LICENCIATURA EN EDUCACIÓN ARNAIZ, EVANGELINA
“Leyes viajando por el tiempo” Bajo la presidencia de Julio A. Roca se promulgó la Ley 1420, de educación común, gratuita y obligatoria Sanción de la Constitución Nacional
La Ley 4874, Ley Láinez, complementando la Ley 1420, con el propósito de extender la educación pública, laica y gratuita a todo el territorio nacional.
1884 1853
1868
Ley 21.089 de Transferencia de
Servicios Educativos a Provincias
1978
1905
1967 "Ley Orgánica de las Universidades“.
2006 1993
Ley Federal de Educación N.º 24.195 derecho de enseñar y aprender en todo el territorio nacional.
1995 LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR Ley 24521 -
Domingo F. Sarmiento: Ley de Subvenciones
1971
Nacionales (ley 463) que autorizaba el financiamiento nacional de la instrucción públicas de las provincias
La Ley de Educación Nacional N° 26.206 2020 Ley 27550 Ley N° 26.206. Modificación.
Artículo 109
La Educación como Política de Estado: En el Preámbulo de la Constitución Nacional, se manifiesta “... asegurar los benéficos de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino...”
Tradicionalmente se reconocen como derechos que asisten al Estado en esta materia, limitado siempre por la primacía del Bien Común, los siguientes: Establecer los mínimos de educación obligatoria. Reglamentar y fiscalizar el ejercicio de las profesiones y concediendo la validez a los títulos respectivos. Organizar el sistema educativo, garantizando en todo el territorio los recursos y medios técnicos y humanos que permitan la igualdad de oportunidades en todas las jurisdicciones. Supervisar la iniciativa privada, delegando en cada jurisdicción el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento y otorgando reconocimiento y validez a los estudios que en ella se realizan.
La Libertad de enseñanza es un principio que dio apertura política y social a la educación y con ella, derechos:
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# A los padres a elegir el tipo de educación, moral, intelectual o religiosa que aspiran para sus hijos. # Derecho a participar de las decisiones que a nivel político vayan conformando el estilo educativo.
# Derecho a tomar las decisiones oportunas para la obtención de los medios para satisfacer las necesidades de la familia
La Constitución Nacional, tanto en su texto histórico cuanto en su texto actual de 1994, contiene importantes principios, derechos y responsabilidades que deben entenderse como los pilares para edificar un ordenamiento jurídico y político de nuestra educación.
Con la Reforma de la Constitución Nacional de 1994, se incorporó otro inciso a las potestades legislativas –el inciso 19 del
“cláusula del desarrollo humano”, que artículo 75– llamado
incluye entre las atribuciones específicas del Congreso de la Nación en educación “sancionar leyes de organización y de base de la educación”. Con principios para establecer que la educación sea enlazada en toda la nación, en el rol del estado para atender a la educación pública, el acceso al conocimiento y la cultura sin dogmatismos, cuestión que todo país con una avanzada legislación antidiscriminatoria debe garantizar también en sus escuelas públicas, y por último con la idea de gratuidad en todos los niveles educativos.
¿Se dan en la realidad esos principios, esos derechos? ¿Podemos hablar de igualdad, de equidad, de calidad educativa? Nada sirve un docente lleno de conocimientos si no los sabe transmitir. Saber enseñar para obtener una calidad educativa se da solo cuando aparte de poseer saberes los sabemos enseñar, utilizamos todas las herramientas y recursos que tenemos a nuestro alcance para hacer de ese conocimiento, un aprendizaje significativo, valedero y de calidad para nuestros alumnos. Para poder transmitirlo debemos adecuarlo también a su realidad y contexto, la de los alumnos.
Una educación de calidad es aquella que logra una construcción de saberes socialmente adecuados a los estudiantes, transmitir como adultos esos conocimientos a las nuevas generaciones para hacerlas sujetos portadores de saberes construidos por ellos mismos. La distribución de saberes y procesos para llegar a la igualdad social, logrando que todos los estudiantes tengan las mismas posibilidades de aprender. Calidad educativa es cuando se valora positivamente los resultados y se establecen políticas educativas que acompañen el proceso de enseñanza aprendizaje. Basados en una planificación centrada en los estudiantes y en sus consumos, entendiendo que tenemos al servicio de la educación las herramientas tecnológicas que en la sociedad de hoy hacen a la calidad educativa.
Nuevos territorios digitales SIGLO XXI A medida que avanza la tecnologĂa, los nuevos territorios van cambiando. En ellos se tienen que formar nuevos espacios para que los estudiantes puedan pensar y hacer. La educaciĂłn debe responder a la demanda social y cultural. Gestionar cambios estructurales en el Sistema Educativo.
Esos cambios son los formadores de nuevos modelos en donde la escuela debe conectar con la realidad, tanto fĂsica como digital. Debe redefinirse, sino corre el riesgo de ser reemplazada por otros sistemas dentro de los nuevos territorios digitales.
El docente no solo debe saber sobre el uso de las TIC, sino que también debe saber el “valor” de su uso. Debe integrar lo pedagógico con los medios didácticos. Transitar procesos de investigación de su propia práctica adaptándolos a los nuevos contextos, ambientes, territorios. Estamos transitando un modelo nuevo tecno-pedagógico, con un nuevo rol docente, acorde a las demandas sociales y culturales. Los educadores entonces deben emprender el camino, implementar competencias digitales y adecuarse a los nuevos escenarios.
Visualizar futuras estrategias que trasciendan en el tiempo y el espacio.
En esta nueva era digital, impactan distintos aspectos sociales y por ende en la educación. Se da un cambio radical. La Web 3.0 brinda nuevos espacios, en una creación conjunta y de interacción entre los estudiantes, mediante redes, blogs, wikis etc., brinda nuevos espacios, en una creación conjunta y de interacción entre los estudiantes, mediante redes, blogs, wikis etc. El usuario deja de ser un lector para convertirse en un creador, constructor, junto con internet, motor de base, de los contenidos. Se van desarrollando nuevos modelos participativos centrados en el usuario. Solo si se garantiza el acceso democrático para todas las personas. Prepararlos para la búsqueda, que compartan, actúen en territorios interactivos. Prepararlos para este mundo, el mundo de la web que requerirá procesos innovadores en el currículum dentro del Sistema Educativo. Las nuevas tecnologías, influyen en la comunicación entre profesor-alumno, alumno-alumno, etc. Deben darse dentro de procesos planificados, superar supuestos físicos tradicionales, propiciar acciones que puedan enriquecer el proceso de enseñanza aprendizaje, acciones comunicativas que aumenten y amplíen la base de conocimientos, actitudes, aptitudes. Obligan a que se conforme un nuevo tipo de alumno- profesor capaces de asumir nuevos roles, trabajar en conjunto con las redes, con la tecnología. Las nuevas tecnologías aportarán a lo tradicional nuevos recursos tecnológicos, expandirán el horizonte hacia nuevas formas de trasmitir el conocimiento y apropiarse de él. Ayudaran a anticiparse a los cambios para estar a la altura del aula global.