Primer informe técnico antropológico y arqueológico caso Xochicuautla

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RED DE ANTROPOLOGÍAS POPULARES DEL SUR

Primer informe técnico. Sobre violaciones a Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas y daño a patrimonio arqueológico, simbólico y cultural en la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca/Naucalpan. Comisión de Apoyo Técnico de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla 09/05/2016 25/06/2016*, 26/07/2016**

Este informe general de carácter antropológico y arqueológico se presenta en cuatro informes particulares, el primero es sobre violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, el segundo sobre violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas los días 11 y 12 de abril de 2013 como consecuencia del allanamiento, desalojo y demolición en el territorio, el tercero hace referencia al daño a patrimonio cultural y simbólico de la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y el ultimo refiere al daño patrimonio arqueológico como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca-Naucalpan este informe es realizado también, siguiendo los tiempos de la denuncia 757/2016 presentada ante el INAH, por lo que también se cuenta con la documentación del seguimiento a la denuncia como un último informe.


Contenido Introducción ............................................................................................................................. 5 Informe de documentación de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas por consecuencia de la construcción de la autopista privada Toluca-Naucalpan............................... 7 Fichas técnicas de hechos, víctimas y perpetradores. Caso: Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. Conflicto Territorial: Carretera Privada Toluca-Naucalpan.................................. 7 Dëhë, ñäni ra ma´jöy, Dëhë, ñäni ra m’üi, te, nzaki. Defender la madre tierra. Defender la vida.................................................................................................... 10 Contexto general de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. .......................... 14 Derechos de las personas, los pueblos y comunidades indígenas protegidos por el derecho internacional de los Derechos Humanos. ...................................................................................... 17 Principales Instrumentos Internacionales .................................................................................... 19 Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes......... 19 Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ................... 28 523 jëya te hü dospoho, 523 jëya meti ntöts´e po hëgi, th¨ge a nujü jäi, 523 jëya meti dänsu n´e nogo, pa dëni meti ua. -523 años que nos descubrieron, 523 años de lucha por liberar a nuestra gente, 523 años de rabia y dignidad para seguir de píe.- ............................................................. 47 Fichas técnicas de hechos, victimas y perpetradores ................................................................... 53 Etnografía del conflicto................................................................................................................. 54 Temporalidad del Conflicto. ..................................................................................................... 54 Asambleas, legalidad institucional, cooptación y captura ....................................................... 67 Criminalización y represión ....................................................................................................... 89 Mapeo de perpetradores. ............................................................................................................ 106 Gobierno del Estado de México .............................................................................................. 107 Empresa constructora ............................................................................................................. 111 Gobierno municipal de Lerma ................................................................................................ 111 Autoridades auxiliares ............................................................................................................ 112 Informe de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, allanamiento, demolición e intento de demolición en San Francisco Xochicuautla, hechos del 11 y 12 Abril 2016............................................................................................................................................. 116 Rá bondápo hñahñu pá di madiné dizu. .............................................................................. 116 HECHOS ............................................................................................................................ 134 Lunes 11 de Abril de 2016 .......................................................................................................... 134 Allanamiento. .............................................................................................................................. 134 2


Demolición. ................................................................................................................................. 137 Martes 12 de Abril de 2016 ......................................................................................................... 139 Allanamiento ............................................................................................................................... 139 Intento de demolición. ................................................................................................................. 140 Breve Cronología de Hechos....................................................................................................... 141 Informe Antropológico y Arqueológico Sobre afectaciones al patrimonio biocultural, patrimonio simbólico, patrimonio arqueológico por el trazo de la Carretera privada Toluca-Naucalpan en el territorio Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. .................................................................... 147 Objetivo General ......................................................................................................................... 147 Objetivo Especifico ...................................................................................................................... 147 Perspectiva metodológica. .................................................................................................... 149 Informe Antropológico. ........................................................................................................ 151 Espacialidad ................................................................................................................................. 151 Temporalidad .............................................................................................................................. 155 Sentido ........................................................................................................................................ 162 Territorio en la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla. ... ¡Error! Marcador no definido. Mapa 1 .................................................................................................................................... 171 Santa Cruz Ayotuxco, Huixquilucan, Estado de México. ......................................................... 172 Divino rostro. ........................................................................................................................... 172 San miguel Ameyalco .............................................................................................................. 173 Divino Rostro. .......................................................................................................................... 173 Señor de la Exaltación de San Francisco Xochicuautla ............................................................ 174 El señor del divino rostro del Cerro de la Campana ................................................................ 175 Santa cruz Tepexpan ............................................................................................................... 176 Señor del divino rostro ............................................................................................................ 176 Mapa 2 .................................................................................................................................... 177 Mapa 3 .................................................................................................................................... 178 Capillas y descansos en el cerro doble de la campana............................................................ 179 Mapa de rutas de peregrinación y lugares sagrados en el territorio de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla atravesados por el trazo de la carretera privada Toluca-Naucalpan. 188 Comunidad y políticas de lo común. ....................................................................................... 189 Identidad, subjetividad y prácticas culturales. ........................................................................ 190 3


Tabla de celebraciones ............................................................................................................ 193 Informe Arqueológico. .......................................................................................................... 198 Vestigios en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthi. .......................................................................................................................................... 198 Vestigios arqueológicos en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthi. ............................................................................................................ 211 Materiales arqueológicos documentados en el lugar conocido como la Pont´i dënxi/cruz de cebollar........................................................................................................................................ 241 Restos Óseos ........................................................................................................................... 245 Cerámicas ................................................................................................................................ 249 Piedras labradas ...................................................................................................................... 254 Otros sitios similares protegidos por el Instituto Nacional de Antropología e Historia –INAH-. 257 Recomendaciones................................................................................................................. 261 Denuncia presentada ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia............................ 267 Respuesta del Instituto Nacional de Antropología e Historia a la denuncia entregada por el Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla -757/2016-. .................................... 272 Informe de actividades de la primera visita de inspección de los Arqueólogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia. .......................................................................................... 273 Diligencia de Arqueólogos del INAH. .......................................................................................... 274 Denunciamos daño total y parcial en sitios arqueológicos en la comunidad de San Francisco Xochicuautla, en el paraje conocido como la gosthï y la pont´i dënxi como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca/Naucalpan. ........................................................... 288 Informe de actividades de la segunda visita de inspección de los Arqueólogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia. .......................................................................................... 294 Diligencia de Arqueólogos del INAH. .......................................................................................... 295 Conclusiones. .............................................................................................................................. 302

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Introducción Este informe general de carácter antropológico y arqueológico se presenta en cuatro informes particulares, el primero es sobre violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, el segundo sobre violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas los días 11 y 12 de abril de 2013 como consecuencia del allanamiento, desalojo y demolición en el territorio, el tercero hace referencia al daño a patrimonio cultural y simbólico de la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y el ultimo refiere al daño patrimonio arqueológico como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca-Naucalpan este informe es realizado también, siguiendo los tiempos de la denuncia 757/2016 presentada ante el INAH, por lo que también se cuenta con la documentación del seguimiento a la denuncia como un último informe. El informe en esta su primer versión, atiende a las necesidades de documentar y generar información precisa sobre datos de carácter cultural, que incluyen expresiones históricas, arqueológicas, filosóficas, sociológicas, jurídicas, religiosas y antropológicas que se entrelazan con prácticas culturales vigentes, ceremonias, rituales, peregrinaciones, rutas de sanación realizadas a través de distintos calendarios, todos ellos relevantes y de vital importancia para la continuidad de la vida y cultura de los Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. En ese sentido, dadas las condiciones, principalmente de violaciones a derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas con las que se ha desarrollado el proyecto carretero, delimitando el conflicto que hoy obliga a encontrarnos en una serie de diálogos, los cuales celebramos, presentamos a continuación con base en acercamientos metodológicos de tipo etnográficos y propuestas de investigación tanto arqueológicas como antropológicas datos de interés central para entender el contexto cultural de la comunidad y su relación indisoluble con su territorio, dichos datos forman parte de la temporalidad requerida y acordada en las mesas técnicas para realizar este procedimiento técnico de observación y documentación. Por lo tanto es preciso señalar que para la realización de un aporte técnico relevante en términos del registro y mapeo de sitios arqueológicos se requiere la realización de estudios científicos muy específicos que solo competen a las funciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia – INAH-, sin embargo los contenidos aquí presentados, los cuales forman parte del esfuerzo del equipo de trabajo conformado por Antropólogos de la Comisión de Apoyo Técnico de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, es de sumo interés para visibilizar en un primer momento, las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas durante el proceso de 5


apropiación del territorio y el desconocimiento de los derechos específicos, políticos, sociales, culturales, económicos de la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y en un segundo momento, las condiciones y daños del patrimonio biocultural, simbólico y arqueológico de la comunidad como consecuencia de dichas violaciones.

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Informe de documentación de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas por consecuencia de la construcción de la autopista privada TolucaNaucalpan. Fichas técnicas de hechos, víctimas y perpetradores. Caso: Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. Conflicto Territorial: Carretera Privada Toluca-Naucalpan Es de vital importancia para la construcción de la etnografía del conflicto de despojo, etnografía de denuncia de violaciones a derechos de persona, pueblos y comunidades indígenas y etnografía para la paz, ubicar un lugar de enunciación que se encuentre con la posición ética y política del trabajo antropológico, hablamos del giro epistemológico y la actitud decolonial como propuesta metodológica transversal de investigación antropológica, popular y comunitaria en torno a la documentación de las violaciones a derechos humanos de personas, pueblos y comunidades indígenas, la espacialidad y temporalidad del conflicto, hechos y derechos violentados para identificar y describir la forma de operación de la ingeniería de apropiación, los dispositivos expropiatorios y sus dimensiones políticas. Esto en términos de los procesos de despojo y de sus formas enquistadas en las lógicas intercomunitarias, las cuales se han desarrollado desde 2005 sobre tierras y territorios en la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla en el municipio de Lerma, Estado de México, consecuencias irreversibles que han generado daño en distintas escalas, que se han visto afectadas, entre ellas, las políticas de lo común, los bosques nativos, también las especies, formas de vida, saberes, historias y prácticas culturales que se han visto tocadas por la dinámica capitalista y colonialista del megaproyecto de la carretera privada Toluca-Naucalpan y las leyes de los de arriba que protegen a empresarios y autoridades ante las sistematicas violaciones a derechos humanos y de personas, pueblos y comunidades indígena que impunemente han cometido, hablamos de la complicidad entre AUTOVAN S.A de C.V de TEYA, filial de grupo HIGA de Juan Armando Hinojosa Cantú1, uno de los principales contratistas que se han visto privilegiados por los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, y sus redes de corrupción, impunidad y desgobierno, lugares donde se hacen posibles, los dispositivos expropiatorios aplicados en las zonas de contacto

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En el mapeo de perpetradores que se presenta como parte de esta documentación se especifican datos sobre el empresario.

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o zonas coloniales, donde se desencuentran los intereses de gobiernos y empresarios con los de las comunidades y pueblos directamente afectados. La violencia que cruza al despojo de polo a polo y sus personificaciones en los megaproyectos de muerte2, avanzan sobre tierras y territorios de pueblos y comunidades indígenas, quienes han expuesto, denunciado y visibilizado los daños y contradicciones de dichos proyectos, por un lado se presenta la renuente insistencia de gobiernos que en contubernio con empresarios y autoridades a distintos niveles encubren y privilegían los proyectos bajo las categorías de desarrollo, bien común, progreso y bienestar económico a través de una plataforma de captura y cooptación de autoridades que representa la continuidad de un sector de la población que situados en la zona del ser invisibilizan otras realidades, principalmente las que tienen que ver con considerar a las comunidades afectadas. Siendo estas las condiciones en las que el conflicto de despojo se sostiene, se han violentando derechos de la comunidad de San Francisco Xochicuautla en cada acto y conjunto de actos, hechos violatorios, cuya trascendencia histórica nos permite sistematizar, análisar y comprender como se sostiene el orden jerarquico racial, la división social del trabajo y los privilegios epistemológicos que dan cuenta del poder y las multiples estrategias de dominación que en lo particular, se reflejan en el contexto del conflicto de despojo que aquí se presenta, a través de la documentación de las violaciones a los derechos específicos, políticos, humanos, sociales, culturales y económicos de la comunidad. Por otro lado, ante la gravedad de los hechos, es notoria la aparición y emergencia de movimientos indígenas, populares, civiles, ciudadanos, estudiantiles, en distinta geografías por la defensa de la tierra, el territorio, aguas, ríos y bienes comunales, propiedad comunitaria y bienes comunes, de importancia total para el trabajo antropológico como parte de la documentación del conflicto de despojo, con la intención de señalar las 2

En adelante megaproyectos o megaproyectos de muerte, se entiende como una categoría que emerge de las comunidades en resistencia, principalmente ligadas al Congreso Nacional Indígena para señalar, primero las condiciones y consecuencias de tales proyectos en el imaginario de las comunidades afectadas, pero también como una forma de resaltar las contradicciones que se presentan en un contexto de conflicto en el que se distinguen las luchas por la vida de las comunidades contra los megaproyectos de muerte de gobiernos y empresarios; este será un punto de referencia importante para análisar el despojo y divisar la línea del pensamiento abismal en (Santos, 2012) que cruza ambas zonas en (Fanon, 2012).

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contradicciones de su desarrollo y sus implicaciones en términos de violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas. Partimos en ese sentido, en un primer momento por construir fichas técnicas que faciliten el control y análisis de la información, sistematización, documentación y registro durante el periodo del conflicto3, en este caso en particular, 2005-2016, temporalidad en la que se va matizando el perfil del despojo, para esto es necesario traer a colación la propuesta metodológica de actos y hechos, particular de los procesos de documentación de violaciones a derechos humanos y el trabajo etnográfico de descripción del contexto del conflicto, lugares que son el punto de partida central para justificar la estrategia metodológica de documentación y registro nombrada, fichas técnicas de hechos, víctimas y perpetradores de violaciones a derechos de personas, pueblos y comunidades indígenas en el conflicto de despojo entre la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y el megaproyecto extractivista Carretera privada Toluca-Naucalpan de la constructora de AUTOVAN S.A de C.V de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA y particulares, metodología participativa que hace resonancia en la visibilización y denuncia de las sistemáticas violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas. Como parte del ejercicio metodológico de registro de hechos y actos violatorios de derechos humanos y como parte del proceso de acompañamiento en el que se inscriben los contenidos de este trabajo, aparece la necesidad de construir mecanismos de sistematización no solo de los hechos y actos violatorios, sino también de violaciones a los derechos de personas, pueblos y comunidades indígenas, esto con la intención de poner al alcance de las comunidades afectadas, primero sus derechos como pueblos y comunidades indígenas, así como brindar herramientas de documentación que faciliten el análisis de dichas violaciones en el contexto del conflicto de despojo, en este caso el despojo ocasionado por la imposición del megaproyecto carretero, para esto se han construido una serie de tablas que acompañan la documentación de las fichas y dan orden para facilitar el seguimiento de hechos, es importante aclarar que es aquí donde la etnografía como propuesta metodológica de la antropología se encuentra con la defensa de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas. 3

Se agregan las fichas técnicas como anexos, para facilitar su lectura.

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Dëhë, ñäni ra ma´jöy, Dëhë, ñäni ra m’üi, te, nzaki. Defender la madre tierra. Defender la vida. Los pueblos y comunidades indígenas, a través de sus luchas durante largos períodos de tiempo han logrado abrir algunas grietas dentro del derecho positivo mexicano, el derecho consuetudinario internacional, y con ello han posibilitado construir plataformas de defensa de sus territorios, cultura, formas de vida, de organización política, religiosa y espiritual, amenazadas de distintas formas durante los largos siglos de conqusita, colonialidad y colonialismo interno4, luchas expresadas en la construcción y organización de comites, frentes, colectivos, juntas u otras expresiones de democracia participativa que defienden la vida5, que han hecho uso de mecanismos jurídicos para la exigencia de justicia, libertad, autonomía, autodeterminación, derechos que han sido conquistas históricas forjadas en duras batallas contra el Estado, la traición, la muerte y el olvido y sus mecanismos de segragación que siempre han desfavorecido a quienes menos tienen, luchas que adquieren un papel de suma importancia en la medida que se han hecho visibles, y han fortalecido políticamente la claridad de sus pasos y con el tiempo de sus exigencias, avanzando en el continente de los pueblos indígenas, mestizos y negros que viven y han vivido condiciones similares, pueblos que se unen en una misma voz para la construcción de una misma libertad, es entonces la historia de los pueblos y sus luchas contra la indiferencia, el exterminio, la desigualdad y el racismo el contenido implícito de la defensa de los derechos humanos de pueblos y comunidades indígenas, de ahí la importancia de observar y analizar en termino de sus violaciones el contexto del conflicto. Las grietas abiertas en los últimos años al derecho, a sus teorías y ejercicio práctico, se enmarcan en los procesos de exigencia de derechos específicos, culturales, políticos, económicos, sociales y humanos de los pueblos y comunidades indígenas, esto en el contexto de sus diferencias, pero en la exigencia de igualdad, algo así como el derecho a ser iguales por ser diferentes, las cuales han hecho resonancia de otros procesos de luchas de 4

En ese contexto la elaboración del Primer Manual Informativo de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas de la Red de Antropologías Populares del Sur, experiencia que acompaña muy de cerca la construcción de este trabajo, pues forma parte de la propuesta metodológica de documentación de violaciones de derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas. 5 Entonces algo pasó así, que nos habían quitado nuestra mamá y empezamos a organizarnos porque es lo primero. Hay que organizarnos mujeres y hombres para ir a recuperar, no hay más de otra forma de cómo decir.

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pueblos y comunidades alrededor del mundo por defender lo que les pertenece por tenencia tradicional, su tierra, territorio, cultura, saberes, historias, manantiales, aguas y ríos, bosques, desiertos, mares y montañas que habitan, trabajan y defienden, relaciones que son significativas pues dotan de sentido los lugares que son sagrados, comunales, ejidales, comunitarios donde se desarrolla la vida de los pueblos y comunidades indígenas, constantemente amenazados por la progresiva invasión extractivista que han dado a la tarea de llamar “progreso, desarrollo, civilización”. La otra cara de la moneda del “progreso y desarrollo”, la que se vive directamente en los territorios, tierras y contextos donde el despojo con sus intereses particulares arremete, cristaliza la necesidad de reflexionar, cuestionar y con ello entonces dirigir nuestras principales críticas a los procesos de índole capitalista y colonialista que se han enquistado en la vida de los pueblos y comunidades indígenas, generando un sinfín de conflictos, que hacen eco en los ordenamientos territoriales, cambio de uso de suelo, decretos expropiatorios, creación de padrones de comuneros, asambleas ilegales, para lograr la desviación de cauces de ríos, entubamiento de manantiales, despojo de ojos de agua, concesión y privatización, municipalización, así como el paso de grandes proyectos de urbanización, vivienda, industria que son parte del motín que sirve de base para la incursión e incubación de empresas nacionales, trasnacionales y políticas que se enriquecen de la elaboración, concesión e imposición de megaproyectos, que son reflejo de un espejo de muerte que para los pueblos representan las minerías a cielo abierto, hidroeléctricas, fracking, presas, zonas industriales, carreteras, zonas habitacionales y un puñado de proyectos de características modernizadoras que solo sirven a los intereses de las políticas empresariales y de los políticos empresarios, beneficiarios directos de las reformas económicas, de gobiernos y partidos que facilitan la apropiación de los territorios bajo el ejercicio del despojo de comunales y ejidos justificado en los planes de desarrollo municipal, estatal, federal, en relación con su ubicación geopolítica respecto al proyecto de nación que alberga intereses colonialistas y capitalistas en los aparentes bienes comunes que se traducen en bienes personales de la cadena de mando que opera el despojo, hablamos de las autoridades a todos los niveles y en todos sus niveles de infiltración, cooptación y captura.

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Apropiaciones que se traducen en despojo y expropiación de tierras, agua, territorio y con ello cultura, saberes e historias; procesos que en la mayoría de los casos son violatorios de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas, violaciones que se enmarcan en acciones y omisiones principalmente por parte de autoridades directamente implicadas en conflictos de interés, los cuales sirven para legitimar el despojo y sobre todo para operarlo desde el interior de las comunidades. Contra los pueblos y comunidades indígenas las amenazas no se detienen, siguen y permanecen vigentes en todas las esferas de la vida pública, pese a los derechos conquistados, el racismo, discriminación, desigualdad, inferioridad y otros tantos marcadores permanecen como las principales categorías de clasificación social que forman parte del contexto de los conflictos, los cuales han tomado diferentes personificaciones alrededor de la geografía mexicana, pero todos con un mismo objetivo, la apropiación, el despojo, la comercialización, la ganancia y acumulación por desposeción en los márgenes de las clases políticas dominantes (empresas trasnacionales, gobiernos, partidos, empresarios), las cuales dirigen los planes de desarrollo según sus conveniencias, intereses bajo un conjunto de relaciones de complicidad que hacen posible la continuidad de megaproyectos, sus ganancias pese a sus constantes y sistemáticas violaciones a derechos humanos y derechos de pueblo y comunidades indígenas. Ante lo que representa el despojo como apropiación de tierras y territorios, saberes y culturas, consideramos de suma importancia tener claridad respecto al tema y sus posibles consecuencias6; primero es necesario saber que el despojo se inscribe en un contexto capitalista y colonialista que busca dar continuidad a un proyecto civilizatorio que se traduce en ganancias económicas inconmensurables para las empresas responsables y los gobiernos cómplices, después es preciso señalar que todos los mecanismos de apropiación del territorio se encuentran atravesados por una serie de violaciones a derechos humanos y de los pueblos y comunidades indígenas que es necesario recalcar pues tienen 6

Es importante recalcar que la comisión de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas de la red de antropologías populares del sur participa del frente en defensa del bosque otomí mexica como parte del acompañamiento a la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla en su lucha contra el megaproyecto carretera privada Toluca, Naucalpan, siendo estos espacios los acercamientos idóneos para identificar fuentes de información que sostienen el contenido de las fichas técnicas.

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consecuencias irreversibles en la vida comunitaria, cultural y tradicional de comunidades afectadas. No tan lejano a nuestro tiempo y geografía, los conflictos se avecinan, el despojo comienza a hacerse más visible y confuso, a tocar todas las formas de organización política, cultural, religiosa, histórica, tradicional y ante la gravedad de sus hechos, es indispensable prepáranos para defender lo nuestro y defendernos entre los nuestros.7 Este primer manual informativo que es la base de documentación del caso de la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla es para sintetizar, acercar y difundir los derechos de pueblos y comunidades indígenas, principalmente dirigido a compañerxs que sostienen luchas y resistencias contra proyectos y megaproyectos, con la intención de hacerlos valer y visibilizar las sistemáticas violaciones dentro del contexto del avance progresivo del capitalismo y colonialismo y su reflejo en la modernidad y la colonialidad, enquistados

en

ecocidios,

epistemicidios,

genocidios

y etnocidios

relacionados

principalmente con actividades extractivistas que ponen como principal objetivo, los territorios y tierras de los pueblos y comunidades indígenas, atentando directamente contra ellxs, otrxs, nosotrxs, en ese sentido este trabajo que se va tejiendo a mano, en la cercanía como un trabajo artesanal que enlaza distintas experiencias que van dando claridad al trabajo antropológico, epistemológico, metodológico, ético y político, trabajo de retaguardia que se traduce en el que hacer de -el centinela-8. De ahí la importancia que tiene este esfuerzo tanto de argumentación teórica en su primer momento, metodológica en su segundo momento y política durante todo el tiempo, cristalizado como herramienta de análisis de los conflictos, de acercamiento a los derechos de pueblos y comunidades indígenas, pero también a la documentación de sus violaciones, 7

Reflexión desde la escuelita zapatista, diciembre-enero 2014, apuntes en aras del acompañamiento de la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla, condiciones que implican replantear el quehacer ético y político del trabajo antropológico y que en la cercanía, junto a los compañeros indígenas de Xochicuautla se convierte en un reto para construir estrategias metodológicas que se sumen a las exigencias de justicia socia, cognitiva e histórica que es parte fundamental del trabajo que aquí se hace presente. 8 Quien ocupa el puesto de observación es el guardia, el vigía, el centinela. Además de observar y estar atento a lo que ocurre, el centinela es quien da la voz de alarma en caso de ataque y frente a cualquier eventualidad. Según nosotras, nosotros, zapatistas, la reflexión teórica, el pensamiento crítico tiene ese trabajo de centinela. A quien trabaja con el pensamiento analítico le toca el turno de guardia en el puesto de vigilia. El pensamiento crítico frente a la hidra capitalista EZLN, participación de la comisión sexta del EZLN

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esfuerzo de la Red de Antropologías Populares del Sur y la comisión de derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas que acompaña procesos de luchas y resistencia de pueblos y comunidades contra megaproyectos; comisión emergente que tiene a la tarea de documentar, difundir y denunciar así como compartir elementos y herramientas de utilidad que abonen a visibilizar los contextos de conflicto, su análisis y crítica, desde una perspectiva antropológica que nos sitúa ética y políticamente del otro lado de la linea del pensamiento abismal. Contexto general de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Existen desde hace tiempo una serie de derechos internacionales o consuetudinarios que sirven como instrumentos para hacer valer la libre existencia de los pueblos y comunidades indígenas, pero sobre todo, posibilitan reconocer sus múltiples identidades culturales, formas de vida, historias particulares y saberes contenidos en la autonomía y autodeterminación de los pueblos originarios, todos ellos habitantes de estas tierras antes de la conquista, todos ellos amenazados hoy por la colonialidad y el colonialismo interno que los orilla a dejar de ser para ser reconocidos. Al estar sujetas las ganancias a la explotación y apropiación, también surgen otros conflictos que se visibilizan y que son constantemente violaciones a derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas; la represión, persecución, encarcelamiento, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, hostigamiento, forman parte de la metodología de apropiación y el uso de las fuerzas públicas al servicio de quienes ordenan y ejecutan el despojo, por ello es importante conocer los derechos económicos, políticos, sociales, culturales, específicos y humanos de los pueblos y comunidades indígenas, contenidos en el derecho constuetdinario internacional y en el derecho nacional para hacerles exigibles y justiciables. Los

principales

instrumentos

internacionales

vigentes

dedicados

específica

y

exclusivamente a los derechos de los pueblos indígenas son: 

Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 7 de junio de 1989

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Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007. (2007)

Además de estos, existen otros que a su vez sirven de eje para hacer valer los derechos de pueblos y comunidades indígenas. 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976)

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976) 

Observación general número 23 el comité de derechos humanos

Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación racial (1969) 

Observación general número 23

Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

Pronunciamientos de los comités convencionales sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Además también se pueden tomar en cuenta los nueve tratados básicos en materia de derechos humanos:  Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales  Pacto internacional de derechos civiles y políticos  Convención sobre los derechos del niño  Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, in humanos o degradantes  Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer  Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias 15


 Convención sobre los derechos de las persoas con discapacidad  Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas En ese contexto de los derechos internacionales vinculantes, existen también instrumentos nacionales que son importantes, y abonan a la defensa de los derechos de pueblos y comunidades indígenas. Principalmente contenidos en el ARTICULO 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en lo casos y bajo las condiciones que esta consitución establece. TODAS LAS AUTORIDADES, EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS, TIENEN LA OBLIGACION DE PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD,

INTERDEPENDENCIA,

INDIVISIBILIDAD

Y

PROGRESIVIDAD. ARTICULO 2. La Nación mexicana es única e indivisible. La Nación tiene una composición pluricultrual sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al inciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas EL DERECHO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A LA LIBRE DETERMINACION SE EJERCERA EN UN MARCO CONSTITUCIONAL DE AUTONOMIA QUE ASEGURE LA UNIDAD NACIONAL. EL RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS SE HARA EN LAS CONSTITUCIONES Y LEYES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LAS QUE DEBERAN TOMAR EN CUENTA, ADEMAS DE LOS PRINCIPIOS GENERALES ESTABLECIDOS EN LOS PARRAFOS 16


ANTERIORES DE ESTE ARTICULO, CRITERIOS ETNOLINGÜISTICOS Y DE ASENTAMIENTO FISICO.

Derechos de las personas, los pueblos y comunidades indígenas protegidos por el derecho internacional de los Derechos Humanos. 

Derecho a la no discriminación y a la igualdad ante la ley 

Derecho a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado

Reconocimiento de la diversidad cultural

Derecho a la libre determinación

Derecho a la autonomía 

Derecho al autogobierno

Derecho a la identidad e integridad cultural 

Derecho a la autoidentificación o autoadscripción

Derechos económicos, sociales y culturales

Derecho a la propiedad de la tierra, el territorio y los recursos naturales

Derecho a la participación y a la consulta

Derecho al consentimiento

Derecho a sus propios sistemas de justicia y a aplicar sus propios sistemas normativos 

Derecho a elegir a sus autoridades

Derecho a la reparación

Para asegurar que el disfrute de este derecho sea efectivo, los Estados deben garantizar a los pueblos indígenas, al menos lo siguientes principios: 

Autonomía o autogobierno en los asuntos internos y locales; 17


Disposición de recursos para financiar sus funciones autónomas;

Reconocimiento formal de las instituciones tradicionales y de los sistemas propios de justicia;

Reconocimiento del derecho que tienen a determinar y a elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo de sus tierras o territorios y de los recursos naturales que allí se encuentren;

Que serán consultados antes de adoptar decisiones que puedan afectarlos;

Que se obtendrá su consentimiento antes de la ejecución de proyectos o planes de inversión que puedan causar un impacto mayor en su pueblo;

Participación activa en la determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que los afecten;

Participación plena y efectiva en la vida pública.

De esta misma forma los impartidores de justicia tienen la obligación de utilizar los criterios de convencionalidad, para reconocer los derechos específicos de personas, pueblos y comunidades indígenas, cumpliendo en ese sentido lo dispuesto en el protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas9;  Igualdad y no discriminación  Autoidentificación  Maximización de la Autonomía  Acceso a la Justicia considerando las especificidades culturales  Protección especial a sus territorios y recuros naturales  Participación, consulta y consentimiento frente a cualquier acción que los afecte 9

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA QUIENES IMPARTEN JUSTICIA EN CASOS QUE INVOLUCREN DERECHOS DE PERSONAS, COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS.

18


Principales Instrumentos Internacionales Con el objetivo de sistematizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, principalmente los contenidos en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y favorecer su búsqueda y entendimiento en la acción de documentación, emerge esta propuesta con las que realizamos las siguientes tablas, para puntualizarlos y en ese sentir agruparlos según sus contenidos y en función de los derechos reconocidos, tablas que desde nuestra experiencia facilitan la construcción de una narrativa de denuncia y de registro de posibles violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, metodología de documentación que nos acerca al contexto del conflicto y su temporalidad, pero también a las experiencias de las victimas directas. Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de la Organización de Naciones Unidas (ONU). La OIT fue el primer organismo internacional que se interesó por la situación de los pueblos indígenas, para mejorar sus condiciones de trabajo y de vida, ya que en aquella época el trabajo forzado afectaba particularmente a los pueblos indígenas. En 1957, la OIT adoptó el Convenio Nº 107 sobre poblaciones indígenas y tribales en países independientes. Este Convenio fue el primer instrumento internacional que consagró derechos de los pueblos indígenas y las correspondientes obligaciones para los Estados que lo ratificaran10. Las disposiciones del Convenio Nº 169 son de obligatorio cumplimiento para los países que lo han ratificado. En consecuencia, los Estados deben adecuar la legislación nacional para desarrollar el Convenio al interior de sus países. Esto implica derogar todas las normas que sean contrarias al Convenio y aprobar las que hagan falta para aplicarlo. Si las medidas normativas y legislativas no son suficientes, los Estados deben tomar otras medidas, tales

10

La ratificación es el acto por medio del cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.

19


como adoptar políticas públicas que tengan en cuenta los derechos y la perspectiva de los pueblos indígenas. El Convenio se fundamenta en el respeto a las culturas y las formas de vida de los pueblos indígenas y reconoce sus derechos sobre las tierras y los recursos naturales, así como el derecho a decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo. El objetivo del Convenio es superar las prácticas discriminatorias que afectan a estos pueblos y hacer posible que participen en la adopción de decisiones que afectan a sus vidas. Por lo tanto, los principios fundamentales de consulta y participación constituyen del Convenio y sus contenidos en términos de derechos individuales y colectivos, donde la autonomía y autodeterminación son la piedra angular de los derechos de pueblos y comunidades indígenas. A continuación se presentan unas tablas de elaboración propia que contienen los derechos, obligaciones del Estado y su relación con los artículos contenidos en el convenio, tablas que de forma práctica nos permitieron construir el contexto del conflicto y sus posibles violaciones a derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas.

Derecho

Fuente/Contenido Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes

Obligaciones del Artículo 2 Estado

1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. 2. Esta acción deberá incluir medidas: a ) que aseguren a los miembros

20


de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás miembros de la población; b ) que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones; c ) que ayuden a los miembros de los pueblos interesados a eliminar las diferencias socioeconómicas que puedan existir entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida. Artículo 11 La ley deberá prohibir y sancionar la imposición a miembros de los pueblos interesados de servicios personales obligatorios de cualquier índole, remunerados o no, excepto en los casos previstos por la ley para todos los ciudadanos.

Derecho a la no El principio de no discriminación (arts. 3, 4, 20 y 24); discriminación y a la igualdad ante la ley.

Artículo 3 1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos. 2. No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o de coerción que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos interesados, incluidos los derechos contenidos en el presente Convenio. Artículo 4

21


1. Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados. Convenio 169 de la OIT 2. Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados. 3. El goce sin discriminación de los derechos generales de ciudadanía no deberá sufrir menoscabo alguno como consecuencia de tales medidas especiales. Artículo 8 1. Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. 2. Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacional mente reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio. 3. La aplicación de los párrafos 1 y 2 de este artículo no deberá impedir a los miembros de dichos pueblos ejercer los derechos reconocidos a todos

los

ciudadanos

del

país

y

asumir

las

obligaciones

correspondientes. Artículo 12 Los pueblos interesados deberán tener protección contra la violación de sus

derechos,

y

poder

iniciar

procedimientos

legales,

sea 22


personalmente o bien por conducto de sus organismos representativos, para asegurar el respeto efectivo de tales derechos. Deberán tomarse medidas para garantizar que los miembros de dichos pueblos puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles si fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces Derecho a la libre determinación

Derecho

a

identidad

la Artículo 5 e

integridad

Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a) deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales,

cultural

culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente; b) deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos; c) deberán adoptarse, con la participación y cooperación de los pueblos interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo. Derecho

a

la El derecho de los pueblos indígenas a la propiedad y posesión de las

propiedad de la tierras que tradicionalmente han ocupado (arts. 14 y 18); tierra, el territorio y

los

naturales

recursos

Artículo 13 1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos que ocupan o 23


utilizan de alguna otra manera y en particular los aspectos colectivos de esa relación. 2. La utilización del término “tierras” en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera. Artículo 14 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes. 2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar

las

tierras

que

los

pueblos

interesados

ocupan

tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. 3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados. Artículo 16 1. A reserva de lo dispuesto en los párrafos siguientes de este artículo, los pueblos interesados no deberán ser trasladados de las tierras que ocupan. 2. Cuando excepcionalmente el traslado y la reubicación de esos pueblos se consideren necesarios, sólo deberán efectuare con su consentimiento, dado libremente y con pleno conocimiento de causa. Cuando no pueda obtener su consentimiento, el traslado y la 24


reubicación sólo deberá tener lugar al término de procedimientos adecuados establecidos por la legislación nacional, incluidas encuestas públicas, cuando haya lugar, en que los pueblos interesados tengan la posibilidad de estar efectivamente representados. 3. Siempre que sea posible, estos pueblos deberán tener el derecho de regresar a sus tierras tradicionales en cuanto dejen de existir las causas que motivaron su traslado y reubicación. 4. Cuando el retorno no sea posible, tal como se determine por acuerdo o en ausencia de tales acuerdos, por medio de procedimientos adecuados, dichos pueblos deberán recibir en todos los casos posibles, tierras cuya calidad y cuyo estatuto jurídico sean por lo menos iguales a los de las tierras que ocupaban anteriormente, y que les permitan subvenir a sus necesidades y garantizar su desarrollo futuro. Cuando los pueblos interesados prefieran recibir una indemnización en dinero o en especie, deberá concedérseles dicha indemnización con las garantías apropiadas. 5. Deberá indemnizarse plenamente a las personas trasladadas y reubicadas por cualquier pérdida o daño que hayan sufrido como consecuencia de su desplazamiento. Artículo 17 1. Deberán respetarse las modalidades de transmisión de los derechos sobre la tierra entre los miembros de los pueblos interesados establecidas por dichos pueblos. 2. Deberá consultarse a los pueblos interesados siempre que se considere su capacidad de enajenar sus tierras o de transmitir de otra forma sus derechos sobre estas tierras fuera de su comunidad. 3. Deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan

25


aprovecharse de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte de sus miembros para arrogarse la propiedad, al posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellos. Artículo 18 La ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones. Derecho

a

la Artículo 6

participación y a la consulta

Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin. 2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el

26


consentimiento acerca de las medidas propuestas. Derecho consentimiento

al El derecho a participar directamente en la toma de decisiones acerca de políticas y programas que les interesen o les afecten Artículo 7 1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en la que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. 2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento. 3. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas. 4. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.

27


Derecho

a

sus Artículo 9

propios sistemas de justicia

1. En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. 2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia. Artículo 10 1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tener en cuenta sus características económicas, sociales y culturales. 2. Deberán darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento.

Derecho

a

la

reparación Tabla 1 Convenio 169 OIT -Fuente propia-

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas La Declaración constituye un paso histórico hacia el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, en la medida en que establece, en el ámbito universal, las normas mínimas para garantizar la supervivencia, la dignidad, el bienestar y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas.

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La Declaración expresa el consenso actualizado de la comunidad internacional (143 Estados) sobre los estándares mínimos de protección internacional de los pueblos indígenas. En este sentido, obliga a todos los Estados de la ONU a: Actuar de buena fe para lograr su efectiva implementación a nivel interno; Adoptar nuevas leyes o a modificar las ya existentes, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Declaración; Transformar las prácticas contrarias a lo dispuesto en la Declaración; Implementar políticas públicas y programas sociales encaminados al goce efectivo de los derechos humanos individuales y colectivos de los pueblos indígenas. La Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas es la piedra angular de la protección internacional de los derechos de estos pueblos, en el actual estado de desarrollo del derecho internacional. Consta de 46 artículos que abordan tanto los derechos individuales como los colectivos: Consagra los derechos de las personas indígenas a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad Consagra los derechos colectivos a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos, sin ser sometidos a genocidio o a otros actos violentos Señala que las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional Protege los derechos de las personas indígenas tanto a la educación del Estado como a aquella en su propio idioma y de acuerdo con su cultura Protege el derecho de los pueblos indígenas a usar sus medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud así como el derecho de acceso a todos los servicios sociales y de salud del Estado

29


Derecho

Fuente/Contenido Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Obligaciones del Artículo 21 Estado

1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas. Artículo 22 1. En la aplicación de la presente Declaración se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas. 2. Los Estados adoptarán medidas, conjuntamente con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación Artículo 46 1. Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el 30


sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas, ni se entenderá en el sentido de que autoriza o alienta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes. 2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática. 3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena gobernanza y la buena fe. Derecho a la no Artículo 1 discriminación y a la igualdad ante la ley.

Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y las normas internacionales de derechos humanos. Artículo 2 Los pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos los

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demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas. Artículo 7 1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona. 2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo. Artículo 37 Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos. Artículo 39 Los pueblos indígenas tienen derecho a recibir asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración. Artículo 40 Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de conflictos y controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos.

En

esas

decisiones

se

tendrán

debidamente

en

consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los 32


sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos. Artículo 44 Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual a los hombres y a las mujeres indígenas. Derecho a la libre Artículo 3 determinación

Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. Artículo 4 Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para financiar sus funciones autónomas. Artículo 23 Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones. Artículo 32 Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus 33


tierras o territorios y otros recursos. Artículo 33 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven. 2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos. Artículo 41 Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan. Artículo Artículo 42 Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, incluso a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por su eficacia

34


Derecho identidad

a

la Artículo 5 e

integridad cultural

Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Artículo 6 Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad. Artículo 9 Los pueblos y los individuos indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. Del ejercicio de ese derecho no puede resultar discriminación de ningún tipo. Artículo 11 Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, objetos,

diseños,

ceremonias,

tecnologías,

artes

visuales

e

interpretativas y literaturas. Artículo 12 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y controlar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos. 2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de 35


objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados Artículo 13 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como a mantenerlos. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados. Artículo 31 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales,

sus

expresiones

culturales

tradicionales

y

las

manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales. 2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos 36


derechos. Artículo 36 1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros, así como con otros pueblos, a través de las fronteras.

Derecho

a

la Artículo 25

propiedad de la tierra, el territorio y

los

naturales

recursos

Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras. Artículo 26 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.

37


2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. 3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate. Artículo 27 Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas pertinentes, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso. Artículo 29 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e

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informado. 3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para asegurar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos. Artículo 30 1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado. 2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares. Derecho

a

la Artículo 17

participación y a la consulta

1. Los individuos y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable. 2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación de los niños, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social de los niños, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para empoderarlos. 3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a 39


condiciones discriminatorias de trabajo y, entre otras cosas, de empleo o salario. Artículo 18 Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones. Artículo 19 Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado. Artículo 32 2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

Derecho consentimiento

al Artículo 10 Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el

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consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso. Artículo 15 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación y la información pública. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad. Derecho

a

sus Artículo 14

propios sistemas de justicia

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje. 2. Los indígenas, en particular los niños, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación. 3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, conjuntamente con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma. Artículo 16 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios

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medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de información privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena. Artículo 20 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales, a disfrutar de forma segura de sus propios medios de subsistencia y desarrollo, y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo. 2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa. Artículo 34 Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. Artículo 35 Los

pueblos

indígenas

tienen

derecho

a

determinar

las

responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.

42


Derecho reparación

a

la Artículo 8 1. Los pueblos y los individuos indígenas tienen derecho a no ser sometidos a una asimilación forzada ni a la destrucción de su cultura. 2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de: a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privarlos de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica; b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia desposeerlos de sus tierras, territorios o recursos; c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos; d) Toda forma de asimilación o integración forzada; e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos. Artículo 11 Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres. Artículo 28 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una 43


indemnización justa y equitativa por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado. 2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada. Artículo 32 3. Los Estados proveerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por cualquiera de esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual. Tabla 2 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas Fuente propiaAnte la voracidad extractivista del capitalismo y colonialismo y sus consecuencias, consideramos

importante

construir

herramientas

de

documentación,

registro,

sistematización y búsqueda que nos permita visibilizar las sistemáticas violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas en contextos de conflictos territoriales, políticos, económicos, culturales, epistemológicos. Herramientas que sin duda facilitan construir una narrativa de denuncia que permiten dar claridad a los hechos, situarlos y señalar responsabilidades, así como responsables directos, victimas y perpetradores; de suma importancia la narrativa de denuncia y el proceso de documentación, son herramientas que empoderan a las víctimas de violaciones de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas pues ponen a su disposición información sintetizada, sistematizada, cronológicamente situada lo que permite de forma más clara tomar decisiones para hacer valer los derechos violentados, emitir informes y denuncias. 44


La importancia de la documentación popular, radica en torno a la participación activa de pueblos y comunidades, colectivos y organizaciones que participan del acompañamiento, lucha y resistencia por la defensa de territorios, mares, ríos, bosques, montañas, desiertos y con ello de formas de vida, saberes, historias, cultura y cosmovivencias, de ahí que la propuesta central que acompaña la documentación es la de compartir herramientas para construir procesos de documentación en las diferentes geografías amenazadas por el proyecto civilizatorio de la modernidad/colonialidad que se cristaliza en el avance de proyectos y megaproyectos que coinciden con el enriquecimiento de la clase política dominante. Las narrativas de denuncias que los pueblos y comunidades indígenas, colectivos y organizaciones construyen, deben contener datos específicos que permitan contextualizar, pero sobre todo visibilizar los posibles derechos violentados, esto con la intención de profundizar en la cadena de mando de los perpetradores intelectuales, ordenadores, y ejecutores, ubicar sus responsabilidades y con esto responsables; datos que permitan identificar el estado de la violación (consumada, permanente, potencial), las conductas desplegadas por acción u omisión que constituye la violación y sobre todo a las víctimas de los hechos. Partimos de identificar11 

Actos que causan violaciones

Organizar los actos en casos

Identificar las relaciones entre casos distintos

Determinar las victimas

Determinar los perpetradores y sus formas de participación

Y tras este primer acercamiento la idea central radica en sistematizar los datos para construir la narrativa de denuncia que facilite dirigirla y en ese sentido señalar a los

11

Manual de Metodología para la documentación de violaciones de los derechos humanos de las personas migrantes en México IDHEAS.

45


responsables directos contextualizados en los hechos y actos violatorios de derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indĂ­genas.

46


523 jëya te hü dospoho, 523 jëya meti ntöts´e po hëgi, th¨ge a nujü jäi, 523 jëya meti dänsu n´e nogo, pa dëni meti ua. -523 años que nos descubrieron, 523 años de lucha por liberar a nuestra gente, 523 años de rabia y dignidad para seguir de píe.-

Para efectos de entendimiento del despojo al margen de los sistemas capitalistas y colonialistas sin fin dentro de los horizontes finitos del universalismo moderno colonial, identificamos aparatos conceptuales que nos permiten visibilizar las condiciones en que se ejerce el poder a través de la ingeniería de apropiación y sus dispositivos expropiatorios, visibles en las zonas de contacto donde se hace presente el conflicto. Ingeniería de apropiación: entendemos como un conjunto de operaciones y estrategias que sirven a la generación de conflictos que propician las condiciones sociales, económicas, culturales, políticas, en las cuales se cimentan los dispositivos expropiatorios que sostienen el objetivo principal del despojo y sus intereses justificados. Cuando hablamos de ingeniería de apropiación, contemplamos todas las formas de ejercicio del poder que hacen posible la apropiación de territorios, formas de vida, cultura, subjetividades, recursos naturales, patrimonio cultural e histórico de pueblos y comunidades, mediante los privilegios de empresas nacionales, trasnacionales, gobiernos, autoridades locales, ejidales, comunales, organizaciones gubernamentales que definen las relaciones de poder que dan forma al paradigma de apropiación y acumulación por desposesión bajo el ejercicio de la violencia en las recurrentes y graves violaciones a derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas. Dispositivos expropiatorios12: Tomamos esta denominación de Machado Aráoz (2011). Y siguiendo a Foucault (1985), entendemos por dispositivo, un conjunto resueltamente heterogéneo que incluye discursos, instituciones, instalaciones arquitectónicas, decisiones reglamentarias, leyes, medidas administrativas, enunciados científicos, proposiciones filosóficas, morales, filantrópicas, brevemente, lo dicho y no dicho, estos son los elementos del dispositivo. El dispositivo tiene pues una función estratégica dominante, pes siempre está inscrito en el poder.

12

(Navarro, 2014)

47


Legalidad institucional

Consenso y legitimidad

Cooptación y captura

Disciplinamiento y normalización

Criminalización

Represión

Militarización y contra insurgencia

Zonas de contacto: Son los escenarios, eventos, situaciones o hechos donde se hace visible el contexto del conflicto y posible su ubicación en sus distintas personificaciones, de forma transversal las zonas de contacto se mantienen atravesadas por los dispositivos expropiatorios, estás zonas rebelan los desencuentros entre la apropiación y la conservación, el despojo y la defensa, las luchas por la vida y los megaproyectos de muerte por lo regular se entienden como zonas conflictivas que polarizan intereses y entendimientos que permiten en ese sentido situar las constantes violaciones a derechos humanos de pueblos y comunidades indígenas durante la periodicidad del conflicto. Las zonas de contacto que favorecen nuestro análisis en particular son: 

Inicio del conflicto

Asambleas

Cooptación de autoridades

Compra y expropiación de comunales

Intervención en territorio indígena

Represión, hostigamiento, acoso, detenciones

Construcción de resistencia y empoderamiento (sabidurías insurgentes)

48


Las zonas de contacto se construyen bajo un conjunto de relaciones sociales, económicas, políticas, culturales, que distribuyen las desigualdades y jerarquías respecto al ejercicio del poder, al interior de la comunidad, pero también fuera de ella, esto en la medida que como hemos hecho mención se mantienen atravesadas por intereses particulares. Para dar claridad al análisis distinguimos en las fichas técnicas de hechos, las zonas de contacto con sus víctimas y perpetradores. Siguiendo el programa de defensa, documentación de violaciones a los derechos humanos, consideramos como elementos fundamentales que deben de considerarse para desarrollar procesos de documentación: 

Identificación de los actos u omisiones que generan presuntas violaciones a los derechos humanos

Identificación o determinación de las presuntas victimas

Determinación de las personas que actúan como perpetradoras, así como de las diferentes modalidades de participación

Identificación de la relación de los eventos que generan violaciones a los derechos humanos con otros eventos

Es imprescindible para la realización de una etnografía del conflicto y de denuncia en el contexto de la etnografía para la paz analizar las narrativas de hechos desarrolladas por las victimas directamente con la finalidad de identificar las acciones u omisiones que constituyen violaciones a los derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas. Entidades que participan de las zonas de contacto (metodología de eventos). Eventos

Evento de un solo acto Evento de múltiples actos. Una serie de actos relacionados Actos simultáneos

49


Combinación de actos simultáneos y secuenciales Personas

Victimas

13

Directas Indirectas Perpetradores Intelectual Ordenador Ejecutor Fuentes de información Organizaciones o partes intervinientes

Quienes son las victimas Se entenderá por "víctimas" las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que no lleguen a constituir violaciones del derecho penal nacional, pero violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos. Podrá considerarse "víctima" a una persona, con arreglo a la presente Declaración 14, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el perpetrador y la víctima. En la expresión "víctima" se incluye además, en su caso, a los familiares o personas a cargo que

13

Personas puede adquirir distintos roles, de acuerdo con su participación en un evento que presente por lo menos algún acto u omisión presuntamente constitutivo de violaciones a derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas. 14 Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. 1985

50


tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización. El concepto de victimas incluye a las víctimas directas, indirectas y potenciales, así como sus contextos, consumada, permanente, potencial, esto con la intención de investigar la gravedad de los hechos y sus consecuencias. Quienes los perpetradores Un perpetrador de violaciones a los derechos humanos, es la persona individuo o grupo que comete un acto que constituye una violación. Los perpetradores pueden ser entidades del Estado y no. El involucramiento es la participación del perpetrador en un acto particular, ya sea si participo directamente por acción o indirectamente por omisión. Es indispensable señalar a los perpetradores de violaciones a derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas, de modo que nos permita indagar en sus formas de participación: 

Llevar a cabo directamente el acto

Dar órdenes que tengan como consecuencia la realización del acto

Ser cómplices pasivos de un acto

Confirmar la presencia de los perpetradores durante el acto

Planear el acto

Obligaciones generales de las autoridades15.

Conducta exigida

Obligación general

Descripción obligación

No hacer

Respetar

Abstenerse intervenir

15

de

la Violación

a

la

obligación general de Interferir

en

el

ejercicio o disfrute

(Humanos, 2012)

51


de un derecho Hacer

Proteger

Acciones

para Omitir la realizaciĂłn

impedir

que de

particulares,

una

conducta

e necesaria

para

incluso agentes del impedir Estado

que

interfieran particular e incluso

con un derecho

agentes del Estado, interfieran con un derecho

Hacer

Garantizar

Acciones

para

asegurar el ejercicio de un derecho en los casos en que una persona por sĂ­ misma no pueda asegurar su ejercicio Hacer

Promover

Acciones de largo Omitir la adopciĂłn alcance

de medidas de largo alcance

para

el

ejercicio de derechos

52


Fichas técnicas de hechos, victimas y perpetradores Tomando en consideración los datos y conceptos previamente mencionados, la estructura de las fichas técnicas tiene la función de sistematizar la información de hechos violatorios y sus implicaciones jurídicas, en ese sentido, contienen información sobre victimas, perpetradores y hechos que permite visibilizar el despojo al margen de una serie de practicas repetitivas y sistemáticas dentro de un periodo de tiempo, muchas de ellas violatorias de derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas. Al ser las fichas técnicas una propuesta metodológica de documentación, encontramos importante destacar su relevancia Etnográfica en términos de acercamiento a las victimas y a los hechos, pues el trabajo de documentación que da contenido a las fichas es parte del acompañamiento y solidaridad que sostiene la experiencia ética y política del trabajo antropológico en defensa de derechos de los pueblos y comunidades indígenas. Para efectos del manejo de información, las fichas técnicas se dividen en tres tipos16: Fecha

Perpetradores

Ejecutor

Ordenador

Intelectual

Participación

de

Ingeniería

los perpetradores

Fecha

Victimas

Procedencia

(directas/indirec

Hechos

Perpetradores

relevantes

Estado de la

Derechos

violación

específicos

tas)

Apropiación

Obligación exigida

Convenio 169 de

-Respetar, Proteger,

la

Garantizar,

OIT

y

Declaración de las Naciones

Promocionar-

Unidas

sobre los Derechos de

los

Pueblos

Indígenas.

Fecha

16

Hechos

Derecho

Víctimas de

Estado

asociado

los hechos

de

la

Conducta

Zona de contacto,

violación

desplegada (acción

dispositivo

(consumada,

u

expropiatorios

permanente,

constituye

potencial)

violación)

omisión

de

que

Se agregan las fichas técnicas de documentación de hechos, como anexos al trabajo.

53


Los datos contenidos en las fichas, son parte de la experiencia de acompañamiento de la comisión derechos humanos y derechos de los de pueblo y comunidades indígenas y su trabajo de documentación. Las fichas son las fuentes con las que se construye la etnografía del conflicto con la intensión de visibilizar las formas en que el despojo es operado en tierras y territorios de comunidades indígenas, en ese caso el de la Comunidad Indígena de San Francisco Xochicuautla. La información recabada fue entregada a la Comunidad para su análisis y revisión, esto con la intención de profundizar en los hechos y en su descripción, a su vez la aplicación de una metodología etnográfica y de documentación de violaciones a derechos humanos y de pueblos y comunidades indígenas, posibilita ampliar el trabajo antropológico de forma práctica en contextos de conflictos territoriales, en este caso contra un proyecto carretero. Etnografía del conflicto.17 Temporalidad del Conflicto. Protegida entre dos cerros, la Comunidad de San Francisco Xochicuautla está en el medio del corazón de la montaña, entre –el cerro de la verónica y el cerro de la campana- que forman parte del contexto sagrado y de la geografía ancestral de la sierra de las cruces, herencia ancestral en el altiplano central donde se reserva la continuidad no solo del pasado, si no de la posibilidad

de

construir

otros mundos a través del respeto a las dignidades humanas, intención que se hace presente y representa teopolíticamente la defensa de la vida18, que desde el inicio tenemos que

17

La narrativa que se presenta es parte de la metodología de documentación de violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, por lo que se ha precisado la importancia del uso de fichas técnicas con información de hechos, victimas y perpetradores en los que se incluyen distintas fuentes de información que acompaña la documentación.

54


destacar ante las consecuencias del Megaproyecto de muerte al que atribuimos el epistemicidio en la Comunidad por intervenir directamente en la destrucción del sagrado cerro de la Verónica y de la campana y con ello de sus significados y sentidos, espacialidad y temporalidad, dentro de los comunales de San Francisco Xochicuautla, que atraviesan otros lugares de importancia cultural, ancestral y sagrada que se ven amenazados de la misma forma, referente de congregación religiosa de pueblos que peregrinan en diferentes calendarios,

alrededor de encuentros entre quienes celebran y ofrendan por la vida,

defendiendo con la vida, el agradecimiento por el agua y la fertilidad, por la milpa y su cosecha, por los abuelos quienes enseñaron a vivir agradeciendo a la madre dadora de vida y a sus interventores, desde siempre y desde el principio de los tiempos esas rutas están ligadas a la salud, en primera por sanar la tierra y en ese contexto, las enfermedades, sus males y todo aquello que intervenga en la continuidad de la vida, recordando que ambos cerros tienen oratorios de sanación, -lugares de descanzo- a lo largo de las rutas de peregrinación, así como oratorios familiares que se visitan cuando se realizan rituales como los encapillamientos, así como la preparación de quienes han sido tocados por el rayo y quienes están enfermos y se encomiendan al divino rostro para encontrar su alivio, mandas que no son individuales, sino colectivas porque representan el compromiso de los pobladores para con quienes les dotan de salud, de buena vida, de un vivir mejor. La comunidad cuenta con una riqueza cultural, simbólica, epistemológica e histórica que se refleja en gran parte de las festividades, ceremonias, celebraciones, rituales, ecpresiones religiosas en torno a los santos patronos que son fuerza fé de peregrinaciones al interior de la zona montañosa y el territorio en conflicto, pero también con otros rumbos, principalmente para la basilica de Guadalupe, Chalma, San Juan de los Rios y otros espacios de encuentros entre los diferentes pueblos que forman parte de la arquitectura sagrada que desde tiempos anteriores a la conquista atraviesan el territorio y sus tiempos 18

Es constante la referencia que los pobladores de la Comunidad, principalmente los que construyen en el día a día la defensa de la vida, incluso definiendo su lucha como tal, una lucha por la vida, pues el territorio que se ve amenazado por las prácticas extractivistas de la constructora del la carretera privada TolucaNaucalpan y de las autoridades cómplices del ecocidio-epistemicidio es de tal envergadura que atenta contra la vida, la madre tierra, el agua, manantiales, arboles, bosques, seres animados e inanimados con los que comparten territorio los ñätho del Alto Lerma, políticas de muerte que son el reflejo de los Mega proyectos que se introducen en las comunidades bajo formas de ingeniería de apropiación que va acabando con la identidad, las tierras, la cultura, los saberes y formas de vida, en ese sentido existen diferencias entre las coordenadas de enunciación, por un lado, la lucha por la vida y por el otro el megaproyecto de muerte.

55


que

posteriormente

fueron

usurpados

por

las

coordenadas

occidentales

del

cristiaocentrismo, sin embargo todas con particularidades simbolicas de un pueblo originario que habita la motaña del alto Lerma, estas coordenadas temporales que abarca el cruce entre expresiones religiosas catolicas e indígenas ñhato comienzan el 1 de enero, Año nuevo, 2 de febrero el día de la Candelaria y la bendición del niño Dios, Domingo de Ramos inicio de semana santa, Domingo de resurrección, festividad llevada en la capilla de las tres cruces, la noche, la luminaria y el principio de la mañana, 3 de mayo Cambio de mayordomos de la capilla del señor de la Exaltación y el día de la Santa Cruz, 15 de Agosto día de la asunción de la virgen María, 8 de Septiembre conmemoración nacimiento de la virgen María, 14 Septiembre día del Señor de la Exaltación, 4 de Octubre festividad principal del santo patrón de la comunidad San Francisco de Asís, 31 de octubre, 1 y 2 de Noviembre días de muertos, 12 de diciembre Día de la Virgen de Guadalupe, 24 y 31 de Diciembre19, coordenadas que cruzan fechas al rededor de rutas sagradas, muchas veces en peregrinaciones que recorren los diferentes lugares sagrados del Cerro de la

doble

campana y cerro de Santa Cruz Ayotuzco territorio de Huixquilucan, así como el santuario de la Palma en territorio de Acazulco, Ocoyoacac, Cerro de la Verónica, El llanito, Capilla del señor de la Exaltación en territorio de Xochicuautla; prácticas propias de la zona montañosa, que por un lado muestra del sincretismo religioso, principalmente católico, pero también es una muestra clara de la herencia ancestral y de la importancia de sus cerros y territorios sagrados donde sobresale; Ndañu, Kaxoy, Ninhua, Domindahi, Donikjä, el manzano y el centro ceremonial de Nacelagua. De realizarse la construcción de la carretera, acabará con la ruta sagrada Ndañu-Donikjä, en donde se realizan ceremonias y fiestas religiosas, entre estas destaca la ceremonia del Fuego Nuevo. El lugar donde se pretende construir esta autopista, la carretera privada Toluca-Naucalpan tiene una importancia ecológica y cultural trascendental, pues es una reserva natural estatal con categoría de santuario del agua conocido como “BOSQUE OTOMÍ-MEXICA”, que atraviesa también el Parque Estatal “SANTUARIO DEL AGUA Y FORESTAL SUBCUENCA TRIBUTARIA RÍO SAN LORENZO”, influye en la REGIÓN HIDROLÓGICA PRIORITARIA (RHP-65) “Cabecera del río Lerma”, y tiene incidencias 19

Comenta uno de los compañerxs, quien por seguridad no diremos su nombre y de ahora en adelante cada que hagamos referencia a algún comentario de los compañerxs solo pondremos cursivas.

56


negativas en un área de Importancia para la Conservación de Aves (AICA); por lo anterior, la construcción de la carretera generará graves y directas afectaciones en el abastecimiento de agua de la Ciudad de Toluca, Distrito Federal y principalmente al Sistema Cutzamala que proporcionan el vital líquido, además: En la zona existen el triple de pozos de los que la CONAGUA ha autorizado, y prácticamente la totalidad de estos opera desmesuradamente y

sin control, lo cual

únicamente ha traído beneficios para la industria pero a un altísimo costo para la cuenca de la región, y esto es el algo que la CONAGUA sigue sin explicar y que también forman parte de las irregularidades con que se ejerce el proyecto, de la misma forma no se ha explicado porque se sigue poniendo en riesgo el vital líquido y su distribución y abastecimiento para millones de personas. El proyecto pretenden destruir directamente 600,000 metros cuadrados de bosque, según cifras oficiales, aunque en realidad serían más de 960,000 metros cuadrados de bosque devastado directamente, lo que causaría daños irreversibles a los ecosistemas, al entorno natural y cultural, simbólico y epistemológico del territorio indígena, ancestral, sagrado y comunitario que por tenencia tradicional anterior a la conquista y por decreto Presidencial desde 1951 se le otorga la propiedad comunal de la tierra de San Francisco Xochicuautla a sus pobladores. El proyecto tiene coordenadas políticas que tienen como punto de inicio; cuando comienza a promoverse con los GOBIERNOS DEL ESTADO DE MÉXICO de ARTURO MONTIEL ROJAS en 200520, junto a ENRIQUE PEÑA NIETO quien como diputado local, se encargó de legislar en beneficio de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, quienes fueron de los principales participes de la autorización y promoción como legislador de los registros de comuneros, a la vieja usanza del PROCEDE y su reforma al 27 constitucional, como representantes legales ante las autoridades Federales, Estatales, Municipales y con ello ante la Secretaria Agraria de la tenencia de los comunales dentro de los límites de la comunidad, padrones que en su mayoría son formados bajo estrategias políticas encargadas de intervenir las asambleas, legitimar e institucionalizar el proceso 20

Es importante recalcar que grupo HIGA fue de los principales beneficiarios de las licitaciones de obras públicas durante el mandato de Arturo Montiel Rojas entre ellas el Centro Médico del ISSEMyM.

57


para validar en este caso el proyecto de la carretera privada Toluca-Naucalpan, de grupo TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA de JUAN ARMANDO HINOJOSA CANTÚ y la constructora AUTOVAN; el padrón de comuneros está formado en su mayoría por 882 comuneros, quienes no son la mayoría de la población, por lo tanto el padrón deja fuera a mujeres, hombres, ancianos, ancianas, no comuneros, población en general, niños y niñas quienes no son representados en el ejercicio democrático de simulación que está orientado desde las cópulas de poder para favorecer a empresarios, políticos y autoridades locales, municipales, estatales y federales21. Cuando ENRIQUE PEÑA NIETO es GOBERNADOR DEL ESTADO DE MÉXICO le otorga la mayoría de las grandes obras publicas dentro del Estado al igual que su padrino político ARTURO MONTIEL ROJAS a un personaje llamado ARMANDO HINOJOSA CANTÚ, empresario tamaulipeco radicado en el Estado de México; se le acusa de tener privilegios especiales que le permiten imponer autopistas aún sin documentación en regla, con financiamientos que privilegia a la concesión, trastocando en contenido y complicidad, la relación entre políticos, empresarios y prestanombres, es también conocido por estar involucrado en la cancelación de la licitación para el tren suburbano México-Querétaro, al cual le dieron marcha atrás tras las fuertes críticas nacionales e internacionales que anunciaban la corrupción con la que se habían realizado los convenios de operación y construcción del dichoso tren, el tren interurbano Toluca-México en construcción es también una obra construida por este personaje y su constructora, y finalmente las revelaciones que afirman que el verdadero hogar del actual presidente Enrique Peña Nieto, es una casa a nombre de una de las empresas del afamado empresario con quien construyo la alianza para la extensión del aeropuerto de Toluca, entre otras obras junto a Fraga Mouret, Gabino Fraga Peña, Víctor Eduardo Bravo, Ahuja Ruiz y Bárbara Castillo Carranza quienes en 1989 crearon GAP, Asesoría en Proyectos, S.C., un despacho especializado en asesoría jurídica en materia agraria y de bienes inmuebles, relacionados en la parte jurídica con el asesoramiento de la empresa para la legitimidad del proyecto y en términos económicos, la elaboración de proyecto financiero de para su ejecución.

21

Revisar el mapa de actores y fichas que se mantienen como anexos, para identificar, victimas y perpetradores en los hechos que consideramos violatorios de derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas

58


Ellos hicieron con la Empresa TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA y OHL los grandes trabajos de la iniciativa privada con financiamiento público en esta región del Estado, es lo que están intentando hacer para extender con la empresa AUTOVAN “Autopistas de Vanguardia, S.A”, el proyecto carretero que une el Poniente del Estado con el aeropuerto internacional de Toluca, beneficiando los intereses de los concesionarios para cobrar cierta cantidad por el tránsito y el servicio privado de la carretera que no tiene ningún fundamento que sostenga la legitimidad de que es de bien público como han hecho referencia los pobladores de la zona, porque no es así, es una carretera privada otorgada a 30 años para la construcción, operación, conservación, y mantenimiento de la “nueva carretera” entre Toluca y Naucalpan en el Estado de México a grupo TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA. La carretera de 39.3 Kms compuesta de dos segmentos: 34.8 Kms de carretera de cuota que conecta a Naucalpan con el Libramiento a Toluca en la zona este de dicha ciudad. 4.5 Kms adicionales que conectan el libramiento a Toluca al bulevar aeropuerto de ésta ciudad, pero tambien a los parque industriales que desde Lerma van extendiéndose hasta Otzolotepec, otra historia de despojo enraizada en la expansión del Aeropuerto internacional de Toluca, y ahora Temoaya con el reciente anuncio del Parque industrial de textiles, engarzado en un proyecto más grande que desde los cincuenta se promueve por los gobiernos locales, quienes han ido con el tiempo construyendo un escenario de posibilidades de inversión extranjera en parques industriales privados que comienzan con el Parque industrial de Lerma, Cerrillo I, II, Toluca 2000 que forman el corredor industrial que pretenden conectar con el Aeropuerto y la Toluca-Naucalpan como rutas económicas de los gobiernos neoliberales, lo que quiere decir que el despojo no solo se sitúa en una parte en especifico, sino en un conjunto de espacios, territorios, pueblos y comunidades. Para el caso en el que nos enfocamos, se piensan derribar 23 km de bosque en todo el trazo del proyecto, destruyendo con su paso, la flora y fauna endémica de la zona, Ajolote del Alto Lerma (Ambystoma granulosum) y Ajolote del lago de Lerma (Ambystoma lermaense), consideradas hasta este 2012 como “seriamente amenazada” que es la última alerta antes de la extinción. Ambas especies son endémicas del Alto Lerma. Pupo de Lerma (Algansea barbata), otra especie reconocida como endémica de la región y que en 1993 se 59


lanzó una petición para protegerla especialmente pues es una especie rara y destacada para estudios de conservación. También se reportan amenazadas diversas especies de charales (Chirostoma humboldtianum, Ch. jordani, Ch. Riojai), así como el pez Notropis sallei, el Avetoro Norteño (Botaurus lentiginosus), Gavilán Pico Gancho (Chondrohierax uncinatus), Gavilán de Cooper (Accipiter cooperii), Aguililla Rojinegra (Parabuteo unicinctus), Aguililla Pecho Rojo (Aguililla Pecho Rojo), Aguililla de Swainson (Buteo swainsoni), Aguililla Cola Blanca (Buteo albicaudatus), Aguililla Aura (Buteo albonotatus), Halcón Peregrino (Falco peregrinus), Rascón Limicola (Rallus limicola), Rascón Real (Rallus elegans), Búho Cuerno Corto (Asio flammeus), Chipe de Tolmie (Oporornis tolmiei), Vencejo Nuca Blanca (Streptoprocne semicollaris), todas reconocidas como “Especies Amenazadas” por la Norma Oficial Mexicana y este último una especie endémica de la región, el Colorín Sietecolores (Passerina ciris), Pibí Boreal (Contopus cooperi), Vireo de Bell (Vireo bellii), Zarapito Pico Largo (Numenius americanus) y el Chipe Crisal (Vermivora crissalis)22. Las intervenciones afectan la totalidad de la vida, con ello la fauna en la zona, se tiene un registro de 373 especies del reino animal, de las cuales 115 de ellas son aves, 73 helmintos, 56 mamíferos, 25 reptiles, 22 anfibios, 21 peces, 54 artrópodos y 7 moluscos, muchas de ellas endémicas y en grave riesgo de extinción, y esto no lo manejan, en los estudios de impacto ambiental, los ocultan, intentando aprobar el proyecto, pese a que el territorio es un santuario del agua protegido con sus cuencas y subcuencas, el proyecto que pretende imponer el GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO concesionando a la empresa AUTOVAN “Autopistas de

Vanguardia”,

es

sin

contemplar la autorización de la comunidad, el derecho a la consulta, previa, informada y bien intencionada, solo dando aviso a las autoridades oficialistas con quienes han tejido las redes de corrupción. 22

http://ret.org.mx/2012/11/las-cienegas-de-lerma-un-tesoro-casi-secreto-de-mexico-en-riesgo-dedesaparecer/#sthash.zOLunzpC.dpuf.

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Pretenden destruir parte de la reserva boscosa protegida, la zona serrana y los manantiales donde obtenemos el vital líquido; la empresa cuantifica sin prestar atención a la gravedad de los daños y la insistente negación, indignación y resistencia del pueblo ñätho como comunidad indígena pues el proyecto pasara en 235,736.42 metros cuadrados de afectación directa a razón de un tramo del kilómetro 14.133 al 17.266, todo el impacto ambiental que se genere es enorme, sin embargo la empresa ya en su convenio ilegal realizado el 16 de Noviembre de 2011 en complicidad con autridades locales y comuneros que favorecieron de manera ilegal su aprobación, manejan que solo se van a afectar 8,341 árboles de encino, de pino 1,186 árboles, de oyamel 733, los cuales pretenden pagar por afectación a ocho pesos el árbol caído,no toman en cuenta la flora que abunda, ni la vida de ellos y nosotros, no hablan de los tejocotes, los capulines y estos árboles que son parte de nuestro sustento y autosuficiencia, en temporada de fruta de ahí comemos, nuestras cientos de plantas medicinales que solo crecen ahí y toda la biodiversidad y conocimientos utilizados para prever enfermedades. La destrucción de la zona boscosa, es Ecocidio, lo que significa, la destrucción extensa y pérdida de ecosistema(s) de un territorio concreto, normalmente deliberada y masiva, por medios humanos en este caso en particular por el paso de la carretera privada TolucaNaucalpan, ecocidio que sigue operando sobre el territorio, en la cabeza de la CUENCA ALTA DEL RÍO LERMA(CARL), área geográfica de importancia nacional, es parte del sistema que abastece de agua a una quinta parte del país y que actualmente se encuentra devastado ante el desarrollo industrial descontrolado y la contaminación, la cual ha dejado un área fundamental del país, severamente amenazada y poniendo al borde del colapso al sistema de flujo de agua entera, pues la autopista planea pasar entre las CIÉNEGAS DE CHIGNAHUAPAN Y CHIMALIAPAN, dos lagunas pertenecientes a las Ciénegas de Lerma, ÁREA NATURAL PROTEGIDA DE FORMA ESTATAL, FEDERAL E INTERNACIONAL. La ruptura con los ciclos naturales corta el paso tanto de agua, como de cientos de aves que hemos mencionado con anterioridad y que transitan diariamente entre una laguna y otra, así como en las diferentes zonas de montaña, bosques y humedales de la región, todos estos daños son irreversibles, como han sido para el río Lerma en toda la extensión de los 61


complejos industriales; a eso se suma además que la autopista cruza de lado a lado la laguna de Chignahuapan, siendo que los estándares internacionales (RAMSAR) señalan al menos 1 kilómetro de distancia para respetar la vida silvestre que habita en las zonas de humedales vitales, protegidos en todo el mundo, cabe señalar que la autopista Lerma-Tres Marías ya incumplió esta norma, generando un daño enorme a las Ciénegas de Chimaliapan y Chicognahuapan, se tienen en la comunidad 1900 hectáreas de bosque de los cuales 75 % se verán afectados, pues el proyecto tiene pensado destruir 23 km por 100 de ancho de bosque. La autoridad municipal de Lerma, México mediante certificación infundada, hizo constar que los inmuebles a expropiar no cuentan con registro o antecedente alguno que los identifiquen con algún valor histórico, artístico y/o cultural. La invasión comienza negando la información, sin dar aviso previo al pueblo y a las autoridades tradicionales, consejo supremo indígena, mayordomías, delegados, así como las asambleas, procesos colectivos de toma de decisiones, la autorización solamente fue a sabiendas de los trabajadores de la empresa, topógrafos y delgados arbitrariamente elegidos para aprobar el trabajo con el que comienzan el trazo en 2007 y con ello los acuerdos entre perpetradores del despojo, metodología que es la principal estrategia del Gobierno del Estado, que comienza con informarle al delegado municipal que era en ese tiempo el Ciudadano ARISTEO ORTEGA GARCÍA, solo a él, le hicieron llegar tres comunicados para avisar de un proyecto de mecánica de suelos, este señor nunca informo al pueblo, hasta que la Comunidad se dio cuenta ya que estaban interviniendo terrenos y cortando árboles; los árboles derribados fueron notificados a los delegados y ellos argumentaron que no habían dado permiso, aunque después surgieron sobre los hechos las diferentes posturas, nos enteramos que las autoridades correspondientes ya sabían de los comunicados en septiembre, octubre y noviembre de 2007 que ilegal e injustamente justificaban la invasión y destrucción del bosque y que ellos recibieron a sabiendas de que estaban omitiendo diversos reconocimientos estatales, nacionales e internacionales que tiene la zona por donde pretende pasar la autopista y que prohíben terminantemente el paso de proyectos nocivos para el medio ambiente,se han declarado para la zona el 8 de enero de 1980 por JORGE JIMÉNEZ CANTÚ la protección como ÁREA NATURAL

62


PROTEGIDA23 y 12 de mayo de 2006 como SANTUARIO DEL AGUA con sus diferentes subcuencas tributarias24, el 8 de febrero de

2007 se enuncia su reafirmación como

PATRIMONIO ECOLÓGICO del Estado de México, decretos otorgados y reafirmados por ENRIQUE PEÑA NIETO, durante su administración como Gobernador del Estado de México. En 2007 se descubren los trabajos topográficos, esto mediante la práctica de seguridad popular, vigilancia que son las rondas comunitarias en el territorio que hacen y han hecho como pueblos indígenas, por usos y costumbres para defender el territorio, los comuneros y pobladores denunciaron la invasión y destrucción ambiental realizada de forma ilegal al derribar árboles y otras especies para la realización de trabajos topográficos que promueven la abertura de una brecha de 10 a 15 metros, justificado por SAASCAEM para realizar el estudio de suelos que justifique la viabilidad de la carretera,estoa su vez resulta sorprendente pues LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AMBIENTAL E INTEGRACIÓN SECTORIAL DEL ESTADO DE MÉXICO notificó a la SEMARNAT que el proyecto de autopista es incongruente con el PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL ESTADO DE MÉXICO, algo que también ha sido ignorado por el Gobierno del Estado quien se ha encargado de anunciar durante la administración de Enrique Peña Nieto y Eruviel Avila Villegas la necesidad de su realización, pese a las consecuencias; al no encontrar respuesta en ningún nivel de gobierno, la comunidad decide tras el trazo que realizan los invasores, reforestar la brecha afectada, motivo que fue suficiente para el inicio de los hostigamientos y la búsqueda de confrontación con quienes denunciaron las irregularidades, que justifiquen el uso de la represión como fuerza legítima de los tres niveles de gobierno para imponer el proyecto. 23

Las Áreas Naturales Protegidas son las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas. 24 La Subcuenca Tributaria del Río San Lorenzo, se ubica en la parte central del Estado de México; limitando al norte con la subcuenca (Río Mayorazgo), al sur con la subcuenca (Arroyo Muerto Ocoyoacac), al este con la subcuenca específica (Río Los Remedios), al oeste con la Lagunas de Chignahuapan o Atarasquillo (Planicie del Río Lerma).El Parque Estatal Santuario del Agua y Forestal Subcuenca Tributaría Río San Lorenzo posee una superficie de 12,657-94-10.15 hectáreas dentro del municipio de Lerma se caracteriza por ser una zona importante de recarga para el acuífero de la Cuenca del Río Lerma debido, por una parte, a la densa cobertura forestal en las partes altas lo que favorece la retención e infiltración de agua de lluvia y sus escurrimientos.

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Justificados los ejercicios colectivos para ejercer la toma de decisiones y como acuerdo entre los pobladores, se realizó una acción directa, participativa y reivindicativa que marca si bien un principio en la lucha contra el proyecto, también es una muestra clara de inconformidad ante las consecuencias tan graves de pasar el proyecto, ante estos hechos se acordó reforestar esa primer brecha intervenida con la intención de que el proyecto no entrara ni en la imaginación de la comunidad, se plantaron más de 10 200 árboles solo en la comunidad ñätho de San Francisco Xochicuautla como respuesta al daño ocasionado25, pero también con la intención de frenar el paso del proyecto, en esa reforestación participaron todo tipo de sujetos pertenecientes a la comunidad. El proyecto pretende conectar el Poniente del Estado con el Aeropuerto Internacional de Toluca con la intención de acrecentar el tráfico de pasajeros y el flujo económico por el que justifican el despojo como de utilidad pública, dicha autopista esta concesionada a quienes a la vez gozan del privilegio de contar con la aprobación de otras 10 autopistas en el Estado de México, insistimos en la compleja relación de corrupción entre las autoridades y el empresario, esta en particular que pretende atravesar el territorio, esta concesionada a 30 años y mantendrá un costo de un peso con cuarenta centavos por Kilómetro recorrido, lo que significa que existen cuantiosas ganancias a costa de lo que entendemos no es beneficio para las comunidades directamente afectadas a las que pretenden despojar de sus tierras, sino que presenta la variable generalizada como a nivel nacional de la apertura económica a la inversión privada en complicidad con los tres niveles de Gobierno, muchas veces dueños de las empresas constructoras o bien asociados y accionistas, quienes pretenden imponer un proyecto de desarrollo urbano extractivista, neoliberal y desarrollista con el que se

25

Arboles que en su mayoría crecieron pero que en Junio de 2015 talarón junto a miles de arboles de diferentes edades y tamaños.

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pretenden modernizar los territorios indígenas, imponiendo lógicas de diferenciación que incluyen, zonas residenciales, campos de recreación privados, complejos deportivos, parques industriales, plazas y toda forma de ocupación que difiere con el uso ancestral de los bosques nativos y por ende de su significación, en términos de convivencia con la totalidad de la vida. Hay siete comunidades que van a ser afectadas por la carretera federal privada TolucaNaucalpan,

las

XOCHICUAUTLA,

comunidades LA

indígenas

CONCEPCIÓN

afectadas

son:

XOCHICUAUTLA,

SAN SAN

FRANCISCO LORENZO

HUITZIZILAPAN, SAN NICOLÁS PERALTA los primeros del municipio de Lerma y comunidades de SANTA. CRUZ AYOTUZCO, SAN FRANCISCO AYOTUZCO Y LA MAGDALENA CHICHICASPA del Municipio de HUIXQUILUCAN, todas ellas comunidades ñätho, ñ'yühü en la región montaña del Norte del Estado, la destrucción sistemática de la vida comunitaria y campesina de los pueblos originarios y municipios de la región poniente del Estado de México y el Distrito Federal, son blanco de interés para el crecimiento desmesurado de las ciudades, a través de la sobreexplotación y destrucción de los recursos naturales comunitarios, ejidos y comunales que con el tiempo han quedado marcados por el paso del desarrollo industrial y del elaborado plan de la zona norte por medio de proyectos de urbanización y construcción de infraestructura industrial, habitaciones, que tiene como consecuencia, deforestación intensiva, de despojos, expulsiones, desplazamientos, conflictos políticos creados, manipulados, así como agresiones económicas que se personifican en la carretera privada que parte del aeropuerto de Toluca interviniendo, destruyendo y despojando del territorio, de tierras y formas de uso del espacio a las comunidades originarias de los 3 municipios, el problema aquí es que atraviesa la zona boscosa que los pueblos han protegido desde hace mucho tiempo, tan es así que en agosto del 2013 se descubrieron rastros arqueológicos del patrimonio de los pueblos de la montaña del Alto Lerma que datan de hace más de 1,700 años, las cuales se encuentran a menos de 2 kilómetros del trazo que han delimitado para el proyecto carretero y posiblemente en los polígonos que pretenden apropiarse, y que son otra prueba fehaciente de la presencia de la cultura ñäthoen la zona desde tiempos anteriores a la conquista.

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Además, son dueños de 1,091 hectáreas, del cerro de la verónica y de la campana, lugar donde se originó la vida, según la cosmovivencia ñätho; los cerros sagrados están siendo amenazados y van a ser destruidos sin importar lo que esto significa para la comunidad, aunado al valor histórico, cultural y sagrado, la carretera pasara al borde de ambos cerros confinándolos ha habitar espacios cada vez más inestables o bien, forzar desplazamientos, prohibiendo el acceso a sus territorios, y con ello a los bosques, cuencas y montañas que están siendo destruidas bajo el cobijo de autoridades, NDAÑU, KAXOY, NINHUA, DOMINDAHI, DONIKJÄ, el centro ceremonial de NACELAGUA, así como otras rutas de peregrinación, históricas y sagradas se ven afectadas por la construcción de la autopista, una de ellas la ruta sagrada NDAÑU-DONIKJÄ, en la cual se realizan diversas festividades que anteceden a la historia moderna que reconocen los malos gobiernos, entre ellas la ceremonia del Fuego Nuevo, esta ruta sagrada se hace anualmente desde la comunidad indígena de SAN LORENZO HUITZIZILAPAN, hasta el punto más alto del municipio de Lerma. La milenaria ruta sagrada NACELAGUA-CERRO DE LA CAMPANA, ha quedado completamente obstruida, la intervención de proyectos de urbanización ha transformado dinámicas sociales y culturales de suma importancia para la comunidad,a través de acuerdos para realizar la construcción de un templo por una constructora de infraestructura habitacional, quien pacto con miembros de algunas organizaciones, miembros de bienes comunales y autoridades comisión Nacelagua de la unidad del Nùcleo agrario del Ejido Cieneguillas sobre la devoción y los ritos de sanación a la Virgen de los Remedios en el paraje "Nacelagua" y el Divino Rostro del Cerro de La Campana para acordar la construcción de un templo bajo el acuerdo de respetar los usos y costumbres, obra que genero inconformidades pues implicaba una transformación inducida en manos de una empresa que pretende realizar obras en la zona, la obra concluye en 2010 en plena intervención de grupo TEYA S.A de C.V filial de grupo HIGA en la región del Alto Lerma. En Xochicuautla hay dos tipos de tierras: comunales y propiedad privada; en propiedad comunal se encuentra en vigor un amparo gracias al que los trabajos de la autopista no pueden avanzar, pero sobre la propiedad privada el gobernador Eruviel Ávila emitió un decreto de expropiación violando los derechos de los dueños de dichas tierras. 66


La expropiación de la propiedad privada no fue conforme la ley lo dicta y que las autoridades corrompidas están esperando un presupuesto de 800 mil pesos, que el gobierno entrega para sustentabilidad de los bosques, para usarlo comprando los votos de los comuneros. Comenta el Dr. Jaime Vargas, miembro de la comunidad que el peligro no es sólo la desaparición del bosque sino de toda una cultura, que lo único que la gente pide es respeto a todos los mexicanos y a la Constitución. Señaló tambien como responsables a los ex-representantes Mario Villavicencio, a Autovan, a SEMARNAT, a la PROFEPA y a los distintos niveles de gobierno. Asambleas, legalidad institucional, cooptación y captura 26 En una asamblea general llevada a cabo el 25 de Febrero de 2008, se define con base en usos y costumbres de la comunidad, que la carretera no puede pasar por el territorio porque esto traerá consecuencias graves e irreversibles para todos pobladores de la región, tras el descubrimiento de los trabajos topográficos y de las estrategias de cooptación y captura de autoridades locales, campesinos de la región y pobladores que han sido convencidos; se realizaron cuatro asambleas generales por usos y costumbres; los pueblos y comunidades indígenas del Estado de México, cuentan con sistemas normativos internos que han ejercido de acuerdo a las propias condiciones históricas, culturales, políticas específicas de cada pueblo y territorio, para resolver distintos asuntos intracomunitarios que forman parte de los organismos de participación y toma de desiciones; las asambleas como máximo órgano en la toma de desiciones y estas en su presentación colectiva que considera a la población en general, choca con las que hacen los comuneros registrados porque los intereses son distintos y se realizan bajo diferentes formas y estructuras que se inclinan por servir a intereses específicos de políticos y empresarios que se ven beneficiados de primera mano del megaproyecto, unas avaladas por el derecho legítimo del uso de la violencia y la corrupción, amparadas en la impunidad de las autoridades y las de la comunidad como parte de formas tradicionales de democracia participativa que está inscrita en su herencia cultural como pueblos ñätho.

26

Las asambleas son los máximos organismos de toma de decisiones en la comunidad, las existen de diferentes formas unas son generales, otras ordinarias, ambas con sus propios tiempos y convocatorias, así como temas a tratar, las asambleas que se realizan en torno a la aprobación del megaproyecto son las que destacamos como violatorias de derechos de pueblos y comunidades indígenas.

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Las asambleas son el máximo orden de toma de decisiones, y son en ese sentido los escenarios donde las voluntades se conjugan para definir el rumbo de la comunidad; desde que el conflicto toma su forma y dibuja sus matices, las asambleas han sido el escenario en el que se desarrollan una serie de situaciones que permiten forzar las voluntades a través del uso de la fuerza pública como estrategia de intimidación que es la otra cara de la moneda de la seguridad, como parte de ese ejercicio participativo al que hemos hecho alusión se donde se reafirma el posicionamiento de la comunidad respecto al proyecto y el rotundo NO a su continuidad. Constituidos en esta asamblea los pueblos presentes, declararon en ese entonces como referente de los acuerdos tomados: 1. Que los pueblos indígenas originarios, seamos consultados previamente y bien informados para la realización de cualquier proyecto dentro de nuestro territorio de acuerdo a las leyes indígenas, tratados, pactos y convenios internacionales. 2. Que sean respetados los bosques que han existido durante miles de años, ya que tienen un valor espiritual y han sido respetados por los pueblos indígenas y no poseen valores comerciales, más aún cuando los gobiernos las han decretado como áreas naturales protegidas con categoría de santuarios de agua, como es el “Parque estatal Otomí – Mexica”. 3. Que de acuerdo a los fundamentos relacionados con la protección de los bosques, agua y derecho a nuestros territorios, en esta 6ta. Asamblea refirmamos la lucha por su protección y respeto, acordando: “NO AL PASO DEL PROYECTO CARRETERO DENOMINADO

AUTOPISTA

PRIVADA

TOLUCA-

NAUCALPAN”. Por nuestras diferentes comunidades, habla el corazón del nosotrxs como pueblos.

Todas estas asambleas fueron concurridas y hechas a nivel general, siempre con la determinación de “NO AL PASO DEL PROYECTO” por todo lo que ello conlleva, 68


posicionamiento que implica consigo, construir una resistencia y una lucha para negarse al paso del proyecto, lucha que han negado las instituciones y con la cual son indiferentes; en ese sentido, han negado la toma de decisiones previamente acordada en las asambleas generales que han realizado como comunidad originaria y con ello se han violentado en su mayoría sus derechos colectivos inscritos en el derecho internacional y su reconocimiento en la ratificación del primero constitucional.

Tras la elección y registro de comuneros promovida en la administración de Montiel Rojas, se comienza a convocar a asambleas ilegales a puerta cerrada, las cuales no cumplen con los requisitos de la ley agraria, ni lo contenido en Pactos, Tratados, Convenios, Convenciones, Leyes y normas internacionales en materia de derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, aunado a eso se realizan junto a la presencia de centenares de granaderos altamente armados, con equipos antimotines, participan LA POLICÍA MUNICIPAL, ESTATAL Y AGENTES DE LA SECRETEARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA SSC, AHORA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD quienes prohíben el acceso a las asambleas intimidando, hostigando y amenazando a los comuneros y pobladores opositores al proyecto y a todos aquellos que quieren participar de las desiciones de la comunidad.

En ese sentir queda claro que la toma de decisiones se ha visto gravemente intervenida por el ejercicio de la violencia, su legitimación, institucionalización y normalización contra la comunidad y los defensores del bosque, siendo este un elemento clave para entender que el intento de imponer el proyecto está marcado por una serie de irregularidades que tienen que ser consideradas por el complejo marco de injusticias en el que envuelve su contenido; durante el proceso que forma parte la imposición, se violentan los acurdos de convencionalidad ratificados por el Estado Mexicano en el primero constitucional, acuerdos, convenios y tratados internacionales, que han considerado que dependiendo del nivel de impacto de la actividad que se propone realizar en el territorio indígena, EL ESTADO ESTÁ OBLIGADO A OBTENER EL CONSENTIMIENTO PREVIO, LIBRE E INFORMADO, normas internacionales que han sido claras al establecer los lineamientos sobre cómo se deben realizar los procesos de consulta a los pueblos indígenas, consultas 69


que deben ser PREVIAS(antes de aprobar la ley, la medida administrativa, el plan de desarrollo o el proyecto de explotación o exploración), LIBRES (sin presiones o condicionamientos) e INFORMADAS (sobre las consecuencias del proyecto, plan, ley o medida);

se

deben

hacer

mediante

PROCEDIMIENTOS

CULTURALMENTE

ADECUADOS, es decir de conformidad con sus propias tradiciones y a través de sus INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS. Así mismo, la consulta debe hacerse de BUENA FE y con el OBJETIVO DE OBTENER EL CONSENTIMIENTO LIBRE, previo e informado por parte de las comunidades indígenas. Mediante asambleas que violentan los derechos esenciales de las comunidades agrarias e indígenas y en contra de los requisitos de fondo y forma exigidos en la Ley Agraria, la empresa AUTOVAN

de ARMANDO HINOJOSA CANTÚ y el GOBIERNO DEL

ESTADO DE MÉXICO en contubernio, mediante el uso de granaderos y policías, han avanzado hasta las puertas del bosque sagrado sin consultar a la comunidad, ni a sus autoridades tradicionales.

Las asambleas comnales que de acuerdo a convocatoria serán con formalidades especiales, por ser asambleas consideradas duras de acuerdo a la Ley Agraria, artículo 23, fracción 7 a la 14. El 14 de Agosto 2011 se realiza una asamblea en la comunidad ñätho, nuevamente y como se ha hecho costumbre ya por los malos gobiernos, dicha asamblea se desarrolla en un clima de violencia fuera de la ley, junto con la presencia de centenares de POLICÍAS DE LA

AGENCIA

SEGURIDAD

DE

ESTATAL

(ASE) quienes se presentaron a la asamblea de comuneros con el objetivo de coaccionar a la comunidad para que fuera aprobado el proyecto, una de las formas más comunes de intimidación durante el operativo policíaco es cercar los accesos y salidas de la comunidad, para controlar el paso de los 70


automóviles, pero también los accesos a la delegación donde se realiza la asamblea, permitiendo solo el paso de comuneros, enviados según los mandos de la ASE y la SSC para resguardar la seguridad, lo que no queda claro, es la seguridad de quien, dadas las condiciones de su presencia. Ante la serie de ilegalidades que manifiesta la población, se decidió invalidar la asamblea, haciendo alusión a todas las irregularidades que se presentaron durante la asamblea; una asamblea con una convocatoria ilegal, pues se hace sin respetar los tiempos de difusión e información para su asistencia, tras su realización se pretende legitimar levantando una acta ilegal, sin un mínimo de acuerdos, irregularidades y violaciones que son claras, estas injerencias gubernamentales criminalizan la protesta social e, inclusive, han provocado un conflicto social en la comunidad que ha llegado a enfrentar a las propias familias. Las asambleas han sido ordinarias, mal hechas y es importante denunciar que la policía intervino en todas las asambleas comunales que se realizaron en lugares donde hay resistencia

al

proyecto,

tales

como

HUITZIZILAPAN,

XOCHICUAUTLA

Y

AYOTUZCO, mandando cientos de granaderos quienes provocaron incluso diversos enfrentamientos donde varios compañeros de la comunidad resultaron lesionadxs; en todas las asambleas se presenta la policía munidipal, policía ministerial, agentes del ministerio publico, personal de la empresa, personal de gobierno del Estado y del municipio de Lerma, automóviles particulares sin placas, quienes se detienen a vigilar los domicilios de los pobladores y ciudadanos más visibles en la lucha por la defensa del territorio. Al interior de las asambleas como parte de los contextos en que se desarrollan, hay ministeriales, personal de gobernación, procuraduria policías

de

la

agraria,

municipales

y

policías antimotines quienes intimidan a los comuneros para forzar la toma de decisiones a favor de la empresa; afuera de la asamblea aproximadamente se presentan 650 policías quienes permanecen 71


acuartelados desde tempranas horas en el campo de fútbol, en la escuela, en entradas y salidas del pueblo, sitiando así, con su presencia a la comunidad; de acuerdo con el acta realizada, 197 comuneros “aprueban” al paso de dicho proyecto estableciendo también, la cantidad de $ 40,400.10 pesos (cuarenta mil cuatrocientos pesos 10/100 M.N.). Propuesta de pago previo que se les ofreció a algunos comuneros que forman parte del padrón, quienes recibieron citada cantidad por parte de las autoridades para que coartaran la votación y favorecer la continuación del proyecto pese a las denuncias presentadas por la comunidad y en esa misma línea atender a los intereses particulares de los responsables directos del ecocidio-epistemicidio, mediante el uso de la fuerza pública que se encarga de garantizar el avance del proyecto, todo esto en complicidad con autoridades que se han visto directamente beneficiados de la concesión y de los acuerdos entre los gobiernos y empresarios de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, intereses que se hacen presentes durante todo el proceso del conflicto. Dicha cantidad les ha sido pagada a los comuneros que estuvieron de acuerdo y a otros que han sido “convencidos” a partir de esa fecha con presión e intimidación, cerca del 3% de la población han tomado la decision a través de la asamblea de comuneros, desconociendo a los afectados directos quienes han sido ignorados durante este proceso, pues no se les ha considerado en la toma de decisiones a pesar de ser la mayoría de la población, es importante resaltar que el padrón de comuneros está en su mayoría formado por pobladores que no son directamente afectados. En

esa

misma

coherencia

cronológica, el 30 de Abril de 2012

más

de

900

policías

municipales y de la Agencia de Seguridad Estatal -los mismos encargados del operativo en San Salvador

Atenco

en

2006-

invadieron el pueblo de San Francisco

Xochicuautla

para

72


privilegiar el desarrollo de una asamblea ilegal en términos que favorecía a los directamente beneficiados, quienes en complicidad con las autoridades convocaron y manipularon la asamblea para ratificar el acuerdo y dar paso al proyecto. Las entradas del pueblo quedaron bajo custodia de las instituciones policiacas, quienes son responsables en todo momento, junto con el Gobierno del Estado de México, Gobierno Municipal de Lerma, Agencia de Seguridad Estatal, Secretaria de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal de Lerma, SAASCAEM, SEMANARNAT, TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA de agredir derechos colectivos e individuales de quienes se ven directamente afectados de las prácticas de corrupión, violencia, acoso, hostigamiento, detenciones arbitrarias que están asociadas a la imposición del proyecto y toda la instrumental de operación de la apropiación de vida y territorio mediante mecanismos cooptados por prácticas políticas al servicio de gobiernos y autoridades complices del ecocidioepistemicidio. Posterior a la intervención del 30, el 12 de Mayo de 2013, ingresaron nuevamente granaderos fuertemente armados a los espacios comunes de la comunidad, escuela, campo de futbol y algunos accesos a la montaña, principalmente en la casa de comuneros ñätho opositores y miembros del frente de pueblos indígenas en defensa de la madre tierra, antes

para de

intimidarles

desarrollar

la

asamblea e intentar impedir su presencia, para limitar la información y sobre todo las denuncias,

se

bloquean

accesos y salidas mediante retenes en las principales vías publicas, así como cercos policiacos al interior y exterior de la asamblea, todo esto en el contexto de uso de la fuerza pública al servicio de la empresa y del proyecto de carretera que en reiteradas ocasiones y de forma sistemática ha violentado los derechos de pueblos y comunidades indígenas, en lo que respecta al 12 de Mayo 2013 se reconoce como un encuartelamiento previo a la asamblea del 13 de mayo en la que se insiste en aprobar el convenio de ocupación previa y 73


la entrega de pagos por afectaciones, esto sin presentar la documentación mínima en cuanto a permisos y estudios concretos de impacto ambiental y sociocultural que a la fecha no se han considerado, imponiendo por la fuerza el proyecto en donde se han manifestado los opositores27. Desde las 6 de la mañana, del 13 de Mayo de 201328, se monta un operativo policiaco que logra controlar los accesos a la comunidad y con ello a la asamblea, convocan a una asamblea a las 11:00 am donde el contexto de violencia registrado en la comunidad, atestigua que pasa lo mismo que en anteriores asambleas, convocan unicamente a los comuneros que han sido corrompidos con 18 mil pesos para que acepten el paso de lo autopista. Para entonces y como muestra del patrocinio del Estado, la empresa consiguió un impulso extra en 2012, un fondo de financiamiento de Banobras por 5 mil millones de pesos, para terminar el proyecto; además de un decreto estatal de expropiación, publicado el día 6 de octubre del 2012, en el cual se decreta que el bosque será expropiado en beneficio de la nación, siendo que en realidad es en beneficio de una empresa privada, y a un costo invaluable para la Madre Tierra y las comunidades afectadas, quienes son victimas directas de la violencia sistematizada que se reproduce durante el proceso del despojo, para esta fecha la intimidación a logrado mapear a los principales opositores, quienes han recibido de primera mano la repression y criminalización de la protesta. Se dice que GENTE DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO, han visitado a personas del Frente De Pueblos Indígenas en Defensa de la Madre Tierra, la misma gente de gobernación ha advertido que entre los granaderos irán algunos PROVOCADORES, con el objetivo de llevarse presos a varios compañeros. La asamblea se desarrolló en un ambiente plagado de irregularidades, de nuevo decenas de granaderos se encargaron de proteger a la corrompida mesa directiva para que manipulara 27

Se ha visto a lo largo del proceso que el hostigamiento y la intervención en territorios indígenas incrementa la forma de su uso político contra quienes se manifiestan en contra de proyectos de despojo, esto en la medida que el acoso se dirige formando parte de estrategias de apropiación y no de casualidades tecnicas, esto queda claro cuando las autoridades complices del despojo insisten en atacar a las familias que se han opuesto al paso de maquinaria. 28

https://www.youtube.com/watch?v=p3oNtztbrF8

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la asamblea a su conveniencia, negando derechos básicos como el uso de la palabra a decenas de compañeros que fueron silenciados, amenazados por los policías presentes al interior de la asamblea limitando con esto, se discutieran y votaran las múltiples exigencias de los inconformes quienes enfatizan en que sus demandas se resolvieran porque el convenio previo de ocupación no considera a los afectados directos, pues muchos propietarios perderían sus terrenos, sin ninguna indemnización por parte de las autoridades. Irregularidades que terminaron por bloquear la libre toma de decisiones y consulta, puesto que agentes de seguridad pública hicieron vallas para proteger a los empresarios y comuneros firmantes del convenio de ocupación. Se presentan 297 comuneros y 700 granaderos quienes pretenden resolver los puntos de la orden del día bajo presión por parte de los elementos de seguridad quienes hostigan la participación de los miembros del Frente de Pueblos Indígenas en Defensa de la Madre Tierra, se registró la entrada de 371 comuneros de los cuales se tiene acta de que votaron 378, numerales que no coinciden y que aún así se hace valer las autoridades en turno. José Luis Fernández, se negó a firmar el acta de conformidad, denunciando diversas irregularidades, motivo por el cual fue secuestrado por una patrulla que lo mantuvo bajo custodia por unos minutos, aunque la presión de la comunidad permitió su liberación. El comisario presidente MARIO VILLAVICENCIO ESTEBAN intento que se aprobara la repartición del dinero del fondo de FIFONAFE simplemente con una votación a mano alzada, ante dicho intento de imponer una votación sin ningún tipo de consenso se generan los primeros actos de inconformidad e inmediata mente interviene la policía antimotines a defender a los representantes de la mesa directiva que ha sido impuesta. Han repartido volantes como parte de la actividad planeada para la asamblea para que los comuneros designaran el supuesto precio justo de las tierras, sin consultar a la población y sin consultar a los afectados directos en terminos de su derecho colectivo a la consulta previa como pueblos indígenas, ni a las autoridades tradicionales como sus representantes, se votó bajo los acurdos que se habían acordado en el convenio ilegal de ocupación que justificaba el retiro del FIFONAFE, para financiar el pago de las tierras.

75


Es importante considerar el contexto de desarrollo de la asamblea, la cual se compró por medio de las autoridades gubernamentales y la empresa a distintos comuneros que no son afectados y que son, quienes previamente elegidos como comuneros, parte del padrón están vendiendo el territorio de su vecinos que sí lo son, 109 comuneros “aprueban” al paso de dicho proyecto aprobando también la cantidad de $ 40,400.10 pesos (cuarenta mil cuatrocientos pesos 10/100 M.N.), propuesta previa que se les ofreció a algunos, para que votaran a favor del proyecto, como parte de los acuerdos entre quienes se han convertido en complices de las irregularidades, esta cantidad les a sido pagada a los que estuvieron de acuerdo y a otros que los han “convencido” a partir de esa fecha con presión e intimidación; solo 109 comuneros de los 271 mencionados aprueban el precio de los poligonos que se encuentran en conflicto, por sus condiciones de territorio sagrado, ancestral y de uso común, deciden en un acuerdo pactado, un precio de 160 pesos por metro cuadrado de los 230 aprobados por dicho proyecto y para insistir en acelerar el paso del proyecto el monto del pago pasa de 19 mil a 40 mil pesos. Ante estas irregularidades, los opositores al proyecto manifiestan sus inconformidades y los granaderos y agentes de seguridad pública se lanzan a reprimirlos; cuando argumentan que dicha asamblea es ilegal y que están violentando los derechos humanos de los pueblos indígenas, los granaderos intervienen en favor de la empresa para intentar romper la manifestación que hacia evidente

las irregularidades,

limitando

con

su

presencia los derechos que se consagran para participar comunidad

como indígena

sobre las decisiones en torno al territorio afectado, afortunadamente se lograron elegir a dos personas justas a favor del movimiento y se firmaron convenios para que entraran medios de comunicación y se enteraran de lo que sucede adentro de citadas asambleas, pues de forma arbitraria se eligieron al presidente de la mesa, a la secretaria de actas y a los escrutadores, en ese 76


sentido hacen notar con estas prácticas la intención de tener el control de la discusión y de los puntos de discusión. Ante estos hechos surgieron algunos brotes de violencia por lo que miembros del Frente de Pueblos Indígenas en Defensa de la Madre Tierra, acordarón no caer en más provocaciones y dejar firmar a las pocas personas que insistían en seguir el juego de la Procuraduría Agraria, quien intentó engañar a los comuneros colocando las listas de asistencia como firmas en las actas que le otorgarían la propiedad de los terrenos a la Empresa para construir la autopista, ante este hecho los comuneros opositores comenzaron a marcar con la frase NO A LA AUTOPISTA en los espacios para firmar esos documentos y como muestra del rechazo; como parte del hostigamiento para aprobar el proyecto, se advirtió de manera equivocada por parte de los representantes del Gobierno y de la constructora, y con la intención de confundir a la comunidad, con los argumentos de que todos los otros pueblos ya han vendido y que estabamos forzados a vender porque el proyecto no se detendría ya que todo el territorio de los otros pueblos ya había cambiado el uso de su suelo por lo que la expropiación ya era un hecho, por lo tanto quedarían cercados y eso los obligaría a vender, incluso más barato, esas son las palabras que argumentan las autoridades. Hay 441 comuneros del padrón, de los cuales 109 tomaron la decision de aprobar el proyect con su voto en asamblea, 350 comuneros comenzaron a recibir dinero de parte de SAASCAEM mediante engaños y bajo presión de las instituciones que en todo momento acosaron a la polación para convencer a los demás comuneros de recibir el pago. Los de bienes comunales se encargan de hacer un padrón de comuneros para facilitar la legitimidad del proyecto, se eligen a comuneros que se sabe aprobaran el proyecto con los pagos que ofertan del Fideicomiso de Fondo Nacional de Fomento Ejidal FIFONAFE de 54 millones de pesos por los afectados. Los comuneros del padrón son elegidos de forma estratégica para lograr generar un conflicto y segregar a los directamente afectados, orillando a la población a aceptar la imposición del proyecto mediante presiones de índole política, policíaca y economica. Los comuneros que forman parte del padrón y están en favor del proyecto, por lo regular suelen estar acompañados de policías antimotines, junto a empresarios y representantes de las 77


autoridades gubernamentales quienes ingresan custodiados y toman el control de la asamblea para definir la orden del día, la mesa directive y los tiempos de toma de desiciones, así como sus contenidos. El 14 de agosto de 2013 ingresan a parte del territorio comunal como es costumbre, policías, empresarios, autoridades comunales y trabajadores de la empresa constructora, quienes con lujo de violencia y en total impunidad agreden a la población, protegiendo y custodiando a las maquinas y topográfos que trazan la ruta del proyecto, quienes custordiados por policías retoman lo trabajos que como hemos hecho mención son ilegitimos al existir juicios de amparo y resoluciones que anulan los convenios de ocupación previa y las asambleas que permitieron el paso del proyecto. La policía estatal por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, así como la polícía táctica del municipio de Lerma, acompañadas

de

Ministerio

elementos

Público

se

del han

presentado el día de hoy en la comunidad

portando

armas

de

grueso calibre. Han utilizado vallas y vehículos para impedir el libre tránsito de la población y han promovido el encapsulamiento de los pobladores que buscan acceder a zonas boscosas en peligro de ser arrasadas por el proyecto carretero. Ante estos hechos la Asamblea Nacional de Afectados Ambientales denuncia que resulta indignate que el Gobierno del Estado de México y del Municipio de Lerma en lugar de regirse por el Estado de Derecho y obligar a la empresa Autovan a deterner los trabajos de la autopista, en acato a la resolución emitida por el Tribunal Agrario, han coadyuvado en la violación del amparo otorgado a los opositores al proyecto carretero.

78


¿Por qué el gobierno facilita los trabajos la empresa privada Autovan en contra de las resoluciones del Tribunal Agrario?, ¿Por qué no son detenidos y procesados los trabajadores de la empresa?, ¿Por qué se hostiga con todo el peso de la fuerza pública a los pobladores? Esta agresión se enmarca en un contexto en el que los gobiernos estatales violan todas las leyes -por las que deberían velar- y cometen despojos en favor de proyectos carrtereos ilegales a lo largo de todo el país, tal es el caso de las autopistas Durango-Mazatlan, La Pera-Cuautla, Libramiento norte de Puebla, la Supervía Poniente en el Distrito Federal, entre otras y de las cuales la autopista Toluca-Naucalpan es sólo otro ejemplo que confirma la triste realidad nacional. Para el 26 Agosto de 2013 de nueva cuenta se convoca a una asamblea en Xochicuautla fuera de la Ley y bajo las mismas condiciones con las que se han presentado con anterioridad, una asamblea con una convocatoria ilegal y una acta ilegal pues no contiene en especifico los puntos tratados, ni refleja los resultados de las desiciones de la mayoria, con autoridades cooptadas y capturadas por parte de empresarios y políticos que de forma constante violentan los requisitos estipulados para convocar a una asamblea en la ley agraria, ni consideran el derecho constuetudinario internacional en términos de pueblos y comunidades indígenas, pues dichas asambleas, en todo momento están acompañadas de policías de la SSC quienes resguardan a parte del padrón de comuneros que ha favorecido a los empresarios y autoridades directamente beneficiadas con su voto. Las asambleas han sido ordinarias, mal hechas y han sucedido en todos los pueblos que están luchando

contra

el

carretero,

dentro

asambleas

al

proyecto de

interior

esas hay

ministerios públicos, personal de gobernación, policías municipales y policías antimotines, afuera de la asamblea aproximada

650

policías acuartelados en el campo de fútbol sitiando a la comunidad, 79


bajo operativos que infieren directamente en la toma de decisiones, pues ingresan con la intención de tomar el control y favorecer a políticos y empresarios involucrados en la aprobación del proyecto carretero.

Afuera del recinto donde se lleva acabo la asamblea, un centenar de personas de la comunidad protestan por la desición de algunos comuneros de vender el territorio comunal, lo que implica destruir de tajo no solo la tierra, si no también todo el proceso de cotidianidad que se centra en lo comunal del territorio como propiedad colectiva, pero también como eje rector de la cultura de las comunidades del Alto Lerma, mientras se desarrolla la manifestación, los policías comienzan a hacer vallas con sus toletes y escudos con la intención de privilegiar el acceso de los comuneros registrados en el padrón promovido por las autoridades Estatales en 2005. La orden de día y la mesa directiva al igual que en otras asambleas esta casi en su totalidad manipulada por las autoridades corruptas que hn sido pagadas para legitimar y promover el paso del proyecto, bajo el pago de 40 mil pesos han intentado convencer a los comuneros de vender sus terrenos, al margen de la presión con la que han insistido en la aprobación del proyecto. El 31 de marzo de 2014 se realiza una asamblea general de acuerdo con la primera convocatoria expedida para esta fecha, misma que se publico en los lugares más visibles del núcleo, a dicha convocatorio, no asistió el quórum necesario para celebrarla según lo contenido en la ley agraria y sus especificaciones para el desarrollo de las asambleas generales y ordinarias, se firman el acta de no verificativa el presidente Francisco Ortega García,

Primer

secretario

Gregorio de la Cruz Alfaro, Segundo

secretario

José

Marcelino Castañeda, dicha acta hace mención del cambio de fecha de 14 a 13 de Abril de 2014

para

la

segunda

convocatoria.

80


El 13 de abril de 2014 desde temprano como es costumbre y como van figurando los dispositivos expropiatorios en la apropiación de tierras y territorio de los polígonos en coflicto, alrededor de 800 policías estatales

de la Secretaria de Seguridad Ciudadan,

tendieron un cerco a la comunidad e iniciaron la revisión de vehículos e identificaciones de quienes se aproximaban al lugar donde esta mañana se celebraría una asamblea para renovar a los representantes de bienes comunales de San Francisco Xochicuautla. El cerco se reforzó con policías trasladados en unos 50 vehículos; los uniformados, incluso, llegaron a la comunidad a bordo de taxis de Metepec. Con vallas metálicas, los agentes cerraron accesos a la comunidad e instalaron puestos de revisión mientras franqueaban el paso a autobuses de turismo que transportaron a comuneros y pobladores de otras regiones con lonche en mano y un distintivo verde en el pecho para identificarles, suponemos en caso de haber alguna acción de represión por parte de la fuerza publica que acompaña a los comuneros y autoridades cooptadas. Está convocada la asamblea para la elección de comisario y autoridades comunales -se hacen dos vueltas, la primera atiende a los usos y costumbres mientras la segunda a la ley agraria-. El peligro radica en que, como ya se mencionó, el gobierno y las personas con intereses particulares sobre el territorio buscan imponer en esos cargos públicos a personas que les respondan a ellos y no a la población que se supone tendrían que representar como autoridades auxiliares, dichos procedimientos, están condicionados por la incidencia de las administraciones municipales y estatales que se han agrupado como beneficiaros y promotores del paso del proyecto, y en ese mismo sentido ejecutores, ordenadores e intelectuales de los dispositivos expropiatorios. La dinámica para las elecciones es que en la primera vuelta la votación es abierta para toda la población, para que entre todos elijan las planillas de candidatos -divididas en dos triadas de presidente, secretario y tesorero, una para la sección comunal y otra para el consejo de vigilancia- que en la segunda vuelta son votadas solamente por los comuneros. La planilla que resultó electa a través del fraude y de las notorias practices de corrupción, que documento el Frente Indígena en Defensa de la Madre Tierra, está conformada por Ángel Valdez Ramírez, José Manuel Domínguez Ballesteros, Antonio Guadalupe Saavedra, y por

81


parte del consejo de vigilancia, Juan Juárez González (presidente), Crescencio López (primer secretario) y Mario Hernández (segundo secretario). “Como estrategia, el gobierno creó una alianza con las personas antes mencionadas de las comunidades de San Francisco Xochicuautla y La Concepción Xochicuautla para continuar con el despojo de las tierras para la construcción de la autopista privada Toluca-Naucalpan,

pues

han

sido ellos a quienes la ley agrarian principales

consider

como

representantes,

ignorando en su mayoria a la población

directamente

afectada”. Es precizo recalcar ante la gravedad de los hechos, que el magistrado Jorge Silva Cano, del tribunal unitario agrario, con sede en Toluca cumplió la ejecutoria del amparo directo 48/2014, dictado el 2 de mayo, y con el cual se decreta la nulidad de las asambleas irregulares con las que se pretendía legalizar la autopista; además de invalidar el convenio de ocupación previa; es decir que tanto el Sistema

de

Autopistas,

Aeropuertos,

Servicios Conexos y Auxiliares (Saascaem) como la empresa constructora, se quedaron sin ningún documento legal que pueda avalar la incursión del proyecto, pues meses atrás ya también se había decretado la inválidez del decreto que intentó penosamente

implementar

el

gobernador

mexiquense, está sentencia ha sido alebosamente ignorada pues apesar de tener conocimiento las autoridades han evitado tocar el tema, pero 82


sobre todo respetar el fallo en favor de la comunidad, incumpliendo con lo dictado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En marcado en las mismas expresiones de los dispositivos expropiatorios que representan las asambleas como organismos cooptados que más que reconocer, desconocen a la población en general en la toma de desiciones respecto a sus terrenos de uso común y en consecuente al futuro de su vida y cultura como pueblos originarios del Alto Lerma, en otra de las coordenadas dentro de la geografía del despojo, el 27 de febrero de 2015 desde las dos de la mañana, al menos 20 camionetas y tres camiones de la policía del Estado de México, de la Secretaria de Seguridad Ciudadana y el grupo Tactico de la policia de Lerma, sitiaron las orillas y centro de la comunidad de San Francisco Xochicuautla como es costumbre, debido a la celebración de una asamblea que tiene la intención de indemnizar a los afectados por el proyecto autopista Toluca-Naucalpan, esto quiere decir que tiene la finalidad de culminar con el proceso de despojo, en la medida que van a pagar a quienes han aceptado el paso del proyecto sin ser directamente afectados. La comunidad en todo momento responsabilizo al gobernador de esta entidad, Eruviel Ávila Villegas de forzar la aprobación del proyecto y su continuación en tierras y territorio en conflicto, ya que desde el principio han violentado derechos especificos, politicos, culturales y economicos de la comunidad, lo que representa graves daños con consecuencias irreversibles para las comunidades del Alto Lerma. Aunado a eso, la comunidad denunció de nueva cuenta que el comisariado de bienes comunales, Ángel Valdez Ramirez, pretende reactivar el proyecto carretero en este lugar, en donde la empresa pagará una indemnización a los supuestos afectados por el paso de la carretera en el bosque otomí-méxica, pero tan sólo 173 de los 882 comuneros asistieron a la asamblea y muchos de estos ni siquiera serán perjudicados por la vía y han recibido beneficios directos del pago de indemnización con el que están convenciendo a los comuneros de vender sus tierras. Al margen de los procesos de legitimación del proyecto carretero con caracteristicas de utilidad privada, y sobre todo bajo el cobijo de las constructoras favorecidas por las licitaciones de Enrique Peña Nieto como gobernador del Estado de México y ahora como presidente de la república. Desde donde el 9 de julio de 2015 se publicaron en el Diario 83


Oficial de la Federación (DOF) varios decretos expropiatorios para abrir paso a la autopista Toluca-Naucalpan concesionada a TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA (el mismo implicado en la investigación de la casa blanca y los panamá papers). Decreto que destaca las afectaciones a la comunidad de San Francisco Xochicuautla, y su barrio La Concepción, en Lerma, Estado de México con 37-93-86 hectáreas de agostadero de uso común, los otros tres decretos para el mismo fin, se refieren a los ejidos San Pedro Totoltepec, Toluca, el ejido de San Mateo Atenco, del municipio del mismo nombre, y el ejido San Francisco Chimalpa, sobre el cual se enumeran 11 expropiaciones previas, todas, por supuesto, para infraestructura en la zona que integra el proyecto de urbanización de la zona norte. Se detalla en el decreto que “los días 5, 8, 9, 10 y 12 de junio se llevaron a cabo diversas asambleas con los representantes de la comunidad San Francisco Xochicuautla y su Barrio La Concepción, con objeto de realizar las consultas que conforme a derecho se requerían por tratarse de una comunidad indígena. Como resultado de ello, la comunidad consultada se pronunció por aprobar la construcción y operación de la Autopista Toluca-Naucalpan y autorizaron al gobierno mexiquense, a continuar con el proyecto de expropiación correspondiente”.29 Cabe resaltar que la consulta debió de haberse realizado antes siquiera de intentar ingresar al territorio, antes de que las máquinas comenzaran a trazar brecha junto con los trabajadores de TEYA S.A de C.V filial de Grupo HIGA y no anunciarla en 2015 con la publicación del decreto expropiatorio y bajo la reglamentación de los acuerdos internacionales en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas. Fue entonces que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales determinó indemnizar a la comunidad por las tierras a un precio de valor comercial y le asignó un valor de 286 mil pesos por hectárea, lo que representa diez millones 850 mil pesos por la superficie expropiada. Cabe señalar que gran parte de la comunidad de Xochicuautla se ha opuesto a esta obra pues consideran que será el punto de lanza para urbanizar toda la zona boscosa de Lerma y parte del área natural protegida denominado Bosque de Agua, que es donde se recarga el 29

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5399973&fecha=09/07/2015

84


acuífero del Lerma. En el decreto, el gobierno federal justifica la expropiación y la utilidad de la obra de la siguiente manera: “Se considera que los terrenos materia del procedimiento expropiatorio constituyen paso obligado de los flujos vehiculares entre la capital del país y la ciudad de Toluca, así como para conectar ambas áreas metropolitanas; por lo que resulta un factor determinante para el desarrollo económico y social para el Estado de México, y para la consolidación, ampliación y modernización de la red de autopistas de altas especificaciones que haga más segura, económica y confortable la interconexión de polos de desarrollo industrial, turístico, comercial y, en general, del transporte de bienes y personas. El decreto expedido por Peña Nieto exhibe la ilegalidad del procedimiento expropiatorio en virtud de que: Desconoce todos los procedimientos jurídicos que han interpuesto los comuneros y pobladores opositores al proyecto carretero desde su inicio. Miente al afirmar que se notificó a la comunidad a través del Comisariado de Bienes Comunales, el pasado 9 de febrero y que ésta no presentó inconformidad alguna, cuando la oposición de la comunidad de Xochicuautla se ha expresado públicamente, mediante procedimientos jurídicos y ha sido reprimida en varias ocasiones, no sólo en 2015, sino durante los últimos ocho años. El presunto proceso de “consulta”, la cual se asegura en el decreto que se realizó los días 5, 8, 9, 10 y 12 de junio [de 2015] (supuestamente en cumplimiento de los artículos 1 y 2 constitucionales y del Convenio 169 de la OIT), ocurrió sólo en el papel como muestra de la simulación con la que las instituciones gozán de impunidad al favorecer a los empresarios para dar continuidad al proyecto carretero. Además de ser inexistente esta supuesta consulta, el decreto expropiatorio asume de forma cinica los principios de la consulta libre, previa, informada, adecuada y de buena fe cuando jamás se respeto el derecho colectivo que a la fecha es irreparable, por el simple hecho de que la consulta debió hacerse no cuando el gobierno emite un documento de carácter expropiatorio, sino con anterioridad incluso al anuncio de las intenciones de construir este ilegal proyecto carretero, por lo cual la consulta que Peña Nieto se jacta de realizar en la comunidad, es una mentira 85


que se ha legitimado bajo el discurso oficialista de la expropiación y el bien común, en sí esa acción ilegal constituye una violación de este derecho fundamental de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, un daño irreparable a la comunidad, puesto que, en junio de 2015, no puede decirse que la consulta se hace previamente (y mucho menos es libre, informada, adecuada o de buena fe), siendo que las obras se están realizando desde tiempo antes de que la “consulta” ocurriese, mediante el uso recurrente de la fuerza pública, la criminalización de la protesta y la intimidación a los habitantes de la comunidad de San Francisco Xochicuautla y de varias otras de la región. Una evidencia más de la ilegalidad del decreto expropiatorio consiste en que, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) emitió una opinión favorable a la expropiación el 25 de septiembre de 2014, esto es, ¡un día antes de que SAASCAEM solicitara la expropiación! Por supuesto, nada de esto se informó a la comunidad de San Francisco Xochicuautla durante la supuesta consulta de junio de 2015 que jactan de haber realizado en términos de los derechos de pueblos y comunidades indígenas. En todo momento, las asambleas han sido cooptadas por los intereses económicos y políticos de autoridades locales, municipales, estatales y federales que son complices del delito de despojo que desde 2007 instaura en la comunidad distintos dispositivos expropiatorios que van adquiriendo forma en las instituciones locales, en este caso en la representación de la asamblea y de su comisariado de bienes comunales, quienes de forma constante han sido ejecutores de la cooptación y captura de la representación con la que han cobijado la aprobación, institucionalización y legitimación del proyecto carretero. Lo que quiere decir que, la asamblea y su mesa directiva han dispuesto los tiempos, espacios y desiciones en favor de la empresa y de las autoridades en turno, quienes de forma ilegal y sin consultar a la población, se han convertido en operadores del despojo al interior de la comunidad, forzando la toma de desiciones, personificarse en la presencia de agentes de seguridad pública al interior y exterior de la asamblea, acompañando de cerca a quienes se ven beneficiados del proyecto, hablamos de los empresarios, las autoridades municipales, estatales y la mesa directiva que se sostiene en el padrón de comuneros estratégicamente registrado con una mayoría de comuneros que no son directamente afectados. 86


Las asambleas en su expresion general como máximo órgano de toma de desiciones, bajo usos y costumbres podría entenderse como parte de la trama común y de la narrativa política de la construcción de la existencia, ya que es un escenario de convivencia donde se construye a través de la palabra, los argumentos que definen las desiciones, pero también las consideraciones y el esquema de trabajo colectivo que dispone de la actividad comunal de la población, ya sea definiendo temas, de aguas, celebraciones, rituales, fiestas, así como faenas de conservación, ceremonias entre otras prácticas culturales que le situan en un espacio, territorio que ha sido usurpado a través de distintos mecanismos de apropiación que del otro lado de la línea, se observa a la asamblea como un dispositivo expropiatorio que da legitimidad al proceso de despojo, al descentralizar del orden de lo común, de la vida comunitaria, privilegiando intereses particulares en los planes de desarrollo que transgrede los principios de vida de la comunidad y su territorio comunal. Las asambleas como dispositivos expropiatorios, son espacios de conflicto, que confrontan familias enteras, vecinos, autoridades tradicionales, pues al ser usurpados por el Estado como una institución encargada de la propiedad de tierras y territorios y bajo la connotación agraria con la que definen el bien común en términos de los procesos expropiatorios, comienzan a reglamentar la participación y a hacer visible el cruce de intereses bajo la continuidad de la corrupción, la ilegalidad, las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas a través del uso de la fuerza pública para garantizar el paso del proyecto. El uso de la fuerza publica esta totalmente ligada a la criminalización y represión en tanto existen inconformes que han manifestado y denunciado en repetidas ocasiones los daños irreversibles que provoca el proyecto carretero a la vida comunitaria, desde que las asambleas se han convertido en escenarios de conflicto, la presencia de las fuerzas publicas se va delineando como complice del despojo, puesto que han sido ligados principalmente a la defensa de trabajadores, topográfos y empresarios que en repetidas ocasiones han intervenido el territorio de la comunidad para realizar trabajos, pero también para garantizar que las asambleas se lleven en estricto orden que convenga a los beneficiarios del proyecto, toda esta relación de fuerza, muestra la ingeniería de apropiación con que el estado utiliza

87


dispositivos expropiatorios a travĂŠs de ejecutores y ordenadores que toman el control de las desiciones, del imaginario y del uso de la violencia para imponer el proyecto.

88


Criminalización y represión30.

Cercano al proceso de legitimación del proyecto vía las asambleas y sus implicaciones en la cooptación de

autoridades,

población

en

comuneros

general

que

y ha

asumido el discurso y las prácticas oficialistas como única opción ante la amenza del proyecto carretero, como parte de otros dispositivo que embonan en las condiciones neceseraias para hacerle posible, en ese contexto, la represión y criminalización se han convertido en prácticas de violencia normalizada y sistematizada que lejos de garantizar la seguridad y la paz social como pregonan, vulneran la vida en todas sus dimensiones; la presencia de policías de la Secretaria de Seguridad Ciudadana es común, así como de otros elementos de la fuerza pública, policía Estatal y Tactica de Lerma, quienes el 14 de mayo de 2013 ingresan a tierras y cultivos de pobladores de Xochicuautla, protegiendo a la maquinaria que con su paso fue abriendo brecha para marcar el camino por donde pasa el proyecto carretero dañando arboles, estacando y destruyendo todo a su paso, afectando terrenos de siembra, principalmente de maíz azul que combinan con haba y frijol en algunos casos, es preciso decir que las milpas además de ser una forma de policultivo importante en la aimentación y formas de subsitencia de la comunidad, es también un eje central en el desarrollo de la vida común, comunitaria y cotidiana, pues es en ella donde se reproducen las prácticas históricas, tradicionales y epistemológicas, que dan sentido a la vida de las comunidades ñhäto, de ahí que la agreción a la tierra, transgrede las dimensiones netamente materiales, pues tiene impacto en la vida misma, pero sobre todo en el sentido de ella, durante estos hechos los dueños de esos predios, intentan detener el paso de las maquinas y son brutal e injustamente detenidos de forma violenta y arbitraria

30

Dichos dispositivos expropiatorios, contienen desglosada la información de los hechos, cruzada con las violaciones a derechos de los pueblos y comunidades indígenas en las fichas de documentación de hechos, victimas y perpetradores para su consulta detallada.

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por los agentes de la SSC quienes derribaron y golpearon a las persona que se opusieron al paso de la maquinaria. Alrededor de las 13:30 hrs, los mismos que acompañan las maquinarias y a los empresarios, arrestan de forma selectiva a 14 compañerxs (Rosa Santos Bermúdez 68 años, Lidia Gutiérrez Santos 32 años, Hilda Gutiérrez Santos 29 años, Daniel Reyes

Ramírez,

Octavio

Morales

Alfaro 42 años, Basilea Pérez de la Cruz 54 años, Juan Jesús López Ortega, Melitón Ortega Villavicencio 48 años, Silvia Domínguez Martínez 49 años, David Ortega, Zaret Ortega Pérez 20 años, Margarita Hernández Mejía, Jesús Ortega Ramírez 62 años, Francisco Flores Gutiérrez 48 años, Antonio Ortega Villavicencio), todxs pertenecientes a la comunidad, todxs indígnas nhäto, todxs defensores del bosque otomí-mexica. Nuestros compañeros que tienen tierras de cultivo que son propiedad privada revisan sus milpas y les avisan que hay maquinaria y granaderos en sus tierras, se van al sembradío y se dan cuenta que hay maquinaria destruyendo tierras y es obvio que se oponen y detienen arbitrariamente a 14 compañeros, no hay agresión por parte de nuestros compañeros a los policías y los integrantes de la empresa. los compañeros estuvieron 3 días detenidos, se les condiciono para salir, los dejaron en libertad acusándoseles de delitos absurdos como obstrucción de via publica. Con esa detención que es parte de un operativo represivo que se desarrolla desde hace cerca de 10 años en la comunidad, intentan las autoridades condicionar la libertad, para llegar a acuerdos que permitan terminar con la oposición al proyecto y garanizar el paso de tal, presión que se tuvo durante todo el día sin existir ningún delito que perseguir en contra de nuestros compañeros, insisten las autoridades “tus compañeros están presos nos sentamos a platicar para hacer acuerdos y los dejamos libres”, no cedimos, los compañeros salieron

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libres y el mensaje es bien claro así es como actúa el Gobierno en contra de los pueblos indígenas. Una compañera estuvo presente en el momento en que los primeros pobladores acudieron ante la entrada de las máquinas. Momentos después ella se fue corriendo al internet más cercano (1km), para dar la alerta a todo el mundo, durante este lapso de tiempo, aprovecharon los granaderos para llevarse violentamente a dos señoras que se pusieron en el camino de las máquinas. Posteriormente los demás compañeros quisieron intervenir y también se los llevaron presos, solamente una señora y un joven alcanzaron a escapar para avisar de lo que había sucedido.

Los argumentos con los que fueron acusados por el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (SAASCAEM) fue la supuesta obstrucción a la construcción de obra pública; por el hecho de defender de forma pacífica sus tierras y oponerse a la entrada ilícita y violenta de maquinaria perteneciente a TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, “Autovan” Autopistas de Vanguardia, S.A de C.V, ilegal en el sentido que no han presentado ninguna documentación oficial que garantice su paso por esas tierras, salvo los inentos amañados de legitimar las asambleas y sus actas, aunado a esto, no se cuenta con las consultas previas necesarias incluidas en el derecho internacional por lo que nos queda claro que el uso de la fuerza pública forma parte de los dispositivos expropiatorios que van avanzando en el territorio como instrumentos de despojo, que se incertan en todo el conjunto de relaciones sociales que se ven afectadas, la detención sin duda es muestra clara del contexto de violencia en el que se desarrolla el proyecto carretero y por consecuencia las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, esta institución es encargada de la mayoría de lo procesos de apropiación para la creación de sistemas de autopistas en su mayoria particulares, consecionadas a TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, OHL, ICA y otras que se han apropiado de los procesos de licitación, pero que tambien son responsables del contexto de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas en el Estado de México, contexto en el que aparece el conflicto de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, frente a el Gobierno del Estado, las intituciones políticas y el grupo de empresarios favorecidos que se encargan del desarrollo de los sistemas de autopistas privadas, que en la actualidad se han caracterizado como ejes de movilidad en el Estado de México como lo muestra el siguiente mapa.

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Entre mayo y agosto de 2013 se llevรกn acabo las asambleas que tambien incluyen procesos de criminalizaciรณn y repression como parte complementaria de los dispositivos expropiatorios,

principalmente

de

la

protesta y la diferencia, lo que incluye multiples formas de ejecuciรณn, acoso, hostigamiento, confrontaciรณn directa e indirecta y agresiones directas e indirectas tambien, contra quienes se manifiestรกn fuera de la asamblea y dentro, quienes son los principales afectados de los operativos policiacos que ingresan a la comunidad ya

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sea para realizar trabajos de medición, topográficos, de tala y brecha, convencimiento, cooptación y captura para la construcción del proyecto carretero privado. Los empresarios y representantes de la constructora de la autopista privada Toluca– Naucalpan, acompañados de personal de gobernación, policías estatal y municipal, así como “representantes de bienes comunales” de esta comunidad y cientos de granaderos aproximadamente 400 invadieron nuevamente nuestra comunidad tratando de iniciar trabajos para la realización de dicho proyecto, el día de ayer lo volvieron hacer en las mismas condiciones sin embargo al enterarse que la gente se empezaba a organizar duplicaron el número de policies y su presencia en el bosque. Han utilizado las autoridades en complicidad con el grupo de empresarios encabezado por Hinojosa Cantú a la fuerza pública para proteger a

trabajadores

y

empresarios

que

sin

consentimiento de los pobladores han ingresado a territorio comunal, sin autorización, ni documento legal que los avale a realizar trabajos para una brecha, así como el trabajo de topógrafos para el paso de la carretera, los policías

principalmente

de

la

SSC

han

participado de la custodia de trabajadores y empresarios para garantizar el paso de la maquinaria, así como han participado del hostigamiento y confrontación con la población al privilegiar el paso del proyecto, vía la represión y criminalización como ha sucedido anteriormente, principalmente al ordenar detener a quienes se opongan al proyecto y limitarles en el acceso a las asambleas. Con eso continúan rompiendo flagrantemente la ley, dado que para la fecha se mantenían vigentes varios juicios de nulidad y suspension 647/2011, además de contar con el amparo No. 504/2013, aceptado el día 27 de mayo del 2013, el cual ordena la suspensión provisional de las obras de construcción de la autopista en terrenos comunales. 93


El 28 de enero de 2014, nuvamente sin consultar a la población y sin considerar la importancia de tierras y territorios para la continuación de la vida de la comunidad, las autoridades han puesto en operación diversos aparatos represivos en la comunidad para proteger el trabajo de topógrafos y talamontes que van trazando la brecha, junto al operativo policíaco acompañan también autoridades comunales que han sido compradas, capturadas o cooptadas por los intereses politicos y económicos del proyecto. Hoy nuevamente nuestra comunidad indígena se ve acosada por el terrorismo de

estado

usando

que

para

están seguir

llevando a cabo el despojo de

nuestros,

recursos

naturales que son de todos, en

esta

defendemos;

comunidad BOSQUES,

AGUA Y OXIGENO que es de toda la sociedad aunque no sean indígenas, sin embargo nuevamente policías antimotines, otros con armamento, los mandan a resguardar a personal de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA y la empresa AUTOVAN S.A. de C.V. para que continúen talando miles de árboles. Posterior a la reunión entre el Gobernador del Estado y empresarios se intensifico el ingreso a tierras y territorios para derribar 200 árboles aproximadamente por donde pretende pasar la carretera, pero sobre todo darle la legitimidad política que requieren para seguir el proyecto pese a las consecuencias ambientales y culturales que este implica para las comunidades afectadas. El 4 de febrero de 2014 más de 70 granaderos y policías fuertemente armadas, volvieron a subir al bosque otomí-mexica, santuario del agua del Estado de México, para custodiar a individuos que derribaron árboles de ocote y encino. Lo hicieron tres días después de que Eruviel Ávila Villegas, gobernador de la entidad, se reuniera con alcaldes y la empresa concesionaria (Autovan), interesados en reactivar el proyecto carretero Toluca-Naucalpan, 94


las intervenciones consisten en impedir que la población suba a donde las maquinarias están trabajando e impidan su continuación, al parecer las ordenes que siguen una linea jerarquica vertical toca a operadores, ejecutores e intelectuales en torno al ejercicio sistematico de criminalización Nuevamente el 8 de octubre de 2014 ingresaron topógrafos, ingenieros y talamontes, custodiados por policías estatales, quienes entraron en tierras comunales sin autorización alguna para retomar los trabajos del megaproyecto

carretero

autopista privada TolucaNaucalpan. A la fecha han talado más de cien árboles en diferentes zonas y han realizado –sentencias de muerte– a muchos más, han realizado mediciones y delimitación con estacas dentro de terrenos comunales en lo que consideran los poligonos por donde se delimita la extensión del trazo que seguiría la autopista. La intromisión la encabeza un sujeto llamado Fernando Ambriz, acompañado de un número importante de policías estatales, personal de la empresa ha estado derribando con moto sierras, un gran número de árboles para ir abriendo brecha,

trabajos de medición y

estacando tierras y territorios por el trazo del proyecto carretero denominado autopista Toluca –Naucalpan, haciendo correr el rumor entre la población que van a detener a los que no les permitan trabajar, argumentando que son ordenes de muy arriba, que esto ya no se puede parar. Damos a conocer que no cuentan con un documento que avale su presencia en nuestro territorio ya que hay un juicio de amparo directo (48/2014 acuerdo del primer tribunal colegiado del segundo circuito, correspondiente a la sesión del 2 de mayo del 2014.)

95


Expresan su indignación, acusan y responsabilizan de los posibles conflictos que deriven de este desacato a los representantes de bienes comunales que encabeza Ángel Valdés Ramírez y al gobernador Eruviel Ávila, por desconocer el fallo a favor de la comunidad en la sentencia del juicio de amparo y permitir pese a dicha sentencia el acceso a maquinaria y trabajadores de la empresa bajo consentimiento de las autoridades involucradas, que señalan como benefactores directos, incluyendo a las autoridades de bienes comunales que bajo consentimiento del Gobierno del estado han operado a nivel interno los dispositivos expropiatorios. El gobernador mexiquense es acusado de cometer desvío de poder (o sea de dar preferencia a los intereses de las empresas y abrirles margen de acción en perjuicio de la población a la que debe servir, desobedeciendo el mandato por el cual se le confieren facultades de gobierno y administrativas) y de violar los derechos humanos de la población de Xochicuautla, así como los de una población mayor que se beneficia con el agua proveniente de la recarga de los mantos acuíferos de este bosque (incluyendo a la población del Valle de Toluca y del Distrito Federal). Responsabilizamos al gobernador del estado de Mexico Eruviel Avila Villegas, de los hechos o conflictos sociales que puedan pasar en nuestra poblacion, por la intromicion en nuestro territorio comunal, de la empresa y policias antimotines varios con armas de fuego de grueso calibre, que junto con el personal de la empresa constante hostigan y amenazan a ciudadanos de la población. Responsabilizamos también a los representantes de bienes comunales que encabeza Ángel Valdés Ramírez, al segundo delegado municipal Oscar Flores García y al presidente del consejo de participación ciudadana Raúl Alfaro Flores por seguir dividiendo a la comunidad y no pronunciarse en contra de dicho proyecto, al cual solo se han dedicado a promover. El 17 de octubre de 2014 nuevamente sufrimos una nueva invasión desde temprano, otros 400 granaderos que protegen a la empresa que destruyo de nuevo parte de nuestro bosque sagrado. Como es costumbre, las invasions en el territorio indigena, sagrado, comunal, ancestral y nativo con lo que paulatinamente han ido destruyendo el bosque, casi siempre es 96


acompañados de fuerza pública utilizada según las autoridades al margen de la

seguridad

corresponde

que

les

garantizar,

seguridad que sin duda es parte de los mecanismos de despojo con los que privilegian a politicos y empresarios para forzar el paso del proyecto, lo que implica graves violaciones, principalmente a los derechos colectivos de pueblos y comunidades indígenas. En su mayoría, los agentes de seguridad, trabajadores y topográfos ingresan sin autorización de la comunidad y sus autoridades representativas y tradicionales, ni a través de sus organismos de toma de desiciones, en este caso las asambleas que han estado repletas de irregularidades, en las incursion los acompañan autoridades locales que han sido capturadas o cooptadas previamente por los intereses de empresarios y politicos articulados en los procesos de financiamiento, operación, construcción y conseción de megaproyectos. Con su presencia, las autoridades buscan, proteger el paso del proyecto y con ello a los trabajadores que de manera ilegal allanan tierras y territorios para abrir brecha al paso de la carretera, lo que provoca tensión y en ocasiones enfrentamientos con la Policía producto de las agresiones que estos hacen a la población, estrategias que desencadenan procesos de criminalización y represión que no son aislados de los mecanismos y dispositivos expropiatorios que se cruzan entre sí durante todo el proceso de apropiación del territorio.

97


Por tercera vez en este año, el 3 de noviembre de 2014, elementos de la Secretaría de Seguridad

Ciudadana

del

Estado de México —cerca de 600 agentes, de acuerdo con los testigos— entraron al bosque

Otomí

Mexica

protegiendo a trabajadores de la empresa Autovan, SA de CV.

Como

en

ocasiones

anteriores, los comuneros subieron, acompañados de medios de comunicación y organizaciones defensoras de derechos humanos, para solicitar a los representantes de la constructora, los papeles que avalaran su presencia, así como la tala de árboles que han estado realizando y que es el motivo de su presencia nuevamente en la comunidad. Ante la negativa de los elementos del cuerpo de granaderos para diálogar, y ante la ausencia de avales para los trabajos de la autopista, los ñätho solicitaron que se retiraran, pero las máquinas comenzaron a avanzar en forma de hostigamiento y con la presión de intimidar a quienes defienden el territorio en conflicto, todo esto con la intención de generar una confrontación y justificar la detención de miembros del la comunidad y del Frente de pueblo indígenas en defense de la madre tierra. Alrededor de la 1 de la tarde, la policía

estatal,

ministerial

y

municipal junto con personal de gobernación y topógrafos de la empresa Autovan S. A de C.V. ingresaron ilegalmente al paraje conocido de “Zarzamora” de la comunidad indígena de San Francisco Xochicuautla. Vecinos de la comunidad se acercaron 98


para pedirles que se retiraran porque no tenĂ­an permiso para estar en territorio comunal. Los trabajadores de la empresa, con toda la intenciĂłn de provocar, encendieron su maquinaria pesada y la hicieron avanzar hacia los pobladores que se encontraban defendiendo sus terrenos. Al tiempo, los policĂ­as comenzaron a agredir y a golpear a los vecinos que intentaban dialogar. En el acto fueron detenidos de manera arbitraria 3 mujeres y 5 hombres, entre ellos, varios adultos mayores.

99


Entre los detenidos están Francisca Reyes Flores, Mauricio Reyes Flores, Armando García Salazar, Venancio Hernández Ramírez, Domingo Hernández Ramírez, Jerónimo Martínez, Rosa Saavedra Felipa, Gutiérrez Petra, la detención incluye a autoridades y representantes comunitarios que se opongan al desarrollo del proyecto, contexto de represión, normalización, criminalización y violencia que incluye a todas las autoridades que han empeñado sus esfuerzos conjuntos en dar continuidad a un proyecto que jurídicamente, ambientalmente, culturalmente y políticamente no es viable y a tenido consecuencias graves al interior de la comunidad, desde la confrontación entre pobladores, familias, así como la detención, hostigamiento y acoso de miembros de la comunidad y del frente de pueblos indígenas en defensa de la madre tierra, situación que han vulnerado los derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas. La detención, esta inscrita en un contexto donde el uso de la fuerza pública se ve cruzado por los interés capitalistas de políticos y empresarios, esto en la medida que disponen de instituciones, elementos de la policía, leyes y demás para dar legitimidad a los distinto dispositivos expropiatorios que van delineando el contexto del conflicto, en este caso puede observarse que mediante más avanza el proceso de institucionalización del despojo a través de las asambleas y la cooptación de autoridades aumenta la represión sistematica y dirigida sobre los principales opositores. El 3 de junio de 2015 aproximadamente a las 10:15 horas, nuevamente personal de la empresa filial de Teya, acompañada de agentes de la policía del Estado de México y policía Municipal vuelven a ingresar al territorio que se encuentra en disputa, ignorando lo que dicta el Juicio de Amparo directo 48-2014 de fecha 2 de Mayo del mismo año donde concede el amparo y protección de la justicia a la comunidad como parte quejosa para que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 9 con residencia en Toluca, declare la nulidad de la Asamblea General de Comuneros del 14 de Agosto del 2011 en primera y segunda convocatoria, así como de registro e inscripción del Registro Agrario Nacional. El Tribunal Unitario Agrario da cumplimiento a la ejecutoria el día 15 de Mayo del 2014 y resuelve en el apartado numero tercero que a la letra dice: se declara la Nulidad del Acta de Asamblea de 14 de Agosto de 2011, primera convocatoria de Mayo del 2011, segunda convocatoria del 29 de Mayo del 2011 y reposición de segunda convocatoria del 12 de 100


Junio del mismo año de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla y su anexo La Concepción, Municipio de Lerma, Estado de México, de la misma manera se declara la Nulidad del registro e inscripción realizado por el Registro Agrario Nacional respecto de los documentos antes descritos, relativos a la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, Municipio de Lerma, Estado de México. Otra vez sitian nuestro territorio tratando de seguir haciendo trabajos para imponer su proyecto de muerte denominado Autopista Toluca Naucalpan los cuales hemos logrado en este momento retirar. Nos queda claro el acoso, la intimidación, las persecuciones, el hostigamiento buscando con ellos la represión u otras formas de detener la defensa de nuestro bosque, “esta es la forma de como el Estado Mexicano desvía el poder y violenta a las Comunidades Indígenas como la nuestra”. Como respuesta a las agresiones por parte del Estado, quienes en complicidad con los empresarios y autoridades de

bienes

comunales

forman parte del despojo como perpetradores de las violaciones a los derechos humanos y derechos de pueblos

y comunidades indígenas,

responsabilizamos Enrique

Peña

a Nieto

Presidente de la República, Eruviel Avila Villegas Gobernador del Estado de México, Erick Sevilla Presidente Municipal de Lerma y a las autoridades de bienes comunales Ángel Valdez Ramirez de lo que pueda suceder en los próximos días ya que puede ser una provocación planeada o violenta a nuestra comunidad indígena. Nuevamente el día de hoy 17 de junio de 2015 y dentro del contexto de apropiación que ha incrementado posterior a la detención y a la incursión de maquinaria para derribar grandes 101


extensiones boscosas, han ingresado a la comunidad indígena de San Francisco Xochicuautla trabajadores de la empresa Autovan s.a de c.v acompañados de Policías Estatales fuertemente armados, entre ellos personal del Gobierno del Estado y Policía Ministerial en un automóvil blanco con No de placas MBB-51-, quienes ilegalmente siguen realizando trabajos topográficos y tala de arboles para dar continuidad al Proyecto de Muerte denominado Autopista Toluca Naucalpan; parte de sus prácticas de apropiación corresponden al hostigamiento, represión y amenazas hacia

los pobladores de la

comunidad que se oponen a dicho proyecto. Responsabilizamos al Comisariado de Bienes Comunales presidente Ángel Valdez ya que junto con sus integrantes realizan convenios para que la empresa ocupe nuestros pasos (caminos) sin permiso de la comunidad. La Comunidad Indígena de Xochicuautla pese a las represión que esta sufriendo sigue totalmente en desacuerdo al paso del proyecto de muerte Autopista Toluca Naucalpan y hace responsable a las Autoridades Bienes Comunales, Gobierno Municipal y Gobierno del Estado de lo que vaya a suceder en los próximos días como consecuencia del acto ecocida que se comete contra el bosque y el epistemicidio contra la comunidad. El día 18 de junio de 2015 en el mismo contexto de violencia e institucionalización del despojo, ha sido sitiada la comunidad Indígena de San Francisco Xochicuautla por trabajadores de la empresa Autovan S.A de C.V custodiados de nueva cuenta por Policías Estatales, entre ellos personal del Gobierno del Estado y Policía Ministerial, la comunidad de Xochicuautla se encuentra inconforme desde el principio y responsabiliza de los actos de hostigamiento en particular al Presidente de Bienes Comunales Ángel Valdez, quien ha realizado acuerdos que en ningún momento la comunidad otorgo permiso de acordar para que dicha empresa pudiera realizar los trabajos en el territorio comunal. Denunciamos los convenios que las autoridades de bienes comunales están realizando bajo la manga por millones de pesos que solo tiene un beneficio personal para estas personas y que en ningún momento se tomo en cuenta la opinión de población en general de Xochicuautla mucho menos a las personas que se oponen a este proyecto quienes solo han recibido amenazas, hostigamiento, represión 102


Responsabilizamos también al Presidente Municipal de Lerma Erick Sevilla por los actos ilegales que se cometen en contra de nuestra Población Indígena y nuestro Bosque Sagrado Otomi ya que este señor promueve y presume a nuestro municipio y sus pueblos como “Pueblos con encanto y vocación turística” lo cual repudiamos pues ha llamado indios a los defensores del bosque y del agua, ademas de eso promueve y autoriza la destrucción de nuestros recursos naturales. De nueva cuenta el 24 de junio de 2015 a las 9:30 am arribaron a la comunidad trabajadores de la constructora, acompañados de nuevo de agentes de seguridad pública y autoridades de bienes comunales que han facilitado el acceso con maquinaria pesada par seguir realizando trabajos para la imposición del Proyecto Carretero denominado Autopista Toluca Naucalpan. Nos es claro como se siguen violentando nuestros derechos humanos, el artículo 2 de la constitución y los tratados internos que el estado mexicano ha firmado en otros países y que ratifica el 1 constitucional. Al arribar al territorio y realizar trabajos, no les permitieron a los pobladores de la comunidad, acercarce para dialogar y resolver el conflicto, así como hacer valer las sentencias del Tribunal Unitario Agrario, por lo contrario en todo momento durante todo el proceso de apropiación que utiliza la represión, el hostigamiento, acoso, persecución y detenciones arbitrarias al margen del despojo, la comunidad ha sido victima directa de las constantes violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas que se han visto violentados. Como respuesta de la comunidad al incremento a la violencia por parte del Estado y la constructora, reunidos en asamblea se acordó LEVANTAR UN CAMPAMENTO POR EL TRAZO en el paso de dicho Proyecto Autopista Toluca Naucalpan, territorio que no a sido negociado en ningún momento y donde se encuentran trabajando ilegalmente. Debido a esta situación de emegencia convocaron a un plantón y un campamento –campamento de la digna de la resistencia- en el paraje conocido como “la Pondishi” o “Jushida” para defender el bosque Otomí.

103


Es importante señalar que los dispositivos de apropiación que se dirigen contra la comunidad, su territorio, cultura y formas de vida son parte de un contexto particular que asemeja a la conquista y la usurpación del territorio, esto referimos pues han ido avanzando el proyecto en espacios previamente análizados al margen de los privilegios del despojo y como respuesta a la inconformidad de los pobladores, todo esto en la medida que van avanzando por terrenos que no han sido vendidos y se encuentran bajo la protección de los juicios de amparo antes mencionados, mismos que pertenecen a los principales opositores al proyecto, lo que nos hace pensar que las autoridades han implementado un despojo sistematico como parte de una acción represiva contra los pobladores que públicamente han sido señalados como defensores y que forman parte del consejo supremo indígena y del frente de pueblos indígenas en defensa de la madre tierra. El 7 de julio de 2015 la policía ingresó a la zona como ya es constumbre acompañado de agentes de seguridad fuertemente armados, para resguardar el paso de la maquinaria pesada de la empresa constructora. Hubo enfrentamientos entre la población y los policías, quienes de forma permanente hostigan a quienes se oponen al proyecto, incluso diciendo que van a detener a quienes sigan de revoltosos. La

llegada

de

maquinaria pesada de la empresa

constructora

Autovan, subsidiaria de la Constructora Teya de Grupo Higa, ha sido resguardada momento

en

todo por

helicópteros y policías antimotines; con estos últimos los pobladores ya han tenido choques al defender sus terrenos del acceso de la maquinaria. Miembros del frente de pueblos indígenas en defensa de la tierra, han señalado que la constructora tiene planeado derribar casas y cortar ductos importantes de suministro de agua, para comenzar la obra. La comunidad de San Francisco Xochicuautla fue sitiada desde temprano por policías antimotines, quienes agredieron e 104


intimidaron a niños, mujeres y hombres; los trabajadores y la maquinaria de la constructora, cortaron los suministros de agua y derribaron cinco casas, algunas de las cuales eran de comuneros que habían desalojado sus terrenos después de venderlos. Esta serie de invasiones han permitido avanzar el trazo de la carretera, hasta dejar en medio a las comunidades que han manifestado sus inconformidades, es notorio como se van tejiendo los dispositivos expropiatorios que han logrado capturar, cooptar los procesos de toma de desiciones, así como imponer mecanismos de normalización de la violencia para garantizar el paso del proyecto pese a las graves violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas. En una forma más especifica de represión y persecución, el domingo 9 de agosto de 2015 amaneció distribuido en distintos hogares y calles del pueblo un volante que señalaba como autores a un grupo denomidado “Unidos por Xochicuautla”, con las características de una organización gubernamental, de corte para estatal y partidista encargada de operar a favor del proyecto y en contra de quienes se han manifestado de la imposición, este grupo exigia, presuntamente a nombre del pueblo “se castigue a este criminal”, refiriéndose al Sr. José Luis Fernández, uno de los más destacados defensores comunitarios del pueblo de Xochicuautla y del bosque otomí mexica. Resulta demasiada coincidencia que esa pretendida exigencia se realice justo cuando Don José Luis Fernández ha manifestado públicamente su oposición a la imposición de la Autopista Toluca-Naucalpan, concesionada al tristemente célebre Grupo Higa, propiedad del empresario Juan Armando Hinojosa Cantú quien ha sido respaldado recientemente por Enrique Peña Nieto a través de la firma de un ilegal decreto expropiatorio; el cual, con aberrantes irregularidades, pretende despojar a el pueblo otomí mexiquense de territorios ancestrales. Esto quiere decir que los mecanismos de apropiación del territorio, han ido personalizando sus objetivos, en el contexto de represión que hemos narrado con anterioridad, tocando en una detención arbitraria al segundo delegado de la comunidad y ahora el señalamiento y estigmatización de uno de sus principales voceros, lo que nos da claridad para señalar la forma de operación de los dispositivos de apropiación y despojo y la forma en la que se van 105


instrumentando en la comunidad, cruzando el conjunto de relaciones sociales, pues dichos instrumentos han logrado confrontar familias enteras e intimidar otras cuantas, para que vendan sus tierras y dejen de luchar contra las injusticias cometidas. Como se puede notar, la operación de los dispositivos expropiatorios hacen coincidir distintas instituciones del Estado y relaciones empresariaes que inciden en la aprobación, continuación y operación del proyecto, utilizan de manera sutil y explicita, fuerzas de seguridad pública para garantizar el paso de la carretera, pero también para forzar la desmovilización, hostigar, acosar y perseguir a los principales opositores que a la fecha han detenido el avance de la carretera, pero han sentido de primera mano el incremento de la violencia de las instituciones y autoridades que han condicionado la vida, privilegiando la muerte. La criminalización y la represión como dispositivos expropiatoros, se cruzan con los procesos de institucionalización y legitimación porque no son hechos aislados, si no complementarios, se cruzan entre si sentando las condiciones de operación y ejecución de ambos polos, por un lado la cooptación y captura de autoridades y órganos de toma de desiciones, y por el otro la imposición y naturalización de la violencia como mecanismos de apropiación, en todo momento el uso de fuerzas públicas para acompañar el despojo es una muestra clara que visibiliza las condiciones en que el proyecto se incerta en la comunidad sin considerarle, sin respetarle, por el contrario vulnerando sus derechos de forma sistematica. Mapeo de perpetradores.31 Entendemos los perpetradores como responsables de los actos violatorios. Los perpetradores pueden ser entidades del Estado o no. Los medios utilizados pueden ser armas tales como pistolas o procesos más abstractos como la promulgación de una ley, a diferentes niveles es que los actos violatorios tocan el conjunto de todas las relaciones, partiendo de la cooptación y captura de autoridades locales, así como gobiernos municipales y estatales que han favorecido la operación del proyecto, y han dispuesto las

31

Para profundizar en el contexto de los campos de acción de los perpetradores, de los derechos específicos violentados por hechos violatorios, de las victimas directas e indirectas, revisar los anexos de las fichas técnicas de hechos, victimas y perpetradores que apoyan para dar claridad al contexto del conflicto.

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condiciones necesarias para su continuidad, lo que incluye la presencia reiterada de los siguientes actores que definimos como perpetradores de los actos violatorios del despojo. Son responsables de violentar lo que dicta el Juicio de Amparo directo 48-2014 de fecha 2 de Mayo del mismo año donde nos concede el amparo y protección de la justicia a nosotros como parte quejosa para que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 9 con residencia en Toluca, declare la nulidad de la Asamblea General de Comuneros del 14 de Agosto del 2011 en primera y segunda convocatoria, así como de registro e inscripción del Registro Agrario Nacional, así como la ejecutoria el día 15 de Mayo del 2014 donde se declara la Nulidad del Acta de Asamblea de 14 de Agosto de 2011, primera convocatoria de Mayo del 2011, segunda convocatoria del 29 de Mayo del 2011 y reposición de segunda convocatoria del 12 de Junio del mismo año de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla y su anexo La Concepción, Municipio de Lerma, Estado de México, de la misma manera se declara la Nulidad del registro e inscripción realizado por el Registro Agrario Nacional respecto de los documentos antes descritos, relativos a la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, Municipio de Lerma, Estado de México. Pero también de violentar los derechos colectivos e individuales contenidos en los acuerdos, convenios, tratados, pactos y demás formas del derecho constuetudinario internacional ratificado en el primero constitucional con referencia a los derechos humanos y al segundo constitucional en lo que atañe a los derechos de los pueblos y counidades indígenas, esto en la medida que forman parte de manera directa e indirecta de las redes de corrupción y conflicto de intereses que intervienen en todo momento durante el proceso del despojo, formando parte de los dispositivos expropiatorios que les hacen visibles dentro de esta narrativa etnográfica. Partimos de situar a los perpetradores según su jerarquía en la cadena de mando respecto a su poición, especificando si son intelectuales, ordenadores y ejecutores para poder identificarles en el mapeo de actores y darle presión a la denuncia. Gobierno del Estado de México Arturo Montiel Rojas. Cuando este último asumió el mando en el estado, designó a Peña Nieto como subsecretario de Gobierno del Estado de México de 1999 a 2000. Con esto designando la agenda de relaciones sociales con las principales constructoras que en la 107


administración de Montiel Rojas se vieron beneficiados por las licitaciones dentro del proceso de legalidad e institucionalidad que se construye como plataforma posible del despojo formal. Beneficiaron directamente a Hinojosa Cantú, la promoción del Aeropuerto de Texcoco y la infraestructura carretera de la zona norte del Estado. Enrique Peña Nieto expide el decreto expropiatorio avalando un acto criminal, tipificado por las leyes penales como despojo, en tanto que reconoce, que la superficie expropiada ya “se encuentra ocupada por el organismo Sistemas de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (SAASCAEM)”. En otras palabras, se están expropiando tierras ocupadas ilegalmente por SAASCAEM y TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, antes de que se consultara a la población, desconociendo la oposición al proyecto, así como los procesos jurídicos, y mediante el uso de la fuerza. Beneficiaron directamente a Hinojosa Cantú. Compromisos que representan más de 790 obras y 63 acciones; destacan entre ellos los que tienen que ver con infraestructura carretera, la cual se triplicó durante esta administración. Se le considera como uno de los principales artífices de la elaboración del padrón de comuneros como órgano de representación de los comuneros para la toma de desiciones relativas a la aprobación del proyecto. A su vez es complice de las intervenciones en territorio indígena y de ordenar junto a Eruviel Avila Villegas los fuertes operativos policiacos que buscan desmovilizar a la población organizada en contra del paso del proyecto. Ya como presidente de la república se le responsabiliza de la inconstitucionalidad del decreto expropiatorio y de la protección de Hinojosa Cantú, mismos que tienen responsabilidad en el caso de corrupción de la casa blanca, en donde se encuadran las relaciones político-empresariales que privilegian las concesiones de megaproyectos. Eruviel Avila Villegas como gobernador del Estado de México ha privilegiado los procesos y procedimientos para legitimar la expropiación, esto en la medida que ha emitido un decreto expropiatorio fuera de los horizontes legales, pues solo puede ser el presidente quien ejerza esa función, bajo sus ordenes se han llevado operativos de invasión policiaca, así como de maquinarias pesadas para dar continuidad al proyecto carretero, se ha reunido 108


con los empresarios par facilitar los permisos de cambio de usos de suelos, así como los financiamientos necesarios para cubrir los pagos por apropiación de tierras. Se le responsabiliza de promover el proyecto pese a las violaciones constantes y sistematicas que han caracterizado el proceso, tambien de mantener relaciones e intereses económicos y políticos con los Hinojosa Cantú a quienes protegen con total cinismo e impunidad. A favorecido una serie de financiamientos gubernamentales para garantizar el paso de la carretera y principalmente la adquisición de tierras bajo la justificación de la engañosa utilidad pública. Procuraduria Agraria de Rocendo González Patiño y Cruz López Aguilar, y tambien SEDATU quienes intentarón engañar a los comuneros colocando como listas de asistencia las actas que le otorgarían la propiedad de los terrenos para construir la carretera, ha estado presente en las asambleas siempre dando preferencia a la empresa y a sus representantes inmediatos, han legitimado las asambleas e ignorado los juicios de nulidad que ha setenciado el Tribunal Unitario Agrario con sede en Toluca. Han favorecido la realización de asambleas sin considerar los requisitos minimos para su realización, con ello ha generado las condiciones necesarias para legitimar el proyecto carretero, ignorando a la población, por el contrario se ha encargado de favorecer al proyecto, pues han negado las irregularidade que la población a demostrado para el proceso de legitimación e institucionalización que representan las asambleas, se han caracterizado por proteger el padrón de comunero que no representa en absoluto a la comunidad. Carlos Fernando Partida Pulido titular de (SAASCAEM), Los argumentos con los que fueron acusados los detenidos de noviembre del 2014 por El Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México fue la supuesta obstrucción a la construcción de obra pública; por el hecho de defender de forma pacífica sus tierras y oponerse a la entrada ilícita y violenta de maquinaria, además de otorgarle la propiedad de los polígonos territoriales expropiados en julio de 2015 con el decreto de expropiación firmado por Enrique Peña Nieto. Es uno de los principales operadores del proyecto, pues la planeación de las autopistas privadas queda en mano de los funcionarios e ingenieros que les representan y dan pauta a 109


su viabilidad, no han realizado los estudios necesarios de impacto ambiental, social y cultural para el paso del proyecto. SEMARNAT, ha omitido denunciar el daño ambiental como consecuencia del proyecto, manifestando que el impacto ambiental no es un elemento que frene la obra, los estudios de impacto ambiental han sido utilizados de forma estrategica para garantizar la contiuidad de la carretera y beneficiar a Hinojosa Cantú de la licitación y de los permisos necesarios para la construcción, incluso justificando que es una carretera amigable con el medio ambiente, ignorando en totalidad la importancia ecológica que representa la zona para el abastecimiento del agua la ciudad de Toluca y el Distrito Federal. Agencia de Seguridad Estatal ASE y Secretaria de Seguridad Ciudadana SSC, ahora Comisión Estatal de Seguridad quienes participan de la ocupación del territorio y la irrupción en las dinámicas cotidianas de la vida de la comunidad, se trastocan cuando los Agentes de Seguridad comienzan a desplazarse al interior de la comunidad y ocupan plazas de uso común, principalmente el campo de futbol, la iglesia y la delegación prohibiendo el paso, pero sobre todo generando condiciones de conflicto y tensión entre los habitantes. Han sido complices de las violaciones a derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas al participar directamente de los operativos de carácter represivo en contra de la comunidad, así como de las detenciones en 2013 y 2015. Dentro de los dispositivos expropiatorios el uso de las fuerzas publicas es indispensable para controlar el paso del proyecto, en la mayoría de los casos los elementos de seguridad acompañan a trabajadores de la empresa para custodiar su trabajo, en su mayoria bajo instrucciones de autoridades que han pactado con la constructora o han contratado sus servicios y están dispuestos a poner todo el peso de la ley y de las fuerzas publicas a su servicio pese a las violaciones. El uso de las fuerzas publicas para proteger a los trabajadores de la empresa es una constante dentro del proceso de apropiación, dichos operativos están íntimamente ligados al avance del trazo de la carretera y a la sistemática política de hostigamiento de las autoridades para provocar la desmovilización, la presencia de elementos de seguridad publica también asume la intención de intimidar a la población para lograr cooptar la toma 110


de decisiones y autoridades como una implicación del despliegue policíaco y las prácticas de apropiación que giran en su entorno. Empresa constructora Juan Armando Hinojosa Cantú (AUTOVAN) es dueño y a la vez el principal promotor mediante el uso de la corrupción y la violencia sistematica, pues ha sido el beneficiario directo de obras de gran magnitud bajo licitaciones que no se caracterizan por su transparencia, es responsable de la continuidad del proyecto carretero, en aras de los beneficios que recibe de las autoridades para ganar las licitaciones de obra pública a lo largo y ancho del país. Topógrafos y talamontes de la constructora. Han ingresado a la comunidad sin autorización de las autoridades tradicionales, ni de la asamblea a realizar trabajos de medición, tala y brecha para el trazo de la carretera, siempre se presentan sin justificar su presencia, sin autorización y acompañados de agentes de la secretaria de seguridad ciudadana y agencia de seguridad estatal para escoltar el paso de la maquinaria de la constructora. En ocasiones se han prestado para agredir a la población intimidándoles con sierras eléctricas y con la operación de maquinaria pesada, principalmente retroescavadoras y camiones de volteo de 3 toneladas y media donde acarrean los arboles derribados. Gobierno municipal de Lerma Erick Sevilla Montes de Oca Presidente municipal de Lerma de forma constante ha permiido bajo su administración la movilización de policías municipales para garantizar los trabajos de trazo de la carretera, ha mencionado en distintas ocasiones y públicamente que el territorio en disputa carece de valorización histotica, cultural para los pueblos de la región, ha instrumentalizado distintos procesos de reconocimiento y desconocimiento que ponen a la comunidad como una comunidad agrícola antes que como indígena u originaria, lo que tiene diferentes consecuencias, principalmente en lo que respecta a la tenencia tradicional de la tierra, se ha caracterizado por operar a favor del proyecto, corrompiendo la toma de desiciones, la captura y cooptación de las autoridades tradicionales, ignorando las reflexiones de la comunidad que en multiples ocasiones han argumentado las consecuencias ambientales y culturales de aprobar la continuación del proyecto.

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Dirección de seguridad pública municipal de Lerma encargada de ordenar el despliegue de fuerzas policiacas al mando de Isaac Axel Gutierrez Bernal cada que la empresa requiere dar continuidad al avance de las maquinarias; han caído en confrontaciones con los pobladores con la intención de justificar detenciones, además de intimidar a quienes se han manifestado en contra, los policías de Lerma acompañan en todo momento a los empresarios y a los agentes de seguridad estatal quienes forman parte del operativo estatal de encubrimiento del despojo en el que se visibilizan las relaciones entre ambas instituciones y los ordenamientos desplegados en esta cadena de mando y ejecución. Unidos por Xochicuautla grupo de corte partidista y paraestatal que se vincula con distintos procesos de estigmatización, señalado a defensores del bosque con argumentos falsos para desmovilizar a la población, han repartido volantes en contra de la defensa y a favor del proyecto, muchos de los que forman parte de este grupo son comuneros del padrón que han sido beneficiados del pago de indemnización por las tierras de las cual no son directamente afectados, se les caracteriza por descalifiar a quienes se han opusto al paso de la carretera, además de generar ciertos mecanismos de convencimiento para irrumpir en la toma de desiciones. Autoridades auxiliares Aristeo Ortega sin dar cuentas, ni informar, consultar a la comunidad permitió la realización de los trabajos topográficos, esto ante la omisión de las instituciones gubernamentales, que desconocieron la relación del territorio con las formas de vida de las comunidades afectadas y su tenencia tradicional, se realizaron trabajos bajo el consentimiento de autoridades en territorio comunal, sagrado y en propiedades privadas para la construcción de las brechas para el estudio de mecánica de suelos, este personaje sin dar aviso a las autoridades tradicionales asumió la responsabilidad de dejar pasar a terrenos de uso común a los empresarios, topógrafos, talamontes y agentes de seguridad pública. Mario Villavicencio Estebes como autoridad ha favorecido el convencimiento de comuneros bajo el pago por sus tierras, ha tenido convenios con la empresa constructora para utilizar las asambleas a su favor, a acompañado a los ingenieros, topógrafos y agentes de seguridad publica a realizar los trabajos de trazo de brecha para el paso de la carretera privada, este personaje ha lucrado con las necesidades, haciendo uso de los recursos del 112


fideicomiso para beneficiarse y beneficiar a una planilla de comuneros que no representa al total de la comunidad. La planilla que resultó electa a través del fraude y corrupción, según el Frente, está conformada por Ángel Valdez Ramírez, José Manuel Domínguez Ballesteros, Antonio Guadalupe Saavedra, y por parte del consejo de vigilancia, Juan Juárez González (presidente), Crescencio López (primer secretario) y Mario Hernández (segundo secretario), quienes han realizado acuerdos que en ningún momento la comunidad otorgo permiso de acordar para que dicha empresa pudiera realizar los trabajos en el territorio comunal, han acompañado a los agentes de seguridad y maquinas de la constructora a realizar la brecha para el trazo de la carretera, se han visto beneficiados de los beneficios económicos de promover el proyecto dentro de las asambleas y al interior de la comunidad. Las autoridades históricamente han tenido el doble papel, casi nunca equitativo, por un lado defender los intereses de la población y por el otro venderlos al mejor postor, en este último anclaje es donde se sitúan las autoridades quienes han sido capturados por los intereses gubernamentales y empresariales que privilegian el paso de la carretera y no los intereses colectivos de la comunidad. La mayoría de los perpetradores incurren en violaciones a derechos específicos, culturales, políticos y económicos de pueblos y comunidades indígenas de forma sistematica, desde 2007, con invasiones de tipo policiaco dentro de los territorios de uso común, al interior y exterior de las asambleas, todas estás prácticas forman parte de un complejo tejido de hechos que se entreteje entre si y tiene como eje rector las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas que ligan con las instituciones y actores particulares que pueden situarse como operadores, ejecutores e intelectuales del despojo que les pone al servicio de los acuerdos expropiatorios entre políticos y empresarios. La legalidad e institucionalidad con la que opera el despojo incluye el desconocimiento de procesos jurídicos como los juicios de amparo que sostienen la sentencia de suspensión provisional y que han sido ignorados en su ejecución por parte de las diferentes instituciones involucradas, es una constante la negativa al acceso a la justicia vía la

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legalidad pues vemos que las instituciones se ven favorecidas por las leyes y legislaciones que aprueban el despojo. Son parte de las narrativas de aceptación que se construyen alrededor de múltiples métodos de cooptación y captura que incluyen el engaño para incitar a aceptar el proyecto y forzar a vender, la seducción del poder y los métodos que no están alejados de las prácticas de violencia, criminalización y represión contra la población, muchas veces van íntimamente ligadas, lo que indica que el uso de la violencia y la continuidad de relaciones de poder para aprobar el proyecto son parte de un mismo proceso de apropiación. La ejecución del proyecto esta inscrita dentro de las relaciones o cadenas de mando y al margen de sus tiempos, la empresa utiliza personal que aparecen como brigadas de brechas, para talar y para andar las maquinas sobre territorios previamente talado, marcado y topográficamente delimitado, para su paso sin consentimiento de la comunidad. La criminalización de la protesta se inscribe dentro de la escala represiva del Estado que favorece el uso de la fuerza pública para mantener los privilegios de empresarios, políticos y autoridades que definen los tiempos de la apropiación y el uso estratégico de la violencia sistematizada. Dentro de la legitimidad que intentan construir para el proyecto con todo y sus formas de ejercicio del poder por medio de la violencia, han consolidado un discurso de aceptación que validan a toda costa y uno de rechazo, que han utilizado para estigmatizar a los opositores, señalarlos y en ese sentido ponerlos como carne de cañón para que el estado haga uso de fuerza sobre ellos. El discurso de aceptabilidad es una narrativa de naturalización de la violencia bajo la justificación errada del progreso y civilización que es el sentido último por el cual justifican la carretera dentro de los márgenes del desarrollo económico. El discurso de negación que construyen las autoridades sobre las exigencias de quienes rechazan el paso de la carretera, es distante del contenido de la lucha de la comunidad contra el proyecto, al inferiorizar y deslegitimar las demandas y exigencias de la población, el Estado como parte de su ingeniería de apropiación estigmatiza y difunde una imagen errada de los defensores comunitarios del territorio. Discurso estigmatizante que pone en peligro la integridad de los 114


opositores pues desde el discurso del poder, dicha señalización se relaciona con otros procesos de represión y alineamiento. La ingeniería de apropiación incluye dentro de sus operaciones y estrategias de despojos, dispositivos expropiatorios que tienden a imponer y normalizar el control de las decisiones a través de la de la presencia policiaca que incide en las dinámicas de participación de la comunidad. Estos procesos de normalización generan condiciones de confrontación para ejercer aparatos represivos, principalmente enfocados a silenciar a quienes se pronuncian en contra del proyecto. Muchos de los que se convierten en representantes o autoridades son cooptadas o capturadas al margen de las decisiones del Estado y sirven para establecer relaciones que privilegien el proyecto, entre ellos la aceptación. El proceso de legalidad institucional se sostiene atravesado transversalmente por la cooptación y captura de autoridades y población en la comunidad, así como presión de fuerzas públicas que intervienen en la normalización de la represión y en la polarización de los conflictos internos en la que a distintos niveles aparecen como participes los perpetradores que nos hemos dado a la tarea de identificar con anterioridad. Los perpetradores forman parte de distintas instituciones que se hacen presentes desde el incio del conflicto, ya sea personificando a la empresa, a las autoridades complices del despojo o a las autoridades locales que han favorecido estratégicamente el paso del proyecto carretero, es importante señalarlos en términos generales para especificar de que formas han participado y participan de la apropiación del territorio indígena, ancestral, sagrado, comunitario y nativo de la comunidad del Alto Lerma.

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Informe de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, allanamiento, demolición e intento de demolición en San Francisco Xochicuautla, hechos del 11 y 12 Abril 2016. Rá bondápo hñahñu pá di madiné dizu. – El bosque Otomí se Ama y se DefiendeSon cerca de 10 años que la Comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla se mantiene resistiendo al paso de un megaproyecto, que pretende cruzar el Bosque Otomi-Méxica, mediante una carretera privada de 39.3 Km compuesta de dos segmentos: 34.8 Km de carretera de cuota que conecta a Naucalpan con el libramiento a Toluca en la zona Este y 4.5 Km adicionales que conectan el libramiento de Toluca al bulevar aeropuerto de ésta ciudad; pero también conecta, los parque industriales en ambos polos que desde Lerma van extendiéndose hasta Otzolotepec y otros municipios, incluyendo a Naucalpan como uno de los principales escenarios económicos de las zonas industriales de la región Norte del Estado de México, todos esos espacios habitados por pueblos, comunidades, colonias, barrios, son otras historias cruzadas de despojo y apropiación por desposesión enraizada en la expansión del Aeropuerto Internacional de Toluca, la construcción de zonas económicas industriales y ciudades dormitorio, que cristalizan la urbanización desmedida que conecta ambos polos industriales –Toluca/Naucalpan- lo que a su vez permite situar el conflicto en términos de un contexto especifico. La carretera privada Toluca Naucalpan, esta concesionada a grupo HIGA a través de su filial TEYA y la constructora Autovan S.A de C.V (Autopistas de Vanguardia), licitación que no queda clara, pues como es de conocimiento público, grupo HIGA es de Juan Armando Hinojosa Cantú hoy involucrado en redes trasnacionales de paraísos fiscales en los conocidos Panamá papers, uno de los principales contratistas de las administraciones priistas de Enrique Peña Nieto como Gobernador del Estado de México y como actual Presidente de la República, ambos personajes, permanecen ligados a otros procesos de licitación que de forma sistemática privilegian al empresario tamaulipeco y su constructora, en este contexto de relaciones de complicidad entre el Estado, sus instituciones y grupo HIGA, su filial TEYA y la constructora Autovan S.A de C.V (Autopistas de Vanguardia), es que el megaproyecto de muerte Autopista privada Toluca Naucalpan pretende cruzar el 116


territorio comunal donde existe lo sagrado, donde habitan los ancestros, donde se construye el sentir y sentido de la vida, el alimento, la vivienda y las políticas de los común, que existe con el bosque y no sin él. La relación entre grupo HIGA de Juan Armando Hinojosa Cantú y Enrique Peña Nieto sentó un escenario de despojo estructurado a través de una serie de dispositivos expropiatorios que han permitido dar continuidad al orden político vigente capitalista y colonialista, el cual se mantiene como tal, en la medida en que se va enquistando en la totalidad de las formas políticas, económicas, sociales y culturales como parte fundamental del universalismo aprobatorio de la colonialidad/modernidad que termina por apropiarse de la vida, historias, saberes y memorias, al margen de la desmedida imposición de un proyecto civilizatorio monolítico, vertical y unidireccional que es contrario a los intereses de la comunidad de San Francisco Xochicuautla. En este sentido el megaproyecto de muerte Autopista privada Toluca-Naucalpan, tiene coordenadas políticas y económicas; desde 2005 durante la administración de Arturo Montiel Rojas, Enrique Peña Nieto como diputado local se encargo de legislar en beneficio de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, como dispositivo expropiatorio permitió cimentar una plataforma de legitimidad e institucionalidad frente a la apropiación y despojo, mediante la autorización, promoción e institucionalización del registro nacional de comuneros a través de padrones previamente seleccionados, que a la vieja usanza, se asemeja al salinismo y su Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares PROCEDE, junto a la reforma al 27 constitucional de febrero de 1992 que dota a las asambleas ejidales y comunales como las autoridades máximas de los núcleos agrarios; cancelando la intervención del gobierno en la vida interna de los mismos, sin renunciar a su obligación de apoyarlos en caso de ser requerido; abre nuevas opciones de asociación entre ejidatarios y con terceros; reconociendo derechos a posesionarios y avecindados; permite que por decisión de la asamblea general del núcleo se cambie el tipo de propiedad de la tierra; crea una Procuraduría Agraria y tribunales agrarios para mejorar la justicia en el campo, y señala los mecanismos para certificar y garantizar la tenencia de la tierra, esto en el discurso oficial que en la práctica se traduce en la usurpación de mecanismos y formas de organización social y política en torno a la democracia participativa que se ejerce como 117


parte de la tradición cultural de la comunidad en la que participan hombres y mujeres, abuelos y abuelas, niños y niñasen la toma de decisiones, por lo tanto un padrón previamente seleccionado, institucionalizado y normalizado por el Estado, que se rige bajo principios económicos donde figura el extractivismo como su principal eje civilizatorio, rompe, fractura y descoloca la tenencia tradicional de la tierra y el territorio de la comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. Desde entonces las contradicciones son más latentes, pues las condiciones del conflicto apertura un cruce transversal que divide ambas zonas y les diferencia, por un lado de la línea abismal (racista, sexista, capitalista, colonialista, ecocida, etnocida, epistemicida), la zona del ser que sitúa la normatividad del Estado y sus instituciones, legitimando su relación con la empresa constructora de TEYA S.A de C.V filial de HIGA, donde los conflictos aparecen al margen de mecanismos de regulación/emancipación que en este caso tienen orientaciones precisas que privilegian este escenario de diferenciación en donde el megaproyecto se ubica como de utilidad pública que le justifica, por sobre lo que sucede en la zona del no ser, del otro lado de la línea donde los conflictos se regulan mediante la violencia/apropiación, en este caso de las formas de vida, organización, historia, saberes, prácticas culturales, económicas y políticas de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla que difieren, se contradicen y confrontan con la visión universal y económica capitalista del sistema mundo moderno colonial, haciendo visible que entre ambas zonas atravesadas por la línea abismal se presenta un conflicto de entendimiento diferenciando las formas de existencia que disponen relaciones de jerarquía racial y desigualdad social transformados en privilegios de apropiación y universalización, en este caso en particular a través del despojo, lo que incluye una serie de violaciones a derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas en su piedra angular que es el territorio, la autonomía y autodeterminación. El conflicto se mantiene en todo momento anclado en una serie de violaciones que pretenden naturalizar la violencia sistemática se reproduce en la comunidad de San Francisco Xochicuautla, generando una serie de conflictos internos y externos irreversibles. Como se ha hecho mención desde el principio se ha impuesto una forma de organización y tenencia de la tierra –propiedad privada- que difiere y desplaza por completo la tenencia 118


tradicional –propiedad comunal- y cultural de tierra y territorio, desconociendo en esta medida, su forma de autogobierno como pueblos indígenas mediante la imposición de un padrón de comuneros que obedece a una distribución agraria que privilegia el desconocimiento del territorio sagrado, ancestral y comunal bajo los lineamientos económicos y políticos que le disponen como recursos explotables para producir ganancias económicas, lo que termina invisibilizando la compleja relación entre la comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y el bosque Otomí-Méxica, al que también llaman Mame joï –madre tierra-y que es el eje central de significación y sentido de la lucha, haciendo resonancia desde hace 10 años en él y en las comunidades de las partes más altas de Lerma, Estado de México. Como parte de esta contextualización general se señalan los dispositivos expropiatorios como principales mecanismos de apropiación a través del despojo, aparecen también las asambleas oficiales para legitimar el avance del proyecto, sentando las bases jurídicas del despojo a través del convencimiento, la cooptación, captura o bien la compra de conciencias vía el Financiamiento Fondo Nacional de Fomento Ejidal -FIFONAFE- y recursos de los organismos de Sistema de Autopistas, Aeropuertos y Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México –SAASCAEM-, por lo que encontramos que todas y cada una de las asambleas que acompañan el proceso de despojo están íntimamente ligadas a los interés políticos y económicos que abalan el paso del proyecto mediante la usurpación de la toma de decisiones. Para muestra basta con hacer una breve revisión histórica de este proceso y señalar que dichas asambleas carecen de las mínimas consideraciones legales, ignorando en ese sentido los criterios de convencionalidad y su carácter vinculatorio como derechos internacionales, hablamos del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, pero también, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (1965), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976), la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), así como los pronunciamientos de los comités convencionales sobre los derechos de los pueblos indígenas, de esta misma forma se han pasado por alto otros 119


tratados básicos en materia de derechos humanos: Convención sobre los derechos del niño, Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, in humanos o degradantes, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias. El proceso de toma de decisiones también ha sido parte de la cadena de hechos que son violatorios de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas, puesto que dichas asambleas, más que representar a la comunidad en el proceso de toma de decisiones como hemos advertido, han servido como una plataforma que garantiza los intereses particulares que sostienen que el paso del megaproyecto es una necesidad inminente de la población, pues se refleja en sus aparentes beneficios públicos, entre ellos una serie de pagos y sobornos para quienes han decidido entregar tierras a la empresa constructora TEYA S.A de C.V filial de HIGA mediante ciertos mecanismos de cooptación y captura de autoridades de bienes comunales; lo que representa la verticalidad civilizatoria que desconoce la realidad de pueblos y comunidades indígenas dado que le segrega y diferencia, de tal modo que privilegia el monolito de saberes y temporalidades que producen como ausente, invisible e imposible las formas de vida más allá de la imaginación política de los capitalismos y colonialismos sin fin, en este sentir reiteramos que en ambos lados de la línea abismal que atraviesa el conflicto, aparece una legalidad/ilegalidad que en la doble genealogía de hechos confronta, fractura y descoloca la visión del Estado sobre el modelo de desarrollo central del que forma parte el proyecto de carreta privada como única alternativa de expansión económica en la zona Norte de Estado, frente a la invisibilización de los intereses y formas de vida y reproducción cultural de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla. De esta forma de operación encontramos que las asambleas celebradas de acuerdo a sus convocatorias desde 2008se ubican como dispositivos expropiatorios cuya función es la de regular los mecanismos de toma de decisiones, así como de impulsar la naturalización de la violencia ya sea por la presencia policiaca de la Secretaria de Seguridad Ciudadana hoy Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México, la policía ministerial, quienes participan de la imposición como ejecutores del proyecto carretero en la medida que 120


protegen los intereses de la Empresa constructora, mediante sistemas específicos de toma de decisiones en los que recae la complicidad de instituciones públicas Estatales y Federales, entre ellas,la Secretaría de la Reforma Agraria, la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México quienes han obtenidode las instituciones del Estado, la documentación requerida para la viabilidad del proyecto sobre los polígonos de los núcleos agrarios, de forma paralela se consolidan procesos para inducir la firma de los convenios de ocupación previa, así como la normatividad en materia de aguas, bosques y selvas, para el fraccionamiento y deslinde de la zona urbana o urbanizable que contemplan en sus planes de desarrollo municipal, Estatal y Federal, que en este caso obedecen a la promoción, normalización e institucionalidad del despojo a través de un padrón de comuneros previamente seleccionado que condiciona su participación en las asambleas, proceso en el que se definen los contrastes del conflicto territorial, sus contradicciones, incoherencias y fundamentos de operación con los que se relacionan las principales violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas. El padrón de comuneros está conformado por 882 comuneros, quienes no representan a la mayoría de la población, puesto que hablamos de una población de cerca de 5000 habitantes, por lo tanto dicho padrón deja fuera a mujeres, hombres, ancianos, ancianas, no comuneros, niños y niñas quienes no son representados en el ejercicio de simulación que está orientado y condicionado desde las cópulas del poder y sus instituciones para favorecer a empresarios, políticos y autoridades locales, municipales, estatales y federales que se han visto beneficiadas de este megaproproyecto. En este caso emergen las asambleas como dispositivos expropiatorios que legitiman el despojo a través de la institucionalización de la toma de decisiones, todo esto mediante condiciones especificas que habrá que detallar para el entendimiento del conflicto, en 2008 se realizan cuatro asambleas generales por usos y costumbres; los pueblos y comunidades indígenas del Estado de México, cuentan con sistemas normativos internos que han ejercido de acuerdo a las propias condiciones históricas, culturales, políticas, territoriales y epistemológicas específicas de cada pueblo, para resolver distintos asuntos inter comunitarios que forman parte de los organismos de participación; en ese sentido, las 121


asambleas tradicionales y comunitarias como máximo órgano de toma de decisiones, contiene una práctica colectiva que considera a la población en general, sin fragmentar y diferenciar a quienes participan, la cual choca con las que hacen los comuneros registrados porque los intereses son distintos y se realizan bajo diferentes formas y estructuras que se inclinan por servir a intereses específicos de políticos y empresarios que se ven beneficiados de primera mano del megaproyecto, unas avaladas por el derecho legítimo del uso de la violencia y la corrupción, ambas amparadas en la impunidad de las autoridades, el desconocimiento de las formas de vida de la comunidad como parte de formas tradicionales de democracia participativa que está inscrita en su herencia cultural como pueblo Ñätho. Durante estas cuatro asambleas llevadas a cabo en2008, todas de carácter tradicional, atendiendo a los sistemas normativos internos, participó la mayor parte de la comunidad, quienes argumentaron como parte de los resolutivos de estas asambleas, el rechazo total al paso de la carretera privada Toluca-Naucalpan por los daños irreversibles que este proyecto genera, tanto ambientales, sociales y culturales, pues como tal, dicho proyecto pretende atravesar el bosque destruyendo directamente 600,000 metros cuadrados de bosque, según cifras oficiales según el frente de pueblos indígenas en defensa de la madre tierra, aunque en realidad serían más de 960,000 metros cuadrados de bosque devastado directamente, lo que causaría daños irreversibles a los ecosistemas, al entorno natural, pero también cultural, simbólico y epistemológico del territorio indígena, ancestral, sagrado y comunitario que por tenencia tradicional le pertenece a la comunidad, pues habitan ahí desde antes de la conquista y por decreto Presidencial y tenencia jurídica, desde 1951 le otorgan la legítima propiedad comunal de la tierra de San Francisco Xochicuautla sus pobladores. Constituidos en esta asamblea los pueblos presentes, declararon en ese entonces como referente de los acuerdos tomados: 

Que los pueblos indígenas originarios, seamos consultados previamente y bien informados para la realización de cualquier proyecto dentro de nuestro territorio de acuerdo a las leyes indígenas, tratados, pactos y convenios internacionales.

Que sean respetados los bosques que han existido durante miles de años, ya que tienen un valor espiritual y han sido respetados por los pueblos indígenas y no 122


poseen valores comerciales, más aún cuando los gobiernos las han decretado como áreas naturales protegidas con categoría de santuarios de agua, como es el “Parque estatal Otomí – Mexica”. 

Que de acuerdo a los fundamentos relacionados con la protección de los bosques, agua y derecho a nuestros territorios, en esta 6ta. Asamblea refirmamos la lucha por su protección y respeto, acordando: “NO AL PASO DEL PROYECTO CARRETERO DENOMINADO AUTOPISTA PRIVADA TOLUCA-NAUCALPAN”. Por nuestras diferentes comunidades, habla el corazón del nosotrxs como pueblos.32

Con base en los sistemas normativos de la comunidad, con la que suelen ser mecanismos de resolución de conflictos se ha decidido negar el paso del proyecto, pese a los acuerdos tomados por la comunidad, las instituciones que representan al Estado y sus relaciones de complicidad con el empresario tamaulipeco, quienes por el contrario han desconocido e ignorado, invisibilizandolos ordenamientos normativos propios de la comunidad como elementos necesarios para detener cualquier incursión en el territorio para la realización de trazos y trabajos topográficos que han generado daños irreversibles; de esta manera, el desconocimiento y deslegitimación del contexto de negación del proyecto es abatido por las experiencias institucionales que privilegian las asambleas oficiales como el principal y auténtico referente de afirmación del proyecto y viabilidad del despojo, condicionado por determinadas coordenadas políticas y económicas que solo son posibles dentro del sistema mundo moderno/colonial, capitalista/colonialista y su anclaje e interseccionalidad en las instituciones que aparecen como principales perpetradores de las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas. En Agosto de 2011 se lleva a cabo una asamblea que tienen como principal objetivo cimbrar la plataforma de aprobación, compra y venta del territorio a través de

los

comuneros que asignaron el precio al territorio con un pago de cuarenta mil pesos, además pactaron obras con SAASCAEM y fueron con esto obligados a operar el despojo a través

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Documentación antropológica, denuncia etnográfica y difusión de infografías sobre las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, el caso de la comunidad ñhäto de San Francisco Xochicuautla contra el megaproyecto carretera privada Toluca-Naucalpan.

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de las prácticas de convencimiento, cooptación y captura de las autoridades y algunos miembros del padrón de comuneros, es preciso detallar que en todas y cada una de las asambleas que forman parte de la cadena de hechos que detalla las graves violaciones a derechos de los pueblos y comunidades indígenas, se conto con presencia policíaca de la Secretaria de Seguridad Ciudadana, hoy Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México, la policía ministerial y agentes de seguridad vestidos de civil, todos fuertemente armados, quienes de forma violenta ingresan a la comunidad, cerrando accesos de la delegación de San Francisco Xochicuautla para escoltar el paso de representantes del gobierno, de la constructora y del grupo de comuneros encargados de operar el despojo al interior de la comunidad, dadas las condiciones de irregularidad con las que se llevo a cabo esta asamblea, se invalido legalmente mediante el amparo directo 48-2014. De forma simultánea agentes de seguridad pública acosan, hostigan y reprimen a quienes se mantienen fuera de la delegación donde se llevó la asamblea a cabo, por tal motivo la anulación se inscribe en el contexto de violencia en el que se desarrollan estos mecanismos de toma de decisiones, para concluir 197 comuneros “aprueban” al paso de dicho proyecto estableciendo también, la cantidad de $ 40,400.10. Dicha cantidad les ha sido pagada a los comuneros que estuvieron de acuerdo y a otros que han sido “convencidos”, a partir de esa fecha con presión e intimidación, cerca del 3% de la población ha tomado la decisión a través de la asamblea de comuneros, desconociendo a los afectados directos quienes han sido ignorados durante este proceso, pues no se les ha considerado en la toma de decisiones a pesar de ser la mayoría de la población, es importante resaltar que el padrón de comuneros está en su mayoría formado por pobladores que no son directamente afectados. El 30 de Abril de 2012 más de 900 policías municipales y de la Agencia de Seguridad Estatal -los mismos encargados del operativo en San Salvador Atenco en 2006- invadieron el pueblo de San Francisco Xochicuautla para privilegiar el desarrollo de una asamblea ilegal en términos que favorecía a los directamente beneficiados, quienes en complicidad con las autoridades convocaron y manipularon la asamblea para ratificar el acuerdo y dar paso al proyecto. Las entradas del pueblo quedaron bajo custodia de las instituciones policiacas, quienes son responsables en todo momento, junto con el Gobierno del Estado 124


de México, Gobierno Municipal de Lerma, Agencia de Seguridad Estatal, Secretaria de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal de Lerma, SAASCAEM, SEMANARNAT, TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA de agredir derechos colectivos e individuales de quienes se ven directamente afectados de las prácticas de corrupción, violencia, acoso, hostigamiento, detenciones arbitrarias que están asociadas a la imposición del proyecto y toda la instrumental de operación de la apropiación de vida y territorio mediante mecanismos cooptados por prácticas políticas al servicio de gobiernos y autoridades cómplices, facilitadoras del ecocidio-epistemicidio. Nuevamente el 12 de Mayo de 2013, ingresaron granaderos fuertemente armados a los espacios comunes de la comunidad, escuela, campo de futbol y algunos accesos a la montaña, principalmente en la casa de comuneros ñätho opositores y miembros del frente de pueblos indígenas en defensa de la madre tierra, para intimidarles antes de desarrollar la asamblea e intentar impedir su presencia, para limitar la información y sobre todo las denuncias; se bloquean accesos y salidas mediante retenes en las principales vías públicas, así como cercos policiacos al interior y exterior de la asamblea, todo esto en el contexto que cruza la institucionalización, normalización y naturalización de la violencia a través de los diferentes dispositivos expropiatorios que aparecen conforme avanza la ingeniería de apropiación y el despojo. Se insiste en aprobar el convenio de ocupación previa y la entrega de pagos por afectaciones, convocan

únicamente a los comuneros que han sido

corrompidos con 18 mil pesos para que acepten el paso de lo autopista, todo esto sin presentar la documentación mínima requerida en cuanto a permisos y estudios concretos de impacto ambiental y sociocultural que a la fecha no se han presentado. Hay 441 comuneros del padrón, de los cuales 109 tomaron la decisión de aprobar el proyecto con su voto en asamblea, 350 comuneros comenzaron a recibir dinero de parte de SAASCAEM mediante engaños y bajo presión de las instituciones que en todo momento acosaron a la población para convencer a los demás comuneros de recibir el pago.33

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Documentación antropológica, denuncia etnográfica y difusión de infografías sobre las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, el caso de la comunidad ñhäto de San Francisco Xochicuautla contra el megaproyecto carretera privada Toluca-Naucalpan.

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El 14 de agosto de 2013 ingresan a parte del territorio comunal como es costumbre, policías, empresarios, autoridades comunales y trabajadores de la empresa constructora, quienes con lujo de violencia y en total impunidad agreden a la población, protegiendo y custodiando a las máquinas y topógrafos que trazan la ruta del proyecto, quienes custodiados por policías retoman lo trabajos ilegítimos, por existir juicios de amparo y resoluciones que anulan los convenios de ocupación previa No. 504/2013, 48/2014 y las asambleas que permitieron el paso del proyecto, suspendiendo así de forma definitiva el paso del trazo, resoluciones que sin duda han sido ignoradas y violadas impunemente por los organismos del Estado que han facilitado la incursión del proyecto en la comunidad. Esta agresión se enmarca en un contexto en el que los gobiernos estatales violan todas las leyes -por las que deberían velar- y cometen despojos en favor de proyectos carreteros ilegales a lo largo de todo el país, tal es el caso de las autopistas Durango-Mazatlán, La Pera-Cuautla, Libramiento norte de Puebla, la Super vía Poniente en el Distrito Federal, entre otras y de las cuales la autopista Toluca-Naucalpan es sólo otro ejemplo que confirma la triste realidad nacional. Para el 26 Agosto de 2013 de nueva cuenta se convoca a una asamblea en Xochicuautla fuera de la Ley y bajo las mismas condiciones que con anterioridad, asamblea con una convocatoria ilegal y un acta ilegal dado que no contiene en específico los puntos tratados, ni refleja los resultados de las decisiones de la mayoría, con autoridades cooptadas y capturadas por empresarios y políticos que de forma constante violentan los requisitos estipulados para convocar a una asamblea en la ley agraria, ni consideran el derecho consuetudinario internacional en términos de pueblos y comunidades indígenas, pues dichas asambleas, en todo momento están acompañadas de policías de la SSC quienes resguardan a parte del padrón de comuneros que ha favorecido a los empresarios y autoridades directamente beneficiadas con su voto. Las asambleas han sido ordinarias, mal hechas y han sucedido en todos los pueblos que están luchando contra el proyecto carretero, dentro de esas asambleas al interior hay ministerios públicos, personal de gobernación, policías municipales y policías antimotines, afuera de la asamblea aproximada 650 policías acuartelados en el campo de fútbol sitiando a la comunidad, bajo operativos que infieren directamente en la toma de 126


decisiones, pues ingresan con la intención de tomar el control y favorecer a políticos y empresarios involucrados en la aprobación del proyecto carretero. El 31 de marzo de 2014 se realizó una asamblea general de acuerdo con la primera convocatoria expedida para esta fecha, misma que se publicó en los lugares más visibles del núcleo, a dicha convocatoria, no asistió el quórum necesario para celebrarla según lo contenido en la ley agraria y sus especificaciones para el desarrollo de las asambleas generales y ordinarias, se firman el acta de no verificativa el presidente Francisco Ortega García, Primer secretario Gregorio de la Cruz Alfaro, Segundo secretario José Marcelino Castañeda, dicha acta hace mención del cambio de fecha de 14 a 13 de Abril de 2014 para la segunda convocatoria. El 13 de abril de 2014 desde temprano como han figurando los dispositivos expropiatorios en la apropiación de tierras y territorios de los polígonos en conflicto, alrededor de 800 policías estatales de la SSC, tendieron un cerco a la comunidad e iniciaron la revisión de vehículos e identificaciones de quienes se aproximaban al lugar donde esta mañana se celebraría una asamblea para renovar a los representantes de bienes comunales de San Francisco Xochicuautla. El 27 de febrero de 2015 desde las dos de la mañana, al menos 20 camionetas y tres camiones de la policía del Estado de México, de la SSC y el grupo táctico de la policía de Lerma, sitiaron las orillas y centro de la comunidad de San Francisco Xochicuautla como es costumbre, debido a la celebración de una asamblea con la intención de indemnizar a los afectados por el proyecto autopista Toluca-Naucalpan, esto quiere decir que tiene la finalidad de culminar con el proceso de despojo, en la medida que van a pagar a quienes han aceptado el paso del proyecto sin ser directamente afectados. La comunidad en todo momento responsabilizó al gobernador de esta entidad, Eruviel Ávila Villegas de forzar la aprobación del proyecto y su continuación en tierras y territorio en conflicto, ya que desde el principio han violentado derechos específicos, políticos, culturales y económicos de la comunidad, lo que representa graves daños con consecuencias irreversibles para las comunidades del Alto Lerma.

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Al margen de los procesos de legitimación del proyecto carretero con características de utilidad privada, y bajo el cobijo de las constructoras favorecidas por las licitaciones de Enrique Peña Nieto como gobernador del Estado de México y ahora presidente de la república. Desde el 9 de julio de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) varios decretos expropiatorios para abrir paso a la autopista Toluca-Naucalpan concesionada a TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA (el mismo implicado en la investigación de la casa blanca y los panamá papers). Decreto que destaca las afectaciones a la comunidad de San Francisco Xochicuautla, y su barrio La Concepción, en Lerma, Estado de México con 37-93-86 hectáreas de agostadero de uso común, los otros tres decretos para el mismo fin, se refieren a los ejidos San Pedro Totoltepec, Toluca, el ejido de San Mateo Atenco, del municipio del mismo nombre, y el ejido San Francisco Chimalpa, sobre el cual se enumeran 11 expropiaciones previas, todas, por supuesto, para infraestructura en la zona que integra el proyecto de urbanización del norte del Estado. Cabe señalar que gran parte de la comunidad de Xochicuautla se ha opuesto a esta obra pues consideran que será el punto de lanza para urbanizar toda la zona boscosa de Lerma y parte del área natural protegida denominada Bosque de Agua, donde se recarga el acuífero del río Lerma. En el decreto, el gobierno federal justifica la expropiación y la utilidad de la obra de la siguiente manera: “Se considera que los terrenos materia del procedimiento expropiatorio constituyen paso obligado de los flujos vehiculares entre la capital del país y la ciudad de Toluca, así como para conectar ambas áreas metropolitanas; por lo que resulta un factor determinante para el desarrollo económico y social para el Estado de México.”Dicha utilidad pública de la que hacen mención, está condicionada por los intereses y beneficios de particulares, pues se trata de una autopista privada. En todo momento, las asambleas han sido cooptadas por los intereses económicos y políticos de autoridades locales, municipales, estatales y federales, cómplices del delito de despojo que desde 2007 instaura en la comunidad distintos dispositivos expropiatorios que van adquiriendo forma en las instituciones locales, en este caso en la representación de la asamblea y de su comisariado de bienes comunales, quienes de forma constante han sido ejecutores de la cooptación y captura de la representación con la que han cobijado la aprobación, institucionalización y legitimación del proyecto carretero. 128


Las asambleas como dispositivos expropiatorios, son espacios de conflicto, que confrontan familias enteras, vecinos, autoridades tradicionales, pues al ser usurpados por el Estado como una institución encargada de la propiedad de tierras y territorios y bajo la connotación agraria con la que definen el bien común en términos de los procesos expropiatorios, comienzan a reglamentar la participación y a hacer visible el cruce de intereses bajo la continuidad de la corrupción, la ilegalidad, las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas a través del uso de la fuerza pública para garantizar el paso del proyecto. El uso de la fuerza pública está totalmente ligada a la criminalización y represión en tanto existen inconformes que han manifestado y denunciado en repetidas ocasiones los daños irreversibles que provoca el proyecto carretero a la vida comunitaria, desde que las asambleas se han convertido en escenarios de conflicto, la presencia de las fuerzas públicas se va delineando como cómplice del despojo, puesto que han sido ligados principalmente a la defensa de trabajadores, topógrafos y empresarios que en repetidas ocasiones han intervenido el territorio de la comunidad para realizar trabajos, también para garantizar que las asambleas se lleven en estricto orden que convenga a los beneficiarios del proyecto, toda esta relación de fuerza, muestra la ingeniería de apropiación con que el estado utiliza dispositivos expropiatorios a través de ejecutores y ordenadores que toman el control de las decisiones, del imaginario y del uso de la violencia para imponer el proyecto. En este contexto de violencia sistemática, además de la que se presenta en las asambleas, al interior y exterior, las incursiones, allanamientos, la represión y criminalización se han convertido en prácticas de violencia normalizada y sistematizada que lejos de garantizar la seguridad y la paz social como pregonan, vulneran la vida en todas sus dimensiones; la presencia de policías de la SSC es común, así como de otros elementos de la fuerza pública, policía Estatal y Táctica de Lerma, quienes el 14 de mayo de 2013 ingresan a tierras y cultivos de pobladores de Xochicuautla, protegiendo a la maquinaria que con su paso fue abriendo brecha para marcar el camino por donde pasa el proyecto carretero talando árboles, estacando y destruyendo todo a su paso, afectando terrenos de siembra, principalmente de maíz azul que combinan con haba y frijol en algunos casos, es preciso decir que las milpas además de ser una forma de policultivo importante en la alimentación 129


y formas de subsistencia de la comunidad, es también un eje central en el desarrollo de la vida común, comunitaria y cotidiana, pues es en ella donde se reproducen las prácticas históricas, tradicionales y epistemológicas, que dan sentido a la vida de las comunidades ñhäto, de ahí que la agresión a la tierra, transgrede las dimensiones netamente materiales, pues tiene impacto en la vida cotidiana, pero sobre todo en el sentido de ella, durante estos hechos los dueños de esos predios, intentaron detener el paso de las maquinas y fueron injustamente detenidos de forma violenta y arbitraria por los agentes de la SSC quienes derribaron y golpearon a las persona que se opusieron al paso de la maquinaria. Alrededor de las 13:30 hrs, los mismos que acompañan las maquinarias y a los empresarios, arrestan de forma selectiva a 14 compañerxs (Rosa Santos Bermúdez 68 años, Lidia Gutiérrez Santos 32 años, Hilda Gutiérrez Santos 29 años, Daniel Reyes Ramírez, Octavio Morales Alfaro 42 años, Basilea Pérez de la Cruz 54 años, Juan Jesús López Ortega, Melitón Ortega Villavicencio 48 años, Silvia Domínguez Martínez 49 años, David Ortega, Zaret Ortega Pérez 20 años, Margarita Hernández Mejía, Jesús Ortega Ramírez 62 años, Francisco Flores Gutiérrez 48 años, Antonio Ortega Villavicencio),todxs pertenecientes a la comunidad, todxs indígenas nhäto, todxs defensores del bosque otomí-mexica. En otro de los hechos que forman parte de las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, el 3 de noviembre de 2014 a la 1 de la tarde, la policía estatal, ministerial y municipal junto con personal de gobernación y topógrafos de TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGAingresaron ilegalmente al paraje conocido de “Zarzamora” de la comunidad indígena de San Francisco Xochicuautla. Vecinos de la comunidad se acercaron para pedirles que se retiraran porque no tenían permiso para estar en territorio comunal. Los trabajadores de la empresa, con toda la intención de provocar, encendieron su maquinaria pesada y la hicieron avanzar hacia los pobladores que se encontraban defendiendo sus terrenos. Al tiempo, los policías comenzaron a agredir y a golpear a los vecinos que intentaban dialogar. En el acto fueron detenidos de manera arbitraria 3 mujeres y 5 hombres, entre ellos, varios adultos mayores. Entre los detenidos están Francisca Reyes Flores, Mauricio Reyes Flores, Armando García Salazar, Venancio Hernández Ramírez, Domingo Hernández Ramírez, Jerónimo Martínez, Rosa Saavedra Felipa, Gutiérrez Petra, la detención incluye a autoridades y representantes 130


comunitarios que se oponen al desarrollo del proyecto, contexto de represión, normalización, criminalización y violencia que incluye a todas las autoridades que han empeñado sus esfuerzos conjuntos en dar continuidad a un proyecto que jurídicamente, ambientalmente, culturalmente y políticamente no es viable. Entorno a los tiempos de las asambleas, al parecer, al margen de una ingeniería social de apropiación sostenida en la acumulación por desposesión donde intervienen instituciones del Estado, Estatales y Federales que se cruzan con otras de carácter local favoreciendo el paso del proyecto, se han presentado distintas incursiones en el territorio para realizar una serie de trazos y trabajos topográficos que desde el principio representan una amenaza pues se transforman en operativos policiacos que sitian la comunidad en sus accesos principales, escoltan las maquinas y a los trabajadores, hasta los puntos donde tienen programado seguir realizando el trazo, todas estas incursiones, se realizan sin consultar a la comunidad e ignorando a sus autoridades tradicionales, burlándose del descontento e impotencia que provoca su presencia ilegal, en este caso, el consejo supremo indígena de San Francisco Xochicuautla, por lo tanto los trabajos realizados son bajo ordenamiento político, pues se ignoran los intereses de la comunidad, esto porque a pesar de que existe una serie de amparos con sentencias a favor de la comunidad, se han violentado de forma sistemática las suspensiones definitivas, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas en los documentos anteriormente citados. Todo esto forma parte de la violencia colonialista, capitalista y racista que cruza de lado a lado el conflicto, dividiendo y diferenciando a quienes permanecen inmersos de su contexto, lo que evidencia que desde las autoridades se constituye una cadena de mando que dota de funciones específicas a quienes fungen como ejecutores y ordenadores, coordenadas políticas que definen los hechos violatorios y visibilizan su gravedad, hablamos del contraste entre la visión universalista del desarrollo y el progreso de un modelo civilizatorio como única alternativa traducida en ganancias económicas, al margen de la imaginación política del capitalismo y colonialismo sin fin, y por otro lado, las cosmovisiones indígenas, en este caso, la compleja relación entre el territorio y la continuidad de la vida cultural de las comunidades ñhäto del Alto Lerma.

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En este contexto podemos distinguir momentos muy claros del conflicto, partimos por la incidencia que tiene la economía del sistema mundo moderno/colonial sobre la ubicación de zonas económicas que favorecen su universalización, con ello la expansión de políticas racistas, que privilegian en la desigualdad social y división social del trabajo, una forma de existencia monolítica, cartesiana, eurogringocentrada, en este caso las que coinciden con el capitalismo/colonialismo como única experiencia de vida aceptable que detalla las políticas de estado que han ido dando forma a la acumulación por desposesión a través de una serie de instituciones y hechos que son vigentes y reflejan las relaciones de complicidad entre el Estado y TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, como una base aplicable del modelo económico que por la representación de sus prácticas se asemejan a un modelo civilizatorio encadenado a una historia particular que nos remonta a la conquista, invasión e invención de América y a sus consecuentes formas de estructuración a través de la colonialidad, la modernidad y el colonialismo interno como piedra angular de estas dos caras de una misma moneda, siendo así, entendemos que no hay globalidad sin colonialidad y no hay colonialidad sin globalidad, en ese sentir el conflicto que atraviesa de lado a lado el territorio ancestral, común, comunitario, sagrado de la comunidad de San Francisco Xochicuautla podemos situarlo al margen de un conjunto de relaciones de poder que segregan, ausentan, invisibilizan, desconocen y diferencian a quienes no coinciden con el universalismo moderno/colonial que representa el progreso y el desarrollo que promueven desde el Estado como políticas de muerte. Siendo esta la fundamentación que se enquista en las distintas prácticas que forman parte de los dispositivos expropiatorios, aparecen mecanismos específicos que inciden en la toma de decisiones, en la cooptación, captura, las cuales se cruzan con las invasiones y allanamientos con los que ingresan a realizar trazos y trabajos topográficos sin consultar a la comunidad, ni a las autoridades tradicionales, lo que evidencia que detrás de la máscara de legalidad e institucionalidad que promueven desde las instituciones del Estado, tienden a normalizar la violencia y naturalizarla en el contexto del conflicto, en este segundo momento aparecen las asambleas y con ello la distribución de las partes, la estructuración del padrón de comuneros como organismo de representación de los núcleos agrarios, quienes registrados de forma selectiva han servido para dar continuidad al proyecto pese a las complicaciones que se han ido presentando, hablamos de los comuneros que han 132


recibido pago por afectaciones y por venta del territorio de uso comunal, bajo la presión de cientos de granaderos y policías fuertemente armados que intimidan, hostigan y reprimen, forzando así, la aprobación del proyecto, de modo que el uso de la fuerza pública forma parte de la operación y ejecución de los dispositivos expropiatorios pues es sistemática su aparición durante todo el proceso que pretende la apropiación del territorio, lo que se cristaliza en una cadena de mando relacionando a perpetradores intelectuales, con ordenadores y ejecutores, quienes representan al Estado y privilegian la continuación del megaproyecto pese a las constantes violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas en torno a sus derechos específicos: Derecho a la no discriminación y a la igualdad ante la ley, Derecho a la libre determinación, Derecho a la identidad e integridad cultural, Derecho a la propiedad de la tierra, el territorio y los recursos naturales, Derecho a la participación y a la consulta, Derecho al consentimiento, Derecho a sus propios sistemas de justicia, Derecho a la reparación, en ese sentido, para asegurar que el disfrute de estos derechos sean efectivos, los Estados deben garantizar a los pueblos indígenas, al menos lo siguiente: Autonomía o autogobierno en los asuntos internos y locales; Disposición de recursos para financiar sus funciones autónomas; Reconocimiento formal de las instituciones tradicionales y de los sistemas propios de justicia; Reconocimiento del derecho que tienen a determinar y a elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo de sus tierras o territorios y de los recursos naturales que allí se encuentren; Que serán consultados antes de adoptar decisiones que puedan afectarlos; Que se obtendrá su consentimiento antes de la ejecución de proyectos o planes de inversión que puedan causar un impacto mayor en su pueblo; Participación activa en la determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que los afecten; Participación plena y efectiva en la vida pública. Para esto, el Estado debe PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS En ese contexto y pese a que existen procesos jurídicos de defensa del territorio, se cuenta con una suspensión definitiva y una serie de amparos que de ser respetados prohíben el paso, acceso y destrucción del bosque sagrado otomí-mexica, sin contemplar la estrategia jurídica y las sentencias a favor de la comunidad, SAASCAEM, Secretaria de Gobernación, 133


Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México y TEYA S.A de C.V, filial de grupo HIGA, han ingresado nuevamente a trabajar en el territorio de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, en un operativo de hostigamiento e intimidación con policías fuertemente armados y personal de la empresa, quienes desde el día lunes 11 de Abril de 2016 Y 12 de Abril de 2016 han violentado de nueva cuenta los derechos específicos, humanos, políticos, sociales, culturales y económicos de la comunidad ñhäto. Con la particularidad que este es considerado uno de los operativos más violentos que distingue la comunidad y que en ese sentido, documentamos, difundimos y denunciamos. les pedimos a ustedes, pues que estén apoyando desde donde estén.-

HECHOS34 Lunes 11 de Abril de 2016 Camino a la comunidad por carretera desde la cabecera municipal de Lerma a san francisco Xochicuautla, el camino es patrullado, llegando al pueblo comienza a intensificarse la presencia de patrullas, vehículos de la policía estatal y granaderos. La comunidad sitiada y resguardada por más de 500 granaderos los cuales se mantenían en grupos y en puntos dispersados desde la entrada hasta el lugar donde los hechos transcurrían. -Victima de los hechosAllanamiento. Me informaron como a las 8, que tuviera cuidado porque en el camino de allá, vamos a hablar de Analco, de Atarasquillo, venían una caravana de granaderos y que estuviera pendiente aquí para ver a donde iban a subir, dicho y hecho, a las ocho y media a las nueve, los granaderos se comenzaron a dispersar a otros lados de la comunidad, allá donde está el campamento, de aquel lado, se fueron también varios granaderos con representantes de la empresa, yo me jale, para el campamento y otros compañeros vinieron aquí a cuidar la casa del doctor Armando, también vinieron aquí los granaderos y pues nos agarraron de sorpresa porque vinieron a tomar decisiones de tirar

las casas,

tumbaron el campamento de allá de la boldo, que es el campamento de nosotros – 34

Son el conjunto narraciones de las víctimas de los hechos y testigos; por cuestiones de seguridad decidimos ocultar sus datos personales y solo señalarlos como –Victimas de los hechos-.

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campamento de la digna resistencia- también vinieron a tumbar la casa del doctor armando, eso es lo que sucedió. De ahí solicitamos al botón de seguridad –mecanismo de seguridad para defensores de derechos humanos-, bueno yo en mi caso solicite al botón de seguridad pero nunca hubo respuesta, nunca hubo apoyo como lo habíamos quedado con – CNDH-, de ahí me vengo para acá donde se hizo la destrucción de la casa del doctor Armando, y encuentro millares de granaderos, yo vi plenamente la destrucción de la casa del doctor armando, llega derechos humanos le hago la denuncia le enseño las evidencias y les pido que nos levanten el acta circunstancial, pero ellos se detienen hasta manifestarse de hablarse con los indicados, digamos, sus jefes, y de ahí ha quedado, actualmente – después de la destrucción de la casa- llega gobernación por parte de derechos humanos y dicen que hagamos una comisión para dialogar la problemática que hay acá, hubo muchas agresiones que me comentan, mi compañera Isabel, le tiraron, le quitaron el botón de seguridad, bueno estas fueron las violaciones que hicieron los granaderos aquí en la casa del doctor armando. -Victima de los hechosYo me entere porque me avisaron de armando, que vieron los granaderos que vinieron por el barrio de Atarasquillo de Amomolulco entonces me dijeron estén pendientes porque no saben de dónde van a entrar, casi entran siempre por Buenavista, entonces le dije aquí voy a estar al pendiente los granaderos van para allá estate al pendiente, entonces yo salí para afuera y vi que toda la policía se vino hacia el centro, pero le dije que no que toda la policía no se fue para arriba, después como media hora ya entraron por Buenavista, y dice también a donde vivo yo y donde vive toño, ya está rodeado Xochicuautla, yo llegue aquí como a las doce, si, como a medio día, ya estaba la maquinaria aquí enfrente, había poca gente, la verdad había poca gente dicen los compas no nos van a hacer nada, pero no, fue al revés yo intente grabar, bueno sacar unas fotos, me introduje adentro de la casa y nos sacaron, formaron una valla y golpearon la puerta, yo no vi quien la golpeo pero golpearon la puerta y sacaron a toda la gente, la empresa traía trabajadores adelante y sacaron las cosas la maquinaria destrozo la casa, fue horrible pues, bueno me decía armando que sus cosas personales, algunas cositas, alhajas, sus documentos que no los pudo sacar, bajo ninguna orden, sin ninguna orden legal, entraron a la fuerza. La compañera dice que la golpearon, yo Salí y me dijeron te bajas hijo de la chingada, te sales o te sales yo me Salí, a mi no me golpearon ni me agredieron, pero a chavelita si no se a 135


quien mas pero sí estuvo así, fue un desalojo, allá en el campamento, la maquinaria también estaba trabajando ahí, hasta que llego la comisión de derechos humanos y dejaron de trabajar, después el jefe de los granaderos ya no dio más instrucciones como que se escaparon, cuando llego la comisión de derechos humanos, muchos se disfrazaron se cubrieron la cara, los policías les tuvieron miedo, entonces llego otro medio de comunicación y ya dejaron de trabajar. Y ahora sí que apoyar a la familia, a donde va a vivir si fuera legal uno comprende, me van a pagar ya me voy a rentar, no sé, pero nada de eso, pues eso es a grandes rasgos lo que vimos y lo que paso. -Victima de los hechosEn la comunidad de San Francisco a partir de las 10 de la mañana del día de hoy (11/04/2016) comenzaron a llegar elementos de la CES (Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana) empezaron a subir maquinarias pesadas, derribaron el campamento que le habíamos denominado campamento de paz de la digna resistencia, todo quedo enterrado y después nos enteramos que estaban rodeando el castillo, así le llamamos a la casa del Doc. Armando pues es una casa muy enorme, era, entonces la gente empezó a subir y los policías nos detuvieron, nos dijeron que nadie podía entrar y así a una señora la sacaron de la casa por la fuerza, entonces estuvimos aquí esperando una respuesta, porque ni siquiera sabíamos dónde estaba el comandante ni nada, esto es una injusticia, están violando nuestros derechos ni siquiera respetaron el amparo-Victima de los hechosPues los granaderos comenzaron a llegar desde temprano, como a las 10 de la mañana, venían muchos carros, eran bastantes granaderos y de hecho venían bien burloncitos, yo estaba viendo desde mi casa. Entonces me fui a ver a mi cuñado, pues era mi pendiente de que a lo mejor yo sabía que algo estaba pasando, me fui con mi cuñado y no estaba. Ya después llegó y me dice “todo está tranquilo tú no te preocupes, no pasa nada”. Y bueno me quede. Pero ya mi otro cuñado dijo: “Armando ven, ya están en tu casa”. Entonces nos subimos, los poquitos que estábamos nos subimos y vimos que muchos estaban escondidos entre los árboles, empezaron todos a rodearnos. Yo de antes ya había puesto mi camioneta para que ya no pasaran por el terreno, pero es grande el territorio, le buscaron la forma y se subieron. En total fueron cuatro camionetas, pero llegaron primero dos y luego las otras dos, ya después subieron los otros carros en que venían, se podría decir, “las cacas grandes”, que venían bien escoltaditos. Los granaderos empezaron a escoltar toda la parte 136


de la capilla y vimos que empezaron a hacer movimiento en la parte de arriba en donde meten las maquinas, también vi que en la carretera venían los tráileres y arriba traían las maquinas, eran tres máquinas las que empezaron a subir, venían granaderos en las maquinas. -Victima de los hechosDemolición. Ahorita están derribando mi patrimonio, mi hogar sin ninguna notificación previa, con el apoyo de vecinos fuimos desalojados de mi casa, se tiene de todo los materiales necesarios para dar fe. Estamos viendo cómo están derivando el patrimonio de muchos años y pues ni odio esto es una de las injusticias más de nuestro gobierno de nuestro mal gobierno. De ante mano sabemos que si estamos en contra de este proyecto es por la ley "no está asistiendo", tenemos amparos vigentes que son prueba de ello. Sin embargo el personal de hoy encabezados por un señor que se hace llamar Luis Enrique García del área de gobierno del Estado de México hoy por la mañana me hacía una notificación con copa de lo que es el decreto expropiatorio; obviamente esa notificación no venía a mi nombre por lo cual no la recibí y pues bueno esa fue la respuesta de ellos para una vez más para una vez más demostrar su poderío del gobierno y decirles que en este país la justicia solo existe para los que tienen dinero, para los pobres no hay justicia. No, nos dieron tiempo de sacar nuestras pertenencias, de hecho el personal de la empresa fue el que se encargó de sacar parte de lo que nosotros teníamos ahí no sacaron en su totalidad todo, todos mis documentos, todo mi patrimonio está prácticamente en los escombros. -Victima de los hechosCuando llegaron los señores [empresarios] hablaron con mi cuñado sobre el arreglo, mi cuñado les dijo que no, hasta que no hubiera una notificación con su nombre, cosa que no tenían. Ellos le decían recíbanlas, y mi cuñado les respondía que no, que no iba a recibir nada, los señores preguntaban “¿entonces qué hacemos con el papel?”, “lo que usted quiera pero yo no lo voy a recibir”. El señor ya se empezaba a alterar más, decía “bueno, si usted no me lo quiere recibir yo vengo a estoy como quiera usted”, ya venía con los topógrafos a inspeccionar la obra. Todo estaba tranquilo, pero los granaderos se empezaron a mover y las maquinas empezaron a avanzar, de repente toda la casa estaba rodeada, todo el tramo ya empezaba a rodearse más, entonces la gente, los que pudimos, 137


nos metimos adentro de la casa porque es la casa de mi cuñado. Ya fue que nos metimos todos en la planta baja, yo con cuatro personas más me subí hasta arriba para sacar fotos, una muchacha también quería entrar a la casa pero le dijeron “no, ustedes ya no pueden entrar”. Empezaron a hacer su baya en toda la casa, la muchacha les decía “déjenme entrar” y le respondían“no, ya no la vamos a dejar entrar” y fue que los granaderos empezaron a agredir más, yo desde arriba saqué fotos. De momento dijeron los otros compañeros de arriba “vamos a bajarnos porque ya vienen”. Y empezaron con la puerta a darle de patadas y todo, y la puerta es de metal es como de abarrotes. Aun así, comenzaron a golpear, a golpear, a golpear, la gente se comenzó a alterar de lo que pasaba. Como estábamos arriba nos dice un señor “ya vienen para acá arriba”, y si, cual es mi sorpresa, que voy bajando y ya estaba todo resguardado, y que me dicen “bájese ya señorita, ya no puede estar aquí”, y le contesto “es que voy a ir por mi cuñada”, y me dicen “no, ya no hay nadie, bájese por favor, déjenla bajar”. Y pues me baje y ya todos estábamos ahí. De hecho mi cuñado tenia perritos y no nos dejaban que nosotros fuéramos por ellos, con trabajos nos dejaron sacar a los animalitos. No nos dejaron sacar nada, más que sacaron madamas cuadros religiosos, fue lo único que sacaron, todas las pertenencias se quedaron adentro y no nos quisieron decir más detalles. Todo estaba resguardado. Estábamos todos allá y los granaderos nada más veían, pero en eso nos avientan gas lacrimógeno, nos lo aventaron y todos empezamos a correr. Uno no les hizo nada, de hecho estábamos al pendiente porque a una señora que estaba adentro con su nietecita si la tiraron. Se quedaron celulares, cargadores, documentos, diplomas de mi cuñado porque él es doctor, se quedaron todos sus papeles ahí adentro, las camas y los muebles se quedaron, tenía un buen de pertenencias, maquinas, todo se quedó adentro, no sacaron nada, y ya se quedó así, ya no nos dijeron nada. Ya hasta que la gente se empezó a juntar más y más fue lo que paso. Llegaron las máquinas y empezaron a tirar todo, por más que uno les decía que no, que no tenían permiso, y el señor empresario ya no nos quiso dar la cara. Se metieron a la fuerza, sin papeles ni nada y no quisieron explicar. Estaba todo resguardado, toda la casa estaba resguardada, uno ya no tenía acceso para meterse ni para salir, la casa la rodearon y no dejaron sacar nada más que eso. Estaban las camionetas ahí con granaderos, yo creo que esperando llamada o algo y había gente nada más mirando y todo; pero si, hubo mucho movimiento de parte de ellos. De hecho después de que se bajaron comenzaron a 138


burlarse, yo creo querían provocar, si había mucho respaldo fuera de aquí. Ya sabían a lo que venían ellos. -Victima de los hechosMartes 12 de Abril de 2016 Allanamiento Me levante y me dirigí a lo que quedaba del campamento, al llegar ahí me di cuenta de que pues que habían devastado todo totalmente, empecé a escombrar y lo primero que se me vino a la mente fue sacar esas imágenes que teníamos ahí, una virgen, un cristito que teníamos y una imagen del Sr. De la exaltación, en eso empiezo a mover madera que tenía ahí y toda la tierra que ya se le había echado, cuando estoy intentando sacar las imágenes en ese momento fue cuando llegaron los granaderos eran aproximadamente las 10:00am y el que iba al frente de ellos me pregunta que ¿Qué estoy haciendo yo ahí? Y le digo escombrando, tratando de rescatar lo que tú tiraste, me dijo que era una propiedad Federal y que saliera de ahí que ya estaba expropiado y lo que yo le dije: para tu información amigo la expropiación que tú me estas mencionando se fue abajo por que no cuentan con las facultades y con los elementos suficientes que debe de contar una expropiación, pues no vale. Y me dijo que dejara de estar chingando y que me saliera, así con esas palabras me dijo “ya deja de estar chingando y salte” y otra vez le dije ¿Por qué? si estoy en mi terreno con qué derecho vienes a sacarme de mi propiedad, de mi propia propiedad, estoy en mi casa y tú me quieres sacar a la fuerza estas mal. Me dijo “te sales por las buenas o te saco a chingadasos hijo de la chingada”

fue cuando yo me

moleste y le dije pues sácame si puedes en ese momento agarran dos granaderos se meten y me toman por los brazos, pero uno de ellos me quiere quitar el celular porque yo estaba grabando, cuando veo que me quiere quitar el celular, empiezo a manotear y forcejear con él y otros dos empiezan a golpear por la espalda entre las costillas y el otro empujarme y pegándome y en el forcejeo se me llego a quitar el celular y el otro se da cuenta que llevo un radio en la bolsa y me dice que traes ahí hijo de la chingada y le digo que te importa a ti y me intentó quitármelo también arrebatármelo pero yo no me deje y pues yo si empecé a manotear a defenderme de lo que me estaba haciendo y el otro se avanzó rápido así camino y le dije “dame mi celular dame mi celular” como no me hacía caso, los otros dos me venían pegando entonces lo único que hago fue correr así zafarme de ellos, llegar con 139


el otro y quitarle mi celular, nuevamente me querían quitar mi celular y en eso se dan cuenta de que yo estaba forcejeando con el otro y pues llegan otra vez y me dicen ya llégale a la chingada o te vamos a cargar le dije con qué orden que me presentaran una orden que si llevaban una orden luego luego llega otro y me dice ya cálmate, bájele o te vamos a dar una pinche calentada. En eso ya llegan otros dos compañeros y se dan cuenta de lo que estaba pasando se dan cuenta que me estaban ahí golpeando y ellos preguntan que por qué me golpean y contesta uno bien déspota “no lo estamos golpeando simplemente lo estamos sacando de aquí de donde está la maquinaria porque si no lo aplastamos” al ver esto pues me siento impotente porque eran como 60 granaderos y pues la verdad yo solo no podía hacer nada pues ya en eso momento pues ya mejor me hice a un lado porque yo no sabía qué hacer en ese momento y ya cuando vi llegaron los otros compas y me dicen ya retírate ya nada más alcance a rescatar la poca madera que llenaron de tierra y ya me fui de ahí, más adelante me encontré a los demás y me dijeron que ¿qué había pasado? pues que ya empezaron las maquinas otra vez pues ya vámonos porque ahorita ya se pusieron en un plan bien pesado y que cualquiera que se oponga o se pare enfrente que ahorita se lo cargan y ya pues lo único que hicimos fue seguir sacando fotos y mantenernos a distancia, eso fue lo que paso. -Victima de los hechosIntento de demolición. La misma jugada de ayer, en la mañana, vi que la maquinaria arranco pero acompañada de policías eran como entre 30 y 50 pero ya venían para acá a este lugar (castillo), así que me comunique con los compas, los puse en alerta, ya cuando llegue aquí, la maquinaria estaba rodeando la capilla para derribarla, pero aquí los compas los mismos que ayer sufrieron el daño, ahora se aferraron y se metieron a la capilla, ahora si ya no nos va a pasar lo de ayer, agarraron y no dejaron que los policías sacaran las imágenes de ahí. Se siente uno impotente porque ver así dos máquinas de cada lado, para ellos es una simple capilla, unas cruces, a lo mejor se las removemos y la pasamos a un lado, pero no, sino que para nosotros esas capillas, cruces, descansos los llamamos así, tienen para nosotros un significado, no se ponen nada más porque si o por gusto por complacer a alguien, no, eso viene de allá arriba para una persona que se alivie pues, entonces ellos no lo comprenden, qué más da “la derribamos y ya”, pero como estaban los de derechos humanos, la comisión de la ONU, ya los granaderos ya no hicieron su chamba como debe 140


de ser y pues ya se tranquilizaron, no derribaron la capilla pues ni otras casas que iban a tirar hasta medio día nos avisaron que la empresa ahorita no va a derribar la capilla y casas pero va a seguir trabajando, los amparos siguen vigentes pero no se respeta, uno les muestra todo eso y no, dicen ¿y a mí qué? Platiquen con gobernación o con alguien más, a nosotros nos urge terminar la obra, entonces por ejemplo la empresa dice “a nosotros nos urge, nos pagan por esto, por trabajar y tenemos que avanzar”, sé que están violando todos nuestros derechos, todititos, desde los árboles, nuestros bosque, nuestra agua, nuestros patrimonios, yo por ejemplo mis cosechas, ya perdí mi tierra en donde pedir la semilla, la semilla donde nosotros a veces llevamos a los cerros sagrados, ósea de la misma semilla que nosotros sembramos de esa misma cosecha le ofrendamos a nuestros cerros sagrados. ya perdí todo eso y eso es lo que ellos no entienden, para ellos es puro dinero, dicen “a pues vendes tu tierra te compras un carro” pero eso no, sino que pues están derribando árboles a más no poder, plantas y todo lo que hay a su paso, es muy feo lo que estamos viviendo como pueblo y a nivel México, no es nada mas de Xochicuautla todo México lo está viviendo, por allá en el norte con los yaquis, allá en Chiapas, en Guerrero, Veracruz, antes yo decía que nada de esto nos iba a pasar, pero si estamos viendo que la ley no es para los mexicanos, la ley está hecha para los ricos, para los que están en el poder, porque pues esta la constitución, está el convenio 169 y no sé cuántas cosas más que el estado ha firmado y ahí están pero no son aplicables ni en lo más mínimo, ósea de nada sirve que haya, sirve porque pues la siguen violentando unos, pues es a grandes rasgos lo que sigue pasando y mañana dicen que la empresa no deja de trabajar tiene que terminar su trabajo, incluso pues ya salió en un comunicado de las noticias que en Lerma ya se sigue continuando el trabajo de la autopista Toluca-Naucalpan, pero no dicen que existen dos amparos y suspensiones definitivas. Breve Cronología de Hechos. Con una ofrenda y ceremonia maya-otomí, dio inicio en la Ciudad de México la Campaña Nacional en Defensa de la Madre Tierra y el Territorio. La campaña fue inaugurada por artistas, intelectuales y

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músicos solidarios, quienes acompañaron a las autoridades de los pueblos indígenas en resistencia, en su pronunciamiento en contra de los proyectos de muerte que pretenden el despojo y explotación de las comunidades y sus recursos. El mensaje es simple: la vida y el territorio están en riesgo, tenemos que defendernos hasta las últimas consecuencias.

11 abril de 2016 10:35

Maquinaria pesada está subiendo a la comunidad

11 abril de 2016 10:54

Provocación: un carro polarizado rondando, un policía caminando con su mauser,un camión grande junto con tres camionetas llenas de granaderos, tres camionetas llenas de trabajadores,una camioneta del grupo teya.

11 abril de 2016 11:29

En este momento maquinaria protegida por policía estatal está derribando el campamento de paz en Xochicuautla

11 abril de 2016 11:31

Hace unos momentos ingresa policía estatal a territorio otomí

11 abril de 2016 12:31 En estos momentos acaban de derribar nuestro Campamento de Paz y de la Digna Resistencia, por otro lado entró la maquinaria en la colonia Buenavista acompañada de dos camiones de granaderos. En el paraje llamado “Lampeni” se encuentra personal de gobernación y empresa Autovan S.A. de C.V. con policía estatal queriendo derribar la casa de nuestro compañero Armando García.

11 abril de 2016 12:37

En estos momentos están desalojando a los compañeros de su hogar, igualmente sacando los muebles pedimos su apoyo para cualquier cosa que les pudiera pasar

11 abril de 2016 12:41

Cuerpos policiacos desalojan por la fuerza la casa de uno de los compañeros de Xochicuautla, 2 compañeros han sido golpeados

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11 abril de 2016 13:00

El hogar de nuestro compañero y hermano de lucha está siendo derribada en estos momentos de igual manera ha sido rodeada por granaderos

para

evitar

el

paso

Pedimos su total solidaridad ante la represión y hacemos responsable a los tres niveles de gobierno ante los hechos y de lo que les pueda pasar a los compañeros. 11 abril de 2016 13:30

Entrevista a Armando García sobre la destrucción de su patrimonio

11 abril de 2016 13:50

Destrucción del campamento de paz y digna resistencia en Xochicuautla

11 abril de 2016 16:00

Comunidad otomí construye un campamento en el lugar donde grupo higa destruyo la casa del doctor armando

11 abril de 2016 16:30

La comunidad se declaró en alerta máxima y piden estar pendientes de lo que pueda suceder

11 abril de 2016 16:40

Las mujeres dignas de Francisco Xochicuautla a la intemperie se organizan para resistir.

11 abril de 2016 17:00

Enviados de la CNDH se limitaron a observar los hechos, sin garantizar ninguna medida que garantice el respeto a los derechos humanos, y se retiraron sin entregar a la comunidad el acta de lo ocurrido, como lo habían solicitado.

11 abril de 2016 17:15

Por la tarde, el gobierno federal, a través de enviados de la Secretaria de Gobernación, pretendieron pactar una mesa de diálogo entre esta y una comisión de los habitantes de Xochicuautla, sin que hasta el momento se tenga ninguna garantía de que las agresiones vayan a terminar.

11 abril de 2016 17:15

Cerca de las 17 horas los elementos de seguridad y la maquinaria empleada para la agresión del día de hoy se retiraron de la comunidad

12 abril de 2016 09:00 Hoy a las 9 am, hace presencia el alto comisionado de la ONU para constatar hechos sucedidos ayer en nuestra comunidad 143


12 abril de 2016 10:00 Informan que nuevamente se dirigen policías de la Comisión Estatal de Seguridad CES a la Comunidad de San Francisco Xochicuautla 12 abril de 2016 10:30 Contingentes de policías y granaderos han sitiado la Comunidad Otomí de San Francisco Xochicuautla para continuar con el despojo y destrucción del bosque 12 abril de 2016 10:35 Se tiene la presencia de elementos armados (cabe aclarar que no se sabe qué tipo de arma), no queremos más represión para nuestras comunidades. 12 abril de 2016 11:00 En estos momentos arriban granaderos y maquinaria a Xochicuautla 12 abril de 2016 12:00 La comunidad reza dentro de la ermita que durante mucho tiempo fue paso de peregrinaje sagrado antes de que lo demuelan. Las imágenes religiosas, las oraciones y la dignidad se quedan dentro del templo sagrado 12 abril de 2016 12:30 La comunidad espera dentro de la capilla, resisten a salir. El alto mando de las Naciones Unidas en conjunto con Derechos Humanos espera la llamada de Gobernación para evitar la demolición. 12 abril de 2016 13:00 En estos momentos nos llega la información de que hay incendios en el pueblo y que los policías están culpando a los pobladores, los comuneros denuncian esta mentira y afirman que son los mismos policías quienes están prendiendo el fuego. 12 abril de 2016 13:30 Sigue el hostigamiento a quienes se encuentran defendiendo la capilla, argumentan los policías que pondrán sus cruces en otros lados, insisten en sacarlos y las mujeres deciden resistir adentro defendiendo sus lugares simbólicos y sagrados. 12 abril de 2016 16:00 Se retiran los agentes de seguridad pública que sitiaron la comunidad y protegieron la maquinaria

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Siendo esto los hechos y el conjunto de sus violaciones en términos de derechos de pueblos y comunidades indígenas, pero también como un atentado directo contra las dignidades humanas, mediante la ingeniería de apropiación del universalismo moderno colonial y su matriz de poder global, reflejo de un orden político, capitalista y colonialista, personificado en el despojo que hoy nos indigna, nos obliga a documentar, denunciar, difundir y combatir, en ese sentir, la Red de Antropologías Populares del Sur (RAPS), esfuerzo en el cual convergen las diferentes antropologías del mundo que luchan contra el epistemicidiogenocidio y sus artífices, asumiendo con responsabilidad el saberse situada en el tiempo y el espacio del conflicto y en el compromiso que este representa, nos sumamos a la exigencia de justicia social, justicia cognitiva y justicia histórica, y en contra de lo sucedido, por lo tanto, denunciamos lo siguiente:

-PRESENCIA DE MAQUINAS DE CONSTRUCCION –RETROESCAVADORASTRABAJANDO EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD, REALIZANDO EL TRAZO JUNTO A TOPOGRÁFOS, CUSTODIADOS POR LOS GRANADEROS. -PRESENCIA DE INFILTRADOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN, TOMANDO FOTOGRAFÍAS, GRABANDO EN VIDEO LA REUNIÓN QUE TENIAN LOS POBLADORES, TOMANDO NOTAS Y REPORTANDO A SU DEPENDENCIA. -DE FORMA ILEGAL, SIN NINGUN DOCUMENTO QUE AVALE LAS ACCIONES TOMADAS DE PARTE DE LA EMPRESA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO, SE DEMOLIO LA CASA –CASTILLO- PROPIEDAD DEL DR. ARMANDO GARCÍA SALAZAR, DELEGADO DE LA COMUNIDAD DE SAN FRANCISCO XOCHICUAUTLA. -AGRESIONES CON GAS LACRIMOGENO, GOLPES Y AMENAZAS POR PARTE DE LOS GRANADEROS A POBLADORES DE LA COMUNIDAD QUE RESGUARDABAN EL CASTILLO.

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-LA VIOLACIÓN DE LA SENTENCIA DE SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LOS AMPAROS CON FALLOS A FAVOR DE LA COMUNIDAD DE SAN FRANCISCO XOCHICUAUTLA. -EL INTENTO

DE DESTRUCCIÓN DE LA CAPILLA Y CON ELLO LA

DESTRUCCIÓN DE LOS ELEMENTOS CULTURALES Y SIMBOLICOS QUE DAN SENTIDO A LA VIDA DE LAS COMUNIDADES DEL ALTO LERMA. -EL ALLANAMIENTO DE LA COMUNIDAD Y LAS VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.

523 jëya te hü dospoho, 523 jëya meti ntöts´e po hëgi, th¨ge a nujü jäi, 523 jëya meti dänsu n´e nogo, pa dëni meti ua. -523 años que nos descubrieron, -523 años de lucha por liberar a nuestra gente, 523 años de rabia y dignidad para seguir de píe.-

POR ANTROPOLOGÍAS CON COHERENCIA ÉTICA Y CONSECUENCIA POLÍTICA, SERNOS Y HACERNOS CON LOS QUE LUCHAN.

RED DE ANTROPOLOGÍAS POPULARES DEL SUR –RAPS-

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Informe Antropológico y Arqueológico Sobre afectaciones al patrimonio biocultural, patrimonio simbólico, patrimonio arqueológico por el trazo de la Carretera privada Toluca-Naucalpan en el territorio Ñhäto de San Francisco Xochicuautla. Objetivo General El presente informe tiene por objetivo describir y documentar el vínculo material y simbólico que sostiene la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, pueblo Ñhäto del Alto Lerma con el territorio que ocupa de forma tradicional. De forma que este objetivo general cubre otros específicos que van ligados entre sí.

Objetivo Especifico 1. Documentar elementos culturales que forman parte de las prácticas de ocupación, uso, distribución y significación de tierras y territorio Ñhäto de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, que incluye calendarios religiosos, espirituales, sagrados, ancestrales, festivos, agrícolas y ceremoniales, indivisibles y de vital importancia para la continuación de la cultura e identidad de la comunidad indígena. Este objetivo específico se entrelaza con variables que nos permiten precisar sus contenidos a través del registro, documentación, sistematización y análisis de información sobre la diversidad y diferencia de las culturas para su entendimiento, a través de procesos metodológicos de carácter etnográfico y técnicas de investigación propias de la Antropología. Para la sistematización de la información se hace uso de conceptos y categorías que permiten situar la información para su análisis. 

Espacialidad

Temporalidad

Sentido

2. Documentar la presencia de bienes arqueológicos de vital importancia para el registro, conservación, protección, resguardo y restauración dada las evidencias de sistemas de construcción prehispánica tipo terrazas, así como ídolos, cerámicas y algunos otros elementos arqueológicos que incluyen capillas y descansos, entre ellas algunas piedras y 147


construcciones en el cerro de la doble campana y el conjunto de la red de cerros que forman parte del espacio sagrado que les incluye. Este objetivo especifico para su desarrollo, implica la incorporación de metodología de registro, descripción y levantamiento de datos etnográficos, además de realizar mediciones sobre algunos muros visibles que supone un sitio de construcciones prehispánicas conocido como terrazas. 3. Describir la importancia del vínculo material y simbólico de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla con su territorio como parte fundamental para la continuación de la cultura e identidad Ñhäto de la Comunidad del Alto Lerma.

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Perspectiva metodológica. Como hemos hecho mención en los objetivos generales y específicos, dicho informe contempla la incorporación de metodologías propias de la Antropología en particular una etnografía participativa que incluye la presencia en el lugar –trabajo de campo-, a partir de recorridos de área para la documentación, principalmente descriptiva de prácticas culturales que requieren de miradas antropológicas muy precisas para su observación, documentación y en ese sentido análisis para el entendimiento del vinculo cultural y simbólico entre los Ñhäto de San Francisco Xochicuautla con su territorio y con ello posibilitar información que llene el vacio de entendimiento que ha marcado el conflicto que se vive en territorio de la comunidad. A través de la etnografía es posible documentar las percepciones que los participantes tienen del territorio, su distribución, ocupación, uso, historia y significación, la técnica consiste en reconsiderar la cartografía espacial desde la memoria oral y la búsqueda de las evidencias materiales o simbólicas. En la epistemología indígena las evidencias materiales y simbólicas se consideran vinculadas dialécticamente, de modo tal que no puede decirse que alguna pueda tener precedencia o mayor importancia que la otra, en ese sentido son indisolubles, transtemporales y pluriversales. Se busca así contar con instrumentos visuales, orales, narrativos que certifiquen y plasmen a través de nombres, relatos, sucesos, historias, sentidos los modos de ocupación tradicional del espacio realmente vivido y habitado, de forma que pueda encontrarse el vinculo de importancia vital para la continuación de la cultura, identidad, y territorialidad de los Ñhäto de san Francisco Xochicuautla, lo que permita garantizar su continuidad histórica, social, cultural y cognitiva en su territorio. Estas instancias resultaron propicias para la puesta en práctica de estrategias metodológicas tales como entrevistas abiertas -tanto individuales como colectivas- a diversos integrantes de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla; así como conversaciones espontáneas sobre aspectos significativos de la vida comunitaria y con ello de las políticas de organización de lo común. A esto se suman recorridos de área, mediciones y registro fotográfico de un sitio que a la vista de los especialistas en arqueología que acompañan a la comisión de apoyo técnico y a las pruebas documentales figura como un sitio de terrazas prehispánicas que se encuentra en el cerro de la

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campana, la verónica y otros que forman parte del espacio sagrado que se personifica en el señor de la exaltación que explicaremos en su momento. Todas estas herramientas en conjunto han permitido construir la información documental a partir de la cual se desarrolla el presente informe, sin embargo es de suma importancia recalcar la necesidad de exigir la presencia del INAH en la elaboración de estudios arqueológicos y antropológicos en la región para garantizar el respecto, conservación y protección del patrimonio arqueológico, simbólico y cultural a la fecha dañado de forma irreversible por el trazo del proyecto carretero, en lo que compete a la comisión de apoyo técnico de la comunidad de San Francisco Xochicuautla se presentan los objetivos de la documentación, las estrategias metodológicas llevadas a cabo y con ello el análisis y recomendaciones para garantizar el respeto de los derechos de pueblos y comunidades indígenas contenidos en el derecho consuetudinario internacional, acuerdos, tratados, convenciones y jurisprudencias, así como lo contenido en las leyes nacionales en la materia.

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Informe Antropológico. Espacialidad La Comunidad de San Francisco Xochicuautla, es una comunidad indígena, perteneciente al pueblo originario Ñhäto, -Otomíe del Alto Lerma- población hablante del idioma Ñhäto, que conservan las tradiciones culturales e históricas del pueblo, sus instituciones y prácticas culturales, sociales, económicas, políticas y epistemológicas que engloban el respeto a la madre tierra Ma´joï35, a la tierra y el territorio. Por su ubicación geográfica y división política podemos situarnos en la zona centro del oeste del Estado de México, en el municipio de Lerma de Villada en el cruce entre la sierra de las cruces y el valle Matlazinca, limita al norte con el municipio de Xonacatlán, al noreste con el municipio de Naucalpan,

al

este

con

el

municipio de Huixquilucan, al sur con el municipio de Ocoyoacac y con el municipio de Capulhuac, al oeste con el municipio de San Mateo Atenco y con el municipio de Toluca y al noroeste con el municipio de Otzolotepec. El municipio de Lerma de Villada cuenta con distintas relieves, entre ellas, su zona montañosa, colindante

con

San

Lorenzo

Huitzizilapan, Santa Cruz Ayotuxco, Atarasquillo, San Nicolás Peralta; ahí, entre el cerro de la campana y la Verónica se ubica la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de México. En la comunidad se correlacionan imaginarios que aluden a la distinción entre tierras y territorio, por tanto encontramos territorios ancestrales, sagrados, bosques nativos de uso común,

35

Es el referente central en la lucha por la vida, por la defensa de la vida y en ese sentido de la madre tierra que es quien representa la vida del todo, los ríos, aguas, arboles, aves, insectos, vientos, estrellas, cuevas y todos los seres animados e inanimados que forman parte de la vida, y el sentido de la vida para los Ñhäto del Alto Lerma.

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propiedad comunal y propiedad privada, tierras de siembra y vivienda, espacios sagrados de oración, peregrinación, lugares de ofrenda, esto incluye formas de organización particular, el consejo supremo indígena, organizaciones religiosas, juntas vecinales, comités, jefaturas de manzana, autoridades comunales, autoridades auxiliares, mayordomías, consejos ciudadanos, quienes organizan y dan sentido al uso del espacio y en ese sentido, al manejo de recursos vitales, para su conservación, preservación y mantenimiento, por lo tanto, ejercen formas de tenencia tradicional que han marcado las dimensiones históricas del uso de los recursos naturales, su convivencia y continuidad, así como ocupación y significación de tierras y territorios.

Entre la zona de baja y alta montaña del Alto Lerma donde se ubica la Comunidad indígena dentro del Bosque Otomí Méxica, santuario del agua y bosque nativo que surte vía el escurrimiento de agua al sistema Cutzamala y por consecuencia a la Ciudad de México y el Valle de Toluca, ahí entre ambos cerros, habita una población cercana a las 3613 personas para 2010 según datos del INEGI y un aproximado de 4100 para 2016, cuenta con una población en su mayoría indígena Ñhäto Otomí del Alto Lerma-. San Francisco Xochicuautla y su barrio la Concepción Xochicuautla, tienen una forma de ocupación y organización territorial que se distribuye según las condiciones propias de la región y sus procesos históricos de ocupación, recuperación y despojo, en baja montaña del gran Bosque Otomí-Méxica se encuentran los asentamientos y predios para viviendas, espacios habitados en

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ambos lados de los cerros, al píe de la Verónica y la Campana, cerros de importancia espiritual, religiosa y sagrada, en sus faldas, están distribuidos terrenos que en su mayoría son propiedad privada de las familias que ahí habitan, han heredado las tierras y protegido el territorio con base en usos y costumbres. En la zona de alta montaña se encuentra el bosque, los bienes comunales, sagrados, ancestrales, nativos y bienes arqueológicos comunes donde aparecen otros caminos, saberes y sentidos principalmente relacionados con las rutas de las peregrinaciones a los lugares de importancia espiritual y sagrada para los Ñhäto, también rutas de encuentro entre Nahuas, Otomíes y Mazahuas que caminan las montañas en los ciclos calendáricos, asociados a la continuación de la vida, la siembra, la cosecha, el tiempo, las festividades, celebraciones de santos, todas estas expresiones de un corredor intercultural que dota de sentido la relación entre los Ñhäto y el Bosque Otomí-Méxica, lugar que alberga una importante herencia cultural, simbólica y ritual que sigue vigente en el territorio ancestral que forman parte de la concepción de origen del mundo, del tiempo y en ese sentido, del pueblo Ñhäto -Otomí del Alto Lerma-, quienes dicen que su pueblo surgió en la zona montañosa. A su vez existen otras formas de organización del espacio relacionadas con el uso de los comunales, de carácter religioso, sagrado y espiritual, la sociedad del divino rostro mantiene rutas de peregrinaciones a santuarios de sanación y ofrenda, principalmente relacionados con la salud y las mandas realizadas para la curación a través de los elementos naturales que forman el todo en el que habitan los Ñhäto del Alto Lerma, formas de sanación que tocan, ya sea el tiempo, la lluvia o la granizada, la protección de la cosecha o las enfermedades que presenta la población y que está en manos del divino rostro a través de sanadores y sanadoras, graniceros y graniceras, tiemperos y tiemperas, rezadores y rezadoras, mejor conocidos como socios, socias y compadritos y comadritas y sus trabajos y servicios de curación. Entre las coordenadas de ubicación, diferente a la división de poderes, distritos electorales, regiones, municipios, están la de la geografía ancestral, el cerro de san Miguel Grande, cerro de Atlapulco, cerro de Acazulco, cerro Ayotuxco, cerro de Manipi, cerro gordo , ya sea con rumbo a la campana, la Verónica, Donikja o nace el agua, santuario de la fé y sanación por referir a algunas de sus colindancias con otros espacios sagrados donde se sitúa la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla.

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La Comunidad cuenta con una riqueza cultural, simbólica, epistemológica e histórica que se refleja en gran parte en las festividades, ceremonias, celebraciones, rituales y peregrinaciones que forman parte de la geografía ancestral y sagrada que atraviesa el territorio, el conjunto de sus montañas y sus tiempos que comienzan el 1 de enero, Año nuevo, 2 de febrero el día de la Candelaria, Domingo de Ramos inicio de semana santa, Domingo de resurrección, festividad llevada en la capilla de las tres cruces, la noche, la luminaria y el principio de la mañana, 3 de mayo Cambio de mayordomos de la capilla del señor de la Exaltación y el día de la Santa Cruz, 15 de Agosto día de la asunción de la virgen María, 8 de Septiembre conmemoración nacimiento de la virgen María, 14 Septiembre día del Señor de la Exaltación, 4 de Octubre festividad principal del santo patrón de la comunidad San Francisco de Asís, 31 de octubre, 1 y 2 de Noviembre días de muertos, 12 de diciembre Día de la Virgen de Guadalupe, Peregrinaciones que recorren los diferentes lugares sagrados alrededor del Cerro de la doble campana y cerro de Santa Cruz Ayotuzco territorio de Huixquilucan, así como el santuario de la Palma en territorio de Acazulco Ocoyoacac, Cerro de la Verónica, El llanito, Capilla del señor de la Exaltación en territorio de Xochicuautla. Por lo tanto la tenencia tradicional de la tierra y la distribución de los usos de los espacios está relacionado con experiencias jurídicas de reconocimiento de núcleos agrarios, núcleos comunales, propiedad privada, geografía ancestral, tenencia tradicional de tierras y territorios que es una muestra clara de la pluralidad de sus significaciones y en ese sentido de las complicaciones y complejidad de los conflictos que se presentan y han presentado con anterioridad, moldeando las dimensiones sociales, culturales, políticas, históricas y económicas de los Ñhäto del Alto Lerma, hablamos en particular de San Francisco Xochicuautla. En este sentido para situar a la comunidad, tenemos que considerar la pluralidad espacial y temporal que atraviesan el territorio, al ser una comunidad indígena se mantienen prácticas culturales prehispánicas y religiosas católicas que se cristalizan en la religiosidad popular con particularidades que han ido modificándose con los distintos procesos históricos que le dan forma y que les vinculan con tiempos pasados y presentes. De ahí que para tener claridad en términos de su espacialidad es preciso detallar en el marco de la composición pluricultural de la nación mexicana todas las coordenadas que sitúan a la comunidad indígena de San Francisco Xochicuautla.

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Temporalidad La Otomíes son un pueblo originario, los historiadores afirman que dicha cultura ocupa un lugar en el espacio-tiempo desde hace cerca de 5000 años a.c, por lo tanto habitan las tierras y el territorio desde mucho antes de la conquista española, habitantes de valles, lomerios, montañas y sierras alrededor

del

Estado

de

México, Hidalgo, Querétaro, Tlaxcala, Michoacán,

Guanajuato se

y

encuentran

distribuidos los ñätho (valle de Toluca), hñähñu (valle del Mezquital), ñäñho (Santiago Mezquititlán en el Sur de Querétaro) y ñ'yühü (Sierra Norte de Puebla, Pahuatlán) son algunos de los gentilicios que los otomíes emplean para llamarse a sí mismos en sus propias lenguas, aunque es frecuente que, cuando hablan en español, empleen el etnónimo otomí, de origen náhuatl. De acuerdo con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), en el Estado de México “[l]os otomíes se encuentran dispersos en varios municipios de este estado, y según censos oficiales aquellos donde se asienta un número significativo de hablantes de lengua otomí son: Toluca, Temoaya, Acambay, Jiquipilco, Morelos, Otzolotepec, Lerma, Chapa de Mota, Aculco, Amanalco, Temascalcingo, Huixquilucan, Xonacatlán y Atizapán de Zaragoza.” La palabra Otomí es tomada como una palabra despectiva, hay quienes señalan que la palabra Otomí, en ese mismo idioma, está compuesto así: Otho = No poseer o poseer nada Mi = establecerse. Deducen que el significado aglutinado es “Pueblo errante”, aunque por otro lado hay quienes afirman que tomando el idioma náhuatl se obtiene lo siguiente: Otocac = El que camina Mitl = Flecha Totomitl = Flechador de pájaro o aves Y retomando los distintos significados obtenemos el significado de la palabra otomí, que sería: Cazadores que caminan cargando flechas. Los otomíes forman parte del grupo otomangue y de la familia lingüística otomí-pame, la cual se divide en dos grupos: por un lado, los otomíes, mazahuas, matlatzincas y ocuiltecos, por otro, los 155


pames y chichimeco-jonaz. Los otomíes se encuentran entre los más antiguos pobladores sedentarios que permanecieron en la Meseta Central, es tal su antigüedad que nos atrevemos a decir que han sabido a través del tiempo vivir-con y conservar sus contextos históricos, patrimonios naturales, religiosos, arqueológicos, espirituales, sociales, económicos, políticos pese al universalismo del sistema mundo moderno colonial y sus enormes contradicciones. Los Otomíes se sitúan en diversas regiones del Altiplano, se asentaron en la región central desde principios del siglo XVI, construyeron asentamientos en valles y montañas. principalmente, aunque con el paso del tiempo y la migración constante a las grandes ciudades, ahora están dispersos en muchos lados de la república reorganizando sentidos y significados entorno a su identidad como Otomíes fuera de sus territorios : de forma geográfica, su distribución se encuentra en los alrededores del Nevado de Toluca, Zinacantepec, Tlacotepec, Toluca, en el Norte, Temoaya, Otzolotepec, Xonacatlan, al Noreste Lerma, Ocoyoacac, Huixquilucan en la Provincia de Xillotepec, Tula, Sierra de las Cruces (Quauhtlalpan), el Norte del Valle de México (Teotlalpan), el Valle del Mezquital, Metztitlan y Acolhuacan. La frontera noroccidental del Estado de México estuvo ocupada por pueblos poderosos y grandes, de gente serrana, es decir, Chapa (de Mota), Jilotepec, Jiquipilco, Jocotilán, Cuahuacan, Cila y Mazahuacan, región del Estado de México que se considera como la región otomíe la cual fue evangelizada por Franciscanos en el Estado de México y por Agustinos en el Valle del Mezquital. Es preciso recalcar que la distribución geográfica del Norte del Estado de México y del Sur de Querétaro e Hidalgo, han separado físicamente a las Comunidad y Pueblos que forman parte de la región Otomíe, sin embargo existen coordenadas culturales que alternan las geografías y calendarios que en determinadas fechas y celebraciones les juntan y mantienen unidas, en distintos intercambios rituales, ceremonias o relaciones comerciales, con las comunidades del Norte y Noreste del Estado de México, (Soustelle; 1993, p. 112) distinguió tres zonas geográficas importantes: la oriental, la central y la occidental, todas divididas por una serie de cadenas montañosas que tienen como centro la región de Jilotepec. “Si se considera la extensión territorial de estas dos zonas, uno se da cuenta de que están unidas una a otra por una especie de bisagra, que es la región de Jilotepec. Esta región es, en efecto, la única por donde se puede pasar del Estado de México al de Hidalgo, de la zona occidental a la zona central y occidental sin dejar un solo instante pueblos otomíes.”

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Dentro de esa inmensa región, en la zona central, se encuentra San Francisco Xochicuautla, comunidad Ñhäto enclavada en el paisaje cultural serrano del Alto Lerma, en las montañas que dividen la ciudad de Toluca, del Distrito Federal y su zona metropolitana; su ubicación la convierte en una zona de climas variados, alternando con zonas boscosas y de alta y baja montaña que personifican su relieve, así como los significados que dan sentido a la cultura de la comunidad Indígena. En el transcurso de la historia de los otomíes ñätho, hñähñu, ñ'yühü han sufrido cambios y desplazamientos territoriales, muchas de las veces forzados, esto a partir de la conquista española y la implantación del municipio español, sus autoridades e instituciones políticas de dominación, el trabajo forzado en las encomiendas, la esclavitud y tráfico de personas en las rutas transatlánticas de comercio que surgieron con la conquista, las cuales, modificaron por completo la vida económica y cultural de las comunidades indígenas y definieron en ese sentido las lógicas de clasificación social y jerarquización racial, pero también su distribución geográfica y geopolítica entre no-humanos originarios del “nuevo” y humanos conquistadores del “viejo mundo”, incluiremos también en ese sentido la evangelización principalmente franciscana que se refleja en el sincretismo religioso y en la vida espiritual y el contexto sagrado y ancestral del territorio y de la cosmovivencia ñätho, hñähñu, ñ'yühü de la región. Sus capillas, son oratorios que forman parte de la historia de la comunidad y de la antigüedad de sus relaciones con el medio que habita, sacralizan y defienden, en los cuales se rinde culto a la Santa Cruz, Señor de la Exaltación y al Señor del Divino Rostro, según algunos antropólogos de la zona, se asocia a dioses prehispánicos del agua y el fuego, respectivamente. La aparición de esta imagen presenta versiones encontradas, por un lado, se dice que apareció en una piedra y otros aseguran que fue un caballero montado a caballo quien dejó el manto con la imagen en la zona, sin detallar con precisión sobre su aparición, ambos personajes a quienes se les rinde culto, son una expresión de la cultura. Por otro lado, las mayordomías, proyectan también la imagen de grupos ceremoniales cuyo objetivo es financiar la fiesta patronal; en este sentido parecen conformar grupos mayores que las familias extensas, cuya orientación se funda en la ceremonia patronal, todas formas de organización social, cultural, económica y política que son un reflejo histórico particular que es importante destacar.

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Lerma es el municipio donde se sitúa la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, el nombre prehispánico de Lerma, Cacamilhuacan, palabra en náhuatl que se compone de cacalotl: "cuervo" Milli: "cementera" Hua: posesional y can: "donde" que en conjunto quiere decir: "donde hay cuervos en las cementeras" En los días de la conquista espiritual a este sitio de cacamilhuacan se le impuso el nombre de Santa Clara; posteriormente Martín Reolín Varejón que era un acaudalado español opta por fundar una ciudad en el sitio conocido como Santa Clara, la que posteriormente se llamó Lerma, en honor al Duque de Lerma España, estas últimas, han sido las personificaciones que han instaurado las formas de poder y su ejercicio en esta zona. Lerma está ubicada en el Valle Tolocan, entre montañas y sierra; hay referencias fehacientes que corroboran que el Valle de Toluca, Valle de Matlatzinco o de Nepintahihui, hasta los tiempos de la colonia estaba ocupado por la ciénaga de Chicnahuapan (hoy Lerma), que abarcaba de Tenango hasta Xonacatlán y desde Toluca hasta la falda del monte de las Cruces. Con la llegada de los españoles y la instauración de sus poderes, se otorgaron tierras mediante mercedes y se instituyeron las Encomiendas y su trabajo forzado. La primera Encomienda fue dada a Isabel Moctezuma hija del Tlatoani Moctezuma, le otorgaron los pueblos sujetos a Tacuba, con carácter hereditario y perpetuo; entre estos pueblos se encuentra Tlalaxco (hoy Santa María Atarasquillo). En una carta que don Antonio Cortés y otros señores del pueblo de Tacuba dirigieron el 20 de febrero de 1561 a Felipe II, solicitaron mercedes en los pueblos que habían tenido sujetos antes de la conquista, en esa lista de pueblos y estancias que hace alusión don Antonio Cortés se encuentran: el pueblo de Tlalaxco, Huitzizilapan -Ndete- pueblo grande, el pueblo más antiguo de la zona, casi de la antigüedad de Jiquipilco, estas encomiendas son parte de la distribución política de la nueva España y sin duda son sus principales escenarios de ejercicio del poder y con ello de legitimación de las desigualdades sociales y jerarquías raciales, principalmente relacionadas con la propiedad de la tierra, la ocupación de las posiciones laborales, por lo regular en relación a las encomiendas, sus actividades económicas y comerciales. Durante la guerra de independencia existieron batallas importantes en la región, principalmente en contra de los sistemas opresivos que durante la colonia y la ocupación española se establecieron en la zona, la batalla de Las Cruces ocurrida el 30 de octubre de 1810 y posteriormente la batalla de Lerma que se efectuó el 20 de mayo de 1812 ambos escenarios de lucha que dan forma a la historia del territorio, de su ocupación y en ese sentido de la propiedad tradicional. El 30 de octubre se inició en el monte de Las Cruces el enfrentamiento entre las 158


fuerzas realistas e insurgentes y las fuerzas comandadas por el cura Hidalgo; derrotaron a Trujillo, desde los llanos de Salazar hasta el monte de Las Cruces, lo que corresponde a la zona montañosa y serrana que roza el Bosque Otomíe-Méxica. El 20 de mayo de 1812 llegaron más de mil hombres por la cuesta de Amomolulco y se lanzaron contra la ciudad de Lerma, defendida por sólo dos cañones de corto calibre, mal montados, 19 esmeriles y 19 escopetas, según Sonny García Vázquez, Cronista Municipal de Lerma. Con la ocupación de las encomiendas y transformación de las formas de trabajo forzado y división social del trabajo en la época, se realizan distintos procesos de distribución de tierras, territorios, autoridades, funciones y con esto relaciones comerciales, económicas, políticas, sociales y culturales, se considera como fecha de erección del ayuntamiento de Lerma el 1º de enero de 1826; tiempo antes de la guerra de Reforma, Lerma fue residencia de los supremos poderes del Estado de México; de esta forma Lerma se convertiría en la sexta capital del Estado de México. Por esos días por temor a que la ciudad de Toluca fuera tomada por las fuerzas de Escalada, y mientras las fuerzas de Zavala hacían huir al enemigo; por cinco días el régimen de los federalistas se vio obligado a refugiarse en Lerma, haciendo de ésta ciudad lugar de residencia de los poderes del estado de México. El 6 de mayo de 1868, siendo gobernador provisional del Estado de México el licenciado Cayetano Gómez y Pérez, se decreta en la ciudad de Toluca, la creación del Distrito de Lerma. Se han separado durante 1871 y 1874 los actuales municipios de San Mateo Atenco, San Pedro Tultepec que formaban parte de Lerma, sin embargo siendo un distrito, ocupa un lugar importante en las distintas formas de relaciones al interior de las jurisdicciones de Lerma, en términos de su organización política municipal, esto quiere decir que muchos otros pueblos, comunidades y municipios de la región que forma parte del paisaje cultural y corredor intercultural ñätho, hñähñu, ñ'yühü que abarca Jiquipilco, Toluca, Temoaya, Otzolotepec, Xonacatlan, Lerma, Huixquilucan, Ayotuxco mantienen una relación cercana en términos de una vía política, pero también en términos de coordenadas religiosas y culturales que son vigentes, manifestaciones principalmente visibles en las comunidades Ñätho del Alto Lerma y el corredor antes mencionado. A todo esto se suma el despojo constante de las tierras por parte de las haciendas, caciques y hacendados que controlaban la producción y distribución de los usos de las tierras, así como de los recursos, el comercio, la explotación, el trabajo y en ese sentido el control político del territorio, 159


hablamos de las haciendas de Doña Rosa, Santa Catarina, y San Nicolás Peralta pertenecientes al municipio de Lerma, las cuales fueron objeto de múltiples ataques por parte de los pequeños grupos revolucionarios de filiación zapatista. La distribución de las haciendas obligo a las comunidades a asentarse en los terrenos más alto y construir comunidades alrededor del trabajo de las haciendas y de sus tiempos de trabajo, como sucedió en otras partes del país con los pueblos originarios A fines de la época, Ignacio de la Torre y Mier, era dueño de la Hacienda de San Nicolás Peralta, y su hermano Tomás, dueño de la Hacienda de Santa Catarina. Ignacio de la Torre era uno de los hombres más ricos de México, y aunque no era político, tenía una gran influencia dada su relación familiar con el Presidente Porfirio Díaz, con el que tenía un poder absoluto. La hacienda de San Nicolás Peralta tenía una gran superficie dedicada principalmente a la agricultura y estaba situada junto a la tercera laguna que formaba el río Matlazingo o río Lerma, se sabe que la hacienda fue adquirida en 1830 por Miguel Cerón y que posteriormente fue adquirida por Gregorio de Mier y Teherán. Esta hacienda la habían construido los padres carmelitas. Tuvo una superficie de 5418 hectáreas, equivalente a 126 caballerías, la hacienda de Santa Catarina, presenta similares características, según los datos de la historia publicada por el Municipio de Lerma. Con la Independencia y Revolución las comunidades de la región se libraron en gran parte de las presiones de españoles y mestizos que tenían marginada a la población, al ser principalmente una zona montañosa, durante ambos procesos se convirtió en un escenario de batallas que se llevaron a cabo durante el período de guerra. En 1930 se establecieron fábricas en Cuautitlán y en Villa Cuauhtémoc (Fabrica de mantas Ay María-, -Fabrica María, Otzolotepec, Estado de México-. Sin embargo, de 1910 a 1930 el desarrollo industrial en todo el Estado de México se mantuvo estable al margen del contexto global y de las recientes guerras que aún tenían consecuencia en los pueblos que se vieron atravesados por sus efectos. Para 1940 y 1950 se inicia el proceso de urbanización e industrialización en la región como propuesta de desarrollo inscrita en los términos del progreso como parte de la construcción del Estado-Nación, quienes apoyaron política y jurídicamente las inversiones extranjeras y nacionales que instauraron el Corredor Industrial Lerma-Toluca. El crecimiento de la zona es tan rápido y fugaz, que entre este año y 1970, la producción industrial del Estado de México llegó a ocupar el segundo lugar en la República, a la vez que éste constituía, junto con el Distrito Federal, el complejo económico más importante del Valle de México, esto con relación al discurso 160


aprobatorio del Estado que busca legitimar y justificar la planificada distribución territorial de la zona industrial norte que en la actualidad cubre los parques del corredor Lerma-Toluca, Cerrillo I y II, Toluca 2000 y con ello el Aeropuerto Internacional de Toluca y sus expansiones en los ejidos de San Nicolas Tolentino y San Pedro Totoltepec, también espacios con población ñätho, que son el ejemplo de las consecuencias de los Megaproyectos y el desarrollo diferenciado que se promueve. Tanto el incremento de la planta industrial como el demográfico ha implicado la pérdida de las mejores tierras, lo que se refleja en la disminución de usos agrícolas del territorio de uso común; esta situación ha influenciado a dejar de sembrar a campesinos e indígenas, quienes se han visto forzados a dejar de utilizar sus tierras y migrar a los centros urbanos, principalmente a ejercer como comerciantes, obreros, albañiles, servicio domestico y otros oficios y profesiones que con el tiempo han ido perfeccionando. No obstante, en esta entidad la situación indígena es muy dinámica, y las comunidades han aprendido a sortear su existencia en medio de un mundo urbano que las envuelve e inserta mediante las fórmulas del mercado y otro mundo cultural que se reproduce en el contexto de las propias comunidades [Korsbaek y González, 1999]. Es preciso recalcar que todos estos procesos forman parte de la significación del territorio y de su importante relación con la comunidad indígena.

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Sentido Sentido Para intentar comprender las dimensiones económicas, políticas, sociales, culturales, religiosas, espirituales, epistemológicas que la comunidad indígena de San Francisco Xochicuautla atribuye a su territorio, sus formas de vida y saberes, es preciso situarlos históricamente en un pasado que antecede la fundación del Estado Nación y sus instituciones36; como resultado de su existencia previa a la conquista, tienen un control, tenencia, ocupación y significación particular de tierras y territorio,

elementos que forman parte de la diversidad cultural que sostiene la condición

pluricultural de la nación mexicana, por lo tanto no podemos únicamente ubicar a la comunidad indígena Ñätho a través de perspectivas etnocentristas que privilegian un modelo de vida universal y monotemporal que desconoce los contextos culturales, formas de vida y saberes propios de la comunidad. Los procesos sociales e históricos que vive cada Pueblo son los que definen el tipo de organización espacial y las formas de apropiación, uso y distribución del espacio y el territorio. Este último es de vital importancia, pues se define como un espacio socializado y culturalizado en el que interactúan los miembros de las comunidades históricamente, relaciones simbólicas que se traducen en experiencias de vida, construcción del tiempo, espacio y la realidad a través de un cuerpo de conocimientos que forma parte de la cultura y que solo son posibles en la interacción indivisible y fundamentalmente intrínseca entre la comunidad y su territorio. De esta forma el territorio conlleva un carácter temporal por lo que debe de analizarse en términos de una perspectiva histórica que incluya metodologías de documentación participativa. Porque es a partir de estos procesos históricos que pueden comprenderse las dinámicas y transformaciones de las estructuras espaciales en un tiempo determinado. En esa perspectiva no hay espacio, sino un espacio-tiempo históricamente construido y determinado, que cabe aclarar es de uso común y define lo comunitario. En ese sentido el territorio es una parte indisoluble de la vida de los Ñätho de San Francisco Xochicuautla y de la región del Alto Lerma, pero también de otros pueblos que en determinados calendarios religiosos acuden a las zonas más altas de los cerros a venerarlos, en ese sentido tampoco es posible solo reducir su entendimiento a lo sagrado

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A esto podemos sumar la presencia de restos óseos en uno de los parajes del territorio afectado por la construcción de la autopista privada, lugar donde además de los restos óseos, se documentaro cerámicas en lo que asemeja un contexto ritual fúnebre.

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pues el territorio significa a través de una pluralidad de dimensiones que cruza transversalemente todas las formas de vida y organización de la comunidad. El pueblo Ñätho concibe el territorio como una totalidad de la que son parte desde los abuelos37, por tanto no son dueños en términos de disponer de el para su explotación desproporcionada, pero la condición de ocupación y habitación, es histórica, por lo que se han construido complejas relaciones de convivencia e interacción por lo que se puede afirmar que les pertenece, además es concebido más allá de los horizontes finitos de la economía política que privilegia la apropiación, expropiación y explotación, el territorio trasciende esa interpretación y se cristaliza en un sentido espiritual, religioso, sagrado y culturalmente vinculado con lo ancestral y tradicional en el que se sostiene la raíz indígena y lo común, la comunidad, y en procesos de luchas y resistencias, comunalidad. Cada espacio territorial es único; aunque la geografía, la flora y la fauna sean parecidos en distintos lugares de la región, el valor filosófico, epistemológico y cultural que adquiere en la vida de la comunidad que le habita, es único e irrepetible, por la compleja relación que tienen entre si los elementos que le complementan, en ese sentido es indisoluble la relación de territorio y comunidad, puesto que entre si se definen a través de procesos históricos específicos que será preciso estudiar, por lo tanto es necesario incluir en esta interpretación, otras categorías que a la par son interrelacionadas, las políticas de lo común, la propiedad comunitaria que diferencia del termino de propiedad privada vinculado al neoliberalismo y al extractivismo voraz capitalista. En este sentido, la conformación de los territorios tradicionales de la comunidad es multidimensional, transgeneracional, transtemporal porque contienen todos los aspectos que definen a los Pueblos Indígenas y aquellos que éstos consideran relevantes en el complejo mapa de la valoración de sus particularidades, entre ellos, la estrecha vinculación entre sus componentes sociales, espirituales, culturales, epistemológicos, simbólicos y naturales. El territorio no es por tanto, la suma de los recursos que contiene y que son susceptibles de apropiación o de relaciones económicas como se ha promovido por el Estado Mexicano, distinto a esas interpretaciones económicas que desconocen los derechos de pueblos y comunidades 37

Esta expresión trasntemporal y transgeneracional, no esta determinada por generaciones subsecuentes una tras otra, los abuelos son igual los de ahora, que los de hace 200, 300, o 500 años, por lo tanto es complicado situar el tiempo en la comunidad Ñhäto en las lógicas unidimensionales y monolíticas de la razón occidental, en ese sentir pedimos al lector su más sensata humildad para ampliar los marcos de entendimiento

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indígenas; la relación del territorio se basa en la integración de elementos físicos y espirituales, animados e inanimados que se entrelazan entre si a través de la red de montañas que forma la geografía sagrada y sus coordenadas, por lo que omitir una interpretación especial dadas las condiciones del conflicto, podría provocar un “vaciamiento” o usurpación de sentido en los procesos de reconstrucción identitaria y con ello, daños severos en muchos casos, irreparables. La identidad territorial dentro de la organización socio-política, histórica y cultural del Pueblo Ñätho –Otomíe del Alto Lerma- se establece de acuerdo a la relación que las personas desarrollan en forma colectiva con respecto a los elementos naturales predominantes en su espacio territorial comunitario, esto incluye las perspectivas de origen del mundo y renovación del tiempo que son fundamentales para la continuación de la existencia, de la vida, hablamos de la bendición de las semillas, la mandas de salud, la pedida de agua, la compostura del tiempo, el perdón y agradecimiento a las deidades que se personifican en los santos, ídolos, piedras, capillas, centros ceremoniales que forman parte del territorio sagrado, pero sobre todo y algo elemental, la manutención de las deidades que habitan el territorio comunal. Todas estas condiciones llevan a comprender que es necesario indicar con precisión la relación entre cultura, identidad y territorio para construir propuestas que busquen garantizar, promover y respetar los derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas, así como preservar, resguardar, proteger y estudiar los bienes y patrimonio arqueológico de la comunidad. Con sentido entonces nos referimos a las complejas relaciones que intervienen en la significación del espacio, su ocupación, distribución, uso y tenencia a lo largo de la historia, por eso no puede imponerse, ni debe ignorarse este criterio en el contexto en el que el Estado, privilegia una dinámica monolineal sumamente violenta, el sentido es entonces el conjunto de significados y significaciones que se han ido construyendo a través de la convivencia y la vivencia-con quienes ocupan históricamente el territorio. Estas relaciones son fundamentales cuando se contempla, como es el caso, la presencia de un sistema de creencias que relaciona el territorio con el origen del mundo, con la renovación de los ciclos, con la salud, la memoria, este sistema de valores y formas de intercción que se construyen entre la comunidad, sus formas de organización y el territorio, son indispensables en su consideración, para situar el conflicto en la comunidad de San Francisco Xochicuautla en sus justas dimensiones. 164


En este sentir es necesario considerar los criterios para comprender las condiciones del conflicto en la comunidad de San Francisco Xochicuautla como consecuencia de la construcción de la Autopista privada Toluca/Naucalpan, para esto habrá que acercarnos a la interpretación de Patricio Guerrero Arias en su guía etnográfica en la que refiere que todo hecho de la cultura como construcción simbólica de la praxis humana tiene una razón de ser. Cuando hablamos del sentido, buscamos encontrar esas razones, los significados y siginificaciones múltiple y diversos que los seres humanos y las sociedades dan a sus construcciones culturales. Para finalizar, el sentido puede entenderse a través de la organización social, la organización sociopolítica, la organización económica, así como el mundo de las representaciones, pero también las dimensiones y representaciones simbolicas, el aspecto ideal de la cultura, para este caso en particular Ñhäto del Alto Lerma. Organización social La organización comunitaria, se sostiene fundamentalmente en la familia, esta, no es posible situarla únicamente en la concepción nuclear de la familia occidental, puesto que se presenta de otra forma en la comunidad, dadas las condiciones del contexto cultural de en el que la familia adquiere las dimensiones de lo común en la comunidad y de la unidad en lo familiar, la dotación de la tierra desde la versión agraría de reconocimiento de los bienes comunales y de su forma de organización patrilocalizada y evidentemente culturalmente inapropiada, se cruza con la tenencia del territorio que por mucho difiere de la lógica de entendimiento en su versión económica de uso y propiedad agraria, porque esta, es parte de la cultura Ñhäto y de las prácticas que la población ha conservado, mantenido y transmitido a sus generaciones, por eso es que se escucha en repetidas ocasiones, que el territorio no puede venderse porque ha sido de los abuelos -decirnos que lo defendamos-. Las formas de esta relación entre familia, tierra y territorio son sustanciales, en primer lugar, porque el espacio que se habita, es parte de una herencia familiar de orden común, en ese contexto se realiza la transmisión y distribución de tierra, pero también significación del territorio, es común encontrar entre los pobladores la narrativa de transmisión de los lugares sagrados, rituales, los linderos, sitios de descanzo, de ofrenda, veredas, caminos y demás sitios, entre esto, se aprende a pedir perdón y se adquiere el respeto al bosque, a la cruz, todo a través de la transmisión oral, principalmente en la común-unidad que significa la familia, lo que se escucha es que el territorio es la dimensión de lo común en donde emerge la familia como su unidad. 165


Es posible encontrar que los abuelos enseñaron a cuidar el bosque, a respetarlo, las relaciones de parentesco,

se

presentan

principalmente

como

extensa,

compuesta

por

relaciones

transgeneracionales donde se pueden observar roles que defiinen la forma de organización intercomunitaria38, cuando dicen los pobladores que la ellxs son de la tierra, no esta de más considerarlo un hecho de vital importancia para comprender la forma de tenencia tradicional de la tierra que se habita y trabaja, y del territorio que signfica lo común y simboliza la trama de lo comunitario39. En ese sentido la familia es fundamental para la tenencia de la tierra y el territorio, su conservación y protección, pero también es vital en la reproducción de la cultura y la identidad, de forma que adquiere también un sentido económico, político y simbólico. Organización sociopolítica. Primero recordar que hablamos de una comunidad indígena, pero también desde una comunidad indígena40, se trata de una sociedad tradicional, no en términos de la interpretación occidental de antiguo o en su peor expresión racista, salvaje, es una sociedad tradicional en la medida en que mantiene formas de organización y prácticas culturalmente heredadas desde antes de la formación del Estado-Nación, estas formas de organización que no solo se reducen a eso, son formas de existencia que les definen en su tiempo, en su territorio y en sus condiciones particulares indivisibles. En la comunidad se cuenta con la representación de la máxima autoridad tradicional, organismo que se encarga de la protección de la cultura, el patrimonio, la conservación, protección y mediación de ciertos conflictos y toma de desiciones como autoridad participativa, esto porque desde un principio se concibe como un organismo de elección popular que concilia las desiciones bajo otra de las formas de organización sociopolítica que cabe señalar y destacar, la asamblea general, esta forma de democracia participativa, característica de los pueblos y comunidades 38

Organización religiosa como el caso de la asociación del divino rostro, Organización de bienes comunales, Jefes de manzana, comanches, Consejo Supremo Indígena y Sistemas de cargo, principalmente relacionados a la fiesta patronal y celebraciones del señor de la exaltasión. 39 El territorio es compartido con otras formas de entendimiento similares de los pueblos que habitan la sierra de las cruces y montealto, pero es preciso destacar que no es posible generalizar puesto que cada uno de esos espacios comunitarios tienen formas peculiares de organización, distribución y significación, sin embargo comparten algunos elementos que incluso les hacen coincidir en algunas prácticas de encuentros interculturales. 40 Con esto quiero hacer referencia de nueva cuenta al planteamiento central de la coherencia ética y consecuencia política del trabajo antropologíco de la comisión de documentación del RAPS.

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indígenas y campesinos, contempla la participación entera de la población sin limitar el acceso a la información, a la desición y al debate sobre lo común como es el caso de la asamblea de bienes comunales avalada por la secretaria agraria y el registro de comuneros que podemos decir es una forma de representatividad que usurpa la representación y como se ha documentado, tiende a privilegiar la aceptación de la autopista y el vaciamiento de la cultura, así como su usurpación. El consejo supremo indígena cumple funciones en la comunidad, principalmente a través de la representación y del compromiso que quienes son electos se traduce en la responsabilidad que tienen para trabajar por el bien común de la comunidad, uno de los momentos claves para comprender la importancia del consejo, emerge desde la respuesta política que la máxima autoridad tradicional significa para la defensa del territorio sagrado/ancestral/común. Los miembros del consejo son electos por asamblea general y en ella, se les encarga principalmente encarar las problematicas y responder por la comunidad para garantizar la tranquilidad41. Otras formas de organización pueden ser integradas al criterio de la organización sociopolítica, aquellas que en lo local y regiónal adquieren una personalidad colectiva, juntas comunales, asociaciones, juntas de vecninos, asociaciones religiosas, laborales, movimientos políticos comunitarios, organización de bienes comunales, algunas de ellas beneficiarias directas de los factores externos de donde provienen los megaproyectos y sus identidades difusas de ocupación, usurpación y vaciamiento que desencadenan la aprobación de los megaproyectos, por el contrario otras organizaciones, principalmente las que se han hecho presencia a través de la defensa del territorio, han sido estigmatizadas, hostigadas, reprimidas al grado que se han tenido que emitir medidas cautelares a niñxs, ancianxs, hombres y mujeres de la comunidad, directamente amenazadas por la violencia que ha desencadenado la confrontación, la ruptura del tejido social y la violencia sistematica del Estado contra los opositores a los megaproyectos. También existen autoridades tradicionales con poder simbólico, principalmente ligado al llamado de lo divino, del camino de dios, las formas en que se elige a quienes se convierten en este tipo de

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Una respuesta de parte del consejo que puede ejemplificar lo que se ha descrito anteriormente, es el contrdecreto que emitieron como un mecanismo de apropiación de la tierra en donde se afirma que dadas las condiciones del conflicto y la autoridad participativa que significa el consejo, estaba totalmente legitimado para recuperar el territorio expropiado a través de una serie de mecanismos que incluye una controversia constitucional y un juicio de amparo.

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autoridades, es através de las evidencias o llamados, a través de visiones, voces, sueños, situaciones, coincidencias, apariciones, pesadillas, miedos las cuales refieren a la necesidad de hacer un cumplido, una petición, una encomienda para ir a dejar ofrenda o bien, alimento a los dioses, estas evidencias enferman a quienes se le manifiestan y recordando a lo que el compañero Toño dice que esto no es de la razón, sino del corazón y la sabiduría, el cumpliento de la manda sana la enfermedad, por otro lado el llamado, también es a través del contacto directo con la centella del señor del rayo, lo que implica haer una serie de modificaciones en la vida para incorporarse al camino de dios.No todos pueden ser, solo algunos insisten los compañeros en aclarar. La comunidad ante las autoridades simbólicas, mantiene un absoluto respeto, aunque como algunos comentan y como ha sido documentado en algunas tesis realizadas en la región, la iglesia católica refiere a estas prácticas como idolatrías que no coinciden con los valores judeocristianos, por lo que es posible pensar en la presencia de una religión oficial y una religión de monte que converge en la ritualidad, festividad el saber, la celebración, además de la presencia de organizaciones políticas partidistas, principalmente priistas y grupos de choque que buscan confrontar a la población en resistencia. Existen formas significativas de organización, participación y distribución de roles en la comunidad que son una muestra clara de la conservación de prácticas culturales, relaciones sociales, políticas y económicas particulares de la comunidad Ñhäto, esto se manifiesta sin duda en las expresiones históricas en que las unidades de medición del tiempo y de composición del espacio, han configurado el sentir y el sentido de la vida en común y de la relación con su territorio. Relaciones que en muchos aspectos han ido cambiando por las condiciones en que la población se ha visto despojada de otras posibilidades de existir y sometidas en ese sentido a incorporarse a una dinámica de vida que les dispone a realizar ciertas transformaciones, entre ellas y una de las principales, la migración laboral y una de las más violentas, el despojo territorial, en los casos de despojo, organismos y organizaciones al interior de la comunidad han sido complices del despojo al aprobar pagos, permisos y contratos con la empresa sin respetar los tiempos comunales y las formas tradicionales de toma de desición, de forma que son omitidas las condiciones asamblearias generales como consecuencia de las asambleas de comuneros, del registro agragio y la secretaria agraria como su versión oficial.

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Territorio en la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla. El territorio en la Comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla, se encuentra entrelazado por distintos procesos históricos, políticos, económicos, sociales, culturales y epistemológicos que forman parte de coordenadas, tiempos y formas de distribución, concepción, uso, disposición, ocupación, apropiación y significación particular como hemos intentado precisar con algunos de los datos etnográficos contenidos en esta primera versión del informe, a su vez, forma parte de los elementos culturales, en que se sostiene y reproduce la identidad Ñätho, sus valores comunitarios y políticas de lo común –usos y costumbres-. Todo esto de vital importancia y relevancia territorial para la comunidad, pues son elementos indivisibles e interrelacionados entre sí. Además de ser en su expresión inmediata un referente geográfico de ubicación y delimitación del espacio, el territorio forma parte de la cosmovisión y por ende se le relaciona con todo y en todos los ámbitos de la vida social y cultural de la Comunidad, de tal manera que no podría entenderse esta interacción de no ser por los sentidos simbólicos y significados que la comunidad tiene con la tierra, la naturaleza y el territorio, a través de sus conocimientos y prácticas culturales. En ese sentido podemos afirmar que dadas las condiciones en que la Comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla se relaciona con su territorio, tiempo y espacio, a través de su historia desde antes de la llegada de los Españoles, existen vínculos sagrados y espirituales con los elementos que constituyen la totalidad de la que son parte, elementos como el tiempo, el rayo, la naturaleza, el espíritu, la sabiduría, la enfermedad, la cruz, los socios y compadritos, forman parte de expresiones de las culturas no depredatorias, principalmente indígenas que no erigen al hombre como la piedra angular de la organización y el orden, por el contrario se consideran parte de esa totalidad que es constitutiva de la realidad que se complementa de manera reciproca, a través de lugares, rezos, ofrendas, celebración, oración y diferentes trabajos que solo algunos elegidos por el rayo y a través de las evidencias y mandas pueden realizar. Diferente a la concepción que identifica a las culturas predatorias, donde el sujeto predador, portador de los privilegios del orden y organización es el hombre, y la naturaleza, el medio ambiente, así como el territorio indígena quedan a merced de los intereses excluyentes, jerarquizados a partir del cumplimiento de sus necesidades como objetos instrumentables. Se tiene que prestar atención a que el territorio indígena forma parte de una cosmovisión que han heredado los pueblos a través de distintos procesos que dan forma a sistemas de organización

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política, económica, social, cultural y de saberes que dependen de ese vinculo con la tierra, pero sobre todo con lo que se concibe como territorio. De forma que es parte de un todo en el que los Ñätho habitan y han habitado de tiempo atrás. Como pueblos originarios, mantienen prácticas culturales que les vinculan con una historia en común enraizada en sistemas de organización, formas de vida y saberes propios; para efectos de entendimiento, haremos uso de algunos conceptos que permitan puntualizar la información etnográfica en términos de una presentación técnica de contenidos para los fines requeridos42. A grandes rasgos el territorio se complementa de otros elementos de vital importancia para la reproducción de la cultura e identidad Ñätho de la comunidad de San Francisco Xochicuautla que van marcando la distribución y significación del espacio, por lo tanto al estar conectados entre si y servir para la renovación del tiempo, no pueden ser divididos, fragmentados, mutilados o destruidos, puesto que el daño que se ocasiona producto de dichas acciones, afecta de forma directa patrimonio biocultural, simbólico y arqueológico de la comunidad, también es necesario valorizar la importancia de los cerros que forman parte del territorio y de las expresiones de deidades e ídolos que ahí habitan. A continuación se presenta una serie de imágenes y fotografías de fuentes propias que ejemplifican algunos espacios y con ello significaciones que se continúan en la red de montañas que forman parte del territorio ancestral/sagrado/común de la comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla y la serie de lugares que ahí se contienen; para profundizar en estos aspectos de vital importancia, de nueva cuenta referimos la necesidad de realizar estudios antropológicos, etnohistóricos y etnolingüísticos que abonen en el entendimiento y respeto de los pueblos y comunidades indígenas.

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Con esto referimos a que este primer informe técnico es de carácter general, puesto que se busca emitir algunos criterios de análisis que se siguen construyendo y que abonan en el entendimiento de la historia, saberes y contextos culturales del pueblo Ñätho del Alto Lerma, pero también como un trabajo paralelo al que se pedirá realice el INAH, dadas las condiciones que aquí se presentan.

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Mapa 1

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Es importante resaltar que cada uno de los puntos señalados en el mapa, es un cerro o cerros, donde se llevan a cabo una serie de prácticas de carácter cultural, religioso y espiritual que están ligados a ciertos santos y deidades que les habitan. Santa Cruz Ayotuxco, Huixquilucan, Estado de México. Divino rostro.

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San miguel Ameyalco Divino Rostro.

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Señor de la Exaltación de San Francisco Xochicuautla

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El seĂąor del divino rostro del Cerro de la Campana

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Santa cruz Tepexpan Señor del divino rostro

Nota: falta la fotografía del divino rostro de la Verónica para a completar los 6 puntos de la geografía de lo sagrado en la cosmovisión Ñätho de San Francisco Xochicuautla. Cada uno de estos cerros, tienen en sus cimas lugares ceremoniales donde acuden en determinados calendarios del año, ya sea para curarse de alguna enfermedad, llevar ofrenda, bendecir la semilla, agradecer por la lluvia y el temporal de siembra, cada ruta que lleva a la cima, esta simbolizada por ciertos tiempos y espacios a los que también se veneran, muchos de estos 176


lugares aparecen como capillas o lugares de descanso que han permanecido ahí entre las rutas y veredas de las peregrinaciones y el territorio a través de los años. El siguiente es un mapa en el que se señala en lo inmediato los cerros que forman parte de la geometría ancestral/sagrada que se representa en el señor de la exaltación seis puntos, en esta imagen de fuentes propias nos limitamos a señalar los cerros de vital importancia para la reproducción de la cultura Ñätho. Mapa 2

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Mapa

3

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A continuación se muestran algunas fotografías de capillas y descansos en el cerro de la doble campana, principalmente son lugares de uso ritual y ceremonial vinculados a procesos de sanación y vinculación con los santos y deidades con las que interactúan en el territorio, forman parte de una histórica ruta donde cayó el señor del rayo, se dice que el montar las cruces es una manda de sanación, lo que implica un compromiso de por vida y para otras generaciones de conservarles. Capillas y descansos en el cerro doble de la campana.

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Nota: existen otras capillas y descanzos en todo el cerro de la doble campana y en otros que forman parte del territorio sagrado inmediato y sus distintos espacios de uso comĂşn y religioso, por lo tanto falta documentar algunos otros sitios como estos que se encuentran en la montaĂąa

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Mapa de rutas de peregrinaciรณn y lugares sagrados en el territorio de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla atravesados por el trazo de la carretera privada TolucaNaucalpan.

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Comunidad y políticas de lo común. Otra de las categorías con las que se asocia el territorio es la de Comunidad, esta es una expresión tanto de la organización territorial como social y cultural que definen las formas de vida entre la población que forma parte de ella, siendo la comunidad una unidad político-territorial, sobre esa concepción recae también, la institución ampliada de la familia y con ello la socialización del parentesco como unidad domestica, de forma que la comunidad está formada por unidades domesticas, familias que se relacionan entre sí como parte de un parentesco que cubre distintas funciones. A estas funciones se les pueden agregar concepciones que engloban a la Comunidad dentro de sistemas de gobiernos auto organizados en alianzas de parentesco, por lo tanto se debe de pensar la comunidad a la luz de la historia particular de los Ñätho y de sus sistemas de organización e interacción, para situarla en el espacio o los espacios que se habitan, la organización de la vida comunitaria, descansa en la vida común que es fundamentalmente colectiva, por tanto pensar comunidad como un núcleo de convivencia, incluye también formas de organización y criterios histórica y culturalmente reproducidos entre sus miembros a través de prácticas identitarias que definen la auto afirmación, auto adscripción y auto determinación. La Comunidad es la plataforma que define las formas de vida común y los usos y costumbres que se han ido construyendo junto a la población y a través de la historia compartida en sus tierras y territorio, reflejado en los bienes comunes y en las formas de organización comunitaria, porque finalmente lo común definen la vida y cultura de la comunidad Ñätho. De forma que existe una relación vigente, vinculante e histórica entre lo indígena, el territorio y la comunidad, que implica hacer un esfuerzo analítico para situarle en sus justas dimensiones, el concepto de comunidad tiene que ver con distintas relaciones: la comunidad es la unidad territorial que implica como tal formas de autogobierno a través de instituciones de carácter tradicional, consejo supremo indígena, asambleas políticas generales, mayordomías y organizaciones religiosas que forman parte de la significación del territorio, del uso y distribución, esto incluye también a las familias que se articulan en la participación de actividades de importancia común, estas formas de alianza se traducen en una cosmovisión que incluye la tenencia tradicional de la tierra y territorio como parte fundamental de la identidad, prácticas culturales, sistemas de organización y saberes de la Comunidad.

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En esos términos donde figura lo común a través de la autoafirmación en el territorio, la comunidad es un reflejo de organización política y autogobierno que es parte de la historia, tradición, usos y costumbres propios de los Ñätho de San Francisco Xochicuautla cristalizados en la tenencia y ocupación de tierras y territorio a través del tiempo, sus espacios y distintos procesos que le van dando forma. Identidad, subjetividad y prácticas culturales. Los pueblos indígenas son grupos culturales construidos que cuentan con una historia particular, manifiestan un arraigo y pertenencia al territorio en el que se desenvuelven, dado que en este se encuentra el origen de la vida y explicación del mundo, los códigos y símbolos que dotan de sentido y significado a los espacios físicos ordenadores del territorio, así como la historia ancestral e inmediata de una cultura que se reproduce desde hace miles de años, la identidad etnoterritorial como menciona Velazco (1993) es lo que permite la comunicación intercomunitaria en diferenciación con otros alternos, estableciendo vínculos de apropiación y reproducción cultural relacionados con la preservación del medio ambiente en una relación armónica de reciprocidad y establecimiento de valoraciones que dotan de sacro al espacio y las prácticas culturales que se reproducen en él. La identidad es el sentimiento de pertenencia anclado en las motivaciones de la defensa, protección y preservación del territorio donde sucede el desarrollo de su cultura, dado que su relación es de apropiación, su importancia radica en la estabilidad y reproducción social, manifiesta en diversos rubros de la cotidianidad de quienes la componen, la identidad se sostiene en diversos ámbitos como la familia, la comunidad, el lenguaje, la historia, el espacio, el pensamiento y prácticas religiosas, son nociones compartidas propias de un espacio y tiempo, manifiestas en las prácticas socio-culturales, individuales y colectivas. La identidad indígena se encuentra anclada a un territorio determinado, entendido este como el espacio geográfico que no necesariamente corresponde con una delimitación administrativa, agrupando valores materiales y simbólicos representativos de una cultura determinada en un espacio y tiempo históricamente construido, por tal razón tratar de entender la identidad etnoterritorial implica una revisión holística de los múltiples aspectos que le componen, enfatizando el apego ancestral que los pueblos y comunidades indígenas, expresan a través de sus individuos y colectividades como el respeto y veneración de la mame joy, la pedida de la lluvia, la bendición de la semilla y de la cosecha, el resguardo de la vida a través de lo sagrado. 190


En la comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla en particular el apego e identificación etnoterritorial se manifiesta en diversas prácticas comunitarias atravesadas por la religiosidad católica y prehispánica de la región, por ejemplo las peregrinaciones y ofrendas que cumplen con un calendario y ritualidades específicas asociadas al ciclo de siembra y cosecha, la salud, el tiempo, el agradecimiento por las bendiciones recibidas a elementos como el agua, la cueva, la tierra, el cerro, el rayo, son parte de la cosmovisión que ordena la realidad y da sustento a la relación sostenida con el entorno, el cual es indivisible de su identidad, siendo por tanto inconcebible desde su sentir, la eliminación, sustitución o transformación de espacios y prácticas sagradas, aunado a las repercusiones a la estabilidad comunitaria debido a las fricciones generadas por los impulsos externos de transformación violenta que implica la imposición de un desarrollo que rompe de forma abrupta con la reproducción de prácticas e imaginarios culturales fuertemente arraigados en la identidad y por lo tanto en su territorio. Cada uno de los puntos que conforman el territorio sagrado de los Ñätho del Alto Lerma, en particular de San Francisco Xochicuautla, se encuentra atado a una serie de prácticas culturales y significaciones ancestrales que forman parte de su identidad, actividades como la subida y velada comunitaria anual al cerro de la Campana el último día del año, donde entre 1200 y 1500 personas suben a visitar a sus deidades, ofrendar, alimentar y agradecer por los favores concedidos y despedir el año, y al mismo tiempo dar la bienvenida a un nuevo ciclo, el poder participar y realizarlas ritualidades que forman parte de su cosmovisión es necesario para no irrumpir en los procesos de reproducción cultural que forman parte de la educación y transmisión de valores y conocimientos generacionales así como la vinculación con otros grupos culturales afines que forman parte de las redes culturales de identificación ñätho, hñähñu, ñäñho y ñ'yühü, resultado de las rutas sagradas y de convivencia e intercambio, inter y transcultural, parte fundamental del desarrollo de la identidad indígena y su derecho de autoafirmación. Además, actualmente como parte de la forma de vía y en ese sentido de la relación con su territorio, las personas de la comunidad acuden al Bosque para encontrarse y realizar diversas actividades sociales, así como recolección de una serie de materias que les auxilian para las enfermedades comunes y alimentarias: 

Hongos comestibles de diferentes clases sobre todo en temporada de lluvias, aproximadamente desde junio y hasta finales de enero.

Leña durante todo el año para diferentes actividades cotidianas 191


Agua para consumo y limpieza

Tierra de monte que es usado como abono para las plantas que siembran cerca de sus casas

Hierbas para comer y sazonar

Hierbas medicinales (por mencionar algunas): 

Tepozan.- Para “calmar enojos” y limpiar heridas

Capulín.- Árbol frutal, sus hojas sirven para aliviar los síntomas de la gripe común y ayuda a limpieza gastrointestinal

Tejocote.- Árbol frutal. Su fruto alivia el dolor de estómago

Algodoncillo.- Auxiliar en las infecciones respiratorias.

Gordolobo.- Auxiliar en las infecciones respiratorias

Estafiate.- Contra el estrés y los enojos

Manrubio.- Contra el enojo

Tabaquillo.- Té de uso común así como contra el vitiligo, o “mal del pinto”

Pericón.- Para relajación y contra los dolores de cabeza

Itamorreal.- Como auxiliar contra el dolor de estomago

Té de monte.- Para relajación

Epazote de perro (también llamada “hierba de perro”).- Contra el dolor de estomago

Capulín negro.- Alivia problemas de la vista

Peshton.- Para relajación y contra los enojos

Hierba de sapo.- Para controlar el colesterol y los triglicéridos

Jarilla.- Para relajación y “sacar el enfriamiento”

Encino verde.- Para relajación

Hierba del cáncer.- Se utiliza como desinflamatorio, y contra el dolor de estomago y la colitis

Toronjil.- diferentes tipos (morado, blanco y rojo), para disminuir los nervios y relajación

Ocote.- La resina es utilizada como remedio contra la tos y para curar heridas, principalmente en los pies

Borraja.- Se utiliza para disminuir la tos.

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A continuación se incluye una tabla con las fechas y las actividades de diferentes fiestas del pueblo: Tabla de celebraciones Celebración Año nuevo

Fecha 1o de enero

Día de la Candelaria

2 de febrero

Domingo de Ramos

Varía

Actividad Las familias acuden, desde el 31 de diciembre al Cerro de la Campana para recibir el año, llevando comida para compartir, en el Paraje la Savanilla. Las asociaciones, es decir, grupos de personas que realizan procesiones, acuden al “Divino Rostro” a agradecer una año más. En todas las procesiones se cargan imágenes de Santos y se llevan flores, copal y ofrenda. Se sigue el ritual católico en el que se se viste una figura del “niño Jesús” y se lleva a iglesia. Adicionalmente, la comunidad se prepara para la siembra, llevando a la iglesia semillas y veladoras para su bendición. Después de ir a la iglesia, las familias se reúnen y comparten comida. El festejo se organiza por parte de la Delegación Municipal y los jefes de sección. Se preparan misas, ramerías con cañas, laurel y palma. Las personas del pueblo llevan a cabo una peregrinación desde de la capilla de las Tres Cruces, hacia la capilla del Señor de la Exaltación, donde se venera a San Francisco de Asís, patrón de la comunidad, terminando en 193


Sábado de Gloria

Varía

Domingo de Resurrección

Varía

Cambio de mayordomos

2, 3 y 4 de mayo

la iglesia principal del Pueblo. Se cargan imágenes de San Francisco de Asís, la Virgen, cruces con flores y se quema copal. Al final del día, cada uno de los tres delegados comparte un platillo con la gente del pueblo, dando lugar a la celebración de “los tres platos”. Se realiza una peregrinación desde la iglesia principal del Pueblo, pasando por la capilla del Señor de la Exaltación, terminando en la capilla de las Tres Cruces. Se celebra misa en la iglesia principal del pueblo y se lleva a cabo la Danza de los Arrieros El 2 de mayo se celebra misa y por la noche se celebra la Danza de los Arrieros, los mayordomos salientes reparten café y las personas hacen fogatas en sus casas. El 3 de mayo se celebra misa y los nuevos mayordomos reciben su cargo y se les tragan bastones com símbolo de las funciones que llevarán a cabo. Asimismo, se realiza una peregrinación al Cerro sagrado de la Verónica. Al terminar, cada mayordomo saliente aporta un platillo para compartir con los miembros de la comunidad. El 4 de mayo se realiza una nueva procesión y los cada uno de los tres nuevos mayordomos brinda un 194


platillo a la comunidad para cenar. Día de la Santa Cruz

3 de mayo

Asunción de la Virgen María

15 de agosto

Nacimiento de la Virgen María

7 y 8 de septiembre

Día del Señor de la Exaltación

14 de septiembre

Cuando una familia construye su casa, se hace una cruz y se busca uno o varios padrinos de la cruz de la casa, quienes cada cuatro años la arreglan y al devolverla el 3 de mayo, llevan ofrenda para la familia cuya cruz apadrinan, terminando con una convivencia en al que tradicionalmente se sirve mole con pollo . Los diferentes grupos de socios, quienes ofrendan los cerros sagrados, acuden a llevar ofrenda a los cuatro puntos cardinales: Cerro de la Campana, Cerro de la Verónica, Cerro de Palma y al Cerro de Santa Cruz Ayotuzco. El 7 de septiembre, los grupos de socios entran al Bosque al lugar donde se apareció y la Virgen del Llanito (posteriormente se construyó una capilla en el lugar), en el Paraje Chipadha. El 8 de septiembre se acude al Cerro la Verónica en donde se celebra misa, iniciando una procesión hacia la Capilla del Señor de la Exaltación. Se hace una procesión de la capilla de las Tres Cruces a la Capilla del Señor de la Exaltación. Se celebra la Danza de los Arrieros y se comparte 195


comida con las familias.

Celebraciones a San Francisco de Asís, patrón de la comunidad

3, 4 y 5 de octubre

Días de muertos

31 de octubre, 1 y 2 de noviembre

El 3 de octubre se hace una procesión desde la bomba de agua potable, se hace una parada en la Capilla de las Tres Cruces, posteriormente se llega a la imagen de la Virgen María ubicada en la tercera sección del pueblo; la cuarta parada es en la Capilla del Señor de la Exaltación, hasta llegar a la iglesia principal. El 4 de octubre se celebra misa y se realizan diferentes danzas, entre ellas la de Los Arrieros. En la noche hay fiesta del pueblo. La gente comparte comida. El 5 de octubre se celebra la Danza de los Ladrones, en donde las arrieros simbólicamente queman a los ladrones que pretenden robar al pueblo.Las personas de la comunidad se disfrazan de ladrones y participan en la danza. Desde el 31 de octubre las personas instalan altares y ofrendas para los familiares difuntos en las casa y en el panteón. Se hacen procesiones por todo el pueblo. El 1 de noviembre, a las 12 del día “regresan” los niños o personas que fallecieron solteras. Personas rezan en las casas y en el panteón, llevando las tradicionales flores de cempasuchil. 196


Día de la Virgen de Guadalupe

12 de diciembre

Navidad

24 de diciembre

Fin de año

31 de diciembre

El 2 de noviembre “regresan” los adultos difuntos a convivir con los vivos, hasta las 12 del día siguiente. La comida de la ofrenda sólo puede ser consumida por los vivos, una vez que los difuntos hayan partido, de lo contrario, quien la coma tendrá malestar estomacal. Los grupos de socios entran al Bosque al lugar donde se apareció y la Virgen del Llanito (posteriormente se construyó una capilla en el lugar), en el Paraje Chipadha. En la noche se realiza la Danza de los Arrieros y hay fiesta en el pueblo. La familias se reúnen en las casas y comparten comida. Las familias acuden, desde el 31 de diciembre al Cerro de la Campana para recibir el año, llevando comida para compartir, en el Paraje la Savanilla.

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Informe Arqueológico. Vestigios en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthi. El equipo de investigadores de la Red de Antropologías Popular del Sur que forma parte de la comisión de apoyo

técnico

Comunidad Francisco

de

de

la San

Xochicuautla.

Llevo a cabo de manera rápida una prospección de superficie; al percatarnos de la existencia de un “muro” de piedra. El cual era visible a simple vista de su dimensión y volumen; a partir de la apertura del camino rustico que se utilizó para el ingreso de la maquinaria pesada para el desarrollo del Proyecto de la Autopista Privada TOLUCA/NAUCALPAN, al territorio de la comunidad indígena Ñätho (Otomí del alto Lerma) de SAN FRANCISCO XOCHICUAUTLA. El “muro” de piedra se encuentra en la parte alta, a mano izquierda del camino del desmonte que realizo la empresa AUTOVAN y SAASCAEM como se muestra en la fotografía siguiente.

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En el dicho “muro” de piedra, nos percatamos de afectaciones a la estructura y se identificó que dicha estructura corresponde a una Terraza. La cual presenta algunos daños notorios y en primer plano se encuentro señales de una extracción intencional de piedras de dicha estructura.

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En segundo plano; al realizar algunas medidas de la terraza, identificamos que la estructura de la terraza tiene una destrucciĂłn de un tramo de aproximadamente 45 metros y el largo total de la terraza es de aproximadamente 73 metros y 10 centĂ­metros. Por ende mĂĄs del 50% de la terraza fue destruida.

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Navajilla de obsidiana prehispánica con huellas de uso. Fue encontrada en superficie, en el tramo destruido de 45 metros de la estructura de la terraza.

Así mismo se encontraron al interior de la terraza estructuras de piedra, algunos esquineros y algunos montículos; estos se alcanzan ver bajo la maleza (En las fotografías siguientes se señalan algunos de ellos).

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También se identificó la existencia de más terrazas con dirección al punto más alto de la montaña (algunas de ellas se muestran en las siguientes fotografías).

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Nota: las medidas se tomaron con un flexómetro de 10 metros habría que corroborar con equipo más preciso. El sistema constructivo y las terrazas que se identificaron en la montaña, cerro de la doble campana forman parte del sitio arqueológico denominado “Donikja” –Iglesia Vieja- el cual se localiza en el territorio de la comunidad indígena- Ñätho (Otomí del alto Lerma), y es considerado un espacio fundamental para la renovación del Año Nuevo Otomíe. Las fotos siguientes son del sitio arqueológico y espacio sagrado “Donikja” con el que se puede relacionar el conjunto de terrazas prehispánicas en el cerro de la doble campana, así como en otros cerros que forman parte de la vida espiritual, Santa Cruz Ayotuxco, Las Palmas, Doble campana, Verónica en San Francisco Xochicuautla y Santa Cruz Tepexpan.

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Vestigios arqueológicos en la parte inferior del Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthi.

trazo

de

la

El equipo de investigadores de la Red de Antropologías Popular del Sur que forma parte de la comisión de apoyo técnico de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, llevo a cabo de manera rápida y precisa una prospección de superficie en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthi en el cerro doble de la campana, como continuidad del trabajo de documentación del sitio realizado en la parte superior del trazo el 1 de Mayo de 2016; en el mapa que se presenta a continuación se señalan ambos lados a travesados por el trazo, de ahí la distinción entre vestigios en la parte superior y vestigios en la parte inferior del trazo en donde se encuentran las construcciones prehispánicas en lo que parece ser, un sistema de terrazas.

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Cabe señalar que los vestigios arqueológicos en ambas partes, mantienen una continuidad que ha sido fracturada por el trazo de la Toluca/Naucalpan, esto se convierte en un elemento de vital importancia para entender la complejidad del sitio y su uso sagrado, ancestral y común por los Ñätho del Alto Lerma. Como parte de las actividades realizadas para la documentación, comenzamos por medir la distancia entre el primer esquinero del muro horizontal de la terraza –barditas43- en la parte superior del trazo respecto a su continuación en uno de los muros verticales de la parte inferior del trazo. Una primer distancia del punto A a B es de 16.80 metros, lo que muestra con claridad cómo se hace visible en la fotografía, la cercanía que tiene el trazo realizado por las maquinas retroexcavadoras con el punto B que identificamos como un esquinero del muro de la terraza con 45 metros de daño44, el más visible en el lado superior.

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Barditas son el nombre que le dan los pobladores de la Comunidad de San Francisco Xochcuautla, a las terrazas, las cuales informan están ahí desde hace muchos años, las personas con más edad en la comunidad, corroboran su presencia desde hace muchas generaciones, todo esto en el contexto en el que se ha encontrado material arqueológico –ídolos, silbatos, tepalcates en el sitio-, materiales que no han sido removidos por los pobladores por la importante simbolización y respeto que guardan para su pasado. 44 Revisar fotografías de los muros de los vestigios de la parte superior al trazo, presentadas en este informe.

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El punto B tiene una continuidad con el punto C que se ubica en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan la cual se ha visto discontinuada puesto que le atraviesa y divide en ambas partes, en la parte inferior, en el punto C se ubico un muro vertical con las características que se habían descrito para los muros de la parte superior, lo que hace posible intuir la continuidad de la que hablamos. Otra distancia que consideramos, es la que se distingue del punto A al C que es de 30 metros, de nueva cuenta es importante destacar que el trazo de la Toluca/Naucalpan esta tan cerca de las construcciones prehispánicas45, que ha generado daños irreversibles que se hacen visible al discontinuar la relación de las -barditas- en ambos lados de dicho trazo. En la parte inferior, cercano al muro vertical que ubicamos como punto C, la empresa constructora de la carretera, ha depositado el material removido del trabajo de desmonte; entre el material que ha sido removido, se han encontrado piedras que asemejan la forma de las barditas, lo que hace posible sospechar que una terraza intermedia y sus muros horizontal y vertical han sido destruidos.

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Las que también llamamos construcciones precoloniales.

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De modo que del punto B al C hay una distancia de 46.8 metros que representan la longitud del trazo de la Toluca/Naucalpan, y con ello la longitud de discontinuidad entre ambas -barditas- de las terrazas de la parte inferior y superior de dicho trazo como se muestra en la siguiente fotografía.

Ya en la parte inferior del trazo, como hemos señalado se encontró la presencia de un muro vertical que es continuidad del punto B que se encuentra en la parte superior, dicho muro está detrás de uno de los lugares donde han depositado el material removido con el trabajo de desmonte realizado por la empresa constructora AUTOVAN de TEYA S.A de C.V con autorización de SAASCAEM. El muro vertical de la –bardita- en la parte inferior que ubicamos como punto C, tiene una forma similar a los que se encuentran en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan, el muro tiene una longitud de 44.10 metros en línea recta con dirección al pie de la montaña, hasta

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encontrarse con un esquinero que cambia la dirección de la construcción como se muestra en las siguientes fotografías. El

muro

Altura

tiene de

centímetros

una 46

en

su

mayoría, hasta el cruce con el esquinero, en ese punto

la

Altura

del

muro de la bardita es de 50 centímetros46.

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Las mediciones fueron realizadas con un cinta metromex larga de 30 metros y un flexómetro de

8 metros.

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Como se ha hecho mención, el muro del punto C al D tiene una longitud de 44.10 metros y una altura de 49 y 50 centímetros hasta su parte final en el esquinero D, donde se cruza con un muro de 5.80 metros que termina en una de las veredas que a la fecha siguen siendo utilizados por la comunidad de San Francisco Xochicuautla para llegar a sus espacios sagrados, de oración y ofrenda en la extensión del cerro de la doble campana, en el paraje conocido como la gosthi47.

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Se presenta con mayor profundidad la información sobre las rutas de peregrinación, en el informe que compete a la documentación antropológica en el presente trabajo

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El muro que continua en el cruce con el esquinero D, tiene una longitud de 5.80 metros y una altura de 50 centímetros de manera continua hasta el punto E que se discontinua con el paso de la vereda que resaltamos es de vital importancia en el uso, significación, ocupación y entendimiento del bosque, el territorio, la comunidad y la identidad de los Ñhäto del Alto Lerma.

La vereda tiene una longitud de 2 metros y posterior a esta, sigue la continuidad del muro de labardita- a una distancia de 87.8 metros hasta uno de los puntos de afectación como consecuencia del trazo de la Toluca/Naucalpan, ya que se ha dejado caer sobre dicho muro, el material removido por los trabajos de desmonte, piedras, tierra y árboles talados, una parte de las piedras que están acumuladas en los depósitos de material, se asemejan a la de los muros de las barditas, de ahí surge la sospecha de la existencia de una terraza intermedia en el trazo, la cual ha sido destruida en su totalidad, otro de los elementos importantes considerados en esta sospecha es la continuidad de ambos muros verticales y horizontales respecto a las construcciones en la parte superior del trazo.

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Como se puede observar en la fotografĂ­a, el punto E mantiene una simetrĂ­a con el punto E*, el esquinero en el punto E tiene una altura de 1.0 metros, de un muro de 5.80 metros desde el punto D, la vereda tiene una longitud de 2.0 metros por donde transitan los pobladores de la comunidad de San Francisco Xochicuautla. Del otro lado de la vereda de lo que consideran los pobladores de la comunidad caminos reales o caminos viejos, continĂşa el muro de la -bardita-, en el punto F que es horizontal al primer muro visible del esquinero del punto B, en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan48. En el punto F se ubica una piedra con una altura de 24 centĂ­metros con el que continua un muro de 87.8 metros hasta uno de los tramos afectados.

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Revisar las ilustraciones para situar las formas horizontales de ambos muros de las terrazas o barditas.

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En algunas partes del muro la Altura es de 1.0 metros, en otras de 70 centĂ­metros

y 90

centĂ­metros.

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El muro tiene del punto D al punto I, una longitud de 110 metros, hasta el trazo de la Toluca/Naucalpan

En la longitud del muro de la terraza existe un daño de 6.0 metros en el punto G al H, como consecuencia del depósito de materiales removidos con el trabajo de desmonte; después, del punto H al I continua el muro de la bardita de 10.50 metros hasta su parte final. La altura en la parte final del muro es de 70 centímetros hasta antes de los 6.0 metros del daño al muro de la terraza, en esta parte se hace más visible el daño por la cercanía con el trazo de la Toluca/Naucalpan

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Como se observa en la fotografía anterior el muro que mide de longitud 110 metros del punto D al I se encuentra con el trazo a una distancia menor a los 30 metros, sobre 16 metros del muro se han vertido los materiales removidos por la maquinaria de la empresa constructora con autorización de SAASCAEM, materiales que han enterrado en el mejor de los casos el muro pero en otros han destruido de forma total o parcial la terraza. Entre los materiales removidos, se encuentran piedras con formas similares a los de las barditas previamente documentados, lo que nos hace pensar en la posibilidad de la existencia de otros muros que conectaban los vestigios de la parte inferior con los de la superior, los cuales han sido destruidos en su totalidad como consecuencia de los trabajos de desmonte realizados para el proyecto carretero. Desde este punto se puede visibilizar la continuación que intuimos entre ambos lados del trazo donde se han encontrado los vestigios arqueológicos en el paraje conocido como La gosthi, este muro que abarca del punto D al I mantiene una relación paralela con el primer muro en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan, como señalamos a continuación.

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Como se puede mirar de manera grafica en las ilustraciones previas, el muro de la bardita de los vestigios de la parte superior, el de 78.1 metros, coincide con el muro de la bardita en la parte inferior del trazo, el de 110 metros que llega hasta el punto I en el trazo, la continuidad de ambas terrazas, esta fracturada en una longitud de 68.8 metros entre ambos lados. Una forma de intuir la destrucción de la continuidad de los muros de las terrazas, es observar el material removido por las retroexcavadoras, principalmente las piedras, las cuales insistimos tienen una forma similar a las utilizadas en las construcción documentadas por esta comisión, esta sospecha además coincide con las distancias entre terrazas entre ambos lados como se especifica en el mapeo de la primera parte de la documentación arqueológica en la Comunidad de San Francisco Xochicuautla. Es de vital importancia señalar que el paraje conocido como la goshti en su traducción al castellano es puerta, esta significación es atribuida desde tiempos anteriores a la conquista y a la formación del Estado-Nación como parte del valor simbólico, cultural y religioso que le es atribuido, de ahí que los sitios documentados, las construcciones y las veredas que forman parte del corolario cultural de la comunidad Ñätho sigan siendo utilizados, resguardados, conservados y adorados por los pobladores de la sierra de las cruces y monte alto.

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Ya en la parte final del recorrido de inspección y documentación realizado por la comisión de la Red de Antropologías Populares del Sur, miembros de la comunidad y del consejo supremo indígena Ñätho, nos percatamos de otro muro de una bardita de 28. 50 metros de longitud, que se asemeja a la de 110 metros en la parte inferior, así como a la de 78.1 metros en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan. Esta que llamaremos segunda terraza o bardita horizontal en la parte inferior del trazo como hemos dicho mide en longitud 28.50 metros que pueden dividirse en un primer muro de 70 centímetros de altura y longitud de 5.50 metros hasta la vereda de uso común, religioso, sagrado y ancestral, la vereda mide 2.0 metros y posterior a esta, hay un muro de 70 centímetros que le continua 23 metros hasta su pinto final. Como podemos ver, el trazo de la Toluca/Naucalpan ha causado daños irreversibles al patrimonio arqueológico de la comunidad. Para culminar, entre ambas terrazas de la parte inferior, hay una distancia de 38.0 metros que les separa, siendo este uno de los elementos que también consideramos para sospechar la existencia de una bardita en medio del trazo de la Toluca/Naucalpan, el cual ya fue destruido, si nos percatamos del material removido podemos afirmar la presencia de piedras de forma similar a la de los otros muros. 237


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Para concluir se presente este mapa del recorrido de prospecciรณn, de forma que es una interpretaciรณn grafica de las mediciones realizadas en el sitio conocido como la gosthi

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Materiales arqueológicos documentados en el lugar conocido como la Pont´i dënxi/cruz de cebollar.

Como parte de la continuidad del trabajo de documentación que se realiza en la Comunidad de San Francisco Xochicuautla por parte de la comisión de documentación de la Red de Antropologías Populares del Sur, se recorrió el lugar conocido como la pont´i dënxi (pondeshi) en castilla, cruz de cebollar, lugar que ha quedado partido a la mitad como consecuencia del trabajo de desmonte realizado el 11 y 12 de Abril de 2016; el trazo de la Toluca/Naucalpan ha sido planteado sin considerar criterios de suma importancia, entre ellos y quizá uno de los más importantes el del Sistema Único de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia. El sitio arqueológico de Xochicuautla I está registrado bajo el Folio Real 2ASA00011031, que especifica la presencia de materiales arqueológicos a cielo abierto, siendo la concentración de estos elementos, la cerámica, lítica pulida y lítica tallada, materiales los que definen el sitio cronológicamente desde 650-99 d.n.e., 900 - 1200 d.n.e., 1200 - 1521 d.n.e., todo esto aunado a las estructuras, terrazas y muros de las barditas que se encuentran en la parte inferior y superior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthï en el cerro de la doble campana. El lugar conocido como la pont´i dënxi (pondeshi) está ubicado dentro del territorio de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de México ya entrado en el Bosque, en su parte Norte; como consecuencia del trabajo de desmonte, se removió material del cerro para delimitar los 85 a 110 metros de longitud del trazo de la Toluca-Naucalpan, por lo que el material arqueológico documentado, principalmente cerámica y restos óseos están en los márgenes del trazo, lo que representa un grave daño, puesto que el trabajo de desmonte realizado 11 y 12 de Abril de 2016 ha destruido total o parcialmente el material arqueológico que ahí se encuentra y que presentamos a continuación como parte de este trabajo de documentación. Resaltamos que el material documentado en el lugar conocido como la pont´i dënxi (pondeshi), son principalmente restos de cerámicas y restos óseos, posterior a este proceso de documentación se notifico al Instituto Nacional de Antropología e Historia para que se incorpore

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otro expediente a la denuncia presentada por parte del Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla a la que damos seguimiento.

En el lugar además, se encuentran amplias zonas de cultivo, principalmente maíz en la parte baja del cerro en el que se documento la presencia de materiales arqueológicos, en su mayoría, cerámicas, las cuales presentan diversas formas y solo por resaltar, se destacan algunos elementos que pueden ser considerados para situar su fecha, elaboración y uso prehispánico o precolonial que en este caso le corresponde al Instituto señalar. Solo para hacer una nota, como pendiente de otro recorrido de inspección para documentar los lugares donde hay estructuras prehispánicas, el trazo del proyecto atraviesa otra serie de muros de terrazas de las conocidas barditas, hacemos la nota porque el recorrido para llegar del sitio de la gosthi a el lugar conocido como la pont´i dënxi (pondeshi), que es la ruta en la que se encuentra el trazo de la Toluca/Naucalpan.

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Como puede expresarse de manera gráfica en el mapa anterior, tres son los lugares que se ven atravesados por el trazo de la Toluca/Naucalpan, el sitio conocido como la gosthi, un punto intermedio donde se sospecha la presencia de estructuras prehispánicas, principalmente terrazas y muros de barditas que se asemejan al primer sitio documentado y en esa misma continuidad atravesada por el trazo, el lugar conocido como la pont´i dënxi donde la presencia de materiales óseos y cerámicas le distingue. Como puede observarse en el mapa, los puntos que se señalan, cristalizan el contexto arqueológico de la comunidad, el cual se cruza con el contexto antropológico, en el que se debe destacar la importancia de los cerros santuarios, las deidades que son y han sido mantenidas por los trabajadores, comadritas y compadritos que resguardan la memoria histórica y el conjunto de saberes para comprender la importancia del territorio, pero sobre todo para reproducir los ciclos que dan sentido al tiempo, los tiempos y el espacio. Es importante tener presente que ambos contextos inciden el uno en el otro y son indivisibles como la relación entre comunidad, identidad y territorio, pasado y presente. Ya en el lugar conocido como la pont´i dënxi, acompañados de miembros de la comunidad, notamos la presencia de cerámica con características distintas, algunas partes con gravados, pinturas, marcas de la cocción y restos óseos que presentamos a continuación.

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Restos Óseos Los restos óseos encontrados en el lugar conocido como la pont´i dënxi asemejan piezas dentales, también se encuentran fragmentos de otros huesos que a simple vista no es posible identificar, como se puede observar en las fotografías, los restos óseos se encuentran en un espacio común relacionados con el conjunto de fragmentos de cerámicas que les rodea, lo que genera una primer sospecha sobre la presencia de una zona importante de entierros, dada la relación, de los caminos del monte, los cuales han sido definidos en el tiempo, por la historia, cultura y formas de vida, habitación, ocupación y significación del espacio, estos caminos enlazan dos de los puntos importantes que se han documentado, la pont´i dënxi y la gosthï, ambos lugares, además que en medio de ambos sitios, existen otras terrazas por donde se cruzan las veredas que entrelazan los tres sitios documentados49.

49

La investigación y documentación que realizamos obedece a un cronograma de seguimiento del proceso de defensa del territorio y de las necesidad dialogadas entre la comunidad de San Francisco Xochicuautla y la comisión de la Red de Antropologías Populares del Sur, en ese sentido, al momento de documentación de los restos óseos y cerámicas en ambos sitios, queda pendiente documentar el tercero localizado en el medio de ambos sitios como se puede ver en el mapa.

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Los huesos y fragmentos óseos presentan daños muy significativos, como consecuencia de la entrada de la maquinaria el 11 y 12 de Abril de 2016 en el lugar conocido como la pont´i dënxi, los trabajos de desmonte que se realizaron, tienen una altura de 1:80 metros, lo que representa la excavación que destruyo el material arqueológico. Para efectos de la primer visita al sitio para documentar, cubrimos un espacio de aproximadamente 30 metros de ancho por los 110 metros de longitud del trazo de la Toluca/Naucalpan, haciendo recorrido e identificando los lugares en donde había presencia de fragmentos materiales arqueológicos en el área que delimitamos para la primer inspección. En cada uno de los lugares donde se ubicaron restos óseos, se realizaron levantamientos fotográficos para su posterior análisis, respetando los lugares donde se encontraron sin extraer ninguna pieza, esto porque dicen los pobladores de la comunidad que no deben removerse, que deben respetarse y dejarse en el lugar.

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De la misma forma que con los restos óseos, los fragmentos de las cerámicas fueron documentados fotográficamente algunos de forma individual y otros en conjunto con otros fragmentos de cerámica, esto dependiendo de cómo se encontraba el material, al mismo tiempo se fueron enumerando como un primer acercamiento para notificar al INAH de su presencia.

Se hicieron 29 tomas fotográficas con relación a los diferentes fragmentos de cerámica documentada en el lugar50, además de 3 tomas de restos óseos que incluyen las piezas dentales y otros huesos que muestran su desgaste, los contextos en cómo se encontraron los materiales arqueológicos presentan distintas formas, hay algunos lugares en los que coinciden cerámicas y restos óseos, otros donde solo hay cerámicas con diferentes características y otros donde son cerámicas de formas homogéneas. Otro de los lugares importantes donde se documento la presencia de materiales arqueológicos es en los depósitos que ocuparon para el material removido como consecuencia del trabajo de 50

Estas 29 fotografías, son una muestra de las que hay en el lugar, ya que en todo el largo y ancho del trazo se encuentran bancos de materiales arqueológicos, que serán recuperados y resguardados por la comunidad y sus autoridades tradicionales.

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desmonte del 11 y 12 de Abril de 2016. A continuación se muestra una serie de fotografías sobre los materiales de cerámica documentados en el sitio de la pont´i dënxi.

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Cerámicas

El material de documentación fotográfica, quedara expuesta para su consulta en la página de internet de la Red de Antropologías Populares del Sur que por el momento está en proceso de reestructuración, para efectos de este informe se presentan unas cuantas.

Es preciso recalcar que los miembros de la comunidad que acompañan a la comisión de investigación y documentación de la Red de Antropologías Populares del Sur, han hecho mención de la importancia de las cerámicas y de sus similitudes con otras encontradas en el territorio de la comunidad, además de contener algunas especificaciones que muestran rasgos de su antigüedad, marcas de cocción, desgaste en los grabados y pinturas, además de marcas de tierra que han quedado impregnadas de forma permanente por la permanencia en el lugar.

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No podemos olvidar que el material arqueolรณgico documentado ha sido destruido por las maquinarias encargadas del trabajo de desmonte para la construcciรณn de la Toluca/Naucalpan, hechos que sin duda repercuten en el anรกlisis de dichos materiales, ya que han sido destruidas por los responsables del proyecto sin consideraciรณn alguna.

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Piedras labradas Otro de los materiales que se documentaron en el lugar, fueron piedras labradas, unas expuestas y otras aún enterradas,

de

la

misma forma que las cerámicas y los restos óseos, fueron

las

piedras

removidas,

destruidas y dañadas por la maquinaria los días 11 y 12 de abril de 2016 que ingresaron a realizar el trabajo de desmonte para el trazo de la Toluca/Naucalpan.

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Otros sitios similares protegidos por el Instituto Nacional de Antropología e Historia –INAH-. Cerro e la Trinchera, Sonora. Según datos del INAH, En 2016 se cumplirán 25 años de investigaciones arqueológicas en Cerro de Trincheras, Sonora, uno de los sitios prehispánicos más importantes del noroeste de México donde el trabajo multidisciplinario de especialistas del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y otras instituciones del país y de Estados Unidos ha arrojado importantes descubrimientos y desvelado el rostro oculto de la colina modificada por grupos humanos para habitarla hace 900 años y que hoy da sentido a una población alejada geográficamente del desarrollo de las grandes urbes51.

51

http://www.inah.gob.mx/es/boletines/4929-cerro-de-trincheras-una-zona-arqueologica-que-ha-crecidoa-la-par-de-la-comunidad

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Zona arqueológica de Tepeticpac Ubicado en la comunidad de Santiago Tepeticpac, en el municipio de Totolac, el sitio arqueológico se localiza en la cima de los cerros Cuauhtzi, El Fuerte y Tlaxistlan, a más de 2,450 metros sobre el nivel del mar. Cuenta con alrededor de 150 terrazas y 15 edificios tanto de tipo habitacional como cívico administrativos y algunos templos52.

52

http://www.inah.gob.mx/es/boletines/1832-explora-inah-sitio-prehispanico-que-dio-origen-a-tlaxcala

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Ocoyoacac, Estado de México

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Recomendaciones. Dadas las condiciones en que el conflicto se ha desarrollado de 2007 a la fecha, podríamos situar dos momentos que agravan el contexto del conflicto, y uno tercero que implica la presencia de organismos encargados para realizar estudios científicos de corte arqueológico, etnolingüísticos, etnohistórico; siendo así, por un lado situamos la falta de reconocimiento de la comunidad como pueblo indígena Ñätho –Otomíe del Alto Lerma- y por el otro la violación por acción y omisión de los derechos específicos, humanos, políticos, culturales, sociales y económicos de la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de México. Todo esto a través de una serie de procesos desiguales en donde intervienen las instituciones que personifican y representan al Estado, encargados de promover el proyecto “carretera privada Toluca-Naucalpan”, quienes han omitido la realización de los estudios científicos obligados sobre el impacto cultural, daños a bienes arqueológicos y patrimonio biocultural y simbólico, esto, por tratarse de un pueblo y comunidad indígena, y estar reglamentado a nivel internacional, a demás con la finalidad de garantizar el respeto a la composición pluricultural de la Nación Mexicana, principalmente sustentada en los pueblos indígenas según refiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo segundo, pero también con base en los criterios de convencionalidad ratificados por el Estado Mexicano en su artículo primero, en ese sentido, la importancia de hacer valer el derecho consuetudinario internacional de carácter vinculatorio en materia de Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas que se mencionan a continuación. Los principales instrumentos internacionales vigentes dedicados específica y exclusivamente a los derechos de los pueblos indígenas son: 

Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 7 de junio de 1989

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007. (2007)

Además de estos, existen otros que a su vez forman parte del mosaico de derechos de pueblos y comunidades indígenas. 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976) 261


Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976)

Observación general número 23 el comité de derechos humanos

Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación racial (1969)

Observación general número 23

Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

Pronunciamientos de los comités convencionales sobre los derechos de los pueblos indígenas.

También se pueden tomar en cuenta los nueve tratados básicos en materia de derechos humanos: 

Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales

Pacto internacional de derechos civiles y políticos

Convención sobre los derechos del niño

Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, in humanos o degradantes

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

Por lo tanto podrían traducirse de forma general entre todos los acuerdos, tratados, convenios, pactos, convenciones, pronunciamientos y jurisprudencias, que los derechos de pueblos y comunidades indígenas son: 

Derecho a la no discriminación y a la igualdad ante la ley

Derecho a la libre determinación

Derecho a la identidad e integridad cultural

Derecho a la propiedad de la tierra, el territorio y los recursos naturales

Derecho a la participación y a la consulta

Derecho al consentimiento

Derecho a sus propios sistemas de justicia

Derecho a la reparación

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Para asegurar que el disfrute de estos derechos sea efectivo, los Estados deben garantizar a los pueblos indígenas, al menos lo siguiente: 

Autonomía o autogobierno en los asuntos internos y locales;

Disposición de recursos para financiar sus funciones autónomas;

Reconocimiento formal de las instituciones tradicionales y de los sistemas propios de justicia;

Reconocimiento del derecho que tienen a determinar y a elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo de sus tierras o territorios y de los recursos naturales que allí se encuentren;

Que serán consultados antes de adoptar decisiones que puedan afectarlos;

Que se obtendrá su consentimiento antes de la ejecución de proyectos o planes de inversión que puedan causar un impacto mayor en su pueblo;

Participación activa en la determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que los afecten;

Participación plena y efectiva en la vida pública.

En ese sentido, según los criterios de autoafirmación de la Comunidad Ñätho como conciencia de su identidad, es viable y obligada, la aplicación de las disposiciones internacionales sobre pueblos indígenas, en términos de la definición de comunidades indígenas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - que son aquellas que forman parte de una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres-. De forma que el derecho a la autodeterminación hace posible hacer exigibles y justiciables estos derechos para la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de México y otras. Con base en la información presentada en este informe, y tomando en cuenta la información del anteproyecto como parte de los acuerdos resultado de las mesas de diálogo entre Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, Secretaria de Gobernación y representantes de la comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla, mediado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, consideramos emitir las siguientes recomendaciones:

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El actual tramo carretero que pretende pasar por territorio de San Francisco Xochicuautla, atraviesa específicamente sobre las rutas y lugares que forman parte del territorio sagrado/ ancestral/común (capillas, descansos y monolitos), representados por el señor de la exaltación, materializado en la red de montañas y cerros (Cerro de la Campana, Cerro de Ayotuzco, Cerro de las Palmas, Capilla del Señor de la Exaltación, Cerro de la Verónica, Cerro de Santa Cruz Tepexpan) por tal razón es completamente inviable ya que irrumpe con el derecho de autodeterminación e identidad cultural entre otros, dado que elimina la posibilidad de continuar con la reproducción de la cultura Ñätho, e irrumpe con la estabilidad social de esta comunidad cuyas prácticas culturales se ven mutiladas teniendo repercusiones, principalmente en la continuación de la cultura otomí del Alto Lerma, su vida espiritual, comunitaria, política, económica, religiosa y sagrada.

El daño principal por el trazo se ocasiona al cerro de la doble campana que es donde se encuentra el conjunto de terrazas prehispánicas enunciado en el informe arqueológico, así como una serie de descansos donde se lleva ofrenda en determinadas fechas del calendario agrícola y sagrado que se cruza entre sí, además de cortar el flujo de peregrinaciones para el cerro de la doble campana, las palmas en Ameyalco y a santa cruz Ayotuxco como se muestra en los mapas, así como otros sitios de importancia para la comunidad que se encuentran entre la red de montañas que están conectadas por rutas de peregrinación y caminos entre las comunidades.

Dada la importancia de las afectaciones consumadas y latentes sobre sitios y lugares sagrados que forman parte del patrimonio histórico, cultural y arqueológico de la Comunidad, así como la carencia de estudios en materia cultural de carácter antropológico, lingüístico, histórico y arqueológico, es de vital importancia en lo inmediato frenar el paso del trazo carretero y el trabajo de desmonte en el cerro doble de la campana, para realizarse con precisión, estudios de mapeo y levantamiento de los daños, medición, resguardo y restauración del sitio afectado, de forma que puedan realizarse las intervenciones necesarias por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia – INAH-, para llevar a cabo los estudios pertinentes, así como el registro del sitio arqueológico y con ello su protección, todo esto a la par de la comisión de Apoyo Técnico de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla que realizara también, los estudios pertinentes.

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Es vital comprender en sus justas dimensiones, la importancia que tiene el territorio como una totalidad que incluye a la comunidad, la familia, sus formas de organización y construcción histórica de las políticas de lo común –usos y costumbres-, por lo tanto no puede entenderse fuera de ese tejido de significados que cruza la identidad, la comunidad y el territorio, lo que incluye también, la cosmovisión de lo sagrado, lo espiritual, el tiempo, el espacio; conocimientos que son el eje central de la reproducción de la vida y su continuidad.

Por lo tanto no se puede interpretar de forma unilineal el territorio como medio ambiente o tierras que excluyen a la población indígena que de tiempos anteriores a la conquista habitan y simbolizan como parte fundamental de su existencia como Ñätho, así que una manifestación de impacto ambiental en su modalidad particular no cubre las especificaciones necesarias para afirmar la viabilidad del proyecto de carretera privada Toluca-Naucalpan, en territorio de una comunidad indígena.

Deben proteger, garantizar, promover y respetar los Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas, así como reconocer que la Comunidad de San Francisco Xochicuautla es una Comunidad Indígena en tanto habitan un territorio compuesto por formas de organización tradicional, política, económica, social y cultural construidas a través de una historia en particular que es vigente y que se ha visto violentada por el desconocimiento de sus derechos específicos, así como por la negativa al reconocimiento como comunidad indígena Ñätho -otomíe del Alto Lerma-.

En ese sentido se deben de considerar todos los elementos necesarios a través de estudios científicos que incluyan a la población como un eje central de la interpretación y participación en la documentación, para garantizar la prevención de daños al patrimonio biocultural, simbólico y arqueológico, por lo que debe respetarse en lo inmediato el cerro de la doble campana y la verónica en la Comunidad de San Francisco Xochicuautla y considerar para el cambio del trazo, primero los estudios necesarios requeridos para garantizar la viabilidad del proyecto, esto en términos ambientales pero también sociales, culturales y arqueológicos, todo esto para tomar las medidas necesarias y evitar mutilar la representación del señor de la exaltación y su primer cuadro que en la cosmovivencia Ñätho son los brazos, la cabeza, corazón y estomago, lugares donde se origino la vida, de ahí su importancia.

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Aunado a lo anteriormente descrito, es de suma importancia para la academia y los y las académicos en ciencias sociales, antropológicas, lingüísticas, históricas, arqueológicas, sociológicas, filosóficas y afines a las humanidades se respeten las formas de vida y cultura de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, pero también su territorio y en ese sentido los sitios arqueológicos que existen en los diferentes cerros incluyendo el cerro de la doble campana donde figura un complejo de construcciones prehispánicas de tipo terrazas, acompañados de otros monolitos que siguen siendo venerados por los pobladores del Alto Lerma, esto para realizar estudios que permitan entender la importancia de la región, de sus comunidades y pueblos indígenas.

Con la intención de brindar algunos elementos técnicos de tipo antropológico y arqueológico según los fines requeridos para este primer informe, agradecemos la seriedad y sensibilidad para su entendimiento al Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, la Secretaria de Gobernación y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que forman parte de esta mesa para impulsar en sus justas dimensiones el entendimiento de este conflicto con la intención de que a través de estos diálogos que priorizaremos en que sea intercultural se puedan articular las diferentes propuestas en busca de una debida resolución del conflicto para la gestión de paz.

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Denuncia presentada ante el Instituto Nacional de AntropologĂ­a e Historia.

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Respuesta del Instituto Nacional de AntropologĂ­a e Historia a la denuncia entregada por el Consejo Supremo IndĂ­gena de San Francisco Xochicuautla -757/2016-.

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Informe de actividades de la primera visita de inspección de los Arqueólogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Como parte del seguimiento a la denuncia 757/2016 que acompaña el Informe Técnico realizado por la Red de Antropologías Populares del Sur por daño a patrimonio arqueológico, simbólico, histórico y biocultural de la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca-Naucalpan, el cual fue presentado al Instituto Nacional de Antropología e Historia el 22 de Mayo de 2016 por la máxima autoridad tradicional de la comunidad, el Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla. En el contexto de contestación a la notificación y denuncia presentada por el Consejo Supremo ante el Instituto, en adelante INAH, en el que se advierte la presencia de vestigios arqueológicos en el cerro de la doble campana, en riesgo por causas de la construcción de la obra privada, además de describir el visible daño a las formas tradicionales de ocupación del espacio, simbolización, distribución y uso, prácticas culturales, económicas, políticas, sociales, epistemológicas reconocidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que definen el sentido de la identidad, el territorio y la comunidad Ñätho como elementos indivisibles hoy amenazados por la obra. Como respuesta del INAH ante dicha denuncia, se notifico al Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla a través del OFICIO NO. 401.F(04)138.2016/1410, firmado por el ARQLGO. Ricardo Arturo Jaramillo Luque, Delegado del centro INAH Estado de México, el cual especifica la necesidad de realizar una visita de inspección por parte de Arqueólogos del INAH con la finalidad de recorrer el área del cerro de la Verónica, el Cerro de la doble campana, con el objetivo de generar un diagnostico que permita establecer la viabilidad de iniciar un procedimiento de declaratoria, definir estrategias de protección, así como la viabilidad de integrar mesas de trabajo con la comunidad con la intención de tomar las medidas necesarias para proteger y conservar el patrimonio cultural de la Nación. A continuación se presenta el material fotográfico recabado durante la diligencia y la descripción general de las acciones realizadas por los Arqueólogos del INAH el día 15 de Junio de 2016 en la Comunidad Indígena de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de 273


México, en solo una parte del cerro de la doble campana donde están los vestigios arqueológicos más visibles, en la parte superior del trazo carretero.

Diligencia de Arqueólogos del INAH. Se presentaron a la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla el día 15 de Junio de 2016 alrededor de las 10:30 horas en atención a la denuncia 757/2016 y su respuesta el OFICIO NO. 401.F(04)138.2016/1410, tres Arqueólogos del INAH para realizar una visita de inspección en el cerro de la doble campana, principalmente en los lugares donde previamente se había notificado la existencia de vestigios arqueológicos. Los Arqueólogos comisionados por el INAH para la realización de la visita son: Juan Sacristán INAH-Edo Méx, Héctor Pérez García Departamento de Investigación y Arqueología del INAH y Rubén Nieto Hernández de la UAEMex, Facultad de Arqueología, quienes se presentaron como responsables de dicha diligencia en atención a la denuncia realizada el 22 de Mayo de 2016.

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A la llegada de los Arqueólogos a la comunidad de San Francisco Xochicuautla y tras la autorización de la autoridad tradicional, nos dirigimos, acompañados de un grupo de investigadores de la Red de Antropologías Populares del Sur, miembros del Consejo Supremo Indígena y miembros de la Comunidad al paraje conocido como “La´gosthi/La puerta”, donde se encuentran vestigios arqueológicos, pero también es preciso señalar que este lugar es de vital importancia para los Ñätho del Alto Lerma y sus formas de vida cultural, sagrada, ancestral y comunitaria, ya que en la representación de la divinidad del señor de la exaltación, este cerro de la doble campana es la cabeza, además, forma parte del flujo de peregrinos indígenas del corredor intercultural otomíe a través de los caminos reales en la cosmovisión del territorio indígena.

Ya en el paraje conocido como “La´gosthi/La puerta”, los Arqueólogos del INAH realizaron un primer recorrido en la parte que se había notificado la presencia de vestigios arqueológicos en el Informe Técnico entregado junto con la denuncia 757/2016, comenzando el levantamiento de datos en la primer terraza que se encuentra en la parte superior del trazo del proyecto de la carretera privada Toluca-Naucalpan, aproximadamente a 15 metros, en la parte inferior del trazo

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se encuentran otros vestigios arqueológicos que han sido señalados por miembros de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla y que por el momento, han quedado pendiente para una segunda visita de los Arqueólogos.

Posterior al levantamiento de documentación fotográfica de esta terraza, se continúo el recorrido para situar y realizar las mediciones necesarias por parte de los arqueólogos del INAH en la terraza que le continúa en dirección a la cima del cerro de la doble campana donde se comenzó la ubicación satelital del sitio a través de un GPS. Al percatarse de la presencia de patrones de construcción similares a los documentados en la región serrana de las cruces, los Arqueólogos comenzaron a realizar mediciones con flexometro en las piedras más altas de las construcciones y de forma paralela se recorrieron los muros de manera horizontal y vertical para marcar las dimensiones de la construcción. 276


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Cabe señalar que los muros de las terrazas continúan por todo el cerro, tanto en la parte posterior, como en la inferior del trazo carretero, estas últimas quedan pendientes para la segunda visita de los Arqueólogos del INAH al cerro de la doble campana, la presencia de muros de forma horizontal y vertical forman algunos esquineros que también fueron documentados.

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La parte final del recorrido de visita del sitio e inspección, para la realización de mediciones y geolocalización de los vestigios por parte de los Arqueólogos del INAH concluyo con la documentación de algunas construcciones particulares que se muestran a continuación, decimos particulares porque al principio solo se habían documentado los muros de lo que figuran como las terrazas de tipo horizontal, los esquineros y los muros verticales con relación a las terrazas, por otro lado, en esta parte final, se documentaron otro tipo de construcciones que hacen referencia a un contexto de ocupación prehispánica, lo que en voz de uno de los Arqueólogos según los patrones de construcción observados, estudiados, analizados de la región, parece ser un temazcal.

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La visita concluyo aproximadamente a las 14:30 hrs con el regreso al punto de partida, que para efecto de su ubicación, nombraremos, primera terraza visible, en la parte superior del trazo de la Toluca-Naucalpan en el paraje conocido como “La´gosthi/La puerta”. En general, la visita de los Arqueólogos del INAH consistió principalmente en medir y geolocalizar los lados más visibles de los muros de las terrazas y otros vestigios que se encuentran en el sitio, se recorrieron las construcciones señaladas con anterioridad en el Informe Técnico entregado al INAH, quedando pendiente a una segunda visita programada para el 29 de junio de 2016 a las construcciones de la parte inferior del trazo de la TolucaNaucalpan en el paraje conocido como “La´gosthi/La puerta”, además de la visita a la “Donikja/iglesia vieja” ambos espacios de vital importancia para los Ñätho del Alto Lerma.

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Desde este centro descentralizado, en algún lugar de la sierra de las cruces y monte alto, un sur para ser precisos, Julio combativo 2016 A los pueblos, estudiantes, comunidades y organizaciones solidarias en pie de lucha. A los medios libres, autónomos y populares. A los organismos no gubernamentales defensores de derechos humanos nacionales e internacionales. A la Red de Antropologías Populares del Sur –RAPS-.

Denunciamos daño total y parcial en sitios arqueológicos en la comunidad de San Francisco Xochicuautla, en el paraje conocido como la gosthï y la pont´i dënxi como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca/Naucalpan. La comunidad indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla, habita su territorio desde antes de la formación del Estado-Nación y de la concepción universal y monolítica de la economía del sistema mundo y colonialista, han mantenido posterior a la conquista, instituciones sociales, económicas, religiosas, espirituales, así como prácticas culturales que forman parte de la particular cosmovivencia que sustenta la relación indivisible entre el territorio, la comunidad y la identidad. Con base en ciertos principios organizativos que han sido heredados en la tradición oral, en las formas de celebraciones, rituales, peregrinaciones, los pueblos del Alto Lerma, han dado sentido, pero también un sentir, al uso, distribución y ocupación con el que se piensa y siente el territorio del que forman parte, esto incluye a todos los seres animados e inanimados que lo habitan y que con el tiempo lo han ido construyendo en la medida en que hacen posible la continuación de la vida. Los lugares sagrados, cerros santuarios y demás espacios que existen en el cerro de la doble campana y en la red serrana del territorio indígena, ancestral y común de la comunidad de San Francisco Xochicuautla se han visto amenazados de forma continua y 288


sistemática desde hace 10 años al igual que sus derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas, esto como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca/Naucalpan, así como la invasión de maquinaria, trabajadores de la constructora Autovan S.A de C.V filial de Teya de Armando Hinojosa Cantú, Secretaria de Gobernación, Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México y policías fuertemente armados de la Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México, que como se sabe, son los responsables directos de las agresiones contra miembros de la comunidad, así como de la demolición del patrimonio familiar del compañero Dr. Armando García Salazar y el intento de destrucción de la capilla de las cruces en la entrada del Bosque los días 11 y 12 de Abril de 2016. Además de la ya conocida agresión contra la comunidad, los responsables de la violencia, también ocasionaron daños graves a patrimonio arqueológico y cultural en el paraje conocido como la gosthï/la puerta en el cerro sagrado, cerro santuario de la doble campana, sitio en el que el trazo de cerca de 80 metros a discontinuado las estructuras prehispánicas, -barditas- o terrazas, dañando partes significativas de sus muros; se han documentado –barditas- en ambos lados en la parte inferior y superior del trazo de la Toluca/Naucalpan a una distancia de 15 metros, al margen de los lugares que eligieron para depositar el material removido por el trabajo de desmonte realizado el 11 y 12 de Abril del año en curso. Entre el material removido se encuentran piedras con una forma muy similar a la de las construcciones prehispánicas, por lo que se sospecha que ese material removido en su totalidad, forma parte de la continuación de los muros de las barditas, ya que coinciden con los de la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan, en el contexto arqueológico de la comunidad Ñätho de San Francisco Xochicuautla y en el imaginario colectivo de la población respecto a su tradicional posesión e histórica habitación del territorio, han señalado la importante presencia de piedras con relieves, utilizadas en la actualidad por los pobladores de la comunidad como espacios, lugares a los que se les atribuyen un sentido sagrado y por lo tanto espiritual que reafirma la importancia de mantener los territorios, para también mantener a las deidades. 289


Deidades que hacen presencia a través del rayo, la lluvia, las evidencias y las enfermedades, y que solo son posibles en el bosque y no sin él, por otro lado, en el paraje conocido como la pont´i dënxi (pondeshi)/ cruz de cebollar, se ha documentado la presencia de restos óseos, principalmente piezas dentales –muelas-, restos óseos de animales y cerámicas de diferentes tipos en lo que parece un lugar de entierros prehispánicos en el territorio de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, el material arqueológico esta visible y expuesto puesto que los días 11 y 12 de Abril de 2016 se realizaron trabajos de desmonte para el trazo de la Toluca/Naucalpan, lo que ocasiono la destrucción total o parcial del material documentado. En los extremos de los 110 metros de longitud del trazo, la empresa constructora deposito el material removido, entre el material, se ha documentado diferentes tipos de fragmentos de cerámica, los cuales forman parte del contexto de lo que suponemos es una serie de entierros, puesto que hay en varios lugares, pequeños bancos de cerámica y restos óseos, en el lugar también se encuentran piedras talladas, algunas expuestas y otras aún enterradas, aclaramos que todo este material sigue en el sitio, puesto que se ha realizado una denuncia ante el INAH para que incluyan al expediente de la denuncia realizada por el Consejo Supremo Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla con folio 757/2016 por destrucción a patrimonio arqueológico como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca/Naucalpan, al cual se adjunto también, el informe técnico sobre daños al patrimonio cultural, simbólico y arqueológico en la comunidad de San Francisco Xochicuautla en su primera versión, realizado por una comisión de la Red de Antropologías Populares del Sur, documentación que sigue realizándose, junto a miembros del Consejo Supremo Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla y miembros de la Comunidad quienes también participan. Esta denuncia ha tenido ya, una respuesta del INAH sin embargo han quedado pendientes las consecuentes visitas de inspección y prospección en la parte inferior del Trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthï y en la pont´i dënxi, para continuar con la documentación obligada sobre los daños a los sitios que hemos mencionado y los cuales ya están en los expedientes de la denuncia presentada en Mayo 290


de 2016 de la cual esperamos nos entreguen el informe técnico emitido por las autoridades. Además, el sitio arqueológico de Xochicuautla I está registrado Sistema Único de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, bajo el Folio Real 2ASA00011031, que especifica la presencia de materiales arqueológicos a cielo abierto, siendo la concentración de estos elementos, la cerámica, lítica pulida y lítica tallada, materiales los que definen el sitio cronológicamente desde 650-99 d.n.e., 900 - 1200 d.n.e., 1200 - 1521 d.n.e. En medio de ambos lugares, la gosthï y la pont´i dënxi, existen otras estructuras de forma muy similar a las –barditas- y muros de las terrazas, este último lugar, está en proceso de documentación, sin embargo es preciso cristalizar que los tres sitios que mencionamos de forma breve están en peligro de ser destruidos como consecuencia de la construcción, planeación y aprobación del proyecto carretero, puesto que el trazo que se han planteado como viable las autoridades responsables de liberar el trazo, amenaza directamente el patrimonio arqueológico, simbólico y cultural de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, pues pasa por en medio y por encima, por esto, es que los materiales arqueológicos se han encontrado dentro de las longitudes del trazo de la Toluca/Naucalpan. Por último estos sitios, alineados con los cerros santuario del rosario serrano, en la sierra de las cruces y monte alto son una expresión de la representación de la deidad en sus coordenadas religiosas interserranas, lo que se traduce en la forma física y espiritual del señor de exaltación, representación que sin duda tiene una relación latente e indivisible entre las prácticas culturales contemporáneas de la comunidad y la protección, ritualización, significación, resguardo y conservación de sus sitios arqueológicos, sitios comunes y sitios sagrados que forman parte de su territorio. La Red de Antropologías Populares del Sur -RAPS y el Proyecto de Arqueología Popular – PAP-, esfuerzo en el que convergen las antropologías y arqueologías críticas, radicales, subversivas, combativas, populares, del sur, comprometidas ética, política

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epistemológicamente con los procesos descolonizantes de pueblos, comunidades y colectividades, exigimos:

SE RESPETE EL PATRIMONIO CULTURAL, SIMBÓLICO, ARQUEOLÓGICO DE LA COMUNIDAD INDÍGENA ÑÄTHO DE SAN FRANCISCO XOCHICUAUTLA.

LA SUSPENCIÓN DE LA OBRA DE FORMA DEFINITIVA EN LOS PARAJES DE LA GOSTHÏ EN CERRO SAGRADO/CERRO SANTUARIO DE LA DOBLE CAMPANA, Y EL LUGAR CONOCIDO COMO LA PONT¨I DËNXI.

LA PRESENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, DELEGACIÓN ESTADO DE MÉXICO PARA LA CONTINUACIÓN DE SUS DILEGENCIAS Y POSTERIOR ENTREGA DEL DICTÁMEN, ATENDIENDO A LA DENUNCIA 757/2016. Además, invitamos a compañerxs, organizaciones, colectivos, medios libres, pueblos y comunidades a estar pendientes de la presentación pública del Primer Informe técnico Sobre afectaciones al patrimonio

cultural, patrimonio simbólico, patrimonio

arqueológico como consecuencia del proyecto de la carretera privada Toluca-Naucalpan en el territorio Ñätho de San Francisco Xochicuautla, para su reproducción, consulta y difusión libre.

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523 jëya te hü dospoho, 523 jëya meti ntöts´e po hëgi, th¨ge a nujü jäi, 523 jëya meti dänsu n´e nogo, pa dëni meti ua. Por antropologías críticas con coherencia ética y consecuencia política, sernos y hacernos con los que luchan. Suturando las heridas de nuestros pueblos mutilados, construyendo justicia social, justicia histórica y justicia cognitiva.

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Informe de actividades de la segunda visita de inspección de los Arqueólogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Como parte del seguimiento a la denuncia 757/2016 que acompaña el Informe Técnico realizado por la Red de Antropologías Populares del Sur por daño a patrimonio arqueológico, simbólico, histórico y biocultural de la Comunidad Indígena Ñätho de San Francisco Xochicuautla como consecuencia de la construcción de la carretera privada Toluca-Naucalpan, el cual fue presentado al Instituto Nacional de Antropología e Historia el 22 de Mayo de 2016 por la máxima autoridad tradicional de la comunidad, el Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla. Como respuesta del INAH ante dicha denuncia, se notifico al Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla a través del OFICIO NO. 401.F(04)138.2016/1410, firmado por el ARQLGO. Ricardo Arturo Jaramillo Luque, Delegado del centro INAH Estado de México, y como parte del seguimiento a la primera visita de prospección del 15 de Junio de 2016 en la Comunidad Indígena de San Francisco Xochicuautla, Lerma, Estado de México, en la parte superior del trazo de la Toluca/Naucalpan en el paraje conocido como la gosthï, respondiendo a lo acordado en ese calendario, se propuso por los arqueólogos del INAH una segunda visita que se efectuó el día 13 de Julio de 2016, cabe resaltar que fue suspendida en dos ocasiones la visita hasta efectuarse. La visita del INAH en función de los arqueólogos comisionados para realizar la inspección cambio el sentido planteado en la primera visita, que se acordó consistiría en observar la continuidad y el daño ocasionado a las barditas en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan; cambio que se dio ante el anuncio por las autoridades tradicionales y notificación al INAH de la presencia de restos óseos en la pont´i dënxi, otro de los sitios que presentan daños graves y totales a patrimonio arqueológico como consecuencia de la entrada de maquinas para la construcción de la carretera, como se ha documentado y denunciado por el Consejo Supremo y la Red de Antropologías Populares del Sur. Por lo tanto ha quedado pendiente una tercera visita de inspección, para realizar el recorrido en la gosthï en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan.

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Diligencia de Arqueólogos del INAH. Los Arqueólogos comisionados por el INAH para la realización de la visita de nueva cuenta son: Juan Sacristán Dirección de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos INAH-Edo Méx, Héctor Pérez García Departamento de Investigación y Arqueología del INAH-Edo Méx, en esta ocasión sin contar con la presencia del Arqueólogo Rubén Nieto Hernández de la UAEMex, Facultad de Arqueología, quienes se presentaron como responsables de dicha diligencia en atención a la denuncia realizada el 22 de Mayo de 2016 y como continuidad de la visita del 15 de Junio de 2013. A la llegada de los Arqueólogos, nos trasladamos un equipo de la Red de Antropologías Populares del Sur y del Consejo Supremo, máxima autoridad de la comunidad, al lugar conocido como la pont´i dënxi donde se habían documentado previamente restos óseos, materiales arqueológicos, principalmente cerámicas y piedras talladas en los 110 metros de ancho del trazo de la Toluca/Naucalpan.

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Una de las premisas de la visita de los Arqueรณlogos es que el tiempo de inspecciรณn fue demasiado reducido, dado que las autoridades comisionadas para la visita argumentaron que tenรญan otras actividades que realizar que acortaban su presencia en el sitio, se comenzรณ por inspeccionar en primera instancia los restos รณseos donde se documentaron las piezas molares.

En ese primer lugar donde se encontraron los molares, los arqueรณlogos realizaron mediciones para situar y geolocalizar los restos รณseos y las cerรกmicas que forman parte de ese contexto arqueolรณgico particular, al mismo tiempo realizaron un recorrido breve por el trazo de la Toluca/Naucalpan para observar las cerรกmicas y otros restos รณseos que se encontraban presentes. Todo esto con la intenciรณn, aseguraron, de realizar un levantamiento de muestra de los materiales encontrados en el sitio y resguardarlas para su anรกlisis, lo que implica que se

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incorpora al expediente de la denuncia, la respuesta del equipo de Arqueología Física del INAH sobre la presencia de resto óseos.

Para hacer la recolección, utilizaron algunas herramientas que facilitaron el levantamiento de los restos óseos y fueron agrupándolo en bolsas para su resguardo en el INAH, separaron los molares de otros huesos y cerámicas, es importante resaltar que el paso de la maquinaria de construcción ha destruido de forma grave el contexto del entierro, siendo este uno de los principales argumentos que los visitadores del INAH ignoraron, pese a la narración de hechos del día 11 y 12 de Abril de 2016 con la irrupción de SAASCAEM y la Comisión de Seguridad Ciudadana del Estado de México.

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Se realizaron durante un lapso de tres horas, la recolección de todos los restos óseos visibles, y un muestreo de materiales cerámicos que cabe aclarar no fueron de todo el largo ancho del trazo donde hay presencia de dicho material, el muestreo consideramos fue poco objetivo pues se priorizo en la visita la recolección de los restos óseos, se notifico de la presencia de piezas de piedra talladas o labradas en formas de ladrillos, unas expuestas y otras aún enterradas y destruidas por el trazo en el mismo lugar la pont´i dënxi, siendo estos también materiales que descartaron en el levantamiento de datos y muestreos que realizaron los Arqueólogos del INAH. Por lo tanto consideramos que la visita no cubrió las necesidades de recolección de datos y materiales arqueológicos pues se vio interrumpida por el tiempo destinado a la visita y la primacía de recolección de restos óseos, consideramos es importante rehacer una inspección con mayor profundidad para ubicar el material arqueológico visible como

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consecuencia del trazo, y el posible contexto arqueológico funerario que se sospecha existe por la presencia de restos óseos humanos y no humanos, así como cerámicas.

Para concluir se realizo por parte de los Arqueólogos comisionados del INAH un levantamiento de muestras de restos óseos, en su totalidad todos los visibles como consecuencia del trazo de la Toluca/Naucalpan y algunas cerámicas que fueron recogidas del sitio, no se realizo ninguna actividad de documentación sobre las piedras talladas o labradas, ni un recorrido total en el sitio donde se documento el daño a patrimonio arqueológico, simbólico y cultural en la pont´i dënxi. Se acordó realizar una tercer visita para dar continuidad al recorrido en la gosthï para documentar la continuidad de las barditas, tanto en parte inferior como en superior del trazo de la Toluca/Naucalpan.

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Conclusiones. No solo las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, la anulación y desconocimiento de la identidad, cultura, saberes, historias y memorias de la comunidad son una constante en el contexto del conflicto de despojo en la comunidad Ñhäto de San Francisco Xochicuautla, junto a estas prácticas sistemáticas de ejercicio del poder y la violencia de dominación y sometimiento para la apropiación de tierras y territorios, aparecen una serie de dispositivos expropiatorios que se van naturalizando en la vida cotidiana de la comunidad para generar conflictos internos que fracturan la relación con el territorio y sus dimensiones colectivas, comunes, simbólicas y culturales. Todo esto, consecuencia de las estrategias utilizadas por Occidente en la formulación, contexto y procesos que definen el Estado en los márgenes de la economía del sistema mundo moderno/colonial de una historia particular que en los últimos 523 años ha sido universalizada haciendo posible consolidar las lógicas de clasificación racial que privilegia al Norte global e interiorizan el Sur global, limitándole a relaciones de centros y periferias, dominados y dominadores, salvajes y civilizadores. Entre estas lógicas de binomios, por un lado encontramos, el imaginario colonial y por el otro el imaginario capitalista, ambos parten de un complejo estructural que define la historia universal de formación del Estado-Nación y su relación diferenciante y desigual con los pueblos y comunidades indígenas que se llevan repitiendo desde la conquista, evangelización, institucionalización, democratización, globalización y otra serie de procesos que forman parte de la tradición occidental, de la modernidad y la colonialidad. En este contexto, puede situarse el andamiaje colonial del megaproyecto de la autopista privada Toluca/Naucalpan como una amenaza directa al territorio, y con ello, al conjunto de derechos humanos que compete a las autoridades del Estado Mexicano, proteger, garantizar, respetar y promover, en conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, además, durante el procedimiento político y jurídico de apropiación, despojo y usurpación del territorio de San Francisco Xochicuautla se han omitido y ausentado los criterios de composición de la Nación pluricultural, sostenida según el segundo constitucional, en los pueblos originarios que

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habitan el territorio del país, antes de la colonización, conservan sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas. Este conjunto de violaciones a los derechos humanos fundamentales, son contradictorias con los ratificados en el artículo primero constitucional en su reforma de 2011, que contempla que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, se deben contemplar en ese contexto, los nueve tratados básicos en materia de derechos humanos: Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, Pacto internacional de derechos civiles y políticos, Convención sobre los derechos del niño, Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, in humanos o degradantes, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias, Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Además se deben incluir los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, así como sus criterios especificos contenidos en los instrumentos internacionales vigentes, en el que se deben reconocer el Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 7 de junio de 1989, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007. Además de estos, tenemos que señalar también, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976), Observación General número 23 del comité de derechos humanos, Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación racial (1969), Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), Pronunciamientos de los comités convencionales sobre los derechos de los pueblos indígenas y jurisprudencias. La omisión y desconocimiento de estos derechos específicos, podemos asegurar tienen como piedra angular la consolidación del proyecto económico, político, cultural y 303


epistemológico de occidente que se sostiene a través de la apropiación de la tierra y el territorio para la continuidad del capitalismo y colonialismo, instaurado en las lógicas de construcción del Estado-Nación y los procesos económicos globales que le definen al margen de la modernidad y su otra cara, la colonialidad. De forma que podemos identificar con precisión un contexto de conflicto, confrontación y desencuentro en el que se diferencian victimas y perpetradores de forma muy clara, por un lado como víctima directa, la Comunidad Indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y como perpetradores intelectuales, ordenadores y ejecutores, el Estado Mexicano, entre estos últimos, aparecen las autoridades e instituciones cómplices del despojo que opera bajo la dirección de los más altos niveles de la administración federal y estatal, quienes se encargan de privilegiar la concesión, construcción, operación y mantenimiento del proyecto a empresas constructoras particulares que previamente consolidan negocios millonarios que solo son posibles a través de vínculos y relaciones de corrupción, impunidad y conflicto de intereses, que se traducen para este caso en especifico, en la concesión, construcción, operación y mantenimiento de la autopista privada Toluca/Naucalpan en manos de grupo HIGA de TEYA S.A de C.V. No podemos dejar de señalar y denunciar la relación entre el empresario tamaulipeco Juan Armando Hinojosa Cantú y el presidente de la república y exgobernador del Estado de México Enrique Peña Nieto, así como el actual gobernador Eruviel Ávila Villegas, principales responsables y perpetradores intelectuales del despojo de tierras y territorio sagrado, ancestral y común de la comunidad indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y otras comunidades afectadas por los 39+100 km del proyecto de autopista privada. En este mismo grupo y en la escala de perpetradores a la que obedece la cadena de mandos, aparecen también otras instituciones y otros perpetradores que pueden situarse como ordenadores y ejecutores, los cuales disponen de ciertos mecanismos y herramientas para la consolidación del proyecto de autopista privada, mecanismos que van adquiriendo forma en términos de la temporalidad en que se desarrollan –registro de comuneros ante el registro nacional agrario, asamblea de comuneros y usurpación de la asamblea general, represión y criminalización, judicialización y detenciones arbitrarias, allanamiento-; al margen de la temporalidad del conflicto encontramos como perpetradores en su forma de ordenadores al 304


Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares –SAASCAEM-, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente –PROFEPA-, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales –SEMARNAT-, Secretaria de Comunicaciones y Transporte –SCT-, Secretaria de Comunicaciones del Gobierno del Estado de México, Instituto Nacional de Antropología e Historia-Estado de México –INAH-Edo Méx.- y los ejecutores, la Secretaria de Seguridad Ciudadana –SSC- ahora Comisión Estatal de Seguridad-Estado de México –CES-Edo Méx- y las Autoridades de Bienes Comunales, quienes de distintas formas y en distintas etapas durante el conflicto que se ha documentado de 2007-2016, son responsables de las violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas durante todo el proceso de imposición del proyecto de autopista privada. En la medida en que van avanzando los dispositivos expropiatorios, van ocupando también, lugares en el espacio político de la comunidad y la cotidianidad, en función de esto, la experiencia del despojo va adquiriendo sus dimensiones de mayor profundidad, a la par que el proyecto ejecutivo de la Toluca/Naucalpan consolida sus contenidos, acuerdos, permisos e información técnica de viabilidad, esto en términos técnicos, jurídicos y políticos que sostienen la auto justificación y con ello, la continuidad del proyecto sobre el territorio en disputa. Los perpetradores intelectuales y ordenadores están caracterizados por su relación de complicidad asociada principalmente con la autorización administrativa, los permisos y estudios previos para la liberación de tramos y subtramos, la manifestación de impacto ambiental, los estudios topográficos de uso de suelo y de ingeniería mecánica y civil necesarios para la realización del proyecto, todos estos mecanismos técnico científicos de utilidad estatal neutralizadora forma parte de la objetividad a modo, comprometida con los intereses de la empresa constructora y el estado benefactor de la aprobación del proyecto, concesión, construcción, operación y mantenimiento de la autopista privada. Los criterios técnicos que sostiene el proyecto ejecutivo de la Toluca/Naucalpan, parecieran no contar con la rigurosidad técnica, científica y jurídica necesaria para su realización y esto es preocupante cuando el proyecto se ha anunciado como uno de los más transparentes de la administración gubernamental en turno, en términos de la gestión y tramitación burocrática que le respalda, de forma que podemos incluir los procesos administrativos de 305


aprobación del proyecto ejecutivo de la obra, también como dispositivos expropiatorios que forman parte sustancial de la apropiación de tierras y territorios en la comunidad, coetáneo al racismo burocrático, jurídico y político que figura como la base normativa del despojo a través del uso institucional de la violencia. Esto quiere decir, que sin considerar criterios específicos que enseguida enunciaremos, el Gobierno del Estado de México y los demás perpetradores ordenadores y ejecutores han consolidado la certeza de continuación del proyecto omitiendo derechos fundamentales, humanos y de pueblos y comunidades indígenas contenidos en el derecho internacional de los derechos humanos. Los derechos de pueblos y comunidades indígenas que se han sido violentados directamente durante el conflicto de despojo territorial de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla son: Derecho a la no discriminación y a la igualdad ante la ley, Derecho a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado, Reconocimiento de la diversidad cultural, Derecho a la libre determinación, Derecho a la autonomía, Derecho al autogobierno, Derecho a la identidad e integridad cultural, Derecho a la autoidentificación o autoadscripción, Derecho a la propiedad de la tierra, el territorio y los recursos naturales, Derecho a la participación y a la consulta, Derecho al consentimiento, Derecho a sus propios sistemas de justicia y sistemas normativos, Derecho a elegir a sus autoridades y Derecho a la reparación, cada uno de estos derechos, han sido violentados de formas distintas, recurrentes y sistemáticas por los perpetradores intelectuales, ordenadores y ejecutores del despojo, como consecuencia de la construcción de la autopista privada Toluca/Naucalpan. Desde el planteamiento, operación y ejecución del despojo, hay momentos que debemos destacar para poder situar los hechos en la narrativa de violaciones a derechos de pueblos y comunidades indígenas, uno de estos momentos es el desconocimiento de identidad indígena de la comunidad por parte de las autoridades en el entendido constitucional de que son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que forman un unidad social, económica y cultural asentada en territorio y que reconoce autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres, de forma que estos criterios de autoafirmación son fundamentales para determinar

a quienes se aplican las disposiciones sobre pueblos 306


indígenas, en este caso es evidente que hablamos de un conflicto territorial entre la comunidad indígena Ñhäto de San Francisco Xochicuautla y el Estado Mexicano. El segundo momento del despojo emerge con la creación del registro agrario nacional, con el que la procuraduría agraria ha logrado ensamblar una identidad de propiedad de la tierra “colectiva” que difiere en principio y contenidos con la tenencia tradicional, ancestral, sagrada y común de los pueblos y comunidades indígenas pues por el contrario, pareciera le usurpa para atribuir posibilidades al proyecto nacional capitalista y neoliberalista privatizador que se sostiene en la apropiación por desposesión y el extractivismo. Todo esto en la medida en que se privilegia la posesión de la tierra, a través de un registro de comuneros que no representa en su totalidad a la población, ni los intereses colectivos 881 comuneros registrados que son cerca del 13% de la población, este mecanismos de distribución y ocupación de voluntades, ausenta la compleja relación histórica, cognitiva y cultural indivisible entre la tierra, el territorio, la territorialidad, identidad y la comunidad de sus formas de organización social, cultural, política y económica que son fuentes constitutivas de lo indígena y las dimensiones espaciales y temporales particulares que le definen como Ñhäto de Ngissa Chichicuautla, después Xochicuautla con la nahuatización y San Francisco Xochicuautla con la conquista de la corona Española. En el caso de la comunidad, el conflicto comienza a ser más transparente y visibilizarse a través de la incursión de trabajadores y topógrafos para la realización de mediciones y trazo de brecha en 2007, los cuales tienen la finalidad de servir a la construcción del planteamiento de los tramos y subtramos de la Toluca/Naucalpan en los 39+100 km que recorre el proyecto, estos criterios técnicos son resultado del protocolo de planteamiento del proyecto ejecutivo, junto a estudios de mecánica de suelos y factibilidad de la obra que atienden a los objetivos de SAASCAEM y su planteamiento central de que la autopista canalizará en un futuro próximo los flujos vehiculares desde y hacia la Ciudad de Toluca, de la región norte y poniente de la Zona Metropolitana del Valle de México, que utilizan actualmente la autopista Chamapa - Lechería, (misma que opera con un bajo nivel de servicio en horas pico) además se auto justifica con la intención de detonar los polos de desarrollo de la región centro - oriente del Estado, al lograr la interconexión con el

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Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Toluca y los cerca de ocho parque industriales que atraviesa el proyecto. Todos estos estudios de factibilidad, se dan mediante la invasión de trabajadores del Estado y de la Empresa constructora AUTOVAN S.A de C. V al territorio de uso común de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, sin notificación, permiso o consentimiento de la comunidad y sus autoridades de bienes comunales ni las consideraciones de la máxima autoridad tradicional, el Consejo Supremo Indígena; por el contrario, se han realizado los trabajos en todo momento bajo la protección y custodia de agentes de seguridad pública fuertemente armados, adscritos a la Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México CES-, quienes han ignorando los criterios fundamentales que deben de ser considerados por las autoridades antes de realizar cualquier acción de esta naturaleza en territorios de poblaciones indígenas, puesto que están obligados a garantizar el respeto a sus derechos específicos,

atendiendo

a

la

premisas

del

reconocimiento

de

autonomía

y

autodeterminación para, decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural, aplicar sus propios sistemas normativos en la resolución y solución de conflictos internos, elegir de acuerdo con sus normas y procedimientos y prácticas tradicionales a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno, preservar la lengua, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad, conservar, mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras, acceder con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra. Por lo que los allanamientos como llamamos a esas incursiones policiacas para garantizar la continuidad de los trabajos técnicos y mecánicos de la obra, han sido operados sin comunicar, informar y sin consentimiento de los pobladores de la comunidad, de forma que toda intervención realizada bajo estos métodos de intimidación, judicialización y allanamiento puede ser considerada como parte de los mecanismos que imposibilitan el acceso e igualdad de la comunidad a la ley y a la justicia, pues la omisión del reconocimiento de autoafirmación de la comunidad Ñhäto por las autoridades municipales, estatales y federales cae en graves violaciones que cristalizan las condiciones raciales y de clasificación social en que el Estado y sus instituciones se relacionan con los pueblos y 308


comunidades indígenas, siempre al margen de un contexto de colonialismo interno que favorece la ausencia y suspensión de derechos fundamentales como es el caso. Con la configuración del registro agrario y la legitimidad oficial de la asamblea de comuneros, emerge un segundo momento en el que se establecen mecanismos jurídicos que posibilitan los proceso de apropiación de tierras y territorios mediante la cooptación de las autoridades de bienes comunales para la fabricación de conflictos internos, como resultado de pagos individualizados para la ocupación de las tierras, todos estos mecanismos de apropiación emergen como una respuesta de corte paraestatal para garantizar la continuación del proyecto, en primera instancia, se desconoce la decisión tomada en asambleas generales durante 2008, asambleas donde participa toda la población y ratifica como máximo órgano de toma de decisiones, la rotunda negativa a la ocupación, venta y construcción de la autopista en el territorio sagrado, ancestral y común de San Francisco Xochicuautla, el desconocimiento de las asambleas generales están inscritas en el contexto del derecho a la tierra, territorio y recursos naturales, así como los propios sistemas normativos para la toma de decisiones. El proceso de toma de decisiones reconocido de forma oficial, es la asamblea de comuneros, las actas y tiempos de las mesas directivas en la asamblea de comuneros, las cuales es preciso recalcar es parte de la cadena de hechos que son violatorios de derechos humanos y derechos de pueblos y comunidades indígenas, puesto que dichas expresiones oficiales, más que representar a la comunidad en el proceso de toma de decisiones como hemos advertido, han servido como una plataforma que garantiza los intereses particulares que sostienen que el paso del megaproyecto es una necesidad inminente de la población, pues se refleja en sus aparentes beneficios públicos, entre ellos una serie de pagos y sobornos para quienes de forma forzada han decidió

entregar tierras a la empresa

constructora, el Estado ha utilizado a la fecha el condicionamiento de los servicios básicos para obligar a una negociación desigual a cambio de los requisitos de ocupación a cambio de aparentes beneficios, agua, luz, pavimentación de caminos, obras, etc. De esta forma encontramos que las asambleas celebradas de acuerdo a las convocatorias oficiales, también pueden ser localizadas como parte de los dispositivos expropiatorios que tienen la función de regular la naturalización de la violencia y con ello la imposición del 309


proyecto carretero, todo, a través de sistemas específicos de toma de decisiones en los que recae la complicidad de la Secretaría de la Reforma Agraria, la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para obtener la documentación requerida de los núcleos agrarios, la conformidad de comuneros para la firma de los convenios de ocupación previa, así como la normatividad en materia de aguas, bosques y selvas, para el fraccionamiento y deslinde de la zona urbana, que en este caso obedecen a la promoción, normalización e institucionalidad del despojo. Las asambleas oficiales tienen la función de legitimar el avance del proyecto, sentar las bases jurídicas del despojo a través del convencimiento que traducimos en vencimiento, pues sus principales objetivos son la cooptación, captura y compra de conciencias mediante el Financiamiento del Fondo Nacional de Fomento Ejidal -FIFONAFE- y recursos del organismo de Sistema de Autopistas, Aeropuertos y Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México –SAASCAEM-, por lo que encontramos que todas y cada una de las asambleas que acompañan el proceso de despojo están íntimamente ligadas a los interés políticos y económicos que abalan el paso del proyecto mediante la usurpación de la toma de decisiones a través de tres momentos, primero el registro de comuneros, la asamblea, la mesa directiva y las actas de asamblea, y por último, el pago de utilidades a los comuneros firmantes de la aprobación del convenio de ocupación previa. Para muestra basta con hacer una breve revisión histórica de este proceso , y señalar que dichas asambleas carecen de las mínimas consideraciones legales, se han ignorando para tal efecto, los criterios contenidos en el derecho internacional de los derechos de pueblos y comunidades indígenas en lo que refiere al derecho a la participación y a la consulta previa, en su modalidad de informada y culturalmente adecuada, de la misma manera, se ha violentado el derecho al consentimiento, que de forma continua obstaculizar el desarrollo del derecho a sus propios sistemas de justicia y sistemas normativos, todo esto en la medida en que el conflicto va usurpando, cooptando y capturando las tomas de decisiones para orientarles a definir la continuidad del proyecto de autopista privada y la ocupación de tierras y territorio, este contexto agrava la situación de las violaciones a derechos de los pueblos y comunidades indígenas, pues es la muestra clara en la que se cristalizan los privilegios de superioridad e inferioridad racial que definen la composición del proyecto. 310


Las asambleas de comuneros tienen una forma particular; atienden a una convocatoria oficial que define las mesas directivas, la orden del día y los tiempos de la asamblea, esta perspectiva monolítica, monotemporal e individualizante se convierte en el aparato jurídico que reconoce el procedimiento de apropiación de tierras y territorios, la asamblea está conformada por 881 comuneros registrados, de forma que el espacio destinado para su realización, como en todas las fechas en que se repite este procedimiento que situamos como un dispositivo expropiatorio, está acompañado de fuertes operativos policiacos, que se asemejan a las estrategias contrainsurgentes de contención de masas, utilizadas en 2006 en San Salvador Atenco. Las convocatorias de las asambleas, cambian la dinámica de lo cotidiano para la comunidad durante su realización, los hechos que son violatorios, siempre comienzan de la misma forma desde horas antes de la realización, la comunidad es sitiada por cientos de agentes de seguridad pública de la CES-Edo Méx- con equipos antimotines, fuertemente armados y organizados en un operativo de custodia para las autoridades cooptadas de bienes comunales, los comuneros cooptados del registro agrario, los representantes de la empresa constructora AUTOVAN S.A de C.V y representantes del Gobierno del Estado que permanecen en la asamblea todo el tiempo custodiados, perpetradores que son parte de este dispositivo expropiatorio, en la medida que se encargan de vigilar, condicionar y posibilitar la influencia en la toma de decisiones, influencia que está dirigida a conseguir la aprobación del proyecto y la repartición de los pagos para condicionar la eventual venta de tierras por parte de los comuneros cooptados y de la captura de la asamblea, al tiempo que el operativo policiaco de contrainsurgencia se pone en práctica, el acoso y hostigamiento al interior de la asamblea, encrudece en la medida en que la policía encargada de custodiar a representantes, responsables de los acuerdos ilegítimos de oferta y venta de la tierra que culminan con la firma del convenio de ocupación previa en 2011, hecho que sin duda es un momento fulminante que auto justifica el despojo, a través de un contexto en que la violación a los derechos específicos, políticos, culturales, económicos y sociales de la comunidad indígena Ñhäto son una constante. La presencia de agentes de seguridad pública de la CES-Edo Méx- es al interior y exterior de la asamblea, los operativos de custodia en ambos lugares son diferentes, al interior de la 311


asamblea, hostigan, vigilan y provocan a los comuneros opositores al proyecto, amenazan, reprimen y criminalizan la protesta y la denuncia sobre las graves violaciones que se están cometiendo al permitir la entrega y ocupación de la tierra, como consecuencia de la construcción de la Toluca/Naucalpan, al exterior se cierran caminos y se instauran retenes para impedir el libre tránsito, se distribuyen agentes de seguridad en automóviles privados o patrullas matriculadas de la Policía Municipal, Estatal y de la CES afuera de los hogares de los comuneros opositores al proyecto, esto con la intención de intimidar y evitar la participación en las asambleas. De 2009 a 2014 las asambleas han sido bajo un formato totalmente imparcial y violatorio de derechos de pueblos y comunidades indígenas, además de que están inscritas en un contexto de violencia que no garantiza la libre determinación, ni la autonomía, por el contrario promueve conflictos internos y tensiones que el Estado utiliza a su favor para continuar la imposición del proyecto y en ese sentido enterrar, invisibilizar y cubrir con asfalto las graves violaciones cometidas como consecuencia de la apropiación del territorio, el desconocimiento de la identidad Ñhäto de la Comunidad Indígena de San Francisco Xochicuautla y su relación indivisible, esto quiere decir con el bosque y no sin él, en ese sentido, privilegiar la continuidad del proyecto, es dar forma al colonialismo interno, el racismo institucional y jurídico que mantiene una guerra de exterminio justificada en el capitalismo, la modernidad y su otra cara la colonialidad. Toda esta planeación obedece sin duda alguna, a la estrategia aplicada de desposesión en donde la violencia institucional es un instrumento de ejercicio del poder, utilizado por las autoridades para lograr obtener el convenio de ocupación previa, que es uno de los elementos jurídicos necesarios para garantizar la entrega, así como la ocupación de tierras y territorio por parte de la maquinaria de SAASCAEM y trabajadores de la empresa constructora AUTOVAN S.A. de C. V. de Juan Armando Hinojosa Cantú, otra de las estrategias de desposesión es que al tiempo en que administrativa, jurídica y políticamente se construye y desarrolla el proyecto ejecutivo, estas relaciones solo son posibles bajo mecanismos específicos que privilegian la concesión, construcción, operación y mantenimiento del proyecto, que consideramos, solo es posible mediante relaciones de corrupción e impunidad entre autoridades, empresarios, autoridades de bienes comunales, 312


comuneros cooptados, instituciones capturadas, asambleas y actas de asamblea ilegales, convenio de ocupación, cambio de uso de suelos, pago por daños ambientales, indemnización, expropiación y negociaciones a través de la violencia institucional de los allanamientos por fuerzas de seguridad pública, que son parte de los mecanismos que sirven como fuentes de permanencia de los dispositivos expropiatorios. Mientras en la comunidad se impone a través de asambleas y violencia institucional la aprobación del proyecto de Autopista privada, en las tierras ocupadas, también de forma ilegal, ingresan maquinarias y agentes de seguridad fuertemente armados y con equipo antimotines custodiándoles e impidiendo el paso de pobladores de la comunidad que se oponen y protestan para detener el trabajo de la maquinaria, estos allanamientos se realizan sin permiso de los dueños de tierras de cultivo, habitación y territorio comunal, ancestral y sagrado, sin notificación, ni documentación jurídica que avale las incursiones o justifique la presencia de los operativos desmedidos de contención de masa en los parajes de la comunidad donde se ha definido el trazo del proyecto y con ello el decreto de expropiación de 2015. Los allanamientos que son otro momento de los dispositivos expropiatorios, de la violencia institucional y el racismo jurídico, consisten en el desarrollo de diversos operativos, de invasión de fuerzas de seguridad y trabajadores de la empresa para realizar trabajos de desmonte, topográficos, tala, delimitación del terreno expropiado y ocupación para la construcción de la Toluca/Naucalpan y operativos de contención de masas, lo que insistimos es una estrategia de contrainsurgencia para fracturar los procesos de resistencia contra el proyecto de autopista privada. En todos los casos en que el allanamiento es utilizado para la construcción del proyecto, se reproduce la misma forma de operación, centenares de policías que custodian a los trabajadores, ingresan sin autorización al territorio, ya protegidos por los agentes de seguridad, comienzan a realizar los trabajos para posteriormente ingresar las maquinarias que realizan el trabajo de desmonte, todo esto mediante la violencia física y simbólica de la invasión, de la apropiación, es preciso recalcar que cada uno de estos allanamientos debiera considerar ciertos criterios y permisos, en relación a los permisos de ocupación y venta, de liberación de tramos y subtramos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, de 313


impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales sin embargo no en todos se tienen o no coinciden los tiempos de aprobación con los de ejecución e invasión, sin considerar esto y en el contexto de omisión y abuso de autoridad de los perpetradores se privilegia la continuación del proyecto. Esto por un lado, por el otro la represión y la criminalización de la protesta frente al despojo, incrementa, como resultado de estas prácticas de violencia institucional, se han realizado detenciones arbitrarias de pobladores en 2013 y 2014, hombres y mujeres que bloquean el acceso de la maquinaria a sus tierras y al territorio de la comunidad, las detenciones pretenden intimidar a quienes se oponen al paso de la carretera y han emprendido una lucha jurídica y política en defensa del territorio, que también ha sido ignorada por los perpetradores y las autoridades competentes de frenar el ecocidio y epistemicidio en la comunidad, existen una serie de amparos que dictan por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la suspensión definitiva de las obras, sin embargo y pese a los amparos y resoluciones a favor de la Comunidad, la obra continua. De modo que podemos afirmar que el despojo del territorio en San Francisco Xochicuautla es una multiviolación de los derechos humanos y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, puesto que es dirigida a mutilar la indivisible y compleja relación simbólica, cultural, sagrada, ontológica, política entre el territorio, la identidad y la comunidad, representada en la cruz y el rosario serrano del señor de la exaltación y los lugares sagrados en la sierra de las cruces y monte alto que son la cristalización de la deidad a la que obedecen los calendarios rituales, de vital importancia para la continuación no solo de la cultura y saberes de los Ñhäto del Alto Lerma y los otros pueblos y comunidades que caminan sus montañas, sino también la vida misma, la lluvia, el buen tiempo, la salud, el alimento, la cosecha, la semilla, el tiempo, el cosmos y el mantenimiento de las deidades que habitan las cerros santuarios, cerros sagrados que son amenazados desde 2007 por la voracidad extractivista del capitalismo y colonialismo del Estado/Nación. Otro de los momentos en que podemos situar el conflicto, es el de la expropiación en 2015 como la autorización infundada de apropiación del territorio, todo esto en el sentido en que los polígonos de tierras expropiadas coinciden con sitios arqueológicos que son bienes nacionales inexpropiables que por el contrario deben de ser conservados y protegidos para 314


garantizar que no sufran daño como consecuencia de la construcción de la Autopista Toluca/Naucalpan, dicho proceso de expropiación al igual que los otros dispositivos expropiatorios que se han narrado, son inconstitucionales y carecen de legitimidad pues están inscritos en un contexto de violaciones sistemáticas que agravan el acceso a la justicia y promueven el exterminio de las comunidades indígenas directamente afectadas, víctimas de la violencia institucional capitalista y colonialista. En relación a los permisos de liberación de tramos y subtramos del km 14+000 al 18+000 en lo que corresponde al territorio de la comunidad de San Francisco Xochicuautla, no se han respetado los criterios considerados en la Ley Federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos e Históricos53, que especifica la responsabilidad de las autoridades para solicitar se realicen estudios necesarios por parte del INAH antes de realizar cualquier obra donde se existan vestigios arqueológicos o se sospeche de su existencia, entonces se deben de tener a la par de los permisos de manifestación de impacto ambiental en la modalidad particular MIA-P, se deben de tener en consideración los permisos del INAH y la resolución de sus dictámenes técnicos que garanticen la protección y conservación del patrimonio arqueológico, simbólico y cultural de la comunidad que es competencia del INAH. La presencia de sitios arqueológicos y construcciones prehispánicas, precoloniales en las tierras y territorio de la comunidad por donde se ha planteado el trazo y el trazo alternativo para el Km 14+000 al 18+000 de la Autopista Toluca/Naucalpan, no ha sido estudiada en su totalidad, puesto que la presencia de los tres sitios arqueológicos documentados, desmitifica la transparencia del proyecto y visibiliza la ausencia total de los criterios técnicos y científicos necesarios para su aprobación, además, se ha ignorado el registro del sitio XOCHICUAUTLA I con el folio real 2ASA00011031 en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos con los siguientes datos de inscripción: Área aproximada del sitio (m2): 180000.00, Emplazamiento de los elementos del sitio: A cielo abierto, Concentración de materiales: Cerámica, Lítica pulida, Lítica tallada, Cronología: 650 - 900 d.n.e., 900 - 1200 d.n.e., 1200 - 1521 d.n.e. 53

Pero habrá que especificar y analizar en los otros tramos y subtramos la calidad de los contenidos de los estudios realizados para la aprobación de los permisos, todo esto dadas las condiciones en que se ha desarrollado el proyecto de autopista privada.

315


De forma que no se han considerado los elementos necesarios para garantizar que el planteamiento del proyecto y su construcción no dañen patrimonio arqueológico, simbólico y cultural, todo esto se cristaliza en el daño parcial y total de las construcciones prehispánicas en el sitio de la´goshtï, daño ocasionado como consecuencia de la serie de allanamientos que han resultado en la fractura de la continuidad de las terrazas o barditas en este paraje del cerro de la doble campana; tras el trabajo de desmonte en los 80 m de longitud del trazo, realizado por la constructora, se destruyeron de forma total, cerca de 8 terrazas de forma horizontal y vertical partiendo el sitio en dos, por un lado los vestigios documentados en la parte superior y por el otro, las documentadas en la parte inferior del trazo de la Toluca/Naucalpan , en ambos lados, las construcciones presentan daños parciales como consecuencia de las vibraciones provocadas por la maquinaria, en algunas partes de las terrazas, existe la sospecha de que se retiraron de manera intencional algunas piedras que forman parte de las barditas que quedaron al margen del trazo, expuestas a la destrucción si no se toman las consideraciones necesarias. En esa misma trayectoria del trazo y el trazo alternativo, se ubico en función de los tiempos de documentación, el segundo sitio que se sospecha forma parte de un contexto funerario, pues se encontraron restos óseos, principalmente piezas molares, y huesos del cráneo, dentro de ese mismo espacio donde está el entierro, se documentaron también cerámicas de diferentes tipos y formas, quedando este material expuesto como consecuencia de la excavación de 2m que realizo la constructora AUTOVAN S.A. de C.V y SAASCAEM con el allanamiento del 11 y 12 de abril de 2016 en ambos extremos de la comunidad, el sitio que se sospecha es un lugar de entierros prehispánicos o necrópolis, se conoce como la´pontï denshï, en el sitio se han documentado la presencia de piedras labradas, cerámicas, obsidianas (lítica tallada) en un contexto prehispánico de entierros Ñhäto, además, el trabajo desmonte a ocasionado que los materiales removidos se depositen junto al material arqueológico destruido, de forma que los 110 metros de longitud del trazo de la Toluca/Naucalpan y la excavación de 1.80m a 2.10m en este conocido paraje, han ocasionado la destrucción de importantes vestigios arqueológicos funerarios. Ente ambos sitios que cabe afirmar que están unidos por las construcciones, se localizan otros parajes, la Yagúa, la Meshidö, Miñhö, Ntsëphada donde también se hacen presentes 316


las construcciones prehispánicas, barditas - jädo, juts’i- como se conocen en el idioma de la comunidad, este sitio aún no ha sido allanado u ocupado por la empresa constructora, sin embargo los parajes que recorren el cerro santuario/cerro sagrado/sitio arqueológico que está en esa parte del territorio común, ancestral y sagrado corre riesgo de destrucción total y parcial pues al carecer de los estudios técnicos necesarios, en este caso los dictámenes y permisos de liberación del tramos y subtramos del km 14+000 al 18+000 que otorga el instituto, esta zona de sitios arqueológicos que compone los parajes conocidos como la´goshtï, la´pontï denshï, la Yongüa, la Meschadö, Mmiñö, Mssepada, Chippada, Poshtö, Manesollio, Nshoshtai, no han sido considerados en la planeación del trazo y por el contrario, parece se ha aprobado su destrucción. La zona de monumentos arqueológicos que está siendo visitada por el INAH en atención a la denuncia de mayo de 2016 puesta por el Consejo Supremo Indígena de San Francisco Xochicuautla con número de folio 757/2016 y como respuesta a la grave omisión de las autoridades que aprobaron el proyecto de autopista privada en lo que respecta a la Ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticos e históricos y la utilidad pública de la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos, y en este caso en particular de interés de la comunidad, al mismo tiempo la omisión toca otros criterios de la misma ley en lo que respecta a la descripción de que son monumentos arqueológicos los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas y por último también se han omitido como se ha insistido, los criterios que recuerdan que cualquier obra en zona o monumento, inclusive la colocación de anuncios, avisos, carteles, templetes, instalaciones diversas o cualesquiera otras, únicamente podrá realizarse previa autorización otorgada por el Instituto correspondiente, además de que Cualquier obra que se realice en predios colindantes a un monumento arqueológico, artístico o históricos, deberá contar previamente con el permiso del Instituto competente, que en lo que respecta al caso no se tienen dichas consideraciones. Los sitios documentados en los parajes previamente nombrados, son la evidencia material de la importancia histórica, simbólica, cultural, epistemológica del territorio para la 317


comunidad y su indivisible relación, en este sentido podemos con seguridad, afirmar que el territorio, ha sido habitado por los Ñhäto del Alto Lerma desde antes de la formación del Estado-Nación y por lo tanto de la hispanidad, esta relación inmediata de ocupación del territorio, se pueden vincular con los restos óseos documentados y recogidos por el INAH para sus análisis antropofísico y posterior incorporación al dictamen con relación a la denuncia 757/2016, de la misma forma se hizo el levantamiento de cerámicas –tepalcates-, recogidas en la visita de prospección de 15 junio de 2016. Esta forma de ocupación ancestral por los Ñhäto de San Francisco Xochicuautla, representa una parte fundamental en la reproducción de la cultura y saberes de la comunidad, los sitios arqueológicos son una expresión material de la importante relación de la comunidad y su cosmovisión sobre el origen del mundo y de la vida, del tiempo, la lluvia, el rayo, así como los cerros santuarios/cerros sagrados que se comparten con las deidades, las cuales se siguen manteniendo y alimentando por quienes realizan ese tipo de servicios, socios, socias, compadritos y comadritas de la asociación del divino rostro, quienes recorren las montañas junto a otras comunidades Ñhäto y mazahua por los cerros que forman parte de la representación del señor de la exaltación. Estas expresiones culturales que se asemejan a las peregrinaciones católicas, son una expresión de la religión del monte y de la sierra en donde se pueden visibilizar las prácticas de ritualidad y territorialidad que se cruzan con lo ancestral, lo sagrado fuertemente ligados con la construcción de lo común, de modo que siendo tan importante esta relación entre territorio-identidad-comunidad, la expresión del trazo representa una mutilación irreversible a esta relación, lo cual provoca una fractura entre la importancia cultural y simbólica en la que se sostiene la comunidad con su territorio, con lo que en el habita y lo que en sí, representa y ha representando a través del tiempo, acrecentando la importante relación histórica entre el contexto arqueológico y las prácticas culturales de los Ñhäto, también indivisibles. Cuando nos referimos a esta indivisible relación entre el territorio sagrado, ancestral y común/identidad y saberes/comunidad hacemos referencia a la compleja importancia del territorio para la continuidad de las formas de vida de los Ñhäto del Alto Lerma que se ven amenazada por el proyecto de autopista privada, cualquier alteración promovida como la 318


que pretende a futuro el desarrollo urbanístico, los espacios residenciales, campos de golf y otros proyectos que se sabe vienen impulsando también la continuidad de la Toluca/Naucalpan, ocasionan daños irreversibles a la comunidad, en distintos aspectos no considerados por los empresarios y las autoridades responsables de la aprobación y financiamiento del proyecto. Dadas las condiciones en que se ha desarrollado el proyecto de autopista privada, se puede afirmar que hay un grave desconocimiento de los criterios específicos que debieron de considerarse previo al planteamiento del proyecto y no durante su ejecución, al desconocerse estos criterios se están cometiendo graves violaciones a los derechos específicos contenidos en el Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 7 de junio de 1989, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007. Además de estos, tenemos que señalar también, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976), Observación General número 23 del comité de derechos humanos, Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación racial (1969), Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), Pronunciamientos de los comités convencionales sobre los derechos de los pueblos indígenas y jurisprudencias. Además de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se violenta la Ley Federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos e Históricos de forma sistemática. Estas han sido las condiciones en que se ha impuesto el proyecto de autopista privada Toluca/Naucalpan para el porcentaje de avance que justifica SAASCAEM en el territorio de la Comunidad de San Francisco Xochicuautla, teniendo en cuenta estos criterios, consideramos que son suficientes para exigir que se cancele definitivamente la construcción de la obra en los lugares donde hay sitios arqueológicos o se sospeche de su existencia, además de que es de vital importancia, respetar, proteger y conservar el territorio en la medida que representa la vitalidad de la cultura Ñhäto y la construcción del mundo, tiempo,

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estética, ética, política que es constitutiva de los elementos fundacionales de las formas de vida de la comunidad y necesarias para su continuidad. Esto implica abrir los archivos oficiales, observar y analizar los contextos sociales y culturales encaminados a que se garanticen los derechos humanos, derechos de pueblos y comunidades indígenas, así como el respeto, protección y conservación del patrimonio cultural, simbólico y arqueológico donde se ha llevado a cabo el proyecto de la Autopista en los pueblos y comunidades de la Sierra de las cruces y monte Alto, de la misma manera se deben de considerar elementos hasta el momento silenciados por parte de las autoridades responsables de la aprobación, construcción, operación, administración y mantenimiento de los planteamientos del trazo, las importantes relaciones indivisibles que sostiene la población como comunidad de forma simbólica, cultural, histórica, económica, política, social con el territorio y no sin él, esto quiere decir, que a lo largo de los siglos que han habitado las montañas del Alto Lerma han construido las dimensiones sagradas, cosmológicas, ancestrales y comunes que le constituyen como un pueblo con historia perfectamente situada en un pasado anterior a la conquista, a la formación del EstadoNación y al reconocimiento pluricultural de la composición nacional. Ante los hechos que forman parte de este contexto de riesgo de violencia permanente en la Comunidad y ante la omisión de criterios específicos que auto justifican la violencia, principalmente cristalizados en la omisión de derechos específicos, políticos, económicos, culturales y sociales, que han permitido la destrucción parcial y total de patrimonio simbólico, cultural y arqueológico en el territorio de la comunidad; sin realizar los estudios necesarios para garantizar el respeto, conservación y protección del patrimonio, y sin los permisos necesarios tanto de la comunidad, como del INAH se ha ingresado maquinaria de la constructora y trabajadores de SAASCAEM, así como agentes de seguridad para continuar el proyecto, ante estos hechos es preciso recalcar que la importancia de la protección del territorio y del patrimonio arqueológico, simbólico y cultural de la comunidad de San Francisco Xochicuautla es de vital importancia para la continuación de la vida, amenazada por un proyecto que ha sido categorizado por la comunidad Ñhäto como un mega proyecto de muerte, además de ser una fuente invaluable de información para

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abonar en la construcción de la identidad histórica nacional, de la comunidad, la diversidad cultural y epistémica de su composición.

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