Ley reguladora de la autonomia del paciente

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DISTRITO SANITARIO AXARQUÍA UNIDAD DE GESTIÓN CLÍNICA DE ALGARROBO

LEY 41/2002 REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MATERIA DE INFOMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA

AUTONOMIA DEL PACIENTE RESPETO A SU VOLUNTAD, INTIMIDAD Y DIGNIDAD DERECHO A SER INFORMADOS

LA INFORMACIÓN DEBE ESTAR ADAPTADA PARA RESULTAR COMPRENSIVA

RESPETO

INTIMIDAD

CONSENTIMIENTO INFORMADO

NADIE PUEDE ACCEDER A SUS DATOS DE SALUD SIN PREVIA AUTORIZACIÓN

INFORMACIÓN DERECHOS Y DEBERES

CARTERA DE SERVICIOS

ÉSTE PODRÁ SER OTORGADO

EL PAC. NO ES CAPAZ DE TOMAR DECISIONES A CRITERIO DEL MÉDICO

EL PAC. ESTA INCAPACITADO LEGALMENTE

GUIAS

LIBRE ELECCIÓN DE CENTRO Y MÉDICO

MENOR

SÓLO SI EL MENOR NO TIENE 12 a. CUMPLIDOS O NO SEA CAPAZ DE COMPRENDER INTELCTUAL NI EMOCIONALMENTE DE LA INTERVENCIÓN Y SIEMPRE DEBE SER ESCUCHADO. LOS MENORES NO INCAPACITADOS, EMANCIPADOS O CON 16 a. CUMPLIDOS NO CABE EL CONSENTIMIENTO POR REPRESENTACIÓN Y SÓLO EN CASO DE GRAVE RIESGO LOS PADRES SERÁN INFORMADOS. EN LOS CASOS DE IVE, PRÁCTICA DE ENSAYOS CLÍNICOS Y REPRODUCCIÓN ASISTIDA, SE ACTUARÁ CONFORME A LO QUE LA LEGISLACIÓN ESTABLECE APRA LA MAYORÍA DE EDADLA LEGISLACIÓN ESTABLECE LOS 18 a. CUMPLIDOS PARA TOMAR ESTAS

GARANTIA DE SEGURIDAD, CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN

LOS PROFESIONALES SANITARIOS TIENEN EL DEBER DE COOPERAR EN SU CREACIÓN Y MANTENIMIENTO

DOCUMENTACIÓN CLÍNICA

HISTORIA CLÍNICA

EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN, SÓLO ACCEDERÁN A DATOS RELACIONADOS CON SUS FUNCIONES

TENDRÁ CRITERIOS DE UNIDAD E INTEGRACIÓN


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