Guía de buenas prácticas

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ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS

El Proyecto INLADIS se enmarca dentro del Programa EUROEMPLEO y está financiado por el FSE y el SAE

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La Guía de Buenas Prácticas, Estrategias Globales para la Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad, se publica bajo licencia Creative Commons España 3.0 de reconocimiento – no comercial – compartir bajo la misma licencia. Se permite su copia, distribución y comunicación pública, siempre que se mantenga el reconocimiento de la obra y no se haga uso comercial de ella. Si se transforma o genera una obra derivada, sólo se puede distribuir con licencia idéntica a ésta. Alguna de estas condiciones puede no aplicarse, si se obtiene el permiso del titular de los derechos de autor.

Edita Federación Almeriense de Asociaciones de Personas con Discapacidad Ctra. Granada 190, Residencial La Cartagenera, Local-D2 04008 – Almería – España Tel.: +34 950 273 911 Email: faam@faam.es www.faam.es © de la edición: FAAM © del texto: Los autores Coordinan: Valentín Sola Caparrós Isabel Valdés Tapia Autores: Isabel Morales Pérez Gema Segura Román María del Mar Soriano Miras Alejandro Díaz Flores. Mercedes Rueda Ruíz. Mercedes Romacho Quero. Abraham Ruíz González Manolo Martínez Martínez Rocío Guillén Hurtado Judith Vidacal Guzmán Maquetación y Portada: Juan Antonio Toves Martínez ISBN: Depósito Legal: Publicación Electrónica


Esta publicación es el resultado del congreso organizado en el marco del proyecto “Estrategias Globales para la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad-INLADIS” que se ha desarrollo desde el 1 de octubre de 2010 al 30 de septiembre de 2012, enmarcado dentro del Programa Operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 para la Estrategia Europea por el Empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo que está cofinanciado por el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía y por el Fondo Social Europeo.

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Los contenidos de esta obra son responsabilidad exclusiva de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión oficial de la Comisión Europea.


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índice


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AUTORES AGRADECIMIENTOS RESUMEN

Parte 1 Introducción: La Discapacidad, Marco Jurídico y Políticas de Inserción Laboral 1. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL Y TRATAMIENTO JURÍDICO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1.1. Terminología: la importancia del lenguaje. 1.2. Concepto legal de Persona con Discapacidad. 2. MARCO JURÍDICO DE LA INSERCIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2.1. Marco normativo y político de las políticas de empleo para las personas con discapacidad en la Unión Europea y en España 3. EL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO (SAE): POLÍTICAS ACTIVAS 3.1. Presentación del Servicio Andaluz de Empleo. 3.2. Políticas Activas de Empleo 3.2.1. Programas de Formación • Formación Profesional para el empleo • Formación Continua • Consorcio Escuela de Formación para el empleo 3.2.2. Programas de Orientación y Formación • Programa de Andalucía Orienta • Programa de Acompañamiento • Experiencias Profesionales para el empleo • Acciones Experimentales 3.2.3. Programas de Fomento de Empleo • Fomento de Empleabilidad y calidad de empleo • Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de empleo y Unidades de Promoción y desarrollo como instrumento de empleo en Andalucía • Centros Especiales de Empleo • Proyectos de Interés general y social 3.3. Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía 2007-2013. 3.4. Premio Andaluz a las Buenas Prácticas 1


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Parte 2 Buenas Prácticas para la fomentar la Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad 4. INTRODUCCIÓN 5. BUENAS PRÁCTICAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 5.1. Principales agentes del mercado laboral para la contratación de personas con discapacidad: 5.1.1. Buenas Prácticas en Empresas Privadas. • Grupo ACCOR • Delta Holding • Dow 5.1.2. Buenas Prácticas en Administraciones Públicas. • Cuidad Autónoma de Melilla 5.1.3. Buenas Prácticas en Centros Especiales de Empleo. • LANTEGI BATUAK: PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO LANERAKO. 5.1.4. Buenas Prácticas en Entidades, fundaciones… • FUNDACIÓN AIXEC: “Semana Europea en Valencia de inserción laboral de personas con discapacidad”. 5.2. La Contratación de personas con discapacidad: Incentivos 5.2.1. Contrato Indefinido para personas con discapacidad 5.2.2. Contrato indefinido para personas procedente de enclaves laborales 5.2.3. Contrato temporal de fomento de empleo para personas con discapacidad 5.2.4. Contrato para la formación y el aprendizaje de personas con discapacidad 5.2.5. Contrato en prácticas para personas con discapacidad 5.2.6. Transformación de contratos en prácticas y temporales para el fomento del empleo de personas con discapacidad en indefinidos con bonificación 5.2.7. Contratación de personas con discapacidad en España durante el año 2.011. 5.3. El empleo en las Comunidades Autónomas socias del Proyecto Euroempleo Comunidad Autónoma de Andalucía Empleo Ordinario • Cuota de Reserva • Medidas Alternativas • Incentivos a la contratación de personas con discapacidad Empleo Protegido • Reserva Empleo Público • Cupo de Reserva Empleo Autónomo • Subvenciones e Incentivos. Comunidad Autónoma de Madrid Empleo Ordinario • Cuota de Reserva • Medidas Alternativas • Incentivos a la contratación de personas con discapacidad 2


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Empleo Protegido • Reserva Empleo Público • Cupo de Reserva Empleo Autónomo • Subvenciones e Incentivos. Principado de Asturias Empleo Ordinario • Cuota de Reserva • Medidas Alternativas • Incentivos a la contratación de personas con discapacidad Empleo Protegido • Reserva Empleo Público • Cupo de Reserva Empleo Autónomo • Subvenciones e Incentivos. Comunidad Foral de Navarra Empleo Ordinario • Cuota de Reserva • Medidas Alternativas • Incentivos a la contratación de personas con discapacidad Empleo Protegido • Reserva Empleo Público • Cupo de Reserva Empleo Autónomo • Subvenciones e Incentivos. Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha Empleo Ordinario • Cuota de Reserva • Medidas Alternativas • Incentivos a la contratación de personas con discapacidad Empleo Protegido • Reserva Empleo Público • Cupo de Reserva Empleo Autónomo • Subvenciones e Incentivos. 5.4. El empleo en Europa 5.4.1. Alemania 5.4.2. Francia 5.4.3. Italia 5.5. Los Centros Especiales de Empleo 5.5.1. Marco Normativo de los Centros Especiales de Empleo 5.5.2. Impacto de los Centros Especiales de Empleo de personas con discapacidad 3


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5.5.3. Normativa sobre traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas sobre Centros Especiales de Empleo. 5.5.4. Ayudas y subvenciones a Centros Especiales de Empleo: • A nivel estatal • Comunidad Autónoma de Andalucía • Comunidad Autónoma de Madrid • Principado de Asturias • Comunidad Foral de Navarra • Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha 5.5.5. Ejemplo de Centros Especiales de Empleo en las Comunidades Autónomas donde se localizan las entidades socias del proyecto Inladis Euroempleo Parte 3 Buenas Prácticas para favorecer la Formación de las Personas con Discapacidad 6. LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD 6.1. Regulación 6.2. Definición 6.3. Finalidades 6.4. Estructura y contenido 6.5. Vías de obtención 6.6. Procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias 6.7. Modalidades de Impartición 6.8. Registro de los certificados de profesionalidad Parte 4 Buenas Prácticas en La Financiación de Proyectos Sociales 7. Obra Social CAM MEDITERRÁNEO 8. Obra Social La Caixa: PROGRAMA INCORPORA 9. Plan Integra BBVA: PREMIO INTEGRA BBVA 10. Obra Social Cajasol Parte 5 Buenas Prácticas de La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica 11. COCEMFE MADRID Unidad Móvil Incorpora Inder Universidad Técnica de Cocemfe 12. COCEMFE ASTURIAS Proyecto Italiano Tierra Madre Jornadas de Empleo, Discapacidad y responsabilidad social corporativa. 13. COCEMFE CASTILLA LA MANCHA Programa de habilidades sociales para la autonomía personal y convivencia comunitaria en viviendas compartidas 4


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Parte 6 Conclusiones y Relación de fuentes documentales consultadas

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autores

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agradecimientos

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El objetivo central de esta investigación ha consistido en evaluar que buenas prácticas se vienen desarrollando para facilitar la inserción laboral de las personas con discapacidad en el actual mercado de trabajo. Queremos agradecer la colaboración del Servicio Andaluz de Empleo que nos ha permitido el desarrollo de esta investigación a través de la convocatoria del Proyecto Euroempleo Inladis, cofinanciado por el Fondo Social Europeo así como la participación de aquellas entidades que durante años han apoyado proyectos de integración laboral. En este sentido destacamos a las entidades socias del estudio que a continuación abordamos:

COCEMFE ANDALUCÍA COCEMFE ASTURIAS COCEMFE NAVARRA COCEMFE MADRID COCEMFE CASTILLA LA MANCHA

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resumen

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A pesar del camino recorrido, la integración laboral de las personas con discapacidad y su participación efectiva en el mercado de trabajo continúa mostrando problemáticas específicas y disfuncionalidades. Actualmente se trabaja en el estudio y búsqueda de soluciones para este colectivo, con el objetivo ineludible de que ninguna persona, independientemente de sus circunstancias personales, quede excluida de un activo tan vital como es el trabajo. Por este motivo, La Federación Almeriense de Asociaciones de Personas con Discapacidad -FAAMnacida en 1987, coordina el trabajo distintas asociaciones y trabaja para conseguir la inclusión y normalización de las personas con discapacidad física y /orgánica en todos los ámbitos de la sociedad. FAAM representa al Movimiento Asociativo de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, a la vez que desarrolla una serie de servicios y actividades orientadas a sus organizaciones miembro con la intención de mejorar la calidad de vida, la plena inclusión en la sociedad, la protección y la defensa de los derechos de las Personas con Discapacidad Física y Orgánica en todos los ámbitos de la vida. El empleo, es un eje básico de la actividad de FAAM, de ahí que una de las iniciativas puestas en marcha ha sido el PROYECTO EUROEMPLEO “INLADIS”, cuyo objetivo primordial es mejorar la empleabilidad de las personas con discapacidad desarrollando actividades dirigidas a la promoción de acciones de cooperación interregional en material de empleo, así como el desarrollo de intercambios de información que ha permitido acercar experiencias de otras Comunidades Autónomas y absorber buenas prácticas que se vienen desarrollando.

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parte 1 Introducción: “La Discapacidad, Marco Jurídico y Políticas de Inserción Laboral”

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1. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL Y TRATAMIENTO JURÍDICO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1.1. Terminología: la importancia del lenguaje Existe una realidad consistente en que determinadas personas sufren disminuciones en sus capacidades físicas, psíquicas y sensoriales que repercuten en sus oportunidades de desarrollar una vida ajustada a los estándares reconocidos. Dicha realidad ha recibido diversidad de denominaciones que han ido respondiendo a un conjunto de circunstancias propias de cada etapa o coyuntura; éstas, tras un cierto tiempo, son sustituidas y mejoradas por nuevas palabras que pretenden superar la carga negativa que las anteriores encerraban. Partamos del hecho de que la expresión políticamente más correcta y de general aceptación, en este momento, es la de “personas con discapacidad”, que se ha visto precedida durante los últimos años por otros significados de alcance y cargas ahora discutidos. 1.2. Concepto legal La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad dispone: Son personas con discapacidad aquellas que presenten deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. A los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. 2. MARCO JURÍDICO DE LA INSERCIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2.1. Marco normativo y político de las políticas de empleo para la personas con discapacidad en la Unión Europea y en España. En los años 80, las Instituciones Europeas intensificaron su atención en los temas relacionados con la discapacidad. Una de las iniciativas de mayor relevancia en materia de empleo fue la Iniciativa HORIZON, aprobada por la Comisión el día 18 de diciembre de 1990, dirigida a mejorar las condiciones de acceso al empleo de las personas con discapacidad y de otros grupos desfavorecidos. Los temas relacionados con la integración de las personas con discapacidad aparecen cada año perfectamente ensamblados en las directrices del Consejo sobre el Empleo desde que en noviembre de 1997 el Consejo Europeo puso en marcha lo que luego se denominó Estrategia Europea de Empleo (EEE). La inclusión en el Tratado de Amsterdam de un artículo general de lucha contra la desigualdad, que cubre entre otros aspectos la discapacidad, supuso un paso adelante decisivo a favor de la igualdad de derechos de las personas con discapacidad a escala comunitaria. De conformidad con el artículo 13 del Tratado, la Comisión Europea adoptó el 26 de noviembre de 1999 un paquete integrado de medidas contra la desigualdad. Desde la perspectiva de la discapacidad, el elemento más relevante consistió en una propuesta de directiva en el ámbito del empleo y la ocupación, por la que se prohibía el trato no-igualitario por cualesquiera de los motivos que figuran en el artículo 13, y un programa de acción que incluía una amplia gama de medidas complementarias en este sentido. 13


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En el año 2003, con motivo del Año Europeo de las Personas con Discapacidad, la Unión Europea comienza una estrategia de largo plazo sobre discapacidad, que en su fase inicial (2004-2005) se centró en el acceso de las personas con discapacidad al mercado de trabajo y en medidas encaminadas a facilitar su inserción laboral. A ello se ha sumado la adopción de medidas para permitir que las personas afectadas puedan acceder al empleo, tomar parte en el mismo, progresar profesionalmente, o recibir formación, resultado de la aplicación de la Directiva sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación, y la Resolución del Consejo, de 15 de julio de 2003 sobre el fomento del empleo y de la inclusión social de las personas con discapacidad; elementos cruciales en la promoción del empleo del colectivo. A nivel nacional, nos encontramos como punto de partida la Constitución Española de 1.978 y, en su desarrollo, la Ley 13/ 1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos (en adelante LISMI). Tras la aprobación de la LISMI, el tratamiento jurídico de las personas con discapacidad ha estado marcado por dos años: 2003, en el que se aprueba una legislación antidiscriminatoria específica en materia de discapacidad, y en 2006, año en el que se impulsaron servicios sociales destinados a las personas en situación de dependencia. De esta manera, en 2003 se aprobó la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y en el año 2006 se aprobó la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia. Además, el día 3 de mayo de 2008 entró en vigor la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. 3. EL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO: POLÍTICAS ACTIVAS 3.1 Presentación Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de Creación del Servicio Andaluz de Empleo El Servicio Andaluz de Empleo se crea como órgano gestor de la política de empleo de la Junta de Andalucía. En su organización y funcionamiento, así como en el ejercicio de sus competencias, la actuación del Servicio Andaluz de Empleo se ajustará a los siguientes principios: a. Igualdad de oportunidades, garantizando la no discriminación por razón de sexo, raza, edad, estado civil, lengua, religión, origen, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. b. Participación de los agentes sociales y económicos. c. Transparencia del mercado de trabajo. d. Integración, complementariedad y coordinación en la gestión de la política de empleo. e. Solidaridad territorial. f. Gratuidad, universalidad y personalización. g. Racionalización, simplificación, eficacia y eficiencia de su organización y funcionamiento. h. Calidad del servicio para trabajadores y empresas. i. Fomento de la innovación en políticas activas de empleo. j. Colaboración y coordinación con el resto de organismos y Administraciones Públicas.

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El Servicio Andaluz de Empleo, como servicio público de empleo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tiene como objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y cualificación profesional y, en particular, el fomento del empleo, la formación para el empleo, la orientación e información, la prospección, el registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo. 3.2. Políticas Activas del Servicio Andaluz de empleo Podemos resumir las políticas activas del Servicio Andaluz de Empleo desde tres perspectivas: 1. Programas de Formación 2. Programas de Orientación e Inserción Laboral 3. Programas de Fomento de Empleo 3.2.1. Programas de Formación

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3.2.2. Programas de Orientación e Inserción Laboral Programa Andalucía Orienta Programa de Acompañamiento Programa de Experiencias Profesionales por el Empleo Acciones Experimentales

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3.2.3. Programas de Fomento de Empleo

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3.3. Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía 2007-2013. Su finalidad es regular actuaciones dirigidas a corregir la desigualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y posibilitar su integración laboral. En cuanto a la estructura del Plan destacamos el siguiente esquema:

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3.4. Premio Andaluz a las Buenas Prácticas DECRETO 259/2005, de 29 de noviembre, por el que se crea el Premio Andaluz a las Buenas Prácticas en la Atención a las Personas con Discapacidad. Decreto 276/2011, de 29 de agosto, por el que se modifica el Decreto 259/2005, de 29 de noviembre, por el que se crea el Premio Andaluz a las Buenas Prácticas en la Atención a las Personas con Discapacidad. La Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, regula actuaciones dirigidas a la atención y promoción del bienestar de las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial, con el fin de hacer efectiva la igualdad de oportunidades y posibilitar su rehabilitación e integración social, así como la prevención de las causas que generan deficiencias y discapacidades. Se establecen las siguientes modalidades de Premio: • Atención al alumnado universitario, destinada a reconocer los recursos puestos a disposición del alumnado con discapacidad por las Universidades andaluzas en aras a favorecer su acceso a los estudios universitarios. • Medios de comunicación, destinada a premiar la labor comunicativa profesional de los medios, ya sean estos de carácter audiovisual, impreso o digital, que haya favorecido y contribuido a transmitir una imagen normalizada de las personas con discapacidad mejorando su visibilización y la percepción de las mismas por parte de la opinión pública. Asimismo, se valorará la labor desarrollada por los medios en favor de una ruptura de los estereotipos de género y la promoción de una imagen positiva de las mujeres con discapacidad. • Apoyo social, destinada a reconocer a la persona o entidad que desarrolle una actividad que contribuya a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad. • Promoción de la accesibilidad universal y el diseño inclusivo”, destinada a reconocer a personas físicas, entidades o instituciones, públicas o privadas, que más se hayan destacado favoreciendo la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas, en el transporte o en la comunicación. • Inserción laboral, destinada a reconocer a la persona o institución, empresa pública o privada, que haya impulsado la calidad en el empleo en el ámbito de las personas con discapacidad. • Igualdad de oportunidades, destinada a las entidades que hayan incorporado el enfoque integrado de género en su atención a las personas con discapacidad. • Investigación, destinada a reconocer a la persona o institución cuya línea de investigación tenga como consecuencia la prevención de enfermedades, deficiencias, o el mejor tratamiento de las mismas, así como la mejora en los productos de apoyo en atención a las personas con discapacidad. • Promoción de la autonomía personal, destinada a reconocer a la persona o institución que haya destacado en el desarrollo de actuaciones dirigidas al mantenimiento de la capacidad personal de controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria a las personas con discapacidad. El reconocimiento a las buenas prácticas en materia de accesibilidad universal, de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, de inserción laboral, de apoyo social, así como, en general, de atención integral a las personas con discapacidad, contribuyen a que se puedan producir avances en las políticas generales dirigidas a este sector de la población.

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parte 2 Buenas Prácticas para fomentar la Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad

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4. INTRODUCCIÓN Son muchas las entidades, administraciones públicas, agentes sociales y empresas que desarrollan iniciativas y proyectos encaminados a mejorar la empleabilidad de las personas vulnerables. Cuando se habla de inclusión-exclusión, la situación laboral de la persona es una cuestión central, pues nuestro modelo de sociedad está basado en el empleo, no sólo como fuente básica de ingresos, sino también como un mecanismo integrador y de realización personal. De ahí que la carencia o precariedad en el empleo tenga efectos en las personas más allá de una cuestión puramente económica. Esta función integradora del empleo viene determinada porque: • Es la vía de acceso a un nivel de vida digno y estable. • Es la vía de reconocimiento e identidad social, ya que la persona se reconoce a sí misma y es reconocida por los demás en relación con el trabajo que desempeña. • Es el origen de una red de relaciones sociales y personales que condicionan su participación social. Además de ser un factor de integración, el empleo es un derecho universal de todas las personas; el ejercicio de este derecho, da a las personas la oportunidad de formar parte de la sociedad en la que viven y participar en los procesos económicos, sociales, políticos, y culturales, contribuyendo, con su trabajo, al desarrollo de toda la sociedad. Por eso, en la medida en que una persona en situación de dificultad social logre acceder al mercado de trabajo, se estará contribuyendo no solo a la universalidad de este derecho, a mejorar su autonomía personal, sus condiciones de vida y su integración social, sino también a la igualdad de oportunidades, al desarrollo de la sociedad y al ejercicio pleno de la ciudadanía. La presente guía de buenas prácticas ha sido realizada desde el concepto de “buenas prácticas” entendidas como experiencias, acciones, iniciativas o proyectos positivos, que pueden servir de base a empresas y entidades para aprender o adaptar sus actuaciones, así como en el sentido de determinar las formas más óptimas de realizar un proceso, que pueden servir de modelo para lo que ya se viene realizando o para iniciar nuevas acciones por el empleo. 5. BUENAS PRÁCTICAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 5.1. Principales agentes del mercado laboral para la contratación de personas con discapacidad: Los principales agentes del mercado laboral que intervienen en la contratación de personas con discapacidad son:

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Son muchas las Administraciones Públicas, empresas, entidades y agentes sociales los que desarrollan iniciativas y proyectos encaminados a mejorar la empleabilidad de las personas vulnerables. A continuación vamos a ver algunos ejemplos: LA EMPRESA PRIVADA La empresa privada representa un gran potencial de contratación de personas con discapacidad. En España, La Ley 13/1982 de 7 de Abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) regula en su artículo 38.1 la cuota de reserva del 2 por 100 de puestos de los trabajo para personas con discapacidad en aquellas empresas con más de 50 trabajadores. BUENAS PRÁCTICAS DESDE LA PERSPECTIVA EMPRESARIAL Grupo Accor El Grupo Accor, uno de los principales operadores hoteleros del mundo, tiene su sede en Francia. Los hoteles Accor están diseñados para satisfacer las necesidades de sus huéspedes con discapacidad. Son accesibles a usuarios en sillas de ruedas, cuentan con habitaciones y baños accesibles, así como con puertas anchas, ascensores con entrada amplia y dispositivos de emergencia, como almohadas vibradoras para despertar a los clientes con deficiencias auditivas en caso de alarma; también tienen collares de inducción para las personas con discapacidad auditiva que asistan a eventos en sus instalaciones. CONTRATACIÓN Y RETENCIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Desde 1992, Accor se ha dedicado a contratar e integrar a personas con discapacidad en su fuerza de trabajo. Para incrementar la contratación de personas con discapacidad, Accor llevó a cabo varios programas de contratación y formación en sus oficinas locales y regionales. En Accor Francia, los gerentes regionales de empleo y el Equipo del Proyecto de Integración de las Personas con Discapacidad lanzaron un proyecto llamado Handicapte. El equipo organiza una jornada informativa para que los estudiantes con discapacidad se reúnan con profesionales del sector hotelero a fin de conocer más sobre el mismo. El proyecto brinda un curso intercalado y pasantías en hoteles o restaurantes; al final, se les ofrece un empleo permanente en la empresa a los jóvenes seleccionados. Otra iniciativa se basa en un acuerdo de colaboración de Accor con JobinLive, una empresa francesa especializada en la creación de currículum vitae en formato de video y de forma gratuita para personas con discapacidad. Los postulantes graban un currículum en video de tres minutos, donde se presentan y describen sus competencias y experiencia. En lo que a programas de formación se refiere, Accor incorpora a unos veinte pasantes cada seis meses. En 2010, un total de 203 personas con discapacidad recibieron formación en Accor en distintos departamentos: lavandería, cocina occidental, espacio público, cocina, 24


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portería, sala de uniformes, confitería y personal de cantina. Para apoyar y retener mejor a sus empleados con discapacidad, Accor lanzó varias iniciativas de sensibilización en materia de discapacidad. Por ejemplo, ofrece varios programas de formación para sus gerentes y empleados a fin de mitigar los obstáculos de comunicación entre empleados con diferentes capacidades. A partir de la experiencia de la empresa en la contratación de personas con discapacidad, Accor publicó un folleto titulado “Hacia la empresa integradora” que contiene información y consejos sobre la contratación de empleados con discapacidad. En Francia, se elaboró y distribuyó el folleto “Discapacidad en mi empresa” entre los encargados de la contratación, a fin de responder a las preguntas que surjan durante la selección y contratación. Asimismo, Accor participa en diversas iniciativas comunitarias que promueven los medios de vida de los grupos de personas con discapacidad, tanto a nivel local como regional. Delta Holding Delta Holding, con sede en Belgrado, Serbia, realiza operaciones comerciales relacionadas con la agricultura, el procesamiento de alimentos, la venta al por menor, la distribución mayorista, la distribución de automóviles, los negocios inmobiliarios, y la intermediación y los servicios financieros. CONTRATACIÓN Y RETENCIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Los programas de contratación de personas con discapacidad son llevados a cabo por la Fundación Humanitaria Delta, creada en 2007 para contribuir con el desarrollo social de Serbia a través del trabajo humanitario en áreas como la asistencia social, la educación, la cultura y la salud. Las actividades de la fundación se dirigen entre otros colectivos, a adultos con discapacidad. En 2008, la fundación colaboró con el Centro Creativo y Educativo para Personas con Discapacidad Mental –organización no gubernamental que ayuda a crear oportunidades de trabajo y colocación en empleos para personas con discapacidad intelectual– en la puesta en marcha del Proyecto de Integración en el Trabajo. El proyecto tiene por objeto promover la integración social de personas con discapacidad intelectual mediante su inclusión en el mercado de trabajo. Este proyecto consiste en que antes de ocupar un puesto, durante un par de meses los participantes asisten a talleres de formación organizados. La capacitación laboral incluye sesiones en el aula sobre comunicación efectiva con los compañeros de trabajo y los clientes, así como capacitación práctica en el lugar de trabajo y en tiendas. Tras la formación, trabajan como asistentes de exposiciones, tiendas o ventas en Delta Sport o alguna de las dos filiales Delta M. Durante el período de adaptación, que varía según cada persona, se asigna un supervisor a cada participante, quien se encargará de apoyarlo y observar su progreso. Para integrar mejor a las personas con discapacidad, Delta Holding firmó un Contrato sobre Cooperación Técnico-Empresarial con el Foro de Jóvenes con Discapacidad, una ONG que trabaja en la integración de niños y adultos jóvenes con discapacidad física o intelectual en Serbia. El contrato es un acuerdo entre empresas privadas y la ONG para educar a los empleados en temas relacionados con la discapacidad, crear un ambiente de trabajo favorable a ésta, y eliminar en Serbia prejuicios sobre las personas con discapacidad. 25


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En 2010, apoyó el primer Festival de Cine Internacional de Belgrado para Personas con Discapacidad mediante el patrocinio de los gastos del programa principal del festival y sus talleres de arte. También patrocinó el cuarto Festival Internacional de Películas Adaptadas y Sincronizadas para personas con discapacidad visual. Dow Con sede en Midland, Michigan, Estados Unidos, su cartera diversificada de empresas químicas, de materiales de avanzada, de nutrición vegetal y plástico ofrecen una amplia gama de productos y servicios de base tecnológica. CONTRATACIÓN Y RETENCIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Mediante un programa de dieciséis horas de Formación sobre diversidad e integración se prepara a los cargos de liderazgo recientemente contratados para que cultiven un ambiente favorable e integrador para los empleados con discapacidad. La formación ofrece a los líderes de la empresa herramientas y habilidades para apoyar y estimular el crecimiento profesional de estos empleados, e influir positivamente en sus tasas de retención. La Red de Empleados con Discapacidad de Dow se compone de empleados con discapacidad, empleados que tienen hijos con discapacidad y otras personas que apoyan la visión de la Red de Empleados con Discapacidad, y trabaja para mejorar la percepción sobre las personas con discapacidad y sensibilizar acerca de sus contribuciones dentro y fuera del trabajo. Asimismo, promueve el éxito profesional y personal de las personas con discapacidad a través de una serie de actividades de formación, dirigidas a ellos y al personal de dirección que tiene empleados con discapacidad a su cargo. Dow lanzó un programa de pasantías para integrar a estudiantes calificados que tienen alguna discapacidad, lo cual supuso formar a los encargados de la contratación acerca de cómo contratarlos. Desde el inicio del programa en 2005, la empresa ha triplicado el número de pasantes con discapacidad y ha ampliado las oportunidades a toda la empresa, incluso otorgando contratos de tiempo completo a postulantes con discapacidad. Un buen ejemplo de la participación de la empresa en la comunidad es la colaboración de Dow India con la organización caritativa Bhagwan Mahavir Viklang Sahayata Samiti (BMVSS) de Jaipur, India. BMVSS ayuda a las personas con discapacidades físicas proporcionándoles de manera gratuita prótesis de miembros y servicios de rehabilitación. Dow desarrolla políticas que promueven el empleo de personas con discapacidad a través de sus políticas de contratación explícitamente no discriminatorias, el fomento de un entorno de trabajo integrador, el establecimiento de una red de creación de conciencia acerca de las contribuciones de las personas con discapacidad al lugar de trabajo, y el programa de pasantías para estudiantes con discapacidad.

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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA También juega un papel importante a la hora de determinar el volumen de contratación de personas con discapacidad el sector de las Administraciones Públicas. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, señala en su artículo 59: En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos % de los efectivos totales en cada Administración Pública. La reserva del mínimo del 7 % se realizará de manera que, al menos, el dos % de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. Cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad. BUENAS PRÁCTICAS DESDE LA PERSPECTIVA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Ciudad Autónoma de Melilla La Ciudad Autónoma de Melilla ofertó una plaza de funcionario de carrera reservada para personas con discapacidad intelectual. La plaza que se ha reservado para las personas con discapacidad intelectual es de funcionario de carrera en el puesto de subalterno, que corresponde al Grupo E. La Ciudad Autónoma de Melilla se puso en contacto con el Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI) para consensuar las bases de la convocatoria y ofrecerle la posibilidad de participar en las oposiciones como miembro asesor del tribunal, dada su experiencia con este colectivo social. El objetivo de la Ciudad Autónoma es dar una oportunidad laboral a las personas que tienen más de un 33 por ciento de discapacidad intelectual, que tienen “grandes dificultades” para acceder al mercado laboral.

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LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO Los Centros Especiales de Empleo son aquellos cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad. La plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por el mayor número de trabajadores con discapacidad que permita la naturaleza del proceso productivo y, en todo caso, por el 70 % de aquélla. BUENAS PRÁCTICAS DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO Centro Especial de Empleo Lantegi Batuak: Programa de empleo con apoyo Lanerako LANTEGI BATUAK es una organización no lucrativa que genera oportunidades laborales con el fin de lograr el máximo desarrollo de las personas con discapacidad. Lanerako es un programa puesto en marcha por Lantegi Batuak con el fin de posibilitar la contratación de personas con discapacidad. Su objetivo es favorecer la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado laboral ordinario en todos los sectores, tanto en el público como el privado. Se ofrecen recursos y apoyos, basados en la metodología de Empleo con Apoyo, que incluyen todo un proceso e itinerario de inserción de dichas personas trabajadoras en tu empresa. La contratación de personas con discapacidad aporta diferentes beneficios a la empresa contratante. El programa Lanerako te ofrece además una serie de valores diferenciales y provechosos para la organización de las empresas. Cumplimiento de la Ley Se informa y asesora sobre normativas y legislaciones en temas de contratación laboral, tanto en el sector público como en el sector privado. En Lanerako se pone a disposición de la empresa una persona Prospectora de Empleo, sin coste alguno para tu empresa, que informará y asesorará tanto en esta cuestión como de las ventajas económicas. Ventajas económicas Actualmente existen una serie de ayudas económicas y bonificaciones a la contratación de personas con discapacidad. Estas ayudas varían según el organismo que las concede y el tipo de contratación realizada (temporal-indefinida). A través de Lanerako se informa sobre qué ventajas económicas se adecuan a cada caso concreto.

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Contar con personas 100% capaces Saltar las barreras de los prejuicios sociales y descubrir las múltiples capacidades que estas personas poseen. Al incluirlas en tu equipo contarás con un personal altamente capacitado y contribuirás a su normalización e integración en la sociedad. Seguimiento sin coste durante el contrato En esto consiste la metodología de Empleo con Apoyo. Cada persona contratada contará con el apoyo de una persona Preparadora Laboral sin coste alguno para tu empresa. Esta Preparadora Laboral realiza las labores de Formación, Adecuación, Seguimiento, y Evaluación para que la persona contratada pueda realizar su función de la manera más satisfactoria posible. Para desarrollar el programa Lanerako empleamos una metodología específica que denominamos Empleo con Apoyo. Ésta incluye diferentes fases que tratan de facilitar a tu empresa la contratación de la persona más adecuada, y anticiparse o solucionar los contratiempos que la persona contratada pueda encontrar en el desarrollo de sus funciones. Estas fases actúan tanto previas a la contratación como durante la incorporación al puesto de trabajo. Fases previas al puesto de trabajo: • Inventario de puestos. Este es un paso previo al análisis del puesto de trabajo que se realiza en caso de dudas sobre qué puestos pueden ser ocupados por una persona con discapacidad dentro de tu organización. Se elabora una relación y valoración de los puestos de trabajo de tu empresa, incidiendo en cuales pueden ser susceptibles o no de ser ocupados por una persona con discapacidad. • Análisis de puesto Cuando se identifica un puesto de trabajo, se realiza un estudio detallado del mismo con el objeto de recabar toda la información que podamos necesitar para llevar a cabo la selección de la persona que pueda ocupar la vacante. Es una herramienta muy valiosa que ayuda en el proceso de selección y de orientación para la futura formación. • Proceso de selección Una vez recogida ésta información, el Área de Desarrollo Sociolaboral inicia el proceso para la elección de la persona con discapacidad con posibilidades de ocupar dicho puesto. Para ello utilizamos la herramienta del Método de Perfiles de Lantegi Batuak. Este método nos permite contrastar el perfil del puesto a ocupar y el de la persona con discapacidad. Finalmente se presenta y propone al trabajador/a la posibilidad de ocupar el puesto propuesto en tu empresa.

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Fases una vez que la persona con discapacidad está trabajando: • Formación y adecuación laboral Formación técnica in situ en el puesto de trabajo. Se forma a la persona con discapacidad en una serie de conocimientos y actitudes sociolaborales necesarios para desempeñar su puesto. Se trata de una formación intensiva que se realiza durante los primeros días de trabajo. Adecuación laboral. Con el objetivo de adaptar a la persona con discapacidad al puesto y al contexto de trabajo, se lleva a cabo esta labor con la finalidad de alcanzar la integración total del trabajador/a en su entorno laboral. • Seguimiento El proceso de inserción de la persona con discapacidad no termina cuando ésta ya tiene un contrato de trabajo. En Lanerako mantenemos una relación permanente con la persona contratada y la empresa, con una periodicidad en función de las necesidades. Así se comprueba que la inserción de la persona en tu empresa se desarrolla de forma adecuada. • Evaluación Con esta última fase de la metodología queremos obtener una valoración sobre todo el proceso. Se trata de conocer principalmente la opinión de la persona con discapacidad (puesto de trabajo, apoyos, grado de satisfacción…), y evaluar su desarrollo. Del mismo modo nos es imprescindible conocer la estimación realizada tanto desde tu organización como desde el entorno más cercano de la persona.

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ENTIDADES, FUNDACIONES... Existen numerosas entidades que promueven proyectos de integración laboral de personas con discapacidad, veamos algún ejemplo: BUENAS PRÁCTICAS DESDE LA PERSPECTIVA DE ENTIDADES QUE PROMUEVEN LA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Fundación Aixec “Semana Europea en Valencia de Inserción laboral de Personas con Discapacidad” La Fundación Aixec desarrolló en 2011 el Proyecto Europeo “Empresas de Inserción Laboral de Personas con Discapacidad. Se recibe en Valencia a 26 técnicos de siete países europeos especialistas en la inserción laboral de personas con discapacidad. El proyecto tiene como objetivo la visita y el análisis de ejemplos en Europa de buenas prácticas en materia de inserción laboral de personas con discapacidad, a través del autoempleo, de empresas sociales y/o empleo protegido o en empresas ordinarias. Los países participantes son, como Líder del Proyecto, Reino Unido y como países socios están España (Comunidad Valenciana) Suecia, Alemania, Eslovaquia, Italia, Turquía y Francia. El proyecto significa, durante 18 meses, la visita de técnicos y/o profesionales vinculados con la discapacidad a las regiones asociadas de los países europeos participantes para el estudio y análisis de experiencias en materia de inserción laboral de personas con discapacidad, incluida la formación para el empleo. Cada visita se desarrolla en una semana de trabajo en la región de acogida; incluye la visita de casos de inserción laboral y la selección de un ejemplo de buenas prácticas que será analizado posteriormente. Además, se integra en esta semana la visita a recursos de atención a la discapacidad, formativos/educativos y de fomento de Vida. Cada visita también incluye la recepción de responsables técnicos o políticos que puedan ofrecer información técnica y estadística, sobre las iniciativas públicas de inserción laboral y de apoyo al empleo de las personas con discapacidad.

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5.2. La contratación de las con discapacidad: incentivos. La contratación de personas con discapacidad aporta diferentes beneficios a la empresa contratante, a continuación se muestran los incentivos existentes a nivel estatal. Contrato Indefinido para Personas con Discapacidad • Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo. • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones: Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/año Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros/año Mayores de 45 años 6.300 euros/año 6.300 euros/año • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros. • Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores con discapacidad del ejercicio inmediatamente anterior con dicho tipo de contrato.

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Contrato Indefinido para Personas procedentes de Enclaves Laborales • La empresa colaboradora que contrate a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas: Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, de 11 de mayo, modificado por el R. D. 170/2004, de 30 de enero. • Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a las siguientes ayudas: Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, de 11 de mayo, modificado por el R. D. 170/2004, de 30 de enero. • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social: Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones: Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/año Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros/año Mayores de 45 años 6.300 euros/año 6.300 euros/año • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre.

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Contrato Temporal de Fomento de Empleo para Personas con Discapacidad • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes Bonificaciones: Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 3.500 euros/año 4.100 euros/año Mayores de 45 años 4.100 euros/año 4.700 euros/año Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 4.100 euros/año 4.700 euros/año Mayores de 45 años 4.700 euros/año 5.300 euros/año

Contrato para la Formación y el Aprendizaje de Personas con Discapacidad • Las empresas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga, a una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, correspondientes a dichos contratos, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75%, en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra. • Asimismo, en los contratos para la formación celebrados o prorrogados según lo dispuesto en el párrafo anterior, se bonificará el 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas.

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Contrato en Prácticas para Personas con Discapacidad • Las empresas tendrán derecho a una reducción, durante la duración del contrato, a tiempo completo o parcial, del 50% de la cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a las contingencias comunes. • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal, siempre que su duración sea igual o superior a doce meses. • Las transformaciones en contratos indefinidos a tiempo completo, o a tiempo parcial, podrán acogerse a las bonificaciones reguladas en el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero.

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Transformación de Contratos en Prácticas y Temporales para el Fomento del Empleo de Personas con Discapacidad en Indefinidos con Bonificación • Subvención de 3.907 euros por cada contrato transformado en indefinido a tiempo completo. • Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social: Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones: Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/año Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: Hombres Mujeres Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros/año Mayores de 45 años 6.300 euros/año 6.300 euros/año Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, según redacción dada por el artículo 6. Dos del Real Decreto Ley 2/2009, de 6 de marzo (B.O.E. de 7 de marzo). • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros. • Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido.

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Contratación a Personas con Discapacidad en España, año 2011 Según el informe realizado por el Observatorio Estatal de la Discapacidad acerca de la contratación de las personas con discapacidad en España, a lo largo del año 2011, se han realizado un total de 62.084 contratos a personas con discapacidad en nuestro país, lo que supone un incremento de un 1,6%, en relación con 2010. En los últimos cuatro años, la evolución de los contratos a personas con discapacidad en nuestro país ha sido positiva, salvo en el año 2009 (con 51.577 contratos) donde se produjo un descenso de un -7,4%, respecto a los contratos firmados durante el año 2008 (55.714 contratos). El mayor crecimiento en el número de contratos a personas con discapacidad se produjo durante el año 2010, que con un 18,5% respecto al año 2009, se convierte así en el mayor incremento de nuevos contratos a este colectivo en el último cuatrienio. Evolución interanual de los contratos a personas con discapacidad en España. Años 2008–2011

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5.3. El empleo en las Comunidades Autónomas socias del proyecto de Euroempleo. La Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía EMPLEO ORDINARIO Cuota de Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Existe una cuota de reserva por la cual las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad. Medidas alternativas Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes: • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo. • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad Decreto 8/2007, de Marzo, por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido. Incentivos a las contrataciones indefinidas y a las transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos. Incentivos a la adaptación de puestos de trabajo.

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Incentivos a la contratación indefinida y a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos. Las entidades empleadoras, cualquiera que sea el número de personas trabajadoras que conforman su plantilla, cuando formalicen un contrato indefinido con una persona con discapacidad, con un grado igual o superior al 33%, podrán obtener los siguientes incentivos: • Si se trata de una nueva contratación indefinida de persona desempleada, podrá concederse un incentivo en cuantía de 4.750 euros por cada nuevo contrato. • Si se trata de la transformación de un contrato de duración determinada en indefinido, podrá concederse un incentivo en cuantía de 3.907 euros por cada contrato que se transforme. • Cuando las contrataciones a que se refieren los párrafos anteriores se realicen a tiempo parcial, el importe del incentivo se reducirá proporcionalmente, tomando como base la cuantía de 4.750 euros si se trata de una contratación indefinida con persona desempleada o de 3.907 euros si se trata de una transformación de contrato de duración determinada en indefinido. • Cuando la modalidad de contratación indefinida sea la de fijos discontinuos, igualmente el importe del incentivo se calculará en proporción al puesto de trabajo equivalente a tiempo completo y tomando como base la cuantía de 4.750 euros si se trata de una contratación indefinida con persona desempleada o de 3.907 euros si se trata de una transformación de contratos de duración determinada en indefinidos. Incentivos a la adaptación de puesto de trabajo. La ayuda tendrá una cuantía máxima de 901,52 euros por cada contratación indefinida formalizada sin que en ningún caso el importe de la ayuda pueda superar el necesario para la adaptación del puesto de trabajo. EMPLEO PROTEGIDO Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Los Centros Especiales de Empleo son aquellas entidades cuya plantilla está integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Incentivos a Centros Especiales de Empleo Decreto 58/2007, de 6 de Marzo, por el que se modifica el Decreto 149/2005, de 14 de Junio por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido. Para los Centros Especiales de Empleo, se establecen los siguientes incentivos que serán compatibles entre sí:

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Incentivos a la creación de empleo indefinido y al mantenimiento de los puestos de trabajo ya creados. Las nuevas contrataciones con carácter indefinido así como las transformaciones de contrato de duración determinada en indefinidos que se realicen en los centros especiales de empleo, y beneficien a personas trabajadoras con discapacidad, se incentivarán con una cuantía que podrá alcanzar, hasta 12.021 euros; cuando las nuevas contrataciones o transformaciones, se efectúen a tiempo parcial el incentivo se reducirá proporcionalmente a la jornada. Igualmente se incentivará el mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo sean los contratos de trabajo a tiempo completo o parcial, así como indefinidos o de duración determinada. El incentivo podrá alcanzar una cuantía equivalente, de hasta el 50% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de presentación de la solicitud. Incentivos para la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras. La cuantía del incentivo podrá alcanzar hasta un máximo del 80% del coste de la inversión para el supuesto de eliminación de barreras arquitectónicas y de 1.804 euros en el supuesto de adaptación de puestos de trabajo, sin que en ningún caso el importe de la ayuda pueda superar el necesario para la adaptación del puesto de trabajo. Incentivos para el reequilibrio financiero de centros especiales de empleo. Podrán concederse a los centros especiales de empleo ayudas destinadas a equilibrar y reestructurar financieramente los mismos con el objetivo de garantizar su viabilidad y estabilidad, con las condiciones y requisitos que establezcan las disposiciones que se dicten en desarrollo del presente Decreto. Incentivos para las unidades de apoyo a la actividad profesional. Los centros especiales de empleo que cuenten con unidades de apoyo a la actividad profesional, podrán beneficiarse de ayudas que financiarán los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de las personas trabajadoras integrantes de las mencionadas unidades de apoyo de hasta un máximo de 1.200 euros anuales por cada persona trabajadora con discapacidad. Incentivos al establecimiento de enclaves laborales. Las empresas colaboradoras que en cualquier momento contraten con carácter indefinido a personas trabajadoras del enclave laboral tendrán derecho a los siguientes incentivos: a) Ayuda de hasta 7.814 euros por cada contrato a tiempo completo, o la parte proporcional si el contrato es a tiempo parcial. b) Ayudas por adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas.

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EMPLEO PÚBLICO Cupo de Reserva Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. En la oferta de empleo público de cada año la reserva de un cupo no inferior al cinco por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, de modo que dicho colectivo llegue a alcanzar el dos por ciento de los efectivos totales de la Administración del Estado. EMPLEO AUTÓNOMO Subvenciones e Incentivos Orden de 26 de Abril de 2010, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador o trabajadora autónomo en Andalucía. La subvención para el establecimiento como trabajador o trabajadora autónomo consistirá en una cantidad a tanto alzado, que podrá alcanzar hasta un máximo de 11.000 euros en función de lo siguiente: a) 5.000 euros para personas desempleadas en general b) 6.000 euros para: • Personas jóvenes desempleadas de hasta 30 años, entendiéndose incluidos los jóvenes que en el año inmediatamente anterior de la solicitud del incentivo, hayan finalizado programas de formación o mixtos de formación y empleo de la Consejería de Empleo. • Personas desempleadas provenientes de expedientes de regulación de empleo. • Acciones desarrolladas en zona ATIPE c) 7.000 euros para mujeres desempleadas d) 8.000 euros para: • Personas desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 % • Personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, entendiendo por tales a las personas mayores de 45 años, las inmigrantes y las que se hallen en situación de desempleo por un periodo igual o superior a doce meses. e) 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de las letras c) y e) se incrementarán en un 10%

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CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS PARA FOMENTAR EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EMPLEO ORDINARIO RESERVA

MEDIDAS ALTERNATIVAS

Las empresas de 50 o • Contrato Mercantil o Civil más trabajadores están con un Centro especial de obligadas a reservar el Empleo o con un trabajador 2% de los puestos de autónomo con discapacidad, para trabajo a personas con el suministro de materias primas, discapacidad. maquinaria… • Contrato Mercantil o Civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestación de servicios ajenos • Realización de donaciones o acciones de patrocinio • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo

INCENTIVOS • Nueva contratación indefinida: incentivo en cuantía de hasta 4.750 euros por contrato. • Transformación de un contrato de duración determinada en indefinido: incentivo en cuantía de 3.907 euros por contrato. • Cuando las contrataciones a que se refieren los párrafos anteriores se realicen a tiempo parcial, el importe del incentivo se reducirá proporcionalmente. • Incentivos a la adaptación de puesto de trabajo: la ayuda tendrá una cuantía máxima de 901,52 euros por cada contratación indefinida formalizada.

EMPLEO PROTEGIDO RESERVA Plantilla integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

ENCLAVES LABORALES

INCENTIVOS

• Las empresas colaboradoras • Incentivos a la creación que en cualquier momento de empleo indefinido y contraten con carácter mantenimiento de los puestos indefinido a personas de trabajo ya creados: se trabajadoras del enclave incentivarán con una cuantía que laboral tendrán derecho: Ayuda podrá alcanzar hasta 12.021 euros de hasta 7814 euros por cada • Se incentivará el contrato a tiempo completo, o la mantenimiento de puestos de parte proporcional si el contrato trabajo ocupados por personas es a tiempo parcial. con discapacidad en los • Ayudas por adaptación centros especiales de empleo: de puestos de trabajo y El incentivo podrá alcanzar una eliminación de barreras cuantía de hasta el 50% del salario arquitectónicas. mínimo interprofesional vigente • Bonificación del 100% en en el momento de presentación las cuotas empresariales de la de la solicitud Seguridad Social. • Incentivos para la adaptación • Incentivos fiscales a las de puestos de trabajo y entidades sujetas al Impuesto eliminación de barreras: sobre sociedades. máximo del 80% del coste de • Deducción de la cuota íntegra del la inversión para el supuesto Impuesto sobre sociedades de eliminación de barreras arquitectónicas y de 1804 euros en el supuesto de adaptación del puesto de trabajo • Incentivos para las unidades de apoyo a la actividad profesional: hasta un máximo de 1.200 euros anuales por cada persona trabajadora con discapacidad. 43


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EMPLEO PÚBLICO CUPO DE RESERVA

INCENTIVOS

En las Ofertas de Empleo Público se reservará del total • En las pruebas se establecerán, de plazas que se oferten, tanto de acceso libre, como de previa solicitud, las promoción interna del personal funcionario y de promoción adaptaciones necesarias de para categorías profesionales del personal laboral, un cupo tiempo y medios para su no inferior al 5% para ser cubiertas entre personas que realización. tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior • En atención a la naturaleza de al 33%. las funciones a desarrollar, en las convocatorias se podrá establecer la exención de alguna de las pruebas o la modulación de las mismas a fin de posibilitar efectivamente el acceso al empleo público a las personas con retraso mental • Los/as aspirantes con discapacidad quedan exentos, con independencia del turno por el que concurran, del pago de la tasa por derechos de examen.

EMPLEO AUTÓNOMO SUBVENCIONES E INCENTIVOS La subvención para el establecimiento como trabajador o trabajadora autónoma consistirá en una cantidad a tanto alzado, que podrá alcanzar hasta un máximo de 11.000 euros en función de lo siguiente: • 5.000 euros para personas desempleadas en general. • 6.000 euros para personas jóvenes desempleadas de hasta 30 años, entendiéndose incluidos los jóvenes que en el año inmediatamente anterior a la solicitud del incentivo, hayan finalizado programas de formación o mixtos de formación y empleo de la Consejería de Empleo, personas desempleadas provenientes de expedientes de regulación de empleo y actividades desarrolladas en zona ATIPE. • 7.000 euros para mujeres desempleadas. • 8.000 euros para personas desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento y personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, entendiendo por tales a las personas mayores de 45 años, las inmigrantes y las que se hallen en situación de desempleo por un periodo igual o superior a doce meses. • 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento. • En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades se incrementarán en un 10 por ciento.

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ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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La Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad en la Comunidad Autónoma de Madrid EMPLEO ORDINARIO Cuota de Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Existe una cuota de reserva por la cual las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad Medidas alternativas Real Decreto 364/2005, de 8 de Abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes: • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo. • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad Orden 345/2009, de 13 de Febrero, por la que se regula el procedimiento de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo (BOCM de 10 de MARZO). Contempla dos tipos de ayuda: Ayudas por la contratación indefinida y la transformación en indefinido de un contrato temporal de trabajadores con discapacidad. Quienes contraten por tiempo indefinido y a jornada completa a trabajadores con discapaci45


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dad tendrán derecho a una subvención de 3.907 euros. Cuando el contrato se realice a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. Las empresas que, de conformidad con lo previsto en el punto anterior, contraten por tiempo indefinido a trabajadores con discapacidad podrán solicitar estas subvenciones por un importe máximo de 901 euros por cada trabajador contratado. Incentivos por la contratación indefinida de trabajadores procedentes de Enclaves Laborales • Subvención de 7.814 euros, por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa cuando el trabajador con discapacidad tiene especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo. Si el contrato fuera a tiempo parcial la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. • Subvención de 3.907 euros, por cada contrato celebrado a jornada completa cuando el trabajador con discapacidad no tiene especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo. Si el contrato es a tiempo parcial la subvención se reduce proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. • Subvención de hasta 901 euros por la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal. Ayudas para el empleo con apoyo de personas con discapacidad • 6.600 euros anuales por trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por ciento. • 4.000 euros anuales por trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 e inferior al 65 por ciento. • 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por ciento, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33 por ciento. EMPLEO PROTEGIDO Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Los Centros Especiales de Empleo son aquellas entidades cuya plantilla está integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Incentivos a Centros Especiales de Empleo ORDEN 2795/2007, de 27 de septiembre, de la Consejera de Empleo y Mujer, por la que se regula el procedimiento de concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo 46


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Ayudas a proyectos que generen empleos estables: Las cuantías por puesto de trabajo creado no superarán en ningún caso: • 12.000 euros si el centro posee una plantilla compuesta por un 90 por 100, como mínimo, de trabajadores con discapacidad respecto del total de la misma. • 9.000 euros si la plantilla está comprendida entre el 70 y el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad respecto del total de la misma. Las cuantías anteriores van destinadas a financiar hasta un 95 por 100, como máximo, de la inversión computable total realizada o proyectada por el centro. • 24.000 euros, destinados a financiar hasta un 85 por 100 de la inversión computable total realizada o proyectada por el centro, siempre que concurran las siguientes causas extraordinarias: • Los proyectos supongan la contratación de trabajadores con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 o trabajadores con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por 100, en un porcentaje de, al menos, el 50 por 100 sobre el total de los puestos a contratar. • Los proyectos supongan la contratación de mujeres en un porcentaje de, al menos, el 50 por 100 sobre el total de los puestos a contratar. • El centro disponga de personal de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social o se comprometa a su contratación durante el plazo de justificación. Existen diferentes líneas de ayudas: • Subvención destinada a sufragar la inversión en activos fijos en proyectos de reconocido interés social • Subvención parcial de intereses de préstamos • Asistencia técnica Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo: Tienen la finalidad de ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo. Existen diferentes tipos de ayudas: • Subvención del coste salarial. Se subvenciona el 50 por 100 del salario mínimo interprofesional de todos los trabajadores con discapacidad del centro. • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas de hasta 1.800 euros por puesto de trabajo que se adapte. • Subvención destinada al saneamiento financiero. Se concederá, por una sola vez, con el fin de lograr una reestructuración de los centros de modo que alcancen niveles de productividad y rentabilidad que garanticen su viabilidad y estabilidad. • Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos centros que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública. • Asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo.

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Ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional: Tienen la finalidad de financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional desarrollada en los centros, realizados desde el 1 de octubre del año anterior al que se solicita la subvención hasta el 30 de septiembre del de la ejecución. La cuantía de las ayudas se establece en 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo y el grado de discapacidad siguiente: • Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100. • Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100. EMPLEO PÚBLICO Decreto 57/2012, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2.012 Del total de plazas ofertadas se reservará, al menos, un 7 % para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, concretándose su distribución en las respectivas convocatorias de los procesos selectivos. EMPLEO AUTÓNOMO ORDEN 3987/2009, de 29 de diciembre, por la que se establece la regulación procedimental de las subvenciones del Programa de Promoción del Empleo Autónomo en el ámbito de la Comunidad de Madrid Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia. La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se determinará por el Servicio Regional de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 1. º 5.000 euros para desempleados en general. 2. º 6.000 euros para jóvenes desempleados de treinta años o menos. 3. º 7.000 euros para mujeres desempleadas. 4. º 8.000 euros para desempleados con discapacidad. 5. º 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad. Asimismo el Servicio Regional de Empleo podrá considerar, además de los anteriores, otros colectivos con dificultades de inserción laboral. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta en un 10 por 100.

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ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Subvención financiera. El objeto de esta subvención es reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, y se pagará de una sola vez, en cuantía calculada como si la subvención se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible período de carencia. El límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se determinará por el Servicio Regional de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 1. 5.000 euros para desempleados en general. 2. 6.000 euros para jóvenes desempleados de treinta años o menos. 3. 7.000 euros para mujeres desempleadas. 4. 8000 euros para desempleados con discapacidad. 5. 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad. 6. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de los puntos 3º y 5º anteriores se incrementarán en un 10 por 100. Subvención para asistencia técnica. El objeto de esta subvención es la financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha de la empresa, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. La cuantía de esta subvención será de hasta el 75 por 100 del coste de los servicios prestados con un tope de 2.000 euros. Subvención para formación. El objeto de esta subvención es la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, a fin de cubrir las necesidades de formación del trabajador autónomo, durante la puesta en marcha de la empresa. La cuantía de esta subvención será de hasta el 75 por 100 del coste de los cursos recibidos con un tope de 3.000 euros.

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CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS PARA FOMENTAR EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID EMPLEO ORDINARIO RESERVA

MEDIDAS ALTERNATIVAS

Las empresas de 50 o • Contrato Mercantil o Civil más trabajadores están con un Centro especial de obligadas a reservar el Empleo o con un trabajador 2% de los puestos de autónomo con discapacidad, para trabajo a personas con el suministro de materias primas, discapacidad. maquinaria… • Contrato Mercantil o Civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestación de servicios ajenos • Realización de donaciones o acciones de patrocinio • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo

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INCENTIVOS Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad en la empresa ordinaria: • Ayudas por la contratación indefinida y la transformación en indefinido de un contrato temporal de trabajadores con discapacidad: Quienes contraten por tiempo indefinido y a jornada completa a trabajadores con discapacidad tendrán derecho a una subvención de 3.907 euros. • Subvención para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras: Las empresas que contraten por tiempo indefinido a trabajadores con discapacidad podrán solicitar estas subvenciones por un importe máximo de 901 euros por cada trabajador contratado.


ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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EMPLEO PROTEGIDO RESERVA Plantilla integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

ENCLAVES LABORALES

INCENTIVOS CEE

Incentivos por la Contratación Ayudas a proyectos que generen Indefinida de trabajadores empleos estables: procedentes de Enclaves Laborales • 12.000 € si el centro posee una plantilla compuesta por un 90%, Subvención de 7.814 euros, por como mínimo, de trabajadores cada contrato de trabajo celebrado a con discapacidad. jornada completa cuando el trabajador • 9.000 € si la plantilla está con discapacidad tiene especiales comprendida entre el 70 y el 90% dificultades para el acceso al mercado de trabajadores con discapacidad. ordinario de trabajo. • 24.000 €, destinados a financiar un 85% de la inversión computable Subvención de hasta 901 euros por total realizada o proyectada por el la adaptación de puesto de trabajo, centro. eliminación de barreras o dotación de • Subvención destinada a sufragar la medios de protección personal. inversión en activos fijos • Subvención parcial de intereses de préstamos • Asistencia Técnica Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo • Subvención del coste salarial: 50% del salario mínimo interprofesional • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas: hasta 1.800 €. • Subvención destinada al saneamiento financiero • Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos centros que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública. • Asistencia Técnica destinada al mantenimiento de puesto de trabajo. Ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional: la cuantía de la ayuda se establece en 1.200 €

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EMPLEO PÚBLICO CUPO DE RESERVA DECRETO 57/2012, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2012. • Las convocatorias no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas y/o físicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. • Del total de plazas ofertadas, se reservará, al menos, un 7 por 100 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, concretándose su distribución en las respectivas convocatorias de los procesos selectivos.

ADAPTACIONES • En los procesos selectivos se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios, tendentes a garantizar la igualdad de condiciones de estas con respecto al resto de los aspirantes. En las convocatorias se indicará expresamente esta posibilidad, así como que los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación. • A tal efecto, tanto la Administración como los Tribunales de Selección podrán requerir informe o colaboración de los órganos técnicos competentes.

EMPLEO AUTÓNOMO SUBVENCIONES E INCENTIVOS Cuantía: La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se determinará por el Servicio Regional de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: • • • • •

5.000 euros para desempleados en general. 6.000 euros para jóvenes desempleados de treinta o menos años. 7.000 euros para mujeres desempleadas. 8.000 euros para desempleados con discapacidad. 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.

Asimismo el Servicio Regional de Empleo podrá considerar, además de los anteriores, otros colectivos con dificultades de inserción laboral. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta en un 10 por 100.

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La Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad en el Principado de Asturias EMPLEO ORDINARIO Cuota de Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Existe una cuota de reserva por la cual las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad Medidas alternativas Real Decreto 364/2005, de 8 de Abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes: • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo. • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad Igual que lo previsto en la normativa estatal.

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EMPLEO PROTEGIDO Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Los Centros Especiales de Empleo son aquellas entidades cuya plantilla está integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Incentivos a Centros Especiales de Empleo AYUDAS PARA INVERTIR EN PROYECTOS GENERADORES DE EMPLEO Por cada puesto de trabajo estable creado, en conjunto por todas las líneas de subvención, hasta 12.020 €, para las empresas que superen el 90% de trabajadores con discapacidad, y hasta 9.015 € para aquellas empresas que tengan entre un 70% y un 90% de trabajadores con discapacidad. Asistencia Técnica Para la contratación de gerentes, estudios viabilidad, asesoramientos, auditorías, organización, comercialización, etc. Cuantía: Hasta 4.808 € Subvención parcial de los intereses de préstamos Con destino a la creación, ampliación, traslado, modernización o innovación del Centro. Cuantía: Hasta 3 puntos de los intereses de préstamos realizados en una entidad que tenga convenio con el Principado de Asturias. Subvención para financiar parcialmente la inversión fija en proyectos de interés social Para la creación de puestos de trabajo estable, de tipo indefinido y mantenidos al menos durante 3 años. Cuantía: Hasta 12.020 € o 9.015 €, según plantilla. Adaptación de puestos de trabajo Cuantía: Como máximo 1.800 € por puesto de trabajo. AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social (incluye las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las de recaudación conjunta). Cuantía: Hasta El 100% de la cuota.

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Subvención parcial del coste salarial correspondiente a las personas con discapacidad contratada. Cuantía: • Hasta el 75% del salario mínimo interprofesional. • Dos subvenciones extras al año (en junio y diciembre) de hasta el 75% del salario mínimo interprofesional mensual. • Liquidación de vacaciones: Una subvención de hasta el 75% de la liquidación que le corresponda. Adaptación de puestos de trabajo Ayuda destinada a la eliminación de barreras y adaptación de puestos. Cuantía: Hasta 1.800 € por puesto. Saneamiento financiero Ayuda destinada a lograr una reestructuración que permita alcanzar niveles de productividad y rentabilidad que garanticen la viabilidad y estabilidad del centro (se concederán una sola vez). La cuantía depende del proyecto de viabilidad. Unidades de apoyo a la actividad profesional en Centros Especiales de Empleo Ayudas destinadas al apoyo en la superación de barreras, obstáculos o dificultades que los trabajadores con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como en la permanencia y progresión en el mismo de los trabajadores con el siguiente perfil: a) Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. La subvención alcanza hasta el 100% de los costes salariales, incluida la seguridad social del trabajador de la unidad de apoyo, a razón de 1.200 € anuales por cada trabajador con contrato indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses con el tipo y grado de discapacidad descritos. AYUDAS PARA LA INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS Proyectos de creación, ampliación, traslado y modernización, así como los que mejoren la calidad y competitividad y tengan efectos positivos sobre el empleo, para inversiones en activos fijos de Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias en alguno de los siguientes proyectos: • Construcción, instalación o ampliación de establecimiento. • Adaptación de instalaciones. • Adquisición o adaptación de equipo o programas informáticos destinados a los trabajadores con discapacidad, incluidas las instalaciones tecnológicas adaptadas o de ayuda.

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EMPLEO PÚBLICO Cupo de Reserva Decreto 6/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el acceso a la función pública de la Administración del Principado de Asturias y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. En la Oferta de Empleo Público de la Administración del Principado de Asturias se reservará un cupo no inferior al siete por ciento del total de plazas vacantes, tanto de nuevo ingreso como de promoción interna, para su cobertura por las personas con discapacidad. La reserva del mínimo del siete por ciento, se realizará de manera que, se reserve a las personas con discapacidad intelectual al menos un dos por ciento del total de las plazas de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de Empleo Público, el cual será distribuido entre Cuerpos, Escalas o categorías profesionales que tengan atribuidas actividades u oficios susceptibles de ser desarrollados por aquéllas sin que, en ningún caso, puedan exceder las plazas reservadas a este cupo del cincuenta por ciento de las vacantes del correspondiente Cuerpo, Escala o categoría incluidas en la Oferta. Tendrá la consideración de discapacidad intelectual la derivada del retraso mental en los términos del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. EMPLEO AUTÓNOMO Ayudas y Subvenciones Para sufragar parcialmente intereses de préstamos: Subvención de los intereses hasta 4 puntos. • Ayudas económicas para las inversiones necesarias a la constitución e inicio de la actividad como autónomo. Los préstamos deben ser obtenidos en entidades, públicas o privadas, que tengan un convenio con el Principado de Asturias y estar destinados a la inversión necesaria para iniciar una actividad como autónomo. • Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo, pueden acceder a la modalidad de pago único de dicha prestación. • Bonificación del 50% de la cuota correspondiente a la base mínima de autónomos durante 5 años desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.

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CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS PARA FOMENTAR EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS EMPLEO ORDINARIO RESERVA

MEDIDAS ALTERNATIVAS

Las empresas de 50 o • Contrato Mercantil o Civil más trabajadores están con un Centro especial de obligadas a reservar el Empleo o con un trabajador 2% de los puestos de autónomo con discapacidad, para trabajo a personas con el suministro de materias primas, discapacidad. maquinaria… • Contrato Mercantil o Civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestación de servicios ajenos • Realización de donaciones o acciones de patrocinio • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo

INCENTIVOS • Nueva contratación indefinida: incentivo en cuantía de hasta 4.750 € por contrato. • Transformación de un contrato de duración determinada en indefinido: incentivo en cuantía de 3.907 € por contrato. • Adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal, por cuantía máxima de 901,52 € • Las readmisiones de personas trabajadoras que efectúen las empresas después de una incapacidad permanente total o absoluta, darán derecho a reducciones del 50% de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a las contingencias comunes durante un período de dos años.

EMPLEO PROTEGIDO RESERVA

ENCLAVES LABORALES

Plantilla integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

• Las empresas colaboradoras que en cualquier momento contraten con carácter indefinido a personas trabajadoras del enclave laboral tendrán derecho: Ayuda de hasta 7814 € por cada contrato a tiempo completo, o la parte proporcional si el contrato es a tiempo parcial. • Ayudas por adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas. • Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social. • Incentivos fiscales a las entidades sujetas al Impuesto sobre sociedades. • Deducción de la cuota íntegra del Impuesto sobre sociedades

INCENTIVOS CEE Ayudas para invertir en proyectos generadores de empleo: • Asistencia Técnica • Subvención Parcial de los intereses de préstamos • Subvención para financiar parcialmente la inversión fija en proyectos de interés social • Adaptaciones de puestos de trabajo Ayudas para el mantenimiento de empleo: • Bonificación cuotas empresariales de la Seguridad Social • Subvención parcial coste salarial • Adaptación de puestos de trabajo • Saneamiento Financiero • Unidades de Apoyo a la actividad profesional Ayudas para inversión en activos fijos

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EMPLEO PÚBLICO CUPO DE RESERVA

ADAPTACIONES

• En la Oferta de Empleo Público de la Administración del • En la Oferta de Empleo Principado de Asturias se reservará un cupo no inferior al Público se consignará la siete por ciento del total de plazas vacantes, tanto de distribución, entre los Cuerpos nuevo ingreso como de promoción interna, para su cobertura y Escalas de funcionarios y entre por las personas con discapacidad. las correspondientes categorías • La reserva del mínimo del siete por ciento , se realizará de profesionales de personal laboral, manera que, se reserve a las personas con discapacidad de las plazas correspondientes al intelectual al menos un dos por ciento del total de las cupo reservado a personas con plazas de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de Empleo discapacidad, dando a tal efecto Público preferencia y asignando en su consecuencia un porcentaje del cupo a las vacantes existentes en aquellos Cuerpos, Escalas o categorías cuyas funciones o actividades resulten en mayor medida compatibles con la posible existencia de una discapacidad. • Quedará garantizada la reserva de un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes que vayan a ser objeto de convocatoria por promoción interna para su cobertura entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo con discapacidad.

EMPLEO AUTÓNOMO SUBVENCIONES E INCENTIVOS Cuantías: • • • •

6.000 euros para desempleados en general. 7.000 para jóvenes desempleados de 30 o menos años. 8.000 euros para mujeres desempleadas. 10.000 euros para desempleados con discapacidad.

En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades del punto anterior se incrementarán en un 10 por ciento.

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ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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La Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra EMPLEO ORDINARIO Cuota de Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Existe una cuota de reserva por la cual las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad Medidas alternativas Real Decreto 364/2005, de 8 de Abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes: • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo. • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad • Contratación Indefinida y transformación en indefinidos de contratos temporales para la formación y en prácticas: Subvención por importe de 3.907 euros por cada contrato celebrado. • Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. • Adaptación del puesto de trabajo: subvención por importe máximo de 901,52 euros, destinado a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personas necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador discapacitado contratado.

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EMPLEO PROTEGIDO Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Los Centros Especiales de Empleo son aquellas entidades cuya plantilla está integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Incentivos a Centros Especiales de Empleo Proyectos de creación y ampliación de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo: • Subvención Financiera para bonificación de intereses en préstamo. • Asistencia Técnica: En materia de estudios de viabilidad, auditorías, comercialización, asesoramiento, etc. • Financiación parcial inversiones fijas: subvenciones a otorgar en casos de proyectos de reconocido interés social. Las subvenciones no podrán superar: • 12.020,24 euros por puesto de trabajo creado de carácter estable si el centro supera el 90% de trabajadores discapacitados de la plantilla. • 9.015,18 euros por puesto de trabajo creado de carácter estable si está comprendido entre el 70% y el 90% de la plantilla. Mantenimiento del puesto de trabajo en Centros Especiales de Empleo: • • • • • •

Subvención del coste salarial. Bonificación de cuotas de Seguridad Social. Adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas. Saneamiento Financiero. Equilibrio Presupuestario. Asistencia Técnica.

Las subvenciones serán: • El 50% del Salario mínimo interprofesional vigente, por puesto de trabajo ocupado por discapacitado. • El 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social. • Por adaptación de puestos de trabajo la subvención no puede rebasar el coste real y será un máximo de 1.803,04 euros por gastos de adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas. • Subvención por una sola vez en la vida del Centro Especial de Empleo, destinada a equilibrar y sanear financieramente el mismo. • Subvención dirigida a equilibrar el déficit presupuestario de aquellos Centros Especiales de Empleo, que carezcan de ánimo de lucro, sean de utilidad pública e imprescindibilidad. • Subvención para estudios de viabilidad, auditorías, comercialización, asesoramiento, etc. La cuantía de ayuda puede ascender hasta el 50% del coste cuando se realiza a instancia de parte, o bien al 100% si es de oficio.

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Unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo. • 1.200 euros al año por cada trabajador perteneciente al colectivo. EMPLEO PÚBLICO Cupo de Reserva Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra. En las ofertas de empleo público de las Administraciones Públicas de Navarra, se reservará el 5 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 % siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Si los puestos ocupados por dichas personas no alcanzaren la tasa del 3 % de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del 5 % del ejercicio siguiente, con un límite máximo del 10 %. El personal que tenga el grado de discapacidad fijado en el apartado anterior y obtenga plaza en una convocatoria de ingreso por cualquiera de los turnos, tendrá preferencia sobre los aspirantes del turno libre en la elección de vacantes. Mientras las Administraciones Públicas de Navarra y sus organismos autónomos no cubran con personal fijo con discapacidad el porcentaje establecido anteriormente, las personas con discapacidad reconocida tendrán preferencia para la contratación temporal, una vez agotadas las listas de aprobados sin plaza de las pruebas selectivas de ingreso en la función pública. EMPLEO AUTÓNOMO Resolución 3080/2007, de 26 de octubre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo por la que se regula la concesión de subvenciones para promoción del empleo autónomo. Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes: 1º.- 5.000 euros para desempleados en general. 2º.- 6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años. 3º.- 7.000 euros para mujeres desempleadas. 4º.- 8.000 euros para desempleados con discapacidad. 5º.- 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de los puntos 3 y 5 anteriores se incrementarán en un 10 por ciento.

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CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS PARA FOMENTAR EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EMPLEO ORDINARIO RESERVA

MEDIDAS ALTERNATIVAS

Las empresas de 50 o • Contrato Mercantil o Civil más trabajadores están con un Centro especial de obligadas a reservar el Empleo o con un trabajador 2% de los puestos de autónomo con discapacidad, para trabajo a personas con el suministro de materias primas, discapacidad. maquinaria… • Contrato Mercantil o Civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestación de servicios ajenos • Realización de donaciones o acciones de patrocinio • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo

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INCENTIVOS Contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos temporales para la formación y en prácticas: Subvención por importe de 3.907 euros por cada contrato celebrado Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. Adaptación del puesto de trabajo: Subvención por importe máximo de 901,52 euros, destinado a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador discapacitado contratado.


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EMPLEO PROTEGIDO RESERVA Plantilla integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

ENCLAVES LABORALES • Ayuda de hasta 7.814 € por cada contrato a tiempo completo, o la parte proporcional si el contrato es a tiempo parcial. • Ayudas por adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas.

INCENTIVOS CEE • Ayudas a proyectos generadores de empleo: La cuantía de la ayuda oscila entre los 12.020,24 € por puesto de trabajo creado con carácter estable si el Centro Especial de Empleo supera el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad en la plantilla, y los de 9.015,18 euros en los casos en que este sea del 70 por 100. • Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo, consistentes en la subvención del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por personal discapacitado que realice una jornada de trabajo laboral normal por un importe del 50% del Salario Mínimo Interprofesional o, en cuantía proporcional al tiempo de trabajo si éste es a tiempo parcial. • Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo, consistentes en una bonificación del 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social. • Subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas de un máximo de 1.803,4 euros

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EMPLEO PÚBLICO CUPO DE RESERVA LEY FORAL 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra. • En las ofertas de empleo público de las Administraciones Públicas de Navarra, se reservará el 5 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. • Si los puestos ocupados por dichas personas no alcanzaren la tasa del 3 por 100 de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del 5 por 100 del ejercicio siguiente, con un límite máximo del 10 por 100.

EMPLEO AUTÓNOMO SUBVENCIONES E INCENTIVOS Cuantías máximas: • • • •

6.000 euros para desempleados en general. 7.000 para jóvenes desempleados de 30 o menos años. 8.000 euros para mujeres desempleadas. 10.000 euros para desempleados con discapacidad.

En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades del punto anterior se incrementarán en un 10 por ciento.

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La Inserción Laboral de las Personas con Discapacidad en la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha EMPLEO ORDINARIO Cuota de Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Existe una cuota de reserva por la cual las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad Medidas alternativas Real Decreto 364/2005, de 8 de Abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes: • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo. • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad Subvención para la contratación indefinida de personas con discapacidad según Real Decreto 1451/1983, de 11 de Mayo • Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo. • Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros. 65


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• Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada persona/año. EMPLEO PROTEGIDO Reserva Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. Los Centros Especiales de Empleo son aquellas entidades cuya plantilla está integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Incentivos a Centros Especiales de Empleo Decreto 21/2010, de 20/04/2010, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo. Ayudas a Proyectos Generadores de Empleo: Financiación parcial de hasta el 90% de cualquier iniciativa o Proyecto Generador de Empleo que suponga la creación de puestos de trabajo estables, de cuenta ajena, para trabajadores con discapacidad, a través de la creación de CEE o de ampliación de la plantilla de los ya existentes. Estas ayudas se podrán conceder en su caso por medio de: • Subvención para Asistencia Técnica. • Subvención parcial de intereses de préstamos. • Subvención para inversión fija en proyectos de interés social. Las ayudas, no podrán superar en su conjunto las siguientes cuantías: a) 12.020 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el CEE supera el 90% de trabajadores con discapacidad respecto del total de su plantilla. b) 9.015 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el número de trabajadores discapacitados del CEE está comprendido entre el 70% y el 90% respecto del total de la plantilla. c) Las referidas cuantías se reducirán proporcionalmente a la jornada realizada que figure en el contrato de trabajo. Ayudas para el Mantenimiento de Puestos de Trabajo Destinadas a trabajadores con discapacidad en los CEE, que se podrán conceder por medio de: Subvención de costes salariales: La ayuda consistirá en el abono a los CEE de un máximo del 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), proporcional a la jornada realizada. La cuantía de la subvención correspondiente a las pagas extraordinarias de junio y diciembre, será del 50% del SMI en aquellos supuestos que las retribuciones brutas sean superiores al mismo. Si el importe reflejado en las nóminas fuera inferior al SMI, por causas debidamente justificadas, la cuantía de la subvención será el 50% de las retribuciones brutas percibidas por el trabajador.

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Adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas: la cuantía de la subvención será como máximo de 1.803 euros por puesto de trabajo, sin que, en ningún caso rebase el coste real. • Subvención para saneamiento financiero. • Subvención para equilibrio presupuestario de CEE. • Subvención para asistencia técnica Ayudas a la contratación de gerente y personal especializado Esta ayuda tiene como finalidad dotar a los CEE de una gerencia profesionalizada y de personal técnico especializado, que garantice su desarrollo empresarial. La cuantía de la ayuda será del 70% para el primer año, el 50% para el segundo año y el 30% para el tercer año, de la cantidad fijada en el contrato. El salario de referencia subvencionable no excederá de 30.000 € al año. Se concederá por una sola vez para el mismo puesto durante la existencia de la Entidad. Ayudas a la mejora de la competitividad Proyectos que contribuyan de forma sustantiva a la mejora de la competitividad de los CEE en su ámbito de actuación. En concreto: • • • • •

La potenciación de la innovación y el desarrollo tecnológico. La promoción de la calidad. La promoción del diseño. Planes estratégicos de empresa. Asistencia técnica.

La cuantía de las ayudas será: En el caso de CEE sin ánimo de lucro o que, aun siéndolo, sean de titularidad de entidades sin ánimo de lucro: hasta 70% de la inversión o gastos aprobados, hasta un máximo de 150.000,00 €. En el caso de CEE con ánimo de lucro, la subvención máxima podrá alcanzar hasta el 50% de la inversión o gastos subvencionables, hasta un máximo de150.000, 00 €. Ayudas al fomento de la comercialización y a la cooperación interempresarial Serán subvencionables las siguientes actividades: • Estrategias comerciales en el ámbito del comercio interior. • Asistencia a ferias y convenciones comerciales. • Cooperación interempresarial. La cuantía de las ayudas será: En el caso de CEE sin ánimo de lucro o que, aun siéndolo, sean de titularidad de entidades sin ánimo de lucro: hasta el 70% de la inversión o gastos aprobados, sin que éstos puedan superar 120.000,00 euros. En el caso de CEE con ánimo de lucro, la subvención máxima podrá alcanzar hasta el 50% de la inversión o gastos subvencionables, sin que éstos puedan superar 120.000,00 euros. 67


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EMPLEO PÚBLICO Cupo de Reserva Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha En las ofertas de empleo público se debe reservar un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración pública de Castilla-La Mancha. La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. EMPLEO AUTÓNOMO Subvenciones a Proyectos de Autoempleo promovidos por desempleadas y desempleados, decreto 344/2008, de 21 de Noviembre de 2008 Subvención al inicio de la actividad: hasta 7.000 euros, si quien solicita la ayuda es mujer, y hasta 5.000 euros, si el solicitante es hombre. Si el proyecto empresarial está promovido por mujer con discapacidad, la subvención ascenderá hasta 10.000 euros, y hasta 8.000 euros si es hombre. Las ayudas a proyectos financiados mediante microcréditos consistirán en una subvención en forma de reducción de hasta el 100% de los puntos de interés. Las subvenciones a la inversión en activos fijos tendrán como límite el 70 por 100 de la inversión aprobada, si quien solicita la subvención es mujer, y el 50 por 100, si es hombre. De la subvención concedida un 50% será a fondo perdido y el resto a devolver mediante un préstamo reintegrable sin intereses y se concederán de acuerdo con los criterios y en la cuantía que se señalan en los artículos siguientes. Si la inversión está financiada mediante préstamo bancario la subvención se incrementará en forma de reducción de los puntos de interés, en una cuantía máxima de 2.500 euros. La cuantía de las ayudas a emprendedoras con cargas familiares será de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años y por cada familiar incapacitado a cargo de la trabajadora autónoma, hasta un máximo de 2.400 euros. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades del punto 1 se verán incrementadas en un 15%. Decreto 79/2012, por el que se deroga el Decreto 344/2008, 18 de Noviembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento y desarrollo del trabajo autónomo en Castilla la Mancha.

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El Decreto 344/2008, de 18 de noviembre, regula un programa de subvenciones, en régimen de concesión directa, dirigidas exclusivamente al trabajador o trabajadora autónoma como persona física que ejerce una actividad económica por cuenta propia, con el fin de fomentar, apoyar y potenciar el empleo a través del autoempleo y al mismo tiempo favorecer una mayor presencia en el trabajo autónomo de los colectivos a los que se dirige. Se contemplan subvenciones para el establecimiento como autónomo, subvenciones financieras sobre préstamos, para la contratación de un familiar del autónomo principal como autónomo colaborador, para la conciliación de la vida laboral y familiar y para la integración laboral de las trabajadoras y trabajadores autónomos que cesen en su actividad empresarial. El art. 5.1 del Decreto regulador establece que las solicitudes para la obtención de las ayudas pueden presentarse durante todo el ejercicio presupuestario. La norma a derogar configura un régimen de ayudas en la que no cabe priorizar colectivos y/o sectores económicos, de forma que se puedan optimizar los recursos económicos en la consecución del objetivo prioritario, que no es otro que el crear empleo estable y con potencial de crecimiento en la región. Por otra parte, las ayudas establecidas en ese decreto se concentran en el momento previo a la creación de la actividad de autónomo, sin embargo en el actual concepto de “emprendedor”, nacido con la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes, lo extiende en el tiempo a los primeros pasos de esa actividad, consciente de que estas ayudas económicas resultan más positivas y fructíferas si acompañan las primeras andaduras del emprendedor. La actual estructura del procedimiento de concesión, que permite la entrada de solicitudes durante todo el año, sólo es comprensible si el beneficiario está en una situación inmediatamente anterior al emprendimiento, provocando sin embargo una situación negativa en el control del gasto público, como es el gasto plurianual. No obstante lo anterior, a la vista del Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, que atañe al conjunto de acciones y medidas de orientación, empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, mediante el establecimiento de medidas de política activa de empleo especialmente diseñadas para colectivos prioritarios, se hace necesaria una nueva regulación de las ayudas y subvenciones adaptadas a la actual realidad normativa y socioeconómica que optimice los recursos que sean destinados a estos efectos y permita priorizar a determinados colectivos en la percepción de dichas ayudas. Lo anterior viene aún más obligado por la reciente aprobación de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes, la cual, al constituir el Observatorio Regional del Mercado, exige la determinación de criterios preferentes en la aplicación de medidas de fomento del empleo, en atención a las especiales circunstancias económicas y geográficas de las diferentes áreas de la región. Por todo ello se hace necesario proceder a derogar el decreto precitado. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo y Economía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de abril de 2012, Dispongo: Se deroga el Decreto 344/2008, de 18 de noviembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento y el desarrollo del trabajo autónomo en Castilla-La Mancha. Disposición transitoria única.- A las solicitudes formuladas estando en vigor el Decreto 344/2008, de 18 de noviembre, les serán de aplicación en la tramitación del expediente hasta su completa finalización, la normativa vigente en el momento de formular la solicitud, incluidos, en su caso, los expedientes de reintegro. 69


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CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS PARA FOMENTAR EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EMPLEO ORDINARIO RESERVA

MEDIDAS ALTERNATIVAS

Las empresas de 50 o • Contrato Mercantil o Civil más trabajadores están con un Centro especial de obligadas a reservar el Empleo o con un trabajador 2% de los puestos de autónomo con discapacidad, para trabajo a personas con el suministro de materias primas, discapacidad. maquinaria… • Contrato Mercantil o Civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestación de servicios ajenos • Realización de donaciones o acciones de patrocinio • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo

INCENTIVOS • Subvención de 3.907 € por cada contrato celebrado a tiempo completo. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierne a tiempo parcial, la subvención de 3.907 € se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social • Subvención por adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras y dotación de medios de protección personal hasta 901,52 € • Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 € por cada persona/año

EMPLEO PROTEGIDO

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RESERVA

ENCLAVES LABORALES

Plantilla integrada al menos en un 70% por personas con una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

• Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. • Las bonificaciones a las cuotas empresariales de la Seguridad Social, que establece la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. • Subvención de un máximo de 901 euros, por cada trabajador con discapacidad contratado, destinada a la adaptación del puesto de trabajo y/o a la dotación de medios de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad.

INCENTIVOS CEE • Ayudas a Proyectos Generadores de Empleo • Ayudas para el Mantenimiento de Puestos de Trabajo • Ayudas a la contratación de gerente y personal especializado • Ayudas a la mejora de la competitividad • Ayudas al fomento de la comercialización y a la cooperación interempresarial


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EMPLEO PÚBLICO CUPO DE RESERVA • En las ofertas de empleo público se debe reservar un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración pública de Castilla-La Mancha. La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. • Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha pueden crear, dentro de la relación de puestos de trabajo reservados al personal laboral, puestos de trabajo singulares de adscripción exclusiva a los siguientes grupos de personas, siempre y cuando no precisen una disponibilidad continua y supervisión constante en el desempeño del puesto de trabajo: a) Personas con un grado de limitaciones en la actividad intelectual de, al menos, un veinticinco por ciento. b) Personas con cualquier otro tipo de limitaciones en la actividad originadas por deficiencias permanentes de grado igual o superior al cincuenta por ciento • Las personas con discapacidad deben gozar de igualdad de condiciones para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo, en su caso, el curso selectivo o periodo de prácticas de que conste el proceso selectivo.

EMPLEO AUTÓNOMO SUBVENCIONES E INCENTIVOS Cuantía: • Hasta 7.000 euros, si quien solicita la ayuda es mujer, y hasta 5.000 euros, si el solicitante es hombre. • Si el proyecto empresarial está promovido por mujer con discapacidad, la subvención ascenderá hasta 10.000 euros, y hasta 8.000 euros si es hombre. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, estas cantidades se verán incrementadas en un 15%

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5.4. El empleo de las personas con discapacidad en Europa Alemania Desde 2002 a los empleadores públicos y privados con una plantilla de al menos 20 empleados se les exige que un 5% de su plantilla debe estar compuesta por personas con discapacidad. Aquellos que no cumplan esta cuota obligatoria están obligados a abonar un impuesto/gravamen compensatorio que tiene por finalidad promocionar la rehabilitación y el empleo de las personas con discapacidad, y puede utilizarse, por ejemplo, para financiar becas a empleadores que excedan la cuota obligatoria o para ayudar a los empleadores a sufragar cualquier coste extra asociado al empleo de una personas con discapacidad, como adaptaciones de los edificios, acceso a la formación… Ejemplo de Buena Práctica en Alemania VIA: Asociación por la integración a través del empleo • Empleo y cualifica principalmente a personas con salud mental. • Se forma y cualifica para las diferentes áreas que existen en la empresa. Francia Las empresas con una plantilla de al menos a 20 empleados tienen la obligación de contratar a un 6% de personas con discapacidad. Antes del 15 de febrero de cada año: las empresas de 20 trabajadores o más están obligadas a enviar la declaración obligatoria de contratación de trabajadores discapacitados indicando la situación de la empresa. Las contribuciones de las empresas que no cumplen con su obligación de empleo irán a la asociación nacional de gestión de fondos para la inserción profesional de personas con discapacidad. Italia Las empresas con más de 15 empleados tienen la obligación de contratar a 1 persona con discapacidad y número que represente el 7% de la plantilla en empresas con más de 50 trabajadores. El incumplimiento de lo dispuesto anteriormente impone a la empresa una multa que será abonada al gobierno. Ejemplo de Buena Práctica en Italia PUNTO VERDE • Contrata a personas con problemas de inserción laboral • Participa en diferentes programas educativos para personas jóvenes con discapacidad.

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5.5. Los Centros Especiales de Empleo 5.5.1. Marco Normativo de los Centros Especiales de Empleo. El artículo 42 de la LISMI establece que los Centros Especiales de Empleo son aquellos cuyo objetivo principal sea el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores minusválidos; a la vez que sea un medio de integración del mayor número de Minusválidos al régimen de trabajo normal. El artículo 43 de la LISMI establece la necesidad de compensaciones económicas para los CEE y el 45 que pueden ser creados por organismos públicos o privados como empresas. El artículo 46 especifica entre otras funciones someter a revisiones periódicas a las personas con discapacidad en CEE para impulsar su promoción. Otras funciones, según el artículo 10 serían la valoración de la discapacidad y el diagnóstico y orientación. En la actualidad, en virtud de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social o Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado en la disposición adicional 39ª, la plantilla de los CEE debe ser en el 70% al menos cubierta por personas con discapacidad. La relación laboral especial de los trabajadores con discapacidad en CEE se regula en el RD 1368/1985, en el RD 427/1999 y en el Estatuto de los Trabajadores. Los contratos pueden ajustarse a cualquiera de las modalidades previstas excepto el de formación, que tiene características especiales, al igual que el contrato a domicilio. Existe un modelo especial de contrato único para realizar cualquier tipo de contratación. El RD 2273/1985 establece el Reglamento de los CEE, definiéndolos en el artículo 1 igual que lo hace la LISMI. Este reglamento plantea que los CEE pueden no solo ser públicos o privados, sino con ánimo de lucro o sin él. Establece también que los CEE deben estar inscritos en un registro del INEM o de la CCAA. Para ello han de cumplir varios requisitos tales como presentar un plan de viabilidad y que el 70% de la plantilla tenga una discapacidad superior al 33%. El artículo 10 establece que se financiarán, entre otras fuentes, a través de ayudas de la administración: 1. Subvenciones por puesto de trabajo de personas con discapacidad. 2. las bonificaciones de la cuota empresarial de la Seguridad Social. 3. Subvenciones para adaptación de puestos y eliminación de barreras. 5.5.2. Impacto de los Centros Especiales de Empleo en el Empleo de Personas con Discapacidad. Los Centros Especiales de Empleo han sido y son un importante elemento de generación de empleo para personas con discapacidad debido a que suele ser la primordial oportunidad de empleo para las personas con especiales dificultades de inserción. A través de los Centros Especiales de Empleo, el acumulado de contratos realizados a personas con discapacidad en España, ha dado lugar a 40.970 contratos durante el año 2011, esto es un 4,2% más que en el año 2010 (39.331 contratos). De esta manera en el último cuatrienio, el mayor número de contratos en este tipo de centros, se da a lo largo del año 2011. 73


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La evolución interanual de la contratación en Centros Especiales de Empleo desde el año 2008, ha sido creciente en lo que a datos acumulados se refiere, pasando de los 29.706 contratos en CEE durante el año 2008, a 30.442 en el año 2009 y 39.331 a lo largo del año 2010. En términos relativos, durante el año 2011, las variaciones que se producen en la contratación de personas con discapacidad en CEE son de un 37,9% respecto ese periodo de 2008 (con 29.706 contratos), un 34,6%, respecto al año 2009 (con 30.442 contratos) y de un 4,2% durante los 2010 (con 39.331 contratos) Evolución interanual de los contratos en Centros Especiales de Empleo a personas con discapacidad en España. Años 2008- 2011

5.5.3. Normativa sobre traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas sobre Centros Especiales de Empleo. AYUDAS A CEE POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS: NORMATIVA DE TRASPASO CCAA

Traspaso De Competencias

Norma Autonómica para el registro y la calificación de CEE

Andalucía

RD 1056/1984

Orden de 20 de Octubre 2010

Asturias

RD 2087/1999

Resolución de 25 de abril de 2000

Castilla La Mancha

RD 383/1995

Normativa estatal

C. de Madrid

RD 933/1995

Decreto 96/1997

Navarra

RD 930/1986

Normativa estatal

Así, en cuanto al registro y calificación de CEE, ocho comunidades autónomas siguen la normativa estatal (Aragón, Islas Baleares, Castilla - La Mancha, Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja, Cantabria). Las restantes tienen una normativa propia, si bien algunas han copiado directamente la legislación nacional sin introducir cambios. Este es el caso de Asturias, Canarias, Cataluña y Comunidad Valenciana. Los cambios introducidos son menores, afectando exclusivamente a la forma que debe adoptar la solicitud y a los documentos que debe presentar el CEE solicitante.

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5.5.4. Ayudas y subvenciones a Centros Especiales de Empleo: AYUDAS A PROYECTOS GENERADORES DE EMPLEO Cuantía ESPAÑA Orden MTAS 16/10/1998

Tipos

Hasta 9.015,18 € si el CEE tienen entre Para la asistencia técnica; 70-90% trabajadores discapacitados y para la inversión fija en 12.020,24 € si tiene más del 90% proyecto de interés social Subvención parcial de los intereses de préstamos (Máximo 3 puntos)

ANDALUCÍA D 58/2007 Orden 4/10/2002 Orden 9/11/2005

12.021 € por cada puesto de trabajo que se cree a jornada completa y la cuantía proporcional en función de la jornada cuando el contrato sea a tiempo parcial indefinido

MADRID Orden 2795/2007

Hasta 9.000 € si el CEE tienen entre 70-90% trabajadores discapacitados o 12.000 € si tiene más del 90%. Excepcionalmente hasta 24.000 € si al menos el 90% de la plantilla del centro está compuesta por discapacitados psíquicos y en proyectos que supongan una contratación de mujeres en un porcentaje de al menos el 50% sobre el total de los puestos a contratar.

Para la asistencia técnica Inversión en activos fijos (en función de la inversión realizada) Subvencionar parcialmente los intereses de préstamos (máx. 3 ptos.)

ASTURIAS Resolución 10/11/2006 Resolución 25/09/2007

Hasta 12.020 € por cada puesto de trabajo estable si el centro tiene más del 90% de discapacitados o 9.015 € entre el 70% y el 90%

Para la asistencia técnica (Hasta 4.808 €) Para la inversión fija en proyectos de interés social (Hasta 12.020 €) Subvencionar parcialmente los intereses de préstamos (máx. 3 ptos.)

CASTILLA - LA MANCHA Igual que normativa estatal Orden 14/03/2007

Igual que la normativa estatal

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AYUDAS POR MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO Cuantía ESPAÑA Orden MTAS 16/10/1998 Ley 43/2006

• Subvención del coste salarial (Hasta el 50% del SMI) • Asistencia técnica: Estudios de viabilidad, Auditorias e informes económicos y Asesoramiento en diversas áreas de gestión empresarial. (Hasta 50% si es a instancia de parte o 100% si es de oficio) • Adaptación de puestos de trabajo (Hasta 1.803E por puesto) • Equilibrio y saneamiento financiero los CEE Equilibrio del presupuesto de CEE sin ánimo de lucro y de utilidad pública • Bonificación de las cuotas de la Seguridad Social

ANDALUCÍA D 58/2007 modificando D 149/2005 Orden 4/10/2002 Orden 9/11/2005

• Adaptación puestos de trabajo (1.804 €)/Eliminación barreras arquitectónicas 80% coste de inversión) • Incentivos del 50% SMI con contratos a tiempo completo, y cuantía equivalente con contratos a tiempo parcial. • Ayudas por una sola vez para equilibrar y reestructurar financieramente CEE para que garanticen su viabilidad y estabilidad en empleo • Bonificación 100% cuota patronal SS

MADRID Orden 421/2007 modificada Orden 1240/2007 Orden 2795/2007

• • • • •

ASTURIAS Resolución 10/11/2006 Resolución 25/09/2007

Subvención del coste salarial (50% del SMI) Adaptación de puestos de trabajo (Hasta 1.800 €) Equilibrio presupuestario (Hasta el 100%) Saneamiento financiero (Hasta el 100%) Asistencia técnica (El 100% del coste de la acción)

• Saneamiento financiero para que el CEE alcance los niveles de productividad y rentabilidad que garanticen su viabilidad y estabilidad • Adaptación puestos de trabajo y eliminación barreras arquitectónicas máx. 1800 € por puesto de trabajo. • Subvención hasta el 50% SMI • Bonificación cuota empresarial SS

CASTILLA - LA MANCHA • Igual que lo establecido a nivel nacional por la O MTAS 16/10/1998 Orden 14/03/2007

AYUDAS PARA LA CREACIÓN Y MANENIMIENTO DE UNIDADES DE APOYO EN CEE UNIDADES DE APOYO ESPAÑA RD 469/2006

1.200 € anuales por cada trabajador discapacitado que cumpla los requisitos y que estén contratados mediante contrato indefinido o contrato temporal de duración superior a 6 meses.

ANDALUCÍA D 58/2007

1.200 euros anuales por cada trabajador discapacitado

ASTURIAS RD 469/2006 Resolución 25/09/2007

Igual que normativa estatal

Trabajadores del CEE con discapacidad severa.

CASTILLA - LA MANCHA Igual que normativa estatal Orden 14/03/2007

Trabajadores del CEE con discapacidad severa.

NAVARRA Resol 2782/2006

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REQUISITOS

Igual que normativa estatal

Personas con discapacidad severa: Personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior 33% Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad ≥ 65%

Trabajadores del CEE con discapacidad severa


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5.5.5. Ejemplo de Centros Especiales de Empleo en las Comunidades Autónomas donde se localizan las entidades socias del proyecto Inladis Euroempleo CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO ANDALUCÍA VERDIBLANCA EL SALIENTE FAAM

Limpieza, vigilancia de aparcamientos, tapicería. Limpieza, mantenimiento, hostelería, servicio de caja en gasolineras Actividades Sanitarias, hostelería, transporte adaptado

CEE CELMI

Carpintería, Fabricación de muebles

CEE PILSA

Limpieza

SERRANÍA DE RONDA

Actividades Informáticas, Asesoría, Mantenimiento de Instalaciones MADRID

FUNDOSA GALENAS FUNDACIÓN CONTROL DE DATOS Y SERVICIOS

Edición y artes gráficas, material de oficina, mobiliario, regalo promocional, vending Consumibles informáticos, gestión documental, gestión servicios informáticos

FUNDOSA TELESERVICIOS Consultoría, diseño de páginas webs. DYMAI

Equipos de Soldadura, Mantenimiento de zonas públicas

FUNDOSA ACCESIBILIDAD Asesoría en materia de discapacidad, ayudas técnicas, comercio al por menor, consultoría, eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas, ortopedia, transcripción de braille, transcripción sonora, venta, mantenimiento y reparación de vehículos, adaptación de vehículos. SERVITELCO

E.Businnes, gestión documental, gestión servicios informáticos, marketing directo, telecomunicaciones, telemarketing, tratamiento de datos. NAVARRA

TASUBINSA GUPOST NAVARRA ELKARKIDE, SL.

Cableado, fabricación grupos de cable, limpieza, inyección y decoración de plásticos Edición y Artes Gráficas, Gestión Documental, logística Agricultura y Ganadería, Construcción, Jardinería, Lavado de vehículos, manipulados, mantenimiento de zonas públicas, reparto de publicidad.

FUNDACIÓN ASPACE Montajes de la Industria del automóvil, industria gráfica. NAVARRA PARA EL EMPLEO TELIZSA ASOCIACIÓN SIN FRONTERAS ALBERNIA NASERMO

Actividad de limpieza de edificios, locales y oficinas Montajes Industriales Ayudas Técnicas, Construcción Metálica, Embalaje, Fabricación de maquinaria y material eléctrico, limpieza pública, logística, montajes electromecánico.

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CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO ASTURIAS ASOCIACIÓN PARA EL EMPLEO Y FORMACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Formación, Intermediación Laboral

INNOVACIÓN TEXTIL ASTURIAS

Vestuario Laboral

GRUPO INICIATIVAS DE COMUNICACIÓN INTEGRAL

Asesoría, diseño páginas webs, edición y artes gráficas

CEE PILSA APTA CEE SERTEL

Limpieza Ayudas Técnicas, Comercio al por menor, confección textil, consultoría, logística, manipulación, tratamiento de datos Telemarketing CASTILLA - LA MANCHA

AFAS EMPLEO

Jardinería, Centro Hípico

ASOCIACIÓN PARA EL EMPLEO Y FORMACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Formación e Intermediación Laboral

FUNDACIÓN MADRE DE LA ESPERANZA

Lavandería Industrial, Manipulados

TELESOFT

Actividades Informáticas

DESPERTAR

Carpintería, Manipulados

SERVICIOS EMPRESARIALES Carpintería, Inmobiliarios, Jardinería ALCANTARA CEE AMAFI

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Jardinería, Manipulados, Vestuario Laboral


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parte 3 Buenas Prácticas para favorecer la Formación de las Personas con Discapacidad

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6. LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD 6.1. Regulación Las bases normativas que regulan los diversos aspectos de los certificados de profesionalidad son: Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Reales Decretos a través de los que se han ido publicando los certificados de profesionalidad. Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. 6.2. Definición de CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD Los certificados de profesionalidad son un instrumento que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición.

Cada certificado acredita una cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Serán expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los organismos competentes de las Comunidades Autónomas. Serán expedidos por la Administración General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, en los siguientes supuestos: • A las personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo gestionados directamente por el SPEE. (por ejemplo, los planes de formación para trabajadores/as ocupados/as gestionados por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo). • A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación convocados por el SP.

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En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los certificados de profesionalidad son expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo, en los siguientes supuestos: • A aquellas personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo impartidos en el ámbito de gestión del Servicio Andaluz de Empleo. • A aquellas personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. • A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación que se desarrollen en Andalucía. 6.3. Finalidades • • • • • •

Acreditar cualificaciones profesionales. Facilitar el aprendizaje permanente de todos los ciudadanos Favorecer la transparencia del mercado de trabajo a empleadores y a trabajadores. Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo. Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo. Contribuir a la integración, transferencia

6.4. Estructura y contenido Cada uno de los certificados de profesionalidad incluirá los siguientes apartados:

Los certificados de profesionalidad tienen asociadas unidades de competencia que contienen un módulo formativo que, a su vez, tienen asociadas unidades formativas. 82


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6.5. Vías de obtención El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de la superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad o mediante la acumulación del módulo de prácticas no laborales y las acreditaciones parciales de los módulos formativos asociados a la unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad. El certificado de profesionalidad también se podrá obtener mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Así, pueden solicitar un certificado de profesionalidad, aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: • Que hayan superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad. • Aquellos alumnos que hayan superado con evaluación positiva, en el ámbito de la administración educativa, un curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un certificado de profesionalidad. • Aquellas personas que participen en el Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente. Aquellas personas que no hayan completado todos los módulos que componen el certificado de profesionalidad, podrán solicitar la acreditación parcial acumulable de aquellas unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso formativo. 6.6. Procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias: Fases A continuación se establece el escenario del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral (Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral). ASESORAMIENTO EVALUACIÓN ACREDITACIÓN Y REGISTRO

El procedimiento consta de tres fases: El asesor/a como resultado de su intervención deberá extender un informe orientativo, es decir, no vinculante para el candidato, el cual aún siendo negativo puede seguir a la segunda fase .En dicho informe, el asesor/a manifestará aquellas competencias para las cuales entiende que el candidato aporta suficientes evidencias y, en su caso, aquellas competencias para las cuales precisa formarse, siendo el instrumento clave los módulos o unidades formativas asociadas a las citadas competencias no suficientemente justificadas. Una vez cursada y superada la formación consignada en el informe, el candidato está en óptimas condiciones para seguir el procedimiento y, en consecuencia, pasar a la siguiente fase: Evaluación y sus resultados, y posteriormente ser acreditados y registrados.. 83


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6.7. Modalidades de Impartición La formación podrá impartirse de forma presencial, a distancia, teleformación o mixta. En la norma con la que se regula cada certificado de profesionalidad y en las convocatorias de ayudas a la oferta de esta formación, se determinarán las condiciones y requisitos que se solicitarán para cada una de las modalidades. 6.8. Registro de los certificados de profesionalidad Las Administraciones laborales competentes deberán llevar un registro nominal y por especialidades (denominación) de los certificados de profesionalidad y de las acreditaciones parciales acumulables expedidas. Existirá un registro general en el Sistema Nacional de Empleo, coordinado por el Servicio Público de Empleo Estatal e instrumentado a través del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, al que deberán comunicar telemáticamente y en tiempo real las inscripciones efectuadas en los registros a que se refiere el párrafo anterior. Las personas que hayan obtenido la acreditación de unidades de competencia en la administración educativa podrán solicitar la inclusión en el citado registro.

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parte 4 Buenas Prácticas en la Financiación de Proyectos Sociales

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7. Obra Social CAM MEDITERRÁNEO PROGRAMA CAM INTEGRA El Programa de Ayudas a la Integración Social CAM Integra tiene por finalidad promover un desarrollo económico y social sostenible y corregir las desigualdades presentes en la sociedad actual. A través de las convocatorias que componen el Programa CAM Integra, Caja Mediterráneo apoya proyectos de organizaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea contribuir a la mejora de la calidad de vida y la integración social de colectivos en situación de especial vulnerabilidad. El objetivo del programa es acercarse a los colectivos más necesitados y mejorar su situación social desde muy diversos ámbitos. Desde 1995, año en que se puso en marcha CAM Integra, hasta 2009 se han apoyado 2.771 proyectos sociales. En la edición de 2010 de CAM Integra presenta cuatro convocatorias diferenciadas en función de los colectivos a los que se dirigen y el tipo de proyectos a presentar: La Inserción Laboral de personas con discapacidad Se apoyarán proyectos dirigidos a los siguientes colectivos: • • • •

Personas con discapacidad física Personas con discapacidad sensorial Personas con discapacidad psíquica Personas con enfermedades mentales

Se apoyarán proyectos encuadrados exclusivamente en una de las siguientes tipologías: • • • • • •

Dispositivos de inserción o intermediación laboral Intervención en Centros Especiales de Empleo Intervención en Empresas de Inserción Laboral Formación prelaboral vinculada a procesos de inserción laboral efectiva Empleo con apoyo Enclaves laborales

Atención a personas dependientes Se apoyarán proyectos dirigidos a los siguientes colectivos: • • • • •

Personas con discapacidades psíquicas Personas con enfermedades mentales Personas con enfermedades neurodegenerativas o asociadas al envejecimiento Personas con cáncer Otras personas con enfermedades o discapacidades de similares características, que provoquen dependencia • Personas mayores 87


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Se apoyarán proyectos encuadrados en alguna de las siguientes tipologías: • Rehabilitación en centros de día, recursos residenciales o instalaciones de similares características • Intervención en pisos tutelados • Atención a domicilio y acompañamiento • Respiro familiar • Centros ocupacionales y formación ocupacional • Formación y atención a los cuidadores • Grupos de ayuda mutua • Proyectos que favorezcan las relaciones intergeneracionales • Información y sensibilización social Exclusión social Se apoyarán proyectos dirigidos a los siguientes colectivos: • • • • • • • • •

Personas con adicciones Personas reclusas y ex-reclusas Personas transeúntes y sin techo Personas en situación grave de exclusión social por motivos económicos Personas pertenecientes a minorías étnicas con dificultades de integración social Infancia y juventud en situación de riesgo social Mujeres que ejercen o han ejercido la prostitución Otras mujeres en situación de especial vulnerabilidad (no violencia de género) Inmigrantes

Se apoyarán proyectos encuadrados en una de las siguientes tipologías: • • • • • • •

Acogida y atención asistencial Prevención, rehabilitación y reinserción social Formación ocupacional e inserción laboral Formación, información y sensibilización social Programas de interculturalidad Programas de mediación (laboral, educativa, sanitaria, etc.) Atención jurídica

Intervención psicológica con mujeres víctimas de violencia Se apoyarán proyectos dirigidos a los siguientes colectivos: • Mujeres víctimas de violencia de género, que sufran o hayan sufrido situaciones de maltrato físico y/o psicológico por parte de su pareja, derivadas de recursos como: Centros de Atención Primaria, Oficinas de Atención a la Víctima, etc., que puedan beneficiarse de una intervención psicológica grupal para la mejora de sus recursos personales y la reducción del impacto psicológico derivado del maltrato.

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8. Obra Social La Caixa: PROGRAMA INCORPORA PROGRAMA INCORPORA

Incorpora de “la Caixa” es un programa de intermediación laboral, basado en las necesidades del tejido social y empresarial y que garantiza una buena integración de la persona en la empresa. www.incorpora.org Los beneficiarios de este programa son las personas con especiales dificultades de acceso al mundo laboral: personas con algún tipo de discapacidad, personas con trastorno mental y personas en situación o riesgo de exclusión social (jóvenes, mayores de 45 años, inmigrantes, parados de larga duración y mujeres afectadas por situaciones de violencia de género). Incorpora, a través de los técnicos de inserción laboral, ofrece a las empresas un servicio de intermediación laboral que proporciona un apoyo integral que incluye todas las etapas del proceso, desde la formación y la selección hasta la propia incorporación de las personas: Asesoramiento sobre normativa vigente en la contratación de trabajadores y trabajadoras de diferentes colectivos frágiles Apoyo previo y seguimiento de la contratación: • • • • •

Selección de perfiles profesionales. Diseño y aplicación de itinerarios de inserción personalizados. Acompañamiento del usuario en el proceso de adaptación a la empresa. Adaptación de la formación ocupacional a las necesidades de la empresa. Estancias prácticas supervisadas por la empresa.

Asimismo Incorpora ofrece a los profesionales de las entidades sociales la realización de acciones formativas para la inserción socio-laboral de las personas en situación de exclusión social. Esta formación facilita un marco conceptual y metodológico común y plantea estrategias de aproximación y colaboración con el mundo empresarial, que ayudan a mejorar las competencias y la profesionalización de los técnicos de inserción laboral.

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9. Plan Integra BBVA: PREMIO INTEGRA BBVA

Este Plan impulsa la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad, además de reforzar los conceptos de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Favorecer la accesibilidad y la plena inclusión de las personas con discapacidad, es uno de los puntos del Plan INTEGRA de BBVA. Además de sensibilizar acerca de las necesidades y potencial de las personas con discapacidad. Este premio se enmarca dentro del Plan INTEGRA de BBVA, que impulsa la inclusión laboral y promueve un mayor conocimiento y sensibilización de las necesidades y potencial de las personas con discapacidad. Los proyectos que serán especialmente valorados se encuadran en alguno de los siguientes ámbitos: • Innovación en la creación de empleo para las personas con discapacidad en nuevos sectores de actividad. • Promoción de la Accesibilidad Universal, la Igualdad de Oportunidades y la No Discriminación para potenciar la incorporación laboral de las personas con discapacidad, en especial de aquellas personas con mayores dificultades para acceder a un empleo de calidad. • Mejora de las condiciones de empleabilidad de las personas con discapacidad, sobre todo en el caso de las personas con mayores dificultades para acceder a un empleo de calidad. • Excelencia en la dirección de personas y el desarrollo de competencias en Centros Especiales de Empleo o en entidades que cumplan las condiciones previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril. • Iniciativas de generación de empleo en Centros Especiales de Empleo que supongan una aportación de calidad e innovación. • Iniciativas y proyectos que, cumpliendo los requisitos de esta convocatoria, generen oportunidades de empleo para personas con discapacidad que contribuyan al desarrollo sostenible y a la protección medioambiental. • Intermediación y cooperación con empresas para la incorporación laboral de personas con discapacidad en condiciones de calidad e igualdad de oportunidades, siempre que supongan la efectiva generación de oportunidades de empleo de calidad y que aporten elementos innovadores al respecto. • Investigación, desarrollo e innovación en la aplicación de tecnologías avanzadas en los ámbitos de la promoción de la autonomía personal y el empleo para las personas con discapacidad. • Actividades de difusión, sensibilización y formación que fomenten una cultura de calidad en el empleo para las personas con discapacidad. • Otros ámbitos cuyo desarrollo suponga un avance en la creación de empleos de calidad para personas con discapacidad y en la generación de condiciones para su igualdad de oportunidades y calidad de vida. El objetivo principal del Plan es impulsar la plena inclusión laboral de estas personas a través de la aplicación y desarrollo de políticas innovadoras.

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10. Obra Social Cajasol

PROGRAMA DE ACTUACIÓN SOCIAL El Programa de Actuación Social, se configura como una convocatoria pública dirigida a organizaciones sin ánimo de lucro con proyectos sociales de aplicación en el entorno de implantación de la entidad. Está orientado a cuatro colectivos prioritarios –mayores, discapacitados, grupos en riesgo sanitario y grupos en exclusión social–, el programa promueve el trabajo con estos colectivos a través de 4 líneas de intervención: dotación de recursos, fomento del empleo, acciones de prevención y programas sociales, primando aquellas iniciativas que tengan sostenibilidad en el tiempo a la finalización de la ayuda concedida. Por otro lado, Cajasol dispone de una línea de trabajo centrada en otros ámbitos de actuación social. En ella se insertan los programas de apoyo y prevención de la dependencia, el trabajo en red de entidades sociales, los programas sociales de integración infantil y tiempo libre, las acciones para apoyo familiar y psicológicos a personas en riesgo sanitario, los proyectos para la formación y creación de empleo, las actividades de educación en valores o las acciones de formación y sensibilización sobre las problemáticas sociales.

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parte 5 Buenas Prácticas en la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica

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La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica: Buenas Prácticas

www.cocemfe.es COCEMFE, Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, es una Organización No Gubernamental, sin ánimo de lucro que se constituyó en 1980. Su objetivo es aglutinar, fortalecer, formar y coordinar los esfuerzos y actividades de las entidades que trabajan a favor de las personas con discapacidad física y orgánica para defender sus derechos y mejorar su calidad de vida, COCEMFE representa al colectivo de personas con discapacidad física y orgánica ante la Administración, la empresa privada y la sociedad. COCEMFE coordina y representa al Movimiento Asociativo de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, a la vez que desarrolla una serie de servicios y actividades orientadas a sus organizaciones miembro, con la intención de mejorar la calidad de vida, la plena integración en la sociedad y la defensa de los derechos de las Personas con Discapacidad Física y Orgánica en todos los ámbitos de la vida. Las áreas de actuación de COCEMFE tienen múltiples presencias: la integración laboral, la eliminación de barreras y el diseño universal, el ámbito sociosanitario, la educación y la formación, la especial atención a la infancia, la juventud y la mujer, la participación en programas europeos y la cooperación con el colectivo de la discapacidad física en Iberoamérica.

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11. COCEMFE MADRID Unidad Móvil Incorpora Inder La Unidad Móvil INCORPORA INDER pretende superar los múltiples factores de exclusión que sufren aquellas personas que tienen algún tipo de discapacidad física y/u orgánica y que además viven en zonas rurales, circunstancia que les dificulta el acceso a la formación y donde las posibilidades de inserción laboral. Se trata de un furgón, con las condiciones de accesibilidad y el equipamiento tecnológico necesario (ordenadores con impresora, DVD y pantalla, conexión a Internet, GPS, etc.), dirigido a asesorar, sensibilizar e informar a las empresas en materia empleo de personas con alguna discapacidad, recursos y legislación de interés, así como sobre accesibilidad, ayudas técnicas y adaptación del puesto de trabajo. La unidad móvil se desplaza por diferentes poblaciones rurales, actuando como recurso comunitario. El dispositivo cuenta con una zona dotada de las últimas tecnologías de la comunicación y la información, así como de las adaptaciones técnicas necesarias para realizar acciones de alfabetización tecnológica. El Proyecto INCORPORA INDER ha logrado convertirse en un recurso socio laboral de referencia para las personas con discapacidad que residen en el ámbito rural, especialmente para las mujeres, las que tienen más de 45 años, o una gran discapacidad.

Potenciar los procesos de inserción laboral de las personas con discapacidad residentes en zonas rurales

OBJETIVO

ENFOQUE PSICOSOCIAL

LA PERSONA Atención a domicilio personalizada Orientación Laboral/ Formación Alfabetización Tecnológica/ Habilidades Sociales LA FAMILIA Valores SINERGIAS Actitud Autonomía

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EL ENTORNO Empresas Recursos Adm. Locales


ESTRATEGIAS GLOBALES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS

Universidad Técnica de Cocemfe COCEMFE ha desarollado los módulos formativos de la Universidad Técnica con el objeto de mantener un equipo directivo y técnico actualizado, formado y preparado para acometer los nuevos retos que se presentan en la atención, prestación de servicios y diseño de nuevas estrategias en busca de la igualdad, integración y equiparación de oportunidades. El objetivo general es, tanto la adquisición de conocimientos específicos y transversales en el trabajo diario de los destinatarios, como el perfeccionamiento y la optimización de los conocimientos previos, tan valiosos como los contenidos de cada módulo. Su diseño se plantea como un método de aprendizaje significativo que, de forma dinámica, utiliza en todo momento la integración de las bases teóricas del curso con la participación y la puesta en común de los conocimientos y experiencias de los participantes, y la supervisión de profesorado de alta cualificación, conocimiento exhaustivo de la materia y experiencia profesional y docente. La formación continua de los recursos humanos con los que cuentan las entidades es una de las prioridades de COCEMFE para incrementar la calidad y cantidad de servicios que presta al colectivo. La Universidad Técnica de COCEMFE es una convocatoria de formación anual en la que se proporcionan cursos específicos a los técnicos, directivos y voluntarios de nuestras organizaciones. Junto a los conocimientos propios del contenido de cada uno de los cursos, el objetivo general es que la formación aporte: • Valores vinculados al dominio personal y profesional: que conduzcan a obtener logros visibles y a que las personas que los ejercen sean reconocidos en sus tareas profesionales o voluntarias. • Valores relacionados con el desarrollo personal y las relaciones interpersonales: autonomía, conocimiento, creatividad, crecimiento personal, racionalidad, seguridad, tolerancia a la frustración, capacidad para tomar decisiones, participación, sociabilidad, trabajo en equipo... En las acciones formativas se combinan metodologías de trabajo de FORMACIÓN-ACCIÓN: • Exposiciones de los ponentes con soporte audiovisual, con participación activa que permita el intercambio de experiencias. • Discusiones en grupo referidas a los contenidos de las diferentes acciones formativas. • Ejercicios y casos prácticos basados en el trabajo cotidiano. • Desarrollo de un Plan de Acción en las diferentes acciones formativas.

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12. COCEMFE ASTURIAS Proyecto Italiano Tierra Madre Actualmente, COCEMFE-Asturias es socio transnacional en el proyecto Italiano Tierra Madre. El Proyecto Italiano Tierra Madre es un proyecto europeo, llevado a cabo en la zona central de Cerdeña y que promueve la formación e inserción laboral de personas con discapacidad física, sensorial e intelectual. Los sectores económicos elegidos son la agricultura y el medio ambiente, con la intención de fomentar el desarrollo sostenible del área rural de la Barbagia, valorizando su tradicional vocación económica y cultural. Las acciones a realizar pasan por la orientación, formación e inserción laboral y es en este punto en el que se acuerda contar con el Servicio de Integración Laboral (SIL) y su trayectoria en materia de inserción laboral de personas con discapacidad. Se pretende que haya un contacto entre equipos y técnicos del Proyecto y nuestra entidad, con el fin de compartir y difundir las buenas prácticas en materia de políticas y estrategias de empleo. Jornadas de Empleo, Discapacidad y responsabilidad social corporativa. Desde la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica del Principado de Asturias, Cocemfe Asturias, y a través de su Servicio de Integración Laboral, se presenta una Jornada de empleo, discapacidad y responsabilidad social corporativa. Estas jornadas tienen como objetivo general ser un lugar de encuentro e intercambio de experiencias que permitan analizar la actual situación económica y su repercusión en el empleo; así como las barreras y limitaciones que dificultan el acceso al empleo de las personas más vulnerables, entre las que se encuentran las personas con discapacidad. Las jornadas están dirigidas a profesionales del ámbito de la promoción de empleo, tanto entidades públicas como privadas: orientadores laborales, agentes de desarrollo local, técnicos de autoempleo, agentes de igualdad, técnicos de formación, profesionales del tercer sector y de la Administración Pública, Empresariado y Agentes Sociales. El propósito es conocer las distintas perspectivas que sobre los nuevos retos relacionados con las políticas activas de empleo, la formación y las políticas de recursos humanos socialmente responsables, tienen los distintos agentes implicados. Para ello se cuenta con el análisis y la reflexión de profesionales relacionados con la Administración, la Formación y el mundo empresarial, que tratarán de dilucidar los cambios y las nuevas oportunidades a las que se enfrentan entidades relacionadas con el tercer sector, la formación, la orientación laboral y el empleo, así como organizaciones empresariales. Entre las materias que se tratan, podemos citar las siguientes: • El presente y futuro de los programas de empleo basados en itinerarios personalizados. • Responsabilidad Social Corporativa: la contratación de personas con discapacidad.

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13. COCEMFE CASTILLA LA MANCHA Programa de habilidades sociales para la autonomía personal y convivencia comunitaria en viviendas compartidas El contenido del Programa de Habilidades Sociales para la Autonomía Personal y Convivencia Comunitaria en viviendas compartidas tiene como objetivo general potenciar y proporcionar habilidades necesarias para un correcto desenvolvimiento de la vida cotidiana así como facilitar y fomentar el desarrollo de las capacidades y destrezas necesarias para el desempeño de una rutina funcionalmente organizada. Este programa está dirigido a jóvenes con discapacidad de edades comprendidas entre los 16 y los 24 años que comienzan o están inmersos en procesos formativos, ofreciéndoles a través de la participación en el Programa numerosas oportunidades futuras, tanto en el ámbito formativo y laboral como social. El programa trabaja conjuntamente las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD) así como las actividades instrumentales a través de las diferentes acciones desarrolladas en la vida cotidiana (alimentación, gestión de recursos económicos, uso de transporte público, búsqueda de distintos itinerarios formativos-laborales…)

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parte 6 Conclusión Fuentes documentales consultadas

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CONCLUSIONES Y RELACIÓN DE FUENTES DOCUMENTALES CONSULTADAS CONCLUSIONES

• El reconocimiento de buenas prácticas en materia de inserción laboral de las personas con discapacidad contribuye a que se puedan producir avances en las políticas generales dirigidas a este sector de la población. • Es necesario acercar a las empresas diferentes propuestas que pueden desarrollar para apoyar el empleo de los colectivos más vulnerables, comprometiéndose de este modo en el desarrollo de una sociedad más justa y equitativa. • Identificar cuáles son los procedimientos más adecuados en el desarrollo de las acciones por el empleo, realizadas desde la gestión empresarial y en los programas de empleo de fundaciones empresariales y otras entidades. • Facilitar ideas para la reflexión sobre las ventajas y beneficios que aporta a las empresas y, a las entidades públicas y privadas, la incorporación directa de personas vulnerables en sus plantillas de trabajadores y el apoyo a proyectos que mejoran su empleabilidad. • Llevar un estricto cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente para lograr la plena inclusión sociolaboral de las personas con discapacidad. • Acercar experiencias que resulten beneficiosas para el colectivo que se vengan desarrollando en Europa.

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RELACIÓN DE FUENTES DOCUMENTALES CONSULTADAS

• Discapacidad en el lugar de trabajo: prácticas en empresas. • Informe sobre la situación de los centros especiales de empleo en España. • Economía e inserción laboral de las personas con discapacidad en País Vasco. • Guía navarra de recursos para personas con discapacidad. • Guía de modalidades de contratos y fomento de la contratación. • www.lanerako.com • Infodisclm • Sepecam • www.todofp.es • www.cermimadrid.org • Observatorio Argos • Oficina virtual de empleo de Andalucía • Página Oficial del Gobierno del Principado de Asturias • Página oficial Junta Comunidades de Castilla la Mancha • www.rpd.es • www.sid.usal.es • Guía de Gaztelan • Guía Acodifna • Guía del Cormin • Servicio Público de Empleo Estatal • Servicio Andaluz de Empleo • Servicio Navarro de Empleo • Cermi Navarra: legislación • Cermi Asturias: legislación • www.Navarra.es • Ley 13/1982, de 7 de Abril, de Integración Social de Minusválidos. 100


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• Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. • DECRETO 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la Ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía. • DECRETO 334/2009, se 22 de Septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía. • ORDEN de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos • Plan de Acción Integral para las personas con discapacidad en Andalucía 2011-2013. • Plan de Empleabilidad para personas con discapacidad 2007-2013 • Estrategia global de acción para el empleo de personas con discapacidad 2008-2012

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federación almeriense de asociaciones de personas con discapacidad ENTIDAD DECLARADA DE UTILIDAD PÚBLICA C/ Granada, 190 - Residencial “La Cartagenera” D2 / G 04008 ALMERÍA Tfno: 950 273 911/44 - 619 017 280 - Fax: 950 278 184 faam@faam.es - www.faam.es


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