Decreto 14-2012 del Congreso de la República

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Congreso se la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa

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ÚRGANOOFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.

MARTES 21

Director General: Gustavo René Soberanis Montes·

de agosto de 2012 No.19 Tomo CCXCV

ORGANISMO LEGISLATIVO

EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:

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ORGANISMO LEGISLATIVO

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE . GUATEMALA

. CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 14~20 12

Página 1 .

R ep úb lic a

DECRETO NÚMERO 14-2012

DECRETO NÚMERO 15-2012

Página 2

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece· que es obligación del Estado de Guatemala promover en forma sistemátiéa la descentralización económica y administrativa para lograr un adecuado desarrollo regional del País.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

CONSIDERANDO:

1

la

Texto del CONV-ENIO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADdS IBEROAMERICANOS PARA iÁ EDUCACIÓN LA CIENCIA Y LA CULTURA (OEI). Página 5

Que el Instituto de Fomento Municipal fue creado con el objeto de promover el progreso de los municipios, dando ·asistencia técnica y financiera a las municipalidades, en la realización de programas básicos de obras y servicios públicos, en lá explotación racional de los bienes y empresas municipales, en la organización de la hacienda y administración municipal, y en general, en el desarrollo de la economía de los municipios, razón por la cual debe ser incluido en el Código Municipal, como un ente de asistencia financiera para temas específicos, a fin que las municipalidades desempeñen su labor de forma

de

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

CONSIDERANDO:

on

gr

INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES

.ad~cuada.

es

PUBLICACIONES VARIAS

o

Acoérdase autorizar a la Entidad Extranjera de carácter ·no lucrativo, denominada OPTIMUM SERVICES ORGANIZATION, INC. Página 8

C

Resuelve modificar el Artículo 33 del Reglamento de la Ley de Incentivos Forestales para Poseedores de Pequeñas Extensiones de Tierra de Vocación Forestal o Agroforestal -PINPEP-. Página 9

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA ACTA 65-2012 PUNTO TERCERO SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA 25~07-2012 Página 10

ANUNCIOS VARIOS

Que es necesario armonizar la normativa ordinaria en· materia municipal, a manera de ·facultar al municipio para que autorice licencias de construcción ·y pueda otorgar mandatos judiciales · y extrajudiciales y regular sus finanzas a efecto que las municipalidades puedan obtener créditos cuyo plazo exceda el período del Gobierno · Municipal; previo dictamen del Instituto de Fomento Municipal, razón por la cual este Organismo legislativo debe aprobar las modificaciones correspondientes y lograr que las municipalidades gestionen los recursos necesarios sin impedimento alguno.

POR TANTO: . En ejercicio de las atribuciones que le (atribuye el artículo. 171 literal a) de la Constitución Politica de la· República de Guatemala,

DECRETA: Las siguientes: .

-

- Matrimonios ' - Constituciones de Sociedad - Modificaciones de Sociedad - Disolución de Sociedad - Potentes de Invención -Registro de Marcos -Títulos Supletorios -Edictos -Remates Convocatorios

www.dca.gob.gt

Página 11 Página 11 Página 12 Página 12 Página 13 Página 13 Página 16 Página 18 Página 24 Páaino 27

REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 12-2002 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, . CÓDIGO MUNICIPAL

Articulo 1.

Se adiciona la literal m) al artícJ.Jio 68, la cual queda así:

"m) Autorización de las licencias de construcción, modificación y demolición de obras públicas o privadas, en la circunscripción del municipio;"


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