REVISTA DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS www.femp.es
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Diciembre 2014
Nuevas medidas de apoyo a la liquidez y sostenibilidad económica local Central de Contratación: hasta el 3,5% de ahorro en la compra de combustible para calefacción
CARTA DEL PRESIDENTE Medidas de liquidez
La llegada del Real Decreto-ley 17/2014, a cuyos contenidos dedicamos en esta edición un extenso espacio, ha traído consigo, de nuevo, buenas noticias para la liquidez de nuestras Entidades. Esta vez ha sido en forma de Fondos específicos para la Administración Local, que van a proporcionar mejores condiciones financieras para las Entidades Locales a través del Fondo de Impulso Económico, y de manera especial a las que están peor situación económica a través del Fondo de Ordenación. Además, bajo el paraguas de otro fondo, el Fondo Social, destinado a las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales van a poder percibir, como desde la FEMP hemos venido reclamando, aquellas cantidades que han venido destinando a la prestación de servicios sociales, educativos o sanitarios competencia de las CCAA, pero que han estado prestando las Entidades Locales sin financiación para ello. A este mismo fin obedece la creación del Registro Electrónico de Convenios entre CCAA y EELL, en el que se incorporarán los convenios y transferencias de gasto social entre CCAA y EELL, y que está destinado a facilitar el cumplimiento de la garantía de cobro introducida por la LRSAL en el artículo 57 bis de la LRBRL, a través del procedimiento de retención previsto en el propio RDL. Junto con los fondos citados, este texto normativo da cumplimiento a otra de las reivindicaciones de nuestra Federación: poder invertir nuestro superávit. Precisamente este mes de diciembre conocíamos que en los nueve primeros meses del año, el sector local había acumulado un saldo positivo de 4.734 millones de euros. Con ello volvía a confirmarse el buen hacer de esta Administración y regresaba de nuevo nuestra petición de destinarlo a todas esas actuaciones clave para las economías de nuestros territorios. Y el Real Decreto-ley traía la respuesta prorrogando un año más las posibilidades de invertir ese superávit, no sólo ya en amortización de deuda, sino también en actuaciones financieramente sostenibles, una medida que permitirá a nuestros Ayuntamientos convertirse en motores de la recuperación y que representa toda una inyección de optimismo. Las medidas aprobadas se completan con una más: la ampliación a diez años (120 meses) del periodo para devolver la liquidación negativa por la Participación en los Ingresos del Estado de 2013, un mecanismo cuya utilidad y favorables consecuencias para la liquidez ya han quedado demos-
tradas con las medidas similares aplicadas para los reintegros de los saldos negativos similares correspondientes a ejercicios económicos anteriores. De estas iniciativas, y también de las preguntas y respuestas formuladas y emitidas ante las dudas que pudieran plantearse, damos cumplida cuenta en este número de Carta Local, en el que también dedicamos unas páginas especiales a la Central de Contratación, el instrumento que la FEMP pone a disposición de sus asociados para hacer más sencilla y económica la contratación de bienes, servicios y suministros y que, además, amplía cada día su abanico de servicios ofertados.
Íñigo de la Serna Hernáiz Presidente de la FEMP
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SUMARIO Nº 275 / Diciembre 2014
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3 Medidas de liquidez
EDITORIAL
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8 Nuevas medidas de apoyo a la liquidez y
A FONDO
30 GOBIERNO LOCAL
30 El Gobierno presenta en la CNAL las nuevas medidas de liquidez
financiación local más de un 6%
Fondo Social
Fondo de Financiación a Entidades Locales
Fondo de Ordenación
Condiciones Financieras
Plazos aplicables
El Registro Electrónico de Convenios
36 Reducción de la deuda y mejora el objetivo anual fijado para 2014
38 Doce años de buenas prácticas locales en drogodependencias
Los Fondos de Financiación y sus compartimentos
34 La FEMP aprueba la constitución de la Red de Ciudades por la Transparencia y Participación Ciudadana
sostenibilidad económica local
32 En vigor los PGE 2015 que incrementan la
El superávit de la Administración Local llegó a 4.734 millones en el tercer trimestre
20 R eal Decreto-Ley 17/2014: Preguntas y respuestas
Fondo de Impulso Económico (FIE)
Fondo en liquidación para la financiación de los pagos a proveedores 2
42 La FEMP ya tiene su Reglamento de Honores y Distinciones
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44 MEDIO AMBIENTE 44 J ESSICA F.I.D.A.E.: 123 millones de euros para impulsar la eficiencia energética y las energías renovables
46 I ntensa campaña de Ecoembes en formación y educación ambiental
50 FERIAS
50 Activa presencia de la FEMP en FITUR 2015
52 MOSAICO 54 AGENDA 56 PUBLICACIONES 56 CENTRAL DE CONTRATACIÓN
56 Hasta el 3,5% de ahorro en la compra de combustible para calefacción
61 En marcha los nuevos servicios
62 Entra en vigor la asistencia técnica para gestión de multas de tráfico
64 416 Entidades Locales en la Central de
40 ENTREVISTA Francisco de Asís Babín, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas:
“Desde el ámbito local se puede y se debe seguir participando del desarrollo e implementación de políticas sobre drogas”
58 CENTRAL DE CONTRATACIÓN.
ENTREVISTAs
58 José Manuel Hernández, Director Comercial Delegaciones, Ventas Directas y Aviación Internacional:
“Centralizar la demanda permite simplificar los procesos y mejorar la eficiencia”
60 Bernabé Rodríguez-Pastrana, Director Gerente de Disa Red de Servicios Petrolíferos S.A. y de Disa Retail Atlántico S.L.U.: “La vinculación con la sociedad
canaria y con Ceuta y Melilla es una de las señas de identidad de DISA”
Contratación
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Edita Federación Española de Municipios y Provincias Consejo Editorial Iñigo de la Serna Hernáiz, Abel Caballero Álvarez, Fernando Martínez Maíllo, Salvador Esteve i Figueras, Joaquín Períbáñez Peiro, Angel Fernández Díaz
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Directora Victoria Martínez-Vares
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Coordinación Angeles Junquera García Juan Carlos Martín Barreno Jesus Diez Lobo
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Secretaría de Redacción Paloma Goicoechea Cortezón, Carmen Sanandrés Carrasco Colaboran en este número Carlos Prieto (Haciendas Locales); Adrián Dorta (Central de Contratación); Gema Rodriguez y Luis Mecati (Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible); Ricardo Villarino y Luz Romero (Cultura); Sara Gil (Accesibilidad); Joaquín Corcobado y Elena Ramón (Drogodependencias); Marta Morán (Turismo); Javier González de Chávez (fotos). Consejo de Redacción Emilio Juárez Sánchez; Francisco Díaz Latorre; Victoria Martínez-Vares, Esther García Romero-Nieva
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A FONDO
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Aplazar a 10 años la devolución de las liquidaciones negativas de la PIE correspondientes a 2013, o destinar el superávit local a los mismos tipos de gasto autorizados en 2014 para este fin, son algunas de las medidas de interés para los Gobiernos Locales que aparecen contenidas en el Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales y otras de carácter económico, que recoge el Boletín Oficial del Estado en su edición del 30 de diciembre. La creación de un Fondo Social, por el que el sector local tendrá garantizado el cobro de los servicios sociales prestados a los ciudadanos, o la de un nuevo Fondo de Financiación a Entidades Locales que aúna en varios compartimentos el abanico de opciones disponibles, completa la oferta de mecanismos con los que se pretende dotar de liquidez tanto a la Administración Local como a la Autonómica. Y todo ello en un total de 56 artículos, 18 disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y nueve disposiciones finales, estructurados en cuatro títulos. Las medidas contempladas en el texto permiten, entre otras posibilidades, compartir los ahorros financieros entre todas las Administraciones y priorizar la atención al gasto social. Esta cuestión ocupa un lugar prioritario entre los objetivos de la norma ya que, según queda recogido en el propio texto, “contar con la financiación suficiente para el gasto social, supone una garantía decisiva para la adecuada prestación de servicios públicos esenciales, como son la educación, la sanidad y los servicios sociales, pilares básicos de un Estado social y democrático de Derecho”.
En este sentido, ya en su momento, la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local en el marco del proceso de delimitación de competencias locales, señaló que, para que los municipios desempeñen las de materia social, es preciso que suscriban convenios con las Comunidades Autónomas, titulares de la competencia, y que éstas la deleguen. Además, dichos convenios implican las obligaciones financieras o los compromisos de pago de las Comunidades Autónomas, y una cláusula de garantía del cumplimiento de esos compromisos que no sería otra que la retención de recursos del sistema de financiación.
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A FONDO
Fondo Social
Fondo
de Financiación a Entidades Locales
Así, y en esta línea, el Real Decreto-ley, prevé la creación del llamado Fondo Social para ayudar a las Comunidades Autónomas a liquidar las deudas que tienen con las Entidades Locales a fecha 31 de diciembre de 2014. Podrán acogerse a este Fondo las Administraciones Regionales que tuviesen obligaciones pendientes de pago con Entidades Locales, que sean vencidas, líquidas y exigibles a esa fecha, y que deriven de los convenios suscritos en materia de gasto social y otras transferencias de la misma materia.
En su Título III, el Real Decreto-Ley crea el Fondo de Financiación a Entidades Locales y establece el régimen de integración de los mecanismos ya existentes en los nuevos Fondos, creando compartimentos específicos con condiciones y obligaciones graduadas en virtud de las necesidades financieras que se pretendan cubrir y del grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y períodos de pago a proveedores.
El texto se refiere como “convenio en materia de gasto social” a aquel que prevea obligaciones de pago de la Comunidad Autónoma la Entidad Local y que tenga por objeto la prestación de servicios educativos, sanitarios y de servicios sociales, previstos en la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
El Fondo de Financiación a Entidades Locales queda dividido en tres compartimentos: el Fondo de Ordenación, el Fondo de Impulso Económico y el Fondo en Liquidación para la financiación de los pagos a proveedores de Entidades Locales.
Para adherirse a este Fondo, la Comunidad Autónoma correspondiente deberá remitir por vía telemática el acuerdo de su Consejo de Gobierno con la solicitud de adhesión y el compromiso de cumplir lo dispuesto en la norma. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas será quien finalmente autorice la adhesión en función de la situación financiera de la CCAA solicitante. Entre el 2 y el 16 de febrero, las Comunidades Autónomas remitirán al Ministerio, mediante plataforma telemática, sus obligaciones pendientes de pago que podrían acogerse a este Fondo. En fechas posteriores, el Ministerio realizará las comprobaciones pertinentes y subsanará errores de forma que, entre el 20 y el 27 de febrero, las Entidades Locales podrán acceder a la información suministrada por su CCAA y solicitar a ésta que incluya, de ser necesario, obligaciones no recogidas o modificaciones de alguna de las que sí aparecen incluidas. Una vez realizadas las subsanaciones y comprobaciones posteriores, se formalizará la operación de crédito con cargo al Fondo Social del Fondo de Financiación a las Comunidades Autónomas con aquéllas que se adhieran al mecanismo. En el marco del texto también se contempla la creación de un registro electrónico de convenios que permitirá hacer un seguimiento de aquéllos que Entidades Locales y Comunidades Autónomas mantienen suscritos y en vigor. De esta forma se busca verificar el cumplimiento de la Ley de Bases (en especial de su artículo 57 bis); si no se cumpliera con las obligaciones de pago a las Entidades Locales contempladas en estos convenios, podrían llegar a retenerse recursos a las Comunidades Autónomas. Con la aplicación del procedimiento de retención regulado en el Real Decreto-ley, queda garantizada la adecuada financiación de los servicios públicos esenciales.
Fondo de Ordenación
El primero de ellos, el Fondo de Ordenación, se dirige, por un lado, a los municipios que se encuentran en una situación de riesgo financiero, que el Real Decreto-Ley define por la “concurrencia de alguna de las situaciones siguientes: a) Que su deuda viva a 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior exceda del 110% de los ingresos corrientes liquidados o devengados a aquella fecha y además: se encuentre en las situaciones descritas en las letras a), b) o c) del artículo 21 del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a Entidades Locales con problemas financieros conforme a los últimos datos disponibles del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de las liquidaciones de los presupuestos correspondientes a los dos ejercicios presupuestarios inmediatamente anteriores, o bien les hayan sido concedidas las medidas extraordinarias de aquella norma. Los límites relativos al nivel de deuda se entenderán aplicables aun cuando los municipios estén sujetos a un plan de reducción de deuda o lo estén cumpliendo. b) Los municipios que no puedan refinanciar o novar sus operaciones de crédito en las condiciones de prudencia financiera que se fijen por Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.” Por otro lado, cuando el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas proponga a una Entidad Local del modelo de cesión de im(
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Sigue en pág. 12)
Los Fondos de Financiación y sus compartimentos El Real Decreto-ley regula en sus Títulos II y III Fondos de Financiación a Comunidades Autónomas y a Entidades Locales, respectivamente. El Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas regula de forma integral y ampliada los mecanismos adicionales de financiación puestos a disposición de estas Administraciones y establece las características y condiciones de los tres compartimentos en los que se estructura este Fondo: • Facilidad Financiera • Fondo de Liquidez Autonómica • Fondo Social Por su parte, el Fondo de Financiación a Entidades Locales queda subdividido en otros tres compartimentos: • Fondo de Ordenación • Fondo de Impulso Económico • Fondo de liquidación para la Financiación de pagos a proveedores de Entidades Locales
Condiciones Financieras El Real Decreto-ley aprobado establece las condiciones financieras de las operaciones de crédito para 2015 con cargo al Fondo de Financiación a Entidades Locales.
a) El tipo de interés queda fijado para 2015 en el 0% anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016.
Las operaciones de crédito que formalicen en 2015 las Entidades Locales con cargo a cualquiera de los compartimentos del Fondo de Financiación a Entidades Locales se ajustarán a las siguientes condiciones:
b) Durante 2015 las Entidades Locales no abonarán vencimientos de principal de operaciones formalizadas en ejercicios anteriores con cargo al Fondo de Financiación a Proveedores 2.
a) El tipo de interés queda fijado en el 0 % anual hasta el vencimiento del primer periodo de interés de 2016.
c) El plazo de las operaciones de endeudamiento afectadas por lo previsto en la letra b) se ampliará un año.
b) Las fechas de pago de principal coincidirán con las fechas de pago de intereses. Asimismo, mejora las condiciones de las operaciones de crédito suscritas con cargo al Fondo para la Financiación de los pagos a Proveedores 2. De esta forma, las operaciones de crédito que las Entidades Locales, a 31 de diciembre de 2014, hayan formalizado con cargo al citado Fondo tendrán a partir del 1 de enero de 2015 las condiciones financieras siguientes:
Ahorros estimados para las Entidades Locales El ahorro estimado para las Entidades Locales por las nuevas medidas para 2015 es de 1.451 millones de euros, por la rebaja de tipo de interés anterior y ahora al 0 por 100 en el Fondo de Pago de Proveedores. Sumado al ahorro que obtienen anualmente por la existencia del mecanismo, el ahorro es de 1.621 millones de euros.
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puestos la entrada a un mecanismo extraordinario de financiación por presentar de forma persistente, durante dos meses consecutivos, un periodo medio de pago que supere en más de treinta días el plazo máximo de pago establecido en la normativa de morosidad, ésta se llevará a cabo también en este compartimento de Fondo de Ordenación. En el caso de los municipios del primer grupo, la liquidez que otorgue este mecanismo deberá destinarse a atender a vencimientos de principal e intereses asociados, correspondientes a operaciones de préstamo a largo plazo que cumplan con el principio de prudencia financiera; a atender los vencimientos de operaciones de préstamo del mecanismo de pago a proveedores y atender los vencimientos derivados de las deudas que en este mismo marco se estén compensando mediante retenciones en la participación en Tributos del Estado; y a financiar la anualidad que corresponda abonar por las liquidaciones negativas. En cuanto a los municipios del modelo de cesión, con la aportación del Fondo de Ordenación se atenderán las deudas con proveedores que sean vencidas, líquidas y exigibles, hasta que su periodo medio de pago se ajuste a los límites establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. El Real Decreto-ley detalla el procedimiento de adhesión a este compartimento y explica el trámite de formalización de operaciones de crédito, las condiciones financieras y fiscales asociadas al Fondo y las actuaciones de seguimiento y control.
Fondo de Impulso Económico Por lo que se refiere al Fondo de Impulso Económico, que cuenta con una estructura similar a la del compartimento anterior, el texto indica que podrán adherirse a él las Entidades Locales que hayan cumplido con los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, cuyo periodo medio de pago no supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad durante los dos últimos meses previos a la solicitud; y que se encuentren al corriente de sus obligaciones de suministro de información económico-financiera. Con cargo a este Fondo, las Entidades Locales podrán solicitar la cobertura de los vencimientos del principal y sus intereses asociados, de los préstamos que hayan formalizado o formalicen, para realizar inversiones financieramente sostenibles “de acuerdo con los criterios de prudencia financiera determinados por Resolución de la Secretaría General
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del Tesoro”. El gasto de inversión que se realice deberá ser imputable al capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de la Corporación Local. El Fondo de Impulso Económico también podrá dedicarse a financiar proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles con arreglo al Acuerdo que, en su caso, adopte la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La adhesión a este compartimento exigirá la previa aceptación, por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de la solicitud formulada por la Entidad Local; en la solicitud se indicará la necesidad o necesidades financieras que solicitan cubrir y el importe total solicitado. El Real Decreto-ley detalla que la solicitud ha de acompañarse de la relación de proyectos de inversiones financiadas con préstamos a largo plazo, incorporando la proyección de los efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la inversión en el horizonte de su vida útil. También ha de incorporar el informe del interventor que se haya elevado al Pleno de la Corporación acerca de la consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias; y la copia de haber suscrito el acto de adhesión a la Plataforma Emprende en Tres y al Punto General de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado. La Entidad Local adherida también suscribirá la correspondiente operación de crédito con el Estado, el cual gestionará el pago de los vencimientos de los préstamos a largo plazo, a través del Instituto de Crédito Oficial. La solicitud de adhesión para el año 2015 al compartimento de Fondo de Impulso Económico del Fondo de Financiación a Entidades Locales deberá ser presentada antes del 20 de enero de 2015 (más información sobre plazos en el cuadro “Plazos aplicables”.
F ondo en Liquidación para financiación de pagos a proveedores
Finalmente, el Fondo en Liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de Entidades Locales es el compartimento al que se transfiere el anterior Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores 2. Con esta transferencia, realizada en el 1 de enero de 2015, se transmiten también derechos y obligaciones y se considera extinguido el Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores 2.
Nuevo paso en una trayectoria de apoyo a la liquidez local La entrada en vigor del real Decreto-ley viene a completar los mecanismos con los que el Gobierno ha venido a completar otros ya puestos en marcha en 2012, como el Fondo para la financiación del pago a proveedores o las medidas extraordinarias para apoyo a los municipios con problemas financieros; y todo ellos con un objetivo único: aportar liquidez para que, tanto las Entidades Locales como las Comunidades Autónomas pudiesen hacer frente al pago de sus obligaciones en momentos de especial dificultad económica. Las condiciones fiscales y financieras asociadas a la adhesión de las Entidades Locales a estos mecanismos han sido adecuadamente cumplidas por éstas y han contribuido tanto a mantener los objetivos de
consolidación fiscal como a garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas. A estas medidas se han sumado otras como la Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, o la norma por la que se da impulso a la factura electrónica y a la creación de un registro contable de facturas en el sector público, que ha venido a establecer medidas permanentes para realizar seguimiento, reducción y control de la deuda comercial y de la ejecución de presupuesto. Con todo ello se han sentado nuevas bases para que las Administraciones Públicas, en general, y las Locales, en particular, mejoren y consoliden su estabilidad financiera.
Compartir ahorros, ganar liquidez y simplificar la gestión Poner en marcha nuevos mecanismos que hagan posible que todas las Administraciones compartan sus ahorros financieros, priorizar el gasto social, continuar en la línea de ayudas a las Administraciones con mayores dificultades de financiación y favorecer el impulso de aquéllas que ya las han superado, componen el principal capítulo de objetivos perseguidos con este Real Decreto-Ley. El texto, además, persigue otra finalidad: la de simplificar y reducir el número de fondos creados para favorecer la liquidez, de manera que pueda hacerse una gestión más eficiente de los mismos.
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A FONDO
Plazos aplicables I. FONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES LOCALES
1. Fondo de Ordenación A. Municipios que se encuentran en una situación de riesgo financiero (incluidos en el art. 39.1.a) RD-Ley) El MINHAP, mediante Resolución, determinará los municipios que podrán solicitar la adhesión al Fondo. En el mes siguiente a la publicación de la citada Resolución, el municipio, a través del interventor, por medios telemáticos y con firma electrónica podrá remitir la solicitud de adhesión. En el plazo de dos meses la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local procederá a la valoración del Plan de Ajuste. B. Municipios que no puedan refinanciar o novar sus operaciones de crédito en las condiciones de prudencia financiera que se fijen (incluidos en el art. 39.1.b) RD-Ley) Para los municipios que no puedan refinanciar o novar sus operaciones de crédito en las condiciones de prudencia financiera que se fijen por Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, en el mes de julio de cada año, podrán presentar su solicitud al MINHAP que será aceptada total o parcialmente. Las presentadas fuera de plazo serán aceptadas en función de las disponibilidades presupuestarias y situación financiera de la Entidad Local. Estas Entidades, deberán presentar un Plan de Ajuste, aprobado por el Pleno de la Corporación, que garantice el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, período medio de pago a proveedores, así como un plan de tesorería y detalle de las operaciones de deuda viva, de acuerdo con lo previsto en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre. C. Municipios con más de 75.000 habitantes o capitales de provincia cuyo período medio de pago a proveedores supere de forma reiterada en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad (incluidos en el art. 39.2) RD-Ley)
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Para su adhesión, el MINHAP remitirá a la Entidad Local en el mes natural siguiente al que se haya practicado la segunda retención, una propuesta para que solicite su adhesión al compartimento Fondo de Ordenación, que deberá ser atendida en los 15 días naturales siguientes a la mencionada notificación. En el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud de adhesión la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local valorará el plan de ajuste presentado. Asimismo, la Entidad Local deberá remitir al MINHAP copia de haber suscrito el acto de adhesión a la plataforma Emprende en tres y del acto de adhesión al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado. Si la Entidad Local no presentara solicitud de adhesión quedará automáticamente adherida al compartimento Fondo de Ordenación y aportará la estimación de las necesidades de liquidez para el pago a proveedores de la Entidad Local y le resultará de aplicación lo establecido en la norma.
2. Fondo de Impulso Económico En el mes de julio de cada año, las Entidades Locales que quieran cubrir todas o parte de las necesidades de financiación previstas para este Fondo para el año siguiente, deberán presentar su solicitud al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que será aceptada si la Entidad Local reúne los requisitos de adhesión previstos en el RDLey. La aceptación, en sus cuantías, quedará sujeta al reparto aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Las solicitudes presentadas fuera del plazo sólo serán aceptadas en función de las disponibilidades presupuestarias y la situación financiera de la Entidad Local. Antes del 31 de diciembre de cada año la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos aprobará la distribución de recursos entre las Entidades Locales adheridas destinadas a cubrir total o parcialmente las necesidades de financiación para el año siguiente incluidas en la solicitud de adhesión.
Para el año 2015, de forma excepcional, la solicitud a este Fondo deberá ser presentada por la Entidad Local antes del veinte de enero de 2015, a través de la aplicación habilitada en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales: Aplicación para la presentación de la solicitud de adhesión al compartimento Fondo de Impulso Económico regulado en el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre.
3. F ondo en Liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de Entidades Locales Es el compartimento al que se transfiere el anterior Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores 2. Con fecha 1 de enero de 2015,
se transmiten también derechos y obligaciones y se considera extinguido el Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores 2.
Modificación de las condiciones financieras de las operaciones de crédito suscritas con cargo al Fondo para la financiación de los pagos a proveedores 2 Las operaciones de crédito que las Entidades Locales hubieran formalizado, a 31 de diciembre de 2014, con cargo al Fondo para la financiación de los pagos a proveedores 2, mejorarán sus condiciones financieras a partir del 1 de enero de 2015, quedando el tipo de interés fijado para 2015 en el 0% anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016.
Ii. Fondo Social de Comunidades Autónomas
Mediante el Fondo Social las Comunidades Autónomas podrán financiar temporalmente su deuda pendiente de pago (vencida, líquida y exigible) con las Entidades Locales a 31 de diciembre de 2014, que se deriven de convenios en materia de gasto social y otras transferencias en materia de gasto social. Conforme al procedimiento previsto, del 2 al 16 de febrero de 2015, inclusive, las Comunidades Autónomas remitirán al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la relación de obligaciones pendientes de pago susceptibles de abonarse a través de este compartimento. Desde el 20 al 27 de febrero de 2015, inclusive, las Entidades Locales podrán acceder a la relación suministrada por la Comunidad Autónoma y solicitar a la Comunidad Autónoma la inclusión de aquellas otras obligaciones que entiendan que se encuentran pendientes de pago o la modificación de las incluidas. Los recursos obtenidos por la Entidad Local se entenderán afectados a los fines que constituyen el objeto del convenio o a las po-
líticas de gasto a las que esté asociada la transferencia, y deberán destinarse a pagar a los destinatarios finales del servicio relativo a gasto social. Si la Entidad Local ya hubiere financiado estos servicios con sus propios recursos o con endeudamiento financiero deberá destinar los recursos recibidos a amortizar el endeudamiento financiero que hubiere concertado para financiar estos servicios, al pago a proveedores para reducir su período medio de pago, amortizar parte del préstamo que, en su caso, tuviera suscrito con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores 2, reducir su nivel de endeudamiento financiero o a pagar las deudas pendientes derivadas de convenios suscritos con otras Administraciones o Entidades Públicas. Las Comunidades Autónomas que no se adhieran y no cancelen por sí mismas estas deudas, quedarán sujetas a retenciones del sistema de financiación autonómica, con el fin de saldar las deudas con las Entidades Locales.
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El Registro Electrónico de Convenios
La norma regula la creación y funcionamiento del registro electrónico de convenios entre Comunidades Autónomas y Entidades Locales, en el que quedarán recogidos todos aquellos acuerdos que impliquen obligaciones financieras o compromisos de pago con cargo a las CCAA. Queda configurado como un registro público administrativo dependiente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Quedará organizado, al menos en dos secciones, una de convenios en materia de gasto social y una segunda de otros convenios. El texto señala que será el interventor local quien aporte el texto del convenio y solicite la inscripción en el registro electrónico de la suscripción, prórroga y extinción de los convenios en el plazo de quince días desde que ocurra el “hecho inscribible”. La falta de inscripción será causa de resolución mismo, y las obligaciones de pago no podrán satisfacerse de acuerdo con el procedimiento contemplado en el Real Decreto-ley. La remisión deberá realizarse por medios electrónicos a través del sistema y modelo que habilite al efecto el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
El contenido mínimo del registro de convenios incluirá la identificación de las Administraciones Públicas y Entidades suscriptoras, el título del mismo y la especificación de si se trata de un convenio en materia de gasto social, así como la referencia a la política de gasto de clasificación presupuestaria por programas; la fecha de suscripción del convenio, la de su entrada en vigor, vigencia y precisión de si se trata de un convenio de duración indefinida, y si está prevista su prórroga tácita o expresa. Ha de recoger igualmente el importe total de los pagos estimados y la periodicidad de los mismos y la especificación de la inclusión de la cláusula de garantía de retención de recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas. Para los convenios ya vigentes, el interventor dispone de seis meses para solicitar la inscripción, si se trata de convenios en materia de gasto social, y de nueve si se trata de otro tipo de gasto. En caso de no solicitar la inscripción, se produciría la resolución del convenio y no se satisfarían las obligaciones de pago que derivasen del mismo.
En el Registro quedarán recogidos todos aquellos acuerdos que implquen obligaciones financieras o compromisos de pago con cargo a las Comunidades Autónomas
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Diez años para devolver la liquidación negativa de 2013 “El reintegro de los saldos que resulten a cargo de las Entidades Locales en la liquidación definitiva de la participación en Tributos del Estado correspondiente al año 2013 podrá fraccionarse en un periodo de 10 años, excepcionando el régimen de reintegros aplicable con carácter general y contenido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015”. Con este redactado textual arranca el primer punto de la Disposición Adicional décima, en la que el Real Decreto-ley explica el régimen especial de reintegros de los saldos deudores de las Entidades Locales correspondientes a la liquidación definitiva de la PIE de 2013. Para acogerse a esta medida la Entidad Local tendrá que solicitarlo. El Pleno de la Corporación deberá aprobar una solicitud que, a su vez, el Interventor o Secretario–Interventor presentarán por vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas antes del 1 de noviembre de 2015. Si no lo hacen, el reintegro de los saldos deudores se realizará por el procedimiento general, con cargo a la entrega a cuenta del mes de noviembre. Para que una Entidad Local pueda beneficiarse de la devolución fraccionada deberá, además, haber presentado la liquidación de los presupuestos de la totalidad de entidades integrantes de la Corporación Local correspondientes al ejercicio anterior. Asimismo, ha de prever que cumplirá con el objetivo de estabilidad presupuestaria y con el límite de deuda a 31 de diciembre de 2015, y no superar en más de 30 días el límite máximo establecido en la normativa de lucha contra la morosidad. La aplicación efectiva del aplazamiento se iniciará en la entrega a cuenta de la participación en los Tributos del Estado de enero de 2016; a partir de entonces, los reintegros mensuales aplicables serán los que resulten de dividir el importe pendiente de reintegrar el día primero de aquel mes entre 120 mensualidades.
Si a lo largo de dos ejercicios consecutivos se produjera incumplimiento de las condiciones exigibles para beneficiarse de esta opción, se aplicará el fraccionamiento de acuerdo con lo que establezcan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Empezaría a aplicarse a partir del mes de enero siguiente al de los ejercicios con incumplimiento. El texto señala que, si como consecuencia de las liquidaciones definitivas de la PIE en ejercicios posteriores a 2013, el saldo resultante fuese a ingresar a las Entidades Locales, entonces esos saldos compensarían los deudores, es decir, el importe que quede pendiente de reintegrar. Y si el importe pendiente de reintegro a 31 de diciembre de cada año fuese igual o inferior a 500 euros, se reintegrará por su totalidad en la entrega a cuenta del mes de enero.
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Destino del superávit
El Real Decreto-ley contiene además otra medida de interés para las Entidades Locales que había sido anunciada en el último Consejo de Ministros de 2014. Se trata de la prórroga de las reglas que permiten invertir parte del superávit de 2014 en inversiones financieramente sostenibles en 2015. Sobre esta materia, la Disposición Adicional Novena del Real Decreto-ley prorroga para el año 2015 las reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, previstas en la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, a fin de permitir a las Entidades Locales saneadas financieramente destinar parte del superávit a inversiones financieramente sostenibles, además de destinarlo a amortizar deuda financiera. Los datos sobre superávit de las Entidades Locales y las posibilidades de destino de esos importes aparecen recogidos en el cuadro sobre superávit de la Administración Local.
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A FONDO
El superávit de la Administración Local llegó a 4.734 millones en el tercer trimestre
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Ejecución presupuestaria de la Administración Local
La Administración Local acumuló a lo largo de los primeros nueve meses del año un superávit de 4.734 millones de euros, una cantidad que representa el 0,44% del PIB, y que incrementa la registrada durante el mismo periodo del año anterior, que se situó en el 0,37% de este indicador. Tanto los datos de ejecución presupuestaria del conjunto de las Administraciones Públicas, correspondientes al tercer trimestre de 2014 en términos de contabilidad nacional, como en los datos de ejecución presupuestaria de las Corporaciones Locales correspondientes al mismo periodo, publicados en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así lo indican.
El informe añade que el incremento del superávit de la Administración Local fue del 22% en los tres primeros trimestres del año, y de que la cifra de 4.734 millones de euros alcanzada por este concepto se debe, por una parte, al crecimiento de los ingresos en un 2% interanual, y por otra, al mantenimiento de los gastos, que se conservan prácticamente estables respecto al año anterior con un ligero crecimiento del 0,2%.
Según estas cifras, el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas fue de 38.482 millones a finales del tercer trimestre de 2014, lo que supone una disminución del 13,7% respecto al mismo periodo del año anterior. En términos del PIB, el déficit de las Administraciones Públicas equivale al 3,62% del PIB, muy por debajo del 4,25% registrado en el mismo trimestre de 2013.
Del total de recursos no financieros, que ascienden a 47.565 millones, destaca el crecimiento de los impuestos, que ha aumentado un 5% respecto a septiembre de 2013 siendo la principal fuente de recursos del subsector. El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que es el que tiene un mayor peso en los ingresos de las Corporaciones Locales, crece un 3,5% más que el año anterior.
La información completa sobre la ejecución presupuestaria de la Administración Local puede consultarse en la web de la Intervención General de la Administración del Estado, (IGAE), del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el apartado sobre contabilidad nacional, y en el subsector de Administración Local dentro del sector de Administraciones Públicas (http://www.igae.pap.minhap.gob.es).
Inversiones sostenibles La posibilidad de destinar el superávit local a inversiones financieramente sostenibles queda contemplada en el Real Decreto-ley de Medidas de sostenibilidad financiera y, así, Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos podrán destinar nuevamente su superávit a inversiones que recogidas en los programas presupuestarios de saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas; recogida, eliminación y tratamiento de residuos; alumbrado público; protección y mejora del medio ambiente, como ya ocurriera en 2014. También a los destinados a la mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos; los incluidos en los capítulos de industria, energía y comercio; la ordenación y promoción turística; la pro-
moción, mantenimiento y desarrollo del transporte; infraestructuras del transporte y los recursos hidráulicos. Las Entidades Locales podrán invertir igualmente en programas relacionados con la investigación científica, técnica y aplicada; la sociedad de la información y la gestión del conocimiento. Por otra parte, la inversión puede tener reflejo presupuestario en otros grupos de los siguientes programas: ordenación del tráfico y del estacionamiento; vías públicas; parques y jardines; protección del Patrimonio Histórico-Artístico; carreteras; caminos vecinos y gestión del patrimonio (aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la Entidad Local afectos al servicio público). Quedan excluidas las inversiones con una vida útil inferior a los cinco años como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se destinen a la prestación del servicio público de transporte. Para garantizar que estas inversiones no ponen en riesgo la estabilidad financiera de la Corporación municipal, el expediente deberá contar con una memoria económica específica que recoja una proyección de los efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la inversión en el horizonte de su vida útil.
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Tras la publicación del texto normativo, la FEMP planteó al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una serie de preguntas y aclaraciones que permitieran hacer más sencilla su aplicación y despejaran las dudas interpretativas que pudieran surgir. Tanto las preguntas formuladas como las repuestas remitidas por el Ministerio son las que recogemos a continuación, clasificadas en función del Fondo al que hacen referencia y del procedimiento a seguir.
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FONDO DE IMPULSO ECONÓMICO (FIE) Publicación de Resoluciones y Acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos (CDGAE). El Real Decreto Ley 17/2014 (en adelante, RDL) en su artículo 52 a) establece la previsión de la publicación de una Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera para que la cobertura de los vencimientos del principal y sus intereses respondan a los criterios de prudencia financiera que se determinen en la misma. Asimismo en la letra b) de ese mismo artículo se determina que las EELL pueden solicitar la “financiación de proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles en los términos que
acuerde la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos”. Además, el artículo 41, por lo que se refiere al compartimento Fondo de Ordenación de las Entidades Locales previstas para el artículo 39.1. del RDL dicta que también mediante Resolución pero en este caso de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, se determinará los municipios que podrán solicitar la adhesión al compartimento Fondo de Ordenación. Finalmente en el apartado 3 de la “Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo”, igualmente se hace referencia a Resoluciones de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, y de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local. La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera está trabajando en la concreción de la aplicación del principio de prudencia financiera en el ámbito local con el fin de publicar la Resolución correspondiente. Por lo que se refiere a los proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles por la CDGAE del Gobierno para Asuntos Económicos, deberán ser concretados por dicha Comisión en cuanto resulte posible. Por último, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local determinará en las próximas fechas las Entidades Locales que podrán adherirse al Fondo de Ordenación, si bien, dicha condición se comunicará directamente y tan sólo a las Entidades elegibles, con el fin de proteger sus intereses.
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PREGUNTA: Teniendo en cuenta que la solicitud de adhesión al FIE para el año 2015 se fija en el veinte de enero de 2015, se considera necesario saber cuándo está previsto que se publiquen tanto la Resolución referida como el Acuerdo de la CDGAE. CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 51 y disposición adicional quinta del RDL. Explicación: Con carácter general, las EELL deberán remitir las solicitudes de adhesión en julio de cada año con la comunicación de sus necesidades de financiación para el siguiente año. Pasado ese mes podrán remitir solicitudes, pero quedan sujetas al riesgo de no aceptarse por el MINHAP, dependiendo de las disponibilidades financieras. En cualquier caso, la CDGAE aprobará la distribución de recursos antes de 31 de diciembre. Excepcionalmente, para este año 2015, se establece la fecha límite de 20 de enero para la presentación de solicitudes, con la misma finalidad anterior. Es decir, tener conocimiento de las necesidades de financiación de las EELL para que la CDGAE establezca aquella distribución de recursos. En consecuencia, siempre será anterior la presentación de las solicitudes al Acuerdo de la CDGAE. Las condiciones financieras también se determinarán por CDGAE. Por otro lado, las condiciones de prudencia financiera serán definidas por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, mediante resolución. Las EELL pueden solicitar la adhesión y, posteriormente, desistir de la formalización de las operaciones de préstamo. La finalidad de la adhesión es tener conocimiento de las necesidades financieras. Estas se deben ceñir a vencimientos del principal, y sus intereses asociados, de los préstamos a largo plazo que hayan formalizado o formalicen, de acuerdo con aquellos criterios de prudencia financiera, para financiar inversiones financieramente sostenibles (artículo 52 del RDL). Presentada la solicitud, habrá un procedimiento de aceptación por el MINHAP que se limitará a comprobar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 50 del RDL.
La SGCAL ya tiene accesible la aplicación para presentar las solicitudes desde el día 9 de enero para las EELL que cumplan con aquellos requisitos (44 Diputaciones Provinciales y entes análogos y 3.488 Ayuntamientos). La aplicación se cerrará el día 20 de enero. Se volvería a abrir días después para que se presenten solicitudes por EELL que no lo hayan hecho dentro de ese plazo, pero en estos casos no se garantiza que se cubran los vencimientos.
Mecanismo de actuación PREGUNTA: ¿Cuál es el mecanismo de actuación con relación a los préstamos ya formalizados y con los nuevos que se formalicen? Con relación a estos últimos, primero se concierta el préstamo y luego se solicita o no se concierta hasta que no se comunique por la CDGAE, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ICO o la Entidad Financiera? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículos 51 y 53 del RDL. Explicación: Primero deberá presentarse la solicitud de adhesión al FIE. A continuación se dictará la resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera para definir los términos de prudencia financiera y se adoptará el Acuerdo por CDGAE de las condiciones financieras de los préstamos que se formalicen con cargo al citado Fondo. Las EELL tendrán que refinanciar a términos de prudencia financiera sus operaciones de préstamo vigentes que estén financiando inversiones financieramente sostenibles a términos de prudencia financiera. Si las EELL mantienen su decisión de formalizar el préstamo con el Fondo de Financiación de EELL lo harán previo acuerdo del órgano competente, según cuantía, y por el importe del vencimiento que se deba atender en 2015.
Al Artículo 52. Ámbito objetivo El artículo 52 establece la solicitud para la cobertura de los vencimientos del principal y sus intereses asociados de los préstamos “formalizados” o “que se formalicen”. PREGUNTA: ¿Se puede solicitar la amortización de los préstamos con capital vivo a 31/12/2014 con cargo al FIE? De ser así parece que es contradictorio con el artículo 51.2, en el que con la solicitud hay acompañar la relación de proyectos de inversión sostenible. Debería referirse a
nuevos proyectos de inversión sostenible y operaciones de financiación con cargo a préstamo que se concierte para esa finalidad. CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículos 51.2 y 52 del RDL. Explicación: Es preciso resaltar que se financian “vencimientos” anuales de principal e intereses (artículo 52 del RDL). No se financia la “amortización” de operaciones de préstamo vivas. No hay contradicción alguna en la regulación: la relación de los proyectos de inversión financieramente sostenible pueden perfectamente referirse a proyectos iniciados con anterioridad y que se hayan financiado con préstamos pendientes de amortizar completamente, así como futuros proyectos. En el caso de las operaciones ya formalizadas, las EELL tendrían que determinar cuáles están financiando inversiones que se han calificado de aquella manera. Los vencimientos anuales de esos préstamos son los que se podrían financiar previa adhesión al FIE. PREGUNTA: ¿Se pueden financiar otro tipo de proyectos que no sean considerados “inversiones financieramente sostenibles”? El artículo 52. b) deja la posibilidad a proyectos de inversión “que se consideren relevantes” de acuerdo con el criterio de la CDGAE, si bien se desconoce ese Acuerdo al no estar publicado, como tampoco qué se entiende por inversiones “relevantes”. CONTESTACIÓN: 13 de enero de 2015 Normas básicas: artículo 52 del RDL. Explicación: Esa posibilidad queda abierta, aunque no con carácter inmediato para este ejercicio, y sujeta al citado Acuerdo de la CDGAE. La norma tiene vocación de permanencia, y, por lo tanto, trata de recoger una situación que se podría producir en el futuro,.. CONTESTACIÓN: 9 de enero de 2015 Normas básicas: artículo 52 del rdl Explicación: Esa posibilidad queda abierta y sujeta al citado acuerdo de la CDGAE. La norma tiene vocación de permanencia y, por lo tanto, trata de recoger una situación que se podría producir en el futuro,... PREGUNTA: Un Ayuntamiento que se encuentra en una posición financiera saneada, que sea objeto de inclusión en el FIE y que tenga concertadas
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varias operaciones de crédito de años anteriores, y que pretenda que el importe de las anualidades de estos préstamos ya concertados sean a interés cero. ¿Es posible que al amparo del RDL se pueda establecer que los vencimientos de los préstamos que este Ayuntamiento tiene concertados sean a interés cero?, ¿tienen que ser obligatoriamente préstamos que se hayan formalizado para financiar inversiones financieramente sostenibles?, ¿los recursos del FIE se pueden destinar a atender los vencimientos de operaciones de préstamos formalizadas al amparo del mecanismo de financiación de pago a proveedores en todas sus fases y a atender los vencimientos de principal y asociados correspondientes a operaciones de préstamos a largo plazo que cumplan con el principio de prudencia financiera? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 52 y disposición adicional octava del RDL. Explicación: Es necesario destacar que se financian “vencimientos” anuales de principal e intereses. Esa financiación se va a materializar mediante la formalización de préstamos a cargo del compartimento denominado FIE en unas condiciones financieras que determinará la CDGAE, pero respetando en todo caso: a) El tipo de interés será del 0 % anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016. b) Las fechas de pago de principal coincidirán con las fechas de pago de intereses. En consecuencia, y contestando a las cuestiones formuladas: • El tipo de interés no tiene por qué ser del 0% en todos los años que conforman el período de amortización de los préstamos que se formalicen con cargo al compartimento FIE. • Es requisito esencial que los préstamos hayan financiado o financien inversiones financieramente sostenibles. • Los préstamos no pueden haberse destinado a financiar deuda comercial ni a otra modalidad de inversión distinta de la antes citada. El FIE atenderá vencimientos de préstamos ya formalizados en términos de prudencia financiera. Atender proyectos de inversión es una posibilidad de futuro. En consecuencia, el RDL no promueve nuevo gasto, sino posibilitando que las EELL que se encuentran en una situación financiera saneada, por una parte, puedan refinanciar sus operaciones de préstamo en términos de prudencia financiera (posiblemente en mejores condiciones que las que se les estén aplicando), y, por otra parte, puedan contar con una garantía presente o futura para dar cobertura a los vencimientos de aquellos préstamos, formalizando operaciones con cargo al FIE.
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PREGUNTA: ¿La ejecución de una sentencia que obliga a adquirir suelo urbano, se admite como inversión financieramente sostenible o como inversión relevante? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 52 del RDL. Explicación: El FIE dará cobertura de los vencimientos del principal, y sus intereses asociados, de los préstamos a largo plazo que hayan formalizado o formalicen, de acuerdo con criterios de prudencia financiera determinados por Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, para financiar inversiones financieramente sostenibles. Esta definición se recoge en la disposición adicional décimo sexta del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Según ésta tienen naturaleza de inversiones financieramente sostenibles las que se incluyan en los siguientes programas presupuestarios: 161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas. 162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos. 165. Alumbrado público. 172. Protección y mejora del medio ambiente. 412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos. 422. Industria. 425. Energía. 431. Comercio. 432. Ordenación y promoción turística. 441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte. 442. Infraestructuras del transporte. 452. Recursos hidráulicos. 463. Investigación científica, técnica y aplicada. 491. Sociedad de la información. 492. Gestión del conocimiento. O también la inversión podrá tener reflejo presupuestario en alguno de los grupos de programas siguientes: 133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. 155. Vías públicas. 171. Parques y jardines. 336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico. 453. Carreteras. 454. Caminos vecinales. 933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público.
La inversión a la que se refiere la pregunta parece que no tiene encaje en los mencionados programas, ya que probablemente lo tenga en actuaciones urbanísticas o relacionadas con la política de vivienda. No obstante, se reitera que estarían cubiertos los vencimientos de préstamos no las inversiones ni las ejecuciones de sentencias. En un futuro podría darse cobertura financiera a los proyectos de inversión que determine la CDGAE, cuyo Acuerdo en ese caso concretará dichos proyectos atendiendo a su relevancia o seleccionará aquellos que se incluirían dentro de los que se califican como financieramente sostenibles. PREGUNTA: ¿Se puede entender que una vez adherida una Entidad Local y una vez adquirido el compromiso de una operación por la CDGAE del Gobierno para Asuntos Económicos, las condiciones financieras son “para toda la vida de la operación”? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículos 52 y 53 del RDL. Explicación: La solicitud de adhesión es un acto inicial que se perfeccionará con la formalización de las operaciones de préstamo de las EELL con el Estado. Éste, en nombre y por cuenta de dichas entidades, gestionará, con cargo al crédito concedido, el pago de los vencimientos de los préstamos a largo plazo, a través del ICO, en tanto agente de pagos del Fondo de Financiación a las Entidades Locales. En consecuencia, podrían estar incluidos en esas operaciones los vencimientos de un ejercicio pero no los de otros posteriores. También podría ocurrir que se formalice la operación de préstamo por el período y con las condiciones que determine la CDGAE, pero que, durante el período de amortización, la Entidad Local considere más adecuado para su estrategia financiera cancelar o amortizar anticipadamente la operación. Esta opción sería plausible en los términos que determine la CDGAE. Los tipos de interés a los que se dé cobertura deben estar fijados en términos de prudencia financiera, de acuerdo con la resolución que dicte la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Es decir, las EELL deberán refinanciar las operaciones de préstamo vigentes que están financiando inversiones financieramente sostenibles a tipos de interés fijados de aquel modo. Una vez hecho esto, los vencimientos futuros podrían estar cubiertos financieramente por el FIE mediante los préstamos que se formalicen por las EELL con el ICO. Estos préstamos se formalizarán con las condiciones que determine la CDGAE, si bien ya está fijado que el tipo de interés será del 0 % anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016 y que las fechas de pago de principal coincidirán con las fechas de pago de intereses.
PREGUNTA: ¿Desde qué momento se aplican esas condiciones financieras? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 53 y disposición adicional octava del RDL. Explicación: Las condiciones financieras se aplicarán en los términos que determine la CDGAE y esta aplicación se producirá a partir de la formalización de las operaciones de préstamo con el ICO, en tanto agente de pagos del Fondo de Financiación de EELL. Sólo está fijado que el tipo de interés será del 0 % anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016 y que las fechas de pago de principal coincidirán con las fechas de pago de intereses. El primer período de interés de 2016 será el que resulte, a partir de las condiciones financieras que establezca la CDGAE. Por ejemplo, si los préstamos con el ICO se formalizasen en abril de 2015 y se estableciese por la CDGAE que los intereses se pagarán con periodicidad trimestral, resultaría que los períodos de interés serían julio y octubre de 2015 y enero de 2016. El tipo de interés del 0% se aplicaría hasta este último. En los siguientes se aplicaría el que determine el Acuerdo de CDGAE que en este año 2015 establezca las condiciones financieras de los préstamos.
Plazos y procedimiento de solicitud de acceso a los mecanismos para el año 2015 y siguientes PREGUNTA: ¿Puede el Alcalde aprobar la adhesión al FIE? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 51 del RDL. Explicación: A diferencia del Fondo de Ordenación para cuya adhesión se dice expresamente que la deberá acordar el Pleno, el artículo 51 nada indica acerca del órgano que tendría que aprobar la solicitud de adhesión al FIE. Teniendo en cuenta no sólo la perentoriedad de los plazos, sino también que no se exige condicionalidad fiscal, reduciéndose a obligaciones de suministro de información (artículo 54 del RDL), no habría inconveniente en que aprobase la solicitud de adhesión el Presidente de la Corporación, la Junta de Gobierno Local o el Pleno. En todo caso, sí deberá acompañar la solicitud de adhesión un informe del interventor que se habrá debido elevar al Pleno de la Corporación Local acerca de la consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias de las inversiones financieramente sostenibles.
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PROPUESTA: Teniendo en cuenta que la fecha para la adhesión al FIE se establece en el 20 de enero de 2015, debería habilitarse un periodo de solicitud más amplio. CONTESTACIÓN: Normas básicas: disposición adicional sexta del RDL. Explicación: Con carácter general, las EELL deberán remitir las solicitudes de adhesión en julio de cada año con la comunicación de sus necesidades de financiación para el siguiente año. Pasado ese mes podrán remitir solicitudes, pero quedan sujetas al riesgo de no aceptarse por el MINHAP, dependiendo de las disponibilidades financieras. En cualquier caso, la CDGAE aprobará la distribución de recursos antes de 31 de diciembre.
Endeudamiento PREGUNTA: ¿Computa o no el préstamo en el coeficiente de endeudamiento?
Excepcionalmente, para este año 2015, se establece la fecha límite de 20 de enero para la presentación de solicitudes, con la misma finalidad anterior. Es decir, tener conocimiento de las necesidades de financiación de las EELL para que la CDGAE establezca aquella distribución de recursos. Después del día 20 de enero se cerrará la aplicación de captura de solicitudes, pero se abriría nuevamente pasados unos pocos días (5 días) para recibir más solicitudes, dependiendo de las disponibilidades financieras.
CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 53 TRLRHL.
PREGUNTA: Si la adhesión es mediante solicitud anual, de no solicitarse en 2015, ¿se puede solicitar en 2015 para el año 2016 o debería solicitarse de acuerdo con el apartado 3 del artículo 51 en el mes de julio de cada año?
Estabilidad Presupuestaria y Techo de gasto
CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículos 50 y 51 del RDL. Explicación: Con carácter general, las EELL deberán remitir las solicitudes de adhesión en julio de cada año con la comunicación de sus necesidades de financiación para el siguiente año. Pasado ese mes podrán remitir solicitudes, pero quedan sujetas a las disponibilidades financieras. En cualquier caso, la CDGAE aprobará la distribución de recursos antes de 31 de diciembre. En consecuencia, aunque no se solicite antes de 20 de enero en relación con los vencimientos de 2015, sí se podrá solicitar en julio de este año en relación con los vencimientos de 2016. Y así sucesivamente. Es decir, por el hecho de que no se presente la solicitud de adhesión en unos ejercicios no queda supeditado ni afectadas posibles futuras solicitudes de
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adhesión, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 50 del RDL: a) Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública. b) Que su período medio de pago a proveedores no supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad durante los dos últimos meses previos a la solicitud. c) Estar al corriente de sus obligaciones de suministro de información económico-financiera.
Explicación: Las operaciones de préstamo a largo plazo con el FIE computan para determinar el nivel de endeudamiento a efectos de futuras operaciones financieras a largo plazo, si bien las que se formalicen con aquel Fondo no están sujetas al régimen de autorización previsto en el TRLRHL.
PREGUNTA: Aclarar si las obligaciones financiadas con ese recurso, computan en el objetivo de estabilidad presupuestaria y techo de gasto. Por lo que se refiere a la inversión financieramente sostenible puede entenderse que no computan de acuerdo con lo establecido por la regla del destino del superávit. CONTESTACIÓN: Normas básicas: disposición adicional novena del RDL y disposición adicional sexta de la LOEPSF. Explicación: Las inversiones que se realicen sí computan en la aplicación de la regla de gasto. No hay ninguna norma que las excluya. Sólo quedan excluidas las inversiones financieramente sostenibles que se estén financiando con superávit presupuestario y exista una norma que prorrogue la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En el caso del FIE la financiación se realiza mediante operaciones de préstamo no aplicando superávit alguno.
PREGUNTA: ¿Qué ventajas tiene el FIE para aquellas EE.LL que estén en el máximo del techo de gasto o que no tengan capacidad para encajar en sus proyecciones las nuevas inversiones para dar cumplimiento al objetivo de Estabilidad Presupuestaria? CONTESTACIÓN: Normas básicas: LOEPSF. Explicación: Las EELL que se encuentren en la situación descrita, al margen del citado Fondo, tampoco podrían realizar inversiones porque superarían el límite que resulta de la regla de gasto. Sólo podrían realizar inversiones financieramente sostenibles si se financian con superávit presupuestario, previa prórroga de la disposición adicional sexta de la LOEPSF. El RDL es una norma con vocación de permanencia y puede ocurrir que en un ejercicio no se ajuste a lo que resulte deseable para una Entidad Local, pero que sí se ajuste en otros ejercicios posteriores.
Liquidación del presupuesto de 2015 con déficit PREGUNTA: Si en el año 2015, una Entidad cumple con todos los requisitos por la información de la Liquidación del año 2014 y solicita la adhesión, la CDGAE se la otorga, se concierta el préstamo con el Estado y la entidad ejecuta el plan de inversiones financiadas con la operación. Si el presupuesto del año 2015 se liquida en déficit, ¿se mantiene el compromiso de amortización del principal e intereses para el año 2016 y siguientes de la vida de la operación, o al no dar cumplimiento a los requisitos del artículo 50, el FIE no haría frente a ese compromiso?
Estos requisitos se deben cumplir cuando se solicite la adhesión para cubrir los vencimientos de un ejercicio. En el ejercicio siguiente si la Entidad Local dejase de cumplir alguno de esos requisitos no podría volver a solicitar la adhesión al FIE y sólo podría volver a hacerlo cuando cumpla dichos requisitos. Que no pueda volver a solicitar la adhesión, por supuesto, no interfiere en el proceso de amortización de las operaciones de préstamo que haya concertado cuando cumplió con los requisitos que permitió a la Entidad Local solicitar la adhesión y formalizar aquéllas.
Suministro de Información PREGUNTA: El apartado 3 del artículo 50 establece que la información que se solicita será la última publicada en la central de información económico-financiera de las Administraciones Públicas. Actualmente la información publicada es la del tercer trimestre de 2014. ¿Serviría esta información o habría que esperar a introducir la del cuarto trimestre? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 50 del RDL. Explicación: Las Entidades Locales se podrán adherir al compartimento FIE si cumplen los requisitos del artículo 50. Entre ellos estar al corriente de sus obligaciones de suministro de información económico-financiera. En el plazo establecido para solicitar la adhesión para 2015, el último concluido es el correspondiente a la ejecución del presupuesto de 2014 al tercer trimestre.
CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 50 del RDL. Explicación: Los requisitos que deben cumplir las EELL se recogen en el artículo 50 del RDL: a) Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública. b) Que su período medio de pago a proveedores no supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad durante los dos últimos meses previos a la solicitud. c) Estar al corriente de sus obligaciones de suministro de información económico-financiera.
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FONDO EN LIQUIDACIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PAGOS A PROVEEDORES 2
PREGUNTA: ¿En el Fondo de Financiación para el Pago a Proveedores 2, están incluidas todas las fases del Mecanismo de Pagos a Proveedores? CONTESTACIÓN: Normas básicas: artículo 7 y disposición adicional séptima del RDL y Ley 13/2014, de 14 de julio, de transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. Explicación: El Fondo de Financiación para el Pago a Proveedores 2 es un fondo que se creó por la Ley 13/2014, de 14 de julio, sin personalidad jurídica, previa extinción y liquidación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. En consecuencia, incluye todas las fases concretas de dicho mecanismo. Tampoco se limita en cuanto a la aplicación de las condiciones financieras de la disposición adicional séptima del RDL. PREGUNTA: El RDL mejora las condiciones de las operaciones de crédito suscritas con cargo al Fondo para la Financiación de los pagos a Proveedores 2, estableciendo que el tipo de interés queda fijado para el 2015 en el 0% anual hasta el vencimiento del primer período de interés de 2016. ¿Estas medidas se aplican de forma automática a partir del 1 de enero de 2015 o las Entidades locales deben adherirse? CONTESTACIÓN: Normas básicas: disposición adicional séptima del RDL. Explicación: No es necesaria solicitud de adhesión alguna. Se aplicaría automáticamente el tipo de interés del 0% a partir del 1 de enero de 2015. Por ejemplo, si el primer período de interés concluye el 31 de enero de 2015 se aplicarán los tipos de interés anteriores por lo que pudiere corresponder a los meses de noviembre y diciembre de 2014 y el tipo de interés del 0% a la que pudiere corresponder a enero de 2015. PREGUNTA: ¿La medida se aplica a las Entidades Locales que se han acogido a la medida prevista en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento,
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la competitividad y la eficiencia, en virtud del cual se introdujo una modificación legal mediante la que se posibilitó la refinanciación o sustitución de las operaciones de préstamo que las Entidades Locales tengan contraídas con el fondo para la financiación de los pagos a proveedores? Es decir, ¿un Ayuntamiento con una operación suscrita en su día con el Fondo de Financiación de Pago a Proveedores, actualmente cancelada con el Fondo de Financiación de Pago a Proveedores pero vigente, tras su amortización y sustitución por otra con una entidad financiera, le sería de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional séptima del RDL 17/2014, de 26 de diciembre, y por tanto tendría derecho a la mejora en las condiciones financieras de la operación actualmente vigente? CONTESTACIÓN: Normas básicas: disposición adicional séptima del RDL y artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Explicación: No podrán acogerse en tanto no tienen operación alguna con el Fondo de Financiación para el Pago a Proveedores. La disposición adicional séptima del Real Decreto-Ley se refiere a “las operaciones de crédito que las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, a 31 de diciembre de 2014, hayan formalizado con cargo al Fondo de Financiación para el Pago a Proveedores 2”. A aquella fecha las Entidades Locales no tienen operaciones con dicho Fondo, las tienen con entidades de crédito. PREGUNTA: Un Ayuntamiento que se acogió al Plan Proveedores 4/2012, formalizando un préstamo y que actualmente tiene una situación financiera saneada, ha presentado una solicitud de autorización al Ministerio para poder cancelar el préstamo ICO al tener una oferta de una entidad bancaria. ¿Puede refinanciar este tipo de operaciones a un coste más económico a través del Fondo de Impulso Económico?, ¿los recursos del Fondo se pueden destinar a atender los vencimientos de operaciones de préstamos formalizadas al amparo del mecanismo de financiación de pago a proveedores en todas sus fases, si además se está tramitando una mejora de las condiciones con una entidad bancaria?
CONTESTACIÓN: Normas básicas: disposición adicional séptima del RDL y artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Explicación: El Fondo de Financiación de Entidades Locales en sus distintos compartimentos (Ordenación e Impulso Económico) no financia ni refinancia operaciones preexistentes, sino vencimientos de esas operaciones. Si una entidad local ha cancelado la deuda con el FFPP en aplicación del artículo 3 del RDL 8/2014 no puede acogerse al tipo de interés del 0% establecido en la disposición adicional séptima del RDL 17/2014. Los vencimientos de los préstamos con el FFPP que se mantengan vivos sólo se pueden atender a través del Fondo de Ordenación, no del de Impulso Económico que está relacionado exclusivamente con inversiones financieramente sostenibles. Una entidad local saneada sólo podrá cubrir financieramente los vencimientos de los préstamos con el FFPP si no pudiese refinanciar otras operaciones financieras en términos de prudencia financiera (caso del artículo 39.1.b) del RDL 17/2014). Esta cobertura se realizaría mediante la adhesión al
Fondo de Ordenación, con las condiciones que se establecen en dicho Real Decreto-Ley.
PROCEDIMIENTO PROPUESTA: Deben aclararse las fases del procedimiento de cada uno de los fondos. CONTESTACIÓN: Normas básicas: Título III del Real Decreto-Ley. Explicación: Cabe considerar que los procedimientos de adhesión están claramente sistematizados en el citado Título III del RDL, por lo que no parece necesario publicar aclaración alguna. De todos modos la disposición final séptima del RDL contiene una habilitación normativa, autorizando al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas para dictar las disposiciones y las medidas necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en el Real Decreto Ley.
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GOBIERNOLOCAL
El Gobierno presenta en la CNAL las nuevas medidas de liquidez La reunión de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) de finales de diciembre trajo buenas noticias para las Entidades Locales: dispondrán de nuevos mecanismos de financiación y liquidez para que puedan impulsar el crecimiento en sus municipios y garantizar la prestación de servicios públicos fundamentales. Entre las medidas aprobadas en la CNAL figura también el aplazamiento a 10 años (120 mensualidades) de las devoluciones correspondientes a la liquidación negativa de 2013, para aquellos Gobiernos Locales que deban reintegrar esos saldos. Esta también era una de las reivindicaciones que la FEMP llevaba a la reunión. La decisión sobre el destino del superávit municipal a inversiones financieramente sostenibles, que no salió entonces, fue aprobada días después en Consejo de Ministros y recogida en un Real Decreto Ley del que informamos en páginas posteriores. Los nuevos mecanismos de financiación y liquidez que se pondrán en marcha y que fueron anunciados en la CNAL, permiten trasladar el ahorro financiero a todas las Administraciones, priorizan el gasto social, continúan ayudando a las Administraciones con mayores dificultades de financiación, al tiempo que se impulsa a las que han conseguido superarlas. El Gobierno considera que la situación financiera del Estado permitirá que las Administraciones Territoriales se beneficien de una cobertura más amplia de su financiación y más barata. Gracias al esfuerzo presupuestario de las Entidades Locales –tal y como se reconoce desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públi-
cas- España ha podido cumplir con la senda de consolidación fiscal, y su buena gestión, en términos generales, les ha permitido mantener un superávit de las cuentas públicas durante los dos últimos años.
Nuevos fondos El Ministro Montoro informó de la próxima creación de los tres nuevos fondos para las Entidades Locales. Uno para las que están en situación de riesgo financiero; otro para que puedan invertir aquéllas que cumplen con los criterios de estabilidad presupuestaria y periodo medio de pago; y otro para financiar los convenios pendientes de pago suscritos entre las CCAA y las Entidades Locales en materia de política social. (Ver cuadro de texto y páginas especiales de la sección “A fondo”) Los responsables del Ministerio recuerdan que el Gobierno, en momentos difíciles, ya adoptó importantes decisiones al respecto, articulando diferentes instrumentos para inyectar liquidez a las Administraciones Territoriales. Hoy, el escenario es distinto y el objetivo prioritario sigue siendo el mismo, la financiación de los servicios públicos, la educación y los servicios sociales, pero las condiciones financieras son mejores, y anunció que los tipos de interés serán del 0%, asumiendo el Estado la diferencia con el tipo de financiación del Tesoro.
Un “balón de oxígeno para los municipios” El Presidente de la FEMP, Iñigo de la Serna, manifestó su satisfacción por las medidas acordadas en la CNAL y dijo que “serán clave para el
despegue de la economía en los municipios”.
Refiriéndose a la demanda de que los Gobiernos Locales puedan invertir en 2015 el remanente de tesorería positivo en actuaciones financieramente sostenibles, De la Serna recordó que nueve de cada diez Ayuntamientos cerraron 2013 con un 0,52% de superávit, por lo que se trata de una medida no sólo justa, sino “esencial para dinamizar la economía en los municipios”.
Cristóbal Montoro con Íñigo de la Serna antes de comenzar la reunión de la CNAL.
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El Alcalde de Santander indicó que el Fondo de Impulso Económico informado hoy en la CNAL está destinado a aquellas Entidades Locales con
El Gobierno anuncia la creación de tres fondos nuevos, mecanismos de financiación al 0% y la ampliación a 10 años del pago de las liquidaciones negativas
acreditada salud financiera. Este mecanismo de financiación es el impulso definitivo para que los Gobiernos Locales puedan seguir generando actividad económica y creando empleo en sus territorios. Del mismo modo, valoró muy positivamente el acuerdo de ampliación a diez años del plazo que tienen las Entidades Locales para devolver la liquidación negativa de 2013, señalando que se trata de “un me-
recido balón de oxígeno que revertirá positivamente en la economía de los municipios”.
Sobre el acceso a operaciones de crédito con el tipo de interés del 0% anual, dotados ambos con mil millones de euros, De la Serna afirmó que este nuevo sistema supone “un paso al frente en el camino de otorgar
el mismo trato a las Entidades Locales que a las Comunidades Autónomas”.
El FLA social, dotado con mil millones de euros, también es bienvenido por la FEMP ya que supondrá que las CCAA finiquiten la deuda que aún mantienen con los Ayuntamientos por servicios que éstos prestan por competencias que son autonómicas. El Presidente de la FEMP apuntó finalmente que espera que el Gobierno termine por flexibilizar el techo de gasto, una demanda que, aunque no se acordó en la CNAL, sí se consiguió arrancar del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, el compromiso de su estudio.
Modificación del Reglamento de la Ley de Contratos Por otro lado, la CNAL recibió información sobre el Real Decreto que modificará el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, una reforma que tiene su origen en la Ley de 2013 de Apoyo a los Emprendedores y que elevó los umbrales del valor de los contratos públicos en los que la clasificación de las empresas es obligatoria para acreditar su solvencia, pasando en los contratos de obras de 350.000 a 500.000 euros. Posteriormente otra Ley, la de impulso de la factura electrónica, eliminó la obligatoriedad de la clasificación de los contratos de servicios. Para dar cumplimiento a esta disposición, el proyecto simplifica los trámites para el acceso de los contratistas a los contratos de servicios y obras, y regula los requisitos de acreditación de sus condiciones de solvencia. Entre ellos, se amplía de 5 a 10 años el período tomado en cuenta para acreditar la experiencia de una empresa en el caso de obras, y de 3 a 5 años en los de suministros y servicios. H
El Presidente de la FEMP, acompañado del Vicepresidente Primero, Abel Caballero, y del Alcalde de Murcia y Presidente de la Comisión de Haciendas Locales, Miguel Ángel Cámara.
Fondos para las Entidades Locales - “Fondo de Ordenación”, para las EELL altamente endeudadas, con riesgo financiero, y para las EELL mayores de 75.000 habitantes o capitales de provincia cuyo período medio de pago a proveedores supere de forma reiterada en más de 30 días el plazo máximo. Las Entidades acogidas a este Fondo tendrán que cumplir la condicionalidad de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. - “Fondo de Impulso Económico”, destinado a las EELL que cumplan todos los objetivos y límites establecidos en la normativa de estabilidad presupuestaria y deuda pública, cuyo período medio de pago a proveedores no supere en más de 30 días el plazo máximo. Aquí se prevé la financiación de proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles en los términos que acuerde la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. - FLA Social, que permitirá a las EELL cobrar los convenios y transferencias que les adeudan las CCAA por la prestación de servicios sociales y que las EELL tienen que pagar a sus proveedores. Si las CCAA no se adhieren a este mecanismo para realizar los pagos pendientes, será el Estado quien pague las deudas, reteniendo los recursos del sistema de financiación autonómico. (Más información en la Sección “A fondo” de este mismo número)
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Entran en vigor los PGE 2015 que incrementan la financiación local más de un 6% El 1 de enero entraron en vigor los Presupuestos Generales del Estado para 2015 que, en lo que respecta a las Entidades Locales, suponen un incremento de su financiación un 6,6%. Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares recibirán en su conjunto un total aproximado de 17.476 millones de euros. Este sería el montante final recogido en la Ley aprobada en diciembre por el Congreso de los Diputados y que es el resultante de la suma de las entregas a cuenta estimadas por el Gobierno para las Entidades Locales por su participación en los ingresos del Estado. Como ya informamos en el número 273 de octubre de Carta Local, las entregas a cuenta a los Ayuntamientos incluidos en el régimen general ascenderán a 4.573 millones, los sujetos al modelo de cesión –municipios de más de 75.000 habitantes, capitales de provincia y de Comunidad Autónoma, recibirán casi 7.000 millones, y las Provincias y entes asimilados 5.909 millones. En la cantidad correspondiente a los Ayuntamientos del modelo de cesión se incluye la cuantía correspondiente a la cesión de impuestos estatales. (Ver cuadro) La FEMP, a través de su Presidente, Íñigo de la Serna, ha valorado de forma positiva este aumento de la financiación local porque lo considera como una buena base para que los Ayuntamientos puedan hacer frente a sus compromisos con los ciudadanos en un año que se prevé que sea el de la consolidación de la recuperación de la economía y en el que, además, tendrán lugar los comicios que renovarán las Corporaciones Locales de todo el país. Durante la tramitación del Proyecto de Ley, la FEMP elevó a los Grupos Parlamentarios un paquete de propuestas de enmienda sobre algunos aspectos concretos del articulado, entre ellas la petición de una mayor flexibilización del techo de gasto de las Entidades Locales y que en 2015 los Ayuntamientos puedan seguir destinando su superávit a inversiones financieramente sostenibles que faciliten la reactivación económica y la creación de empleo en los municipios. Ambas cuestiones tratadas en la última reunión de la CNAL, de la que informamos en este mismo número. En este mismo foro de la CNAL fue atendida otra de las propuestas de la FEMP, incluidas en el lote de enmiendas a los Presupuestos, de flexibilización de la devolución del saldo deudor de la liquidación negativa del ejercicio 2013. Como pedía la Federación, este reembolso podrán hacerlo los Ayuntamientos en las mismas condiciones que los correspondientes a los años 2008 y 2009, es decir a 10 años y en 120 mensualidades.
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Ayuntamiento de Cazorla (Jaén) Foto: Miguel Angel de Pablos
Este aumento, según la FEMP, servirá para que los Gobiernos Locales puedan hacer frente a sus compromisos con los ciudadanos
Ayudas y subvenciones Los PGE de 2015 incluyen la dotación anual para el transporte público colectivo urbano, que asciende a 51,05 millones de euros y que está destinada a municipios de más de 50.000 habitantes y a los que, teniendo una población de derecho superior a 20.000 habitantes, dispongan de un número de unidades urbanísticas superior a 36.000. También a aquéllos que, aun no reuniendo estas condiciones, sean capitales de provincia, y dispongan de un sistema público interior de transporte colectivo.
Estas partidas destinadas a las Entidades Locales, y alguna de ellas a la FEMP para el desempeño de su labor de apoyo a los municipios, están contenidas en los distintos programas de diez Ministerios, en concreto los de Hacienda y Administraciones Públicas; Justicia; Fomento; Interior; Educación, Cultura y Deporte; Empleo y Seguridad Social; Industria, Energía y Turismo; Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; y Economía y Competitividad.
La Ley ya en vigor mantiene, además, los 67,78 millones reservados para compensar a los municipios por los beneficios fiscales concedidos por el Estado a personas físicas y que tienen incidencia en la recaudación de los tributos locales, entre otras ayudas y subvenciones.
El reparto por Ministerios es desigual y no en todos los casos sube respecto a 2014. La mayor partida en términos cuantitativos sale del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, casi 221 millones, pero el mayor aumento en términos porcentuales se produce en el de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un 1.000%.
En lo que respecta a las ayudas que llegan directamente a las Corporaciones Locales a través de los diferentes Ministerios, el montante de las mismas supera los 600 millones de euros, y representa un incremento de casi un 7% respecto a los Presupuestos de 2014, interrumpiendo la tendencia a la baja que se producía desde hacía tres años.
Junto a estas ayudas directas, los Ayuntamientos podrán recibir otras de forma indirecta, como por ejemplo las destinadas a la formación para el empleo en las Administraciones Públicas, una subvención destinada a las Comunidades Autónomas y que contempla una importante cuantía, superior a los 8.000 millones. H
2012
2013
2014
2015
Ayuntamientos régimen cesión
5.628.990
6.797.495
6.552.272
Ayuntamientos régimen general
3.734.436
4.467.389
TOTAL Ayuntamientos
9.363.426
Diputaciones TOTAL ENTIDADES
▷
Miles de euros
▷
Entregas a cuenta de las Entidades Locales
2015/2014
2015/2012
6.993.538
6,7
24,2
4.311.078
4.573.569
6,1
22,5
11.264.884
10.863.350
11.567.107
6,5
23,5
4.721.284
5.742.918
5.534.295
5.909.355
6,8
25,2
14.084.710
17.007.802
16.397.645
17.476.462
6,6
24,1
Fuente: minhap
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La FEMP aprueba la constitución de la Red de Ciudades por la Transparencia y Participación Ciudadana La futura Red servirá para promover políticas de transparencia, participación y colaboración ciudadana reforzando de esta forma la confianza de los ciudadanos en las Entidades Locales. Tanto la Junta de Gobierno como el Consejo Territorial de la Federación, reunidos el 16 de febrero, han aprobado nuevos Reglamentos de la FEMP de Régimen Interior y de Pleno. La Red de Ciudades por la Transparencia y Participación Ciudadana tendrá como objetivos promover las políticas de transparencia, participación y colaboración ciudadana efectivas en el conjunto de las Entidades Locales españolas con el fin de dar visibilidad a la actividad pública y conseguir un marco de convivencia estable para favorecer el desarrollo económico y social de los territorios. Asimismo, facilitará el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de participación ciudadana en el ámbito local, buscando implicación y compromiso con la acción pública de toda la sociedad. Y, por último, servirá para reforzar la confianza de los ciudadanos en los Gobiernos Locales, asumiendo compromisos de buen gobierno y realización de prácticas ejemplares en los ámbitos de rendición de cuentas, participación en la toma de decisiones y diseño y evaluación de servicios públicos. Para el Presidente de la FEMP, Iñigo de la Serna, con esta Red “las Entidades Locales se pondrán a la vanguardia en transparencia y tratarán de dar respuesta a las demandas ciudadanas en esta materia”. A su juicio, los Ayuntamientos son actores clave para recuperar la confianza y la credibilidad política apoyando esta reivindicación en el hecho de que, al ser los más cercanos, “la gente sabe cómo somos y lo que tenemos”, cuestiones que otorgan a los responsables locales altas dosis de transparencia y credibilidad.
Pleno de la FEMP en septiembre Tanto en la Junta de Gobierno como en el Consejo Territorial se informó de que el XI Pleno Ordinario de la FEMP deberá celebrarse antes del 24 de septiembre de 2015. Dado que las elecciones municipales se celebrarán el 24 de mayo de ese año, de acuerdo con lo establecido en los vigentes Estatutos de la Federación, el Pleno Ordinario de la misma deberá reunirse en un plazo de cuatro meses a partir de esa fecha. Asimismo se recordó que, dado que el Pleno Ordinario ha de ser convocado por el Presidente, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, y que la convocatoria ha de ser realizada, al menos, con sesenta
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Con la Red, las Entidades Locales se pondrán a la vanguardia en transparencia.
días de antelación a la celebración del mismo, la fecha tope para formularla es el 24 de julio. Según se acordó, el próximo Pleno se desarrollará en un formato reducido, de una jornada o jornada y media de duración, y en la ciudad de Madrid. El Consejo Territorial dio su aprobación tanto al presupuesto previsto para la organización del Pleno como a la aplicación de una cuota extraordinaria de 0,009 euros por habitante (similar a la establecida para la X Asamblea, que se celebró en 2011), pero tan sólo a las Entidades Locales asociadas cuya población supere los 10.000 habitantes. Igualmente, y con anterioridad a la convocatoria del Pleno, deberán ser aprobadas las Propuestas de Resolución que se debatirán en el mismo, el calendario del Pleno, la aprobación de las Mesas de Debate y un borrador de Orden del Día. Otro de los acuerdos adoptados el 16 de diciembre fue la celebración de reuniones ordinarias de la Junta de Gobierno antes de
la convocatoria de las elecciones municipales, es decir, en los meses de enero, febrero y marzo. Tanto la Junta de Gobierno como el Consejo Territorial dieron su aprobación al nuevo redactado de los Reglamentos de Régimen Interior de la FEMP y del Pleno, ambos modificados para adaptarse a los Estatutos de la X Asamblea General de la Federación. Los Reglamentos vigentes ya se encuentran disponibles en la web de la FEMP y en su Portal de Transparencia.
Mantenimiento de cuotas A lo largo de 2015, la cuota anual que habrán de pagar los asociados se mantiene, por octavo año consecutivo en 0,0563 euros por habitante y año, tal y como se acordó en el Consejo Territorial. A esta cuota se suma la específica de 0.009 euros por habitante para municipios mayores de 10.000, ya mencionada, con destino a la financiación de la organización del Pleno. También fueron aprobados los Presupuestos de la FEMP para 2015, que ascienden a 18.909.282 euros. La mayor parte de los ingresos derivan de la actividad propia de la Federación. Asimismo, se informó sobre el estado de recaudación de las cuotas de asociado correspondientes a 2014: del total de las emitidas, a fecha de diciembre se había recaudado algo más del 76%, una cifra que ha mejorado los resultados a esa misma fecha del ejercicio de 2013. Mejoras similares se apreciaron en lo que respecta a recaudación de cuotas pendientes de ejercicios anteriores.
Otros asuntos El estado de adaptación de las Entidades Locales a la factura electrónica fue otro de los temas informados en el transcurso de las reuniones de los órganos de gobierno de la Federación. Dado que, a partir del 15 de enero será obligatorio que los proveedores de la Administración Pública emitan facturas electrónicas, es igualmente preceptivo que, desde esa fecha, la Administración se encuentre preparada para recibir el nuevo formato. La situación actual de implantación de la factura electrónica en la Administración Local española ha mejorado sensiblemente en el último año, aunque aún precisa de refuerzo mediante acciones de difusión y/o de promoción. Así se extrae de los resultados obtenidos en la encuesta realizada por la FEMP entre el conjunto de las Entidades Locales españolas para conocer este extremo y, al mismo tiempo, difundir la obligatoriedad de aceptar las facturas
Intervención del Presidente durante el Consejo Territorial.
electrónicas en las Administraciones. Con el cuestionario también se dio a conocer la herramienta FACe, que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha puesto a disposición de las demás Administraciones para favorecer el cumplimiento de esta obligación y a la que se han adherido 5.177 EELL. Analizados los resultados de la encuesta, se ha constatado, además, que las mayores complicaciones aparecen en los pequeños municipios, por lo que se reclama el apoyo de las Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales para facilitar la implantación de la factura electrónica también en las Entidades de menor tamaño. Los miembros del Consejo Territorial y la Junta de Gobierno pudieron conocer el Documento de recomendaciones para la elaboración de un plan municipal de gestión del patrimonio, un texto elaborado por un grupo de trabajo específico creado al efecto en el marco de la Comisión de Patrimonio Histórico-Cultural. El documento parte de los contenidos del Plan de Gestión del Patrimonio Mundial exigido por la UNESCO, y los adapta a las necesidades de nuestras ciudades articulando cuatro grandes líneas de actuación: en primer lugar, estudio e inventario sistematizado de los recursos materiales e inmateriales, ambientales y sociales, así como la evaluación de sus potencialidades; en segundo, la previsión y coordinación de actuaciones de naturaleza “material”; los programas sobre usos y actividades de las dotaciones culturales, educativas, sociales etc., en tercer lugar; y, finalmente, los proyectos de viabilidad y sostenibilidad económica. H
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Reducción de la deuda y mejora del objetivo anual fijado para 2014 Ayuntamientos, Diputaciones Cabildos y Consejos Insulares rebajan su endeudamiento en el tercer trimestre del año. Los valores del sector local son los únicos que bajan, en contraste con los de Comunidades Autónomas y Administración General del Estado. Para el Presidente de la FEMP esto significa que “seguimos siendo un modelo de gestión”. Se trata de la primera vez en los últimos tres años en la que la deuda queda por debajo de los 41.000 millones y del 4% del PIB, según muestran los datos correspondientes al tercer trimestre de 2014 publicados recientemente por el Banco de España. Las cifras aportadas por esta entidad se concretan en 40.781 millones de euros, como deuda total del sector local, y un 3,9% de peso de esta cantidad sobre el PIB. En su conjunto, la Administración Local ha reducido su deuda en un 5,4% respecto a los valores del tercer trimestre de 2013, mientras que AGE y Comunidades Autónomas la han incrementado en un 6,4% y un 16,15%, respectivamente. Al conocerse esta información, Iñigo de la Serna llamó la atención sobre el hecho de que la Local ha sido la única Administración que
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ha rebajado sus niveles de deuda en el tercer trimestre y “nos cabe la
gran satisfacción de haber alcanzado y mejorado el objetivo fijado por el Gobierno para todo el año 2014”. El Presidente de la FEMP también hizo hincapié en la evolución descendente de la deuda local, tendencia ya consolidada desde el primer trimestre de 2012, y en el buen comportamiento que han tenido la totalidad de las Entidades consideradas en el informe del Banco de España: Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares y Ciudades Autónomas: “Estas cifras son el resultado de un trabajo
continuado y prolongado, del esfuerzo y el compromiso que desde el mundo local hemos manifestado con la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera”.
La mayor parte del endeudamiento local corresponde a préstamos (39.523 millones de euros), de los que algo menos de 2.000 millones son a corto plazo y 37.622, a largo Reducción progresiva La deuda de las Entidades Locales representa un 3,99% de la deuda total de las Administraciones Públicas españolas que, en valores absolutos, se situó en 1.020.23 millones de euros, alcanzando así un 96,8 del PIB. Del conjunto de las Administraciones, la General del Estado es la que alcanzó niveles más altos (891.936 millones de euros, que representan el 84,6% del PIB), seguida por las Comunidades Autónomas (con 232.009 millones de euros y un 22% del PIB). En estos dos últimos casos, los valores del tercer trimestre incrementan ligeramente los alcanzados en el trimestre precedente, y de forma muy acusada los del mismo periodo de 2013: un 6,4% más en el caso de la AGE y un 16,15% en el caso de las CCAA. El comportamiento de la Administración Local ha sido diferente. Tanto en términos absolutos de deuda, como en peso sobre PIB, los valores de municipios, provincias e islas han continuado consolidando su evolución descendente. Así, en relación con el segundo trimestre del año, el endeudamiento bajó un 2,8%, y si la comparación se establece con el tercer trimestre del año pasado, el descenso ha sido de 5,4 puntos. Y en términos de PIB, el 4% fijado como objetivo por el Gobierno para la deuda local a final de este año, ya ha sido mejorado en el tercer trimestre, con el 3,9 conseguido. En el mismo trimestre de 2013, el peso de la deuda local sobre el PIB era del 4,1%.
Buen comportamiento de todas las Entidades Locales El Banco de España desglosa en su información los datos correspondientes, por un lado, a Ayuntamientos, mancomunidades y agrupaciones municipales, y por otro a Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares. Los primeros sumaron una deuda de 33.455 millones de euros, casi 1.000 millones menos que el trimestre anterior. Y de ellos, 10.605 millones (100 millones por debajo del trimestre precedente) correspondieron a las seis ciudades españolas con más de 500.000 habitantes, Barcelona, Deuda 3er trimestre 2014 Millones de euros y % sobre PIB Entidades Locales 40.781 3,9 Comunidades Autónomas 232.009 22,0 Administración G. del Estado 891.936 84,6 TOTAL AAPP 1.020.236 96,8
Madrid, Málaga, Sevilla, Valencia y Zaragoza. Cada una de ellas, individualmente, también vio reducirse su endeudamiento. Las demás capitales de provincia cerraron con algo más de 4.600 millones de euros, unos 150 menos que en los tres meses precedentes, y el resto de Entidades Locales no capitales sumaron una deuda de 18.208, más de 600 millones por debajo del trimestre anterior. La Entidades Provinciales e Insulares redujeron su endeudamiento en más de 300 millones de euros y cerraron septiembre con 7.003 millones. De éstos, 3.035 correspondieron a las Diputaciones de Régimen Común; 3.229 a las de Régimen Foral; y 739 a los Cabildos y Consejos Insulares. Todos ellos registraron valores inferiores al trimestre anterior, al igual que ocurrió con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla que, entre ambas, sumaron una deuda de 323 millones de euros. La mayor parte del endeudamiento local corresponde a préstamos (39.523 millones de euros), de los que algo menos de 2.000 son a corto plazo y 37.622, a largo plazo. En concepto de Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, la cantidad que ahora adeudan las Entidades Locales es de 10.403 millones.
Un nuevo dato positivo Para el Presidente de la FEMP, tanto las cifras como la evolución del endeudamiento son “un tanto más a sumar a otros datos positivos, como
el del 0,52% de superávit con el que las haciendas locales españolas cerraron el pasado año, ayudando a inclinar la balanza de las cuentas nacionales hacia los objetivos fijados por Bruselas”. Iñigo de la Serna insistió en reivindicar la flexibilización del techo de gasto para los municipios, “una demanda que desde la FEMP no nos cansamos
de repetir porque creemos que se trata de un reconocimiento de justicia a un sector comprometido, que ha venido trabajando de forma eficiente en sus cuentas y buscando soluciones innovadoras sin descuidar sus obligaciones de servicio y atención a los ciudadanos”. H Deuda 2ºr trimestre 2014 Millones de euros y % sobre PIB 41.994 4,0 228.219 21,7 885.211 84,2 1.012.606 96,4
Deuda 3er trimestre 2013 Millones de euros y % sobre PIB 43.107 4,1 199.748 19,1 833.574 79,6 961.242 91,8
Fuente: Banco de España
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Doce años de buenas prácticas locales en drogodependencias Una docena de Ayuntamientos y una Diputación Provincial han sido distinguidos por sus buenas prácticas en prevención de las drogodependencias en 2104. La FEMP y la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas concedieron estos galardones y presentaron los resultados de sus doce años de colaboración en un reciente encuentro celebrado en el Círculo de Bellas Artes de Madrid.
Los diplomas entregados reconocen las políticas preventivas que desarrollan las Entidades Locales y se encuadran en la Convocatoria de Buenas Prácticas en Drogodependencias, surgida del convenio de colaboración firmado en 2002 por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la FEMP, y que este año ha llegado a su quinta edición. Los galardones fueron entregados por el Secretario General de la FEMP, Ángel Fernández, y el Delegado del Gobierno para el Plan sobre Drogas, Francisco de Asís Babín, en el transcurso de una jornada en la que participaron representantes de todos los agentes institucionales y sociales que intervienen en la puesta en marcha de las diferentes actuaciones realizadas en el ámbito local de prevención de las drogodependencias y el fomento de las buenas prácticas y que son consecuencia de dicho convenio El representante de la FEMP se refirió en su intervención a los diferentes programas que se están desarrollando en el marco del convenio. En concreto, al Programa Servicio Responsable y al Programa Agente Tutor. En el primero, 100 Ayuntamientos y 54 asociaciones de hostelería han colaborado para potenciar la implicación del sector del ocio en la dispensación responsable de alcohol y la prevención de las drogodependencias.
convenio de colaboración y explicó las líneas de ayuda que desde el Ministerio se destinan a los municipios. Al respecto, apuntó que desde 1999, año en que se puso en marcha el Plan, se han dedicado más de 45 millones de euros a los programas locales, todos ellos procedentes del Fondo de Bienes Decomisados. Babín señaló que la reciente reforma del régimen local no anula las competencias locales en materia de seguridad, ni en lo que les atañe respecto a la gestión de las actividades de ocio en los municipios, sino que en algunos casos, como los relativos a servicios de carácter asistencial, las implementa. De esta forma, venía a reconocer que la nueva Ley no interfiere en los cometidos que los municipios pueden seguir desempeñando en el marco del Plan Nacional.
Los premiados En el apartado de estrategias y planes de prevención, los tres premiados han sido el Ayuntamiento de Vigo, la Diputación Provincial de Huelva, y el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona).
El Programa Agente Tutor, iniciado en 2012, está dirigido a potenciar y mejorar la capacidad de intervención de la Policía Local de los diferentes municipios en la promoción y protección de los derechos de la infancia. Ya han recibido formación 130 policías locales de cuatro municipios y en estos momentos se trata de sumar adhesiones a dicho programa en todo el territorio nacional. Por otro lado, como consecuencia directa del desarrollo de las actividades contenidas en el convenio FEMP-Delegación del Gobierno, unas 300 ciudades cuentan con un plan local de prevención de las drogodependencias. El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas elogió la labor de las Corporaciones Locales y de la FEMP en la aplicación del
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Los premiados posan tras recibir los galardones.
Nacional sobre Drogas está por encima de las ideologías políticas y apelando al “orgullo” de las ciudades en la prevención, la acción y la reinserción, una tarea en la que han sido protagonistas durante todos estos años y en la que también la FEMP seguirá trabajando en el futuro. H
Las Entidades Locales estarán en el Consejo Español de Drogodependencias Abel Caballero, Vicepresidente Primero de la FEMP, recibe el diploma de manos del Secretario General de la Federación, en presencia del Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y de la Primera Teniente de Alcalde del Concello de Vigo.
El Consejo Español de Drogodependencias y Otras Adicciones, cuya composición se está confeccionando en estos momentos, tras la aprobación de la Ley de Racionalización del Sector Público, contará con la participación de las Entidades Locales, según anunció el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín.
En el área de prevención escolar, los proyectos distinguidos corresponden a los Ayuntamientos de Santa Cruz de Tenerife, Las Palmas de Gran Canaria y Mairena de Aljarafe (Sevilla). En prevención familiar, han sido reconocidos el Ayuntamiento de Monzón Río Cinca (Huesca), y el Ayuntamiento de El Ejido (Almería).
La presencia local en este Consejo “estará absolutamente garantizada” para que las Entidades Locales puedan sentarse y marcar sus prioridades y expectativas en las políticas que tengan que desarrollarse en su ámbito de actuación en materia de prevención de las drogodependencias.
En el apartado de prevención comunitaria, los galardones corresponden a los Ayuntamientos de Tarragona, Medina del Campo (Valladolid) y Pozuelo de Alarcón (Madrid).
El Delegado del Gobierno explicó que el Real Decreto que dará configuración a este órgano colegiado de colaboración interadministrativa está en fase de elaboración y que espera que el Consejo pueda quedar constituido en 2015, incluso antes de que se celebren las elecciones municipales y autonómicas.
En lo que respecta al área de actividad de innovación tecnológica y otras áreas de prevención, ha recibido el diploma el Ayuntamiento de Salamanca; mientras que el de Marbella ha sido distinguido dentro del apartado de detección y atención precoz. La convocatoria de estos premios ha alcanzado en 2014 su quinta edición y hasta la presente han sido galardonados un total de 73 proyectos de las 214 iniciativas presentadas por otras tantas Entidades Locales. El propio Alcalde de Vigo y Vicepresidente Primero de la FEMP, Abel Caballero, acudió a recoger el diploma concedido a su Consistorio y, hablando en nombre de todos los premiados, señaló que el Plan
La idea es que haya dos puestos de representación de lo local en el Pleno del Consejo, aunque todavía está por determinar si los dos serán de la FEMP o si uno de ellos será para alguna de las grandes ciudades que tienen programa propio sobre drogodependencias. El máximo responsable en materia de lucha con las drogas puso de relieve el “enorme papel” que juega la FEMP para trasladar la voz de lo local a la definición de las políticas nacionales sobre drogas y también para que las decisiones que se tomen en ese Consejo puedan llegar al ámbito municipal.
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entrevista
Francisco de Asís Babín
Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas
“Desde el ámbito local se puede y se debe seguir participando del desarrollo e implementación de políticas sobre drogas” Desde su puesto de máximo responsable del Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín constata que existe una sensibilidad enorme en los Alcaldes españoles frente al problema de las drogas, pero que hay que seguir trabajando para mejorar. Con pocos recursos se pueden hacer muchas cosas, aunque es necesario ver entre todos de dónde sacar esos recursos, señala. También considera importante ayudar a los responsables locales a elegir el modelo de intervención más apropiado para su municipio para que las medidas sean más eficientes y efectivas. Para todo esto, cuenta con lo que califica de colaboración inestimable de la FEMP. ¿Qué ha cambiado del escenario de la drogadicción desde el año en que se creó el Plan Nacional hasta ahora? La percepción de la sociedad sobre las drogas ha cambiado. Cuando se inició el Plan había una demanda social creciente por el alto grado de preocupación que este problema creaba. Hoy la cosa ha cambiado, las drogas están en puestos más retrasados en las encuestas. También han cambiado los patrones de consumo. De aquella epidemia de la heroína de los años ochenta hemos pasado por la cocaína, en retroceso, y ahora estamos con la moda del cannabis y con el peligro y la “espada de Damocles” de las nuevas sustancias. Una tercera cuestión que ha cambiado clarísimamente es que hoy sabemos mucho de lo que es eficiente y útil, en términos tanto de prevención como de asistencia y reinserción, y eso nos permite plantearnos que las intervenciones, al menos las que se financian con dinero público, tienen que obedecer a criterios de calidad y con parámetros muy claros desde el punto de vista de la certificación y acreditación de las actividades. Es un conjunto de factores que nos mantiene en guardia permanente y que justifica de alguna manera esa discriminación positiva que supone disponer de unidades específicas para luchar contra el problema de las drogas.
¿Las personas en riesgo son las mismas? Cuando se dan las mismas circunstancias que entonces, el riesgo sigue existiendo, sobre todo en aquellas personas que están excluidas de los sistemas de protección social; pero no sólo ellos, el riesgo existe en tanto en cuanto su percepción no es lo suficientemente grande o eficaz para que suponga un freno desde el punto de vista del consumo. Hay que trabajar con el conjunto de factores que llevan al consumo habitual de drogas, incluso aquellas adicciones que no implican el consumo de estupefacientes. Se han cumplido doce años de vigencia del convenio con la FEMP ¿Qué balance hace de este acuerdo? La FEMP es el nexo de conexión más importante con la práctica totalidad de las Administraciones Locales y la percepción que yo tengo es que ha habido muchísima voluntad política por parte de la Federación de hacer de esto un tema prioritario de trabajo. Esto facilita el grado de penetración y de escucha de las Entidades Locales y la transformación de la realidad que necesitamos, tanto desde el punto de vista de la sensibilización como de oponernos a los efectos negativos del consumo de drogas. Algo que se hace mucho mejor desde lo próximo que desde lo lejano.
“Tenemos que aprovechar el convenio con la FEMP para trasladarlo a todos los municipios” 40
“Con la nueva Ley de régimen local hay múltiples posibilidades de seguir trabajando en este campo, tantas como las había anteriormente, si hay voluntad política” ¿Cuáles son los principales logros de este convenio? El mantenimiento de la base de datos de programas de drogas a nivel municipal y las convocatorias de buenas prácticas, son dos de los elementos principales que compusieron el convenio desde sus inicios, que se han mantenido y que ponen en evidencia que de esa colaboración se desprenden acciones eficientes y útiles. Para nosotros es básico conocer lo que hacen los municipios y con la convocatoria ponemos encima de la mesa algo que es vital, los programas que han resultado eficientes y que contienen las bases de calidad y de desarrollo para que sean ejemplo para otros municipios a la hora de diseñar sus propias acciones. Más recientemente, el programa Agente Tutor se demuestra como una forma inteligente de abordar el problema en el ámbito local. La seguridad es una competencia municipal y cuando ese potencial se utiliza para la prevención, a través de una formación adecuada, conseguimos una Policía Local mucho más considerada por la ciudadanía en su carácter preventivo y una oportunidad magnífica de interactuar en situaciones de riesgo, no sólo con aquéllos que incurren en ellas –adolescentes y jóvenes- sino con su entorno. Son programas que producen un alto grado de satisfacción y transforman realidades con una inversión muy somera y simplemente con la predisposición a trabajar en ese enfoque.
de acreditación de programas de prevención para trasladarlo al convenio y que llegue a los municipios... hay muchas cosas. Tenemos que aprovechar el convenio con la FEMP para trasladarlo a todos los municipios, porque si no lo hacemos de esta manera, los únicos que tienen la posibilidad de enterarse son los más grandes y con servicios potentes. Hacemos mucha prevención, pero todavía hacemos parte de la prevención con estrategias que no está claro que modifiquen los hábitos y las conductas y que permanezcan en el tiempo fomentando factores de protección entre los adolescentes y los jóvenes. ¿El nuevo régimen local, limita o potencia el papel de las Entidades Locales en la lucha contra la drogadicción?
Algo habrá que ajustar… Por supuesto, porque siempre hay más necesidades que atender. Por ejemplo, el contexto de la prevención debería de ser absolutamente ubicuo y llegar hasta el último rincón de la geografía. Nos esforzamos en intentarlo, pero los recursos son limitados. Así, con la convocatoria de ayudas llegamos a las ciudades con más de cien mil habitantes, capitales de provincias, Cabildos y Consejos Insulares y, en algunas ocasiones, hemos podido, a través del fondo de bienes decomisados, implementar convocatorias para desarrollo de programas de prevención en municipios medianos y pequeños, a través del convenio con la FEMP. Pero esto lo tendríamos que hacer con más profusión y frecuencia, porque nuestra obsesión es llegar a todos los pequeños municipios. Es una espinita que tengo clavada. ¿Y qué se puede hacer, entonces? Hay muchas cosas que tenemos que mejorar, como hacer más estrecho el espacio de colaboración, no tanto desde el punto de vista de la prevención inespecífica, sino para implementar estrategias de prevención selectiva con grupos de riesgo, así como el trabajo de desarrollo de criterios
En el marco del texto, a ningún municipio se le niega su capacidad de participación, tanto en la faceta de la seguridad ciudadana como en el impulso y fomento del ocio responsable. Como tampoco desde el punto de vista de la cartera básica de servicios sociales. El enfoque de agentes tutores, tiene un competente evidente de seguridad ciudadana, pero también un componente muy claro de prevención y los programas de ocio alternativo al consumo siempre se han demostrado como una buena estrategia de abordaje para algunos colectivos. No digamos si al desarrollar la cartera básica de servicios sociales, las drogodependencias formaran parte específica de las competencias locales… Por tanto, desde el ámbito local se puede y se debe seguir participando del desarrollo e implementación de políticas de drogas, sin perjuicio de que la Ley abra otra serie de posibilidades a lo municipios que tengan saneada su hacienda y que así lo pacten con las CCAA, o bien de trabajar por delegación o a través de consorcios. Hay múltiples posibilidades si hay voluntad política de seguir trabajando en este campo, tantas como las había anteriormente. H
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La FEMP ya tiene su Reglamento de Honores y Distinciones La Federación cuenta desde este mes de diciembre con un instrumento que le permitirá mostrar su público reconocimiento a aquellas personas e instituciones que hayan contribuido de manera especial a fomentar los valores y principios del municipalismo. Se trata del Reglamento de Honores y Distinciones de la FEMP, que prevé la concesión de títulos y distinciones diversos y que tiene en el primer Presidente de la Federación, el recientemente fallecido Pedro Aparicio, a su primer candidato al más alto reconocimiento. “La solemnidad del agradecimiento público, dignificado por la legitimidad democrática de las instituciones que lo realizan, constituye un refuerzo nada desdeñable para la promoción de los valores que justifican la distinción y el honor reconocidos”. En el caso de la Federación, los valores a los que hace referencia éste párrafo textual recogido en la Exposición de Motivos de su flamante Reglamento de Honores y Distinciones son los principios de la Autonomía Local, presentes en los artículos 137, 141 y 142 de Constitución Española, con los que la FEMP está plenamente comprometida. Así, y en aras a reconocer la contribución significativa de personas y entidades a la promoción y defensa del municipalismo o su especial aportación a los fines de la Federación, el Reglamento, aprobado por el Consejo Territorial en su última reunión, prevé la concesión de las Llaves de Oro y Plata del Municipalismo y el Diploma de Servicios Distinguidos. Se trata de nuevas distinciones que vienen a sumarse al reconocimiento como Socios de Honor a personas físicas y jurídicas, ya contemplado en los Estatutos de la Federación.
Reconocimientos honoríficos Estos cuatro reconocimientos surgen con el fin de “premiar los excepcio-
nales méritos prestados por personas y entidades y en prueba de la alta estimación a la que se han hecho acreedores por su labor o actuación a favor de los intereses generales de las Entidades Locales”. Todos ellos son compatibles entre sí y se otorgarán con un carácter exclusivamente honorífico, ya que no generarán ningún tipo de derecho de contenido económico. Tanto las Llaves del Municipalismo como el Diploma de Servicios Distinguidos, podrán otorgarse a personas fallecidas, siempre que el expediente para la concesión se inicie dentro de los dos años posteriores al fallecimiento. La entrega de honores y distinciones se realizará en un acto solemne – preferiblemente coincidiendo con alguna de las reuniones de los órganos rectores de la FEMP- y será el Presidente el encargado de realizarla. Según regula el texto aprobado, la instrucción de expediente es un requisito fundamental para la concesión de cualquiera de las distinciones y honores previstos. Tan sólo podrá excusarse esa instrucción cuando se trate de la concesión de Llaves o Diploma, a propuesta del Presidente de la FEMP por motivos de cortesía y reciprocidad. Asimismo, si el destinatario del honor o la distinción realizase actos o manifestaciones que le hiciesen indigno de ser titular de la misma, o menospreciase los méritos que en su momento le hicieron merecedor, los honores y distinciones concedidos podrán ser revocados. Para la revocación, al igual que para la concesión, se abrirá un procedimiento.
Socios de Honor Las personas físicas o jurídicas que hayan contribuido de manera especial a los fines de la Federación, podrán ser nombrados Socios de Honor. Este reconocimiento, contemplado en el artículo 8.3 de los Estatutos de la FEMP, exige la instrucción de un expediente a iniciativa, exclusivamente, del Consejo Territorial. La tramitación del citado expediente será tarea de la Secretaría General –salvo que el Consejo Territorial disponga otra cosa-. Finalmente, el nombramiento del Socio de Honor corresponderá al Pleno de la FEMP.
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La entrega de reconocimientos la realizará el Presidente en el transcurso de un acto solemne, preferiblemente coincidiendo con alguna de las reuniones de los órganos rectores de la FEMP Llaves y Diploma Las Llaves del Municipalismo, en sus modalidades de Oro y Plata, permitirán premiar a las personas físicas que, “tanto por su permanente dedicación y
constancia como por sus actuaciones relevantes en el desempeño de su actividad política, profesional o de cualquier otra índole, hayan favorecido de modo notable los intereses generales de las Entidades Locales españolas, el fomento y defensa de su autonomía o la consecución de cualquier otro de los fines de la FEMP”, según señala el texto del nuevo Reglamento.
Por lo que se refiere al Diploma de Servicios Distinguidos, serán merecedores del mismo las personas jurídicas que destaquen por su contribución significativa al fomento y defensa de los intereses generales de las Entidades Locales, y también a la innovación en el diseño y aplicación de políticas locales o en la prestación de servicios municipales, o, en general, a la prosperidad y desarrollo de los municipios, provincias e islas. Tanto las primeras como el segundo se otorgarán por acuerdo de la Junta de Gobierno, previa instrucción del expediente correspondiente. En este
caso, tanto el Presidente como la Junta de Gobierno o un tercio de sus miembros, o bien el Consejo Territorial o un quinto de los suyos, podrán impulsar la iniciativa para la iniciación del expediente. La Secretaría General de la FEMP será quien lo tramite.
Libro de Honores Otra de las novedades aportadas por el Reglamento es la creación del Libro de Honores y Distinciones. Se trata de un libro-registro en el que quedarán recogidos los datos correspondientes a los reconocimientos concedidos por la FEMP. En el Libro se harán constar los datos que identifiquen a todas las personas y entidades que hayan recibido alguno de los honores o distinciones previstos en el Reglamento, así como la fecha del acuerdo de otorgamiento y, en su caso, la del acuerdo de revocación o la de fallecimiento de quien hubiera recibido la distinción. La Secretaría General de la FEMP será la responsable de la llevanza del mismo. H
Pedro Aparicio, Llave de Oro del Municipalismo El que fuera primer Presidente de la FEMP, Pedro Aparicio, recibirá a título póstumo la Llave de Oro del Municipalismo si sigue adelante la incoación del expediente acordada en el seno de la Junta de Gobierno y del Consejo Territorial del pasado día 16. Pedro Aparicio, primer Alcalde democrático de Málaga, fue de los integrantes del grupo de ediles que en 1980 puso en marcha la Comisión Gestora que fue el germen de la actual Federación Española de Municipios y Provincias. En junio de 1981, durante la celebración de la Asamblea Constituyente, fue elegido Presidente de la que, por aquel entonces, aun era FEM (Federación Española de Municipios). Bajo su mandato, la asociación se fue desarrollando y cobrando peso. Y finalizado éste, tanto desde su cargo de Alcalde de la ciudad andaluza como desde otras responsabilidades en el ámbito europeo, continuó en su afán de defensa del movimiento municipalista, de la autonomía local y de reforzamiento del papel de las Entidades Locales. Fallecido el pasado mes de noviembre, el Ayuntamiento de Málaga le otorgó la Medalla de Oro de la Ciudad. Ahora, desde la FEMP, se abre el procedimiento para reconocerlo con la más alta distinción de las otorgadas por la Federación.
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MEDIO AMBIENTE
JESSICA F.I.D.A.E.: 123 millones de euros para impulsar la eficiencia energética y las energías renovables El Fondo de Cartera JESSICA F.I.D.A.E. (Fondo de Inversión en Diversificación y Ahorro de Energía) está dotado con casi 123 millones de euros cuya finalidad es financiar proyectos de desarrollo urbano sostenible que mejoren la eficiencia energética, utilicen energías renovables y sean desarrollados, entre otros, por Administraciones Públicas. Los proyectos deberán presentarse antes del 15 de octubre de 2015.
Se trata de un fondo cofinanciado por el FEDER y el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), y operado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI). JESSICA F.I.D.A.E. financia inversiones directamente relacionadas con el aumento de la eficiencia energética y la utilización de energías renovables en entornos urbanos y es compatible con otras fuentes de financiación públicas o privadas. Los proyectos a financiar deberán encontrarse en un entorno urbano de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Región de Murcia, Ceuta, Melilla, Castilla y León y la Comunidad Valenciana (los territorios de los 10 Programas Operativos que cubre el F.I.D.A.E.). Los recursos del F.I.D.A.E. se canalizan hacia los proyectos a través de tres Fondos de Desarrollo Urbano (FDU’s) gestionados por Ahorro Corporación Financiera, BBVA y Banco Santander. Tanto los elementos que determinan la elegibilidad de los proyectos como determinados requisitos complementarios aparecen recogidos en el cuadro adjunto. Las Entidades Públicas que se planteen la realización de un proyecto de eficiencia energética o energías renovables podrán recibir, de forma previa a la tramitación de la financiación, la asistencia técnica del IDAE (tef.: 91 45649 00). La tramitación de la financiación es responsa-
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bilidad de los FDU’s, a los que será preciso presentar los proyectos antes del 31 de octubre de 2015. La información sobre los datos de contacto de los FDU’s está disponible en la Guía de Elegibilidad, que puede descargarse desde la web www.idae.es. En esa Guía se indica que los fondos disponibles en cada Comunidad Autónoma se irán asignando conforme vayan formalizándose las operaciones financieras hasta consumir la totalidad de los fondos. En cualquier caso, cuando éstos se agoten no se podrá otorgar más financiación.
Temas prioritarios y sectores Únicamente serán elegibles los costes de inversión directamente relacionados con la generación de energías renovables o el aumento de la eficiencia energética. Todos los proyectos elegibles deberán estar preparados y explotados por técnicos cualificados. Además, han de cumplir con la legislación española y la de la Unión Europea. Los proyectos, señala la guía, deberán ser implementados por Empresas de Servicios Energéticos (ESEs), otras empresas privadas, Entidades Públicas y entidades público-privadas. Por lo que se refiere a los temas, en este Fondo se dará prioridad a los proyectos de energías renovables que integren operacio-
nes de eficiencia energética. Los tipos de energías renovables son la energía solar (tanto la térmica, para producción de energía térmica, como la solar fotovoltaica aislada) y la biomasa (proyectos para producción de calor como instalaciones de energía térmica a partir de la biomasa o producción de biocarburantes de segunda y tercera generación, entre otros). También son prioritarios los proyectos de eficiencia energética, cogeneración y gestión de la energía. Aquí están incluidas las inversiones cuyo objetivo sea la reducción del consumo de energía y el incremento de la eficiencia. Como criterio general, se elegirán proyectos que generen ahorros de energía que justifiquen al menos el 50% de la inversión. En materia de cogeneración se financiarán aquéllos que modifiquen sustancialmente cogeneraciones existentes y que se ajusten a determinados criterios. Se incluyen igualmente proyectos de ahorro o eficiencia energética en edificios y renovación de redes de calor o frío existentes. El tercer y último tema prioritario es el transporte limpio, y comprende proyectos como vehículos eléctricos o híbridos enchufables, autobuses eléctricos e híbridos, infraestructuras de recarga eléctrica para vehículos, equipamiento para recuperación de energía eléctrica de la frenada en transporte público eléctrico o implantación de sistemas de bicicletas de uso público, entre otras posibilidades. En cuanto a los sectores en los que deberán incluirse los proyectos, la Guía señala cuatro: edificios (tanto públicos como privados), industria (pymes y grandes industrias), transporte (infraestructuras y flotas de transporte público y privado) e infraestructuras de servicios públicos relacionadas con la energía, tales como la iluminación pública exterior y semafórica, o la infraestructura local (incluso redes inteligentes y TIC relacionadas con eficiencia energética, energía renovable y transporte limpio).
Planes Integrados de Desarrollo Urbano Sostenible El Reglamento de los Fondos Estructurales exige que los proyectos financiables en este Fondo estén integrados en un Plan Integrado de Desarrollo Urbano Sostenible (PIDUS). Esto no supone que deba existir un documento de planificación con este nombre. En el caso de JESSICA F.I.D.A.E. existen diversos documentos que pueden ser ejemplo de planes o estrategias y que pueden utilizarse como referencia de PIDUS. Así, y a nivel local, la guía hace referencia a la validez de los Planes de acción local de sostenibilidad energética en el contexto de los Pactos de Alcaldes, Agendas Locales 21, estrategias urbanas adoptadas en el contexto de la iniciativa urbana o documentos de planificación urbanística adoptados a nivel local. H
Elementos que determinan la elegibilidad de los proyectos Un proyecto será elegible, y podrá optar a la financiación de un FDU, si cumple los siguientes requisitos: 1. Estar ubicado en el entorno urbano en alguno de los territorios de los 10 Programas Operativos que cubre el F.I.D.A.E: Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Región de Murcia, Ceuta, Melilla, Castilla y León y la Comunidad Valenciana 2. Ser un proyecto de Eficiencia Energética/Energías Renovables (EE/ER) incluido en alguno de los temas prioritarios: Energía renovable; Eficiencia energética, Cogeneración y Gestión de Energía; y Transporte limpio 3. Pertenecer a alguno de los sectores mencionados: edificios, industria, transporte e Infraestructuras de servicios públicos relacionadas con la energía 4. Puede ser beneficiario de la financiación una Entidad Pública, una público-privada, una ESEs u otra empresa privada 5. Estar incluidos o responder a los objetivos de un Plan Integrado de Desarrollo Sostenible (PIDUS) 6. No haberse completado. El FDU no financiará proyectos que ya se hayan completado. Los FDU’s analizarán las solicitudes de los beneficiarios y las someterán a un análisis previo de elegibilidad que determinará que un proyecto es elegible, que puede serlo sujeto a una determinada condición o que no lo es por no cumplir alguno de los requisitos. Deberán comunicar el resultado de este análisis al beneficiario. Los proyectos han de cumplir también otros requisitos complementarios, que no determinan la elegibilidad a priori, pero que habrán de ser observados en su ejecución. Entre estos requisitos figura el cumplimiento de las políticas comunitarias y nacionales en materia de contratación, medio ambiente, información o publicidad; ofrecer un retorno aceptable de la inversión JESSICA; o que el beneficiario esté al día con la Seguridad Social y la Hacienda Pública en el momento de recibir la financiación.
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MEDIO AMBIENTE
Intensa campaña de Ecoembes en formación y educación ambiental Con la vigente convocatoria del concurso escolar “Los Profes Cuentan”, cuyo objetivo es reconocer la labor de los docentes de primaria en este campo, Ecoembes mantiene un intenso trabajo en materia de formación y educación ambiental con diferentes instituciones y colectivos sociales, que ya se inició con la creación de esta organización y que se ha intensificado de forma notable en los últimos tiempos. Ecoembes, la organización que cuida del medio ambiente a través del reciclaje y el ecodiseño de los envases domésticos en España, lanza cada año más de 300 campañas de sensibilización ciudadana, en colaboración con las Administraciones Públicas, y llega a más de 750.000 escolares a través de sus programas de educación ambiental. La iniciativa “Los Profes Cuentan”, en concreto, nació hace cuatro años y tiene el objetivo de reconocer, a través de la literatura, la labor que desempeñan los profesores de Educación Primaria en la transmisión de valores de respeto y cuidado al medio ambiente a los más pequeños. Este año, los profesores tienen que escribir un relato de entre 400 y 800 palabras sobre reciclaje y sus alumnos serán los encargados de ilustrarlo con al menos tres dibujos. Los trabajos se pueden enviar a través del blog www.amarilloverdeyazul.com y el plazo estará abierto hasta el próximo 29 de enero. El jurado está presidido por la escritora y periodista Rosa Montero y compuesto por María Jesús Rodríguez, Directora de Comunicación de Aldeas Infantiles SOS; Clara Navío, Presidenta de la Asociación de Periodistas de
Imagen de la convocatoria “Los Profes Cuentan”.
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Información Ambiental (APIA); José Luís Gallego, periodista y divulgador ambiental; y Antonio Barrón, Director de Comunicación Corporativa y Marketing de Ecoembes. Ellos son los encargados de seleccionar a los diez finalistas, que se llevarán un ebook de regalo, cuyos relatos se recogerán en el libro “Historias de colaboración. 10 cuentos inspirados en la naturaleza” que se pondrá a la venta por internet y sus ganancias se destinarán íntegramente a proyectos de la organización Aldeas Infantiles SOS. A lo largo de sus anteriores tres primeras ediciones ha recibido más de 300 cuentos y contado en su jurado con autores de la literatura española tan importantes como Ana María Matute, Roser Capdevila, Carmen Posadas, Antonio Fraguas (Forges) o Almudena Grandes.
Colaboración con Instituciones Penitenciarias En 2013, Ecoembes puso en marcha con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias dos programas dirigidos a la formación en gestión y tratamiento de residuos y a la inserción sociolaboral en empresas del
El concurso escolar “Los Profes Cuentan” reconoce a través de la literatura la labor de los profesores en la transmisión de valores medioambientales sector de recuperación y reciclaje de envases, con el objetivo de ampliar la oferta educativa, oportunidades laborales y de resocialización de los internos que cumplen penas privativas de libertad. El primero, financiado a través del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (OATPFE) y el Fondo Social Europeo, supone 230 horas de clases teóricas-prácticas. Una vez concluida la formación, los internos podrán incorporarse al taller productivo de actividades auxiliares “Gestión de residuos” que existe en los centros penitenciarios. El segundo programa, de inserción laboral, busca la incorporación al mercado laboral de internos que se encuentran en los Centros de Inserción Social a través de la formación en materia de residuos y su acompañamiento en la búsqueda de empleo en empresas de este sector. La colaboración entre la Administración Penitenciaria y Ecoembes se inició hace más de seis años en el centro penitenciario de Madrid IV (Navalcarnero) con la implantación de contenedores para la recogida selectiva de envases y papel cartón, la concienciación de los internos sobre la recogida y reciclaje de residuos y la puesta en funcionamiento de talleres productivos donde los internos pueden trabajar en esta materia, obteniendo una experiencia laboral para cuando salgan en libertad. En la actualidad, este proyecto está implantado en 45 centros penitenciarios y dos centros de inserción social, en los que hay instalados 8.423 contenedores y 86 compactadores. En el período 2008-2012 se han gestionado 7.100 toneladas de residuos, siendo 3.550 toneladas de material papel/cartón y 3.550 toneladas de envases ligeros. Tan sólo un 6,89% de los residuos recogidos ha sido calificado como impropio, mientras que la media nacional se sitúa alrededor de un 25%. El material válido para el reciclaje u óptimo equivaldría a llenar 72 piscinas olímpicas.
Con la Fundación Integra Ecoembes y Fundación Integra organizaron en otoño del pasado año el curso de formación “Gestión y tratamiento de residuos”, dirigido a personas en riesgo de exclusión social, contemplado en el convenio de colaboración firmado entre ambas entidades. El objetivo de este proyecto es que los 15 alumnos participantes adquieran conocimientos para facilitar su inserción sociolaboral y el acceso a puestos de trabajo en el sector de la recuperación y reciclaje de los envases.
Ecoembes e Instituciones Penitenciarias colaboran para facilitar la reinserción laboral de reclusos.
Se trata de un sector en continuo crecimiento con grandes perspectivas y oportunidades de futuro, y prueba de ello es que desde 1998 gracias a la actividad de Ecoembes ya se han creado 42.600 puestos de trabajo, de los cuales 9.400 son empleos directos. Los alumnos recibieron una formación de 230 horas, de las cuales 150 fueron clases teóricas dirigidas al aprendizaje sobre las unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad SEAG0108: Gestión de residuos urbanos e industriales.
También en Cataluña Del mismo modo y con el mismo objetivo, Ecoembes y la Agencia de Residuos de Cataluña pusieron en marcha, a través de la Fundació Trinijove, un nuevo proyecto de formación en gestión de residuos, dirigido a colectivos en riesgo de exclusión social, en especial a jóvenes en situación de desempleo. En este caso, los 20 alumnos participantes aprenden la gestión y tratamiento de los residuos, facilitando así su reinserción sociolaboral, en el sector de la recuperación y reciclaje de los envases. Los alumnos recibirán un total de 150 horas de clases teóricas, que se completarán con 80 horas de prácticas en las instalaciones de la Agencia de Residuos de Cataluña. La colaboración entre la Fundació Trinijove y Ecoembes comenzó en el año 2000 con la firma de un convenio para impulsar la recogida selectiva de envases en espacios públicos como aeropuertos, hoteles o eventos celebrados en Cataluña, con el objetivo de hacer posible que los residuos generados en estos espacios se reciclaran y pudieran tener una segunda vida. H
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MEDIO AMBIENTE
Ecoembes lanza cada año más de 300 campañas de sensibilización ciudadana, en colaboración con las Administraciones Públicas
Periodismo medioambiental En la labor de formación y divulgación de los valores medioambientales, en concreto del reciclaje, ocupa un lugar destacado aquellas actuaciones dirigidas los medios de comunicación y sus profesionales. En 2014, Ecoembes, la Asociación de Periodistas de Información Ambiental (APIA) y la agencia de noticias Europa Press impulsaron, por segundo año consecutivo, una beca de prácticas para fomentar el periodismo medioambiental. Las tres entidades acordaron en 2013 ofrecer a los estudiantes una experiencia y oportunidad formativa en la sección de medio ambiente de una agencia de noticias. Gracias a este convenio, un estudiante realiza prácticas en la sección de medio ambiente de Europa Press durante tres meses. Por otro lado, en colaboración con la empresa Unidad Editorial, tuvieron lugar en noviembre las II Jornadas Internacionales de Periodismo Medioambiental “Nuevas perspectivas profesionales”, con el objetivo de analizar y debatir las perspectivas de futuro del periodismo ligado al medio ambiente y los nuevos canales de comunicación medioambiental. Las jornadas reunieron durante dos días a algunos de los mejores profesionales del sector tanto de España como de Europa y Estados Unidos, que abordaron temas como las nuevas posibilidades de emprendimiento en el periodismo ambiental a través de distintos casos de éxito que se han puesto en marcha en los últimos años; nuevas plataformas, como el cine o los blogs para la difusión de temas medioambientales; la necesidad de transparencia en esta profesión, o el papel de las empresas en la comunicación ambiental.
Otras actividades Programa Empresas-Parlamentarios En el mes de julio tuvo lugar la primera sesión de formación dentro del marco del Programa Empresas-Parlamentarios desarrollado por el Círculo de Empresarios.
Jornadas de la FEMP En octubre se celebraron en Pozuelo (Madrid) las jornadas “Ciudades: Reciclado e Innovación”, organizadas por la FEMP y Ecoembes, en colaboración con ANEPMA y el MAGRAMA.
Jornada anual de ASPLARSEM También en octubre, se llevó a cabo en Mallorca la jornada técnica anual que organiza la Asociación de Plantas de Recuperación y Selección de Envases Municipales (ASPLARSEM), patrocinada por Ecoembes, con el objetivo de ofrecer formación sobre gestión de residuos.
Cátedra Ecoembes La Universidad Politécnica de Madrid (UPM) y Ecoembes desarrollan desde hace más de diez años la Cátedra-Empresa ECOEMBES de MEDIO AMBIENTE, en la que ambas instituciones cooperen en actividades de soporte científico y tecnológico en temas relacionados con la gestión de residuos de envases. Esta cátedra incluye un Master, cursos prácticos de formación, seminarios y los Cursos de Verano en la UPM. El Máster en Gestión Sostenible de los Residuos, programa de 60 ECTS, está diseñado para profesionales que se enfrentan a los complejos problemas de gestión, recuperación, reciclaje y eliminación de residuos, proporcionando la formación académica necesaria para tomar decisiones informadas sobre estas cuestiones a menudo controvertidas. Los Cursos Prácticos son programas intensivos de corta duración que ofrecen a profesionales en activo la actualización de conocimientos y la aplicación de nuevas tecnologías informáticas. La metodología es totalmente práctica y cuenta con la activa participación de las principales empresas del sector. Los Cursos Online se desarrollan en su totalidad a través de Internet mediante el estudio de materiales elaborados por los profesores, la realización de actividades prácticas y la participación en foros de debate. Más información en http://www.catedraecoembes.es
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PUBLICACIONES
Gestión de Personal en la Administración Local: las 100 cuestiones más consultadas El Derecho Editores Recoge una selección de las consultas atendidas por el servicio de consultoría de El Derecho Local en todo lo relativo a la gestión de personal. Se trata de cuestiones reales realizadas por propios empleados de la Administración Local. Una obra de carácter eminentemente práctico, que le permitirá tomar decisiones de forma rápida y segura. Obtendrá respuestas a las cuestiones más conflictivas, dudosos, y en muchos casos complejos de su día a día. Información: El Derecho Teléfono: 902 44 33 55 Mail: clientes@elderecho.com Web: www.elderecho.com
Sostenibilidad Financiera y Administración Local Tirant lo Blanch. Coordinador: José Manuel Díaz Lema El libro contribuye al estudio de la reforma de la Administración Local desde la perspectiva financiera que imponen las actuales circunstancias políticas y económicas. Dada la raíz financiera de los problemas locales, se ha procurado un acercamiento diverso, con aportaciones de la Hacienda pública, la Ciencia de la administración y el Derecho administrativo. Información: Teléfono: 963392051 Mail: atencioncliente@tirant.es Web: www.tirant.com
Las Bases de Ejecución de los Presupuestos de las Entidades Locales, Análisis de las Entidades Locales, Análisis Crítico sobre su Formación. Modelo de Bases Fundación Asesores Locales. José Miguel Braojos Corral Las Bases de Ejecución constituyen una verdadera guía para la gestión y ejecución presupuestaria. Unas bases adaptadas a la realidad organizativa de la Entidad Local y a su entorno socio-económico, implican contar con unas reglas jurídicas sobre las que los operadores presupuestarios pueden desarrollar su actividad con agilidad, fluidez, transparencia, eficacia y eficiencia, al servicio de los intereses públicos. Información: Fundación Asesores Locales Teléfono: 952 21 93 57 Mail: publicaciones@fundacionasesoreslocales.org Web: www.fundacionasesoreslocales.com
Teclas para transformar la Administración Pública española INAP. Director: Manuel Arenilla Sáez En esta obra se plasman las principales líneas estratégicas para modernizar las Administraciones Públicas compiladas en 32 teclas de acción. Además, se realiza un análisis de los problemas actuales de la Administración española. Asimismo, este libro integra los objetivos, los principios y las medidas del informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) del Gobierno. Información: INAP Teléfono: 91 2739100 Mail: publicaciones@inap.es Web: www.inap.es/libros
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FERIAS
Activa presencia de la FEMP en FITUR 2015 FITUR 2015 abrirá sus puertas el miércoles 28 de enero, hasta el domingo 1 de febrero, con unas perspectivas de crecimiento del sector turístico casi sin precedentes. La que se prevé masiva llegada de visitantes extranjeros a nuestro país y la recuperación del turismo de interior ofrecen alicientes suficientes para que la edición de esta año de la Feria Internacional de Turismo sea un éxito. Las Entidades Locales españolas y la FEMP estarán presentes, como todos los años, así como los dos referentes más destacados de este sector a nivel municipal, el Spain Convention Bureau y la Sección de Villas Termales. El acto de inauguración oficial de FITUR será el miércoles 28 de enero, pendiente aún de confirmar, al cierre de este número, el horario definitivo y la presencia de autoridades, entre las que se espera a la Casa Real. La Feria estará abierta sólo a profesionales del sector los días 28, 29 y 30 de enero, de 10:00 a 19:00 horas, y el fin de semana al público en general, de 10:00 a 20:00 horas el sábado y de 10:00 a 18:00 horas el domingo. De igual forma, a la espera del cierre definitivo del programa, la FEMP participará en diversas actividades, entre ellas las que tiene previsto llevar a cabo en su Stand, que estará ubicado en el Pabellón 9, con el número 9A17, un espacio de encuentro a disposición de todos los Alcaldes y Concejales de municipios de menos de 20.000 habitantes que acudan a las instalaciones del IFEMA de Madrid, y en el que ya hay previstas algunas reuniones con representantes del sector del turismo local.
Premios SICTED Como es habitual en FITUR, se procederá a la entrega de diplomas a los nuevos destinos SICTED de 2014 y la entrega de los premios SICTED en sus cuatro categorías:
Mejor Destino SICTED, que destaca el compromiso del ente gestor del destino por su compromiso en favor de la competitividad de las empresas e impulso del proyecto SICTED dentro de su territorio. Mejor Gestor SICTED, que reconoce el esfuerzo realizado por la persona encargada de la coordinación e implantación del SICTED en su destino turístico, así como la difusión del mismo y su participación en el mantenimiento y evolución. Mejor Administración Pública colaboradora, un premio que destaca el apoyo prestado por las Administraciones como elementos vertebradores, impulsores, dinamizadores y de apoyo en favor del buen desarrollo del SICTED en su territorio. La adhesión e implantación del sistema se lleva cabo en el marco de un convenio con la Comunidad Autónoma, o en su defecto con la Diputación Provincial, a la que pertenece el destino.
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Imagen de FITUR 2014 desde el Stand de la FEMP.
Mejor proyecto de mejora de destino SICTED 2014, que reconoce la consecución de una iniciativa colectiva para la mejora de la calidad integral del destino, desarrollada y consensuada en los grupos de mejora del destino. Al mismo tiempo, se entregarán diplomas a aquellos destinos que durante el 2014 distinguieron empresas en SICTED por primera vez. El acto tendrá lugar el jueves 29 enero a las 12 horas, en la sala N101 del Centro de Convención Norte, con una capacidad para máxima de 150 personas. La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel Borrego, presidirá la ceremonia de entrega de galardones, junto con un representante de la FEMP.
Actos FEMP La Sección Villas Termales reunirá a su Consejo de Gobierno y llevará a cabo el encuentro informativo acordado durante la Asamblea de O Grove hace tres meses, así como creación de dos Grupos de Trabajo, sobre
El Stand de la FEMP está a disposición de todos los Alcaldes y Concejales de municipios de menos de 20.000 habitantes que acudan al IFEMA Señalización y el que tendrá encomendado la labor de definición del Producto Termal y la concreción del Plan de Actuación 2015. Estas reuniones se celebrarán en el transcurso de los dos primeros días de la Feria. Por otra parte, el Área de Turismo de la FEMP ha cerrado entrevistas con los directores de las Oficinas Españolas de Turismo (OETs) de Zúrich, Múnich, Frankfurt, Berlín, París, La Haya y Milán.
Conferencia Iberoamericana Ya en el marco general de FITUR, la Feria acogerá la XVIII Conferencia Iberoamericana de Ministros y Empresarios de Turismo, que abordará en esta nueva edición cuestiones de gran importancia en el sector turístico como la internalización de las empresas turísticas españolas y la comercialización de los destinos iberoamericanos en España. Contará además con la participación de presidentes de organizaciones empresariales del turismo de España y Ministros de Turismo de Iberoamérica. El acto de inauguración de esta Conferencia marcará el inicio de la jornada, destinada a promover la implantación y el desarrollo de empresas españolas dentro del territorio iberoamericano. En el Debate de Ministros de Turismo de Iberoamérica y Presidentes de Organizaciones
El Presidente de la FEMP, con los Reyes y el Ministro de Industria, Energía y Turismo, en FITUR 2014.
Empresariales de Turismo de España, cada participante dispondrá de 5 minutos para exponer aquellos aspectos de los planes e incentivos que ofrecen sus respectivos gobiernos, con el fin de fomentar la internacionalización de las empresas turísticas españolas.
FITUR 2014, en cifras En 2014, FITUR incrementó la asistencia de profesionales y público un 3% y un 7%, respectivamente. Un total de 120.231 profesionales acudieron a la cita del año pasado y casi 98.000 personas se acercaron durante el fin de semana que la Feria abrió al público en general. Según los datos de los organizadores, más de 200 Ministros y autoridades asistieron en apoyo de las propuestas turísticas de su país o región. Asimismo, se celebraron más de 600 jornadas técnicas y conferencias. La edición del pasado año de FITUR acogió a más de 9.000 empresas expositoras y en sus pabellones lucieron sus banderas y propuestas turísticas 165 países – regiones. La presencia de medios de comunicación fue numerosa, con más de 7.000 periodistas acreditados de 60 países.H
El Presidente de la Comisión de Turismo de la FEMP, con la Secretaria de Estado de Turismo y una de las galardonas con los diplomas SICTED del año pasado.
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MOSAICO
El Gobierno prepara las leyes de reforma del funcionamiento de las Administraciones Públicas El Gobierno fue informado en el último Consejo de Ministros sobre los Anteproyectos de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público. Ambos texto splantean una Administración totalmente electrónica, interconectada, transparente y con una estructura clara y simple. El objetivo es facilitar las relaciones electrónicas de los ciudadanos y las empresas con la Administración, así como las comunicaciones electrónicas entre las Administraciones, aumentar la transparencia al crear nuevos registros públicos administrativos y racionalizar la estructura administrativa y se establece por primera vez un régimen de supervisión, evaluación y extinción de los entes públicos.
La modificación de la Ley de Montes, al Congreso El Consejo de Ministros envió a las Cortes Generales del Proyecto de modificación de la Ley de Montes, cuyo objetivo es mejorar la gestión para contribuir a la conservación de la biodiversidad, la prevención de los incendios forestales, la lucha contra el cambio climático y el aprovechamiento económico de los montes. El Proyecto de Ley clarifica la clasificación de los montes, dividiéndolos en cuatro categorías, de acuerdo con dos criterios: por una parte, según la titularidad, los montes pueden ser públicos o privados; y según desempeñen un servicio público, que es lo que condiciona que un monte tenga que cumplir unos requisitos de gestión, se diferencian los montes afectados o no afectados por un interés general. En materia de gestión, se establece la posibilidad de que las Comunidades Autónomas aprueben unos modelos técnicos de gestión, a los que se pueden adherir voluntariamente los propietarios forestales que cumplan con las condiciones que marquen las autoridades autonómicas competentes, y éstos se consideran montes ordenados.
Se modifican los gastos subvencionables de los programas FEDER y Fondo de Cohesión El BOE de 30 de diciembre de 2014 publicó la Orden (HAP/2469/2014, de 29 de diciembre), por la que se modifican las normas sobre gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrolla Regional y del Fondo de Cohesión. Con los cambios introducidos en el “apartado C Vivienda”, son subvencionables “los gastos en mejora de eficiencia energética y de utilización de energías renovables en viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler, así como las de protección oficial u otros tipos de vivienda que fomenten la cohesión social y estén incluidos en los Criterios de Selección de Operaciones de los programas operativos”. También serán subvencionables otros gastos no incluidos en el apartado anterior que, en el marco de un enfoque integrado en favor de las comunidades marginadas, se limiten a la renovación de las partes comunes de las viviendas plurifamiliares, y la renovación y el cambio de uso de edificios de propiedad pública o agentes sin fines de lucro destinados al uso como vivienda para familias con bajos ingresos o personas con necesidades especiales.
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Málaga recibirá el Premio Nacional de Comercio Interior 2014 El Ayuntamiento de Málaga recibirá el premio nacional de Comercio Interior de 2014, en la categoría de Ayuntamientos, por sus actuaciones de renovación urbana comercial. Los Ayuntamientos de Mahón y Pamplona recibirán un accésit honorífico, y los de Bilbao, Cartagena y Huesca una mención especial. El jurado reconoce al Ayuntamiento de Málaga su extensa labor y su constante trabajo en favor del comercio, remodelando el Centro Tradicional de la ciudad, creando nuevos espacios comerciales y promoviendo su accesibilidad y mejorando su red de Mercados Municipales. En los últimos once años, el Ayuntamiento malacitano ha invertido 25 millones de euros en renovación y conservación de estas infraestructuras comerciales.
Guía de turismo accesible para las Ciudades Patrimonio El Grupo de Ciudades Patrimonio de la Humanidad presentó el pasado 10 de diciembre la “Guía de Buenas Prácticas de accesibilidad para los recursos turísticos de las Ciudades Patrimonio de la Humanidad de España”, en colaboración con la Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física (PREDIF). La Guía pretende dar a conocer las quince ciudades que integran la red como “destinos accesibles”, así como recomendar a los profesionales del sector la forma de “adaptar su oferta a las necesidades específicas del público con algún tipo de discapacidad”. El Alcalde de Ávila y Presidente de la Comisión de Patrimonio del Grupo de Ciudades explicó que la guía está dirigida sobre todo a los establecimientos turísticos que pretendan mejorar su accesibilidad, pero también a museos y monumentos, y que es
“una herramienta para ser más competitivo desde el punto de vista social y económico”.
Ponentes internacionales en la Smart City Humana de Santander Ponentes de España, Estados Unidos, Australia, Francia, Portugal, Italia, Colombia, Chile, Brasil, Ecuador y Argentina intervendrán en la sesión del Foro Internacional de la Smart City Humana `Live in @ living city’ que se celebrará en Santander el 21 de enero. También contará con las intervenciones por videoconferencia de grandes expertos internacionales de destacados de prestigiosas instituciones académicas, así como con la presencia, en el Palacio de la Magdalena, lugar de la cita, de representantes locales de varias ciudades europeas y latinoamericanas. El Alcalde de Santander y Presidente de la Red Española de Ciudades Inteligentes estará en la sesión inaugural y también en la clausura del foro. Íñigo de la Serna ha hecho un llamamiento a las empresas locales para que participen y “tomen conocimiento de los últimos
avances en materia de ciudades inteligentes”
Palacio de La Magdalena.
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AGENDA
ENERO 2015 FITUR. Feria Internacional de Turismo Madrid, del 28 de enero al 1 de febrero de 2015
El Control de la edificación y las Entidades Locales
Sinopsis:
Formación virtual. Del 4 de febrero al 3 de marzo de 2015 Organiza: CEMCI
FITUR es el punto de encuentro global para los profesionales del turismo y la feria líder para los mercados receptivos y emisores de Iberoamérica. En la edición 2014, confirmando la tendencia de recuperación turística, 9.083 empresas expositoras de 165 países / regiones, 120.231 participantes profesionales y 97.549 personas de público no profesional, se dieron cita en FITUR para transformar el ocio en negocio y el negocio en desarrollo. Asimismo, entre los datos de participación, hay que destacar la presencia de 7.368 periodistas procedentes de 60 países, una expectación que evidencia la importancia de FITUR en el circuito internacional de ferias del sector. Información: Teléfono: 902 22 16 16 Mail: fitur@ifema.es Web: http://www.ifema.es/fitur_01
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FEBRERO 2015
Sinopsis:
Entre sus objetivos están el de formar a los técnicos municipales encargados del control de la edificación, inspecciones técnicas de los edificios, las órdenes de ejecución y los dictámenes periciales de ruina y exponer las fuentes legales y los medios procedimentales a observar en el control de la edificación. Información: CEMCI Teléfono: 958 24 72 22 Mail: cemci@cemci.org Web: www.cemci.org
Publica 15. Encuentros Internacionales de Gestión Cultural Madrid, 29 y 30 de enero de 2015 Organizan: Fundación Contemporánea y Círculo de Bellas Artes
Enseñanza Práctica de la Contratación del Sector Público Local para Auxiliares y Administrativos E-Learnning, del 10 de febrero al 5 de junio de 2015 Organiza: Fundación Asesores Locales:
Sinopsis:
Sinopsis:
Pública es el lugar de encuentro e intercambio de experiencias para todos los profesionales de la cultura. Pública 15 presenta novedades. Incluye formatos más dinámicos que permitirán un mayor acercamiento y participación de los asistentes. Contaremos con profesionales internacionales de referencia. Y este año prestaremos especial atención a los casos de éxito surgidos en época de crisis en España.
Este curso trata de buscar soluciones para resolver los principales problemas planteados por la aplicación efectiva del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público (TRLCSP), analizando los procedimientos de selección a través de supuestos prácticos reales y los contratos celebrados de forma cotidiana por los Ayuntamientos, no solo desde los aspectos jurídicos sino también desde la perspectiva de la fiscalización presupuestaria.
Información: Teléfono: 91298 55 16 Mail: info@fundacioncontemporanea.com Web: www.fundacioncontemporanea.com
Información: Fundación Asesores Locales Teléfono: 952 21 93 57 Mail: fundacional@fundacionasesoreslocales.org Web: fundacionasesoreslocales.org
GENERA 2015 Madrid, del 24 al 26 de febrero de 2015 Organiza: IFEMA
Sinopsis:
Referencia para el sector de las energías renovables y eficiencia energética en España, GENERA celebrará su 18ª edición, en la que se presentarán las propuestas más vanguardistas y los últimos avances tecnológicos de la industria. Una feria que destaca además por su vocación de foro de encuentro, debate y divulgación. Su coincidencia con Climatización, Salón Internacional de Aire Acondicionado, Calefacción, Ventilación y Refrigeración, con una oferta especialmente centrada en la sostenibilidad medioambiental y el ahorro energético, presentará al profesional una amplia perspectiva de las innovaciones y soluciones que se han producido en ambos campos. Información: Teléfono: 902 22 15 15 Mail: genera@ifema.es Web: www.ifema.es
MARZO 2015 Buenas Prácticas Administrativas y Utilización Eficiente de los Recursos Humanos Madrid, del 2 al 5 de marzo de 2015 Organiza: INAP
Sinopsis:
Acción formativa de 20 horas presenciales, dirigida a empleados públicos pertenecientes a los subgrupos A1/A2 y personal laboral fijo equivalente que quiera reformar su formación en esta materia: Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es
Infraestructura y servicios de la e-Administración On line, del 16 de marzo al 24 de abril de 2015 Organiza: INAP
Sinopsis:
Dirigido a empleados públicos pertenecientes a los subgrupos A1/A2 y personal laboral fijo equivalente que requieran estos conocimientos para el desarrollo de sus funciones y cuentes con los medios técnicos necesarios para la realización de este curso. Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es Lenguaje administrativo. Elaboración de documentos administrativos Madrid, del 23 al 25 de marzo de 2015 Organiza: INAP
Sinopsis:
Destinado a empleados públicos pertenecientes al subgrupo A2 y personal laboral fijo, equivalente cuyos puestos de trabajo conlleven la elaboración de informes o redacción de textos administrativos. Presencial duración de 15 h. Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es
ABRIL 2015 Atención e información al ciudadano On line, del 20 de abril al 22 de mayo de 2015 Organiza: INAP
Sinopsis:
Dirigido a empleados públicos pertenecientes a los subgrupos C1/C2/E y personal laboral fijo equivalente que desempeñen sus funciones en puestos de trabajo que exijan una relación con el público y que cuenten con los medios técnicos necesarios para la realización de este curso. La duración de este curso es de 25 horas.
Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es Infraestructura y Servicios de la e- Administración On line, del 16 de marzo al 24 de abril de 2015 Organiza: INAP
Sinopsis:
Dirigido a empleados públicos pertenecientes a los subgrupos A1/A2 y personal laboral fijo equivalente que requieran estos conocimientos para el desarrollo de sus funciones y cuentes con los medios técnicos necesarios para la realización de este curso. Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es
OCTUBRE 2015 Greencities & Sostenibilidad Málaga, 7 y 8 de octubre de 2015 Organiza: Palacio de Ferias y Congresos de Málaga y Ayuntamiento de Málaga
Sinopsis:
Greencities & Sostenibilidad cuenta con una de las ofertas más amplias en eventos de este sector reuniendo en un mismo espacio una zona expositiva, un amplio programa de conferencias y mesas redondas y un área de networking con encuentros entre ciudades y empresas. La pasada edición de 2014 cerró sus puertas con más de 3.200 visitantes acreditados; más de 170 ponentes; más de 40 comunicaciones científicas; más de 100 empresas en zona expositiva; más de 110 administraciones públicas presentes, y más de 200 participantes en la zona de networking. Información: Teléfono: 952 045 500 Mail: info@fycma.com Web: http://greencities.malaga.eu/
JUNIO 2015 Innovación y creatividad en el marco de la Administración Pública Madrid, del 22 al 25 de junio de 2015 Organiza: INAP
Acción formativa presencial de 20 horas, dirigida a empleados públicos pertenecientes a los subgrupos A1/A2 y personal laboral fijo equivalente que desempeñen puestos de trabajo en los que participe en la gestión de proyectos, áreas de innovación, diseño de políticas públicas, así como cualquier otro ámbito en el que desarrollar ideas nuevas Información: INAP Teléfono: 91 273 92 30 Mail: formacion@inap.es Web: www.inap.es
MUNICIPALIA 2015 Lleida, del 13 al 16 de octubre de 2015 Organiza: Fira de Lleida
Sinopsis:
Municipalia 2015 tendrá las primeras firmas de todos y cada uno de los sectores que aportan soluciones para optimizar la gestión municipal, con propuestas innovadoras y sostenibles para el progreso de las ciudades y con el objetivo de rentabilización de inversiones, convirtiéndose en el “hipermercado de los Ayuntamientos”, el lugar donde acuden los responsables, técnicos y empresas, para encontrar los mejores equipamientos y servicios municipales y mejorar la calidad de vida en las ciudades. Municipalia incluye demostraciones, jornadas, foro de debate municipalista y propuestas para tratar temas de actualidad del sector. Información: Fira de Lleida Teléfono: 973 70 50 00 Mail: fira@firadelleida.com Web: www.firadelleida.com
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central de contratación femp
Hasta el 3,5% de ahorro en la compra de
combustible para calefacción El suministro de combustible para calefacción a través de la Central de Contratación de la FEMP puede reportar ahorros de hasta el 3,5% sobre los precios habituales de este producto; se trata de una de las ventajas de la compra centralizada que, en este caso, cuenta con dos grandes como suministradoras: REPSOL en el territorio de la península y Baleares, y DISA, en el de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
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central de contratación femp
Cualquier ahorro en costes de mantenimiento es fundamental para las Entidades Locales. Desde el momento en el que la Federación se planteó la puesta en marcha de la Central de Contratación, al amparo de las posibilidades abiertas al respecto por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, fue la idea de buscar abaratamiento de costes y ahorro para las Entidades Locales la que prevaleció. La posibilidad de que el sector local se beneficiase de las ventajas de la contratación centralizada orientó el trabajo de la Federación que, a través de un cuestionario de detección de necesidades, pudo conocer con detalle cuáles de los servicios de las Entidades Locales resultaban más susceptibles de contratarse a través de este procedimiento. Y uno de los servicios señalados fue el de suministro de combustible para calefacción, una demanda estacional pero, en cualquier caso, importante en el presupuesto de mantenimiento de cualquier entidad. Desde la FEMP se trabajó en la elaboración del correspondiente acuerdo marco, se redactó el pliego de cláusulas, se desarrolló el concurso y las ofertas seleccionadas fueron las presentadas por REPSOL y DISA, empresas adjudicatarias de este servicio que ya han asumido la distribución de combustible para calefacción en los “lotes” territoriales definidos en el pliego de condiciones: por un lado, el área de la península y las Islas Baleares, de cuyo suministro se encargará REPSOL Comercial de Productos Petrolíferos, S.A.; por otro, el de las Islas Canarias, que corresponde a DISA Red de Servicios Petrolíferos S.A.U.; y el de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, donde operará DISA Retail Atlántico S.L.U. El acuerdo marco que tiene por objeto regular las condiciones técnicas, económicas, administrativas que han de regir la prestación del servicio de suministro de combustible para calefacción a las Entidades Locales, al que se han adherido las compañías mencionadas, tiene una vigencia de 12 meses, que podrían prolongarse de forma automática por periodos anuales hasta un máximo de 48 meses.
Descuentos para las Entidades Locales Además de la capacidad de suministro, plenamente garantizada por las citadas compañías en el territorio adjudicado, la mayor ventaja es el ahorro que reporta, ya que todas ellas ofrecen un descuento sobre el precio de referencia para el territorio de España, sin impuestos, que publica el Oil Bulletin Petrolier de la Comisión Europea. Así, la compañía REPSOL aplica el 3,5% de descuento sobre ese importe en los ámbitos de la Península y Baleares, y DISA, tanto en el territorio de Canaria, a través de Red de Servicios Petrolíferos S.A.U., como en el las Ciudades Autónomas, con Retail Atlántic S.L.U., ofrece una reducción del 0,1% sobre el citado precio de referencia. Precisamente la obtención de estos descuentos es uno de los factores de mayor relevancia para las Entidades Locales que, con ello, pueden ver reducidas sus facturas por este concepto durante los meses de invierno. También es fundamental la red de distribución que las empresas citadas tienen disponible en sus zonas asignadas. Las Entidades Locales interesadas en beneficiarse de estas rebajas deberán estar adheridas a la Central de Contratación (para lo que disponen de información detallada en la web de la FEMP, dentro del espacio dedicado a la Central) y, posteriormente, suscribir el contrato basado en el mencionado acuerdo marco y proceder a su tramitación, un procedimiento que también resulta sencillo desde la plataforma que se encuentra disponible en el mismo espacio de la web de la Federación. El suministro de combustible a los clientes se realizará mediante camiones cisterna y vehículos homologados y autorizados para este fin de que dispongan las propias empresas suministradoras a estos efectos. Por lo que se refiere al tiempo de respuesta, el plazo máximo para hacer llegar el combustible a destino será el que determine la Entidad Local en su solicitud. La empresa sumi(Sigue en la página 59)
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Entrevista
José Manuel Hernández Carrero, Director Comercial Delegaciones, Ventas Directas
y Aviación Internacional de Repsol
"Centralizar la demanda permite simplificar los procesos y mejorar la eficiencia" ¿Qué supone para una empresa como Repsol suministrar combustible para calefacción a las Entidades Locales a través de la Central de Contratación de la FEMP en el territorio de la Península y Baleares? Repsol es una empresa que siempre está al servicio de sus clientes. Nuestra cultura de negocio nos lleva a tratar a nuestros clientes con transparencia, flexibilidad, responsabilidad, integridad e innovación. Estos valores que pretendemos transmitir van muy ligados a la iniciativa de la FEMP, que trata de facilitar el acceso a la información y la comunicación entre los Gobiernos Locales y todas aquellas personas y empresas interesadas en el proceso de contratación, y que para ello ha desarrollado una plataforma innovadora con este objetivo. ¿Con qué infraestructura cuenta en este territorio para prestar este servicio? Repsol es el mayor suministrador de combustibles en el territorio nacional contando para ello con la mayor red de distribución del mercado y una flota de más de 2.000 camiones, que nos permiten llegar a todos los puntos de la geografía española. Hasta ahora ¿Repsol contaba con Ayuntamientos entre su cartera de clientes? Como no podía ser de otra forma, Repsol ha mantenido y mantiene relación comercial con muchas Entidades Locales. Fruto de esas relaciones, creemos que la profesionalidad, el servicio prestado y la calidad de nuestros productos nos posiciona muy bien para continuar siendo proveedores de esas Administraciones. Para una empresa como la suya ¿Qué puede aportar la Central de Contratación de la FEMP? El hecho de poder centralizar la demanda de estas instituciones, permite
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simplificar los procesos tanto de contratación como de abastecimiento de las mismas, lo que supone una mejora en la eficiencia de los procesos y mayor transparencia en los mismos. ¿Cómo surgió la iniciativa de concurrir a la convocatoria impulsada desde la Central de Contratación de la FEMP? Nuestra actividad consiste en la distribución de productos petrolíferos y por tanto, siempre estamos atentos a la posibilidad de encontrar nuevos clientes a los que suministrar, y más aún cuando estos clientes son entidades públicas que adquieren una mayor relevancia en nuestra cartera. El sector público es clave en nuestro negocio y siempre estamos atentos a nuevas oportunidades. ¿Las Entidades Locales son buenos clientes? Por supuesto, su volumen conjunto de contratación es muy elevado, lo que hace que sea muy apreciable para cualquier empresa del sector. Iniciativas como ésta introducen mayor agilidad en los procesos comerciales. ¿Repsol ofrece algún tipo de bonificación a sus clientes Entidades Locales a través de la Central? El hecho de contratar a través de la Central, permite a estas entidades acceder a un contrato negociado para un gran volumen de suministro y por tanto a un precio menor, ya que este se ha adaptado a ese volumen global. Más allá de eso, Repsol pone a disposición de sus clientes asesoramiento permanente y un servicio de asistencia técnica que garantiza la resolución de cualquier incidencia que pueda presentarse.H
central de contratación femp
(viene de la página 57)
nistradora deberá, posteriormente, emitir la factura consignando en ella el precio de referencia y el descuento que se haya aplicado. Todos los gastos que pudiera derivarse del transporte o de la puesta en marcha de medidas de seguridad, son responsabilidad de la compañía suministradora del servicio que, además, será responsable de que en el transcurso del suministro se respete de manera adecuada la normativa en materia medioambiental. Si se
produjesen vertidos o derrames durante el proceso de distribución, la empresa se encargaría también de asumir los costes que pudieran derivarse. Asimismo, la empresa adjudicataria será quien asuma cualquier pérdida o deterioro que puedan experimentar los productos a suministrar hasta el momento en el que tales productos hayan sido entregados en las instalaciones de mantenimiento.
Porcentaje de descuento sobre el precio de referencia para la zona de España, sin impuestos, publicado en el Oil Bulletin Petrolier de la Comisión Europea, del día del suministro
Lotes
Adjudicatarias
1 (Península)
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS S.A.
3,5%
2 (Baleares)
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS S.A.
3,5%
3 (Canarias)
DISA RED DE SERVICIOS PETROLIFEROS S.A.U.
0,1 %
4 (Ceuta)
DISA RETAIL ATLANTICO S.L.U.
0,1 %
5 (Melilla)
DISA RETAIL ATLANTICO S.L.U.
0,1 %
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Entrevista
Bernabé Rodríguez-Pastrana Malagón,
Director Gerente de Disa Red de Servicios Petrolíferos S.A. y de Disa Retail Atlántico S.L.U
"La vinculación con la sociedad canaria y con Ceuta y Melilla es una de las señas de identidad de DISA" DISA suministrará combustible para calefacción a las Entidades Locales a través de la Central de Contratación de la FEMP en el territorio de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. ¿Qué supone esto para una empresa como la suya? Para nosotros, la adjudicación de este contrato supone reforzar el vínculo de las Entidades Locales con DISA, la empresa líder del mercado. Esto nos permite afianzar nuestro compromiso con la sociedad canaria, Ceuta y Melilla ofreciendo el mejor servicio, con garantía de suministro y de calidad de producto
En DISA estamos muy orgullosos de poder trabajar conjuntamente con las diferentes Entidades Locales. La cercanía con los clientes es nuestra prioridad y gracias a nuestra experiencia, vamos a ser capaces de continuar prestando el mejor servicio.
¿Qué representa el suministro de combustible para calefacción en el volumen de negocio del grupo?
La Central de Contratación de la FEMP ¿es un buen sistema para la gestión de las empresas? ¿Qué significa en el caso de DISA?
DISA tiene el compromiso de satisfacer las necesidades de combustible de nuestros clientes en los mercados en los que operan y, en este sentido, el volumen de la contratación de la FEMP viene a reforzar nuestra posición y compromiso.
Para nosotros, gracias a la experiencia adquirida, supone un gran avance en nuestra relación con las Entidades Locales que nos permite consolidarnos en este sector. Además, gracias a la Central de Contratación, se simplifican los trámites que, hasta la fecha, implicaban la convocatoria de concursos individuales.
¿Con qué infraestructura cuenta para prestar este servicio en el territorio insular y en las Ciudades Autónomas?
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¿Las Entidades Locales son buenos clientes?
¿Cómo se planteó participar en la convocatoria impulsada desde la Central de Contratación de la FEMP?
DISA es la única compañía del sector con presencia en todas y cada una de las Islas Canarias, a través de instalaciones y una flota propia, lo que nos permite ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes independientemente de dónde se encuentren. En Ceuta y Melilla tenemos una importante presencia en Estaciones de Servicio y en ventas directas perfectamente coordinadas y garantizadas por el Área de Aprovisionamiento de DISA.
Como la primera compañía canaria de distribución de productos energéticos, DISA no podía quedarse al margen de una convocatoria tan importante, que podía suponer un porcentaje significativo del consumo del sector público. Además, como hemos comentado antes, gran parte de los Ayuntamientos de Canarias ya eran clientes de DISA.
¿Los Ayuntamientos se encontraban hasta ahora entre sus clientes habituales para el suministro de combustible para calefacción?
¿Qué tipo de ventajas ofrece DISA a las Entidades Locales que contraten a través de la Central de la FEMP?
La vinculación de DISA con Canarias y la sociedad canaria es una de nuestras señas de identidad en estos más de 80 años de historia que llevamos operando. De hecho, la compañía ha sido adjudicataria de la mayoría de los concursos convocados por los Ayuntamientos para suministro de gasóil.
Como parte de nuestra estrategia de enfoque hacia el cliente, al margen de las bonificaciones económicas recogidas en el pliego de condiciones del contrato, DISA ofrece otros servicios como la posibilidad del suministro de la flota municipal, a través de la tarjeta DISA CREDITO.
central de contratación femp
En marcha nuevos servicios de la Central de Contratación Suministro de electricidad en alta y baja tensión
En licitación el Acuerdo Marco para el suministro de gas natural
Se encuentra en fase de adjudicación el suministro de electricidad en alta y baja tensión, que tiene por objeto la adopción de los tipos contratables para los suministros de energía, conforme a lo previsto en el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la Ley de Bases de Régimen Local.
Actualmente, está en curso la licitación para el suministro de gas natural, cuyo plazo para la presentación de ofertas finaliza el 19 de enero de 2015. Como en otros casos, comprenderá la determinación de la/s empresa/s adjudicataria/s para cada uno de los Lotes, los precios para cada tipo de tarifa, los porcentajes de descuentos mínimos, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo marco correspondiente.
Como sistema de racionalización técnica, comprende la determinación de la/s empresa/s adjudicataria/s para cada uno de los Lotes, el sistema retributivo, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco.
Este Acuerdo Marco estará plenamente disponible para las Entidades Locales adheridas a la Central de Contratación en el mes de febrero.
ía y acceso a n fo le te e d s io ic rv se s lo de Prestación
Internet
de telefonía fija, la prestación de los servicios a par rco Ma o erd Acu del tación Lote 1) Servicios también ha retomado la lici rentes servicios a contratar: dife los a s nte die pon res La Central de Contratación cor ndientes se desglosa en lotes indepe rnet. móvil y acceso a datos, que e 3) Servicio de Acceso a inte Lot y vil mó ía fon tele de ios vic Ser 2) de telefonía fija. Lote nicas y económicas. las mejores condiciones téc con te, esi nec que lo o sól al interesada podrá contratar De esta forma, la Entidad Loc plenamente disponible en que previsiblemente estará lo por 15 20 de ro ene de de ofertas finaliza el 20 El plazo para la presentación ado, el mes de febrero. rma de contratación del Est abril de 2014 en la platafo de 10 as el erid do adh lica s ale pub Loc 14 Entidades anuncio previo 06/20 Marco se entenderán como o erd Acu es e Este acuerdo se adscribe al Ent est ás de s dem cto y efe res os Insula s cuestiones, que a los vinciales, Cabildos, Consej Pro nes cio se uta que en el que se señala, entre otra Dip o s, as nto erid mie adh nacional, ón de la FEMP los Ayunta de ellos en todo el territorio tes ien end dep a la Central de la Contrataci s lico púb es smos autónomos y ent Locales, así como los organi Acuerdo Marco. e el periodo de vigencia del adhieran a la Central durant / ntratacionfemp.es/PortalFemp iones en http://www.centralco tac lici y ios vic ser os est re Toda la información sob
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central centraldedecontratación contrataciónfemp femp
Entra en vigor la asistencia técnica para gestion
de multas de tráfico
Ya están en vigor el Acuerdo Marco para la prestación del servicio de asistencia técnica en la gestión multas de tráfico, una iniciativa que no va a representar coste adicional alguno para las Entidades Locales puesto que las adjudicatarias serán retribuidas en función de un porcentaje sobre la recaudación obtenida. La Central de Contratación arranca el año 2015 con fuerza, haciendo realidad sus compromisos de nuevas ofertas de servicios a las Entidades Locales.
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central de contratación femp
El Acuerdo Marco para la prestación del servicio de asistencia técnica y colaboración para la gestión, notificación, recaudación voluntaria y ejecutiva de multas de tráfico está vigente desde el 8 de enero. Las empresas adjudicatarias y que, por tanto, podrán prestar este servicio, son la UTE EUROCOP–EYSA Central de Multas; Coordinadora de Gestión de Ingresos S.A. (CGI) y VIALINE Gestión S.L. Todas ellas, con experiencia reconocida en este sector, ofrecen amplias garantías tanto en la gestión de los expedientes sancionadores como en la asistencia al personal de la Entidad Local y al ciudadano. Este servicio no supone un coste adicional para su Entidad Local puesto que las adjudicatarias obtendrán un porcentaje de retribución en función de la recaudación obtenida. Dichos porcentajes son los que se reflejan en el cuadro adjunto: Se trata de precios de referencia, vinculantes para las adjudicatarias, que podrán ser objeto de mejora en la tramitación del contrato basado. Esta Acuerdo Marco tiene una vigencia de 12 meses desde su firma pudiendo ser objeto de prorrogas anuales por mutuo acuerdo, antes de la finalización del mismo. La duración total del Acuerdo Marco, incluidas prorrogas, no excederá de 48 meses. La Entidad Local, en cada Contrato basado, podrá determinar si el servicio a prestar por el Prestador del Servicio comprende la gestión de expedientes y recaudación en vía voluntaria, en vía ejecutiva o ambas. Igualmente, podrá determinar si la gestión de los expedientes afectará a las denuncias interpuestas por agentes de la Policía Local, empleados del servicio de la O.R.A., o ambos. En todos los casos, se incluirá la puesta a disposición de las Entidades Locales, por parte de la empresa adjudicataria, de dis-
positivos de movilidad que permitan la captura de denuncias de tráfico (teléfonos inteligentes) e impresoras móviles. También deberá o incluir la puesta en funcionamiento de dichos dispositivos, cursos de formación a los policías locales para su uso correcto y eficiente, así como las necesarias licencias de uso, en su caso. Además, la adjudicataria asumirá el coste de cuantas notificaciones haya que realizar conforme a lo previsto en los Pliegos para la prestación de los Servicios contratados. La financiación y el gasto derivado de los contratos basados en el presente Acuerdo Marco correrán a cargo de las Entidades Locales adheridas. Los adjudicatarios percibirán en concepto de retribución por los Servicios prestados una cantidad equivalente a un porcentaje de las sanciones efectivamente recaudadas en vía voluntaria y/o ejecutiva cuya gestión de cobro le haya sido encomendada por cada Entidad Local Adherida conforme a sus respectivas ofertas.
porcentaje de retribución
Empresas Adjudicatarias
VIALINE
CGI
Vía Voluntaria Vía Ejecutiva
27 % 28 %
30 % 15%
UTE EUROCOP-EYSA 19% 18 %
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416 Entidades Locales en la Central de Contratación La cifra de Entidades Locales adheridas a la FEMP que han decidido vincularse a la Central de Contratación ya asciende a 416, donde residen 15.709.000 habitantes. De ellas, ocho son Diputaciones, uno es un Cabildo Insular, otro más es un Consell y también aparecen dos organismos vinculados a estas Entidades. El resto son Ayuntamientos de todo el país.
Las Diputaciones Provinciales son las de Alicante, Almería, Ávila, Badajoz, Jaén, Lleida, Málaga y Soria; el Cabildo y el Consell Insulares son los de La Palma e Ibiza, respectivamente. Y en cuanto a los organismos, se trata del autónomo SUMA, responsable de la gestión tributaria de la Diputación Provincial de Alicante, y del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria de Tenerife (vinculado al Cabildo de esta isla). En el análisis por Comunidades Autónomas, el porcentaje de penetración más alto es el de Murcia, Comunidad Autónoma Uniprovincial en el que 16 de sus 45 Entidades Locales se han vinculado a la Central de Contratación. El nivel de adhesión también es destacable en la Comunidad Canaria y en la de Madrid, donde el 17,40% y el 16,20% de los asociados a la FEMP en ambos territorios, respectivamente, se han unido a la Central de Contratación.
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garantía de que, en la contratación de cada servicio, se da cumplimiento a todas las exigencias normativas gracias a la colaboración de un prestigioso despacho de abogados encargado de prestar la asistencia técnica y jurídica necesaria. Entre los servicios disponibles y los que pronto se pondrán a disposición de las Entidades Locales, la Central trata de dar cobertura a las necesidades municipales. Ya en su momento, una encuesta realizada por la FEMP entre sus socios para conocer cuáles eran los servicios más demandados por las Entidades Locales, permitió a la Federación confeccionar el abanico de ofertas que, en la actualidad, se viene cerrando y completando al objeto de ponerlas a disposición de los interesados.
La Central de Contratación, sus ventajas y las posibilidades que ofrece a las Entidades Locales la centralización en la contratación de bienes y servicios, han sido ampliamente difundidas desde la FEMP entre sus socios.
Desde la Federación se ha estado informando puntualmente de cada paso en todos y cada uno de los procesos de licitación de los servicios. A los avances evidentes en este ámbito, es preciso sumar uno fundamental, el de la incorporación de la plataforma de contratación que permite a las Entidades interesadas adherirse de forma más sencilla, descargar la documentación y formularios precisos y tramitar de manera más ágil.
A las ya conocidas de abaratamiento en el coste de los bienes, servicios y suministros, y de ahorro en trámites administrativos en todo lo relacionado con el proceso de contratación, se une la facilidad para acceder a servicios de interés y la
Nuevamente, se recuerda que adherirse a la Central de Contratación de la FEMP es completamente gratuito para las Entidades asociadas a la Federación, y que, además, no conlleva obligación alguna de contratar los servicios ofrecidos.
central de contratación femp
Total EELL FEMP
CCAA
Provincia
Adheridos
%
ANDALUCIA
Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Total
4 4 6 7 5 8 10 7 51
763
ARAGON
Huesca Teruel Zaragoza Total
5 6 15 26
712
3,65
ASTURIAS
Total
12
74
16,22
BALEARES
Total
7
68
10,30
CANARIAS
Las Palmas de G.C. Sta. Cruz de Tenerife Total
7 9 16
92
17,40
CANTABRIA
Total
13
97
13,40
CASTILLA LA MANCHA
Albacete Ciudad Real Cuenca Guadalajara Toledo Total
4 13 9 12 16 54
907
5,95
CASTILLA LEÓN
Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora Total
5 1 5 3 11 6 4 3 5 43
CCAA
Provincia
Adheridos
Total EELL FEMP
%
CATALUÑA
Barcelona Girona Lleida Tarragona Total
14 2 5 4 25
618
4,04
EXTREMADURA
Cáceres Badajoz Total
11 10 21
386
5,44
GALICIA
A Coruña Lugo Ourense Pontevedra Total
3 4 1 3 12
289
4,15
LA RIOJA
Total
8
172
4,65
MADRID
Total
29
179
16,20
MURCIA
Total
16
45
35,56
NAVARRA
Total
4
241
1,66
PAIS VASCO
Álava Total
1 1
35
2,86
Alicante Castellón Valencia Total
22 13 43 78
529
14,74
6,68
VALENCIA
TOTAL
2.116
416
2,03
15.709.000 habitantes residen en las Entidades Locales adheridas a la Central de Contratación
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central de contratación femp
¿Qué es una Central de Contratación para las Entidades Locales?
• Un instrumento de contratación de suministros, obras y servicios cuyas especiales características lo hacen susceptible de ser utilizado con carácter general por el conjunto de las Entidades Locales, obteniendo mejores condiciones de prestación y mejores precios.
¿Por qué una Central
de Contratación para las Entidades Locales?
• Porque se optimiza la tramitación administrativa, se agilizan los protocolos administrativos de contratación, elaboración de los pliegos, licitación, evaluación y adjudicación, lo que supone un ahorro de tiempo, recursos humanos y económicos para las Entidades Locales. • Por razones de economía y ahorro. A través de la Central de Contratación de la FEMP se consiguen mejores condiciones en precio en la contratación de bienes, servicios y suministros en beneficio de todas y cada una de las Entidades Locales. • Porque la Central de Contratación de la FEMP ofrece plenas garantías jurídicas y técnicas para la contratación. • Porque se consiguen ahorros efectivos y por tanto se reduce el gasto público.
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¿Cuál es la tramitación
para adherirse a la Central de Contratación y hacer uso de los suministros, obras y servicios de ésta?
• Aprobar la adhesión a la Central de Contratación mediante acuerdo del órgano municipal competente. Esta adhesión no supone la obligación de efectuar las contrataciones a través de la Central de Contratación. • Notificar este acuerdo a la Central de Contratación de la FEMP. • Seleccionar el suministro o servicio adscrito a la Central de Contratación.
2015
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