LA OPCIÓN VOLUNTARIA DE APORTAR A LAS
AFAP: INEQUIDADES Y OTROS PROBLEMAS DEL ARTÍCULO 8
ERT - BPS PIT – CNT Ec. Hugo Bai Abril de 2018
CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN I. JUSTIFICACIÓN II. DISTRIBUCIÓN DE APORTES Y BONIFICACIÓN III. ¿CUÁNTOS Y QUIÉNES HAN OPTADO? IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL V. EL MONTO DE LA BONIFICACIÓN VI. PERTINENCIA Y PROBLEMAS DE LA OPCIÓN VII. REFLEXIONES FINALES
I. JUSTIFICACIÓN Justificación: la opción voluntaria del Artículo 8 no ha sido objeto específico de estudios, pese a que tiene una incidencia determinante para el régimen mixto
APORTES PERSONALES
41% SE TRANSFIEREN MENSUALMENTE A LAS AFAP U$S 1.000 MILLONES POR AÑO APROX.
22% POR ARTÍCULO 8 19% POR SUPERAR $ 53.374
II. DISTRIBUCIÓN DE APORTES Y BONIFICACIÓN Con carácter general se aporta al BPS por debajo de $ 53.374 y a la AFAP por encima de ese salario El Artículo 8 permite una distribución diferente de los aportes, promoviendo el régimen AFAP DISTRIBUCIÓN DE APORTES PERSONALES Valores 1995
Sin artículo 8
Con artículo 8
$ 15.000
$ 160.121
$ 7.500
$ 80.061
$ 80.061
$ 53.374
$ 53.374
$ 5.000
$ 160.121
II. DISTRIBUCIÓN DE APORTES Y BONIFICACIÓN A quienes efectúan esta opción voluntaria, el Artículo 28 les otorga una bonificación en el Sueldo Básico Jubilatorio (SBJ) Dicha bonificación consiste en incrementar en un 50% la parte del salario por la que se aportó al régimen de reparto La bonificación está topeada en el primer nivel de aportación: $ 53.374
III. ¿CUÁNTOS Y QUIÉNES HAN OPTADO? Cerca de un 70% hizo la opción del Artículo 8 Los optantes se concentran con mayor intensidad entre las personas de 20 a 39 años (79%) mientras que en los mayores de 50 años la proporción cae (52%) Artículo 8 Si No Total
Menores de 20 años Cantidad % 6,555 49.7% 6,634 50.3% 13,189
Entre 20 y 29 años Cantidad % 188,756 78.5% 51,577 21.5% 240,333
Entre 30 y 39 años Cantidad % 224,976 78.6% 61,100 21.4% 286,076
Entre 40 y 49 años Cantidad % 172,680 69.2% 76,898 30.8% 249,578
50 años y más Cantidad % 108,284 51.7% 101,204 48.3% 209,488
FUNCIONES DE DENSIDAD SALARIAL 0.7 0.6
Quienes optaron por el Artículo 8 presentan salarios más altos
0.5 0.4 0.3 0.2 0.1 0.0 -0.1
6
7
Con Artículo 8
8
9
Sin Artículo 8
10
11
12
Primer Nivel de aportación
13
III. ¿CUÁNTOS Y QUIÉNES HAN OPTADO? En el sector del servicio doméstico y sector rural, la proporción de optantes por el Artículo 8 es más baja, ubicándose próxima al 50% ARTÍCULO 8 SEGÚN SECTOR DE ACTIVIDAD 160,000 140,000 120,000 100,000 80,000 60,000 40,000 20,000 0
Con Artículo 8
Sin Artículo 8
IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL Bajo el supuesto de trayectoria salarial constante (limitación), la bonificación máxima de 50% se alcanza para salarios de hasta $ 62.266. A partir de ese nivel salarial la bonificación se reduce hasta desaparecer en $ 80.061. BONIFICACIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL
SALARIO $ 62.266
60% 50%
BPS $ 35.579
40% 30%
BONIFICACIÓN DE 50% ALCANZA TOPE DE $ 53.374
20% 10% 0% 0
40,000
62,266
80,000
AFAP $ 26.687
IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL ¿Conviene el Artículo 8? Se realizaron simulaciones que más allá de los supuestos empleados muestran que: o Para salarios inferiores a $ 53.374 la eventual conveniencia de firmar el Artículo 8 es acotada o Para salarios de entre $ 53.374 y $ 80.061 se torna más conveniente la opción voluntaria, alcanzando un máximo en $ 62.266
CONVENIENCIA DEL ART. 8 SEGÚN NIVEL SALARIAL 18% 16%
EL BENEFICIO DE FIRMAR EL ARTÍCULO 8 SE CONCENTRA CON MÁS INTENSIDAD ENTRE LOS SALARIOS MÁS ALTOS
14% 12% 10% 8% 6% 4% 2% 0% 25000
53,374
62,266
Diferencia en favor del Artículo 8
80000
IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL Para aquellos con Artículo 8, esto provoca que a partir de un salario de $ 53.374, las tasas de reemplazo efectivas que paga el régimen de reparto (BPS) se tornan crecientes
Esto ocurre porque mientras la bonificación de 50% se mantiene hasta los $ 62.266, la proporción aportada a BPS crece a partir de los $ 53.374
TASAS DE REEMPLAZO EFECTIVAS (BPS) SEGÚN NIVEL SALARIAL
PROBLEMA DE REGRESIVIDAD ENTRE QUIENES TIENEN ARTÍCULO 8
60% 55% 50% 45% 40% 35% 30%
53,374
25,000 Sin articulo 8
62,266 Con Artículo 8
80,000
PRIMERA FUENTE DE INEQUIDAD
IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL La concentración del beneficio entre los salarios más altos se mantiene al variar: o
o
La tasa de reemplazo (edad y años de aporte) la rentabilidad de la AFAP.
CONVENIENCIA DEL ART. 8 SEGÚN NIVEL SALARIAL 20% 15% 10% 5% 0% -5%
35,000 45,000 53,374 59,967 62,266 65,419 70,870 76,322 80,061 TR 45%
TR 50%
TR 60%
TR 70%
20% 15% 10% 5% 0% -5%
35,000 45,000 53,374 59,967 62,266 65,419 70,870 76,322 80,061 Rent. 3%
Rent. 2,5%
Rent. 2%
IV. INCIDENCIA DE LA OPCIÓN SEGÚN NIVEL SALARIAL Este análisis no incluye la situación de los salarios más sumergidos para los que opera la jubilación mínima Con la regulación aprobada en agosto de 2017, la jubilación cobrada por el régimen AFAP es contemplada para la aplicación de la jubilación mínima ($ 10.967) ANTES Jubilación BPS: Jubilación AFAP: $ 8.000 $ 2.000 Jubilación TOTAL: 10.967 + 2.000 = $ 12.967 EL ART. 8 SIEMPRE CONVENÍA POR EL TRATO PREFERENCIAL DEL BPS
AHORA Jubilación BPS: Jubilación AFAP: $ 8.000 $ 2.000 Jubilación TOTAL: $ 10.967 EL ART. 8 RESULTA INDIFERENTE
V. EL MONTO DE LA BONIFICACIÓN ¿Porqué el régimen solidario debe bonificar a quienes se afilian voluntariamente a una AFAP? El movimiento sindical siempre lo ha rechazado, bajo el argumento que es un incentivo para potenciar el régimen de ahorro individual y el negocio de las AFAP
Enfoque alternativo: la bonificación se justifica porque la totalidad los aportes patronales se vierten al BPS POLEMICA: ¿SON DEL INDIVIDUO?
Sin bonificación, quienes optaron por el ART. 8 presentan una relación APORTES (PERS Y PAT) / SBJ mayor
La bonificación se justifica pues dentro del régimen solidario el BPS los trata “peor”
V. EL MONTO DE LA BONIFICACIÓN Al considerar la bonificación de 50%, se observa que la relación APORTE / SBJ (con aportes patronales incluidos) se vuelve menor para quienes tienen Artículo 8 RELACIÓN APORTE/SBJ SEGÚN NIVEL SALARIAL 30%
El régimen solidario los está “TRATANDO MEJOR”
25% 20% 15%
La bonificación vigente es demasiado alta
10% 5% 0% 25,000
53,374
Con Artículo 8
62,266
Sin artículo 8
80,000
SEGUNDA FUENTE DE INEQUIDAD
V. EL MONTO DE LA BONIFICACIÓN En el trabajo se estima una “BONIFICACIÓN IGUALADORA” que, según este enfoque, generaría que el BPS trate por igual a quienes hicieron o no hicieron la opción. Dicha “BONIFICACIÓN IGUALADORA es más baja que la vigente. Para salarios inferiores a $ 53.374 es de 33,3% BONIFICACION VIGENTE E “IGUALADORA” 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%
53,374
25,000
Bonificación efectiva
62,266
Bonificación igualadora
80,000
Si no se quiere reducir la bonificación de 50%, es posible introducir una para quienes no hicieron la opción, que también equipare el “trato del BPS”
V. EL MONTO DE LA BONIFICACIÓN Incluso desde este enfoque, la bonificación vigente consagra un trato “preferencial” del régimen solidario a quienes optan por la AFAP: Es ese trato preferencial y no el régimen AFAP lo que explica la eventual conveniencia del Artículo 8
La bonificación no está para compensar sino para incentivar el régimen de ahorro individual
¿Es justo que quienes no han hecho la opción (salarios más bajos, trabajadoras domésticas y rurales) reciban un “peor trato” por parte del régimen solidario?
VI. PERTINENCIA Y PROBLEMAS DE LA OPCIÓN Problemas de información: los trabajadores desconocen funcionamiento e implicancias de una opción de este tipo ¿Cómo se efectiviza hoy la opción voluntaria? Fecha: 14/05/2017
“El canibalismo de las fuerzas de venta aumenta cada vez más” Se busca una “venta en caliente” El abordaje se realiza “sin explicar demasiado” “Se cierra la venta sin que la persona tenga una instancia de razonamiento”
VI. PERTINENCIA Y PROBLEMAS DE LA OPCIÓN Ante la desinformación y desconocimiento sobre esta opción y las estrategias comerciales de las AFAP, cabe preguntarse: o
¿Es pertinente la existencia de una opción de este tipo?
o
¿Es posible argumentar que el 70% que se afilió voluntariamente a una AFAP lo hizo de forma meditada y consiente? La misma pregunta cabe para el 30% que no hizo la opción.
o
¿Es razonable que el sistema de seguridad social, con las carencias que aún tiene en la suficiencia de las prestaciones, destine recursos para promover esto?
VII.
REFLEXIONES FINALES
El 70% optó por el Artículo 8. Tienen salarios relativamente más altos y la proporción es mayor entre los más jóvenes El beneficio de firmar el Artículo 8 es más fuerte entre los salarios mayores, generando tasas de reemplazo efectivas más altas respecto a salarios inferiores. Problema de regresividad La bonificación vigente de 50% genera un trato más favorable por parte del régimen solidario para quienes se afilian voluntariamente a las AFAP. Eso es lo que explica la eventual conveniencia de firmar el Artículo 8 La desinformación y desconocimiento justifican cuestionarse la pertinencia de una opción de este tipo
VII.
REFLEXIONES FINALES
Entendemos que estos aspectos críticos del Artículo 8 deben incorporarse en una agenda mucho más amplia que, en el marco de un diálogo social, permita discutir y acordar un nuevo pacto en seguridad social para construir un sistema universal, solidario, de prestaciones suficientes, sin lucro y sostenible. DECLARACION DEL PIT CNT (DICIEMBRE DE 2017):