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d. Recolección de información sobre cuerpos no identificados

1d. Recolección de información sobre cuerpos no identificados

¿Qué se hace?

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Todos los cadáveres no identificados o NN, deben pasar por el sistema médico legal y más aún si han muerto violentamente. En este caso es importante que se abra una investigación por parte de un fiscal. En el caso de que no se cuente con un fiscal en la zona, una persona con funciones transitorias de policía judicial (como un alcalde, un inspector de policía o un personero) puede hacer el procedimiento de inspección al cadáver y remitir el caso a la Fiscalía más cercana su jurisdicción. Adicionalmente, deben hacer la gestión con el médico rural o a un médico forense de Medicina Legal para que haga la necropsia.

El médico forense debe entonces: • Realizar la necropsia: Estudiar el cadáver como parte del proceso de investigación judicial que permite determinar la causa de muerte. • Elaborar el Informe Pericial de Individualización y/o de Identificación y enviarlo al fiscal quién solicitó la necropsia. • Incluir los datos del cadáver no identificado (NN) en el Registro Nacional de Desaparecidos (RND) y en el SIRDEC. • En el caso de que se trate de un médico rural, este puede solicitar la presencia de un médico de las Unidades Móviles para que realice la necropsia. También debe enviar su informe y los registros digitales a la unidad básica más cercana de Medicina Legal e ingresar los datos al Sistema de Información Nacional de Estadísticas Indirectas (SINEI).

Si los cuerpos ubicados se encuentran esqueletizados, o enterrados, se recomienda informar al Alcalde, al personero, o inspector de policía del pueblo, para que tome las coordenadas geográficas del lugar en donde se encuentran, o registrar de la manera más detallada posible en un mapa, la ubicación exacta del lugar y otros puntos de referencia fácilmente reconocibles. Ellos deben informar al Cuerpo Técnico de Investigación o a la Fiscalía General de la Nación para que se recuperen los cuerpos adecuadamente.

¿Para qué se hace?

Para saber a quién se ha encontrado muerto y no se ha podido identificar. Además, para que la información de estas personas pueda ingresarse al Registro Nacional de Desaparecidos (RND), de manera que esta información se cruce con los datos de las personas que se buscan, y eventualmente puedan ser identificadas y devueltas a sus familiares.

Existen casos en que los cadáveres que ingresan como no identificados o NN, son identificados de manera fehaciente por cotejo dactiloscópico. Sin embargo, a pesar de que se hacen actividades de divulgación con el fin de ubicar a familiares o allegados, estos no son reclamados, en cuyo caso la autoridad ordena una inhumación estatal. Es decir, que los cuerpos sean llevados y conservados en un cementerio.

Es importante que ninguna persona entierre un cadáver no identificado, si no se ha realizado un procedimiento de inspección a cadáver y su respectiva necropsia medico-legal. En todo caso, es importante contactar al Cuerpo Técnico de Investigación o a la sede de Medicina Legal más cercana para realizar este trabajo.

Persona o institución relacionada con el procedimiento

Entidades estatales: Médico forense de Medicina Legal (nivel local o seccional) o profesional (médico rural) que realiza la necropsia; autoridades que realizan la inspección al cadáver como el

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