www.eldictamen.mx
Veracruz, Ver. a Jueves 12 de Mayo de 2022
Año 124
No. 44855
PRECIO $10
DECANO DE LA PRENSA NACIONAL FUNDADO EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1898 JUAN MALPICA SILVA 1912-1960
JUAN MALPICA MIMENDI 1960-1998
BERTHA ROSALIA MALPICA MARTÍNEZ DE AHUED - PRESIDENTA EJECUTIVA Y DIRECTORA GENERAL
Permite Corte portar más de 5 gramos de marihuana
REDACCIÓN / EL DICTAMEN
ACTIVOS
DECESOS
Veracruz
32,720
+1
2,507
+0
Boca del Río
4,123
+0
321
+0
Medellín
2,431
+0
153
+0
Alvarado
915
+0
91
+0
La Antigua
1,874
+0
119
+0
Xalapa
21,893
+8
1,302
+0
Fuente:
Gobierno del Estado de Veracruz Secretaría de Salud de Veracruz
Suscríbete completamente GRATIS a El Dictamen a través de WHATSAPP. No te pierdas las noticias del momento. Solo manda ALTA al 229 434 3256.
Se permite la posesión menor a esta cantidad para consumo personal, pero castiga hasta con tres años de prisión si excede esa cantidad. personas que sean sorprendidas con cantidades mayores a 5g, mientras que Norma Piña y Jorge Mario Pardo votaron en contra por no coincidir en cómo se promovió la impugnación. La historia de este criterio proviene de un amparo promovido por una persona que fue vinculada a proceso penal por su presunta intención de lucrar económicamente con la mencionada hierva, bajo la hipótesis de posesión simple de marihuana; sin embargo, al verse afectado por esta determinación judicial, promovió el recurso de amparo indirecto en la que afirmó ser consumidor de dicho narcótico. Durante la argumentación del afectado, reclamó la inconstitucionalidad de los artículos analizados y solicitó la aplicación en su favor de
los criterios emitidos por la Suprema Corte en materia de uso lúdico de estupefaciente referido. El Juez de Distrito del conocimiento le negó la protección federal, por lo que interpuso un recurso de revisión. De tal modo que la Primera Sala, en su sentencia, consideró que la porción normativa analizada no atiende las circunstancias reales del uso o consumo personal, tales como las objetivas del caso y personales del imputado, hoy recurrente. Por el contrario, frente al supuesto de uso o consumo personal, dicha porción normativa ocasiona una afectación injustificada e irrazonable a los derechos de salud e integridad personal, privacidad y libre desarrollo de la personalidad. En consecuencia, la SCJN estimó
que la medida punitiva no tiene sustento constitucional al amparo de la protección a la salud pública. Esto por no haber afectación a otras personas y porque no puede sostenerse justificación bajo el interés colectivo sobre acciones que solo corresponden a la esfera privada de la persona. Finalmente, cabe recordar que la despenalización no es la legalización. Se trata del poder legislativo quien tiene que generar el andamiaje legal que dote de sustento al Estado mexicano para que las y los consumidores de marihuana puedan consumir esta hierva libremente, pero la discusión se encuentra suspendida en el Senado de la República y será hasta el próximo periodo de sesiones en el que se defina el futuro de la cannabis en México.
Entérate de todo nuestro contenido que tenemos para ti.
Clausura del Acuario de Veracruz es improcedente: Earth Mission 2 PRINCIPAL
AVC / EL DICTAMEN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó declarar como inconstitucional la persecución y el castigo a personas que hayan sido sorprendidas con más de cinco gramos de marihuana. La aplicación de esta cláusula aplica si y sólo si ésta es de consumo personal y no para la venta. Este miércoles 11 de mayo, la Primera Sala de la Corte determinó la invalidez del Artículo 478 de la Ley General de Salud (LGS), el cual permite la posesión menor a esta cantidad para consumo personal, pero castiga hasta con tres años de prisión si excede esa cantidad. De acuerdo con la legislación actual, “el Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior, en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma (5g), para su estricto consumo personal”. A criterio de la SCJN, se declaró como contrario a la Constitución la fracción que dice “en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma”, por lo que las autoridades judiciales, deberán de comprobar, sin importar el gramaje que porte el individuo, la intención de venta o lucro. En este sentido, la presunción de inocencia radicará en que se trata de consumo personal. Para la determinación, los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara votaron a favor de declarar contraria a la ley la persecución de las
11 de mayo
AVC / EL DICTAMEN
Salvo que se pueda probar que no es para consumo personal
Datos COVID-19
AGENCIAS / EL DICTAMEN
Mamotest llegó a Veracruz con su programa de mamografías digitales Giorgio Villarello Ahued, Matías Loyato, Stephan Dreier; la licenciada Bertha Rosalía Ahued Malpica, directora ejecutiva de El Dictamen; Guillermo Pepe, creador de Mamotest, y Alberto Villarello Ahued, gerente general. 2
MANUEL PÉREZ / EL DICTAMEN
PRINCIPAL
Pericos triunfa y empata serie en Veracruz
AVC / EL DICTAMEN
Kurt Heyer lanzó toda la ruta de siete entradas, Luis Medina conectó imparable al prado de la derecha en la cuarta entrada y remolcó dos carreras, con las cuales Pericos de Puebla venció por pizarra de 2-1 a El Águila de Veracruz y empató la serie en el Parque Beto Ávila.
En la zona conurbada aumentan casos de cáncer cérvico-uterino REDACCIÓN / BOCA DEL RÍO, VER.- (AVC)
2
PRINCIPAL
Dan último adiós a periodistas
La presidenta de la asociación Mujeres Activas contra el Cáncer de Mama (MUAC), Betty Cruz Solórzano, dijo que se registra un aumento de entre el 5 y el 10 por ciento en los casos de cáncer cérvico-uterino en la zona conurbada. En entrevista celebrada en el marco del inicio de la campaña de recaudación de fondos para apoyar a mujeres sobrevivientes de cáncer de mama, Cruz Solórzano atribuyó el aumento de casos de cáncer cérvico-uterino a la falta de campañas preventivas por parte de la Secretaría de Salud. La activista refirió que el cáncer cérvico uterino se ubica detrás del cáncer de mama, el cual se ubica como la primera causa de muerte entre las mujeres en México. En ese sentido, la entrevistada
recordó que la detección oportuna del cáncer cérvico-uterino permite reducir los índices de mortalidad, por lo que consideró que se requiere que la Secretaría de Salud implemente campañas preventivas. “El cáncer cérvico-uterino en últimas fechas ha habido un incremento de casos, el cáncer cérvico-uterino estaba en primer lugar, hace muchos años se hizo una campaña muy fuerte para el cáncer cérvico-uterino, se logró bajar los índices de muerte por esa enfermedad, actualmente nosotros vemos que hay un incremento de casos (…) Hemos visto un acelere, hacen falta campañas para invitar a las mujeres que se realice el Papanicolau”, expresó. Por otra parte, la presidenta de la asociación MUAC anunció el inicio de una campaña de recaudación de
fondos para apoyar a mujeres sobrevivientes de cáncer de mama, la cual se realizará en coordinación con el DIF municipal de Boca del Río. Betty Cruz Solórzano dijo que se pretende vender 700 unidades de colágeno a un precio de 250 pesos y que el 40 por ciento de lo recaudado se destinará para la donación de 50 prótesis de mama con su brasier especial. “El objetivo es alcanzar la meta de la venta de 700 colágenos en un periodo de aquí a octubre, que son cinco meses para poder lograr donar 50 prótesis de mama externa con su brasier especial, esta meta para nosotros significa mucho porque a lo largo del año la asociación casi todos los días estamos donando prótesis en todo el estado de Veracruz e incluso fuera de Veracruz”, concluyó.