticas, culturales y otras a nivel de aula e institución.

c) Conocimiento e identificación con el Ideario Dominico Santarrosino.

j) Velar por el cumplimiento estricto de la jornada laboral del personal a su cargo, asegurándose, en coordinación con los tutores, que todas las secciones sean atendidas durante la jornada académica.

m) Coordinar con los docentes la adquisición de material didáctico y actualizar el catálogo para el conocimiento y uso de los docentes.

Art. 40 Requisitos para el cargo de la coordinación pedagógica:

w) Prever, organizar, dirigir y supervisar los procesos de evaluación formativa, carpeta de recuperación, promoción guiada; en conformidad con las normas vigentes.

k) Elaborar y verificar que las listas de útiles escolares, materiales y recursos educativos, sean estrictamente necesarios.

i) Prever, organizar y ejecutar las acciones de acompañamiento y monitoreo pedagógico, general y especializada, opinada y no opinada, aplicando los correctivos en casos necesarios.

l) Brindar el acompañamiento y asesoramiento al equipo docente a su cargo en las diferentes etapas del proceso educativo. Para ello se encarga de:

✓ Operativizar a la luz del Ideario y del Proyecto Educativo Institucional del CEP SRL.

c) Asegurar el monitoreo y acompañamiento pedagógico en un mínimo de 4 visitas al año y elevar a Dirección los informes respectivos.

q) Elevar el informe de la consolidación del informe técnico pedagógico de cada nivel al término de cada bimestre.

x) Mantener informada a la Dirección sobre los logros, dificultades, omisiones y alternativas de solución en los aspectos de su competencia. y) Desempeñar otras funciones que le encomiende la Dirección.

a) Docente con competencias pedagógicas y de gestión, probada capacidad para trabajar en equipo y solvencia moral.

e) Estudios en el manejo de archivos y elaboración de instrumentos de evaluación académica.

✓ Determinar las Competencias del Plan de Estudios, basándose en el Perfil de la Egresada del CEP SRL.

DE LA COORDINACIÓN DE PASTORAL Art. 41

o) Devolver en óptimas condiciones los bienes recibidos según inventario a su cargo o área.

Son funciones de la Coordinación de Pastoral:

g) Manejo experimentado de la tecnología informática actualizada.

m) Promover en las estudiantes el espíritu y compromiso religioso con matiz Dominico y Santarrosino.

l) Coordinar las celebraciones Eucarísticas para las fechas previstas en el Calendario de Actividades.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 20 f) Certificación de capacitación en educación.

b) Intensificar la experiencia religiosa y testimonio de fe de las estudiantes, PPMMFF y personal santarrosino propiciando el seguimiento más adecuado a sus necesidades de formación en la fe.

n) Tener al día las fuentes de verificación de sus actividades en su respectivo archivador.

c) Conocimiento e identificación con el Ideario Dominico santarrosino.

Art. 44 Son requisitos para el cargo de Coordinación de Pastoral:

La coordinación de Pastoral es la encargada además de la formación y acompañamiento de: Padres de Familia, estudiantes y educadores, a través de las comunidades de fa como: Infancia misionera, Liderazgo juvenil, Liturgia, Catequesis, Matrimonio, Jornadas espirituales y otros.

h) Ser signo visible de comunión y fraternidad en la comunidad educativa ante los PPMMFF y agentes pastorales. i) Preparar las jornadas y retiros para las estudiantes, docentes y PPMMFF.

j) Fomentar en toda actividad los principios y valores Institucionales, misión y carisma de la Entidad Promotora. k) Fomentar obras de solidaridad y proyección social.

d) Fomentar la participación de las exalumnas en el trabajo Pastoral del CEP SRL (Catequesis sacramental y otros).

h) Apertura a los cambios, capacidad creativa y de innovación pedagógica.

c) Promover la integración de los docentes en las acciones de pastoral del CEP SRL, favoreciendo la vivencia concreta de su comportamiento cristiano.

h) Demostrar características de liderazgo para tomar decisiones, sensibilidad social, habilidad para compartir y sintetizar opiniones diversas en apertura de comunicación y empatía laboral. i) Apertura a los cambios, capacidad creativa y de innovación en lo educativo, tecnológico, pedagógico y otros.

Art. 43

g) Velar por el testimonio de fe en las celebraciones internas y externas, fomentando el respeto y reverencia a los lugares sagrados.

e) Promover, en toda acción y gestión, la fraternidad en la relación humana, actividad académica, cívica, religiosa y de promoción comunal.

La Coordinación de Pastoral depende directamente de la Dirección y coordina permanentemente con las diferentes coordinaciones y tutores. Art. 42

a) Servir, animar, planificar, organizar, ejecutar y evaluar las actividades y proyectos de Pastoral Educativa y de proyección, considerando el Plan de Pastoral de la Promotoría.

f) Demostrar características de liderazgo, comunicación, empatía y trabajo en equipo.

b) Persona comprometida con la vivencia y práctica de los valores cristianos, que manifiesta y da testimonio de su Fe.

f) Promover acciones de Consejería Espiritual y Confesión permanente, para estudiantes, PPMMFF y personal del CEP SRL.

a) Docente con competencias pedagógicas, de gestión y solvencia moral.

d) Capacidad para planificar, organizar y ejecutar las actividades del área pastoral. e) Experiencia en el trabajo de catequesis y con familias.

g) Coherente con sus principios éticos, morales, espirituales y profesionales.

d) Actualizar el directorio del personal docente, administrativo y estudiantes e) Preparar la documentación interna y externa que requiera la Dirección.

a) Elaborar y actualizar el Plan de Mantenimiento preventivo y correctivo institucional.

j) Recepcionar los expedientes de los postulantes (a plazas de trabajo y estudios) del CEP SRL.

d) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo.

n) Emitir constancia de vacantes, certificados de estudios, y otros trámites solicitados por los usuarios con el respectivo visado de la Dirección.

j) Coordinar, verificar y consolidar el control de asistencia del personal que labora en el CEP SRL a través del con el apoyo estratégico de los auxiliares y el área de informática.

h) Coordina y actualiza el procedimiento de matrícula con la comisión a cargo.

Art. 45

b) Llevar la numeración de decretos, directivas, oficios, memorándums, comunicados y otros documentos a su cargo.

c) Llevar, archivar y tramitar la documentación del CEP SRL.

La Secretaría de la Dirección es un órgano de apoyo que depende de la Coordinación Administrativa y funcionalmente de la Dirección del CEP SRL.

g) Concertar las entrevistas de la Dirección, con los PPMMFF y estudiantes.

h) Velar por el mantenimiento y uso adecuado de la infraestructura, equipamiento, mobiliario, y otros materiales del CEP SRL.

Art. 47

c) Orientar y asegurar el cumplimiento de las funciones del personal de su área.

i) Mantener actualizado el inventario Institucional, por áreas, oficinas y en general.

Art. 48

g) Asegurar en forma permanente que todos los ambientes de trabajo se encuentren en óptimas condiciones (limpio, ordenado, agradable) y adecuado para las labores diarias.

La Coordinación Administrativa tiene un responsable designado por la Dirección y depende de la misma, ejerce su función a tiempo completo. Art. 46 Es el órgano encargado de administrar, racionalizar los materiales educativos, así como velar por el mantenimiento general de la infraestructura del CEP SRL según las normas vigentes.

i) Mantener al día y con la reserva del caso los archivos del personal en todos los aspectos tramitados y registrados.

b) Realizar el seguimiento periódico, así como los reajustes del Plan de Mantenimiento y elevar el informe respectivo a la Dirección semestralmente.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 21 DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

f) Actualizar el inventario de muebles y enseres del CEP SRL.

Art. 50

o) Tener al día el archivo de documentos ingresados y remitidos y el inventario de los bienes a su responsabilidad.

Son funciones específicas de la Coordinación Administrativa:

a) Recepcionar, registrar, clasificar, archivar la documentación, así como efectuar la distribución a los órganos correspondientes.

k) Coordina y actualiza con el responsable del SIAGIE el registro de Matrícula de las estudiantes.

k) Cumplir otras funciones encomendadas por la Dirección. Art. 49 Los organismos de apoyo administrativo se encargan de organizar, ejecutar y controlar, en su área, los aspectos de apoyo logístico, técnicos, de obra y de mantenimiento del CEP SRL.

La Coordinación Administrativa tiene a su cargo las siguientes áreas: Tesorería, Mantenimiento y limpieza, Gestión ambiental y riesgos, CSST, Recepción y seguridad.

f) Supervisar y verificar el cumplimiento de las funciones asignadas al personal a su cargo.

l) Actualizar de manera permanente los registros y nóminas de matrícula de todas los grados y secciones. m) Llevar el control de estudiantes trasladadas.

Art. 51 Sus funciones son:

e) Involucrar al personal administrativo y de mantenimiento en la misión y objetivos del CEP SRL.

d) Registrar ingresos y egresos económicos del movimiento de caja chica.

k) Velar por la buena conservación de los materiales a utilizarse en el cumplimiento de sus funciones.

Art. 54

j) Asistir a su jornada de labor en condiciones sobrias y buena presentación personal.

c) Garantizar de manera permanente el cumplimiento de los pagos de pensiones por partes de los padres de familia a través de acciones y mecanismos de seguimiento continuo.

f) Capacidad de iniciativa y creatividad.

a) Recepcionar los fondos que ingresan al CEP SRL por concepto de certificados, inscripciones y otros rubros.

a) Desarrollar actitudes de respeto hacia las autoridades del CEP SRL, personal docente, PPMMFF y estudiantes.

Son requisitos para el cargo de tesorería: a) Estudios básicos en administración o técnico en contabilidad.

Art. 52

f) Verificar que toda compra esté justificada con factura y/o boleta. En caso el gasto sea menor a cincuenta nuevos soles (S/. 50.00) se emitirá un recibo interno, bajo responsabilidad y previa consulta a la dirección.

c) Apoyar en las diferentes tareas que se le asignen, propiciando un ambiente de colaboración, armonía y respeto.

e) Disponibilidad para el servicio y trabajo en equipo.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 22

Art. 53

Son requisitos para el cargo de la secretaria: a) Personal con dominio en secretaría ejecutiva.

f) Arreglar y conservar los jardines, patios, escaleras, pasadizos y frontis del CEP SRL.

d) Cuidar el manejo de los enseres e instalaciones del CEP SRL, comunicando oportunamente del deterioro o desperfecto de estos. e) Cumplir con el horario establecido, dependiendo directamente de la Coordinación Administrativa.

b) Ejecutar trabajos de limpieza y desinfección en las diferentes instalaciones del CEP SRL cuidando la buena presentación de las aulas, oficinas, servicios higiénicos, vajillas y similares.

b) Manejo experimentado de programas informáticos (Excel intermedio).

b) Manejo experimentado de la tecnología informática actualizada

b) Elaborar mensualmente la relación de estudiantes morosas, tomando acciones preventivas y correctivas de acuerdo al Reglamento Interno en coordinación con Dirección.

e) Mantener informada a la Dirección del movimiento de caja chica, procurando la presentación diaria y/o mensual de los ingresos y egresos.

g) Otras funciones que le asigne la Dirección y la Coordinación Administrativa.

c) Persona comprometida y practicante de los valores cristianos católicos. d) Disponibilidad para el servicio y trabajo en equipo. e) Capacidad de iniciativa y creatividad.

c) Persona comprometida y practicante de los valores cristianos católicos. d) Conocimiento y experiencia en la administración educativa.

g) Solicitar a la coordinación de administración materiales e insumos de limpieza necesarios para un óptimo servicio. h) Preparar el ambiente y mobiliarios para toda actividad de concurrencia pública. i) Cuidar los bienes del CEP SRL bajo su responsabilidad.

Art. 55 El personal de mantenimiento y limpieza está a disposición para múltiples funciones. Tiene una función educadora, por su colaboración en tareas que permiten el desarrollo de una labor educativa cualificada, las cuales coadyuvan a mantener la imagen del CEP SRL, garantizando un ambiente de limpieza, fraternidad, respeto, ayuda mutua, amor al prójimo, velando por la seguridad física y moral. Art. 56 Depende la coordinación administrativa y sus funciones son:

La Tesorería de la Dirección es un órgano de apoyo que depende de la Coordinación Administrativa y funcionalmente de la Dirección del CEP SRL. Sus funciones son:

e) Evitar el ingreso a los vendedores ambulantes próximos al CEP SRL resguardando un espacio prudencial.

Art. 58 Depende la coordinación administrativa y sus funciones son:

Art. 60

El comité de gestión del bienestar, es un equipo organizado que lidera el proceso de elaboración de normas de convivencia considerando el diagnóstico institucional según las características, necesidades y demandas de las estudiantes de acuerdo al PEI, asimismo, vela por la calidad de las buenas relaciones interpersonales generando un clima saludable y favorable que facilite el desarrollo de los aprendizajes.

Son objetivos de la gestión de bienestar y/o convivencia escolar democrática: a) Generar condiciones para el pleno ejercicio ciudadano de la comunidad educativa, a través de una convivencia escolar democrática y saludable, basada en la defensa de los derechos humanos, el respeto por las diferencias, la responsabilidad frente a las normas y el rechazo a toda forma de violencia y discriminación.

n) Utilizar reportes de observación y mantiene informado a la Coordinación de Administración sobre el estado de equipos e infraestructura para garantizar el buen funcionamiento.

g) Mantener a la mano y en un lugar visible el directorio telefónico de emergencias.

m) Tener el duplicado de las llaves de los ambientes a su cargo y entregarlas a dependencia correspondiente, al concluir su jornada laboral.

j) Informarse en secretaría de los detalles que debe dar al visitante.

Art. 61

m) Cumplir otra función que se le asigne CAPÍTULO IV CONVIVENCIA ESCOLAR y RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL COMITÉ DE GESTIÓN DEL BIENESTAR Art. 59

l) Tener al día el informe de las ocurrencias diarias.

q) Cumplir otras funciones que se le asigne.

h) Mantener limpio el lugar de su entorno: mampara, puerta y otros.

k) Mantenerse vigilante, siendo responsable de las pérdidas que se dieran durante su permanencia.

a) Velar por la integridad física de las estudiantes en las inmediaciones del CEP SRL.

l) Vigilar que los muebles, máquinas, herramientas y material de trabajo de las distintas oficinas no se usen indebidamente, ni sean extraídos del local del CEP SRL.

p) Disponibilidad para el apoyo en las diferentes actividades programadas por el CEP SRL.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 23

b) Permanecer en sus puestos durante el tiempo de servicio.

c) Vigilar con eficiencia el ingreso de las personas al CEP SRL y mantener la puerta cerrada velando por la seguridad interna, en caso necesario solicitar el respectivo documento de identidad. d) Supervisar la entrada y salida del CEP SRL, revisando los paquetes o bolsos que porta el personal y toda persona ajena al CEP SRL.

i) Mantener la buena imagen institucional demostrando cordialidad, buena presentación y trato afable a toda persona.

El Comité de Gestión del Bienestar, es un órgano que depende de la coordinación de Desarrollo Humano, vela por la convivencia escolar democrática y armoniosa, favoreciendo así, la formación integral de la estudiante, con actitudes de voluntad, puntualidad, responsabilidad, disciplina y valores morales, religiosos, ecológicos, sociales, éticos y cívicos que sustenta el PEI.

o) Asumir medidas preventivas y correctivas de los ambientes y el mobiliario del CEP SRL velando por su óptimo funcionamiento

Art. 57 El servicio de Seguridad y Recepción es un órgano de apoyo de la Dirección, encargado de velar por la seguridad de las instalaciones, personal santarrosino y estudiantes del CEP SRL.

f) Entregar el turno de seguridad y recepción haciendo el relevo al siguiente turno.

l) Elaborar y asesorar a los tutores sobre los lineamientos para las reuniones y atención oportuna a los PPMMFF. m) Actualizar el directorio y promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones.

j) Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 5. k) Actualizar anualmente y garantizar la ejecución del Plan de Convivencia escolar saludable.

c) Desarrollar actividades y promover el uso de materiales educativos de orientación a la comunidad educativa relacionados a la promoción del bienestar escolar, de la Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar democrática e intercultural y de un clima escolar positivo e inclusivo, con enfoque de atención a la diversidad. d) Velar por las relaciones empáticas entre estudiantes y docentes, así como con sus pares.

c. Auxiliar de educación (responsable de la ejecución de las normas de convivencia)

El Comité de Gestión del bienestar está integrado por: a. Directora b. Coordinadora de Tutoría

b) Elaborar, ejecutar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar (TOECE), las cuales se integran a los Instrumentos de Gestión escolar.

f) Promover reuniones de trabajo colegiado y grupos de interaprendizaje para planificar, implementar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar con las y los tutores, docentes, auxiliares de educación y actores socioeducativos de la IE.

Los miembros integrantes del comité de Gestión y bienestar asumen las funciones según el cargo designado:a)Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo a una gestión de bienestar escolar que promueva el desarrollo integral de las estudiantes.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 24

h) Promover el ejercicio de la disciplina, ciudadanía y la sana convivencia, basado en un enfoque de derechos y de interculturalidad, garantizando que no se apliquen castigos físicos o humillantes, ni actos discriminatorios.

i) Conformar brigadas con los integrantes de la comunidad educativa con el fin de implementar acciones que promuevan la atención de las estudiantes en aquellas situaciones que afecten su bienestar (peligro inminente, incidentes, emergencias, desastres u otros).

b) Consolidar a la institución educativa como un entorno protector y seguro, donde el desarrollo de las estudiantes esté libre de todo tipo de violencia que atente contra su integridad física, psicológica o sexual, o afecte sus capacidades para el logro de sus aprendizajes.

g) Articular acciones con instituciones públicas y privadas, autoridades comunales y locales, con el fin de consolidar una red de aliados a la Tutoría y Orientación Educativa y a la promoción de la convivencia escolar, así como a las acciones de prevención y atención de la violencia, y casos críticos que afecten el bienestar de las estudiantes.

d. Responsable de inclusión e. Psicóloga f. Representante de la COPAFA g. Representante del Municipio escolar

c) Fomentar la participación activa de la comunidad educativa, especialmente de las estudiantes, en el establecimiento de normas de convivencia y de medidas correctivas que respeten los derechos humanos y la dignidad de las personas, orientadas a la formación ética y ciudadana, a la autorregulación y al bienestar común.

Art. 63

e) Contribuir en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de casos de violencia escolar y otras situaciones de vulneración de derechos considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuesto por el Sector, en coordinación con los actores de la comunidad educativa correspondientes.

Art. 62

c) Asegurar la elaboración e implementación del Plan de Convivencia Democrática de la Institución Educativa.

e) Registrar permanentemente las incidencias en el parte diario anecdotario

a) Brindar acompañamiento socioafectivo y cognitivo a las estudiantes.

a) Aprobar mediante Resolución Directoral, la conformación del Comité de Gestión del Bienestar, o sus respectivas actualizaciones de integrantes, especificando los datos de los mismos, dentro de los plazos establecidos para dicho fin; así como comunicar y remitir a la UGEL la Resolución Directoral aprobada.

e) Planificar, implementar y evaluar acciones según las estrategias de tutoría y orientación educativa.

d) Asegurar el acompañamiento y monitoreo de la implementación de las acciones de la tutoría y orientación educativa.

f) Orientar, promover, dirigir la formulación de los acuerdos de convivencia a nivel de aula, asi como publicar y asegurar el cumplimiento de los mismos.

d) Informar a las familias acerca de los avances y dificultades en el desarrollo de las competencias de cada estudiante y brindar recomendaciones para ser implementadas por las familias.

i) Promover relaciones democráticas y de buen trato entre las estudiantes.

n) Llevar el registro de incidencias de las estudiantes y el legajo estudiantil de forma actualizada Art. 66

c) Contribuir con la labor del/a tutor/a, coordinando permanentemente y participando en el trabajo colegiado. d) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de las estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.

l) Realizar un informe de PPMMFF a través de una ficha de seguimiento considerando la participación en las actividades, reuniones y otros a considerar.

h) Informar oportunamente a la directora y al Comité de Gestión del Bienestar, hecho o acontecimiento que vulnere los derechos de las estudiantes.

b) Colaborar con el Comité de Gestión del Bienestar en la planificación e implementación de las acciones de tutoría y orientación educativa.

Art. 65

e) Coadyuvar en la atención oportuna de situaciones que vulneren los derechos de las estudiantes de acuerdo a la normativa vigente.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 25 DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ Art. 64

k) Realizar el acompañamiento a las estudiantes e informar a las familias acerca de los avances y dificultades en el desarrollo de las competencias de cada estudiante, brindar recomendaciones para ser implementadas por las familias, así mismo considerar las apreciaciones para fines de información bimestral.

Responsabilidades DE LA DIRECTORA:

j) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de las estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.

Responsabilidades de DEL/A TUTOR/A:

c) Promover y orientar la organización de estudiantes y PPMMFF a la formación de comunidades con fines de asumir responsabilidades y fortalecer los lazos fraternos.

m) Realizar una entrevista o acompañamiento a la estudiante, según cronograma establecida y/o cuando lo requiera.

Responsabilidades DEL/A DOCENTE: a) Brindar acompañamiento socioafectivo y cognitivo a las estudiantes en su área curricular, así como en otros espacios.

b) Apoyar en la comunicación y el trabajo colegiado con los docentes de áreas curriculares, así como auxiliares de educación y psicólogas.

g) Promover con el ejemplo un comportamiento ético dentro y fuera de la I.E., así como aquellos aprendizajes que se espera desarrollar en las estudiantes.

b) Comunicar a la comunidad educativa la conformación del Comité de Gestión del Bienestar, los integrantes que la conforman y sus respectivas funciones; a través de formatos y medios que faciliten su comprensión; e incorporar dicha información en el presente Reglamento Interno.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 26 Art. 67

Responsabilidades DE LA PSICÓLOGA:

b) Fortalecer las capacidades relacionadas con el acompañamiento socioafectivo o el autocuidado en los integrantes de la comunidad educativa santarrosina.

a) Coordinar con sus colegas docentes y directivos los apoyos y ajustes necesarios para que en la institución educativa se garanticen las condiciones de aprendizaje para todas, principalmente para aquellas estudiantes con necesidades educativas especiales.

b) Desarrollar actividades relacionadas con el fortalecimiento, la sensibilización y la concientización del enfoque de inclusión y atención a la diversidad a partir del respeto y la valoración de todas las estudiantes en las jornadas o encuentros familiares.

c) Motivar a los directivos, docentes, integrantes del COCOI, COPAFA, MUNICIPIO ESCOLAR y otras instancias de la comunidad educativa para que se construyan comunidades escolares seguras, acogedoras y colaboradoras que resulten estimulantes y que permitan que cada una se sienta valorada.

k) Mostrar un trato respetuoso, firme y amable con las estudiantes, evitando cualquier acto de violencia. Art. 70 Responsabilidades DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN: a) Coadyuvar con la formación integral de la estudiante conforme a las disposiciones del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004 2013 ED, modificado por Decreto Supremo Nº 008 2014 MINEDU.

Art. 69

g) Brindar soporte y contención socioafectivo a las estudiantes víctimas de violencia escolar y abordar el caso de acuerdo al Decreto Supremo N° 004 2018 MINEDU y otras normas correspondientes.

h) Apoyar en el desarrollo de actividades vinculadas al trabajo con la familia y comunidad.

i) Promover con el ejemplo un comportamiento ético dentro y fuera de la I.E.

e) Brindar orientaciones a la estudiante para atender las necesidades socioafectivas, psicoeducativas o en los casos que le sean derivados por la coordinadora de tutoría, tutores, docentes o auxiliares.

e) Realizar acompañamiento al tutor o tutora sobre el trabajo de tutoría y orientación educativa, para lo que se requiere organizar las horas de libre disponibilidad durante la semana para tal fin.

g) Elevar el informe semestralmente a la dirección sobre la gestión del bienestar y sus funciones de coordinación. Art. 68

Responsabilidades DE LA COORDINADORA DE TUTORIA:

f) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de las estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.

c) Orientar en la elaboración del Plan de Tutoría de Aula, así como en la evaluación del mismo.

a) Orientar, planificar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de los tutores en el marco del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar.

b) Dinamizar el trabajo del Comité de Gestión del Bienestar c) Promover espacios de reflexión, capacitación, apoyo mutuo a través de las reuniones de trabajo colegiado.

a) Brindar orientaciones a los docentes, tutores y a toda la comunidad educativa en la comprensión de aspectos relacionados con el desarrollo cognitivo y socioafectivo de las estudiantes.

f) Apoya en la derivación y seguimiento de estudiantes a instituciones especializadas externas para el tratamiento, según sea el caso.

d) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de las estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.

d) Coordinar e involucrar agentes sociales o aliados de la comunidad que contribuyan a la implementación de acciones de la tutoría y orientación educativa.

d) Participar y colaborar con las actividades del Comité de Gestión del Bienestar.

j) Demostrar en su actuar cotidiano los aprendizajes socioafectivos y cognitivos que se espera desarrollar en las estudiantes.

Responsabilidades DE LA RESPONSABLE DE INCLUSIÓN:

j) Realizar o subir el reporte de las incidencias registradas por los docentes en el parte diario, al anecdotario de la plataforma institucional

Art. 72

f) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de las estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.

h) Controlar la conservación y limpieza del mobiliario, aulas, laboratorio y demás ambientes del Centro Educativo.

d) Demostrar en su actuar cotidiano los aprendizajes socioafectivos y cognitivos que se espera desarrollar en las estudiantes.

Art. 75

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 27

Responsabilidades DE LA REPRESENTANTE DEL MUNICIPIO ESCOLAR:

b) Participar e involucrarse en las actividades convocadas por el Comité de Gestión del Bienestar.

El CEP Santa Rosa de Lima, entiende además que la convivencia escolar está basada en la calidad de las relaciones individuales y grupales que humanizan lo que supone fomentar y trabajar arduamente por un clima saludable y armonioso que favorezca el desarrollo de los aprendizajes.

b) Participar en las reuniones de trabajo colegiado para la planificación y evaluación de las actividades tutoriales. c) Promover con el ejemplo un comportamiento ético dentro y fuera de la I.E.

a) Promover en las familias la tarea de educar, cuidar y proteger a sus hijas, asimismo, invocar al compromiso y acompañamiento en el proceso de desarrollo integral y de aprendizaje.

k) Informar a los docentes de asignatura sobre las justificaciones o inasistencias de las estudiantes a efectos de establecer su derecho a ser evaluadas.

Art. 71

e) Mostrar un trato respetuoso, firme y amable con las estudiantes, evitando cualquier acto de violencia.

Responsabilidades DE LA REPRESENTANTE DE LA COPAFA:

a) Participar activamente en diversos espacios o actividades de intervención estudiantil. b) Reflexionar y actuar frente a situaciones que promuevan la convivencia democrática o la vulneren. c) Deliberar sobre situaciones o asuntos públicos de su interés o necesidad y realizar acciones que contribuyan al bienestar común.

g) Controlar la asistencia, puntualidad y presentación de las estudiantes.

i) Efectuar rondas permanentes por los diferentes ambientes del colegio, velando por el cumplimiento de las normas de convivencia.

d) Reportar situaciones de vulneración de sus derechos. Art. 73 En los tres niveles, cada sección es atendida por una o un docente tutor o tutora a propuesta de la dirección y Coordinación Pedagógica correspondiente; preferentemente serán los docentes que tienen mayor tiempo de permanencia en la I.E., además de reunir los requerimientos para tal cargo. Los docentes tutores acompañan a las estudiantes en el proceso del desarrollo integral según la modalidad del sistema educativo.

DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Art. 74 Según menciona el reglamento de la Ley N°29719, Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, la Convivencia Escolar Democrática, es el conjunto de relaciones interpersonales horizontales caracterizadas por el respeto y valoración del otro; construida y aprendida en la vivencia cotidiana y el dialogo intercultural en la Institución Educativa, con la participación de todos los miembros de la comunidad Educativa. Favorece el desarrollo de vínculos afectivos y de identidad, así como el desarrollo integral de las y los estudiantes en un marco ético de respeto, inclusión y de ejercicio de derechos y responsabilidades contribuyendo a la solución pacífica de conflictos y la construcción de un entorno seguro y protector.

Art. 76 El CEP Santa Rosa de Lima, promueve y fomenta la convivencia escolar democrática y armoniosa a través de la elaboración de un plan de acción con orientaciones alineadas al CGE 5, el mismo que se evalúa y actualiza anualmente, como parte de las acciones de planificación del año escolar.

d) Cuidamos nuestra salud, emocional, física y espiritual para practicar buenos hábitos de cuidado personal, así como nuestra presentación personal y el cuidado de nuestras relaciones interpersonales.

4. Regidora de salud y ambiente.

DE LA PARTICIPACION DE LAS ESTUDIANTES Art. 78

c) Demostramos gestos de acogida y cercanía, siendo respetuosas ante las diferencias, siendo además solidarias, tolerantes y cordiales

f) Hacemos buen uso de las instalaciones y materiales educativos de la IE, porque son los recursos o herramientas pedagógicas para facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje.

El CEP Santa Rosa de Lima establece las siguientes normas institucionales, las mismas que dan orientación a las normas de convivencia democrática del aula:

a) Cada jornada propia de nuestra fe y espiritualidad la iniciamos con la respectiva oración, escucha y reflexión del evangelio del día.

3. Regidora de los derechos del niño y adolescente.

6. Regidora de educación, cultura y deporte. Las funciones del Municipio escolar son: ➢ Elaborar su plan de trabajo anual. ➢ Convocar al inicio de año y semestralmente a reuniones conjuntamente con los comités de aula. ➢ Apoyar la convivencia fraterna de las estudiantes. ➢ Propiciar una comunicación asertiva de las estudiantes con la Dirección y la Comunidad Santarrosina. ➢ Dar a las estudiantes la oportunidad de desarrollar un liderazgo democrático a través de la planificación y organización de actividades. ➢ Escuchar y desarrollar iniciativas y propuestas viables de la mayoría de las estudiantes. ➢ Colaborar con el personal directivo para preservar la infraestructura, el mobiliario y la convivencia fraterna; así como el trabajo, el estudio, los proyectos medioambientales y las buenas relaciones en el colegio, que fortalezcan el proceso de aprendizaje significativo entre las estudiantes y profesores. ➢ Rendición de cuentas del plan de trabajo ejecutado al final de su gestión. ➢ Entrega del cargo a la nueva gestión.

5. Regidora de producción y servicios.

h) Buscamos crear las mejores condiciones y ofrecer un servicio educativo de calidad en un marco de respeto a los derechos humanos de toda la comunidad educativa para promover espacios seguros, libres de violencia y discriminación a partir del liderazgo de los agentes educativos involucrados.

e) Cuidamos las áreas verdes y practicamos la clasificación de residuos porque nos interesa que todos los miembros de la comunidad educativa aseguren el bienestar medio ambiental.

g) Respetamos toda forma de comunicación en los espacios donde interactuamos con cada miembro de la comunidad educativa, siendo testigos de Dios Compasivo y Misericordioso.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 28 Art. 77

b) Demostramos respeto por cada miembro de la comunidad educativa siendo responsables y puntuales en el cumplimiento del horario escolar.

La participación de las estudiantes es una acción crucial para la promoción de una convivencia democrática y libre de violencia en la comunidad educativa, ya que fomenta la corresponsabilidad y los hace parte activa de las decisiones que se toman en la IE. Art. 79 La representación de las estudiantes se da a través de tres instancias o grupos organizados: a. Municipio Escolar. Es el órgano de participación de las estudiantes en el CEP SRL, quienes están asesorados por un docente elegido democráticamente, teniendo como órgano superior al Compromiso de Gestión 5. Está integrado por: 1. Alcaldesa 2. Teniente alcaldesa.

➢ Lleva al día las listas de tardanzas y ausencias de sus compañeras.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 29 b. Comité de Aula Es una instancia de representación de estudiantes a nivel de aula que son elegidas democráticamente al inicio del año con la asesoría del tutor(a) con el fin de garantizar el buen clima de clima. Y está integrado por: 1. Presidente 2. Secretaria 3. Tesorera 4. Delegada pastoral 5. Delegada de deportes Sus funciones son:

2) De la secretaria: ➢ Asistir con puntualidad a todas las reuniones de la junta directiva para ordenar y dar cuenta de los acuerdos y documentos que se tramitan. ➢ Redactar avisos, actas, citaciones y lo que se disponga en las reuniones. ➢ Archivar la relación de los asistentes a las reuniones, tener en orden el directorio de los cumpleaños de sus compañeras. ➢ Apoyar y colaborar en colocar en una zona visible del aula, comunicados, actividades, normas, cuadro de tareas y otros documentos emitidos por la Dirección, Coordinación pedagógica, Desarrollo Humano, Actividades.

➢ Cumplir y hacer cumplir los acuerdos aprobados de las estudiantes de aula y la Junta Directiva. ➢ Autorizar y suscribir con la secretaria de actas de la junta directiva, los acuerdos consensuados en el aula. ➢ Autorizar, con la tesorera cuotas, multas, gastos que se realicen en forma regular y documentada, disponiendo a la vez el más eficaz control sobre las cuentas y demás efectos. ➢ Fomentar la participación activa de sus compañeras en el proceso de su aprendizaje, la responsabilidad, el respeto dentro y fuera del aula, colaboración a la junta directiva del aula y asiste a las reuniones del municipio escolar. ➢ Comunica todas las incidencias que puedan ocurrir

4) Delegada de pastoral: ➢ La labor primordial de la delegada de pastoral es fomentar y garantizar las actividades religiosas y acciones que favorezcan a la formación evangelizadora relacionadas a la buena convivencia asumiendo con responsabilidad el cargo que le corresponde. ➢ Garantizar el cumplimiento de cronograma de las oraciones del día.

1) De la presidente: ➢ Presidir, dirigir, animar y acompañar las reuniones.

➢ Promover la identidad Dominica dentro y fuera del aula ➢ En coordinación con la tutora organiza la celebración eucarística de aula. ➢ a) Delegada de deportes: ➢ Promover la práctica de los diversos deportes en la institución. ➢ Organizar y conformar los equipos representativos del aula en los diversos deportes.

3) De la tesorera: ➢ Ser responsable de los fondos recaudados según rubros y supervisar el gasto ordenado. ➢ Verifica los pagos y otros gastos que se emanen de acuerdo con las disposiciones establecidas por la presidente del aula. ➢ Lleva y presenta el estado de ingresos y egresos en coordinación con la tutora. ➢ Apoya y colabora en las acciones de los demás miembros de la Junta Directiva.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 30 ➢ Motivar y organizar la participación del aula en las inauguraciones deportivas de la institución. ➢ Colaborar con el municipio escolar en cualquier actividad deportiva

2. Brigadista de seguridad y protección: ➢ Participa en la organización y cumplimiento del protocolo de protección. ➢ Apoya al líder brigadista sobre la situación de estudiantes en situaciones de vulnerabilidad u otra situación de riesgo.

➢ Convocar a la presentación de listas de candidatas al Municipio escolar.

2. Brigadista de ecoeficiencia ➢ Coordina las actividades para contribuir al desarrollo de las acciones vinculadas al fomento de la ecoeficiencia. ➢ Coordina con la Regidora de salud y ambiente.

d.2. Brigadistas de riesgos y desastres. Sus integrantes y funciones son: 1. Brigadista de señalización y evacuación: ➢ Coordina con el responsable de gestión del riesgo de desastres. ➢ Ubica y orienta a sus compañeras en relación a las zonas de seguridad que le corresponde.

➢ Promover capacitaciones a los miembros de mesa y vocales en coordinación con la ONPE.

c. Comité Electoral: Es el organismo que se encarga de garantizar un proceso electoral con transparencia y democráticamente y está integrado por las estudiantes del 4to y 5to año de secundaria Y está conformado por: 1. Presidente 2. Secretaria 3. Vocal 1 4. Vocal 2 Sus funciones son: ➢ Elaborar las bases de las elecciones y enviarlo a su instancia superior (Dirección y CGE5).

➢ Garantizar el proceso electoral con transparencia y orden ➢ Verificar y registrar en las actas los resultados finales de las elecciones. ➢ Informar y proclamar la lista ganadora. ➢ Asumir la representación de las estudiantes durante el proceso de elecciones del municipio escolar ➢ Coordinar con la Dirección la juramentación del municipio escolar electo d. Brigada de Educación Ambiental y Gestión de Riesgos. La finalidad de esta representación es dinamizar las acciones planificadas que contribuye a la promoción de una conciencia ambiental responsable entre los integrantes de la comunidad educativa. Así como, promover una cultura de prevención para la reducción de riesgos, y así estar preparadas y responder oportunamente ante situaciones de emergencia y desastres. Se integran en dos organismos: d.1. Club de ecología: Sus integrantes y funciones son: 1. Brigadista de cambio climático. ➢ Coordina las actividades internas y externas para el desarrollo de las acciones vinculadas a la adaptación y resiliencia ante el cambio climático en la I.E ➢ Coordina con la regidora de salud y ambiente.

3. Brigadista de protección a la biodiversidad. ➢ Coordina las actividades para promover el cuidado y conservación de la biodiversidad en la I.E. ➢ Participa en las acciones del Proyecto Educativo Ambiental Integrado (PEAI).

3. Brigadista de salud y primeros auxilios:

➢ Coordina las actividades para el cuidado de la salud y la prestación de los primeros auxilios en la IE. ➢ Participa en la implementación del Proyecto educativo ambiental integrado (PEAI) que la IE desarrolla. ➢ Coordina con el responsable de gestión del riesgo de desastres para la implementación de la GRD.

Promover, participar y deliberar para ejercer una ciudadanía democrática e intercultural” en diversos espacios de la IE: Las estudiantes candidatas a los diferentes cargos del municipio escolar están conformadas por una representación de las estudiantes, respetando sus particularidades y/o diferencias.

Art. 80 En esa línea, en los espacios de la representación estudiantil es importante tener en cuenta lo siguiente: ACCIÓN DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Vigilar la transparencia y legitimidad de los procesos de elección de sus representantes. El comité electoral de elecciones debe ser elegido con cuidado y gozar de la legitimidad y confianza de las estudiantes. Generalmente está conformado por los estudiantes de 4to y 5to de secundaria. Garantizar el cumplimiento de las acciones programadas de acuerdo al plan de trabajo. Las acciones programadas por el municipio escolar deben ser viables para garantizar su cumplimiento en beneficio de las estudiantes. Realizar los aportes y ajustes necesarios a sus procedimientos de acuerdo a las normas de convivencia de la institución educativa. Establecer mecanismos para el reajuste de las acciones programadas en espacios de participación democrática estudiantil como: cabildos abiertos, debate, fórum y entre otros según las necesidades y exigencias de las estudiantes. Ejercer liderazgo en espacios estudiantiles promoviendo una participación activa a través de las tres instancias de participación. La máxima autoridad de la representación estudiantil es la asamblea general de las juntas directivas de cada aula El municipio escolar promueve la participación estudiantil a través de su plan de trabajo y la rendición de cuentas que debe realizarlo en forma Elsemestral.clubdeecología y las brigadistas de defensa civil velan por el cuidado de la casa común y la seguridad y promueve la participación de las estudiantes en actividades de seguridad. Así mismo representan a la institución educativa en eventos u organizaciones referidos a su área.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

Velar para que la representatividad de las estudiantes refleje la diversidad cultural, étnica, condición de discapacidad u otros que caractericen a la institución educativa. Se puede acordar que las listas de candidatas representantes al municipio escolar sea lo más diverso posible y que se pueda elaborar una lista de cotejo como filtro, con acciones que contribuya a la comprensión y el fortalecimiento de la convivencia democrática, así como el ejercicio de la ciudadanía activa.

31 ➢ Asume las medidas de seguridad para la comunidad educativa y sus instalaciones. ➢ Apoya con las acciones de evacuación y de salud y primeros auxilios, en el desplazamiento de sus compañeras a las zonas seguras, así como a mantener la calma durante la evacuación.

j) Asiste con prendas que no correspondan al uniforme.

CRITERIOS GENERALES PARA EL USO DE MEDIDAS CORRECTIVAS O REGULADORAS DE LAS FALTAS Y COMPORTAMIENTOS Art. 81 Las faltas se clasifican por su gravedad, las cuales son: leves, graves y muy graves: a) Faltas leves. Son todas las acciones, que no desestabilizan las actividades propias del grupo y del proceso de formación integral, que son pasajeras no repetitivas. Siendo aquellas acciones u omisiones circunstanciales que cometen las estudiantes vulnerando las normas de convivencia.

b) Realiza rifas, venta de productos, colectas u otras actividades sin autorización.

m) Fomenta el desorden durante el desarrollo de las clases.

n) Incumple con portar sus materiales de trabajo y/o tareas indicadas. o) Incumple con entregar comunicados, citaciones y otros enviados por el docente y/o la institución. Democracia p) Muestra gestos burlescos ante la opinión de sus compañeras. q) Arroja residuos sólidos (empaques, papeles, restos de comida) fuera de los tachos asignados r) Muestra actitudes de apatía en las diferentes actividades.

c) Se expresa con vulgaridad dentro y fuera del aula. d) Maneja el equipo de multimedia del aula sin autorización del docente. Cercanía e) Causa desorden durante las actividades cívico religiosas Libertad f) Manifiesta acciones exageradas de afecto sin recato y prudencia que incomoda al resto.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 32

Valores Indicadores Espíritu Crítico

k) Asiste con las uñas largas, pintadas, rostro maquillado, cabello suelto y/o teñido o con piercing l) Incumple con las normas de alimentación saludable (hora de la fruta, tomatodo).

h) No lleva consigo la agenda del colegio i) Llega tarde a la institución educativa y/o después de los recreos a clases.

➢ Utiliza inadecuadamente las redes sociales afectando la dignidad e integridad de las demás personas. ➢ Incentiva y/o participa en riñas atentando contra la buena convivencia escolar.

c) Faltas Muy Graves.- Son actos explícitos de indisciplina o insubordinación; conductas que perjudican gravemente la convivencia. Son consideradas faltas muy graves: ➢ Agrede física y psicológicamente a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa (verbales y/o virtuales o por cualquier otro medio que ocurren de manera intencional y sistemática). ➢ Daña la imagen institucional al evadir las clases en horario de trabajo involucrándose en actos inapropiados vistiendo el uniforme o buzo del colegio.

➢ Trae o hace uso de objetos que causan daño a la integridad física de las personas. ➢ Deteriora intencionalmente las instalaciones o bienes del colegio (pintas, escritos en paredes, mobiliario y otros). ➢ Graba, publica y/o difunde por cualquier medio físico o virtual no autorizada, imágenes de los miembros de la comunidad educativa que pueda afectar su dignidad, honor y buena reputación. ➢ Se apropia intencional e ilícitamente de objetos de sus compañeras, docentes o es partícipe del hecho.

Tolerancia s) Muestra intolerancia e inaceptación a la forma de ser de las demás.

a) Ingresa a otras aulas o ambientes sin la autorización correspondiente.

Justicia

g) Permanece sin justificación en los alrededores del colegio al término de la jornada escolar. Responsabilidad

t) Demuestra pocas actitudes de cortesía y buenos hábitos con los demás b) Faltas Graves.- Son aquellas que atentan notoriamente contra el proceso educativo, personal y/o grupal. Son las reincidencias de las faltas leves, sin demostrar interés en corregirse y/o incurrir en dichas faltas teniendo el compromiso educativo.

Art. 82

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 33 ➢ Ingresa bebidas alcohólicas o cualquier tipo de alucinógenos a la institución educativa. En este último caso es potestad de la Dirección, dar cuenta del hecho a la policía o instancias correspondientes. ➢ Otras faltas que a juicio de los directivos o docentes merezcan las correcciones respectivas.

El sentido de las acciones correctivas y reparadoras del CEP Santa Rosa de Lima, busca dejar una enseñanza en la estudiante, que contribuya a la consolidación de los valores institucionales y genere un cambio en las actitudes y comportamientos inapropiados, de manera que se beneficie tanto ella como la Comunidad Educativa, fortaleciendo la convivencia saludable de todas.

DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS DE FALTAS LEVES: Art. 84 Corrección formativa o amonestación verbal escrita y privada. Es una llamada de atención verbal respetuosa por parte del Docente, Tutor, Coordinador o cualquier personal de la Institución, sobre una actitud inapropiada de la estudiante. Con esta amonestación se espera que la estudiante supere esta dificultad, por medio de la reflexión y el compromiso personal. De reincidir en la acción, se hará la anotación en el anecdotario de la plataforma cubicol. Art. 85 Amonestación escrita. Consiste en la notificación escrita y citación al padre de familia o apoderado sobre la actitud inadecuada en el proceso de convivencia de la estudiante; colocando en el legajo estudiantil la observación, con el fin de establecer estrategias conjuntas, formativas y constructivas frente al hecho. Art. 86 La reincidencia en las faltas leves las convierte en faltas graves.

DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS DE FALTAS GRAVES: Art. 87 Notificación escrita y citación al padre de familia o apoderado, sobre la actitud inadecuada de la estudiante. Art. 88 Entrevista con el padre de familia o apoderado. a. Acta de compromiso: ➢ Se registran las acciones que implementarán los padres y la estudiante para el cambio de actitud. Este compromiso puede condicionar la permanencia en el Colegio y su admisión para el año siguiente; siempre y cuando los antecedentes lo ameriten. ➢ Se aplicará el calificativo “B” en la conducta del bimestre. Art. 89 Se solicita la intervención de especialistas externos y acompañamiento multidisciplinario a cargo del tutor y la coordinación pedagógica y el área de psicopedagogía, quienes deberán emitir los informes respectivos de intervención y acompañamiento.

DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS DE FALTAS MUY GRAVES Art. 90 Ante las faltas consideradas muy graves, se convoca al Comité de Coordinación Interna y se establece el Acta de permanencia de la estudiante, citando a los Padres de Familia o apoderados en un plazo máximo de 24 horas: a. Notificación escrita y citación al padre de familia o apoderado.

Desde esta perspectiva, antes de acudir a correcciones, se invitará a la estudiante, a sus padres y/o apoderados; a reflexionar, dialogar y confrontar puntos de vista sobre la falta cometida, con el fin de que la estudiante se haga responsable de las consecuencias de sus actos y asuman una actitud de arrepentimiento, genere un propósito reparador del daño y reestablezca las acciones afectadas. En la aplicación de los correctivos siempre se respetará la dignidad humana.

Las medidas correctivas son acciones que se realizan como parte del proceso disciplinario para lograr la reflexión personal y comunitaria sobre las faltas que cometiera una estudiante con la finalidad de modificar su comportamiento. Estas incluyen acciones de reflexión, intervención y de reparación.

DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS

Art. 83

Art. 95

SOBRE EL UNIFORME ESCOLAR Art. 93 Tener buena presentación personal, mostrando cuidado en su aseo y vestimenta. El uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir al CEP SRL y a todos los actos o ceremonias internas o externas. El uniforme y la presentación personal consiste en: a) Blusa blanca, manga larga.

a) Diploma de excelencia al término del Quinto Año de secundaria, según las normas vigentes.

DE LOS ESTÍMULOS A LA ESTUDIANTE Art. 91

Art. 94

l) Uniforme de gala (bléiser azul marino según diseño de la institución).

Art. 92

Los estímulos con carácter personal que otorga el CEP SRL son:

c) Jumper según diseño de la institución, bajo la rodilla. d) Chompa y/o casaca azul con el logotipo respectivo y diseño del colegio.

b) Diploma de reconocimiento al término del Quinto Año de secundaria, a los diez primeros puestos del ranking académico del nivel secundaria.

Las estudiantes son acreedoras a estímulos de carácter personal o grupal por acciones extraordinarias. Se consideran acciones extraordinarias las realizaciones en bien de su prójimo, del CEP SRL, de la comunidad y de la nación.

El uso del uniforme de Educación Física es obligatorio en las clases de dicha área. El no traer este uniforme, así como agua y protector solar, limita el buen desarrollo de las actividades del área y el cuidado de la salud.

b) Corbatín azul marino bordada con las iniciales SRL.

e) Medias o pantis azul marino con el logo respectivo. f) Sombrero azul marino con el logo respectivo. g) Zapatos negros h) Mochila de color azul marino o negro. i) Cabello recogido (cola alta) con colette negro y gancho del CEP SRL. j) El rostro sin cosméticos y con la frente despejada. k) Uñas recortadas en forma moderada, limpia y sin esmalte.

c) Reconocimientos para las estudiantes que demuestren eficacia y excelencia en su formación personal durante el año lectivo en: ⮚ Desarrollo académico (responsabilidad, puntualidad, perseverancia y esfuerzo).

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 34 b. Entrevista con el padre de familia o apoderado. c. Levantamiento de acta de acuerdos y determinaciones d. El calificativo que se aplicará en la conducta será “C” en el bimestre. e. Registro en el libro de incidencias o plataforma SISEVE.

El uniforme de Educación Física es establecido por el CEP SRL y debe estar marcado con su nombre y apellido al igual que las demás prendas del uniforme escolar. Las prendas de vestir son: a) Buzo oficial completo color blanco y negro con estampado o bordado del CEP SRL. b) Polo blanco manga larga con logotipo bordado del CEP SRL. c) Zapatillas blancas. d) Medias blancas con logotipo bordado. e) Colette blanco f) Toalla para su aseo personal. g) Balerinas (nivel inicial, primer y segundo grado de primaria) h) Sombrero azul según modelo establecido.

⮚ Destacada participación en actividades deportivas y culturales. ⮚ Liderazgo en actividades de proyección social y de pastoral. ⮚ Capacidad de resiliencia. ⮚ Liderazgo en el cuidado del medioambiente. ⮚ Representatividad de la institución.

➢ En el caso de tres o más inasistencias durante la semana, los padres de familia están obligados a presentar, por medio de secretaria, los documentos probatorios que justifiquen las inasistencias, los mismos se presentan en el transcurso de los tres primeros días de su enfermedad o inasistencia acompañado con su respectivo FUT.

c) Las tardanzas son justificadas únicamente por situaciones de salud.

Art. 97 El procedimiento sobre la asistencia, será de la siguiente manera:

d) Las instancias de justificación para las inasistencias son:

c) Los docentes en general registran la asistencia de las estudiantes en sus horas de trabajo.

a) Se considera tardanza al ingreso del plantel después de la hora establecido.

e) Los tutores que registren tres o más inasistencias injustificadas comunican a la coordinación de desarrollo humano por medio de los auxiliares para determinar las medidas de intervención y acompañamiento.

d) Los auxiliares de cada nivel registran diariamente la puntualidad o tardanza de las estudiantes en la agenda escolar y en la plataforma institucional.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 35 DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD Art. 96 En concordancia con el ideario, el presente Reglamento orienta la convivencia fraterna de las estudiantes, a fin de que cada una desarrolle su autonomía, sentido de libertad, responsabilidad, honradez, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona.

Nivel Académico Hora de ingreso Hora de salida: Inicial 3 años 8.00 am 8.15 am 1.00 pm Inicial 4 y 5 años 1.40 pm

b) Toda tardanza se evidencia en la Agenda Escolar y en el Registro de nuestra plataforma institucional.

b) Los auxiliares de cada nivel registran diariamente la asistencia y presentación personal de las estudiantes.

e) Las instancias o proceso de justificación para las tardanzas son: ➢ En el caso de una o dos tardanzas, llamada de atención verbal y recomendación. ➢ En el caso de tres o más tardanzas, llamada de atención al padre de familia y firma de compromiso. ➢ En el caso de cuatro o más tardanzas reiteradas, citación al padre de familia y firma de compromiso notarial. Art. 99 Para el trabajo dentro de la jornada escolar se consideran los siguientes horarios de clases:

f) Las estudiantes que participan de los talleres extracurriculares, deportivos, artísticos y académicos deberán permanecer hasta que el PPMMFF recoja a su menor hija de la I.E. según el horario establecido. Art. 98 Los procedimientos en casos de tardanzas son:

➢ En el caso de una o dos inasistencias, el padre de familia o apoderado de la estudiante debe justificar por escrito mediante la agenda escolar dirigida al auxiliar de educación.

a) Las inasistencias son justificadas únicamente por situaciones de salud.

Primaria: 1er a 3er grado 7. 30 7.45 am 2.30 pm Primaria: 4to a 6to grado 2.40 pm Secundaria 3.00 pm

o) Manifestar sencillez, cercanía, ayuda y perdón en sus relaciones interpersonales.

p) Manifestar un buen comportamiento en todo momento, dentro y fuera del CEP SRL con o sin uniforme.

e) Recibir una formación integral necesaria que garantice el logro de competencias.

l) Participar en acciones que promuevan el cuidado de la ecología desde un enfoque ambiental sostenible.

b) Cumplir los deberes como estudiante, en los aspectos de formación ética, religiosa, cívica, patriótica, académica, vocacional y de cuidado ambiental con autonomía y liderazgo.

f) Dar cuenta responsablemente de sus aprendizajes en favor de su formación integral.

g) Participar responsablemente, en las actividades de extensión, deportes, recreaciones, religiosas u otras que se desarrollen en cumplimiento al calendario de actividades o por invitaciones de instituciones.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 36 CAPÍTULO V DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD DE LAS ESTUDIANTES Art. 100

i) Presentar cualquier reclamo u observación a las instancias respectivas.

a) Comprender y comprometerse a cumplir las normas axiológicas del CEP SRL que la motiven a vivenciar principios y valores propuestos por la iglesia y la Promotoría.

h) Asistir a clase con los materiales de trabajo que se requieren para el proceso de aprendizaje.

h) Ser informada de las disposiciones que le conciernen como estudiante.

c) Asistir con puntualidad a las labores escolares, vistiendo correctamente el uniforme según se establece en el presente reglamento.

m) Saber cuidarse física, moral, espiritual y psicológicamente.

i) Aceptar con dignidad las medidas correctivas que se hace merecedora por las faltas, errores u omisiones causadas por negligencias.

f) Recibir el apoyo psicopedagógico y las orientaciones pertinentes para que pueda superar las situaciones y necesidades propias de su edad.

j) Permanecer en los ambientes correspondientes de acuerdo al horario escolar: desarrollo de sesiones, recreo, hora de la fruta y otros.

Son derechos de las estudiantes:

g) Ser tratada con dignidad y respeto sin discriminación alguna.

d) Respetar la dignidad y reconocer la misión de sus educadores y compañeras.

a) Recibir una formación integral, basada en valores humanos y cristianos con actitudes de cuidado medioambiental, dentro de un clima favorable y armonioso

b) Ser informadas de los criterios de evaluación tomados en cuenta para el proceso de aprendizaje.

m) Participar en la generación de Normas de Convivencia para su grado y Sección, convergentes con aquellas que rigen a todo el personal del colegio.

Art. 101 Son responsabilidades y obligaciones de las estudiantes:

n) Entregar a los tutores, a la hora de ingreso al aula, celulares y otros aparatos electrónicos.

c) Recibir comprensión y guía oportuna de parte de sus educadores

j) Gozar de un programa de reajuste y reforzamiento académico en el caso que presente desnivel en su aprendizaje.

l) Recibir orientaciones sobre una alimentación saludable, soporte emocional, actividades recreativas, culturales, religiosa y otros de acuerdo a su edad

k) Ser considerada en las evaluaciones de proceso, fuera de las fechas programadas, cuando su inasistencia ha sido debidamente justificada.

d) Recibir trato respetuoso, consideración a sus iniciativas, acogida a su expresión libre y creativa de sus ideas, para su pleno desarrollo.

k) Participar en las acciones del Comité de Gestión de Riesgos y desastres y medio ambiente.

e) Colaborar en el mantenimiento del buen clima institucional, participando con libertad, responsabilidad; así como manejar el control de sus emociones valorando la vida en todas sus expresiones.

s) Colaborar con la higiene de los espacios del CEP SRL, colocando los residuos en los tachos correspondientes y asumiendo la selección de residuos adecuadamente.

t) Traer y utilizar la agenda escolar todos los días, como un instrumento de comunicación entre el PPMMFF y el CEP SRL.

r) Guardar orden y disciplina en todas las actividades programadas, así como en los espacios comunes de trabajo y de oración.

c) Demostrar originalidad en la elaboración y entrega de sus proyectos y productos de una sesión de aprendizaje.

g) Al sentarse en la carpeta observa una actitud ergonómica observando el cuidado de su salud.

DE LAS PROHIBICIONES Art. 103

e) Portar, consumir o comercializar estupefacientes dentro del Colegio.

DEL PERSONAL SANTARROSINO Art. 104 Personal que labora en el CEP SRL son profesionales de la educación con título pedagógico o profesionales diversos con capacitación en su área o especialidad contratados según ley.

h) Jugar con alegría y prudencia evitando accidentes.

a) Traer objetos no autorizados o que no corresponden a actividades académicas (salvo estricto requerimiento para actividades académicas).

g) La estudiante asume la total responsabilidad del deterioro o pérdida de su celular u otro artefacto electrónico no debidamente informado y no registrado con la tutora o auxiliar de educación.

b) Cultivar, fomentar la disciplina y la atención durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje.

Son responsabilidades de las estudiantes cultivar medidas formativas:

d) Fumar o ingerir bebidas alcohólicas dentro y fuera de la institución Educativa.

Art. 105 El personal santarrosino cumple su misión con sentido crítico, dinámico y vivencial, aplicando estrategias, métodos y procedimientos acorde a los nuevos avances científicos, humanísticos y tecnológicos conservando y cuidando el medioambiente. Art. 106 Son derechos del personal santarrosino:

a) Cuida su aseo personal diario y su presentación: peinado de la estudiante, calzado limpio, uniforme de gala, de diario y de Educación Física vigentes de la institución educativa.

c) Falsificar la firma del padre de familia o apoderado y/o hacer uso de contraseñas que no son de su propiedad.

q) Contribuir al cuidado, mantenimiento, limpieza y conservación de la infraestructura, mobiliario e instalaciones del CEP SRL, responsabilizándose del deterioro que ocasione.

d) Consumir su refrigerio durante los recreos y fuera del aula.

e) Ingresar a laboratorios u oficinas previa autorización del responsable.

v) Poner en conocimiento del PPMMFF toda información emanada del CEP SRL y entregar el desglosable de recibido en el lapso de 24 horas.

b) Ingresar al Colegio fuera del horario habitual de clases sin la justificación respectiva.

w) Participar democráticamente en la elección de sus representantes del municipio escolar y asumir las medidas correctivas correspondientes en caso de infringir las reglas del proceso electoral.

u) Consumir de manera responsable alimentos nutritivos, respetando la hora de la fruta, teniendo en cuenta la soberanía alimentaria, consumo de agua y el uso de bloqueador solar.

f) Se abstiene de conversar o fomentar indisciplina durante la formación.

a) Ser contratados por escrito y estar amparados por el régimen laboral de la actividad privada. b) Percibir las remuneraciones y demás beneficios de acuerdo a ley. c) Recibir capacitación de la Institución, de conformidad con las políticas y normas presupuestales vigentes, a fin de lograr su especialización y desarrollo profesional.

f) El uso de los celulares está condicionado a específicos momentos de interés académico; de lo contrario, permanecen custodiados a responsabilidad del tutor(a).

Queda terminantemente prohibido:

Art. 102

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 37

i) Asistir a los eventos de capacitación y formación continua, convocados por el colegio. El ausentismo, abandono o desaprobación de los eventos de capacitación sean internos o externos serán sancionados con el descuento del costo total del curso, salvo motivo debidamente justificado.

k) Cumplir con todas las medidas de seguridad y salud en el trabajo dispuestas por el colegio y por sus superiores jerárquicos.

l) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los documentos de planeación estratégica del Colegio (PEI, PCI, PAT, RI y otros).

b) Cumplir con el Reglamento Interno y las demás disposiciones normativas que emita la Institución.

Son responsabilidades del personal santarrosino: a) Identificación y compromiso con la mejora de la calidad educativa.

f) Guardar, absoluta reserva, sobre los asuntos estratégicos, operativos, administrativos, legales, financieros y contables, cuya divulgación no esté expresamente autorizada por escrito.

Art. 107

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 38 d) Desarrollar sus funciones en un ambiente garantizado con medidas de seguridad, salud e higiene en el trabajo. e) Solicitar orientación o formular reclamos verbales o escritos, ante las instancias pertinentes del colegio, cuando estos sean razonables, posibles y justificados, siguiendo las líneas jerárquicas correspondientes, cuando considere vulnerados sus derechos laborales.

m) Tiene derecho a recibir estímulos en reconocimiento a su cumplimiento, esfuerzo y dedicación al trabajo n) Y otros establecidos por el artículo 41° de la Ley 29944 De la Reforma Magisterial y demás dispositivos legales vigentes.

h) Proponer, a través de los respectivos canales de comunicación, planteamientos e iniciativas que contribuyan a la mejora de la eficiencia del colegio

j) Gozar del descanso vacacional siempre que cumpla los requisitos exigidos por los dispositivos laborales vigentes y de acuerdo a la normatividad interna de la institución.

c) Actuar siempre de buena fe y ejecutar las labores propias de su función cumpliendo estrictamente las órdenes recibidas con responsabilidad, diligencia, disciplina y poniendo en ello el máximo interés, capacidad y eficiencia. d) Asistir puntualmente al centro de trabajo y cumplir con la jornada y el horario establecido, incluyendo el horario de refrigerio, así como los turnos en la Institución, según corresponda.

g) Utilizar los bienes, materiales, insumos, equipos, sistemas, redes de cómputo y cuentas de correo electrónico asignados, adecuada y estrictamente para la labor que desempeña en la Institución. Se prohíbe, terminantemente su uso para fines no laborales o en provecho personal o de terceros.

j) Usar en forma adecuada los uniformes y equipos de protección personal entregados por la Institución, de acuerdo a la naturaleza de la labor que desempeña.

l) Conservar en buen estado, salvo el deterioro y desgaste natural, las herramientas, instrumentos y útiles que se le proporcione, así como los materiales e implementos de seguridad y de trabajo que utilice para el desempeño de sus labores.

k) Participar en un proceso de inducción que le permita conocer y cumplir las disposiciones del C.E.P. Santa Rosa de Lima.

f) Gozar de la confidencialidad en el manejo de la información contenida en su legajo personal, de acuerdo a ley.

i) Tener conocimiento del Reglamento Interno de Trabajo, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y cualquier otra disposición o norma interna de la Institución que impacte en sus actividades.

e) Informar y cumplir debidamente con las labores asignadas, con eficiencia y cuidado, dentro de los plazos establecidos.

h) Informar de cualquier anormalidad en los equipos con los que labora.

g) Recibir un trato respetuoso e igualitario, cualquiera sea su condición o jerarquía dentro de la Institución.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 39

u) Respetar el principio de autoridad y los niveles jerárquicos, cumpliendo con los canales de comunicación entre estos.

o) Cumplir con la presentación de todos los documentos requeridos por el colegio, para su legajo personal y para su actualización permanente.

aa) Reportar eventos e incidentes relacionados a la seguridad, riesgos potenciales u otro que pueda afectar la seguridad del colegio.

s) Guardar respeto a sus superiores y compañeros de trabajo, así como mantener un trato cortés con las personas ajenas a la Institución con las que tuviera que alternar por las funciones que desempeña, observando compostura y trato correcto, manteniendo con ello armonía en el trabajo.

z) Avisar por cualquier medio a su superior inmediato, en el tiempo más breve, en caso de no poder asistir al trabajo por enfermedad u otra causa.

b) El uniforme de uso diario (martes a jueves) es de la siguiente forma:

q) Adoptar las medidas correspondientes para la atención preferente al usuario que se encuentre con discapacidad, en estado de gestación, niños, niñas y adultos mayores.

t) Mostrar un comportamiento ético correcto dentro y fuera del colegio, en todo momento, resguardando su imagen institucional y mantener una conducta moderada acorde al lugar y circunstancias.

cc) Registrar el ingreso y la salida en portería de cualquier dispositivo electrónico u otro instrumento de propiedad personal al centro de trabajo.

x) Cumplir con las demás medidas de seguridad y salud, establecidas en el Reglamento de seguridad y salud en el trabajo y la ley.

➢ El personal masculino viste saco clásico color azul eléctrico, pantalón plomo plata, camisa blanca, corbata rojo granate, zapatos negros.

v) Usar apropiadamente el correo electrónico y los medios electrónicos y tecnológicos otorgados por la Institución, así como mantener en reserva sus claves de acceso a los sistemas digitales de la Institución.

w) Someterse a las evaluaciones y exámenes médicos que disponga la ley.

dd) Tratar con respeto y amabilidad a los compañeros de trabajo, evitando el maltrato psicológico, conducta hostil o intimidatoria y cualquier tipo de acoso en el trabajo, también conocido como “mobbing”. ee) Cualquier otra obligación surgida en virtud del presente Reglamento, el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, reglamentos, procedimientos y políticas internas, disposiciones emitidas por el colegio, contrato de trabajo, normas legales, y/o cualquier otra fuente de derechos y/u obligaciones.

r) Observar los principios de honestidad, sinceridad y veracidad durante el cumplimiento de sus funciones y al momento de dirigirse a sus superiores jerárquicos.

n) Devolver los implementos de trabajo y de seguridad proporcionados por la Institución, cuando la Institución lo solicite, tras haber cesado en el puesto de trabajo.

bb) Recibir o firmar el cargo de recepción de los documentos, memorándums, cartas, o cualquier otra comunicación de carácter interno que se le remita, sea dirigida por Dirección, o por cualquier otra autoridad del colegio

y) Participar en los procedimientos de evaluación laboral que establezca la Institución, así como en las encuestas de clima laboral.

Art. 108 Lineamientos generales para el uso de uniforme diario y de gala: a) El uniforme de gala para los días lunes, fechas cívicas actividades internas y externas es de la siguiente forma: ➢ El personal femenino viste saco azul eléctrico según modelo establecido, jumper color plomo plata, panty color smoke (koketa), zapatos color azul.

m) Buen uso de los materiales educativos y recursos tecnológicos que está a su cargo, en caso de pérdida o deterioro por descuido asumirá el costo.

p) Comunicar oportunamente y por escrito cualquier cambio o variación de sus datos personales, familiares, estado civil o domicilio. Caso contrario, se tendrá por vigente los datos consignados por el trabajador.

d) Si después de las llamadas de atención verbal y escrita, el trabajador no cambia de actitud, se somete a las medidas que establece la ley laboral vigente, contenidas en el Decreto Supremo 003 97 TR y el presente reglamento. e) Separación del centro educativo por faltas graves contra la moral y buenas costumbres, de conformidad con las normas legales vigentes.

d) El personal de educación física deberá asistir con el uniforme de gala los días lunes (primera hora) y se podrán cambiar con el buzo de acuerdo a su horario personal de dictado de clases.

n) Abandonar la institución educativa en horas de labor, sin permiso ni justificación alguna.

a) Incurrir en actos reñidos con la moral y buenas costumbres

e) Realizar ventas de libros, artículos escolares y otros a las estudiantes y personal del CEP SRL.

i) El reiterado incumplimiento injustificado, de sus deberes y obligaciones, a su cargo.

c) Los días viernes todo el personal viste con el buzo de colegio (blanco y negro) y polo del colegio.

m) Hacer abandono injustificado de su aula en horas de clase.

a) Amonestación Verbal. Se invita mediante la reflexión abstenerse de hacer algo contrario a las normas establecidas y es aplicada por la Dirección o superiores inmediatos.

e) Asistir al colegio en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes poniendo en riesgo la integridad del personal y las estudiantes.

h) Incumplir con los deberes de su función.

c) Memorándum por reincidencia; con copia al Ministerio de Trabajo.

b) Memorándum especificando el incumplimiento de lo establecido en el reglamento interno.

d) Dedicarse a labores particulares en horario de trabajo.

g) No presentar en la fecha indicada los trabajos, informes, etc., solicitados por la Dirección y demás coordinaciones.

j) Falsificar documentación oficial. k) Ausencia injustificada a su horario laboral.

Art. 110 El motivo de las sanciones o prohibiciones es evitar que se altere el orden, la disciplina, la buena marcha del quehacer educativo y clima institucional del CEP SRL.

d) Vender cualquier tipo de material sin la autorización de la dirección.

c) Hacer propaganda política o partidista en los ambientes del CEP SRL.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 40 ➢ El personal femenino viste saco o casaca azul marino, pantalón plomo plata, blusa celeste y zapato negro ➢ El personal masculino viste saco o casaca azul marino modelo clásico, pantalón plomo plata, camisa celeste, corbata azul ya establecida.

f) Dar clases particulares remuneradas a las estudiantes del colegio, dentro o fuera de la Institución Educativa.

l) Censurar o desacatar disposiciones de la autoridad: dirección, subdirección y coordinaciones.

p) Usar el celular durante el dictado de clases.

g) Hacer publicaciones dañinas al prestigio del Plantel o de las autoridades de la Institución Educativa.

Art. 112 Sanciones:

f) Llegar continuamente “tarde” a la hora de ingreso a la institución o aula.

Prohibiciones:a)Atentarcontra la salud física, moral y/o psicológica de las estudiantes, padres de familia y/o del personal del CEP SRL.

b) Dar mal ejemplo en aspectos especialmente morales, religiosos y ecológicos.

Art. 111

o) Usar los implementos de trabajo del CEP SRL para otros fines sin el permiso necesario.

b) Proporcionar o facilitar a terceros, información parcial o total de carácter reservado del CEP SRL.

c) Promover panderos, rifas, ventas de productos o cualquier otra actividad que no tenga autorización expresa de la Dirección.

e) El uso del uniforme de gala y de diario rige a partir de la apertura del año lectivo Art. 109 Son faltas atribuidas al personal:

b) Resolución directoral de felicitación ➢ Por su participación activa y por la difusión en trabajos de innovación pedagógica. ➢ Por el cumplimiento en la entrega en los plazos previstos de los documentos de planificación y gestión educativa. ➢ Por la labor desempeñada durante los 25, 30 y 35 años de servicio en la institución.

a) Diploma de honor al mérito por su destacada participación en la programación y desarrollo de actividades.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

c) Estímulo material de acuerdo a la disponibilidad económica. d) Incentivo económico especial previa evaluación de la promotoría y dirección del colegio. e) Financiamiento de capacitaciones.

3. Convocatoria de personal nuevo: Se realiza a través de anuncios en periódicos, página web y redes sociales de la Institución y a través del mismo personal santarrosino.

El CEP SRL otorga al personal santarrosino según su excelente labor los siguientes estímulos:

b. Comunicación a candidatos seleccionados.

DE LA SELECCIÓN DE NUEVO PERSONAL Art. 115 El proceso de selección del personal docente y/o administrativo se realizará siguiendo las etapas que se indica a continuación: 1. Definición del perfil: El perfil debe considerar tres elementos esenciales: a. PreparaciónDominioFormaciónprofesional:profesionalenestrategias activas y técnicas e instrumentos de evaluación que respondan al contexto y desafío educativo vigente (modalidad presencial y virtual) Formación en los últimos tres años en la especialidad que postula. b. Características personales. c. Experiencia documentada como mínimo 4 años.

5. Toma de decisiones y contratación

Art. 114

2. Definición de la necesidad de plaza.

6. Incorporación e inducción. Art. 116

4. Pre selección: a. Evaluación de CV documentado con la siguiente estructura: Datos Personales: Nombre, DNI, dirección, teléfono, correo electrónico, fecha de nacimiento con foto actual. Formación OtrosCopiaFormaciónExperienciaacadémicaprofesionalcomplementariadesuDNIdocumentos

41 f) Descuento de las remuneraciones del mes siguiente, cuando se trata de tardanzas o inasistencias injustificadas Art. 113 De los estímulos Es característica del CEP SRL alentar el esfuerzo a todo nivel y circunstancia, como parte integrante de una buena actitud pedagógica, evangelizadora y ecológica, consciente de la influencia constructiva en desarrollo personal y profesional.

Los criterios de evaluación que se consideran para el personal postulante son: a. Evaluación de competencias clase modelo. b. Evaluación psicológica c. Evaluación de conocimientos d. Entrevista personal. Art. 117 La comisión de selección de personal docente y administrativo está integrada por los siguientes responsables:

42 a. Dirección. b. Coordinación pedagógica o administrativa (dependiendo de la plaza requerida).

e) Recibir información oportuna sobre el servicio educativo (Boletín Informativo).

El escalafón permite: a) Registrar el ingreso del personal en base a: Certificado de salud mental, antecedentes penales, policiales y judiciales. b) Registrar el ingreso del personal, su formación académica y experiencia profesional. c) Apreciar el desempeño laboral. d) Registrar y valorar los méritos. e) Registrar las deficiencias y deméritos. f) Hoja de vida (Actualizar anualmente).

c. Coordinación de Desarrollo Humano. d. Área de psicología.

g) Brindar información sobre la excelencia y eficiencia de los servicios que presta el trabajador a fin de tomar las decisiones para optimizar la acción y gestión educativa.

d) Elegir y ser elegida en el comité de aula.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

DEL ESCALAFÓN, FINALIDAD Y OBJETIVOS

f) Recibir orientaciones a través de talleres y reuniones informativas sobre el cuidado de la salud, control emocional, la integridad física, prevención de todo tipo de acoso o violencia escolar y otros temas coyunturales que promueve el colegio.

Son considerados Padres y Madres de Familia (PPMMFF) o Apoderados quienes tengan hijas matriculadas en la institución o representen bajo poder notarial a alguna estudiante en el Colegio durante el año lectivo. Art. 123 Son derechos de los Padres y Madres de Familia: a) Ser tratados con respeto, justicia y dignidad. b) Recibir informes sobre el rendimiento académico de su menor hija mediante el sistema virtual o presencial, teniendo en cuenta las disposiciones del MINEDU en relación con la evaluación.

Art. 118 Para la contratación. Concluido el proceso de selección el personal admitido debe además adjuntar la siguiente documentación a su expediente en el siguiente orden: a. CV documentado y actualizado. b. Hoja de vida formato del CEP SRL. c. Copia DNI legalizada. d. Antecedentes penales. e. Antecedentes policiales. f. Antecedentes judiciales. g. Certificado de salud mental emitido por el MINSA. h. Ficha escalafonaria.

Art. 119 El escalafón del personal del CEP SRL, está conformado por un conjunto de datos y documentos que se registran y actualizan permanentemente de forma válida y confiable sobre el acceso, permanencia, evaluación y promoción de quienes laboran en la institución.

h) Currículum vitae documentado. Art. 121

Art. 120

c) Ser atendidos en forma oportuna en sus demandas, sin discriminación de ninguna índole, tomando en cuenta las necesidades del contexto actual y en caso sea necesario presentar documentos sustentatorios.

Art. 124

Son responsabilidades de los Padres de familia:

El propósito del escalafón es determinar el grado de excelencia profesional en la labor que se desempeña y mantener actualizados los datos de cada profesional o trabajador.

DE LAS FAMILIAS Art. 122

j) Respetar las medidas disciplinarias que el colegio aplique frente a conductas contrarias a la buena convivencia de las estudiantes.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 43

o) Firma el convenio o contrato de servicio educativo con el CEP SRL según las fechas que corresponden a las matrículas, así como consignar y adjuntar los datos y documentos solicitados.

f) Buscar o interrumpir a los profesores en horas de clase para hacer consultas u otros.

i) Participar activamente en las reuniones y/o actividades programadas por el colegio (creciendo en familia, reuniones de aula, entrega de reporte de notas y otros).

b) Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección, coordinaciones y tutores.

e) Aceptar la organización política, administrativa y económica del Colegio.

l) Los padres de familia deben traer a sus hijas al colegio, antes de la hora de ingreso, en buen estado de salud, con los materiales de trabajo necesarios y recogerlas oportunamente a la hora de salida. La seguridad de las estudiantes, después de la hora de salida es responsabilidad de sus padres. m) Justificar con medios probatorios la inasistencia de su menor hija, así como el incumplimiento continuo de sus deberes escolares según las instancias de atención correspondientes.

p) Promover la experiencia de Dios personal, familiar y eclesial. Art. 125 Son prohibiciones:

Art. 127

La COPAFA participa con el CEP SRL mediante reuniones periódicas con la Dirección, las cuales versan sobre los siguientes puntos:

a) Tener en cuenta el presente Reglamento, las normas emitidas por el mismo y cumplirlas.

a) El uso inadecuado del WhatsApp o semejantes, para organizarse y realizar comentarios inadecuados que exprese maledicencia, entre pares, directivos y personal del Colegio.

n) Evitar la organización de actividades sin la autorización de la Dirección en las instalaciones educativas y/o a nombre de la Institución.

h) Cuidar de la salud de su menor hija, y evitar su asistencia a clases cuando adolece de alguna enfermedad que merezca descanso.

c) Ser aliados estratégicos en el desarrollo de aprendizajes de su menor hija, apoyando y garantizando el proceso de desarrollo integral.

e) Traer a sus hijas materiales educativos, mochilas o loncheras olvidadas en casa en el transcurso del horario escolar.

c) Concurrir al Colegio en estado de ebriedad.

La Comunidad de Padres de Familia (COPAFA) es un órgano estricto de apoyo a la acción educadora y evangelizadora del CEP SRL, responsable de contribuir al mejoramiento, calidad y eficiencia de los servicios educativos, en acción directa y concreta con los demás agentes del CEP SRL. Vela por el buen clima entre los PPMMFF. No tiene injerencia en los asuntos internos de carácter administrativo del CEP SRL.

g) Ingresar a pabellones, aulas y otras instalaciones académicas en horario de dictado de clases sin previa autorización de la Dirección.

g) Cumplir de forma oportuna con el pago de pensiones correspondientes al servicio educativo.

d) Quebrantar las instancias de la Institución, para dar a conocer incidencias relacionadas al aspecto académico y conductual.

d) Educar a su hija sobre la base de los valores cristianos, éticos, cívicos, sociales y ecológicos con el ejemplo, respetando la axiología, principios del Colegio y colaborando con lealtad e identidad.

b) Agredir física y psicológica a estudiantes, personal del Colegio u otros padres de familia dentro y fuera de nuestra Institución Educativa.

DE SU ORGANIZACIÓN Art. 126

f) Inculcar en su hija el cumplimiento de sus obligaciones o responsabilidades fomentando la conciencia ambiental como estudiante.

k) Cumplir de manera oportuna cuando la Institución solicite su presencia para tratar temas relacionados con el proceso académico disciplinario y otros de su menor hija.

a) Ser transparentes y leales en el desempeño de sus funciones.

Art. 129 La COPAFA está constituida por los siguientes estamentos: a) Asamblea general b) Junta directiva general c) Comités de aula Art. 130 La Asamblea General es el órgano máximo de gobierno de la COPAFA y está constituida por la reunión de los integrantes de los Comités de Aula. Tiene la finalidad de acompañar y hacer seguimiento a la Junta Directiva de COPAFA de conformidad con el presente Reglamento.

Son funciones de la Asamblea General:

Art. 128

La Dirección del CEP SRL asiste obligatoriamente a las sesiones de la Junta Directiva de la COPAFA y reuniones de juntas directivas de PPMMFF, dependiendo de su planificación.

Art. 132

f) Contribuir a la buena marcha del CEP SRL y velar por su prestigio.

La asamblea general es convocada por el/la presidente de la Junta Directiva general, en coordinación con la Dirección del CEP SRL. Se realizan una o dos veces al año si así lo requiere el Plan de Trabajo. A falta de esta convocatoria la efectuará la Dirección del CEP SRL.

g) Ser agentes activos en el desarrollo de las actividades con énfasis en acciones medioambientales.

c) Aprobar y conocer los informes presentados sobre la gestión de la junta directiva.

Art. 133

d) Determinar las responsabilidades derivadas de la gestión de la Junta Directiva.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 44

Art. 131

a) Planeación y organización del proceso educativo, a fin de mejorar los niveles académicos en la formación de sus hijas.

Art. 134

c) Proyectos medioambientales que motiven e impulsen a todos los PPMMFF del CEP SRL.

b) Organizar y aprobar actividades en concordancia con el Plan de Trabajo Anual.

e) Promover charlas de carácter formativo espiritual para PPMMFF y estudiantes.

Los acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias se adoptarán con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes anotándose en el libro de Actas. Este libro es llevado por el secretario (a) de la Junta Directiva de la COPAFA.

La Junta Directiva está compuesta por: 1. Un presidente. 2. Un secretario. 3. Un tesorero. 4. Dos delegados. Art. 135 Son funciones de la Junta Directiva: a) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General en la medida que responda a los objetivos y Plan Institucional. b) Elaborar el plan de trabajo y el presupuesto anual, en coordinación con la Dirección del CEP SRL, tomando en cuenta los puntos de su competencia. c) Participar en el desarrollo de las actividades educativas formativas que ejecuta el CEP SRL con la finalidad de consolidar los valores y significados religiosos, medioambientales, culturales, nacionales, regionales y locales. d) Respetar el desarrollo académico que efectúa el docente, siendo esta competencia de la Dirección y la Entidad Promotora. e) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Políticas institucionales dirigidas a consolidar los valores y significados culturales, pastorales, nacionales y locales.

Art. 136

La Dirección del CEP SRL, cada dos años, convoca a elecciones o designa a los integrantes de la Junta Directiva, pudiendo renovarse dicha designación. La nueva Junta Directiva entrará en funcionamiento el día de su proclamación y Juramentación efectuada el mismo día.

c) Los apoderados que en forma transitoria asumen responsabilidades sobre la estudiante.

d) Los exdirigentes y asociados que tengan antecedentes penales o estén inhabilitados en sus derechos. e) Los PPMMFF con menos de 02 años calendario de permanencia en el CEP SRL. Art. 139 Los miembros de la Junta Directiva de la COPAFA no podrán ser simultáneamente miembros de la Junta Directiva de aula. La elección de los miembros para los cargos de la nueva Junta Directiva se efectuará mediante voto democrático Art. 140 Los candidatos a cargos en la Junta Directiva deberán tener como principios: a) Identidad con los principios y valores institucionales. b) Ser coherentes con sus actos.

a) Las autoridades Políticas y de los gobiernos regionales, alcaldes y los funcionarios o directivos del sector educación.

c) Propiciar y apoyar la ejecución de actividades, religiosas, culturales, sociales, educativas a favor de las estudiantes y comunidad santarrosina.

b) El personal directivo, jerárquico, docente o administrativo del CEP SRL.

Art. 138 Los miembros para la Junta Directiva de la COPAFA no podrán ser integrados por:

142 El tutor (a) es el asesor del Comité de Aula. Los miembros del Comité de Aula son designados cada año. En el caso de ser elegidos para integrar la junta directiva de COPAFA, serán reemplazados por otros PPMMFF en coordinación con el tutor del CEP SRL. Art. 143 Los cargos de presidente y tesorero serán elegidos en reunión de aula, entre PPMMFF que permanezcan en la institución no menos de dos años a excepción del nivel Inicial. Art. 144 Para el ejercicio de sus actividades el Comité de Aula elaborará un plan de trabajo, el mismo que será formulado y ejecutado con el asesoramiento del tutor de aula, aprobado y evaluado por PPMMFF de aula y la Dirección. Los comités de aula deberán dejar el libro de actas al finalizar el año académico ante la coordinación de Desarrollo Humano.

DE LAS EXALUMNAS Art. 145 El CEP SRL favorece la organización y representación de sus Exalumnas y reconoce la importante responsabilidad como colaboradoras estratégicas.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 45

d) Toda reunión de Comité de Aula será previa presencia y autorización del Tutor o Tutora en coordinación con la Dirección e) Velar por el buen clima y la fraternidad entre los PPMMFF del aula. Art.

d) Dinamizar las relaciones entre la familia santarrosina Art. 141 El Comité de Aula es el órgano de apoyo y participación a nivel de aula. Tienen las siguientes a)funciones.Apoyar al tutor o tutora de aula en el proceso de aprendizaje enseñanza b) Colaborar con la Junta Directiva de la COPAFA en el logro de los objetivos y funciones propuestos. c) Colaborar con el mantenimiento y conservación del aula.

Art. 137 Terminado las elecciones de la Junta Directiva el Comité de elecciones enviará un comunicado a todos los PPMMFF detallando los nombres de los integrantes de la Junta Directiva para su conocimiento.

✓ Se realiza con la presencia de la familia. ✓ Programación de la reunión informativa con los padres de familia de la postulante.

✓ Se realiza una entrevista multidisciplinaria (área pedagógica, espiritual y psicopedagógica) ✓ La presencia de ambos padres de familia y de su menor hija es importante.

Art. 152 Criterios de priorización para el proceso de incorporación de estudiantes nuevas:

b) Coincidencia declarada o demostrable de la línea axiológica de las familias con las del Colegio.

✓ Se procede a asignar la vacante con el pago del derecho de ingreso.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 46

d) Mantener y contribuir con el prestigio del CEP SRL y su identidad santarrosina.

c) Capacidad de la familia para asumir los compromisos económicos que implica el Colegio (IE Privadas)

✓ Se lleva a cabo según cronograma establecido que facilita a través de la secretaría.

Constituyen recurso de la organización de Exalumnas, los siguientes: a) Las cuotas voluntarias. b) Los fondos que se recauden en las actividades realizadas, conforme a lo aprobado por su junta directiva.

b) Propiciar entre las exalumnas de todas las promociones la cooperación y la ayuda mutua dentro de las esferas de su actividad.

✓ Las fechas de las entrevistas son impostergables.

✓ Serán entregados cinco días calendario después de su entrevista mediante la plataforma institucional.

c) Promover actividades culturales, sociales, ecológicas, artísticas y deportivas entre las estudiantes y exalumnas promoviendo la cooperación y la identidad institucional.

Son fines de la organización de Exalumnas: a) Mantener un vínculo institucional a nivel de exalumnas.

4 Resultados

a) Contar con hermanas matriculadas en el Colegio y que los padres hayan demostrado responsabilidad y participación en la educación de sus hijas en forma activa y asertiva.

Art. 146

CAPÍTULO VI RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN DEL PROCESO DE INCORPORACION Art. 149

3 Entrevista a la familia

Art. 150

Art. 151 Las etapas para el proceso de admisión o incorporación son: Nro ETAPAS DESCRIPCIÓN

El proceso de admisión está dirigido a familias nuevas, en los grados 3, 4 y 5 años del nivel INICIAL, así como para el 1er grado de primaria y otros grados de acuerdo a las vacantes declaradas para el siguiente año lectivo. El mismo se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el documento: “Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las IEs y programas de Educación Básica Regular”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 447 2020 MINEDU.

Art. 148

El proceso de admisión o incorporación, corresponde al proceso de la Gestión de Matricula y se implementa cada año a partir del segundo semestre académico para el siguiente año, con el fin de asegurar las vacantes disponibles.

1 Inscripción y validación de documentos ✓ Presentación de documentos en la pag. web del CEP Santa Rosa de Lima: www.santarosa.edu.pe ✓ Abono por derecho de inscripción. 2 Visita guiada y informativareunión

La organización de Exalumnas tendrá un Reglamento Interno aprobado por la Dirección del CEP SRL. Art. 147

DEL PROCESO DE MATRICULA Y TRASLADOS Art. 154 Son estudiantes del CEP “Santa Rosa de Lima”, quienes están matriculadas en uno de los siguientes niveles que proporciona el Colegio: Nivel Inicial, Nivel Primaria y Nivel Secundaria

155

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

47 d) Compromiso de los padres de familia en participar en la educación de sus hijas en forma activa y asertiva. e) Hijas de exalumnas. Art. 153 El CEP SRL reserva dos vacantes por aula para estudiantes con NEE leves y/o moderadas. En el caso de postulante con NEE asociadas a discapacidad leves o moderadas, deberán presentar el certificado de discapacidad; en su defecto, podrá presentar la Resolución de Discapacidad emitida por CONADIS o el carnet de discapacidad. De no contar con el certificado de discapacidad, se debe presentar el certificado médico emitido por un establecimiento de salud autorizado, que acredite la discapacidad de la postulante. De no presentar el certificado correspondiente, debe presentar un informe psicopedagógico emitido por el SAANEE.

Art. 157

Art. 158 El directivo es el responsable del proceso de matrícula, sin embargo, las familias deben asegurar la matrícula oportuna de su menor hija, respetando y asumiendo el cronograma difundido en su momento. Art. 159 La difusión del proceso de matrícula se realiza mediante el boletín informativo de fin de año, página web, Facebook, correo institucional de las estudiantes, WhatsApp de grupo de aula de PPMMF y mensajería de la plataforma institucional.

Art.

La matrícula se fija anualmente y se cumple de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Dirección, la normatividad vigente y el convenio educativo suscrito entre los PPMMFF o apoderado legal de la estudiante y el Centro Educativo. Art.

Art. 160 Los PPMMFF deben cumplir con los siguientes requisitos en el proceso de matrícula y/o incorporación de estudiantes nuevas:

La matrícula está sujeta al pago único anual correspondiente al servicio educativo que se le brinda. Las familias también cumplen un rol crucial en este proceso.

156 Es obligatoria la participación de los PPMMFF o apoderados al acto de matrícula. La matrícula de la estudiante significa la responsable y libre elección de aceptar que sus hijas recibirán una educación cristiana católica y cumplir la axiología respectiva. El presente Reglamento Interno, da conformidad al precepto constitucional de la libre elección y el de observar los fines de la institución educativa mediante la firma del convenio educativo.

1) No reportar deudas con el Colegio hasta diciembre del año lectivo escolar 2) Voucher de pago por concepto de matrícula.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 48 ESTUDIANTES NUEVAS ESTUDIANTES REGULARES

8. Certificado de estudios visado por la dirección de la IE de procedencia.

14. Declaración jurada con firma legalizada de la aceptación del responsable económico (Persona que está obligada al pago de la cuota de matrícula y pensiones de enseñanza)

5) Declaración de ser padre o madre de familia, tutor legal o apoderado del año lectivo

6) Declaración jurada con firma legalizada de la aceptación del responsable económico (Persona que está obligada al pago de la cuota de matrícula y pensiones de enseñanza)

9) Autorización de consentimiento del padre de familia /tutor/apoderado para el tratamiento de sus datos personales, imágenes (fotografía) y videos.

10) Ficha integral de salud.

3. Documento nacional de identidad del padre y la madre de la menor.

Documentos entregados en la primera etapa.

7) Declaración jurada con firma legalizada del padre de familia /tutor/apoderado responsable del proceso de acompañamiento de la estudiante. 8) Autorización de consentimiento del padre de familia /tutor/apoderado para el tratamiento de imágenes (fotografías), videos y el tratamiento de datos personales de la estudiante.

6. Voucher de pago por concepto de matrícula.

11) Certificado de discapacidad emitido por el CONADIS, si el caso amerita u otro documento de acreditación. Art. 161 La matrícula de estudiantes provenientes de otras instituciones educativas nacionales o extranjeras se realizará después del proceso de ubicación, convalidación y revalidación de áreas académicas, considerando los requisitos establecidos, de acuerdo al número de vacantes disponibles y las normas vigentes DE LA RENOVACION DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Art. 162 Se realizará la renovación del contrato de prestación de servicios educativos de las estudiantes cuyos padres:a)Evidencien coincidencia y comunión con la axiología del CEP Santa Rosa de Lima b) Hayan cumplido con los compromisos firmados con el Colegio (Participación en las reuniones de aula, pago puntual de las pensiones, compromisos asumidos sobre el acompañamiento en el proceso de formación de sus menores hijas)

11. Ficha de datos de la estudiante (Completar la información requerida)

12. Contrato por prestación de servicio educativo vigente (Leer detenidamente y firmar el documento)

2. Documento nacional de identidad de la menor.

5. Cartilla de vacunación (inicial). Documentos a entregar en la segunda etapa (proceso de matrícula).

10. Libreta de información académica con situación final emitido por el SIAGIE Documentos que debe adjuntar del “CEP Santa Rosa de Lima”

4. Constancia de Matrícula de la institución educativa de procedencia generada por el SIAGIE.

9. Resolución Directoral de traslado.

15. Autorización de consentimiento del padre de familia /tutor/apoderado para el tratamiento de imágenes (fotografías), videos y el tratamiento de datos personales de la estudiante.

16. Autorización de consentimiento del padre de familia /tutor/apoderado para el tratamiento de sus datos personales, imágenes (fotografía) y videos.

17. Ficha integral de salud 18. Certificado de discapacidad emitido por el CONADIS, si el caso amerita u otro documento de acreditación. Para el nivel inicial: Constancia de haber realizado tamizaje de hemoglobina. Caso contrario, documento firmado de compromiso para realizarlo en el lapso de los tres meses del año escolar.

3) Actualizar la Ficha de datos de la estudiante.

13. Declaración jurada con firma legalizada del padre de familia /tutor/apoderado responsable en el proceso de acompañamiento de la estudiante.

1. Partida de nacimiento de la menor

7. Ficha única de matrícula con situación final emitido por el SIAGIE.

4) Leer detenidamente y firmar el documento de “Contrato por prestación de servicio educativo del año lectivo escolar”.

El CEP SRL informa a los PPMMFF y a la Unidad de Gestión Educativa Local, 60 días antes del inicio de la matrícula, respecto al monto, número y oportunidad de pago de las pensiones de enseñanza, cuota de ingreso, así como los posibles aumentos, el monto y oportunidad de pago de las cuotas de ingreso. Art. 168 Durante el proceso de matrícula el Colegio está obligado a publicar la información de manera escrita y virtual en forma, veraz, suficiente y apropiada sobre las condiciones económicas a que se ajustará la prestación del servicio educativo.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 49 c) Finalizando el año en curso, hasta el 31 de diciembre, hayan cancelado todas las pensiones sin haber acumulado deudas.

Son ingresos del CEP SRL, las pensiones de enseñanza, cuotas de ingreso, la cuota por matrícula y otros ingresos excepcionales autorizados referidos al Artículo 16º de la Ley de los Centros Educativos Privados 26549, modificada por el Artículo 2º de la Ley 27665.

RÉGIMEN ECONÓMICO RÉGIMEN DE PENSIONES: Art. 166

e) Los PPMMFF que tengan observaciones en la constancia de participación a talleres y actividades de la IE. DEL TRASLADO DE LAS ESTUDIANTES Art. 164 El traslado se realiza hasta dos meses antes de la finalización del año escolar a través del siguiente procedimiento: a) Solicitud escrita del interesado mediante la presentación de un FUT b) Constancia de vacante del colegio de destino. c) Resolución directoral d) Pago por derecho de trámite. Art. 165 Una vez aprobado el traslado, el colegio emite la resolución directoral de traslado y la devolución del file personal, adjuntando la ficha única de matrícula y la devolución proporcional de la cuota de ingreso según corresponda (D.S. Nro 0051 2021 MINEDU).

Art. 169

El costo de la prestación del servicio educativo es anual y se divide en 11 cuotas mensuales: La primera se paga en el acto de la matrícula y las restantes, hasta el último día hábil de cada mes.

Art. 170 En caso de incumplimiento de pago de las pensiones escolares y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el colegio tiene la facultad de: a) Retener los certificados de estudios correspondientes a períodos no cancelados b) No ratificar la matrícula de la estudiante para el año siguiente (es decir, no convenir en la prestación del servicio educativo para el año siguiente), en el caso que habiendo sido citado el padre o apoderado de la estudiante a reunión para tratar el incumplimiento en el pago del costo del servicio educativo de dos o más meses, no se logre ningún entendimiento de pago de lo

b) Cuando los PPMMFF mantengan deudas pendientes en el Colegio a diciembre del año anterior al año escolar.

El colegio NO RENOVARÁ el contrato de prestación de servicios educativos en los siguientes casos: a) Cuando la estudiante haya cometido faltas muy graves, según lo contemplado en el presente reglamento interno.

c) Los PPMMFF o apoderado legal de la estudiante que muestre de forma reiterada actitudes evidentemente agresivas a nivel físico o verbal contra una estudiante, padre de familia o personal del Colegio. d) No realizar la renovación del contrato en los tiempos establecidos.

Art. 167

Art. 163

RÉGIMEN DE APOYO ECONÓMICO: Art. 175 El colegio otorga ayuda económica a la familia, principalmente por caso de orfandad o situaciones de emergencia que se dan por salud. El otorgamiento de ayuda económica es potestativo y no obligatorio.

f) Las becas otorgadas son válidas para las pensiones de abril a noviembre, y se adjudicarán mediante Resolución Directoral. El Colegio no asume un compromiso de continuidad de ayudas económicas con las familias que han sido apoyadas en períodos anteriores, de requerir una nueva ayuda, deberán postular y acogerse a los plazos y condiciones establecidas en el proceso de evaluación respectivo.

Art. 173

Art. 176 El proceso de ayuda económica puede quedar suspendido si en el país se afrontan situaciones coyunturales como estado de emergencia sanitaria, pandemias, desastres naturales y hechos fortuitos o de fuerza mayor que incidan directamente en la estabilidad económica del Colegio.

Los documentos que los padres de familia deben presentar, son los siguientes: a) Libreta de notas de la estudiante que solicita el beneficio b) Dos últimas boletas de pago en caso de trabajador dependiente y/o boletas de haberes como pensionista de la ONP o AFP.

50 adeudado, o no se cumpla con el cronograma de pago establecido en el convenio o acuerdo de pago. c) Informar las deudas a las centrales de riesgo en caso de incumplimiento de pago de las pensiones

El presupuesto de operación e inversión del Colegio, se financia fundamentalmente con las pensiones de enseñanza que a su vez solventa el pago de remuneraciones del personal docente, administrativo y de servicio, así como la adquisición de bienes, pago de servicios y otros.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

Art. 172

Art. 171 No es procedente la devolución de pagos por concepto de matrícula, inscripción, pensiones de enseñanza, donaciones u otros efectuados al colegio en el acto de matrícula en los casos que la estudiante sea separada del colegio o trasladada a otro colegio. En cuanto a la cuota de ingreso la devolución se ajustará a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005 2021 MINEDU.

h) La Dirección con el apoyo de la Coordinación de Desarrollo Humano solicita informes de las diferentes áreas: Pedagógico, Económico, Psicológico y Tutoría, para consolidar la solicitud del PPMMFF que requiere el otorgamiento de la pensión escalonada.

Art. 174 El terreno y patrimonio inmobiliario del colegio, pertenecen a la Congregación promotora. Corresponde a la Dirección, el otorgamiento de ayudas económicas en la pensión de estudio.

Los requisitos para el otorgamiento y/o renovación de ayudas económicas, en el siguiente orden: a) Tener por lo menos cuatros años continuos de estudio en la institución. b) Circunstancias económicas difíciles y temporales por salud o imprevistos.

En caso de eventualidades derivadas de ajustes por inflación o disposiciones de ley que afecten los gastos de operación del colegio o en situaciones de emergencia, la Dirección, propondrá a la Entidad Promotora el reajuste pertinente de las pensiones, para su trámite ante la autoridad educativa como cuota extraordinaria, de acuerdo a lo establecido en el art. 16° la ley de Centros Educativos Privados 26549.

Art. 177

g) Las familias postulantes a la ayuda económica están en la obligación de proporcionar información veraz, además de información complementaria que se requiera.

c) La estudiante debe haber alcanzado un nivel satisfactorio en todas las áreas curriculares y que muestre identidad con el carisma institucional. d) Historial de pago puntual de pensiones de enseñanza. e) No se podrán otorgar ayudas económicas por más de dos años consecutivos si el causal fuera razones económicas, salud o imprevistos.

Art. 178

f) Solicitud de ayuda económica (según formato del CEP SRL).

CAPÍTULO VII DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, PERMANENCIA Y CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

Art. 179

El sistema educativo de la EBR está organizado por ciclos y se espera que una estudiante haya avanzado un nivel en el desarrollo de la competencia en ese tiempo. Por lo tanto, las condiciones para la promoción y acompañamiento a la estudiante tendrán requerimientos diferentes al culminar el grado dependiendo de si este es el grado final del ciclo o es un grado intermedio.

51 c) En el caso de ser trabajador independiente, debe presentar recibos emitidos por honorarios de manera electrónica en los últimos seis meses.

Promoción guiada (PG): Implica que la estudiante será matriculada en el grado siguiente y tendrá un mayor tiempo y oportunidades para consolidar el desarrollo de competencias según el nivel esperado para su grado o ciclo en el periodo lectivo en el que fue matriculada.

La evaluación, es un proceso pedagógico, continuo, sistemático, participativo y flexible que permite determinar los logros de aprendizaje en función del desarrollo de la estructura cognitiva, afectiva valorativa y social, que se concretiza en destrezas, valores y actitudes en forma individual y grupal previstas por los docentes y el quehacer de las estudiantes con la finalidad de reflexionar, emitir juicio de valor, tomar decisiones pertinentes y oportunas para mejorar los procesos de enseñanza aprendizaje y así asegurar la formación humanística con valores éticos y cristianos de las estudiantes, donde los criterios e indicadores de logro de aprendizajes o desempeños se convierten en elementos indispensables en las distintas áreas y aspectos pedagógicos que se trabajen en la institución.

De acuerdo a la Resolución Viceministerial N° 094 2020 MINEDU, la evaluación tiene un enfoque formativo, se retroalimenta a la estudiante para que reflexione sobre su proceso de aprendizaje, reconozca sus fortalezas, dificultades y necesidades, gestionando su aprendizaje de manera SITUACIÓNautónoma.

La evaluación de las estudiantes tiene en cuenta los objetivos y actividades del Proyecto Educativo Institucional, las características de los Programas de Estudio y de las distintas áreas curriculares, talleres y las condiciones del aprendizaje, asegurando objetividad, validez y confiabilidad.

Promovida (PRO): Si al cerrar el año escolar o periodo lectivo la estudiante ha logrado los niveles esperados en las competencias desarrolladas para el grado que le corresponde, como mínimo las seleccionadas en esta normativa, y otras que la institución educativa considere.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

Art. 180

FINAL: Promoción automática, guiada y promovida.

d) En el caso de actividad comercial de negocios unipersonales o sociedades, debe presentar los formularios de los últimos seis meses por el pago de IGV.

Art. 181 Tomamos en consideración la RVM 094 2020 MINEDU (“Norma que regula la Evaluación de las Competencias de las Estudiantes de la Educación Básica), la RVM N° 193 2020 MINEDU (Orientaciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19) y la RVM Nº 334 2021 MINEDU (Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19).

e) Copia del recibo de agua, luz o teléfono correspondiente a los dos últimos meses.

La calificación de los expedientes para otorgamiento de ayudas económicas, la efectúa la comisión especial del colegio y otorgará la ayuda económica. El colegio toma el derecho de efectuar las averiguaciones necesarias respecto a la veracidad de la petición, también está facultado para requerir cualquier otra información adicional requerida.

De acuerdo a la Resolución Viceministerial N° 094 2020 MINEDU, la evaluación tiene un enfoque formativo, se retroalimenta a la estudiante para que reflexione sobre su proceso de aprendizaje, reconozca sus fortalezas, dificultades y necesidades, gestionando su aprendizaje de manera autónoma. Art. 182 En el nivel de Educación Inicial, la evaluación es literal y descriptiva, privilegia y da cuenta de los progresos de las estudiantes. La calificación anual del área o taller, considerando que la evaluación es un proceso, es la misma que obtuvo en el cuarto bimestre. Todas las estudiantes son promovidas automáticamente sin excepción. Los documentos oficiales del proceso de evaluación son los siguientes: a) Informe del progreso de la estudiante b) Certificado de estudio. A partir de la RVM N° 334 2021 MINEDU “Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19” se desprende: SOBRE EL REGISTRO DE NIVELES DE LOGRO EN EL SIAGIE EN EL NIVEL INICIAL Art. 183 Solo se podrá registrar niveles de logro AD, A y B, no se utilizará el nivel de logro C. En caso no se cuente con información suficiente, la estudiante muestre un progreso mínimo en una o más competencias desarrolladas, evidencie dificultades en el desarrollo de las experiencias propuestas y se considere que necesita mayor tiempo de acompañamiento. Se considerará en el SIAGIE las siguientes opciones predeterminadas: ➢ No se logró realizar acciones para su desarrollo. ➢ No se cuenta con evidencia suficiente para determinar nivel de logro. ➢ Otros El casillero de la opción “otros” quedará en blanco en el acta oficial hasta que se complete la información en el SIAGIE. Para determinar los niveles de logro es imprescindible que el docente elabore las conclusiones descriptivas de cada competencia desarrollada por sus estudiantes. Esto será según lo determine la institución educativa. Art. 184 En el nivel de Educación Primaria, la evaluación es literal y descriptiva, privilegia y da cuenta de los progresos de las estudiantes. La calificación anual del área o taller, considerando que la evaluación es un proceso, es la misma que obtuvo en el cuarto bimestre.

Art. 185

a) Las estudiantes de primer grado son promovidas al grado superior en forma automática.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 52 Promoción automática (PA): Promoción automática, implica la progresión sistemática de la estudiante a la siguiente edad o grado escolar, independientemente de los aprendizajes alcanzados. Aplica para el nivel de Educación Inicial (Ciclo I y II) y el 1.er grado de Educación Primaria, de la Educación Básica Regular.

La promoción de las estudiantes del nivel Primaria al grado superior será siguiente manera:

b) Para las estudiantes del 2° al 6° grado, se podrá registrar: Promovido (PRO) si al cerrar el año escolar el estudiante ha logrado los niveles esperados en las competencias desarrolladas para el grado que le corresponde. Para efectos de los años 2020 y 2021, se consideran como mínimo las competencias establecidas como seleccionadas en esta normativa, y otras que la institución educativa considere. c) Promoción guiada (PG), si al final del periodo lectivo la estudiante no logró los niveles esperados en la(s) competencia(s). Esto implica que será matriculada en el grado siguiente y tendrá mayor tiempo y oportunidades para consolidar el desarrollo de competencias Los documentos oficiales del proceso de evaluación son los siguientes: ➢ Informe del Progreso de la estudiante ➢ Certificado de estudio.

➢ Otros El casillero de la opción “otros” quedará en blanco en el acta oficial hasta que se complete la información en el SIAGIE. Para determinar los niveles de logro es imprescindible que el docente elabore las conclusiones descriptivas de cada competencia desarrollada por sus estudiantes. Esto será según lo determine la institución educativa. Art. 187 En el nivel de Educación Secundaria. El docente registrará en el SIAGIE el último nivel de logro o calificativo alcanzado por el estudiante hasta ese momento, el mismo que debe expresar la situación del progreso de sus competencias. Se podrá registrar los niveles de logro o calificativos alcanzados según la escala determinada para su grado (cualitativo de 1ro a 4to y vigesimal 5to).

SOBRE EL REGISTRO DE NIVELES DE LOGRO EN EL SIAGIE EN EL NIVEL SECUNDARIA Art. 188

Estudiantes de 1° a 4° grado de secundaria de EBR.- Solo se podrá registrar niveles de logro B, A y AD no se utilizará el nivel de logro C. En caso el estudiante muestre un progreso mínimo en una o más de las competencias desarrolladas, evidencie dificultades en el desarrollo de las actividades propuestas y se considere que necesita mayor tiempo de acompañamiento, el casillero quedará en blanco y será completado cuando alcance el calificativo requerido. En caso un estudiante no se haya contactado con sus docentes, los casilleros de los calificativos de las competencias también quedarán en blanco en el acta oficial y se completarán cuando alcance el calificativo requerido. Se considerará en el SIAGIE las siguientes opciones predeterminadas: ➢ No se logró realizar acciones para su desarrollo. ➢ No se cuenta con evidencia suficiente para determinar nivel de logro. ➢ Otros Art. 189 En el 2022 para los estudiantes de 5° grado de secundaria de EBR, se registran calificativos de las competencias desarrolladas utilizando la escala vigesimal. No se podrá registrar calificativos menores que 11. En caso la estudiante no alcance al menos 11 y necesita mayor tiempo de acompañamiento en una o más competencias de las desarrolladas este casillero quedará en blanco y será completado cuando alcance el calificativo requerido.

Art. 186 Solo se podrá registrar niveles de logro AD, A y B, no se utilizará el nivel de logro C. En caso no se cuente con información suficiente, la estudiante muestre un progreso mínimo en una o más competencias desarrolladas, evidencie dificultades en el desarrollo de las experiencias propuestas y se considere que necesita mayor tiempo de acompañamiento. Se considerará en el SIAGIE las siguientes opciones predeterminadas: ➢ No se logró realizar acciones para su desarrollo. ➢ No se cuenta con evidencia suficiente para determinar nivel de logro.

Art. 190 Sobre las condiciones de promoción.- Para las estudiantes de 1° a 4° grado de secundaria de EBR, al final del año escolar se podrá consignar como situación final promovido de grado (PRO) o Promoción guiada (PG). Para el caso de los estudiantes de 5° grado de secundaria de EBR, al final del año se consignará la situación promovida de grado (PRO) si alcanzó de 11 a 20, como mínimo en las competencias seleccionadas. En caso un estudiante, no haya logrado completar los calificativos requeridos para el cierre del periodo lectivo en diciembre, quedarán los casilleros en blanco en el acta oficial hasta que alcance el calificativo requerido.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 53 A partir de la RVM N° 334 2021 MINEDU “Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19” se desprende: SOBRE EL REGISTRO DE NIVELES DE LOGRO EN EL SIAGIE EN EL NIVEL PRIMARIA

CAPÍTULO VIII MECANISMOS DE ATENCIÓN A LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS, MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

C EN INICIO Cuando la estudiante muestre un progreso mínimo en una o más competencias de acuerdo al nivel esperado. Y evidencia con frecuencia dificultades en el desarrollo de las actividades por lo que necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del o la docente. 5to. de secundaria Los calificativos de las competencias desarrolladas en 5to de secundaria se registrará utilizando la escala vigesimal durante el año 2022.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 54 A partir de la RVM N° 334 2021 MINEDU “Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID 19” se Losdesprende:documentos oficiales del proceso de evaluación son los siguientes: ➢ Informe del Progreso de la estudiante ➢ Certificados de estudio. Art. 191 Proceso de evaluación del aprendizaje. El proceso de evaluar el logro de aprendizaje de nuestras estudiantes tiene que ver con el momento de evaluar, por lo que es necesario preguntarnos, ¿cuándo evaluar?, dando respuesta a esta interrogante podemos decir que la evaluación está relacionada con la temporalización del proceso de enseñanza aprendizaje, es decir, los momentos en que se pueden aplicar y tiene tres posibilidades: evaluación diagnóstica al principio del aprendizaje, nos permitirá recoger información que nos servirá como punto de partida del proceso enseñanza aprendizaje; la evaluación de proceso, cuando la valoración se desarrolla sobre la base de un proceso continuo y sistemático de evaluación de los aprendizajes, tiene como objetivo mejorar los resultados de nuestras estudiantes. La evaluación certificadora o de salida consiste en la valoración de la información al finalizar un periodo de tiempo, nos permite la verificación del logro de los aprendizajes, supone un momento de reflexión en base a lo alcanzado y un punto de partida de la evaluación inicial de un siguiente periodo, bimestre o unidad didáctica. De Inicial a 4to. de secundaria: NIVEL DE LOGRO Escala Descripción AD LOGRO DESTACADO Cuando la estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto a la competencia. Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado. A LOGRO ESPERADO Cuando la estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado.

B EN PROCESO Cuando la estudiante está próxima o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

Art. 192 La comunicación con las familias es de vital importancia, para ello el CEP SRL emite diferentes comunicados e información de interés a través de diferentes medios digitales como: La página web institucional, plataforma intranet, correos electrónicos institucionales asignados a la estudiante y Whatsapp de grupo de aula.

Art. 193 Espacio de atención a PPMMFF: Se establecen horarios y mecanismos de atención a las familias por parte de los educadores y directivos según el siguiente detalle:

55 a) Según requerimiento del PPMMFF: un día a la semana de acuerdo al cronograma de atención publicado en la plataforma Institucional b) Según requerimiento de la Institución: Por medio de la ficha de citación.

Toda atención al PPMMFF se registra a través de la ficha de entrevista en el que se consigna el desarrollo de la reunión, los acuerdos y recomendaciones.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima”

DEL SISTEMA DE QUEJAS Y RECLAMOS Art. 195 En nuestra institución existe una apertura, por parte de la Dirección, coordinaciones, tutores, para escuchar a los padres de familia, estudiantes y al mismo personal, sobre cualquier reclamo que se produzca por el incumplimiento del servicio que se brinda en la institución. Estos estamentos son los responsables de recibir y tramitar las quejas y reclamos, que se formulen, canalizando la información según su naturaleza y velando por su cumplimiento al amparo de las normas vigentes. En este sentido, si algún miembro de la comunidad educativa en general, tuviera que hacer algún reclamo y/o queja, tiene la obligación de canalizarlo de forma respetuosa evitando gritos y/o malos tratos al personal. Art. 196 Las quejas y reclamos se resolverán o contestarán siguiendo los principios, términos y procedimientos dispuestos en el reglamento interno para el ejercicio del derecho de petición, según se trate del interés particular o general y su incumplimiento dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en el mismo. El Colegio cuenta con el Libro de Reclamaciones virtual en la página web y/o físico en secretaria del colegio, conforme a lo establecido en el código de protección, defensa del consumidor y procedimiento establecido por INDECOPI.

PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Art. 200 Los integrantes de la Comunidad Educativa, bajo responsabilidad tienen el deber y el derecho de comunicar a la Dirección, toda contravención al presente reglamento; especialmente, respecto a toda situación de violencia contra las estudiantes, sobre la que tengan conocimiento, de acuerdo al protocolo que señala la ley.

PROTOCOLO 01 - ENTRE ESTUDIANTES VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y/O FÍSICA (SIN LESIONES)

Art. 199 El protocolo de intervención en caso de maltrato escolar será el indicado en el Plan de Convivencia Escolar y en la página web: www.santarosa.edu.pe en concordancia con la legislación vigente. Así mismo, se tendrá en cuenta su consignación en el Libro de Incidencias a cargo de la Dirección.

Art. 194

Art. 197

Art. 198 Todo acto de bullying está prohibido, ya sea, que se realice personalmente o por cualquier otro medio, incluyendo; virtuales, telefónicos, electrónicos u otros similares.

Sobre situaciones de bullying El bullying o acoso entre estudiantes es un tipo de violencia, que se caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, falta de respeto y maltrato verbal o físico, que recibe una estudiante en forma reiterada, por parte de una o varias estudiantes; con el objeto de intimidarla o excluirla, atentando así, contra su dignidad y derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia.

Art. 201 Mecanismos y protocolo de atención en la resolución de conflictos y violencia escolar, se considera lo siguiente: PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN PARA LAS NIÑAS Y ADOLESCENTE

PASO INTERVENCIÓN RESPONSABLE INSTRUMENTO PLAZO ATENCIÓNDE75DÍAS Acciones Comunicarse con la madre/padre de familia o apoderado de las estudiantes involucradas en el hecho de violencia, Directora Declaración jurada que describa comunicaciónlay los

Derivación Orientar al PPMMFF o apoderado que: ➢ En caso de violencia sexual: 1.Acuda al CEM para la atención pertinente. Directora Declaración jurada Del día 2 a 90 días a través de medios tecnológicos disponibles, con la finalidad de informarles sobre la situación de violencia Responsable de EscolarConvivencia concertadosacuerdos Dentro de las 48 horas de conocido el casoAnotar el hecho en el Libro de Registro de Incidencias (guardar los formatos de manera virtual). Libro de Registro de incidencias Reportarlo en el Portal SíseVe, en lugares donde no exista conectividad, comunicar a la UGEL para el apoyo en el reporte Portal SíseVe. Subir las acciones desarrolladas en el portal SíseVe.

rDirectoraesponsable de EscolarConvivencia

ResponsableDirectora de EscolarConvivencia

Portal SíseVe Dia 3 a 75 días Coordinar con la tutora o el tutor el desarrollo de sesiones de tutoría relacionadas a la prevención de situaciones de violencia escolar. Plan de juradaDeclaracióntutoría Derivación Orientación a los padres de los involucrados a través de medios tecnológicos para que se acerquen a un centro de salud o llamar al 113 para la atención psicológica. rDirectoraesponsable de EscolarConvivencia Declaración Jurada Dentro de las 48 horas de conocidos el caso. Seguimiento Comunicarse con la tutora o tutor del aula para conocer el avance de las acciones realizadas para mejorar la convivencia entre las estudiantes (estas actividades se realizarán de manera remota usando los medios tecnológicos disponibles).

Declaración Jurada De día 3 a 75 días Acompañamiento y seguimiento a los compromisos acordados. Dentro de las 48 horas de conocido el caso. Realizar reuniones con el tutor para monitorear el avance de las acciones con las estudiantes. Ficha de monitoreo Del día 3 al 30 Realizar reuniones con las estudiantes involucradas para dar seguimiento a los compromisos Ficha de monitoreo Del día 3 al 30 Realizar reuniones con los familiares para dar seguimiento a los compromisos. Ficha de monitoreo Del día 3 al 30 Cierre Cerrar el caso cuando el hecho de violencia ha cesado rDirectoraesponsable de EscolarConvivencia

Declaración Jurada de cierre del caso Del día 3 al 75Se evidencian mejoras en la convivencia entre las estudiantes involucradas. Informar a través de medios tecnológicos disponibles a la PPMMFF o apoderado de las estudiantes sobre el desarrollo de las acciones. Portal SíseVe Del día 60 al 75

PROTOCOLO 02 - ENTRE ESTUDIANTES VIOLENCIA SEXUAL Y/O FÍSICA (CONLESIONES Y/O ARMAS) PASOS INTERVENCIÓN RESPONSABLES INSTRUMENTOS Plazo de atención 75 violenciadíassexual90díasviolenciafísicaconlesiones75días

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 56

Acciones Orientar al PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida a que se adopten medidas inmediatas de protección necesarias para evitar nuevos hechos de violencia. Directora ResponsableydeConvivenciaEscolar Documento de evidencia de atención o declaración jurada Dentro de las 24 horas de conocido el hecho para el caso de sexual.violencia Coordinar con la tutora o el tutor el desarrollo de sesiones y otras actividades relacionadas a la prevención de situaciones de violencia escolar, evitando la revictimización. Plan de tutoría individual o grupal. Del día 2 a 90 días Se registran las acciones en el Libro de Registro de Incidencias. Sustento: Libro de Registro de Incidencias Libro de Registro de Incidencias. Del día 3 a 75 días. Subir las acciones en el Portal SíseVe. Portal SíseVe Del día 3 a 75 días.

PROTOCOLO 03 – PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES VIOLENCIA PSICOLÓGICA PASO INTERVENCIÓN RESPONSABLE INSTRUMENTO PLAZO ATENCIÓNDE30DIAS

ResponsableConvivenciadeEscolarDirectora Declaración jurada de cierre del caso

Acciones

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 57 ➢ En caso de Violencia física con lesiones: 1. Orientar a la familia para que accedan al servicio del centro de Asistencia Legal gratuita del Ministerio de Justicia. 2. Centro de salud de su jurisdicción 3. La línea 113 para orientación psicológica ResponsableConvivenciadeEscolar. Seguimiento Violencia sexual: Comunicarse a través de medios tecnológicos y acudir al CEM.

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración Jurada Del día 3 a 30 días Comunicarse a través de los medios tecnológicos disponibles con el PPMMFF o apoderado para dar seguimiento a la situación del estudiante. Cierre Se cierra el caso cuando el hecho de violencia ha cesado.

ResponsableConvivenciadeEscolarDirectora Declaración jurada Del día 60 a 75 días Violencia física con lesiones: Comunicarse a través de medios tecnológicos y asegurar cumplimiento de compromisos. Ficha de monitoreo Para Violencia física con lesiones: Cerrar el caso cuando la violencia ha cesado y se garantiza la protección de las estudiantes involucradas, así como su permanencia y continuidad educativa. Declaración jurada Portal SíseVe Cierre Se informa a los familiares sobre el resultado de las acciones y los fundamentos para el cierre del caso.

Comunicarse con el PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida, ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Documentos de evidencia de denuncia (Libro de incidencias, Policía Nacional o al MP) Dentro de las 24 horas de conocido el caso. A través de medios tecnológicos disponibles e informarle se procederá a levantar un acta de denuncia, con la información proporcionada. Informar del hecho a la UGEL, adjuntando el acta de denuncia levantada con información proporcionada por el PPMMFF o apoderado. Oficio a la UGEL para que se adopten administrativasaccioneslasPresentar el documento que acredite que hizo la denuncia en la Policía Nacional o Ministerio Público. Anotar el hecho de violencia en el Libro de Registro de Incidencias (guardar los formatos de manera virtual). Libro de Registro de Incidencias. Subir la información al portal SISEVE. Portal SíseVe. El Tutor (a) deberá realizar sesiones de Prevención. Plan de tutoría individual y grupal Derivación Orientar, a través de medios tecnológicos disponibles, al PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida que acuda: ➢ Al centro de salud de su jurisdicción, para la atención psicológica cuando dicho servicio se restablezca. ➢ Orientar a llamar a la línea 113 para obtener orientación psicológica.

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración Jurada de cierre de caso Portal SiseVe Del día 21 a 30 días Se ha garantizado la protección de la estudiante agredida, y su continuidad educativa, Se evidencian mejoras en el desarrollo socioafectivo. Informar a través de medios tecnológicos disponibles a al PPMMFF o apoderado de las estudiantes sobre el desarrollo de las acciones.

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración Jurada Dentro de las 48 horas de conocido el caso Seguimiento Comunicarse a través de los medios tecnológicos disponibles con la tutora o el tutor del aula para evaluar las acciones realizadas a fin de garantizar la continuidad educativa de las estudiantes, las acciones de protección implementadas y las estrategias que deben seguirse.

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Acta de denuncia ante la MinisterioNacionalPolicíaoalPúblico. Dentro de las 24 horas de conocido el caso. Se separa preventivamente al personal de la IE presunto agresor y se pone a disposición de la UGEL. Resolución de MinisterioNacionalaadjuntepreventivaseparaciónqueladenuncialaPolicíaoPúblico. Informar del hecho a la UGEL, adjuntando la denuncia escrita. Oficio a la UGEL para que se adopten accioneslas Del día 2 a 60 días

La directora se comunica con el familiar de la estudiante agredida para informar que se levantará un acta de denuncia.

PROTOCOLO 05 PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES VIOLENCIA SEXUAL PASOS INTERVENCIÓN RESPONSABLES INSTRUMENTOS PLAZO ATENCIÓNDE60DÍAS

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada Del día 2 a 60 Días. Comunicarse, a través de medios tecnológicos disponibles, con el PPMMFF o apoderado para dar seguimiento a la situación de la estudiante. Cierre Se cierra el caso cuando se ha garantizado la protección de la estudiante, su continuidad educativa

Acciones

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada Libro de Registro de Incidencias Dentro de las 24 horas de conocido el caso. Seguimiento Comunicarse, a través de medios tecnológicos disponibles, con la tutora o el tutor del aula para evaluar las acciones realizadas a fin de garantizar la continuidad educativa de las estudiantes.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 58 PROTOCOLO 04 - PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES VIOLENCIA FÍSICA PASO INTERVENCION RESPONSABLE INSTRUMENTO PLAZO ATENCIONDE Acciones Comunicarse con el PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida, ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Acta de denuncia ante la MinisterioNacionalPolicíaoalPúblico Dentro de las 24 horas de conocido el caso. Informarle que se procederá a levantar un acta de denuncia, con la información proporcionada. Anotar el hecho de violencia en el Libro de Registro de Incidencias (guardar los formatos de manera virtual). Libro de Registro de IncidenciasReportarlo en el Portal SíseVe a través de los canales Coordinarestablecidos.con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa, a través de medios tecnológicos disponibles, el desarrollo de acciones de prevención de la violencia escolar. Plan de tutoría individual y grupalRealizar el acompañamiento socioafectivo a las estudiantes afectadas por el hecho de violencia (estas actividades se realizarán de manera remota usando los medios tecnológicos disponibles.) Subir las acciones al Portal SíseVe. Portal SíseVe Derivación Orientar al PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida, a través de medios tecnológicos disponibles, para que acuda: ➢ Al centro de salud de su jurisdicción, para la atención psicológica cuando dicho servicio se restablezca. ➢ Orientar a llamar a la Línea 113 para obtener orientación psicológica ➢ Orientar para que acudan al servicio del Centro de Asistencia Legal Gratuita del MINJUS, para el apoyo legal a la familia de la estudiante agredida.

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada de cierre del caso Portal SíseVe Del día 45 a 60 días.Se encuentra recibiendo soporte socioemocional especializado.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 59 correspondientes.administrativas

ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada Dentro de las 24 horas de conocido el caso.

Una vez realizadas las acciones, el caso se reporta en el Portal SíseVe . Libro de Registro de Incidencias Subir las acciones en el Portal SíseVe Portal SíseVe.

Acciones Detección ante la identificación de situaciones o indicadores que permitan sospechar que una estudiante es víctima de violencia física, psicológica o sexual, por una persona de su entorno familiar u otra persona. Docentes, tutoras, tutores, MMPPFF,auxiliaresotros. Documentos de evidencia En el día de conocido el hecho El hecho se informa inmediatamente a la directora de la IE, a través de medios tecnológicos disponibles. La directora se comunica el mismo día con la madre/padre de familia o apoderado que no estén involucrados en el hecho de violencia, informa de la alerta y procede a hacer la denuncia en la Policía Nacional o el Ministerio Público. Libro de Registro de Incidencias La directora puede solicitar: ➢ Orientación jurídica gratuita a los Centros Emergencia Mujer ➢ Las Oficinas de Defensa Pública del Ministerio de Justicia ➢ Derechos Humanos en los lugares donde existan estos servicios. Informar a la UGEL sobre la denuncia y las acciones adoptadas. Informe a la UGEL Registrar el hecho en un acta y guardar la evidencia de manera virtual y física. Acta Derivación Orientar al PPMMFF o apoderado que brindar protección a la estudiante agredida a que acudan: ➢ Al Centro Emergencia Mujer, para la atención especializada a la víctima, a través de medios tecnológicos disponibles. En todos los casos de violencia sexual cometida por una persona del entorno familiar u otra persona. ➢ Los casos de violencia física y psicológica cometida por una persona del entorno familiar., comunicar el caso al Centro Emergencia Mujer

Derivación Orientar, al PPMMFF o apoderado de la estudiante agredida a que acuda: ➢ Al Centro Emergencia Mujer, ➢ Al centro de salud de su jurisdicción, para la atención especializada a la víctima.

Directora Declaración Jurada Dentro de las 24 horas de realizada la denuncia. Seguimiento Brindar apoyo psicopedagógico, a través de medios tecnológicos disponibles, para su continuidad educativa. ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada PermanenteCoordinar a través de medios tecnológicos disponibles al PPMMFF o apoderado, para conocer si acudieron:

Seguimiento Asegurar que la estudiante agredida tenga continuidad educativa. ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada Del día 2 a 60 días. Brindar acompañamiento socio afectivo y pedagógico respectivo. Cierre Se cierra el caso cuando se ha garantizado la protección de la estudiante, su continuidad educativa. ResponsableDirectoraConvivenciadeEscolar Declaración jurada de cierre del caso Portal SíseVe Del día 45 a 60 días.Se encuentra recibiendo soporte socioemocional especializado.

PASO INTERVENCION RESPONSABLE INSTRUMENTO PLAZO ATENCIONDE

PROTOCOLO 06 PERSONAL DE LA IE. A ESTUDIANTES VIOLENCIA FÍSICA, PSICOLÓGICA O SEXUAL EJERCIDA POR UNA PERSONA DEL ENTORNO FAMILIAR U OTRA PERSONA

Art. 205 Prohibición expresa de todo tipo de violencia. De conformidad con la ley queda expresamente prohibido todo tipo de violencia en el colegio, la transgresión de esta norma, conllevará a que la Dirección del plantel denuncie los hechos ante la fiscalía provincial de familia o la fiscalía penal, según

f) Atender con celeridad e inmediatez, cuando tengan conocimiento de los casos de violencia.

h) Mantener en total reserva y privacidad, la identidad de la estudiante que ha sido víctima de violencia.

j) Evitar divulgar los alcances y resultados de las investigaciones que realicen respecto a las denuncias por violencia.

ResponsableDirectoraConvivenciade Informe del CEM sobre la atención brindada a la estudiante Permanente DE LA DERIVACIÓN DE CASOS A INSTITUCIONES ALIADAS Art. 202 El CEP “Santa Rosa de Lima”, establece relaciones con las diferentes instituciones de la red santarrosina, del Consorcio de colegios católicos y otras instituciones públicas, con el fin de optimizar el servicio educativo manteniendo el respeto por los principios y organización de cada axiología.

g) La omisión de comunicar a las autoridades correspondientes, así como la demora constituyen falta disciplinaria grave.

DE LAS ACCIONES EN CASO DE HOSTIGAMIENTO, MALTRATO Y VIOLACION SEXUAL A ESTUDIANTES Art. 203 La Dirección del colegio, de conformidad con la Ley 27942, su modificatoria Ley 29430, concordante con el D.S. 010 2003 MIMDES y en relación directa con el Decreto Supremo N° 004 2018 MINEDU (Lineamiento para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niños, niñas y adolescentes), previene y sanciona toda forma de violencia contra niños, niñas y adolescentes por el personal de las instituciones educativas. Asimismo, de conformidad con el Decreto Supremo N° 004 2018 MINEDU, (Lineamiento para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niños, niñas y adolescentes), la dirección del colegio incorpora en el presente reglamento normas específicas sobre el comportamiento de su personal respecto de las estudiantes, así como la prohibición expresa de todo tipo de violencia en su contra a fin de fortalecer las acciones de prevención y protección de las estudiantes. Art. 204 Normas específicas sobre el comportamiento del personal del colegio respecto a las estudiantes. Los docentes, directivos, personal administrativo, personal auxiliar, personal de servicio y en general aquellos que tienen alguna relación laboral o contractual con el colegio se encuentran obligados a: a) Brindar un buen trato psicológico y físico a la educanda, que permita el reconocimiento y respeto mutuo. b) Promover la práctica de la tolerancia, la solidaridad, el diálogo y la convivencia saludable entre las estudiantes, docentes y la comunidad. c) Intervenir para prevenir la violencia. d) Evitar el castigo físico y/o humillante. No existe justificación alguna para causar dolor físico y/o emocional a las estudiantes, que están bajo su cuidado. e) Rechazar el uso de palabras de carácter violento, por insignificantes que sean, no serán toleradas.

i) Evitar que las estudiantes que han sido víctimas de violencia, se vean doblemente afectadas, con entrevistas reiteradas, confrontaciones con los agresores.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 60 ➢ Al Centro Emergencia Mujer ➢ O comunicarse con dicho servicio para corroborar el apoyo especializado a la víctima. Cierre La directora debe coordinar con el Centro Emergencia Mujer para la protección integral de la estudiante.

k) Garantizar que quienes denuncien los hechos no sufran represalias.

l) Las acciones para prevenir los casos de violencia contra las estudiantes se impulsarán de inmediato.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 61 corresponda al hecho denunciado, en un plazo no mayor de 24 horas contadas a partir del momento que la denuncia haya sido formulada, asimismo informará de sus gestiones a la entidad promotora, a fin de que este órgano de cuenta a la UGEL. De la misma forma, la Dirección debe anotarlo en el Libro de Registro de incidencias y reportarlo al portal de SíSeVe.

El Colegio establece y elabora, en conformidad con las normas del Ministerio de Educación, los siguientes documentos de gestión: a. El Proyecto Educativo Institucional (PEI) b. El Proyecto Curricular de la Institución (PCI).

c) Confrontar las versiones que brinden las estudiantes agraviadas a través de careos con los denunciados.

b) Propiciar acuerdos conciliatorios entre las estudiantes víctimas de actos de violencia y los denunciados.

d) Consumo de sustancias tóxicas

a) Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de las estudiantes; b) Reiterada repitencia y deserción escolar; c) Reiteradas faltas injustificadas

Art. 206

e) Desamparo y otros casos que impliquen violación de los derechos del niño y adolescente;

f) Rendimiento escolar de niñas y adolescentes trabajadores;

De acuerdo al artículo 18 del Código de los Niños y Adolescentes, la directora comunicará a la autoridad competente los casos de:

g) Otros hechos lesivos Art. 207 Queda prohibido: a) Solicitar entrevistas o declaraciones a la víctima.

c. El Reglamento Interno (RI).

d) Adoptar medidas de protección sin contar con la autorización expresa de los padres y madres de familia o tutores. CAPÍTULO IX GESTIÓN INSTITUCIONAL GESTIÓN ESCOLAR Art. 208

d. El Plan anual de trabajo. (PAT) Art. 209 Todos los planes tutoriales, programaciones curriculares, proyectos de innovación e implementación, etc., se elaboran y actualizan en el último bimestre de cada año lectivo, en íntima sintonía con los documentos mencionados en el artículo anterior.

Art. 210 El Proyecto Curricular de la Institución, el Plan de Estudios, se revisarán y reelaborarán, de ser necesario, cada tres años, salvo alguna excepción hecha por la Dirección o normativas vigentes. Las programaciones de mediano plazo se revisarán y reelaborarán todos los años.

Art. 211 El Año Escolar comprende el período que se inicia marzo y termina en diciembre. El Año Escolar está dividido en cuatro bimestres. Las labores escolares ordinarias se realizarán de lunes a viernes.

Art. 212 Las vacaciones de las estudiantes comenzarán al día siguiente de la clausura, hasta el último día de febrero. Igualmente, las estudiantes gozarán de un período de una semana de descanso al término del 1° y 3° bimestre y de dos semanas al término del 2° bimestre del año escolar.

220

El período de Planeación y Organización comprenderá las siguientes acciones: a) Admisión y Matrícula. b) Revisión y actualización del PEI y PCI. c) Calendarización. d) Revisión del Plan de Estudios. e) Elaboración del Cuadro de horas. f) Elaboración de Horarios de clase. g) Formulación del calendario cívico escolar. h) Elaboración del cuadro de insumos. i) Programación curricular por áreas. j) Elaboración de planes de actividades. k) Elaboración de planes de mejora. l) Elaboración de proyectos innovadores. m) Revisión de los procesos y procedimientos Art.

El desarrollo curricular se sustenta en base a las políticas educativas del Estado y el Proyecto Educativo Institucional (PEI). En la diversificación curricular se tiene en cuenta el Proyecto Curricular Institucional (PCI), el Plan de Estudios y la Calendarización Escolar bajo los lineamientos del MAPRO Art. 214 Para la programación curricular, se tendrá en cuenta el artículo 5º de la ley 26549 de Centros Educativos Privados, la RVM N° 090; 093; 094 respectivamente, en relación a la Autonomía y Diversificación para la elaboración de Planes y Programas educativos que se sujetarán únicamente a los lineamientos generales que sobre educación imparta el sector.

El desarrollo curricular se ejecutará de manera articulada y diversificada acorde a lo programado. Estos deben ser registrados en los partes diarios, por los docentes en cada sesión.

Art. 215

Los instrumentos de gestión pedagógica que utiliza el personal docente del CEP SRL están compiladas en los archivos denominados Carpeta Pedagógica y Leccionario.

Art. 217

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 62 DESARROLLO CURRICULAR Art. 213

El Acompañamiento, Supervisión y Monitoreo del CEP SRL es de responsabilidad del Personal Directivo, comprendiendo las acciones de asesoramiento, promoción y evaluación, dirigidas a optimizar la programación curricular del proceso de enseñanza aprendizaje.

Art. 216

La revisión y actualización del PCI es realizado anualmente por los docentes organizados en equipos de trabajo de áreas académicas, en función al ideario del CEP SRL y las orientaciones sugeridas por el Ministerio de Educación.

El Plan Anual de Trabajo (PAT) es el documento que concreta los objetivos anuales del plan estratégico derivado del PEI, elaborado por el personal directivo, docente y administrativo al finalizar el año lectivo de acuerdo con la normativa vigente. Art. 219

1. La Carpeta Pedagógica contiene documentos de planificación curricular y otros, bajo formatos establecidos con el siguiente esquema: a. Documentos normativos. b. Documentos de planificación. c. Documentos de ejecución. d. Documentos de acompañamiento. e. Documentos de organización. f. Documentos recepcionados.

2. El Leccionario es de uso diario, bajo los formatos establecidos, contiene los documentos de diversificación curricular operativa y vigente durante la unidad, necesarios para su aplicación como: guía de aprendizajes, unidades didácticas, sesiones de aprendizaje, fichas de aplicación, instrumentos de evaluación.

PLANEACIÓN INSTITUCIONAL Art. 218

Son responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo: a) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud b) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud. c) Realizar inspecciones periódicas a las instancias de la empresa. d) Reuniones mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual y en forma extraordinaria para analizar las acciones graves o cuando las circunstancias lo exijan. e) Analizar las causas y las estadísticas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo las recomendaciones respectivas.

b) Cumplir el horario de trabajo y el cumplimiento de plazos para lograr los objetivos trazados sobre la labor asignada. Así como evitar el ruido en el lugar de aislamiento o utilizar audífonos para atenuarlos.

Toda metodología exige creatividad y debe estar direccionada al logro de aprendizajes tomando en cuenta los estilos de aprendizaje individual y grupal.

Art. 228 Normas de seguridad y salud en el trabajo para la realización del TRABAJO REMOTO según situaciones circunstanciales:

d) Mantener organizado el espacio de trabajo con los útiles necesarios y realizar una limpieza continua del espacio de trabajo con alcohol y desinfectantes.

La metodología usada por el personal docente debe estar en coherencia con los objetivos que se pretenden alcanzar y estará sujeta al Acompañamiento, Supervisión y Monitoreo constante por parte de la Dirección y coordinaciones pedagógicas.

Art. 227

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 225 De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009 2005 TR, la Dirección dispone la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, para dar cumplimiento a las disposiciones legales Asimismo,vigentes.

Art. 222

a) Ubicar dentro del lugar de aislamiento, un espacio exclusivo para realizar sus labores y así evitar las distracciones.

Art. 223 En el nivel inicial se enfatiza el aprestamiento. En el nivel primaria la integración de los diferentes aprendizajes. Y en el nivel Secundaria el aprendizaje interdisciplinario hacia el logro del perfil y se orienta a la verdad. Todos enmarcados dentro de un currículo evangelizador.

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 63 SISTEMA METODOLÓGICO Art. 221

La elección de textos y/o útiles escolares es aprobada por asamblea integrada por representantes de estudiantes, PPMMFF, docentes, coordinación pedagógica y la dirección del CEP SRL.

el Colegio garantiza conjuntamente con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo el PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID 19 EN EL TRABAJO; en concordancia con la Resolución Ministerial Nº 972 2020/MINSA; que aprueba los Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS CoV 2”. Art. 226 Con la finalidad de mejorar y preservar las condiciones del trabajo en el Colegio, todos los trabajadores están obligados a protegerse a sí mismos y a informar inmediatamente a los representantes autorizados del Colegio sobre cualquier circunstancia de índole peligroso o dañino que pueda alterar el normal desempeño de las labores. En caso de accidente, el trabajador tiene la obligación de informar inmediatamente a la Coordinación de Desarrollo Humano con el objeto de tomar las medidas que el caso amerite.

c) El espacio elegido para trabajar debe contar con una adecuada ventilación, así como una iluminación homogénea y bien distribuida, sea del tipo natural o artificial no agresiva.

Art. 224

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Reglamento Interno C.E.P. “Santa Rosa de Lima” 64 e) Cuando ejecutes labores frente a la computadora o en posición sentada, debes tener en cuenta las siguientes medidas preventivas de ergonomía: i) Mantén la verticalidad del torso; ii) Tus brazos deben estar relajados y la superficie de trabajo debe quedar a nivel de los codos; iii) La silla debe ser cómoda y ofrecer un apoyo lumbar adecuado.

f) Además, realizar una pausa de 10 minutos por cada 50 minutos de trabajo frente a una computadora; sobre esta recomendación, dependerá de la distribución de la carga horaria dispuesta por el equipo directivo.

Segunda: Los aspectos que no están contemplados en el presente Reglamento Interno y Manual de Organización de Funciones serán resueltos por la Dirección.

Primera: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día en que se emita la Resolución aprobatoria expedido por la Entidad Promotora del CEP SRL mediante su representante.

h) Mediante este mismo medio se le informará de riesgos y medidas adicionales en esta materia.

g) Es importante que en estas circunstancias concilies tu vida familiar y laboral; por ello, debes comunicar a los miembros de tu familia sobre tus horarios de trabajo y de descanso.

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