ESTATUTO ORGANICO FUNDACIÓN PARA LA FERIA INTERNACIONAL DE COCHABAMBA, BOLIVIA (FEICOBOL) Título I: Disposiciones Generales.- Capitulo Único: Denominación, Naturaleza,
Duración,
Fines,
Objeto
Social,
Domicilio
y
Patrimonio.Artículo 1º.- (Constitución, denominación y duración).- Mediante el Acta de Constitución de fecha 11 de febrero de 1992, las entidades afiliadas a la Federación de Entidades Empresariales Privadas
de
Cochabamba
(FEPC)
que
figuran
en
la
misma,
constituyeron una fundación sin fines de lucro, cuya personalidad jurídica fue reconocida mediante la Resolución Suprema Nº 213312 de fecha 29 de octubre de 1993 y cuya denominación es “FUNDACIÓN PARA
LA
FERIA
sucesivo
INTERNACIONAL
indistintamente
Fundación
desarrolla
desarrollo
“La
DE
COCHABAMBA,
Fundación”
actividades
institucional
BOLIVIA”
o
(en
lo
“FEICOBOL”).-
La
educativas,
empresarial,
gremiales
promueve
y
de
actividades
científicas y culturales en beneficio de la productividad, y se constituye
en
independiente
una de
persona
los
jurídica
miembros
que
la
distinta,
autónoma
conforman.-
Tendrá
e una
duración indefinida y su extinción se ajustará a las previsiones de este Estatuto y a las normas legales vigentes que regulan la materia. Dicha Fundación se regirá por las normas del Código Civil
Boliviano,
su
Estatuto
y
documentos
constitutivos,
sus
reglamentos y otras normas sociales emanadas de sus órganos de gobierno y, supletoriamente, la normativa aplicable del Derecho positivo boliviano.Artículo 2º.- (Domicilio).- El domicilio legal y principal de FEICOBOL
se
encuentra
fijado
en
la
ciudad
de
Cochabamba
del
Estado Plurinacional de Bolivia, sin perjuicio que ésta pueda