Borrador Reforma Laboral 2010

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El documento de propuestas que el Gobierno presentó a patronal y sindicatos incluye endurecer las condiciones de los contratos temporales, modificar las causas de los despidos objetivos, amplíar el uso de los contratos de fomento del empleo indefinido (33 días de indemnización por año trabajado) y que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) cubra ocho días de indemnización del despido en algunos casos. El texto se compone de 17 páginas con varios puntos, en los que se toca tanto la contratación (indefinida y temporal) como las bonificaciones, el despido o la flexibilidad interna de las empresas. Muchas de estas medidas tendrían una vigencia temporal hasta 2011 o 2012 para "evaluar sus resultados". ¿Cómo es el actual despido? Un despido puede ser individual o colectivo. Individual indemnización - Individ vidual vid ual po por causas objetivas, 20 días de in indem demnización por año trabajado. Motivado por ineptitud del trabajador, falta de dem adaptación, adapta ptació pta ción, ció n, abs absentismo laboral y la necesidad acred acreditada redita red itada de amortizar ita zar puestos pu de trabaj trabajo. bajo. baj - Proc rocede roc edente.. Si ede Sin indemni mnizac mni zación zac ión por caus ausas aus as pro probadas as de despid pido, pid o, com como o desobedencia. deso deso esobedenc encia. enc ia. Procedente. indemnización causas despido, Impr mproceden mpr dente. den te. El despido despi spido spi do no está á just jjustificado. ustifi ust ificad ifi cado. cad o. La indemnización indemniza ind izació iza ción ess de ció de 45 45 días días por po añ año o trabajado trab trab rabajado con un máximo de 42 - Improcedente. mensualidades. mensua sualidade sua ades. ade s. - Cole olecti ole ctivo. cti vo. Me Mediante un Ex Exped pedien ped iente de Reg ien Regula ulación ula n de de Empleo E aproba apr obado oba do por el mi minis ministerio nister nis terio ter io de Tra Trabaj Trabajo. bajo. Exige más de 10 despidos baj Colectivo. Expediente Regulación aprobado en una empresa empre em presa de hasta pre ta 100 tr traba trabajadores, abajadores, el 10% en aba entre tre 100 y 300, más de 30 para compañías mayores. - Universalizar el despido en 33 día díass en e vez de 45 contratos fijos, - El Gobierno propone fijar en 15 días as el pla plazo zo de preaviso de lo loss despidos desp desp espido idoss objetivos ido obje obje bjetiv tivos tiv os par para a todo todo ti tipo po de con contra tratos tra tos fi fijos jos,, y situar jos situa si tuarr en tua en 33 días la indemnización por despido de los contratos de fomento o del del emp empleo leo si el de despi despido spido spi do es dec declar declarado larado lar ado im impro improcedente. proced pro cedent ced ente. ent e. vos,, de vos de forma form form orma a que que pod podrá rá efe efectu ctuars ctu arse ars e con con aquellos aquel aq uellos uel los pa parad parados rados rad os que lllleve lleven even eve n Además, el contrato de fomento se ampliaría a nuevos colectivos colectivos, efectuarse en el desempleo tres meses, frente a los seis meses actuales, y pa para los parados que en los últimos dos años sólo hayan tenido contratos temporales. hasta momento revisará Esta ampliación en el uso del llamado contrato de 33 días estaría ía vig vigente e hast h asta ast a fina ffinales inales ina les de 20 2012, 12, mo momen mento en el que se revis men visará su vis éxito o fracaso. De temporales a indefinidos El Gob Gobier ier propone realizar ealiza eal iza conversiones ion de contratos tra Gobierno temporales en una misma empresa a contratos de fomento del empleo. En el borrador se especifica que los contratos temporales anteriores al 1 de julio de 2010 podrán transformarse a contratos de 33 días hasta el 31 de diciembre de este mismo año, mientras que los que se celebren entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011, y siempre que no excedan de seis meses, podrán convertirse a contratos de 33 días antes del 31 de diciembre de 2011. Además, se mantienen las bonificaciones a la conversión de contratos de relevo en indefinidos. Limitación de los contratos temporales El Gobierno plantea limitar a un máximo de dos años la duración del contrato de obra o servicio, aunque este tope podrá ser ampliado por la negociación colectiva hasta un máximo de un año adicional. La indemnización por finalización del contrato temporal se endurecería desde los ocho días actuales a un total de 12. Este incremento de la indemnización se realizaría progresivamente, de manera que se sumaría un día más por año a partir de 2011, hasta llegar a una indemnización de doce días en 2014. Además, el Gobierno quiere introducir una redacción "más estricta" de la regla actual al encadenamiento de contratos, revisando lo referente al cambio de puesto de trabajo o de empresas de un mismo grupo. Modificación del convenio colectivo Las empresas empre em presas pre sas po podrán modi odific odi ficar fic ar el convenio io col colectivo ivo cu cuando en n una una crisis cri manifies iesto ies to una disminución significativa de modificar se ponga de ma manifiesto la actividad, activi ividad ivi dad, se dad e pierda p compet com competitividad petiti pet itivid iti vidad y las vid as mod modifi modificaciones ificacion ifi iones aseguren ion asegur guren gur en la via viabil viabilidad bilida bil idad ida d de de la la comp ccompañía. ompañí omp añía. añí a. exceder Esta a vari vvariación ariación ari ón no podrá rá exc excede ederr la ede la variaci vvariación ación tem aci temporal del convenio nio colectivo. colec co lectiv lec tivo. tiv trabajadores Los representantes de los trabaja ajador aja dores deberán ser dor er con consultados, au aunque sus informes no serán vinculantes. No obstante, podrán recurrir a un arbitraje externo. Todo o ello ello en un pl plazo azo má máximo de e meno m menos enoss de eno d un mes. El Fogasa paga parte del despido En los contratos de fomento del empleo, el Ejecutivo plantea financiar con cargo al Fogasa el importe correspondiente a ocho días de indemnización para despidos objetivos, tanto procedentes com como o impr iimprocedentes, mproceden mpr dentes den tes, individ individuales viduales com vid como o colectivos. c días. Así, las empresas pagaría 20 días por año trabajado en vez de 33 3 días d ías. ías LLegados a este punto, el Ejecutivo plantea dos opciones: aplicar est esta medi edida sól edi sólo a lo los nuevos contra tratos tra tos de fomento to que superen medida contratos el año de antigüedad o ponerla en marcha en "cualquier contrato indefinido", tanto vigente como nuevo. Eso sí, precisa que para los contratos en vigor, los ocho días sólo se abonarán "para los años de antigüedad devengada a partir de la entrada en vigor de la reforma". El abono de esta ayuda, que se pagará directamente al trabajador, quedaría excluida en el caso de despidos disciplinarios improcedentes. Cotización del Fogasa El Ejecutivo propone elevar la cotización de las empresas al Fogasa y reducirla en otros conceptos, sin especificar, para que el coste no se eleve respecto al actual. Contrato de formación La edad para optar a este contrato se ampliaría de 21 a 24 años, y a partir del segundo año de vigencia se cobraría el Salario Mínimo Interprofesional (SMI, 633 euros al mes en 2010) al completo. Respecto al contrato de prácticas, se ampliaría de cuatro a cinco años el plazo para poder tenerlo después de obtener el título. Más causas de despido objetivo En lo relativo a la extinción del contrato, el Gobierno propone una nueva definición de las causas de despido objetivo que incorpore la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, lo que implica una nueva redacción de los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores. Supresión de bonificaciones al empleo El Gobierno estudia suprimir las actuales bonificaciones universales para jóvenes, mujeres y parados de larga duración para concentrar los nuevos incentivos en dos colectivos: jóvenes de hasta 30 años sin formación y 12 meses sin empleo y mayores de 45 años con igual antigüedad de paro.


Agencias de trabajo temporal El borrador del Ejecutivo plantea regular este tipo de agencias de intermediación en la Ley de Empleo para que sean colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo mediante convenios. En los próximos seis meses patronal y sindicatos tendrán que pactar en la negociación colectiva qué sectores estarán excluidos de las ETT por riesgo profesional. Despid Des pido pid o colectivo c Despido Según Seg ún el ane anexo que recoge recog re coge las cau cog causas sas de ex extin tinción, se ent tin entend enderá end erá po porr desp d espido esp ido co colec lectiv lec tivo tiv o la l extinción de contratos de trabajo por extinción, entenderá despido colectivo causas cau sas económicas, econó ec onómic onó micas, mic as, té técni técnicas, cnicas cni cas,, orga cas o organizativas rganiz rga nizati niz ativas o de produc ati producción ducció duc ción ció n que que jus justif justifiquen tifiqu tif iquen iqu en una re reduc reducción ducció duc ción de las necesidades de empleo de la ció empresa. empres emp resa. res a.


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