Revista de gabriel

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Autor:Gabriel Agusthino Secci贸n: AM-611


Gobierno de la Antigua Roma es el conjunto de las instituciones de la Antigua Roma vinculadas a su sistema político, a través de las cuales los antiguos romanos organizaron el ejercicio del poder político, primero en su ciudad y luego en su Imperio. La

historia

de

la Antigua

Roma presentó

cuatro formas

de

gobierno: Monarquía, República, Principado y Dominado

MONARQUIA: La monarquía romana abarca período

el

comprendido

entre la fundación de la

ciudad,

el 21

abril del 753 a. C., Según la tradición romana, el primer rey de la ciudad, y

creador

instituciones, Se

designaba

las

primeras

fue Rómulo. por

régimen

ello

al

monárquico

como Constitución

de

expulsión

de año

y

la

de Tarquino

el Soberbio, último y despótico monarca, en el

año

510 a. C.

Tiempo después, Julio Cesar

intento'

regresar al Imperio a

Rómulo. Dichas instituciones

la monarquía, por lo

eran

que fue asesinado.

tres:

El Rey (Rex),

el Senado (Senatus)y el Pueblo (Popolus).


El Rey era la cabeza del gobierno. Su poder comprendía atribuciones políticas, judiciales, religiosas y militares; las cuales, englobadas en el concepto de imperium, eran vitalicias y dotaban al monarca de irresponsabilidad e inviolabilidad personal. El rey velaba por la convivencia pacífica entre los habitantes de la ciudad, para lo cual tenía facultades de legislador y juez supremo, pudiendo disponer, en el marco de dichas atribuciones, de la vida de sus súbditos. También le era propio cuidar las buenas relaciones entre la comunidad y los dioses, estando dotado para ello del ius aspicorum, esto es, de la facultad de consultar la voluntad divina a través de la interpretación de ciertas señales denominadas auspicios (auspices). En tiempos de guerra, era el comandante supremo del ejército.

El poder de Rey no era hereditario. Fallecido el monarca, el gobierno pasaba a los senadores, quienes se turnaban para ejercerlo por períodos de cinco días, bajo el título deinterrex, en espera de que el Pueblo eligiera un nuevo Rey. Dicha elección debía ser ratificada por el Senado. Si los senadores daban su aprobación, procedía la inauguratio, ceremonia en la cual los augures consultaban los auspicios que indicaban si el rey electo gozaba o no del favor divino. La respuesta positiva de los dioses significaba la legitimación incuestionable de la autoridad del nuevo monarca

El senado consistía en un cuerpo colegiado que actuaba como consejo asesor del rey. Estaba formado por los jefes de las distintas gens de la ciudad, a quienes se les llamaba respetuosamente "padres" (patres). El propio nombre de "Senado" aludía a la avanzada edad que solían tener sus integrantes (senex, anciano). El Senado funcionaba sólo a petición del Rey, manifestando su parecer a través de resoluciones formales que recibían el nombre de senadoconsultos (senatus consulta), las cuales, en todo caso, no eran vinculantes para el monarca.

Sus miembros eran nombrados por el Rey. Se cuenta que Rómulo designó originalmente a cien senadores, cuyas familias y descendientes fueron conocidos como patricios. Tulio Hostilio, tercer rey de Roma, creó cien nuevos patres provenientes de la derrotada Alba Longa; Tarquino Prisco, quinto rey, hizo lo propio, sumando al Senado otros cien integrantes procedentes de ciudades etruscas conquistadas. El número de trecientos senadores permaneció relativamente inalterado hasta las reformas de Sila, en tiempos de la República.


ORGANIZACION POLITICO DE ROMA: La actividad política en Italia presenta diferentes etapas. En la medida en que los grupos luchaban por obtener una hegemonía, se fue configurando un sistema sociopolítico representativo que pretendía equilibrar el principio de autoridad. Así, después de guerras y dificultades, a mediados del siglo VIII a. de C. Se empezó a desarrollar el siguiente esquema político: 1. Asamblea (comicios): Reuniones públicas de los grupos dominantes o patricios romanos, posteriormente en ellas se representó al resto de los ciudadanos. Sus principales funciones eran elegir magistrados y tomar decisiones de tipo judicial. Las asambleas llegaron a tener representantes populares tribunos 2. El Senado (senex) Era un consejo de ancianos, el cuerpo de consulta constituido por descendientes de la aristocracia. Supervisaba los servicios religiosos, administraba los recursos financieros, inspeccionaba a los magistrados; negociaba los asuntos exteriores; nombraba altos jefes militares y enviaba funcionarios a las colonias. 3. Los

magistrados:

pertenecieron

constituían

un

grupo

de

funcionarios al

que

los reyes; no solían cobrar por sus puestos y tenían una

duración en ellos de uno a cinco años según el nombramiento. Se requería tener una reconocida calidad de ciudadano y tener entre 30 y 45 años de edad


FUENTES DE DERECHO EN CADA UNO DE LOS SISTEMAS DE GOBIERNO:

La costumbre: sigue existiendo al igual que en la monarquía, pero por otro lado ya se cuenta con la presencia de la ley, los plebiscitos, lossenadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia. La costumbre: sigue existiendo al igual que en la monarquía, pero por otrolado ya se cuenta con la presencia de la ley, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia. La ley: Se dice que la ley es una disposición dictada por el pueblo cuando este se reunía en comicios.

Fuentes del Derecho Romano en la época de la Monarquía: En este periodo las fuentes formales del derecho se reducen prácticamente auna: la costumbre de los antepasados (mores maiorum). Sin embargo se cuenta queun estudioso del derecho llamado Papiro publico una colección de leyes reales (votadas en los comicios) llamadas ius civiles papirianum, aunque a partir de la caída de la monarquía también estas disposiciones cayeron en desuso.


La antigua roma poseía un gobierno bastante diverso m formas de gobierno o etapas que fueron expandiendo el territorio romano, además de ser un gobierno que posee una abundante historia de su desarrollo tanto político, económico y social.


Ley de las XII tablas La Ley de las XII Tablas (lex duodecim tabularum o duodecim tabularum leges) o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de ley decemviral. Por su contenido se dice que pertenece más al derecho privado que al derecho público. Fue el primer código de la Antigüedad que contuvo reglamentación sobre censura (pena de muerte por poemas satíricos). La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y, posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro. Debido a que no queda indicio alguno de su existencia, algún autor ha llegado a sugerir que no existieron. No obstante, su desaparición puede explicarse por el saqueo que sufrió Roma hacia el año 390 a. C. por parte de los galos. Se cree que se destruyeron y, por algún motivo, no se reprodujeron con posterioridad. Esta última teoría parece estar apoyada por las abundantes referencias que de ellas hacen los autores antiguos. El historiador Tito Livio dijo de ellas que eran la fuente de todo el derecho romano, tanto público como privado. Por su parte, el orador y abogado Cicerón afirmó que los niños aprendían su contenido de memoria. Al estar estas leyes expuestas públicamente, estaban libre de malas interpretaciones de sus custodios. Pues parece que anteriormente los pocos que conocían las Leyes, las interpretaban manipulándolas a su favor. Estas Leyes para todos (los ciudadanos) fueron las bases del Imperio Romano pues todos estaban bajo las mismas en cualquier rincón del Imperio.


El

tránsito

de

la

jurisprudencia

pontifical a la jurisprudencia laica se realizó en un largo proceso que no registra

grandes

sobresaltos,

y

conmociones de

ahí

que

y la

jurisprudencia posterior conservase siempre

los

jurisprudencia

rasgos inicial.

de La

la

función

asesora y consultiva devino el punto neurálgico en torno al que giró, en gran medida, la actividad de los juristas

republicanos

e

incluso

clásicos. El saber jurídico de la República romana, a diferencia de lo que sucede en Grecia, no se ocupa de elaborar grandes conceptos, sino de cuestiones muy específicas.


el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana. En el derecho Romano, el Ius civile, era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites.


era la denominación de las decisiones tomadas por la plebe romana en sus asambleas. Adquirieron mayor relieve progresivamente. El 465 a. C. el dictador Quinto Hortensio hizo votar por los Comicios Centuriados la ley que obligaba a todos los ciudadanos a acatar los plebiscitos. Aunque no se precisaba el asentimiento del Senado, fue generalmente solicitado.

Edicto en el derecho moderno, es el mandato o decreto publicado con autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la observancia de ciertas reglas en algún asunto. También se determina así a los anuncios fijados en lugares públicos de las ciudades, villas o edificios gubernamentales sobre algún asunto para que sea notorio y de conocimiento general. 1 En la práctica forense del derecho es un tipo de comunicación procesal.


En el lenguaje corriente se entiende por fuente el manantial de donde emana el agua, cuando se trata de las ciencias jurídicas el significado semeja el mismo sentido.

Desde este punto de vista, doctrinariamente ésta se divide en dos, las cuales son:

1) FUENTES DE PRODUCCIÓN: Están referidas a los organismos productores de las Leyes o Normas Jurídicas romanas. Ejemplo: - Comicios - Concilias Plebis. - Asambleas

- Senado.

Populares


El derecho de los juristas alcanza su mayor esplendor en esta época. Las principales características derivan del hecho que se desarrolla durante el Principado. AUGUSTO introduce una modificación, el IUS RESPONDENDI en el que concede a determinados juristas el derecho a emitir dictámenes en función de la autoridad del princeps (lex autoritate principis). La AUCTORITAS la concede el princeps, es él quien limita a los juristas la facultad de dar dictámenes cuyos son vinculantes ante los tribunales.


Rescripto es la Carta o Cédula Real que expide el Rey a instancia y petición de alguna persona, ya derogando el derecho en favor suyo o ya concibiéndola conforme a él.

Se llamaba también Sobrecarta cuando en la segunda Cédula se insertaba la primera como sucede asimismo en las segundas provisiones despachadas en los tribunales en que se manda guardar lo mismo que se determinó en las primeras insertándose lo ordenado en estas. Pero entendida la voz latamente, comprende cualquier privilegio, beneficio o dispensación concedida por el Príncipe, único autor de estas gracias.


En las fuentes romanas, específicamente en las pertenecientes a la última jurisprudencia clásica, únicamente se han podido encontrar un par de definiciones

acerca

del

testamento:

una

de

ellas

pertenece

al

jurisconsulto epigonal Ulpiano, mientras que la otra es atribuida a su discípulo Modestino. Las dos definiciones que se conservan son semejantes, siendo esto consecuencia, probablemente, de la vinculación personal y doctrinal que había existido entre ambos jurisconsultos.

El derecho público provincial es la rama del derecho constitucional que tiene por objeto estudiar comparativamente las constituciones provinciales, la distribución de facultades entre la nación y las provincias y las relaciones de poder entre el estado y los estados provinciales. Es decir que el derecho público provincial no es una expresión autónoma del derecho constitucional, sino por el contrario una de sus ramas.


Es una época de descomposición del Imperio, crisis económica, de escasa producción de Derecho:la llamada crisis del siglo III. FACTORES

EXTERNOS

E

INTERNOS

QUE

CONDUCEN A LA CRISIS: -Factores EXRENOS: Los grupos de pueblos bárbaros suponían una grave amenaza para Roma. Cada zona queríaresolver

su

propia

situación;

las

tropas

proclamaban a sus propios caudillos (Imperator), por lo que se debilita y se desintegra el poder central.


Reformas de Diocleciano es la denominación que ha dado la historiografía a un proceso reformista acometido por el emperador Diocleciano, que abre el periodo del Bajo Imperio Romano que se conoce con el nombre de Dominado, tras la anarquía militar y el inicio de la crisis del siglo III. Se prolongaron durante todo su mandato (284-305) y continuaron bajo el emperador Constantino (reformas de Constantino). •

• fue Emperador de los romanos desde su proclamación por sus tropas el 25 de julio de 306, y gobernó un Imperio romano en constante crecimiento hasta su muerte. Se le conoce también como Constantino I, Constantino el Grande o, en la iglesia ortodoxa, las antiguas iglesias orientales y la iglesia católica bizantina griega, como San Constantino. • Legalizador de la religión cristiana por el Edicto de Milán en 313, Constantino es conocido también por haber refundado la ciudad de Bizancio (actual Estambul, en Turquía), llamándola «Nueva Roma» o Constantinopla (Constantini-polis; la ciudad de Constantino).


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