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REPUBLICA BOLM DE VENEZUEI-A VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA SUPER¡NTENDENCN NACIONAL PARA tA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓiTrcOS
Caracas, a los 01 días del mes de abril de 2015 2040,
155',15'
PROVIDENGIA ADMINISTRATIVA N" O5O'2OI 5
El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómi@s, designado mediante Decreto No L174, publicado en la Gaceta Oficial de la República Botivariana de
Venezuela No 40.473 de fecha 12 de agosto de 2014, en cumplimiento del artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fueza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado en Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N" 6.156, de fecha 19 de noviembre de 2014, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1,2,3 y 6 delartículo 13, numerales 18 y
lg delartículo 23 ejusdem. CONSIDERANDO
Que el Decreto Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos tlene por objeto
asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economia nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios, la fijación del
y la fiscalización efectiva de Ia actividad económica y a fin de proteger los ingresos de todas las ciudadanas y ciudadanos, /..*§qtercial, F'unu soliÉc lffi¿i"'&hialmente el salario de las trabajadoras y trabajadores. Y conesponde al Estado porcentaje máximo de ganancia
deft@er, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos, /-§§ ,\..deft,foer, 1,3.:t' ¿' de las personas a los bienes y servicios satisfaciendo sus necesidades, y :,é\,$$cceso ;ri§ [ lá j/,. o¡ /-'-
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,*-,,.'bdrbát¡enOo la usura y ta especulación, a los fines de garantizar Ia estabilidad de los '. 1;' i\?,. ll z ', ,-r-ir,écit$; velando por el desanollo humano integral de la población y contribuir a elevar su
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