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AÑO NO. 35 • EDICIÓN 11057
Medina duda que renuncia asesor afecte su campaña; PRM emplaza (P/4)
MIERCOLES 24
TOGA
(P/11)
SIP aplaude paso para despenalizar la difamación en Rep. Dominicana
NACIONALES (P/4-12)
Indefinición del PLD cabildo SDE; hay empate y D. Jiménez rechaza
DE FEBRERO DE 2016 / SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA
TOGA
(P/10)
Dejan sin efecto medida prohibía mover cadáveres a partir 6:00 PM
ECONOMICAS (P/8)
BS afirma presta RD$10,000 MM a 227,000 micros empresas de RD
CEI-RD informa sobre productos potenciales de exportación a EEUU
(P/8)
Presidente encabeza acto de homenaje a la Bandera Nacional El presidente Danilo Medina, y la primera dama, Cándida Montilla de Medina, encabezaron ayer el acto del izado de la Bandera Nacional en la explanada frontal del Palacio Nacional con motivo del “Mes de la Patria, que inició el 26 de enero y culmina el 27 de este mes. A las 7:53 de la mañana comenzó la ceremonia para rendir tributo a la enseña tricolor con motivo de la conmemoración de la Independencia Nacional. PAGINA 07.
editorial Cambiar la salud El Ministerio de Salud Pública y el Colegio Médico Dominicano (CMD) iniciaron un diálogo que aparenta haber colapsado en el primer intento. Lo han hecho luego de las consideraciones emitidas por el presidente Danilo Medina Sánchez con los miembros de la Sociedad Dominicana de Diarios, el pasado miércoles, en el Palacio Nacional. Lo cierto es que el sistema de salud pública requiere más que un diálogo para conversar de reivindicaciones salariales e incentivos médicos, pues aunque ello es parte del todo debemos poner por delante la calidad de los servicios que están recibiendo los usuarios, que en definitiva es la población. El momento parece ideal para asumir con seriedad desde el Gobierno una transformación de la salud. Hay que cambiar todo cuanto sea necesario para que las cosas no sigan como están. Debemos lograr, sobre todo, establecer un sentido gerencial que permita tener el control del sistema para que la ciudadanía tenga los servicios que necesita. República Dominicana tiene condiciones para estar mejor en materia de salud. La seguridad social está generando una gran cantidad de recursos y la ciudadanía no está recibiendo los beneficios que debería. Igualmente, los hospitales públicos no están facturando lo que deberían, cuando con esos recursos podrían muy bien estar transformando la salud del país. Aprovechemos esta coyuntura para ir más allá de las demandas salariales y de incentivos. Asumamos la voluntad política para ir más lejos y darle a la población una mejor calidad en algo tan vital para las familias, pues vale la pena.
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DE ENTRADA
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
La Caricatura FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981 Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)
CONSEJO DE DIRECTORES
Dan pésame a familiares de Silvio Herasme Peña os restos del periodista Silvio Herasme Peña, exjefe de redacción de El Nacional y primer director del desaparecido periódico La Noticia, en 1973, son velados desde ayer en la Funeraria Blandino, donde sus familiares recibieron las condolencias de personalidades. Asimismo, parientes confirmaron que sus restos serán cremados este jueves durante una ceremonia especial. Herasme Peña falleció la madrugada del pasado lunes, a los 76 años de edad.
Era hermano de los periodistas Eurípides y Emilio Erasme Peña, este último fallecido en el 2013. Don Silvio murió a causa de un infarto fulminante cuando era trasladado de emergencia a un centro médico en la capital. Le sobreviven su esposa, Dolores Echavarría, y sus hijos Silvio y Sarah Herasme Echavarría; así como Marcos, Juan, Claudia y Laura Herasme Alfonso, estos últimos nacidos de su matrimonio con la periodista Clara Leyla Alfonso.
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Leger abandona PRSC y pasa al PRD les propósitos y valiosos hombres para aportar en la enorme tarea de construcción nacional”, dijo en una ceremonia encabezada por el presidente de la entidad, Miguel Vargas Maldonado. “Con este paso reitero mi vieja vinculación afectiva con el PRD, la cual se puso en evidencia cuando ejercí en dos períodos legislativos la presidencia de la Cámara Alta y cuando”, afirmó Leguer.
osé Osvaldo Leger abandonó el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y se incorporó ayer al Partido Revolucionario Dominicano (PRD). De inmediato anunció su disposición de trabajar a favor de la reelección del presidente Danilo Medina, cuya obra de gobierno elogió. “Me incorporo al PRD por considerarlo una organización con sustancia-
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Persio Maldonado PRESIDENTE Héctor Corominas Peña PRIMER VICEPRESIDENTE Aura Minerva González SEGUNDO VICEPRESIDENTE Francisco Pérez Encarnación SECRETARIO Mario Viñas Betances TESORERO Rodolfo Lama Vincenzo Mastrolilli Fanny Sánchez Martha Camarena VOCALES ______________________
La Palabra Diaria Miércoles 24 de febrero del 2016 Expreso las cualidades de mi identidad sagrada. Mi rostro y mi nombre forman parte de mi identidad, sin embargo, existe mucho más. Mis creencias -lo que tengo en mi subconsciente- alimentan mis perspectivas, hábitos,
pensamientos y cuerpo. La manera como experimento la vida es determinada por lo que mantengo en mi mente. Mi ser verdadero es un ser espiritual -amoroso, sabio y compasivo. Dios mora en mí. Elijo enfocar mis pensamientos en mi esencia espiritual. Mi vitalidad despierta mi energía jovial y ésta cobra vida gracias al poder de mi mente.
Cosette Bonnelly DIRECTORA EJECUTIVA Mi identidad espiritual vive y se expresa de lo interno a lo externo por medio de mis pensamientos, palabras y acciones. Mi ser verdadero tiene significado y propósito. Por tanto, vivan en el Señor Jesucristo ... confirmados en la fe y rebosantes de acciones de gracias, que es como fueron enseñados.-Colosenses 2:6-7
La agenda 08:30 A.M. Desayuno con Elías Wessin Chávez, Salón Esmeralda, Iglesia de la Cristianización. Tercer nivel, 27 de Febrero, esq. Isabel Aguiar. 09:00 A.M. Ofrenda floral en el Altar de la Patria, invita la DNCD. 09:00 A.M. Audiencia del Tribunal Superior Electoral.
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Persio Maldonado DIRECTOR
la feria ganadera, Av. Cayetano Germosen, entre la calle Italia y la Av. Winston Churchill. 10:30 A.M. RP de la Cooperativa de los Maestros, en su sede, C/Mayor Enrique Valverde No.1, Ens. Las Miraflores. 10:30 AM Debate Electoral 2016, Torre Empresarial AIRD, Av. Sarasota, Esq. Abraham Lincoln, ANGE, 3er nivel.
09:00 A.M. Rueda de prensa del Consejo Nacional de Defensa a los Consumidores (CONACONU), en el Colegio Dominicano de Periodistas, en el Centro de los Héroes.
4:00 P.M., Cadena Humana ante la sede de la CDEEE, Av. Independencia, Centro de Los Héroes.
10:00 A.M. RP de la UNPHU, en la Terraza del Almendro, Edificio 3.
06:00 P.M. Apertura Jornada Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas, en el Night Club, SEDE DEL CMD
10:00 A.M. Entrega de denuncia formal en la fiscalía barrial del Ens. La Paz, sobre el asesinato de perros y gatos en
7:00 P.M. Encuentro del triunfo de Karen Ricardo. Lugar: Club del Legislador.
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
RESOLUCIÓN NO.000001 del 8 de enero de 2016.
QUe deliMita el rol del MiNiSterio eN el ÁMBito de la PatoloGÍa eN el MarCo de la reorGaNiZaCiÓN del MiNiSterio de SalUd PÚBliCa Y aSiSteNCia SoCial CONSIDERANDO: Que la Rectoría del Sistema Nacional de Salud está a cargo del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y sus expresiones territoriales, locales y técnicas. Esta rectoría será entendida como la capacidad política del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de máxima autoridad nacional en aspectos de salud, para regular la producción social de la salud, dirigir y conducir políticas y acciones sanitarias, concertar intereses, movilizar recursos de toda índole, vigilar la salud y coordinar acciones de las diferentes instituciones públicas y privadas y de otros actores sociales comprometidos con la producción de la salud, para el cumplimiento de las políticas nacionales de salud. CONSIDERANDO: Que la regulación es un proceso permanente de formulación y actualización de normas, así como su aplicación por la vía del control y la evaluación de la estructura, los procesos y de los resultados, en áreas de importancia estratégica, como políticas, planes, programas, servicios, calidad de atención, economía, financiamiento e inversiones en salud, así como el desarrollo de la investigación científica y de los recursos humanos y tecnológicos. CONSIDERANDO: Que la promulgación de la Ley 123-15 que crea el Servicio Nacional de Salud establece la separación definitiva de la función de provisión de servicios de salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Esta Ley se genera en el marco de la reforma del sector salud y la consecuente reorganización ministerial que establece la Ley General de Salud 42-01 y la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social desde su promulgación en 2001. CONSIDERANDO: Que la reorganización interna ministerial persigue la conformación y organización estructural y funcional del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y sus respectivas dependencias para desarrollar y fortalecer su rol de rectoría de la salud en todo el territorio nacional. CONSIDERANDO: Que el desarrollo de la patología forense permea principalmente dos ámbitos de jurisdicción en el sector público en la actualidad, tanto desde la perspectiva de rectoría como de provisión, a saber el Ministerio de Salud Pública, dentro de este, el Instituto Nacional de Patología y el Ministerio Público, dentro de este específicamente la Procuraduría General de la República Dominicana y su Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF). CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) como órgano técnico funcionalmente independiente tiene la misión principal de brindar los auxilios científicos y técnicos a los órganos de investigación y a los tribunales de la República y en las condiciones que establezca la correspondiente ley, así como a otros órganos públicos y privados y a los particulares de conformidad con la reglamentación interna. CONSIDERANDO: Que la separación de la función de provisión del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y las estructuras y gestión correspondientes a la provisión plantea la necesidad de definir claramente la diferencia entre los servicios de patología clínica y patología forense para establecer los recursos necesarios y las responsabilidades a separar. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Administración Pública (247-12) en su artículo 24 señala que “Los ministerios son los órganos de planificación, dirección, coordinación y ejecución de la Administración del Estado, encargados en especial de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios en las materias de su competencia, y sobre las cuales ejercen su rectoría. En tal virtud, constituyen las unidades básicas del Poder Ejecutivo”. CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Patología, es una entidad especializada perteneciente al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses ha alcanzado una cobertura prácticamente nacional para la realización de las autopsias de su interés (autopsias judiciales o médico legales). CONSIDERANDO: Que el Instituto de Patología Forense se reconvierte, pasando la parte Forense de sus funciones a la Procuraduría General de la República y el Instituto Nacional de Ciencias Forense (INACIF) y se crea el Laboratorio de Patología como componente de Garantía de la Calidad, para ejercer el rol de Rectoría de estos servicios, tal como establece la Ley General de Salud (42-01). CONSIDERANDO: Que la Ley General de Salud establece la necesidad de que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social asuma un rol de rectoría frente a los servicios de medicina (patología) y la regulación de la práctica profesional. Así mismo establece la necesidad de vigilar las causas de muerte y efectuar las investigaciones de lugar para contribuir con la salud pública. VISTA: La Constitución dominicana, de fecha 26 de enero del 2010. VISTA: La Ley General de Salud, No.42-01 de fecha 8 de marzo del 2001 y sus reglamentos de aplicación. VISTA: La Ley que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, No.87-01 de fecha 8 de mayo del 2001 y sus reglamentos de aplicación. VISTA: La Ley que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS), No.123-15 de fecha 16 de julio del 2015. VISTA: La Ley de Función Pública, No.41-08, de fecha 16 de enero de 2008. VISTA: La Ley Orgánica de la Administración Pública, No.247-12 de de fecha 14 de agosto de 2012. VISTA: La Ley que declara Obligatoria la Práctica de la Autopsia Judicial en la Instrucción Preparatoria del Proceso Penal, No.13680, de fecha 03 de mayo de 1980. VISTA: La Ley que crea el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de la República Dominicana No. 454-08, de fecha 28 de octubre de 2008. VISTO: El Decreto que crea el Instituto Nacional de Patología Forense No. 26-99, de fecha 29 de enero de 1999. VISTA: La Resolución que aprueba la Estructura Organizativa de Transición del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), No.000025 de fecha 15 de septiembre de 2015. En virtud de las atribuciones que me confiere la Ley General de Salud No. 42-01, dicto la siguiente: reSolUCiÓN PRIMERO: Se delimita el rol del Ministerio en el ámbito de la patología en el marco de la reorganización del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. PÁRRAFO: Se dispone que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social asuma el rol de rectoría frente a los servicios especializados de patología y la regulación de la práctica profesional. Asimismo se establece la necesidad de vigilar las causas de muerte, y efectuar las investigaciones de lugar para contribuir con la salud pública. SEGUNDO: Se delimita las funciones del Instituto Nacional de Patología a las funciones de rectoría, estas funciones a saber serán las siguientes: • Formación de médicos patólogos. • Realizar autopsias clínicas a nivel nacional. • Vigilar la aplicación de procedimientos y estándares de calidad en el ejercicio de la patología. • Vigilar la correcta clasificación de causas de muerte.
PÁRRAFO: En tanto que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses asume la estructura nacional para realizar todos los servicios correspondientes a la medicina forense desde la perspectiva legal, que incluye las autopsias judiciales o médico legales a nivel nacional. TERCERO: Se define el Instituto de Patología como componente de Garantía de la Calidad, para ejercer el rol de rectoría de estos servicios, tal como establece la Ley General de Salud (42-01) pasando la parte forense de sus funciones a la Procuraduría General de la República y el Instituto Nacional de Ciencias Forense. CUARTO: Se identifica el personal especializado en patología en la nómina del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el cual no debe ser transferido como parte de la nómina del personal de salud de la red pública (Servicio Nacional de Salud). QUINTO: Se designa a los médicos patólogos del sistema como parte funcional de la estructura para la vigilancia y clasificación de causas de muertes en los registros y estadísticas vitales en el ejercicio de la rectoría a nivel desconcentrado (DPS/DMS) y hacia los centros de salud públicos y privados. SEXTO: Se establece la obligatoriedad de las autopsias de interés de salud pública y define las mismas como servicio a ser garantizado por el Ministerio de Salud pública y Asistencia social en el marco del fortalecimiento del ministerio como ente rector del Sistema y además la obligatoriedad de las causas definidas para auditoría clínica ejemplo: mortalidad materna infantil y patología probable de dengue. SEPTIMO: Se dispone la orientación a los centros de salud (hospitales, clínicas, patronatos y otros similares) sobre su responsabilidad en la certificación de la defunción, aun cuando las muertes han ocurrido en el plazo de las 48 horas desde su ingreso en el centro de salud y frente a casos fallecidos en su hogar por enfermedades catastróficas o similares tratadas por el centro de salud. OCTAVO: Para la realización de las autopsias clínicas a nivel desconcentrado se habilitarán dichos laboratorios ya sea en los hospitales o en centros regionales que asuman esta función con cobertura regional, bajo la auditoría y supervisión del Instituto Nacional de Patología. DÉCIMO PRIMERO: Se establece la obligatoriedad de las autopsias de interés de salud pública, que deberán ser realizadas por el Instituto de Patología. PÁRRAFO: Para realizar sus funciones el Instituto de Patología cumplirá con lo establecido en la legislación nacional en cuanto a consentimiento informado, habilitación y estándares de calidad. Tendrá las siguientes funciones: a) Realización de autopsias clínicas de casos de muertes por evolución atípica de un proceso clínico en seguimiento, conforme a los criterios establecidos en la reglamentación correspondiente. b) Realización de autopsias clínicas de casos de muertes por enfermedades o eventos clasificados de alto interés de salud pública, conforme a los criterios establecidos en la reglamentación correspondiente. c) Implementación de un programa de formación en patología clínica, acreditado por las instituciones competentes. d) Evaluación de cumplimiento de normativas, protocolos y procedimientos por parte de los servicios de patología de los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud. DECIMO SEGUNDO: Se dispone que sean elaboradas en un plazo no menor de ciento veinte (120 días) a partir de la puesta en vigencia de la presente resolución, las reglamentaciones y normativas pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 139 de la Ley General de Salud con relación a: a) Determinación de los requisitos de orden científico que debe llenar el personal autorizado y especialista del área, para practicar autopsias sanitarias, docentes e investigativas, viscerostomías y tomas de muestras de tejidos y líquidos orgánicos; b) Establecimiento de requerimientos específicos para habilitación que deben cumplir las instituciones científicas, los establecimientos hospitalarios o sus similares, a fin de que puedan ser autorizados por el Ministerio de Salud para efectuar las investigaciones mencionadas; c) Establecimiento de los criterios y circunstancias en que las viscerostomías o la toma de muestras de tejidos o líquidos orgánicos podrán realizarse fuera de los establecimientos autorizados; d) Establecimiento del plazo en que, respecto de la hora de muerte, deben realizarse los mencionados procedimientos, a fin de que la información científica que ellos proporcionen sea adecuada. Deberán elaborarse además las guías y protocolos de actuación para la declaración de defunción al momento del deceso en el ámbito asistencial, institucional y extramural; e) Establecimiento de los criterios para ordenar o autorizar la práctica de los procedimientos de que se trata en caso de emergencia sanitaria o en aquellos en que la salud pública o la investigación científica así lo requieran, aún cuando no exista consentimiento de los deudos; f) Correcta clasificación de causas de muerte; g) Establecimiento de criterios para la vigilancia sanitaria de los servicios de patología. PÁRRAFO: Se instruye a los viceministerios de Garantía de la Calidad y de Salud Colectiva a realizar todas las acciones para la elaboración de las normativas y disposiciones requeridas para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, conforme a los procedimientos institucionales establecidos para estos fines. DECIMO TERCERO: El Instituto de Patología apoyará a las instancias de control y supervisión de la rectoría en materia de servicios de patología, por lo que, a solicitud de la instancia correspondiente el Instituto realizará las actividades para la evaluación de la conformidad sobre la calidad de estos servicios en el Sistema Nacional de Salud. DÉCIMO CUARTO: Se establece de alta prioridad la coordinación entre el INACIF y el Ministerio de Salud Pública, a los fines de coordinar acciones conjuntas, la transferencia de información y gestión del conocimiento entre ambas instituciones, con relevancia en los siguientes aspectos: a) Notificación de enfermedades de declaración obligatoria. b) Elaboración de estadísticas conjuntas según causa de muerte. DÉCIMO QUINTO: Se instruye al Viceministerio de la Garantía de la Calidad y a la Dirección General de Recursos Humanos de este Ministerio, a crear los mecanismos para dar seguimiento a la aplicación de la presente resolución. DÉCIMO SEXTO: Se designa a la Oficina de Acceso a la Información a publicar en el Portal Web institucional del Ministerio de Salud, el contenido de la presente resolución. DADA, FIRMADA Y SELLADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de enero del año dos mil dieciseis (2016).
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Se complica el PLD en SDE; Jiménez rechaza los resultados a situación se complica para el Partido de la Liberación Dominicana en Santo Domingo Este, luego de que esta noche el precandidato a la alcaldía de ese municipio, Domingo Jiménez, anunciara que no aceptará los re-
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sultados de la encuesta que declara un empate entre Karen Ricardo y Alfredo Martínez, y lo saca a él de la competencia. “Solicitamos formalmente, mediante una comunicación y por este medio a la CNE que
INFORME DEL TIEMPO Vaguada en la costa noreste del país en proceso de disipación. Circulación anticiclónica comienza a incidir.
La temperatura máxima estará entre 29ºC y 31ºC y la mínima entre 21ºC y 23ºC.
nos proporcione los detalles de la encuesta que hoy proporcionó ese organismo, ya que no fue divulgado ninguno de los protocolos que establece este tipo de información”, señaló. Jiménez, uno de los cuatro precandidatos que fueron con-
siderados para esa encuesta, dijo que el PLD debe darle a él y a sus seguidores una “explicación satisfactoria” sobre la forma en que se realizó la misma, que dio como punteros a los diputados Karen Ricardo y Alfredo Martínez.
NACIONALES
Medina duda que renuncia de su asesor afecte su campaña; PRM lo emplaza explique vínculo l presidente Danilo Medina, en su condición de candidato a la presidencia de la República, respondió a los periodistas que le abordaron sobre los próximos pasos de la campaña electoral luego de la salida del señor Joao Santana como su asesor, tras ser apresado en Brasil por un caso de corrupción en ese país. “La campaña seguirá adelante”, respondió Medina al tiempo de reiterar que Santana tenía un papel importante en el cuerpo de asesores de la campaña por la reelección presidencial. “Pero la campaña continúa y si esto me va afectar, bueno, era un asesor importantísimo, pero la campaña sigue adelante”, precisó el Presidente de la República. Informó que el propio asesor le comunicó de la situación y que se trasladaría a Brasil a asumir las imputaciones de que ha sido objeto. “El señor Joao Santana ha estado en el equipo de asesores de mi campaña como el asesor principal, porque son varios, está afectado de una acusación que le hacen en su país y él espontáneamente me dijo que tenía que ir a enfrentar su situación a
presidencial se vería asociada a alguien acusado en su país de graves actos de corrupción, de acuerdo a las investigaciones que lleva a cabo la justicia brasileña”, plantearon. “El PRM solicita al presidente Danilo Medina no obstaculizar, en todo su alcance, el proceso investigativo iniciado en contra de su asesor Joao Santana”, concluyeron los dirigentes perremeístas su declaración a la prensa.
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Brasil y que se retiraba de la campaña”, comentó Danilo Medina. Reiteró que cuenta con otros asesores y que valoró la franqueza de Joao Santana quien le comunicó la situación y le anunció que se trasladaría a su país a enfrentar las acusaciones, que califica de infundadas en la carta que enviara al Comité Nacional de Campaña del PLD. Santana renunció la víspera a través de una carta en la que explica que con sorpresa conoció a través de los medios que su nombre fue ligado a una supuesta trama relacionada con el financiamiento de campa-
ñas políticas en Brasil. Despachos de agencias internacionales de prensa confirman que el publicista João Santana se presentó este martes a las autoridades en Brasil en donde era requerido por las autoridades judiciales. Canciller dice renuncia de João Santana no afectará campaña de Danilo Medina Canciller: Es irrelevante para la campaña El Canciller dominicanos, Andrés Navarro, restó importancia a la renuncia del asesor de la campaña del presidente
Medina, afirmando que se trata de “un tema irrelevante para la campaña” del mandatario que aspira a reelegirse en el cargo. Dijo que si no se quiere hacer una distorsión “mañosa”, al presidente Medina hay que evaluarlo por sus condiciones, cualidades y sus antecedentes”. PRM exige a Medina explique sus vínculos El Partido Revolucionario Moderno (PRM) pidió esta noche al presidente de la República, Danilo Medina, que esclarezca ante el país sus vínculos con el brasileño João Santana, contra quien la justi-
cia brasileña emitió esta mañana una orden de detención por sus vínculos con el escándalo de Pretrobras. En rueda de prensa ofrecida en su casa nacional, el secretario general Jesús Vásquez, y otros dirigentes afirmaron que “ante la orden de detención dispuesta por la justicia de Brasil en contra del señor Joao Santana, quien ha sido asesor desde el 2012 de la campaña presidencial del presidente Danilo Medina, el PRM exige al mandatario dominicano explicar al país los alcances de este vínculo”. “Estamos ante un hecho en el que la figura
FNP investigar sus actividades en RD El diputado Vinicio Castillo Semán, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), pidió hoy al procurador general, Francisco Domínguez Brito, abrir una investigación sobre las actividades en el país del publicista brasileño João Santana, vinculado en Brasil en un sonado caso de corrupción. “Hay transferencias millonarias en dólares de África a la República Dominicana y de la República Dominicana a Brasil. El señor João Santana y sus empresas hicieron muchas operaciones en la República Dominicana y recibieron mucho dinero del Estado Dominicano”, subrayó el diputado en un comunicado.
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NACIONALES
Politólogo dedica su libro a la gestión gubernamental del presidente Medina
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FLASH MARGIE JOVER RIZIK.
l politólogo Belarminio Ramírez Morillo puso en circulación su más reciente libro titulado “Danilo Medina Sánchez - El gerente y líder en la escena”, obra en que estudia la naturaleza del liderazgo y la filosofía de gestión. El texto es un tratado sobre la ciencia y el arte del liderazgo, tomando como objeto de estudio el liderazgo del presidente Medina, quien de acuerdo a Ramírez Morillo, ha concitado niveles de aprobación, confianza, credibilidad, agrado y popularidad por encima del resto de los liderazgos que ha tenido la República Dominicana. El autor de la obra analiza el fenómeno Danilo
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Medina y plantea como factor fundamental de su éxito el hecho de conjugar los perfiles de gerente y líder a la vez. “Lideres hemos tenido muchos y gerentes también, pero personas que conjuguen las habilidades y destrezas de gerencia y
liderazgo en alta potencia, son escasas”, subrayó el especialista en marketing político. “¿Qué hizo Danilo Medina para superar sus debilidades naturales puestas en evidencia en la campaña electoral del 2000, y aparecer en la escena en el 2012 totalmente rediseñado con carisma, inspiración y destrezas empáticas en abundancia?” Es una interrogante que plantea el escritor. Algunos capítulos del libro son: “Danilo Medina en la balanza de las teorías de la Ciencia del Liderazgo”, “Los valores como anclas de la confianza y la credibilidad”, “El comienzo y la firme voluntad de iniciar una nueva era”, “Los momentos claves que con-
sagraron la imagen del Estadista” y “Danilo Medina como persona integral”, entre otros. Además de Morillo Ramírez, la mesa de honor estuvo integrada por Luis Brea Franco, viceministro de Cultura, quien tuvo a cargo la presentación del libro; Maritza Hernández, ministra de Trabajo; el arquitecto Alejandro Montás, director de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo y coordinador del movimiento “Amigos de Danilo”; Cristina Lizardo, presidenta del Senado; el diputado Radhamés Camacho, Iris Guaba, director de Pasaportes y Manuel Rivas, director de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET).
Rafael Abinader afirma no tiene pendiente pago de prestaciones l doctor José Rafael Abinader, sus abogados y el director de campaña del candidato presidencial, Luis Abinader, presentaron pruebas documentales de que el cerrado Hotel Sol de Plata no tiene pendiente pagos por concepto de presta-
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ciones laborales. Asimismo, atribuyeron alegados reclamos en ese sentido “a una orquestación de la campaña negativa recomendada por el asesor brasileño, Joao Santana, al candidato-presidente Danilo Medina”. Los abogados Máximo
margieflash@hotmail.com
¡Cuidado con las velas aromáticas! Las autoridades de Rusia y EEUU ya firmaron el acuerdo que establece el inicio del alto el fuego en Siria este sábado 27…Es una magnífica noticia, pues como bien dijera el presidente Vladimir Putin, “es un paso real para frenar el derramamiento de sangre”. ***** Muchas personas usan en el hogar las velas aromáticas y los ambientadores que vienen en “spray”… Les informo que de acuerdo a un estudio conjunto del Colegio Real de Médicos y el Colegio Real de Pediatría y Salud Infantil del Reino Unido, el uso de las velas aromáticas y los ambientadores, especialmente con las ventanas cerradas, resulta contaminante, y además, van acumulando una nube de aire “potencialmente tóxica”…De acuerdo con ese estudio, la muerte de unas 40,000 personas al año en el Reino Unido estaría relacionada con la contaminación del aire exterior e interior del hogar…Otros artículos que influyen en la contaminación del hogar, además de los citados, serían los productos de limpieza y los desodorantes… .Bueno, si desean aromatizar el ambiente hogareño sin contaminarlo, utilicen cáscaras de naranja, mandarina o limón. *****
Bergés, Antoliano Peralta, Luis Soto y Andrés Astacio, en compañía de Roberto Fulcar, presentaron y distribuyeron a los periodistas la certificación núm. 465-16-00006, de fecha 22 de este mes, expedida por Ynocencia Esmeralda Hurtado Vásquez, secretaria del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Puerto Plata la cual certifica que “En los archivos a mi cargo, en el período comprendido desde el año 2009 hasta la fecha de emitir la presente certificación, no existe demanda laboral alguna pendiente en contra de la entidad comercial Sol de Plata y el señor Luis Abinader”. Los abogados mostraron también a los periodistas copias de la
documentación que certifica la liquidación del personal que operó en el Hotel Sol de Plata, cerrado en el año 2009, debido al colapso sufrido por el polo turístico puertoplateño. Mostraron videos en los que personas llevadas a la protesta “a ser efectuada frente al local del PRM en Puerto Plata”, subrayó Fulcar, “admiten que acudieron a la protesta por el pago de 500 pesos para cada uno, reconociendo algunos que no trabajaron en Sol de Plata”. Los abogados dijeron no descartar sometimientos judiciales a quienes organizaron los falsos reclamos, cuyos nombres y otros detalles, dijo que están siendo investigados minuciosamente.
¿Vivir cerca de una colonia de serpientes venenosas?...¡ni de juego!...Por esta zona abundan las culebras, pero no son venenosas…pero resulta que el Departamento de Vida Silvestre y Pesca del estado de Massachusetts (EEUU) anunció que establecería una colonia de serpientes cascabel en una isla inhabitada ubicada en el embalse Quabbin…Pero muy cerca viven muchas personas, que han entrado en pánico con ese anuncio, ¡y con razón!, pues resulta que el veneno de esas serpientes es mortal, y además, son buenas nadadoras…es decir, que llegarían fácilmente a zonas habitadas, cuyos habitantes estarían expuestos a morir si son mordidos por un bicho de esos…Las autoridades de Massachusetts alegan que las serpientes cascabel “son tímidas”, y que “solamente atacan cuando las provocan”…¡qué bobería!... ***** El año pasado, Pepe, el más pequeño de mis niños de 4 paticas, ladraba tan furiosamente que salí a la terraza a ver qué le pasaba, justo en el momento que una enorme culebra (crema con manchas negras), quizás molesta por los ladridos, se disponía a atacarlo…¡Mi Pepe en peligro!...me tomó 3 segundos coger un machete y zassss, ¡descabecé la culebra!..pero seguí macheteando hasta convertirla en 5 pedazos… Tengo machetes en varios lugares, porque en esta zona hay culebras, ciempiés, cacatas, etc.
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Medina encabeza acto homenaje a la Bandera Nacional; CD al héroe Mella JACQUELINE MORROBEL RAMÓN RAMOS
Canciller dice embajadas son verdaderas antenas promoción de negocios en el país l canciller de la República, Andrés Navarro, afirmó ayer que las embajadas y consulados dominicanos “son verdaderas antenas de promoción de las oportunidades de negocio que ofrece nuestro país”, ya que han aportado buena parte de los inversionistas que acudieron a distintas ferias celebradas en República Dominicana el pasado 2015. Así lo expuso Navarro durante la conferencia titulada “La nueva política exterior: Fomentando relaciones internacionales productivas para nuestra economía”, que impartió durante el almuerzo celebrado ayer por la Asociación Dominicana de Exportadores (Adoexpo). En su intervención, Navarro destacó los buenos resultados obtenidos du-
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rante el pasado año, “siguiendo el esquema de promoción y modelo de trabajo puesto en marcha por el presidente Danilo Medina, para reactivar la diplomacia y elevar la imagen del país ante la comunidad internacional”. Un comunicado de prensa explica que entre las decenas de acciones a las cuales ha prestado apoyo el cuerpo diplomático dominicano, Navarro resaltó algunos eventos, como el Foro Invierte en RD 2014, “en el cual, una cuarta parte de los 286 inversionistas que vinieron al país lo hicieron gracias a la labor de las embajadas y consulados, que contribuyeron con 71 potenciales inversores a la participación internacional”. “Para la Feria Agrolimentaria 2015, de un total de 222 compradores
extranjeros que participaron en la Feria, 115 fueron captados a través del cuerpo diplomático y consular, representando un 51.8 por ciento de la participación total”, destaca la nota. Agrega que estos resultados representan un incremento de más de un 330 por ciento en relación a los resultados de convocatoria del servicio exterior con relación a la edición anterior de la feria agroalimentaria. “En el caso del Foro Invierte en Puerto Plata 2015, celebrado en el mes de septiembre, 44 inversionistas extranjeros fueron captados a través del cuerpo diplomático y consular, lo que representa un 48 por ciento de la participación internacional, con representantes de 28 países”, precisa.
Partido Movimiento Democrático Alternativo
“Moda” Trabajo • Democracia • Desarrollo • Justicia Social
CONVOCATORIA A ASAMBLEAS ELECCIONARIAS: En cumplimiento a lo establecido en la ley electoral 275-97 y sus modificaciones en sus artículos 67 y 68; sobre las nominaciones de las candidaturas a cargos de elección popular, y de nuestros Estatutos generales en su artículo 114 literal a); sobre candidaturas congresuales y municipales, se convoca a las direcciones provinciales y municipales de nuestro partido los días sábado 27 y domingo 28 del corriente mes de Febrero del año 2016, para la escogencia de los candidatos que llevaremos a cargos a diputados, alcaldes, directores de distrito, regidores y vocales, siguiendo los procedimientos señalados en los referidos artículos.
Dr. Emilio Rivas, Presidente. FC 329358
Lic. Julio González Guevara, Secretario General.
El presidente Danilo Medina encabezó ayer una ceremonia solemne para honrar la Bandera Nacional con un izamiento en las escalinatas del Palacio Nacional, junto a la primera dama, Cándida Montilla de Medina y funcionarios del gobierno. El primer regimiento de la Guardia Presidencial se realizó al compás del Himno Nacional junto al izamiento de la Bandera Nacional. Asimismo, el mandatario juramentó también la comisión nacional para la conmemoración del bicentenario del natalicio
de Ramón Matías Mella. Se recuerda que la “Comisión Nacional del Bicentenario del Natalicio de Ramón Matías Mella”, fue creada por el presidente Medina mediante decreto 8-16, para pasar revista a la agenda de trabajo. La misma está conformada por los ministros, Administrativo de la Presidencia, de Defensa, de Educación y de Cultura, así como del presidente
de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, quien la coordina. CD tributa a Matías Ramón Mella La Cámara de Diputados realizó un homenaje al patricio Matías Ramón Mella, en ocasión de conmemorarse el bicentenario de su nacimiento, en un acto celebrado en el Salón de la Asamblea Nacional, presidido por el titular del órgano, Abel Martínez.
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Mercados de valores
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Combustibles Valor
GILBERTO HERNÁNDEZ
Gasolina Regular ........RD$ 157.50 Propano ....................RD$ 78.50 Gas Natural ...............RD$ 23.22
Comprar Venta
Dollar...............$45.30.......$45.78 Euro ................$49.00.......$55.00
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Plata (Oz.) ............US$ 17.44 Cacao (Tm.) ..........US$ 2.954,50 Azucar (Lb.) ..........US$ 17.58 Petróleo ...............US$ 31.87
na subasta competitiva será realizada este miércoles 24 de febrero para colocar RD$400 millones en letras del Banco Central, actividad en la que pueden participar las entidades de intermediación
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Diesel regular ............RD$ 117.00
Oro (Oz.)...............US$ 1,137.64
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Subastarán RD$400 MM en letras del Banco Central
Gasolina Premium.......RD$ 175.30
Moneda
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financiera, puestos de bolsa, inversionistas institucionales, empresas no financieras y público en general. La convocatoria indica que las entidades no participantes en el “Sistema Electrónico de Subastas (CSS), del Banco Central y el público en general debe-
rán participar a través de un puesto de bolsa. Explica el Banco Central que serán colocados RD$140 millones a un plazo de 56 días, mientras que RD$120 millones, en tres bloques de RD$40 millones, serán colocados a plazos de 98, 182 y 266 días, respectivamente.
ECONOmICAS
CEI-RD informa sobre los productos potenciales de exportación a EEUU GILBERTO HERNÁNDEZ
l Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) presentó ayer el estudio de mercado sobre facilitación y acceso de productos agrícolas y agroindustriales hacia Nueva York y La Florida, en el marco del tratado de libre comercio entre Centroamérica y los Estados Unidos, DR-CAFTA. La investigación, que contó con el apoyo de la Asociación
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de Supermercados de Nueva York, revela el enorme potencial de varios productos agrícolas de origen dominicano, que tienen gran demanda en el mercado estadounidense.
El estudio fue presentado en el transcurso de una rueda de prensa realizada en la sede de la entidad, la que estuvo encabezada por el director ejecutivo del CEIRD, Jean Alain Rodríguez, acompañado de los representantes de Agroforsa, Carlos Rivas y Felipe Manteiga, presidente y líder del equipo técnico de la firma consultora, respectivamente. Al destacar la importancia de la iniciativa, Rodríguez explicó que el objeto del estudio es presen-
tar a todo interesado los rubros agrícolas y agroindustriales dominicanos que se venderían con facilidad y en cantidad importante en Estados Unidos. Destacó que la investigación dio como resultado que hay nueve productos con potencial para alcanzar dicho cometido, entre ellos aguacate, pimientos morrones, tomate, yautía, lechosa, mango, piña y calabaza japonesa, entre otros rubros agrícolas producidos en República Dominicana.
Banca Solidaria desembolsa más de RD$10,000 MM a beneficio de 227,000 micros y pequeños empresarios l programa de crédito del gobierno del presidente Danilo Medina, Banca Solidaria (BS), ha expandido significativamente su cartera de financiamiento, logrando sobrepasar los 10 mil millones de pesos desembolsados a la fecha. Con esos recursos, colocados a nivel nacional a través de las 74 sucursales de Banca Solidaria, se han beneficiado más de 227 mil micros y pequeños empresarios de todo el territorio nacional. Maira Jiménez, directora general de BS, dijo que el crecimiento de la institución, así como el alto nú-
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mero de beneficiarios, ha sido gracias a las múltiples formas de trato personalizado que reciben las personas que se acercan a la entidad estatal. Al ser abordada por periodistas luego de encabezar una ofrenda floral en el Altar de la Patria, en honor
a los forjadores de la Independencia Nacional, Jiménez manifestó que BS es un programa en el que el presidente Danilo Medina pone un interés particular, ocupándose de que el crédito llegue a los dominicanos y dominicanas más necesitados.
Rindiendo honor a los patricios Jiménez acudió al Altar de la Patria, acompañada de parte del personal de BS, para rendir tributo a los héroes y heroínas, encabezados por Juan Pablo Duarte, Francisco del Rosario Sánchez y Matías Ramón Mella, en ocasión de conmemorarse este 27 de Febrero el 172 aniversario de la Independencia Nacional. “No hay dignidad sin patria y no habría orgullo ni honor sin lograr esa independencia que hicieron posible hace 172 años nuestros libertadores, a los que hoy rendimos tributo, respeto y admiración”.
Presidente Medina entrega RD$200 MM a 40 entidades de pequeños productores l presidente Danilo Medina entregó ayer a 40 organizaciones de pequeños productores y productoras rurales beneficiarios, provenientes de 20 provincias, el equivalente al 50% del financiamiento total de los planes de negocios, correspondientes al Prorural Centro Este, el cual beneficiará a unas 16 mil familias, incluyendo tres mil mujeres y a dos mil jóvenes, representando el 25% de la cobertura. Un comunicado de prensa gubernamental también dice que el referido programa, conjuntamente con el Prorural Oeste, forma parte del Programa para el desarrollo Económico Rural PRORURAL con cobertura nacional, y que cuenta con el apoyo financiero del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), y una contraparte del gobierno dominicano. Detalla que el mandatario hizo entrega de los
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cheques de apertura de las cuentas en el Banco de Reservas, con lo que quedó oficializada la bancarización de las primeras 40 asociaciones y cooperativas de pequeños productores, las cuales administrarán los recursos de dichos planes de negocios, preparados por las propias organizaciones, con el acompañamiento de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD). Explica que la iniciativa constituye una medida de políticas implementadas mediante una alianza público-privada entre la JAD y la Dirección General de Cooperación Multilateral (DIGECOOM), institución adscrita al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), que mediante ley, tiene la gobernanza para viabilizar la implementación del FIDA en el país. Precisa que Antonio Vargas Hernández, director general de Cooperación Multilateral.
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Aplazan otra vez para abril caso Jordi-Adriano Román ANTIAGO.- Fue aplazado nuevamente el juicio de apelación que se le sigue a los condenados en la tentativa criminal contra el abogado y comunicador Jordi Veras, ocurrida el 2 de junio del año 2010. El nuevo aplazamiento fue por-
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que alegadamente la jueza presidenta del tribunal de la Corte de Apelación se encuentra en Estados Unidos. En ese sentido, la secretaría de la Corte de Apelación Penal confirmó que la magistrada Francisca Javiela García de Fadul
está de licencia porque realiza gestiones personales en Estados Unidos. Con este aplazamiento, ahora para el 19 de abril, ya suman 44 los reenvíos que ha tenido que soportar Jordi Veras contra los implicados en la trama para asesinarlo, siete acusados
en total, ya condenados a penas de 20, 10 y 5 años. Jordi Veras fue baleado varias veces en el rostro por varios individuos que lo esperaron en un vehículo en la entrada del canal 25, ubicado entre las calles Del Sol y Benito Monción, en Santiago.
Joven denuncia atraco próximo al DICAN Una joven denunció ayer que fue atracada en la avenida Máximo Gómez casi esquina San Martín, próximo a la Dirección Central Antinarcóticos (DICAN). La víctima fue identificada como María Teresa Torres, quien narró que un hombre de tez negra la amenazó con un cuchillo, robándole 1,500 pesos y un celular.
Procurador dice investigar a ex asesor presidente Medina corresponde Brasil l procurador general, Francisco Domínguez Brito, aseguró ayer que el país no recibió solicitud de Brasil para arrestar a João Santana, quien hasta hace poco fue el principal asesor de la campaña a la reelección del presidente Danilo Medina, y que está vinculado en su nación a un caso de corrupción. Asimismo, Dominguez Brito, en declaraciones a los medios, dijo que este tema “es propiamente de Brasil”. Aseguró que antes de que Santana saliera del país rumbo a Brasil, donde se entregó por una orden de prisión por el escándalo de corrupción de la petrolera estatal Petrobras, ese país no había hecho
TOGA
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Santana llegó ayer al aeropuerto de Guarulhos, en Sao Paulo, acompañado de su mujer, Mônica Moura, procedente de la República Dominicana, donde trabajaba en la campaña de Medina.
“ningún tipo de solicitud con relación al imputado” y que por ello no se había
iniciado una investigación. “Es Brasil que tiene que dar cualquier detalle sobre los motivos, las razones y el proceso (que envuelve a Santana), no la República Dominicana”, apostilló Domínguez Brito. Partidos de la oposición pidieron al Ministerio Público investigar las actividades en el país del publicista brasileño.
MSP y Procuraduría permiten traslado cadáveres en la noche El brasileiro Santana, considerado uno de los principales asesores del gobernante Partido de los Trabajadores (PT), se entregó ayer a las autoridades en Brasil, donde pesa una orden de prisión temporal contra él por el escándalo de corrupción de la petrolera estatal Petrobras.
Arrestan madre de tres niños que había denunciado le echan veneno en casa a licenciada Tania Cuevas Feliz, madre de tres niños residente en el barrio Brisas del Este, km 13 Marginal las Américas, fue arrestada ayer tarde en su vivienda por dos hombres vestidos de policías, quienes sin la presencia de un fiscal entraron al patio y se la llevaron con rumbo desconocido. Conforme a la denuncia de familiares de Cuevas Feliz, la dama ha denunciado
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reiteradamente que de madrugada, maleantes pagados le echan veneno con spray por las persianas para matarla junto a sus tres niños por lo que temen que hayan sido maleantes vestidos de policías y haya sido secuestrada para violarla o asesinarla. Asimismo, pidieron a la Vicepresidenta Margarita Cedeño, a la primera dama, Cándida Montilla de Medina y a la ministra de Salud, Altagracia Marceli-
no, que intervengan en el caso, porque tanto Cuevas Fèliz como sus tres hijos, tienen veneno en la sangre. El arresto de la señora Cuevas Feliz fue una sorpresa para su familia ya que hace par de semanas el general Arturo Pujols la citó a una reunión y le garantizó su seguridad personal y la de sus hijos. Entre sus enemigos a los que acusa de pagarles a maleantes para que le echen el veneno, Cuevas
Feliz ha mencionado al policía Biel Martínez, al raso de la Fuerza Aérea, Enmanuel Guzmán y a los hermanos Danny y Dania Javier Martínez y José y Luis Martínez, primos todos del agente l Martínez. Posterior a la denuncia, la Policía confirmó su arresto, basándolo en que en horas de la mañana sostuvo una pelea con Dania Aquino, pero los familiares creen que si hubo pelea fue provocada.
JACQUELINE MORROBEL
Para hacer menos tortuosa y dolorosa la espera de los familiares cuando una persona muere en un hospital o el cadáver llega por un aeropuerto del país, el Ministerio de Salud Pública y la Procuraduría General dejaron sin efecto la prohibición de trasladarlos después de las 6:00 de la tarde. Esta disposición fue anunciada en el trascurso de la firma del acuerdo de colaboración entre la ministra de Salud, Altagracia Guzmán Marcelino y el procurador general, Francisco Domínguez Brito. Este acuerdo también establece que los médicos residentes de patología roten de manera permanente por el Instituto de Patología
Forense, y que ésta institución dejará las funciones de hacer autopsias de tipo legal, ya que de ahora en adelante las hará el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF). Asimismo, se dispuso que cuando una persona muere en su casa por un problema de salud y que no esté en sospecha de que fue fallecimiento, no se espere un médico legista para levantar el cuerpo. Dependiendo de estas situaciones, el médico familiar u otro puedes dar el acta de defunción y se establecieron horarios a los médicos legistas que laboran en los hospitales y que pertenecen al sistema judicial, con el objetivo de agilizar el levantamiento de cadáveres.
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MAS NOTICIAS
Viceministro de Educación dice hay que trasformar el modelo educativo
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l viceministro de Educación, doctor Adalberto Martínez, propuso una reorganización en el sistema educativo dominicano, para poder obtener los resultados esperados en materia de calidad, tal como lo demanda la sociedad de este siglo. El académico entiende que aún hay muchas impotencias que tienen que ser superadas en el sistema educativo en Latinoamérica, ya que a pesar de las reformas emprendidas, no se muestran los frutos esperados. Consideró que una buena educación abre oportunidades que pueden contribuir a que todos los niños accedan a los aprendizajes necesarios que les permitan incorporar valores, desarrollar autoestima, fortalecer afectividad y
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SIP aplaude paso hacia despenalización de difamación en República Dominicana IAMI, Estados Unidos.- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) calificó ayer como un avance para la libertad de prensa la anulación de siete artículos para despenalizar de forma parcial los delitos de difamación e injuria en la República Dominicana. “Aplaudimos la eliminación parcial de reglas que criminalizaban la palabra en asuntos de interés público, las cuales creaban un manto de autocensura en los medios y entre periodistas”, expresó Pierre Manigault, presidente de la SIP. Asimismo, dijo que esas normas “condicionaban la tarea fiscalizadora de la prensa y, por ende, el derecho del público a la información”. La SIP, con sede en Mia-
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su identidad como personas y lidiar con un entorno favorable. En ese sentido, el experto dijo que para que eso suceda hay que abandonar definitivamente los criterios y creencias que dieron lugar al surgimiento de una escuela y una educación como las actuales, pensadas y desarrolladas en respuesta a los requerimientos de la sociedad industrial. Un comunicado de prensa explica que Martínez se refirió en esos términos al participar en un taller que organizó la vicerrectoría de investigación y postgrados
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mi (Florida, EE.UU.), recordó que la modificación en la “Ley sobre Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento” se logró tras un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2013 por los periódicos El Día, Listín Diario y El Caribe y por la Fundación Prensa y Derecho. Esas organizaciones demandaron la eliminación de once artículos, al considerar que criminalizaban la labor periodística y también de otros cinco del Có-
digo Penal que establecían penas de prisión contra los llamados delitos de palabra. “La SIP siempre solicita que las penas civiles cumplan criterios de racionalidad y proporcionalidad, ya que en muchos casos las sanciones económicas pueden convertirse en serias limitaciones para los medios”, manifestó en un comunicado Claudio Paolillo, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP.
Dijo que tras la anulación de los artículos, los periodistas evitarán penas de seis días a un año de prisión, en muchos casos con un efecto cascada, por denunciar hechos de interés público que autoridades o funcionarios jerárquicos del país consideren “agravantes”. Paolillo precisó que la prensa dominicana sigue a la expectativa sobre la eliminación del Código Procesal Penal de algunos artículos que mantienen el castigo carcelario para periodistas “en ciertos casos”. Según la SIP, los delitos de difamación han sido despenalizados en Argentina, Barbados, Bermuda, Brasil, Costa Rica, El Salvador, Grenada, Jamaica, México, Panamá, Perú y Uruguay y, parcialmente en Chile.
Periodista Miguel Aponte arremete contra la justicia tilda de burguesa l periodista Miguel Aponte Viguera, ex tesorero del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y militante comunista, quien estudió periodismo en la Universidad estatal de Leningrado Zhdanov, de la antigua Unión Soviética, condenó lo que calificó de abuso cometido en su contra por el sistema judicial dominicano. Aponte Viguera, quien permaneció encerrado por 43 días en tres cárceles dominicanas, del 7 de octubre al 15 de noviembre del año 2013, dijo que fue acusado con fines chantajistas y por retaliación política de “agresión sexual y psicológica” en perjuicio de su nieta de tres años de edad. La acusación la hizo una ex concubina de su hijo Pavel Aponte Cabrera, la cual -según el comunicador social- pretendía chantajear a su familia demandando una indemnización de 10
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millones de pesos por alegados daños físicos y psicológicos a la menor. Al ser sometido a la justicia, el comunicador social se dijo que se presentó en más de diez ocasiones a la Unidad de Prevención de Abusos Sexuales (ubicada en la avenida Rómulo Betancourt), donde no se le prestó ningún caso frente a su demanda de ser investigado. Añadió que luego de pronunciarse con fuertes palabras contra dicha unidad de la Fiscalia, “fui mandado a buscar ilegalmente y arrestado sin investigación alguna”, lo que entiende fue una retaliación.
El periodista, quien se autocalifica de marxista-leninista, dijo que de su reclusión en La Victoria y en el Centro de Rehabilitación y Corrección de San Pedro de Macorís extrajo valiosas informaciones que se presentan en dos ensayos periodísticos puestos en circulación recientemente. Se trata de “Un espanto irreal en la realidad” y “Monstruosa acusación al amparo del Estado opresor y explotador”, donde se describe lo que define de realidad cruda y mortal en esos recintos carcelarios dominicanos. Aponte Viguera ha iniciado una serie de demandas contra diferentes sectores implicados en lo que él considera una trama de retaliación política. “Hay medios digitales, funcionarios y familiares de los que me acusaron con fines chantajistas y de enlodar mi imagen de revolucionario”, sostuvo.
DC se reúne con sectores involucran en instalación plantas combustibles El director de la Defensa Civil, mayor general Rafael Emilio de Luna Pichirilo se reunió ayer con representantes de sectores involucrados en la emisión de permisos para las operaciones de estaciones de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y otros combustibles. Una nota de prensa explica que De Luna Pichirilo realizó este encuentro con
la finalidad de buscar una solución al peligro que representan las estaciones de combustible que están instaladas en zonas habitadas. “La población no puede convivir junto a plantas de expendio de gas, ya que los niveles de riesgo y vulnerabilidad son altos en los barrios donde operan” afirmó el también presidente de la Co-
misión Nacional de Emergencias. Agregó que es la primera de varias reuniones que realizará este organismo de protección civil con la finalidad de tomar medidas ante el riesgo que representan para las comunidades que están próximas a plantas distribuidoras de GLP y otras estaciones de dispendio de combustibles.
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MAS NOTICIAS Karen Ricardo supera con 2% a Alfredo Martínez; PLD hará otra encuesta para candidatura a alcaldía de SDE
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ORQUIDEA ADON
a comisión electoral del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) dio ayer a conocer los resultados de la encuesta realizada en el municipio Santo Domingo Este, para la elección del candidato a alcalde por la demarcación. En tal sentido, el PLD decidió realizar un próximo sondeo en el que solo competirán los diputados Ricardo y Martínez, ambos aspirantes a la candidatura a la alcaldía por dicha jurisdicción. Los resultados presentados, en rueda de prensa, colocan a Karen Ricardo
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Alburquerque niega Gobierno trajera a Quirino para difamar a Leonel Fernández CLARA JIMÉNEZ
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Karen Ricardo
con el 32% de los puntos; Alfredo Martínez con el 30% y a Domingo Jiménez con un 27%, por lo que fue declarado un empate técni-
Alfredo Martínez
co entre los postulantes con mayores puntuaciones. En respuesta, seguidores de Martínez se mostraron en desacuerdo con la deci-
ADOCEM impulsa pavimentar en concreto y cemento carreteras RD CLARA JIMENEZ
a Asociación Dominicana de Productores de Cemento Pórtland (ADOCEM) inició ayer el taller “Impacto Positivo de los Pavimentos de concreto en la Sustentabilidad de Infraestructura”. Mediante dicho taller trata de demostrar que el cemento y el concreto han sido considerados como primera alternativas de pavimentación en los proyectos de desarrollo viales del país. El licenciado Gabriel Ballestas, presidente de ADOCEM, destacó las ventajas que proporciona el uso de cemento en térmi-
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nos de durabilidad, facilidad para su mantenimiento y bajo costo en la inversión. “En nuestra condición de eslabón integral de la cadena de valor de la industria de la construcción, estamos comprometidos a aportar soluciones que resulten en mejoras importantes para la cons-
trucción de infraestructuras viales de concreto que ahorren significativamente los costos de mantenimiento a lo largo del ciclo de vida, reducción de la emisión de dióxido de carbono y del consumo de combustible”, expresó el ejecutivo empresarial. La actividad procura incrementar el conocimiento entre los actores y protagonistas de la industria de la construcción y el mantenimiento de las estructuras de cemento y concreto, sobre los avances y soluciones logrados en el diseño y contexto de las investigaciones e innovaciones realizadas en ese campo.
sión y lanzaron consignas de apoyo a su candidato, ante las declaraciones de Lidio Cadet y otros directivos de la comisión electo-
ral, quienes se levantaron de sus asientos y se retiraron de la sala antes de ser anunciada la fecha de la próxima encuesta.
Piden investigar envenenamiento animales en la Ciudad Ganadera Un grupo de personas físicas y morales denunciarán este miércoles 24, a partir de las 10:00 de la mañana, el envenenamiento de decenas de animales domésticos en los predios de la Ciudad Ganadera en la capital y solicitarán que sea investigado el hecho y los responsables sometidos a la justicia. Los denunciantes, personas y organizaciones sin fines de lucro dispuestas a velar por el cumplimiento de la Ley 248-12 sobre protección animal y tenencia responsable, se quejan de que los animales envenenados eran protegidos por
instituciones que se encargaban regularmente de su esterilización, vacunación y alimentación. “La mayoría de estos animalitos domésticos son depositados allí por dueños que ya no los desean. Son seres que no se encuentran en capacidad de hacer valer sus derechos, por lo que pueden ser representados válidamente por personas físicas y morales dispuestas a velar por el cumplimiento de la Ley 248-12, y que deben ser tutelados por el Ministerio Público y todas las instituciones del Estado dominicano” manifestaron los denunciantes.
Movimiento Cooperativistas con Danilo realiza encuentro nacional l Movimiento de Cooperativistas con Danilo, que desde las pasadas elecciones dijo que asumió el compromiso de trabajar para llevar a la Presidencia al licenciado Danilo Medina, realizó un encuentro nacional para trazar los lineamientos a seguir para
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l ex vicepresidente de la República, Rafael Alburquerque, negó ayer que el publicista brasileño João Santana trajera al país por iniciativa del Gobierno al ex convicto Quirino Ernesto Paulino, con el objetivo de desacreditar al doctor Leonel Fernández. Alburquerque sostuvo que la campaña de desprestigio contra el ex presidente Fernández tuvo su origen en sectores de la oposición y de la sociedad civil, ya que al creer que él iba a ser el candidato en el 2016 comenzaron a atacarlo y a denigrarlo. El dirigente peledeista, sobre el brasileiro Santana, asesor de campaña del Presidente, descartó que la acusación y su arresto en Brasil pueda afecta la popularidad de Medina en términos de votos. “Yo no creo que haya mayores problemas, porque es como firmar un contrato privado de alquiler de una casa que uno no sabe sí el dueño sale siendo un capo de la justicia”, dijo. El ex vicemandatario Alburquerque sostuvo que el brasileiro Santana fue contratado como se contrata a cualquier asesor nacional e internacional. “Si él tiene problema en el Gobierno de Brasil, ya él renunció y tuvo que ir a Brasil a rendir cuentas. La comisión nacional de campaña tendrá que buscar otros asesores”, dijo.
que siga 4 años más dirigiendo los destinos del país. En una nota de prensa explica que lo apoyan porque el presidente Medina prometió y cumplió, “sembró el país de cooperativas, formó más de 600 cooperativas a nivel nacional”. Entre esas entidades menciona la Cooperativa
Agropecuaria y Servicios Múltiples Agroindustrial Esmeralda (COOPESMERALDA) y la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples el Esplendor (COOPESPLENDOR). También, la Cooperativa de Servicios Múltiples de Productores de Pimienta Mamá Tingo (COOPSEMU-
PROPI), Cooperativa de Servicios Múltiples Las Mercedes (COOPMERCA) y COOPBAMBU, entre otras. La nota recuerda que estas cooperativas se dedican a diferentes servicios tales como a la industria del mueble, la pesca, ganadería, producción de arroz,
leche, pimienta, aguacate, café orgánico y ecológico, entre otras. Precisa que al respecto, Valentín Medrano Pérez, coordinador del movimiento, afirmó que este sector hace suyo el compromiso del presidente de la República de continuar 4 años más dirigiendo los destinos de la nación.
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Comisión Efemérides Patrias exhorta la veneración de los símbolos patrios l presidente de la Comisión de Efemérides Patrias, Juan Daniel Balcácer, exhortó a las familias del país a colocar ejemplares de la Bandera Nacional frente a sus hogares durante todo este “Mes de la Patria” que concluye el 27 con la celebración del Día de la Independencia Nacional. Sostuvo que este 25 de febrero el país celebra un gran acontecimiento, los 200 años del nacimiento del padre de la patria, Ramón Matías Mella, para lo cual el presidente Danilo Medina designó una comisión especial que se encargará de coordinar actividades que resalten su nombre y obra. Balcácer destacó la importancia de respetar la Bandera Nacional, el Himno Nacional y el Escudo, al participar en el progra-
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Embajador de EEUU y autoridades Agricultura resaltan calidad de los productos dominicanos ARABACOA.- Una delegación de la embajada de los Estados Unidos, junto al ministro de Agricultura, Ángel Estévez, realizó una visita a varios invernaderos de la zona donde constataron la calidad de la producción bajo ambiente controlado en el país y la mejora en la producción. La delegación estadounidense, encabezada por el embajador, James Brewster, el agregado agrícola en el país, Morgan Parkings y el administrador del Servicio Exterior de Agricultura de Estados Unidos, Phil Karsting, expresaron su gratitud a las autoridades dominicanas por el trabajo que realizaron para cumplir con los protocolos de esa nación tocante a las exportaciones de frutas y vegetales.
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ma Aquí es la Noticia que dirige Fernando Quiroz, los domingos, a las 9:00 de la noche, por el canal 25, donde llamó a conocer los próceres de la República. “A los jóvenes, -agregó-, que independientemente de sus carreras o profesiones, estudien en el pasado para que ponderen todo el sacrificio de hombres y mujeres en el siglo 19 y 20, para legar una sociedad democrática”. El 26 de enero, natalicio de Duarte, inicio la celebración del Mes de la Patria con un desfile cívico-militar, en San Francisco de Macorís.
En su recorrido, los integrantes de la delegación pudieron verificar la calidad, así como la correcta aplicación de los protocolos requeridos por la nación estadounidense para la producción. “A su vez, se aprovechó el escenario para conocer
PRM acusa a Peralta monopolizar importaciones en su beneficio l frente agropecuario del Partido Revolucionario Moderno (PRM) acusó ayer al ministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, de encabezar una grave situación de tráfico de influencia y conflicto de intereses que representan sustanciales beneficios en favor de sus empresas, “con permisos de importaciones de alimentos, en perjuicio de productores, comerciantes y consumidores”. Leonardo Faña, presidente del frente agropecuario, hizo la denuncia en rueda de prensa celebrada en el local nacional de la organización, acompañado de otros altos dirigentes perremeistas. Entre ellos estaban Jesús Vásquez, secretario general del PRM y Geanilda Vásquez, presidenta en funciones, además de dirigentes de la Comisión Política. Explicó que el acuerdo de libre comercio con Estados Unidos, DR CAFTA, se estableció ideando re-
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los detalles del programa Exportando Calidad e Inocuidad (EQS), que financia el Departamento de Agricultura de la embajada de Estados Unidos, que desarrolla y promueve mejorar la producción en horticultura con una duración de cuatro años en el
país”, precisa un comunicado de prensa. Señala, finalmente, que el ministro Estévez destacó que desde el inicio de la veda el año pasado se establecieron todos los protocolos y se agudizó el trabajo fitosanitario en todo el territorio nacional.
Estudiante someterá rector UASD por presunta violación a estatutos l dirigente de Vanguardia Estudiantil Dominicana (VED) y aspirante a presidir la Federación de Estudiantes Dominicano (FED) en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), acusó ayer al doctor Iván Gullón, rector de la academia, de violar el Estatuto Orgánico, por lo cual dicho movimiento procederá a su sometimiento a la justicia. Yoel Concepción sostuvo que la causa de dicha violación estatutaria radica fundamentalmente en el hecho de que el rector no procedió a convocar las elecciones de representación estudiantil ante el Consejo Universitario, asamblea de facultades y demás organismos de cogobierno universitario. “Es una clara violación de los estatutos que se evidencia en las especificaciones contenidas tanto en el Art. 38 que define las funciones del
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glas claras y justas entre los pueblos de República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, con la importación de rubros alimentarios liberados de cargas arancelarias. Expuso que los objetivos de ese tratado están dirigidos a beneficiar la economía familiar de los productores y consumidores en las respectivas poblaciones, complementando renglones deficitarios de los países del acuerdo. Sostuvo que siendo Peralta una especie de primer ministro del gobierno
y uno de los principales voceros del presidente Danilo Medina, “debe esclarecer la forma privilegiada en que se beneficia del DR-CAFTA en perjuicio de los productores, comerciantes y consumidores”. Faña dijo que 76 beneficiarios de la importación del DR CAFTA recibieron en promedio 186.4 toneladas métricas de frijoles, libres de impuestos, “pero el ministro Peralta recibió, a través de su empresa Agrocomercial Import, la cantidad de 2,662 toneladas métricas, equi-
valentes a 58,564 quintales. Faña mostró una declaración jurada que dijo es de Peralta en la que se establece que la referida empresa es de su propiedad. Dijo que la libra de frijoles importada libre de impuestos le costó a la empresa de Peralta 19.17 pesos dominicanos, que comercializada a un precio mínimo de 31 pesos, con una rentabilidad de 11.83 por libra, lo que le originaría un beneficio de 69 millones de pesos, sólo por ese concepto.
rector, como en el artículo 100, sobre los derechos de los estudiantes y 107, sobre las elecciones de la representación estudiantil”, sostuvo. Dijo que las elecciones estudiantiles deben celebrarse cada dos años y que el próximo 30 de septiembre se van a cumplir cinco de haberse celebrado las últimas, lo que entiende constituye una franca violación del derecho de los estudiantes a elegir y ser elegidos, “contenido tanto en nuestros estatutos como la Constitución de la República”.
14 PÉRDIDA DE MAmarca TRÍCULA: BM, color rojo, tipo pasola, año 2005, placa y registro N051767, chasis LLYPCFL080510108 4, a nombre de CENTRO DE ENSAMBLAJE WANG. FC329344 PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, Marca Jincheng, color negro, año 2013, placa y registro K0518016, chasis LJCPAGLJ0DS00630 7, a nombre LEHANDRO ALCANTARA BRITO, cédula 4022127404-2. FC329347 Se le invita a ANDRÉS TAVERAS, a retirar la denuncia a plan piloto, del jeep, Toyota Prado, 1998, color negro, placa G033608, chasis JT111VJ9500041877, a nombre de OSCAR ESQUITINO MARTINEZ. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Honda, color azul, año 2007, placa y registro G282461, c h a s i s JHLRE483X7C03000 4, a nombre de MARÍA SORAIDA UBIERA PÉREZ, cédula 001-1610122-1. FC329356 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Fiat, color blanco, año 2005, placa y registro A404262, chas i s 9BD1582765464605 3, a nombre de ALARMA 24 S.A. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Suzuki, color azul,
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
año 2014, placa y reK0235357, gistro c h a s i s LC6PAGA13E00042 04, a nombre de ANTONIO BIENVENIDO CIA DE SISTEMA. PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color azul, año 2014, placa y registro K0235357, c h a s i s LC6PAGA13E00042 04, a nombre de ANTONIO BIENVENIDO CIA DE SISTEMA. PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga Marca Toyota, modelo Pickup, color gris, año 1989, placa L010622, chas i s JT4RN81R7K503404 3, a nombre de DAVID GILLESPIE G U S TAV S O N , CED.001-1403446-5. (PH-RC-5691-CM) PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Honda, color verde, año 1984, placa NQZP60, chasis C500620038, a nombre de RAMON C O N C E P C I O N G A R C I A , CED.04700916952. (ADC-AC-8899-PC) PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Yamaha, modelo 225, color verde, año 2001, placa N852683, chasis DGO8J000971, a nombre de PANAME AUTO IMPORT SRL, RNC103156827. (ARP-AC-8900-DA) PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga Marca Toyota, modelo Pickup, color negro, año 1988, placa L024584, chasis
JT4RN50R7J513714 0, a nombre de ROBERTO ANTONIO MEJIA, PEREZ CED.052-0001542-7. (JPD-RC-5692-CM24-25-26/02/2016) PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, color negro, año 1994, placa y registro N066137, chasis 52A009906, a nombre de HECTOR RAFAEL DURÁN. PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Mazda, color azul, año 1986, placa y registro L274931, chas i s JM2UF3111G068493 0, a nombre de JOSÉ DEL CARMEN FELIZ MATOS. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color amarillo, año 2007, placa y registro G139290, chasis JTEBU11F27001166 0, a nombre de KEITH ANTHONY LAWLY THOMAS PELLERANO. Se le invita a AGUSTINA ROMERO RODRÍGUEZ, a retirar la denuncia a plan piloto, del automóvil privado, Toyota Corolla, 2007, color dorado, placa A591336, c h a s i s 1NXBR32E37Z8296 22, a nombre de FRANCIS CESARINA DUVAL DE LA ROSA. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mazda, color gris, año 1986, placa y registro A149543, chas i s JM1BF2226G013027 7, a nombre de SILVIO RIJO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de CARGA, marca KIA, color BLANCO, año 1990, placa y registro L040099, chasis KN3JAP3VILK01113 6, a nombre de SERVIO TULIO DE LOS SANTOS MORA. PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Galaxy, color negro, año 2010, placa y registro K0007182, chasis RDGHCG201000211 9, a nombre de JUAN ERIBERTO ROJAS GONZÁLEZ. . PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Mitsubishi, color dorado, año 1986, placa y registro G005160, c h a s i s JA4FJ43E7GJ005247 , a nombre de KATIA MARIE PIRÓN, cédula 001-1486998-5. FC329302
HA021826830, a nombre de MANUEL EMILIO MEJÍA CHALAS, cédula PÉRDIDA DE PLA013-0052192-7. C A : Ve h í c u l o d e carga, marca Toyota, FC329388 color crema, año PÉRDIDA DE PLA1985, placa y regisCA: Marca BM, año t r o L 0 9 0 6 8 1 , c h a s i s 2005, color rojo, plaJT4RN50R0F008827 ca registro N179503, 1 , a n o m b r e d e M I - chasis RIGUEL A N TO N I O VASXYMT05041613, ZORRILLA P O N - a nombre de CENe le invita al señor T I E R , c é d u l a 0 2 5 - TRO DE ENSAMBLAJE WANG QI RAFAEL ERNESTO 0 0 1 0 1 2 7- 0 . LIAN, RNC: RAMÍREZ, cédula 001-0121490-6, a pa- P É R D I D A D E M A- 130061319. sar por la Fiscalía del T R Í C U L A . D e a u t o - FC329389 departamento recupe- m ó v i l p r i v a d o , P É R D I D A D E M Aración de vehículos m a r c a H o n d a , c o l o r TRÍ CU LA : Veh ículo robados, P.N., a reti- v e r d e , a ñ o 1 9 9 8 , m a r c a Ya m a h a , m o delo RX S, AÑO rar la denuncia de ro- p l a c a y registro 1 998, color rojo, bo de Vehículo marca A 0 6 0 6 3 2 , chasis y registro Datsun, año 1979, 1HGCG564XWA001 p l a c a N B Q 2 2 3 , chasis placa A174698, cha- 6 4 5 , a n o m b r e d e MH33HB007WK209 sis LB310500580, a P E D R O A L B E RTO 066, a nombre de nombre de CRISTI- S O S A P ÉREZ, céd u SANDRA MERCENA OSORIA Y CA- la 0 01 - 1 3 0 43 1 5 - 2 . DES LIZARDO T A L I N A F C3 2 9 3 6 7 PONCIANO, cédula ALTAGRACIA PE- PÉRDIDA DE MA0 2 7 - 0 02 8 6 0 2 - 0 . ÑA RAMÍREZ. TRÍCULA: marca Fc329309 Honda, modelo C50, P É R D I D A D E M AP E R D I D A D E P L A - color negro, chasis TRÍ CU LA : D e J eep, C A : A u t o m ó v i l p r i - C50-9934217, A nomv a d o M a r c a B M W, bre de ENRIQUE DÍm o d e l o 5 2 3 I , c o l o r AZ PÉREZ, cédula SE VENDE n e g r o , a ñ o 1 9 9 8 , 003-0058165-9. Casa de dos niveles, 5 placa A 2 2 6 5 1 2 , FC329387 habitaciones, 4 baños, c h a s i s ubicada en la calle 1ra. PÉRDIDA DE PLASector Paraíso del Mar, WBADD41070BT55 San Soucí. CA. Marca Honda, 387, a nombre de RD$5,950,000.00 modelo C90, año MIGUEL ANGEL JIInformación: 1993, color azul, pla829-341-6013 MENEZ INOA, ca y registro 849-936-0948 C E D . 0 4 7 - 0 1 5 1 4 6 1 - N680083, chasis 829-257-8150 6. (RC-5686-CM-232 4 - 25 /0 2 /2 0 1 6 )
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P É R D I D A D E M ATRÍ CU LA : Veh ículo m a r c a Ya m a h a , m o delo RX S, AÑO 1998, color rojo, placa y registro NBQ223, chasis MH33HB007WK209 066, a nombre de SANDRA MERCEDES LIZARDO PONCIANO, cédula 0 27 - 00 28 602- 0.
OPINION
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
PÉRDIDA DE PLACA : de carga, mar ca Mack, color rojo, año 1988, placa y L249008, registro c h a s i s 1M2B198CXJM0032 75, a no mbr e d e BA S I L I A PAYA N O , c é dula 001-0776830-1. F C329312
PÉRDIDA DE PLAP É R D I D A D E M A- C A : d e m o t o c i c l e t a TRÍ CU LA : D e J eep, pr ivada, mar ca H o n m a r c a To y o t a , c o l o r da, color v er d e, añ o azul, año 2004, pla1994, placa y regisca y registro tro K0264135, chaG174862, chasis s is H A 022 52 0 4 66 , A JTEBU14R8480160 56, a nombre de nombre de YEISON MANUEL S Á N - J O S É CA S TI LLO . C H E Z C A S T I L L O , F P 79558 cédula 1000 0 00 223 - 7 . PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, PÉRDIDA DE PLA- marca Honda, color CA : d e carga, mar ca v e r d e , a ñ o 1 9 9 1 , Nissan, año 1999, placa y registro color blanco, placa NLZ039, chasis y registro L144235, C5062379 9 9 , a n o mc h a s i s bre de FRANCISCO JN1CBUD22Z00020 GUZMÁN FE0 3 , a nomb r e de F ERRA N D . LIX ORADIS TEJEF P 79568 D A CA S TI LLO . F P 7 9 5 743 P É R D I D A D E M ATRÍCULA: marca PÉRDIDA DE PLAMitsubishi, modelo C A : d e v o l t e o , m a r- V43WGRXEL, color ca Mack, color Crema/Fja verde, blanco, año 2000, año 1992, chasis placa y r e g i s t r o D 0RV 430P J 0 02 9 6 , a S010293, chasis nombre de JOSÉ 1M2P268CXYM054 E L P I D I O C A R B O 965, a nombre de NELL HERNANcédula ROSA IVONNE DE DEZ, 001-014408 5-7 . L A C R U Z S I LV E fC329392 RIO.
APRENDAMOS
ESPAÑOL
Espacio de Aprendizaje sobre el uso correcto del idioma
LUIS DIAZ MARTINEZ ludimartinezz22@gmail.com
Palabras tabúes versus eufemismo
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Toyota, color blanco, año 2007, placa y registro G180410, chasis JTMBK31V675016506, a nombre de LUZ GARCÍA SOSA, cédula 0230037080-2. FC329379
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Isuzu, color blanco, año 2007, placa y registro L232144, chasis JAAN1R71R7710001 5, a nombre de GUSTAVO ANTONIO SANTANA VILORIO, cédula 0270014511-9.
AVISO DE DECLARACIÓN DE SOLTERÍA PARA CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL DE ESTADO CIVIL EN TITULO Se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en virtud de que se cometió un error material involuntario en el certificado de título No. 94-483, expedido por el Registrador de Títulos de San Pedro de Macorís, en fecha 11 de octubre del año 1994, que ampara la Parcela No. 5-B-1-A-REF.17- PORCION A DEL DISTRITO CATASTRAL No. 2/2 PARTE de la Provincia de LA ROMANA, con una extensión superficial de 203.50 Mts2., donde figura la señora MARINA NOLASCO LEONARDO, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 026-0104741-4, como CASADA, cuando lo correcto es SOLTERA, en consecuencia se procederá a la rectificación de su ESTADO CIVIL, para que en lo sucesivo, el indicado certificado de título establezca que la señora MARINA NOLASCO LEONARDO, es SOLTERA.
LICDA. MARIA ANTONIETA BAEZ.
FC 329321
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES Se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados de Acciones Nominativas Nos. 1044 por 4 acciones; 105 por 5 acciones; 1214 por 2 acciones; 1379 por 3 acciones; 253 por 2 acciones; 359 por 1 acción; 3758 por 22 acciones; 477 por 1 acción; 620 por 1 acción; 737 por 2 acciones y 828 por 2 acciones; todas acciones de RD$100.00 cada una, emitidas por la Sociedad Industrias Nigua, S.A. a favor del Sr. Alfredo Oscar Berges. La presente publicación se hace para dar fiel cumplimiento con lo establecido por la ley. FC 328756
PUBLICACION POR PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Es de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero De Oro Nominativo No. 45-112-450034021, de fecha 08-082011, por un monto de: RD$ 200,000.00, emitido por la ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, a favor de ANA JOSEFA DOÑE NIVAR Y/O INES VIRGEN DOÑE DE LEON.
F C 3 29 3 11
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, PÉRDIDA DE PLAmarca Honda, color CA: de jeep, marca azul año 1981, placa Ford, color gris, año y registro 2013, placa y regis- K0228606, chasis t r o G 3 3 4 6 9 6 , c h a s i s C50047401 3 , a n o m1FMCU0H95DUA73 b r e d e I M P O RTA 234, a nombre de DORA EVELIO Y JOSÉ E R N E S TO A BREU , C . P O R A . , FELIZ LEONARDO. RN C: 1-0 4-0 1 5 98 - 3 . F C329364 F P 7 95 67
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FC 328762
DRA. YUMINA PERALTA ESPINAL, Abogada.
AVISO DE PÉRDIDA DE CHAPA NO. G090875 Modelo No. KZJ10L-GKPGT, marca Toyota, chasis JTEBY25J200020857, estatus activo, color rojo, año de fabricación 2005, pasajeros 7, datos del propietario, VICTOR PASCUAL DURÁN TABERA, cédula 001-1166538-6. FC329327
Los tabúes son palabra que evitamos usar socialmente, pues son mal vistas por la mayoría de las personas al considerarse vulgares, soeces o políticamente incorrectas en determinadas culturas. Las palabras malsonantes generalmente en el habla coloquial están relacionadas con los tabúes lingüísticos y se trata de palabras aislada o frases cortas sin significado, que les permiten manifestar sus emociones y tensiones, su agresividad y violencia. Los temas considerados tabú como el sexo, no todas las palabras de la lengua tienen la misma consideración entre los hablantes, mientras que la mayoría de ellas se emplean sin reparos en cualquier situación. Mientras que el Eufemismo son palabas o expresiones que los hablantes utilizan en sustitución de los tabúes, se utilizan para señalar partes “íntimas” por órganos sexuales, hacer “aguas” por defecar, pasar a “mejor vida” por morir o el “maligno” por diablo. Un amigo me comentaba que ahora se debe tener mucho cuidado con lo que se dice, para evitar herir susceptibilidades, ya que hay muchas palabras que “suenan mal” o son demasiado “fuertes”, para quien las dice o las escucha. Y ponía como ejemplo viernes negro, que por qué o no decir viernes de descuentos y me explicaba que eso es discriminatorio. Entonces tendremos que decir viernes afroamericano. Es obvio que mi amigo quería buscar un efecto humorístico. Pero la realidad es que muchas palabras antes no “sonaban mal”. Ahora, con la moda de lo correcto, empiezan a sonar así. Y es que nuestra susceptibilidad, y la ajena, pueden llevarnos a modificar nuestra expresión, para evitar mencionar alguna realidad que nos produce algún tipo desazón, pudor, temor, asco. Esa realidad indeseada se denomina, lingüísticamente, tabú. El tabú, que en principio, se limitaba al ámbito religioso, abarca actualmente cualquier esfera de la realidad que, para una persona o una comunidad resulte ofensivo, grosero, violento, malsonante, etc. Así, en la búsqueda de palabras que escondan o maquillen los tabús, los hablantes recurren a diversas estrategias. Por ejemplo, el circunloquio, es decir, un enunciado explicativo, un rodeo para expresar un concepto que bien podría designarse con una sola palabra. Ahora, por ejemplo, a los viejos se les llama “personas de la tercera edad”, como si ser anciano, resultara ofensivo; “interrupción del embarazo”, por aborto. De lo que se trata es de no decir la palabra que genera escozor. Asimismo, el morir, un hecho que genera temor, también se convierte en tabú, lo que genera expresiones del tipo: fulanito de tal “pasó a mejor vida”, “se ha ido”, “ha desaparecido”, “nos ha dejado”, “ha partido”... Y para mencionar al fulanito no se dice el muerto, sino “el occiso”, “el difunto”, “el finado”, lo que resulta, en cierta medida, menos directo o crudo. En fin, los eufemismos sirven para ocultar, para disimular, para encubrir, pero no para desaparecer la realidad designada, así que, aunque no queramos nombrarla, sigue ahí. Queda en manos del hablante decidir cuándo es preferible usar un eufemismo, en vez del tabú.
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EDITOR: HÉCTOR ROMERO
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
hectorromero@elnuevodiario.com.do
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Casablanca, ahora también por Antena Latina l parapsicólogo y comunicador Cristian Casablanca amplía sus horizontes en la pantalla chica nacional, pues ahora inicia otra etapa en la difusión de sus espacios, ahora por Antena Latina canal 7,
E
con su programa “La Mente Maestra de Cristian Casablanca”. El espacio se transmitirá a la 1:00 de la mañana, el que también se transmite por Telecentro Canal 13 a las 12:30 de la madrugada diariamente.
Adrián Donato Salcedo, que es el nombre de pila de Casablanca, tiene su programa que transmite cada día por Telefuturo canal 23, de 3:00 a 4:00 de la tarde, retransmitido para los Estados Unidos por la Señal Caribe, Dominican
View y Tv Quisqueya para la Florida. El astrólogo, numerólogo y actor informó que tuvo que darle un giro a sus espacios por un público que tiene la necesidad de ver un programa diferente, incluyendo los temas de superación personal.
NOVEDADES Acroarte Cristian Casa Blancas
La ceremonia de entrega de la premiación estuvo encabezada por el presidente de Acroarte, periodista Jorge Ramos C., y contó con el patrocinio de la Cervecería Nacional Dominicana, Claro, Banco Popular, Brugal & Co., Grupo Ramos y Banco de Reservas.
reconoce periodistas y artistas a Asociación de Cronistas de Arte (ACROARTE) celebró la quinta entrega del “Premio Acroarte al Mérito Periodístico”, en la sala Máximo Avilés Blonda del Palacio de Bellas Artes de Santo Domingo. La gala fue dedicada este año al periodista Joseph Cáceres, por su admirable trayectoria y su contribución al arte y el espectáculo nacional durante décadas, además de haber sido presidente de la entidad en tres ocasiones. También fueron reconocidos con el galardón al mérito los periodistas Feliz Vinicio Lora y Miguelina Terrero, de la sede central; mientras que de las filiales
L
de Santiago, la Florida y Nueva York, se resaltó el trabajo de Luisa Rebecca Valentín, Isidro Barros y Chino Estrella, respectivamente. Como en galas anteriores, en esta edición también fueron reconocidas personalidades del arte y la comunicación, como el periodista y escritor Rafael Molina Morillo, las artistas clásicas Ivonne Haza del Castillo e Irmgard Despradel, la profesora de danza oriental Vanessa Angulo y el lo-
cutor Teo Veras. La ceremonia de entrega de la premiación estuvo encabezada por el presidente de Acroarte, periodista Jorge Ramos C., y contó con el patrocinio de la Cervecería Nacional Dominicana, Claro, Banco Popular, Brugal & Co., Grupo Ramos y Banco de Reservas. “Con suma satisfacción estamos realizando la quinta gala del Premio Acroarte al Mérito Periodístico, en un nuevo escenario que le da a la misma un toque de solem-
nidad como es el Palacio de Bellas Artes. Esta actividad se enmarca dentro de la celebración del Día Nacional del Cronista de Arte y Espectáculos, insti-
tuido por el Poder Ejecutivo mediante el decreto No.165-04, que se celebra cada 28 de febrero“, expresó Ramos. La gala, que fue produ-
cida por René Brea y conducida por Isaura Taveras y Juan Carlos Pichardo Jr., contó con las actuaciones de Jackeline Estévez, Marcos Yaroide, Steffanny Constanza y un segmento especial con los cantantes urbanos AD vip, LR vip, Cromo X, TYS vip, Big O, Lr vip y Natan Aposento Alto. Esta edición del Premio Acroarte al Mérito Periodístico será transmitida por televisión el próximo viernes 26 de febrero, en el programa “Esta noche Mariasela”, a las 8:00 PM, por Color Visión, canal 9.
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NOVEDADES
Tommy Terrero, Gaby Desangles, Anthony Alvarez, Sandra Berrocal y Albert Mena
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Parte del grupo de famosos junto a invitados a la Cueva Presidente
Famosos disfrutan de
Carnaval con Presidente REDACCIÓN END
ctores, cantantes, presentadores de televisión, modelos y fashionistas se unieron el pasado domingo en la Cueva Presidente para disfrutar de la experiencia del carnaval vagano 2016. “Es una tarde para gozarla conmigo”, gritaba al público Fausto Mata, uno de los actores de cine de mayor apogeo, quien se convirtió en la sensación de la tarde, todo un show, como también se le conoce. Y entre selfies y fotos con fans, compartió de cerca con su público. Junto a Mata también desfilaron por este espacio especial de Presidente otras estrellas del cine dominicano, entre ellas Elizabeth Ruiz, Josué Guerrero y Amauris Pérez. Directamente desde Miami también estuvo presente el actor de telenovelas Anthony Álvarez, quien como buen vegano sirvió de anfitrión para todos sus colegas famosos. Una que se robó los aplausos y euforia del público fue la artista urbana La Insuperable, quien con cada salida a escena lograba la mayor algarabía del público. No menos algarabía causó su esposo, el rapero Toxic Crow, quien tras una batalla de improvisación (rap) entre el público, se unió para demostrar cómo se rapea a nivel profesional. La televisión dominicana también estuvo bien representada en los rostros de Luz García, la reina del Instagram Sandra Berrocal, la conductora del Show del Mediodía Mabel Henríquez y la modelo y pre-
A
Luz Gracía y Jhoel López
Albert Mena, El Alfa y Jhoel López
Sandra Berrocal y Albert Mena
sentadora Gaby Desangles. El “Celebrity Day” contó con la animación de dos de las figuras jóvenes de la televisión de mayor experiencia en tarima: Jhoel López y Albert Mena, quienes dominaron el público con sus ocurrencias, que incluyeron des-
de rapeo hasta bailes y humor. La parte musical no se podía quedar fuera en este “Celebrity Day” en la Cueva Presidente, y en esta ocasión estuvo a cargo del artista urbano El Alfa, quien con su acostumbrado carisma y ocurrencias en escena puso a todo el público a bailar y gritar en un concierto por el que desfilaron sus grandes temas. “La Velita”, “No hay forma”, “Seguidilla”, “Segueta” y “Tarazan” que formaron parte del repertorio en una tarde llena de alegría, algarabía y emociones desbordantes… “una tarde en la que todos sacaron su lado loco”. La plataforma de Carnaval Presidente 2016 forma parte del compromiso de Cervecería Nacional Dominicana y su marca Presidente de celebrar con orgullo los momentos más importantes de los dominicanos.
La Insuperable y Toxic Crow
Elizabeth Ruiz y Fausto Mata
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Anuncian estreno filme basado en la vida de Víctor Méndez Capellán LEIDY PÉREZ
NOVEDADES
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Marielle presenta nuevo sencillo “Nadie más que tú”
leidynuevodiario@gmail.com
lasmar en la pantalla grande la vida de un dominicano ejemplo de superación que se abre camino en la vida sin importar las circunstancias, es el objetivo del filme “Girasol“, basada en la vida del reconocido empresario don Víctor Méndez Capellán presidente de las empresas VIMENCA. Los detalles de esta nueva obra cinematográfica de factura local, que pronto estará en las salas de cines del país, fueron ofrecidos por la directora debutante Dilia Pacheco, junto al grupo de actores
P
Elenco de actores de la película Girasol
que participarán en la misma. Es la historia del hijo de dos campesinos, que queda huérfano a los 7 años y decide emprender un camino que lo llevará a muchas aventuras llenas de obstáculos, tragedias y triunfos. Es así como la historia de Víctor Méndez Cape-
llán (Presidente de Vimenca) queda plasmada en el guión de Dilia Pacheco Méndez y Francois García Fiore. Rodada entre las ciudades de Montecristi y Santo Domingo, la película recrea varias épocas, iniciando desde finales de los 30 hasta llegar a los años 80.
E
que visitó se encuentran: De Extremo a Extremo, Agenda VIP, Yoryi Internacional, Lo Nuestro, Rumba Tropical, La Belleza es Mía, La Radio 247fm.com, El Kan Musical con Justo Méndez, Tribuna Democrática, Programa Farandulero y Algo Más, con Carlos T. Martínez y Las Estrellas con Bismark, Leila. En la ciudad de Santiago
Marielle
Manía, Farruko, Fonseca, J. Balvin, entre otros. Este tema fue compuesto por Master Chris y Ma-
rielle y grabado en los estudio de Mc Musicinc en Puerto Rico. Es un tema que lleva impregnado el sabor latino y con sonido contagioso y en esta oportunidad este sencillo será lanzado en versión pop y urbana. Marielle continúa posicionándose como una de las artistas con mayor proyección en el mercado latino y en países como: Colombia, Venezuela, Perú y en su tierra natal Republica Dominicana suena en la radio nacional y abrió el concierto del artista Enrique Iglesias.
“Mujeres Divinas…¡Sonia Vive!”
Frankie Fernández realiza exitosa gira promocional en RD l cantante, compositor y arreglista dominicano Frankie Fernández (“Doble FF”), residente en los Estados Unidos, realizó una gira promocional por el país, agotando una intensa agenda por diferentes medios de comunicación que logró una buena aceptación con los comunicadores y el público. Entre los programas
La artista dominicana Marielle, quien ha logrado conquistar al público latinoamericano con su estilo y música, nos presenta su nuevo sencillo “Nadie Más Que Tú”, un tema en el que se refleja ese sonido pop fusión con toques caribeños y que deja en evidencia la fuerza interpretativa de esta joven artista. ‘’Nadie Más Que Tú’’ fue producido por el reconocido Master Chris, quien ha trabajado con artistas de gran reconocimiento como: Celia Cruz, Alexis y Fido, Grupo
onia Silvestre siempre será una de nuestras grandes artistas dominicana y rendirle homenaje nunca será suficiente a quien cantó al amor, a la patria y a nuestra historia. Este 5 de marzo el empresario artístico Raphy D’ Oleo presentará el concierto “Mujeres Divinas… ¡Sonia Vive!”, en el Salón la Mancha del Hotel Barceló Santo Domingo (Lina). Es en honor a una de las
S
Frankie Fernández
se presentó en los programas Figura 14, El Show de Nelson, Venga la Tarde, Súper Oferta, Ritmo de la Noche, Tv Arte Internacional, El Show de los Grandes, La Ciudad en Vivo, Punto Diferente Radio Show.
Yohanna Almánzar
más grandes baladistas dominicanas de todos los tiempos Sonia Silvestre. Para ello cuatro grandes voces dominicanas se unirán para interpretar
sus más emblemáticas canciones Diomary La Mala, Yohanna Almanzar, Ruth La Cantante y Mabel de León, quienes nos harán recordar los más grandes éxitos de esta gran intérprete popular. “Las artistas, quienes son poseedoras de unas admirables y grandes voces, ofrecerán al público lo mejor de todo el repertorio de nuestra querida Sonia Silvestre”, dijo Raphy D´Oleo.
Reconocerán a Máyury Reyna premios urbanos de Nueva York os Premios Urbanos de Nueva York reconocerán a la cantante Máyury Reyna en la edición programada para este próximo miércoles 24 de febrero, en curso en una gala a celebrarse en el Symphony Space Theartre de Manhattan, a las 7:00 de la noche, donde además tendrá una actuación especial con la interpretación de varios de sus temas. La artista dominicana está nominada por el te-
L
Máyury Reyna
ma “Mis Ojos lloran” que fue grabado a dúo con el artista urbano Vakeró, a ritmo de merengue, el cual ha tenido una gran acogida en esa ciudad norteamericana. Luego, este viernes 26, Máyury Reyna viajará a Bos-
ton donde en horas de la mañana interpretará el Himno Nacional dominicana, en el transcurso de un acto organizado por la Alcaldía de la ciudad, en reconocimiento a la comunidad dominicana con motivo del Día de la Independencia Nacional. Ese mismo día, en horas de la noche, la juvenil artista tendrá una actuación especial en el concierto del cantante Frank Reyes, en el Centro de Eventos de Lawrence, Mashachuset.
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OPINION
DR. VÍCTOR MANUEL PEÑA
El Presidente y la UASD Confieso que no entiendo la actitud del actual Presidente de la República frente a la UASD. Y no la entiendo porque él estudió su primera carrera en la UASD, fue dirigente estudiantil vinculado a un grupo de la izquierda radical dominicana y, además, por la condición de dirigente del PLD que ostenta desde hace tiempo. Confieso que no lo entiendo aun cuando sea para remachar, delimitar, y desmarcar su estilo respecto del estilo de su antecesor en la Presidencia de la República, el doctor Leonel Fernández, quien sí está consagrado en los anales de la historia como el presidente que produjo la modernización física de la UASD. Confieso que cada vez lo entiendo menos dado el hecho de que el actual rector de la UASD es dirigente del PLD, y él, el Presidente, fue muy solícito en apoyarlo para que ganara la contienda electoral en la UASD. Sin embargo, todo parece indicar, por la experiencia acumulada durante este cuatrienio, que a la UASD le conviene tener un rector de un partido diferente al partido en el poder, o sencillamente va a ser necesario desterrar la partidocracia de la academia ¿Qué cosas ocurrieron que tuvieron tanta fuerza o influencia en su trayecto vital como para que el hoy Presidente de la República cambiara actitudes, creencias, promesas, ideas y esquemas de vida? ¿O la metamorfosis operada ha sido producto de la obnubilación o el endiosamiento que produce el ejercicio del poder o ha sido producto de sus relaciones con otros entes en la sociedad que lo han convencido de la “conveniencia” de cambiarlo todo, como es el caso también de que había que anular a la mayor parte del PLD del ejercicio del poder? ¿O lo que hubo fue, por el contrario, un doblaje de la personalidad presentándonos el Danilo que no era y se ocultó el Danilo que era? Yo creo en lo fundamental que ocurrió lo último, de tal manera que él se encargó de mandar al zafacón de la historia aquel estribillo, que repitieron hasta el cansancio él y sus seguidores solo hasta que llegaron al poder, que “el gobierno de Danilo, a diferencia de los gobiernos de Leonel, decían ellos, sí sería el verdadero gobierno de los peledeístas y para los peledeístas”. ¡Cuánta hipocresía, cuánta simulación, cuánta insinceridad, cuánta demagogia! Y lo execrable es que nos usaron como a los pavos en Navidad con esa oceánica o galáctica carga de hipocresía latente, oculta o encubierta pasmosamente en su sádico proceder. Pero la UASD, no obstante su particular proceder y parecer al que usted le ha dado impropia e injustamente categoría de Estado, no es INTEC, la universidad predilecta por usted, sino que la UASD, independientemente de su situación actual e independientemente de su preferencia por INTEC, trasciende con 500 años-luz a INTEC, porque la historia de la UASD está consustanciada con la historia de la República, porque el corazón de la UASD ha latido
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siempre, con dignidad y orgullo, al lado de los latidos del corazón de la República y de la Patria. Esa historia de la UASD es verdaderamente imborrable como es verdaderamente imborrable e inocultable la historia de la República. En otras palabras, la UASD es parte de la historia de la República. Pero es indiscutible que esas universidades privadas le deben su vida a la UASD, porque siempre se han beneficiado directa e indirectamente de ella. Baste recordar que el actual rector de INTEC es egresado de la Escuela de Economía de la UASD. Tan conectada ha estado la UASD al acontecer nacional que la Guerra Patria de Abril produjo en su seno consecuencias positivas inevitables como ha sido el caso del Movimiento Renovador. No obstante esa historia de 500 años de la UASD, siempre al lado de la República, no dejamos de reconocer que la principal universidad del Estado y del país, tiene fortalezas y debilidades, y que tiene que ser sometida de manera necesaria y obligada a un profundo proceso de reformas internas como cirugía inevitable, sin importar cuál sea la profundidad del sangrado. La UASD está conminada a reinventarse, o, de lo contrario, se consumirá en el deterioro progresivo de la calidad. La muerte de la calidad implicaría la muerte moral de la UASD. Y ese proceso de reformas hay que llevarlo a cabo, cueste lo que cueste, no solo para racionalizar el uso de los recursos que maneja la UASD, sino también para elevar significativamente los niveles de eficiencia en la asunción de la función docente, de la función de investigación y de la función de extensión, y que la UASD se vincule permanentemente, con destacados niveles de calidad y efectividad, a la estrategia de desarrollo nacional y a los planes y proyectos del Estado y del sector privado. Pero por eso y por lo otro, la UASD tiene que ser atendida presupuestariamente por el Estado dominicano, y específicamente por el gobierno como administrador del Estado. Y ese rol del Estado no debe estar subordinado a que la UASD se modernice funcional e institucionalmente primero, porque los recursos económicos son necesarios y vitales en ese proceso de modernización. Así como las necesidades del país, de todas las instituciones públicas y de las empresas privadas crecen permanente e incesantemente, así crecen y evolucionan permanente e incesantemente las necesidades de la UASD. Y aun conociendo el gobierno la lógica de funciona-
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miento de las necesidades, ocurre que el presupuesto de la UASD ha permanecido prácticamente congelado desde el 2012. Así como el gobierno aumenta anualmente el presupuesto de la nación conforme a una tasa de crecimiento vegetativo, asimismo lo hace cada institución del gobierno al elaborar su presupuesto, y la UASD no escapa a esa lógica como institución del Estado, dado el hecho irrefutable de que las necesidades no permanecen estáticas. La UASD necesita y merece un aumento de su presupuesto, y los profesores y empleados de la UASD necesitan y merecen también que se les reajusten sus sueldos. Presidente, no es válido que usted diga que porque le entregó mil quinientos millones a Febrillet en el último cuatrimestre del año 2012, ya usted cumplió con la UASD, por lo que la academia no debe esperar de su gobierno un centavo más. Ese juicio suyo es totalmente errado y fallido, porque en él usted hace caso omiso del carácter dinámico de las necesidades. Mientras usted mantiene esa actitud obcecada frente a la UASD, su gobierno no les mantiene sino que les aumenta las subvenciones a las universidades privadas, lo que no debería suceder porque el mismo carácter de privadas que tienen esas universidades quiere decir que son autofinanciables, porque a diferencia de la UASD que se guía por el criterio de la rentabilidad social, esas universidades privadas se guían siempre por el criterio de la rentabilidad privada. Esas universidades privadas en el momento de su constitución se acogen la ley que rige las instituciones sin fines de lucro, pero en su funcionamiento real operan como cualquier empresa privada en cuanto a que sí persiguen fines de lucro, y por eso en su catálogo de carreras no tienen o no ofrecen carreras que no sean rentables desde el estrecho punto de vista del mercado. Por el contrario, la UASD tiene en su catálogo todas las carreras habidas y por haber (hasta agronomía, sociología, trabajo social, estadística, filosofía, historia, etc.) porque no se rige por el mercado, sino que se guía siempre por las necesidades sociales de la nación empujando en la línea de provocar el desarrollo nacional. Las universidades privadas no ofrecen esas carreras porque no son rentables económica y financieramente hablando, pero el país para su desarrollo necesita también agrónomos, sociólogos, estadísticos, trabajadores sociales, historiadores y filósofos. En fin, la financiación pública, dada la exigüidad de los recursos y para lograr una redistribución de los recursos con equidad, tiene que estar dirigida siempre a las universidades públicas, en las que no se les cierran las puertas a los sectores humildes de la sociedad. Por otro lado, usted ha asumido durante este cuatrienio el discurso de que los salarios son salarios de subsistencia y de miseria, sin embargo, todavía es la hora en que no habido, no se ha producido, el primer reajuste de salarios en el sector público. Como usted es Presidente de la República, y además es candidato a la reelección, no debe permitir que se le abra otro frente en la UASD que se convierta en una hoguera que trastoque la estabilidad social del país, lo cual podría afectar sensiblemente sus posibilidades electorales.
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Kerry visitaría Cuba en 15 días WASHINGTON, (AP).- El secretario de Estado, John Kerry, dijo ayer que probablemente visite Cuba durante las próximas dos semanas para participar en un diálogo sobre derechos humanos.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. VISTA., LAAUTORIZACION DE MENSURA, DICTADA POR LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURA CATASTRALES, DEPARTAMENTO CENTARAL DE FECHA 5 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE EL DIA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, A LAS 1:00 P.M., DAREMOS INICIO A LOS TRABAJOS DE MENSURA PARA DESLINDE DENTRO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO P. No. 67-B-420 D.C No. 11/3, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY PROVINCIA DE LA ALTAGRACIA. EXPEDIENTE, No. 663201601134, PROPIEDAD DE LOS Sres. PACUAL CASTILLO CONSTANZO Y RAMONAALTAGRACIA JIMENEZ SANTOS.
LEANDRO AGUSTIN CEBALLOS ARISTY AGRIMENSOR / CODIA / 28647 E-mail. Agrim.ceballos_17hotmail.com(CEL: 809-696-8255)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. VISTA., LA AUTORIZACION DE MENSURA, DICTADA POR LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURA CATASTRALES, DEPARTAMENTO CENTARAL DE FECHA 5 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE EL DIA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, A LAS 8:00 A.M., DAREMOS INICIO A LOS TRABAJOS DE MENSURA PARA DESLINDE DENTRO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO P. No. 67-B-361, D.C No.11/3, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY PROVINCIA DE LA ALTAGRACIA. EXPEDIENTE, No. 663201601136, PROPIEDAD DE LA Sra. ALFRINA PAOLA ALVAREZ MARTINEZ
LEANDRO AGUSTIN CEBALLOS ARISTY AGRIMENSOR / CODIA / 28647 E-mail. Agrim.ceballos_17hotmail.com (CEL: 809-696-8255)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. VISTA., LAAUTORIZACION DE MENSURA, DICTADA POR LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURA CATASTRALES, DEPARTAMENTO CENTARAL DE FECHA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE EL DIA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, A LAS 9:00 A.M., DAREMOS INICIO A LOS TRABAJOS DE MENSURA PARA DESLINDE DENTRO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO P. No. 385, D.C No.10/6, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY PROVINCIA DE LA ALTAGRACIA. EXPEDIENTE, No. 663201601592, PROPIEDAD DE LA Sra. ALTAGRACIA ELIZABETH JIMENEZ SANTANA.
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INTERNACIONALES
Asesor de Rousseff y Medina vinculado al caso Petrobras se entrega en Brasil ÍO DE JANEIRO, (EFE).- El publicista brasileño João Santana, considerado uno de los principales asesores del gobernante Partido de los Trabajadores (PT), se entregó ayer a las autoridades en Brasil, donde pesa una orden de prisión temporal contra él, dictada en el marco de la investigación del escándalo en Petrobras. Santana aterrizó en la mañana de este martes en el aeropuerto de Guarulhos, en Sao Paulo, acompañado de su mujer, Mônica Moura, procedente de la República Dominicana don-
R
de se encontraba trabajando en la campaña de reelección del presidente dominicano, Danilo Medina. Desde allí el matrimonio, que deberá de prestar declaración en las próxi-
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. VISTA., LA AUTORIZACION DE MENSURA, DICTADA POR LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURA CATASTRALES, DEPARTAMENTO CENTARAL DE FECHA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE EL DIA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, A LAS 11:00 A.M., DAREMOS INICIO A LOS TRABAJOS DE MENSURA PARA DESLINDE DENTRO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO P. No. 67-B-361, D.C No. 11/3, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY PROVINCIA DE LA ALTAGRACIA. EXPEDIENTE, No. 663201601593, PROPIEDAD DE LOS Sres. FRITNER JEAN PHILIPPE Y VENISSA GIL YAN
LEANDRO AGUSTIN CEBALLOS ARISTY AGRIMENSOR / CODIA / 28647 E-mail. Agrim.ceballos_17hotmail.com (CEL: 809-696-8255)
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO VISTA: La autorización de mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catástrales, departamento central de fecha 29 de Diciembre del año 2015, donde resulto el exp. No. 663201513625, a petición de los SRES. Anselma Sanchez Guerrero, Silveria Sanchez Guerrero, Carlito Sanchez Guerrero, Matilde Sanchez Guerrero, Paulina Sanchez Guerrero, Altagracia Sanchez Guerrero, Ramon Sanchez Guerrero, Gregoria Sanchez Guerrero, Petronila Sanchez Guerrero, Moises Sanchez Guerrero, Matilde Sanchez Lopez, Leidiana Sanchez Andujar, Jorge Sanchez Andujar, Angela Trinidad Sanchez Andujar, representados por Josefa Sanchez Guerrero. Informamos que el día 03 de Marzo del año 2016 a las 10:00 a. m. se realizarán los trabajos de MENSURAPARASANEAMIENTO en el Solar 10, Manzana 196, del D. C. No. 1, ubicado en la Calle JulitaPeña#2,Esq.Av.Hermanos Trejos, Sector San Martin en el Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.
AGRIM. JOSE CORNELIO BAEZ CODIA No. 29288 Tel. (809) 360-8246
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. #661201600318 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M.C., Dpto. noreste, d/f 27-01-2016: Se hace público que el 27-02-2016, a las 5 0:00 P.M., iniciamos trabajos de mensura para deslinde, de una porción dentro del ámbito de la Parcela #88, del D.C. #20, del Mpio. Cevicos, Prov. Sanchez Ramirez, ubicado en la calle Mirabal, zona céntrica de cevicos, propiedad de: Martha Ivelisse Gonzales Garcia.
AGRIM. Henry H. Rosario Diaz CODIA-24077 EMAIL: ing_henryrosario@hotmail.com
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. #661201504609 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M.C., Dpt.Noreste, d/f 20-10-2015: Se hace público que el 27-02-2015, a las 5:00 P.M., iniciamos trabajos de mensura para deslinde, de una porción dentro del ámbito de la Parcela #30, del D.C. #20, del Mpio. Cevicos, Prov. Sanchez Ramirez, ubicado en camino a Boca Barranca, propiedad de: Pantaleón Adriano Hernandez Rafael.
AGRIM. Henry H. Rosario Diaz CODIA-24077EMAIL: ing_henryrosario@hotmail.com
mas horas, fue trasladado en un avión de la Policía Federal a Curitiba, capital del estado de Paraná (sur) y donde se centra el proceso judicial que investiga la trama de corruptela que durante años envolvió a la petrolera estatal. Desde ayer pesaba sobre el matrimonio una orden de prisión temporal
por su presunto papel en un esquema de pagos de coimas a través de empresas ‘offshore’ (en paraísos fiscales) vinculadas a la compañía constructora Odebrecht, una de las mayores de Brasil, con operaciones en decenas de países. En esta nueva fase de la investigación, ejecutada el pasado lunes en los estados de Sao Paulo, Río de Janeiro y Bahía y que contemplaba el cumplimiento de 38 órdenes de registro, seis de detención temporal, dos de prisión preventiva y cinco de prestación de declaración, la Policía buscaba esclarecer el esquema de pagos de sobornos que incluían, entre otros, a cargos públicos brasileños y argentinos.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. #661201600582 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M.C., Dpto. Noreste, d/f 15-02-2016: Se hace público que el 27-02-2016, a las 8:00 A.M., iniciamos trabajos de mensura para deslinde, de una porción dentro del ámbito de la Parcela #94, del D.C. #20, del Mpio. Cevicos, Prov. Sánchez Ramirez, ubicado en barrio 24 de Abril y zona céntrica, propiedad de: Instituto Agrario Dominicano(IAD).
AGRIM. Henry H. Rosario Diaz CODIA-24077 EMAIL: ing_henryrosario@hotmail.com
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXP. #661201600583 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M.C., Dpto. Noreste, d/f 15-02-2016: Se hace público que el 26-02-2016, a las 8:00 A.M., iniciamos trabajos de mensura para deslinde, de una porción dentro del ámbito de la Parcela #94, del D.C. #20, del Mpio. Cevicos, Prov. Sánchez Ramirez, ubicado en barrio el progreso, propiedad de: Instituto Agrario Dominicano (IAD).
AGRIM. Henry H. Rosario Diaz CODIA-24077EMAIL: ing_henryrosario@hotmail.com
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenida en el Párrafo 2do. del artículo 22 de la Ley 1306 bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso se hace saber que el SR. ISAIASANTONIO SANTOSVILLEGAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 012-0065992-6, domiciliado y residente en la Calle Doctor Cabral No. 43, Centro Ciudad, de esta ciudad San Juan de la Maguana; quien le advierte a su legitima esposa CARMEN LAURADE JESUSACOSTA, cuyo último domicilio fue en la Calle Doctor Cabral No. 43,CentroCiudad,deestaciudad SanJuandelaMaguana,queprocederápormediodesuabogadoconstituidoyapoderado especial DR. CARLOS SANCHEZ, abogado de los tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 012-0061003-6, con estudio profesional abierto en la Calle 3era. No. 11-A,de esta ciudad de San Juan de la Maguana; a Emplazarla enAcción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, la cual se notificará en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San Juan, el día 17 de Marzo del año 2016, sito en la calle Luis Pelayo González No. 4, en el Primer Nivel del edificio que aloja el Palacio de Justicia de la ciudad de San Juan de la Maguana, para que comparezca a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la CámaraCivil,ComercialydelTrabajodelJuzgadodePrimeraInstanciadelDistritoJudicialdeSanJuan,ensusatribuciones civiles el día Jueves que contaremos a diecisiete (17) del mes de marzo del año 2016, a las nueve (9:00) horas de la mañana. La presente publicación ha sido autorizada por el infrascrito, en la ciudad de San Juan de la Maguana, a losVeintitrés (23) días del mes de Febrero del año dos mil Dieciséis (2016).
DR. CARLOS SANCHEZ Abogado de la Parte Demandante
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Lino Rivera anuncia no tener planes de volver con el Licey ANTO DOMINGO. El dirigente puertorriqueño Lino Rivera anunció que no tiene planes de regresar a dirigir a los Tigres del Licey la próxima temporada, como anunciara el pasado domingo, Junior Noboa, nuevo gerente general
S
del club. “Yo le comenté a Junior Noboa que no pensaba regresar al equipo del Licey por la salida de Manny Acta”, dijo Rivera en el programa radial Grandes en los Deportes, que se transmite por la Escándalo FM (102.5 FM) de 12:00 a 2:00
Miguel Cabrera aspira a 160 partidos Luego de todos los títulos de bateo y trofeos individuales, el deseo de Miguel Cabrera para los Tigres de Detroit esta campaña pudiera estar en otro hito.
La policía japonesa deja en liberta a Yamaico Navarro a Policía de Okinawa dejó en libertad este martes al dominicano Yamaico Navarro, quien fue arrestado el domingo en el Aeropuerto de Naha, por poseer una bala en su equipaje de mano, luego de determinar que no existe riesgo de que abandone el país. A su salida de la Estación Tomigusuku, aproximadamente a las 7:30 de la noche, el jugador, acompañado por varios representantes del club, realizó una reverencia y
L
solicitó disculpas por todo lo ocurrido ante los medios presentes. “Estoy muy apenado por todo. Nunca esperé que esto ocurriera y me quiero disculpar por el inconveniente. Ahora lo que quiero es trabajar duro y pagar por este error a través del béisbol”, comentó el pelotero, según el diario Sports Hochi.
PM. “No regreso al conjunto porque Manny Acta no está y sé que Licey es más grande que una persona, pero Manny fue quien me apoyó. La lealtad que le tengo a Manny pesa demasiado y por eso no voy a retornar”, explicó el manager quien llevó a
los felinos a la serie final del torneo ante el Escogido. La directiva azul no renovó el contrato de Acta tras terminar la temporada luego de tres períodos como gerente en los que guió al Licey a dos finales, incluyendo un título en 2014.
DEPORTES
José Reyes en licencia con sueldo; espera otro juicio N
UEVA YORK (AP) — El torpedero dominicano José Reyes quedó en licencia con goce de sueldo bajo el nuevo reglamento del béisbol de Grandes Ligas para casos de violencia doméstica, y no podrá participar en el campo de pretemporada de los Rockies de Colorado. Reyes, de 32 años, fue detenido en un balneario de Hawai el 31 de octubre
tras un altercado con su esposa. Se declaró inocen-
Cervecería Nacional Dominicana entrega 32 estadios remodelados ANTO DOMINGO.En el marco de la celebración del 80 aniversario de Cerveza Presidente, la Cervecería Nacional Dominicana se comprometió a reparar 80 estadios de softbol y béisbol entre 2015 y 2017. En un conmemorativo y simbólico acto realizado en el remozado Estadio Pepe Lucas, la Cervecería Nacional Dominicana (CND) hizo entrega formal de los primeros 32 estadios de softbol y béisbol, de los 80 a remodelarse en todo el territorio nacional. El acto de entrega fue presidido por Franklin León, presidente de CND,
S
Eduardo Lacerda, Jaime David Fernández, Franklin León, Robert Salcedo Y Carlos Araujo
quien expresó el honor que representa para dicha empresa, cumplir con uno de los momentos más importantes de las celebraciones del 80 aniversario de su marca Presidente. “Estas actividades con-
memorativas que hemos ido realizando responden al mayor interés de agradecer al pueblo dominicano por su respaldo y apoyo de tantos años al compartir la alegría de una gran pasión de todos: El depor-
te. Con esta inauguración estamos honrando la promesa que hicimos el pasado mes de septiembre, de reparar 80 estadios de softbol entre el año 2015 y 2017”, expresó León en el encuentro.
te tras ser sindicado por un cargo de abuso de un
familiar. Salió en libertad con el pago de una fianza de 1.000 dólares y su juico comenzará el 4 de abril, el mismo día que los Rockies abren la campaña regular en Arizona. Grandes Ligas informó este martes que el comisionado Rob Manfred se encargará de decidir si impone sanciones luego que se complete el proceso legal y la investigación de MLB.
Gerente general de Azulejos no trata contrato de José Bautista DUNEDIN, FLORIDA — El dominicano José Bautista dejó todas sus cartas sobre la mesa durante un interesante encuentro con la prensa, pero parece que el gerente general de los Azulejos, Ross Atkins, no hará lo mismo. Bautista, quien estará elegible para convertirse en agente libre
después de esta temporada, les dijo a los medios que le había presentado al club una cifra exacta de dólares y años que busca para renovar. También expresó que no será necesaria una negociación porque se ha fijado un precio y ahora la situación está en manos de la gerencia de Toronto.
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POSICIONES NBA CONFERENCIA ESTE ATLANTICO G 37 Toronto 33 Boston New York 24 15 Brooklyn Philadelphia 8
P 18 25 34 41 48
PCT .667 .569 .414 .268 .143
JD 0 5.5 14.5 22.5 29.5
CENTRAL Cleveland Indiana Chicago Detroit Milwaukee
G 40 30 29 28 24
P 15 26 26 29 33
PCT .741 .536 .527 .491 .421
JD 0 10.5 11 13 17
SUDESTE Miami Atlanta Charlotte Washington Orlando
G 32 31 29 26 25
P 24 27 26 29 30
PCT .571 .534 .527 .473 .455
JD 0 2 2.5 5.5 6.5
8:00 p.m.
8:30 p.m.
JUEGOS DE HOY NBA
Vs 8:00 p.m.
Vs Vs 8:30 p.m.
Vs
G 40 29 27 22 18
P 16 27 28 35 39
PCT .714 .518 .491 .386 .316
JD 0 11 12.5 18.5 22.5
PACÍFICO Golden State LA Clippers Sacramento Phoenix LA Lakers
G 50 37 24 14 11
P 5 19 31 43 47
PCT .909 .661 .436 .246 .190
JD 0 13.5 26 37 40.5
SUDOESTE San Antonio Memphis Dallas Houston New Orleans
G 47 32 30 28 22
P 9 23 27 28 34
PCT .839 .582 .526 .500 .393
JD 0 14.5 17.5 19 25
Vs 8:30 p.m.
Vs 9:00 p.m.
Vs 9:00 p.m.
Vs 9:30 p.m.
Vs 11:00 p.m.
Vs 11:30 p.m.
RESULTADOS DE AYER
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115
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Lionel Messi
Messi pone al Barcelona con un pie y medio en cuartos de la final EFE).- Dos goles en la segunda mitad de Lionel Messi pudieron este miércoles en Londres con un sólido Arsenal (0-2) y colocaron al Barcelona con un pie y medio en cuartos de final de la Liga de Campeones. Los vigentes campeones, “superfavoritos”, como los definió el técnico local, el francés Arsene Wenger, cumplieron con las expectativas y se llevaron un triunfo claro del Emirates Stadium que, salvo sorpresa, deja al Arsenal otra vez fuera de la máxima competición continental a las primeras de cambio en la segunda fase del torneo. El 0-2 fue quizá demasiado castigo para unos ‘Gunners’ que hicieron frente al Barcelona durante 71 minutos, el tiempo que tardó en aparecer la magia de la llamada “MSN”.
(
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ampoco era algo que nadie estuviera esperando, pero por si acaso Jeanie Buss se ha adelantado a cualquier futuro rumor negando una posible vuelta de Phil Jackson a los Lakers, quién además es presidente de los New York Knicks. Según algunas habladurías, el managers estaría acumulando experiencias en eso de dirigir un equipo desde las alturas sólo a la espera de una llamada; esa que le diga que Jim Buss, el hermano de su esposa, abandona el mando de las operaciones de los Ángeles. Entonces, Jackson saltaría como un lince sobre el puesto vacante y volvería a unir a dos de sus proyectos más exitosos: La franquicia a la que hizo pentacampeona como entrenador. Jeanie, en el Podcast de USA Today, desmiente esa teoría popular. “No se trata de traerle de vuelta a los Lakers. Jackson está contento con lo que está
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CONFERENCIA OESTE NOROESTE Oklahoma City Portland Utah Denver Minnesota
DEPORTES Phil Jackson no vuelve a Lakers
Vettel vuelve a ser más veloz en pruebas de F1 ARCELONA, ESPAÑA — Sebastian Vettel volvió a exhibir buena velocidad con Ferrari en las pruebas de pretemporada de Fórmula Uno, al fijar este martes el mejor tiempo en la sesión matutina. Vettel fue casi un segundo más veloz que Daniel Ricciardo of Red Bull, el único otro piloto prominente en salir a la pista con los nuevos neumáticos ultras suaves de Pirelli. El tiempo de 1 minuto 22,810 segundos registrado por Vettel en el Circuito de Barcelona es casi dos segundos mejor que el de la pole en EL GP de España el año pasado. Vettel fue también el más veloz el lunes, por delante del campeón defensor Lewis Hamilton, de Mercedes.
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haciendo, e ilusionado con el reto que suponen los Knicks y viendo resultados en su trabajo. Él tiene un camino que seguir ahora”, ha explicado la copropietaria de los angelinos. Operan a Marc Gasol de fractura en pie derecho Redacción deportes, 23 feb (EFE).- El pívot español de los Memphis Grizzlies, Marc Gasol, fue operado con éxito de la fractura de grado tres en el tarso del pie derecho que sufrió el pasado 8 de febrero en el partido frente a los Portland Trails Bla-
zers y que le impedirá volver a jugar lo que queda de temporada. Gasol, de 31 años, convertido en el jugador franquicia desde hace tres temporadas, deja al equipo sin el líder en el campo y el mejor hombre dentro de la pintura. Los directivos de los Grizzlies, encabezados por el gerente general Chris Wallace, reiteraron, tras conocerse el resultado de la operación realizada el pasado sábado por los especialistas Roberts Anderson y Drew Murphy, que todos estaban enfocados en conseguir la recuperación completa de Gasol.
Wawrinka, Berdych y Bautista 2da. ronda en torneo de Dubai Redacción deportes, 23 feb (EFE).- El suizo Stan Wawrinka, el checo Tomas Berdych y el español Roberto Bautista, segundo, tercer y cuarto favoritos, respectivamente, superaron este martes la primera ronda del torneo de Dubai, en la que no hubo grandes sorpresas. Wawrinka sufrió para superar en su debut al ucraniano Sergiy Stakhovsky, que le ganó el primer set por 5-7, aunque acabó cediendo los dos siguientes por 6-3 y 7-5. Más fácil lo tuvo Tomas Berdych, que apenas tuvo oposición en el portugués Joao Sousa, al que eliminó por 6-1 y 6-4. En octavos de final le espera el italiano Tho-
mas Fabbiano, que accedió al cuadro principal desde la fase clasificatoria y logró acabar con el argentino Leonardo Mayer (6-3 y 6-4), lo que deja al torneo de los Emiratos Árabes sin representación argentina.
Por su parte, el español Roberto Bautista, cuarto favorito y jugador número 18 del mundo, doblegó por 6-2 y 6-4 al italiano Simone Bolelli en la primera ronda del torneo de Dubai, puntuable para el circuito de la ATP.
DEPORTES Seguirá fin de semana “Torneo Superior Libre , Copa Crysmar” www.elnuevodiario.com.do
n la continuación del desarrollo del “Torneo Superior Libre, Copa Crysmar”, en su octava versión, organizado por el periodista y profesor Jaime Núñez y la directiva del Club El Brisal en Santo Domingo Este, seguirá este fin de semana. Inicia a partir de las 7.30 de la noche, en las instalaciones de la entidad deportiva. Se disputa la “Copa Crysmar” empresa patrocinadora de la justa que tiene especial dedicatoria al inmortal Alejandro Tejeda, ex selección nacional quien recientemente fue exaltado al pabellón de la fama. Este viernes se estarán enfrentando los equipos El Brisal (A) versus El Brisal (B) y kilómetro 12 de Las
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Reconoce a Alejandro Tejeda y entrega Jaime Núñez.
Americas contra El Mirador de las Américas. Los equipos participantes son Invivienda, El Mirador de las Americas, Km 12 de las Americas, Brisal A y El Brisal B dirigidos por Joel “El Papaso” y el encargado de deportes, Aaron Liz.
Continental y Evangélico primeros “III Torneo de Baloncesto Colegial” AN FRANCISCO DE MACORIS.Los quintetos de los colegios Continental y Evangélico salieron en la delantera del tercer torneo de baloncesto inter colegial dedicado al empresario Samir Rizek y al padre Pelagio Taveras en opción a la copa Amílcar Romero. En el partido de apertura el colegio Continental aplastó 77-25 al Colegio IADIS con una buena actuación de Saúl Jiménez que explotó con 34 puntos. De su lado en el segundo partido el colegio Evangélico dominó sin mu-
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chos contratiempos al equipo del colegio Arcoíris 58-41 con una labor combinada de Jhan Luis Díaz y Misael Taveras que anotaron 16 y 10 puntos respectivamente. Asimismo el colegio INFI apabulló 58-40 al colegio Jesús Nazareno sobresaliendo a la ofensiva Amaurys de la Cruz con 19 puntos y Jeffry Hilario con 14. También, el colegio San Miguel dominó apretadamente 34-25 al colegio San Francisco destacándose a la ofensiva Reylin Lora con 12 puntos y por los derrotados Leovanny Ventura con 10.
El viceministro de Deportes, Enmanuel Trinidad Puello, entrega útiles deportivos al comité organizador del evento.
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
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Los terceros candidatos dominan V Centenario Los triunfos combinados de El Gallego, Happy Ending, Carolina Queen y Milán Milán, todos ellos terceros candidatos entre los fanáticos hípicos, provocaron resultados sin grandes sorpresas en el marco de un evento donde quienes acertaron los seis ganadores cobrarán RD$2655.00, más las partes de cinco, cuyo pago por parte fue de RD$120.00. La combinación ganadora para la jugada de
El ejemplar Free Humor (3) cruza la meta en el hipódromo V Centenario.
pool fue la 3-3-1-1-3-3, donde abriendo la cartelera, El Gallego (3), con la monta de Héctor Hernández, dio caza a Ámbar (4), que estuvo
punteando, mientras que en la segunda el debutante Instant Respect (3), con Luis Jiménez en la silla, triunfó de manera amplia, cerrando de amplio favorito. Para la tercera, Snap Dragón (5), con Luis Cuevas, cruzó al frente, pero fue descalificado por obstruir al ejemplar número 1, Happy Ending que, con Roger Fidel en los controles, quedó como el ejemplar válido para todo tipo de apuestas.
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
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AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
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PÉRDIDA DE MATRICULA DE DIVERSOS TIPOS DE VEHÍCULOS
De conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 22 de la ley 13-06 Bis, sobre divorcio en la Republica Dominicana, el señor BERNARDO CORDERO MARMOLEJOS, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No°. 082-0006316-5, domiciliado y residente en el paraje Los Sánchez, sección Najayo en Medio, calle principal casa N°. 82, Municipio de Yaguate, Provincia San Cristóbal, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial LIC. HÉCTOR R. DE LA CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 082-0000126-4, con estudio profesional abierto en la calle Gregorio Luperón N°. 60, Municipio de Yaguate, Provincia San Cristóbal, Republica Dominicana, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda, por el presente aviso advierte a su legitima esposa señora ANTONIA CABRERA VALERA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de 1a cédula de identidad y electoral N°. 002-0112534-1, cuyo último domicilio estaba ubicado en el paraje Los Sánchez, sección Najayo en Medio, calle principal casa N°. 82, Municipio de Yaguate, Provincia San Cristóbal, que procederá a emplazar en acción de divorcio por la cusa determinada de incompatibilidad de caracteres, en manos de la MAGISTRADA PROCURADORA FISCAL, del Distrito Judicial de San Cristóbal, el día viernes veintiséis (26) del mes de Febrero del año dos mil dieciséis 2016, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia, que en atribuciones civiles y a puertas cerradas, celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, el día Jueves diez (10) de Marzo del año dos mil dieciséis (2016), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en el local situado en la tercera planta del Palacio de Justicia, sito en la calle Padre Borbón N° 15, esquina General Cabral de la Provincia De San Cristóbal. En la Ciudad de San Cristóbal, Republica Dominicana, a los veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el SR. JESUS MARIA PADILLA VELASQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Sabana Rey, Hato Viejo, La Vega, R.D. cédula No.047-0079175-1, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LIC. BRAULIO ROMERO ROMERO, cédula No. 0470078755-1, matrícula No. 21910-481-99, con estudio profesional abierto en el No.39 de la Calle Monseñor Panal, Plaza Jorge, Apto.1-B, de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA DEL PILAR ROMERO JOSE, cuyo último domicilio conocido lo fue en Calle Principal No.69, Sabana Rey, Hato Viejo de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día 25 del mes de FEBRERO del año 2016 a las 9:00 a.m. Así como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal, de esta ciudad de La Vega, el día 7 del mes de MARZO del año 2016 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de FEBRERO del año 2016.
La Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), hace de público conocimiento la pérdida de las placas de los siguientes vehículos: (02) matriculas, (1) Camioneta Nissan, Color: Blanco, Placa: OC12577, Chasis: JN1CHGD22Z0744412, Matricula: E0033209, y (1) Camioneta Mitsubishi, Color Rojo, Placa: OC06245, Chasis: MMBJNK6403D010356, Matricula: E0022088, las cuales pertenecen a la flotilla de la institución. PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la ley No.1306-Bis, de divorcio se hace de público conocimiento que la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito, Especializada en Asuntos de Familia. Dictó en sus atribuciones, la Sentencia Civil de fecha Dos (02) del mes de Septiembre del año Dos Mil Quince (2015), con el número 15-02602, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: ÚNICO: DECLARA bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 164/2015, firmado por los esposos Roberto Elías Morel e Ileana González Concepción de fecha seis (06) de junio del año dos mil quince (2015), por ante el Dr. Juan Ernesto Lugo Ramírez, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencias: A. ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Roberto Elías Morel e Ileana González Concepción; B. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante la Oficial del Estado Civil correspondiente; C. COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento; Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: EVELYN TORRES, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Que en fecha Quince (15) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil, de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el Divorcio que se admite por la Sentencia preindicada, haciendo la transcripción correspondiente en el Libro No. 00001, Acta No.000038, Folio No. 0081, del año 2016. La presente publicación se autoriza por el Abogado Infrascrito en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Dieciséis (2016).
FC 329341
LICDA. ARACELIS AQUINO, Abogado Apoderado.
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306, Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente. Que en fecha Once (11) del mes noviembre del año Dos Mil Quince (2015) la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializado para asunto de familia, mediante Sentencia Civil No.03266/2015, ordenó lo siguiente: FALLA: UNICO: DECLARA buena y válido el acto de estipulación y convenciones No. 69/2015, firmada por los esposos JEISON PANIAGUA y CINTHIA GREGORIA MORILLO BOCIO, de fecha veinte (20) del mes de mayo del año Dos Mil Quince (2015), por ante el Dr. Roberto de Jesús Espinal, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: A) ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges JEISON PANIAGUA y CINTHIA GREGORIA MORILLO BOCIO; B) ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial el Estado Civil correspondiente; C) COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento; Así se ordena, manda y firma: (Firmados: EVELYN TORRES, JUEZ; MIRTHA GREGORIA MORILLO BOCIO; B) Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. C) Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Dicho Pronunciamiento se Pronunció por ante el Oficial del Estado Civil la Primera 1era. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Quince (15) de Diciembre del año Dos Mil Quince (2015), mediante Sentencia No. 03266-15, de fecha once (11) del mes de noviembre del año Dos Mil Quince (2015) según Libro No.00023 de Registros de DIVORCIO, Folio No.0083, Acta No.002187, año 2015. En la Cuidad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
DRA. MARITZA VENTURA SANCHEZ, Abogada.
FC 79591
LIC. HÉCTOR R. DE LA CRUZ Abogado parte Demandante
LIC. BRAULIO ROMERO ROMERO, Abogado apoderado de la parte Demandante.
(DDR-RC-5684-RD-22-23-24/02/2016)
FC329305
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR ICOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO.
De conformidad con el artículo 22 de Ley 13-06-Bis, sobre divorcio, del 21 de Mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor JORGE LUIS URBAEZ PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 019-0019108-9, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica. Por mediación de sus abogados apoderados y constituidos especiales, el LIC. ANGEL ROBERTO SOSA DE LOS SANTOS, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0323124-7, y el LIC. JULIO CESAR ALCANTARA TERRERO, dominicano, mayor de edad, soltero, residente en esta ciudad, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0186611-9, Abogado de los Tribunales de la República, ambos con estudio profesional abierto en la calle Montecristi No. 91, esquina 27 de febrero, Edificio Profesional Montecristi, del sector San Carlos de la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, lugar donde el demandante selecciona domicilio para todos los fines y consecuencias legales SE HACE SABER Y SE LE ADVIERTE a su legitima esposa, señora SHEILA MARIE TRINIDAD VEGA, que a falta de información relativa al lugar de residencia y domicilio actual o ultimo domicilio en la avenida República de Colombia, Urbanización Villa Amanda, Manzana C, Casa No. 2, Altos Arroyo Hondo III, Santo Domingo, Distrito Nacional, se procederá a emplazar en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en fecha, el día Viernes que contaremos a Veintiséis (26) del mes de Febrero del año Dos Mil Diez y Seis (2016), para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada y a estos fines, donde se conocerá por ante la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el día Miércoles que contaremos a Dieciséis (16) del mes de Marzo del año Dos Mil Diez y Seis (2016), el cual está ubicado en el Edificio que se encuentra en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago, del sector de Gazcue. del Distrito Nacional, República Dominicana, para celebrar dicha demanda. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte y Dos (22), días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieseis (2016).
En cumplimiento de las disposiciones Legales contenidas en la Ley No.2153, la cual amplía el Artículo 22 de la Ley No.1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor JUAN CARLOS MELO, de nacionalidad Norteamericana, mayor de edad, casado, estudiante, portador del pasaporte de identidad personal No. 444614450, domiciliado y residente en la Otra Banda, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL ANGEL RIJO CARPIO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad personal y electoral No. 028-0070666-1, con su estudio profesional abierto en la calle Teódulo Guerrero casa No.03, de esta ciudad de Higüey, por medio del presente aviso ADVIERTE a su legítima esposa señora JISELL SANDIVAL CEDEÑO CASTILLO, mayor de edad, y que a falta de su actual domicilio y residencia se Citará y Emplazará en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la Altagracia, en la calle Agustín Guecrero Esq. Beller de esta ciudad el día miércoles que contaremos a nueve (09) días del mes de Marzo del año 2016. para que comparezca a la Audiencia que se celebrará a puertas cerradas, en la cual se conocerá la Demanda de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres a las 9:00 horas de la mañana, por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primara Instancia de La Altagracia, sito en la calle Agustín Guerrero. Esq. Beller No.55, segunda planta de Higüey, en la ciudad y municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a los Diecisiete (17) días del mes febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
LIC. ANGEL ROBERTO SOSA DE LOS SANTOS, Abogado del demandante. LIC. JULIO CESAR ALCANTARA TERRERO, Abogado del demandante. FC 329168
LIC. MIGUEL ANGEL RIJO CARPIO, Abogado Apoderado.
FC 329203
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR ICOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
De conformidad con el artículo 22 de Ley 13-06-Bis, sobre divorcio, del 21 de Mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor FRANKLIN LEOCADIO LORA MOLINA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2383429-8, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica. Por mediación de sus abogados apoderados y constituidos especiales, el LIC. ANGEL ROBERTO SOSA DE LOS SANTOS, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0323124-7, y el LIC. JULIO CESAR ALCANTARA TERRERO, dominicano, mayor de edad, soltero, residente en esta ciudad, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0186611-9, Abogado de los Tribunales de la República, ambos con estudio profesional abierto en la calle Montecristi No. 91, esquina 27 de Febrero, Edificio Profesional Montecristi, del sector San Carlos de la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, lugar donde el demandante selecciona domicilio para todos los fines y consecuencias legales. SE HACE SABER Y SE LE ADVIERTE a su legítima esposa, señora CECILIA DEL CARMEN MARTINEZ, que a falta de información relativa al lugar de residencia y domicilio actual o último domicilio en la calle A No 5, Apto. 401, sector La Yuca, Los Ríos, Santo Domingo, Distrito Nacional, se procederá a emplazar en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en fecha, el día Viernes que contaremos a Veintiséis (26) del mes de Febrero del año Dos Mil Diez y Seis (2016), para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada y a estos fines, donde se conocerá por ante la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el día Miércoles que contaremos a Diez y Seis (16) del mes de Marzo del año Dos Mil Diez y Seis (2016), el cual está ubicado en el Edificio que se encuentra en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago del sector de Gazcue, del Distrito Nacional, República Dominicana, para celebrar dicha demanda. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte y Dos (22), días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
Conforme el Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. Por Ley 2153 de 1949, el señor SERGIO GEOVANNI ABREU CAPELLÁN, dominicano, mayor de edad, Soltero, Cédula No. 050-001961-5, domiciliado y residente en la Sección de Hato Viejo de este Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, República Dominicana, quien tiene como Abogados Apoderados especiales LICDOS. JOSE DOLORES PAULINO y SANTIAGO TRINIDAD PENALÓ, Abogados de los Tribunales Dominicanos, titulares de las Cédulas de Identidad y Electoral No. 050-0012407-2 y 050-00196039, Cédulas No. 050-0012407-2 y 050-0019603-9, respectivamente,, con estudio profesional común abierto en la calle Obdulio Jiménez No. 11 Segundo Nivel, Yerba Buena, Parada Manabao de esta ciudad de Jarabacoa y domicilio Ad Hoc en la calle Duvergé No. 36 , Oficina Jurídica, en esta Ciudad de La Vega lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora ANGELA DANIELA WYNNS RINCON, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Sección de Hato Viejo Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 26 del mes de febrero del año 2015 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del Tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará LA PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 14 del mes de MARZO del año 2016 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio de JARABACOA y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 22 días del mes de febrero del año 2016.
LIC. ANGEL ROBERTO SOSA DE LOS SANTOS, Abogado del demandante. LIC. JULIO CESAR ALCANTARA TERRERO, Abogado del demandante. FC 329168
LIC. SANTIAGO TRINIDAD PEÑALO, Abogado apoderado de la parte Demandante.
(RDCO-9234-CEA-22-23-24/02/2015)
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO DE INCORPORACION
En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la ley 1306bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Diecinueve (19) del mes de Mayo del año 2015, La Octava Sala De La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especialmente en suatos de Familia, dictó La Sentencia Civil No.00663-15, la cual en su parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en contra de la parte demandada señor MANUEL JESUS GARCIA ALMENARA, por no comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por la señora VINICIA MORONTA LANTIGUA, contra el señor MANUEL JESUS GARCIA ALMENARA, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, En consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores MANUEL JESUS GARCIA ALMENARA, y VINICIA MORONTA LANTIGUA, por la acuda determinada de incompatibilidad de caracteres. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento. SEXTO: Comisiona al Ministerial Robinson D. Silverio Pérez, de estrado de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. La sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbaez, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública por mí, secretaria: CERTIFICO: Que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada. Hoy día tres (3) de Julio del año Dos Mil Quince (2015), y que la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el mismo día Dos (2) de Julio del año dos mil quince (2015), en el Libro Letra D, No.20816. Rosa Encarnación Ferreras. Secretaria. El presente divorcio ha sido pronunciado y transcrita la sentencia por ante el Oficialía del Estado Civil de La 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), registrada bajo el Libro No. 00003, Folio No.0069, Acta No.000230, del año 2016. En la Ciudad de Santo Domingo, D.N. República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
Para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 122-05, que regula y fomenta las Asociaciones sin Fines de Lucro, el señor LIBRADO ANTONIO GUZMAN VERROA en su calidad de representante de la institución sin fines de lucro FUNDACION FAMILIAS GUZMAN MORETA (FUNFAGUMO), publica lo siguiente: PRIMERO: Que mediante la Resolución No. IONG002/2016 de fecha 28 de Enero del año 2016, el Procurador Gral De La Corte de Apelación del departamento Judicial de Santo Domingo, concedió el beneficio de la Incorporación a la institución sin fines de lucro FUNDACION FAMILIAS GUZMAN MORETA (FUNFAGUMO), que tiene su domicilio en la calle 1ra., No 102, Res. Villa del Mar, Autopista Las Américas, Km. 19, Santo Domingo Este; SEGUNDO: Que sus objetivos serán unir y ayudar a nuestros familiares de modo que podamos ser personas admiradas por la sociedad dominicana, para sus logros debemos cumplir con las siguientes metas: a) Realizar y promover actividades que eleven los valores de nuestras familias; b) Promover actividades que contribuyan a la participación organizada en las tomas de decisiones en pro del desarrollo de nuestras familias. c) Organizar todo tipos de actividades licitas sin fines lucrativos de ningunos de sus integrantes para la consecución de fondos que hagan posible el buen funcionamiento de nuestra fundación. d) Auspiciar y organizar cursos, talleres, seminarios y charlas, para contribuir a la formación de nuestras familias y promover el buen uso de los recursos tanto humano como materiales de nuestra fundación. e) Proporcionar a nuestra familia todas las informaciones de los recursos económicos de la fundación para que conozcan el destino de los mismos. f) Celebrar acuerdos de ayudas con otras entidades que conlleven a la adquisición de recursos en beneficio de nuestras familias. g) Representar y promover el intercambio cultural de nuestros ancestros como forma de recordarlos con carácter comunitario, y otras actividades propias de las ONG, su duración será por tiempo indefinido; TERCERO: Su Consejo Directivo está integrado por siete (7) miembros, cuyos nombres son: 1) LIBRADO ANTONIO GUZMAN VERROA Presidente; 2.- EMORGENES GUZMAN SUERO: VicePresidenta; 3.- CARMEN JULISSA BAUTISTA PÉREZ, Secretaria; 4.- GREILIN LORENZO GUZMAN: Tesorero; 5- ADRIA CELESTE MORETA DIAZ, 1ra. Vocal; 6.- EUDY BAUTISTA MORETA, Secretario de Organización; y 7.- MIGUELITO BAUTISTA BAUTISTA: 2do. Vocal; CUARTO: El Presidente de la Institución o quien este delegue será la persona que representara a la Institución en Justicia y frente a terceros, así como por ante las Instituciones Públicas de la República Dominicana. En el municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, veintitrés (23) días del mes de febrero del año Dos Mil dieciséis (2016).
LICDA. Iris Rodríguez Abogado Apoderado
LIBRADO ANTONIO GUZMAN VERROA, Representante.
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PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No.1306-Bis sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha quince (15) días del mes de diciembre del año Dos Mil Quince (2015), LA SEPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, mediante la Sentencia Civil No. 1723-15 ordenó lo siguiente: “FALLA:PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a 1a forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento de conformidad a la ley No. 142 del 1971, que modifica la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio, intentada por los señores MARCO SALOM Y SARAH FELBERBAUM, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Marco Salom y Sarah Felberbaum, por mutuo consentimiento de conformidad con el Acto de Convenciones y Estipulaciones para Fines de Divorcio de Extranjeros en la República Dominicana, No.SC-1499-15R, de fecha 30 de octubre del 2015, instrumentado por Elizabeth Llauger de Salazar, Ministro Consejero, Encargada de 1a Sección Consular, Roma, Italia. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de un asunto de familia. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de 1a República Dominicana, hoy a las quince (15) días del mes de diciembre del año dos mi! quince, (20 15).”
DR. MANUEL GIL MATEO ABOGADO FC329368
AVISO DE EMPLAZAMIENTO A LA ESPOSA QUE CARECE DE DOMICILIO Y RESIDENCIA CONOCIDOS PARA FINES DE DIVORCIO.
AVISO Y CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD VGM VACATIONS, S. A. Registro Mercantil No. 35275 SD Avenida Rafael Augusto Sánchez No.33, Plaza Intercaribe, local 302, Sector Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, Rep. Dom. RNC: 1-30-19023-2 Capital Autorizado: RD$24,624,320.00 Suscrito y Pagado: RD$24,624,320.00 Se hace de público conocimiento de conformidad con la Ley número 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, y sus modificaciones en virtud de la Ley número 31-11, de fecha 10 de febrero de 2011, el proyecto de estatutos para la transformación de la entidad VGM VACATIONS, S. A., en el cual se establece, entre otras: (1) Que el nombre de la sociedad continuará siendo “VGM VACATIONS; (2) Que estará regida par las leyes de la República Dominicana y los Estatutos referidos; (3) Que su objeto social será principalmente: a)- Realizar todo tipo de operaciones comerciales con bienes raíces en general, incluyendo la compra, venta, construcción de proyectos turísticas, urbanos y rurales, permuta, arrendamiento y alquiler de propiedades inmobiliarias urbanas, sub-urbanas y rurales; b)- La importación, exportación, distribución y venta, al por mayor y detalle, de bienes muebles y otros accesorios para el hogar, la industria y el comercio; c)- La compra y venta de acciones de otras compañías; d)- La inversión en cedulas hipotecarias, letras de cambio, giros, bonos, pagarés y otros títulos negociables; e)- La representación de casas y productos nacionales y extranjeros; f)- Prestar servicios de asesorías a inversionistas del comercio y de la industria en la República Dominicana; y g)- Explotar cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos sociales y señalados o que fuere de naturaleza favorecer el desarrollo de la sociedad y facilitar el cumplimiento de sus objetos sociales; (4) Que su domicilio estará ubicado en la calle Rafael Augusto Sánchez, número 33, Plaza Intercaribe, Suite 301, ensanche Naco, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; (5) Que su capital será de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS DOMINICANOS (RD$24,624,320); (6) Que será administrada por uno o varios gerentes, designados al efecto; (7) Que su duración será por tiempo indefinido. Asimismo por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad comercial VGM VACATIONS, S.A. para que asistan a la Asamblea General Extraordinaria de esa entidad, que se celebrará en su domicilia social el día viernes que contaremos a once (11) del mes de marzo del año dos mil dieciséis (2016),a los fines de dar a conocer y aprobar, si ha lugar, el referido proyecto de estatutos, los informes del Comisario de Cuentas y del Consejo de Administración de la sociedad sobre la situación financiera de la empresa, los cuales están a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía.En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
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VICENTE MIGUEL BORDERA, Presidente.
PUBLICACION Y PRONUNCIAMIENTO DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones de la ley 2153 del doce (12) de Noviembre, del año Mil Novecientos Cuarenta y Nueve (1949), la cual agrega un Párrafo al artículo 22 de la ley 1306 Bis, sobre Divorcio, el señor RAMON EMILIO BAEZ TORRES, de nacionalidad Americana, mayor de edad, casado, Jubilado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.151-0000135-1 y del Pasaporte No.309463583, domiciliado y residente en Los Estados Unidos de Norteamérica, quién tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. GLENIS ALTAGRACIA PEREZ CABREJA, dominicana, mayor de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.046-0034070-9, abogada de los Tribunales de la República, miembro activa del Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la Ave. Próceres de la Restauración No. 127-D, Esq. Mella de esta Ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, lugar donde mi requeriente hace formal elección de Domicilio, para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, donde le advierte a su legítima esposa señora MARTA LEONICIA HURTADO DIAZ, cuyo Ultimo Domicilio Conocido fue en la Casa marcada con el No.4 de la Calle San Ignacio, del Sector Los Maestros de esta Ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Municipio de la Provincia Santiago Rodríguez, Rep. Dom y cuyo domicilio actual es desconocido por su esposo y que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de Divorcio POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPACTIBILIDAD DE CARACTERES, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, el día Martes que contaremos a Primero (03) del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2016), a fin de que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto celebrará la Cámara civil Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, en sus atribuciones civiles, la cual Celebra sus audiencia en unos de sus departamentos, ubicado en la calle Pedro Tomas N0. 54 de esta ciudad, a las Nueve (9:00a.m) del día Lunes Veintiuno (21) del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2016), a fin de conocer de la demanda de Divorcio en su contra, interpuesta por su legítimo esposo señor, RAMON EMILIO BAEZ TORRES por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres para los fines de conocimiento de la audiencia correspondiente al emplazamiento de que se trata. En la Ciudad y Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los Veintitrés (23) Días del mes de Febrero, del año Dos Mil Dieciséis (2016).
En cumplimiento a lo que establece el Artículo 42 de la ley 1306-Bis, se hace del publico conocimiento, que la CUARTA SALA PARA ASUNTO DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, dictó en fecha once (11) del mes de diciembre del año Dos mil quince (2015), la Sentencia Civil No. 2629/2015, la cual copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: pronuncia el defecto en contra de la parte contra la parte demandada señora, JACQUELINE SOSA ORTIZ, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: ACOGE como buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda de Divorcio por haber sido conforme a la ley y en cuanto al fondo ADMITE el divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores JACQUELINE SOSA ORTIZ Y OLIGEN ARTURO GERALD PEÑA SANTOS, con todas su consecuencias legales, por los motivo precedentemente expuestos. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidad prevista en la ley de divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA al Ministerial ANGEL R. PUJOLS B., Alguacil de Estrados del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, Teléfono No.829-207-4507 para la notificación de la presente sentencia. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA, BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA. La sentencia que antecede va a ser pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, a las 10:00 a.m., horas de la mañana, el día lunes, que contaremos a 14 del mes de marzo del año dos mil diez y seis, 2016. Pronunciamiento que se efectuara con su presencia o sin ella, según lo establecido en la ley de divorcio.
LICDA. GLENIS ALTAGRACIA PEREZ CABREJA, Abogada de la parte demandante.
LIC. FELIPE NERIS PEÑA, Abogado Apoderado.
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REPUBLICA DOMINICANA
TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DE LA PROVINCIA BARAHONA Del: Tribunal de tierras Jurisdicción Original – Barahona; Asunto: Aviso Requerimiento, Auto de Emplazamiento y Fijación de Audiencia; Expediente No.0103-16-00011; El Secretario del Tribunal de Tierras todos a quienes pueda interesar, RECLAMANTES: LUIS ANTONIO GOMEZ; COLINDANTES: AL NORTE: MARGARITA GARO; AL ESTE: SUC. DE VICTOR GOMEZ; AL SUR: SUC. DE BENEMERITA MEDINAYAL OESTE: CALLE CARLOS A. MOTA. Agrimensor Rafael Emilio Beltre, Inmueble: Parcela No.207174723437, D. C. No.1, Municipio de Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, OTROS INTERESADOS: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o potestad en dicho inmueble y sus mejoras para que comparezcan a la audiencia que se celebrara este Tribunal de jurisdicción Original de la Provincia de Barahona, el día 06/04/2016, a las 9:00 horas de la mañana en el lugar ubicado en la CALLE COLON No.43, PALACIO DE JUSTICIA, BARAHONA; a fin de que se den a conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones a esta Jurisdicción Original. En la ciudad de BARAHONA, Provincia BARAHONA, Republica Dominicana el día 04 de febrero del año 2016; año171 de la independencia y 152 de la Restauración.
JUAN DOMINGO MERCEDEZ QUEZADA Juez de Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de la Provincia de Barahona. ANAYBI FELIZ PEREZ Secretaria Titular FC329382
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSAS DE EMBARGO EJECUTIVO De acuerdo al artículo 617 del Código del Procedimiento Civil, se hace público conocimiento que ha sido fijada para el día 29 de Febrero del año 2016, a las 9:00 horas de la mañana, en el Mercado Público del Sector de Los Mina, situado en la Av. Fernández Segura y Sandoval, Esq. Presidente Estrella Ureña, de la Provincia de Santo Domingo, al mejor postor y último subastador, del inmobiliario que se describe a continuación: “EL VEHICULO MARCA BMW, COLOR AZUL, PLACA NO. A467916, MODELO 5251, AÑO 2007, CHASIS WBANE510X7B980058”. El vehículo le fue embargado ejecutivamente a el señor FREDDY DANIEL VARGAS SANCHEZ, mediante el proceso verbal contenido en el Acto No. 28/2016 de fecha 18/02/2016, realizado por la Dra. LATIFE DOMINGUEZ, abogado Notario Público, conjuntamente con el Alguacil actuante a requerimiento del Lic. ROGELIO A. TEJERA DIAZ, cédula de identidad No. 001-0252937-7, en virtud del pagaré auténtico notarial, según Acto No. 28/2015, Folio No. 5556, de fecha 19 de Junio del año 2015, independientemente del dinero destinado para cubrir el pago de los gastos del procedimiento, honorario profesionales y cualquier otro accesorio del derecho que no haya sido contemplado. Los pagos serán al contado y los licitadores deberán pagar además del precio de la adjudicación el diez por ciento (10%) sobre dicho precio, de acuerdo a la Ley.
EL ALGUIACIL EN FUNCIONES DE VENDUTERO PÚBLICO LUIS FRANCISCO GARCIA. FC 329362
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor EDUY YDELFONZO DILONE, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los Multis Nuevos en esta ciudad de La Vega, R.D., pasaporte No. 309661121; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN, matriculado con el no.0864-327, cedula no. 047-0002316-3, con estudio profesional abierto en el No.20 de la Calle Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora INOCENCIA FLAIRA DE LOS SANTOS CROUSSET RODRIGUEZ cuyo último domicilio conocido lo fue en los Multis Nuevos en esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 25 del mes de FEBRERO del año 2016 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 28 del mes de MARZO del año 2016 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 19 días del mes de FEBRERO del año 2016.
LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RC-5683-RD-22-23-24/02/2015)
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No, 1306-Bis, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Dos (02) del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015), la Séptima Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara de lo Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil marcada con el número 1553-15, de la forma siguiente: FALLA: l. Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Juan Pablo Berroa Fortuna y Osaris María García Rodríguez, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. 2. En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Juan Pablo Berroa Fortuna y Osaris María Rodríguez por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 15, de fecha 20 de agosto del 2015, instrumentado por el Dr. Pedro Antonio Hidalgo Brito, Notario Público de los del numero para el Distrito Nacional. b) Otorga la guarda y cuidado de Isai Rafael, a cargo de la señora Osaris María García Rodríguez, madre de éste. c) Fija la pensión alimenticia que debe pagar el padre Juan Pablo Berroa Fortuna, a favor de su hijo Isai Rafael, en la suma de seis mil pesos (RD$6,000.00), la cual pagará todos los meses en manos de la madre de éste. 3. Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Claudia María Peña Peña, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada Claudia María Peña Peña, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Franyer Enrique Beato Pérez, Secretario. Dicho divorcio fue pronunciado y registrado por la 3ra Circunscripción del D.N., el 10 de Febrero del 2016, y registrado en el Libro No. 00001, Folio No. 0093, Acta No. 000057. En la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los 22 días del mes de febrero del año 2016.
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DRA. MARIA RIVERA RIVERA, Abogada Representante.
PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Conforme A Las Disposiciones Establecidas En El Artículo 92, Párrafo III De La Ley De Registro Inmobiliario No.108-05, Y La Resolución No.43-2007 De La Suprema Corte De Justicia, Del 1ro. De Febrero De 2007, Se Avisa La Pérdida Del Certificado De Título No. 69-7138 (Duplicado Del Dueño), Que Ampara El Derecho De Propiedad Del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, RESPECTO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: PARCELA No.102-B, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 04, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 154, 218.00 METROS CUADRADOS.
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 42 de la ley de Divorcios No. 1306-Bis, de fecha 21 de mayo del año 1937 y sus modificaciones, en la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Norte, Segunda Sala, en sus atribuciones civiles dictó en fecha 14 de Enero del año 2016, una sentencia de divorcio por mutuo consentimiento, marcada con el número 550-2016SSET-00014, en cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos DEYCY CUEVAS PEÑA Y JOSE AGUSTIN CASTRO VERAS, conforme al acto No. 42/2015, de estipulaciones de divorcio instrumentado por ante el Notario Público de los número para el Distrito Nacional, Dr. Julio Cesar Troncoso Saint Clair, de fecha Quince (15) del mes de Septiembre del 2015, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma MARCIA YOCASTA MENDEZ MEDINA, Juez; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, Secretario. Así mismo se hace constar que en fecha Cinco del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016) por ante el Oficial del Estado Civil de la 5ta Circunscripción de Santo Domingo Norte, se procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00001 de registros de Divorcio, Folio No. 0091, Acta No. 000046 Año 2016. En el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo Norte, República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
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AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En Cumplimiento de las Disposiciones contenida en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento la perdida de los certificados de Título de propiedad Matrícula No. 0300011014, con una porción que miden 3,307.46 m2 y la Constancia Anotada No.210 que ampara los derechos sobre dos (2) porciones de terreno, que miden 2,400.84 m2 y 823.46 m2 ; todas en el ámbito de la Parcela No. 527 perteneciente al Distrito Catastral No.03 del Municipio y Provincia de La Vega, Expediente Por Registro de Títulos de La Vega, R.D., a los fines de obtener el duplicado del dueño a nombre de: ELIGIO VASQUEZ SUAREZ, Propietario. (FAG-AC-8901-PC)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad Matrícula no. 0300018425 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1,100.51 Mts.2, en el ámbito de la Designación Catastral No.313229424555 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO MARIA CONSUELO ALMONTE CASTILLO DE ABREU expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega.
LICDA. YLENIA RODRIGUEZ, Abogada Apoderada. (AC-8902-PT)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad no. 98-56 que ampara los derechos sobre dos una porción de terreno con una extensión superficial de 03HAS-29AS-09CAS en el ámbito de la Parcela No.37-B, del Distrito Catastral no.14 sitio la Ceibita del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL ACREEDOR HIPOTECARIO SR. HERMOGENES VASQUEZ RIVERA y su propietaria es ESPERANZA REYES CASTILLO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega.
Licda. RAMONA ALTAGRACIA CRISOSTOMO, Abogada Apoderada. (AC-8903-PT)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo de Propiedad No. 89-370 que ampara los derechos sobre dos una porción de terreno con una extensión superficial de 276MTS.2 en el ámbito de la Parcela No.97-B, del Distrito Catastral No.11 del Municipio y Provincia de La Vega, a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO a nombre de DANIEL GARCIA expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega.
LICDA. VERONICA DAMARIS SANTOS, Abogada Apoderada. (AC-8904-PT)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y para los fines de su nueva expedición se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.10-000123507 documento No.011486 de fecha 21/05/2014, valor RD$600,000.00 (SESISCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS) expedido por la Cooperativa Vega Real Inc. a favor y a nombre de: HERMOGENES GARCIA PEÑA Y/O TERESA GARCIA PEÑA DE T., Depositantes-Cliente 186923. (FE-RC-5693-CM-24-25-26/02/2016)
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
www.elnuevodiario.com.do
AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA PARCELA NO. 213688520359 213688520359, del Distrito Catastral No. 25 del Municipio de Las Matas de Santa Cruz. DISTRITO CATASTRAL NO. 25 DEL MUNICIPIO DE LAS MATAS DE SANTA CRUZ, PROVINCIA DE MONTECRISTI. A LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE TIERRAS DEL DEPARTAMENTO NORTE, AL ABOGADO DEL ESTADO Y A TODAS PERSONAS A QUIENES PUEDA INTERESAR. CLARA LUZ POLANCO (RECLAMANTE), domiciliada y residente en el municipio de Las Matas de Santa Cruz, provincia de Monte Cristi, R.D., AGRIM. TEOFILO RADHAMES TEJEDA, con su domicilio en la Av. Mella, No. 66, Montecristi, provincia de Montecristi, R.D., (OTROS INTERESADOS). REQUERIDO: el saneamiento de la parcela No. 213688520359, del Distrito Catastral No. 25 del Municipio de Las Matas de Santa Cruz, Provincia Montecristi. PARCELA NO. 213688520359: AL NORTE: Fernando Valerio y Tomás Valerio; AL ESTE: Tomás Valerio y Ramón Valerio; AL SUR: Miguel Cordero; AL OESTE: Callejón. Se cita: a las personas cuyos nombres figuran en el encabezamiento de este Auto, para que comparezcan por ante este TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION INMOBILIARIA DE LA CIUDAD DE MONTECRISTI, sito en la calle Pimentel No. 107 del sector Las Colinas, 2da. Planta del palacio de justicia de Montecristi, Provincia de Montecristi, el día 30 de Marzo del año 2016, a las 9:00 horas de la mañana, para dar a conocer de los derechos que pretendan y las pruebas documentales en que se basan y para el efecto formulen sus reclamaciones en jurisdicción original. DADO: En la ciudad de Montecristi, Provincia de Montecristi, República Dominicana, a los Seis (23) días del mes de Febrero del año 2016.
LO CERTIFICA: ANGELINA M. NUÑEZ REYES, SECRETARIA TITULAR.
LICDA. CARMEN JOSEFINA MACIAS MEJIA, Abogado Apoderada.
LO APRUEBA: RAMONA ONILDA HERNANDEZ FERREIRA, JUEZ TITULAR.
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PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente`` Que en fecha veinticuatro (24) del mes de abril del año Dos Mil Quince (2015), la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial de Puerto Plata, mediante sentencia civil No.00454-2015, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra demanda MARIA A. LOPEZ, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada.- SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores: RUDY O. MARTINEZ (parte demandante) y MARIA A. LOPEZ (parte demandada) por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres con todos su consecuencias legales.- COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: COMISIONA al Ministerial MERCEDES GREGORIO SORIANO URBAEZ, Alguacil de Estrado de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, publica y firman: Ramón Francisco Ureña Ángeles, Juez e Iliana Patricia Marcelo salado, Secretaria Interina. Así mismo se hace saber que en fecha dieciocho (18) del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016) el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros, procedió a PRONUNCIAR el divorcio entre los señores RUDY O. MARTINEZ y MARIA A. LOPEZ, en el Libro No.00001, de registro de DIVORCIO, Folio número 0181, Acta número 000175, año 2015. En el Municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veinte y dos (22) días del mes de Febrero del año 2016.
LICDA. MARIA SENCION MARTE PICHARDO, ABOGADA.
AVISO TRASPASO DE EMBARCACION: de Bote tipo recreo, Nombre SEA EXPLORER, color blanco, eslora 22’0, manga 6’5, puntal 3’0, matrícula BRS253-2204SDG, a nombre de FRANCISCO J. LORENZO Y JOSÉ MOLINA VASQUEZ, se traspasa a IVÁN OMAR DE FRÍAS. FC329355 PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Chevrolet, color verde, año 2010, placa y registro A655315, chas i s 1G1AD5F56A71750 07, a nombre de LUIS ANTONIO PICHARDO HERNÁNDEZ, cédula 001-1780067-2. FC329378 P É R D I D A D E M A-
PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL PROVINCIA SAN JUAN PARCELANo.206849238160 DELDISTRITO CATASTRALNo. DELMUNICIPIO SAN JUAN DE LA MAGUANA, PROVINCIASAN JUAN. (ANTIGUAPARCELA). AVISO DE REQUERIMIENTO,AUTO DE EMPLAZAMIENTOYDE FIJACION DEAUDIENCIAEL SECRETARIO DELTRIBUNALDETIERRASATODOS QUIENES PUEDAINTERESAR ELABOGADO DELESTADO VS.: REYNALDOVILLEGAS ROMERO, BIALINEVILLEGAS LOPEZ, RODOLFOVILLEGAS DE LOS SANTOS, BERKIS VILLEGAS DE LOS SANTOS,ARTURO VILLEGAS DE LOS SANTOS y GISELAVILLEGAS LOPEZ, RECLAMANTES. COLINDANTE. Otro interesado el Agrimensor , SANTO DOMINGO, SAN JUAN DE LAMAGUANA, SAN JUAN DE LAMAGUANA, SAN JUAN DE LAMAGUANA, SAN JUANDELAMAGUANA,SANJUANDELAMAGUANA,SANJUANDELAMAGUANAySANJUAN DE LAMAGUANA REQUERIDO: El Saneamiento sobre la parcela más arriba mencionada, la cual colinda de la siguiente manera: NORTE: JOVITAVILLEGAS, ESTE: FRANCISCO VILLEGAS,YFELIX CALDERON. SUR: MAGDALENO DE LAROA, FRANCISCO VILLEGAS. OESTE: CEMENTERIO MUNICIPALDE JUAN HERRERA.AV.ANACAONA. SE CITAN a las personas mencionadas más arriba y a todo el que crea tener algún interés en el saneamiento de esta parcela, para que comparezcan el día 08/03/2016, a las 9:00 horas de la mañana, sito en el terreno de la: referidas parcelas, afindedaraconocerlosderechosquepretendanylaspruebasenquesebasanyparaqueaefectoformulensusreclamaciones en Jurisdicción Original. SAN JUAN, R. D., hoy día 3 de febrero de 2016, años 172 de la INDEPENDENCIAy 152 de la RESTAURACIÓN.
FC329372
ERNESTO CASILLA REYES JUEZ Licda. Odrys Anllely Ogando Secretaria Delegada.-
CÁMARA AMERICANA DE COMERCIO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, INC.
R.N.C. No. 424002096 Av. Sarasota No. 20, Torre Empresarial, Sexto Piso Sector La Julia, Santo Domingo, República Dominicana Santo Domingo, República Dominicana De acuerdo a lo establecido por la Ley No. 122-05 de fechaocho (8) de abril de 2005, sobre Regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en La República Dominicana, en su Párrafo II y IV,establecen lo siguiente: “En el mismo término de un (1) mes se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto de los documentos constitutivos y de los documentos anexos” […] Párrafo IV.- “Si con posterioridad a la incorporación se introducen cambios en los estatutos de la asociación, se realizará el mismo procedimiento que para la incorporación”. En virtud de lo anterior, se hace de conocimiento general la modificaciónde los artículos I.1, I.2, I.2.1, I.3, I.4, II.1, II.2, III.1, III.2, III.2.1, III.2.2, III.2.3, III.2.4, III.3, III.4, IV.1, IV.1.1, IV.1.2, IV.1.3, IV.1.4, IV.1.5, IV.1.6, IV.2, IV.2.1, IV.2.2, IV.2.3, IV.2.4, IV.2.5, IV.2.6, IV.3, IV.3.1, IV.3.2, IV.3.3, IV.3.4, IV.3.5, IV.3.6, IV.4, IV.4.1, IV.4.2, IV.5, IV.5.1, IV.5.2, IV.6, IV.6.1, IV.6.2, IV.6.3, IV.6.4, IV.6.5, V.1, V.2, V.3, V.3.1, V.4, V.5, V.6, V.7, V.8, VI.1, VI.1.1, VI.1.2 y VI.2 del Estatuto Social de la Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana, así como la inclusión de nuevas disposiciones, introducidas en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 03 de diciembre de 2015 y posteriormente aprobadas mediante la Resolución No. 0006, de fecha 11 de febrero del año 2016, por el Lic. Francisco Domínguez Brito, Procurador General de la República.AMCHAMDR tiene como misión la promoción del comercio e inversiones entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América a fin de mejorar los niveles de vida de nuestros pueblos, El Domicilio principal está establecido en la avenida Sarasota, No. 20, Torre Empresarial, 6to Piso, Sector La Julia, ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.La Asociación tiene una duración por tiempo indefinido. Esta Asociación sin fines de lucro, está dirigida por: Gustavo Tavares (Marítima Dominicana, S.A.)–Presidente; David Fernández (C X O Consulting)– 1er. Vicepresidente; Roberto Herrera (CESPM)–2do Vicepresidente; Ramón Ortega (PriceWaterhouseCoopers)– Tesorero; Ricardo Pérez (Hanes Caribe Inc.)–Secretario; Máximo R. Vidal Espaillat (Citi, N.A., Sucursal DR); Mónika Infante (Aeropuertos Dom. Siglo XXI - Aerodom); Edwin de los Santos Alcántara (AES Dominicana); Eduardo Cruz (ARS Humano); Franklin León (Cervecera Ambev Dominicana); Francesa Rainieriy Frank Rainieri(Grupo Punta Cana); Mercedes Ramos (Grupo Ramos); Carlos Fondeur (Hoyo de Lima Industrial, CXA); Carlos Valiente Fernández (Gerdau Metaldom); Pedro Brache (Pasteurizadora Rica, S.A.); Manuel Rocha (Pueblo Viejo Dom, Corp.); Carlos José Martí (Martí PG PetroleumGroup); Amelia Vicini (ViciniLtda); Julio Brache (Pasteurizadora Rica, S.A.); Alejandro Peña Prieto (SquirePattonBoggs Peña PrietoGamundi); Christopher Paniagua (Banco Popular Dominicano); Kevin Manning Sr; Carlos E. Ros (Ros, Seguros &Consultoría Grupo Ros); Alfonso Paniagua (CostaSur Dominicana, S.A.); Pedro Pablo Cabral; Ernest A. Burri; José VitienesColubi (Mercalia, S.A.); Jaak E. Rannik (Agencias Navieras B&R, S.A.); Marcelino San Miguel II (Action Coach/rd); y, Eduardo Fernández.
4B
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
AVISO PERDIDA DE TITULO Conforme Art. 92, párrafo III, ley No. 108-05 y 83 del Reglamento Registro Títulos, se avisa pérdida Certificado Título 61-1266 (Duplicado Dueño), expedido a favor Francisco Siragusa, relativo a SOLAR 4, MANZANA 64, D.C. 01, D.N., CON UNA EXT. SUP. DE 244.86 M2 Y SUS MEJORAS, UBICADA EN LA CALLE BARAHONA 138, SAN CARLOS, D.N.
Expediente 663201601308. En virtud de la Autorización de fecha 10 de febrero de año 2016 departamento centrar. Se hace de público conocimiento que el día 07 del mes de Marzo del 2016 a las 10:00 am Daré inicio a los trabajo de Saneamiento sobre el inmueble identificado como Distrito Catastral No. 14 del municipio Pedro Brand provincia Santo Domingo.
AGRIM. ROQUE WILLIAMS HERNANDEZ CAMILO Codia 32646. FC329365
LIC. ISABEL REYES MUÑOZ.
AVISO DE MENSURAS PARA DESLINDE
AVISO PERDIDA DE TITULO
(Exp.663201601767) Dándole cumplimento al Artículo 75 y del Reglamento General de Mensuras Catastrales: al 12 de la resolución 355-2009, hacemos de publico conocimiento que el día 29 del mes d Febrero a las 9:00 p. m. daremos inicios a los trabajos de Deslinde dentro de las P. No. 18 C, del D. C. No. 8, del Municipio de Pedro Brand, Provincia Santo Domingo, Propiedad d la Sra. CLERIDA MILODY BUENO NUÑEZ.
FC 329340
Conforme Art. 92, párrafo III, ley No. 108-05 y 83 del Reglamento Registro Títulos, se avisa pérdida Certificado Título 64-2628 (Duplicado Dueño), expedido favor Francisco Siragusa, relativo a SOLAR 6, MANZANA 590, D.C. 01, D.N., CON UNA EXT. SUP. DE 307.44 M2, UBICADO EN LA EUSEBIO MANZUETA 24, MEJORAMIENTO SOCIAL, D.N. FC 329340
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
LIC. ISABEL REYES MUÑOZ.
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER CODIA 31383
AVISO DE MENSURAS PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
(Exp. 663201601694) Dándole cumplimento al Artículo 75 y del Reglamento General de Mensuras Catastrales al 12 de la resolución 355-2009, hacemos de publico conocimiento que el día 29 del mes de Febrero a las 9:00 p. m. daremos inicios a los trabajos de Deslinde dentro de las P. No. 10 del D.C No. 31, del Municipio de Pedro Brand, Provincia Santo Domingo, Propiedad de los Señores. ANGIE JOHANKA BRITO BORGES Y ROBERTO CAMINITI.
VISTA: La autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha de Fecha 14 de Enero del año 2016, expediente No. 663201600301, a solicitud del SR. ANGEL COLON TAVAREZ OSCAR, informamos que el día 3 de Marzo del año 2016, a las 9:00 A.M., daremos inicio a trabajos de Deslinde y Refundición en el inmueble identificado como: F. No. 25 del D.C. No. 08 del Municipio Pedro Brand, Provincia Santo Domingo.
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER CODIA 313 83
JHONNY DE JESUS SALDAÑA
AVISO DE MENSURA:
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
AVISO PERDIDA DE TITULO Conforme Art. 92, párrafo III, ley No. 108-05 y 83 del Reglamento Registro Títulos, se avisa pérdida Certificado Título 64-4581 (Duplicado Dueño), expedido favor Francisco Siragusa, relativo a SOLAR 25, MANZANA 668, D.C. 01, D.N., CON UNA EXT. SUP. DE 250.00 M2, UBICADO EN LA PARAGUAY 161, VILLA JUANA, D.N.
Se Avisa que el Día 05 del mes de Marzo del 2016, a las 09:00 AM, se dará inicio a la MENSURA PARA DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 57 del Distrito Catastral No. 31. Este Inmueble se encuentra ubicado en la calle 15, No.7, Res. Las Mercedes, Municipio Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, Expediente 663201601623. A petición de la señora: MAXIMA SANTOS DE LA ROSA.
AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 28868.
En virtud de la autorización, No 663201511158, de fecha 15 de Octubre del año 2015, se hace de público conocimiento que el DIA 3 de Marzo del año 2016, a las 9.00 AM se realizara los trabajo de deslinde en el inmueble identificado como P. No. 153, DC. 02 del Distrito Nacional, Ubicado en la Calle l era esquina Calle 3ra, en el Cacique, Urbanización Brisas del Mar, a nombre de MARÍA MAGDALENA CARO.
LIC. ISABEL REYES MUÑOZ.
AQUILES DELFIN HEREDIA RAMIREZ, Agrimensor-Contratista. Codia-24407.
AVISO PERDIDA DE TITULO
AVISO DE MENSURA:
AVISO A LOS FINES DE TRASPASO
Se Avisa que el Día 05 del mes Marzo de del 2016 a las 09:00 AM, se dará inicio a la MENSURA Para DESLINDE, de Una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 110-REF-780-A, del Distrito Catastral No. 4, Este inmueble se encuentra ubicado en la calle México, No. 36, del Sector Buenos Aires de Herrera, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Expediente 663201601621, a petición del señor: JOSE ANTONIO SANTOS GARABITO.
Se le invita al/la FANY MARILIN GUZMÁN, a comparecer ante la Fiscalía de Plan Piloto, ubicada en la Av. República de Ecuador Esq. Correa y Cidrón, sector Honduras, Distrito Nacional, a los fines de que proceda a realizar el retiro de la denuncia sobre la sustracción del vehículo, MARCA TOYOTA, MODELO COROLLA, COLOR ROJO, AÑO 1986, PLACA Y REGISTRO No. A371511, Chasis No. JT2AE82E3G3376657, para de esta forma lograr que su propietario señor JUNIOR RADHAMES RONDON CASTILO, pueda realizar el traspaso del referido vehículo.
FC 329340
Conforme Art. 92, párrafo III, ley No. 108-05 y 83 del Reglamento Registro Títulos, se avisa pérdida Certificado Título 11594 (Duplicado Dueño), expedido favor María Consuelo Siragusa Quesada, relativo a SOLAR 19, MANZANA 39, D.C. 01, D.N., CON UNA EXT. SUP. DE 509.65 M2, UBICADO EN LA BARAHONA 109, VILLA FRANCISCA, D.N.
AGRIMENSOR AQUILES D. HEREDIA, Codia 24407.
AGRIMENSOR: EDDY ADAMES MARTINEZ Codia 29788 TEL (809) 838-7010
FP79606
LIC. ISABEL REYES MUÑOZ. FC 329340
AVISO RECTIFICACIÓN DE REGISTROS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL. Porestemedio,conlafinalidaddedarcumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, Octava Disposición,Actuación No. 31, de la Resolución No. 19-0312.-, sobre los Requisitos ante los Registros de Títulos de la República Dominicana, se hace de público conocimiento el sometimiento a corrección por error inducido en el Certificado de Título Matrícula No. 0100179200, referente al estado civil de la señora ROSA LINA NUÑEZ, quien figura en el mencionado Certificado de Título como “casada”, sin embargo al momento de adquisición del inmueble la misma se encontraba “soltera”. Este certificado de Título Matrícula No. 0100179200 ampara el derecho de propiedad sobre el inmueble que se describe a continuación: “APARTAMENTO No. 41, CUARTO NIVEL del Condominio RIVIERAII, matrícula No. 0100179200, con una superficie de 161.00 metros cuadrados, en la Parcela 47-005-12018, del Distrito Catastral No. 4, ubicado en el Distrito Nacional, Distrito Nacional, amparado en el Certificado de Título Matrícula No. 0100179200”.
FC 329349
DORYS A. NUÑEZ FELIZ, Abogada.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
Se hace de público conocimiento que el día 2 de Marzo de 2016, a las 2:00 P.M. se darán inicio a los trabajos de DESLINDE con un área de 304.06 mts2., dentro de la Parcela No. 56-B-1-A del D.C. No. 03, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, Ubicado Calle Manzana No. 28, Casa No. 18, Sector las Caobas del Municipio de Santo Domingo Oeste, correspondiente al expediente No. 663201600643, propiedad del Sra. ZUNILDA MARIA CORCINO ULLOA.
Expediente No.662201600971 Se hace de público conocimiento que el día 9 de Marzo del año 2016 a las 9:00 A.M. se procederá a realizar los trabajos de campo correspondientes al saneamiento, en la Parcela No.21, del D.C. No.4, ubicado en el Municipio de San José de Las Matas, Provincia de Santiago, reclamada por el señor BRAULIO MIGUEL RODRIGUEZ.
JOEL BAUTISTA TAVAREZ, Agrimensor Contratista. Codia 26814.
Agrim. EMERITA MERCEDES BETANCES RODRIGUEZ,
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento que el día 2 de mes de Marzo de 2016, a las 10:00 a.m. se darán inicio a los trabajos de DESLINDE con un área de 9,508.36 mts2., dentro de la Parcela No: 2 del D.C. No. 24, del Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, Ubicado Aproximadamente a 3.5 Kilómetros al Noreste de la Victoria en el Camino que va desde la Victoria a Mata Mamon, del Municipio de Santo Domingo Norte, Expediente No. 663201600644, propiedad del señor: FRANCISCO INIRIO INIRIO.
Expediente No.662201601196 Cumpliendo con los artículos 43, 75 y 137 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 18/03/2016, a las 10:00 AM, daré inicio a la mensura para SANEAMIENTO, en Distrito Catastral 04, Municipio de Villa Isabela, Provincia Puerto Plata, lugar, paraje caño miguel, carreta punta Rusia No.53 reclamada por el señor: RAMON ALBERTO ROBLES. Quedan citados todos/as los colindantes y demás personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista.
FC 329353
JOEL BAUTISTA TAVAREZ, Agrimensor Contratista. Codia 26814.
PERDIDA DE FICHA FC 329353
Se hace de público conocimiento la pérdida de la ficha marcada con el No. 17 de las controladas por la Asociación De Dueños De Autobuses Duvergé, Inc. (ASODADUVE), registrada a nombre de JORGE LUIS TERRERO, Céd. 020-0007779-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 329372
AVISO DE PERDIDA DE TITULO
CODIA No.32957.
Agrim. WILLIAM DE JESUS SANTANA, Tel.849-886-3706.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
VISTA: La autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 8 de Diciembre del año 2015, expediente No. 663201513196, a solicitud del SR. DANIEL COSMA, informamos que el día 3 de Marzo del año 2016, a las 9:00 A.M., daremos inicio a trabajos de Deslinde y Refundición en el inmueble identificado como parcela No. 89, del Distrito Catastral No. 30, Municipio San Antonio de Guerra, Provincia Santo Domingo.
Expediente No.662201601195 Cumpliendo con los artículos 43, 75 y 137 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 10/03/2016, a las 10:00 AM, daré inicio a la mensura para DESLINDE Y SUBDIVISION, en la parcela 69 de Distrito Catastral 15, del Municipio y Provincia Santiago, calle principal No.9 de Reparto Tolentino propiedad de los señores HOMERO ANTONIO ESPINAL AMONTE, Y SILVIA RAMOS DIAZ. Quedan citados todos/as los colindantes y demás personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista.
AGRIM. LISSETTE J. GARRIDO BELTRE Codia: 33117 / Cel. 829-606-3133
Agrim. WILLIAM DE JESUS SANTANA, TEL.:849-886-3706.
AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 8 de octubre de 2015, la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, mediante Sentencia Civil No. 02964/2015, ordenó lo siguiente: FALLA: ÚNICO: DECLARA bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 18/2015, firmado por los esposos LUIS ANTONIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ y LIDIA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA de fecha doce (12) del mes de mayo del año dos mil quince (2015), por ante la Dra. BERQUIS DOLORES MORENO, abogada Notario Público de las del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: A. ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges LUIS ANTONIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ y LIDIA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA; B. OTORGA la guarda de los menores de edad LUIS ALEJANDRO, MARÍA AMELIA y MARÍA PAULA, a su madre la señora LIDIA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA, de conformidad con lo acordado por los cónyuges en el numeral “segundo” del Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 18/2015; C. IMPONE al señor LUIS ANTONIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ la obligación de pagar en manos de la señora LIDIA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA mensualmente la suma de cincuenta mil pesos dominicanos (RD$50,000.00) por concepto de pensión alimenticia a favor de sus hijos menores de edad, de conformidad con lo acordado por los cónyuges en el numeral “tercero” del Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 18/2015; D. Se establece el régimen de visitas respecto a las hijos menores de edad LUIS ALEJANDRO, MARÍA AMELIA y MARÍA PAULA, procreado dentro del matrimonio de los señores LUIS ANTONIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ y LIDIA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA, en la siguiente forma: El padre podrá realizar o recibir las visitas de sus hijos menores de edad; y en lo que respecto a cualquier viaje junto al padre, o eventos, días de fiestas u otras actividades en las que el padre aspire que dichos menores permanezcan con él, será determinado por mutuo acuerdo entre el padre y la madre comparecientes; E. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. F. COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma /Firmados: JUAN RAMÓN CABRERA YSABEL, JUEZ SUPLENTE; MIRTHA M. DE LA CRUZ DÍAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez Suplente de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber que en fecha 18 de noviembre de 2015, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida Sentencia en el Libro No. 00020, bajo el Acta No. 001920, Folio No. 0131, Año 2015 y PRONUNCIAR dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veintitrés (23) de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
LIC. PERICLES MERCEDES VARGAS. FP 79593
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido aplazada para el día JUEVES que contaremos a DIEZ (10) DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS (2016), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la TERCERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en uno de los apartamientos del segundo piso del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): «Unidad funcional Q-402, identificada como 309487427774: Q-402, matrícula No.0100063803, del condominio RESIDENCIAL LAS MARGARITAS II, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo (dentro del perímetro del Distrito Nacional), con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 1.28% y 2 votos en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-135, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP00-01-136, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.00 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-10-04-002, ubicado en el nivel 04, del bloque 10, destinado a Apartamento, con una superficie de 82.00 metros cuadrados». El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la Republica Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del(la) señor(a) JUANA ELISA PÉREZ AQUINO, y la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS PESOS CON CINCO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,690,816.05), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, conforme al artículo decimonoveno de dicho Pliego, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 05 de febrero del año dos mil dieciséis (2016). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día veinticuatro (24) de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
Licda. Judith Tejada Cuello, Licda. Jannette Solano Castillo, -Abogadas de la PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gazcue. FP 79605
PUBLICACION DE DIVORCIO
Publicación de Divorcio
Para general conocimiento y de conformidad con lo que dispone el Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que en fecha Veintiséis (26) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No. 0030-16, correspondiente al Expediente No. 532-15-01817, cuyo dispositivo dice textualmente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo consentimiento intentada por los Señores Julián Acosta Medina y Milagros López Almánzar, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Julián Acosta Medina y Milagros López Almánzar, por su mutuo consentimiento, de conformidad con el Acto de Convenciones y Estipulaciones No. 5/2015, de fecha 23 de Noviembre del 2015, instrumentado por la Dra. Xiomara Ant. Pérez de Luna, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada a la presente Sentencia. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Claudia María Peña Peña, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada Claudia María Peña Peña, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el Sello del Tribunal. Franyer Enrique Beato Pérez, Secretario. El presente divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Dieciséis (16) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), el cual fue asentado en el Libro No. 00003, de Registros de Divorcio, Folio No. 0193, Acta No. 000292, del año 2016. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
En cumplimiento de lo que dispone el Artículo 42 de la ley de Divorcio No. 1306-Bis, se hace constar lo siguiente: Que en fecha 17 del mes de noviembre del año 2015, La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la segunda planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, regularmente constituida por los honorables Magistrados Eunisis Vásquez Acosta, Jueza Presidenta Interina, Matías Modesto Del Rosario, Maritza Capellán Araujo e Ynés Altagracia De Peña Ventura, jueces miembros, y Yoaldo Hernández Perera, juez interino, asistidos de la infrascrita Secretaria y del alguacil de estrado de turno, dicta en sus atribuciones civiles en audiencia pública la sentencia siguiente: No. 347/2015, que dice así: Primero: Qué debiendo declarar, DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la presente Demanda de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres interpuesta por el señor Vinicio Daniel Ovalles Ramírez en contra de su legítima esposa señora María Eugenia Gómez Santos, conforme a la actuación ministerial No. 651/2015, en fecha 27 de Agosto del 2015, del ministerial Willian Radhames Ortiz Pujols, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por haber sido canalizada al tenor de los cánones legales que gobiernan la materia; SEGUNDO: Que debiendo admitir, ADMITE la Demanda de Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por los motivos que figuran en el cuerpo de la presente sentencia y se autoriza a la parte más diligente procurar el pronunciamiento del mismo por ante el oficial del Estado Civil que corresponda según la Ley; TERCERO: Que debe declarar y DECLARA el presente proceso, libre de costas; CUARTO; Designa al ujier Willian Radhames Ortiz Pujols, Ordinario de esta misma Cámara para notificar la presente decisión a la parte que ha hecho defecto conforme al 156 del Código de Procedimiento Civil. Firmado: Magistrados Eunisis Vásquez Acosta, Jueza Presidenta Interina, Matías Modesto Del Rosario, Maritza Capelián Araujo e Ynés Altagracia De Peña Ventura, jueces miembros, y Yoaldo Hernández Perera, juez interino. El Divorcio admitido por la Sentencia que antecede, fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION del Distrito Nacional, mediante Acta No. 000384, Libro 00005, Folio 0007 del año 2015, de fecha 19 del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015). La presente publicación es ordenada, en la Ciudad Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veintidós (22) del mes de Febrero del Año Dos Mil Dieciséis (2016).
FC 329359
DR. PASTOR A. ORTIZ PIMENTEL, Abogado de las Partes.
AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Catorce (14) de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó en sus atribuciones civiles, mediante la Sentencia Civil No. No.000904-15, Expediente No.550-15-00483, dictó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha Diez (10) del mes de Junio del año Dos Mil Quince (2015), contra la parte demandada, señor PEDRO ANTONIO ROSARIO, por falta de concluir. SEGUNDO: ACOGE las conclusiones del acto introductivo de la demanda, No.0370/2015, de fecha Treinta (30) del mes de Mayo del año Dos Mil Quince (2015), por la cónyuge demandante, señora MARÍA MARIBEL PIMENTEL TEJEDA y en consecuencia: A) ADMITE el divorcio entre los cónyuges, señores MARIA MARIBEL PIMENTEL TEJEDA y PEDRO ANTONIO ROSARIO, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES; B) ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de divorcio. C) TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. CUARTO: COMISIONA al ministerial MIGUEL ANGEL DE JESUS, Alguacil De Estrado de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: MARCIA YOCASTA MENDEZ MEDINA, JUEZA; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, SECRETARIO). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual yo Secretario Interino certifico. CERTIFICO: Que la presente copia es fiel y conforme a su original, y la expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día Veintiocho (28) del mes de octubre del año Dos Mil Quince (2015). JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, SECRETARIO. Así mismo se hace saber que en fecha Cuatro (4) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la 5TA. CIRCUNSCRIPCION de SANTO DOMINGO NORTE, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00001 de Registros de DIVORCIO, Folio No.0085, Acta No.000043, año 2016. así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día Diecinueve (19) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
DRA. ELFRIDA C. PIMENTEL FELIZ, Abogada.
FC 329345
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MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
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LIC. VICTOR AMERICO AMANCIO SANTOS, Abogado del demandado.
FC 329317
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art.42 de la Ley 1306-Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia No. 01382-15 de fecha Trece (13) de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), cuyo dispositivo reza: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por el señor WELLINGTHON ASCANIO CRUZ MOYA, contra la señora STEPHANIE ELIZABETH GARCIA S. por haber sido interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge en parte las conclusiones presentadas en audiencias por la parte demandante, por ser justa y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores WELLINGTHON ASCANIO CRUZ MOYA y STEPHANIE ELIZABETH GARCIA S., por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres; TERCERO: Condena al señor WELLINGTHON ASCANIO CRUZ MOYA, al pago de Cinco Mil Pesos Oro Dominicanos (RD$5,000.00) mensuales, hasta la culminación del presente proceso de divorcio, por concepto de pensión Ad-litem a favor de la señora STEPHANIE ELIZABETH GARCIA S. TERCERO: Otorga la guarda y cuidado de las menores Isabelle Marie y Sophia Gabriela, a cargo de su madre STEPHANIE ELIZABETH GARCIA S.; CUARTO: Mantiene la suma de dieciocho mil quinientos pesos (RD$18,500.00), la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor WELLINGTHON ASCANIO CRUZ MOYA, los días treinta (30) de cada mes, la cual pagará en manos de la madre de éstos; más el pago del 50% de gatos extraordinarios (salud, vestimenta y escolares), a favor de sus hijas Isabelle Marie y Sophia Gabriela. QUINTO: En cuanto al régimen de visita, ordena que el señor WELLINGTHON ASCANIO CRUZ MOYA, parte demandante tenga a su cargo las menores Isabelle Marte y Sophia Gabriela, los fines de semanas alternos con los de la madre. SEXTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEPTIMO: Compensa las costas del procedimiento. Así mismo se hace constar que el presente divorcio ha sido pronunciado y transcrita la sentencia por ante el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 27 de Enero del año 2016, registrada en el Libro No. 00001, Folio No. 0045, Acta No. 000023, año 2016. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 6 días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
DR. EUCLIDES A. ACOSTA FIGUEREO, Abogado Apoderado.
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AVISO DE PERDIDA DE TITULO Se ha perdido la Carta Constancia del Certificado de Título Núm. 2608, Duplicado del Dueño, expedida a favor de José Ramón Manzueta de la Cruz, en fecha 25 de enero del 1995, por el Registro de Títulos de Monte Plata, que ampara una porción de 950 metros cuadrados, dentro de la Parcela 248 del Distrito Catastral 7 del municipio Yamasá. Publicación hecha el 24 de febrero del año 2016, en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.
FC 329354
DR. EMERIDO RINCON GARCIA, Abogado.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.775-577786 del Banco Popular Dominicano, de fecha 02-082012 por valor de doscientos veinte mil pesos dominicanos RD$220,000.00 A nombre de: KENIA YOVANNY RIJO MATOS, Céd. 0011059824-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se ha extraviado el Certificado No. 402-01-1308841-2, por el monto de, RD2,500,000.00 depositado en BANRESERVAS, a nombre de los señores BOLIVAR BERNARDO SOTO ENCARNACIÓN Y LUÍS MANUEL SOTO ENCARNACIÓN. FC329334 PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No. 29-112-290031477 de la Asociación Popular De Ahorros Y Préstamos, sucursal Villa Duarte, de fecha 27-noviembre-2009 por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS (RD$250,000.00), A nombre de: Doña ADELAIDA MONTERO MORILLO, céd.: 001-1385608-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC329095 AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO. El día lunes que contaremos a veintinueve (29) del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016), a las diez (10:00) horas de la mañana, por ante el mercado público de Los Minas, se procederá a la venta en pública subasta del siguiente vehículo: AUTOMOVIL PRIVADO; MARCA: DAIHATSU, MODELO: M301LS-GQGE, AÑO: 2007, COLOR: AZUL, DE 5 PASAJEROS, IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE PLACA: A486875, CHASIS NÚM. JDAM301S001059154”. En perjuicio del SR. ELISANDRO ELVIS DE JESUS FABIAN. El cual será subastado por el monto de TRESCIENTOS CUARENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$340,000.00). Sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación. EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ESTE, A LOS VEINTIDÓS (22) DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS (2016).
ALGUACIL FRANKLIN GARCIA AMADIS, En funciones de vendutero público.
FC 329282
FRANCISCO OSCAR CASTILLO, S. R. L. RNC# 1-03-03423-3
(Sociedad en Liquidación) AVISO DISOLUCIÓN En cumplimiento de las disposiciones del artículo 413 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones y en virtud de resoluciones adoptadas por laAsamblea General Extraordinaria de la Sociedad de fecha 10 de diciembre del 2015, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 10 diciembre del 2015, fue celebrada una Asamblea General Extraordinaria de la razón social FRANCISCO OSCAR CASTILLO, S.R.L. en la que se decidió: 1) Aprobar la disolución de la sociedad por la falta de actividad comercial durante más de tres (3) años consecutivos; 2) Se designó como Liquidador FRANCISCO O. CASTILLOABREU con plenos poderes de conformidad con lo establecido por la Ley y los Estatutos Sociales y cuyas funciones no serán renumeradas. 3) que dicha sociedad quedó disuelta conforme la ley. Que dicha Asamblea y el Informe del Gerente fue debidamente depositado en el Registro Mercantil correspondiente.
FRANCISCO O. CASTILLO ABREU, Liquidador. FC 329366
PERDIDA DE CERTIFICADO
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Aviso de Mensura Para Deslinde
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 1868 en fecha 17 de diciembre del año 2014, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia en fecha ocho (08) del mes de diciembre del año dos mil catorce (2014) en perjuicio de la señora MARIA INGINIA SANTANA MONEGRO por no haber comparecido no obstante haber sido legalmente emplazado. SEGUNDO: Acoge como buena y válida la presente demanda y en consecuencia. A) Admite el Divorcio entre los esposos AMBIORIX ESTEBAN NUÑEZ LOPEZ Y MARIA INGINIA SANTANA MONEGRO, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. B) Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. TERCERO: Comisiona al Ministerial CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, Alguacil de Estrados de esta Cámara, para la notificación de la presente sentencia. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas entre las partes en causa. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma: Ylonka Esperanza Brito Henríquez, Jueza y Dilia Cristina Mariot Torres, Secretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el Libro No. 2, Folio 149, Acta No.175 en fecha 7 de mayo del 2015. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 días del mes de febrero del año 2,016.
Se hace de público conocimiento que el Lunes 29 de Febrero del Año 2016 a las 10:00 A.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 110-REF-780-A del Distrito Catastral No.4 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo Expediente No. 663201611571, propiedad del Sr. FRANCISCO JAIME ZORRILLA MENA REPRESENTADO POR MARGARITA FLORES MARIANO.
ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor – Contratista. Codia 19882, Tel. 809 519-0922. FC 329360
Aviso de Mensura Para Deslinde Se hace de público conocimiento que el Jueves 3 de Marzo del Año 2016 a las 10:00 A.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 59-I del Distrito Catastral No.03 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Expediente No. 663201601196, propiedad del Sr. RAMON PEREZ MOJICA.
LICDA. FLAMILKA VICTORIA MEJIA PADILLA, Abogada Apoderada.
ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor – Contratista. Codia 19882, Tel. 809 519-0922.
(PR-RC-5694-PC)
PUBLICACION DE DIVORCIO
Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la CUARTA SALA Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo dictó la sentencia No. 2280/2015 en fecha 19 de noviembre del año 2015, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la parte demandada señor ROBERTO ENRIQUE REYES PEREZ por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Acoge como buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por incompatibilidad de caracteres incoada por la señora ANA DELIA ALMANZAR GARCIA contra el señor ROBERTO ENRIQUE REYES PEREZ por haber sido hecha conforme a la ley. TERCERO: En cuanto al fondo admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores ROBERTO ENRIQUE REYES PEREZ y ANA DELIA ALMANZAR GARCIA con todas sus consecuencias legales por los motivos precedentemente expuestos. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. QUINTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. SEXTO: COMISIONA al ministerial ANGEL PUJOLS, Alguacil de Estrado del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, Telf.829-207-4507 a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma. Altagracia Mendoza Gutiérrez, Jueza y Brenda A. Rosario, Secretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 9na. Circunscripción, Boca Chica, transcrito en el Libro No. 1, Folio 21, Acta No.11 en fecha 12 de febrero del 2016. A los 24 Días del mes de febrero del año 2,016.
LICDA. MINELVA ALTAGRACIA VELOZ TIBURCIO, Abogada Apoderada.
FC 329360
Aviso de Mensura Para Deslinde
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento que el Martes 1 de Marzo del Año 2016 a las 10:00 A.M. se les dará inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 185-171 del Distrito Catastral No.6, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201601088, propiedad de los Sres. MANUEL MARIANO MARTE Y ALTAGRACIA PAULINO VASQUEZ REPRESENTADO POR MARGARITA FLORES MARIANO.
En Virtud de la Autorización de fecha 28 de Enero del año 2016, Se hace de público conocimiento que el día 09 de Marzo del año 2016, a las 08:00 a. m. se realizaran los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno, dentro del ámbito De la PARCELA No. 5378-29, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 8, en el Municipio Azua de Compostela, Provincia Azua, Expediente No. 663201600779 a petición de la Señora: ORLANDA RAMIREZ Propietaria.
ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor – Contratista. Codia 19882, Tel. 809 519-0922.
AVISO DE DESLINDE, REFUNDICION Y SUBDIVISION SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL:
AVISO DE MENSURA
Vista: la autorización para realizar los trabajos de DESLINDE, REFUNDICIONYSUBDIVISION, dictada por la Dirección Regional De Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 15 de Febrero del año 2016, amparado en el expediente No. 662201601531, propiedad del señor: RAFAELPEÑAOLIVO, que el día 5 del mes de Marzo del año 2016, a las nueve (9:00A.M.) daré inicio a la operación de campo una porciones de terreno con una superficie de 647.75 metroscuadrados,dentrodelámbitodeSolar1,Subd-4,Subd-2,Subd-10ySubd-3,Manz.1086,delD.C.No.1delMunicipio de Santiago, Provincia de Santiago, ubicada en la calle P, # 14, esquina Víctor Thomen, en los Cerros de Gurabo tercero, en Santiago de los Caballeros.
El 15 de MARZO del año 2016, a las 1:00 p.m., se iniciara el trabajo de Deslinde en un área de 2,000.00 m2, dentro de la parcela No. 355-B-1-P, del D.C. 6.2, ubicado en los salares de Juan Dolió, Municipio de Guayacanes, Provincia San Pedro de Macorís, propiedad de NAZZARENO CENNI. Propietario representado por el LIC. LUIS MANUEL CALDERON HERNADEZ. Exp. No. 663201601685.
Agrim. Teófilo Radhamés Tejeda A., Codia No. 5301, Teléfono No.: 809-427-0405.
AVISO EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
LIC. SANDY MANUEL ROSARIO REYES, Abogado.
De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-BIS, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016), la Sexta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de Familia, en la acción de divorcio por mutuo consentimiento, incoada por los señores NICOLAS VICENTE CICCONE ORTIZ y LUZ ESMERALDA CALDERON ARIAS, dictó la Sentencia Civil No. 1600104, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa así: PRIMERO: Declara bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 05-2015, firmado por los esposos Nicolás Vicente Ciccone Ortiz y Luz Esmeralda Calderón Arias, de fecha seis (6) del mes de noviembre del año dos mil quince (2015), por ante la Licenciada Aida Avila Jiménez, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: A) Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges Nicolás Vicente Ciccone Ortíz y Luz Esmeralda Calderón Arias; B) Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; C) Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: Evelyn Torres, Juez, Mirtha M. De la Cruz Díaz, secretaria.) La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. La sentencia que antecede fue pronunciada en fecha nueve (09) del mes de febrero del año 2016, por ante el Oficial del Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional, transcrita en el Libro No. 00001, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0060, Acta No. 000028, año 2016. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
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AGRIM. MALVIN LORA ANGUSTIA Codia: 30348 Tel. (829) 308-1362 FC329381
AVISO DE MENSURA
AVISO DE DESLINDE Y REFUNDICION SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Vista: la autorización para realizar los trabajos de DESLINDEYREFUNDICION, dictada por la Dirección Regional De Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 15 de Febrero del año 2016, amparado en el expediente No. 662201601532, propiedad de la Compañía: LA OVEJERA CORPORATION, S.R.L., que el día 5 del mes de Marzo del año 2016, a las dos (2:00 P.M.) daré inicio a la operación de campo una porción de terreno con una superficie de 1000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 64, del D.C. No. 6 del Municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, ubicada en la Urbanización Garden Hill, en el sector Jacagua, en el municipio de Santiago de Los Caballeros, Provincia de Santiago.
Agrim. Teófilo Radhamés Tejeda A., Codia No. 5301, Teléfono No.: 809-427-0405.
El 15 de MARZO del año 2016, a las 9:00 a.m., se iniciara el trabajo de Deslinde en un área de 3,200.00 m2, dentro de la parcela No. 355-b-1-Q, del D.C. 6/2, ubicado en los salares de Juan Dolió, Municipio de Guayacanes, Provincia San Pedro de Macorís, propiedad de CRISTIANA ESTELA CABRAL CAREZANO DE ARMANIL . Propietario representado por el LIC. LUIS MANUEL CALDERON HERNADEZ. Exp. No. 663201601625.
AGRIM. MALVIN LORA ANGUSTIA Codia: 30348 Tel. (829) 308-1362
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
En Virtud de la Autorización de fecha 15 de Febrero del año 2016, Se hace de público conocimiento que el día 11 de Marzo del año 2016, a las 08:00 a. m. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno, dentro del ámbito De la PARCELA No. 5378, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 8, en el Municipio Azua de Compostela, Provincia Azua, Expediente No. 663201601391 a petición del Señor: LUIS MANUEL DIAZ Reclamante.
Expediente 663201512930 Se hace de público conocimiento que para el día 29/2/2016, a las (2:00 P.M.), de la tarde, se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito del Solar 18-B, de la Manzana No. 349, del Distrito Catastral No. 01, del municipio Distrito Nacional, provincia Santo Domingo, propiedad del señor JOSE BRITO ARIAS.
GERARDO TEJEDA PAREDES.
AGRIM. JOSE FRANCISCO SANCHEZ DE LA ROSA, Codia No. 16403. Tel. 829-682-5363.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
En Virtud de la Autorización de fecha 15 de Febrero del año 2016, Se hace de público conocimiento que el día 12 de Marzo del año 2016, a las 02:00 p.m. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno, dentro del ámbito Del DISTRITO CATASTRAL No.8, en el Municipio Estebania, Provincia Azua, Expediente No. 663201601392 a petición de los Señores: CONFESOR ALBERTO SORIANO CIPRIAN Y AMALFI ISELSA PUJOLS MATOS, Reclamantes.
Expediente 663201512884 Se hace de público conocimiento que para el día 29/2/2016, a las (10:00 A.M.), de la mañana, se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la P. No. 35, del Distrito Catastral No. 31, del municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, propiedad del señor JOSE BRITO ARIAS.
(AC-8906-CM-24-25-26/02/2016)
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FC 329360
(AC-8905-PT)
Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley No. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor EDUARDO GUTIÉRREZ LUNA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, titular de la cédula de identidad y electoral No.050-0049125-7, domiciliado y residente en Jarabacoa, y de paso por esta ciudad de La Vega, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Lic. Sandy Ml. Rosario Reyes, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No.047-0118088-9, Abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en el No. 8 de la avenida José Horacio Rodríguez de la ciudad de La Vega, República Dominicana, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa la señora STEFFANIE PLASENCIA FLORES cuyo último domicilio fue en Jarabacoa, La Vega, pero a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día MARTES que contaremos a UNO (01) del mes de MARZO del año dos mil DIECISÉIS (2016) a las 9:00 a.m., a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega y así como en la Puerta del Tribunal, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que A PUERTAS CERRADAS al efecto celebrará la PRIMERA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias publicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día LUNES que contaremos a VEINTIUNO (21) del mes de MARZO del año dos mil DIECISÉIS (2016) a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los VEINTITRÉS (23) días del mes de FEBRERO del año dos mil DIECISÉIS (2016).
GERARDO TEJEDA PAREDES. Agrimensor CODIA No. 5553.
Agrimensor CODIA No. 5553.
FC329383
GERARDO TEJEDA PAREDES. Agrimensor CODIA No. 5553.
FC329383
AGRIM. JOSE FRANCISCO SANCHEZ DE LA ROSA, Codia No. 16403. Tel. 829-682-5363.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
En Virtud de la Autorización de fecha 15 de Febrero del año 2016, Se hace de público conocimiento que el día 12 de Marzo del año 2016, a las 08:00 a.m. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno, dentro del ámbito Del DISTRITO CATASTRAL No.8, en el Municipio Estebania, Provincia Azua, Expediente No. 663201601393 a petición del Señor: RAFAEL PUJOLS BAEZ, Reclamante.
Expediente No. 663201601469, Vista: la autorización de fecha 15 de Febrero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 7 de marzo del 2016, a las 8:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el Deslinde de una porción de terreno en dentro del ámbito de la parcela No. 21-C, del D. C. No. 1411 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, propiedad del señor Felipe Medina Pérez, ubicada en la calle Albanela Pineda, al este de la calle Mirtido Feliz, en la Urbanización Los Maestros del municipio Barahona, R.D.
GERARDO TEJEDA PAREDES. Agrimensor CODIA No. 5553. FC329383
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285. FC 329370
AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintisiete (27) del mes de noviembre del año dos mil quince (2015), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó la sentencia civil No. 546-2015, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Se ratifica el defecto en contra de la parte demandada, señora BEATRIZ SIERRA RIVERA, por no comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: Declarar regular y válida en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres intentada por el señor WELINGTHON SANTIAGO MERCADO BATISTA, en contra de la señora BEATRIZ SIERRA RIVERA. TERCERO: Admite la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por el señor WELINGTHON SANTIAGO MERCADO BATISTA, representado por su abogado LIC. MIGUEL ANTONIO POLANCO SARDAÑA, mediante acto No. 526/2015, de fecha 16 del mes de octubre del año 2015, del Ministerial ELIZABETH D. CASTILLO DIAZ, de estrados del Juzgado de Paz Especial de Tránsito No. 2, del Distrito Judicial de Peravia, contra la señora BEATRIZ SIERRA RIVERA. En consecuencia se declara disuelto el matrimonio entre los señores WELINGTHON SANTIAGO MERCADO BATISTA y BEATRIZ SIERRA RIVERA. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio. QUINTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. SEXTO: Comisiona a la ministerial KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, de Estado de este Tribunal, para la notificación de esta sentencia. La presente sentencia ha sido firmada por la Jueza Suplente HILDA YESENIA MARTE GUZMAN, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal, LISSBETH I. ANDUJAR GONZALEZ, Secretaria. Asimismo se hace saber que en fecha 19 del mes de febrero del año dos mil quince (2015), la Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Baní, provincia Peravia, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00001, Folio No. 0043, bajo el Acta No. 000022, año 2016, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En la ciudad de Baní, República Dominicana, hoy día veintitrés (23) de febrero del año dos mil quince (2015).
LIC. MIGUEL ANTONIO POLANCO SARDAÑA, Abogado.
FC 329386
DR. NELCIDO JULIO JIMENEZ GIL ABOGADO De conformidad con lo que establece el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha treinta (30) del mes de diciembre del año dos mil quince (2015), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor del Rey, dictó una sentencia civil marcada con el No. 334-15, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: DECIDE: PRIMERO: Acoge en cuanto a la forma, como buena y válida la presente demanda de divorcio por mutuo Consentimiento, incoada por los cónyuges ALFREDO OLSE y MARINELLY DIAZ FULGENCIO, por haberse presentado de conformidad con las disposiciones legales que rigen la materia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges ALFREDO OLSE y MARINELLY DIAZ FULGENCIO, de conformidad con el Acto auténtico firmado por ellos, número once (11) de fecha veinte (20) del mes de junio del año dos mil quince (2015), instrumentado por el DR. NESTOR ORLANDO MAZARA LORENZO, Notario Público de Hato Mayor del Rey; TERCERO: Ordena a la parte más diligente, a presentarse en un plazo de no menos de ocho (8) días francos, a partir de la presente sentencia, para hacerla transcribir en los registros destinados al efecto, así como publicarlo en los registros destinados al efecto, así como publicarlo en un periódico, de los del mayor circulación nacional y depositar un ejemplar en la Secretaría de este Tribunal, dentro de los plazos también determinados por la ley de la materia. CUARTO: Se compensan las costas por tratarse de litis entre cónyuges. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YUMIRIS TUITT SANTANA, Jueza; ROSARIO E. RUIZ, Secretaria. El divorcio así admitido fue pronunciado por el Oficial Civil de la 1ra. Circunscripción de Hato Mayor, en fecha 28 de enero del año dos mil dieciséis (2016), Libro No. 00001, Folio No. 0007, Acta No. 000004, año 2016.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201601470, Vista: la autorización de fecha 15 de Febrero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 4 de marzo del 2016, a las 8:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el Deslinde de una porción de terreno en dentro del ámbito de la parcela No. 704, del D. C. No. 4 del Municipio Vicente Noble, Provincia de Barahona, propiedad de los señores Manuel Emilio González Castillo y Milene Novas Labourt, ubicada en una carretera al oeste de la Carretera al Marmol, en el Municipio Vicente Noble, Provincia de Barahona, R.D.
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285. FC 329370
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201600652, Vista: la autorización de fecha 26 de enero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 7 de marzo del 2016, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el deslinde de una porción de terreno en el Distrito Municipal Los Patos, en el D. C. No. 3 del Municipio Enriquillo, Provincia de Barahona, propiedad de la señora Lourdes Victorina Soto Nova, representada por Eusebio Arismendy Arismendy, ubicada en la Carretera Paraíso-Enriquillo, al sur del puente sobre el Río Los Patos, en el Distrito Municipal Los Patos, Provincia de Barahona, R.D.
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285. FC 329370
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley No. 1306bis, de divorcio, reformada por al ley 142 del 1971, se hace de público conocimiento que en fecha ocho (8) del mes de Diciembre del año dos mil quince (2015), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia civil sobre divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres marcada con el No. 397-15-00363, cuyo dispositivo dice textualmente así: PRIMERO: ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra del demandado señor WINSTON LUCIANO PEÑA CABRERA, por estar legalmente emplazado y no haber comparecido a la audiencia; SEGUNDO: admite el Divorcio entre los esposos GISETTE CAROLINA PÉREZ SANTOS, Y WINSTON LUCIANO PEÑA CABRERA, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres; TERCERO: Se ordena a la demandante GISETTE CAROLINA PÉREZ SANTOS, acudir por ante la Oficialía Del Estado Civil de La Primera Circunscripción del Municipio de San Ignacio De Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, para hacer pronunciar el divorcio y transcribir la presente sentencia en el libro – registro destinado a tales fines, ordenando la publicación del dispositivo de esta sentencia en uno de los periódicos de circulación nacional; CUARTO: Se comisiona al ministerial FRANDARIEL MONCION THOMAS, Alguacil Ordinario Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Santiago Rodríguez, para que se notifica la sentencia; QUINTO: se compensan las costas por tratarse de una litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así se ordena, manda y firma. FIRMADOS: JUAN MIGUEL PÉREZ GÓMEZ, juez, SULERCA MIG. RODRIGUEZ, secretaria. Así mismo se hace saber que la presente sentencia previa formalidades de la ley ha sido pronunciada y transcrita por la Oficialía De Estado Civil De la 1ra Circunscripción De La Ciudad Y Municipio De San Ignacio De Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, el día diecinueve (19) del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016), inscrita en el libro No. 00001, folio No. 0035, acta No. 000018, del año 2016. En la ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Rodríguez, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
LIC. MIGUEL CANDELARIO ROMÁN ALEMÁN ABOGADO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663-201601727
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201601054, Vista: la autorización de fecha 3 de Febrero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 7 de marzo del 2016, a las 10:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el saneamiento de una porción de terreno en el Distrito Municipal El Cachón, en el D. C. No. 2 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, reclamada por los señores Elbia Antonia Pérez Alcántara y Luis Emilio Urbaez Urbaez, ubicada en la calle Juan Pablo Duarte, al este de la calle 11 de Febrero, en el Distrito Municipal El Cachón, Provincia de Barahona, R.D., dentro de las siguientes colindancias: Al Norte calle José Joaquín Pérez; Al Sur calle Juan Pablo Duarte; Al Este: Funeraria Nicasio Féliz y al Oeste Milka López Féliz.
FC 329370
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285.
Dirección Regional de Mensuras Catastral, Departamento Central Aviso a los colindantes y público en general Que en fecha 01 del mes de marzo del año 2016, a las 9:00 a.m., se realizarán las labores de Levantamiento Parcelario del Deslinde y Subdivisión, en la Porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 52, del Distrito Catastral No. 31, Sector losAlcarrizos, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con una extensión superficial aproximada de 312.86 mt2, propiedad de la señora LOURDES MARTIN, quien le dio autorización al agrimensor, ÁMALO JAVIER JAVIER GERMÁN, E-mail Amaliojavier@hotmail.com
AMALIO JAVIER JAVIER GERMA Agrimensor Contratista – CODIA 31491
FP79609
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO
Expediente No. 663201600474, Vista: la autorización de fecha 18 de enero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 8 de marzo del 2016, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el saneamiento de una porción de terreno en la sección El Arroyo, en el D. C. No. 2 del Municipio La Ciénaga, Provincia de Barahona, reclamada por la señora Lucila Cuevas Cuevas, ubicada en la Carretera a Las Filipinas, al oeste de la Carretera Barahona-Paraiso, en la sección El Arroyo Provincia de Barahona, R.D., dentro de las siguientes colindancias: Al Norte Francisca López Arias, Al Sur Carretera a Las Filipinas, Al Este Dilcida Cuevas Medina y Al Oeste Francisco Cuevas Medina.
En contra de MARLENDY ELOISA MARTE HERNANDEZ, 1) Una nevera marca Frigidaire de 2 puertas, 2) Una estufa marca Frigidaire de 4 hornillas, 3) Un sillón para dar masaje color negro, 4) Un equipa para masajear, 5) Un televisor pantalla plana marca RCA, 6) Un aire acondicionado de 18 BTW, 7) Entre otros ajuares del hogar. La venta será celebrada en el mercado público de Honduras a las Nueve (09:00) horas de la mañana el día 26 del mes de Febrero del año 2016, al mejor postor y último subastador.
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285.
LICDO. EMERSON LEONEL ABREU BÁEZ Abogado
FC 329370
FC329376
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201600469, Vista: la autorización de fecha 18 de enero del 2016 emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día 8 de marzo del 2016, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el saneamiento de una porción de terreno, en la Manzana No. 16, D. C. No. 1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, reclamada por la señora Tanya Virginia Lembert Mancebo, ubicada en la Calle Uruguay, al oeste de la calle Duvergé Barahona, R.D., dentro de las siguientes colindancias: Al Norte: Andrés Tezanos y Benilda Tezanos; Al Sur: Calle Uruguay; Al Este: Jacinta Elena Pineda y Al Oeste: Ana Margarita Féliz de Báez.
FC 329370
DR. NELCIDO JULIO JIMENEZ GIL, Abogado Apoderado.
FC 329369
7B
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
www.elnuevodiario.com.do
Agrimensor Clemente Báez Sánchez, CODIA 15285.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXP. 663201510437 En virtud de la autorización de fecha 25 de diciembre del 2015, se hace de público conocimiento que el día Diez (10) del mes de Marzo del 2016, a las 9:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 870 de Distrito Catastral, No. 7, del municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 272.46 mts2, propiedad del Señor: REYNALDO ANTONIO NOVA.
ROBERT ALEXANDER SUERO BÁEZ Agrimensor – Contratista Codia 25335, telf. (809) 980-9342 / (809) 380-3360 FC329385
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXP. 663201601104 En virtud de la autorización de fecha 04 de febrero del 2016, se hace de público conocimiento que el día cuatro (04) del mes de Marzo del 2016, a las 10:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 1724 de Distrito Catastral, No. 8, del municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 216.00 mts2, propiedad del Señor: JUAN AMERICO TEJADA ALCANTARA.
ROBERT ALEXANDER SUERO BÁEZ Agrimensor – Contratista Codia 25335, telf. (809) 980-9342 / (809) 380-3360 FC329385
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXP. 663201510815 En virtud de la autorización de fecha 06 de Octubre del 2015, se hace de público conocimiento que el día Diez (10) del mes de Marzo del 2016, a las 9:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 912 de Distrito Catastral, No. 7, del municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 201.00 mts2, propiedad del Señor: REYNALDO ANTONIO NOVA.
ROBERT ALEXANDER SUERO BÁEZ Agrimensor – Contratista Codia 25335, telf. (809) 980-9342 / (809) 380-3360 FC329385
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 4128, de fecha 23 de marzo del 1998, correspondiente al Registro del Título Catastral No. 2, del municipio de Duvergé, provincia Independencia. A nombre de los señores: GUSTAVO ADOLFO VASQUEZ BATISTA y la SRA. SOLANGEL DEL CARMEN JORGE ESPAILLAT. En el cual se describe una porción de tierra consistente en la cantidad de 200 tareas de tierra con los siguientes colindantes: al Norte: El señor Antonio Reyes; al Sur, Este y Oeste: Resto de la misma Parcela 351, sitio denominado como la Lagunita. FC 329384
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201600831.VISTA la autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central de fecha 1 del mes de Febrero del año 2016, en la cual se enviste como oficial público y auxiliar de la Justicia al Agrimensor MALVIN LORA ANGUSTIA, codia 30348, para MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de terreno ocupada por el SR. DANYMIL VASQUEZ RODRIGUEZ, dentro de la parcela No.676 del D. C. No. 02, del Municipio de Las Matas de Farfán, Provincia San Juan. COLINDANTES: Al Norte: P.No 20384874756, Danilo Soler; al Sur: Callejón, al Este: P. No. 203848747467 Marianela Rodríguez Familia y al Oeste: Calle Trinitaria. En cumplimiento del artículo 137, párrafo IV se ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en la parcela a mensurar deben comunicarlo con anticipación, o en el momento de la mensura a el agrimensor encargado, o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Central, esta mensura será iniciada el 19 de Marzo del año 2016, a las 10:00 a.m. Por el agrimensor MALVIN LORAANGUSTIA., con domicilio profesional en la Carretera Mella Km. 6 ½, Cancino 1ro., Plaza Paola, Local 3-B, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo.
MALVIN LORA ANGUSTIA Agrimensor Contratista. Codia: 30348. Teléfono: 829-308-1362 FC329380
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento que el día jueves que contaremos a veinticinco (25), de Febrero del año 2016, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) en el MERCADO PUBLICO DE HONDURAS, ubicado en la Calle Correa y Cidron, esquina primera, del sector Ensanche la paz, se procederá a la VENTE EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y ultimo subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del siguiente mueble: un Vehículo marca Suzuki, modelo Swift, placa No. A498288, color rojo, 4 puertas, con choque y ralladuras en todas sus partes en mala condiciones este mueble ha sido embargado al señor WELLINGTON ADAMES ALMONTE, a requerimiento y en favor del señor JOSE DOLORES GONZALEZ REYES, se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, el mueble a subastar debe ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, mas el diez (10) porciento sobre el precio indicado, en manos del Alguacil Actuante, en funciones de Vendutero Publico.
ALFREDO FLORIAN BENZAN Alguacil, en Funciones de vendutero Público.
8B P É R D I D A D E M ATRÍCULA: de jeep, marca Chevrolet, color blanco, año 2 00 5, placa y r egis tr o G 2 26258 , ch as is 2CNDL13F1561659 3 6 , a n omb r e de A LDO RICARDO PEÑA, cédula 00 1- 1 08 6656- 3 . F C3 29 37 5
TRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, color rojo, año 1998, placa y registr o G 23 58 1 9 , ch as is JA4LS31P2WP0340 21 , a no mb r e d e RIG O B E RTO O R O Z CO F ERN A N D EZ.
P É R D I D A D E M ATRÍCULA: de automóvil privado, mar ca Chr ys ler, mo P É R D I D A D E M A- d e l o Neon, año TRÍCULA. Marca 1995, color rojo, Mazda, año 2002, placa y registro placa y registro A281532, chasis A 11 5 6 9 3 , c h a s i s 1C3ES47C0SD1772 04, a nombre de JM7BJ10M2002044 61, a nombre de A R R E N D A M I E N LA U RO M ELLA P I - TO S A G R O I N D U S NA, cédula 001- TRIALES TH S.A., RNC: 1-01-57402-1. 1 63 05 57 - 4 . F C3 29 34 3 F P 7 9 6 13 P É R D I D A D E M ATRÍCULA: de automóvil privado, marca Renault, modelo Laguna, color azul, año 1996, placa y registro A073804, chasis VF1B56C02133378 37, a nombre de H E N RY MIGUEL P É R E Z O RT I Z , c é dula 001-04580394. F C3 2 937 3 P É R D I D A D E M A-
P É R D I D A D E M AT R Í C U L A : d e c a rga, marca Isuzu, color blanco, año 1999, placa y registro L000490, chasis JAATFS54HX71036 51, a no mr b e d e BELARMINIO JIMENEZ RAMÍREZ, cédula 0 11 00 29 76 6- 0. F C3 29 34 2 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Geo, color rojo, año
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Pérdida de certificado financiero No. 769209, de fecha 28-10-2014, por un monto de $500,000.00 pesos dominicanos, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, a nombre del señor PORFIRIO PAREDES GABRIEL, cédula 0490006936-2. En la ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, a los 23 días del mes de febrero del año 2016. FC329390
PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de deposito no.402-01-01-5007267-2, emitido por EL BANCO DE RESERVAS de la República Dominicana, por un valor de RD$1,800.000.00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL PESOS CON 00/00) A nombre de los señores CARMEN NELIA RAMIREZ VELOZ, CED.010-0019320-9 Y ANEUDY MANUEL SANCHEZ RAMIREZ, CED 1250000327-7. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FP79624
www.elnuevodiario.com.do
MIERCOLES, 24 DE FEBRERO DE 2016
1994, placa y registro 0014015, chasis 1Y1SK536XR20450 94, a nombre de GERALDO ESPINOSA MATOS. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color azul, año 1982, placa y registro A168301, chas i s JHMSZ5333CC0914 45, a nombre de BRIGIDA RODRÍGUEZ CALDERÓN. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mazda, color blanco, año 1989, placa y registro L040499, chasis JM2UF1134K072123 9, a nombre de CARLOS RAFAEL HER R E R A MERCEDES. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Isuzu, color blanco, año 2000, placa y registro L021823, chasis
JAATFS54HY71014 44, a nombre de DELIS LUÍS MONTERO FAMILIA. PÉRDIDA DE CHAPA: Marca Daihatsu, modelo V118LHY, año 1993, color blanco, placa y registro L252778, chasis V11902863, a nombre de AQUILES ALBERTO GALVEZ, cédula 037-00296530. FP79608 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, modelo Hi Jet, año 2000, color blanco, placa y registro L134654, chasis S100C002310, a nombre de LEO DE REGLA VILLAR SUAZO. FC329361 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca BM, color rojo, tipo pasola, año 2005, placa y registro N051767, chasis LLYPCFL080510108
AVISO DE PÉRDIDA Se hace de público conocimiento, y de conformidad con el Art. 92, párrafo III, de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, que se ha extraviado el Certificado de Título a nombre de la señoras ELENA ARACELIS MEDINA DE LA ROSA (Duplicado del dueño). “Con una porción de Terreno con una extensión superficial de 04HAS, 74AS, 79CAS, ubicado dentro del ámbito de la Parcela núm. 189, del Distrito Catastral No. 3,. Del municipio de cabrera. En la ciudad y municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, República dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
LIC. FRUTO F. CRUZ ALMONTE Abogado FC329391
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO Se hace de público conocimiento, de conformidad con el articulo num.42 de la Ley de Divorcio núm. 1306-Bis del 21 de Mayo del 1937, que EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSE DE OCOA, en fecha 09 del mes de JUNIO del año Dos Mil Quince (2015), dicto la sentencia civil núm. 00274-2015, cuyo dispositivo copiado textualmente dice: F A L L A PRIMERO: SE ADMITE EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los Esposos RAFAEL BAEZ Y CARMEN LUISA NAVARRO CUETO, de conformidad con el Acto de Estipulaciones y Convenciones No.072015 de fecha 29/04/2015, instrumentado por ante el DR. ANGEL ALBERTO ARIAS, Abogado Notario Público de los del Número para la Provincia de San Cristóbal. SEGUNDO: SE ORDENA el Pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. TERCERO: SE COMPENSAN pura y simple las costas por tratarse de una litis entre esposos. La presente resolución ha sido dada y firmada por el Magistrado que figura en la misma, el mismo día, mes y año citados la que es certificada por mí, secretaria. CERTIFICO Que la presente copia es fiel y conforme al contenido de su original, la cual expido, firmó y sello a solicitud de parte interesada. En la Provincia de San José de Ocoa, República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Junio del año Dos Mil Quince (2015). Que el divorcio así admitido ha sido pronunciado por ante le Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de San José de Ocoa , bajo el acta No.000361, libro No. 00004 , Folio No.0055, de fecha 08 de AGOSTO del año Dos Mil Quince (2015).
LIC. PEDRO JULIO MORENO ENCARNACION - Abogado FC329377
A QUIEN PUEDA INTERESAR Por medio de la presente se hace de público conocimiento que la sociedad comercial MERY TOURS, SRL, con registro nacional de contribuyente (RNC:) 131271367, da constancia de haber depositado por ante el Ministerio de Turismo en fecha 17 de febrero 2016. Los documentos requeridos para la obtención de licencia de operación como Agencia de Viajes, Reservaciones y pasajes, ubicado en Carretera Mella, casi Esq. Charles de Gaulle (Tienda Plaza Lama Mella).
ANNY BONILLA GERENTE
AVISO DE EMPLAZAMIENTO EN ACCION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 2153, de fecha 12 de noviembre del año 1949, la cual agrega un párrafo al Artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, de fecha 21 de mayo del año 1973, el señor YVES CLEMENT DAVID BERTRAND DELATOUR, de nacionalidad haitiana, mayor de edad, portador del pasaporte No. PP5083976, comerciante, domiciliado y residente en Puerto Príncipe, Haití y de tránsito en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, quien tiene como abogados a los licenciados Luis Soto y Mario Rojas, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 084-0002124-5 y 224-0003598-0, respectivamente, con estudio profesional abierto en el bufete Soto Abogados, ubicado en la calle C, No. 11, ensanche Serrallés, Santo Domingo, Distrito Nacional, en cuya dirección el señor YVES CLEMENT DAVID BERTRAND DELATOUR, de generales antes indicadas, hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso: Mediante el mismo Le avisa y Advierte a su esposa, la señora ROSE ALLIE PIERRE-LEO, cuyo último conocido por su esposo fue en L’Avenue Christophe (bloc Tifou), Port-au-Príncipe, Haití y en tal sentido no tiene su domicilio en la República Dominicana, que a falta de otras informaciones relativas al lugar de su residencia, procederá a emplazarla a los fines de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, cuyo despacho se encuentra ubicado en la calle Jacinto B. Peynado esquina Beller con Arzobispo Portes del sector de Ciudad Nueva, así como por ante la Secretaría de la Octava Sala de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el día jueves que contaremos a diez (10) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que para tales propósitos celebrará la Octava Sala de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicada en el segundo nivel del edificio formado por la intercepción de las calles Santiago y Socorro Sánchez del sector de Gazcue, en Santo Domingo, Distrito Nacional, a las (9:00 A.M.) horas de la mañana, el día martes que contaremos a diez (10) del mes de mayo del dos mil dieciséis (2016), cito en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago, del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los 24 días del mes de febrero del año 2016.
LICDOS. LUIS SOTO y MARIO ROJAS, Abogados apoderados.
MINISTERIO- LIBERTADORES DEL REINO (MRL)
AVISO DE CONSTITUCIÓN E INCORPORACIÓN De conformidad con lo que dispone el artículo 5, párrafo II de la Ley 122-05, sobre regulación y fomento de la asociación sin fines de lucro en la Republica Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1- En fecha veinte (20) días del mes de diciembre del año dos mil catorce (2014), fueron redactados los estatutos sociales de Ministerio Libertadores del Reino (MRL), quedando, definitivamente constituida el diez (10) del mes de enero del año dos mil quince (2015). 2- Esta sociedad ha sido constituida por tiempo indefinido, estando su domicilio social ubicado de manera provisional en la calle No. 42, sector Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia- Santo Domingo, teniendo como misión y objetivos-.- ayudar a los, pastores que no tienen recursos para sustentar a sus familias, construcción de iglesias, ayudar a la comunidad, repartir alimentos a los necesitados, realizar operativos médicos y demás, en coordinación con las instituciones correspondientes y en forma gratuita. 3- Los organismos de dirección del MR1- son: Asamblea General, Junta Directiva y Consejo de Disciplina. 4- Los miembros de la junta directiva actual son: 1) Johan Manuel Castillo Ortega (Presidente); 2) Gabriel Antonio Fernández Vargas (Vice- Presidente); 3) Mayra Josefina Valerio (Tesorera); 4), Marina Altagracia Núñez Rosario (Sec. Actas y Correspondencias), 5) Luisa Esmirna Mateo De Fernández (Encargada de Genero), 5- Johan Manuel Castillo Ortega, es El representante de la institución ante terceras personas. 6- La incorporación fue solicitada a la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, recibiendo este beneficio conforme a la resolución No. IONG 017-2015, de fecha diez (10) de agosto del año dos mil quince (2015). 7- Los documentos constitutivos del Ministerio Libertadores del Reino (MRL), fueron depositados ante la Secretaría del Juzgado de Paz del municipio Santo Domingo Oeste, y en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, el día veintitrés (22) del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016), a fin de que cualquier interesado tome comunicación de los mismos. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
Johan Manuel Castillo Ortega Presidente