Portafolio de Servicios Abril 2016
Portafolio de Servicios de FINAGRO FINAGRO presenta en este documento un completo portafolio en donde se resume de manera ordenada y simple todos los productos y servicios con los que cuenta para el sector agropecuario. Aquí encontrará, entre otros, las condiciones financieras, trámites, líneas de crédito, normatividad, incentivos, garantías y programas especiales que administra FINAGRO. Esta es una guía de fácil consulta que mejorará el conocimiento y facilitará el acceso a los productos y servicios. Luis Enrique Dussán López Presidente
MISIÓN Contribuir al desarrollo integral, competitivo y sostenible del sector rural, facilitando el acceso al financiamiento y a los demás instrumentos de apoyo establecidos en la política pública.
VISIÓN Ser la institución financiera líder en la gestión del desarrollo rural colombiano con clase mundial.
¿QUÉ ES
FINANCIAMIENTO
FINAGRO? FINAGRO es una entidad que promueve el desarrollo del Sector Rural colombiano, con instrumentos de financiamiento y desarrollo rural, estimulando la inversión.
FONDO
AGROPECUARIO DE
GARANTÍAS - FAG
Es una sociedad de economía mixta del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, con régimen especial, vinculado al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. FINAGRO actúa como entidad de segundo piso, es decir, otorga recursos en condiciones de fomento a las entidades financieras, para que éstas a su vez otorguen créditos a proyectos productivos. Igualmente y para facilitar el acceso al financiamiento, FINAGRO administra el FAG, el ICR, el ISA y otros instrumentos para el proceso de la inversión.
INCENTIVO A LA
CAPITALIZACIÓN RURAL - ICR
SEGURO AGROPECUARIO
¿Qué es el crédito agropecuario? Es aquel que se otorga para ser utilizado en las distintas fases del proceso de producción de bienes agropecuarios, acuícolas y de pesca, su transformación primaria y/o comercialización así como el que se otorga para minería, turismo rural y ecológico, artesanías, transformación de metales y piedras preciosas, incluyendo su mercadeo.
¿Cómo se tramita un crédito FINAGRO? a. Trámite entre solicitante y el intermediario financiero: El productor agropecuario debe ir a una entidad financiera, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Supersolidaria para el caso de las Cooperativas y solicitar los requisitos para un crédito con recursos FINAGRO. Las entidades financieras son las que realizan el estudio y aprobación de los créditos.
b. Trámite entre intermediario financiero y FINAGRO: Posteriormente a la aprobación, los intermediarios financieros solicitan vía electrónica el registro de la operación y FINAGRO desembolsa los recursos, para que los intermediarios financieros desembolsen a los productores. Es decir, el productor no realiza el trámite ante FINAGRO, sólo ante el intermediario financiero.
SERVICIOS DE APOYO
I. CRÉDITO
1. Qué se puede financiar con los recursos FINAGRO Se financian todas la actividades que estén relacionadas con la Producción, Agroindustria y Servicios de Apoyo en el sector agropecuario y actividades rurales.
PRODUCCIÓN
• Compra de materia prima • Maquinaria y Equipos • Infraestructura
Todo lo que requieran este tipo de empresas
ACTIVIDADES RURALES
Se financian todas las actividades que se desarrollan a nivel de finca, tales como:
AGROINDUSTRIA Y COMERCIALIZACIÓN
• Compra de Finca • Adecuación de tierra • Maquinaria y equipos • Compra de animales • Siembra y sostenimiento de cultivos • Infraestructura para la producción
Se financia el capital de trabajo y las inversiones que requieran quienes comercialicen o transformen productos agropecuarios, tales como: • Compra de materia prima agropecuaria • Infraestructura • Maquinaria y equipos
Todo lo que necesite para la producción agropecuaria
Se financia el capital de trabajo y las inversiones que requieran quienes producen, comercializan o distribuyen productos o servicios que son requeridos por los productores agropecuarios, tales como:
Todas las inversiones para la agroindustria y comercialización de productos agropecuarios
Se financian tanto el capital de trabajo como las inversiones que requieran las siguientes actividades que se desarrollan a nivel rural. • Artesanías • Turismo Rural • Minería • Transformación de piedras y metales preciosos
Tipo beneficiario
2. Condiciones financieras 1. Tasas de Fomento FINAGRO establece unas tasas límites, según el tamaño del productor, teniendo en cuenta el valor de los activos. En la siguiente tabla puede ubicar el valor de los activos para cada tipo de productor y así establecer la tasa de interés máxima para cada tipo de productor.
Activos
Monto máx. de crédito Tasa de redescuento
Tasa de interés
Pequeño productor*
Hasta $195'805.220 Y cumplir con la condición A o B
Hasta $137'063,654
DTF - 2,5 (e.a.)
Hasta DTF + 7 (e.a.)
Mujer rural bajos ingresos
Hasta $137'063.654
Hasta $137'063.654
DTF - 2,5 (e.a.)
Hasta DTF + 5 (e.a.)
Mediano productor
Gran productor MIPYMES
(Aplica para OTRAS ACTIVIDADES RURALES)
DTF + 1 (e.a.) Linea de Inversión
Hasta $3'447.275.000
Superior a $3'447.275.000 Hasta $20.683´650.000
Según el proyecto
DTF + 2 (e.a.) Linea de Capital de Trabajo
Hasta DTF + 10 (e.a.)
DTF + 2 (e.a.)
* Condición A: Por lo menos 75% de sus activos estén invertidos en el Sector Agropecuario Condición B: Que no menos de las 2/3 partes de sus ingresos provengan de la actividad Agropecuaria
Inversión Normalización
3. Plazos y períodos de gracia Los plazos y periodos de gracia de los créditos en condiciones FINAGRO, dependen del ciclo vegetativo o productivo de la actividad a financiar y del flujo de caja del proyecto. En razón a esto, FINAGRO clasifica sus líneas de crédito como Capital de Trabajo, Inversión y Normalización de Cartera.
Definición: En este grupo están incluidas todas las actividades con ciclo vegetativo o productivo superior a 24 meses, incluyendo las inversiones por parte de empresas agroindustriales y de servicios de apoyo y actividades rurales. FINAGRO establece un código de rubro para cada actividad. Qué se financia: Se financian las siguientes inversiones:
Capital de Trabajo
Definición: Esta clasificación agrupa todas las actividades con ciclo vegetativo o productivo hasta 24 meses, incluyendo la compra de materia prima para empresas agroindustriales y de servicios de apoyo y las actividades rurales. FINAGRO establece un código de rubro para cada actividad. Qué se Financia: Se financian los costos directos necesarios para el desarrollo de la actividad productiva agropecuaria o rural incluidos las primas de seguros, coberturas y comisión del FAG y los requeridos para su comercialización o transformación. Esta clasificación tiene los siguientes grupos: • Producción Agrícola. (Cultivo con ciclo productivo inferior a 24 meses) • Sostenimiento agrícola, pecuario y de finca • Transformación primaria y comercialización • Servicios de Apoyo • Actividades rurales Plazo: Hasta 24 meses de acuerdo al flujo de caja de la actividad Periodo de Gracia: Para producción por lo general un solo pago de capital e intereses al vencimiento y para comercialización con abonos a capital hasta semestral.
• Plantación y mantenimiento de cultivos de mediano y tardío rendimiento • Compra de animales y retención de vientres. • Adquisición de maquinarias y equipos. • Adecuación de tierras • Infraestructura para la producción, para la transformación primaria y comercialización, servicios de apoyo y actividades rurales • Tierras, vivienda rural, capitalización, creación de empresas e investigación Plazo: El plazo es libremente pactado según el flujo de caja del proyecto. Periodo de Gracia: Según flujo de caja del proyecto
Definición: Contempla las alternativas para normalizar las obligaciones cuando se han visto afectados los flujos de caja. FINAGRO establece un código de rubro para cada actividad Qué se financia: Se permiten los arreglos de cartera para mejorar el flujo de caja de los productores. • Reestructuración de créditos agropecuarios • Consolidación de pasivos • Refinanciación de créditos agropecuarios Plazo: El plazo máximo es libremente acordado según el flujo de caja del proyecto. Periodo de Gracia: De acuerdo flujo de caja del proyecto
En los Anexos al final del documento (Actividades Financiables) puede determinar si la actividad a financiar corresponde a CAPITAL DE TRABAJO, INVERSIÓN O NORMALIZACIÓN.
II. PROGRAMAS ESPECIALES DE CRÉDITO 1. Línea Especial de Crédito LEC Este es un programa especial de crédito, por medio del cual se pueden financiar las actividades que se presentan a continuación, con una tasa especial más favorable a los productores. Estos recursos tienen disponibilidad hasta su agotamiento.
CONDICIONES FINANCIERAS LEC TASA SUBSIDIADA 2015 (1) ESQUEMA DE CRÉDITO
CULTIVOS CICLO CORTO: Achira -131250; Ajonjolí - 111050; Algodón - 111100; Arroz riego -111150; Arroz secano - 111200; Avena - 111250; Cebada - 111300; Frijol - 111350; Maní - 111450; Sorgo 111550; Soya -111600; Tabaco negro - 121680; Tabaco rubio - 121690; Trigo - 111650; Yuca -131200; Papa 111500; Maíz amarillo tradicional clima cálido y medio - 111400; Maíz amarillo tradicional clima frío - 111410; Maíz amarillo tecnificado clima cálido 111490; Maíz amarillo tecnificado clima frío - 111430; Maíz blanco tradicional clima cálido y medio - 111440; Maíz blanco tradicional clima frío - 111460; Maíz blanco tecnificado clima cálido 111470; Maíz blanco tecnificado clima frío - 111480; Ñame - 131100; Compras conjuntas de materias primas para producir Alimentos balanceados sector lácteo -632251
HORTALIZAS: Arveja - 121090; Ají - 121030; Ajo - 121060; Alcachofa - 121070; Cebolla cabezona 121150; Cebolla de hoja 121180; Haba - 121270; Habichuela - 121300; Lechuga - 121330; Pepino - 121600; Remolacha - 121420; Repollo - 121390; Tomate - 121450; Zanahoria - 121480; Otros cultivos de hortalizas 121630
FRUTALES (1): Fresas - 121510; Melón - 121570; Sandía - 121580; Badea - 151320; Banano - 141420; Curuba - 151350; Granadilla - 151640; lulo - 151360; Maracuyá - 151370; Mora - 151380; Papaya 151390; Piña - 141280; Tomate de árbol - 141550; Uchuva - 151620; Feijoa- 151550; Marañón-151020; Plátano - 141430; Otros cultivos mediano rendimiento -144000; Otros cultivos tardío rendimiento-151800 NOTAS: (1) Los frutales con acceso a ICR no seran financiados por créditos con esta linea especial.
Cobertura de Financiación la que determine FINAGRO en el Manual de Servicios en el cuadro 1,1 del Anexo III del Capítulo I. Monto Máximo de crédito por beneficiario hasta $2.000.000.000 en un sólo proyecto para mediano productor y de $128.096.780 para pequeños, independiente del número de desembolsos. Margen de redescuento hasta 100%. Amortización y periodicidad pago intereses, por cualquier modalidad vencida sin superar la anual; excepto aquellos cultivos de ciclo corto cuyo ciclo productivo supere un año.
DTF e.a. - 2.5
DTF e.a. + 1
5 % e.a.
DTF e.a. + 2
DTF e.a. + 2
6 % e.a.
DTF e.a. + 1
DTF e.a. + 1
6 % e.a.
Monto Máximo hasta $ 5.000 millones en un sólo proyecto, independiente del número de desembolsos. Margen de redescuento hasta 100%. Amortización y periodicidad pago intereses, por cualquier modalidad vencida sin superar la anual; excepto aquellos cultivos de ciclo corto cuyo ciclo productivo supere un año.
DTF e.a. - 2.5
DTF e.a. + 1
5 % e.a.
DTF e.a. - 2.5
DTF e.a. + 1
5 % e.a.
Asociativo mediano productor
DTF e.a. + 2
DTF e.a. + 2
6 % e.a.
Asociativo mediano-productor frutales sin acceso a ICR
DTF e.a. + 1
DTF e.a. + 1
6 % e.a.
Mediano Productor
Mediano Productor -frutales sin acceso a ICR
ACTIVIDADES FINANCIABLES Y RUBROS
Asociativo de pequeños productores
ESQUEMA ASOCIATIVO
SUBSIDIO DE TASA A RECONOCER (2)
TASA DE INTERÉS (2)
Pequeño Productor INDIVIDUAL
PLAZOS, MONTOS Y OTRAS CONDICIONES FINANCIERAS
TASA DE REDESCUENTO (1)
TIPO DE PRODUCTOR
Asociativos cuando el integrador o el operador sea mediano o grande y la participación de los pequeños sea por lo menos el 50% del proyecto a financiar
ACCESO AL ICR
Los rubros financiados con esta línea especial no tendrán acceso al ICR
ACCESO A GARANTÍA FAG
En los porcentajes establecidos, en el título I del capítulo III del manual de servicios de Finagro y según el esquema y tipo de productor
Lo invitamos a consultar nuestro Manual de Productos y Servicios Titulo Primero - Capitulo Quinto - Líneas Especiales de Crédito con Tasa Subsidiada, en donde encontrará la información actualizada. NOTAS: (1) Los créditos por esta línea especial se tramitaran únicamente con recursos de redescuento. (2) Para créditos que financien la siembra de maíz amarillo tecnificado, la tasa de interés se reduce en 1% e.a y el subsidio a la tasa que se le reconocerá al intermediario financiero se adicionará en 1% e.a.
FINAGRO permite las siguientes modalidades de asociación y sus condiciones financieras CONDICIONES PROGRAMA ESPECIAL DE FOMENTO Y DESARROLLO AGROPECUARIO CRÉDITO ASOCIATIVO CON INTEGRADOR TASA DE INTERÉS MÁXIMA
* Créditos que integren exclusivamente a pequeños productores hasta DTF (EA) + 6% * Créditos que integren todo tipo de productor Hasta DTF (EA) + 10%. * Créditos con plazos inferiores a 10 años y que capitalicen intereses la tasa de colocación se podrá incrementar en los puntos indicados en el numeral 1.1.5. del capítulo I del presente Manual. * Para créditos con plazos iguales o superiores a diez (10) años la tasa de interés será libre.
TASA DE REDESCUENTO
* Créditos que integren exclusivamente a pequeños productores DTF (EA) – 2.5% * Créditos que integren todo tipo de productor DTF (EA) +1%. Para la consolidación de créditos asociativos con integrador que integren a todo tipo de productor, la tasa de redescuento será del DTF (EA) +2%.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN
* Créditos que integren exclusivamente pequeños productores: Hasta el 100% de los costos directos del proyecto, * Créditos que integren a todo tipo de productor: Hasta 80% de los costos directos del proyecto.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN CAPITAL DE TRABAJO
Hasta 100% de los costos directos del proyecto.
2. Crédito asociativo Es una modalidad de financiamiento con condiciones financieras especiales para aquellos productores que deciden organizar la producción en forma asociativa buscando los siguientes objetivos: • Lograr economías de escala en la compra de insumos. • Suministrar asistencia técnica a los productores.
CRÉDITO ASOCIATIVO CON ENCADENAMIENTO
• Garantizar la comercialización de la producción. Estos créditos se pueden solicitar en cabeza de cualquier integrante de la cadena, como las organizaciones de productores, comercializadores, dsitribuidores de insumos que actuan segíun nuestra reglamentación como Integradores, Encadenadores o en forma individual por cada productor pero vinculado a uno de estos.
TASA DE INTERÉS MÁXIMA
* Créditos que encadenen exclusivamente a pequeños productores Hasta DTF (EA) + 5% * Créditos que encadenen todo tipo de productor Hasta DTF (EA) +7% * Créditos con plazos inferiores a 10 años y que capitalicen intereses la tasa de colocación se podrá incrementar en los puntos indicados en el numeral 1.1.5. del capítulo I del presente Manual. * Para créditos con plazos iguales o superiores a diez (10) años la tasa será libre.
TASA DE REDESCUENTO
* Créditos que encadenen exclusivamente a pequeños productores DTF (EA) – 3.5 %. Para la normalización de créditos asociativos con encadenamiento y que encadenen a pequeños productores la tasa de redescuento será DTF (EA) – 2.5 % * Créditos que encadenen todo tipo de productor DTF (EA) + 0.5%. Para la normalización de créditos asociativos con encadenamiento y que encadenen todo tipo de productor la tasa de redescuento será DTF (EA) + 2.0 %.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN
* Créditos que encadenen exclusivamente pequeños productores: Hasta el 100% de los costos directos del proyecto. * Créditos que encadenen todo tipo de productor: Hasta 80% de los costos directos del proyecto.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN CAPITAL DE TRABAJO
Hasta 100% de los costos directos del proyecto.
CONDICIONES PROGRAMA ESPECIAL DE FOMENTO Y DESARROLLO AGROPECUARIO CRÉDITO INDIVIDUAL CON OPERADOR TASA DE INTERÉS MÁXIMA
* Créditos para pequeños productores: Hasta DTF (EA)+6% * Créditos para medianos y grandes productor Hasta DTF (EA) +10% * Créditos con plazos inferiores a 10 años y que capitalicen intereses la tasa de colocación se podrá incrementar en los puntos indicados en el numeral 1.1.5. del capítulo I del presente Manual. * Para créditos con plazos iguales o superiores a diez (10) años la tasa de interés será libre.
TASA DE REDESCUENTO
* Créditos para pequeños productores DTF (EA) – 2.5% * Créditos para medianos y grandes productores DTF (EA) + 1.0%. Para la consolidación de créditos individuales de medianos y grandes productores con operador la tasa de redescuento será del DTF (EA) +2%.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN
* Pequeños productores: Hasta el 100% de los costos directos del proyecto. * Medianos y Grandes productores: Hasta el 80% de los costos directos del proyecto.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN CAPITAL DE TRABAJO
Hasta 100% de los costos directos del proyecto.
3. Población calificada como víctima del conflicto armado interno, incluida la perteneciente al pueblo Rom o Gitano, o reinsertada, o vinculada a programas de desarrollo alternativo Estos son créditos que tienen condiciones especiales favorables para financiar proyectos desarrollados por la población individualmente calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada o reinsertada, o proyectos ejecutados por Asociaciones, Agremiaciones, Cooperativas no financieras y ONG’s, que asocien, agrupen o integren a población calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada o reinsertada. Así mismo proyectos ejecutados por Asociaciones, Agremiaciones, Cooperativas no financieras y ONG’s, que asocien, agrupen o integren a población vinculada a programas de desarrollo alternativo.
ASOCIATIVIDAD CON ENCADENAMIENTO Y CRÉDITO INDIVIDUAL TASA DE INTERÉS MÁXIMA
* Créditos para pequeños productores: Hasta DTF (EA)+ 5% * Créditos Para medianos y grandes productores Hasta DTF (EA) + 7%
TASA DE INTERÉS MÁXIMA
TASA DE REDESCUENTO
* Créditos para pequeños productores DTF (EA) – 3.5% Para la normalización de créditos individuales con asociatividad con encadenamiento de pequeños productores la tasa de redescuento será DTF (EA) – 2.5 % * Créditos para medianos y grandes productores DTF (EA) + 0.5. Para la normalización de créditos individuales con asociatividad con encadenamiento de mediano y grande productor la tasa de redescuento será DTF (EA) + 2.0 %.
TASA DE REDESCUENTO
COBERTURA DE FINANCIACIÓN
* Pequeños productores: Hasta el 100% de los costos directos del proyecto. * Medianos y Grandes productores: Hasta el 80% de los costos directos del proyecto.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN CAPITAL DE TRABAJO
Hasta 100% de los costos directos del proyecto.
Lo invitamos a consultar nuestro Manual de Productos y Servicios Capítulo Tercero - Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario, en donde encontrará la información actualizada.
COBERTURA DE FINANCIACIÓN
* Créditos a población calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada o reinsertada individualmente considerada: Hasta DTF (EA) + 2 * Créditos asociativos que integren a población calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada, reinsertada o vinculada a programas de desarrollo alternativo: Hasta DTF (EA) + 2 * Créditos a población calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada o reinsertada individualmente considerada: DTF (EA) – 3.5 * Créditos asociativos que integren a población calificada como víctima del conflicto armado interno, desplazada, reinsertada o vinculada a programas de desarrollo alternativo: DTF (EA) – 3.5 * Hasta el 100% de los costos directos del proyecto
Lo invitamos a consultar nuestro Manual de Productos y Servicios Capítulo Cuarto - Financiación de Proyectos Ejecutados por población en situación especial, en donde encontrará la información actualizada.
Cobertura de la Garantía El FAG garantizará el capital del crédito, y la cobertura de la garantía sobre el mismo será la siguiente: COBERTURA HASTA
TIPO DE PRODUCTOR Desplazados Pequeño Productor y Mujer Rural Mediano Productor Gran Productor
Víctimas Reinsertados Ordinario Víctimas Reinsertados Ordinario Víctimas Reinsertados Ordinario Embarcaciones pesqueras y de cabotaje – Buenaventura
100% 100% 100% 80% 80% 80% 60% 80% 80% 50% 75%
III. GARANTÍAS Y SEGUROS 1. Fondo Agropecuario de Garantías - FAG FINAGRO además de suministrar los recursos para los créditos con condiciones especiales, también administra el Fondo Agropecuario de Garantías FAG que respalda las obligaciones de los productores para el desarrollo de proyectos con crédito en condiciones FINAGRO.
El FAG puede garantizar los créditos a todos los tipos de productores, para lo cual debe consultar las tablas a continuación en donde encontrarará la cobertura sobre el valor del crédito y la comisión por este servicio.
COBERTURA HASTA
TIPO DE ESQUEMA Encadenador
Alianza estratégica Integrador
Que encadena únicamente a pequeños productores Que encadena otros productores Que integra a pequeños productores únicamente; o a todo tipo de productor
Microcrédito agropecuario y rural con tecnología microfinanciera
80% 70% 70% 50%
50%
COMISION ÚNICA
Costo del servicio de la Garantía El costo de la comisión se liquida sobre el valor garantizado y no sobre el valor del crédito, y se puede establecer como modalidad de pago, como comisión anual o como comisión única.
Pequeño productor Víctimas y reinsertados
COMISION ANUAL TIPO DE PRODUCTOR Pequeño Productor Mujer Rural Desplazados Encadenador solo Pequeños Productores Embarcaciones pesqueras y de cabotaje – Buenaventura Víctimas y reinsertados Pequeños Productores Víctimas y reinsertados Medianos Productores Víctimas y reinsertados Grandes Productores
TIPO DE ESQUEMA FAG Recupercación Pequeños Productores Alianza Estratégica Encadenador con Otros FAG Recuperación Medianos Productores Integrador FAG Recuperación Grandes Productores Pago de Pasivos no financieros Microcrédito Agropecuario
COBERTURA HASTA
1.5%
3% 4.5%
COBERTURA HASTA 0.75% 2.25% 2.5% 3.75% 7%
pequeños productores
Para el caso de Medianos y Grandes productores, la Comisión Anual de acuerdo a la siguiente tabla
Mujer Rural
Alianza Estratégica
Desplazados
Plazo del crédito (Rango en meses)
Gran Productor
Hasta 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 a 18 19 a 24 25 a 36 37 a 48 49 a 60 61 a 72 73 a 84 85 a 96 97 a 108 109 a 120 121 a 132 133 a 144 145 a 156 157 a 168 169 a 180
1.48% 1.97% 2.46% 2.95% 3.44% 3.93% 4.43% 4.92% 5.41% 5,90% 5,2% 5,2% 4,8% 4,5% 4,2% 4,0% 3,8% 3,7% 3,6% 3,5% 3,4% 3,3% 3,2% 3,1% 3,0%
Mediano Productor 1.28% 1.70% 2.13% 2.55% 2.98% 3.40% 3.83% 4.25% 4.68% 5,10% 4,5% 4,5% 4,1% 3,9% 3,6% 3,5% 3,3% 3,2% 3,1% 3,0% 3,0% 2,9% 2,8% 2,7% 2,6%
Encadenador solo pequeños productores
Plazo del crédito (Rango en meses)
Hasta 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 a 18 19 a 24 25 a 36 37 a 48 49 a 60 61 a 72 73 a 84 85 a 96 97 a 108 109 a 120 121 a 132 133 a 144 145 a 156 157 a 168 169 a 180
Embarcaciones pesqueras y de cabotaje Buenaventura
0,38% 0,50% 0,63% 0,75% 0,88% 1,00% 1,13% 1,25% 1,38% 1,50% 1,86% 2,02% 2,43% 2,88% 3,28% 3,67% 4,03% 4,36% 4,66% 4,93% 5,18% 5,39% 5,58% 5,75% 5,88%
FAG recuperación grandes productores
Encadenador con Otros
Gran Mediano Pago de FAG FAG Víctimas y Víctimas y Microcrédito recuperación- Integrador Productor Productor recuperación- reinsertados pasivos no reinsertados agropecuario y financieros pequeños medianos medianos grandes rural con productores productores productores productores tecnología microfinanciera
0,19% 0,25% 0,31% 0,38% 0,44% 0,50% 0,56% 0,63% 0,69% 0,75% 0,94% 1,06% 1,32% 1,62% 1,90% 2,17% 2,44% 2,69% 2,93% 3,16% 3,37% 3,57% 3,77% 3,95% 4,12%
0,63% 0,83% 1,04% 1,25% 1,46% 1,67% 1,88% 2,08% 2,29% 2,50% 3,10% 3,31% 3,94% 4,60% 5,18% 5,74% 6,23% 6,67% 7,06% 7,40% 7,68% 7,91% 8,10% 8,24% 8,33%
1,48% 1,97% 2,46% 2,95% 3,44% 3,93% 4,43% 4,92% 5,41% 5,90% 7,52% 7,91%
1,28% 1,70% 2,13% 2,55% 2,98% 3,40% 3,83% 4,25% 4,68% 5,10% 6,49% 6,83%
0,56% 0,75% 0,94% 1,13% 1,31% 1,50% 1,69% 1,88% 2,06% 2,25% 2,79% 2,99%
0,75% 1,00% 1,25% 1,50% 1,75% 2,00% 2,25% 2,50% 2,75% 3,00% 3,72% 3,95%
0,94% 1,25% 1,56% 1,88% 2,19% 2,50% 2,81% 3,13% 3,44% 3,75% 4,64% 4,91%
NO APLICA
1,13% 1,50% 1,88% 2,25% 2,63% 3,00% 3,38% 3,75% 4,13% 4,50% 5,57% 5,87%
1,75% 2,33% 2,92% 3,50% 4,08% 4,67% 5,25% 5,83% 6,42% 7,00% 8,62% 9,03%
2. Incentivo al Seguro Agropecuario - ISA
SEGURO AGROPECUARIO
La actividad agropecuaria conlleva diferentes tipos de riesgos sobre los cuales un productor agropecuario no tiene control.
Exceso de lluvia
Déficit de lluvia
Vientos fuertes
Inundaciones
Heladas
Granizo
Deslizamiento
Avalanchas de origen climático
Enfermedades o plagas
¿Qué es el Seguro Agropecuario?
El seguro agropecuario es una herramienta de mitigación de riesgos que permite al productor agropecuario proteger su inversión ante eventos climáticos adversos. Si un evento climático adverso afectara el área cubierta por el seguro agropecuario, el productor tiene derecho a una indemnización sobre el valor asegurado. Esta indemnización dependerá de las condiciones establecidas en la póliza de seguro para cada productor.
El Seguro Agropecuario es una herramienta de protección ante riesgos climáticos y biológicos que garantiza la continuidad de la actividad agropecuaria
SEGMENTO
Los principales productos con seguro agropecuario son
General Cultivo o actividad asegurada con crédito en condiciones FINAGRO y debidamente registrado en FINAGRO
Cereales
Legumbres
Caña
Plátano
Banano
Papa
• Plantaciones forestales • Tabaco • Caucho
Productos sujetos a desgravación o disminución de aranceles
TIPO DE PRODUCTOR
SUBSIDIO A LA PRIMA
Pequeño, Mediano y Grande
60%
Pequeño
80%
Mediano y Grande
70%
Pequeño
80%
Mediano y Grande
70%
Los productos sujetos a desgravación o disminución de aranceles identificados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural son: Caña de azúcar, banano, café, flores, pitaya, plátano, aguacate, algodón, bananito, cacao, granadilla, lechuga, lima tahití, maíz, mango, maracuyá, papaya, piña, tabaco y tomate de árbol.
Palma
Café
Cacao
Hortalizas
Frutales
Algodón
Yuca
Incentivo al Seguro Agropecuario - ISA El Gobierno Nacional otorga un incentivo para todos los productores que adquieran un seguro agropecuario de hasta el 80%* sobre el valor de la prima.
Es decir, que por cada $100 de prima, el Gobierno paga hasta $80 y el productor solamente pagará $20 más el IVA.
¿Quién puede acceder al Incentivo? Todos los productores agropecuarios que aseguren cultivos, pasturas, actividades pecuarias, silviculturales, silvopastoriles y piscícolas (incluida la camaronicultura), pueden recibir incentivo. En este sentido, el beneficio del subsidio se otorgará sobre el valor de la prima, que corresponda a los valores asegurados dentro de los siguientes límites:
“Todos los productores agropecuarios pueden acceder al incentivo”
Productos
Valor Máximo a Asegurar por Hectárea hasta*:
Cultivos de ciclo corto vegetativo
$14.000.000
Cultivos de mediano y tardío rendimiento
$20.000.000
Plantaciones Forestales
$8.000.000
Otros cultivos con costos por Ha / año superiores a $20 millones
$100.000.000
*Estos valores podrán cambiar anualmente
IV. DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS
V. OBLIGACIONES DE FINAGRO
Sin perjuicio de los derechos consagrados en las disposiciones legales vigentes, los consumidores financieros tendrán, durante todos los momentos de su relación con la entidad, los siguientes derechos:
FINAGRO tendrá las siguientes obligaciones especiales:
a) En desarrollo del principio de debida diligencia, los consumidores financieros tienen el derecho de recibir de parte de FINAGRO productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidas y las obligaciones asumidas por FINAGRO. b) Tener a su disposición, en los términos establecidos en las normas, publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propias de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados. En particular, la información suministrada deberá ser de tal manera que permita y facilite su comparación y comprensión frente a los diferentes productos y servicios ofrecidos en el mercado. c) Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte de FINAGRO d) Recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de acceder a los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, así como los costos que se generan sobre los mismos, y sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos. e) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante FINAGRO y la Superintendencia Financiera de Colombia. f) Los demás derechos que se establezcan en la ley o en otras disposiciones, y los contemplados en las instrucciones que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.
a) Entregar los productos o prestar el servicio debidamente, es decir, en las condiciones informadas, ofrecidas o pactadas con el consumidor financiero, y emplear adecuados estándares de seguridad y calidad en el suministro de los mismos. b) Suministrar información comprensible y publicidad transparente, clara, veraz, oportuna acerca de los productos y servicios de FINAGRO. c) Contar con un Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC), en los términos indicados en las disposiciones y en las instrucciones que imparta sobre el particular la Superintendencia Financiera de Colombia. d) En el contrato marco de FINAGRO con los intermediarios financieros, elaborará los contratos y anexos que regulen las relaciones, con claridad, en caracteres legibles a simple vista y los pondrá a disposición de estos para su aceptación. Copia de los documentos que soporten la relación contractual deberá estar a disposición del respectivo cliente, y contendrá los términos y condiciones del producto o servicio, los derechos y obligaciones, y las tasas de interés, precios o tarifas y la forma para determinarlos. e) Abstenerse de realizar cobro alguno por concepto de gastos de cobranza prejudicial sin haberse desplegado una actividad real encaminada efectivamente a dicha gestión, y sin haber informado previamente al consumidor financiero el valor de los mismos. Las gestiones de cobro deben efectuarse de manera respetuosa y en horarios adecuados.
f) Guardar la reserva de la información suministrada por el consumidor financiero y que tenga carácter de reservada en los términos establecidos en las normas correspondientes, sin perjuicio de su suministro a las autoridades competentes. g) Dar constancia del estado y/o las condiciones específicas de los productos a una fecha determinada, cuando el consumidor financiero lo solicite, de conformidad con el procedimiento establecido para el efecto, salvo aquellos casos en que FINAGRO se encuentre obligada a hacerlo sin necesidad de solicitud previa. h) Atender y dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas o reclamos formulados por los consumidores financieros, siguiendo los procedimientos establecidos para el efecto, las disposiciones legales y las demás normas que resulten aplicables. i) Proveer los recursos humanos, físicos y tecnológicos para que se brinde una atención eficiente y oportuna a los consumidores financieros. j) Contar en su sitio en Internet con un enlace al sitio de la Superintendencia Financiera de Colombia dedicado al consumidor financiero. k) Disponer de los medios electrónicos y controles idóneos para brindar eficiente seguridad a las transacciones, a la información confidencial de los consumidores financieros y a las redes que la contengan. l) Colaborar oportuna y diligentemente con las autoridades judiciales y administrativas y los organismos de autorregulación en la recopilación de la información y la obtención de pruebas, en los
casos que se requieran, entre otros, los de fraude, hurto o cualquier otra conducta que pueda ser constitutiva de un hecho punible realizada mediante la utilización de tarjetas crédito o débito, la realización de transacciones electrónicas o telefónicas, así como cualquier otra modalidad. m) No requerir al consumidor financiero información que ya repose en FINAGRO, sin perjuicio de la obligación del consumidor financiero de actualizar la información que de acuerdo con la normatividad correspondiente así lo requiera. n) Desarrollar programas y campañas de educación financiera a sus clientes sobre los diferentes productos y servicios que presta, obligaciones y derechos de estos y los costos de los productos y servicios que presta, mercados y tipo de entidades vigiladas, así como de los diferentes mecanismos establecidos para la protección de sus derechos, según las instrucciones que para el efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia. o) Las demás previstas en las normas aplicables, concordantes, complementarias, reglamentarias, las que se deriven de la naturaleza del contrato celebrado o del servicio prestado a los consumidores financieros, así como de las instrucciones que emita la Superintendencia Financiera de Colombia en desarrollo de sus funciones y los organismos de autorregulación en sus reglamentos.
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