Mi単o
gu鱈a de
ienvenida
Mi単o
para inmigrantes
Concello de Mi単o
¿Qué es esta guía?
Índice:
Guía de Bienvenida a Miño. Guía de Acogida para la Población Inmigrante, pretende ser un instrumento útil, de fácil manejo, que informe sobre los recursos y servicios que les ofrece el Ayuntamiento de Miño a las personas inmigrantes recién llegadas.
¿Para qué hacemos esta guía?
Derechos y deberes
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Itinerario de acogida
pág. 4
¿Qué es estar en situación irregular?: Formas de regularizar la situación administrativa
pág. 5
Regularización de papeles
pág. 6
El Ayuntamiento de Miño
Educación
pág. 7
El Ayuntamiento de Miño está situado en A Coruña, una de las cuatro provincias de Galicia.
Empleo
pág. 8
Mujer
pág. 9
Vivienda
pág. 10
Familia
pág. 11
Servicios
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Para acoger a las personas inmigrantes e informarlas de los recursos y servicios que les ofrece Miño y, de este modo, facilitar su nuevo proyecto de vida y promover, en el menor tiempo posible, la plena integración.
A quién va dirigida? A todas aquellas personas inmigrantes que quieran iniciar su nuevo proyecto de vida en Miño.
Galicia es una de las comunidades autónomas en las que está dividida España, que es uno de los países miembros de la Unión Europea. Miño es un municipio costero, situado en la Ría de Betanzos, forma parte de la Comarca de As Mariñas Coruñesas; limita al norte con el municipio de Pontedeume, al este con el de Vilarmaior y al sur con los de Paderne e Irixoa.
medios administrativos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia se expresan habitualmente en gallego. Casi todos los gallegos y gallegas, independientemente de la lengua que hablen, conocen y entienden los dos idiomas.
Moneda La moneda oficial de España es el euro, como en casi toda la Unión Europea, lo que significa que las monedas y billetes de curso legal en España también son válidos en el resto de la unión monetaria.
Tiene una extensión de 35 Km2 y una población de 5.000 habitantes, distribuidos en ocho parroquias: Bemantes, Callobre, Carantoña, Leiro, Castro, Miño, Perbes y Vilanova.
Idioma En Galicia se hablan dos idiomas: el gallego y el castellano. Las dos lenguas son igualmente oficiales en nuestro territorio y todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a usar la que quieran, aunque los
Miño
Derechos y Deberes Se considera extranjera aquella persona que carezca de nacionalidad española. A continuación se describen los derechos y deberes que actualmente tienen las personas extranjeras en España:
Derechos: Derechos de la persona extranjera regular (legal) en españa:
Derechos de la persona extranjera irregular:
• Libertad de circulación por todo el territorio español.
•Educación básica, gratuita y obligatoria a personas extranjeras menores de 16 años.
• Derecho a trabajar, sólo en caso de autorización de trabajo o visado de estancia especial.
•Asistencia sanitaria.
• A reunirse con otros y a manifestarse.
•Tutela judicial efectiva.
• Libertad de asociación.
•Asistencia jurídica gratuita, si carece de recursos económicos suficientes.
• Libertad de sindicación y huelga. •Acceso al sistema público de ayudas en materia de vivienda. •Servicios y prestaciones sociales. •Asistencia jurídica gratuita, en caso de insuficiencia de recursos económicos. •Asistencia por un intérprete si no habla español o gallego. •Percibir prestaciones de la Seguridad Social.
•Servicios y Prestaciones Sociales Básicas.
•Asistencia por un intérprete si no habla español o gallego. •Documentación que acredita tanto la identidad y la nacionalidad como la que acredite su situación en España.
Deberes: • Conservar la documentación que acredite la propia identidad y nacionalidad. • Conservar la documentación que acredite la situación legal e España. • Obtener el Número de Identificación del Extranjero. • Estar empadronado/a. • Escolarización de todas las personas extranjeras menores de 16 años.
Itinerario de Acogida Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Miño cuentan con profesionales que desarrollan y ejecutan programas dirigidos prioritariamente a las personas o colectivos que sufren situaciones de discriminación o alguna dificultad socioeconómica. Acude a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Miño, aunque tu situación sea irregular. Aquí te darán toda la información, asesoramiento y ayuda para comenzar tu nuevo proyecto de vida en nuestra localidad.
Centros de orientación familiar
Homologación de Títulos
La asistencia sanitaria en España es gratuita. Si estás empadronado/a en Miño tienes derecho al acceso a los servicios públicos de salud. Para ello es necesario tramitar la Tarjeta Sanitaria. TARJETA SANITARIA Si NO tienes permiso de residencia o si lo tienes pero NO tienes contrato laboral: 1º Debes empadronarte y 2º Acude al Centro de Salud de Miño y solicita allí la información. Si tienes permiso de residencia y contrato laboral: será la empresa quien te la tramite. Solicita la información a tu empresa. ASISTENCIA SANITARIA Atención primaria y especializada no urgente: acude al Centro de Salud de Miño con tu Tarjeta Sanitaria en horario de 8:00 a 15:00. Atención urgente: Centro de Salud de Miño en horario de 8:00 a 15:00 horas. Punto de Atención Continuado (PAC) de Betanzos en horario de 15:00 a 8:00 horas Teléfono de urgencias 061 que ofrece asistencia sanitaria urgente 24 horas al día, 365 días al año.
Escolarización obligatoria Menores
Educación
C.I.M. Formación para Adultos
Teléfono de la mujer
Matrimonios
Parejas de Hecho Nacimientos
Mujer Violencia de género
Español para Inmigrantes
Defunciones
Familia
Reagrupación familiar Separaciones
Regularización de Papeles Vivienda
Servicios Sociales
Lugar de residencia
Para empadronarte necesitas establecer un domicilio que puede ser en alquiler, o en casa de un familiar o conocido, o en propiedad.
Padrón Acredita el tiempo que llevas en España y es la prueba de arraigo para conseguir los papeles definitivos. No temas empadronarte en el Ayuntamiento de Miño porque no se realiza control sobre la situación legal de estancia de las personas extranjeras. El trámite es muy sencillo y necesario para: Regularizar los permisos de residencia y trabajo Obtener la tarjeta santitaria El permiso de conducir Escolarizar a tus hjjos e hijas Realizar otros trámites importantes para ti Solicita información en el Registro del Ayuntamiento.
Ocio
Tarjeta Sanitaria y asistencia
Participación ciudadana Cuentas bancarias y remesas Empleo
Transporte Servicios
Seguridad ciudadana
Carnet de conducir
¿Q ué es estar en
?
situación irregular
•Haber entrado en España por lugares no habilitados o sin la documentación necesaria. •Habiendo entrado de forma regular, ha finalizado el plazo de estancia y ha caducado el visado. •Entrar sin visado porque no hacía falta y haber superado tres meses de estancia. •No haber podido renovar la autorización para estar en España, aunque entrase de forma regular.
FORMAS DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA Existen cuatro circunstancias excepcionales para que las personas extranjeras que se encuentren en España en situación administrativa irregular puedan regularizar su situación:
1. Arraigo
Social Laboral Familiar
2. Razones humanitarias
Víctimas de delitos contra los trabajadores. Enfermedad sobrevenida. Situación de riesgo en el país de origen.
3. Colaboración con autoridades Administrativas, Judiciales, Policiales y Fiscales o por Razones de Interés Público o de Seguridad Nacional. 4. Protección internacional. Para que la persona extranjera pueda regularizar su situación a través de alguna de las circunstancias señaladas, debe dirigirse a:
Oficina de Extranjería de A Coruña C/ Real, 53 – bajo 15071 A Coruña
Información: 981 989 327 De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Cita previa: 981 989 360 De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Horario de atención al público: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
•Habiendo entrado de forma regular, le han sustraído su documentación y/o caducado el visado y/o no ha podido renovar la autorización para estar en España.
Regularización de Papeles
VISADO: Es el título de viaje que permite la entrada en España. Se concede en función del motivo que justifica el viaje a España y habilita a permanecer en España, en la situación para la que se le expidió. Casos excepcionales en que no se exige visado: Acuerdo de supresión de visados entre España y el país de origen. Quien se acoja al derecho de asilo en el momento de su entrada. Casos en los que existan razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o cumplimiento de compromisos adquiridos por España. Tipos de Visado: Visado de estancia: permite una estancia cuya duración total no exceda de tres meses. Visado de residencia: permite residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional. Visado de trabajo y residencia: habilita para ejercer una actividad laboral o profesional, por cuenta ajena o propia y para residir. Visado de estudios: permite permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación. Visado de tránsito: habilita para transitar por zona internacional de tránsito de un aeropuerto español o a atravesar el territorio español. Solicitud: En la Embajada o Consulado españoles correspondiente al domicilio del solicitante. Tanto la solicitud como recogida del visado se hará de forma personal.
Las personas extranjeras pueden encontrarse en España en: A. Situación de estancia: permanencia en territorio español por un periodo de tiempo no superior a noventa días. B. Situación de residencia: extranjeros/as que se encuentren en España y sean titulares de una autorización para residir. Puede ser: - Temporal: autoriza a permanecer en España por un período superior a 90 días e inferior a cinco años. - Permanente: autoriza a residir en España indefinidamente y a trabajar en igualdad de condiciones que los españoles y españolas.Tienen derecho las personas extranjeras que hayan tenido residencia temporal durante cinco años de forma continuada. C. Estudiantes: para cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación, no remunerados. D. Apátridas. E. Indocumentados/as. F. Refugiados/as. G. Concurrencia de circunstancias especiales.
Permiso de trabajo por cuenta ajena - La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena habilitará a las personas extranjeras a iniciar una relación laboral por cuenta ajena. - Tendrá una duración de un año y podrá limitarse a un ámbito geográfico y sector de actividad determinado. - Extranjeras/os residentes o quien se halle en situación de estancia por estudios podrá acceder a la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, sin que sea exigible el visado. - Quien obtenga la autorización deberá solicitar la TIE en el plazo de un mes desde el comienzo de la autorización.
Es un número personal, único y exclusivo que identifica a las personas extranjeras y habilita para permanecer en territorio español. Figura en todos los documentos que tramites o te expidan.
TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (TIE) Es el documento que identifica a la persona extranjera para acreditar su situación legal en España. Si tienes un visado o autorización para permanecer en España por un periodo superior a 6 meses, tienes derecho y deber de obtener el TIE. El plazo para solicitarlo es antes de 1 mes desde que entraste en España o te concedieron la correspondiente autorización.
PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA
Tipos de Permisos
NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (NIE)
Permiso de trabajo por cuenta propia
Permiso de trabajo "D" inicial: Permite ejercer una actividad por cuenta propia, o profesional, limitado a un tipo de actividad concreta y un ámbito geográfico también concreto con Validez de un año. Permiso de trabajo "D" renovado: Permite ejercer una actividad en todo el territorio nacional durante un periodo de dos años. Se obtiene al finalizar el permiso tipo “D” inicial. Permiso de trabajo "E": Permite ejercer cualquier actividad en todo el territorio del estado durante dos años. Se obtiene al finalizar un permiso del tipo D renovado.
Permisos especiales: 1. Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada. 2. Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios. 3. Residencia Permanente.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA Puede obtenerla quien resida en España y disponga de autorización de residencia. El tiempo de residencia exigido es de 10 años pero puede ser 5 años quien tenga condición de refugiado. 2 años si procedes de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes. 1 año si naciste en España. 1 año si tu cónyuge o madre o padre o abuelo o abuela es español/a. 1 año cuando solicites la nacionalidad si llevas 2 años consecutivos sujeto a tutela, guarda o acogimiento legal de una persona o institución española. 1 año de viudedad de pareja española (sin que a su muerte existiese separación legal o de hecho).
PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL
Educación ESCOLARIZACIÓN OBLIGATORIA Todas las personas inmigrantes menores de 18 años tienen derecho a la educación obligatoria y gratuita, aunque su familia esté en situación irregular. En España la educación es obligatoria y gratuita desde los 6 hasta los 16 años. Los alumnos y alumnas extranjeros tienen los mismos derechos y deberes que el alumnado español. •Aquellas personas que se incorporen con más de 16 años realizarán sus estudios en la modalidad de las enseñanzas para la población adulta. •Mayores de 15 años que presenten graves problemas de adaptación a la Educación Secundaria Obligatoria podrán incorporarse a los Programas de Garantía Social.
Dirigidos a jóvenes de entre 16 y 19 años cumplidos dentro del año de inicio del Programa, sin título de Graduado en ESO y que no hayan cursado otro PCPI. Ayuda a conseguir competencias profesionales propias de una cualificación profesional para la inserción laboral y amplía las competencias básicas para proseguir estudios en diferentes enseñanzas.
Transporte: El CPI ofrece transporte escolar gratuíto.
servicio
de
Becas y ayudas al estudio: Para compensar las condiciones socioeconómicas desfavorables de algunas familias. Puedes solicitar más información en los Servicios Sociales del Ayuntamiento, en la Secretaría del CPI Castro Baxoi de Miño y en la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.
HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS
Supone reconocer la equivalencia de un título extranjero respecto a un título oficial español vigente que tenga validez oficial en España y te permita ejercer tu profesión en este país. Se pueden homologar títulos de Diplomatura, Licenciatura, Arquitectura, Arquitectura Técnica, Ingeniería, Ingeniería Técnica y Doctor. Otra opción es convalidar parcialmente estudios y acabar la carrera en España. Titulaciones universitarias: Delegación de Ministerio de Política Territorial Área de Alta Inspección de Educación de Galicia. c/ Durán Loriga, 9 - 5º 15003 A Coruña Tel: 981 989 552
Titulaciones no universitarias: Departamento de Educación e Ordenación Universitaria Edificio de Servicios Múltiples. Salvador de Madariaga, s/n - 1º 15008 A Coruña Tel: 981 184 778/981 184 787
ESPAÑOL PARA INMIGRANTES
El Ayuntamiento de Miño tiene un Programa de Voluntariado para Adultos/as con Dificultades con el Idioma. Solicita la información en los Servicios Sociales del Ayuntamiento. También puedes encontrar cursos gratuitos de español en la Biblioteca Municipal Sagrada Familia de A Coruña y en ONGs de ayuda a personas inmigrantes como Equus Zebra o Ecodesarrollo Gaia.
Matrícula: Cuando llegues a Miño, acude al Centro Público Integrado (CPI) Castro Baxoi y solicita la incorporación de tu hijo/a. Para la matriculación de tu hijo o hija necesitarás un Certificado de Empadronamiento y el Libro de Familia. Comedor: El Ayuntamiento de Miño ofrece plazas de comedor escolar como servicio de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral de madres y padres.
EDUCACIÓN DE ADULTOS
Las personas inmigrantes adultas en España, pueden realizar estudios primarios, secundarios, bachillerato y estudios universitarios. La oferta se imparte en dos modalidades: educación presencial y educación a distancia. Abarca, entre otras, enseñanza de educación básica, enseñanzas preparatorias para las pruebas de acceso a distintos niveles de enseñanza y español para inmigrantes. Estudios primarios para adultos y Estudios secundarios y bachillerato para adultos: Garantizan la adquisición, ampliación o actualización de los estudios a personas con más de 18 años que se encuentren sin una titulación básica. El Ayuntamiento de Miño, ofrece un servicio permanente de Educación de Adultos. Más información en los Servicios Sociales.
Formación profesional ocupacional de trabajadores/as desempleados/as: Tienes que haberte inscrito en las oficinas de empleo (SGC) y puedes acceder a cursos de capacitación profesional gratuitos. Formación profesional: Es un conjunto de acciones formativas que capacitan para el ejercicio de una profesión, preparan para el acceso al empleo y facilitan la adaptación a las modificaciones laborales que se puedan producir a lo largo de la vida. Es necesario estar en posesión del Graduado en ESO. Estudios universitarios: Necesitas haber superado Bachillerato y pruebas de acceso a la universidad. O haber cursado ciclos superiores de formación profesional, artes plásticas o enseñanzas deportivas. O mediante la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Para más información en la Delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y en Servicios Sociales del Ayuntamiento.
Empleo TRABAJAR POR CUENTA AJENA Consiste en trabajar para una empresa o empleador
Si tienes una autorización de residencia y trabajo en vigor puedes acudir al Servicio Gallego de Colocación (SGC) e inscribirte como demandante de empleo o como mejora de empleo. Estar inscrito/a como demandante de empleo es imprescindible si reúnes los requisitos exigidos para solicitar la prestación por desempleo de nivel contributivo, otros subsidios de desempleo, la renta activa de inserción, etc. Además te permite acceder de forma gratuita a distintos servicios, como por ejemplo: oferta de puestos de trabajo, información sobre cursos de formación (para desempleados, talleres de empleo, plan de formación e inserción profesional, etc.), orientación laboral, asesoramiento para el autoempleo, etc. Si tienes una autorización inicial de residencia y trabajo limitada por sector de actividad y geográficamente, sólo puedes trabajar en empleos dentro de la actividad y del territorio para el que se te concedió la autorización. Para cambiar de trabajo, debes solicitarlo con anterioridad en la oficina de extranjeros. Los cambios de empresa dentro del mismo sector de actividad y provincia para el que se te concedió la autorización inicial, están permitidos sin necesidad de solicitud. Debes que estar atento/a a los plazos de la autorización para solicitar la renovación en plazo. Si te das de baja de un trabajo o dimites, debes avisar a tu empresario 15 días antes. Si te das de baja de tu trabajo voluntariamente, no tendrás derecho a solicitar la prestación por desempleo.
Oficina de Empleo de Betanzos C/ Venezuela, 39 - bajo 15300 Betanzos Tel: 981 770 102
Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura: Contiene las ocupaciones que los Servicios Públicos de Empleo no pudieron cubrir. Son puestos de trabajo vacantes y existe posibilidad de que una persona extranjera pueda tramitar una autorización para residir y trabajar solicitando una de esas vacantes. El catálogo se organiza por provincias y tiene carácter trimestral. Existen otros servicios y programas que pueden facilitar tu proceso de búsqueda de empleo: Empresas de Trabajo Temporal, Empresas de Servicios, Programas especiales de empleo, etc. Algunas ONGs como Equus Cebra tienen programas de información, formación y tramitación de ofertas de empleo. Para informarte de todos ellos debes acudir a Servicios Sociales de Miño. Representación Sindical: Un Sindicato es una organización integrada por trabajadores/as en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales. CCOO, CIG y UGT, los tres sindicatos mayoritarios en Galicia, tienen secciones específicas de atención a personas inmigrantes.
TRABAJAR POR CUENTA PROPIA Crear tu empresa o negocio
Solicita una Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, sabiendo que: •No podrás encontrarte en España en situación irregular en el momento de la solicitud. •Su validez será de un año y podrá ser renovada. Para crear tu negocio hay información y asesoramiento gratuito en la Agencia de Desarrollo Local de Miño.
Mujer VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
En España la violencia contra la mujer es un delito. Existen variedad de recursos para salir de esta situación y superarla: Acude a Servicios Sociales del Ayuntamiento y te informarán sin ningún compromiso. Puedes llamar al número de teléfono 016 (no sale la llamada en la factura del teléfono desde el que llames) o al Teléfono de la Mujer 900 400 273. Estos teléfonos son gratuitos y anónimos. Funcionan las 24 horas del día, desde cualquier teléfono fijo o móvil.
CENTROS DE INFORMACIÓN A LA MUJER (CIM) Son centros gratuitos que te proporcionan atención psicológica, asesoramiento jurídico e información en materia de recursos e igualdad de oportunidades. Una de sus prioridades es la atención específica a mujeres víctimas de violencia de género y facilitan e informan sobre el acceso a los recursos existentes a través de la gestión urgente con servicios policiales, sanitarios, psicológicos, judiciales y sociales que sean oportunos.
CENTROS DE ORIENTACIÓN FAMILIAR Un Centro de Orientación Familiar (COF) te da información sobre todo lo relacionado con sexualidad, anticonceptivos, aborto, enfermedades de transmisión sexual, etc. Están abiertos a todas las personas independientemente de su sexo, edad, estado civil u orientación sexual.
Si te agreden, acude al Puesto de la Guardia Civil y pon una denuncia o llama al 062, 016 o 112. Si estás en situación de peligro, llama al 016, 112 o 062. También puedes acudir o llamar al EMUME (Equipos Especialistas de Mujeres y Menores de la Guardia Civil) o a un CIM. Las mujeres víctimas de violencia de género tienen garantizado el acceso a los recursos y servicios sociales, independientemente de su situación legal o ilegal en España. La mujer que pone una denuncia y le conceden una orden de protección, podrá solicitar un permiso de residencia temporal para ella independiente del de su pareja, aunque tenga ya uno por reagrupación familiar vinculado al permiso de residencia del agresor. A las mujeres extranjeras que se encuentren en situación administrativa irregular, o mujeres traficadas, prostituídas, etc. sin autorización de estancia o permiso de residencia, se les concede una orden de protección que deja en suspenso el procedimiento administrativo sancionador que pueda tramitarse, y les permite solicitar la autorización de residencia temporal por razones humanitarias.
TELÉFONO DE LA MUJER
Te informa y asesora sobre cuestiones muy diversas y de utilidad para ti como separaciones, divorcios, abandonos de hogar, sentencias incumplidas, malos tratos, vejaciones, amenazas, agresiones sexuales, acoso sexual, cursos ocupacionales, bolsas de empleo, creación de empresas, discriminación laboral, permisos de maternidad y paternidad, casas de acogida, centros de información a la mujer, programas para mujeres desfavorecidas, gabinetes de orientación familiar y más temas en materia de igualdad de oportunidades. Es gratuito y anónimo. Funciona las 24 horas del día, desde cualquier teléfono y tiene cobertura para toda la Comunidad Autónoma de Galicia.
CIM COIRÓS: 981 796 088 Coirós de arriba, 16 15316 Coirós
COF Ventorrillo: 981 142 800 Avda. de Finisterre, 316 15010 A Coruña
Vivienda Las personas extranjeras residentes en España tienen derecho a acceder al sistema público de ayudas en materia de vivienda en las mismas condiciones que los españoles y españolas. Los regímenes de alojamiento más habituales son compra o alquiler. Antes de comprometerte debes leer con atención todas las condiciones del contrato y no firmes nada si tienes dudas. Te recomendamos acudir a los Servicios Sociales del Ayuntamiento o a la Asociación de Consumidores para aclararlas. Existen planes y programas de vivienda, tanto de compra como de alquiler, de los que te puedes informar en los Servicios Sociales del Ayuntamiento. Recuerda que si cambias de domicilio, debes cambiar la dirección al nuevo domicilio en el Padrón, para ello dirígete al Registro del Ayuntamiento de Miño.
Familia MATRIMONIO ENTRE UNA PERSONA ESPAÑOLA Y UN EXTRANJERO
En nuestro país las personas españolas y extranjeras tienen derecho a contraer matrimonio entre sí con independencia de la situación legal del ciudadano/a extranjero/a. Es posible, por tanto, contraer matrimonio con una persona extranjera en situación irregular. En España están legalizados los matrimonios entre personas del mismo sexo. El Registro Civil del Partido Judicial de residencia de cualquiera de los/as contrayentes, tramitará un expediente antes de la celebración de la boda para determinar si ambas personas tienen capacidad para celebrar el matrimonio y comprobar si el consentimiento matrimonial carece de vicio alguno. Esto requiere una documentación que deben aportar la persona extranjera y la persona nacional. Para informarte acude al Registro Civil del Ayuntamiento.
PAREJA DE HECHO Pueden inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho las personas que convivan en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, con una relación afectiva y que no deseen formalizar esa unión mediante el matrimonio civil. Entre otros requisitos, la unión no debe estar inscrita en el Registro de otra Comunidad Autónoma y, en Miño, ambos miembros de la unión de hecho deberán estar empadronado/a y tener su residencia en el municipio.
SEPARACIONES Y DIVORCIOS Es necesaria la intervención de un abogado/a. Tienes derecho a un abogado/a de oficio, es decir, asistencia jurídica gratuita, en función de tus ingresos económicos. Solicita información en los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
REAGRUPACIÓN FAMILIAR Para poder traer a tu familia usando el procedimiento de reagrupación familiar, tienes que llevar residiendo un año en territorio español y haber renovado tu residencia inicial un año más. Además, tendrás que demostrar que dispones de un alojamiento adecuado y medios de subsistencia suficientes para atender tus gastos y los de tu familia. Puedes reagrupar a tu cónyuge; tus hijos e hijas y los de tu cónyuge, menores de 18 años o incapaces no casados; tu madre y/o tu padre o de tu cónyuge si están a tu cargo y menores de 18 años e incapacitados/as si tú eres su representante legal. Deberás dirigirte a la Oficina de Extranjería de A Coruña y presentar una solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar por cada familiar que desees traer a España. Cuando sea admitida, tus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de su país de origen.
NACIMIENTOS
Los/as recién nacidos/as de personas residentes en Miño se inscriben en el Registro Civil del ayuntamiento. El plazo para inscribir el nacimiento va desde las 24 horas desde el momento en que éste se produce, hasta los 8 días siguientes.
REPATRIACIÓN DE UNA PERSONA FALLECIDA A SU PAÍS DE ORIGEN Dirígete al Consulado de tu país en España para iniciar el expediente de repatriación.
Registro: 981 782 058 Juzgado de Paz: 981 784 149 Rúa A Carreira, 38 15630 Miño
Juzgado 1ª Instancia e Instrucción nº2 Registro Civil de Betanzos Tel: 881 881 419 Plaza Hermanos García Naveira 15300 Betanzos
Servicios
CUENTAS BANCARIAS Y REMESAS CARNET DE CONDUCIR
Cuenta bancaria:
En España para conducir legalmente un vehículo debes tener un permiso de conducir válido y legal. Las personas procedentes de la Unión Europea o de Noruega, Islandia y Liechtenstein ya tienen permiso de conducir válido para España. Si procedes de otro país y estás en España como turista, necesitas el Permiso de Conducir Internacional, junto con el permiso de conducir de tu país de origen traducido al castellano. Si procedes de otro país y tienes la residencia en España: • Durante los 6 primeros meses desde la obtención de la residencia, necesitas el Permiso de Conducir Internacional junto al permiso de conducir de tu país de origen traducido al castellano. • Después de los 6 meses, necesitas un permiso obtenido en España. Para más información dirígete a la Jefatura Provincial de Tráfico.
SEGURIDAD CIUDADANA Si sufres un accidente, agresión, robo, hurto, estafa etc. debes denunciar inmediatamente lo sucedido en el Puesto de la Guardia Civil de Miño o en el teléfono 062. En el caso de robo del pasaporte es necesario denunciarlo en el Puesto de la Guardia Civil de Miño o en el teléfono 062 y también ante la embajada o consulado de tu país en España. Policía Local de Miño 981 782 697/600 416 115 Protección Civil Miño 981 784 254
Puesto de la Guardia Civil de Miño 981 782 146/062 Teléfono de emerxencias:
112
Te recomendamos abrir una cuenta bancaria. Con ella puedes recibir tus ingresos sin temor a su pérdida por robo, realizar remesas o giros internacionales, domiciliar el pago de tu alquiler y el suministro de agua, electricidad o teléfono. En España hay dos tipos de cuentas bancarias para las personas extranjeras: cuentas para residentes y para no-residentes. En el caso de no-residentes, debes presentar tu pasaporte o el documento de identificación del país de donde provienes. En un período no mayor de quince días, presentarás el certificado de no-residencia (son pocos los bancos que solicitan este requisito), este certificado se puede obtener en cualquier Comisaría de Policía. Si la persona se hace residente, deberá presentar en la entidad una copia de la Tarjeta de Residencia. Las personas titulares de cualquier tipo de cuenta tendrán acceso a los servicios bancarios que ofrezca la entidad, como tarjetas de débito por medio de una cuota anual o la posibilidad de enviar remesas por transferencia, si el receptor dispone de una cuenta en destino.
Remesas: Cualquier persona puede enviar remesas desde territorio español por medio de giros postales o entidades remesadoras. También puede hacerlo por medio de transferencias y otros productos bancarios, si dispone de una cuenta bancaria. Para enviar una remesa o un giro, tendrás que rellenar un impreso. Recomendamos cumplimentarlo de forma exhaustiva, añadiendo todos los datos de identificación posibles tanto del emisor como del receptor. Tendrás que pagar el precio del servicio en España y así llegará el dinero al destino libre de cargos. Es recomendable preguntar en varias entidades antes de realizar una operación, ya que los precios se modifican diariamente. Cuando entregues el dinero al remesador te tienen que dar un recibo dónde viene especificado el nombre de la entidad, la cantidad entregada y las condiciones de la operación. Recomendamos guardar el recibo, que será la base de cualquier reclamación posterior. Utilizar sistemas informales tales como enviar dinero en cartas o por medio de conocidos, tiene riesgo porque no garantizan el reembolso si el dinero se pierde.
OTROS SERVICIOS TRANSPORTES El municipio de Miño cuenta con importantes vías de comunicación como la N-651 A Coruña - Ferrol, el tramo de la autopista A-9, que también une estas dos ciudades y que tiene una salida en la Playa Grande de Miño, o el enlace ferroviario Ferrol - Coruña. Todo esto coloca a Miño muy cerca de lugares importantes de la provincia, de tal modo que trasladándonos en coche, A Coruña y Ferrol quedan a 20 minutos, Betanzos, Pontedeume y Sada quedan a escasamente 10 minutos y Santiago de Compostela a 40 minutos.
Tren: Miño cuenta con dos apeaderos de tren correspondientes a la línea de ferrocarril que une A Coruña con Ferrol y viceversa, uno en Perbes y otro en Miño. Puedes consultar los horarios en las Estaciones de Renfe de Ferrol y A Coruña y en la web.
Autobuses: En Miño hacen parada una serie de líneas regulares que conectan Ferrol y A Coruña entre sí y con otras ciudades gallegas y con las principales localidades de la comarca.
Participación ciudadana, ocio, biblioteca, aula de informática o juventud son otras áreas y servicios de los que te podemos informar en el Ayuntamiento.
culturas
vida
reunión bienvenida
bienvenida
ilusiones
proyectos
Miño
acogida
empleo
encuentro
familia
acogida
hogar culturas
Teléfonos y direcciones de interés: Ayuntamiento de Miño Registro Juzgado de Paz
981 782 006 981 782 058 981 784 149
Rúa A Carreira, 38 15630 Miño
Servicios Sociales de Miño 981 784 405 /981 782 659 Área de Cultura y Deportes Miño 981 782 659 Rúa del Mercado, OMIX (Oficina Municipal de Información Xuvenil) s/n 15630 Miño 981 784405 /981 782 659 Agencia de Desarrollo Local de Miño Policía Local de Miño 981 782 697/600 416 115 Biblioteca y Aula de Informática de Miño Puesto de la Guardia Civil de Miño
981 778 807 981 782 146/062
A Rúa, s/n 15630 Miño
Protección Civil Miño
981 784 254
C/ Curro, s/n – bajo. 15630 Miño
CPI Castro-Baxoi ANPA (Asociación de padres y madres del CPI)
981 782 708 682 321 886
C/ As Marismas, s/n. 15630 Miño
Asociación de Empresarios de Miño
981 782 660
Rúa da Carreira, 26. 15630 Miño
Juzgado 1ª Instancia e Instrucción nº2 Registro Civil de Betanzos
881 881 419
Plaza Hermanos García Naveira 15300 Betanzos
Oficina de Empleo de Betanzos
981 770 102
C/ Venezuela, 39 – bajo.15300 Betanzos
Seguridad Social de Betanzos
981 770 405
C/ Pintor Seijo Rubio, s/n. 15300 Betanzos
Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras Jefatura Provincial de Tráfico A Coruña Centro Joven de Anticoncepción y Sexualidad
981127055
Avda. Alférez Provisional, 7 15006 A Coruña
981 288 377/060
C/ Doctor Moragas, 10. 15006 A Coruña
881 916 869/608 102 313
Equus Zebra ONG
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