Derechos y Deberes del personal estatutario

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CURSO

“DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ESTATUTARIO” ESTATUTARIO

LOS RECURSOS HUMANOS EN EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO ANDALUZ


CURSOS

M.A.P.

Dentro del IV Acuerdo de Formación Continua en la AA.PP. del año 2005. En cada Centro existe una Subcomisión de Formación para el seguimiento y selección de los cursos. De dicha Subcomisión forman parte representantes de los sindicatos CC.OO.; C.S.I.F. y U.G.T.


COMPONENTES EN LA NEGOCIACIÓN COMPONENTE POLÍTICO. COMPONENTE GESTOR. COMPONENTE TRABAJADORES. COMPONENTE REPRESENTANTES.


COMPONENTE POLÍTICO ESTATAL: PARLAMENTO NACIONAL. MINISTERIO DE SANIDAD. LEGISLACIÓN SANITARIA. AUTONÓMICO:

PARLAMENTO DE ANDALUCÍA. CONSEJO DE GOBIERNO. CONSEJERÍA DE SALUD. LEGISLACIÓN SANITARIA.


COMPONENTE GESTOR LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL S.A.S. LOS SERVICIOS CENTRALES. EQUIPO DIRECTIVO/CARGOS INTERMEDIOS DE LOS CENTROS.


COMPONENTE TRABAJADORES EL COMPONENTE MÁS IMPORTANTE DE LA ORGANIZACIÓN. DIVERSIDAD DE CATEGORÍAS PROFESIONALES. IMPORTANCIA DE LA INFORMACIÓN, LA FORMACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN.


COMPONENTE REPRESENTACIÓN LOS SINDICATOS. LOS DELEGADOS Y JUNTAS DE PERSONAL. MESAS DE NEGOCIACIÓN.


ÍNDICE: 1.- LOS RECURSOS HUMANOS DENTRO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SANITARIAS. 2.- REGIMEN FUNCIONAL DE PLANTILLAS CENTROS ASISTENCIALES DEL S.A.S.


2.1.- LOS SISTEMAS DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ESTATUTARIO Y DE PROVISIÓN DE PLAZAS BÁSICAS EN LOS CENTROS SANITARIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. 2.2.- SISTEMA DE PROVISIÓN DE PUESTOS DIRECTIVOS Y CARGOS INTERMEDIOS DE LOS CENTROS SANITARIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. 2.3.- CRITERIOS DE DESPLAZAMIENTO DEL PERSONAL QUE OCUPA PLAZA CON CARÁCTER PROVISIONAL Y DE REUBICACIÓN DE DETERMINADO PERSONAL INTERINO O EVENTUAL.


3.- EL PERSONAL ESTATUTARIO EN EL ESTATUTO MARCO. 3.1.- CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL. 3.-2.- LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ESTATUTARIO. 3.3.- ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO 3.4.- PROVISIÓN DE PLAZAS, SELECCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA. MOVILIDAD DEL PERSONAL. 3.5.-. GESTION DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS EN EL PERSONAL ESTATUTARIO.


4.- LOS DERECHOS LABORALES DEL PERSONAL ESTATUTARIO:

4.1.- DERECHOS PROFESIONALES. 4.2.- DERECHOS ECONÓMICOS. 4.3.- DERECHOS INDIVIDUALES. 4.4.- DERECHOS COLECTIVOS.


4.1.- DERECHOS PROFESIONALES Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad sobre el rĂŠgimen de permisos, licencias y vacaciones del personal de Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud. Manual de Normas y Procedimiento en materia de vacaciones, permisos y licencias del personal de Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.


4.2.- DERECHOS ECONĂ“MICOS El Sistema retributivo en el Servicio Andaluz de Salud. Modelo de carrera profesional. Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio.


4.3.- DERECHOS INDIVIDUALES Ley Org谩nica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci贸n Integral contra la Violencia de G茅nero. Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliaci贸n de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.


4.4.- DERECHOS COLECTIVOS Acuerdo de 18 de julio de 2007, entre el Servicio Andaluz de Salud y los Sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de PolĂ­tica de Personal para el periodo 2006-2008.


5.- LOS DEBERES LABORALES DEL PERSONAL ESTATUTARIO: 5.1.- DEBERES PROFESIONALES. 5.2.- DEBERES MORALES. 5.3.- DEBERES COLECTIVOS


5.1.- DEBERES PROFESIONALES Decreto 553/2004 de 7 de diciembre, de la ConsejerĂ­a de Salud, sobre retribuciones y condiciones de trabajo del personal de los centros del S.A.S. que modifica el Decreto 175/1992, de 29 de septiembre


5.2.- DEBERES MORALES LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


5.3.- DEBERES COLECTIVOS ACATAR LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES. DEMÁS ORDENAMIENTO LEGAL. CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCIÓN.


LOS RECURSOS HUMANOS DENTRO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SANITARIAS


LOS RECURSOS DE PERSONAL PERSONAL FUNCIONARIO PERSONAL LABORAL PERSONAL ESTATUTARIO


PERSONAL FUNCIONARIO NORMATIVAS PROPIAS:  LEY DE FUNCIONARIOS DE 1964.  LEY 30/1984.  LEY 6/1985.  ESTATUTO BÁSICO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. (2007) NOMBRAMIENTOS. RETRIBUCIONES A TRAVÉS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES. VIA JURISDICCIONAL: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.


PERSONAL LABORAL NORMATIVAS PROPIAS: - R.D.L. 1/1995. - CONVENIO COLECTIVO. CONTRATOS LABORALES. RETRIBUCIONES A TRAVÉS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES. VIA JURISDICCIONAL: LABORAL.


PERSONAL ESTATUTARIO NORMATIVAS PROPIAS: - LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (1967). - ESTATUTOS DE PERSONAL. - ESTATUTO MARCO. NOMBRAMIENTOS. RETRIBUCIONES A TRAVÉS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES. VIA JURISDICCIONAL: - LABORAL. (suspendida). - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.


ANTECEDENTES LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Art. 45.- La relación entre las Entidades Gestoras y, en su caso, servicios de la Seguridad Social y el personal a su servicio se regulará por lo previsto en los Estatutos de

Personal aprobados por el Ministerio de Trabajo o por el Estatuto General

aprobado por el propio Ministerio. Sin perjuicio del carácter estatutario de dicha relación, la Jurisdicción del Trabajo será la competente para conocer de las cuestiones contenciosas que se susciten entre las Entidades Gestoras y su personal.


LEY 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública Esta ley incluye dentro de su ámbito de aplicación al “Personal funcionario de la Administración de la Seguridad Social”, concepto que abarca al personal de todos los Estatutos entonces existentes a excepción de tres de ellos que tenían estatutos específicos:

• Estatuto Jurídico del Personal Médico • Estatuto del Personal Sanitario no facultativo • Estatuto del Personal no sanitario


LEY GENERAL DE SANIDAD ART. 84 - El Personal de la Seguridad Social que se regula por los tres estatutos de personal de las instituciones sanitarias, se regirรกn por lo establecido en el Estatuto-Marco que aprobarรก el gobierno.


- El estatuto-marco será básica en:       

normativa

Clasificación del personal. Selección y provisión de puesto Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Incompatibilidades. Régimen retributivo.


ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

LEY 55/2003, DE 16 de diciembre - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. - CAPÍTULO I.: Carácter funcionarial especial del régimen estatutario. - CAPÍTULO II.: Clasificación del personal estatutario. - CAPÍTULO III.: Planificación y ordenación del personal. - CAPÍTULO IV.: Derechos y deberes. - CAPÍTULO V.: Adquisición y pérdida de la condición del personal estatutario fijo. - CAPÍTULO VI.: Provisión de plazas, selección y promoción interna.


-

CAPÍTULO VII.: Movilidad del personal. CAPÍTULO VIII.: Carrera profesional. CAPÍTULO IX.: Retribuciones. CAPÍTULO X.: Jornada de trabajo, permisos y licencias. CAPÍTULO XI.: Situaciones del personal estatutario. CAPÍTULO XII.: Régimen disciplinario. CAPÍTULO XIII.: Incompatibilidades. CAPÍTULO XIV.: Representación, participación y negociación colectiva.


Principios y criterios del Estatuto: Igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Responsabilidad profesional. Integridad, neutralidad, transparencia, deontología y servicio al interés público y al ciudadano. Dedicación prioritaria al servicio público. Participación de las organizaciones sindicales en las mesas correspondientes.


REGIMEN FUNCIONAL DE PLANTILLAS CENTROS ASISTENCIALES DEL S.A.S. ORDEN 5/4/90, de la Consejería de Salud (pendiente de modificar)

 PUESTOS DE TRABAJO: 1. 2. 3.

PUESTOS DIRECTIVOS. CARGOS INTERMEDIOS. PUESTOS BÁSICOS.


 Las plantillas se configuran:

- Plantillas Áreas Hospitalarias. - Plantillas Primaria.

Distrito de Atención


 Centros de destinos Hospitalaria:

del

Área

- Hospitales. - Centros Periféricos Especialidades. - Centros Transfusiones Sanguíneas.


 Centros de destinos de los Distritos

de Atención Primaria:

- Centros de Distritos. - Zonas Básicas de Salud.


CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL El estatuto en su Capítulo II, clasifica al personal estatutario atendiendo:

A la función desarrollada. Al nivel del título exigido para el ingreso. Al tipo de su nombramiento.


CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL

Personal estatutario sanitario: a) Personal de formación universitaria: 1.- Licenciados con título de especialista en Ciencias de la Salud. 2.- Licenciados sanitarios. 3.- Diplomados con título de Especialista en Ciencias de la Salud. 4.- Diplomados sanitarios.


Personal estatutario sanitario: b) Personal de formación profesional:

1.- Técnicos superiores. 2.- Técnicos.


Personal estatutario de gesti贸n y servicios: a) Personal de formaci贸n universitaria. b) Personal de formaci贸n profesional. c) Otro personal.


NOMBRAMIENTOS ESTATUTARIO FIJO NOMBRAMIENTOS TEMPORALES ESTATUTARIO INTERINO ESTATUTARIO SUSTITUTO ESTATUTARIO EVENTUAL


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