Informe de Investigación

Page 1

GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS INVESTIGACIÓN & ANÁLISIS INFORME DE INVESTIGACIÓN

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN: ANÁLISIS CUALITATIVO DE ACUSACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO

I.

Justificación

La Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP) cuenta con una Gerencia de Políticas Públicas, Investigación y Análisis, la cual se encarga del análisis estratégico de aquellos ejes temáticos relevantes para la institución del Ministerio Público, de cara al desarrollo de proyectos de investigación que generen publicaciones diversas, con miras a promover un verdadero conocimiento institucional. En tal sentido, siguiendo sus atribuciones, esta gerencia ha identificado la necesidad de desarrollar un estudio cualitativo de las acusaciones que presenta el Ministerio Público en sus distintas aéreas de especialización, con la finalidad de obtener una aproximación científica, de acuerdo a unos indicadores dados, a la calidad de estos escritos, tan valiosos para determinar el éxito del proceso penal. Este insumo, una vez obtenido, servirá a la vez para modificar y/o adaptar nuestros programas de capacitación en la materia, al identificar las necesidades específicas de capacitación en uno de los oficios principales de todo fiscal.

1


II.

Metodología

El análisis cualitativo de la muestra de acusaciones pertenecientes a los distintos departamentos judiciales del país, fue realizado en base a una ficha técnica que permitió evaluar los principales indicadores que determinan una correcta acusación. Fundamentalmente, fue empleado en el estudio el método analítico, revisando detalles de forma y de fondo de las acusaciones, así como el método inductivo en base al se obtuvieron conclusiones generales partiendo de premisas particulares, para establecer falencias que restaban calidad y fortalezas a dichos actos conclusivos. III.

Objetivo

Ejecutar un análisis cualitativo de una muestra de acusaciones pertenecientes a los distintos Departamentos Judiciales del país, con la finalidad de medir la calidad de las mismas, en base a los siguientes indicadores: Contenido de la Acusación Base de la Acusación Subsunción de los hechos Juicio lógico Asuntos de forma Fundamentación IV.

Principales Hallazgos

Contenido de la Acusación:

1. No utilización del Dibujo de Ejecución: Uno de los errores más frecuentes en los escritos de Acusación analizados es que el relato fáctico no responde

2


a las preguntas contenidas en el dibujo de ejecución, a saber, ¿Qué? ¿Quién? ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? 2. Postergación del hecho principal: En la descripción de los hechos, se detallan acciones ocurridas en el proceso de investigación; se abunda mucho en escritos, comunicaciones enviadas entre las partes, oficios y depósitos de documentados, entre otros trámites procesales, diligencias de investigación; estos resultan ser tediosos, y sobre abundantes, no entendiéndose en definitiva cual es el hecho ilícito que se imputa. 3. Subsunción inadecuada: Se describen hechos que no son calificados. Ej. Juan disparó contra Pedro quitándole la vida y posteriormente sustrajo su cartera conteniendo $5,000 pesos en efectivo y sus documentos personales. Calificación Jurídica 295 y 304 CPD. 4. Ambigüedad y falta de objetividad: Es preocupante observar acusaciones donde el fiscal investigador, aún explicando en su teoría fáctica las causales de justificación que favorecen al imputado, no lo califica como tal. Ej. Excusa legal de la provocación calificada como homicidio voluntario. 5. Transcripción de declaraciones: En cuanto a la Teoría del Caso, se ha observado que algunos fiscales citan de manera íntegra las declaraciones de imputados y testigos, obtenidas en la fase investigativa, lo cual es improcedente. 6. Sustitución del hecho: Se pudo observar que algunos fiscales en vez de confeccionar hechos históricos circunstanciados para describir un delito, se limitan a trascribir las denuncias y los informes policiales. 7. Situación actual del imputado: Se evidencia una omisión en lo concerniente a la ubicación y situación actual del procesado al momento de presentar el escrito de acusación. 8. Identificación de la víctima: Otra de las debilidades que denotan las acusaciones consiste en no identificar a la víctima como sujeto procesal. 9. Petitorio deficiente: Es necesario que el petitorio del Ministerio Público, incluya la solicitud de apertura a juicio y la admisión de la acusación, la

3


calificación jurídica y el mantenimiento o variación de la medida de coerción, así como la identificación de los sujetos procesales. 10. Emisión de juicios de valor: Se percibe en las acusaciones de algunos Magistrados Fiscales, que emiten consideraciones personales sobre situaciones que no pueden ser demostradas en juicio ya que son muy subjetivas.

Oferta Probatoria:

1. Especulación y planteamientos fácticos sin sustento probatorio: Al analizar las acusaciones resultó obvio que, en el relato de los hechos realizados por el fiscal, se establecen expectativas que la oferta probatoria no podrá satisfacer. 2. Ausencia de pretensión probatoria: Se pudo constatar que en varias de las acusaciones analizadas, no se establecía qué se pretendía probar con determinado elemento probatorio. En otras, se evidencian ofertas probatorias idénticas y genéricas para todos los testigos. Ej. Testimonio de Juan Pérez y Lucas Ramos, con estos testigos probaremos cómo ocurrieron los hechos. 3. Prueba sin base de sustentación: Algunos elementos de prueba requieren una autorización previa para su obtención, vg. una interceptación telefónica, por lo que al momento de ofertarse el medio probatorio es necesario ofertar de igual modo la autorización que la avala. 4. Prueba material: Entre las debilidades encontradas, se aprecia que no se toma en cuenta que para establecer una prueba material, resulta imprescindible demostrar el origen de su obtención y obviamente que sea licita. Ej. Unos casquillos coincidentes con el arma homicida pero de los cuales no se sabe cómo fueron obtenidos. 5. Incorporación del contenido de las actas: Las evidencias obtenidas mediante una diligencia procesal consignada en un acta, deben ser ofertadas por separado como prueba material, por constituir en sí elementos de

4


convicción fundamentales. Ej. Un allanamiento donde se incautó un arma de fuego, se debe ofertar tanto el acta de allanamiento como el arma física. 6. Testigo instrumental: Se hace necesario ofertar el testimonio de aquellos oficiales o funcionarios que intervienen en la instrumentación de las actas; esto, en virtud del principio de Oralidad que rige el proceso, a los fines de autenticar su contenido y robustecer la acusación. 7. Equívoca enunciación de autores y partícipes: Se colocan como imputadas personas que en la teoría del caso no se sabe cuál es su participación y, más aún, ni siquiera son mencionados ni por el fiscal ni por testigos. 8. Oferta de testigos irrelevantes al caso: Esto se evidencia en acusaciones cuyos testigos no estaban presentes al momento de ocurrir el hecho, por lo que no pueden establecer circunstancias referenciales del hecho ilícito. Ej. Un primo del occiso que al momento de la muerte se encontraba en su pueblo natal. 9. Oferta de pruebas irrelevantes e innecesarias: Con frecuencia son ofertadas pruebas que resultan impertinentes e inútiles al proceso. Ej. Ofertar la copia de la cédula del imputado para demostrar su culpabilidad. Ofertar la propia medida de coerción. Otro ejemplo es el ofertar un decreto como prueba.

Asuntos de Forma:

1.

Errores de puntuación: Se observa la falta de tildes, falta de mayúsculas necesarias y colocación de mayúsculas innecesarias. Ej. ministerio publico. Cuando debería ser Ministerio Público.

2.

Uso de expresiones ilógicas: Es común observar acusaciones que narran acciones realizadas por una persona fallecida lo cual es materialmente imposible. Ej. El occiso se encontraba bebiendo cerveza en el lugar de los hechos…

3.

Estilo inadecuado: Utilización de frases y/o palabras coloquiales, obviando el lenguaje técnico profesional. Ej. El imputado le dio un trompón…; en contraposición a otros que usan un lenguaje tan rebuscado y técnico que dificulta su comprensión.

5


4.

Transcripción de textos legales: Se evidencia el copiado inextenso de normas que definen los tipos penales, los cuales resultan innecesarios.

5.

Anexos: Es innecesario y sobre abundante hacer referencia a las pruebas en forma de anexo al final de la acusación, más aun cuando en el cuerpo de la misma ya se han detallado.

6.

Redacción deficiente: Aún cuando el fiscal conoce plenamente como ocurrieron los hechos, al momento de relatarlos incurre en incoherencias y errores semánticos.

Estructura y Fundamentación:

1. Ausencia de antecedentes: En muchas acusaciones no existe una relación de los hechos adjuntada a situaciones de antecedentes, lo que impide una mejor comprensión de los mismos. 2. Concurso de infractores: En las muestras analizadas se observa como debilidad que cuando concurren varios infractores, no se delimita adecuadamente la participación de cada uno de ellos. Ello contribuye a desmejorar las pretensiones de autoría y/o complicidad. 3. Concurso de infracciones: Cuando en una acusación confluyen varios hechos que dan lugar a varias violaciones legales, se olvida la fundamentación de algunas de ellas. 4. Falta de correspondencia entre los hechos y la calificación: En la relación de los hechos se describen agravantes, pero no se plasman en la calificación legal. Ej. Un robo con violencia, cuya calificación es el artículo 379 del Código Penal Dominicano. Ocurre, igualmente, que se califica la agravante pero no se describe en la relación de hechos. 5. Ausencia de fundamentación: Del análisis de las muestras se percibe que se obvia la fundamentación. Y cuando suele aparecer, no se hace más que reiterar la narración de los hechos.

6


ANÁLISIS CUANTITATIVO DE LAS MUESTRAS

I.

Generalidades TOTAL GENERAL

PROCURADURÍA FISCAL Puerto Plata Prov. Santo Domingo Pedernales Bahoruco Distrito nacional JE - Medio Ambiente Barahona Independencia San Cristóbal Duarte (San Francisco) Hato Mayor María Trinidad Sánchez JE - DPCA El Seibo Hermanas Mirabal (Salcedo) La Altagracia La Romana Santiago San Pedro Montecristi Valverde Azua Constanza San Juan San José de Ocoa

TOTA L 4 4 4 4 4 3 3 3 3 3 3 3 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1

58

Cuadro 1. Casos estudiados según fiscalía de procedencia.

INFRACCIÓN PRINCIPAL Homicidio Ley 50-88 (Drogas y Sustancias Controladas) Delitos sexuales Ley 64-00 Sobre Medio Ambiente Estafa y abuso de confianza Delitos contra la administración pública Robo Ley 137-03 (Trata y tráfico ilícito de personas) Tortura TOTAL GENERAL

TOT AL 21 13 8 4 3 3 3 2 1 58

Cuadro 2. Casos estudiados según infracción principal.

7


II.

Contenido de la Acusación

1.1 ¿Se presentan los datos que sirven para identificar al imputado?

1.1 No 4%

Si 96%

1.2 ¿Se expresa la relación precisa y circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado, con indicación específica de su participación?

Si 84%

No 16%

1.3 ¿Se presenta la fundamentación de la acusación, con la descripción de los elementos de prueba que la motivan?

8


1.3 Si 81%

No 19%

1.4 ¿Se presenta la calificación jurídica del hecho punible y su fundamentación?

1.4 Si 80%

No 20%

1.5 ¿Se expresa el ofrecimiento de la prueba que se pretende presentar en juicio, que incluye la lista de testigos, peritos y todo otro elemento de prueba, con la indicación de los hechos o circunstancias que se pretenden probar?

1.5 Si 89%

No 11%

9


1.6 ¿Se incluye el petitorio del Ministerio Público?

1.6 No 10%

Si 90%

III.

Objetividad de la Acusación

El fiscal, al decidir sobre la solución aplicable a un caso, no puede hacerlo según sus sentimientos o paradigmas personales, sino conforme a la ley y el derecho aplicable a los hechos. En este sentido, favor indicar si se presentan las siguientes situaciones: 2.1 ¿Se muestra animadversión hacia el imputado basada en estereotipos personales?

2.1

Si 2%

No 98%

2.2 ¿Se muestra manifestación de animadversión respecto de la raza, la religión, la nacionalidad, el sexo, la profesión, la posición económica, la afiliación o posición política, el lugar de residencia de la víctima, del imputado o de los testigos?

10


2.2

Si 2%

No 98%

2.3 ÂżSe evidencia en la acusaciĂłn que la misma estuvo motivada por presiones sociales?

2.3

Si 2%

No 98%

IV.

Oferta Probatoria

3.1 ÂżIndica el Fiscal que los elementos probatorios son suficientes para demostrar la ocurrencia de los hechos y la responsabilidad penal del imputado?

3.1 Si 75% No 25%

11


3.2 ¿Se hace referencia a la licitud de los medios de prueba?

3.2 Si 51%

No 49%

3.3 ¿Se denota que existen medios de prueba suficientes para sustentar la coincidencia entre la identidad del sujeto activo del hecho y la persona a la que se le va a hacer la imputación?

3.3 No 9%

Si 91%

V.

Juicio Lógico

4.1 ¿La proposición mayor, o sea el principio jurídico abstracto, se obtiene de la ley complementada con la doctrina y la jurisprudencia?

4.1

Si 91%

No Aplica 4% No 5%

12


4.2 ¿La proposición menor, o sea, los hechos, se obtienen por la vía probatoria extrayéndola de los testigos, documentos, rastros, pericias y demás medios de prueba lícitos?

4.2 No 9%

Si 91%

4.3 ¿La conclusión es la afirmación de la subsunción o no de los hechos a la norma penal y al derecho?

4.3 Si 91%

VI.

No 9%

Asuntos de Forma a. Lenguaje

5.1 ¿El lenguaje es apropiado?

13


5.1 No 11%

Si 89%

5.2 ¿Es claro, sencillo y fluido?

5.2 Si 85%

No 15%

5.3 ¿El fiscal domina la ortografía y la redacción?

5.3 Si 73% No 27%

5.4 ¿La puntuación es correcta?

14


5.4 Si 85%

No 15%

5.5 ¿Se utiliza el tiempo correcto de los verbos?

5.5 No 5%

Si 95%

5.6 ¿La descripción de los hechos es sencilla y sobria?

5.6 Si 78%

No 22%

b. Estructura

15


5.7 ¿Se contextualizan los hechos con circunstancias antecedentes, temporales o espaciales que permiten la mejor comprensión de su dinámica?

5.7 Si 77%

No 23%

5.8 ¿Se describen por separado las acciones de cada partícipe?

5.8 No Aplica 28%

No 19%

Si 53%

5.9 ¿Se describen las relaciones relevantes que existen entre los partícipes?

5.9 No Aplica 36%

Si 44%

No 20%

16


5.10 ¿Tratándose de delitos especiales propios, se describen las calidades del sujeto activo?

5.10 No 3%

No Aplica 52%

Si 45%

5.11 ¿Se describe el objeto de ataque u objeto de la acción?

5.11 No Aplica 11% Si 57%

No 32%

5.12 ¿Se describe la forma o modo de comisión?

5.12

Si 93%

No Aplica 2% No 5%

17


5.13 En los delitos de resultado 多Se describe el nexo causal entre los hechos y el resultado? No Aplica 16%

5.13

No 9%

Si 75%

5.14 En los delitos de peligro concreto 多Se describe la amenaza al bien jur鱈dico tutelado?

5.14 No 14%

No Aplica 74%

Si 12%

5.15 多Se describen los elementos objetivos (siempre) y subjetivos (si existen) de la conducta que expliquen el dolo o la culpa?

5.15 No Aplica 5%

Si 62% No 33%

18


5.16 Si con respecto a un mismo autor se dan diversas violaciones legales ¿Se describen por separado los hechos de cada uno?

5.16 No Aplica 40%

No 30%

Si 30%

5.17 En la tentativa ¿Se describe la causa por la que se interrumpió el iter-criminis?

5.17

No Aplica 96%

VII.

No 2% Si 2%

Fundamentación

6.1 ¿Se hace una breve, clara, pero suficiente explicación del respaldo probatorio de cada una de las afirmaciones que se hizo en la relación de los hechos, con lo cual se está denotando la objetividad, la pertinencia y la utilidad de cada medio de prueba citado?

19


6.1 No 16%

Si 84%

6.2 Si son varios hechos ¿Se mencionan no sólo los artículos de la ley sino también el tipo de concurso del que se trata (material, ideal, aparente)?

6.2 No Aplica 31% Si 41%

No 28%

20


V.

Recomendaciones

La Escuela Nacional del Ministerio Público debe fortalecer su programa de capacitación continua, implementando seminarios y talleres prácticos sobre los aspectos puntuales de la acusación, como son: la correcta fundamentación de la teoría del caso, la correcta subsunción del hecho al tipo penal y las pruebas que la avalan. Es pertinente y necesario que se promuevan capacitaciones en cada Distrito Judicial, donde los facilitadores puedan trasladarse y constatar de forma directa la realidad imperante en estas fiscalías. Por otro lado, se recomienda la estandarización de las acusaciones del Ministerio Público, estableciendo reglas mínimas de contenido y forma, que permitan que una acusación realizada en un Distrito Judicial responda a los mismos criterios técnicos que una realizada en cualquier otro del país.

Equipo Técnico: Consultores: Lic. Fernando Quezada Licda. Aleyda Olmos Lic. Wagner Cubilete Lic. Moisés Jáquez-Sistematización de datos

Gerente GPPI&A: Lic. Orlidy Inoa

Coordinadoras GPPI&A: Lic. Ilena Rosario Lic. Vanessa Cobo

21


Noviembre 2011

22


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.