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Ex magistrado Fernández Molina: “el juez en este caso está fuera de competencia”

El ex magistrado señaló que la vía legal consiste en impugnar la resolución por los canales correspondientes.

Redacción elPeriódico

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El candidato presidencial del partido político Cabal, Edmond Mulet, presentó este lunes 13 de marzo, una denuncia contra el Juez Décimo Penal, Jimi Bremer, por autorizar una investigación contra periodistas y columnistas de diario elPeriódico, a raíz de las publicaciones relacionadas en los casos contra el presidente del referido medio, José Rubén Zamora. La querella contra el juzgador establece la posible comisión de los delitos de prevaricato, abuso de autoridad y violación a la Constitución Política de la República de Guatemala. El ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ ), Luis Fernández Molina, explicó que el delito de prevaricato es genérico y difuso. “Es muy genérico y difuso y se refiere a cuando un juez, dicta una resolución contraria a las leyes o sin fundamento”, indicó.

El entrevistado añadió: “Yo en lo particular tengo mis reservas al prevaricato, porque si hay una resolución de un juez que no me parece pues la impugno por los canales que correspondan.” Agregó que, las vías respectivas pueden ser un recurso de nulidad, una revocatoria, una apelación o una apelación especial.

Fernández Molina añadió que en este caso en particular existe una instancia especializada para conocer las actuaciones de la prensa. “Creo que el juez está en este caso, fuera de competencia, porque para conocer las actuaciones de los medios de comunicación existe el Tribunal de Imprenta, es decir hay una competencia específica y al haber una competencia específica el juez no puede dictar resolución”, explicó.

Abogado Penalista

El abogado penalista, Edwin Mayén, indicó cuáles son los aspectos que se deben considerar para que un juez incurra en el tipo penal antes referido. “El delito de prevaricato básicamente, según lo establece el Código Penal, es un hecho que puede ser cometido por un juez competente que en sus funciones emite una resolución sin fundamento o la resolución está concreta sin hechos formales”, puntualizó.

El profesional del derecho reiteró que el prevaricato se comete por un juez cuando resuelve sin una base fundamental que garantice que los hechos puedan ser ciertos.

“Planteada la denuncia, debe conocerla conforme a la ley correspondiente, una sala debe nombrar un juez, para saber si existen hechos concretos para el retiro de inmunidad”, indicó.

PROCESO DE RETIRO DE INMUNIDAD

Luego de que se presenta la querella, el sistema de Gestión Penal del Organismo Judicial (OJ) remite el expediente a un juzgado de primera instancia penal, que por cuestiones de competencia, debe inhibirse y enviar la denuncia a la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Posteriormente, el expediente del caso es remitido a la Cámara de Amparos y Antejuicios para su revisión y análisis, luego el caso es conocido por el pleno de la CSJ, que resolverá o no darle trámite a la querella. Si los magistrados tramitan el expediente, se debe asignar un juez pesquisidor, que deberá citar a los sujetos procesales y elaborar un informe que finalmente será conocido por los magistrados que resolverán si el funcionario judicial debe o no perder su inmunidad para que sea investigado por algún delito.

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