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ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO.

TOMO CXXVI

Núm. 64

Zacatecas, Zac., miércoles 10 de agosto del 2016

SUPLEMENTO 3 AL No.64 DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL DÍA 10 DE AGOSTO DE 2016

CONVOCATORIA.- Para participar en el otorgamiento de concesiones del servicio

público de transporte, en las modalidades previstas en la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad, en el Estado de Zacatecas.

periodicooficial.zacatecas.gob.mx

Precio de venta al público $15.00


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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

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CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE, EN LAS MODALIDADES PREVISTAS EN LA LEY DE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VIALIDAD, EN EL ESTADO DE ZACATECAS. LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS, LA DIRECCIÓN DE TRANSPORTE, TRANSITO Y VIALIDAD DEL ESTADO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS DIVERSOS ARTÍCULOS: 9, FRACCIONES II Y VIII; 12, FRACCIONES I, II Y X; 15, FRACCIONES II, IX, XVI, 60, 61, 62, 70, 74, 75, 76, 77, 78, 81, 83 Y 84 DE LA LEY DE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VIALIDAD VIGENTE DEL ESTADO, POR LOS ARTÍCULOS 22 FRACCIÓN I, 24 FRACCIÓN XXI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE ZACATECAS; 5 FRACCIONES XVI Y XXI DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS; Y

CONSIDERANDO PRIMERO.- El Plan Estatal Integral de Movilidad Urbana Sustentable, se orienta a promover el crecimiento ordenado de los servicios de transporte. En especial el transporte público constituye una prioridad para la presente administración 2010-2016, y en atención al importante incremento del índice poblacional que en los últimos seis años se ha registrado en barrios, fraccionamientos y colonias en cada localidad y/o población de los municipios de la Entidad, lo que ha originado un aumento considerable en la demanda de tal servicio, en condiciones de seguridad, modernidad, eficiencia, comodidad e higiene. SEGUNDO.- Por lo señalado en el punto que antecede y atendiendo a que en Zacatecas, la prestación del servicio público de transporte en sus diferentes modalidades, es atribución del Estado, quien con base a la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad (LTTyV) y sus reglamentos podrá concesionar su explotación y operación; por instrucciones del Titular del Ejecutivo Estatal, la Secretaría General de Gobierno del Estado, consideró procedente la necesidad de realizar en coordinación y apoyo de la Dirección de Transporte, Tránsito y Vialidad (DTTyV), estudios técnicos y socioeconómicos, operativos y urbanos que ayudaran a determinar la actualización o no, de la necesidad colectiva que pudiera servir de base para la emisión de la correspondiente convocatoria a concurso para participar en el proceso de otorgamiento de concesiones del servicio público de transporte en el Estado de Zacatecas. TERCERO.- En atención a las conclusiones de tales estudios, al incremento poblacional, al fortalecimiento y auge que ha presentado el turismo, al crecimiento del número de estudiantes usuarios del servicio público de transporte, a la obligación de atender y satisfacer las necesidades actuales y futuras de desplazamiento, en relación con los centros de población, polos de desarrollo industrial o comercial y de cualquier otro que lo requiera, a fin de elevar la calidad de vida de las personas, a la petición de interesados, se declaró la existencia de la necesidad colectiva de incremento en concesiones de servicio público de transporte en el Estado, contemplados por la Ley de la materia. CUARTO.- Por lo anterior, el Ejecutivo del Estado hace efectiva la igualdad de oportunidades para quien o quienes presten o pretendan prestar el servicio público de transporte en las diferentes modalidades, así como hacer más rápido y asequible el proceso del otorgamiento de la concesión y con fundamento en lo previo en los artículos 74, 75, 76, 77, 78, 81, de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad vigente en el Estado de Zacatecas, con el fin de dar cumplimiento a la normatividad estatal en la materia, se emite la siguiente:

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CONVOCATORIA Se convoca a los interesados en participar y concursar en el PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE EN EL ESTADO DE ZACATECAS. de conformidad con las siguientes:

BASES PRIMERA.- La Secretaría General de Gobierno, a través de la Dirección de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado, recibirá de los interesados, como se muestra en la siguiente tabla: CONCEPTO

FECHAS

OBSERVACIONES

Recepción de Expedientes en la Del 18 al 31 de agosto DTTyV. Una vez recibido el del 2016. De lunes a expediente, a cada solicitante se viernes de 8 a 18 horas. le entregará un número de folio como identificación del mismo.

10 días hábiles para entregar el expediente, se puede hacer de forma grupal, organizacional, sindical o individual. (será en sobre cerrado, uno por cada solicitante).

Apertura de sobres y concurso 1 de septiembre de 2016, de los participantes. a las 9 horas.

Se hará en las instalaciones de la DTTyV. Sólo tendrán acceso los participantes, quienes para acreditar su personalidad y su Derecho deberán hacerlo con su respectiva identificación oficial y el Folio asignado

Fallo y Resultados del Concurso

Del 2 al 8 de septiembre Se notificará a quienes se hicieran de 2016. o acreedores a la Concesión, derivado del Concurso, para que pasen a cubrir el pago de Derechos correspondiente.

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SEGUNDA.- Clasificación del servicio: SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PERSONAS, EN LAS MODALIDADES. a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l.

Colectivo Urbano Colectivo Suburbano Colectivo Conurbado Colectivo Foráneo Taxis Turístico Arrendadora de Automóviles Servicio de Ambulancias De Discapacitados Escolar De Personal de Empresas De Agencias Funerarias

TRANSPORTE DE CARGA a. Carga general b. Materiales de construcción y minerales c. Carga liviana d De grúas, con las submodalidades de arrastre, arrastre y salvamento, y e. De sustancias toxicas, inflamables o explosivas. TÉRMINOS Y CONDICIONES •

Solo concursarán las solicitudes y propuestas a los que se anexen todas y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad, enmarcados en convocatoria.

Solo podrán participar en el concurso personas de nacionalidad mexicana, físicas o morales, según la modalidad del servicio público de transporte de que se trate. Las personas Morales deberán estar legalmente constituidas.

Las concesiones tendrán vigencia indefinida, pero deberán ser refrendadas anualmente y pagarse los derechos respectivos.

Las concesiones solo podrán amparar un vehículo.

Se tomará en cuenta la antigüedad que tengan los interesados u operadores del servicio público, así como de solicitantes, lo que deberá acreditar con documentos que así lo constate y que anexe a su solicitud.

No podrán otorgarse concesiones a funcionarios públicos, titulares de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, miembro de organismos públicos

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autónomos, Magistrados, Diputados, ni a los integrantes de los ayuntamientos municipales, durante el ejercicio de su cargo y un año después. •

No podrá otorgarse concesión a quien habiendo sido titular de una, en la modalidad de transporte público, hubiere sido revocada.

Ni a quienes se encuentren en los casos previstos en el Artículo 84 de la LGTTyV.

TERCERA.- El Interesado en participar en el concurso deberá reunir los siguientes:

REQUISITOS PERSONAS FÍSICAS: Los documentos deberán presentarse en original y dos copias: a. Solicitud de Concesión dirigida al C. Lic. Miguel Alonso Reyes, Gobernador del Estado, acompañada de fotografía tamaño credencial sin retoque. b. Identificación oficial con fotografía (Credencial de elector, pasaporte ó cartilla militar). c. Acta de Nacimiento o Carta de Naturalización certificadas, para acreditar su nacionalidad mexicana, que es zacatecano, y que es mayor de edad d. Comprobante de domicilio, para acreditar su residencia en la entidad, máximo con vigencia de un mes de su expedición. e. Constancia de NO antecedentes penales, expedida por el Tribunal Superior de Justicia del Estado con una vigencia no mayor a un mes de su expedición. f. Su Primer gafete y el más reciente gafete como chofer o concesionario. g. Primera y última Constancia de los cursos para chofer o concesionario. h. Certificado médico expedido en los últimos treinta días por alguna institución del sector salud. (Donde conste que es apto para conducir un vehículo de motor). i. Comprobar la propiedad, legal posesión o escrito con la promesa de adquirir la unidad con la que pretenda prestarse el servicio. j. Solicitud de concesión que tenga en su poder con mayor antigüedad. Se cotejará con la existente en la DGTyV . k. Carta-compromiso de adquirir un seguro de cobertura amplia (seguro del viajero y daños a terceros) para el vehículo concesionado. l. Licencia de Chofer Vigente, expedida en el Estado de Zacatecas. PERSONAS MORALES: a. Acreditar que está legalmente constituida y que tiene su domicilio fiscal en el estado. b. No tener incapacidad para contratar. c. Acreditar la propiedad del vehículo o carta compromiso, con el que se pretenda otorgar el servicio. d. Acreditar en su momento, que el vehículo mantiene condiciones de baja emisión de contaminantes. e. Carta-compromiso de adquirir un seguro de cobertura amplia (seguro del viajero y daños a terceros) para el vehículo concesionado. f. Tener capacidad económica para la prestación del servicio.

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DOCUMENTOS QUE SE DEBERAN PRESENTAR: Los interesados en participar en el concurso, a fin de reunir los requisitos, deberán de presentar ante la DTTyV, en el término señalado, además de la solicitud o propuesta dirigida al ejecutivo del estado, los siguientes documentos en original y dos copias. 1. Documentos con el que se acredite: a. La legal constitución de la persona moral. b. Su domicilio fiscal en el Estado de Zacatecas. 2. Documento expedido por la autoridad competente en el que conste su capacidad para contratar. 3. Factura de la unidad motriz o carta compromiso, que deberá estar expedida a nombre del interesado o existir el registro o constancia del cambio de propiedad o legal posesión. 4. Revisión operativa realizada por el personal de la DGTTYV, lo cual deberá de realizarse dentro de los quince días de recepción de solicitudes, propuestas y certificados, expedido por la secretaria del agua y medio ambiente. 5. Póliza de seguro, en su momento, de cobertura amplia que garantice seguro de viajero y daños a terceros (vigente).

6. En su caso, carta documento expedido por agencia determinada, de venta de vehículos automotores, en la cual se haga constar que el interesado en concursar, es financieramente apto o viable para el crédito y obtención inmediata de una unidad motriz nueva, con características idóneas para brindarse el servicio de que se trate. Debiéndose presentar el vehículo adquirido a más tardar cuarenta y cinco días después de haber obtenido la concesión, para la revisión operativa de ley, caso contrario se dará por el incumplido el requisito, causando la revocación de la misma. CUARTA.- Los vehículos que sean presentados a revisión operativa, según la modalidad del servicio, deberán de contar con las siguientes características técnicas: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l.

Colectivo Urbano Colectivo Suburbano Colectivo Conurbado Colectivo Foráneo Taxis Turístico Arrendadora de Automóviles Servicio de Ambulancias De Discapacitados Escolar De Personal de Empresas De Agencias Funerales

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TRANSPORTE DE CARGA m. Carga general n. Materiales de construcción y minerales o. Carga Liviana p. De grúas, con las submodalidades de arrastre, arrastre y salvamento, y q. De sustancia toxicas, inflamables o explosivas. QUINTA.- Los interesados en participar en el concurso (como persona física o moral) deberán otorgar como garantía billete de depósito ante la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado, siendo el monto la suma del 2% de la inversión que pretende realizar, (contemplada en la factura o carta compromiso del vehículo a concesionar) por lo que de resultar beneficiario con el otorgamiento de la concesión de servicio público de transporte e incumplir por no iniciar a prestar el servicio concesionado dentro del plazo de 45 días hábiles, contados a partir de que se le notifique su otorgamiento, no podrá solicitar la devolución de dicha garantía, lo cual quedara en arcas de Gobierno del Estado como penalización de su incumplimiento. SEXTO.- El día jueves 1 de septiembre de 2016 a las 9:00hrs, se celebrará el concurso en las instalaciones que ocupa la DTyV ubicada en Avenida Netzahualcóyotl sin número, esquina con Benito Juárez, de la Colonia CNOP de esta ciudad, lugar y en ese acto, se dará a conocer el número de concesiones sujetas a concurso, así como sus modalidades y, en seguida se dará inicio a la apertura de sobres, y se dará lectura de las mismas en voz alta, lo que se hará constar ante la fe de un Notario Público. En el concurso a celebrarse el día 1 de septiembre del año 2016 a las 9.00 hrs, el Director de la DGTyV, acompañado del Secretario General de Gobierno o su representante y ante la fe de un Notario Público y a la vista de todos los presentes, representantes de sectores, organizaciones sindicales y solicitantes, se abrirán cada uno de los sobres. En caso de que el expediente no contenga todos los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, la solicitud será desechada de plano. A cada documento se le dará el valor que se establece en la siguiente tabla: No.

concepto

puntuación asignada

1

Solicitud reciente dirigida al C. Gobernador del Estado

10 puntos

2

Identificación oficial con fotografía

5 puntos

3

Acta de nacimiento o carta de naturalización certificadas

5 puntos

4

Constancia de no antecedentes penales

5 puntos

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9

5

Comprobante de domicilio.

5 puntos

6

Gafete del curso 2016

10 puntos

7

Constancia del curso 2016

10 puntos

8

Certificado médico

5 puntos

9

Licencia de chofer vigente

5 puntos

10

Fotografía sin retoque del solicitante

5 puntos

11

Comprobante de chofer con mayor antigüedad

10 puntos por año transcurrido a la fecha

12

Comprobante de solicitud de concesión con mayor antigüedad

5 puntos por año transcurrido a la fecha

13

Comprobante de propiedad, legal posesión o carta compromiso de adquirir la unidad.

modelo del vehículo: 2012: 10 puntos 2013: 15 puntos 2014: 20 puntos 2015: 25 puntos 2016: 30 puntos 2017: 35 puntos

14

Carta compromiso de adquirir un seguro de viajero y daños a terceros (cobertura amplia)

10 puntos

15

Billete de depósito otorgado a SEFIN.

20 puntos

Al término de la sesión de apertura de sobres y contabilización de puntajes, si se dieran empates, el criterio para los desempates se dará para quien tenga mayor antigüedad como chofer o como solicitante, y se levantará un acta con los resultados obtenidos. SÉPTIMO.- Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del concurso, será emitido el fallo en el que el Gobernador del Estado, en su caso, resuelva cual o cuales de las solicitudes son acreedoras al otorgamiento de una concesión del servicio público de transporte, tomándose en cuenta las mejores propuestas técnicas y materiales para la prestación del servicio, las que

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ofrezcan mejores condiciones de seguridad, comodidad y salubridad para los usuarios y que reúnan los requisitos señalados por la Ley.

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