Gaceta Digital del junio

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CON MOTIVO DE LA CIRCULAR FGE 02/2023

Promoción y supervisión de formación. Como parte del proceso de fortalecimiento de una actuación basada en el respeto a los derechos humanos de todas y todos, las y los Titulares de Área de la FGEG deben incentivar la formación y capacitación continua del personal a su cargo en temas relacionados con dichas prerrogativas fundamentales y su aplicación en el quehacer diario y su ámbito competencial

Sabías que...

De acuerdo con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGD), en su artículo 69, las Fiscalías Especializadas en materia de Desaparición deben capacitar a su personal en rubros como derechos humanos, perspectiva de género, interés superior de la niñez, atención a las Víctimas, sensibilización, aplicación del Protocolo Homologado para la investigación, entre otros.

Asimismo, conforme a la LGD las personas servidoras públicas pertenecientes a las Fiscalías Especializadas, deberán estar certificadas alineándose a los criterios que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justica

En esa tesitura y conocedores de que el fenómeno de la desaparición forzada y cometida por particulares es dinámico y multifactorial, la Fiscalía General del Estado refrenda su compromiso en la materia asegurando la constante actualización de conocimientos y competencias del personal Ministerial, Policial, Pericial y de Análisis de Información para garantizar investigaciones diligentes, con enfoque científico y en irrestricto apego a los derechos humanos.

Así pues, desde la entrada en vigor de la LGD, se ha logrado la acreditación de más de 200 servidoras y servidores públicos a través de 05 generaciones de la Certificación en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Con motivo de la certificación inicial o su renovación, el personal acreditado cursa un programa teórico - práctico de 180 horas de especialización; supera un examen de conocimientos y aprueba un examen de oposición ante un sínodo integrado por 03 personas expertas en materia de desaparición de personas

De esta manera, mantenemos vigente la convicción de regirnos por los más altos estándares de eficiencia, eficacia y profesionalidad constante.

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LA ATENCIÓN
DIRECTRICES PARA
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F i s c a l í a E s p e c i a l i z a d a e n I n v e s t i g a c i ó n d e D e l i t o s d e D e s a p a r i c i ó n F o r z a d a d e P e r s o n a s y D e s a p a r i c i ó n C o m e t i d a p o r P a r t i c u l a r e s F i s c a l í a E s p e c i a l i z a d a e n I n v e s t i g a c i ó n d e D e l i t o s d e D e s a p a r i c i ó n F o r z a d a d e P e r s o n a s y D e s a p a r i c i ó n C o m e t i d a p o r P a r t i c u l a r e s

Día Internacional del Orgullo LGBTI+ 28 junio

Esta conmemoración se origina en los disturbios del 28 de junio de 1969 en Estados Unidos como respuesta a las injustificadas redadas policiales en espacios de encuentro de la población LGBTI, particularmente la realizada en Stonewall Inn en Nueva York Estos eventos marcaron el inicio de una ola de activismo en favor de los derechos de las personas LGBTI que se replicó en otros países con la finalidad de visibilizar y promover la aceptación de este grupo poblacional

Datos importantes de la Desaparición de Personas LGBTI+

"Cualquiera que sea la libertad por la que luchamos, debe ser una libertad basada en la igualdad"
-Judith Butler-

Referencias:

La desaparición de personas LGBTI+ en México, una guía para su registro y seguimiento

Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGD)

Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas

El acrónimo LGBTI+ se refiere a las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, entre otras de la diversidad sexogenérica

La desaparición de personas LGBTI+ se asocia a la discriminación, prejuicios, estigmatización o violecias que enfrentan por su orientación sexual, expresión y/o identidad de género

Derivado del rechazo que suele enfrentar este grupo poblacional, es frecuente que ante la desaparición de una persona LGTBI+ la familia social sea quien emprenda y continúe la búsqueda, y no su familia biológica. Esta situación conlleva obstáculos institucionales, al no otorgáseles legitimidad dentro del proceso jurídico

El Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas refiere como parte del enfoque diferenciado que “Cuando las personas desaparecidas o no localizadas pertenezcan a la comunidad LGBTTI+ y se aprecie que, por dicho hecho, su vínculo más cercano no es familiar, sino comunitario, las autoridades deben considerar que los derechos de participación e información que la LGD otorga a los familiares asisten a las y los integrantes de las comunidades a las que pertenecen.”

La Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGD), establece como agravante del delito de desaparición, que el motivo para su comisión sea la identidad de género o la orientación sexual de la persona

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Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares
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