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Veracruz, Ver. a Martes 1 de Marzo de 2022
Año 124
No. 44787
PRECIO $10
DECANO DE LA PRENSA NACIONAL FUNDADO EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1898 JUAN MALPICA MIMENDI 1960-1998
BERTHA ROSALIA MALPICA MARTÍNEZ DE AHUED - PRESIDENTA EJECUTIVA Y DIRECTORA GENERAL AGENCIAS / EL DICTAMEN
JUAN MALPICA SILVA 1912-1960
Datos COVID-19 28 de febrero
ACTIVOS
DECESOS
Veracruz
30,153
+15
2,398
+0
Boca del Río
3,790
+4
298
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Medellín
2,198
+0
146
+0
Alvarado
901
+0
80
+0
La Antigua
1,572
+3
111
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Xalapa
18,975
+70
1,258
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Gobierno del Estado de Veracruz Secretaría de Salud de Veracruz
Exhorta INE a recoger credencial para votar 5 AGENCIAS / EL DICTAMEN
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Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declararon inconstitucional el artículo 331 del código penal, que sanciona el delito de ultrajes a la autoridad.
Delito de ultrajes es inconstitucional: SCJN
Declaran invalidez del tipo penal de ultrajes a la autoridad previsto en el Código Penal del Fiscalía: en velorio de Estado de Veracruz
AGENCIAS / EL DICTAMEN
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REDACCIÓN / EL DICTAMEN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Veracruz en contra de una reforma publicada el 11 de marzo de 2021 a diversos artículos del Código Penal local. En sesión de este lunes 28 de febrero, al revisar la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, se determinó que el delito de ultrajes a la autoridad atenta contra la libertad de expresión y no cumplía
con la taxatividad, es decir, no es claro en su redacción. En específico, declaró la invalidez del tipo penal de ultrajes, previsto en el artículo 331, fracciones I, II y IV del Código Penal del Estado de Veracruz. Lo anterior, debido a que contiene una restricción al derecho de libertad de expresión, por lo que debía ser sometida a un test tripartito. Escrutinio que no supera, debido a que no cumple con el principio de taxatividad. Es decir, no limita razonablemente el tipo de conductas que pueden actualizarlo, lo que genera incertidumbre en los destinatarios de la norma y un efecto inhibitorio en el ejercicio de este derecho (libertad de expresión). De igual manera, declaró la invalidez del artículo 371, fracción II del Código Penal para el Estado de Veracruz, que sancionaba poseer, portar o utilizar equipos de comunicación de
cualquier tipo para obtener y comunicar, sin un fin lícito, información sobre las acciones, actividades o labores de los integrantes de las instituciones de seguridad pública estatal o municipal. En efecto, esta norma tampoco supera la metodología mediante la cual se estudian las violaciones al derecho a la libertad de expresión porque no está orientada estrictamente a satisfacer los intereses que pretende proteger (transgrediendo el principio de taxatividad y generando un impacto desproporcionado en el gremio periodístico), ni es la medida que restringe en menor medida el derecho de acceso a la información. Por lo demás, el Tribunal Pleno reconoció la validez del artículo 222 bis, fracción II del Código Penal del Estado de Veracruz, al estimar que la agravante consistente en portar instrumentos peligrosos, relativa al delito de despojo, no transgrede el
principio de taxatividad. Finalmente, no se alcanzó la mayoría necesaria para declarar la invalidez del diverso numeral 371 quinquies. Los efectos de la resolución serán determinados en la próxima sesión del Pleno. Acciones de inconstitucionalidad 59/2021 y su acumulada 66/2021, promovidas por diversos diputados integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, ambos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Al inicio de la sesión de la Corte se dio lectura a un comunicado del Gobierno del Estado, en el que se notificó de las reformas que se hicieron la tarde de este 27 de febrero en el Congreso local, por el que se derogaron dos fracciones de las agravantes, sin embargo, se observó que resultaba insuficiente para mantener la vigencia del delito en el estado. AGENCIAS / EL DICTAMEN
Fuente:
Inician pagos de pensión de adultos mayores Destacó que para el resto de los beneficiarios, será en pagos asistidos a través de TELECOMM en toda la entidad veracruzana, que inician en los primeros días de marzo. El delegado federal, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, indicó que desde la Secretaría de Bienestar, les avisarán a los beneficiarios, que forman parte de padrones ya existentes, los días de cobro; es decir que no son nuevas incorporaciones, por lo que cumplirán en tiempo conforme a los compromisos presidenciales. “Acaba febrero y antes de que
llegue marzo, van a empezar a sentir lo que fue un compromiso, porque acuerdense que el programa particularmente de adultos mayores y personas con discapacidad, el compromiso fue adelantar, entonces el 28 de febrero empieza a fluir y nosotros arrancamos en marzo”, comentó. Para no saturar los bancos del Bienestar, ahora se incorpora Telecom, para favorecer estos pagos adelantados asistidos. Se cumplirá en tiempo y forma, con respecto a los pagos ya acordados, principalmente para los adultos mayores y personas con discapacidad.
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AGENCIAS / EL DICTAMEN
A partir de este lunes 28 de febrero arrancó la dispersión de pagos de la pensión a adultos mayores, correspondientes a los bimestres de marzo-abril, dijo el delegado de Programas para el Desarrollo, Manuel Huerta Ladrón de Guevara. El entrevistado aseguró que también se adelantan los pagos que corresponden a los bimestres de mayo-junio, de personas con discapacidad. Reiteró que la dispersión de pago bancarizado, comenzó este 28 de febrero, esto como parte de los compromisos.
AGENCIAS / EL DICTAMEN
FLOR DE JESÚS MEZA CANO / EL DICTAMEN
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Llega avión de la Fuerza Aérea Mexicana a Rumania También se adelantan los pagos que corresponden a los bimestres de mayo-junio, de personas con discapacidad.
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AGENCIAS / EL DICTAMEN
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