Servicio Andaluz de Salud CONSEJERÌA DE SALUD
PROTOCOLO PARA LA DESTRUCCION DE DOCUMENTOS EN EL HOSPITAL COMARCAL DE LA AXARQUIA.
1.- Cualquier tipo de documentación que se genere en el Hospital, tiene carácter CONFIDENCIAL. 2.- De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los relativos a la salud, gozan de la cualidad de "especialmente protegidos". (Art. 7) 3.- Las presentes instrucciones se emiten sólo a efectos de protocolizar la destrucción de documentos en formato papel. 4.- Distinguiremos dos tipos de procedimientos: 4.1.- PROCEDIMIENTO COMUN.4.1.1.- El Hospital dispone de una destructora de documentos. Su localización y disponibilidad está coordinada por la Jefatura de celadores. 4.1.2.- Las distintas Unidades generadoras con necesidad de proceder a la destrucción de documentos, lo comunicarán a la Jefatura de Celadores (Ext. 967076) desde donde se les proveerá de la correspondiente "Destructora". El propio Servicio o Unidad realizará la destrucción necesaria acumulando los restos en bolsas de plástico. 4.1.3.- El Servicio de limpieza, procederá a la retirada de las bolsas y su transporte hasta los contenedores de papel dispuestos al efecto. 4.2.- PROCEDIMIENTO ESPECIAL A DEMANDA.4.2.1.Previsto para los casos excepcionales en que el volumen generado, las características de los documentos o las disponibilidades del servicio no permitan la utilización del Procedimiento Común. 4.2.2.- Se requiere en todo caso la cumplimentación del Anexo I sobre "Destrucción de documentos a demanda" con la firma no delegable del Responsable del Servicio correspondiente.