FLUJOGRAMA UN MODELO ÓPTIMO PARA EXPORTAR SERVICIOS
Frank Olivares Vicentelo Rolly Antilef Elizondo Victoria Contreras Biagetti
FLUJOGRAMA UN MODELO ÓPTIMO PARA EXPORTAR SERVICIOS Para la facilitación del uso de este flujograma, se explica de forma detallada el paso a paso, por institución, mejorando el entendimiento y aplicación para los futuros y potenciales exportadores de servicios. Que comienza con el inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos y culmina con la materialización de la Exportación del servicio en el Servicio Nacional de Aduanas. A continuación, se presenta el procedimiento en cuestión: Servicio de Impuestos Internos. Inicio de actividades: Se da por asumido que una empresa que quiere exportar sus servicios tiene experiencia en el rubro en donde está constituida, formalizada y con lineamientos estratégicos establecidos. En el caso de no ser así, la empresa como primer paso debe iniciar actividades en el Servicio de Impuestos Internos, como se presenta a continuación: Esto se puede realizar directamente en SII o a través de la página www.sii.cl. Solicitar clave única directamente en SII, está clave se utilizará para el formulario que se debe llenar en el paso 3.
Servicio Nacional de Aduanas Una vez realizado el paso anterior, el potencial exportador debe dirigirse al Servicio Nacional de Aduanas para solicitar la clasificación de servicios, y revisar si es que el servicio que quiere exportar está en el listado que la institución y si clasifica como una exportación de servicios; en el siguiente link encontrará la página web del Servicio Nacional de Aduanas con el listado de los servicios clasificados y calificados como exportación de servicios actualizada al 21 de febrero de 2017. En la página web debe descargar el documento con nombre “Descarga archivo XL SX”. http://www.aduana.cl/nueva-clasificacion-de-servicios-01-06-2016/aduana/2016-08-10/104402.html Después de revisar el paso anterior, el potencial exportador debe enviar una solicitud para calificar el servicio como exportación (independiente si el servicio está o no en el listado), esto para que el SNA reconozca que la gestión para exportar un servicio está en procedimiento. Si no hace este paso puede tener problemas al momento de realizar el documento único de salida (DUS o DUSSI). El link de la página web que se presenta a continuación, es un portal del SNA donde se pueden iniciar trámites online, el exportador debe dirigirse en donde dice “Calificación de servicio como exportación” y dirigirse a la casilla “Autenticarse” (Ver Figura 1). https://aduana.chilesinpapeleo.cl/tramites/disponibles
Figura 1 Inicio de trámites en la página web del SNA.
Fuente: Elaboración propia a partir de página web del SNA. En el segmento de Autentificación debe ingresar el correo electrónico o la clave única (ver Figura 2). La clave única es una clave que entrega el SNA para realizar la tramitación de los documentos de manera más expedita. En caso de no estar registrado, tiene que hacerlo introduciendo sus datos personales como muestra la Figura 3. Figura 2 Autentificación para ingresar a hacer la tramitación en el SNA.
Fuente: elaboración propia a partir de la página web del SNA.
Figura 3 Registro de datos personales en SNA.
Fuente: elaboración propia a partir de página web del SNA. Después de registrarse y al hacer clic en “Ingresar”, el sistema envía mail al correo electrónico que el usuario autentificó y la página web te deriva nuevamente a la página principal pero como usuario. En donde, da la opción de “Iniciar” el trámite. Una vez iniciado el trámite, el sistema dirige al usuario a una nueva página web en donde da a conocer los “Requisitos para calificar un servicio como exportación”, una vez leído apretar en “Siguiente”.
En la siguiente página web que se redirecciona se entrega de manera informativa el link sobre la clasificación de servicios calificados como exportación, además da la opción de continuar con el trámite y completar la solicitud para calificar un servicio como exportación, haciendo clic en “Si” en el menú que se presenta, o haciendo clic en “No” si se quiere cancelar la operación y seleccionar “Siguiente”. La siguiente página se presenta el “Paso final” de la operación, donde se confirma y enviar el formulario a la siguiente etapa (Envío de solicitud) haciendo clic en la casilla “Finalizar”. Para finalizar la operación es necesario rellenar la solicitud de calificar el servicio como exportación rellenando los antecedentes del prestador de servicios; los antecedentes del servicio; y antecedentes que se deben adjuntar como por ejemplo la copia del contrato o estudio de prefactibilidad del tipo a ser prestado, entre otros. En caso de que el servicio no califique como exportación y no figure en el listado, se deberá presentar ante el SNA una solicitud fundada. Posteriormente podrá obtenerse el formulario respectivo y sus instrucciones de llenado, todo en su página web. En dicha solicitud se indicará la identificación el peticionario, su Rol Único Tributario (RUT), el tipo de servicio, sus características y etapas. Además, SNA podrá pedir antecedentes o especificaciones adicionales sobre el servicio, detalles de los costos y gastos. Asimismo, solicitar estudios, análisis de consultores externos, previamente reconocidos por SNA, que digan relación con la naturaleza del servicio. Se excluyan de la posibilidad de la calificación a los servicios de comisionistas, arrendamientos de bienes de capital y marcas comerciales. Una vez realizada la operación del punto anterior es necesario esperar la respuesta por parte del SNA con un tiempo máximo de espera de 35 días hábiles contado desde la fecha de presentación de la solicitud y sus antecedentes, por parte del interesado. El SNA, dentro de los primeros 10 días hábiles, podrá requerir mayores antecedentes, y resolverá dentro de los siguientes 25 días hábiles contados desde la fecha en que completen los antecedentes requeridos. Copia de la resolución que efectúe la calificación será remitida al SII. El SNA actualizará el listado de servicios calificados como exportación, a más tardar el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la calificación de un nuevo servicio. Si no se obtiene la resolución, verificar cual fue el problema, se puede volver a enviar la solicitud para calificar el servicio como exportación. En el caso de que sea rechazado y no se reconozca el servicio como exportación, se derivara a otros. Si no hay una respuesta, se puede realizar un reclamo formal, a través de la página: http://ribes.aduana.cl/Formularios/Ciudadanos1 Debe especificar en forma correcta el mail solicitado, ya que se enviará un código, donde podrá hacer seguimiento del estado de la consulta y acceder a la respuesta en la sección contacto “estado de la solicitud”.
Servicio de Impuestos Internos De forma paralela al proceso de exportar un servicio, se puede optimizar el tiempo haciendo los trámites de Legalización de las facturas de exportación en el SII. Este paso se puede realizar siempre y cuando se obtenga la Resolución que autoriza la destinación. A través de la página: www.sii.cl Agente de Aduanas El siguiente paso a seguir una vez que la Resolución autoriza destinación es verificar si el servicio a prestar requerirá la prestación de un Agente de Aduana. El Agente de Aduana es necesario solo si el monto FOB de la exportación es superior a los USD2.000. En caso de que la exportación sea inferior al monto señalado, el tramite lo puede hacer el exportador sin necesidad de la intervención de despachador. En el siguiente link se encuentra el listado de los Agentes Aduaneros que requerirá si su exportación es sobre USD2.000. Para obtener el listado es necesario descargar el documento con nombre “Nómina en XLS”. Además, de forma adicional al final de este documento en el Anexo K se facilitan los datos de los Agentes de Aduana que están operando en la Región de Antofagasta. http://www.aduana.cl/nomina-de-agentes/aduana/2013-04-16/185505.html En caso de que la exportación demande la necesidad de un Agente de Aduana será necesario entregar los siguientes documentos: • Mandato firmado por el exportador. • Resolución o documento que autoriza la destinación. • Factura de la prestación de servicios legalizada. • Posición arancel aduanero.
En caso que el DUS sea suscrito por un Agente de Aduana o Agente de Cabotaje y Exportación, éste deberá actuar premunido de un mandato, constituido por escrito, para cada despacho. El DUS-legalización deberá tramitarse dentro del plazo de 50 días siguientes, contando desde la fecha de emisión de la factura respectiva. En caso de no necesitar un Agente de Aduana, el exportador debe realizar el Documento Único de Salida Simplificado (DUSSI). Ese documento se debe solicitar a un funcionario del SNA, puesto que solo ellos tienen acceso al documento, que es muy similar al DUS. Cabe resaltar que ambos documentos (DUS y DUSSI) deben ser legalizados por funcionarios del SNA.
A continuación, en el link puede encontrar las Instrucciones generales sobre el formulario DUS, Instrucciones de llenado formulario de Exportación de Servicios y el DUS. http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20090731/pags/20090731173154. html Medios de envíos Los servicios calificados como exportación podrán ser remitidos al exterior por medios físicos o electrónicos, debiendo el exportador mantener un registro de cada operación que permita acreditar la efectiva prestación del servicio y su envío al exterior. Acceso a beneficios Para que el exportador recupere el I.V.A. según lo regulado en el artículo 36 de DL 825 deberá ser contribuyente de IVA y los servicios de exportación respectivos estar gravados con dicho impuesto. Para tal efecto, el contribuyente exportador de servicios deberá seguir los procedimientos y normas establecidas para todo exportador ante el S.I.I. • Ser contribuyente del I.V.A. • Los servicios de exportación deben estar gravados con dicho tributo.