56 | central de contratación
NIVI Gestiones España Multas sin fronteras (Parte 1)
Servicio de cobro en el extranjero de sanciones en materia de tráfico a titulares y conductores con domicilio fuera de España
Un servicio con valor añadido Si bien es verdad que hace algunos años los conductores que incumplían las normas de circulación en países europeos diferentes al suyo quedaban impunes, parte de esta laguna quedó resuelta gracias a la Directiva Comunitaria 2011/82/UE del Parlamento Europeo, que nació con el objetivo principal de facilitar el intercambio transfronterizo de información en el ámbito de la seguridad vial. Un gran avance para mejorar la seguridad en las carreteras europeas, ya que los países miembros podrían acceder a un Registro de Vehículos de cada país, localizar al infractor y gestionar la multa.
• Exceso de velocidad; • No ponerse el cinturón de seguridad u otro sistema de retención homologado; • Saltarse un semáforo, señal de Stop o Ceda el Paso; • Conducir con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas; • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos; • No llevar casco si se circula en moto; • Circular por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios; • Utilizar el teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación mientras se conduce.
En España, la norma para aplicar esta Directiva entró en vigor en 2015 a través del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre que actualizaba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
La Directiva Europea que regula el intercambio transfronterizo de información de tráfico establece ocho tipos de infracciones que serán las que se comunicarán al infractor independientemente del país europeo donde incumpla la norma. Y esas infracciones son:
Según un estudio estadístico, los Ayuntamientos españoles imponen más del 76% de las sanciones totales que se generan a nivel nacional. En relación con el tipo de sanciones que imponen los municipios, más del 50% de las mismas se refieren a sanciones por estacionamiento regulado, estacionamiento indebido, no respetar la señalización y acceso prohibido a áreas restringidas, es decir,
Quedan excluidas, en cambio, las multas por estacionamiento indebido y acceso a áreas restringidas, sanciones más frecuentes en el ámbito municipal.