Derecho Procesal Penal

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DOCUMENTO 3 FICHA GOMEZ COLOMER, Juan Luís EL PROCESO PENAL ALEMAN INTRODUCCION Y NORMAS BASICAS

Bosch. Barcelona, España 1985 Páginas 51 a 53


IV. PRINCIPIOS RELATIVOS A LA PRUEBA En este grupo hay que reflejar los principios de averiguación, de inmediación, de libre apreciación, y el principio «in dubio pro reo»27 1. Principio de averiguación: Este principio, cuya vertiente en lo relativo a la realización del proceso ya hemos visto, significa que el Tribunal, en su búsqueda a través de las pruebas de la verdad material, no queda ligado: a) A las declaraciones de los participantes en el proceso, en concreto, recuérdese, a la confesión del acusado especialmente; b) A determinadas actitudes del imputado, v.gr., su incomparecencia es irrelevante respecto a la cuestión central de si es culpable o inocente; y c) A las solicitudes probatorias interpuestas, pudiendo introducir, de oficio, las pruebas que considere pertinentes. Su formulación expresa se halla en los §§ 155, ap. (2), y 244, ap. (2) StPO. 2. Principio de inmediación: Este es un principio de la vista, pues conforme al § 261 StPO, el Tribunal debe dictar sentencia en base a su impresión personal, obtenida en la vista, del acusado y de las pruebas practicadas. En base a este principio no puede sustituirse el interrogatorio de testigos por la lectura de actas levantadas por el Juez comisionado o requerido de auxilio § 250 StPO]. 3. Principio de libre apreciación: Viene reconocido expresamente en el § 261 StPO. No existe, por tanto, en el Derecho Procesal penal alemán, la vinculación del Juez a una determinada disposición probatoria, pues no existen pruebas tasadas o de valoración legal La interpretación jurisprudencial del principio ha sentado las siguientes reglas29 1.a) Que el Tribunal es libre frente a las declaraciones testifícales, incluso frente a las realizadas bajo juramento30; 27

RoxiN, Strafverfahrensrecht, pp. 71 a 80 PETERS, StrafprozeB Para TIEOEMANN (con ROXIN y ARZT), Einfúhrung..., p. 147, el reconocimiento del principio de libre apreciación de la prueba es, al lado de la participación de los legos en la Administración de Justicia, una muestra de «la gran confianza del legislador alemán en los Jueces». Especialmente importantes son los comentarios de RoxiN, Strafverfahrensrecht, pp. 75 a 77, sobre estos puntos. 30 BAUMANN, Grundbegriffe..., p. 83, afirma al respecto que «el Juez tampoco puede basarse en que los testigos son en general creibles y que habian jurado su declaración». 28


2a El Juez puede creer en lo que ha declarado el acusado, frente a una mayoría de testigos de cargo bajo juramento; 3a Que no está vinculado a ningún tipo de documentos; y 4a Que el convencimiento del Tribunal puede fundarse también en una prueba de indicios. El principio de libre apreciación no deja de tener, a pesar de su claridad, limitaciones y excepciones: a) Evidentemente, el Juez queda vinculado por las leyes del pensamiento y de la experiencia31; b) Se plantean problemas asimismo con el derecho a rechazar la declaración, que todo inculpado tiene, puesto que ese derecho parcialmente utilizado (el inculpado declara en general, pero rechaza hacerlo en algún punto concreto), puede ser aplicado, pero siempre valorándolo libremente, en contra suya32; c) Por último, hay que tener en cuenta que el principio de libre apreciación quiebra legalmente en tres casos: 1. °) Conforme al § 190 StGB, se disponen reglas para la «prueba de la verdad'> (es decir, la «exceptio veritatis») en algunos casos de injuria; 2. °) El § 274 StPO regula la fuerza probatoria del acta del juicio; y 3. °) En el caso del § 49, ap. (1), de la Ley del Registro Central Federal33 Hay que afirmar, finalmente, que el principio de la libre apreciación, conforme al § 262, ap. (1) StPO, rige respecto a las cuestiones prejudiciales de otros campos jurídicos .

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Aplicaciones prácticas (de Roxin, Strafverfahrensrecht, p. 76): Determinación de la paternidad por grupo sanguíneo, nivel de alcohol en sangre, medición por radar de la velocidad, etc., en donde no es posible sustituir el dato objetivo proporcionado por la ciencia, por el convencimiento subjetivo del Juez 32 Véase la sentencia de 10 de julio de 1974, del Tribunal Superior del Land de Hamm (OLG Hamm), en NJW 1974, p. 1.880 y ss. 33 . Roxtti, Sito frerfahrensrecht, p. 77. 34 BAVMANN, Grundbegriffe..., pp. 84 y 85


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