Reseña Histórica de la Legislatura de la Provincia de Córdoba (1825 - 1973)

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Reseña histórica de la Legislatura de la Provincia de Córdoba (1825 – 1973) Por Federico G. Bordese

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Copyright © 2016, Revista HISTÓRICA del Archivo Fotográfico de Córdoba.

Imagen: “Bosquejo histórico, político y económico de la provincia de Córdoba”. Autor: Santiago Juan Albarracín. Editor: J.A. Alsina. Año: 1889.

Esta obra está bajo una licencia Creative Commons Atribución – Sin Obra Derivada (bynd) 2.5: Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de las obras derivadas.

Queda hecho el depósito que prevé la ley N° 11.723 3


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Nota del editor La revista fue fundada por el Director en el 2011, y se decidió darle un formato sencillo. Recibiendo el nombre HISTÓRICA con su ISSN: 1793-5748 (digital). La publicación se realiza cada mes desde marzo hasta diciembre, aunque en sus comienzos la tirada no siempre fue de ese modo. La autoridad a cargo del Archivo Fotográfico de Córdoba – AFC, es quien está como Editor de la revista hasta que dure su mandato.

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Las primeras Salas de Representantes de Córdoba y Legislatura de la Provincia, se

establecieron en diferentes casas (antiguamente se le decían “locales”). En un comienzo ambas funcionaron [alquilándose] en la casa de la familia San Millán, ubicándose en el actual terreno en donde funciona el Hotel Windsor, entre las calles Buenos Aires y Entre Ríos, frente a la iglesia de San Francisco; Sin embargo se comenta que un día se había caído el techo de tejas, debido al mal estado de las maderas, derrumbándose sobre uno de los cuartos en donde funcionaba la Sala de Representantes. Ante este hecho, entendieron que debían trasladarse al Cabildo que poseía varias salas, en tanto reparaban el techo pero pasaron los meses y se consideró oportuno alquilar una de las salas del histórico Cabildo; Para aquellas fechas también funcionaba el Poder Ejecutivo, Poder Judicial y la Central de Policía de la Provincia. En planillas de gastos obradas en el Archivo de la Legislatura, consta que –en 1825– se abonada doce pesos (12 $) mensuales en concepto de alquiler; No obstante se aclara que no siempre alquilaban la misma sala, es decir que (cada tanto) se mudaban a otra. De hecho hubo ocasiones en que el recinto de sesiones estuvo en la planta baja del edificio y otras en el primer piso, sobre el ala que daba sobre la plaza San Martín. El 3 de Agosto de 1880, bajo la presidencia de Nicolás Berrotarán la Corporación Municipal decidió “Destinar de las Rentas Generales hasta la suma de 50.000 $ (cincuenta mil pesos) bolivianos, en 7 (siete) anualidades para la construcción de una casa municipal y adquisición de terreno correspondiente…”; Y debía “… hacerse en algún punto comprendido por las calles 9 de Julio y 25 de Mayo al norte, por las calles Rivadavia y Buenos Aires al este, por las calles Entre Ríos y Caseros por el sud y por las calles Independencia y San Martín al oeste…”. Sin embargo nos llama la atención del Sr. Berrotarán al delimitar las áreas en donde debía adquirirse el terreno, pues curiosamente el Sr. Felipe Díaz ofrecía su inmueble dentro del área impuesta, quizás el Sr. Díaz ya había comentado la intención de ofrecer su lote para la fecha de 1880; Y el 4 de Agosto de 1882 el Concejo Deliberativo consideró la oferta que había realizado el Sr. Díaz ante el Departamento Ejecutivo, quien ofrecía en venta una casa de su propiedad con muros anchos y blancos, piso alto, techumbre de tejas (no tenía parapetos) y balcones; Así mismo agregamos que la casa tenía Octava1. Dicha vivienda se situaba en la intersección de las calles Deán Funes y Unión (hoy Rivera Indarte) estipulando el precio de la misma en 10.667.00 $ pesos fuertes (diez mil seiscientos sesenta y siete pesos fuertes), o sea 13.999 $ (Trece mil novecientos noventa y nueve pesos) bolivianos. La comuna aprobó la oferta del señor Díaz, y el 9 de Agosto se labró la escritura de traslación de dominio por ante el escribano del Registro N° 4, Sr. Donaciano del Campillo; Teniendo como compradores el Gobierno municipal, compareciéndose los representantes Juan Manuel La Serna, Marcelino Gacitúa, Dídimo Ponce, Wilfredo Torres y Ernesto Bancalari. Y en la dicha escritura expusieron las medidas del inmueble: 24 varas2 (la Castellana), 25 pulgadas más o menos por la calle Deán Funes, 46 varas, 16 pulgadas 1

El 26 de junio de 1869 se sanciona una ley, cuyo artículo n° 2 disponía que cada vivienda (se edificara en adelante) deberían tener “ochavas”, es decir ceder un triángulo en las esquinas; Con ello comentamos que dicha casa se había construido anterior a 1869. 2 Aclaramos los dichos del Arq. Jorge Bettolli respecto al uso de Varas, pues expuso que dicha medida solamente se usaba en época colonial; Sin embargo se han observado planos y documentos en donde revela

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Revista HISTÓRICA más o menos por la calle Unión; además de un martillo saliente al norte en el tercer patio de la casa de 12 varas, 1/3 pulgadas más o menos de largo por 13 varas de ancho, lindando al sud calle Deán Funes, al oeste calle Unión, al norte con derechos de la testamentaria de Juan Antonio Álvarez, propiedad en esos días de José María Fragueiro y al este con una propiedad de Federico Helguera3; Ante este hecho, se estableció ese mismo día un Consejo Ejecutor para que llevara a cabo la propuesta y compra de lo establecido, disponiendo que el 1º de Diciembre del mismo año se realizara un certamen para proyectar el futuro Palacio Municipal. Y se fijaron tres premios para los mejores proyectos: el primero de 500 $ (quinientos pesos) fuertes, el segundo de 400 $ (cuatrocientos pesos) fuertes y el tercero de 200 $ (doscientos pesos) fuertes, acordándose a los tres un diploma como constancia de haber obtenido premio. El diario "Eco de Córdoba" comentaba el 16 de marzo de 1883 respecto al proyecto: "…los pasos necesarios para que la Municipalidad tenga una casa propia y deje de andar como el mal inquilino, de Herodes a Pilatos todos los días..."; Y el 21 de marzo de 1883 comentaba "…para no andar de la Ceca a la Meca ni ocupando casas de familia, cosa que es muy impropio de una corporación muy respetable…”. Para realizar el concurso, se convocaron a los ingenieros Miguel Tedín, Carlos Casaffousth y Rafael Aranda para presidir como Jurado. El ganador de la licitación Se consideró ganador el proyecto presentado bajo el seudónimo “Municipio Progresista" del arquitecto e ingeniero Sr. José Cometa de la empresa Nicolás Cánepa (ciudad de Río Cuarto); Y para la construcción se llevó a cabo una licitación, adjudicada al catalán Mariano Güell. No obstante el municipio debió realizar un empréstito por intermedio de la compañía inglesa Samuel B. Hale y Cía Limit, con sucursal en Buenos Aires; Quien anteriormente el municipio ya había contraído empréstito con la misma empresa para diversas construcciones, como por ejemplo la reconstrucción del Paseo de Sobremonte, casas para inquilinato, adoquinado general para la ciudad, formación de la calle San Jerónimo, construcción para escuela, tres puentes sobre el Río Primero entre tantas obras. El 24 de Abril de 1883 el Consejo Ejecutor en sesión presidida por el Vicepresidente del Cuerpo, Marcos Nicanor Juárez, aprobó el proyecto presentado por la Comisión de Obras Públicas al citado consejo. Los diarios de época –enterado del proyecto– realizaron diversos comentarios, como en la edición del 9 de diciembre de 1883, "El Periódico" ofreciendo una litografía realizado por del que –a finales del Siglo XIX– aún se usaba la vara como medida, aunque no de un modo ya difundido. De los dichos del Sr. Bettolli también lo han expresado el Dr. Carlos Prudencio Bustos Argañaraz, Arq. Juan Manuel Bergallo, Dr. Marcelo Enrique Roqué (fallecido); Los últimos tres miembros de la Junta de Historia de Córdoba, con quien se tuvo la oportunidad de entablar conversaciones. Es muy probable que también otros miembros de la Junta tengan la misma “teoría”, sin embargo –la falta de lectura e investigación– ha demostrado que están equivocados. 3 El inmueble lo había adquirido el Sr. José Comolli, quién construiría un hotel llamado ROMA; Edificio de dos pisos con una gran y ancha torre.

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Revista HISTÓRICA italiano Carlo Ippolito Armanino (1834-1921), respecto al Palacio Municipal y comentaba: "…la arquitectura de sus frentes, si se observa bien, se verá que pertenece al estilo Braman Tezco4 puro y sus proporciones son puramente estéticas…". La construcción del edificio comenzó en 1883 y en febrero de 1885, ya se realizaban las obras suplementarias: colocación de balaustradas, barandas y zócalos de mármol. Se le había encargado al arquitecto escultor José Allio el escudo de la provincia para ornar el flamante recinto, se trajeron arañas, telas y muebles de Buenos Aires. También se adquirió esculturas de bronce y una fuente de agua, de la empresa francesa Val d’ Osne, relojes de Suiza y otros materiales de Inglaterra. Dichos trabajos fueron finalizados y su habilitación oficial ocurrió el 10 mayo de 1885. El Poder Ejecutivo adquiere el inmueble Hacía cuatro años que funcionaba como Casa Municipal; Su importancia arquitectónica había tenido una repercusión a nivel nacional. En tanto el viajero Santiago Albarracín comentaba en su obra de 1889: “… de edificación moderna, es uno de los más elegantes y lujosos monumentos con que cuenta Córdoba, su espacioso vestíbulo está ricamente decorado y sus grandes salones del piso superior espléndidamente amueblados y ornamentados; situado en la esquina que forman las calles Deán Funes y Rivera Indarte, ostenta en esta parte una hermosa torre cuadrada de muy buen efecto.”. A pesar de su belleza arquitectónica, la construcción del Palacio había demandado muchos gastos de lo cual el Poder Ejecutivo de la Provincia debía hacerse cargo de la gran deuda; Sin embargo se debió discutir para saber ¿Quién en realidad debía hacerse cargo de los gastos?, ya que el palacio era parte del municipio; Ante esta situación el P.E. resolvió traspasar toda deuda al municipio, de este modo la Municipalidad se hacía cargo de los gastos contraído. Ante esta situación, el municipio acuerda vender varias propiedades que tenía a su nombre y concretar un empréstito para recaudar los fondos aunque no fueron suficientes para pagar la enorme deuda. Debido a la situación delicada, el intendente Ing. Luis Revol (con fecha 21 de Mayo de 1889) resolvió presentar un proyecto de Ordenanza a la Corporación Municipal, proponiendo la venta del edificio del Palacio Municipal al P.E. provincial. Al mes siguiente del día 7 de junio del mencionado año, se llevó a cabo una sesión precedida por el Dr. Manuel González, que conforme al despacho de la Comisión de Hacienda y Obras Públicas, autorizó al Intendente vender al Gobierno de la Provincia, el inmueble del Palacio Municipal; Y el 17 del mencionado mes fue promulgado pero no fue hasta el día 28 , que la Honorable Cámara de Senadores (presidida por Vicegobernador agrimensor Eleazar Garzón), aprobó el proyecto de Ley remitido por el P.E. autorizando la adquisición del inmueble; Quedando sancionada la Ley N° 1147, y para realizar el acuerdo se fijaba que debía ser practicada por uno o más peritos nombrados de común acuerdo entre el Poder Ejecutivo y la Municipalidad. El 19 de julio de 1889, ante el escribano del Registro N° 2 Sr. Manuel C. Rodríguez, en el Despacho del Ministro de Gobierno de la Provincia, compareciendo el titular del mismo, Dr. José Figueroa Alcorta, en representación del Ejecutivo (según decreto del 6 de Julio) y el Ing. Luis Revol en presentación de la Municipalidad. Al día siguiente con fecha del 20 de julio del mencionado año, en el mismo registro, se labró la escritura N° 288 por la cual se concretaba el traspaso del inmueble a la provincia, por un total de 156.895,20 $ (ciento cincuenta y seis mil ochocientos 4

En realidad se escribe Bramante, por el italiano Donato D'Angelo Bramante; Éste arquitecto fue pionero en la construcción de edificios con cierto estilo, que más tarde se llamaría Renacimiento.

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Revista HISTÓRICA noventa y cinco pesos con veinte centavos) moneda nacional de curso legal. La tasación del costo de la venta había sida realizada por los peritos del Departamento Topográfico y Hacienda de la Provincia; Y al mes siguiente, con fecha del 28 de junio de 1889 (según ley sancionada por ambas Cámaras el 3 de julio de 1889); Se transfería las usinas de gas5 y agua corriente, terrenos, edificios, maquinarias y útiles existentes que les pertenecían, cuyo monto había sido de 750.000.00 $ m/n. (setecientos cincuenta mil pesos moneda nacional). Adquisición de un nuevo lote El 8 de agosto de 1908, el Dr. Manuel de la Lastra se dirigió al Ministro de Hacienda de la Provincia, Luis Achaval manifestando que poseía al costado del edificio y sobre la calle Rivera Indarte, un terreno: “…completamente irregular en la parte que colinda con el mío, resultando una evidente conveniencia para el Gobierno adquirir mi propiedad, en su totalidad o en parte…”; Y al final de la nota de la Lastra agregaba: “Esta adquisición es necesaria a fin de dar a la H. Legislatura las comodidades de que carece…”. Éste pedido fue aceptado, por la cual se creó la Ley N° 2039 para la compra de dicha propiedad: “Autorizase al P.E. de la Provincia para adquirir en compra al Sr. Manuel de la Lastra una casa de su propiedad situada en esta capital, calle Rivera Indarte contigua al Palacio de la Legislatura, por el precio de 30.000.00 m/n (treinta mil pesos nacionales). Este gasto se hará con el producido de la venta de tierras fiscales, imputándose a la presente”. Tras la aprobada ley del 19 de enero de 1909, se labró la Escritura N° 9 ante el escribano del Registro N° 2, Secundino del Signo por la cual el Dr. Manuel de la Lastra vendía al Gobierno de la Provincia un terreno destinado a ampliación del Palacio de la Legislatura; Y en representación del P.E. Provincial, firmó la escritura el Ingeniero Luis Achaval, Ministro de Hacienda, Colonias y Obras Públicas. Las damas de la Legislatura A pesar de nuestras búsquedas, no hemos hallado documentación sobre las esculturas halladas en frente del edificio sobre la peatonal Rivera Indarte; No obstante cuando se construye el primer edificio, solamente existía una escultura sobre la cuarta ventana de la planta alta. Posteriormente (tras las reformas para construir el segundo cuerpo), la escultura fue quitada de allí. Tras realizarse las obras del segundo edificio, se agregaron dos esculturas nuevas: La Ley y La Justicia. Al parecer la primera escultura no corresponde a ninguna de las dos actuales, y tampoco sabemos quién pudo ser el autor; Algunos expresan que fue el escultor Aurelio Luis Ramacciotti, aunque también pudo ser Dante Pelli o los hermanos Pedro y Mateo Riguetti que poseían la empresa de yesería "La Helvética" aunque también llegaron a trabajar en conjunto; Pero sin duda

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La usina estaba construida en un terreno situado entre las calles Salta y Vélez Sarsfield, barraca de Pedro A. Peñaloza y el río Primero, cuya superficie era de 6.561 m2. En tanto, la usina hidráulica, depósitos de decantación, molinos, bombas y dependencias se encontraban en un terreno situado en la antigua quinta, propiedad del Dr. Juárez Celman, lindando al sud con derechos testamentarios de Tomás Funes, al norte con derechos de Pedro A. Peñaloza, al poniente acequia municipal y derechos de Teodomiro Páez y por el naciente con una calle privada.

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Revista HISTÓRICA alguna podemos decir que ambas esculturas no son de mármol como suele opinar la mayoría de las personas, sino que se usó la técnica de vaciado en cemento. Con respecto a la primera escultura, surge la hipótesis de que haya sido de hierro y producida por la empresa Val d´Osne; Pues todas las esculturas adquiridas (que fueron agregadas en el interior del Palacio), correspondía a la empresa mencionada. El reloj de la torre Desde su edificación y ampliación, la torre cuadrada no tuvo reloj. Al menos eso es lo que hemos observado mediante documentos e imágenes; Sin embargo en las sesiones legislativas de 1910 finalmente se ideó colocar un reloj tan esperado, y esto era porque se pensó conmemorar el Centenario de la Revolución de Mayo. Por entonces la torre del cabildo de Córdoba, andaba con problemas en su funcionamiento pero también ya se venía comentando respecto a la demolición de la torre que finalmente se produjo en 1912; Para la fecha de 1910 ya había comenzado a desmantelarse la torre, comenzando con los cuatros cuadrantes, agujas y maquinaría para ser trasladada a su nuevo sitio pero –según documento– se decidió adquirir una nueva máquina para el funcionamiento del reloj; Hasta entonces se comentaba que la torre era el refugio para muchas palomas que iban anidar en ella, siendo un problema para las autoridades y vecinos pero en el mes de abril de 1910 ya se había instalado la maquinaria, y en el 25 de mayo del mencionado año se inauguró oficialmente el funcionamiento del reloj6. Como hecho curioso, la torre del cabildo había sido construida por Mariano Güell, quién también había estado a cargo de la construcción de la otra torre. Reparaciones en el reloj público En el diario La Voz del Interior de 1911, comunica que los Sres. Huch y Terán expresaron que el reloj que está colocado en la Legislatura permanecerá cerrado por refacciones. Desconocemos que refacciones se realizaron pero por decreto superior con fecha del día 23 de agosto de 1911, el Jefe de la Sección Arquitectura de la Provincia Ing. Elías Senestrari y los Sres. Hauch y Terán celebraron el encuentro para realizar un contrato, que fueran acordados y firmado el 9 de setiembre de 1911. (…) “CONTRATO: Art. 1°- Los señores Huch y Terán se comprometen á ejecutar por su exclusiva cuenta las reparaciones del Reloj Público detalladas en su propuesta, que corre á fs. 9 del expediente número 4 letra R. Sujetándose en un todo á las indicaciones que al respecto se le hagan por esta Sección. Art. 2°- El S. G., abonará á los señores Huch y Terán por los trabajos indicados y de acuerdo con su propuesta la suma de setecientos pesos moneda nacional cuyo pago se hará efectivo por certificado único á los dos meses de la total terminación de los mismos. Art. 3°- Los trabajos deberán comenzarse dentro de los diez días de aprobado el presente con trato por el S. G. y terminarse dentro de los treinta días contados desde la misma fecha. La falta de cumplimiento al primer plazo del presente art. Motivará de hecho la anulación del contrato y pérdida del depósito de garantía de que habla el art. Siguiente y por cada día de retardo en el cumplimiento del segundo plazo se le aplicará al contratista una multa de cinco pesos m/n. todo salvo causas de fuerza mayor. 6

Enorme máquina ubicada a 40 metros, accediendo por unos diez escalones empinados. Actualmente, dicha máquina es mantenida por Eduardo Pineda, Torrero quien le da mantenimiento cada tres días; Así mismo comenta que los engranajes son de bronce y debe ser lubricada con aceite.

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Revista HISTÓRICA Art. 4°- Antes de firmar el presente contrato los señores Huch y Terán han depositado en el Banco de Córdoba á la orden de S. S. el señor Ministro de Hacienda, Colonias y Obras Públicas la cantidad de setenta pesos m/n., con lo que garantizan el fiel cumplimiento de las obligaciones que les son inherentes y que les será devuelta al extenderse el certificado final de pago. Art. 5°- El presente contrato tendrá efectos legales una vez de ser aprobado por el S. G. y para todo lo que en él no se prevé regirá lo dispuesto por las Leyes de Obras Públicas y Contabilidad de la Provincia. En fé de todo lo cual firmamos el presente contrato en tres ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de Córdoba, á los nueve días del mes de Septiembre del año mil novecientos once.”. Y el 11 del mencionado mes y año se aprobada el contrato. Obras de ampliación y reparación de 1914 El 29 de enero de 1914, el Departamento de Obras Públicas e Industrias, aprobaba la propuesta (Expediente B-56/913) del Sr. Eugenio Bonnemort para obras de ampliación y reparación, cuya licitación había sido el 17 de enero del mencionado año; Siendo la más baja de las presentadas en el concurso según informado por la Dirección General de Arquitectura, quién resolvió aceptar la propuesta que ascendía a la suma de ciento noventa y cinco mil novecientos veinte y dos pesos con 18 centavos nacionales (195.922.18 m/n). Siendo aprobada por Decreto N° 2325 - Serie A, sin embargo el monto no fue suficiente por ello se volvió a realizar otro decreto, el N° 3207 - A con fecha el 13 de junio de 1914, por la suma de doscientos treinta y ocho mil ciento treinta y siete pesos con cuarenta y seis centavos nacionales. Nuevas ampliaciones según proyecto del Arq. Kronfuss Sancionada la Ley N° 2250, el Departamento de Arquitectura de la Provincia elaboró los proyectos y planos para las obras de ampliación del edificio, los cuales fueron aprobados por el Ministerio de Obras Públicas y las autoridades de ambas cámaras; Por decreto N° 1395 Serie – A, el Gobernador de la Provincia, Dr Ramón J. Cárcano (con fecha 1° de octubre de 1913) aprobaba el presupuesto, pliego de condiciones y especificaciones de las obras de ampliación y reparo del edificio de la Legislatura; Y el 15 de abril de 1914 (por decreto N° 2759) cuyo contrato fue realizado entre el Director General de Arquitectura, ingeniero Elías Senestrari y el Sr. Eugenio Bonnemort, para la realización de las obras de ampliación de la Legislatura. No obstante, en noviembre de 1915 el arquitecto Juan Kronfuss se hacía cargo de la Dirección General de Arquitectura, por ello su primera tarea fue la de inspeccionar las obras públicas que se estaban realizando; Y el 15 de diciembre del mencionado año, informaba al Ministerio de Obras Públicas e Industrias sobre el estado en que se hallaban las obras, manifestando que los planos del proyecto existente, no estaban de acuerdo con las dimensiones efectivas del terreno en donde se debían construir las obras, notándose una diferencia en menos de 0.40 m de frente por 0.70 m de fondo; además existía un martillo en la medianera con la propiedad de los señores Sappia Hnos., cuyas dimensiones y posición, no coincidían con el terreno en el proyecto de referencia. Como consecuencia lógica, sus medidas –estimaba Kronfuss– no servían para realizar la construcción; Más aún con los cimientos que estaban en gran parte ya levantados, se debían adaptar en lo posible a las reformas que debieran introducirse en el proyecto, a efectos de ocasionar la menor cantidad posible de gastos. Aclarando también en su informe que el muro del frente ya estaban construidos los cimientos pero que dicho muro no estaban en los planos correspondientes de la fachada; También Kronfuss manifestó haber realizado un estudio completo de los planos, en donde hacía las siguientes observaciones:

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Revista HISTÓRICA 1. En el proyecto no existía acceso separado a la barra. El público debía utilizar la escalera principal del edificio pasando por el foyer de la Sala de Sesiones para poder penetrar al local destinado a los espectadores. 2. La escalera se había proyectado con una altura de 2,30 mts. entre los descansos, dimensión que no correspondía a una escalera de esa importancia. 3. La Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados no tenía otra entrada que por la Secretaría y por el recinto mismo. 4. Se había omitido en el plano la instalación de la calefacción para la Sala de Sesiones, ascensores, cocina y en general en todas las dependencias necesarias para un edificio de esta naturaleza. 5. La construcción de la barra se había proyectado con un criterio inexplicable, dadas las condiciones normales en que podía resolverse su ejecución. 6. En el proyecto no se hacía descansar la obra del local de la barra sobre la base de los muros que se levantaban debajo de la misma, sino que la suspendía de un sistema de tirantería de los techos, lo que resultaba de difícil ejecución, peligrosa para el futuro y costosa para el Superior Gobierno de la Provincia. La construcción así planteada, obligaba a realizar una entrada a la barra, por el foyer del recinto que quedaba debajo de ella, resultando para este último de reducida altura (2.40 m). Como la Sala de Sesiones sobresalía respecto del techo del edificio existente, podía aprovecharse totalmente el piso con un pequeño gasto más. Tenía en cuenta, además, que el cielorraso de la Sala como la ventilación y la arquitectura general no habían sido estudiados con la suficiencia que requería una construcción de esta índole e importancia, y se acotaba que después de la revisión completa del proyecto debían introducirle una reforma total, tanto en su parte arquitectónica que no estaba en relación con el edificio como en su distribución pues resultaba incómodo e inadecuado. 7. En cuanto a la parte administrativa se dejaba constancia que los planos para la ejecución de la obra no estaban firmados por el contratista, sin duda por no haber sido entregados a tiempo, destacando que la dificultad principal se hallaba en el presupuesto, en base a cuyos precios se había formulado el contrato respectivo y naturalmente tenía que sufrir variaciones con las alteraciones del proyecto y modificaciones en la distribución del edificio. Finalmente el arquitecto Kronfuss estimó debía formularse un presupuesto nuevo, aprovechando también agregar que se debía agregar materiales de calidad y con ello tendría un alto coste pero debía omitirse porque dichos materiales era necesarios y duraderos; Así mismo aclaró que los viejos planos faltaban detalles y que muchos de los bosquejos no estaban firmados como correspondía. A todo lo referido, Kronfuss aclaró que las obras paralizadas iban ocasionar una gran demora; Ya que la construcción había sufrido una demora tan considerable que al ser iniciados los trabajos ya que habían expirado los términos de su ejecución; Por ello estimó que las cláusulas del contrato existente con respecto a la fecha de terminación de la obra, no podían ser aplicados estrictamente en su letra, pudiendo sólo servir en su espíritu general, como normas fundamentales de las obligaciones contraídas por el constructor ante el Superior Gobierno para la ejecución del proyecto que había servido de base a la licitación y realización de las obras; Tras finalizar el informe, Kronfuss solicitó al Ministro de Obras Públicas e Industrias una autorización especial para proseguir las obras de ampliación de la legislatura. Lo cual fueron aprobados según los planos fechados el 31 de enero de 1916 cuyas firmas estaban debidamente autorizadas.

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Revista HISTÓRICA Construcción de locales provisorios para W. C. y cocinas Fechado el 9 de enero de 1915, según Expediente A-I-1915 y vista la nota por la Dirección General de Arquitectura; Se manifestó la necesidad de construir locales provisorios dentro del edificio a fin de proseguir con las obras de reparación que se estaban llevando a cabo. Por ello se mandó a construir las obras por la suma de UN MIL OCHOCIENTOS PESOS NACIONALES ($ 1.800), siendo aprobado por el Decreto N°. 4718.-Serie A. Para ese momento ya se había terminado de construir ambas escaleras monumentales, posiblemente faltando algunos detalles a terminar; No obstante también se consideró oportuno construir un ascensor. Ascensores en el edificio de la Legislatura El Departamento de Obras Públicas, comunicó (según Expediente A-II-1915) el 29 de marzo de 1915; Que se realizó un contrato con el Sr. E. Bonnemort, contratista de las obras de ampliación y reparo del edificio7, para que construyera un ascensor de 2,00 por 1,50 mts. resolviéndose decretar el N° 5293.-Serie A. Y cabe destaca que dichos elevadores aún siguen en función aunque han sido reformadas para ser actualizadas en sus controles. Mientras se llevaban a cabo la construcción de los ascensores, el Departamento de Obras Públicas vuelve a remitir un comunicado el 10 de mayo de 1915 (Expediente A-32-II-1915), para elevar el acta de la licitación realizada por ante esa repartición para efectuar la venta de los materiales de construcción provenientes de la demolición parcial del edificio, siendo la propuesta más ventajosa obtenida en la licitación la del Sr. Bonnemort; Los señalados materiales tendrían como precio (de los materiales licitados) la suma de OCHOCIENTOS DIEZ PESOS nacionales ($ 810,00); Siendo aprobado por Decreto N° 3361.- Serie A. Nueva licitación para calefacción y ascensor en el edificio Acorde con el Expediente 78-2ª.-1915, el 14 de marzo del mencionado año el Departamento de O. Públicas consideró el proyecto confeccionado por la Dirección General de Arquitectura, para la instalación de calefacción y dos ascensores en las obras de ampliación del edificio de la Legislatura, que no fueron previstos en el proyecto primitivo; Por ello resolvió Aprobar (Decreto N° 7292.-A) dicho proyecto y llamar a licitación para la ejecución de las obras, hasta el día 25 del corriente a las 11 de la mañana. Sin embargo el 7 de abril de 1916 (Exp. 78-II-1915) se desestimó las propuestas presentadas en la licitación verificada el día 25 de Marzo último, llamándose a nueva licitación hasta el día 18 del corriente, a las 4 p. m.; Siendo aprobado por Decreto N.° 7522 – A; Y el 27 de abril de 1916, el Departamento de Obras Públicas aprueba el nuevo proyecto (Exp. A.1-2ª.-1915) por medio del Decreto N° 7670.-A. El 21 de junio de 19168, el Departamento de O. Públicas (según Exp. 78-II-1915) observó la licitación verificada el día 18 de Abril para la ejecución de las obas de calefacción e instalación de un ascensor en el nuevo edificio, y atento lo informado a su respecto por la Dirección General de Arquitectura y por Contaduría; Se consideró Aceptar la propuesta de los señores Jules Grouvelle,

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El 14 de marzo de 1916 (Expediente A-II-1916), el Departamento de O. Públicas redactó que el Sr. Bonnemort solicitaba que le fuera abonado la orden de pago librada a su favor por $ 18.000, y por concepto de trabajos realizados en el edificio; Por la cual Contaduría General accedió, aprobándose el Decreto N° 7295.-A. 8 Según Exp. 154-2ª.-1916, del día 28 de junio del mencionado año; Se procedió con urgencia la construcción de una cloaca provisoria en el edificio, autorizando al señor José Bonnemort dentro del costo presupuesto de ochocientos sesenta y cuatro pesos m/n. Acordado por Decreto N° 45.- C

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Revista HISTÓRICA H. Arguembourg y Cía., para la instalación de calefacción licitada, por el precio de Nueve Mil Quinientos Pesos Nacionales (pesos 9.500.00). Suscribiendo, por una parte, el Director General de Arquitectura de la Provincia, arquitecto señor Juan Kronfuss, debidamente autorizado para la celebración del presente acto por decreto superior de fecha 21 de Junio del corriente año y por la otra los señores Jules Grouvelle, H. Arquembourg y Cía. (…) “CONTRATO: Art. 1.°- Los señores Jules Grouvelle, H. Arquembourg y Cía, se comprometen a ejecutar por su exclusiva cuenta, las obras de ejecución de la instalación de calefacción en el edificio de la H. Legislatura, que se construye en esta ciudad, con frente a la calle Rivera Indarte, sujetándose en un todo a los planos, pliegos de condiciones y especificaciones, confeccionados por esta Dirección, piezas todas, que forman parte integrante del presente contrato, y que los señores Grouvelle, Arquembourg y Cía., firman en prueba de conformidad. Art. 2.°- El Superior Gobierno abonará a los contratistas por los trabajos indicados y de acuerdo con su propuesta, la cantidad de nueve mil quinientos pesos nacionales. Art. 3.°- Los gastos se harán en tres cuotas en la siguiente forma: 1.° pago: a la llegada de los materiales a la obra, una tercera parte del valor del presente contrato; 2.° pago: A la aceptación provisoria de la instalación se abonará otra tercera parte del valor del contrato; 3.° pago: A la recepción definitiva de la obra se abonará la última tercera parte del valor del contrato. De todos estos pagos se deducirá el diez por ciento, que quedará en garantía de la buena ejecución de los trabajos durante el término de doce meses a contar desde el día que se apruebe provisoriamente la instalación. Art. 4.°- Los trabajos deberán comenzarse una techada la edificación y terminarse totalmente a los tres meses justos contados desde el día en que se inició la instalación. La falta de cumplimiento a lo establecido en la primera cláusula del presente artículo, motivará de hecho la pérdida y respecto al segundo plazo incurrirán los contratistas en una multa de cincuenta pesos día de retardo. Todo salvo causas de fuerza mayor. Art. 5.°- Antes de firmar el presente contrato, los señores Jules Crouvelle, H. Arquembourg y Cía., han depositado en el Banco de la Provincia de Córdoba, a la orden de S. S. el señor Ministro de Obras Públicas e Industrias, la cantidad de doscientos pesos nacionales que agregados a la de setecientos veinte y cinco pesos de igual moneda depositada al hacer la propuesta, hacen en total de novecientos cincuenta pesos moneda nacional, suma con la que los contratistas garantizan el fiel cumplimiento con las obligaciones que le son inherentes y que les será devuelta al extendérseles el certificado final de pago. Art. 6°.- EL presente contrato tendrá efectos legales una vez de ser aprobada por el Superior Gobierno y para todo lo que en él no se prevé regirá lo dispuesto por las leyes de Obras Públicas y Contabilidad de la Provincia, en fe de todo lo cual firmamos el presente contrato en cinco ejemplares del mismo tenor, de la ciudad de Córdoba a once días del mes de Julio del año mil novecientos diez y seis. P. P. Grouvelle, Arquembourg, y Cía. M. Demacia – Alfredo Teceda Martínez, Secr.”. Y el 19 de julio de 1916 (Exp. 78-II-1915) el Depto. de Obras Públicas e Industrias resolvió aprobar el contrato cuyo costo fue de pesos 9.500.00 según Decreto N° 73.- C. En tanto se comunicó a los señores C. R. Dornfels y Cía. aceptar la propuesta en cuanto al precio unitario por la instalación de un solo ascensor, por el precio de Seis Mil Trescientos Noventa y Seis 13


Revista HISTÓRICA Pesos Nacionales ($ 6.396.00) pero repentinamente se decidió no aceptar la propuesta de ellos y devolver su depósito llamándose nuevamente a licitación para la instalación de dos ascensores (Aprobado por Decreto N.° 38.-C). Ante esta nueva situación, el Departamento de Obas P., comunicó el 12 de agosto de 1916 (Expediente N° 78-2ª.-1915) volver a llamar a licitación para la instalación de un ascensor eléctrica, con base del precio unitario del presupuesto oficial correspondiente; Debiendo las propuestas ser presentadas en la Subsecretaría del Ministerio de O. P. eI hasta el día 28 del corriente, a las 4 p. m. (Decreto N.° 147.-C). Tras verificarse con fecha 28 de Agosto próximo pasado y, atento los informes de la Dirección de Arquitectura y de Contaduría General con nota del 25 de Setiembre último; El 9 de octubre de 1916 (Exp. N° 78-2ª.-1915) se verifica el contrato (Decreto N° 335.-C) con el Gerente de la «Otis Elevator Company»9, por la cual se comprometía a colocar el ascensor licitado en mejores condiciones aunque la establecida en su propuesta de licitación; Por la suma de siete mil cuatrocientos setenta pesos nacionales ($ 7.470.00). (…) CONTRATO: “Art. 1.°- «Otis Elevator Company» se compromete a ejecutar por su exclusiva cuenta las obras de provisión y colocación de un ascensor eléctrico en el edificio de la H. Legislatura de esta ciudad, sujetándose en un todo a los planos, pliegos de condiciones y especificaciones, piezas todas que forman parte integrante del presente contrato y que «Otis Elevator Company» firma en prueba de conformidad. Art. 2.°- El Superior Gobierno abonará al contratista por los trabajos indicados y de acuerdo con su propuesta la cantidad de Siete Mil Cuatrocientos Sesenta Pesos Nacionales. Art. 3°- El pago se hará en dos cuotas iguales y en la siguiente forma: Primer pago: Una mitad del valor del presente contrato al llegar la maquinaria a la obra. Segundo pago: La otra mitad del valor del contrato a la terminación de la instalación. De estos pagos se deducirá el diez por ciento, que quedará retenido en garantía de la buena ejecución de los trabajos durante el término de un año a contar desde la fecha de recepción de los mismos. Art. 4°- Los trabajos deberán encontrarse el día primero de Enero del año mil novecientos diez y siete en condiciones de recibir el coche, o sea con la plataforma para la maquinaria construida, los guías y los fierros que van a soportar el coche y contrapeso colocadas, etc. y se terminarán estas obras dentro de los cuatro meses contados desde la fecha de aprobación del presente contrato. La falta de cumplimiento a lo establecido en la primera cláusula del presente artículo motivará de hecho la pérdida del depósito de garantía a que se refiere el artículo siguiente y en cuento el 9

Dicha empresa fue fundada en Yonkers, Nueva York, Estados Unidos en 1853 por el inventor y empresario Elisha Graves Otis (1811 – 1861). La compañía Otis fue pionera en el desarrollo de un sistema de seguridad para ascensores inventado por él; Tuvo sucursales en muchos países como en Chile, Bolivia, Paraguay, Argentina y Brasil. En 1915 la Company llegó a la Argentina e instaló una fábrica de ascensores y escaleras mecánicas en 1929, y en 1942 comenzó la fabricación de unidades completas. La firma Otis también instaló ascensores en el Banco de Córdoba (traída en 1924 pero armado en 1929), La Maternidad. Pabellón A en 1929, El Palacio Episcopal, actual C.G.T. de Córdoba (1929), antiguo edificio del Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba, Palacio de Justicia, Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. y seguramente en otros edificios que desconocemos; Así mismo aclaramos que dichos ascensores no fueron traídos de Estados Unidos, sino fabricado en Buenos Aires y cada uno tiene su particular estilo. Aclaramos que en el Palacio de Justicia, todos los ascensores son de marca OTIS pero la cerrajería artística corresponde a la empresa E. ROSSEL; Y ellas también fueron modernizadas. En 1969 se creó Ascensores Otis S. A. quién adquirió el 100% de la antigua propiedad.

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Revista HISTÓRICA segundo plazo incuirrá el contratista en una multa de veinte pesos por cada día de retardo. Todo saldo casos de fuerza mayor. Art.5°- Antes de firmar el presente contrato «Otis Elevator Compamny» ha depositado ene l Bando de Córdoba a la orden de S.S. el Sr. Ministro de Obras Públicas e Industrias de la Provincia la cantidad de Trescientos Noventa Pesos Nacionales que agregada a la de Trescientos Noventa Pesos depositada al hacer su propuesta, hacen un total de Setecientos Setenta y Cuatro Pesos Moneda Nacional, suma con la que el contratista garantiza el fiel cumplimiento de las obligaciones que le son inherentes que le será devuelta al extendérsele el certificado final de pago. Art. 6°.- El presente contrato tendrá efectos legales una vez de ser aprobado por el Superior Gobierno y para todo lo que en él no prevé regirá lo dispuesto por las leyes de Contabilidad y Obras Públicas de la Provincia, en fé de todo lo cual firmamos el presente contrato en cinco ejemplares del mismo tenor en la ciudad de Córdoba, a veinte días del mes de Octubre del año mil novecientos diez y seis. p.p. Otis Elevator Company: W- T- S- Tackara Juan Kronfuss.”. Dicho contrato fue aprobado el 18 de noviembre de 1916 (Exp. 78-2ª.-1915) según Decreto N.° 447.-C.. Debemos entonces, aclarar que el primer ascensor de la ciudad no funcionó en el Banco de Córdoba, según afirmaba el Arq. Carlos A. Page; Tampoco estamos seguro si la Legislatura fue el primero en instalar un elevador automático eléctrico, pues muchos edificios fueron demolidos sin conocer su historia pero claro está que el Banco no fue el primero o uno de los primeros en instalar un elevador. Así mismo aclaramos que dicho elevador fue reemplazado por uno moderno. Construcción de una red subterránea para instalación eléctrica El Depto. de Obras Públicas e Industrias vio el Exp. 160-A-II-1916 en que la Compañía Luz y Fuerza Motriz de Córdoba, solicitaba autorización para efectuar una conexión subterránea en el cuerpo del edificio que da frente a la calle Rivera Indarte; Fundamentaba que el hecho de hallarse actualmente en construcción dicho edificio y ser fuera conveniente ejecutar ahora la conexión de que se trata, para no tener que destruir después los revoques del mismo, en caso de tenerse necesidad de dotarlo de la corriente eléctrica que proporciona la Compañía recurrente. Por ello el 14 de 1916 decretó el N°. 506-C.

Plano de la Legislatura de Córdoba10 10

Series de planos reguardados en el Expediente “M.O.P. /DIRECIÓN GENERAL / DE / ARQUITECTURA / CÁMARA DE SENADORES / PLANTA BAJA.”. Fechada el 31 de enero de 1916.– Archivo Histórico de la Legislatura de Córdoba.

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Revista HISTÓRICA Luego de meses, realizados ya todas las correcciones y trabajos necesarios por parte del arquitecto Kronfuss y pedidos de prórroga para la terminación de las obras por parte del contratista Sr. Bonnemort, a causa de modificaciones en el contrato inicial; Kronfuss precisa cambiar los pisos del edificio. Substitución de zócalos Acorde con el Departamento de Obras Públicas e Industrias, fechado el 9 de febrero de 1917 y según Expediente 174-A-2°-1916, hace notar la conveniencia de sustituir el zócalo de granito fijado en el proyecto respectivo para las obras de ampliación del edificio de la Legislatura por zócalo de mármol de Córdoba hasta una altura de 1,40 mts. y en una extensión lineal de 23,40 mts. e importando este cambio de material una diferencia en más sobre el precio asignado al zócalo de granito de $3.367.00; Siendo necesario este cambio de material por razones de estética. Por ello se resolvió (N° 562. – C): (…) “1°- Autorizase a la Dirección General de Arquitectura, para contratar directamente con la Sociedad Viuda de Quinteros e Hijos, la colocación del zócalo de mármol que se expresa, por el precio total de cuatro mil noventa y cinco pesos moneda nacional ($4.095.00 m/n), o sea a razón de $125.00 el metro lineal, comprendido el descuento de diez por ciento (10 %) que establece el decreto de 21 de agosto de 1911. 2°- El pago de este trabajo se efectuará en la forma siguiente: A la terminación de la mitad del zócalo, se extenderá a favor de la Sociedad contratante una letra de Tesorería por el importe de esta mitad, a seis meses de plazo y sin interés; y a la terminación de la otra mitad, se expedirá una segunda letra por su importe, al mismo plazo y en iguales condiciones que la primera. 3°- Este gasto se imputará a la ley N° 2154, según lo indica Contaduría en su precedente informe N° 1980. 4°- Comuníquese, Publíquese en el “Boletín Oficial” y pase el expediente a la Dirección General de Arquitectura para que formule el contrato respectivo y lo eleve a la aprobación del Ministerio.”. Con fecha 9 de noviembre de 1917 Kronfuss se efectuó una inspección de práctica en las obras de la Legislatura: “… habiendo constatado que se encontraba en condiciones de ser recibida definitivamente; comprometiéndose el contratista a hacer una segunda limpieza, proceder al cambio de los vidrios rojos del vitreaux de la Sala de Sesiones y de los vidrios de las ventanas grandes y de las banderolas de las puertas de calle; abrir las cuatro puertas que comunican los salones ocupados por el Honorable Senado con el nuevo edificio, cuando haya posibilidad, y hacer retoques generales si hubiere lugar.”. El mobiliario de la sala de sesiones A observancia de planos con fecha 5 de mayo de 1917, podemos ver que el Arq. Kronfuss realizó planos del mobiliario para la sala de sesiones de la Honorable Legislatura, los cuales habían sido elevados a la Honorable Cámara de Senadores acompañado de un importante pliego de condiciones y especificaciones.

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Plano fechado el 31 de enero de 191611 Y con fecha del 7 de mayo, la Dirección General de Arquitectura hizo un presupuesto de los muebles12 para el nuevo recinto de la Legislatura cuyo monto fue fijado en treinta y seis mil doscientos cincuenta y cinco pesos moneda nacional (36.255,00 $ m/n). La primera sesión realizada en el nuevo recinto Tras finalizar las reparaciones y cambios estéticos del recinto; El 21 de febrero de 1918 el Director General de Arquitectura de la Provincia dio posesión del nuevo edificio de la Honorable Legislatura al Sr. Subsecretario de Gobierno Dr. Pedro Vivas entregándole 62 llaves de la planta baja, 22 llaves del primer piso y 31 llaves del segundo piso; Y el 18 de junio del mencionado año, la Honorable Cámara de Diputados (a las 21:15 hs.) realizó su primera sesión en el recinto. Por su parte, el Honorable Senado recién se reunió en el nuevo local el día 21 de junio en una sesión ordinaria. Así comentaba el diputado Dr. José Heriberto Martínez, tras iniciarse la reunión: ‘‘… que hacía votos porque en ese recinto se sienten, siempre, Diputados traídos por el pueblo y dispuestos a trabajar; rindiendo culto a la verdad, a la sabiduría y al patriotismo''. La asamblea inaugural del nuevo recinto legislativo fue breve, solo duró 10 minutos. Estuvieron presentes en el acto de inauguración, los senadores: José R. Ahumada, Javier S. Álvarez, Rómulo Argüello, José I. Bas, Dionisio Centeno, Ernesto Cordeiro, Alberto Durrieu, N. Fernández Ponce, Francisco Loza, Santos C. Moreno, Lucas A. de Olmos, Arsenio Soria, Julio Torres, Jesús Vidal, Gregorio S. Videla, Jacinto del Viso; y los diputados: Enrique J. Bodereau, Prudencio Bustos, Nicolás Castellano, Lucas Caligniana, Ernesto Lascano, Josa R. Lencina, Pablo C. López, José Heriberto Martínez, Pablo Mariconde, - Roberto Morcillo, Daniel S. Rodríguez, Luis M. Rodríguez, Amado J. Roldán, Emilio S. Sánchez, Crisanto Torres, Julio F. Villalba, Pedro E. Vivas y J. Eloy Llanes. La asamblea fue presidida por el general don Ramón I. de Olmos, hijo del celebrado doctor Severo de Olmos, varias veces Rector de la Universidad Nacional de Córdoba y Ministro de Justicia e Instrucción Pública del Gobierno de la Confederación Argentina. 11

Series de planos reguardados en el Expediente “M.O.P. /DIRECIÓN GENERAL / DE / ARQUITECTURA / CÁMARA DE SENADORES / PLANTA BAJA.”. Fechada el 31 de enero de 1916.– Archivo Histórico de la Legislatura de Córdoba. Plano parcial, 12 En una planilla aparte el arquitecto Kronfuss especifica que los muebles para los demás locales de la Legislatura, debían ser de roble y nogal Norteamericano.

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Revista HISTÓRICA Para muchos, un gasto innecesario pero sin duda alguna los nuevos muebles eran de mejor calidad y exquisitez en su estética que jerarquizada el recinto. Meses luego (en agosto de 1918) se decretó el N° 1934, para la aprobación del contrato celebrado entre el señor director general de Arquitectura y el señor José Bonnemort, relativo a las obras de salubridad proyectadas en el edificio que ocupa la Biblioteca Córdoba. El destino de los muebles del antiguo recinto El 28 de mayo de 1921 el Presidente del H. Cabildo Eclesiástico, Monseñor Luis Rosendo Lealn (en ausencia del Muy Ilustre Señor Deán Monseñor doctor David Luque) se dirigió al Presidente de la Honorable Cámara de Senadores, Dr. Jerónimo del Barco, para solicitar que donara unas butacas que se hallaban en la Sala de Sesiones de la Legislatura pero sin uso alguno ya que se habían adquirido nuevos muebles; Por tal motivo se había pedido que fueran donadas a la Iglesia Catedral. Dicho pedido recién se efectuó al año entrante de 1922, aunque no todas las butacas fueron donadas, ya que sólo se dejó uno para el despacho del interventor en el Palacio Legislativo (ex Presidencia del Honorable Senado)13. Seguro contra incendios En la Cámara de Senadores, de la 12 Sesión Ordinaria, fechada el 18 de julio de 1922. El senador Dr. Manuel González pide que se haga proyecto de ley para el “Seguro contra incendio del edificio de la Honorable Legislatura, su inmobiliaria, biblioteca y dependencias”, cuyo proyecto ya había sido presentado en la Sala de Comisiones el 13 de julio del mencionado año. Tras larga presentación y debate, finalmente el proyecto fue aprobado; Sancionándose con fuerza de ley: (...) “Art 1°- Autorízase al P.E. para abonar al representante en Córdoba, de la Compañía de Seguros contra incendios «Liberpool, London Globe Limitada», la suma de mil quinientos cuarenta y cuatro pesos nacionales, con setenta y cinco centavos, importante total del seguro contra incendio que la referida compañía asegura el edificio que ocupa la H. Legislatura, y su mobiliario, incluyendo la Biblioteca y sus dependencias. Art 2°- El seguro del edificio queda fijado en la suma de trescientos mil pesos nacionales y en cien mil pesos nacionales el mobiliario de ambas cámaras y su duración será por cinco años, a contar desde la fecha de la promulgación de la presente ley. Art. 3°- El gasto que demande esta ley se abonará de Rentas Generales con imputación a la misma. Art 4°- Comuníquese, etc. Dios guarde a V. H. O. de Goycoechea A. Casas Córdoba Mayo 1° de 1922”. Tras aprobarse la ley, el presidente del H. Senado de la Provincia, Dr. Pedro J. Frías comentó (que en su carácter de representante de la compañía de seguros contra incendios «Liverpool London Globe Llda.», la importancia del seguro para el edificio legislativo que ocupa en la planta alta el H. Senado, así como también del salón de sesiones y demás dependencias, incluyendo la biblioteca de la Legislatura; Tratándose de un suntuoso edificio y su costoso mobiliario y archivos. Teniendo 13

En cuanto a los pupitres, fueron donados en 1924 al Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba, conservándose sólo dos en la Honorable Legislatura.

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Revista HISTÓRICA en cuenta lo exiguo de las tarifas y la garantía real que ofrece la compañía con un capital de más de 17 millones de libras esterlinas. Tras aprobarse la ley, hubo opiniones contrarias como la del Dr. Goycoechea pues comentó que la Legislatura debía pagar mensualmente (durante cinco años) unos $ 1544,75 por concepto de seguro, atendiendo que el capital asegurado era de 400.000 pesos, por la cual no alcanzaba representar el valor real del edificio, muebles y útiles; Otros manifestaron que debía hacerse por licitación y algunos que el artículo de ley no era claro del todo. A pesar de ello no hubo más moción formulada. Campana del recinto El 11 de agosto de 1922, el Presidente del Honorable Senado llamó a licitación para colocar en la Sala de Sesiones una campana de orden; Y el 9 de septiembre se aceptó la propuesta presentada por la firma Bigi y Buonacucína, quién ofreció colocar dos campanas en el Recinto iguales a las del Congreso de la Nación. Estos fueron colocados el 26 de septiembre del mencionado año. Como hecho curioso, según las Actas de la Sala de Representantes y luego en ambas Cámaras, el Presidente en las sesiones usaba una campanilla de mano para restablecer el orden en las discusiones planteadas entre los legisladores. En los inventarios encontramos que las campanillas eran de plata o bronce y que cada Presidente saliente (cuando terminaba), se llevaba como recuerdo de haber ocupado el cargo la campanilla utilizada durante su gestión; Los Secretarios de las Cámaras en cada sesión entraban al recinto llevando, además de los libros de Actas y sus lapiceras, la mencionada campanilla pero con el paso de los años las campanillas de mano dejaron de estar de modo. El mástil del recinto Con fecha del 16 de julio de 1953, ambas Cámaras de la Legislatura, sancionan la ley N° 4378 en donde se disponía por intermedio del organismo correspondiente que el Poder Ejecutivo; Mandara construir un mástil en el recinto de la Sala se sesiones, autorizándose invertir la suma de $ 80.000.00 m/n (Peso Moneda Nacional); Debiendo ejecutarse los trabajos durante el período de receso entre los años 1953 y 1954. El mástil fue inaugurado en una Asamblea Legislativa del día 24 de mayo de 1954, con la asistencia del Gobernador de la Provincia y los Ministros de Gobierno, Educación, Culto y Justicia; de Hacienda, Economía y Previsión Social, Salud Pública y Asistencia Social; Y con la presencia de 20 senadores y 21 diputados, y luego de entonado el Himno Nacional Argentino, su Excelencia Reverendísima el señor Arzobispo Monseñor doctor Fermín E. Lafitte bendijo la bandera, que luego el Gobernador procedió izar la bandera. En el acto dieron la palabra el diputado Roberto Saieg por el bloque de la mayoría y por la minoría, mientras el diputado Rogelio Ramón Rodríguez habló en nombre del Senado, y el senador Ignacio Rísso Patrón por la minoría, en tanto el senador Juan Carlos Orse por la mayoría. Nuevas ampliaciones A finales de la década de 1960 y finales de 1970, se hicieron obras de ampliación en el edificio, conforme a los planos aprobados por la Dirección General de Arquitectura; Dichas reformas fue la construcción de nuevas salas en la terraza del edificio que da al costado de la actual peatonal Rivera Indarte, siendo ocupados por el Archivo Legislativo, Hemeroteca y los Talleres Gráficos (Imprenta y Encuadernación). Estos cambios se realizaron respetando el patrimonio arquitectónico sin alterar el aspecto en general. Así mismo (en 1973) se agregaron nuevos equipos eléctricos de micrófonos, amplificadores y parlantes en el estrado y bancas de la Sala de sesiones; Otras reformas significativas, fue cambiar los embaldosados de mármol de Carrara que tenía el patio y 19


Revista HISTÓRICA agregadas cuando se amplió por primera vez el edificio. Sin embargo dichos cambios fue mal comentada por los medios de prensa; Y al iniciarse las sesiones legislativas en 1973, se habilitaron en la Sala de Sesiones nuevos equipos eléctricos como micrófonos, amplificadores y parlantes en el recinto. Todos los cambios redactados anteriormente, fueron comunicados oficialmente ante la Dirección General de Arquitectura. Y dicho trabajo de investigación se considera el más completo en cuanto a su contenido. ***

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