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AÑO NO. 34 • EDICIÓN 10549

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DE JULIO DE 2014 / SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA

Senado aprueba Código Penal castiga sicariato Lleva a 40 años pena máxima; acumuladas a 60 años

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SC integra 177 aulas a la Tanda Extendida El presidente Danilo Medina realiza el corte de cinta que dejó inauguradas 12 escuelas en varios poblados de San Cristóbal, para beneficiar a 6,195 estudiantes de esa provincia. Los centros docentes suman 177 aulas a la nueva jornada educativa de Tanda Extendida que impulsa el Gobierno, 44 de las cuales son nuevas y 136 remozadas, trabajos que conllevaron una inversión de 430 millones 370,000 pesos. PÁGINA 4.

NACIONALES

(P/7)

Senado da reversa: De nuevo envía a comisión proyecto Loma Miranda sea un parque nacional

TOGA

(P/12)

Fiscales exigirán 1.44% presupuesto nacional; precariedad los obliga a comprar resmas papel

ECONOMICAS (P/9)

Lanzan proyecto para mejorar oportunidades de empleos a jóvenes vulnerables en el país

NACIONALES

(P/4)

Directores diarios piden TC decida sobre recurso de inconstitucionalidad artículos Ley 6132 y CP

editorial Cultura registral Las sociedades progresistas tienen por lo regular cultura registral. Eso significa que sus ciudadanos hacen las cosas que mandan sus disposiciones legales en todos los órdenes. Eso, igualmente, significa que observan un respeto por las normas establecidas para regir la vida económica, política y social. Es así en sentido general. Eso también encierra otra implicación y es que las normativas para la mayoría de las actividades que realizan en la cotidianidad, son simples. Ello hace que las cosas fluyan de tal manera que vivir fuera de las normas resulta más complicado que dar los pasos que les permite vivir en la legalidad. Ello enseña a relacionar la responsabilidad con la conciencia social y el deber, por lo que la ciudadanía no se siente orgullosa cuando viola las normas, si no por el contrario, no entiende que se pueda vivir fuera de ellas. En nuestros países llamados subdesarrollados o que no cabemos entre las naciones progresistas actuamos de manera contraria a esa lógica. Por lo regular, nuestras normativas son muchas, complejas y obstaculizadoras para los ciudadanos. Están hechas como si nos convidáramos a vivir en la informalidad, sin observancia de las leyes, y esa complejidad nos ha permitido ir forjando una cultura no registral para nuestro modelo de organización social, económica y política. Incluso, hemos llegado al punto en que nos sentimos orgullosos cuando logramos operar fuera de la ley. Desde pasar un semáforo en rojo hasta realizar nuestras actividades empresariales de manera ilegal hasta que nos descubran o se nos tranque el juego. Es obvio, sin embargo, que la Republica Dominicana requiere de una simplificación de los procesos registrales para llevar al país a la legalidad.


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Tribunal dio lectura íntegra al texto condenatorio implicados caso Jordi

MEDICINA PARA

TODOS

HILARIÓN ISALGUÉZ

Los dos mejores médicos dominicanos que trabajan gratuitamente y sin discriminación (El sol sale para todos).

tes de sol y que en nuestros vehículos usemos los vidrios tintados que ofrezcan la mayor protección contra los rayos ultravioletas. La vitamina D la obtenemos (aparte del Sol) de alimentos como las sardinas, el salmón, la yema de los huevos, el hígado de res y la leche fortificada. Así que tomemos el Sol, que aún es gratis.

Miguel Vargas interesado en conocer experiencia colombiana en seguridad l presidente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Miguel Vargas, sostuvo ayer un encuentro con el ex presidente colombiano, Álvaro Uribe Vélez, en el que intercambiaron ideas sobre temas de interés para el pueblo de Colombia y el dominicano. Vargas estuvo especialmente interesado en conocer en detalles la experiencia de Colombia para desarrollar bajo el liderazgo del presidente Uribe, una estrategia que le permitió superar con

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ANTIAGO.- El Primer Tribunal Colegiado de la jurisdicción judicial de esta provincia, tal como había anunciado, leyó de manera íntegra y pormenorizada, la condena a 140 años de forma colectiva, a los siete implicados en la tentativa de asesinato al comunicador Jordi Veras. La acción fallida, aunque dejó lesiones permanentes a la víctima, fue perpetrada el día 2 junio del año 2010 en la entrada del parqueo del canal de televisión 25, cuando el agredido montado en su vehículo trataba de entrar para estacionarse. El texto, leído en una sala de audiencia del “Palacio de Justicia licenciado Federico Álvarez”, de las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación Oeste del ensanche Román, consignó prisión de 30, 20 y diez años a los implicados. Además, establece a cada uno de los condenados lo que deberá pagar individualmente con la indemnización de 150 millo-

FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981

S

DR. ARIEL PÉREZ

Nuestro Sol y nuestro Mar Caribe son grandes fuentes de salud que los dominicanos no siempre aprovechamos. La brisa originada en el mar es muy rica en yodo protegiéndonos de muchas enfermedades y el Sol sobre nuestra piel constituye la mayor fuente de vitamina D. Al menos tres veces a la semana durante 15 minutos en horas de 8.30 A.M. a 9:00 A.M. y de 5:00 P.M. en adelante debemos tomar el sol SIN PROTECTOR SOLAR y de esa manera evitar la osteoporosis en personas mayores y la debilidad muscular y el raquitismo en niños y adultos. En otras horas el tomar el sol nos obliga a usar protectores solares para evitar el cáncer de la piel aunque la piel de la mayoría de los dominicanos está fortificada contra ese mal, no así los europeos y los de raza blanca en general que sí están expuestos debido a los rayos ultravioletas. Estos rayos son parte de la energía solar y debemos evitarlos. En nuestro país recomendamos que al estar al aire libre usemos len-

DE ENTRADA

efectividad la situación de la inseguridad ciudadana, explica un despacho de prensa. Añade que el interés del presidente del PRD se origina en su conocida preocupación porque República Dominicana armonice un plan nacional para superar la desbordada situación de violencia y delincuencia que afecta al país, debido a las acciones de la delincuencia común, el crimen organizado y el narcotráfico. Precisa que ambos conversaron especialmente sobre la crisis

energética dominicana y la posibilidad de que el país suramericano pueda aportar experiencias, asesorías y recursos que ayuden al país a paliar su serio déficit en esa sector. “Vargas también puso especial énfasis en la experiencia de Colombia para desarrollar una marca país que le ha rendido grandes beneficios en la atracción de inversiones, turismo y una nueva imagen internacional favorable a su desarrollo y al bienestar de su pueblo”, destaca la nota.

Consejo de directores Persio Maldonado Presidente Héctor Corominas Peña Primer Vicepresidente nes de pesos impuestos por daños contra el jurista y comunicador. La condena El martes 17 de junio pasado, los magistrados Annneli Torres, José de Jesús de Asís Burgos y Sergio Furcal, del Primer Tribunal Colegiado, impusieron de condena 140 años de cárcel a los implicados en el caso. La mayor condena, 30 años, se le aplicó a Candy Caminero, mientras que 20 años para Adriano Rafael Román Román, Engels Carela Castro Castro, Franklin Reynoso Moronta, Roberto Zabala Espinosa, Arturo José Ferreras del Castillo y, 10 para Franklin Reynoso, porque este colaboró de manera eficiente con la justicia, para esclarecer la trama urdida para matar a Veras.

La agenda 10:00 AM.

Lectura del Manifiesto por los valores de la familia, no al reconocimiento o a la legalidad del matrimonio gay, invita el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica, en la Cámara de Diputados 11:00 AM. Entrega de pergamino de reconocimiento al ex presidente de la República de Colombia, senador Álvaro Uribe Vélez, en el Despacho del Presidente del Senado 07:00 PM Segundo Seminario de Radio. Centro Cultural de España Santo Domingo (CCESD): Jornada de presentación de experiencias nacionales e internacionales sobre producción radiofónica que implican procesos de participación y formación dirigidos a grupos comunitarios y organizaciones sociales. En este encuentro reflexionaremos sobre formatos radiofónicos como herramienta de sensibilización y transformación social: la radionovela, el documental sonoro y las cuñas radiofónicas. Participan Ana Bélgica Guichardo de la PUCMM (República Dominicana) y Fundación H+D (República Dominicana)

Aura Minerva González Segundo Vicepresidente Francisco Pérez Encarnación Secretario Mario Viñas Betances Tesorero Rodolfo Lama Vincenzo Mastrolilli Fanny Sánchez Martha Camarena Vocales ______________________ Persio Maldonado Director Cosette Bonnelly Directora Ejecutiva redaccionnd@gmail.com

___________________ Luis Brito Jefe de Redacción

luisbrito@elnuevodiario.com.do

__________________ Martha Camarena Administradora ___________________

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INAPA dice sequía afecta acueductos l Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) comunicó ayer que de las 26 provincias bajo su responsabilidad de suministrar el servicio

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Alberto Holguín

de agua potable, unos 72 acueductos están siendo afectados por la sequía de un total de 315. Un comunicado de prensa explica que entre los sistemas de agua afec-

tados figuran el Acueducto de la Línea Noroeste, el cual de 3 metros cúbicos que debe procesar solo está recibiendo 2.6 metros cúbicos, lo cual disminuye el servicio a un 50%,

incluyendo las averías en las redes y el mal uso de la ciudadanía. “De igual forma, el acueducto de Partido, Loma de Cabrera, Restauración, Las Cayas, Jicomé, Múlti-

ple Esperanza y Los Limones, estos en las provincias Valverde Mao, Montecristi y Dajabón, dejando como resultado una disminución de un 42% para un total de diecisiete acueductos que componen el sistema de suministro de agua potable”, precisa la nota.

NACIONALES Gobierno integra en SC 177 aulas a la Tanda Extendida

Directores diarios piden TC decida sobre recurso inconstitucionalidad de artículos Ley 6132 y CP FRANCIA VALDEZ

os directores de los principales diarios impresos del país han pedido al Tribunal Constitucional (TC) que decida en torno a un recurso de inconstitucionalidad sobre varios artículos de la Ley 6132, de expresión y difusión del pensamiento y del Código Penal (CP), incoado el 25 de febrero del 2013. En una misiva al presidente del TC, Milton Ray Guevara y demás magistrados de esa alta corte, cuyo texto íntegro aparece en otra página de esta edición, los ejecutivos de los diarios nacionales recuerdan que la acción directa

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de inconstitucionalidad contra a la Ley 6132 y los artículos 368, 369, 370, 371 y 372 del Código Pena fue conocida en audiencia hace más de un año, tras lo cual el expediente quedó en estado de fallo. “La sociedad dominicana ha esperado pacientemente y con anhelo el momento en que estas rémoras legislativas que pendulan como espada de Democles sobre la garganta de la libertad de expresión desaparezca de nuestro ordenamiento jurídico”, precisan. La misiva, que aparece publicada íntegra en la página 3 de este Nuevo Diario, fue remitida por los directores de los periódi-

cos, Listín Diario, Miguel Franjul; Diario Libre, Adriano Miguel Tejada; de El Día, Rafael Molina Morillo; Hoy, Bienvenido Álvarez Vega; de El Nuevo Diario, Persio Maldonado; de El Caribe, Osvaldo Santana, así como por el subdirector de El Nacional, Bolívar Díaz. Reiteran su confianza en los magistrados del TC, esperando que en un plazo razonable se cumpla con el mandato de los principios rectores de la Ley orgánica de ese tribunal y de los procedimientos constitucionales. La acción, que fue incoada por los directores de los periódicos El Día, Listín Diario y El Caribe, y por el presidente de la Fundación Prensa y Derecho, Namphi

Rodríguez, radica en el hecho irrefutable de que la citada legislación constituye un sistema de persecución penal de privación de libertad por delitos de palabra que deviene en injusto y que desborda el principio de razonabilidad que consagra la propia Constitución como garantía de los derechos fundamentales. Consideran que esta normativa establece un inhumano sistema de responsabilidad por el hecho de otro (responsabilidad de cascada) que recae sobre los directores de diarios, lo cual viola los artículos 38 y 40.14 de la Constitución y el artículo 5.3 de la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Con 12 escuelas inauguradas ayer por el presidente Danilo Medina en San Cristóbal, serán 6,195 los estudiantes de la provincia que se beneficiarán con la Jornada de Tanda Extendida a iniciarse este año. Asimismo, explica un comunicado de prensa, el sistema educativo de esta demarcación integra 177 aulas a la nueva jornada educativa que impulsa el Gobierno en toda la geografía nacional, 44 de las cuales son nuevas y 136 fueron remozadas, en trabajos que conllevaron una inversión de 430 millones 370,000 pesos. “Con estas nuevas escuelas suman 250 las inauguradas por el presidente Medina, desde el pasado febrero hasta la fecha, llegando a 3,363 las aulas que a partir de agosto próximo se integrarán a la Jornada de Tanda Extendida”. Son 6,195 estudiantes beneficiados Detalla que los nue-

vos centros educativos entregados por el mandatario son el Ercilia Pepín, Las Colinas, Antonio Guzmán, Lidia Pinales, Villa Fundación, Esteban Díaz Montero, La Piña, Hato Damas, Enrique Durán, Hermanas Mirabal, Pedro Borbón y Milagros Ozuna y que en este último se llevó a cabo el acto central de la actividad. Destaca que las facilidades que ofrecerán los planteles escolares, en beneficio del proceso educativo de San Cristóbal, incluyen laboratorios de ciencias y de informática, bibliotecas, rincones tecnológicos, comedores, cocinas y canchas deportivas, entre otros servicios. Al hablar en el acto, el ministro de Educación, Carlos Amarante Baret informó que el Gobierno está invirtiendo 10,698 millones de pesos, en beneficio directo de los estudiantes, incluyendo uniformes y útiles escolares, desayuno, almuerzo y merienda.


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NACIONALES

Salazar: Quique cobró por adelantado RD$12 MM; lo acusa ser chantajista l dirigente reformista Humberto Salazar denunció que el ingeniero Federico Antún Batlle cobró por adelantado este año 2014, la cantidad de RD$12 millones, en cheques cuyas copias asegura tiene en su poder. “Yo puedo presumir que eso es un chantaje en contra del Gobierno… lo que le pido a mi amigo, el presidente Danilo Medina y al señor Rafael Camilo, es que actúen y le expliquen al país qué fue lo que ocurrió con los fondos del BNV (Banco Nacional de la Vivienda a cargo de Antún Batlle”, pidió Salazar. Fue en respuesta al anuncio de Antún Batlle, presidente del Partido Reformista Social Cristiano, PRSC, de romper políticamente la alianza con el Partido de la Liberación Dominicana (PLD). “De lo que yo estoy hablando es que en el mes de diciembre se hicieron cheques multimillonarios en

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ONU medirá impacto visitas sorpresas DM FRANCIA VALDEZ

l Gobierno firmará este jueves un convenio con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a los fines de que ese organismo mida el impacto que genera en la población las visitas sorpresas que hace cada semana el presidente Danilo Medina a las comunidades. La firma será realizada en el Palacio Nacional, a las 11:00 de la mañana, con la participación de los ministros, de la Presidencia, Gustavo Montalvo, y Administrativo, José Ramón Peralta. Según se informó en la Presidencia, Peralta pronunciará un discurso acerca del impacto de las visitas que ha realizado el jefe del Estado a las distintas comunidades des-

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Humberto Salazar

Federico Antún Batlle

los cuales hay uno de más de 12 millones de pesos a nombre del señor Federico Antún Batlle y yo tengo copia de eso”, insistió Salazar. Agregó que “esto debe hacerse antes de hablar de política y todo ese tipo de barrabasadas que no es más que una cantinflada”. Reiteró que él tiene todos los papeles de cómo se hizo el reparto de los fondos del BNV “por lo que no quiero que ahora me vengan con la historia de sacar un titular de prensa diciendo que el PRSC rompe con el PLD cuando nin-

gún funcionario renuncia”. Al ser entrevistado en el programa Tu Derecho a Saber, Salazar añadió que lo que ocurrió en el BNV “es que en el año 2004 el señor Chiqui Troncoso entregó ese banco como una cartera en litis, de un 2%... unos 12 millones de pesos, y hoy día el BNV tiene una cartera en litis de casi el 22%... estamos hablando de RD$1,300 millones, y la mayor parte de esos fondos no podrán ser cobrados porque tendrán que ser asumidos por el Banco de Reservas”.

Casa de la Cultura hizo velada motivo independencia EE.UU. ORLANDO ARIAS

on el objetivo de celebrar el 238 aniversario de la independencia de los Estados Unidos de América, este 4 de julio, la Casa de la Cultura Latinoamericana y Caribeña celebró ayer una velada artística, donde además se rindió un homenaje a Ernest Hemingway. Durante la actividad se recordó el legado histórico de este ganador del Premio Pulitzer en el año 1953 y Premio Nobel de Literatura en 1954, quien fuera un gran amigo del pueblo cubano. El encuentro fue encabezado por Pedro Creach, presidente de la Casa de la Cultura Latinoamericana y del Caribe, entre otros

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Aspecto de la velada realizada anoche por la Casa de la Cultura Latinoamericana y Caribeña.

miembros de la Junta directiva de la entidad. “El propósito de esta actividad es, además de celebrar un nuevo aniversario de la independencia

de este gran país, Estados Unidos, nos sirve también para reforzar los vínculos históricos y de amistad entre nuestras naciones”, dijo Creach.

de que asumió el poder. Desde entonces, Medina inició las visitas sorpresas a distintas comunidades, lo que le ha permitido tener un contacto directo con los habitantes de las mismas, así como con pequeños productores, y conocer de manera directa sus necesidades. A raíz de estos contactos, el gobernante ha dispuesto financiamientos para los pequeños pro-

ductores, a quienes ha incentivado a agruparse en asociaciones o cooperativas, así como a enviar sus hijos a la escuela e integrarse al Plan Nacional de Alfabetización que ejecuta el Gobierno. También, el presidente Medina ha advertido a los beneficiarios de estos créditos que esos recursos deben ser pagados, “porque son dinero del Estado, que no se pueden regalar”.


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Senado aumenta castigo al FLASH sicariato en el Código Penal MARGIE JOVER RIZIK. margieflash@hotmail.com

Será de 40 años la pena máxima por sicariato RAMON RAMOS

l Senado aprobó ayer en segunda lectura el proyecto que modifica el Código Penal, que cuenta con 395 artículos, y que establece sanciones para el sicariato, aumentando la pena máxima de 30 a 40 años, pero que acumula castigos por el mismo delito hasta por 60 años. La iniciativa fue aprobada por 16 de los 17 senadores presentes, con la abstención del representante de Santiago, Julio César Valentín, por lo que ahora retorna a la Cámara de Diputados para su debate o estudio. El presidente de la comisión de Justicia, Francis Vargas, anotó que el Código Penal lo espera la sociedad dominicana desde 1996, cuando el Poder Ejecutivo conformó una comisión relatora, que dijo hizo un trabajo arduo y profundo de la pieza, hasta que finalmente se sometió en el 1997 al Congreso Nacional, hasta que se aprobó diez años después, es decir en el año 2006. Recordó que el proyecto ha perimido muchas veces en ambas cámaras, “pero llegó el tiempo de aprobar este Código Penal, y haciéndolo hacemos un gran aporte a la sociedad dominicana, porque estamos viviendo el sicariato, un crimen que no se conocía en el país y hoy se establece y lo penaliza a 40 años”. Aseguró que este Código Penal está ampliamente consensuado para que sea aprobara en el Senado y en la Cámara de Diputados, porque la comisión de Justicia de ese organismo participó en las discusiones. Resaltó que la pieza fue

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consensuada y sometida a vistas públicas, ya que el proyecto se fusionó con el aprobado en la Cámara de Diputados. Sanciones El nuevo Código Penal tipifica el sicariato, los fraudes telefreex, crímenes horrendos, desaparición forzosa, aumenta de 30 a 40 años la pena máxima y fija en 60 años el cúmulo de penas. También penaliza la invasión y ocupación de tierras, establece prisión de 40 años para los que cometan feminicidios, castiga el secuestro con 20 a 30 años, fija penas de 4 a 10 años a los adultos que induzcan a menores a cometer delitos, castiga el cuatrerismo y el uso del químico conocido como “ácido del diablo”. Asimismo, la violencia doméstica o intrafamiliar se sancionará con penas de 4 a 10 años de prisión mayor y multa de 4 a 10 salarios mínimos. Igualmente, tipifica y

castiga el abandono de menores de parte de uno o de ambos progenitores. Otros proyectos Por otro lado, los senadores aprobaron el proyecto que declara el día 20 de diciembre de cada año, “Día de la democracia dominicana” y reconoce al profesor Juan Emilio Bosch y Gaviño, como “El Gran Maestro y Forjador de la Democracia Dominicana”. Asimismo, aprobaron el proyecto que autoriza a la Junta Central Electoral convocar a las asambleas electorales a la celebración de elecciones extraordinarias parciales, en los distritos municipales de Mamá Tingó, Tavera y Zambrana Abajo. Otra iniciativa acogida favorablemente es la que declara al municipio El Valle, provincia Hato Mayor “Capital municipal del Ámbar Azul”. Además se aprobó el proyecto que concede una pensión mensual del Esta-

do de 50,000 pesos al ex senador, Luis Alberto Antonio García y otra que aumenta la pensión de 25 mil pesos mensuales a 60 mil pesos a favor del señor José Tamárez Mateo (Joseíto Mateo), de la autoría del representante de Elías Piña, Adriano Sánchez Roa. Los Congresistas aprobaron la resolución que reconoce al senador electo y Álvaro Uribe Vélez, ex presidente de Colombia, por los logros en materia de seguridad alcanzados en su país y por sus aportes a la seguridad y a la democracia en Latinoamérica. El proyecto Ley Orgánica de la Policía Nacional fue dejado sobre la mesa, debido a que en el hemiciclo no había la presencia de senadores. Finalmentge, el presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez, informó al pleno que el próximo 16 de julio será recibido en una sesión conjunta de ambas cámaras legislativas, el secretario general de la ONU, Ban Kin Moon.

El club de los frustrados Los ladrones de cables del tendido eléctrico están como el arroz, ¡por todas partes!...En Puerto Plata dejaron varias calles y tramos de carretera a oscuras…Y en la calle donde resido se robaron los cables primarios (de alta tensión) y pasamos casi 40 horas sin electricidad…Y por supuesto, todo lo que estaba en la nevera fue a parar ¡al zafacón! ***** Leí que entre enero y junio de este año han caído abatidos 16 miembros de la Policía Nacional…y no he escuchado “ni un pío” de la flamante comisión de los derechos humanos…¿No se oye? ***** El mayor general Rubén Paulino Sem informó sobre la próxima instalación de más cámaras de vigilancia en la frontera, y la entrega de más vehículos al personal que labora en esa zona “tan visitada” por los vecinos. ***** Un sondeo reveló que Barack Obama es el peor presidente USA de los últimos 70 años, dizque peor que Bush hijo…Caray, nunca pensé que alguien pudiera quitarle el “galardón” al ciclista Bush. ***** El diputado Vinicio Castillo ha sugerido la construcción de hospitales en nuestros pueblos fronterizos, especialmente para los haitianos…Estoy al mil por ciento de acuerdo con su propuesta del muro, pero no con esta última…¿Por qué tenemos los dominicanos que construir hospitales para los haitianos?...¡que los construyan ellos, que bastante millones les han obsequiado a partir del terremoto…¡Yo no doy ni un chele para esos hospitales!... ***** En general, las personas son poco agradecidas..pero los haitianos se llevan la presea dorada..¡ignoran el significado de la palabra agradecimiento, y para colmo son traidores!...¿Que existen haitianos buenos?...Supongo que sí..¡pero todavía no he conocido a ninguno! ***** Precisamente, Jorge Nesrala, un lector diario de esta columna que me envía frecuentes comentarios vía correo electrónico, me envió uno ayer sobre ese tema, el cual me autorizó a publicar…Copio: “Sobre los haitianos, te digo que no hace falta esperar décadas para que nos gobiernen, creo que en pocos años tendremos esa maldición encima de nosotros. Ahora unos niños que agarraron en la frontera los meten en refugios de este país; pronto vendrán miles de ellos a refugiarse aquí, gracias a la cobardía de las ´autoridades´ dominicanas, que no atienden a la gran cantidad de niños criollos que deambulan por todas partes pidiendo, limpiando vidrios, prostituyéndose y robando, pero a los haitianos sí, por el miedo que se le tiene a Haití, les construirán hospitales a sus mujeres, les dan trabajo a sus hombres, y a los dominicanos que se los lleve el diablo. Oh, Duarte, ¡araste en el desierto!...Jorge, un dominicano frustrado”….Mi respuesta a Jorge: ¡Bienvenido al club de los frustrados!


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Diócesis de La Vega denuncia los legisladores “han sido tentados” por dinero en caso Loma Miranda ANTO DOMINGO, (EFE).- La Diócesis de La Vega dijo hoy (ayer) que el Congreso Nacional se está “burlando” del pueblo por la demora en convertir en Ley el proyecto que declara parque nacional a Loma Miranda, mientras aseguró tener informaciones de que “algunos” legisladores “han sido tentados” por el dinero para dilatar la iniciativa, que será conocida durante la jornada de este miércoles en el Senado. Durante una rueda de prensa en la Casa San Pablo, el sacerdote Robinson Mejía leyó un comunicado de la Pastoral Social y de Medio Ambiente, en el que los obispos acusaron al

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Congreso Nacional de “jugar” con el proyecto que, al parecer, ha dejado de ser “social y ambiental para ser político y económico”. Por su lado, el sacerdote José Domingo Meléndez, también de la citada pastoral, argumentó que “el país está indignado, asombrado y decepcionado” por la manera en que los congresistas “nos han tergiversado este proyecto aclamado por todo el pueblo”. El religioso denunció, aunque sin mencionar nombres, que tienen informaciones que apuntan a que “algunos” congresistas “han sido tentados” por el dinero para dilatar el proyecto, y que “han caído”.

Montás dice posición gobierno frente caso de Loma Miranda MIGUEL CRUZ TEJADA

NUEVA YORK.- “Es un tema que está en el Congreso de la República y nosotros desde el gobierno no hemos querido interferir”, respondió a este reportero el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Temistocles Montás, al ser preguntado sobre la reactivación de la lucha para que Loma Miranda sea declarada par-

que nacional. Preguntado respecto a la percepción de que esa loma ya fue vendida por el Estado a la multinacional canadiense, Falconbridge, Montás, contestó que “se está discutiendo en el Congreso y esperemos que sean los congresistas, los que tomen la decisión final”. Dijo que “después que los legisladores tomen la decisión final, el gobierno se pronunciará”.

Senado da reversa: Envía otra vez a comisión proyecto Loma Miranda sea parque nacional Decisión favorecida por 20 senadores, evitó proyecto se cayera RAMON RAMOS

l pleno del Senado acogió ayer una moción del representante de La Vega, Euclides Sánchez, de que el proyecto que declara parque Nacional a Loma Miranda, se enviara a la comisión que lo modificó para evitar que se cayera, y asumieron el compromiso de reintroducir la iniciativa en la próxima legislatura. Al dar inicio a los debates, Sánchez resaltó que la pieza es uno de los proyectos más discutido y analizado, además de ser sustentado a nivel técnico, lo que conllevó que se aprobara. Dijo que para su sorpresa y del país, la Cámara de Diputados tomó una acción ligera y una decisión injusta con las modificaciones del proyecto, porque lo que hizo el Senado fue ampliarlo y enriquecerlo. “Este proyecto no puede aprobarse como lo hicieron los diputados, porque no estaríamos haciendo una labor seria, además de que el proyecto que ellos aprobaron no llena las expectativas que amerita Loma Miranda”, anotó. De su lado, el presi-

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dente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, expuso que no iba a estar presente en la sesión por tener una afección gripal, pero que como estaba en agenda el proyecto Loma Miranda, asistió para que no se dijera que estaba rehuyendo a su responsabilidad. “El proyecto que vino desde la Cámara de Diputados adolecía de deficiencia y contravenía con aspectos constitucionales, por estar mal confeccionado y redactado”, apreció. Sostuvo que los diputados devolvieron el proyecto sin ni siquiera leer las modificaciones introducidas por el Senado e insistió en que lo que se hizo fue mejorar la iniciativa de los diputados para que no tuviera visos de inconstitucionalidad. En tanto, Sonia Mateo, de Dajabón, indicó que “soy una mujer de Iglesia y creyente, pero eso no quiere decir que debemos hacer lo que otro diga”·. Pidió al cura Rogelio Cruz que diga cuándo la gente de Falcondo se reunió con el presidente de Senado y los senadores para darle dinero. De su lado, Prim Pujals, senador por Samaná, manifestó que “un hombre

que predica la palabra de Dios no puede violar uno de los mandamientos y calumniar a los senadores, porque aquí hace tiempo que desapareció el hombre del maletín”. Le enrostró al cura Cruz que en el Senado se manejan las cosas con honestidad, “y somos más serio que él y que el que más”. Señaló que los senadores son los culpables porque permiten que cuando alguien quiere botar bajo de la boca lo haga contra los legisladores sin que haya reacción. Arístides Victoria Yeb, representante por María Trinidad Sánchez, señaló que nunca había visto un debate tan irracional como lo han externado los defensores de Loma Miranda. Dijo que desde un principio apoyó el proyecto Loma Miranda porque la contaminación de las aguas del Yuna y el Camú llevaría a la ruina al sector agropecuario de su provincia. Adujo que el proyecto que llegó de la Cámara de Diputados tenía errores, porque no tenía título, ni epígrafe, además de que violaba la ley 164-00 de Medio Ambiente, porque toda zona protegida y par-

que nacional debe ser administrado por el Ministerio de Medio Ambiente, y no por el obispo de La Vega, en este caso. Sobre otra de las modificaciones citó el artículo 51 de la Constitución que otorga el derecho de propiedad, pero que el proyecto de Loma Miranda le otorgaba al Poder Ejecutivo apropiar los terrenos sin identificar las fuentes para los estudios de los terrenos. Félix Nova dijo que no cree en ninguna causa que se defienda con intolerancia y recalcó que el drama que vive la provincia Monseñor Noel es calamitosa, por lo que dijo se abstendría de votar o no si fuera o no a comisión el proyecto de Loma Miranda. “El padre Rogelio sabes que soy un tipo íntegro y un activista social. Todo el mundo en Monseñor Nouel conoce lo que hago, y soy un hombre de fe”, precisó. Rafael Calderón expuso que de aprobarse tal y como vino de la Cámara de Diputados el proyecto Loma Miranda, “los senadores caerían en hacer un papel ridículo, porque se violaría la Constitución”.


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Dicen política educativa DM sigue pasos de Hostos, Pedro H. Ureña y Juan Bosch l presidente Danilo Medina proyecta los postulados del profesor Juan Bosch, Pedro Henríquez Ureña y Eugenio María de Hostos con la política educativa que ejecuta desde el gobierno, aseguró el doctor Diómedes Núñez Polan-

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co. El también director de la Biblioteca Nacional se refirió al tema al depositar una ofrenda floral en el Panteón de la Patria, en ocasión del 130 aniversario del natalicio de Pedro Henríquez Ureña, de quien destacó también

sus desvelos por la preservación de los valores y la identidad del pueblo dominicano “que hoy tienden a borrarse por efectos de la globalización”. En la actividad, Núñez Polanco estuvo acompañado de Érica Maríñez y José María Herrera, durante la

cual la banda de música del Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo tocó varias piezas, fue firmado el libro de honor e Iván García Guerra leyó la obra “El abrigo de Pedro”. Sobre la política educativa del gobierno, Núñez Polanco citó de manera

MI BOCA ES

MI MEDIDA MARTHA RIVERA-GARRIDO

En el fútbol como en la vida… Cada cuatro años veo el mundo como desde un panóptico, desenvolverse en un área que tiene longitud de 90-120 metros y un ancho de 45-90 metros: Un campo de fútbol. Varios campos de fútbol. Mi observación de los mundiales, la competencia deportiva más esperada y seguida por los habitantes del planeta, no me proporciona solamente la pasión y el placer estético por la plasticidad de un deporte en el que el dribleo, la conducción del balón, los túneles, las chilenas, el juego de aire, el control con el pecho, la elegancia de un arquero, la dirección y la potencia de un goleador, el instinto de gol, la sensatez de un mediocampista y lo aguerrido de un defensor, colocan en posición de ser observados a once jugadores que, además de tener técnicas y destrezas excepcionales, deben jugar con intuición e inteligencia. No, definitivamente no es sólo por eso. Me gusta el fútbol mucho, tal vez demasiado, y por eso veo, si puedo, cualquier partido en el que juegue el club o el equipo que sea. Pero los mundiales, que empecé a seguir desde los días de Maradona y su arenga en defensa de las Malvinas al jugar contra Inglaterra, desde sus críticas implacables a la dictatorial y clasista FIFA, desde allá para acá me proporcionan un escenario geopolítico, sociológico, antropológico, económico, cultural, político y hasta espiritual, de observación privilegiada. Tal vez porque así los sigo, durante las semanas de un mundial de fútbol me da un poco de trabajo dedicarme a otras pasiones… lo admito. El mundial de fútbol es un bonsái del planeta, para mí. Esperaba este mundial porque desde el de Sudáfrica aún con Madiba y sus vuvuzelas, veía llegar un momento en el que el mundo tortuosamente globalizado, se reflejara en las canchas con las transformaciones, también vertiginosas y tortuosas, a las que hemos venido siendo sometidos. La práctica contundente logra a menudo que se cambien las reglas de juego, o al menos que se revisen, y creo que esta copa del mundo no se levantará con las manos de Dios, pero sí probablemente con las del alma humana, vertigante y, de manera tal vez no consciente, resistiendo el impacto ya de frente, ya como un alud, de las anchas desigualdades y de las injusticias insoportables a las que los más pequeños y las minorías somos sometidos con relación a los más grandes. Decía el otro día, que un jugador que

viene desde una favela de Río de Janeiro o desde un patio polvoriento de Ciudad México, arrastrando tierra y piedras con los pies descalzos hasta patear un balón, y que llega a jugar en un club europeo, conoce perfectamente lo que es la sensación de tocar las estrellas y de convertirse en una de ellas. Pero la sensación de un brasileño, de un hondureño, de un mexicano, jugando en el Barca, en el Milán o en el Bayer, no es, no puede ser la misma, que la que siente en un campo jugando como selección de su país, como jugador con patria a la que patear o no (sí.. patear o no) y en juegos en los que las porterías contrarias pueden ser también hermosos receptáculos donde vaciar el amor y el odio por lo que se ha sido, o por quien se ha sido. Estos octavos de final en la Copa del Mundo se pueden llamar como en una obra dramática: “El sufrimiento de los favoritos”. Los monstruos mundialistas, con estrellas o sin ellas en sus escudos de selecciones nacionales, han pasado el Niágara en un palito para clasificarse a cuartos. Así ha ocurrido con Brasil, Alemania, Holanda, Argentina, Francia y hasta Bélgica, en el quinto juego. Penaltis, prolongaciones, goles en el 80 o 90 minutos… una pesadilla para quienes quieren ganar y se sienten, por antonomasia, cerca de hacerlo. Y eso me hace reflexionar si no estaremos contemplando una vuelta del panqueque, o la cara del mundo que ya no puede seguir sintiéndose viejo. Porque tras las columnas elitistas de la FIFA, también se resiste.

especial al Plan Nacional de Alfabetización, que procura llevar a cero la cantidad de iletrados en el territorio nacional antes de 2016 y a las inversiones en el área educativa luego que le dedicara el 4% del Producto Bruto Interno (PBI).

La salida de selecciones campeonas del mundo en primera fase (Inglaterra, España, Italia), la gallardía con la que jugaron los países latinoamericanos y africanos en octavos, podrían ser un termómetro. La cara de Jurgen Klinsmann me lo dijo así en el último quinto juego, cuando armó al equipo norteamericano (el de un pueblo para el que el baseball y el otro fútbol son mucho más importantes que lo que llaman soccer) para lo que tenía que hacer frente a una selección de la tradición de Bélgica. Los armó como defensa porque estaba resistiendo. Ese alemán que vi jugar (yo con terror) como parte de la selección de fútbol de Alemania en la Copa Mundial de 1990 donde se destacó y ganó, y en el Campeonato UEFA en 1996, también ganado, que fue uno de los delanteros más letales e inteligentes del mundo y hoy cuenta con una gran experiencia como entrenador, no quedó derrotado junto a la selección de EUA, al perder ésta. No. El cero a cero durante noventa minutos, y el 2 a 1 en prolongaciones de los norteamericanos fue un triunfo de Klinsmann y de esos jugadores que empiezan a tomarse, como país, el fútbol en serio. Resistir para conseguir, porque ni siquiera un país poderoso como ese, frente a lo establecido, estructural, anciano, anquilosado, sacrosanto y rubricado, puede rematar con seguridad a puerta, allí donde todo está dado ya por hecho. En este mundial se ha visto eso por parte de todos los contrincantes más débiles: una tremenda resistencia. Así, Brasil entero cuestionó su condición de ser sede mundialista de un evento multimillonario, en medio de la terrible crisis económica y social que vive como país. Uno de los pueblos con más fanáticos por el fútbol, y productores de algunos de los más grandes jugadores de la historia de este deporte, no tuvo muy claro cómo iba a bailar en esta fiesta, de modo que el día cero de la Copa de la FIFA Brasil 2014, llegaba conflictuado por una amplia resistencia. Y en cuanto a quienes seguimos los mundiales, esta vez como nunca nos hemos polarizado en apoyo a las selecciones de nuestras particulares regiones, en una especie de nacionalismo ancho y abierto, que también es resistencia en la pura noción de pertenencia. Porque en el fútbol como en la vida, tenemos que tener claras nuestras lealtades… El pasado y el mundo se están removiendo y también se está viendo que se remueven desde el mundial. Frente al sufrimiento de los considerados favoritos, en octavos hemos visto la entrega, el honor y la resistencia de Argelia, México, Chile, Nigeria, Uruguay, junto a la ruptura de esquemas preconcebidos conquistada por Costa Rica y Colombia en su paso a cuartos de final. No sé quién ganará el mundial, pero lo sospecho. Y algo nuevo acontecerá, de la misma manera en que ha venido aconteciendo.


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Plata (Oz.) ............US$ 19.47 Cacao (Tm.) ..........US$ 2.954,50 Azucar (Lb.) ..........US$ 17.58 Petróleo ...............US$ 104.10

ANTO DOMINGO, (EFE).- El Observatorio Nacional del Agua, que encabeza el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), admitió que los productores agrícolas de la re-

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Combustibles Valor Premium...............RD$ 271.60

Oro (Oz.)...............US$ 1,278.73

gión sur están afectados por la racionalización en el suministro de agua a ese sector a tres días, tras la sequía que afecta las presas de Valdesia y Jigüey. El organismo compuesto por representantes del

sector agua del país consideró que si la decisión no se hubiese adoptado Valdesia y Jigüey estarían secas y hasta el momento su embalse se ha reducido “sólo un metro”. El predictor de la Oficina Nacional de Meteoro-

logía (ONAMET), Luis Felipe Jerez, informó que para este mes se esperan lluvias en gran parte del país y las ocurrencias de ondas tropicales con más frecuencia, lo que mejorará significativamente la situación de las presas.

ECONOmICAS

Lanzan proyecto favorece empleos jóvenes de la RD “En esencia se trata de un esquema en el que empresas, Gobierno y sociedad civil aportan recursos, conocimientos y capacidades para implementar soluciones efectivas y sostenibles con el objetivo de mejorar la empleabilidad en jóvenes pobres y vulnerables de América Latina y el Caribe”, dijo Viyella de Paliza.

ORLANDO ARIAS

on un monto aproximado de US$11,5 millones, representantes de los sectores público y privado y entidades internacionales fue lanzado ayer el proyecto “Quisqueya Cree en Ti”, del programa Nuevos Empleos y Oportunidades (NEO), con el objetivo de aumentar la calidad de empleos entre jóvenes vulnerables. De acuerdo a Elena Viyella de Paliza, presidenta de la entidad Acción Empresarial por la Educación (EDUCA), el proyecto persigue lograr, en la primera parte del proceso, que unos 32,000 jóvenes de entre 15 y 29 años de todo el país, se beneficien a través de un plan de edu-

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Racionalización del agua afecta agricultura del sur

Mercados de valores

Moneda

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La presidenta de EDUCA, Elena Viyella de Paliza, mientras se dirigía a los presentes en el acto de lanzamiento del proyecto “Quisqueya Cree en Tí“.

cación y formación en aras de potenciar su ingreso a la vida productiva. Viyella de Paliza señaló que “NEO está orientado a los jóvenes, a la educación técnica y a alinear las competencias para que puedan conseguir mejores oportunidades de trabajo; la idea es lograr que podamos insertar unos 32 mil

jóvenes vulnerables en la primera fase”. Sostuvo que uno de los grandes problemas que tiene el país es la gran cantidad de jóvenes que ni estudian ni trabajan, así como muchos que estudian, pero que no reúnen las competencias para optar por buenos empleos y que la idea es precisamen-

te darles esa oportunidad. Destacó que es un esfuerzo combinado de una serie de instituciones en una alianza apoyada por el Banco Interamericano de Desarrollo BID, por lo que entiende que ese esfuerzo coordinado es lo que posibilitará crear un impacto positivo para ese importante segmento poblacional. queya Cree en Tí“.

ONAPI y PROCOMPETENCIA firman acuerdo colaboración GILBERTO HERNÁNDEZ

La Oficina de la Propiedad Industrial (ONAPI) y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PROCOMPETENCIA) suscribieron un acuerdo que persigue establecer los canales de comunicación y facilitación para adoptar medidas preventivas y correctivas sobre normas y actos jurídicos que puedan resultar contrarios a las normas que rigen la libre competencia, para su aplicación efectiva. El convenio fue rubricado por el director general de ONAPI, Juan José Báez y la presidenta de PROCOMPETENCIA, Michelle Cohén, explica un comunicado de prensa. Añade que en el con-

venio se estable que las entidades firmantes se comprometen a intensificar e incrementar la colaboración en el campo de la propiedad industrial y la política de competencia y, a proveer recursos humanos y materiales y la capacidad técnica necesaria para el cumplimiento de los objetivos previstos en el mismo. Asimismo, se comprometen desarrollar estudios de impacto y proyectos que fomenten la gestión de la propiedad intelectual y la defensa de la competencia y, además, mejorar la sostenibilidad y competitividad de las empresas mediante los registros de propiedad industrial para asegurar una competencia leal, libre y efectiva.

FENACODEP hará jornada contra ley prohibiría colmados vendan alcohol a Federación Nacional de Comerciantes Detallistas de Provisiones (FENACODEP) anunció ayer el inicio de una jornada nacional de movilizaciones de sus afiliados en todo el país en contra del anteproyecto de Ley que obligaría a los colmados a tener una licencia para vender esos productos.

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René Japa, presidente de la entidad, consideró que esa prohibición significaría la desaparición del comercio minorista en el país

y anunció que realizarán encuentros con detallistas de los seis bloques regionales para explicarles el impacto de esa medida que

podría llevarlos a la quiebra. Japa sostuvo que resulta contraproducente que a una empresa o colmado que está cerca de los barrios, (con característica de una tienda de proximidad familiar) se le exija que esté ubicado a cincuenta metros de las viviendas por lo que consideró que esa ley sería impracticable e inoperante.

El convenio fue rubricado por el director general de ONAPI, Juan José Báez, y la presidenta de PROCOMPETENCIA, Michelle Cohén.


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Matan oficial PN en La Romana A ROMANA.- Un segundo teniente de la Policía Nacional fue muerto a bala-

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zos por sujetos que le despojaron de su arma de reglamento, cuando se dirigía a su residen-

cia. La víctima fue Pascual Jerez Cadet, de 47 años, quien fue interceptado por dos sujetos

Pascual Jerez Cadet

Intervienen alcaldía de Bayaguana por supuesta malversación fondos ANTO DOMINGO, (EFE).- El Ministerio Público (MP) intervino este miércoles la Alcaldía de Bayaguana, donde el fallecido regidor peledeísta Renato de Jesús Castillo, de 42 años, había denunciado una supuesta malversación de fondos públicos. El Ministerio Público investigará si hubo o no tal malversación, de acuerdo con las declaraciones de la responsable de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción, Lau-

S

ra Guerrero, quien dijo que se recolectan documentos en ese sentido. No obstante, Guerrero aclaró que a su despacho

no habían llegado informaciones sobre el manejo irregular de los fondos en dicha Alcaldía, cuyo responsable, Nelson Osvaldo

Sosa, fue enviado a prisión por tres meses, como medida de coerción, acusado de ser el autor intelectual de la muerte de Renato Castillo. El regidor fue asesinado en Monte Plata la noche del miércoles, 25 de junio, por dos sicarios. Hasta el momento hay seis detenidos supuestamente implicados en el asesinato del regidor, dos de ellos, Rafael Antonio Olivo y Freddy Alberto de la Cruz, empleados de la alcaldía.

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motorizados cuando se dirigía a su residencia, en el kilómetro 14 de la comunidad de Cumayasa. Jerez Cadet recibió un balazo en el muslo izquierdo, por lo que fue

llevado al Hospital Francisco Gonzalvo, donde antes de expirar dijo que sus atacantes se transportaban en una motocicleta tipo AX100, oscura.

TOGA

Policía apresó a 20,000 los últimos seis meses SANTO DOMINGO, (EFE).- El responsable de la Policía Nacional (PN), Manuel Castro Castillo, aseguró hoy (ayer) que en todo el país se han detenido en los últimos meses a más de 20.000 presuntos delincuentes a nivel nacional. Castró también informó sobre la detención de otro presunto implicado en la muerte del periodista Napoleón Rojas en Santiago. El jefe de la policía reveló además que de todos los detenidos, la

mayoría ya están libres. Castro Castillo, además, indicó que en junio del año pasado hubo 26 fallecidos en el mes de junio a consecuencia de la delincuencia, cifra que se redujo hasta seis en el mismo mes de este año. A su vez, defendió las medidas aplicadas por la institución para garantizar la seguridad. EFE

Jefe PN cita avances pesquisa Delincuentes matan 16 policías en muerte regidor Bayaguana en primeros seis meses de 2014 KATIUSCA PIMENTEL

HILARIÓN ISALGUÉZ

El jefe de la Policía Nacional, mayor general Manuel Castro Castillo, dijo ayer que las investigaciones sobre el crimen contra el regidor Renato de Jesús Castillo Hernández, atacado a tiros el pasado miércoles, están muy avanzadas, pero se abstuvo de entrar en detalles. Explicó que para no interferir con las indagaciones no se revelarán las informaciones obtenidas, pero que en las próximas horas se darán a conocer

n los primeros seis meses de este año, 16 miembros de la Policía Nacional de distintos rangos han sido asesinados en diferentes lugares del país por delincuentes. La última víctima se produjo en las últimas horas de del pasado junio al ser abatido a tiros el segundo teniente Pascual Jerez Cadet, de 47 años de edad, a quien despojaron de su arma de reglamento en La Romana. Los 16 asesinatos arrojan un promedio de

E Renato Castillo Hernández

Manuel Castro Castillo

públicamente los detalles. Por la muerte del regidor Castillo Hernández es señalado el alcalde de Bayaguana, Nelson Sosa Marte (Opi), a quien ya el juez de la Corte de Apelación de la provincia de Santo Domingo, Darío Gómez, le dictó tres meses de prisión para ser cum-

plida en la cárcel de San Pedro de Macorís. Por el mismo caso han sido detenidos cinco personas más: Michael Peña Bueno (Michell), de 28 años; Rafael Antonio Olivo Javier; Freddy Alberto de la Cruz; Cuello Soto (Prieto), Severino Alberto (Cocky), y Dauris de la Cruz.

2.5 y fracciones por mes, de agentes caídos en cumplimiento de su deber, dejando sus familias con hijos menores, en situaciones muy frágiles, aunque la institución y el mismo Ministerio de Interior y Policía (MIP), por los regular brindan ayu-

das a las viudas y los vástagos. Sobre el caso del oficial Jerez Cadet, fue muerto de un disparo en una pierna que le afectó la arteria femoral, causándole una hemorragia, falleciendo cuando era atendido en el hospital de La Romana. En parte de prensa precisa que fue interceptado por dos malhechores que se transportaban en una motocicleta AX100 en momento en que se dirigía a su residencia, localizada en el kilómetro 14, de la comunidad de Cumuyasa.


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TOGA

SIE hará audiencia a distribuidoras devuelvan dinero fianza a usuarios a Superintendencia de Electricidad (SIE) comunicó ayer que a través de un reglamento procura que las empresas distribuidoras de energía devuelvan el dinero de la fianza depositado por estos cuando los usuarios rescindan sus contratos. Para tales fines, explica en un comunicado de prensa, la SIE realizará el 8 de julio una audiencia abierta al público en general, “para dar a conocer la propuesta de reglamento para fijación, administración y actualización y reembolso de depósito de fianzas por contratos de usuarios regulados”. Precisa que el ingeniero Eduardo Quincoces, superintendente de la SIE, quien dio a conocer información, explicó que a la audiencia han sido invitadas las empresas distribuidora, del Este, Edeeste, del Sur, Edesur y del Norte, Edenorte,

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Policía avanza pesquisas muerte de camarógrafo KATIUSCA PIMENTEL

así como gremios de profesionales, asociaciones de consumidores, representantes de los medios de comunicación y el público en general. “Este reglamento establece que las empresas distribuidoras o suministradoras deberán aperturar en un banco comercial, una cuenta contable exclusiva para manejar los fondos relacionados con la fianza depositada por sus clientes y los intereses generados semestralmente”, expresó el superintenden-

te de Electricidad. Agregó que ese número de cuenta será fiscalizada por la SIE, de manera que se cumplan los requisitos establecidos y que los clientes tendrían conocimiento sobre la evolución de su depósito de fianza a través de sus facturas. De igual manera, con esta normativa se crean los procedimientos para fijar la fianza de los clientes, su actualización y su reembolso al término del contrato, precisa el documento de prensa enviado a El Nuevo Diario.

Apresan otro por asesinato periodista Napoleón Rojas KATIUSCA PIMENTEL

a Policía Nacional comunicó ayer que fue apresado en Barahona otro de los presuntos delincuentes que relacionan con la muerte del periodista y abogado Napoleón Rojas Vicioso, durante un asalto perpetrado a un colmado de su propiedad en Santo Domingo. El detenido es Edwin Andrés Montero Feliz, de 26 años, ubicado en el paraje Platón, municipio Paraíso, donde se escondía, por un equipo élite de la institución del orden que le daban seguimiento. Un parte de prensa policial explica que tras ser apresado, Montero Féliz admitió su participación en el hecho, pero que alegada-

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Napoleón Rojas

mente quien disparó fue su compañero de fechorías que solo identifica como Yomaiki. Con relación al caso habían sido apresados Yomaiki Cabrera Lorenzo, de 23 años, en atención a la orden no.11091-ME-14, y Juan Carlos Ramírez Soto (JC). Los detalles del arresto fueron ofrecidos por el jefe de la Policía, mayor general Manuel Castro Castillo, junto a familiares del malogrado comunicador.

Ricardo Rojas León, hermano, y Yesenia de Roa, esposa del extinto comunicador dijeron sentirse agradecidos por el trabajo realizado por la Policía y expresaron su esperanza de que la justicia encarcele por muchos años a los culpables. Rojas Vicioso fue herido el pasado 06-05-2014, cuando resistió ser asaltado por varios desconocidos en su Mini-Market Rojas-Roa, ubicado en la calle Primera, número 33, del sector Ralma. El informe policial narra que dos hombres se presentaron al Mini-Market Rojas-Roa y tras simular que comprarían dos refrescos, uno de ellos haló un arma de fuego y advirtió a los presentes que se trataba de un asalto.

El jefe de la Policía Nacional, mayor general Manuel Castro Castillo, dijo ayer que las investigaciones del crimen contra el camarógrafo Newton González, del Canal 25 de televisión, en Santiago de los Caballeros, están muy avanzadas, pero que no se pueden dar detalles por el momento. Explicó que para no interferir con las indagaciones no se revelarán las informaciones obtenidas, pero que en las próximas horas se darán a

Newton González

conocer públicamente los resultados de esas investigaciones. González fue atacado a tiros por desconocidos mientras estaba en un establecimiento comercial de Santiago de los

Caballeros y además de camarógrafo, también trabajaba como editor de imágenes. Los asesinos tenían sus cabezas cubiertas con cascos protectores para evitar ser identificados.


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Los fiscales exigirán el 1.44% de presupuesto estatal para sector Por precariedades compran hasta papel los fiscales en otros aspectos entre los que citó seguro básico de salud, deplorando “no tener seguro de vida, aun cuando nuestra función es de alto riesgo”. El Movimiento Dignidad para el Ministerio Público dice continuará la lucha a nivel de opinión pública, la sociedad civil e institucional, con la finalidad de lograr la remuneración que les corresponde a los fiscales.

LILIAM MATEO

l Movimiento Dignidad para el Ministerio Público reafirmó su lucha para lograr la ejecución del 1.44 por ciento del Presupuesto del Estado, anunció ayer Surely Jáquez Vielet, quien elabora junto a un grupo de magistrados un proyecto de asignación presupuestaria para presentarlo al Congreso Nacional. Destacó que de RD$8,829 millones que le corresponde por Ley al Ministerio Público, este año solo obtuvieron una partida de RD$3,254 millones, equivalente a un 37 por ciento. “Hay fiscales en los pueblos que tienen que comprar hasta resmas de papel y otros materiales gastables de sus propios bajos salarios y trasladarse en vehículos propios, así como utilizar sus propias computadoras”, sostuvo. Indicó que los fisca-

E

les tampoco tienen gastos de representación a pesar de que tienen que trasladarse a numerosos lugares dentro y fuera del país, a cumplir su función de fiscalizador. Anunció que el próximo martes la entidad que preside recibirá en rueda de prensa el apoyo de Participación Ciudadana. Dijo que aspiran a ser incluidos en el presupuesto complementario y en el presupuesto general del

Estado para el 2015, con sueldos igualados a los jueces de acuerdo a la escala salarial y rangos. “Estamos reclamando varias demandas y reivindicaciones conforme a lo establecido en la Ley 133-11 orgánica del Ministerio Público que otorga a los fiscales un salario justo y equitativo”, comentó. Según Jáquez Vialet, la lucha no es solo salarial, sino también para paliar la situación crítica que viven

No se corrompe Jáquez Vialet considera que un fiscal puede realizar su labor de manera transparente sin corromperse basando su trabajo en la vocación de servicios. “Soy del criterio que el fiscal que no se sienta satisfecho en su función debe renunciar, pero nunca corromperse. Si el fiscal siente que su salario no le recompensa, que renuncie, pero nunca se corrompa”, reiteró.

Ascienden y trasladan 11 miembros del MP El procurador general de la República y presidente del Consejo Superior del Ministerio Público, Francisco Domínguez Brito, dispuso ascensos y traslados de otros once fiscales y procuradores de cortes. Un comunicado de prensa explica que el procurador fiscal titular de Higüey, Lucas Evangelista Pérez fue promovido a procurador general titular de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís. Asimismo, el procurador fiscal titular de Constanza, Fernando Quezada, fue elevado a procurador general de Medio Ambiente en ese

distrito judicial y en su lugar fue designado el procurador fiscal Miguel Collado Marte tras ser promovido de procurador fiscal a titular. Igualmente, el procurador fiscal de Monte Plata, Guillermo Leyba Moreno, fue ascendido a procurador fiscal titular y fue elevado a procurador fiscal titular de San Pedro de Macorís, Pedro

Núñez Jiménez, quien se desempeñaba como procurador fiscal de Higüey. Asimismo, fue trasladado Ángel René Pérez García, quien de procurador general titular de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís pasará a procurador general titular de Medio Ambiente en esa provincia. También, Altagracia Pérez Inirio fue traslada-

da de la Procuraduría General de Medio Ambiente de San Pedro de Macorís a la Procuraduría Especializada de la Salud con asiento en La Romana. Finalmente, el procurador fiscal titular de San Pedro de Macorís, Edwin Osvaldo Encarnación Medina pasará a desempeñar iguales funciones en la Procuraduría Fiscal de Higüey.

Mariano Germán Mejía

Francisco Domínguez Brito

Presidente de la SCJ gana RD$423,000; el procurador general cobra RD$175,000 LILIAM MATEO

La ineficacia y corrupción en el Poder Judicial es atribuida, entre otros factores, a falta de un real presupuesto institucional, a los bajos salarios que devengan los magistrados y demás personal administrativo de ese importante sector estatal. Sin embargo, una investigación realizada por El Nuevo Diario determinó que los salarios devengados por los hombres y mujeres de la toga y el birrete desdice muchas veces las reiteradas justificaciones del comportamiento ético profesional que asumen numerosos profesionales en sus respectivas funciones. De acuerdo a la “tabla de salarios” el procurador general de la Republica gana RD$175,000 y un procurador general adjunto RD$166,750. Entre los procuradores fiscales, el titular gana RD$92,000 y el procurador fiscal adjunto RD$69,000. En el área judicial, el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) tiene un salario de RD$423,000; el juez primer sustituto RD$356,961, el juez presidente de una sala de la SCJ RD$345,978, el juez segundo sustituto RD$345,978 y un juez de SCJ RD$375,000. De igual manera, el presidente del Tribunal

Constitucional (TC) gana un salario de RD$420,726; el juez primer sustituto del tribunal, RD$400,476 y el juez segundo sustituto de ese órgano RD$360,726. En tanto, el presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE) devenga un salario de RD$400,000 y los demás jueces miembros del organismo, RD$360,000. De igual forma, el juez procurador general de la Corte de Apelación titular, gana RD$115,000, mientras que el procurador general de la Corte de Apelación tiene un salario de RD$97,750. Igualmente, un juez presidente de corte gana RD$158,400 y un juez primer sustituto de corte y presidente de sala RD$158,400; un juez segundo sustituto de corte RD$142,560; un juez presidente de sala de corte RD$142,560 y un juez de corte RD$155.000. Asimismo, un juez de primera instancia RD$115,000; un juez de ejecución de la pena RD$115,000 y juez de paz RD$90,000. Dice la página Web donde fueron obtenidas estas cifras que “con el aumento de marzo 14 incluidos. Los demás están actualizados al mes de enero de este 2014, igual los salarios de los miembros del tribunal Superior Electoral y Tribunal Constitucional”.


PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO A QUIEN PUEDA INTERESAR

TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION, ORIGINAL DE LA PROVINCIA SAN CRISTOBAL 26 de junio de 2014 Del: Tribunal de Tierras Jurisdicción Original-San Cristóbal. Asunto: Aviso Requerimiento, Auto de Emplazamiento y Fijación de Audiencia. Expediente No. 0297-14-00352. A todos quienes pueda interesar. Al Abogado del Estado: al Reclamante: LUIS CONFESOR TEJEDA GONZALEZ, a los colindantes: al Norte: Calle La Trinitaria; al Este: Adelcio Paul Hernández; al Sur: Río Blanco y al Oeste: Agroindustria Benemérita, S.A.S. Provincia: San Cristóbal, municipio Cambita Garabitos; D.C. No. 21, Parcela 996-Resultando-307450466963. Otros interesados: SE CITAN: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés jurídicamente protegido o potestad en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la provincia San Cristóbal, el día 13/08/2014, a las 9:00 horas de la mañana en el lugar ubicado en la calle Gral. Cabral No. 15, Esq. Padre Borbón, 2do. Nivel del Palacio de Justicia de la provincia San Cristóbal, a fin de conocer e instruir el proceso de Saneamiento dentro de la parcela antes descrita, reclamada por LUIS CONFESOR TEJEDA GONZALEZ. Dado: En la ciudad de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, el día 26 de junio de 2014, años 171 de la Independencia y 150 de la Restauración.

Se hace de público conocimiento que se ha perdido la CARTA CONSTANCIA del Certificado de Título No. 94, libro No. 28, Folio No. 151 correspondiente a la Parcela No. 1029, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Constanza, provincia de La Vega, propiedad del SR. LEONEL SORIANO QUEZADA, dominicano, mayor de edad, casado, agricultor, portador de la cédula de identidad y electoral No. 053-0014460-6, residente en la ciudad de Constanza, provincia de La Vega, con un área de 22,155.66 M2, (veintidós mil ciento cincuenta y cinco punto sesenta y seis metros cuadrados), para lo cual solicitó la cooperación de cualquier persona o institución, que me ayude a conseguir el mencionado documento.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del artículo 22 de la Ley 1306, sobre el Divorcio, se hace saber a la señora MARIA MERCEDES OLIVARES PAULINO, cuyo último domicilio conocido fue en el Municipio de Gaspar Hernández y que en la actualidad tiene domicilio desconocido, que su legítimo esposo el señor FABIO GARCIA MORALES, dominicano, mayor de edad, casado, portador del de la cédula de identidad y electoral No.001-1777994-2, domiciliado y residente en el Municipio de Gaspar Hernández, procederá a emplazarla en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, el miércoles nueve (9) de julio del año 2014, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Espaillat, República Dominicana, por intermedio de su abogada Constituida y Apoderada Especial la Dra. Luz María Inoa Ureña, Abogada de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la calle Pedro Pablo Arias No.5,de ésta ciudad de Gaspar Hernández, Provincia Espaillat, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio, para los fines de la presente demanda en divorcio; a fin de que el día miércoles que contaremos a veintitrés (23) de julio del año 2014, a las 9:00 de la mañana, comparezca por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat, sita en uno de los apartamentos del edificio marcado con el No.63 de la calle Duarte donde funciona el palacio de Justicia de Moca. En la Ciudad y Municipio de Gaspar Hernández, Provincia Espaillat, a los treinta (30) días del mes de junio del año 2014.

Dra. Luz María Inoa Ureña Abogada Apoderada

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del artículo 22, de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, el señor RENE EUGENIO DAMIRON JAVIER, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No. 223-0002143-7, domiciliado y residente en la calle Uruguay, esquina Bolívar No. 15, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. SAMUEL DE JESUS GENAO ESPINAL, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral Nos. 0560089929-7, con domicilio profesional abierto en la calle Uruguay casi esquina Av. Bolívar, apartamento No. B-1, Residencial Isabel Patricia, sector Gazcue, Santo Domingo; lugar donde hace formal elección de domicilio para todas las consecuencias legales de la presente publicación, participa a su legítima esposa, señora JESUSAN CRISTINA GÓMEZ, quien tuvo su último domicilio conocido en el Residencial Isabel Patricia, apartamento No. B-4, No. 15, de la Av. Bolívar, sector Gazcue, Santo Domingo, en atención a las disposiciones del artículo 69, párrafo 8vo. del Código de Procedimiento Civil, y por medio de la presente publicación, su legítimo esposo, señor RENE EUGENIO DAMIRON JAVIER, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa de Incompatibilidad de Caracteres, por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, ubicado en el Palacio de Justicia ubicado en la calle Fabio Fiallo, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día viernes que contaremos a cuatro (4) del mes de julio del ano Dos Mil Catorce (2014), para que comparezca a la audiencia que se llevará a cabo en la Séptima Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicado en la calle Santiago, esquina Socorro Sánchez, No. 68, Santo Domingo, Distrito Nacional, el día dieciséis (16) de julio del año 2014, a las nueve (9:00) horas de la mañana, a puerta cerrada, a los fines de oír a su legítimo esposo, señor RENE EUGENIO DAMIRON JAVIER, por mediación de su abogado constituido, solicitar la admisión de su divorcio por la causa antes indicada. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los treinta (30) días del mes de junio del año Dos Mil Catorce (2014).

LIC. SAMUEL DE JESUS GENAO ESPINAL Abogado Apoderado.

FC 303936

FP 65626

Doy Fe: SOLANLLY M. CATANO SOTO, Secretaria.

AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION AGENCIA DE ADUANA LUIS F. REYES & ASOCIADOS, S.A. CAPITAL AUTORIZADO: RD$50,000.00 CAPITAL PAGADO: RD$50,000.00 RNC No. 130327173 Registro Mercantil No. 46376SD

De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía AGENCIA DE ADUANA LUIS R. REYES & ASOCIADOS, C. X A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: La modificación del nombre de la compañía AGENCIA DE ADUANA LUIS F. REYES & ASOCIADOS, C. X A., la cual se denominará: “AGENCIA DE ADUANA LUIS F. REYES & ASOCIADOS, S.R.L.”, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; La empresa tendrá como objeto social coordinación de embarques, transporte terrestres, aéreos y marítimos, exportación e importación de mercancía, consolidadotes de carga, almacenaje de mercancías, gestiones aduanales, así como cualquier otra actividad comercial relacionada con el objeto principal que no esté prohibida y que sea de lícito comercio; el domicilio de la empresa estará en la calle Segunda No. 11, barrio Holguín, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, el capital autorizado será de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00), divididos en Mil (1,000) cuotas sociales, con un valor nominal de CIEN PESOS DOMINICANOS (RD$100.00) cada una, la empresa será administrada dos gerentes, designado al efecto, la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto de transformación de la sociedad se convoca a los accionistas de la compañía AGENCIA DE ADUANA LUIS F. REYES & ASOCIADOS, C. X A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social de la compañía, junto con el balance especial, el informe del Comisario de Cuentas y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad. En la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana.

FC 304119

LUIS FELIPE REYES SOLANO, Presidente.

AVISO DE DIVORCIO (PUBLICACION DE DIVORCIO)

En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el párrafo único del art. 22 de la ley 1306-bis sobre divorcio, el señor DOMINGO FLORENTINO CRUZ dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral no. 047-0001281-0, empleado privado, domiciliado y residente en Puerto Rico y de tránsito en la calle 2, casa no. 2 en Palo Blanco Jarabacoa, y quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la Licda. Ingrid M. García Abreu dominicana, mayor de edad, abogada de los tribunales de la república, portadora de la cedula de identidad no. 047-0113796-2, con estudio profesional abierto en la calle Duverge, Plaza Laurel no. 37 apto. 2, segundo nivel, en la ciudad de la Vega, ADVIERTE Y HACE SABER por medio del presente acto a su legitima esposa KENIA MEDINA RIVERA cuyo último domicilio conocido fue en la calle 2 casa no. 2 de Palo Blanco Jarabacoa y a falta de información acerca de su actual domicilio se procederá a notificar el emplazamiento con en fecha 03 del mes de Julio del año 2014 a los fines de divorcio por incompatibilidad de caracteres por ante la persona del magistrado procurador fiscal del distrito judicial de la vega, en su despacho ubicado en la primera plante del palacio de justicia de la indicada Ciudad, el cual se encuentra ubicado en las Esquinas formadas por las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duverge, a que compadezca a la 9:00 horas de la mañana a la audiencia de divorcio por incompatibilidad de caracteres que ha sido fijada por ante la primera sala de la cámara civil y comercial de la primera circunscripción del juzgado de primera instancia del distrito judicial de la Vega, sito, en unos de los salones de la tercera planta del palacio de Justicia de esta Ciudad de La Vega, el cual se encuentra ubicado en la esquina formada por las Calles García Godoy, Monseñor Panal y Duverge, el día Lunes Catorce 14 del mes de Julio del año 2014. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Republica Dominicana a los 26 días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha dieciséis (16) del mes de mayo del año dos mil catorce (2014), el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, mediante la sentencia civil No. 00279-2014, ordenó lo siguiente: PRIMERO: Se admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos JULIO CESAR MATEO RODRIGUEZ y NATALIA DEL ROSARIO PERCEL PUELLO, de conformidad con el acto de Estipulación y Convenciones No. 56-2014, de fecha siete (07) del mes de abril del año dos mil catorce (2014), instrumentado por la LICDA. MIROLANDA YUDELKA GUERRERO GUERRERO, Abogada Notario Público de los del número para el municipio de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, con matrícula del Colegio de Notarios Público número 4279. Así mismo se hace saber que en fecha diecisiete (17) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción la referida sentencia en el Libro No. 00003, del registro de divorcio, Folio No. 0093, Acta No. 000267, año 2014, así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, hoy día dos (02) del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LICDA. DILENIA ALTAGRACIA PERCEL GONZALEZ, Abogada.

FC 304121

(AC-5936-PC-1-2-3/06/14)

AVISO DE INCORPORACION MINISTERIO ARCA EN ZION De conformidad con la ley No. 122-05, del 8 de abril del año dos mil cinco (2005), sobre regulación y fomentación y Registro de las asociaciones sin fines de Lucro en República Dominicana, se hace de público conocimiento la incorporación del MINISTERIO ARCA EN ZION, el cual tiene como domicilio social en la calle Primera No. 73, del municipio de Los Alcarrizos, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, mediante resolución No. IONG 012-2014 de fecha 24 de marzo del año 2014, mediante la resolución del Magistrado DR. Julio César Castro Castro, Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, cuya duración es por tiempo indefinido, su objeto social es establecer congregaciones cristianas evangélicas y predicar la palabra de Dios. E1 Presidente es la persona autorizada para representar el Ministerio Arca en Zion ante terceras personas físicas o morales, así como de cualquier acción en justicia, está compuesta por nueve (9) miembros, su Consejo de Administración está integrado de la siguiente manera: FELIX MANUEL MARTINEZ OGANDO, Presidente; HECTOR DEL JESUS NUÑEZ, VICE-PRESIDENTE; MAYRA CABRERA, Secretaria; YAMELIN ACOSTA VICENTE, Tesorera; JOSE ANTONIO MEJIA, Vocal. ALEXIS DOTEL REYES, Vocal; MIGUELINA JIMENEZ PEREZ, Vocal; JOSEFINA VARGAS FLORENTINO, Vocal; EDWIN DEL JESUS NUÑEZ, Vocal. En la ciudad de Santo Domingo Oeste, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de julio del año Dos Mil Catorce (2014).

FELIX MANUEL MARTINEZ OGANDO Presidente FC 304079

LEONEL SORIANO QUEZADA, Propietario. FC 304122

Aprobado: WANDA YISEL PEREZ MARTINEZ, Jueza.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

LICDA. INGRID M. GARCÍA ABREU ABOGADA APODERADA

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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

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PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha dieciséis (16) del mes de mayo del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, dictó la sentencia civil de Divorcio, por mutuo Consentimiento No. 00146/2014, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio entre los esposos PEDRO PABLO ZAPATA y LAURA MELIZA MORILLO SURIEL, por Mutuo Consentimiento, conforme a las estipulaciones y convenciones por ellos pactadas y contenidas en el Acto No. 089, de fecha veinticinco (25) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014), instrumentado por la LICDA. LUZ DEL ALBA PEÑA CASTILLO, Notario Público de los del número para el municipio de Fantino. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil competente. TERCERO: Compensa pura y simple las costas del procedimiento. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma: JACQUELINE YNMACULADA RAMOS UREÑA, Juez de la Cámara Civil y Comercial; ELISANIA MARIA PEREZ HEREDIA, Secretaria. El referido divorcio fue pronunciado y la Sentencia que lo admite, en fecha uno (01), del mes de julio del año dos mil catorce (2014), por ante el Oficial del Estado Civil de Fantino, registrada en el Libro No. 00001, Folio No. 0033, Acta No. 000017 del año 2014. La presente publicación es autorizada por el Abogado de las partes. En la ciudad, municipio de Fantino, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LICDO. RAFAEL ARIDIO HIDALGO G., Abogado. FC 304128

AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el Certificado Financiero Código de Instrumento No.10000123309, documento no.010568 por valor de RD$450,000.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS 00/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, los cuales se dieron apertura en fecha 21/06/2013, expedido por LA COOPERATIVA VEGA REAL a nombre de: ESTELA MOTA MORA, HÉCTOR FERNANDO NÚÑEZ MOTA Y ROSARIO ALTAGRACIA MAGDALENA NUÑEZ MOTA DEPOSITANTES (FAGT-AC-5965-PC-03-04-05/07/2014)

Dr. Héctor B. Messina Mercado Abogado En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha dieciocho (18) del mes de mayo del año 2009, la Cámara Civil, Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Este, Primera Sala, mediante la sentencia civil No. 3551/ de fecha 12 de diciembre del 2013, ordenó lo siguiente: “FALLA” PRIMERO; RATIFICA EL DEFECTO PRONUNCIADO EN AUDIENCIA contra la parte demandada CLARITZA DEIRDRE AMPARO JIMENEZ, por no haber comparecido no obstante haber sído legalmente citada; SEGUNDO; ADMITE el divorcio por la causa determina de Incompatíbilidad de Caracteres entre los señores EDGARDO ALAYN DE LA CRUZ BROS Y CLARITZA DEIRDRE AMPARO JIMENEZ, con todas sus consecuencias legales, en ese sentido; A) OTORGA la GUARDA Y CUIDADO de las menores ASHLEY ELAINE Y ASHANTI NICOLE, a favor de la madre CLARITZA DEIRDRE AMPARO JIMENEZ; TERCERO; COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; CUARTO; ORDENA EL PRONUNCIAMIENTO de la presente sentencia por ante el oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento a las formalidades prevista en la Ley del Divorcio; QUINTO: COMISIONA al Ministerial MICHAEL FERNANDO NUÑEZ CEDANO, Alguacil Ordinario de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, a los fines de Notificar la presente sentencia: Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma.- (FDOS) DR. RAFAEL DELFIN PEREZ Y PEREZ; NANCY UBALDO CRUZ, SECRETARIA). la sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica;

VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO PRIMERA PUBLICACION Ha sido fijada para el día, que contaremos a treinta y uno (31) del mes de Julio del año 2014, a las Nueve horas de la mañana (9:00 a.m), la venta en pública subasta, al mejor postor y último subastador, en audiencia pública de pregones que al efecto celebrará la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, en el local donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, sito en la edificación marcada con el No. 103, de la Av. Ramón Matías Mella esquina Altagracia, del sector de Villa Mella, del municipio de Santo Domingo Norte, de la provincia de Santo Domingo, del inmueble descrito a continuación: “Una porción de terreno con una extensión superficial de treinta y un mil seiscientos siete metros y setenta y cinco decímetros cuadrados (31, 607.75 mts2) ubicados dentro de la parcela No. 16 del Distrito Catastral No. 19 del Distrito Nacional.” El referido inmueble ha sido embargado en perjuicio de los señores PEDRO ABREU y RAMONA PAULINO, domiciliados en la edificación marcada con el número 25 de la calle Ramón Castillo, del Sector Ensanche Alma Rosa, del municipio de Santo Domingo Este, de la provincia de Santo Domingo y en la edificación marcada con el número 13 de la calle Jacinto de la Concha del Sector de Villa Francisca, del Distrito Nacional, respectivamente, a diligencias y persecución de A) HENRY TAPIA SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, provisto de la cédula de identidad y electoral número 001-1196895-5, domiciliado y residente en la edificación marcada con el No. 21 de la calle Chicago, del sector El Milloncito, de esta ciudad del Distrito Nacional; (B) JUAN JESUS CARMONA HERMOSO, de nacionalidad española, mayor de edad, soltero, comerciante, provisto del pasaporte No. 0918835 domiciliado y residente en el apartamento D-2 de la edificación denominada Edificio Josefina, marcada con el No. 25, ubicado en la avenida Los Próceres del sector Arroyo Hondo, del Distrito Nacional, y; (C) JOSE ALFREDO CASTILLO CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-1112557-1, domiciliado y residente en esta ciudad del Distrito Nacional, quién tiene como abogados constituidos al LIC. PEDRO ANTONIO GRULLON NOLASCO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la república, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0056456-6, los cuales hacen elección de domicilio común en el apto. 102 de la edificación marcada con el No. 34 de la Calle Dr. Delgado del Sector de Gazcue del Distrito Nacional, con domicilio Ad-Hoc en la edificación marcada con el No. 103, de la Av. Ramón Matías Mella esquina Altagracia, del sector de Villa Mella, del municipio de Santo Domingo Norte, de la provincia de Santo Domingo domicilio de elección de los persiguicntes. Los persiguientes han fijado como precio de primera puja la suma de Tres Millones de Pesos Dominicanos (RD$3,000,000.00) a la cual se agregará el monto por el que sea aprobado el estado de gastos y honorarios que sea sometido. Todo subastador deberá depositar en la Secretaría del Tribunal apoderado el equivalente al diez por ciento (10%) del precio de primera puja, en efectivo o en cheque certificado o de administración de una institución bancaria establecida en República Dominicana. ‘Todo lo anterior es de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en fecha fecha 25 de marzo del año 2013 en la Secretaría del Tribunal Apoderado. Hecho y firmado por los abogados de la persiguiente, en la Ciudad de Santo Domingo Este, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de Junio del año 2014.

LIC. PEDRO ANTONIO GRULLON NOLASCO FC 304057


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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La autorizacion dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 28 del mes de Febrero del año 2014, se hace de público conocimiento que el día 11 de Julio del año 2014, a la 10:00 a.m, se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 162-C, del D.C. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Sto. Domingo, calle Frida Kahlo del Residencial Regina II, Exp. No. 663201401987, propiedad de los señores Orialis Altagracia Acosta Velásquez y Hugo David Mirambeaux Pimentel.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ CODIA 9394, CEL: 809-763-4252.

FC 304072

AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La autorizacion dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 28 del mes de Febrero del año 2014, se hace de público conocimiento que el día 17 de Julio del año 2014, a la 10:00 a.m, se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 15-A, del D. C. No. 16/4, del Municipio de San Pedro de Macorís, Provincia San Pedro de Macorís, ubicado en las calles (Manzana No.9), del Proyecto María Graciela, lugar Santa Fe. Exp. No. 663201401989, propiedad del señor Elvio Andrés Batista Ferreras.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ CODIA 9394, CEL: 809-763-4252.

JUNTA DE VECINOS CAMINO DE FE, INC. (JUVECAFE) Comunidad Arroyo Hondo San José de las Matas, provincia Santiago, Rep. Dom. AVISO DE INCORPORACION Cumpliendo con el artículo No. 5 de la Ley 122-05, sobre Asociaciones que no tengan por objeto beneficio pecuniario y sin fines de lucro, se hace de público conocimiento que la JUNTA DE VECINOS CAMINO DE FE, INC. (JUVECAFE), con domicilio social en la calle Principal No. 5, de Arroyo Hondo, en el municipio de San José de las Matas, provincia Santiago, en la República Dominicana, ha recibido de la incorporación mediante la Resolución No. 359 del 25 de junio del año dos mil catorce (2014), de la Procuraduría de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago. Que la Misión de (JUVECAFE) es: Contribuir al desarrollo socio cultural de la comunidad de Arroyo Hondo. Que los objetivos son: 1.- Contribuir con la solución de los problemas sociales, económicos y ambientales de la comunidad de Arroyo Hondo; 2.- Apoyar el desarrollo e implementación de proyectos eco-turísticos, educativos, productivos y ambientales que beneficien a nuestros habitantes de Arroyo Hondo. Que el señor ARIEL JOSUE DIAZ, es el Presidente de (JUVECAFE) y que el primer Consejo Directivo está compuesto por los siguientes miembros: FRANCISCA RODRIGUEZ, Vice-Presidenta; YNES REYES, Secretaria; DIONICIA ESPINAL, Tesorera; BLASINA FERREYRA, Vocal; MIGUEL DE JESUS GORIS, Vocal; NIRLA DE JESUS ESPINAL, Vocal. La presente publicación se hace en cumplimiento de lo que dispone el artículo 5 de la Ley 122-05, sobre Asociaciones sin fines de lucro y su incorporación, hoy 3 de julio del año dos mil catorce (2014).

ARIEL JOSUE DIAZ Presidente

FC 304072

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO En cumplimiento de lo que establece la Ley 13-06-Bis, de Divorcio, modificada al efecto, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintiocho (28) del mes de Junio del año dos mil trece (2013), de la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó la Sentencia Civil No.01012-13, cuyo dispositivo escrito textualmente, así se expresa: FALLA: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la Demanda en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores CLAUDIO ZAVAN y ELIZABETH MADRIGAL SIERRA, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. Segundo: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores CLAUDIO ZAVAN y ELIZABETH MADRIGAL SIERRA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el Acto de Convenciones y Estipulaciones No.6/2013 de fecha 17 de Mayo del 2013, instrumentada por la DRA. IDALIA CALZADO DE LA ROSA, Abogada Notario Público de las del Número del Distrito Nacional. Tercero: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado DANILO CARABALLO NÚÑEZ, Juez, el mismo día, mes y año citado, la cual fue leída en Audiencia Pública por mi Secretaria. Certifico: Que la presente copia es fiel y confonne a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día diecinueve (19) del mes de Julio del año dos mil trece (2013), y la misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca, el día dieciocho (18) del mes de Julio del año dos mil trece (2013), en el libro letra F, No.22921. Primero: Dicho divorcio fue pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, el diecinueve (19) de Julio del año dos mil trece (2013), se encuentra inscrito en el libro 00003, folio 0055 hasta 000455 del año 2013, entre los esposos CLAUDIO ZAVAN y ELIZABETH MADRIGAL SIERRA, según sentencia 01012-13 de la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

DRA. JEANNETTE CRUZ GONZALEZ Abogada FC 304063

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: en fecha Dieciocho (18) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014), a las 9:00 a.m., por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo Este, en sus salones de audiencias públicas, sito en calle Presidente Vásquez No.23, del Ensanche Ozama, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: SOLAR NO. 16, DE LA MANZANA NO. 3605, DEL DISTRITO CATASTRAL No.1 DEL DISTRITO NACIONAL, SOLAR QUE TIENE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 175.81 METROS CUADRADOS, Y ESTA LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NOS. 17 Y 10; AL ESTE: SOLARES NOS. 11 Y 15; AL SUR: SOLAR No.15 Y CALLE N.9; Y AL OSTE: CALLE NO.9 Y SOLAR NO. 17. Amparado por el Certificado de Título No.2005-1805, en cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de LUIS MANUEL ARIAS MONTAÑO, para pagar a diligencias y persecución de los señores RUBEN ALBERTO SANCHEZ FALETTE Y LUISA MARIA MELO TEJADA, quienes tienen como abogado constituido y apoderado especial al LIC. IVÁN FRANCISCO DE LEÓN FRETT, quien tiene su estudio de abogado abierto en la C/Interior J No.79, del sector Ensanche Espaillat, Distrito Nacional, República Dominicana, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: 1) Acto No.688/2013 de fecha NUEVE (09) del mes de Noviembre del 2013, instrumentado por el ministerial LUIS ALBERTO HINOJOSA RODRIGUEZ, ALGUACIL DE ESTRADOS DE LA SALA PENAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO NACIONAL, contentivo del MANDAMIENTO DE PAGO A FINES DE EMBARGO INMOBILIARIO notificado al SR. LUIS MANUEL ARIAS MONTAÑO. 2) Acto No.30/2014, de fecha Treinta (30) del mes de Enero del año 2014, instrumentado por el ministerial LUIS ALBERTO HINOJOSA RODRIGUEZ, ALGUACIL DE Ordinario DE LA SALA PENAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO NACIONAL, contentivo de la DENUNCIA DEL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO. Dicho embargo inmobiliario y denuncia fueron inscritos por ante el Registro de Títulos de Santo Domingo en fecha treinta (30) del mes de Enero del año 2014. El precio de la primera puja será la suma de un millón Ochocientos Mil Pesos RD$1,800,000.00, a que asciende la deuda del embargo frente a los persiguientes, más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque Certificado. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Dos (2) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014).

LIC. IVAN FRANCISCO DE LEON FRETT Abogado de los Persiguientes. FC 304069

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor ANGEL B. CRUZ, dominicano, mayor de edad, chofer, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0103100-1, domiciliado y residente en la calle Basilio de Soto No. 1, sección Boca Canasta, del municipio de Baní, provincia Peravia, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. HECTOR GERALDO SANTOS, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0018598-0, con bufete profesional abierto en la casa No. 2, de la calle Máximo Gómez, de esta ciudad de Baní, lugar donde dicho señor hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de divorcio; ADVIERTE a su esposa LEONA M. ORTEGA, cuyo último domicilio conocido fue en: 35 Commercial St. Lynn MA 01902, Estados Unidos de América, que procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Peravia, el día ocho (8) de julio del año 2014, para que comparezca por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, a las 9:00 a.m. (nueve) horas de la mañana, del día treinta (30) de julio del año 2014, el cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la segunda planta del edificio No. 106, de la calle Máximo Gómez, de la ciudad de Baní. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

FI 9672

DR. HECTOR GERALDO SANTOS Abogado Apoderado.

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor JOSE ALTAGRACIA SANCHEZ DEL JESUS, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0064752-6, domiciliado y residente en 7644-85 Rd, Wood Haven, NY 11421, Estados Unidos de América, y en la República Dominicana, en la calle Juan Caraballo No. 40, de la ciudad de Baní, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. HECTOR GERALDO SANTOS, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0018598-0, con bufete profesional abierto en la casa No. 2, de la calle Máximo Gómez, de esta ciudad de Baní, lugar donde dicho señor hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de divorcio; ADVIERTE a su esposa SUGEY DEL CARMEN CASTILLO, cuyo último domicilio conocido fue en la ciudad de Baní, que procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Peravia, el día ocho (8) de julio del año 2014, para que comparezca por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, a las 9:00 a.m. (nueve) horas de la mañana, del día treinta (30) de julio del año 2014, el cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la segunda planta del edificio No. 106, de la calle Máximo Gómez, de la ciudad de Baní. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

FI 9672

DR. HECTOR GERALDO SANTOS Abogado Apoderado.

PUBLICACION DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 25 de febrero del año 2014, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil marcada con el No. 0188-14, cuyo dispositivo copiado de manera textual dice de la siguiente manera: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor Carlos Manuel Soler, por falta de comparecer no obstante haber sido legalmente citado. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora Yubelys Fabal, contra el señor Carlos Manuel Soler, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Carlos Manuel Soler y Yubelys Fabal, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. CUARTO: Otorga la guarda y cuidado de Desiree, a cargo de su madre, señora Yubelys Fabal. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento. SEPTIMO: Comisiona al ministerial Fabio Correa, de estrado de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. Así se ordena, manda y firma: Ileana Gabriela Pérez García, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada Ileana Gabriela Pérez García, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. El presente divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción, del Distrito Nacional, en fecha doce (12) de Junio del año 2014, transcrito bajo el acta No. 001060, Libro No. 00011, Folio No.0114, año 2014. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014).

FC 304070

LIC. MARDONIO DE LEON Abogado.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Venta en pública subasta, fijada para el, día viernes que contaremos a cuatro (04) del mes de julio del año 2014; en el Mercado Público de Los Minas a las 08:00 a.m., ubicado en la calle Francisco Segura y Sandoval Esquina Fernando de Navarrete, por lo que será vendido: un carro marca Honda, modelo Grand, color dorado, placa A-260780, en virtud del embargo ejecutivo No.1094/2014, realizado en fecha veinticuatro (24) de junio del año 2014; al señor Hairo José Benítez Alcántara, donde el ministerial Carlos Alberto Reyes Portorreal, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal del Juzgado Primera Instancia del Distrito Nacional, 1er. Tribunal Colegiado; es quien actuará como Vendutero Público. En la ciudad Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

Carlos Alberto Reyes Portoreal Vendutero Público FC 304064

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de Público conocimiento que en fecha treinta y uno (31) días del mes de marzo del año Dos Mil catorce (2014), la Tercera Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó una sentencia Civil No. 00458-2014, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia contra HASON GONZALEZ MERCADO, por no comparecer no obstante citación legal; SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en Divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por ARACEIS MATO FELIZ, contra HASON GONZALEZ MERCADO, por haber sido interpuesta conforme al derecho; TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante por ser justa y reposar sobre prueba legal y en consecuencia, admite el divorcio entre ARACEIS MATO FELIZ y HASON GONZALEZ MERCADO, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres; CUARTO: ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente, que en la especie es la Décimoquinta Circunscripción de Santo Domingo; QUINTO: Compensa las costas por tratarse de una Litis entre esposos; SEXTO: Comisiona al Ministerial JUAN RODRIGUEZ CEPEDA, Alguacil ordinario de la Tercera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo Oeste; la presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada Evelyn Valdez Martínez, Juez que presidió, y yo, Viadina Altagracia Docasta Gomes, Secretaria, el mismo día, mes y año ante señalado. Que en fecha treinta (30) del mes de Junio del año Dos Mil Catorce ( 2014), la Oficial de Estado Civil de la Décimoquinta Circunscripción de la provincia Santo Domingo, pronunció dicho divorcio y transcribió la sentencia mencionada en el Libro No.00002 de Registro de Divorcio, Folio 0192, Acta No. 000392, año Dos Mil Catorce (2014).

LICDA. YOANDY TERESA TINEO VARGAS Abogada Apoderada

FC 304080

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha Ocho (08) del mes de Mayo del año Dos Mil Catorce (2014), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia Civil No.0639-14, Expediente No.532-14-00530, en Nombre de la República, en materia de divorcio, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Rafael Emilio Arias Pimentel y Rocío Gregoria Aracil De Jesús, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Rafael Emilio Arias Pimentel y Rocío Gregoria Aracil De Jesús, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No.46, de fecha 30 de diciembre del 2013, instrumentado por la Lic. Carmen Rosa Colón, Notario Público de las del Número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada a la presente sentencia. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: ILEANA GABRIELA PEREZ GARCIA, Juez, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Ramona Melissa Matos Almánzar, Secretaria. IGPG/RN/JMG. De la misma forma la JUNTA CENTRAL ELECTORAL, DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL, CERTIFICADO DE DIVORCIO, CERTIFICAMOS: Primero: Que el día Seis del mes de junio del año dos mil catorce (06-06-2014), hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor RAFAEL EMILIO ARIAS PIMENTEL, país de nacionalidad: República Dominicana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-1274978-3, y la señora ROCIO GREGORIA ARACIL DE JESUS, país de nacionalidad: República Dominicana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-14772023, por la causa de MUTUO CONSENTIMIENTO, cumpliendo las formalidades exigidas por la Ley. Segundo: Que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No.00011 de registros de DIVORCIO, Folio No.0040, Acta No.001025, año 2014, en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra.. CIRCUNSCRIPCION del DISTRITO NACIONAL. Expedido en DISTRITO NACIONAL, el día VEINTICINCO (25) del mes de JUNIO del año DOS MIL CATORCE (2014). JOSE AGUSTIN REYES DURAN. OFICIAL DEL ESTADO CIVIL. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día Lunes que contaremos a treinta (30) del mes de Junio del año Dos Mil Catorce (2014).

FC 304066

LIC. LUIS ADOLFO ARIAS MEJIA Abogado.


JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

www.elnuevodiario.com.do AVISO DE DIVORCIO (PUBLICACION DE DIVORCIO) En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticinco (25) de marzo del año 2014, la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No. 00759/2014, cuyo dispositivo textualmente dice así: FALLA: UNICO: Declara bueno y válido el acto de estipulaciones y convenciones No. 11/2014, firmado por los esposos ALEXI DE LA ROSA BIDO y MARIANA PASCUAL DE LA CRUZ, de fecha doce (12) de febrero del año dos mil catorce (2014), por ante el DR. MARIO RAUL FIGUEREO CEDEÑO, Abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por las consideraciones expuestas, en consecuencia: A: Admite el divorcio por mutuo Consentimiento entre los cónyuges ALEXI DE LA ROSA BIDO y MARIANA PASCUAL DE LA CRUZ; B: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. C: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Asimismo, se hace saber que en fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro 00011, Folio 0108, bajo el Acta No. 001057, el año 2014, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día dos (02) del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LICDA. CINTHIA RAMIREZ ROBINSON, Abogada. FP 65617

AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha nueve (9) del mes de abril del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Baní, provincia Peravia, mediante la sentencia civil No. 120, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora YESENIA RAQUEL PEÑA, en contra el señor DONY OMAR MONTERO ARIAS. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores YESENIA RAQUEL PEÑA y DONY OMAR MONTERO ARIAS, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial Civil correspondiente. CUARTO: Compensan las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. QUINTO: Comisiona al Ministerial FEDERICO MANUEL VALDEZ PEREZ, de Estrado de este Tribunal, para la notificación de esta sentencia. La presente sentencia ha sido emitida y firmada por Miguel Angel Pérez Méndez, el mismo día, mes y año señalados la inicio de la misma, registrada en fecha 11 del mes de abril del año 2014; en Libro 3-0, por un monto de RD$200.00) en la Oficina de la Dirección de Registro Civil de Baní, provincia Peravia, lo que certifico y doy fe. LISBETH I. ANDUJAR GONZALEZ, Secretaria. Asimismo se hace saber que en fecha veinte (20) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Baní, provincia Peravia, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No. 0047, Acta No. 000024, año 2014, en la Oficialía del Estado Civil de la 2da. Circunscripción de Baní. Así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, hoy día veinte (25) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

LICDO. LUIS EDUARDO HERRERA ALVAREZ, Abogado. FC 304123

AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE LA SOCIEDAD Y CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CONSTRUCTORA AMERICA, C. POR A.

Capital Social Autorizado: RD$9,100,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$9,100,000.00 R.N.C. No. 1-30-28641-8 Registro Mercantil No. 42967SD Domicilio social: Av. Rómulo Betancourt, casi Esq. avenida Isabel Aguiar, sector de Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, República Dominicana. De acuerdo a lo establecido por el Artículo 445 de la Ley No. 479-08, promulgada el 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la sociedad CONSTRUCTORA AMERICA, C. POR A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Dicho proyecto establece de manera principal: a) La modificación del nombre de la Compañía CONSTRUCTORA AMERICA, C. POR A., la cual en lo adelante se denominará “CONSTRUCTORA AMERICA, S.R.L.”; b) La sociedad estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; c) La sociedad mantendrá como su objeto social, el fomento y patrocinio de proyectos, urbanizaciones y lotificaciones, la construcción de edificios de apartamentos, casas, locales comerciales, puentes, carreteras, así como cualquier otro tipo de edificaciones, el desarrollo, promoción, arrendamiento, compra y venta de todo tipo de inmuebles; y cualquier otra actividad de lícito comercio relacionada con dichos objetos y/o permitidas por las leyes; d) El domicilio de la empresa se mantendrá en la ciudad y municipio de Santo Domingo Oeste, República Dominicana; e) El ejercicio social igualmente se mantendrá, con cierre al treinta y uno (31) de diciembre de cada año; f) El capital social de la sociedad queda aumentado en la suma de RD$9,100,000.00, íntegramente aportado y pagado, dividido en noventa y un mil (91,000) cuotas sociales, iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS (RD$100.00); g) La sociedad será administrada por uno o varios gerente(s), designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto de transformación o Estatutos Sociales, así como el balance financiero especial y el informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los accionistas de la sociedad CONSTRUCTORA AMERICA, C. POR A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social de la empresa, sito en la esquina avenida Rómulo Betancourt, casi Esq. avenida Isabel Aguiar, del sector de Herrera, el día Dieciocho (18) del mes de julio del año dos mil catorce (2014). El Proyecto de transformación de la sociedad, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, y el balance especial estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad. En la ciudad y municipio de Santo Domingo Oeste, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

FRANCIS ALEXIS MATEO RAMIREZ Presidente

FP 65610

PERDIDA DE PLACA : vehiculo de carga Marca Toyota modelo Tacoma 4x2 año 1998 color rojo placa No. L313469 chas i s 4TANL42N0WZ136545 a nombre de LUIS ALBERTO JAQUEZ DIAZ CED.051-0018864-7 ( FA - A C - 5 9 3 5 - P T- 1 - 2 3/06/14)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Domoto, modelo Pick Up, año 1994, placa L082805, color gris, c h a s i s 4TARN81A5RZ279514, propiedad de RAMÓN ARQUIMEDES MARTINEZ DOMINGUEZ, cédula No. 001-02639465. FC 304096

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Honda, modelo N.T, año 1982, placa N067021, color verde, chasis C509224703, propiedad de IMPORTADORA VENTURA C. POR.A, RNC y/o cédula No. 101-190752. FP 65526

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Yamaha, modelo RX-S 115, año 2003, placa ONIVA49, color negro, c h a s i s MH33HB0082K263768, propiedad de HEURIS FELIX SANCHEZ MARTINEZ, cédula No. 001-0229377-6. FC 304068

AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La autorizacion dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 18 del mes de Marzo del año 2014, se hace de público conocimiento que el día 11 de Julio del año 2014, a las 3:00 P.M. se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 76, del D. C. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Sto. Dgo., ubicado en la calle Respaldo Primera S/No. de la Urbanización Brisa Oriental VIII, Exp. No. 663201402740, propiedad del señor José Martín Pérez Fernández.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ CODIA 9394, CEL: 809-763-4252.

FC 304072

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 09 de Julio de 2014, a las 09:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de un área de 1,800.00 mts2., dentro de la Parcela No. 68-REF-2, del Distrito Catastral No. 23 del Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, Tomando la calle José Soriano de sur a norte, a la izquierda dentro de los terrenos que correspondieron a la finca La Solana, se encuentra ubicado el inmueble en cuestión. Expediente No. 663201406649, propiedad de los SRES. RAMÓN ANTONIO QUIÑONES Y JOSEFA ELENA CAMILO.

FP 65618

DAYLIN REYES HERNANDEZ Agrim. Contratista Codia 28624

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 82-9318, expedido a nombre del señor LUIS RAFAEL GALAN ESTEVEZ, que ampara los derechos de propiedad del inmueble que se detalla a continuación: Parcela No. 460, Distrito Catastral No. 3, del municipio de Cotuí, provincia de Sánchez Ramírez, según consta en el Certificado de Título No. 202, Libro No. 34, Folio No. 231, volumen No. 0, Hoja No. 274, con una extensión superficial de (67,886.48 Mts.2) metros cuadrados. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los primero (01) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LUIS RAFAEL GALAN ESTEVEZ, Propietario. FP 65619

CASA CRISTIANA, S.A.

CAPITAL SOCIAL: RD$100,000.00 VALOR DE LAS ACCIONES: RD$100.00 RNC: 101-02368-7 • RM: 37402-SD

AVISO TRANSFORMACION DE COMPAÑÍA De acuerdo con las nuevas disposiciones de la Ley No.479-08 y 31-11, sobre la transformación y adecuación de sociedades, la razón social CASA CRISTIANA, S.A. será transformada a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), la cual será denominada CASA CRISTIANA, S.R.L. Su domicilio estará en la calle Juana Vicioso, No.13, Costa Caribe, Santo Domingo, R.D. Teléfono: 809-532-6476, con un capital social de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00), y cuyo objeto es: Compra, venta y distribución en todo el país, de todo tipo de muebles, réplicas, antigüedades, adornos y accesorios para la decoración del hogar, la importación de todo tipo de artículos, materiales y productos para la realización de toda actividad, negocios relacionados con inversiones en general. Desarrollo inmobiliario, pudiendo participar en toda gestión industrial, comercial o de cualquier otro orden de lícito comercio que esté directa o indirectamente relacionada con la actividad disfrutando de las amplias facultades para dedicarse a la realización de todo acto que no le estuviere prohibido expresamente por sus estatutos o por la ley. Por lo cual se convoca para el día Dieciocho (18) de Julio del año Dos Mil Catorce (2014) para aprobar la transformación de la compañía a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).

ELIZABETH CRISTIANA ANTIGUA GARCIA Presidente.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo SADXFA7 (FIT), año 2005, placa A444119, color plateado, chasis 93HGO18405Z502337, propiedad de JUAN CARLOS DE MOYA CHICO. FP 65624 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Fit, año 2001, placa A477021, color blanco, chasis GD1-1040867, propiedad de VICTORIANO SAVIÑON REYES. FP 65625 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Mitsubishi, modelo Lancer, año 2004, placa A548610, color negro, c h a s i s JA3AJ26E94U017862, propiedad de JEFRY RICHARD EUSEBIO CASTILLO. PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Logo, placa A507974, color azul, chasis G33034320, propiedad de OSVALDO ROJAS MORILLO. FC 304118 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, modelo Pick Up, año 1985, placa L122434, color blanco, chasis JT4RN56D2F0092530, propiedad de EDDY ALBERTO GARCIA SANTOS, cédula No. 001-1484237-0. FC 304104 PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta marca Yamaha, modelo RX-S, año 1998, placa N941137, color rojo, chasis 3HB200693, propiedad de RAFAEL ESPIRITU SANTO. FP 65601 PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca Toyota, modelo Corolla Dx, año 1993, placa A492036, color blanco, chasis JT2AE09E0P0027582, propiedad de CARLOS JOSÉ LORA JIMÉNEZ, cédula No. 0011321010-8. FC 304109

15 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 1994, placa G006790, color verde, c h a s i s JT3DJ8W7R0057703, propiedad de JOSE ALBERTO DIAZ CABRERA, cédula No. 031-0348677-9. FC 304110 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Nissan, modelo MWS2LDFE25DWVBX MGA, año 2003, placa I062524, color blanco, c h a s i s JN1MG2E25Z0700179, propiedad de JUAN RAMON FERNANDEZ CORONA, cédula No. 001-1689098-9. FC 304111 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca BM, modelo 100, año 2004, placa N050687, color azul, chasis RIVA S X Y M T 0 5 0 7 11 0 8 , propiedad de DANIEL MARTE GOMEZ, cédula No. 001-062115-7. FC 304112 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Isuzu, año 1998, modelo Oasis, color gris, placa I035722, chasis JR2RJ2868WC001651, a nombre de RAMON ANTONIO ALMONTE GARCIA, CED.0470184699-2 (GLV-AC5966-CM) PERDIDA DE CHAPA: Motocicleta marca Suzuki, modelo Ax100, año 2009, color rojo, placa N534843, chasis LC6PAGA1490821588, propiedad de MELVIN JOSE GIL GUZMAN, cédula No. 225-0030125-8. FC 304113 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta marca Br, modelo 105, año 2010, color negro, placa N711801, chas i s LZXXCHL3010501359, propiedad de OSCAR JAVIER RODRIGUEZ VICTORIANO, cédula 40221143395 (ARP-AC5962-PC)


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EDITOR: HÉCTOR ROMERO

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

hectorromero@elnuevodiario.com.do

www.elnuevodiario.com.do

Exhiben hoy en todo el país el film “Transformers 4, Age of Extinction” a esperada película “Transformers 4: “Age of Extinction”, llegará hoy a las salas de cine de todo el país, luego de recaudar más de USD

L

100 millones durante un fin de semana en las taquillas de América del Norte. La cinta, que tuvo su premier mundial en Hong Kong en junio,

cuenta con las actuaciones de Mark Walhberg, Stanley Tucci, Kelsey GRammer y Nicola Peltz, bajo la dirección de Michael Bay. Desde esta noche los dominica-

nos tendrán la oportunidad de ver esta nueva historia de acción, pero desde ya la Paramount Pictures anunció que en el 2016 habría una nueva entrega de esta saga.

NOVEDADES

Transformers

Dan inicio al

“RD Fasion Week 2014” HÉCTOR ROMERO

on la presentación de un video sobre el proceso de preparación, se inauguró la sala de pasarela del “República Dominicana Fashion Week 2014”, uno de los más importantes eventos de moda del país. La voz de Claudia Sierra alegró a los presentes que esperaban el inicio con la

C

presentación de la diseñadora Jenny Polanco, quien fue seguida por Douglas Tapia y culminada por el veterano mexicano Mitzy. El evento, que durante cinco días conjugará e integrará lo mejor de la moda nacional e internacional, la música, el arte y la belleza, tiene como escenario el moderno y majestuoso Embassy Suites by Hilton Santo Domingo.

En más de 40 desfiles se estarán exhibiendo muestras en el “RDFW 2014”, iniciando con la diseñadora Polanco y los internacionales Douglas Tapia (Venezuela) y Mitzy (México). Este miércoles se presentaron Christian Lagares (RD); Tony Boga (RD); Edwing D’Angelo (USA); Adrian Alicen (PR); Vincent Blanco (España); Jailene

Rubio Charlie: “La entrada de Jochy a Telemicro no me afectará” KENDRY CAMPUSANO

l presentador Juan Carlos Ureña, mejor conocido como El Rubio Charlie, desmintió durante una intervención en dParranda Radio Show que su programa “Akí e´ la cosa”, que se transmite los domingos por Digital 15 saliera del aire como había dicho El Pacha en mismo espacio. “Tal parece que como se rumora su cancelación

E

Rubio Charlie

de Telemundo, El Pachá se confundió y pretende que me suceda lo mismo, pero aprovecho para dar a conocer que mi programa continua en digital 15, y que simplemente los ejecutivos del canal tomaron mi horario para transmitir el mundial de Futbol”, aclaró el comunicador. Manifestó que su espacio de 6 años lleva solo tres domingos que no se transmite en el país pero que si es pasado en todos los Estados Unidos.

La diseñadora cierra su desfile con alegría.

Pérez (RD); Jorge David (RD) y cerrará con Pipo Pere (Puerto Rico). Asimismo, este jueves 3 tendrán a su cargo la apertura los diseñadores nóveles Yokasty Peña (RD) Yuddy Morel (RD) e Ivelisse

Castro (RD); así como Carolina Socías (RD) Lisu Vega (USA) y Maison Marie. También se presentarán este jueves Miguel Chong (Honduras); Lisa Thon, (Puerto Rico); Arcadio Díaz (RD); Eddie Gue-

rrero (Puerto Rico) y Pineda Covalin (México). Para este viernes 4, de Preggo Fashion Show; Ingrid Tejada (USA); Fajas Salomé; Calista; Diany Mota (RD); José Raúl (Puerto Rico); un desfile en honor a la no discriminación; Robert Flores (RD); Stefania Fernández y Douglas Tapia (Venezuela). El último día, el sábado 05 de julio, les corresponde a Desfiles Infantiles: LTB Jeans Kids; Voiture; Nereyda Bravo; Eulalia Uceta; Blue Island (Magdelaine Morel); LTB Jeans; Wilson Alcéquiez (RD); Esteban Martínez (RD); Luis Antonio (Puerto Rico); José Zafra (Perú); Rosita Hurtado (Bolivia); Marisol Henríquez (RD); Hernán Zajar (Colombia) y los desfiles de clausura estarán a cargo de Damaris Rubio (RD) y Walid Atallah (Líbano).

“El Pachá” desmiente cancelación de Telemundo El presentador de televisión Frederick Martínez “El Pacha”, desmintió la información publicada en diversos medios escritos de la no renovación de su contrato con la cadena de estadounidense Telemundo, donde labora desde hace un año conduciendo varios programas. “El Pachá” explicó en una entrevista vía telefó-

“El Pachá”

nica en el programa dParranda Radio Show, el cual se transmite de lunes a viernes de 12 del día a 2:00 de la tarde por

Súper Q 100.9fm, que no tienen que renovarle contrato ya que firmó por cinco años un acuerdo de siete millones de pesos, de los cuales solo tiene uno cumplido. “Voy a demandar a multimedios El Caribe por difamación e injuria, ya que se atrevieron a publicar una mentira en su periódico y el portal Bureo” añadió el productor.


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NOVEDADES

Conos Manía: la primera temakería bre sus puertas en la Plaza Sambil de Santo Domingo, “Conos Manía Temakería”, , un concepto particular que ha captado un gran público amante de la comida criolla que disfruta de la combinación con elementos de la comida internacional. Temakería es el lugar dónde se sirven Temakis, que no son más que una modalidad del suchi japo-

A

Ejecutivos presentan la apertura.

nés que todos conocemos. “Te” en japonés significa “mano” y “maki” “enrollar”. Son conos japoneses enrollados a mano, una especie

de taco mexicano, pero al estilo japonés con forma cónica, sus ingredientes de preparación son similares al maki suchi.

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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

Abren local Bubble-C-Tea “Bubble-C-Tea” inauguró su nuevo local en Plaza Sambil Santo Domingo, en un acto donde asistieron clientes, socios y relacionados a la marca, donde se les presentó las diferentes opciones que ofrece el producto. Todo surgió del deseo de tres jóvenes emprendedores con el

ánimo de ofrecer algo nuevo y divertido al mercado de bebidas en la República Dominicana. Bubble-C-Tea nace de los viajes realizados a diversas zonas del mundo, donde encontraron entre los callejones de los barrios chinos de las ciudades visitadas esta fabulosa bebida.

Manuel Fuente y María Montez.

Cartelera de cine Palacio del Cine (Sambil ) SALA 1 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.-5:15, 7:15, 9:15.(S/D.-3:15, 5:15, 7:15, 9:15)-S/R. SALA 2 “THE FAULT IN OUR STARS: BAJO LA MISMA ESTRELLA”.L/M/MI/J/V.- 4:30, 7:00, 9:30.- TODOS LOS DIAS.SALA 3 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO PASADO” (2D).L/M/MI/J/V.- 4:55, 7:30, 10:05.- (S/D.- 2:30, 4:55, 7:30, 10:05)R/14.SALA 4 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.- 6:45, 8:45.- (S/D.- 4:45, 6:45, 8:45).S/R.SALA 5 “MALEFICA” (3D) (De: Walt Disney) (Sub-Titulada) L/M/MI/J/V.5:05, 7:10, 9:15.-(S/D.- 3:00, 5:05, 7:10, 9:15).SALA 6 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA”.- L/M/MI/J/V.-5:00, 7:15, 9:30.- (S/D.- 2:45, 5:00, 7:15, 9:35).R/16.SALA 7 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 6:00, 8:00, 10:00.- (S/D.4:00, 6:00, 8:00, 10:00) SALA 8 “AL SUR DE LA INOCENCIA” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.-5:30, 5:30, 9:30.- (S/D.-3:30, 5:30, 7:30. 9:30)- R/16 AÑOS.- SALA 9 “LOTOMAN 3” (Pel. Dom) L/M/MI/J/V.- 5:10, 7:35.-(S/D.- 3:00, 5:10, 7:35).SIN REST.SALA 9 “BLENDED: LUNA DE MIEL EN FAMILIA” 9:40.- TODOS LOS DIAS.R/16 AÑOS.SALA 10 “MALEFICA” (De: Walt Disney) (En Español) L/M/MI/J/V.5:45, 7:45, 9:45.- (S/D.-3:45, 5:45, 7:45, 9:45)-

Palacio del Cine (Agora Mall) SALA 1 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.-5:00, 7:00, 9:00.(S/D.-3:00, 5:00, 7:00, 9:00)-S/R. SALA 2 “MALEFICA” (3D) (De: Walt Disney) (En Español) L/M/MI/J/V.- 5:15, 7:20, 9:25.-(S/D.-

3:15, 5:15, 7:20, 9:25).SALA 3 “THE FAULT IN OUR STARS: BAJO LA MISMA ESTRELLA”.- 5:00, 7:30, 10:00.- TODOS LOS DIAS.SALA 4 “BLENDED: LUNA DE MIEL EN FAMILIA” L/M/MI/J/V.5:15, 7:30, 9:45.- (S/D.- 3:00, 5:15, 7:30, 9:45).-R/16.SALA 5 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA”.4:30, 6:45, 9:10.- TODOS LOS DIAS.R/16.SALA 6 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.-5:30, 7:30, 9:30.- (S/D.3:30, 5:30, 7:30, 9:30)SALA 7 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO PASADO” (2D).4:45, 7:15, 9:50 .TODOS LOS DIAS.R/14 .-

Palacio del Cine (Blue Mall) SALA 1 .- ( E N R E P A R A C I O N ) SALA 2 “VIVE LA EMOCION DEL MUNDIAL DE FUTBOL (FIFA WORLD CUP BRAZIL 2014) EN VIVO Y EN (HD)”.- PARA CALENDARIO Y HORARIOS, CONSULTAR PAGINAS WEB.SALA 2 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) 5:45, 7:45, 9:45- TODOS LOS DIAS.SALA 3 “MALEFICA” (3D) (De: Walt Disney) (Sub-Titulada) L/M/MI/J/V.- 4:45, 6:45, 8:45.-(S/D.2:45, 4:45, 6:45, 8:45).SALA 4 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO PASADO” 4:50, 7:20, 9:40.- TODOS LOS DIAS.R/14 AÑOS.SALA 5 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA”.- L/M/MI/J/V.-5:05, 7:40, 10:00.-(S/D.-250, 5:05, 7:40, 10 :00).- R/16.SALA 6 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.-5:30, 7:30, 9:30.(S/D.-3:30, 5:30, 7:30, 9:30)-S/R. SALA VIP.- “THE FAULT IN OUR STARS: BAJO LA MISMA ESTRELLA”.4:40, 7:15, 9:50.- TODOS LOS DIAS.Palacio del Cine (Bella Vista Mall) SALA 1 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español ).- J/V.6:00, 8:00, 10:00.- (S/D.- 4:00, 6:00,

8:00, 10:00).L/M/MI.- 6:00, 8:00.SIN REST. SALA 2 “MALEFICA” (De: Walt Disney) (En Español) J/V.- 6:15.(S/D.- 4:15, 6:15).- L/M/MI.- 6:15.SALA 2 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO PASADO” J/V/S/D.- 8:15, 10:45.- (L/M/MI.- 8:35).R/14 AÑOS.SALA 3 “THE FAULT IN OUR STARS: BAJO LA MISMA ESTRELLA”.J/V/S/D.- 5:45, 8:10, 10:30.-(L/M/MI.6:10, 8:35).-R/16.SALA 4 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA”.- J/V.- 6:05, 8:20, 10:35.- (S/D.- 4:00, 6:05, 8:20, 10:35).R/16 AÑOS.L/M/MI.- 6:20, 8:40.R/16 AÑOS.SALA 5 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) J/V.- 6:45, 8:45, 10:45.- (S/D.- 4:45, 6:45, 8:45, 10:45).- L/M/MI.- 6:45, 8:45.SALA 6 “MALEFICA” (3D) (De: Walt Disney) (Sub-Titulada) J/V.-6:30, 8:30, 10:30.- (S/D.- 4:30, 6:30, 8:30, 10:30).L/M/MI.- 6:30. 8:30.-

Palacio del Cine (Av. Venezuela) SALA 1 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO PASADO” L/M/MI/J/V.- 7:15, 9:45.- (S/D.- 4:45, 7:15, 9:45) R/14 AÑOS.SALA 2 “MALEFICA” (De: Walt Disney) (En Español)

L/M/MI/J/V.- 7:15, 9:15.- (S/D.- 5:15, 7:15, 9:15).SALA 3 “LOTOMAN 3” (Pel. Dom) L/M/MI/J/V.- 7:40, 9:40.- (S/D.- 5:40, 7:40, 9:40).- SIN REST.SALA 4 “AL SUR DE LA INOCENCIA” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 7:45, 9:45.- (S/D.- 5:45, 7:45, 9:45).- R/16 AÑOS.SALA 5 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (En Español).L/M/MI/J/V.-7:25, 9:25.- (S/D.- 5:25, 7:25, 9:250).- SIN REST. SALA 6 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA” L/M/MI/J/V.7:10, 9:30.- (S/D.- 5:00, 7:10, 9:30).R/16 AÑOS.SALA 7 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.-7:00, 9:00.- (S/D.- 5:00, 7:00, 9:00).- SIN REST. SALA 8 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 7:30 9:30.- (S/D.- 5:30, 7:30, 930)

Palacio del Cine “Bella Terra Mall” (Santiago, R.D.) SALA 1 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.- 7:00, 9:00.- (S/D.- 5:00, 7:00, 9:00).- SIN REST. SALA 2 “VIVE LA EMOCION DEL MUNDIAL DE FUTBOL (FIFA WORLD CUP BRAZIL 2014) EN VIVO Y EN (HD)”.- PARA CALENDARIO Y HORARIOS, CONSULTAR PAGINAS WEB.SALA 2 “X-MEN: DIAS DEL FUTURO

PASADO” L/M/MI/J/V.- 7:10, 9:45.- (S/D.- 4:45, 7:10, 9:45).- R/14 AÑOS.SALA 3 “BLENDED: LUNA DE MIEL EN FAMILIA” L/M/MI/J/V.- 7:20, 9:35.- (S/D.- 5:05, 7:20, 9:35).SALA 4 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 7:45 9:45.- (S/D.- 5:45, 7:45, 9:45) SALA 5 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA” L/M/MI/J/V.- 7:05, 9:25.- (S/D.- 5:10, 7:25, 9:40).- R/16 AÑOS.SALA 6 “MALEFICA” (De: Walt Disney) (En Español) L/M/MI/J/V.- 7:30, 9:30.- (S/D.- 5:30, 7:30, 9:30).-

Palacio del Cine (San Francisco de Macorís, R.D.) SALA A “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.- 7:15, 9:15.- (S/D.- 5:15, 7:15, 9:15).-SIN REST SALA B “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 7:45 9:45.- (S/D.- 5:45, 7:45, 9:45) SALA C “MALEFICA” (De: Walt Disney) (En Español) L/M/MI/J/V.- 7:30.- (S/D.- 5:30, 7:30).SALA C “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA” 9:30.- TODOS LOS DIAS.R/16 AÑOS.-

Palacio del Cine (Higuey, R.D.) SALA 1 “COMO ENTRENAR A TU DRAGON 2” (3D) (En Español).L/M/MI/J/V.- 7:15, 9:15.- (S/D.- 5:15, 7:15, 9:15).-SIN REST SALA 2 “EL PELOTUDO” (Pel. Dom.) L/M/MI/J/V.- 7:45 9:45.- (S/D.- 5:45, 7:45, 9:45) SALA 3 “MALEFICA” (De: Walt Disney) (Sub-Titulada) L/M/MI/J/V.- 7:30, 9:30.- (S/D.- 5:30, 7:30, 9:30)SALA 4 “EDGE OF TOMORROW: AL FILO DEL MAÑANA ” L/M/MI/J/V.- 7:25, 9:40.- (S/D.- 5:10, 7:25, 9:40.- R/16 AÑOS.-


18 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, modelo GRJ150LGKAEK, año 2011, placa G237901, color blanco, chasis JTEBU3FJ305007067, propiedad de GRUPO PORTAL DORADO SRL, cédula y/o RNC No. 130738734. FC 303978 PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca San Yang, modelo Wolf CG 125, año 2008, placa y registro N468773, color negro, chasis LXMPCJLE880009530, propiedad de EDDY SORIANO AQUINO, cédula 001-1425987-2. FC 303957 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo MD70, año 1984, placa N005907, color rojo, chasis MD702001738, propiedad de MARCO ANTONIO FRANJUL GUERRERO, cédula No. 001-0070557-3. FC 304100 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Accord Lx, año 1991, placa A339974, color marrón, c h a s i s 1HGCB765XMA022589 , propiedad de ROBERTO MENDEZ, cédula No. 001-0649753-0. FC 304098 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Civic, año 2002, placa A109993, color blanco, c h a s i s 3HHEP33572V304262, propiedad de WILSON PEÑA JAVIER, cédula No. 001-1032962-0. FC 304099 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Hyundai, modelo H-1 SVX, año 1998, placa P01405, color crema, c h a s i s KMJWWH7BPWU0619 57, propiedad de FREDY VARGAS, cédula No. 037-0043164-0. FC 304097

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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014 PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta, marca Honda, modelo C 50, color verde, año 1984, placa N006451, chasis C509297351, propiedad de MANUEL MARIANO MARTE. FP 65614 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo tipo camioneta marca Mazda, modelo Pick Up 82,000, año 1987, placa A174375, chasis JM2VF1119H0589182, propiedad de RAFAEL CABA. FP 65616 PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Yamaha, año 1989, placa N604427, color negro, chasis 3KJ7389300, propiedad de HECTOR RAFAEL NUÑEZ SURIEL, cédula No. 0310100982-5. FO 71332 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Civic, año 1997, placa A435850, color verde, c h a s i s 1HGEJ8244VL118576, propiedad de ZULEIKA LUCIA BUQUE ARBOLEDA. FP 65620 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo C50, placa NBBR42, color azul, chasis C50-8624691, propiedad de IMPORTADORA VENTURA C. POR A., RNC y/o cédula No. 101-190752. FC 304124 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Yamaha, modelo RT115, placa N884988, color rojo, chasis MH33HB007XK224192, propiedad de CARLOS ALBERTO TOLEDO GUANTE, cédula No. 002-0115211-3. FC 304125 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Mack, año 1997, placa L286008, color blanco, c h a s i s VG6M118B4V302330, propiedad de JOSE DOLORES ESTEVEZ. FC 304125

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, modelo KZJ10LGKPGT, año 2003, placa G198847, color negro, c h a s i s JTEBY25J900001044, propiedad de LICELOT GRULLON LARA, cédula y/o RNC No. 0011241310-9. FC 304130 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo tipo Jeep, marca Honda, modelo RD184YJ CRV, año 2000, placa G108913, color azul, c h a s i s JHLRD1840YC228624, a nombre de MILQUIADES STARLYN ESTRELLA PEÑALÓ. FP 65600 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, modelo Supra, año 1986, placa A401181, color rojo vino/ blanco, chasis JT2MA70LXG0007820, propiedad de YAHAIRA VIDAL BETANCES, cédula No. 031-0448039-1. FC 303992. PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo tipo Jeep, marca Honda, modelo CR-V año 1999, color verde, placa G053353, chasis JHLRD1862XC014990, propiedad de FRANCISCO GERONIMO ESPINAL PERALTA, cédula No. 042-0000622-1. FI 9668

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo C90, año 1984, placa N016143, color verde, chasis HA021607137, propiedad de PATRICIO SERRANO CASTRO. FP 65622 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, modelo FZJB0L, año 1994, placa G033714, color verde, chasis FZ1800051478, propiedad de AUGUSTO FELIZ MATOS. FP 65623 PERDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca X1000, modelo CG 125, año 2007, color rojo, placa N362071, chasis LF3PCJ5017B052600, propiedad de ELVIO DOMINGUEZ DOMINGUEZ, cédula 0310374573-7.

PERDIDA DE MATRICULA: De la motocicleta marca Suzuki, modelo AX100, año 2005, placa N547933, color rojo, chasis LC6PAGA1750822227, a nombre de JEORGE MIGUEL MONTÁS FLORIANO. FP 65604

PERDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca Delta, modelo CG125, año 2007, color azul, placa N412014, chasis LKXPCJL097E001494, Propiedad de RAMON MODESTO MARTINEZ PEREZ, Cédula 0310410186-4.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Audi, modelo Cabrio 3.0, año 2003, placa A000374, color gris, c h a s i s WAUZZZ8H43K017644, a nombre de CESAR JOSE HERRERA GUTIERREZ. FP 65605

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, modelo Pick Up, año 1991, placa L012940, color blanco, chasis JT5VN94TXM0022377, propiedad de JUAN DE MARTI VALIDO. FP 65563 .

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi, modelo L200, año 1999, placa L022841, color blanco, c h a s i s JMYJNK140XP003655, a nombre de FREDERIC SHAD. FP 65597

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca X-1000, modelo CG-125, placa N328058, color rojo, c h a s i s L F 3 P C J 5 0 0 6 B 0 11 9 0 7 , propiedad de RAFAEL SANTE, cédula y/o RNC No.: 023-0090709-0. FC 304131

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, modelo V118HY2, año 1997, placa L080603, color azul, chasis V11807899, propiedad de HONORATO ALFREDO PICHARDO, cédula No. 0310164454-4. FI 9661.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi, modelo FE635E61, año 1998, placa LFK478, color azul, chasis FE635EA12947, propiedad de BARTOLO FELIZ. FP 65621

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga marca Toyota, modelo RN55LAKE, año 1985, placa L082636, color azul, c h a s i s JT4RN56D4F0075311, propiedad de LUIS RAFAEL CONTRERA. FP 65584.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, año 1990, placa L163142, color blanco, chasis S80P160061, a nombre de LUZ DEL CARMEN VASQUEZ TAVAREZ. FP 65598 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Civic, año 2008, placa A624238, color azul, c h a s i s 1 N G FA 1 6 8 1 L 0 2 0 4 5 6 , propiedad de ONIEL SURIEL, cédula No. 001-1611573-5. FC 304061

PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Yamaha, modelo RXS, año 2006, placa y registro N216780, color rojo, c h a s i s MH33HB0085K271704 , propiedad de ROSA MARIA PERALTA SEGURA, cédula 0040010547-4. FC 304003 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo tipo Jeep, marca Honda, modelo CR-V 4X2, color negro, año 2005, placa G248327, chasis SHSRD68555U306370, propiedad RAFAEL FRANCISCO FIJILDO RODRIGUEZ MARTINEZ, cédula 0011504912-4. PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Subaru, modelo Legaly 2.2, año 1994, placa A325068, color azul oscuro, chas i s JF1BC6DL0EK68724, propiedad de JOHANN JOSE SOTO CRUZ, cédula No. 402-22589950. FC 304044 PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta marca X-1000, modelo CG-150, año 2010, placa N713069, color negro, chasis LF3PCK504AB011603, propiedad de ROBINSON ORBE CHAVEZ, cédula No. 05700169054. FP 65607


JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

www.elnuevodiario.com.do PERDIDA DE MATRIC ULA: Vehículo marca Suzuki, modelo Ax1000, año 1983, placa N008118, color azul, chasis BE11A100290, propiedad de ELISANDRO CUESTA TERRERO, cédula No. 001-0276897-5. FC 304094

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Ducati, modelo ST4, año 2002, placa NQGN53, color rojo, chasis ZDMS00AA1B007045, propiedad de AUTOEUROPA A, RNC y/o cédula No. 0-01-79084-4. FP 65538

PERDIDA DE PLACA: Vehículo tipo volteo, marca Mack, modelo RD688S, año 1997, placa S016351, color rojo, chas i s 1M2P267C2VM030270, propiedad de RICHARD SENA PEREZ.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Lexus, modelo GX470, año 2007, placa G263401, color dorado, c h a s i s JTJBT20X270139479, propiedad de FAUSTO BALBUENA DE JESUS. FC 304127

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Yamaha, modelo 100, año 1998, color negro, chasis 97M1L16119730, propiedad de SANTO EMILIO ASENCIO PEREZ, cédula No. 002-0080679-2. FC 304095

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca RSM, modelo SM3PE, año 2006, placa A466559, color beige, chasis KNMC4B2GM6P604256 , propiedad de MARIA ISABEL MARTINEZ MORERA. FP 65539

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo Civic, año 1987, placa A267909, color blanco, chasis 1HGE4638HA048987, propiedad de CLARIZA JONES WILMARE, cédula No. 001-0021223-2. FC 303980

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, año 1985, placa L153345, color blanco, chasis JT4RN50R6F0042461, propiedad de PEDRO MARTINEZ MENDEZ, cédula No. 049-0013335-8. FC 304129

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Toyota, modelo NT, año 1986, placa L124110, color rojo, chasis J T 4 R N 6 7 S 3 G 5 0 3 11 5 9 , propiedad de VICTOR HUMBERTO NINA. FP 65603 PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Corola, año 1992, color Azul, matricula 0036277, chasis 2TIAE94AINC133912, propiedad de BIENVENIDA TEOLINDA GÓMEZ DE VIAMONTE, cédula No.037-00007523. PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil Privado, marca Toyota, modelo Corolla DX, año 1994, placa y registro A133850, chasis 1NXAE09B1RZ124631, color Azul, propiedad de Deidania Álvarez Francisco, cédula 0320036205-5. PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, marca Renault, modelo Laguna NT, color verde, año 1999, placa A161459, chasis VF1B56L0G18988603, propiedad YESENIA SILFA SANCHEZ, cédula 001-1382284-5.

ALQUILA Se alquila studio en Zona Colonial. Para información: (809) 682-2858

PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Suzuki, modelo AX100, año 1996, placa y registro N002237, color azul, chasis BE11A19731, propiedad de JOAN MANUEL AGUASVIVAS VALDEZ, cédula 0011369733-8. FC 303929 PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca X-1000, modelo AX100, placa y registro N350304, color azul, chasis L F E PA G 4 A 1 7 B 11 7 4 3 , propiedad de TERUEL Y CO., C. X A., RNC 103003052. PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Suzuki, modelo Ax100, año 2006, placa N151581M, color negro, chasis LC6PAGA1460821800, propiedad de WANDER PEREZ POLO, cédula No. 001-1520435-6. FP 65530 PERDIDA DE PLACA: Vehículo tipo Jeep, marca GMC, modelo Jimmy SLT, año 1996, placa G186287, color verde, c h a s i s 1GKDT13W6T2518920, propiedad de LUIS ANTONIO REYNOSO MATIAS. FP 65541 PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo V118LEV2, año 1992, placa L007975, color amarillo, chasis V11801712, propiedad de EMBUTIDOS NUEVA ERA C.A. FP 65542

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Honda, modelo C90, año 1994, placa N623374, color azul, chasis HA022521173, propiedad de IMPORTADORA DE LEON CXA, RNC y/o cédula No. 101120495. FP 6555 4. PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, modelo Ax100, año 2007, placa N292073, color negro, chasis LC6PAGA1X70834648, propiedad de RAFAEL OGANDO ALVAREZ, cédula No. 001-16524489. FC 303976. PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Freightliner, placa L211900, color amarillo, chasis 1FUYNMDB8XLA22713 , propiedad de LUIS EDGARDY PISLER LA PAZ NERIS. FP 303966 . PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Skoda, modelo Pick Up, color blanco, año 2000, placa L177691, chasis TMBEHH673Y5270878, propiedad de JUAN PABLO TEJEDA FIGARO, cédula 001-0448944-8. PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, color blanco, año 1998, placa L243664, chasis S100P037261, propiedad de RODRIGUEZ DURAN FRUTAS Y VEGETALES, C POR A, 1-30-42351-2.

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca KYM, modelo C90, año 2006, placa N307395, color azul, c h a s i s LSRPCFLA86A800198, propiedad de FRANCISCO ALONSO ALVARADO DOMINGUEZ, cédula No. 026-0110720-0. FP 65555. PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, año 1998, placa L230048, color blanco, chasis S83P100849, propiedad de MELVIN DE JESUS SOTO ROMERO, cédula No. 003-0036066-6. FP 65527 PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Hyundai, modelo Camión H100, año 2010, placa L293763, color blanco, c h a s i s JMYSTCS3A5U003038, propiedad de LUISA FERMIN ROSARIO DE SANTOS. FP 65537 PERDIDA DE PLACA : vehiculo de carga Marca Toyota año 1985 color negro placa No. L023715 c h a s i s JT4RN56D0F0121734 a nombre de LAZARO ANTONIO FERNANDEZ CED.050-0026690-7 (RDLC-AC-5934-PT-1-23/06/14) PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Mack, modelo MS300P, año 1995, placa y registro L251979, color amarillo, chasis V G 6 M 11 8 B 9 S B 3 0 1 7 8 3 , propiedad de JOSE MARTE ROSARIO, cédula 0470039332-7. FC 303907

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo Civic Lx, año 1990, placa A293383, color gris, chasis 1HGED3657LA056340, propiedad de JESUS EMILIO ANDELIS GALLARDO, cédula No. 130000001. FP 65556. PERDIDA DE PLACA: Vehículo tipo Jeep, marca Suzuki, modelo Grand Vitara, año 2006, placa G257187, color blanco, c h a s i s JS3TE943064101436, propiedad de ROSA DOMINICA ANTONIA PEÑA ACEVEDO. FP 65567. PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Seat, modelo León, año 2001, placa A282863, color azul, c h a s i s VSSZZZ1MZ1R051125, propiedad de ROSA AMALIA CRUZ GOMEZ. FP 65580 PERDIDA DE PLACA: Vehículo tipo Jeep, marca Ford, modelo Explorer, año 2011, placa G264477, color blanco, c h a s i s 1FMHK7D83BGA81121, propiedad de CLAUDIA JOHANNA GARCIA LOPEZ. FP 65582 PERDIDA DE PLACA: Motocicleta marca DC, modelo AX100, año 2006, placa N235946, color amarillo, chasis LCMPAGHE06A102037, propiedad de VICTOR AMBIORI VICENTE VARGAS, cédula No. 001-1332685-6 PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Nipponia, modelo AX100, año 2007, placa y registro N294079, color rojo, chasis XG7NAX100GD100834, propiedad de AGENCIA Y COMPRAVENTA HUNGO, C. POR A. FC 303906 CHAPA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla S, color gris, año 2007, placa A110245, chasis 2T1BR32EX7C730832, propiedad de GUILBER JHONAS CARVAJAL SANTANA, cédula. 4022017024-1.

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PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Kymco, modelo C90, año 2007, placa N542361, color azul, chasis LJCXCFLA076000426, propiedad de COMERCIAL ALCIVIADES HERNANDEZ C.A. FP 65505 PERDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Toyota, modelo Corolla, año 1994, placa y registro A327264, color verde, chasis 2T1AE04B3RC050962, propiedad de DANI SANTANA MERAN, cédula 001-1175023-8. FC 303913 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, modelo Corolla, año 1990, placa A196549, color gris, chasis 2T1AE94A9LO060303, propiedad de JOSE ENRIQUE LUCIANO SANCHEZ, cédula No. 001-0327218-3. FP 65516. PERDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, año 1991, placa y registro L134472, color blanco, chasis S80P107225, propiedad de MARIBEL SANTANA PEÑA. FC 303903 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, año 1985, placa L050437, color blanco, c h a s i s JT4RN50R2F0077532, a nombre de FRANK REYNALDO DIAZ, cédula No. 001-1728568-4.

EN ALQUILER Apto. En Piantini, de (270.00 Mts2), US$1,500.00 Incluye mantenimiento; 3er nivel, planta ful, dos (2) parqueos techados, ascensor, tres habitaciones con Walking closet, (3 1/2) baños, sala, comedor, sala de estar, cuarto de servicio con su baño etc, tercer piso, Teléfonos (809)-683-1251/829-5204000.


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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

OPINION

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La reelección de Danilo LIC. MARINO J. ELSEVYF PINEDA Abogado-Notario

Nadie puede ser juez de su propia causa y así lo expresó el código de Justiniano en su máxima latina “nemo iudex in causa propria”. El presidente Leonel Fernández Reyna acaba de hacer uso de ese principio o norma jurídica romana que aún prevalece en la humanidad en todos los códigos y constituciones del mundo y al referirse en una entrevista publicada por el periodista y embajador extraordinario Cesar Medina, hace una revelación coherente, lógica y pragmática, que reviste mucha importancia para el acontecer político nacional, pero que conviene en forma inequívoca al proceder transparente de un estadista que ha subido al solio presidencial tres veces por la vía democrática, en principio de la mano del doctor Joaquín Balaguer y sus ententes sociales y políticos. De acuerdo a lo expresado por el ex presidente Fernández, él no se opondría a lo que determine la mayoría, lo que decida su partido y lo que quiera la gente y acotó, además, que es de la convicción que un Presidente con altos niveles de aceptación, debe agotar dos períodos en el poder. Sin embargo, para no desdibujar la opinión del Presidente deseo transcribir sus declaraciones, strictus sensus citamos: “No, no me opondría, si eso es lo que determina la mayoría… lo que decida el partido y lo que quiera la gente… eso es lo que yo siempre he creído: que un Presidente con un alto nivel de aceptación debe agotar dos periodos en el poder”. (Como fueron sus sucesivas victorias). Con estas declaraciones Leonel Fernández alcanza un sitial en la política vernácula y se eleva por encima de sus contradictores y en especial, el precandidato Temístocles Montas, a quien nosotros recordando al maestro Juan Bosch le hemos denominado el “Jefe del escuadrón de la oscuridad”, por el fracaso y la burla de los carteles eléctricos, con quienes pactó la Ley de electricidad con la cual han esquilmado a la población dominicana y al propio empresariado que no puede competir con la tarifa eléctrica en el ámbito del sistema interamericano de comercio de Centroamérica y el Caribe, pero muy especialmente por la afrentosa e inexplicable traba legal que permite a una de esas empresas pagarle 4.5 millones de dólares por una energía que no le ofrecen al usuario, en violación grosera al artículo 1131 del Código Civil dominicano, que establece, que una obligación sin causa o una obligación fundada en una causa ilícita, no puede tener efecto alguno. Y el cual citamos a continuación: Artículo: 1131. La obligación sin causa, o la que se funda sobre causa falsa o ilícita, no puede tener efecto alguno. Pero retomando la magnánima posición del presidente Leonel Fernández, hacemos uso además de otra parte del coloquio con el embajador Cesar Medina, citamos textualmente: “Jamás nos opondríamos a la decisión del partido… si eso es lo que quiere la mayoría, eso también es lo que queremos nosotros” Con estas declaraciones pu-

Leonel no es juez de su propia causa

blicadas el 29/6/2014, en el Listín Diario, el ex presidente Fernández se catapulta y demuestra su veteranía política y su interés de que su partido permanezca en el poder por encima de sus intereses particulares, pero más aún, haciendo uso del aforismo latino al cual nos hemos referido como herencia del emperador Justiniano, el presidente Leonel Fernández se ha prohibido a sí mismo ser juez de su propia causa y a sabiendas de que “los vientos” le favorecen mayoritariamente en este momento político, prefiere poner en manos del partido del cual es Presidente, así como de las encuestas que miden las preferencia de los candidatos, la aceptación o no de la reelección presidencial Danilo Medina Sánchez. Si escrutamos los números ofrecidos por el destacado periodista Cesar Medina, se vislumbra que en el congreso se precisaría del apoyo del Partido Revolucionario Dominicano, (PRD, 78 diputados), para

cambiar el artículo 124 de la Constitución de la Republica, en la Asamblea Revisora, que ha sido siempre la manzana de discordia en la institucionalidad democrática de nuestro país y que el presidente Joaquín Balaguer adjetivó la constitución como “un pedazo de papel” al igual que Federico el grande Rey de Prusia, que gobernó desde 1740-1784. Sin embargo, el presidente Leonel Fernández no puede dictar su propia decisión sin escuchar las argumentaciones de las partes y en este caso acudimos a otra máxima latina de la época de Justiniano que dice: auditur et altera pars, es decir, que si bien es cierto el presidente Leonel Fernández no puede juzgar su propia causa, no es menos cierto que a él se le prohíbe dictar su decisión sin escuchar las argumentaciones de las partes a las cuales les debe su liderazgo y de las cuales debe estar comprometido a la hora de tomar una decisión tan trascendental. A esto nosotros le queremos agregar que Leonel Fernández no puede soslayar la impronta de su liderazgo ante la crisis mundial que acontece en el sistema capitalista salvaje que nos desgobierna en el mundo y fundamentalmente tiene que despojarse del conformismo de haber sido presidente tres veces democráticamente elegido, repetimos, y emulando la consigna de Eugenio María de Hostos “hacer que prevalezca la civilización frente a la barbarie que acecha a la humanidad en el despeñadero del resurgimiento de una nueva edad media tenebrosa con todos los antivalores que tratan de prevalecer en la sociedad”. Y aprovechando que el día 30/6/ es el cumpleaños del profesor Juan Bosch que no es propiedad excluyente de los peledeistas, ni de sus familiares, sino que por su impronta literaria y política pertenece a los dominicanos y la humanidad de quienes se identifican con su ideología, hoy al sentir su evocación: (“como todo es posible cuando se está en el poder”) si el presidente Fernández decide traspasar la antorcha “sin arrebatos” y con “buen sastre”, que con esa antorcha se encienda un proyecto de nación bochista, menos excluyente y más participativo, con menos delincuencia y más justicia, con menos contrabando y más contribución al erario público, con salario digno, vivienda decorosa, transferencia de tecnología y superar el analfabetismo; para cerrar la brecha de desigualdad social que hoy padece nuestra nación, ya que es una verdad de Perogrullo que sólo la reelección de Danilo detiene el retorno al poder del presidente Fernández, dado el desastre de la oposición y el alcahuetismos convenientes de los poderes fácticos, que siempre han merodeado el poder para su provecho y beneficio de sus intereses. Termino con un verso de Byron que me leí cuando era estudiante de Derecho para uso y consumo de los políticos que creemos en el Estado de bienestar social, amén de la repercusión de la reelección, que será harina de otro costal: Quien sepa de luchas patrias, de tiros, sangre e incendio, vuelva a Duarte la mirada, medite y aplique el cuento. ~Arturo Pellerano Castro.


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Líderes de Caricom apuntan sector privado como motor del crecimiento AN JUAN, (EFE).Los líderes de los países que integran la Comunidad del Caribe (Caricom) coincidieron ayer en apuntar al sector privado como el motor

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del crecimiento económico que necesita la región, por lo que estudiaron vías para potenciar y dar cabida a las empresas con presencia local y atraer inversión extranjera. Todos

ellos están reunidos esta semana en Antigua y Barbuda para celebrar la 35 cumbre anual del organismo regional, que contó hoy con la presencia como invitado especial del presiden-

te del Gobierno español, Mariano Rajoy. El mandatario español les pidió apoyo a la candidatura de España a un puesto no permanente en el Consejo de Seguridad de Naciones

Unidas para el bienio 2015-2016 y ofreció a cambio defender en ese foro los intereses de los miembros de Caricom, en su mayoría pequeñas islas en desarrollo.

INTERNACIONALES

Obama es peor presidente EE.UU. tras II Guerra Mundial, dice una encuesta ASHINGTON, (EFE).- El presidente estadounidense, Barack Obama, es considerado el peor presidente del país desde la II Guerra Mundial, por delante de George W. Bush, el segundo inquilino de la Casa Blanca menos valorado, según un sondeo de la universidad Quinnipiac divulgado ayer. El 33 % de los encuestados nombraron a Obama cuando se les preguntó a quién consideraban el peor presidente desde la II Guerra Mundial, seguido del 28 % que mencionó a Bush hijo y el 13 % que recordó a Richard Nixon, que por el escándalo Watergate se convirtió en el único presi-

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PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, modelo RX115, año 1997, placa N034792, color rojo, chasis 3HB-173661, propiedad de AMABLE ARISTY CASTRO, SRL, cédula y/o RNC No. 101-09916-1. FC 304052 PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Chevrolet, modelo 1WN69, año 1995, placa A056873, color rojo vino, chasis 2G1WN52M9S9319813, propiedad de VICTOR DE JESUS RAMÍREZ GARRIDO, cédula No. 001-1274028-7. FC 304047

Kennedy (1961-1963) y Obama quedó justo detrás, con un 8 % de aprobación. George Bush padre, con un 3 %; Jimmy Carter, con el 2 %; y George Bush hijo junto a Nixon y Gerald Ford, con el 1 %, cierran la lista. Si se extraen solo los votantes demócratas, el 34 % se inclina por la presidencia de Clinton, mientras que sendos 18 % de preferencia van para Kennedy y Obama. Al comparar las presidencias de George W. Bush (2002-2009) y la de Obama, el 39 % de los encuestados se muestra más favorable al actual mandatario, mientras que el 40 % se inclina por los años de Bush.

Ex compañero de Chávez pide renuncia de Maduro CARACAS, (EFE).- El comandante retirado Yoel Acosta Chirinos, compañero del fallecido Hugo Chávez durante el intento de golpe de Estado de 1992, consideró que el presidente venezolano, Nicolás Maduro, debe renunciar antes de que su Gobierno lleve al país a una situación “terrible”. “El presidente tiene que renunciar para permitir una salida a esta crisis tremenda que se ha desatado, porque yo creo que hay que consultarle al pueblo qué es lo que quiere o vamos a seguir con esta tragedia que nos lleva a una situación terrible”, dijo ayer a Efe el militar retirado. Para Acosta, que, según afirmó, apoyó la candidatura de Maduro en las presidenciales de abril del año pasado, “el Gobier-

dente que ha dimitido en la historia del país. “En los últimos 69 años de historia estadounidense y 12 presidencias, el presidente Barack Obama se encuentra junto con George W. Bush en lo más bajo de popularidad”, explicó en un comunicado Tim Malloy, director adjunto del centro de encuestas

de la universidad Quinnipiac, en el estado de Connecticut. Ante la pregunta de quién ha sido el mejor presidente desde 1945, el 35 % apuntó al republicano Ronald Reagan (19811989), seguido de Bill Clinton (1993-2001) con un 18 %, con el 15 % el asesinado John Fitzgerald

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca BMW, modelo X1-SDRIVE181, año 2013, placa X124436, color gris, chasis W B AV L 3 1 0 7 D V S 1 1 9 4 3 , propiedad de CHECK LIST S.A, RCN y/o cédula No. 124008867. FC 304048

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, modelo Corolla, año 2002, placa A484307, color gris, c h a s i s JTDBZ22E000009879, propiedad de JUAN MELQUISEDEC FRIAS BATISTA, cédula No. 001-1287333-6. FC 304039

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Logo, año 2000, placa A515109, color azul, chasis GA33026509, propiedad de JOAN FRANCISCO MOYA DOMINGUEZ. FC 304042

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Suzuki, modelo AX100, año 2011, placa N704093, color azul, chasis BB0823449, propiedad de CARLOS AMERICO MARTE RODRIGUEZ, cédula No. 001-1191203-6. FC 304081

PERDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Jinhao, año 2005, placa N159996, color rojo, chasis L4PCJ5X51000519, propiedad de ANGEL FELIZ CASTRO, cédula No. 018-0045236-7. FC 304045

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Loncin, modelo LX125, año 2006, placa N194119, color negro, c h a s i s LLCLPP2016G024729, propiedad de ELIBERTO ARNO DE LA CRUZ, cédula No. 001-0337964-0. FC 304041

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jincheng, modelo AX100, año 2008, placa N579936, color azul, chasis LJCPAGLH581003250, propiedad de DAMAZO ROSARIO ARIAS, cédula No. 22300260225. FC 304037

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo XR250, año 2013, placa N873595, color negro, chasis 9C2MD3400DR510170, propiedad de FELIZ DISLA PEREZ, cédula No. 001-04495692. FC 304082

no no ha sido capaz de hacer funcionar al Estado”, por lo que consideró “que ya es hora que vayan pensando en dejar el Gobierno”. “Hasta cuándo vamos a seguir martirizando a este pueblo que está esperando que un Gobierno eficaz y eficiente le dé respuesta a sus más ingentes necesidades”, dijo Acosta, que junto a Chávez y otros militares, fundó el Movimiento Bolivariano Revolucionario 200 (MBR200), que impulsó el fallido golpe de Estado contra el ex presidente Carlos Andrés Pérez en 1992. El militar retirado, distanciado en varias ocasiones del chavismo, cree que de no darse la renuncia del presidente Maduro, se desatará “una catástrofe social en Venezuela”.

P E R D I D A D E M AT R I C U L A : Ve h í c u l o m a r c a H o n da, año 1981, placa N027418, color verde, chasis C50-8147320, propiedad de NELSON ADAMES RAMIREZ, cédula N o. 001 - 10 24 944 - 8. F C 30 408 3 PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Delta, modelo AX100, año 2009, placa N742806, color negro, chasis RDGHAX200901748, propiedad de CENTRO DE E N S A M B L A J E WA N G Q I LI A N S . A , RN C y /o cédu la N o . 1- 30 - 06 131 - 9. F C 30 409 2


22

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

elnuevodiario.do

@elnuevodiariord

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Joseph Blatter cree Mundial de Brasil es “un gran éxito” l presidente de la FIFA, Joseph Blatter, aseguró ayer que, “sin ninguna discusión”, la vigésima edición del Mundial, que se disputa en Brasil, “es un gran

E

Joseph Blatter

éxito”. Al intervenir en un seminario sobre gestión deportiva organizado por la FIFA en Río de Janeiro, Blatter dijo que su único sentimiento para con Brasil es de agradeci-

miento por haber aceptado organizar el Mundial y que no podía estar más feliz en este momento. “Es lógico que aún faltan ocho partidos. Vamos a cruzar los dedos para

que los otros tengan el mismo nivel y la misma atmósfera”, afirmó el presidente de la FIFA al elogiar la calidad del fútbol exhibido hasta ahora en Brasil 2014. “La prensa interna-

cional ya está diciendo que nada salió mal. Todo está correcto. No voy a decir que perfecto porque nada es perfecto, pero los estadios están magníficos. EFE

DEPORTES

Encarnación decide con un jonrón triunfo de Azulejos Bautista y Francisco jonronean l criollo Edwin Encarnación pegó un cuadrangular (26) de tres vueltas en el noveno episodio para que los Azulejos de Toronto dejaran tendidos en el terreno a los Cerveceros de Milwaukee 7-4. Sus compatriotas José Bautista (17) y Juan Francisco (13) también sacaron la pelota del parque. Casey Janssen (W, 3-0) se anotó la victoria al tirar una entrada en blanco, mientras Will Smith (L, 11) fue el derrotado al permitir dos vueltas en una entrada de labor. Por los Azulejos, Encarnación de 4-2 con tres re-

FRANCIA

E

(3-0)

BRASIL (3-0)

Vs 12:00 p.m.

Vs 4:00 p.m.

ALEMANIA (3-0)

COLOMBIA (4-0)

FIFA no ve indicios de amaño de partidos en Mundial Brasil

Edwin Encarnación

molcadas y una anotada; Bautista de 3-1 con una remolcada y una anotada; Francisco de 2-1 con dos

impulsadas y una anotada; José Reyes de 5-2 con una anotada y Melky Cabrera de 4-2 con una anotada.

Varios beisbolistas criollos rubrican contratos millonarios Grandes Ligas WILLIAMS MARTÍNEZ BURGOS Editor deportivo williamburgos@elnuevodiario.com.do

Este miércoles fue un día de millones por recibir contratos varios jóvenes dominicanos para participar de las franquicias de las Grandes Ligas en el béisbol profesional. Entre los beneficiarios figuran Gilbert Lara, (infield), Delmis García (pa-

JUEGOS, VIERNES 4 DE JULIO

El joven Nadal Gómez, su entrenador Bolivar Pimentel, su madre y el señor Pedro Nadar

racorto), Juan de León (jardinero), Adrian Rondón (paracorto), Nelson Gómez (antesalista), Juan Claudio (jardinero) y

Nelson Gómez (antesalista), entre otros. La mayoría de ellos firmaron contratos por encima de los dos millones de dólares, llegando incluso algunos a superar la barrera de los tres millones. “Existe mucho talento disponible y nuevamente habrá un gran grupo de muchachos que recibirán buenos bonos por firmar”, expresó Brian Mejía.

La FIFA no ve indicios de amaño de partidos durante el Mundial y ha pedido a la revista alemana Der Spiegel las pruebas que le llevaron a publicar que el resultado del Croacia-Camerún (40) estuvo condicionado por las apuestas. Por medio de un comunicado del director de Seguridad de la Federación Internacional, Ralf Mustchke, leído por la portavoz de la FIFA, Delia Fischer, éste recuerda que se han vigilado todos los partidos y pide a Der Spiegel que aporte las pruebas que le han llevado a publicar una supuesta intervención del mercado de apuestas en el resultado y en la expulsión en el primer tiempo del camerunés Alex Song por dar un codazo a Mario Mandzukic. “Se ha hecho un seguimiento a los 56 partidos y no hay indicios de amaños para favorecer resultados en el mercado de apuestas. EFE

RESULTADOS MLB

5

4

0

3

1

5

1

3

4

0

3

9

6

3

5

2

4

7

JUEGOS DE HOY MLB

Vs 3:45 p.m.

Vs 6:10 p.m.

Vs 7:05 p.m.

Vs 7:05 p.m.

Vs 7:05 p.m.

Vs 8:10 p.m.

Vs 8:10 p.m.

Vs 9:05 p.m.

Vs 10:05 p.m.


DEPORTES

www.elnuevodiario.com.do

PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

BRASIL

3

2

1

0

7

2

7

MÉXICO

3

2

1

0

4

1

7

CROACIA

3

1

0

2

6

6

3

CAMERÚN

3

0

0

3

1

9

0

GRUPO B PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

HOLANDA

3

3

0

0

10

3

9

CHILE

3

2

0

1

5

3

6

ESPAÑA

3

1

0

2

4

7

3

AUSTRALIA

3

0

0

3

3

9

0

GRUPO C PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

COLOMBIA

3

3

0

0

9

2

9

GRECIA

3

1

1

1

2

4

4

COSTA DE MARFIL

3

1

0

2

4

5

3

JAPÓN

3

0

1

2

2

6

1

PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

COSTA RICA

3

2

1

0

4

1

7

URUGUAY

3

2

0

1

4

4

6

ITALIA

3

1

0

2

2

3

3

INGLATERRA

3

0

1

2

2

4

1

GRUPO D

GRUPO E PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

FRANCIA

3

2

1

0

8

2

7

SUIZA

3

2

0

1

7

6

6

ECUADOR

3

1

1

1

3

3

4

HONDURAS

3

0

0

3

1

8

0

PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

ARGENTINA

3

3

0

0

6

3

9

NIGERIA

3

1

1

1

3

3

4

BOSNIA Y H.

3

1

0

2

4

4

3

IRÁN

3

0

1

2

1

4

1

LIGA AMERICANA G ESTE Toronto 47 44 Orioles 41 Yankees Boston 38 38 Tampa Bay

P 39 39 42 46 49

PCT 547 530 494 452 437

DIF 0 1.5 4.5 8 9.5

CENTRAL Detroit Kansas City Cleveland White Sox Minnesota

G 47 44 40 39 38

P 34 40 43 46 45

PCT 580 524 482 459 458

DIF 0 4.5 8 10 10

OESTE Oakland LA Angels Seattle Texas Houston

G 51 47 47 37 36

P 33 35 38 46 50

PCT 607 573 553 446 419

DIF 0 3 4.5 13.5 16

LIGA NACIONAL ESTE Atlanta Washington Miami Mets Philadelphia

G 46 45 40 37 36

P 38 38 43 47 47

PCT 548 542 482 440 434

DIF 0 0.5 5.5 9 9.5

CENTRAL Milwaukee San Luis Cincinnati Piratas Cubs

G 51 44 43 43 36

P 35 40 40 40 46

PCT 593 524 518 518 439

DIF 0 6 6.5 6.5 13

OESTE San Francisco Dodgers San Diego Colorado Arizona

G 47 48 37 36 35

P 36 38 47 48 50

PCT 566 558 440 429 412

DIF 0 0.5 10.5 11.5 13

GRUPO F

ESTOS JUEGOS NO INCLUYE LOS PARTIDOS DE AYER

Las selecciones en un ambiente de convivencia Las Centellas del Barceló Punta Cana y el Club Deportivo Naco, en el nivel de ligas añejas de baloncesto.

Liga Añeja de Baloncesto del Club Naco se reactiva con intercambios WILLIAMS MARTÍNEZ BURGOS

a Liga Añeja Sabatina de Baloncesto del Club Deportivo Naco se reactiva con la celebración del encuentro amistoso entre los quintetos de las Centellas de Barceló Punta Cana y el selectivo anfitrión, con el objetivo de estrechar relaciones institucionales, en un ambiente

L

PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

3

2

1

0

7

2

7

EEUU

3

1

1

1

4

4

4

PORTUGAL

3

1

1

1

4

7

4

GHANA

3

0

1

2

4

6

1

HANLY RAMÍREZ WILLIAMS MARTÍNEZ BURGOS

GRUPO H PJ

G

E

P

GF

GC

Pts

BÉLGICA

3

3

0

0

4

1

0

ARGELIA

3

1

1

1

6

5

4

RUSIA

3

0

2

1

2

3

2

REP. DE COREA

3

0

1

2

3

6

1

ESTOS JUEGOS NO INCLUYE LOS PARTIDOS DE AYER

Djokovic y Federer siguen avances hacia semifinales El serbio Novak Djokovic, primer cabeza de serie en Wimbledon, remontó dos sets en contra ante el croata Marin Cilic, número 29 del ránking, pa- Novak Djokovic ra alcanzar las semifinales del torneo (6-1, 3-6, 6-7(4), 6-2 y 6-2, en tres horas y 18 minutos). El próximo rival del serbio será Grigor Dimitrov, un corpulento tenista de 23 años (un metro noventa centímetros de altura) que saca con regularidad a más de 212 kilómetros por hora. EFE

sano, de esparcimiento, familiar, recreativo y fortaleciendo la amistad y confraternidad. La liga naqueña tiene más de 25 años de fundada y todavía sigue con el mismo entusiasmo e integración con el apoyo de las juntas directivas naqueñas, donde cada sábado es la cita de la membresía desde las 8:00 AM, hasta

las 12 del día. En este momento la entidad deportiva de los socios añejos del Club Deportivo Naco reciben el respaldo del presidente, licenciado Antonio Alma. Desde que inició el grupo ha contado con la presencia del doctor Andrés Bustamante, miembro fundador, quien es el primer vicepresidente de la junta directiva naqueña.

Titanes vencen a Metros y empatan final de LNB

GRUPO G ALEMANIA

23

POSICIONES MLB

POSICIONES FIFA WORLD CUP GRUPO A

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

Francisco de los Santos, director general del “VI Torneo Nacional Juvenil 2014”, galardona a Laura Quezada (izquierda), campeona de 16 años y a la finalista Brittney Ferreras.

Fedotenis premia los campeones del “VI Torneo Nacional Juvenil” os tenistas Alvin Maríñez, Laura Quezada, Luis Fortuna y Lía Espinal se proclamaron campeones del “VI Torneo Nacional Juvenil 2014”, organizado por la Federación Dominicana de Tenis (Fedotenis), en la modalidad de sencillos y dobles, en las canchas del Parque del Este, municipio oriental de Santo Domingo. Mariñez obtuvo el primer lugar

L

en la categoría de 18 años, venciendo a Yeudy Villar, mientras que Quezada y Fortuna fueron los mejores en la división de 16 años, masculina y femenina, respectivamente. Quezada se impuso en la final a Brittney Ferreras. Asimismo, Espinal fue la campeona de la categoría de 14 años, derrotando a Katherine Cortorreal y también obtuvo el primer lugar de los dobles.

Gerardo Suero, James Maye y Robert Jones volvieron a encabezar la ofensiva de los Titanes del Distrito Nacional en la victoria 80-75 sobre los Metros de Santiago, para empatar a un triunfo por bando la final de la Liga Nacional de Baloncesto (LNB), Copa Banreservas. El big tree (tres

grandes) de los del Distrito volvió a ser fundamental en el resultado positivo de su conjunto, al encestar 67 de los 80 puntos conseguidos en el partido, repartidos en 28 unidades de Suero, seguido de Maye con 21 y 18 de Jones. Por los derrotados de Santiago, Víctor Liz encesto 15 tantos, respaldado por Adris de León y Windi Graterol con 13 y 12 puntos por cabeza.

Gerardo Suero intentando un canasto y es defendido por los jugadores de los Metros.


JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

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MLB (P/22)

Edwin Encarnaci贸n decide con jonr贸n triunfo de Azulejos


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DIVORCIOS

OPORTUNIDADES

LEGALES

VENTAS

ALQUILERES

SUBASTAS

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Buenos Aires, República Argentina. Fecha de Nacimiento: 18 de septiembre de 1960. Estado Civil: Soltera Sexo: Femenino

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Virginia, Estados Unidos de América Fecha de Nacimiento: 11 de junio de 1980. Estado Civil: Soltero Sexo: Masculino

CERTIFICO: Que a la SRA. MIRIAM ANDREA FERNANDEZ GIRAT, de conformidad con la Constitución de la República Dominicana y la Ley No. 1683 del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones, mediante el Decreto No. 9414, de fecha 18 de marzo del 2014, el Poder Ejecutivo le concedió el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

CERTIFICO: Que al SR. AARON ASHLEY KING, de conformidad con la Constitución de la República Dominicana y la Ley No. 1683 del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones, mediante el Decreto No. 73-14, de fecha 06 de marzo del 2014, el Poder Ejecutivo le concedió el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

FC 285683

Ministro

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Guangdong, República Popular China. Fecha de Nacimiento: 07 de octubre de 1979. Estado Civil: Soltera Sexo: Femenino CERTIFICO: Que a la SRA. LIN LIN (LIN LAM), de conformidad con la Constitución de la República Dominicana y la Ley No. 1683 del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones, mediante el Decreto No. 73-14, de fecha 06 de marzo del 2014, el Poder Ejecutivo le concedió el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). FC 261553

Ministro.

FC 252443

Ministro.

ANUNCIOS

INMOBILIARIOS

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Santiago de Cuba, República de Cuba. Fecha de Nacimiento: 11 de junio de 1986. Estado Civil: Casada Sexo: Femenino CERTIFICO: Que a la SRA. AYLIN MOK PROENZA, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

Ministro. FC 282895

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: La Habana, República de Cuba. Fecha de Nacimiento: 16 de diciembre de 1968 Estado Civil: Casada Sexo: Femenino

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Roma, República de Italia. Fecha de Nacimiento: 23 de septiembre de 1966 Estado Civil: Casado Sexo: Masculino

CERTIFICO: Que a la SRA. DALIA CARIDAD CASTILLO SANCHEZ, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

Ministro. FC 290682

CERTIFICO: Que al SR. STEFANO GIULIANI, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

Ministro. FC 273300

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Mulhouse, República de Francia. Fecha de Nacimiento: 01 de enero de 1987. Estado Civil: Soltera Sexo: Femenino

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Las Palmas de Gran Canaria, España. Fecha de Nacimiento: 02 de noviembre de 1955 Estado Civil: Casado Sexo: Masculino

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Halkidiki, Nea Propontida, República Helénica. Fecha de Nacimiento: 18 de octubre de 1953 Estado Civil: Casado Sexo: Masculino

CERTIFICO: Que se le reconoce la nacionalidad dominicana a PAULINE HIRTH, de conformidad con el artículo 18 numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

CERTIFICO: Que al SR. JAIME FERNANDEZ MARQUEZ, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

CERTIFICO: Que al SR. SYMEON PAPADOPOULOS, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

Ministro. FC 271025

Ministro. FC 278536

Ministro. FC 274985


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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Guangdong, República Popular China. Fecha de Nacimiento: 18 de diciembre de 1993. Estado Civil: Casada Sexo: Femenino CERTIFICO: Que a la SRA. XIAOFENG WU, de conformidad con el artículo 18 numeral 5 de la Constitución de la República Dominicana, se le reconoce la nacionalidad dominicana por matrimonio. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art.42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Diecinueve (19) del mes de Mayo del año Dos Mil Catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial de la Tercera Circunscripción del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballero, Municipio y Provincia de Santiago, dictó la sentencia Civil No.00656-2014, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa de mutuo y perseverante consentimiento entre los señores esposos RAMON PAULINO REYES ESPINAL Y KATY MARIA CORNIEL REYES, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento de fecha veintiséis (26) del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce (2014) Instrumentados por el LICDO HIPOLITO MINAYA HICIANO, Notario Público de los del Número para el Municipio de Santiago. SEGUNDO: Ordena que los esposos RAMON PAULINO REYES ESPINAL Y KATY MARIA CORNIEL REYE, o el que haga de parte más diligente procedan a trascribir la presente sentencia pronunciarla en el término legal y que se practicar todos los requisitos que prescribe la ley; TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así pronuncia, ordena, manda y firma.- FIRMADOS: Ramón Francisco Ureña Ángeles (Juez y María Mercedes Germoso Reyes Secretaria AdHoc. Dicho divorcio fue pronunciado y transcrita la sentencia que lo admitió, por el oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago uno (01) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (01-7-2014), inscribiéndose en el Libro de Divorcios No.00005 de registro de DIVORCIO, folio No. 0025, bajo el acta No.000825 año 2014 . En Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los dos (02) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (02-7-2014).

VISTA: La Autorización del Expediente No. 662201405074, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, en fecha 26 de Mayo del 2014, en la cual se invierte como oficial público y auxiliar de la justicia al Agrimensor: José Antonio Beato Rodríguez, Codia No. 9861, teléfono (809) 761-9416, para realizar los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro de la Parcela No. 151-A-2, del D. C. No. 7, del Municipio de Santiago, propiedad del señor ONOFRE DE JS. UREÑA, dominicano, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 036-0014357-6, con su asiento social en Av. Los Jazmines, casa No. 72, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, teléfono (829) 934-4300. En cumplimiento de los artículos 75 y 137, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, a los colindantes y al público en general, que dichos trabajos serán iniciados este viernes 11 de Julio del año 2014 a las 9:00, A. M. Este inmueble está ubicado en la calle 1ra., camino a la Mina, casa No. 17, Ensanche Peralta, Santiago. SE ADVIERTE: a todas personas que tengan algún interés en la porción de terreno a Deslindar, que deben comunicarlo con anticipación o en el momento del levantamiento, al Agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte.

José Antonio Beato Rodríguez Agrimensor-Contratista Codia No. 9861

LICDA TERESA MOREL MORA Abogada apoderada

Ministro. FC 276287

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art.42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Veinticinco (25) del mes de Abril del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Circunscripción del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballero, Municipio y Provincia de Santiago, dictó la sentencia Civil No 366-14-00662, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores esposos FAUSTO LEONEL DOMINGUEZ FIRPO Y KATHERINE MORA DIAZ, de acuerdo a las estipulaciones pactadas en fecha Veintiocho de 28 del mes de Febrero del 2014 por ante el Lic. HIPOLITO MINAYA HICIANO Notario Público de las del número para el municipio de Santiago, SEGUNDO: Ordena a los señores esposos FAUSTO LEONEL DOMINGUEZ FIRPO Y KATHERINE MORA DIAZ, o el que haga de parte más diligente procedan a trascribir la presente sentencia, pronunciarla en el término legal y practicar todos los requisitos exigido por la ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma.: Samuel Guzmán Fernández. (Juez), Lucia del Carmen Sánchez Secretaria Interina). Dicho divorcio fue pronunciado y transcrita la sentencia que lo admitió, por el oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago uno (01) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (01-7-2014), inscribiéndose en el Libro de Divorcios No.00005 de registro de DIVORCIO, folio No. 0026, bajo el acta No.000826. En Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los dos (02) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (02-7-2014).

VISTA.-La AUTORIZACION DE MENSURA DE FECHA. 23 DE JUNIO DEL 2014, Expediente No.662201406156. dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, en fecha 23 de junio del año 2014, a petición del Sr. Alfredo de Jesús Pérez Pérez, en la cual solicita sea autorizado el Agrimensor José Ramón Torres Ortiz, para realizar los trabajos de Mensuras para Saneamiento. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día Lunes 14 de Julio del año 2014, a las 9:00 A.M. se dará comienzo a las Mensuras Catastrales de una Porción de Terrenos dentro del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Puñal y Provincia de Santiago, Sección y lugar Laguna Prieta. El inmueble está ubicado en la entrada del Jobo a mano izquierda desde la calle estancia Nueva a 180 metros. Con Las Coordenadas UTM: N= 2,144,277.14m y E=326,520.05m Con la siguiente colindancia: Al norte: Entrada al Jobo. Al este: Gilda Bernarda de los Santos, María Inmaculada, Francisco Núñez, Francisco Núñez, Alfredo de Jesús Pérez Pérez y José Nicolás Batista (cola). Al sur: Sucesores de Nino Almonte. Al oeste: Pedro Antonio Báez Rodríguez, María Cristina Rodríguez, Santo Dionicio Báez Rodríguez y Los Sucesores de Carlos Sánchez. SE ADVIERTE: a todas las personas que tengan algún interés en la parcela a mensurar, que deben comunicarlo con anticipación ó en el momento de la mensura, al Agrimensor encargado ó al Director Regional de Mensuras Catastrales, de conformidad con los Artículos 69 de la ley 108-05 y Articulo 137, del Reglamento General de Mensuras Catastrales. Esta Mensura será practicada por el Agrimensor, José Ramón Torres Ortiz, quedando investido como oficial público y auxiliar de la justicia, según el Art. 25, párrafo 4to. De la Ley 108-05. Con su domicilio en la calle No.13, Esq.-c, Casa No.3 Altos, Gurabo, en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, correo electrónico: tdmdominicana@yahoo.com. 01 de Julio del año 2014 Santiago, Rep. Dom.

Ministro.

LICDA. TERESA MOREL MORA Abogada apoderada

AGRIM. JOSE RAMON TORRES ORTIZ. CODIA No. 4691

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

AVISO DE TRANSFORMACION DE LA SOCIEDAD “DON CARTRIDGE EIRL”

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

República Dominicana Ministerio de Interior y Policía CERTIFICADO DE NACIONALIZACION DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Solt, Hungría. Fecha de Nacimiento: 27 de septiembre de 1953 Estado Civil: Casada Sexo: Femenino CERTIFICO: Que a la SRA. JUDIT KISS, de conformidad con la Constitución de la República Dominicana y la Ley No. 1683 del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones, mediante el Decreto No. 130-14, de fecha 08 de abril del 2014, el Poder Ejecutivo le concedió el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

FC 263082

DATOS PERSONALES Lugar de Nacimiento: Batya, Hungría Fecha de Nacimiento: 23 de mayo de 1950. Estado Civil: Casado Sexo: Masculino CERTIFICO: Que al SR. GYULA VOROS, de conformidad con la Constitución de la República Dominicana y la Ley No. 1683 del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones, mediante el Decreto No. 130-14, de fecha 08 de abril del 2014, el Poder Ejecutivo le concedió el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria. Hecho en cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). FC 303763

Ministro.

De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08, del 11 de Diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la compañía DON CARTRIDGE EIRL”, a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía DON CARTRIDGE EIRL”, la cual se denominará DON CARTRIDGE S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto social la Venta, Relleno de Cartuchos de Tóner y Reparación de equipos de Oficinas, el domicilio de la empresa se encuentra en la Calle Libertador de Herrera, Santo Domingo, Oeste; con un capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00); la empresa será administrada por un o mas gerentes, designados al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el balance financiero especial, el informe especial, por lo que se convoca a los accionistas de la compañía “DON CARTRIDGE EIRL” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía el día Veintiuno (21) del mes Julio del año 2014. El proyecto de transformación de la compañía, junto con el informe especial de gerente, el balance especial estará a disposición de los accionistas en el domicilio de la compañía. En la ciudad de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014).

FC 304115

VISTA: La Autorización del Expediente No. 662201405075, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, en fecha 26 de Mayo del 2014, en la cual se invierte como oficial público y auxiliar de la justicia al Agrimensor: José Antonio Beato Rodríguez, Codia No. 9861, teléfono (809) 761-9416, para realizar los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro de la Parcela No. 226, del D. C. No. 6, del Municipio de Santiago, propiedad de la señora ELADIA ANTONIA JAQUEZ DURAN, dominicana, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0140785-0, quien elige como domicilio y residente la calle Vicente Estrella, casa No. 49, Los Pepines, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, con su teléfono (809) 729-0602. En cumplimiento de los artículos 75 y 137, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, a los colindantes y al público en general, que dichos trabajos serán iniciados este viernes 11 de Julio del año 2014 a las 3:00, P. M. Este inmueble esta ubicado en la calle xx No. xxx, Santiago. SE ADVIERTE: a todas personas que tengan algún interés en la porción de terreno a Deslindar, que deben comunicarlo con anticipación o en el momento del levantamiento, al Agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte.

ROSA DILIA RAMIREZ REYES Presidente

José Antonio Beato Rodríguez Agrimensor-Contratista Codia No. 9861 PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

Para cumplir con lo que dispone el Artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, del 2l de Mayo de 1937, sobre Divorcio en la República Dominicana, Mod. Por 1a Ley 2153 del 1949, el señor PEKKA ILMARI MANTYLA, de nacionalidad Fi1andes, mayor de edad, titular del pasaporte No. PM1865849, domiciliado y residente en Rommkkokatu 5B 12 90120Ou1u Finland y accidentalmente en la calle Duarte No. 15, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. NELLY H. GUZMAN PERALTA, dominicana, mayor de edad, soltera, con cédula de Identidad y Electoral No. 001-1060155-6, con estudio profesional abierto en la calle José Fco. Peña Gómez, No. 17, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todas los fines y consecuencias legales de la presente publicación ADVIERTE a su legítima esposa señora LUZ DEL ALBA PEÑA DIAZ, que a falta de información actual relativa a su Domicilio procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la causa de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, el día Siete (7) del mes de Julio del año 2014, a las 9:00 a.m., a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra ubicado en la Primera Planta del Palacio de Justicia, sito: En la Ave. Charles de Gaulle No. 27, sector Cabilma del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto celebrará la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, sito: En la calle Presidente Vázquez No. 23, Esq, Juan Luís Duquela, Sector Ozama, Municipio Santo Domingo Este, el día Marte que contaremos a Diecinueves (19) del mes de Agosto del año 2014, a las 9:00 a.m. Horas de la mañana, para conocer de la referida demanda. En la ciudad de Santo Domingo, al primer (0l) día del mes de Julio del año 2014.

De conformidad con la ley, se hace de público conocimiento que el día sábado que contaremos a Cinco (05) del mes de Julio del año 2014, se procederá a la venta en pública subasta, a las 09:00 a.m., en el Mercado Público de Los Mina, ubicado en la calle Presidente Estrella Ureña, esq. Segura y Sandoval, sector Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, por causa de Embargo Ejecutivo de bienes muebles siguientes: 1.- Dos (02) bancos de abdominales; 2.- Cuatro (04) máquinas caminadoras marca Star Trac Pro; 3.- Tres (03) bicicletas estacionarias marca RC; 4.- Una (01) máquina caminadora marca croun; 5.- Dos (02) máquinas para abdominales; 6.- Una (01) polea multiuso; 7.- Una (01) máquina multiuso; 8.- Cuatro (04) bancos de pecho; 9.- Tres (03) máquinas de pecho marca no visible; 10.- Dos (02) máquinas de hombros; 11.- Cinco (05) bancos sueltos color blanco; 12.- Un (01) banco para abdominales; 13.- Cuarenta y Ocho (48) mancuernas de diferentes libras; 14.- Veintiocho (28) barras de pesas; 15.- Dos (02) máquinas de espalda; 16.- Noventa y Cinco (95) hierros de diferentes libras; 17.- Doce (12) barras multiusos, los cuales le fueron embargados ejecutivamente al señor FELIPE CESAR AUGUSTO SOTO BATISTA, a requerimiento de la compañía EMPRESAS INMOBILIARIAS VARGAS & ASOCIADOS, S.A., mediante Acto No. 920/2014, de fecha 25 del mes de Junio del año 2014, del Ministerial LUIS FRANCISCO GARCIA, Alguacil Ordinario del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional; Advirtiéndoles a los licitadores que los pagos son en efectivo, y que además deberán pagar del precio de la adjudicación el Diez (10%) por ciento del producto de la venta, de acuerdo a lo que establece la ley en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014).

De conformidad con el Art. 142, de la Ley 1306-Bis, sobre la Ley de Divorcio se hace de publico conocimiento que la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, dicto en sus atribuciones civiles dicto en fecha quince (15) de Abril del año Dos Mil Catorce (2014), la sentencia, N0.00l91/2014, cuyo dispositivo copiado textualmente dice de la siguiente manera: FALLA: PRIMERO: SE ADMITE EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores ROLANDO FRIAS MEDINA y CARMEN YOCASTA REYES ROLLINS, de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones No. 15-2014 de fecha 18/2/2014 instrumentado por el abogado Notario publico DR. ANTONIO FULGENCIO CONTRERAS, abogado notario publico del Municipio de Haina. SEGUNDO: Se ORDENA al oficial del estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio así. TERCERO: SE COMPENSA pura y simple las costas por tratarse de una litis entre esposos. CERTIFICO: Que la decisión que antecede es una copia, fiel y conforme al contenido de su original copia que expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada. En el Municipio de San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, Republica Dominicana, a los quince (15) días del mes de Abril del año 2014.

Licda. Nelly H. Guzman Peralta Abogada Apoderada de la parte Demandante

LUIS FRANCISCO GARCIA Alguacil en Funciones de Vendutero Público

DRA. MAYRA ALICIA MATA Abogada de las partes

FC 30405

FC 304084

FC 304120


PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la República Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha veintinueve (29) del mes de enero del año 2014, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia civil no. 161 en nombre de la República, en materia de divorcio cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores FRANCISCO ANTONIO BAEZ DIAZ Y MARIANELA RAMOS ACOSTA, conforme a las estipulaciones concertadas por ellos en el Acto autentico marcado con el Numero seiscientos ochenta y uno (681), folio No. Mil trescientos setenta y cinco(1375), de fecha catorce (14) del mes de septiembre del año dos mil trece (2013), instrumentado por el Doctor RAMON EDUARDO MIESES SANCHEZ, Notario Público de los del Numero para el Municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega. SEGUNDO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA, ASI SE PRONUNCIA MANDA Y FIRMA. (Fdos) YLONKA ESPERANZA BRITO HENRIQUEZ, JUEZA. DILIA CRISTINA MARIOT TORREZ, SECRETARIA. El divorcio así admitido por la sentencia anterior fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del municipio de Jarabacoa quien procedió conforme a lo que establece la ley a su transcripción correspondiente en el Libro de registro de Divorcios No. 00001; folio 0163; Bajo Acta No. 000082 en fecha (05) del mes de Junio del año 2014. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, República Dominicana, a los cinco (05) día del mes de Junio del Año 2014.

3B

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

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PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306- Bis, Sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veinte (20) del mes de mayo, del año DOS MIL catorce (2014), LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, mediante la SENTENCIA CIVIL 366-14-00887, cuyo dispositivo copiado como aparece en este acto textualmente dice así: F A L L A PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de mutuo consentimiento entre los esposos JOSE DANILO ARIAS y SANDRA MARIA GARCIA ORTIZ, según lo pactado por ellos en la estipulación de divorcio, instrumentado por la LIC. PUBLIO R. LUNA P., Notario Público de los del Número para el Municipio de Santiago. SEGUNDO: Se ordena que los señores, esposos o el que haga de parte más diligente procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se practiquen todos los demás requisitos que prescribe la ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA MANDA, FIRMA Y PUBLICA. FIRMADOS: LICDO. SAMUEL GUZMAN FERNANDEZ, Juez y Janet Pérez Secretaria. Así mismo se hace saber que en fecha DOS (02), del mes de JULIO del año DOS MIL CATORCE (2014), por ante el OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO, se procedió a TRANSCRIBIR la Sentencia Civil No 366-14-00887, en el Libro no 00005, folio 0175, Registro de Divorcio, acta no.000488, del año 2014, así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año DOS MIL CATORCE (2014).-

EXPEMENTE No. 663201406053 Se hace público conocimiento que el día domingo 6 de Julio del 2014, a las 9:00 A.M. se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde en la P. No.210 del D.C. No.6/1 del Municipio de San José de Los Llanos, Provincia de San Pedro de Macorís, Expediente No.663201406053, a petición de los señores Sr. Flora Chin Fang Hang y Tseng Hsiu Huang, propietarios en representación por el Sr. Chi Wing Fung.

FC 304058

SANTIAGO A. SIERRA, Agrimensor. Codia 6159.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201404616 Se informa que en fecha 14 de julio del 2014 a las 11:30 p.m. se realizarán los trabajos de campo para deslinde en el ámbito de la P. No. 206-A-5 (parte) del D.C. 05, del Distrito Nacional, porción Propiedad del señor Luis Olivares Bencosme Pantaleón, ubicada en la Calle Diagonal Segunda No. 102, Villas Agrícolas. Cualquier persona interesada favor comunicarse con el agrimensor contratista o con la dirección de mensuras correspondiente.

LIC. ANGEL SALVADOR RODRIGUEZ LANTIGUA Abogado

LIC. EDDY HERNANDEZ C. SOLICITANTE Ced. 031-0054489-3 Tel 809-581-8452

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PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para el general conocimiento y de conformidad con las disposiciones de la Ley 1306-BIS sobre Divorcio, se hace saber que, en fecha 13 de mayo de 2014 la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Edgar Allan Sánchez Sánchez y Hermida Arias Peralta por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia; a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Edgar Allan Sánchez Sánchez y Hermida Arias Peralta por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones número siete (7), de fecha 12 de marzo del 2014, instrumentado por el Dr. Carlos Eusebio Trinidad, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido entregada a la presente instancia; b) Otorga la guarda, tenencia y cuidado de los menores Alanny Nicole, Edgar Junior y Cristhal Marie, a cargo de la señora Hermida Arias Peralta, madre de estos; c) Fija la suma de Veinte Mil pesos (RD$20,000.00) la pensión que tendrá que pagar el señor Edgar Allan Sánchez Sánchez, a favor de sus hijos Alanny Nicole, Edgar Junior y Cristhal Marie la cual pagará mensualmente en manos de la señora Hermida Arias Peralta, madre de estos, los días número quince (15) de cada mes; más los beneficios acordados por las partes en el preindicado acto de convenciones y estipulaciones; TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido firmada por el Magistrado Danilo Caraballo Núñez, el mismo día mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública por la secretaria, Nelly M. Mercedes. El divorcio admitido por la sentencia precedentemente mencionada fue pronunciado por el Oficial de Estado Civil de la Décima Circunscripción en fecha 09 de junio de 2014, archivado y sometido a inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiente al libro no. 00002, de registros de Divorcio, Folio No. 0141, Acta No. 000136, año 2014, en la Oficialía de Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional.

Para el general conocimiento y de conformidad con las disposiciones de la Ley 1306-BIS sobre Divorcio, se hace saber que, en fecha 24 de enero de 2014 la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó la sentencia marcada con el número 0041-14 cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Freddy López Santiago Y Marcelle Marie Martínez Bonetti, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Freddy López Santiago y Marcelle Marie Martínez Bonetti, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 2, de fecha 31 de julio del 2013, instrumentado por el Dr. Carlos Eusebio Trinidad, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido entregada a la presente instancia; b) Otorga la guarda y cuidado de Miranda Marie a cargo de la señora Marcelle Marie Martínez Bonetti, madre de ésta; c) Fija la pensión alimentaria que debe pagar el padre Freddy López Santiago, a favor de su hija Miranda Marie, en la suma de cincuenta mil pesos (RD$50,000.00), la cual pagará todos los meses en manos de la madre de ésta. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma. Ileana Pérez García, Juez, Ramona Melissa Matos Almánzar, secretaria. El divorcio admitido por la sentencia precedentemente mencionada fue pronunciado por el Oficial de Estado Civil de la Décima Circunscripción en fecha 09 de junio de 2014, archivado y sometido a inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiente al libro no. 00002, de registros de Divorcio, Folio No. 0138, Acta No. 000135, año 2014, en la Oficialía de Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional.

Para el general conocimiento y de conformidad con las disposiciones de la Ley 1306-BIS sobre Divorcio, se hace saber que, en fecha 09 de mayo de 2014 la Sexta para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia marcada con el número 01197/2014 cuyo dispositivo es el siguiente: ÚNICO: Declara bueno y válido el acto de estipulaciones y convenciones No. 6/2013, firmado por los esposos FRANCISCO EUGENIO MELO BALLESTEROS Y DORIS DHARIDY RODRIGUEZ ALMONTE, de fecha primero (01) de octubre del año dos mil trece (2013), por ante el Dr. Carlos Eusebio Trinidad, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por las consideraciones expuestas, en consecuencia: A: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges Francisco Eugenio Melo Ballesteros y Dorys Dharidy Rodríguez Almonte; B: OTORGA la guarda de la hija menor de edad VALENTINA a su madre señora Doris Dharidy Rodríguez Almonte de conformidad con lo acordado con los cónyuges en el numeral quinto del acto de estipulaciones y convenciones No. 06/2013; C: IMPONE al señor Francisco Eugenio Melo Ballesteros la obligación de pagar en manos de la señora Doris Dharidy Rodríguez Almonte mensualmente la suma de veinte mil pesos (RD$20,000.00) por concepto de alimentación a favor de su hija menor de edad; D: COMPENSA pura y simplemente las costas de procedimiento; E: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente; así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma Evelyn Torres, Juez; Carolina Cuevas, secretaria auxiliar. El divorcio admitido por la sentencia precedentemente mencionada fue pronunciado por el Oficial de Estado Civil de la Décima Circunscripción en fecha 09 de junio de 2014, archivado y sometido a inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiente al libro no. 00002, de registros de Divorcio, Folio No. 0144, Acta No. 000137, año 2014, en la Oficialía de Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional.

Licdo. Eric Medina Castillo Abogado

Licdo. Eric Medina Castillo Abogado

(AC-5963-PC-1/2)

FC 304086

FC 304085

Agrim. Jorge Ulises Inoa S., Codia: 79553 Tel. 809-860-5794 Email: juis558@yahoo.com FC 304062

FC 304084

Licdo. Eric Medina Castillo Abogado

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de las instalaciones del Proyecto “BORINQUEN”, ubicado en la provincia Santo Domingo, municipio de Pedro Brand, sección “El Pedregal”, que desde el 01/07, hasta el 31/07/2014, la empresa DOCALSA DOMINICANA DE CALES, S.A., realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de la indicada localidad.

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de las instalaciones de la empresa CORPORACION MINERA DOMINICANA, S.A., ubicada dentro de la Concesión Bloque Minero C-1, en el área de Cerro Maimón, que desde el 01/07 hasta el 31//07/2014, la empresa DOCALSA DOMINICANA DE CALES, S.A., realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de la indicada localidad.

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS, MIDE

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS, MIDE

FC 65608

FC 65609


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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO De conformidad con las disposiciones vigentes, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado No. 402-01130-9078-6, de fecha diecisiete (17) del mes de diciembre del año dos mil siete (2007), por un monto de Sesenta y Tres Mil Trescientos Ochenta (RD$63,380.00), Pesos, Moneda Nacional, expedido por el BANRESERVAS, a favor de la señora: FRANCIA GUERRERO CASTILLO, cédula No. 003-0013091-1.

AVISO DE MENSURA PARA TRABAJOS DE DESLINDE

Expediente No. 663201404617 Se informa que en fecha 14 de julio del 2014 a las 10:30 p.m. se realizarán los trabajos de campo para deslinde en el ámbito de la P. No. 206-A-5 (parte) del D.C. 05, del Distrito Nacional, porción Propiedad del señor Luis Olivares Bencosme Pantaleón, ubicada en la Calle Diagonal Segunda No. 59, Villas Agrícolas. Cualquier persona interesada favor comunicarse con el agrimensor contratista o con la dirección de mensuras correspondiente.

Expediente No. 663201406242, una porción dentro de la P. No. 146-I, del D.C. No. 6, provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, ubicada específicamente al Norte de la Autopista Coronel Rafael Tomás Fernández Domínguez (Autopista San Isidro), propiedad del BANCO POPULAR DOMINICANO, S.A., BANCO MULTIPLE. Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central de fecha 17/06/2014, autorizando los trabajos de Deslinde. Se avisa a los colindantes y público en general, que el 02/07/2014, a las 9:00 a.m., se dará comienzo a los trabajos de Mensuras por una de las brigadas de la Compañía FRANCISCO AQUINO & ASOCS., bajo la dirección del agrimensor actuante: MARCOS ANT. BALBI MENDOZA, Codia No. 25951. 25/06/2014. FP 65449

Agrim. Jorge Ulises Inoa S., Codia: 79553 Tel. 809-860-5794 Email: juis558@yahoo.com FC 304062

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

FC 303947

AVISO O PUBLICACION ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO Para dar cumplimiento a lo que establece el Art. 5 párrafo II, de la ley 122-05 que regula las Incorporaciones sin Fines de Lucro, se hace de conocimiento general que ha sido incorporada mediante Resolución No. 2014-9229, de fecha 14 del mes de Abril del año 2014, y que en fecha 7 del mes de Enero del año 2014, mediante Asamblea se dejó Constituido el Movimiento de Iglesias Cristianas y Misioneras Ejemplo de Cristo, con domicilio en la calle Abreu, No. 21, sector Mendoza, Santo Domingo Este, cuyos miembros fundadores son: Inés Sugilio de Reyes, Pastora; Diógenes Reyes, Pastor; Junior Tejada, Co-Pastor; Milagros de los Santos, Presidenta; Dalcia González, Tesorera; Fernando Sánchez Vinier, Vocal. Ejemplo de Cristo tendrá una duración de 10 años, el cual podrá ser renovado por períodos sucesivos de 10 años, contados a partir de la fecha de vencimiento, teniendo como objetivo fundamental, ofrecer ayudas a las personas que las necesiten en los campos o cualquier lugar donde Dios permita hacer su Obra, predicar las Buenas Nuevas de Salvación, y cualquier otra misión que nos competa.

FC 304060

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

INES SUGILIO DE REYES Pastora.

República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES “AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO” AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario, se hace de Público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 73-6629, correspondiente a la Parcela No. 3, Porción A, del Distrito Catastral No.04, Provincia Distrito Nacional, la cual tiene una extensión superficial de 580,385.81 Mts2. Expedido a favor del ESTADO DOMINICANO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de Mayo del año 2014.

EMERSON FRANKLIN SORIANO CONTRERAS Director General

FC 304106

República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES “AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO” AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliaria, se hace de Público conocimiento la pérdida de la Certificado de Título No. 81-1429, correspondiente a la Parcela No. 84, del Distrito Catastral No. 2, Provincia Distrito Nacional, la cual tiene una extensión superficial de 48,625.40 Mts2. Expedido a favor del ESTADO DOMINICANO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de Mayo del año 2014.

EMERSON FRANKLIN SORIANO CONTRERAS Director General

FC 304106

República Dominicana Secretaria de Estado de Hacienda ADMINISTRACION GENERAL DE BIENES NACIONALES “AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO” AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Expediente No. 663201406493, Que el día 7 de Julio del 201, a las 9:00 A.M. se inicia la mensura para el Deslinde en la Parcela No.1-REF, en el Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, Provincia San Cristóbal, a nombre de los Srs. NELSON DOMINIC PEREZ Y ANA ANTONIA PEREZ DE DOMINIC, SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan interés en esta mensura, deben comunicarse con anticipación con la Dirección Regional de Mensura Catastral Departamento Central de Conformidad con el apartado 13 del artículo 52 de la Ley de Registro Inmobiliario o con respecto a esta mensura.

AGRIMENSORA ANA ANT. OZUNA NOLASCO CODIA NO. 15741 Tel: (809) 426-9301

FC 364101

FE DE ERRATA: Esta publicación fue realizada el día 26/06/14, pero por error involuntario se escribió mal el apellido del Agrimensor. Pedimos excusas por los inconvenientes causados.

AVISO DE MENSURA PARA TRABAJOS DE DESLINDE Expediente No. 663201406244, una porción dentro de la P. No. 143-E-I-B-REF, del D.C. No. 6, provincia Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, ubicada específicamente al Norte de laAutopista Coronel RafaelTomás FernándezDomínguez(AutopistaSanIsidro),propiedaddelBANCOPOPULARDOMINICANO,S.A.,BANCOMULTIPLE. Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central de fecha 17/06/2014, autorizando los trabajos de Deslinde. Se avisa a los colindantes y público en general que el 02/07/2014, a las 11:00a.m.,sedarácomienzoalostrabajosdeMensurasporunadelasbrigadasdelaCompañíaFRANCISCOAQUINO & ASOCS., bajo la dirección del agrimensor actuante: MARCOS ANT. BALBI MENDOZA, Codia No. 25951. 25/06/2014. FP65449 FE DE ERRATA: Esta publicación fue realizada el día 26/06/14, pero por error involuntario se escribió mal el apellido delAgrimensor. Pedimos excusas por los inconvenientes causados.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

Expediente No. 663201406494, Que el día 7 de Julio del 2014, a las 11:00 A.M. se inicia la mensura para el Saneamiento en la P No. 155 del Distrito Catastral No. 07 del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, a nombre de los Srs. Mercedes, Ramón, José, Juan, y Ana Rosa Delgado Castillo, Sucs. Agustin Delgado Almonte, SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan interés en esta mensura, deben comunicarse con anticipación con la Dirección Regional de Mensura Catastral Departamento Central de Conformidad con el apartado 13 del artículo 52 de la Ley de Registro Inmobiliario o con respecto a esta mensura.

En virtud de autorización d/f 25/06/2014. Se hace de público conocimiento que el día VIERNES 11/JULIO/2014, a las 9 a.m., se realizaran los trabajos de DESLINDE en la Parcela 56-B-1-A, D. C. 3, ubicada en la calle 8, Urbanización Villa Aura, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, a petición de FRANCIS VALDEZ CRUZ. Exp. 663201406610.

AGRIMENSORA ANA ANT. OZUNA NOLASCO CODIA NO. 15741 Tel: (809) 426-9301 FC 364101

FE DE ERRATA: Esta publicación estaba pautada para salir el día 1/07/14 y por un error involuntario no se realizó. Pedimos disculpas por los inconvenientes causados.

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE En Virtud de la Autorización d/f 09/06/2014, Depto. Central, se hace de público conocimiento que el día 20/07/2014, a las 07:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde en la Parcela No. 47 del D. C. No. 20, del Municipio y Provincia San Cristóbal, a petición del Sr. Gabriel Manukian Then, representado para estos fines por el Dr. Ramón Antonio Vanderpool de la Rosa. Exp. No. 663201405973.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 663201406323 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., del departamento Central, de fecha 18 de Junio del 2014: Se hace de público conocimiento que el día 12 de Julio del 2014, a las 4:00 P.M., se dará inicio a la mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. No. 317, del D. C. No. 2, del Municipio de Baní, Provincia Peravía, con una extensión superficial de 507.00 m2, ubicada en Catalina, en la Calle Principal, propiedad del SR. VICTORINO CARMONA SANTOS.

JEMMY MARTIN GÓMEZ DE JESÚS

Agrim. José Antonio Del Villar Medina, Codia 8146. FC 304071

AGRIM. MANUEL HERRERA COLON Codia 18765/cel.: (809) 865/9040

FP 65536

FC 304116

Agrimensor, Codia-26668 Cel.: 829-898-8840 y 809-820-7847

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA

En Virtud de la Autorización d/f 28/04/2014, Depto. Central, se hace de público conocimiento que el día 14/7/2014, a las 07:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde en la Parcela No. 1025 del D. C. No. 05, en el Municipio de Baní, Provincia Peravia, a petición de la Compañía Mango de Matanzas, representada para estos fines por el Licdo. Emilio Jacobo Hasbun José. Exp, No. 663201404342.

El 21 de Julio del año 2014, a las 9:00 a.m., se iniciara el trabajo de Deslinde en un área de 240.00 m2, dentro de la parcela No. 115-REF, del D. C. 06, del Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, Ubicada en el Sector de Invivienda, Calle 21, No. 9, propiedad de RAMON DE JESUS NUÑEZ PERALTA. Exp. No. 663201406150.

Agrim. José Antonio Del Villar Medina, Codia 8146. FC 304071

AGRIM. TEOLINDA HERNÁNDEZ BERROA. Codia: 5287 Telf. (809) 699-9360

304117

AVISO DE AUDIENCIA DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA

Se hace de público conocimiento que el día Jueves (31) del mes de Julio, del año 2014, a las 9:00 AM, El tribunal Superior de Tierra del Departamento Central, del Distrito Nacional, ubicado en la Ave. Comandante Jiménez Moya Esq. Avenida Independencia. Edif. Jurisdicción Inmobiliaria (4ta) planta del Distrito Nacional se conocerá la audiencia del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia 20135395, con relación a un deslinde que se realiza dentro del Ámbito de la parcela No. 183-REF. del D.C. 06, parcela resultante No. 401423330128, con una superficie de 463.62 Metros Cuadrados Ubicada en el sector Los Tres Ojos, del Municipio Santo Domingo, propiedad del señor RAFAEL W. JEREZ PUJOLS, solicitante.

En virtud de la autorización de fecha 7/4/14, se hace de público conocimiento que el martes 8/7/14, a las 8:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, en el inmueble identificado como P. No. 10, del D.C. No. 31, del municipio de Los Alcarrizos, provincia de Santo Domingo, a petición del Sr. GUMERCINDO UBIERA PAULINO. Exp. No. 663201403588.

LIC. ROBINSON PEREZ LOPEZ, Abogado Apoderado.

AGRIM. DOMINGO JAQUEZ FORTUNA, Codia 20918. FP 65599

FC 304065

AVISO DE AUDIENCIA DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que cl día miércoles (30) del mes de Julio, del año 2014, a las 9:00 AM, el Tribunal de Tierra de Jurisdicción Original del Departamento Central del Distrito Nacional, ubicado en la Ave. Comandante Jiménez Moya Esq. Avenida Independencia. Edif. Jurisdicción Inmobiliaria (4ta) planta en la Sala No. 2, del Distrito Nacional se conocerá la audiencia del Deslinde dentro del inmueble identificado parcela No. 78-M-4, del D.C. 6, parcela resultante 401456769060, con una superficie 294.37 metros cuadrados, Ubicada Urbanizacion Arpe IV, San Isidro, Municipio Santo Domingo Este, propiedad del señor LUCAS VALENZUELA VALENZUELA, Solicitante.

Expediente No. 662201404601 Se hace de público conocimiento que fecha 25 de mayo del 2014, a las 09:00 a.m., procederé a iniciar el levantamiento para fines de Deslinde en la Parcela No. 2839, del D.C. No. 03, del municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, propiedad del Sr. LUIS M. SABATER NUÑEZ, según autorización de fecha 13 de mayo del 2014.

FC 304065

LIC. ROBINSON PEREZ LOPEZ, Abogado Apoderado.

AGRIM. JOSE LUIS SANCHEZ SANTOS, Codia 5557. FP 65602

En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario, se hace de Público conocimiento la pérdida de la Certificado de Título Matrícula No. 3000095827, correspondiente a la Parcela No. 217-B-8, del Distrito Catastral No. 6, Provincia Santo Domingo, la cual tiene una extensión superficial de 828,157.21 Mts2. Expedido a favor del ESTADO DOMINICANO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de abril del año 2014.

Se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central, que el día Lunes 14/07/2014, a las 4:00 p.m., se realizará el Deslinde de 639.74 Mts2, dentro de la Parcela No. 17-A, Distrito Catastral No. 17, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, propiedad del señor Félix Ramón Minaya, según Autorización de fecha 23/0612014. Expediente No.663201406421. El inmueble se encuentra ubicado en la Av. Los Restauradores, No.70, Barrio Lotes y Servicios, Sector Sabana Perdida, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo.

Se hace de público conocimiento que el día 9 de julio del 2014, a las 09:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 122-A-1-A, del Distrito Catastral No. 03, del Distrito Nacional, ubicado en la calle Francisco Soñé No. 10, Bella Vista. Distrito Nacional, a requerimiento de los SRES. BACILIA CASTILLO, AGUSTIN CASTILLO y CRUZ NEREIDA CASTILLO, mediante Autorización de Expediente No. 663201403390, de fecha 3 de abril del año 2014, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Central.

EMERSON FRANKLIN SORIANO CONTRERAS Director General

AGRIM. ABRAHAN BELLIARD MONTERO, Codia 4190.

AGRIM. SIMON BOLIVAR JIMENEZ RIJO, Codia 1841.

FC 304106

PUBLICACIÓN DE DESLINDE

FC 304050

AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)

FP 65594


AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

INMOBILIARIA LIGURIA, S. A. Capital Autorizado: RD$1,500,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$1,310,000.00 Registro Mercantil No. 26469SD RNC No. 11-01-07777-8 Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana

AVISO DE TRANSFORMACIÓN Para cumplir con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08 (Modificada por la Ley 31-11 del 10 de febrero de 2011), se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la sociedad comercial INMOBILIARIA LUGURIA, S. A. a una sociedad de responsabilidad limitada, el cual establece lo siguiente: (i) la nueva denominación social será “INMOBILIARIA LUGURIA, S. R. L.”; (ii) la sociedad tiene por objeto principal dedicarse a la comercialización de bienes inmuebles; al igual que toda clase de actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto principal y de lícito comercio, o que favorezca y facilite el desarrollo del mismo; (iii) el domicilio social se mantendrá sin cambios en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; (iv) el capital social será fijado en la suma de Un Millón Trescientos Diez Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$1,310,000.00); (v) la sociedad será administrada por uno o varios gerente(s), designado(s) al efecto; (vi) la duración de la sociedad será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el Balance Financiero Especial, el Informe del Consejo de Administración y un Informe General elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los accionistas de INMOBILIARIA LUGURIA, S. A. a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía, el día viernes, dieciocho (18) del mes de julio del año dos mil catorce (2014), a las diez horas de la mañana (10:00 a. m.). El Proyecto de Transformación de la Compañía, el Informe del Comisario de Cuentas, el Balance Especial y el Informe del Consejo de Administración estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, el día tres (03) del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

RITA MARÍA PANIAGUA MESA DE ESPÓSITO, Presidente.

FC 304075

EDITO DE VENTA DEL INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con las disposiciones del artículo 702 de la ley 764/1944 del código procedimiento civil, se hace de público conocimiento que el día martes que contamos a 22 de julio del año dos mil catorce (2014), a las 9:00 hora de la mañana por ante la segunda sala de lo civil y comercial del juzgado de la primera instancia del Distrito Nacional, sito en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas en uno de los salones del segundo piso del edificio de la corte de la feria, ubicado entre la calle Hipólito Herrera Billini esquina calle 3, sector La Feria del Distrito Nacional, se procederá a la venta pública subasta, en audiencia de pregones que al efecto se celebrará del siguiente inmueble, parcela No. 105-C-11-A del Distrito Catastral No.4 del Distrito Nacional amparado por la matricula del acreedor No. 01 00221994, con área superficial de 934metros cuadrados. Parte perseguiente: Sr. Yovanny de Jesús Pichardo, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No.048-006430-3, con su domicilio en la calle 10 No. 2 residencial Gloris Mely, sector Villa Aura provincia Santo Domingo. Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. Freddy E. Peña dominicano mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No.0010372292-2, con su estudio profesional abierto en el No. 13 de la avenida Pasteur del sector de Gazcue del Distrito Nacional, lugar donde el perseguiente ha establecido su domicilio. Deudor Hipotecario: La señoras Yokari Abreu Díaz y Manuela Cecilia Luna Torres, ambas dominicanas, mayores de edad, casadas, empleadas privadas, portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-1474719-9 y 048-00584031 con domicilio en la calle Tetelo Vargas No. 33 apartamento 4-B y 8-B del sector de Naco del Distrito Nacional. Precio de la primera puja: el perseguiente ha fijado como precio de primera puja en la suma RD$ 4,300,000.00 (cuatro millones trescientos mil pesos 00/100), que es monto a que asciende la deuda principal e intereses a cuyo monto le será agregado los gastos y honorarios aprobados por el tribunal previo a la adjudicación. Garantía Requerida: Para ser licitador en dicha venta todo licitador deberá depositar un 10% del precio de primera puja en la secretaria del tribunal, en efectivo: cheque de certificado o bancario de una institución radicada en la República Dominicana por la suma de RD$ 4,300,000.00 pesos equivalente al 10% del precio de primera puja, se advierten que dicha puja solo serán recibida por ministerio de abogado Enunciaciones preliminares: El mandamiento de pago fue modificado por acto No.302/14 en fecha 7 de marzo del año dos mil catorce (2014), por el Ministerial Juan Matías Cardenes Jiménez, ordinario del tribunal Superior Administrativo del Distrito Nacional. En fecha 2 del mes de mayo del año dos mil catorce (2014), por acto No.567/14, se realizó el embargo del inmueble en garantía, por el Ministerial Juan Matías Cardenes Jiménez, del tribunal administrativo en virtud del poder, de fecha 21 del mes de abril del año dos mil catorce (2014) otorgado por el perseguiente. En fecha 8 del mes de mayo del año dos mil catorce (2014), por medio del acto No.586/14, se procedió a la denuncia del embargo. Todo y cada uno de los actos mencionados fueron inscritos ante el registrador de título en fecha 16 del mes de mayo del año dos mil catorce (2014). En fecha 18 del mes de junio del año dos mil catorce (2014), se precedió a la lectura del pliego de condiciones que regirá la presente venta de pregones en la cual se fijó audiencia para el 22 del mes de julio del año dos mil catorce (2014), a las 9:00 hora de la mañana por ante la segunda sala de lo Civil y Comercial del Distrito Nacional. En la ciudad del Distrito Nacional a los 2 días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

Fc 304106

Licdo. Freddy Peña Abogado del Persiguiente

5B

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

www.elnuevodiario.com.do

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 124766, Número de la Inversión 2005400028, emitido por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA, de fecha 28-10-2005, por un valor de CIENTO SESENTA Y DOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$162,000.00), a nombre de LURDEN AITAGRACIA GUZMAN FLORIMON, cédula 001-0016844-2 y RAMON MARINO ANTONIO TEJERA GUZMAN, cédula 001-1149145-2. La presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente.

ESTADO CIVIL Se hace de público conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 99 de la ley NO.108-05 sobre Registro Inmobiliario, que los señores LEONGINO ANTONIO GONZALEZ GUZMAN y LUZ MARIA SALDIVAR MEJIA, cedulas Nos.044-0003238-1 y 047-0121622-0, respectivamente, domiciliados y residentes en Los Pomos, La Vega, figuran como CASADOS en el Certificado de Titulo de Propiedad No.2 que ampara sus derechos en la Parcela no.117 del D. C. No.11 del Municipio de La Vega, siendo su estado civil correcto SOLTEROS, a los fines de rectificación y registro.

LIC. FRANCIS MANOLO FERNANDEZ PAULINO ABOGADO APODERADO (AC-5961-RDT-03-04-05/07/2014)

AVISO

FC 303911

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 000760184119, emitido por el BANCO POPULAR DOMINICANO, a nombre de la SRA. ANA DILIA ORTEGA FRANCISCO, cédula No. 001-0812359-7, por monto de RD$258,790.01.00), de fecha 1/06/2010. FP 65573

PUBLICAClON POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento, que se ha EXTRAVIADO al Certificado de Título, (Duplicado del Dueño) numerado bajo la matrícula No. 010017812l, que ampara el inmueble que se describe a continuación: “PARCELA No, 969 DEL DISTRITO CATASTRAL 16, DEL SECTOR EL TAMARINDO, DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE CUATRO MIL QUINIENTO ClNCUETA Y UNO METROS CUADRADOS (4551.00 MTS2), INSCRITO DICHO CERTIFICADO BAJO EL LIBRO No. 3287, FOLIO 021, EN FECHA 29 DE MARZO DEL AÑO 2007, POR EL REGISTRADOR DE TITULOS DEL DISTRITO NACIONAL, A NOMBRE DE LOS SEÑORES CARLOS ENRIQUE TERC MENDOZA, CARMEN LOURDES TERC MENDOZA, JUAN RENEYRO ANTONIO TERC RODRIGUEZ, CARLOS MIGUEL RODRIGUEZ TERC Y LUIS GRABRIEL TERC DELGADO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2414).

Fc 304108

RENEYRO ANTONIO TERC RODRIGUEZ Solicitante

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DE REGISTRO ACREEDOR

Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 92, de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana, y el 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (Registro de Acreedor) No. 84-2152, el cual, ampara la garantía hipotecaria otorgada a favor de LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS (APAP), por la suma de DIECINUEVE MIL PESOS CON 00/100 (RD$19,000.00), sobre el Inmueble: El Solar No. 3, Manzana No. 1241, del Distrito Catastral No. 1, Solar que tiene una extensión Superficial de 235.68 metros cuadrados y cuyo derecho de propiedad se encuentra registrado a favor de los señores IRVING FLORES y ROMEA ALTAGRACIA REYES DE FLORES.

FC 304055

Priscila A. Rosario Analista legal de Regularización de Garantías.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DEPOSITO A PLAZO (DP)

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público por medio del presente aviso que se ha PERDIDO, EXTRAVIADO Y/O DESTRUIDO el siguiente Certificado Financiero de DEPÓSITO A PLAZO (DP) de la Entidad Bancaria LA ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS No. 40-001-084222-0, de fecha 05 del mes de Julio del año dos mil doce (2012), por la suma de (Quinientos mil pesos con 00/100 (RD$500,000.00), expedido por LA ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS a favor de los señores GUILLERMO UREÑA CID Y/O ROSA UREÑA CID; el cual fue debidamente notificado a dicha institución bancaria mediante Acto de Alguacil No.287/2014, de fecha 2 de Julio del año 2014, instrumentado por el señor ISIDRO MA. ALMONTE MOREL, Alguacil Ordinario del Juzgado de Paz de la Tercera Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago; debidamente registrado bajo el No.4021, Folio 10, del libro 811, de derecho RD$100.00 de Actos Judicial, de fecha 2 de Julio del año 2014.

LICDA. MICHELLA INFANTE Abogado Apoderado PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento, que se ha EXTRAVIADO el Certificado de Título, (Duplicado del Dueño) numerado bajo la matrícula No. 0100178120, que ampara el inmueble que se describe a continuación: “PARCELA No. 95, DEL DISTRITO CATASTRAL 16, DEL SECTOR EL TAMARINDO, DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (4860.00 MTS2), INSCRITO DICHO CERTIFICADO BAJO EL LIBRO No, 3287, FOLIO 020, EN FECHA 29 DE MARZO DEL AÑO 2007, POR EL REGISTRADOR DE TITULOS DEL DISTRITO NACIONAL, A NOMBRE DE LOS SEÑORES CARLOS ENRIQUE TERCMENDOZA, CARMEN LOURDES TERC MENDOZA, JUAN TERC RODRIGUEZ, RENEYRO ANTONIO TERC RODRIGUEZ, CARLOS MIGUEL RODRIGUEZ TERC Y LUIS GABRIEL TERC DELGADO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de ta República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014).

RENEYRO ANTONIO TERC RODRIGUEZ Solicitante

Por medio de la Presente se solicita la presencia del señor JONATHAN FRIAS CAAMAÑO, portador de la Cédula de identidad 001-1117930-5, por ante la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL DE NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTO DOMINGO ESTE, Con su domicilio en la Calle Presidente Vásquez No.23 Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo. Para que se encuentre presente en la Celebrará Audiencia de fecha 10 de julio del año 2014, a las 09:00 AM, para conocer la demanda de GUARDA Y PERMISO DE VIAJE, interpuesta por LEIDY MARGARITA MARTINEZ HERRERA, portador de la Cédula de identidad 001-1117930-5, a favor de la menor CHARLOTTE FRIAS MARTINEZ. FC 304103

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Pérdida de la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título No.746362, libro No.1668, Folio No.214 (duplicado del dueño) correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de: 654,722 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.340, del D.C. No. 8, del municipio Santo Domingo, provincia Santo Domingo: propietaria: Compañía Constructora Comercial Metropolitana, C. por A. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LICDA. ANDREA VALENZUELA GUILLEN, Abogada.

FC 304052

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Pérdida de la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título No.72-89, libro No.2838, Folio No.33 (duplicado del dueño) correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de: 305,013 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.15, del D.C. No. 8, del municipio Santo Domingo, provincia Santo Domingo: propietaria: Compañía Constructora Comercial Metropolitana, C. por A. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

LICDA. ANDREA VALENZUELA GUILLEN, Abogada.

FC 304053

CORRECCIÓN DEL NOMBRE (EN VIRTUD DE RESOLUCIÓN No.19-0312 DE FECHA 27 DE MARZO DEL 2012) Se hace de público conocimiento el error material en el Certificado de Título matrícula 3000101376 DC: 06, Parcela: 99-A-Sub-4 el cual aparece el nombre de propietario Inocencia Moronta siendo el nombre correcto “Ynosencia Moronta” (nombre correcto), según la instancia de fecha seis (6) de septiembre del año dos mil trece (2013) de solicitud de error material en el Certificado Matrícula No.3000101376 debidamente notarizado por la Dra. Olga Altagracia Peña, abogado notario público matrícula 3500. instancia depositada en el Registro de Título bajo inventario en fecha 9 de octubre de 2013, conjuntamente con los demás documentos a los fines de ejecutar transferencia inmobiliaria. En virtud de lo que establece la resolución No.19-312, de fecha 27 de marzo del 2012, guía para las actuaciones ante los registros y la solicitud de realizar correcciones al oficio de objeción del expediente 9081330463 por ante la registradora de títulos de Santo Domingo. FC 304046

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la ley No. 108 -105, del Registro Inmobiliario de fecha 23 de marzo del año 2005, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 69, asentado en el Libro de Títulos No. 35, Folio No. 54, Volumen 0, Hoja No. 0055, de una porción de tierra de nueve millones, trescientos cuarenta y cinco mil, doscientos cuarenta y dos, punto sesenta Metros Cuadrados, (9, 345,242.60 MTS2), dentro del ámbito de la parcela No. 128, del Distrito Catastral No. 05, Municipio de Moca, Provincia Espaillat, propiedad del Instituto Agrario Dominicano (IAD).

LICDA. EDITA SILFA MESA Abogada Encargada de Titulacion Definitiva

FC 304108

AVISO CORRECCION FC 304090


6B

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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art.42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Veinticinco (25) del mes de Abril del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Circunscripción del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballero, Municipio y Provincia de Santiago, dictó la sentencia Civil No 366-14-00663, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores esposos JOSE ANTONIO PAYAN NUÑEZ Y ADAILMA VERONICA RODRIGUEZ DE PAYAN, de acuerdo a las estipulaciones pactadas en fecha Veinte de 20 del mes de Enero del año 2014 por ante el Lic. HIPOLITO MINAYA HICIANO Notario Público de los del número para el municipio de Santiago de los Caballeros, SEGUNDO: Ordena a los señores esposos JOSE ANTONIO PAYAN NUÑEZ FAUSTO LEONEL DOMINGUEZ FIRPO Y ADAILMA VERONICA RODRIGUEZ DE PAYAN, o el que haga de parte más diligente procedan a trascribir la presente sentencia, pronunciarla en el término legal y practicar todos los requisitos exigido por la ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma.: Samuel Guzmán Fernández. (Juez), Lucia del Carmen Sánchez Secretaria Interina). Dicho divorcio fue pronunciado y transcrita la sentencia que lo admitió, por el oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago uno (01) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (01-7-2014), inscribiéndose en el Libro de Divorcios No.00005 de registro de DIVORCIO, folio No. 0024, bajo el acta No.000824 año 2014 . En Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los dos (02) del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (02-7-2014).

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Tercera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Álvarez, en fecha 19 del mes de Mayo del año 2014, dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 006462014, cuyo dispositivo dice textualmente así: F A L L A: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa de mutuo y perseverante consentimiento entre los señores esposos SANTO LORENZO DIAZ MORALES y VALENTINA TORRES MORALES, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento marcado con el Número diecisiete (17) bis (17 Bis), folio diecinueve bis (19 bis), de fecha trece (13) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014), instrumentado por el LICENCIADO NESTOR EMILIO GUZMAN REYES, Notario público de los del número para el Municipio de Santiago, SEGUNDO: Ordena a los esposos SANTO LORENZO DIAZ MORALES y VALENTINA TORRES MORALES ó el que haga de parte más diligente, proceder a transcribir la presente sentencia en el término legal y practicar todos los requisitos que prescribe la ley, TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, anda y firma. FIRMADOS: RAMON FRANCISCO UREÑA ANGELES, Juez y MARIA MERCEDES GERMOSO REYES Secretaria. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Segunda Circunscripción del Municipio y Provincia de Santiago, en fecha treinta (30) del mes de Junio del año dos mil catorce (2014), e inscrita en el Libro 00005 folio 0012 bajo el acta marcada con el Acta No. 000812 del año 2014 En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, al primer (1er) día del mes de Julio del año dos mil catorce (2014).

De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 17 del mes de Enero del año 2014, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, en sus atribuciones Civiles, ha dictado en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil marcada con el número 141, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ACOGE las conclusiones del Acto No. 224/2013, de Julio del año 2013, instrumentado por el DR. JULIO CESAR TONCOSO SAINT CLAIR, Notario Público, de los números del Distrito Nacional. SEGUNDO: ADMITE el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los cónyuges señores SANDINO ANTONIO GENAO GONZALEZ Y WENDY DOLORES LOPEZ MORENO: TERCERO: COMPENSA las costas por tratarse de litis entre esposos. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: RAFAEL DELFIN PEREZ Y PEREZ, JUEZ; NANCY UBALDO CRUZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. El presente divorcio fue pronunciado en fecha 4 del mes de Junio del 2014, por ante el Oficial del Estado Civil de la 13AVA Circunscripción de Santo Domingo Este, en el Libro Registro de Divorcio No. 00001-DIV, Folio No. 0161, bajo el Acta No. 000080, del año 2014. En Santo Domingo Este, República Dominicana, A los Dos (2) días del mes de Julio del año 2014.

LICDA. TERESA MOREL MORA Abogada apoderada

LIC. BUENAVENTURA DIAZ CANELA Abogado apoderado de las partes

LICDO. PANTALEON MONTERO DE LOS SANTOS ASESORES DE LEY Av. Eduardo Brito, Edificio H-5, Anexo Tercer Nivel, Par-

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306- Bis, sobre Div orcio, se informa que en fecha treinta del mes de abril del año

De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 4 del mes de Marzo del año 2014, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo Este, en sus atribuciones Civiles, ha dictado en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil marcada con el número 782, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada ISABEL ELENA MARIANO VASQUEZ, por falta de concluir. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores YONIS ALEJANDRO GALAN TRONCOSO E ISABEL ELENA MARIANO VASQUEZ, con todas sus consecuencias legales, en ese sentido; A) OTORGA la guarda y cuidado del menor YONIS ALEJANDRO a favor de la señora ISABEL ELENA MARIANO VASQUEZ, madre del mismo; B) FIJA la suma de tres mil pesos (RD$3,000.00) que el padre deberá pasar a la madre demandada para la manutención y educación de dicho menor. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante la Oficialía del estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley sobre divorcio.

que Mirador del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento, y de conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la Ley de Divorcio No.1306-Bis, reformada, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera lnstancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó en fecha Veintitrés (23) de Junio del año 2014, una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Nolly Norberto Reyes García y Judith Cruz García, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Nolly Norberto Reyes García y Judith Cruz García, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 34, de fecha 25 de abril del 2014, instrumentado por el Dr. Domingo Arias, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada a la presente sentencia. B) Otorga la guarda y cuidado de Jorge Norberto y Michael Andrés, a cargo de la señora Judith Cruz García, madre de estos. C) Fija la pensión alimentaria que debe pagar el padre, señor Nolly Norberto Reyes García, a favor de sus hijos Jorge Norberto y Michael Andrés, en la suma de diez mil pesos (RD$10,000.00), la cual pagara mensualmente en manos de la madre de estos. D) Fija el régimen de visita establecido en el acto de estipulaciones y convenciones firmado por las partes. TERCERO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma: Ileana Gabriela Pérez García, Juez. La presente sentencia que ha sido firmada por la Magistrada Ileana Gabriela Pérez García, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Franyer Enrique Beato Pérez, Secretario Interino La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado infrascrito, En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Treinta (30) del mes de Junio del año Dos Mil Catorce (2014).

Atentamente, LICDO. PANTALEON MONTERO DE LOS SANTOS Abogado

dos mil catorce (30/4/2014), la Sexta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en materia de divorcio dictó la Sentencia Civil, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA bueno y válido el acto de estipulaciones y convenciones No.18/2014, firmado por los esposos RAMON ANDRES SANTOS y JUANA MARILYN AZCONA, de fecha diez (10) del mes de marzo del año dos mil catorce (2014), por ante el DR. JULIO RAMÓN MENDEZ ROMERO, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: A.ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges RAMON ANDRES SANTOS y JUANA MARILYN AZCONA; B.- DISPONE que la madre mantendrá la guarda del hijo menor de edad tal y como lo acordaron mediante el ordinal tercero del acto de estipulaciones y convenciones No.1812014, del mes de febrero del año dos mil catorce (2014), por ante el DR. JULIO RAMÓN MENDEZ ROMERO, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional; C.- COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento; D.- ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. ASÍ SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA: (FIRMADOS: EVELYN TORRES, JUEZ; CAROLINA CUEVAS, SECRETARIA). El presente divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 12 de junio del año dos mil catorce, Libro No. 00011, del Folio No. 0100, Acta No. 001053. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 2 días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

FC 304093

FC 304114

“RAPI GOMEZ MUEBLES, S.A.” Capital Social Autorizado: RD$100,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$100,000.00 RNC No.1-08-01172-5 Domicilio social: Av. José Contreras No. 98 Esquina Paseo de los Médicos, Edificio Comercial Santa María, Suite 102, Sector La Julia, Santo Domingo, República Dominicana. AVISO DE TRANSFORMACION Para cumplir con lo establecido en el artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 de fecha 11 de diciembre de 2008, se hace de conocimiento general que ha sido convocada la asamblea General Extraordinaria de la sociedad RAPI GOMEZ MUEBLES, S.A., para el día veinte y un (21) de julio del año dos mil catorce (2014), a las 3:00 p.m. (horas pasado meridiano), en el domicilio social a fin de conocer del Proyecto de transformación de la misma a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). El referido proyecto fue elaborado y propuesto a los propietarios de la Sociedad en fecha treinta (30) de junio del año dos mil Catorce (2014), por el presidente y contiene las razones que lo justifican, los tramites a observar durante el proceso de transformación, y el proyecto de Estatutos Sociales que regirán la sociedad en caso de aprobarse el proyecto. A continuación se transcribe un extracto de los puntos más relevantes del proyecto: a) La nueva denominación social de la sociedad será: “RAPI GOMEZ MUEBLES, S.R.L.”; b) El domicilio social estará en la Av. José Contreras No. 98 Esquina Paseo de los médicos, Edificio Comercial Santa María, Suite 102, Sector La Julia, Santo Domingo, República Dominicana; c) la duración de la Sociedad será indefinida; d) la sociedad tendrá como objeto social la fabricación y venta de muebles, pudiendo dedicarse a cualquier otra actividad de licito comercio; e) con un capital social será de Cien mil pesos (RD$100,000.00) de Pesos Dominicanos con un valor nominal de Cien pesos (RD$100.00) las cuales para cualquier transferencia de posesión siempre deberán contar con la aprobación del consejo de administración en una Asamblea General Extraordinaria; f) la Sociedad será administrada por un gerente, designado al efecto por el Consejo de administración; g) Frente a los propietarios, el consejo de administración podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad frente a terceros; a su vez el consejo de administración estará investido con los poderes más amplios para actuar en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la ley le atribuye expresamente a los propietarios; h) la sociedad se encontrara comprometida por los actos y actuaciones ejecutados por el Consejo de Administración y personas físicas debidamente apoderadas y; j) Todas las decisiones colectivas de la sociedad serán tomadas por los propietarios del capital social en la Sociedad, reunidos en asambleas Generales por votación para la aprobación de resoluciones e incorporadas en un Acta de Asamblea. Se les avisa a todos los propietarios de la sociedad que el texto integro del Proyecto de Transformación o Nuevos Estatutos Sociales, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Tres (03) días del mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014).

FC 304073

Fernando E. Almonte Gómez, Presidente RAPI GOMEZ MUEBLES, S.A.

LICDA. MARIANA LEE MEJIA Abogada.

CONSORCIO DE PRODUCTORES AGRICOLAS CAMPO LLANO, S. R.L. Capital Social: RD$220,000.00 Registro Mercantil No.: 89603SD R.N.C. 1-30-90682-3 Domicilio social: Avenida Independencia No. 1351, Zona Universitaria Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana CONVOCATORIA A ASAMBLEA JUNTA ORDINARIA DE SOCIOS De conformidad con lo establecido en el Artículo 17 de los Estatutos Sociales de la sociedad comercial el CONSORCIO DE PRODUCTORES AGRICOLAS CAMPO LLANO, S.R.L. (en lo adelante la “Sociedad”) por este medio se CONVOCA a todos los socios de la Sociedad a la Junta General Ordinaria de Socios que será celebrada el día viernes que contaremos a dieciocho (18) del mes de julio del año dos mil catorce (2014), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) en Merca Santo Domingo, Nave F2, Local 53, ubicado en el Km. 22 de la Autopista Duarte, Municipio Pedro Brand, Distrito Municipal de La Guayiga, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, en la cual se deliberará sobre los aspectos especificados en el siguiente orden del día: Aprobar la nómina de socios presentes o debidamente representados; Conocer del informe anual del Gerente, así como los estados, cuentas y balances con relación al ejercicio social finalizado el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil trece (2013); Discutir, aprobar o rechazar el balance y las cuentas presentados por el Gerente de la sociedad, examinar los actos de gestión del Gerente y dar descargo al mismo, si procede; Disponer lo relativo a las utilidades, la repartición o no de los beneficios, su forma de pago o el destino que debiera dárseles; Nombrar a los miembros de la Junta Directiva y fijar su remuneración, si hubiere lugar a ello; Conocer, discutir, aprobar o rechazar, la solicitud de nuevos créditos o financiamiento hasta la suma de Cinco Millones de Pesos con 00/100 Centavos (RD$5,000,000.00) en una o más instituciones financieras o gubernamentales, o préstamos de socios o particulares; Otorgar poder para realizar los depósitos y registros necesarios relacionados con la presente Asamblea y las decisiones adoptadas en la misma en el Registro Mercantil y otros organismos públicos que fueren de lugar; y, Conocer y decidir sobre cualquier otro asunto que sea de su competencia, según la ley y los Estatutos Sociales, siempre que sea sometido de conformidad con las previsiones de la ley y de los Estatutos Sociales de la sociedad. Asimismo, se informa a los socios que los proyectos de resoluciones que serán sometidos a la Asamblea, los estados financieros auditados, el informe de gestión anual preparado por el Gerente y demás documentos requeridos por la ley, se encontrarán a la disposición de los socios en el domicilio de la sociedad, dentro de los plazos legales, lugar donde deberán ser depositados los poderes de representación por lo menos un (1) día hábil previo a la celebración de la Asamblea. La presente publicación se hace en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (03) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014).

FP 65606

Ramón Emilio Colombo García Gerente

LIC. JUNIOR ANTONIO HIDALGO ANDINO Abogado Apoderado FP 65612

Licda. ARGENTINA BERIGUETE O. Abogada CLARILEYDA R. RODRIGUEZ Abogada FP 65613

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintidós (22) del mes de mayo, del año DOS MIL catorces (2014), LA TERCERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, mediante la SENTENCIA CIVIL 00665-2014, cuyo dispositivo copiado como aparece en este acto textualmente dice así: FALLA PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de mutuo consentimiento entre los esposos FRANKLIN SEVERINO MARTE ROSARIO y AGUEDA DE JESUS TORIBIO RODRIGUEZ, según lo pactado por ellos en la estipulación de divorcio, instrumentado por el LIC. PUBLIO R. LUNA P., Notario Público de los del Número para el Municipio de Santiago. SEGUNDO: Se ordena que los señores, esposos o el que haga de parte más diligente procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se practiquen todos los demás requisitos que prescribe la ley.- TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA MANDA, FIRMA Y PUBLICA.- FIRMADOS: LICDO. RAMON FRANCISCO UREÑA, juez y María Mercedes Germoso Reyes, Secretaria.- Así mismo se hace saber que en fecha DOS (02) del mes de JULIO del año DOS MILC ATORCE (2014), POR ANTE EL oficial del estado civil de la primera circunscripción del municipio de Santiago, se procedió a TRANSCRIBIR la sentencia civil no.00665-2014, en el Libro No.00005, folio 0177, registro de Divorcio, acta no.000489, del año 2014, así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, republica Dominicana, a los dos (02) días del mes de julio del año DOS MIL CATORCE (2014).-

LIC. EDDY HERNANDEZ C. SOLICITANTE Ced. 031-0054489-3 Tel 809-581-8452 AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES (DOMICILIO DESCONOCIDO) En virtud de las disposiciones legales vigentes contendías en el artículo 22 de la ley NO.1306-Bis, de Divorcio, y para mayor conocimiento se hace saber que el señor SIMEON ALMONTE, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.031-0466037-2, domiciliado y residente en la calle 7 NO.45 del sector Yaguita de Pastor de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. RAFAEL ZAPATA SOSA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la Republica, portador de la cedula de identidad y electoral No.031-0117998-8, debidamente inscrito y al día, en el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana, bajo la Matricula numero 17846-376-96, con estudio profesional abierto en la Calle Constanza No.23, Edificio Molina III, SEGUNDO NIVEL, SECTOR LOS Colegios, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, lugar donde se hace elección de domicilio para los fines legales de la presente demanda en divorcio por domicilio desconocido, por le presente aviso ADVIERTE a su legitima esposa señora JOSEFINAALTAGRACIA TINEO SANCHEZ y que ha falta de información relativa al lugar de su residencia actual se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DOMICILIO DESCONOCIDO, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día VIERNES que contaremos a dieciséis (16) del mes de Mayo del año Dos Mil catorce (2014), a fin de que comparezca a la audiencia celebrada el día JUEVES que contaremos a veintiuno (21) del mes de agosto del año 2014, a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.) por ante la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago en sus atribuciones civiles, CITO en la cuarta planta del edificio Federico C. Álvarez, que aloja el Palacio de Justicia de Santiago de los Caballeros, ubicado en la cuadra conformada por las Ave. 27 de Febrero, Circunvalación, Ramón E. García y calle E. García y calle 4, del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los dos (2) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014).

LIC. RAFAEL ZAPATA SOSA Abogado Apoderado PUBLICACION DE DIVORCIO


INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la ley No. 108 -105, del Registro Inmobiliario de fecha 23 de marzo del año 2005, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título asentado en el libro de Título No. 0263, folio 116, Registro complementario No. 0068, Matrícula No. 3000129140, correspondiente a la parcela No. 21-E, del Distrito Catastral No. 20, con un área superficial de mil seiscientos treinta y dos Metros Cuadrados (1,632.00Mts2), del Micipio y Provincia de San Cristóbal, propiedad del Instituto Agrario Dominicano (IAD).

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 8 de julio del año 2014, a las 9:00 A.M., se realizarán los trabajos de campo del Deslinde que se efectúa dentro del ámbito de la Parcela No. 60-B, del D.C. No. 7, municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, a favor del señor OLEGARIO BATISTA BALBUENA, según autorización de fecha 01/07/2014, expediente No. 663201402936.

AGRIM. VICENTE CASTILLO ROBLES, Agrimensor-Contratista. Codia 8807. FP 65595

LICDA. EDITA SILFA MESA Abogada Encargada de Titulacion Definitiva FC 304090

AVISO DE CANCELACIÓN DE SOCIEDAD DE HECHO Y PARTICIPACIÓN “CENTRO DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL (CEDOPROF)

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO De acuerdo a la autorización No. 663201406648, se hace de público conocimiento que el día martes 15/07/2014, a las 10:00 a.m., realizarán los trabajos de Saneamiento, en el D.C. No. 1, del municipio de Vicente Noble, provincia Barahona, reclamante MARIA ANTONIA FELIZ GONZALEZ.

AGRIM. JUAN MANUEL PERALTA DE LA ROSA, Codia 10440. Cel. 829-341-5593. FP 65596

De conformidad con las disposiciones de la ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento la cancelación o disolución de la sociedad de hecho y participación denominada CENTRO DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL (CEDOPROF), dicha cancelación fue hecha por las socias fundadoras de dicha sociedad, señoras LICDA. RAMONA SANTANA SANTANA y MONICA LETICIA PERDOMO SANTANA, la cual está contenida en el acto auténtico marcado con el No. 35, de fecha 26 del mes de junio del año 2014, instrumentado por el LIC. SAMUEL REYES ACOSTA, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año Dos Mil Catorce (2014).

Se hace de público conocimiento que el día 22 de Julio de 2014, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, ubicado en la Calle Sánchez No. 98, del Sector 30 de Mayo, Distrito Nacional, dentro del ámbito de la Parcela No. 2-PROV, del Distrito Catastral No. 02, del Distrito Nacional, a requerimiento de la SRA. DIGNA PATRIA FERNANDEZ, mediante Autorización de Expediente No. 663201406378, de fecha 20 de Junio del año 2014, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Central.

LICDA. RAMONA SANTANA SANTANA, Gerente.

AGRIM. ANGEL DARIO FELIZ REYES, CODIA 19379.

FC 304067

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO De conformidad con las disposiciones del Art. 617 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, se hace de conocimiento público que el día viernes (4) de julio del año dos mil catorce (2014), a las 8: am, en el mercado Público de LOS MINAS, ubicado en la Calle Francisco Segura y Sandoval, Esq. Rafael Estreña Ureña, de Los Minas, Santo Domingo Este, se procederá a LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA. (en virtud del Pagaré Notarial No. 12/2012 de fecha Cinco (5) de octubre del Año 2012) mediante ACTO No. 0773/2014, se ejecutó el embargo ejecutivo de “UN VEHÍCULO DE MOTOR DENOMINADO JEEP, MARCA HYUNDAI, MODELO TUCSON, COLOR GRIS, PLACA NO. G290279, CHASIS NO. KMHJT81BBDU633739”, según el proceso verbal del ministerial ejecutivo SERGIO FERMIN PEREZ, ALGUACIL DE ESTRADO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, R.D. CEDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL 001-1689237-3, DOMICILIADO Y RESIDENTE EN LA C/ AMELIA SILVA NO. 05, SABANA PERDIDA, SANTO DOMINGO ESTE, En el municipio de Santo Domingo Este, a los dos (2) días del mes de Julio del Año 2014.

ALGUACIL En funciones de Venclutero Público FC 304102

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE VEHICULO De conformidad con las disposiciones del Artículo 216 de la Ley 6186 del año 1962, se hace saber que ha sido fijado para el día diecisiete (17) de julio del dos mil catorce (2014), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), para proceder a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mejor postor y último subastador, en la audiencia pública a celebrarse por ante el Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, ubicado en la Av. San Vicente de Paul, No. 106, casi esquina José Jiménez, Sector Las Palmas de Alma Rosa, Municipio Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, en donde se procederá la subasta del Vehículo de Motor: “Un Jeep, Marca Hyundai, Modelo Santa Fe, Año de Fabricación 2003, Motor o No. De Serie G6BA1405780, 5 Pasajeros, 5 Puertas, Chasis KMHSC81DP2U202213, Color Gris, Registro y Placa G069806, Matrícula No. 4959214, expedida a nombre de Massiel Estephani Guillermo Cuello, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No.223-1737133-6, en su calidad de DEUDOR del BANCO MÚLTIPLE CARIBE, S.A., por la suma de RD$150,000.00, sin perjuicio de gastos procesales y honorarios profesionales, a requerimiento de quien se realiza el descrito procedimiento.

FC 304038

DR. ABRAHÁN DE JESÚS, Abogado.

PUBLICACION DE VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA En cumplimiento de las disposiciones del Artículo No. 704 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que la venta en pública subasta del inmueble identificado como 308494642631, que tiene una superficie de 3,022.70 metros cuadrados, (tres mil vientidos punto setenta metros cuadrados), matrícula No. 3000087106, ubicado en Santo Domingo Oeste, con todas sus dependencias y anexidades, amparado en el Certificado de Título asentado en el libro 0319, folio 186, expedido por el Registro de Títulos de Santo Domingo, propiedad de Angel Raul Reyes y perseguido por Juan Valls Ribes, conforme fue publicada en fecha veintidós (22) de mayo del año 2014 en el periódico El Nuevo Diario, edición No. 10513, sección de avisos legales, pagina No. 5-b, ha sido aplazada para el día jueves que contaremos a diecisiete (17) del mes de julio del año 2014, a las nueves horas de la mañana (9:00 a.m.) en la Tercera Sala de la Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del municipio Santo Domingo Oeste, provincia de Santo Domingo, situado en la calle Las Palmas No. 52, 2da, planta, esquina calle 3ra. en el sector Resparto Rosa, Las Caobas, Santo Domingo Oeste.

DR. GABRIEL VIDAL CUEVAS CARRASCO, Abogado del Persiguiente. FC 304076

7B

JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

www.elnuevodiario.com.do

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la República Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha Primero (01) del mes de Abril del año 2014, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia civil no. 480 en nombre de la República, en materia de divorcio cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto en perjuicio de la señora MARIANA CALDERON ZAPATA, esposa demandada por no haber comparecido, no obstante haber sido legalmente emplazada. SEGUNDO: Declara bueno y valido el informativo realizado por este Tribunal el día diecisiete (17) del mes de Marzo del año dos mil catorce (2014), por ser regular en la forma y justo en el fondo. TERCERO: Acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante por conducto de su abogado constituido y como consecuencia: a) Admite el divorcio entre los esposos MARCELO RAMOS Y MARIANA CALDERON ZAPATA, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. b) Se otorga la guarda y cuidado de la menor SOLANNY DEL CARMEN, a favor de su madres MARIANA CALDERON ZAPATA. c) Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Se comisiona al ministerial JOSE AMAURI ROSARIO ORTIZ, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Transito No.2, Jarabacoa, para la notificación de la presente sentencia. QUINTO: Compensa pura y simplemente las costas entre las partes en causa. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA, ASI SE PRONUNCIA MANDA Y FIRMA. (Fdos) YLONKA ESPERANZA BRITO HENRIQUEZ, JUEZA. DILIA CRISTINA MARIOT TORREZ, SECRETARIA. El divorcio así admitido por la sentencia anterior fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del municipio de Jarabacoa quien procedió conforme a lo que establece la ley a su transcripción correspondiente en el Libro de registro de Divorcios No. 00001; folios 0185; Bajo Acta No. 000093 en fecha 18 del mes de Junio del año 2014. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, República Dominicana, a los diecisiete (18) día del mes de Junio del Año 2014.

LIC. ANGEL SALVADOR RODRIGUEZ LANTIGUA Abogado (AC-5963-PC-2/2)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

VISTA: La autorizacion dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 29 del mes de Mayo del año 2014, se hace de público conocimiento que el día 18 de Julio del año 2014, a la 10:00 a.m, se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 115-REF, del D.C. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Sto. Domingo, ubicado en la calle Tercera, casa No.2, del Residencial Issfapol, Exp. No. 683201405580, propiedad del señor Manuel Radhamés Morales Fajardo.

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. Por la Ley 2153 de 1949, el Señor LUIS ALBERTO LOPEZ ABREU, Dominicana, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E. U. A., y de transito en esta ciudad de La Vega, R.D., pasaporte SF0859742; quien tiene como Abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. MARIA INOCENCIA MORALES BURGOS, cedula no. 047-0100788-4, con estudio profesional abierto en el No.37 de la Calle Duvergé 1er. Nivel Plaza Laurel de esta ciudad de La Vega, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YUDELKI SÁNCHEZ ROSARIO, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la Calle Los Limones No. 20 Los Robles, La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día Martes 8 del mes de julio del año 2014 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día jueves 24 del mes de JULIO del año 2014 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 03 días del mes de JULIO del año 2014.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ CODIA 9394, CEL: 809-763-4252.

LICDA. MARIA INOCENCIA MORALES BURGOS Abogado apoderado de la parte Demandante

FC 304074

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

FC 304072

(AC-5960-03-04-05/07/2014)

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la ley No. 108 -105, del Registro Inmobiliario de fecha 23 de marzo del año 2005, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título asentado en el libro de Título No. 0263, folio 117, Registro complementario No. 0068, Matrícula No. 3000129150, correspondiente a la parcela No. 21-F, del Distrito Catastral No. 20, con un área superficial de noventa y nueve mil seiscientos ochenta y un Metros Cuadrados (99,681.00 Mts2), del Municipio y Provincia de San Cristóbal, propiedad del Instituto Agrario Dominicano (IAD).

LICDA. EDITA SILFA MESA Abogada Encargada de Titulacion Definitiva FC 304090

PUBLICACION Se hace de público conocimiento de conformidad como establecen las leyes de la República Dominicana que el día Lunes que contaremos a siete (07) del mes de julio a la ocho (8:00 AM) de la mañana del presente año 2014 se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los inmuebles que se describen a continuación: 1- cuatro colchones pequeños de cama, 2- un vehículo privado, tipo jeepeta, marca Mitsubishi, modelo Montero, color negro, placa G078831, embargado al señor LEONIDA ANTONIO PASCUAL GATREAUX, mediante Acto No. 512-14 de fecha veinte y seis (26) de junio del año 2014, instrumentado por el Ministerial FELIX ARIEL SANTANA REYES, a requerimiento del señor GERALDO ANTONIO GONZALEZ, dicha venta se llevará a cabo en el mercado Público de Los Mina, Ubicado en la calle Presidente Estrella Ureña Esq. Sandoval, sector Los Mina, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana.

FC 304043

FELIX ARIEL SANTANA REYES, Alguacil Vendutero Público.

AVISO DE MENSURA En virtud de la autorización de fecha 24/4/14, se hace de público conocimiento que el miércoles 9/7/14, a las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde en el inmueble identificado como P. No. 3, del D.C. No. 13, del municipio de Villa Altagracia, provincia de San Cristóbal, a petición de los SRES. ROLANDO BORREL DE LOS ANGELES y BEATRIZ AURELIA TEJADA RODRIGUEZ, Exp. No. 663201404229.

AGRIM. DOMINGO JAQUEZ FORTUNA, Codia 20918. FE DE ERRATA: Esta publicación estaba pautada para el 2/7/2014 y por error no salió, pedimos excusas a nuestro cliente por los inconvenientes ocasionados.

PUBLICACIÓN DE SENTENCIA DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en La República Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 10 del mes de Junio del año 2014 la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia en nombre de La República marcada con el No. 347/2014 en materia de divorcio, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores DIANA CEPEDA JIMÉNEZ y ARISMENDI PERDOMO BRITO, conforme a las estipulaciones acto No. 33/2013 de fecha 06 de diciembre del 2013, concertadas por ellos en el acto instrumentado por el notario público de los del número para el Municipio de La Vega, LIC. JOSÉ MARÍA BÁEZ PEÑA. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, precio el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. MAG. IRCANIA VICTORIA HERNÁNDEZ TRINIDAD (JUEZA) Y JOSEFINA PAULINO BATISTA (SECRETARIA INTERINA) Que la sentencia que admitió el divorcio fue pronunciada por ante El Oficial del Estado Civil de La Segunda Circunscripción del Municipio y Provincia de La Vega, transcrito en el libro No. 00002, folio 0183, bajo el acta No. 000192 del año 2014 en fecha 26 del mes de Junio del año 2014. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, a los 02 días del mes de Julio del año 2014.

LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU ABOGADO

(AC-5964-PC)

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo que establece la ]ay No. 1306 Bits la oficialía de estado civil de la segundo circunscripción del Distrito Nacional, a pronunciado el presente divorcio por mutuo consentimiento entre los señores PATRICIO NUÑEZ DE LA ROSA y la señora YOHANNA ELIZABETH CARRERO, de acuerdo al Libro No. 00010, Folio No. 0053, Acta No.000933, del año 2014, el cual ha sido dado mediante sentencia de la Sexta Sala para asunto de familia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional. FALLA: Primero: Declara regular y válida la acción de Divorcio por Mutuo consentimiento, seguida por los señores PATRICIO NUÑEZ DE LA ROSA Y YOHANNA ELIZABETH CARRERO, en consecuencia, Declara Disuelto el vínculo matrimonial que los une, de conformidad con el Acta de Estipulaciones y Convenciones No. S/N, de fecha Tres (03) del mes de Diciembre del año dos mil doce (2012), instrumentado por el LIC. JOSE CORPORAN TORRES, Abogado, Notario Público de los del número del Distrito Nacional; Segundo: Ordena el pronunciado de la parte sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; Tercero: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento.

FC 304056.

LIC. JOSE CORPORAN TORRES, Abogado.


8B

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre el divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento lo siguiente: El señor ORLANDO JUNIOR GARCIA RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, con Pasaporte No. SG2557278, domiciliado y residente en 2957 DECATUR Ave. Apto. C-45, CP 10458-Bronx New York, Estados Unidos de Norteamérica y accidentalmente en la calle 1era. Del Residencial G-9, Apto. K-2, La Moralejas de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado apoderado y constituido especial al LICDO. LEONARDO TORIBIO PICHARDO, Abogado de los Tribunales de la República, matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo el No. 30113-140-05, con estudio profesional abierto en el edificio Hilda Rodríguez No. 148, Suite 2-C, 3er. Nivel de la Av. Imbert Esq. Benito González, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Santiago de los Caballeros, donde hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales de la presente publicación: ADVIERTE a su legítima esposa la señora MADISSEL GONZALES, cuyo último domicilio lo fue en la ciudad de New York, Estados Unidos de Norteamérica, pero cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de información sobre su domicilio, se procederá a Emplazarla legalmente en acción de divorcio por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día viernes, que contaremos a cuatro (04) del mes de julio del año dos mil catorce (2014), a fin de que comparezca el día miércoles que contaremos a dieciséis (16) del mes de julio del año 2014, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la cuarta planta del edificio que aloja el Palacio de Justicia de Santiago, ubicado en la Ave. Circunvalación, Ave. 27 de Febrero y Calle 4 y E, del ensanche Román de esta ciudad de Santiago, donde se conocerá de la demanda en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, en su contra. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).

En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor EDUARDO ANTONIO CRUZ LOZADA, Estadounidense, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de transito en esta ciudad de La Vega, R.D., pasaporte no.459170871; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial al LICDA. ANILDA AUDISEL ALMANZAR SANTIAGO, cedula no. 051-0019935-4, con estudio profesional abierto en la calle Duvergé modulo no.3 del 1er.Nivel Edif Plaza Laurel de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DIGNA ACOSTA HERNANDEZ, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Las Hortensias No.3 Res. Gamundi La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día VIERNES 04 del mes de julio del año 2014 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día MARTES 15 del mes de JULIO del año 2014 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 02 días del mes de JULIO del año 2014.

AVISO DE TRANSFORMACION De acuerdo a los establecido por la ley 479-08, del 11 de Diciembre del 2008, sobre sociedades comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y la Ley 31-11 del 10 de Febrero del 2011,que modifica la Ley 479-08, se hace de conocimiento general el proyecto de TRANSFORMACION de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada OFIJET, E.I.R.L., a una Sociedad Responsabilidad Limitada S.R.L. , la cual se denominará OFIJET, S.R.L, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes estatutos, la sociedad tendrá como objetos social SUMINISTROS DE OFICINA Y SERVICIOS TECNICOS DE IMPRESORAS Y DEMAS COMPONENTES AFINES, el domicilio de la Empresa estará ubicado en la Av. Charle de Gaulle No. 181, Plaza Avalon, local 107, Municipio Santo Domingo, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, con un capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00), la sociedad será administrada por el gerente designado al efecto; la duración de la sociedad será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto así como el balance financiero especial elaborado por el comisario de cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la sociedad OFIJET, S.R.L a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la compañía el día 30/6/2014, el proyecto de la transformación de la compañía junto con el informe del comisario de cuentas, el balance especial estarán a disposición de los accionistas en el local de la Empresa.

FC 304054

WILLIAN MAKENSY NUÑEZ, Gerente General.

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306Bis sobre divorcio en la República Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que el 9 de mayo del 2014, la Sexta Sala para asuntos de familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No. 01188/2014, en cuyo dispositivo expresa lo siguiente: Único: Declara bueno y válido el acto de estipulaciones y convenciones No 05/2014, firmado por los esposos Germán Augusto Núñez Pratts y Ana Lora Tirado, de fecha veinticuatro (24) de febrero del año dos mil catorce (2014), instrumentado por el Lic. Víctor Cerón Soto, notario público de los del número del Distrito Nacional, en consecuencia: A: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges Germán Augusto Núñez Pratts y Ana Lora Tirado; B: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento; C: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Asimismo, se hace saber que en fecha 9 junio del 2014, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció dicho divorcio y procedió a transcribir la referida sentencia en el libro No. 00011, Folio No. 0067, Acta N0.001038.

FC 304077

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JUEVES, 3 DE JULIO DE 2014

Lic. Eduardo Antonio Núñez Vásquez, Abogado.

LIC. LEONARDO TORIBIO PICHARDO, Abogado Apoderado. AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO: Para conocimiento general, en cumplimiento de las disposiciones del párrafo único del Articulo 22, de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor JOSEE FRANCISCO MORA MORA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0010004707-0, domiciliado y residente en la calle Caonabo No.3, del Sector Miraflores del Palo, Sabana Perdida, del Municipio de Santo Domingo Norte, de la Provincia de Santo Domingo, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. RAFAEL OCTAVIO RAMIREZ GARCIA, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0074262-6, , con oficina en la Av. Núñez de Cáceres, No. 60, Segundo Nivel, Sector Los Prados, de la Ciudad de Santo Domingo, hoy distrito Nacional, República Dominicana, a través de este aviso legal, LE ADVIERTE a su legítima esposa, señora MARTINA DIAZ CUEVAS, cuyo último domicilio conocido estuvo ubicado en la calle Flor de Luz, casa No. 10, Segundo Nivel, del Sector Los Tres Brazos, del Municipio Santo Domingo Este, de la Provincia de Santo domingo, que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES por ante la MAGISTRADA PROCURADORA FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, el día VIERNES que contaremos a PRIMERO (01) del mes de Agosto del año Dos Mil Catorce (2014) en curso, para que comparezca el día MARTES que contaremos a VEINTICINCO (25) del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, por ante el MAGISTRADO JUEZ DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO (PRIMERA SALA), la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los salones de la Primera Planta del Edificio marcado con el No. 23 de la calle Presidente Vásquez, del Ensanche Ozama, del Municipio de Santo Domingo Este de la Provincia de Santo Domingo, a fin de conocer la demanda de divorcio que se trata. En Santo Domingo, República Dominicana, a los 01 días de Julio del año 2014. DR. RAFAEL OCTAVIO RAMIREZ GARCIA, Abogado constituido del cónyuge demandante. FC 303989

LICDA. ANILDA AUDISEL ALMANZAR SANTIAGO Abogada apoderada de la parte Demandante (AC-5940-RD-02-03-04/07/2014)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO P ARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con lo que establece el Art. 22, de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, la señora EUSTACIA MORA CRUZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No.031-0430976-4, domiciliada y residente en la calle Octavio Mejía Ricart No.208, Alma Rosa I, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quien tiene como abogado y apoderado especial al DR. ANIBAL SANCHEZ SANTOS, dominicano mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0544903-7, con estudio profesional abierto en la calle Puerto Rico No. 7, Residencial Pacífico, Alma Rosa I, Santo Domingo Este, que es donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto, por medio del presente aviso, LE ADVIERTE a su legítimo esposo, señor TOMAS DEVORA, dominicano, mayor de edad, casado, del que su último domicilio conocido fue en la calle 16 edificio No.2, sector Villa Aura, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo y que a falta de conocimiento de su actual domicilio o residencia (paradero), posteriormente a estas tres publicaciones de divorcio, por la CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, sin domicilio conocido, por lo que el alguacil actuante notifica el día Lunes, que contaremos a Siete (07) del Mes de Julio del año 2014, a la Magistrada Procuradora Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, en la puerta del tribunal, a los fines de que el señor TOMAS DEVORA, comparezca como fuere de derecho a las (9:00 AM) horas de la mañana, el día MIERCOLES, que contaremos a DIECISÉIS (16) del mes de JULIO del año 2014, a la audiencia que se celebrará a puerta cerrada por ante la Magistrada Juez Presidente de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Santo Domingo, Municipio Oeste, Sito en la Av. Las Palmas No. 52, Esq. Calle 3era. Urbanización Reparto Rosa, Municipio Oeste Provincia Santo Domingo. En el Municipio Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los uno (01) día del Mes de Julio del año Dos Mil Catorce (2014).

FC 303997

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asunto de Familia, en fecha 13 de junio del 2014, en acción de divorcio por Incompatibilidad de caracteres, incoada por el Sr. JOSE LIMBAR contra su esposa DILANIA SANCHEZ FORTUNA; dicto la sentencia Civil No. 00864-14, cuyo dispositivo copia textualmente expresa así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en contra de la parte demandada señora Dilania Sánchez Fortuna, por no comparecer, no obstante citación legal. Declara bueno y válido, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determina de incompatibilidad de caracteres, intentada por el señor José Limbar, contra la señora Dilania Sánchez Fortuna, por haber sido interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores José Limbar y Dilania Sánchez Fortuna, por causa determinada de incompatibilidad de caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el oficial del Estado Civil Correspondiente. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. Quinto Comisiona al ministerial Robinson D. Silverio Pérez, de estrado de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. La Sentencia que antecede ha sido firmada por el Magistrado Danilo Caraballo Núñez, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída e audiencia pública por mi secretaria; CERTIFICO: Que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada. Hoy día primero (1) de julio del año dos mil catorce (2014); y que la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día treinta (30) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), en el libro letra L, Folio_No. 21767. Nelly M. Mercedes, Secretaria. FC 304049

FIRMA DE ABOGADOS Y NOTARIA DR. HUASCAR. MANZANILLO CASTRO ABOGADO NOTARIO PÚBLICO

Av. Manuela Díez Jiménez No. 52, Santa Cruz de El Seibo, R. D. Tels.: (809) 552-2032 y Cel.: 809-481-4717

EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306 BIS y el Articulo 69 del Código de Procedimiento Civil, a falta de la señora JEANNIE MAY, de Nacionalidad Canadiense, Portadora del Pasaporte Extranjero No. WK738534, no tener domicilio conocido al momento, el señor MIGUEL ANGEL DRULLARD PERALTA, Dominicano, Mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-0035685-8, la cita y emplaza por este medio, para que comparezca, por ante la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de El Seibo, la cual celebra sus audiencias en uno de los Salones del Segundo Nivel del Palacio de Justicia de El Seibo, en la Carretera Mella, frente al Cuerpo de Bomberos, el día Miércoles, que contaremos a nueve (9) del mes de Julio del año dos mil catorce (2014), para conocer de la Demanda de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres interpuesta por el señor MIGUEL ANGEL DRULLAR PERALTA, en contra de JEANNIE MAY. En la ciudad, Municipio y Provincia de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2014).

DR. HUASCAR CECILIO MANZANILLO CASTRO Abogado FC 304028

DR. ANIBAL SANCHEZ SANTOS, Abogado.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones,sehacesaberqueelseñorFREUDISRAELZORRILLAVENTRUA,dominicano,mayordeedad,casado, empleado privado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 223-0011639-3, domiciliado y residente en la calle Manzana“Q”,casaNo.1,urbanizaciónSaloméUreña,sectorSabanaPerdida,MunicipioSantoDomingoNorte,Provincia Santo Domingo; quien tiene como abogado apoderado al LIC. MARDONIO DE LEÓN, dominicano, mayor de edad, casado,abogado,portadordelaCéduladeidentidadyElectoralNo.001-1045372-7,domiciliadoyresidenteenestaciudad, yconestudioprofesionalabiertoenlaavenidaCharlesdeGaulleNo.61(altos),esquinacalleGabrielaMistral,urbanización Cabilma del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; por medio del presente aviso, advierte a su legítimaesposaseñoraGLENYSMARITZAPEREZLAUREANO,PasaporteNo.BC132069,cuyoúltimodomicilio que se le conoció fue en la calle Manzana “E”, Esq. Manzana “F”, Edificio No. 12, Tercer nivel, de la Urbanización Invi, del sector Sabana Perdida, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. Y que a falta de información relativa a su actual domicilio y residencia se procederá a Emplazarla en acción de divorcio por causa determinada IncompatibilidaddeCaracteresdeacuerdoaloestablecidoenelartículo69inciso8delCódigodeProcedimientoCivil(domicilio desconocido) se procederá a Emplazar el día Jueves que contaremos a tres (3) del mes de julio del año dos mil catorce (2014), en manos del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, cuya Oficina Principal se encuentra situadaenlaAv.CharlesdeGaulle,EdificioNo.27(PrimeraPlanta),urbanizaciónCabilmadelEste,MunicipioSantoDomingo Este, Provincia Santo Domingo; así como en la puerta principal del Tribunal apoderado, el cual está situado en la calle Ramón Matías Mella, esquina calleAltagracia No. 103 (frente al Parque Principal deVilla Mella), sectorVilla Mella, MunicipioSantoDomingoNorte,ProvinciaSantoDomingo;afindequecomparezcaporantelaSegundaSaladelaCámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Santo Domingo; sito: en uno de los salones de la segunda planta del edificio marcado con el No. 103, calle Ramón Matías Mella, Esq. calleAltagracia, del sectorVilla Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo; el día Miércoles que contaremos a veintitrés (23) del mes de julio del año Dos Mil catorce (2014), a las nueve (9:00A.M.), horas de la mañana, en atribucionesciviles,lacualsecelebraráyconoceráapuertacerrada,enocasióndelademandaenDivorcioporlacausadeterminada Incompatibilidad de Caracteres, incoada por su legítimo esposo, señor FREUD ISRAELZORRILLAVENTURA. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete(27)díasdelmesdejuniodelañoDosMilcatorce(2014).(Firmado)LIC.MARDONIODELEÓN,Abogado del demandante”.

LIC. MARDONIO DE LEÓN Abogado FC 303922

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

De conformidad con el Art. 142, de la Ley 1306-Bis, sobre la Ley de Divorcio se hace de publico conocimiento que la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, dicto en sus atribuciones civiles dicto en fecha quince (15) de Abril del año Dos Mil Catorce (2014), la sentencia, N0.00l91/2014, cuyo dispositivo copiado textualmente dice de la siguiente manera: FALLA: PRIMERO: SE ADMITE EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores ROLANDO FRIAS MEDINA y CARMEN YOCASTA REYES ROLLINS, de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones No. 15-2014 de fecha 18/2/2014 instrumentado por el abogado Notario publico DR. ANTONIO FULGENCIO CONTRERAS, abogado notario publico del Municipio de Haina. SEGUNDO: Se ORDENA al oficial del estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio así. TERCERO: SE COMPENSA pura y simple las costas por tratarse de una litis entre esposos. CERTIFICO: Que la decisión que antecede es una copia, fiel y conforme al contenido de su original copia que expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada. En el Municipio de San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, Republica Dominicana, a los quince (15) días del mes de Abril del año 2014.

En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor LORENZO ANTONIO BLANCO YNFANTE, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de transito en esta ciudad de La Vega, R.D., cedula no.001-0681400-7 ; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JESUS RAMON TRINIDAD, cedula no. 047-0173515-3, con estudio profesional abierto en el NO.33 de la Ave. Mons. Panal 2do. Nivel Edif Sammer I Modulo 14 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora AIDA CELESTE JACOB, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Club de Leones No.9, La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día martes 08 del mes de julio del año 2014 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día JUEVES 31 del mes de JULIO del año 2014 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 02 días del mes de JULIO del año 2014.

En cumplimiento de las disposiciones contendías en el párrafo único del artículo 22 de la Ley No.1306-bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso, el señor EDUARDO LORENZO COLLADO BAEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Comerciante, portador de la Cedula de identidad y electoral No.050-0036314-2, domiciliado y residente en la calle La Poza, casa No.14, Jarabacoa, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. ORQUIDEA DEL CARMEN BLANCO, dominicana, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la Republica Dominicana, portadora de la cedula de Identidad y Electoral No.031-0189308-3 y Matricula No.20442-242-98, con su estudio profesional abierto en la Avenida Hermanas Mirabal Edificio 101, Segundo Nivel, Baracoa, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, lugar donde el señor EDUARDO LORENZO COLLADO BAEZ, hace formar elección de domicilio para los fines legales del presente aviso, el cual será publicado los días martes primero (1ero.), Miércoles dos (2) y Jueves tres (3) de Julio del año Dos Mil catorce (2014). Avisa a su legitima esposa, la señora JACQUELINE PAGAN, de nacionalidad americana, mayor de edad, cuyo último domicilio actual se desconoce que a falta de información de su residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día Viernes que contaremos a Cuatro (4) del mes de Julio del 2014, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, para que comparezca personalmente o representada a la Audiencia del divorcio que se celebrara a puertas cerradas, en la sala No.1 de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, para conocer sobre el fondo de la demanda en divorcio incoada en su contra por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, la cual se celebra sus audiencias en la segunda Planta del Edificio del Palacio de Justicia, entre la Avenida 27 de Febrero, Avenida Circunvalación, E. Guerrero Esquina Calle 4, del Ensanche Román, de esta ciudad de Santiago. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los treinta (30) días del mes de Junio del año Dos Mil catorce (2014).

DRA. MAYRA ALICIA MATA Abogada de las partes FC 304120

LIC. JESUS RAMON TRINIDAD Abogado apoderado de la parte Demandante

(RC-4199-RD-02-03-04/07/2014)

LICDA. ORQUIDEA DEL CARMEN BLANCO ABOGADA DEL ESPOSO DEMANDANTE


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