Separatadeportes

Page 1

TODO

TODO DEPORTE

Piratas logró raptar una victoria/3B

DEPORTE

Boca Juniors se sacó la espinita/4B

1B

l Coordinación Carlos Higuera l www.elnuevosiglo.com.co

LA VUELTA FINALIZÓ EN CIBELES

Buen cierre en España

l La ronda que ganó Fabio Aru tuvo protagonismo colombiano con Nairo Quintana (4º) y Esteban Chaves (5º)

D

os colombianos ingresaron ayer a lo más selecto de la Vuelta a España en su edición número 70 donde el alemán Jhon Degenkolb (Giant – Alpecin) se impuso en el embalaje y se despidió de la carrera con una victoria que

le había sido esquiva en jornadas anteriores. El teutón no tuvo rival en la llegada a Madrid y festejó tras dos horas, 34 minutos y 13 segundos en los que el pelotón rodó con paso controlado y brindó espectáculo por las calles de la capital española. La última jornada de la compe-

tencia contó con 98,8 kilómetros entre Alcalá de Henares y Madrid, con final en la plaza de Cibeles, en el tradicional paseo de la Castellana. La carrera finalizó con protagonismo colombiano gracias a la buena presentación de Leonardo Duque (Team Colombia), quien

culminó la fracción en el puesto 11 con el mismo tiempo del ganador de la jornada. El festejo del día fue para Degenkolb, pero la imagen de la carrera fue la sonrisa del campeón Fabio Aru (Astana Pro Team), quien a sus 25 años se estrenó como ganador de la general en

El nuevo siglo l LUNES 14 de septiembre DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.co

una gran vuelta. El Giro de Italia le fue esquivo y quedó en manos del español Alberto Contador. Ahora España corona a un joven campeón italiano. El italiano se consagró en una carrera en la que no venía como líder de su equipo, venía a trabajar para su compa-


TODO DEPORTE

2B podio final, mientras que Esteban Chaves (OricaGreenEDGE) cerró el Top-5 a 3:10. El bogotano fue la gran revelación de la carrera adjudicándose dos victorias de etapa y liderando la competencia por seis días. Chaves se robó los elogios y admiración de los aficionados al ciclismo al haber liderado todas las clasificaciones al final de la segunda jornada. A su vez terminó tercero en la clasificación por puntos, con 108 unidades. En ese apartado Quintana ocupó el noveno puesto, con 84 unidades. Su compañero Alejandro Valverde se quedó con la distinción sumando 118 puntos.

Doble oro internacional se quedó en Medellín

Otros colombianos en la vuelta

NAIRO QUINTANA se ubicó 4º (a 1:42) en la general de la Vuelta a España, mientras que Esteban Chaves fue 5º (3:10).

triota Vincenzo Nibali quien fue expulsado de la carrera por sujetarse del coche de su entrenador luego de una caída en las primeras etapas, con el Escualo afuera, y un equipo sin jefe de filas, quedó entre Aru y Mikel Landa la responsabilidad de comandar a su escuadra, finalmente el italia-

no respondió con sus escapadas para quedarse con el honor y el respaldo de sus compañeros, los mismos que le dieron una mano importante para coronarse como el mejor de la edición 70 de la carrera española. Aru superó por 57 segundos al catalán Joaquim Purito Rodríguez

(Team Katusha) y por 1:09 al polaco Rafal Majka (Tinkoff Saxo), quien completó el podio. Nairo Quintana (Movistar Team) terminó en la cuarta casilla a 1:42, pese a haber tenido complicaciones de salud que casi lo hacen abandonar la carrera, aunque el boyacense luchó y por poco se mete al

Por su parte el Team Colombia fue protagonista en varias jornadas de la competencia animando en la mayoría de las fugas de la carrera, logrando obtener un segundo lugar con Rodolfo Torres en la etapa 16. Darwin Atapuma (BMC) ganó la primera etapa con su escuadra en la contrarreloj por equipos que se disputó en la jornada inicial de la Vuelta, en una competencia que vio cómo los trece colombianos que tomaron la partida finalizaron en Madrid. La clasificación por equipos quedó en poder de Movistar, los premios de montaña fueron para Ómar Fraile (Caja Rural) y Purito Rodríguez se vistió con la camiseta blanca que identifica al campeón de la combinada.

Javier Gómez, campeón Laura Lozano, Top-10 de Vuelta a Boyacá del Giro de Toscana Tal como ocurrió en 2014, un hijo de la tierra cantó victoria en la carrera más importante del departamento y que reúne a los mejores pedalistas del país a lo largo de cinco etapas. Javier Gómez, del equipo Boyacá Raza de Campeones, sucedió a Óscar Rivera cumpliendo una actuación sólida y determinada para despojar del liderato al nariñense Robinson Chalapud (Orgullo Antioqueño), actual campeón nacional y uno de los candidatos al título de la competencia boyacense. Gómez, protagonista en algunas etapas de la pasada edición de la Vuelta a Colombia, sostuvo una lucha pareja con Chalapud, que solo se resolvió en la contrarreloj individual que unió al municipio de Cucaita con Tunja sobre un trazado de 22 kilómetros. Allí, el boyacense sacó la ventaja suficiente para alzarse

con el máximo galardón de la edición número 37. La prueba a cronómetro fue para Alexis Camacho (Orgullo Antioqueño), que impuso un registro de 30 minutos y 38 segundos. Gómez lo escoltó a 32 segundos, mientras que Ómar Mendoza (Movistar Team) completó el podio de la jornada a 51 segundos. Chalapud ocupó la cuarta casilla a 1:04. Por otra parte, Lorena Colmenares (Raza de CampeonesIndeportes Boyacá) se adjudicó el triunfo en la competencia de damas, superando a la santandereana Ana Cristina Sanabria (Formesan) y a la boyacense Milena Fagua (Raza de Campeones – Indeportes Boyacá). Colmenares aseguró el título con una clara victoria en la contrarreloj imponiendo un registro de 38 minutos y 37 segundos, seguida por Sanabria a 25 segundos y Fagua a 1:40.

La temporada de la bogotana Laura Lozano continúa entregando resultados esperanzadores de cara al Campeonato Mundial de Ruta, que se disputará en Richmond (Virginia, EU) desde el próximo domingo 19 de septiembre. Es el reto para el que ha venido preparándose con gran entusiasmo y que ahora, después de arduos meses de entrenamiento y buenas actuaciones en el calendario europeo, espera afrontar en óptimas condiciones. El último destino de la bogotana antes de llegar a Estados Unidos fue el prestigioso Giro de Toscana, competencia premundialista de tres etapas con la que finaliza el ciclo de carreras del pelotón femenino antes de disputar el mundial. “El nivel es altísimo por ser la última carrera antes del mundial. Conocía cada calle porque

se corre donde vivo y entreno. Sabía que podía hacer una gran carrera”, dijo la pedalista de 28 años, del registro del equipo italiano Michela Fanini Rox, que al final del evento ocupó el noveno lugar a 52 segundos de la campeona Malgorzta Jasinska. En la última fracción, que incluía cuatro puertos categorizados sobre 100 kilómetros, la colombiana cruzó la meta de séptima a 37 segundos de Jasinska, quien le arrebató el título en el cierre de carrera a la holandesa Annemiek Van Vleuten. “Me he preparado bien todo el año y he estado muy enfocada tratando de dar lo mejor. Siento que ha sido una gran temporada y he aprendido demasiado”, destacó la colombiana quien compartirá en la delegación mundialista con Serika Gulumá y Diana Carolina Peñuela.

El nuevo siglo l LUNES 14 de septiembre DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.

Finalizó ayer la cuarta parada de la Copa Mundial de Tiro con Arco, que tuvo lugar en la ciudad de Medellín, y en el cual nuestro país dejó un gran balance al conquistar dos medallas de oro. En la última jornada del evento, a primera hora, Colombia disputó el oro en la modalidad de arco compuesto por equipos femeninos frente al equipo de Italia. Sara López, Aura Bravo y Alejandra Usquiano se impusieron por un marcador de 227 – 220 sobre las arqueras europeas, para quedarse con el metal dorado. El bronce fue para los Estados Unidos. En la tarde, en la competencia de arco compuesto individual femenino, Sara López se enfrentó en el duelo decisivo ante la estadounidense Paige Pearce, a quien derrotó 146 por 143 tras 15 flechas lanzadas, mientras que el bronce quedó en manos de la argentina María Eugenia González. De esta forma, Colombia sumó en esta parada dos medallas de oro, ambas por el compuesto femenino, pero fue muy destacada la participación de Daniel Betancur, Andrés Pila y Daniel Pineda, quienes sorprendieron al llegar hasta las semifinales del recurvo masculino por equipos y finalizaron en la cuarta posición. Los días sábado 24 y domingo 25 de octubre será la gran final de la Copa Mundo de Tiro con Arco en Ciudad de México. Allí estarán Ana María Rendón, en arco recurvo, y Sara López y Alejandra Usquiano, en compuesto, representando al país gracias a sus buenas actuaciones en las cuatro paradas disputadas en Shanghái, China; Antalya, Turquía; Wroclaw, Polonia, y Medellín, Colombia.


TODO DEPORTE En un juego que prometía más de lo que fue, se tornó aburrido y finalizó empatado a cero goles por la 12ª fecha de la Liga Águila. Santa Fe y Patriotas, ambos buscando tres puntos vitales para cada una de sus circunstancias, se repartieron de unidad sin mayor protagonismo. Los visitantes apostaron primero al ataque, demostrando que salieron dispuestos a ir por los tres puntos. Con buen control de pelota y llevando al rival a defenderse, el equipo boyacense se adueñó del juego ante un Santa Fe completamente desorientado. La primera llegada la tuvo Álvarez, con un remate desviado al minuto 7. El equipo local apenas reaccionó al cuarto de hora, con remates de Vargas y Gordillo que no generaron ningún peligro en el marco de Castillo, quien poco tuvo para hacer en la primera mitad. El juego fue pausado, trabado por las faltas y controlado por Patriotas que le faltó más profundidad para hacer daño. La más clara del primer tiempo llegó por intermedio de Raúl Loaiza al minuto 36, tras un rebote de un tiro de esquina que le dejó el balón limpio para rematar, pero éste se fue apenas cerca del palo derecho de Zapata. Santa Fe apenas se aproximó pero fue poco lo que pudo hacer por el partido hasta el pitazo que indicó el descanso. En el segundo tiempo, Santa Fe pareció despertar y empezó a tomar el control de la pelota. Pero así como le sucedió a Patriotas en la primera mitad, su dominio fue poco útil en términos de opciones de gol. La visita siguió manteniendo al margen al rival aunque cayó en su nivel futbolístico. Al minuto 47, Jhon Miranda remataría rasante pero contenía bien Castillo abajo. Luego, Armando Vargas remataba rasante pero la pelota se iría por muy poco a línea final al minuto 60. Patriotas apenas se acercó con remate de Icart que se iba muy por encima de la portería previo al tiro de Vargas. El juego de nuevo cayó en un bache y Patriotas se dedicó a mantener el resultado ante un Santa Fe impotente, sin ideas y que embolató el juego en medio de varios jugadores sin ideas. El tiempo pasó y en El Campín todos sabían que los puntos se repartirían al final, aunque con la zozobra de que el equipo local no fue el de otros partidos. Los demás encuentros

Aduciendo a su favoritismo por la coyuntura deportiva que pasa, Independiente Medellín salió al estadio Atanasio Girardot a buscar la diferencia desde el primer minuto. Los remates

3B

SANTA FE es cuarto con 20 puntos en la Liga Águila, por detrás de Alianza Petrolera, Medellín y Nacional./Juan Sebastián Cuéllar

EN LA LIGA ÁGUILA

Santa Fe cedió puntos en casa ante Patriotas

l Empataron a cero goles en la 12ª fecha, mientras que Medellín goleó 4 – 1 al Cúcuta y aproximaciones de Luis Carlos Arias, Brayan Angulo, John Pajoy y Ángelo Rodríguez en los primeros instantes, tuvo como gran protagonista al portero de Cúcuta Deportivo Miguel Vargas, aunque al minuto 19, el golero no pudo hacer nada para impedir el tanto de Angulo, luego de un gran pase de Luis Carlos Arias. Cuatro minutos después, el poderoso de la montaña amplió la diferencia luego de un ataque por izquierda en donde Rodríguez le cedió el balón a Luis Carlos Arias, quien con libertad marcó el 2-0 parcial. Con la intención de sacudirse, Cristian Dájome (delantero) ingresó por Darwin Carrero (amonestado 31’) en el Cúcuta Deportivo, y aunque el conjunto de la

Próximos partidos l Cúcuta - Jaguares FC, l Cortuluá - Nacional, l Once Caldas - Tolima, l Patriotas FC - Equidad, l Millonarios - Uniautónoma, l Junior - Alianza Petrolera, l Pasto - Santa Fe, l Huila - Boyacá Chicó, l Medellín - Águilas Doradas, l Envigado - Cali.

frontera mejoró, un verdadero golazo de tiro libre anotado por Jhon Freddy Pajoy (44´), cerró con broche de oro la presentación

del Medellín en la primera parte. En el inicio del complemento, el equipo motilón tuvo dos grandes oportunidades de gol, una desperdiciada por Estéfano Arango (58´) y otra concretada por el atacante Miguel Pérez, quien anotó al minuto 60, gracias a un centro por izquierda que remató de primera intención (3-1). El partido en ese momento no fue tan emotivo como en el inicio, aunque la contundencia del Medellín se demostró a los 74 minutos, puesto que al recibir un pase por izquierda, Luis Arias remató, algo incómodo, una pelota que terminó en el fondo de las piolas cucuteñas, para el 4-1 definitivo. A raíz de la victoria, Medellín acumuló 24 puntos y es segundo en la Liga Águila, en tanto que

El nuevo siglo l LUNES 14 de septiembre DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.co

el Cúcuta Deportivo es último con 5 y primero en la opción del descenso con 0.864 de promedio, seguido por Autónoma FC (0.923) y Jaguares (1.029). Por otra parte, Águilas Doradas cayó en su casa ante Junior (0 – 2), mientras que Alianza Petrolera al igual que Santa Fe cedió puntos ante Once Caldas y finalizó el encuentro en el estadio Daniel Villa Zapata 0 – 0. Entre tanto, Uniautónoma superó por la mínima diferencia al Cortuluá en el Metropolitano, mientras que Equidad y Jaguares tuvieron un juego parejo que finalizó 4 – 3 a favor del equipo Asegurador. En el estadio de Palmaseca Cali y Pasto empataron a 2 goles. En el polideportivo sur Envigado y Huila cerraron el juego a cero goles.


TODO DEPORTE

4B

Manchester City consolidó liderato en la Liga Premier

En el terreno del Crystal Palace, el Manchester City ganó con un tanto en el minuto 90 del juvenil nigeriano Kelechi Iheanacho (18 años), este sábado en la quinta jornada inglesa, y consolidó su liderato, mientras que el Chelsea, defensor del título volvió a caer, 3-1 ante el Everton. Protagonista de un arranque sobresaliente (5 victorias en 5 partidos, 11 goles a favor y ninguno en contra) el equipo dirigido por el chileno Manuel Pellegrini es un líder sólido, que tiene 5 puntos de ventaja sobre sus primeros perseguidores, Arsenal, que este sábado ganó 2-0 al Stoke City, y Manchester United, que venció 3-1 al Liverpool. En el Emirates Stadium el Arsenal venció con goles de Theo Walcott (31) y el francés Olivier Giroud (85), además el chileno Alexis Sánchez pudo haber logrado un doblete, pero se topó dos veces con los postes. Más tarde, el United ganó en Old Trafford al Liverpool con un gol de penal del español Ander Herrera y el primer tanto como Red Devil de su fichaje estrella, el francés de 19 años Anthony Martial. Antes había abierto el marcador el holandés Daley Blind (49), quien acertó en una jugada de estrategia en una falta que sacó el español Juan Mata. Luego fue Herrera el encargado de ejecutar un penal que él mismo había sufrido (70). El belga Christian Benteke (84) acercó a los Reds, pero entonces llegó el momento de Martial. Tras haber entrado por Mata en el minuto 65, el jugador por el que el United ha pagado 80 millones de euros encandiló a Old Trafford tras recoger el balón en la banda izquierda, sortear a dos rivales y lograr su primer gol en la Premier (86). Protagonista de un espectacular arranque, el City, que recibe mañana a la Juventus en Champions, sufrió para ganar a un Palace en un duelo intenso. La peor noticia para el City fue la lesión de su estrella, el argentino Sergio Agüero, quien tuvo que abandonar el campo lesionado, después de recibir una patada de Scott Dann en el minuto 25./AFP

ganó EL SÚPER CLÁSICO ARGENTINO

Boca Junior se sacó la espinita ante el River

Freddy Guarín le dio la victoria al Inter

l Los Xeneizes son los líderes del torneo con 52 puntos

Sacando un conejo de la galera, Boca Juniors se impuso 1-0 en el superclásico ante River ayer con gol del uruguayo Nicolás Lodeiro en el estadio Monumental, triunfo que devuelve al equipo de Carlos Tévez a la cima del torneo argentino. El jugador de la selección uruguaya anotó a los 18 minutos cuando el arquero Marcelo Barovero interceptó un ataque de Carlos Tévez sin poder evitar un rebote que Lodeiro remató con un zurdazo al centro del arco. La victoria coloca a Boca nuevamente como líder del torneo con 52 puntos, dos por encima de San Lorenzo, que el sábado cayó ante Huracán 1-0. De su lado River, actual campeón de la Libertadores y la Sudamericana, queda relegado al quinto lugar y pierde una oportunidad clave de ser protagonista en el campeonato. Lodeiro, protagonista del triunfo, consideró que el gol fue lo más importante que consiguió en su carrera futbolística. “Hacer un gol en un BocaRiver es lo más importante por la trascendencia que tiene en el mundo” este partido entre los dos clubes más populares de Argentina, dijo. Lodeiro había ingresado en reemplazo de Fernando Gago quien a los 30 segundos de juego cayó solo, quedó tendido en el suelo tomándose el tobillo y debió ser retirado en camilla del campo de juego. Con la victoria, Boca se saca además la espina del bochornoso

duelo por la Copa Libertadores de América cuando Boca terminó descalificado después de que hinchas agredieron con gas pimienta a jugadores de River en pleno campo de juego y vio desde afuera el triunfo de su archirrival. River estrenó para la ocasión camiseta con las estrellas de una temporada gloriosa tras ganar la Copa Sudamericana-2014, la Recopa Sudamericana y la Copa Libertadores de América en un renacer después de haber tocado fondo con el descenso a segunda división. El Monumental lució colmado solo por hinchas de River debido a la prohibición de asistencia de hinchas visitantes en Argentina,

en una noche que acompañó con un clima templado en el final del invierno austral. River tuvo su mejor oportunidad con un cabezazo de Lucas Alario luego de un soberbio desborde y centro de Carlos Sánchez por derecha, pero el tiro quedó en las manos del arquero Agustín Orion. Sobre el final River consiguió abrir los espacios que necesitaba pero los destellos de buen juego que comandó el uruguayo Tabaré Viudez no le alcanzaron para cambiar el resultado. El triunfo de Boca marcó el regreso de Carlos Tévez a los superclásicos que el Apache no jugaba desde 2004 antes de su partida a Brasil y luego a Europa./AFP

En la 3ª jornada de la Liga BBVA española, el Eibar y el Celta de Vigo, que habían ganado sus dos primeros partidos, sólo pudieron empatar ayer, ante Málaga (0-0) y Las Palmas (3-3) respectivamente, con lo que dejan al Barcelona, que el sábado se impuso 2-1 al Atlético en Madrid, como líder en solitario. Los azulgranas triunfaron con goles de Neymar y Lionel Messi, quien comenzó de suplente después de que el viernes naciera

su segundo hijo, mientras que Cristiano Ronaldo marcó cinco goles en el triunfo 6-0 del Real Madrid ante el Espanyol. El equipo catalán es el único que ha ganado sus tres primeros partidos (9 puntos) y tiene ahora dos de ventaja sobre el Real Madrid (2º), que goleó 6-0 el sábado al Espanyol, el Celta (3º), el Villarreal (4º) y el Eibar (5º). En el estadio de La Rosaleda, el Eibar intentó con insistencia un gol que le permitiera seguir

la estela del campeón español y europeo, pero se topó con un acertado Carlos Kameni. El Málaga, decimoquinto con apenas dos puntos, tampoco consiguió marcar y todavía no ha logrado un gol en lo que va de Liga. También con empate, aunque 3-3, terminó el partido del Celta ante Las Palmas, que logró un punto meritorio pese a jugar casi todo el partido con un hombre menos./AFP

BOCA VENCIÓ 1 – 0 al River Plate y se sacó la espina de su descalificación en la reciente Copa Libertadores.

Eibar le permitió al Barça la cima

El nuevo siglo l LUNES 14 de septiembre DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.

Un solitario gol del mediocentro colombiano Freddy Guarín dio la victoria al Inter (1º) en el derbi de la Madonnina ante el Milán (12º), ayer en la 3ª jornada de la Serie A italiana. El Inter, que después de esta victoria se pone líder del campeonato con 9 puntos de 9 posibles, se mostró más acertado de cara a gol que su rival de la ciudad en un encuentro marcado por la igualdad y la poca fluidez en el juego. El colombiano, de 29 años, se erigió en el protagonista del duelo cuando en el minuto 58, después de una gran jugada personal, batió al arquero español Diego López de un tiro ajustado desde fuera del área. El conjunto entrenado por Roberto Mancini y sostenido en defensa por dos suramericanos, el chileno Gary Medel y el también colombiano Jeison Murillo, firma un inicio soñado de campeonato en el que buscan volver a ser protagonistas después de un año en el que quedaron fuera de Europa. Por su parte el AC Milán, solo lleva una victoria en tres partidos. En otros partidos del día, el Nápoles (14º) empató 2-2 en Empoli (17º) y continúa sin ganar esta temporada en la Serie A después de tres jornadas disputadas, en las que suma dos empates y una derrota. El Lazio (8º) venció al Udinese (13º) en Roma por 2-0. Los Laziales consiguieron los tres puntos gracias a los tantos del delantero Alessandro Matri, quien salió en la segunda parte, en los minutos 64 y 73 de partido. El sábado, la Juventus (16º) continuó con su mal inicio de liga (un empate, dos derrotas) y solo pudo empatar ante el Chievo, líder, en casa con un gol a última hora y de penal del argentino Paulo Dybala./AFP


TODO DEPORTE

5B EN LA LIGA DIRECTV DE BALONCESTO

Piratas logró raptar una victoria l Clasificó a la postemporada junto a Búcaros, Llaneros, Academia, Águilas y Astros del Valle

Culminó la fecha 19 y empezó la 20, en la sexta versión de la Liga DirecTV de Baloncesto. En la noche del sábado se terminó de definir cómo se disputará la segunda fase en la competencia oficial del baloncesto en Colombia. Y los clasificados son: Búcaros, Llaneros, Piratas, Academia, Águilas y Astros del Valle. Teniendo en cuenta que se presenta un triple empate en puntos entre Academia de la Montaña, Águilas de Tunja y Astros del Valle, la posición se define por enfrentamientos directos entre los tres equipos. De esta forma, Academia de la Montaña queda en la cuarta posición (4 juegos ganados, 2 perdidos), Águilas en la quinta (2 ganados, 2 perdidos) y Astros del Valle en la sexta (2 ganados, 4 perdidos).

Los próximos encuentros Primero vs. Sexto: Búcaros - Astros

l

Segundo vs. Quinto: Llaneros BC - Águilas

l

Tercero vs. Cuarto: Piratas - Academia de la Montaña

l

Sistema de clasificación

En la fase eliminatoria -2 clasifican los seis (6) primeros equipos de la fase eliminatoria - 1, para ganar dos (2) de tres (3) juegos programados entre sí, iniciando en la casa del peor clasificado según la tabla general de posiciones de la fase eliminatoria - 1. En el juego correspondiente a la última fecha de la fase de grupos, Piratas Bogotá a domicilio finalizando el segundo cuarto vencía por 35-40 a Llaneros de Villavicencio, en juego válido por la 20ª fecha de la Liga DirecTV de baloncesto. Los de César Cassiani pudieron mantener la diferencia y al final el marcador favoreció al equipo de la capital del país que venció por 78-82 a los del Meta. Brandon Givens

PIRATAS DE Bogotá venció 82 – 78 a Llaneros de Villavicencio en la 20ª fecha de la Liga DirecTV./Juan Sebastián Cuéllar

(26 puntos) y Jovanni Díaz (25 puntos), fueron los jugadores más destacados de la noche. Con esta victoria, Piratas queda en la tercera posición al sumar 33 unidades y deberá enfrentarse en la próxima ronda a Academia. Se inicia en la casa de los paisas, ya que los bogotanos terminaron mejor ubicados en la tabla de posiciones. En el caso de Llaneros quedó en la segunda posición tras terminar con 31 puntos y deberá

jugar su primer partido de play off contra Águilas en Tunja. En el único juego pendiente por la fecha 19, Búcaros de Bucaramanga derrotó a Halcones de Cúcuta, en el clásico de los santanderes, por 89-73. En un duelo de trámite para ambos equipos, pues Búcaros ya se encuentra asegurado en la primera posición y el equipo de Cúcuta estaba sin ninguna posibilidad de avanzar, el máximo anotador de

los locales fue Rodrigo Caicedo, quien marcó 21 puntos. Por los Halcones, Albert Arias consiguió 23 puntos y 13 rebotes. En Tunja, aunque Academia iba ganando por 59-77, el partido de la fecha 20 en la Liga DirecTV, contra Águilas de Tunja, el compromiso fue finalizado faltando unos minutos para el final, por mal comportamiento del público en el coliseo San Antonio. Por esta razón, la decisión de los jueces

El nuevo siglo l LUNES 14 de septiembre DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.co

fue la de sentenciar W favorable a Academia, con un marcador de 0-20. Por tal motivo, Academia de la Montaña llega a 31 puntos y Águilas de Tunja (que no suma ninguno esta noche), se mantiene con las mismas unidades (31). Sin embargo, Academia gana la cuarta posición y Águilas se ubica en la quinta. Así las cosas, el actual campeón no suma ningún punto esta noche y termina esta fase con 31 unidades. En Cali, Astros hizo la tarea completa. En la noche del sábado, por la fecha 20 de la Liga DirecTV de Baloncesto venció a Patriotas de Boyacá por 79-63. De esta forma y, al cierre de la fase regular, Astros del Valle clasifica en la sexta posición en la tabla general, terminó con 31 puntos, 11 victorias y 9 derrotas. Por su parte, Patriotas de Boyacá no logró conseguir otra victoria en esta edición de la Liga DirecTV de Baloncesto y se despide con un récord de una victoria y 19 derrotas.


6B 30A 6B BB

TODO DEPORTE

CLASIFICADOS CURADURIAS

RESOLUCION No RES-

DE

Radicación: 15-5-1199 Por la cual se aprueba la modificación de la Resolución No RES 14-3-0282 del 04 de marzo de 2014, mediante la cual se aprobó el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, ubicado en el predio con nomenclatura urbana calle 148 No 98-99 y calle 148 No 99-02, localidad de Suba, Bogotá D.C y simultáneamente se expide Licencia de Construcción en la modalidad de Demolición Total, Obra Nueva y cerramiento. LA CURADORA URBANA 5 DE BOGOTA, D.C. ARQUITECTA JUANA SANZ MONTAÑO

17. Que el titular TECNOURBANA S.A., con NIT 800192571-9, para dar cumplimiento a la obligación de prever suelo para la construcción Vivienda de Interés Social VIS establecida en el artículo 2.2.2.1.5.3.1 del Decreto Nacional 1077 del 26 de mayo de 2015, aporto copia de la resolución No En uso de sus facultades legales, en especial las que confiere las Leyes 388 de 1997; 810 de 2003, 000170 del 25 de septiembre de 2014, “por medio de la cual se adopta una liquidación definitiva el Decreto Nacional 1077 de 2015 y el Decreto Distrital 004 de 2011 y, por aplicación de la fórmula de traslado de vivienda de interés social y/o prioritario, de conformidad con lo señalado en el Decreto Distrital 327 de 2004 y el Decreto Nacional 075 de 2013, y se dictan CONSIDERANDO otras disposiciones”. 1. Que el señor FEDERICO PEREZ DELGADO, identificado con Cedula de Ciudadanía No.12.959.301, actuando en su condición de Representante Legal de la Sociedad TECNOURBANA S.A, identificada 18. Que el interesado se acoge a lo establecido en el artículo 44 del Decreto 327 de 2004, según con NIT 800192571-9 titular de los predios con nomenclatura urbana Calle 148 No 98-99 y Calle el cual “para aumentar la edificabilidad por encima del índice de construcción básico, se deberá 148 No 99-02, localidad de Suba, Bogotá D.C, identificados con el Folios de Matrícula Inmobiliaria cumplir con una o varias de las siguientes condiciones: Nos 50N-20327479 y 50N-20289847, solicitó ante esta Curaduría Urbana mediante radicación 155-1199 del 19 de Junio de 2015, la Modificación de licencia vigente del Proyecto Urbanístico La cesión del suelo protegido urbano, para incorporarlo al sistema de espacio público. Se del desarrollo denominado URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ y excluyen aquellos elementos que ya hayan sido adquiridos por las entidades públicas, los Licencia de Construcción en la modalidad de Demolición Total, Obra Nueva y cerramiento. cuerpos de agua y sus rondas. Se excluyen así mismo las zonas de manejo y preservación ambiental de los cuerpos de agua en las que se localice la porción autorizada de cesión de 2. Que mediante resolución RES 14-3-0282 del 04 de marzo de 2014, se expidió Licencia de espacio público. Urbanización y se aprobó el Proyecto denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL, La cesión del suelo urbano para la conformación de la malla vial arterial principal y/o NUEVO VERACRUZ, se establecen sus normas urbanísticas y se fijaron las obligaciones a cargo complementaria de la ciudad. Se excluye la malla vial que esté incluida en un programa de inversión del urbanizador responsable para los predios localizados en la Calle 148 No.98-99 y Calle 148 financiado por valorización o en el reparto de cargas y beneficios de un plan parcial en estudio o en un plan de ordenamiento zonal. No.99-02 Localidad de Suba. La cesión de suelo adicional a la exigida para parques públicos. 3. Que el predio objeto de la solicitud de Modificación de licencia de urbanización vigente se encuentra La cesión de suelo adicional a la exigida para equipamientos públicos. localizado en la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) Nº 27 Suba, Sector normativo 16, subsector de Transferir derechos de construcción de qué trata los Artículos 317 y 363 del Decreto 190 de 2004, usos XV y XVI, Subsector de edificabilidad O reglamentada por el Decreto Distrital 615 de 2006, en de acuerdo con la reglamentación específica que se adopte para tal efecto. área de actividad Residencial, Zona Residencial con Zonas delimitadas de comercio y servicios, con 19. Que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, asignación de Tratamiento de Desarrollo. para el Proyecto Urbanístico en referencia, esta Curaduría comunicó a los vecinos colindantes 4. Que el Desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ, no del predio objeto de solicitud de licencia, mediante oficios de fecha 13 de agosto de 2015 y en la se encuentra en localizado en zona de riesgo por fenómeno de remoción de masa y no presenta riesgo página WEB de la curaduría, sin que a la fecha de expedición del presente acto administrativo haya por inundación, de conformidad con la zonificación contenida en los Mapas Nos 3 y 4 que hacen parte pronunciamiento alguno. integral del Decreto Distrital 190 de 2004 - Plan de ordenamiento Territorial de Bogotá DC. 20. Que dando cumplimiento a lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 5. Que de conformidad con el plano anexo del Decreto 291 de 2013, mediante el cual se adoptan 1077 de 2015, para advertir a terceros sobre la iniciación del trámite administrativo con referencia los resultados de la quinta actualización de la estratificación urbana de la ciudad de Bogotá, para los 15-5-1199, aprobación del Proyecto Urbanístico denominado �URBANIZACION CONJUNTO inmuebles residenciales, el sector donde se localiza el predio colinda con áreas desarrolladas clasificadas RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ los interesados instalaron una valla en el predio, en lugar en estrato 3, por lo tanto dando aplicación a la tabla de equivalencias Nº 1 correspondiente a “AUMENTO visible desde la vía pública dos (2) fotografías de la valla con la información indicada anexaron los DE EDIFICABILIDAD POR CESIONES ADICIONALES DE SUELO” del artículo 44 del Decreto 327 de 2004, interesados al expediente en referencia. l

Aprobar la totalidad del proyecto general urbanístico: modificación en la configuración y el área de regularización vial sobre la calle 148, producto del mismo se modifica la configuración geométrica de la cesión para parques y equipamientos y de la cesión adicional para parques manteniendo el área aprobada en gestión anterior. ARTÍCULO 2: ADOPCION DEL PLANO URBANISTICO. Adoptar el plano que contiene la modificación del Proyecto Urbanístico del desarrollo URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, distinguido con el número CU5S603/4-01 en un original, el cual reposará en esta Curaduría Urbana y un segundo original, el cual será remitido a la Secretaría Distrital de Planeación, para que en ejercicio de sus funciones efectúe la incorporación correspondiente en la cartografía oficial de esa entidad, en la plancha No. E-40, a escala 1:2000 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, cuyos segundos originales reposan en el archivo de la entidad precitada. Reemplazar el plano urbanístico CU3-S603/4-00 y solicitar a la Curaduría Urbana No. 3 incorporar la siguiente nota: “Este plano fue anulado y reemplazado por el plano número CU5S603/4-01”.

l

l

l

l

por cada metro de cesión para parque adicional se autorizan 20 metros de construcción adicional por encima del índice de construcción básico, sin sobrepasar el INDICE DE CONSTRUCCIÓN MAXIMO de 21. Que en respuesta a la solicitud presentada por esta Curaduría Urbana para la asignación de la 1.75 para el Proyecto Urbanístico denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL, NUEVO numeración que distinguirá el plano que contiene el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ, objeto de aprobación mediante VERACRUZ, sobre Área Neta Urbanizable, de conformidad con el RANGO 3 de edificabilidad. la presente Resolución, la Secretaria Distrital de Planeación le asignó a dicho plano el número 6. Que para acogerse a lo dispuesto en el artículo 44 ya citado, el interesado cederá 138.01 M2 de CU5S603/4-01.

ARTÍCULO 3: LICENCIAS QUE SE CONCEDEN. Conceder a TECNOURBANA S.A. con NIT 800192571-9, representada legalmente por el señor FEDERICO PEREZ DELGADO identificado con Cedula de Ciudadanía No.12.959.301, en calidad de titular de los predios con nomenclatura urbana Calle 148 No 98-99 y Calle 148 No 9902 localidad de Suba Bogotá D.C, identificados con el Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos 50N20327479 y 50N20289847, la modificación de licencia de urbanización vigente para el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ y Licencia de Construcción en la modalidad de Demolición Total, Obra Nueva y Cerramiento. La presente Modificación de Licencia de urbanización Vigente se expide de acuerdo con los planos que contienen el Proyecto Urbanístico y la documentación que forma parte integral de la solicitud, radicados ante esta Curaduría Urbana bajo la referencia 15-5-1199. ARTÍCULO 4: DEL TITULAR DE LA LICENCIA DE URBANIZACION Y CONSTRUCCIÓN Y LOS RESPONSABLES DE LA LICENCIA DE URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN. TITULAR Y URBANIZADOR RESPONSABLE DE LA LICENCIA DE URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN: Modificar el artículo 5 de la Resolución 14-3-0282 de 4 de marzo de 2014, el cual quedará así: Modificar el titular de la licencia de urbanización vigente para el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ y titular de la Licencia de Construcción en la modalidad de Demolición Total, Obra Nueva y cerramiento, a la Sociedad TECNOURBANA S.A. identificada con NIT. 800.192.571-9, representada legalmente por el señor FEDERICO PEREZ DELGADO identificado con Cédula de Ciudadanía No.12.959.301.

cesión adicional. Como resultado de la aplicación de las equivalencias mencionadas el índice máximo de construcción puede incrementarse hasta 1.75 específicamente hasta 7360.45 M2 de construcción. 22. Que la presente solicitud de aprobación del Proyecto Urbanístico denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, ha sido tramitada de conformidad con las normas CONSTRUCTOR RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANISMO: 7. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.2.1.5.1.1 del Decreto Nacional 1077 de de las Leyes 388 de 1997 y 810 de 2003 y el Decreto Nacional 1077 de 2015. Modificar el constructor responsable de las obras de urbanización indicado en la licencia de 2015 los porcentajes mínimos de suelo para el desarrollo de Programas de Vivienda de Interés Social 23. Que el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO urbanización vigente para el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION Prioritaria (VIP), se exigirán únicamente en las actuaciones de urbanización de predios regulados por el RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ no requiere Licencia Ambiental. Lo anterior sin perjuicio de CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, Arquitecto JUAN CARLOS MANRIQUE identificado tratamiento de desarrollo que se encuentren ubicados en suelo urbano o de expansión urbana en zonas o que el urbanizador responsable obtenga los demás permisos o autorizaciones ambientales que se con Cédula de Ciudadanía No.79.239.120 y portador de la Tarjeta Profesional No.25700-35825CND, áreas de actividad cuyos usos sean distintos a los industriales, dotacionales o institucionales. requieran según lo establezcan las normas vigentes y se someta a los registros correspondientes según información contenida en el formulario de solicitud de Licencia según información contenida ante la autoridad ambiental competente según lo establecido en el Decreto Nacional 2041 de 2014, en el formulario de solicitud de Licencia. 8. Que para efectos de la disponibilidad de servicios a que se refiere el artículo 2.2.6.1.2.1.8 del Decreto reglamentario del Título VIII de la Ley 99 de 1.993 y el Decreto 1077 de 2015. 1077 de 2015, los interesados presentaron copia de los Oficios NEDS-3404-2013 de fecha 21 de junio CONSTRUCTOR RESPONSABLE DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. de 2013, expedido por la Empresa de GAS NATURAL, 141915 y 1308749 de 9 de febrero de 2015 y 24 24. Que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 181 del Decreto Ley 0019 de 2012 y como quiera de junio de 2013 expedido por CODENSA S.A., Nº 31300-2013-1798 y 31300-2013-1845 de fecha 19 de que a la fecha del presente acto administrativo, no aparece inscripción alguna sobre la participación Establecer como constructor responsable de las obras de construcción del Proyecto Urbanístico septiembre de 2013, expedido por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. en plusvalía para los predios en los folios de matrícula inmobiliaria 50N20327479 y 50N20289847, del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, no es exigible la participación en plusvalía para la expedición de la licencia solicitada. al arquitecto JUAN CARLOS MANRIQUE identificado con Cédula de Ciudadanía No.79.239.120 9. Que la modificación del Proyecto Urbanístico consiste en incluir una cesión adicional para parque con y portador de la Tarjeta Profesional No.25700-35825CND, según información contenida en el el fin de ajustar la Edificabilidad permitida en la urbanización , modificación del titular y del constructor 25. Que en consideración a lo antes expuesto y realizadas las verificaciones del caso, se formulario de solicitud de licencia. responsable de las obras de la URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ. Sin concluyó que el Proyecto Urbanístico del desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO embargo de acuerdo con las modificaciones solicitadas el área útil se reduce a 2935,75 m2 y por lo tanto RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, cumple con las normas urbanísticas vigentes establecidas ARQUITECTO PROYECTISTA. la obligación VIP se ajusta a 587,15 m2. para el Tratamiento de Desarrollo por el Plan de Ordenamiento Territorial, contenido en los Decretos Distritales 190 y 327 de 2004 correspondientes al desarrollo por urbanización, por lo tanto es Arq. CARLOS ALFREDO OSPINA GARCIA 10. Que el proyecto urbanístico aprobado contemplo 592.82 m2 de suelo útil para Vivienda de aceptado por esta Curaduría Urbana. Matrícula profesional No. 2570026810CND Interés Social Prioritario VIP. C.C. No. 11.341.232 26. Que el interesado presentó declaración del Impuesto de delineación urbana, como requisito para 11. Que la modificación al proyecto urbanístico consiste en cumplir la obligación de destinar para el la expedición de la licencia de construcción por la suma ($276.227.000) por un área de 9.870.52m2, desarrollo de programas de Vivienda de Interés Social (V.I.S.) subsidiable como mínimo el 20% del número de adhesivo 08324036441591 de fecha 27/08/2015 y el Impuesto de Delineación corregido por INGENIERO CIVIL CALCULISTA. área útil del proyecto en un proyecto de Metrovivienda. la suma de ($0.00) , numero de adhesivo 08384066382182 de fecha 28/08/2015. Ing. FEDERICO AICARDY Matrícula profesional No. 2520233715CND 12. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.2.1.5.3.1 del Decreto Nacional 1077 del En virtud de lo anterior, la Curadora Urbana 5 de Bogotá, D.C., Arq. JUANA SANZ MONTAÑO, C.C. No. 12.129.644 26 de mayo de 2015, los proyectos que sean objeto del proceso de urbanización deberán destinar para el desarrollo de programas de Vivienda de Interés Social (V.I.S.) subsidiable como mínimo el RESUELVE INGENIERO GEOTECNISTA. 20% del área útil del proyecto. Ing. ALFONSO URIBE SARDIÑA CAPÍTULO I. DE LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO URBANISTICO Y LAS LICENCIAS Matrícula profesional No. 2520220489CND 13. Que el proyecto además presenta una modificación en la configuración y el área de C.C. No. 79.154.597 regularización vial sobre la calle 148, producto del mismo se modifica la configuración geométrica ARTÍCULO 1: DE LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO URBANISTICO de la cesión para parques y equipamientos y de la cesión adicional para parques manteniendo el área aprobada en gestión anterior. Modificar la Resolución 14-3-0282 del 04 de Marzo de 2014, por la cual se expidió Licencia de DISEÑADOR DE ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES. Urbanización para el desarrollo denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO 14. Que el interesado se acoge a lo establecido en el artículo 2.2.2.1.5.1.1 del Decreto Nacional VERACRUZ, se establecieron sus normas urbanísticas y se fijaron las obligaciones a cargo del Arq. CARLOS ALFREDO OSPINA GARCIA 1077 del 26 de mayo de 2015, en cuanto a que para cumplir con la obligación establecida en el urbanizador responsable para los predios localizados en la Calle 148 No.98-99 y Calle 148 No.99-02, Matrícula profesional No. 2570026810CND citado artículo de prever como mínimo con el 20% del área útil del proyecto para el desarrollo Localidad de Suba, Bogotá D.C., en el sentido de modificar el mecanismo para dar cumplimiento a C.C. No. 11.341.232. de programas de Vivienda de Interés Social (V.I.S.) subsidiable mediante el cumplimiento de la la obligación establecida en el artículo 41 y 42 del Decreto 327 de 2004 y el Articulo 4 del Decreto obligación en un proyecto de Metrovivienda. Nacional 075 de 2013, teniendo en cuenta que el interesado se acogió a la alternativa de cumplir ARTÍCULO 5: TÉRMINO DE VIGENCIA. con la obligación de provisión de Vivienda de Interés Social en proyectos Metrovivienda. Obligación 15. Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1077 del 26 de mayo de 2015, que se cumple a través de resolución No 000170 del 25 de septiembre de 2014 expedida por Para la Modificación de Licencia de Urbanismo Vigente se mantienen los términos establecidos en la Resolución No. RES-14-3-0282 del 04 Marzo de 2014, ejecutoriada el día 11 de abril de 2014. artículos 2.2.2.1.5.3.1 y 2.2.2.1.5.3.4, es procedente cumplir la obligación de provisión de VIS o VIP Metrovivienda. en un proyecto de METROVIVIENDA, condición a la cual se acoge el titular TECNOURBANA S.A., con NIT 800192571-9, actual propietaria del predio objeto de este trámite. Parágrafo: El presente acto administrativo que se otorga en virtud de la resolución No 000170 Para la Licencia de Construcción en las modalidades de Obra Nueva, Demolición Total y Cerramiento del 25 de septiembre de 2014, está sometido a condición resolutoria, hasta tanto el obligado no se otorga una vigencia de 24 meses prorrogables por una sola vez por 12 meses más. 16. Que el señor FEDERICO PEREZ DELGADO identificado con la Cedula de ciudadanía 12.959.301, cumpla y/o solucione las obligaciones contenidas en dicho documento. La pérdida de efectos en su condición de gerente de la sociedad TECNOURBANA S.A. con NIT 800192571-9, solicitó a de la licencia no deberá ser declarada ni administrativa ni judicialmente y operara una vez sea ARTÍCULO 6: La ejecución de las obras de urbanismo y saneamiento correspondientes al Proyecto METROVIVIENDA por medio del radicado No 20144200046752, adelantar el trámite de aplicación manifestado por parte de Metrovivienda el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Urbanístico denominado URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, deberá del traslado para la provisión de VIP, del proyecto denominado URBANIZACION CONJUNTO sociedad TECNOURBANA S.A., identificada con el NIT 800192571-9, representada legalmente por hacerse dentro del plazo estipulado en el artículo 4 de la presente Resolución y sólo podrán el señor FEDERICO PEREZ DELGADO identificado con la cedula de ciudadanía 12.959.301. ejecutarse previo cumplimiento de los siguientes requisitos: RESIDENCIAL, NUEVO VERACRUZ.

EElEllnnn uEvo 12 DE SEPTIEMBRE DE 2015 l www.elnuevosiglo.com.co uEvo l LUNES DE 2015 uevossiglo siglo iglol lSÁBADO LUNES14 14DE deSEPTIEMBRE septiembre DE 2015l lwww.elnuevosiglo.com.co www.elnuevosiglo.com.


TODO DEPORTE Obtención de las especificaciones técnicas para la elaboración de los proyectos de redes de servicios públicos, vías y otros elementos del espacio público expedidas por las entidades competentes. Presentación ante las empresas de servicios públicos que les correspondan, de los proyectos de redes de servicios públicos y obras de urbanismo y obtención de su aprobación con los respectivos presupuestos. Solicitud de aprobación del diseño de las vías a construir de conformidad con establecido por la Subdirección Técnica del Instituto de Desarrollo Urbano. Antes de la iniciación de las obras el urbanizador deberá solicitar a las diferentes empresas de servicios públicos y al Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, el nombramiento de los interventores a que hubiere lugar, con el fin de garantizar su concordancia con el Proyecto Urbanístico aprobado; el interventor designado por el IDU debe verificar que antes de la iniciación de las obras el urbanizador las replantee por coordenadas. l

l

l

l

ARTÍCULO 7: Modificar el Artículo 8 de la RES-14-3-0282 del 04 Marzo de 2014, el cual quedara así: CUADRO GENERAL DE AREAS 8.1 AREA NETA URBANIZABLE: 8.2 AREAS DE CESION GRATUITA AL DISTRITO SOBRE AREA NETA URBANIZABLE  Área Regularización Calle 148  Cesión para parque  Cesión adicional para parque TOTAL DE CESIONES AL DISTRITO SOBRE A.N.U

4.205,97 M2 80,72 M2 1.051,49 M2 138,01 M2 1.270,22 M2

El detalle de estas áreas está contenido en el Plano No. CU5S603/4-01 que se adopta mediante la presente Resolución. PARAGRAFO: El total de la cesión obligatoria de la URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ será destinada a parque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 327 de 2004, por ser inferior a 0.2 hectáreas el área destinada a parque. El diseño que se adopte para el parque de uso público del desarrollo URBANIZACION CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ formará parte de la Licencia de Urbanización concedida mediante la presente Resolución. 8.3. AREA UTIL DEL PROYECTO. -Area Útil: l

7B 31A 7B AB

CLASIFICADOS CURADURIAS

2.935.75 M2.

ARTÍCULO 8: Modificar los numerales 9.2.1 y 9.4.3, Localización de la Zona de Cesión para parque recreativo y Provisión de suelo para vivienda de interés prioritario (VIP), del Articulo 9 “NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS” de la Resolución No. RES-14-3-0282 del 04 Marzo de 2014, el cual quedara así:

CAPÍTULO II. DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO ARTÍCULO 11: DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO

Modificar el Artículo 11 de la Resolución 14-3-0282 del 4 de marzo de 2014 “Obligaciones del urbanizador y del titular de la Licencia” el cual quedara así:

a) Cumplir con los compromisos que se establezcan en los contratos que se perfeccionen con la Empresa A continuación se describen las características del proyecto arquitectónico denominado “EDIFICIO de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. ALTAGRACIA”, aprobado mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los catorce (14) b) Incorporar las áreas públicas del Proyecto Urbanístico denominado Urbanización CONJUNTO planos arquitectónicos presentados, con 73 depósitos: RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, en la escritura Pública de la urbanización expresando que este Acto implica cesión gratuita de las áreas públicas objeto de cesión al Distrito Capital, de acuerdo con lo Uso: Vivienda Multifamiliar, 102 unidades. establecido en el Decreto 161 de 199 y en los artículos 275 y 478, numeral 10 del Decreto 190 de 2004. c) La obligación de entregar al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la ALTURA: URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, correspondiente a Espacio Público para parques, controles ambientales, vías locales, de acuerdo con lo establecido en los cuadros de áreas Catorce pisos (14) pisos habitables 33.04 metros definidos en los planos Nos. CU5-S603/4-01, adoptados por medio de la presente Resolución. Portería, Un (1) pisos, 3.30 metros. d) Constituir la Póliza de garantía de estabilidad y buena ejecución de las obras de urbanismo y saneamiento, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 9 del Decreto 161 de 1999. Esta póliza se ANTEJARDÍN: deberá protocolizar con la Escritura Pública de constitución de la urbanización (Artículo 1° del Decreto 161 de 1999). ANTEJARDÍN= 3.00 M por CL 148 e) Constituir la Póliza de garantía la ejecución y entrega de las obras y la dotación en las zonas de cesión, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 9 del Decreto 161 de 1999. Esta póliza se deberá protocolizar AISLAMIENTOS: con la Escritura Pública de constitución de la urbanización (Artículo 1° del Decreto 161 de 1999). f) La presente licencia no autoriza la tala de árboles, ni la intervención de elementos naturales que tenga AISLAMIENTO CONTRA PREDIOS VECINOS= 31.32 M un valor urbanístico y/o ambiental, en cuyo caso requerirá de los permisos necesarios, en el evento de que la autoridad ambiental competente lo quiera. Lo anterior sin perjuicio de que el urbanizador responsable obtenga los demás permisos o autorizaciones ambientales que se requieran según lo establezcan las EQUIPAMIENTO COMUNAL: normas vigentes y se someta a los registros correspondientes ante la autoridad ambiental competente EQUIPAMIENTO COMUNAL PRIVADO según lo establecido en el Decreto nacional 1180 de mayo 10 de 2003 , reglamentario del Título VIII de Equipamiento M2 % la Ley 99 de 1993. g) Cumplir con las normas de construcción del Espacio Público, en particular las contenidas en los Zonas Verdes Recreativas 1.028.02 85 Decretos 1003 de 2000 y 602 de 2007 para el diseño y las construcciones de andenes del Distrito Capital y aquellas que lo modifiquen o complemente, en las vías construidas y por construir y los espacios de Servicios Comunales 185.87 15 circulación peatonal publica en zonas desarrolladas o por desarrollar. Total 1.212.63 100 h) La presente licencia no autoriza la construcción de obras en el espacio público existente, de propiedad ÁREAS DEL PROYECTO: del Distrito Capital, para lo cual deberá requerir la correspondiente licencia de intervención del espacio público ante la SDP, o excavación del espacio público ante el IDU, de conformidad con lo que disponga DESCRIPCIÓN M2 al respecto disposiciones vigentes. ÁREA ÚTIL 2.935,75 i) De conformidad con lo estipulado por el artículo 2.2.6.1.4.9 del Decreto Nacional 1077 de 2015, ÁREA SÓTANO 1.480,31 que trata el tema de identificación de obras. El titular de la licencia de parcelación, urbanización o ÁREA PRIMER PISO 680,39 construcción está obligado a instalar un aviso durante el término de ejecución de las obras, cuya ÁREA PISOS RESTANTES 7.709.82 dimensión mínima será de un metro (1.00 m) por setenta (70) centímetros, localizada en lugar visible ÁREA TOTAL CONSTRUIDA 9.870.52 desde la vía pública más importante sobre la cual tenga frente o límite el desarrollo o construcción que ÁREA LIBRE PRIMER PISO 2.255,41 haya sido objeto de la licencia. La valla o aviso se instalará antes de la iniciación de cualquier tipo de INDICES: obra, emplazamiento de campamentos o maquinaria, entre otros, y deberá permanecer instalado durante todo el tiempo de la ejecución de la obra. INDICES Índice de Ocupación 0.16 j) La sociedad titular de la licencia deberán cumplir con las obligaciones urbanísticas que se deriven Índice de Construcción 1.75 de ella y responderán por los perjuicios caudados a terceros, con motivo de la ejecución de las obras. K)La inobservancia de las obligaciones mencionadas constituyen incumplimiento de la licencia, ESTACIONAMIENTOS: sancionable de conformidad con lo previsto en el artículo 2° de la Ley 810 de 2003. CUADRO DE PARQUEADEROS DESCRIPCION PLANTEADOS ARTÍCULO 15. ENTREGA MATERIAL DE LAS ÁREAS DE CESION DEL PROYECTO URBANÍSTICO Parqueaderos Residentes 102 DENOMINADO URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ Parqueaderos Visitantes* 10 TOTAL PARQUEADEROS 112 Modificar el Artículo 12 de la Resolución 14-3-0282 del 04 de Marzo de 2014, “Entrega material Parqueaderos para Discapacitados (Incluidos en Visitantes) 2 de Cesión” el cual quedara así: Bicicleteros 30

9.2.1. Localización de la zona de cesión para parque recreativo. El área de cesión al Distrito Capital destinada para parque recreativo y equipamientos comunales, generada por el proceso de Urbanización del desarrollo URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ se encuentra delimitada, deslindada, amojonada y acotada, según plano No CU5S603/4-01 y una vez ejecutado el proyecto, construida, dotada y entregada al Distrito Capital por el Urbanizador Responsable, formará parte del Sistema de Espacio Público construido de la ciudad. 9.4.3. Provisión de suelo para vivienda de interés prioritario (VIP). De conformidad con lo indicado por los interesados, el titular TECNOURBANA S.A., con NIT 800192571-9, para dar cumplimiento a la obligación de prever suelo para la construcción Vivienda de Interés Social VIS establecida en el artículo 4 del Decreto Nacional 0075 del 23 de enero de 2013 aporto copia de la resolución No 000170 del 25 de septiembre de 2014, “por medio de la cual se adopta una liquidación definitiva por aplicación de la fórmula de traslado de vivienda de interés social y/o prioritario, de conformidad con lo señalado en el Decreto Distrital 327 de 2004 y el Decreto Nacional 075 de 2013, y se dictan CERRAMIENTO: otras disposiciones”. Detalle del cerramiento Longitud Altura Cerramiento Tipo 1 (Contra vecinos colindantes) 30.35 ML 2.50 M ARTÍCULO 9: Modificar el numeral 9.4.5.11 “Normas de Accesibilidad al Espacio Público y a los Cerramiento Tipo 2 (contra Cesiones) 273.92 ML 1.60 M Edificios, de las personas con movilidad reducida” el cual quedara así: ESTRUCTURAS Los proyectos de urbanización, de construcción y de intervención y ocupación del Espacio Público, deben contemplar en su diseño, las normas vigentes que garanticen, la movilidad y desplazamiento de De conformidad con los documentos aportados (2 estudios de suelos, 6 memorias de cálculo, 58 planos las personas con movilidad reducida de conformidad con las normas establecidas en la Ley 361 de 1997, estructurales y 2 anexos estructurales): los Decretos Nacionales 1660 de 2003, 1538 de 2005 y 1077 de 2015 y aquellas que los contemplen. Tipo de Cimentación Pilotes, Zapatas Tipo de Estructura Pórtico y Muros de Concreto Reforzado-DMO Los espacios públicos, contemplados en el Proyecto Urbanístico adoptado con la presente resolución se Método de Diseño Resistencia Ultima sujetaran en lo pertinente, a las disposiciones previstas en la Cartilla del Espacio Público, la cartilla de Análisis Sísmico Análisis dinámico elástico (Modal) andenes (Decretos 170 de 1999, 602 y 603 de 2007). Grado de Desempeño E.N.E. Bajo

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.6.1.4.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015, el titular de la licencia deberá tener en cuenta lo siguiente: La entrega material de las zonas objeto de cesión obligatoria, así como la ejecución de las obras y dotaciones a cargo del urbanizador sobre dichas zonas, se verificará mediante inspección realizada por la entidad municipal o distrital responsable de la administración y mantenimiento del espacio público. La diligencia de inspección se realizará en la fecha que fije la entidad municipal o distrital responsable de la administración y mantenimiento del espacio público, levantando un acta de la inspección suscrita por el urbanizador y la entidad municipal o distrital competente. La solicitud escrita deberá presentarse por el urbanizador y/o el titular de la licencia a más tardar, dentro de los seis (6) meses siguientes al vencimiento del término de vigencia de la licencia o de su revalidación, y se señalará y comunicará al solicitante la fecha de la diligencia, dentro de los cinco (5) días siguientes a partir de la fecha de radicación de la solicitud.

ACCESOS: No se permiten accesos vehiculares directos a los predios por las vías de la malla vial ARTÍCULO 12. PARTICIPACION DISTRITAL EN PLUSVALIA. arterial, estos deberán ubicarse sobre vías de la malla vial intermedia o local, a una distancia no De conformidad con lo establecido en el Articulo 181 del Decreto Ley 019 del 10 de enero de 2012, menos de quince (15.00) metros del punto de terminación de la curva de la intersección de las vías. a la fecha de expedición del presente acto administrativo, no aparece inscripción alguna sobre la participación en plusvalía para el predio en el folio de matrícula inmobiliario del mismo, razón por la cual no es exigible el pago de plusvalía previo a la expedición del presente acto. ARTÍCULO 10: Modificar el numeral 9.4.5.13 “Otras Normas” el cual quedara así:

El acta de inspección equivaldrá al recibo material de las zonas cedidas, y será el medio probatorio para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del urbanizador establecidas en la respectiva licencia. En el evento de verificarse un incumplimiento de las citadas obligaciones, en el acta se deberá dejar constancia de las razones del incumplimiento y del término que se concede al urbanizador para ejecutar las obras o actividades que le den solución, el que en todo caso no podrá ser inferior a quince (15) días hábiles. Igualmente se señalará la fecha en que se llevará a cabo la ARTÍCULO 13: DE LAS OBLIGACIONES COMUNES DEL CONSTRUCTOR RESPONSABLES Y segunda visita, la que tendrá como finalidad verificar que las obras y dotaciones se adecuaron a 9.4.5.13 OTRAS NORMAS DEL TITULAR. lo establecido en la licencia, caso en el cual, en la misma acta se indicará que es procedente el El diseño y construcción de la(s) edificación(es) son de entera responsabilidad del constructor, por lo recibo de las zonas de cesión. tanto, los proyectos arquitectónicos que se diseñan al interior del Proyecto Urbanístico denominado Modificar el Artículo 11 de la Resolución 14-3-0282 del 4 de marzo de 2014, “Obligaciones del URBANIZACIÓN CONJUNTO RESIDENCIAL NUEVO VERACRUZ, deben dar cumplimiento además urbanizador y del titular de la Licencia” el cual quedara así: Si efectuada la segunda visita el incumplimiento persiste, se hará efectiva la condición resolutoria a las siguientes normas: de que trata el artículo anterior y se dará traslado a la entidad competente, dentro de los tres Son obligaciones del urbanizador, o del titular de la licencia de urbanización respectiva, entre otras, las (3) días hábiles siguientes, para iniciar las acciones tendientes a sancionar la infracción en los Facilidad discapacitados: Deberá dar cumplimiento a las normas Urbanísticas y arquitectónicas, siguientes: términos de la Ley 810 de 2003 o la norma que la adicione, modifique o sustituya. de orden distrital y nacionales vigentes que las regulen. Decreto Nacional 1077 de 2015, Ley a) Efectuar las cesiones obligatorias para parques, equipamiento comunal, vías locales y controles ARTÍCULO 16. La presente Resolución debe notificarse en los términos del Código de Procedimiento 361/97 y aquellas que los complementen o modifiquen. Sismo resistencia: Ley 400 de 1997 y Decreto 926 de 2010 y Decreto 092 del 17 de enero de 2011 ambientales1 de acuerdo con las condiciones establecidas en la Ley 388 de 1997, el Plan de Administrativo y de lo contencioso Administrativo, en concordancia con los artículos 2.2.6.1.2.3.7 y Ordenamiento Territorial del Distrito Capital, el presente acto administrativo y demás normas sobre 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015, y contra ella proceden los recursos de reposición y 340 del 13 de febrero de 2012 NSR-10. la materia. Microzonificación sísmica : Decreto 523 de 2010 ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaria Distrital de b) Para efectos de la entrega y escrituración de las áreas de cesión gratuita, se deberá cumplir con lo Buzones e hidrantes: Decreto 1388 de 1976. En lo que no sea contrario a las normas vigentes. Planeación, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Almacenamiento de basuras: Se debe implementar un sistema de almacenamiento de basuras, establecido en el parágrafo del artículo 117 de la Ley 388 de 1997, en el artículo 2.2.6.1.4.7 del Decreto con superficies lisas de fácil limpieza, dotado de un sistema de ventilación, suministro de agua, 1077 de 2015, en los artículos 275 y 478 numeral 10 del Decreto Distrital 190 de 2004, así como el NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE drenaje y prevención contra incendios, de acuerdo con la normativa vigente sobre el tema de nivel Decreto 161 de 1999. distrital y nacional, y las características que determine la entidad encargada de la administración c) Diseñar, construir y dotar las zonas de cesión para parques, producto del proceso de urbanización, del aseo de la ciudad. Decreto 2981 de 2013. Código de la construcción, anexo al Acuerdo 20 de 1995: En lo que no le sea contrario a las de acuerdo con la normativa vigente y las especificaciones que establezca el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD, de conformidad con lo establecido en el Artículo 258 del Decreto 190 normas vigentes. JUANA SANZ MONTAÑO Servicio, seguridad, confort y prevención de incendios: El diseño y construcción de las de 2004. Curadora Urbana No. 5 de Bogotá D.C. instalaciones interiores (servicios contra incendio, seguridad y confort , así como lo de los otros d) Ceder el suelo y construir las redes locales y las obras de infraestructura de servicios públicos servicios públicos de Acueducto Y Alcantarillado, Energía, teléfonos , gas y basuras) son de domiciliarios, con sujeción a los planos y diseños aprobados por las empresas de servicios públicos responsabilidad del constructor, por tanto deberá garantizar en su predio la eficiente prestación correspondientes. interna de estos servicios. Títulos K y J de Decreto 926 de 2010, Decreto 092 del 17 de enero de e) Ceder el suelo y construir las vías locales de uso público, incluidos sus andenes, cumpliendo con las SILVIA LÓPEZ MACIA especificaciones técnicas que señale el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU y las normas del Decreto MAURO BAQUERO CASTRO 2011 y 340 del 13 de febrero de 2012 NSR-10. COORDINADOR PROFESIONAL RESPONSABLE Manejo y disposiciones de escombros y desechos de construcción: Articulo 85 de Acuerdo 079 de Distrital 602 de 2007, para el diseño y construcción de andenes del Distrito Capital. l

l

l

l

l

l

l

l

2003 (código de Policía Del Distrito Capital) y demás normas referidas a deberes y comportamientos para convivencia ciudadana. Licencias de excavación para intervenir con obras de infraestructura de servicios Públicos y Telecomunicaciones, el Espacio Público de Bogotá DC. Resolución No 899 de 2011 del IDU. Escrituración y entrega de áreas de cesión al Distrito: Decreto No 161 de 1999, No 502 de 2003 y No 190 de 2004(Compilación del P.O.T). Promoción y comercialización del proyecto. Se deberá tener en cuenta lo establecido en el Decreto Distrital No 100 de 2004, por el cual se compilan y actualizan disposiciones relacionadas con captación de recursos para el desarrollo de planes de vivienda, y se establecen porcentajes de obra para la radicación de documentos y condiciones para el anuncio y comercialización de proyecto inmobiliarios a través de entidades fiduciarias. l

l

l

f) Ejecutar las obras garantizando la salubridad y seguridad de las personas, así como la estabilidad de los terrenos, edificaciones y elementos constitutivos del espacio público. g) Mantener en la obra, la licencia y planos aprobados y exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente. h) Diseñar y ejecutar las obras, aplicando las disposiciones de la normativa vigente sobre accesibilidad TATIANA REVIAKINA INGENIERA para personas con movilidad reducida y soluciones de evacuación en caso de emergencia. i) Gestionar ante la entidad correspondiente la viabilidad de la recolección y disposición final de residuos sólidos. Fecha de Ejecutoria: j) Implementar los procedimientos necesarios para minimizar los impactos que las obras generen. ARTÍCULO 14. OTRAS OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR RESPONSABLE

uEvo 12de DEseptiembre SEPTIEMBREDE DE2015 2015l www.elnuevosiglo.com.co EEl lnnuevo LUNES l www.elnuevosiglo.com.co www.elnuevosiglo.com.co uEvossiglo iglo l lSÁBADO LUNES 14 14 DE SEPTIEMBRE

ALEXANDRA LANDETA ABOGADA


TODO DEPORTE

CLASIFICADOS CURADURIAS

8B BB

CuRADuRiA uRBAnA 3 Arq. AnA MARiA CADEnA ToBon CuRADoRA RAD.: 15-3-0073

LICENCIAS

CuRADuRÍA uRBAnA 2 (P) Arq. nEsToR CRuZ BAnoY REFEREnCiA: 15-2-1211

El Curador Urbano 2 de Bogotá, Arquitecto Néstor Cruz Banoy, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 15-2-1211 del 19 de marzo de 2015 el señor FREDY LEONARDO LOPEZ PEREZ y la señora EDNA VIVIANA PARRA RAVE han solicitado ante esta Curaduría Urbana Licencia de Construcción: Obra Nueva, Demolición Total y la aprobación de planos de Propiedad horizontal. Uso Vivienda Multifamiliar-Comercio Vecinal B escala vecinal en tres (3) pisos de altura para el predio ubicado en la DG 51 S 54 16 (ACTUAL). La presente publicación se efectúa por la devolución del correo certificado enviado a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según constancia anexa al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite. Su participación deberán hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 2, ubicada en la Calle 97 No. 1355, PBX: 6353050, FAX: 2560443. *P1-1-14

C U R A D O R A U R B A N A N O. 3 RADICACION:15-3-0073. en cumplimiento de La CURADORA URBANA No. 3 DE BOGOTÁ D.C., Arquitecta ANA MARIA CADENA TOBÓN lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 del 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) BOLAÑOS MUÑOZ LORENZO (c.c./NIT: 5230327) Constructor Responsable BELTRAN PEINADO CARLOS ENRIQUE( c.c 91212397 Mat.6870026581 STD) Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No.LC 15-3-0549 con fecha: miércoles, 02 de septiembre de 2015 en las modalidades de: OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN DE LOS PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL PARA UNA (1) EDIFICACIÓN DESARROLLADA EN DIEZ (10) PISOS HABITABLES, PARA TREINTA Y CUATRO (34) UNIDADES DE VIVIENDA CON TREINTA Y CUATRO (34) CUPOS DE ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS, SEIS (6) CUPOS DE ESTACIONAMIENTOS PARA VISITANTES DENTRO DE LOS CUALES UNO (1) CUMPLE CON CONDICIONES PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Y DIECIOCHO (18) BICICLETEROS para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 11 A 5 30 S (ACTUAL) / KR 11 A 5 38 S (ACTUAL) / KR 11 A 5 44 S (ACTUAL) con Chips: AAA0001MJXR / AAA0001MJYX / AAA0001MJZM Y Matriculas Inmobiliarias: 50S282576 / 50S302933 / 50S345987 en el

En la categoría de MotoGP, el piloto italiano Valentino Rossi dio un gran paso hacia el título mundial, en una carrera en la que el español Marc Márquez (Honda) ganó el Gran Premio de San Marino de motociclismo, ayer en el circuito de Misano. Los británicos Bradley Smith (Yamaha) y Scott Redding (Honda) acompañaron en el podio a Márquez, quien sumó la cuarta victoria de la temporada, mientras que el español Jorge Lorenzo, principal rival de Rossi por el título, se cayó y no puntuó. En una carrera loca, en la que los pilotos tuvieron que cambiar dos veces de motocicleta por la lluvia, la decisión de Honda de hacer entrar en boxes a Márquez para cambiar a neumáticos de seco antes que sus rivales, fue definitiva para el triunfo del vigente doble campeón del mundo. Yamaha, en cambio, cometió el error de dejar a sus dos principales pilotos rodar más vueltas que el resto con neumáticos de lluvia, hipotecando las opciones de triunfo de Rossi y de Lorenzo, quien se fue al suelo cuando el italiano estaba en boxes cambiando de moto. El italiano, no obstante, puede estar contento porque con su quinto puesto suma 11 puntos

lote Ñ, de la urbanización Fucha (Localidad Antonio Nariño). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. Arquitecta ANA MARIA CADENA TOBÓN CURADORA URBANA No. 3 de Bogotá. D.C. (15-3-0073).

EN TRES (3) PISOS PARA TRES (3) UNIDADES DE VIVIENDA (NO VIS) para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 59 160 30 (ACTUAL) con Chips: AAA0122JPTD Y Matriculas Inmobiliarias: 50N505659 en el lote 23, de la urbanización Gilmar (Localidad Suba). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se CuRADuRiA uRBAnA 3 puedan ver afectados en forma directa Arq. AnA MARiA CADEnA ToBon e inmediata con el acto administrativo CuRADoRA antes citado. Arquitecta ANA MARIA RAD.: 15-3-0158 CADENA TOBÓN CURADORA URBANA C U R A D O R A U R B A N A N O . 3 No. 3 de Bogotá. D.C. (15-3-0158) RADICACION:15-3-0158. en CuRADuRiA uRBAnA 3 cumplimiento de La CURADORA Arq. AnA MARiA CADEnA ToBon URBANA No. 3 DE BOGOTÁ D.C., CuRADoRA Arquitecta ANA MARIA CADENA RAD.: 15-3-0424 TOBÓN lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 del C U R A D O R A U R B A N A N O . 3 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, R A D I C A C I O N : 1 5 - 3 - 0 4 2 4 . e n hace saber que a el(los) señor(es) cumplimiento de La CURADORA AGUILAR FUQUENE LUIS ALBERTO URBANA No. 3 DE BOGOTÁ D.C., (c.c./NIT: 79163214) / MORENO PAEZ Arquitecta ANA MARIA CADENA LUZ MARINA (c.c./NIT: 39759094) TOBÓN lo dispuesto por el artículo Constructor Responsable GALLARDO 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 del 2015 ORJUELA JOSE FERNANDO( c.c y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace 93356810 Mat.25202101327 CND) saber que a el(los) señor(es) ALIANZA Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE FIDUCIARIA S.A. Vocera FIDEICOMISO CONSTRUCCIÓN No.LC 15-3-0529 KANDA 57 (c.c./NIT: 830053812-2) con fecha: lunes, 24 de agosto de Constructor Responsable PONTON 2015 en las modalidades de: OBRA DIAZ OSCAR JAVIER( c.c 19295781 NUEVA PARA UNA EDIFICACIÓN Mat.2570000613 CND) Se le(s) ha

otorgado MODIFICACIÓN LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN (VIGENTE) No.MLC 14-3-0286 con fecha: jueves, 10 de septiembre de 2015 en las modalidades de: APROBACIÓN DE LOS PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL PARA UNA EDIFICACIÓN DE OCHO (8) PISOS, DOS (2) SOTANOS Y UN (1) SEMISOTANO, PARA TREINTA Y DOS (32) UNIDADES DE VIVIENDA (NO VIS), SESENTA Y CINCO (65) PARQUEADEROS PRIVADOS, SEIS (6) PARA VISITANTES, DE LOS CUALES UNO (1) CUMPLE CON DIMENSIONES PARA PERSONAS CON MOVILIDAD R E D U C I DA Y D I E C I N U E V E ( 1 9 ) BICICLETEROS. para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) CL 57 1 13 (ACTUAL) con Chips: AAA0236DKXR Y Matriculas Inmobiliarias: 50C1818830 en el lote F, de la urbanización Ingemar (Localidad Chapinero). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. Arquitecta ANA MARIA CADENA TOBÓN CURADORA URBANA No. 3 de Bogotá. D.C. (15-3-0424).

CuRADuRiA uRBAnA 3 Arq. AnA MARiA CADEnA ToBon CuRADoRA RAD.: 15-3-0711

C U R A D O R A U R B A N A N O. 3 RADICACION:15-3-0711. en cumplimiento de La CURADORA URBANA No. 3 DE BOGOTÁ D.C., Arquitecta ANA MARIA CADENA TOBÓN lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 del 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) LEON ROLDAN ANGEL AUGUSTO (c.c./NIT: 3095958) Constructor Responsable BARACALDO ALDANA RICARDO( c.c 19429944 Mat.2570043755 CND) Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No.LC 15-3-0570 con fecha: miércoles, 09 de septiembre de 2015 en las modalidades de: OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL PARA UNA EDIFICACION DE TRES PISOS DESTINADA A DOS (2) UNIDADES DE VIVIENDA (NO VIS) para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) CL 45 B S 81 C 54 (ACTUAL) con Chips: AAA0052LJRJ Y Matriculas Inmobiliarias: 50S40010502 en el lote 47, de la urbanización Gran Britalia (Localidad Kennedy). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. Arquitecta ANA MARIA CADENA TOBÓN CURADORA URBANA No. 3 de Bogotá. D.C. (15-3-0711). *P1-2-14

EN EL GRAN PREMIO DE SAN MARINO

Rossi dio un gran paso hacia el título mundial

l El italiano es quinto con 11 puntos y aventaja en 63 a Márquez, vencedor ayer en Misano y ya aventaja en 23 a Lorenzo, segundo en el mundial, y en 63 a Márquez, cuando solo quedan cinco carreras para el final de temporada. “Es cierto que el campeonato es más importante que una victoria aquí, pero me hubiera gustado subir al podio delante de todos mis fans”, se lamentó Rossi. La carrera estuvo llena de sobresaltos como consecuencia de la lluvia. Los pilotos comenzaron a rodar con la pista seca, aunque con un cielo que amenazaba lluvia. El agua hizo acto de presencia y los pilotos tuvieron que entrar tras el sexto giro a cambiar una primera vez de montura. Tras ese primer cambio de moto, Márquez lideraba la prueba con los dos pilotos de Yamaha por detrás de él. Cuando la lluvia dejaba de caer, Márquez entró rá-

pidamente en boxes para cambiar de nuevo de motocicleta y calzar de nuevo neumáticos de seco. “La moto se movía y pensé que era el momento de cambiar, porque la pista se estaba secando y el asfalto era nuevo”, explicó Márquez quien logró para Honda una victoria en un trazado donde la marca japonesa no vencía desde el triunfo de Dani Pedrosa en 2010. Las Yamaha tardaron dos vueltas más en entrar en los garajes y eso resultó fatal para sus pilotos: Lorenzo se cayó nada más salir de boxes y Rossi cedió tanto terreno que quedó incluso fuera del podio. El podio de Smith y Redding es histórico, ya que dos pilotos británicos no subían al cajón en una carrera de la máxima categoría del motociclismo mundial desde 1979./AFP

YAMAHA COMETIÓ el error de dejar a Rossi y a Lorenzo, sus dos principales pilotos rodar más vueltas que el resto con neumáticos de lluvia.

uevossiglo iglo l lLUNES LUNES1414DE deSEPTIEMBRE septiembreDE DE2015 2015llwww.elnuevosiglo.com.co www.elnuevosiglo.com. EEllnnuEvo


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.