Reglamento Umes

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REGLAMENTO ACADÉMICO

2011


ÍNDICE I.

ADMISIÓN

1

II. INSCRIPCIÓN

3

III. CRÉDITOS ACADÉMICOS, ASIGNACIÓN

Y RETIRO DE CURSOS

4

IV. ASISTENCIA A LOS CURSOS

6

V. EXÁMENES

7

VI. INFORMES DE CALIFICACIONES

10

VII. TRASLADOS Y EQUIVALENCIAS

11

VIII. PROMOCIÓN

12

IX. ESTUDIANTES

15

X. SANCIONES ACADÉMICAS Y ÉTICAS

16

XI. PROFESORES

18

XII. LABORATORIOS

22

XIII. CUOTAS DE ENSEÑANZA

Y OTROS COSTOS

XIV. INTERPRETACIÓN Y VIGENCIA

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ANEXOS 1. PRÁCTICA DOCENTE DEL PROFESORADO DE PEDAGOGÍA

2.

PRÁCTICA PROFESIONAL DEL TÉCNICO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL

3.

PROYECTO PROFESIONAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES

4. PROYECTO PROFESIONAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL

5.

6.

REGLAMENTO GENERAL DE TESIS

EXAMEN GENERAL PRIVADO PROFESORADOS, TÉCNICOS Y LICEN CIATURAS

7.

REQUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE PROFESORADOS Y TÉCNICOS

8.

RE QUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE LICENCIATURAS

9.

REQUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE MAESTRÍAS


I. ADMISIÓN 1. Ordinaria: para ser admitido a la Universidad Mesoamericana se requiere:

En Pregrado v Realizar y aprobar el Examen de Admisión que establece la Universidad para cada Facultad o Departamento.

v Presentar la documentación completa de inscripción:

Constancia de entrevista personal con el Decano de Facultad, Director de Departamento o quien ellos designen.

Llenar la solicitud de admisión.

Fotocopia autenticada por un Notario o por el Supervisor Educativo correspondiente del Título de Nivel Medio, ex-tendido por el Ministerio de Educación de Guatemala o en su ausencia constancia del cierre de Pensum extendido por el Ministerio de Educación. Los alumnos extranjeros deben presentar el Acuerdo de Equiparación emitido por el mismo Ministerio (Decreto del Congreso de la República No. 82-87, art. 19). El estudiante debe presentar el Título de Nivel Medio para poder graduarse en esta Universidad.

Fotocopia del Documento Oficial de Identificación. En el caso de extranjeros, del Pasaporte.

2 fotografías tamaño cédula.

Cancelar el costo de inscripción y la primera cuota.

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En Postgrado

2

Constancia de entrevista personal con el Director de Maestrías.

Llenar la solicitud de admisión.

otocopia del Documento Oficial de Identificación. En el caso de extranjeF ros, del Pasaporte.

Presentar fotocopia autenticada del Título de Educación Media, extendido por Ministerio de Educación de Guatemala. Los extranjeros deben presentar el Acuerdo de Equiparación (Decreto del Congreso de la República No. 82-87, art. 19).

Fotocopia autenticada del Título universitario de Pre-grado en cualquiera de las disciplinas académicas, o en su ausencia, certificación de cierre de Pensum. El Título de Pregrado obtenido en el extranjero debe ser autenticado y contar con los pases de ley. El estudiante debe presentar el Título de pregrado para poder graduarse en esta Universidad.

2 fotografías tamaño cédula.

Cancelar la cuota de inscripción.

2.

Extraordinaria: tiene un tiempo establecido en el calendario de cada período académico.

3.

La Universidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de los documentos presentados. En el caso que éstos no sean auténticos la inscripción es inválida.

4.

La Universidad puede limitar la inscripción a personas que no reúnan las condiciones de idoneidad y moralidad.

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II. INSCRIPCIÓN El estudiante hace la inscripción en su primer ciclo lectivo de la Universidad, según la calendarización de su propia carrera.

Un alumno es considerado inscrito cuando:

v

Realiza y aprueba el examen de admisión.

v

Realiza la entrevista con la persona designada para el efecto.

v

Presenta toda la documentación requerida.

v

Efectúa el pago correspondiente.

La reinscripción se hace a partir del segundo ciclo lectivo y exige:

v

Actualización de los datos personales.

v

Efectuar el pago correspondiente.

v

No tener impedimentos por sanciones derivadas de los Estatutos y Reglamentos de la Universidad.

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III.CRÉDITOS ACADÉMICOS, ASIGNACIÓN Y RETIRO DE CURSOS CRÉDITOS ACADÉMICOS

La Universidad Mesoamericana considera un crédito académico a 18 períodos lectivos de 45 minutos en pregrado y 10 períodos lectivos de 50 minutos en Maestría. Las materias de los pensa de estudios tienen asignado el número de créditos por ciclo lectivo.

v

El ciclo lectivo de pregrado comprende 18 semanas incluyendo exámenes.

v

El ciclo lectivo de Maestría comprende 10 semanas incluyendo exámenes.

ASIGNACIÓN DE CURSOS

Al inicio de cada ciclo lectivo se realiza la asignación de los cursos en los períodos ordinario y extraordinario de inscripción, de acuerdo al calendario anual.

4

v

El pensum de las carreras señala el número de cursos de cada ciclo lectivo. A ese número sólo puede agregársele un máximo de dos cursos de ciclos lectivos precedentes, autorizados por el Decano de la Facultad o Director de Departamento.

v

La asignación de los cursos del Pensum de estudios debe ajustarse a la lógica de los mismos. Un alumno no puede inscribirse en un semestre superior si tiene pendientes semestres anteriores.

v

El alumno sólo puede asignarse una misma materia tres veces, en caso de que la haya reprobado.

v

El estudiante no puede asignarse una materia cuyo horario coincida total o parcialmente con otra.

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RETIRO DE CURSOS

v

El alumno puede retirar uno o más cursos durante el tiempo que estipula el calendario académico, modificándose las cuotas de pagos de acuerdo a lo que establece la Administración anualmente.

CURSOS DIRIGIDOS

v

El Decano de Facultad o Director de Departamento puede autorizar un máximo de dos cursos dirigidos, en un ciclo lectivo, a estudiantes que presenten problemas curriculares por cambio de Pensum u otro tipo de causas que se consideren pertinentes. La administración establece el valor de los cursos dirigidos.

CURSOS LIBRES

v

La Universidad Mesoamericana a través de sus Facultades y Departamentos promueve cursos libres y otorga Diploma de participación con o sin créditos académicos.

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IV. ASISTENCIA A LOS CURSOS

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v

En los programas presenciales de la Universidad la asistencia a clases es obligatoria. Los alumnos que no lleguen al 80% de las horas de clases y de laboratorios pierden el derecho al examen final, aunque tengan la zona requerida para dicho examen.

v

La inasistencia por motivos de enfermedad o fuerza mayor debe ser justificada ante el profesor de la materia, siempre y cuando no supere el 20% establecido en el pĂĄrrafo anterior.

v

Algunos programas, tanto diarios como de fin de semana, tienen laboratorios de lunes a sĂĄbado. La asistencia a ellos forma parte de la integralidad de los cursos y deben ser frecuentados regularmente. Quien no puede contraer esa responsabilidad no debe inscribirse a dichos programas. Si sus ausencias en una materia son superiores al 20%, pierde el derecho al examen final en dicha asignatura.

v

Los programas virtuales de la Universidad se desarrollan con su propio reglamento.

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V. EXÁMENES

ORDINARIOS

v

Se consideran exámenes ordinarios todas las evaluaciones que se realizan sobre una materia en el transcurso de un ciclo académico. Los alumnos tienen derecho a recibir las pruebas corregidas de todas las evaluaciones parciales de zona.

v

Queda a criterio del profesor la concesión de exámenes parciales y/o la recepción de trabajos extemporáneos por causas razonables y justificadas.

v

Los alumnos, que sin causa justificada, no se presenten a los exámenes o no entreguen los trabajos en la fecha estipulada pier-den los puntos asignados a dichas evaluaciones.

v

Para tener derecho a examen final, el alumno debe estar solvente en todos sus pagos.

v

El alumno que realice su examen sin haber cumplido con los pagos estipulados y no contar con la solvencia respectiva es sancionado invalidando el examen.

FINALES EXTRAORDINARIOS

v

El Decano de cada Facultad o Director de Departamento, puede autorizar Exámenes Finales Extraordinarios, por causa justificada, debiendo el alumno cancelar el pago correspondiente.

v

La solicitud de Exámenes Extraordinarios debe realizarse por escrito dentro del período programado de exámenes. El Decano o Director de Departamento autoriza y fija la fecha de dicho examen.

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POR SUFICIENCIA

v

Los exámenes por suficiencia son solicitados a los Decanos de Facultad o Directores de Departamento, en materias que el alumno no haya reprobado con anterioridad.

v

El Decano o Director juzga la oportunidad de la realización de tales pruebas.

v

El alumno debe cancelar el costo del examen, de acuerdo a los aranceles establecidos anualmente por la administración.

v

Para aprobar un curso en dichas circunstancias, se debe obtener una calificación de al menos 80 puntos.

v

El alumno no puede obtener un título de la Universidad únicamente con exámenes por suficiencia. Debe frecuentar al menos 10 cursos presenciales en pregrado ó 6 cursos en postgrado, en sus respectivas especialidades.

GENERALES DE GRADUACIÓN

v

Los exámenes generales se realizan en las fechas establecidas en el calendario académico.

v

Para obtener derecho a tales exámenes, los expedientes deben cumplir con todo lo que establece el Reglamento General y el Anexo 4 de este Reglamento.

v

Los alumnos sólo pueden presentarse a tres convocatorias de Exámenes Escritos y Orales. Quienes no aprueben dichos Exámenes en las tres convocatorias no pueden graduarse en la Universidad Mesoamericana.

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v

Los alumnos que suspendan con una nota inferior a 70 puntos el examen escrito, pierden el derecho al examen oral.

v

Los alumnos cuyo promedio del examen escrito y oral no alcance 70 puntos, deben sustentar nuevamente el examen oral en la siguiente convocatoria.

v

Los alumnos que aprueben el examen escrito y perdido el oral, deben someterse a este último a la siguiente convocatoria, de lo contrario deben someterse nuevamente a los exámenes escrito y oral.

REVISIÓN DE EXÁMENES FINALES Y GENERALES DE GRADUACIÓN

v

Los estudiantes que soliciten la revisión de examen final o de examen general escrito, deben hacer la petición por escrito, al Decano de Facultad o Director de Departamento correspondiente, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha establecida de publicación de resultados y pagar la cuota respectiva que en el ciclo esté vigente.

v

La revisión la efectúa el Decano de Facultad o Director de Departamento en consulta con los profesores de las áreas temáticas evaluadas y con la asesoría de otro profesor si lo considera conveniente.

v

La revisión se hace sobre la totalidad del examen. Si se modifica la calificación y se da por aprobado dicho examen, se le devuelve al estudiante el valor que canceló.

v

La decisión de los tribunales de Exámenes Generales orales es inapelable.

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VI. v

INFORMES DE CALIFICACIONES

Los profesores comunican a los alumnos la zona de cada curso, al menos quince días antes de los exámenes finales.

v Los profesores entregan a la Secretaría General u Oficina de Registro, los informes de calificaciones finales en un máximo de quince días después de efectuados dichos exámenes.

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v

Los profesores no pueden modificar ninguna calificación entregada, sin la autorización de la Secretaría General o la Oficina de Registro, quien verifica la documentación aducida para cambiar la calificación. Estas modificaciones no pueden ser efectuadas después de un mes de la entrega de calificaciones de parte del profesor.

v

Las calificaciones quedan asentadas en los registros físicos e informáticos de la Universidad Mesoamericana y son las auténticas. Cualquier duda, dificultad o problema debe solucionarse ateniéndose a las actas de la Secretaría General o Departamento de Registro.

v

El informe de calificaciones que se entrega al estudiante en cada ciclo lectivo por medios escritos o electrónicos, tiene únicamente un valor informativo y no certifica las calificaciones. Por lo tanto, si el estudiante desea un informe certificado debe solicitarlo ex profeso a la Secretaría General o Departamento de Registro.

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VII. TRASLADOS Y EQUIVALENCIAS v

Los alumnos que proceden de otras universidades pueden solicitar equivalencias de cursos aprobados. El Decano de Facultad o Director de Departamento juzga sobre la documentación y da el dictamen correspondiente. En el caso que sean extranjeros, deben presentar la documentación certificada y autenticada con los pases de ley.

v

Los alumnos que tengan pensum cerrado de Pregrado en otra Universidad, para obtener el título de la Universidad Mesoamericana, deben inscribirse y aprobar 10 cursos de su especialidad, durante dos ciclos lectivos, incluyendo el Proyecto Profesional o Tesis y realizar los Exámenes Generales de Grado.

v

El Decano de Facultad o Director de Departamento puede autorizar que los alumnos de la Universidad cursen materias en otras universidades, hasta un máximo de 10 materias de su carrera.

OBTENCIÓN DE TITULOS POR TRASLADO

v

Para obtener un título de Pregrado, por traslado, en la Universidad Mesoamericana el estudiante debe estar inscrito al menos durante 2 ciclos lectivos y haber aprobado cursos, en su propia especialidad, por valor de 16 créditos para el Profesorado o Técnico y 30 créditos en las carreras de Licenciatura.

v

En las carreras que se requiere el examen de proficiencia en inglés, el alumno debe presentar la constancia correspondiente indicada por la Universidad.

v

El estudiante debe realizar los Exámenes Generales y el Proyecto Profesional o Tesis.

v

Para obtener un título de Maestría, por traslado, en la Universidad Mesoamericana, el alumno debe estar inscrito, al menos, dos trimestres completos y obtener los créditos correspondientes a todas las materias. Además, debe presentar la certificación de proficiencia en inglés establecida por la Universidad.

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DOBLE TÍTULO

v

Para obtener un segundo título de una carrera afín en la Universidad Mesoamericana, debe estar inscrito y aprobar al menos sesenta créditos en Pregrado y cuatro trimestres en Maestría, además de realizar el Proyecto Profesional o Tesis y el Examen General de la segunda carrera. El Decano o Director de Departamento asesora al alumno en la selección de las materias.

VIII. PROMOCIÓN v

La nota de promoción de una asignatura, la conforman la zona (60%) y el Examen Final (40%). Para tener derecho al Examen Final, el alumno debe tener la calificación mínima de 30 puntos. (cf. IV, Asistencia a los Cursos).

v

Las calificaciones se expresan en números enteros, sin decimales..

v

La nota de promoción de las materias es de 61 puntos.

v

Para aprobar el Examen General, la nota final debe promediar 70 puntos (cf. V, Generales de Graduación).

v

Los Exámenes por suficiencia deben aprobarse con una nota mínima de 80 puntos.

MATERIAS REPROBADAS

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Puede reprobarse una materia por:

v

No alcanzar el promedio de asistencia requerido del 80%.

v

Copiar en los exámenes parciales, finales o generales.

v

Plagiar cualquier trabajo asignado.

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v

No alcanzar la zona mínima de 30 puntos.

v

No obtener el puntaje mínimo requerido para su aprobación, 61 puntos.

EXÁMENES DE RECUPERACIÓN

v

No existen exámenes de recuperación. Cuando el alumno repruebe una materia debe cursarla nuevamente (cf. III, Créditos Académicos, Asignación y Retiro de Cursos, Asignación de Cursos).

PROMEDIO GENERAL DE GRADUACIÓN

El alumno que quiere optar a un Título o Diploma de cualquier grado o postgrado de la Universidad Mesoamericana, debe:

v

Aprobar los cursos del Pensum con la nota mínima de 61 puntos.

v

Cubrir deficiencias, cursando nuevamente algunas materias, hasta lograr 70 puntos de promedio general acumulado.

v

Tener un promedio general acumulado de 70 puntos. Se toman en cuenta la totalidad de materias aprobadas. Los cursos reconocidos por equivalencias procedentes de otras universidades no forman parte del cómputo del promedio general acumulado.

v

Aprobar con punteos específicos establecidos por el Consejo Directivo, las exigencias de exámenes de proficiencia en inglés en las carreras que lo tengan como requisito.

v

Aprobar Examen General y en el Proyecto Profesional o Tesis un mínimo de 70 puntos.

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GRADUACIÓN CON HONORES

v

De conformidad con el artículo 59 del Reglamento General, únicamente los alumnos de Licenciatura y Maestría pueden obtener distinciones:

CUM LAUDE (86 - 90 puntos)

MAGNA CUM LAUDE (91 - 97 puntos)

SUMMA CUM LAUDE (98 - 100 puntos)

v

Además de lo que estipula el mencionado artículo 59 (no haber perdido ninguna materia, haber incurrido en alguna falta de ética académica o de otra índole), haber cursado todos sus estudios en la Universidad Mesoamericana.

v

Se debe tener en cuenta que los punteos indicados para las menciones honoríficas son considerados de forma matemática, sin aproximación.

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IX.

ESTUDIANTES

TIPOS DE ESTUDIANTES

La Universidad Mesoamericana contempla varios tipos de estudiantes: regulares, oyentes y de intercambio.

ESTUDIANTES REGULARES

v

Los estudiantes regulares gozan de los privilegios y las obligaciones que señalan los Estatutos, Reglamento General y otros Reglamentos.

v

Pueden ser elegidos miembros de los Consejos de Facultad y presentar a dichos Consejos, todas las iniciativas que consideren oportunas para el óptimo funcionamiento y nivel académico de su Facultad.

v

Pueden constituir asociaciones o grupos que fomenten el desarrollo integral de los estudiantes y de la Universidad.

v

Los grupos y asociaciones que formen los estudiantes deben ser apolíticos, ajustarse a los fines de la Universidad y para actuar como tales, deben obtener el reconocimiento del Consejo Directivo.

ESTUDIANTES OYENTES

v

Son estudiantes oyentes quienes están interesados en frecuentar algunas asignaturas de la Universidad sin contraer las obligaciones de trabajos y exámenes que estipulan los cursos y, por consiguiente, sin obtener ningún tipo de calificación y certificación.

v

Los estudiantes oyentes se inscriben normalmente y cancelan los costos de los cursos, de conformidad a las cuotas establecidas para el ciclo académico por el Consejo Directivo.

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ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO

v

Son aquellos estudiantes de la Universidad Mesoamericana que realizan estudios en otra universidad de Guatemala o del extranjero, previa autorización del Decano de Facultad o del Director de Departamento.

Asimismo, aquellos estudiantes de otras universidades nacionales o extranjeras que han solicitado cursar determinadas materias en la Universidad Mesoamericana.

v

Los Decanos o Directores de Departamento, con la autorización del Consejo Directivo, establecen los procedimientos de inscripción, costos y certificación.

X. SANCIONES ACADÉMICAS Y ÉTICAS Estas sanciones se aplican a todos los alumnos inscritos en la Universidad Mesoamericana y a quienes frecuenten las clases sin haberse inscrito. De conformidad a la gravedad de la falta, las autoridades competentes establecen el tipo de sanción que puede ser: amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión temporal o suspensión definitiva.

IRREGULARIDAD EN LA INSCRIPCIÓN

El alumno que no se haya inscrito regularmente en una o más materias y realice pruebas parciales y exámenes finales, no tiene derecho a la calificación obtenida. El Consejo Directivo conoce el caso, aplicándole al menos dos ciclos académicos de suspensión.

RETIRO DE LA UNIVERSIDAD POR REPROBACIÓN DE MATERIAS

v

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El alumno que repruebe tres o más materias (o el equivalente al 60% o más) en un ciclo académico, debe permanecer por un mismo período fuera de la Universidad, sin poder frecuentar ninguna materia en cualquiera de las Facultades o Departamentos de la Universidad Mesoamericana.

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v

Al acumular tres suspensiones, la Universidad procede al retiro definitivo del alumno.

v

El alumno que repruebe tres veces una misma materia es retirado definitivamente de la Universidad.

FALTAS A LA ÉTICA ESTUDIANTIL

v

Los alumnos deben observar un comportamiento digno y ético en las aulas, en sus relaciones con los compañeros, personal docente y administrativo. Las autoridades competentes juzgan las faltas de los estudiantes e imponen las sanciones correspondientes.

RETIRO PARCIAL O DEFINITIVO DE LA UNIVERSIDAD

v

La Universidad Mesoamericana puede retirar por un ciclo lectivo, por varios ciclos lectivos o definitivamente, a los alumnos que han cometido faltas graves de disciplina, de ética estudiantil, vandalismo, portación de armas, pornografía y actos deshonestos, juegos de azar, violencia, drogas u otros actos, que atentan contra valores fundamentales, personales, sociales y morales.

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XI.

PROFESORES

TIPOS DE PROFESORES

El Reglamento General de la Universidad (art. 43) contempla varios tipos de profesores.

PROFESORES TITULARES

v

Los Profesores Titulares son nombrados y removidos por el Consejo Directivo, a solicitud de Decanos de Facultades o Directores de Departamento.

v

Tienen asignado un horario laboral completo o de medio tiempo y se rigen de conformidad con las leyes del país.

v

La función de estos profesores es desarrollar toda la actividad académica y de investigación en su área de especialización y colaborar con diversas actividades de la Universidad, que le sean asignadas por las autoridades correspondientes.

v

Tienen a su cargo un área temática de su especialización con un máximo de dos cursos, para los profesores de medio tiempo, y cuatro para los profesores de tiempo completo, incluidos en el horario establecido en su contrato. Pueden impartir únicamente dos cursos adicionales los de medio tiempo, y uno los de tiempo completo, en horario fuera del establecido en su contrato. Estos cursos se rigen por el sistema de honorarios profesionales.

PROFESORES ADJUNTOS O DE CÁTEDRA

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v

Son los profesores nombrados por el Consejo Directivo para un ciclo lectivo, a solicitud del Decano de Facultad o Director de Departamento, para impartir materias de su especialidad.

v

Su relación con la Universidad es de tipo civil y se rige por el sistema de honorarios profesionales.

v

Tienen a su cargo diversas cátedras, sin superar 5 cursos durante un ciclo lectivo.

PROFESORES AUXILIARES

v

Son nombrados por el Consejo Directivo a solicitud del Decano de Facultad o Director de Departamento para ayudar a un Profesor Titular o Adjunto, y se rige por el sistema de honorarios profesionales.

PROFESORES EXTRAORDINARIOS

v

Se consideran Profesores Extraordinarios aquellos profesionales de otras universidades nacionales o extranjeras, que son nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Decano de Facultad o Director de Departamento, para desarrollar talleres, seminarios o cursos especiales.

PROFESORES VISITANTES

v

Los Profesores Visitantes son invitados por el Decano de Facultad o Director de Departamento, con la autorización del Consejo Directivo, para desarrollar actividades académicas en las diferentes Facultades y Departamentos de la Universidad.

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PROFESORES HONORARIOS

20

v

La Universidad Mesoamericana puede nombrar a personas que se han distinguido por su saber y docencia. Este nom-bramiento es exclusivamente Honorífico.

PROFESORES EMÉRITOS

v

La Universidad considera Profesores Eméritos a aquellos Profesores que han cumplido 70 años de edad en activo y han laborado al menos 20 años en la Institución. El Consejo Directivo de la Universidad, a solicitud del Decano de Facultad o Director de Departamento, puede asignar alguna función a los Profesores Eméritos.

REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES

v

Los Profesores han de contar con los títulos y experiencia que su trabajo requiere, además de aptitud e idoneidad para la enseñanza. Para impartir cátedras en una especialidad, se requiere como mínimo el grado de Licenciatura.

v

De conformidad con la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria y la Ley de Universidades Privadas, los Profesores, deben presentar la constancia de Colegiación Profesional activa.

v

La Universidad Mesoamericana cuida, en la selección del Profesorado, la rectitud de vida, valores morales, la cualificación profesional, didáctica y tecnológica.

v

Los profesores deben cumplir con las reglamentaciones administrativas y académicas de los Estatutos, Reglamento General y este Reglamento, así como cualquier disposición que emane de las Autoridades competentes de la Universidad.

v

Los profesores gozan de libertad de cátedra en su desempeño profesional, ateniéndose al Ideario, a los Estatutos y demás reglamentos de la Universidad Mesoamericana.

Reglamento Académico


v

Los profesores nombrados por el Consejo Directivo no pueden a su vez nominar ocasional o temporalmente profesores sustitutos, sin la autorización de los Decanos de Facultad o Directores de Departamento.

v

Las clases y actividad académica se desarrolla normalmente en la Universidad. Los Decanos y Directores de Departamento pueden autorizar un lugar distinto para el desenvolvimiento de algunas tareas educativas.

v

La Universidad Mesoamericana establece el tipo de relación contractual de los profesores, tomando en cuenta las funciones que desempeñan y ateniéndose a las leyes vigentes del país.

v

Los profesores deben presentar al Decano de Facultad o Director de Departamento, el programa del curso que van a desarrollar en cada ciclo lectivo de acuerdo al Pensum vigente de estudios.

v

Los profesores deben entregar a los alumnos todos los trabajos, exámenes parciales y finales debidamente calificados. Es obligación de los profesores también informar a los alumnos, dos semanas antes del examen final la zona correspondiente.

v

Los profesores entregan a la Secretaría General u Oficina de Registro los informes de calificaciones finales, en un máximo de quince días hábiles después de efectuadas las pruebas. En el caso de los exámenes extraordinarios, el Decano de Facultad o Director de Departamento establece la fecha de ellos y la entrega de calificaciones.

v

Los profesores no pueden modificar ninguna calificación sin la autorización de la Secretaria General o Director Académico, quien verifica la documentación aducida para cambiar una calificación. Estos cambios no pueden ser efectuados después de un mes de la entrega de calificaciones de parte del profesor.

EVALUACIÓN DE PROFESORES

v

Cada ciclo lectivo, el Decano de Facultad o Director de Departamento realiza evaluaciones del personal docente, tomando en consideración aspectos académicos, metodológicos, didácticos, éticos y de relación personal con la comunidad educativa.

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v

El Decano de Facultad o Director de Departamento informa a los profesores de los resultados obtenidos. Brinda un informe al Consejo Directivo y a la Secretaría General de la Universidad.

SANCIONES A LOS PROFESORES

v

La inobservancia de las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores, da lugar a las siguientes sanciones, aplicadas por las autoridades competentes:

Amonestación verbal.

Amonestación escrita.

No renovación de contrato civil para impartir uno o más cursos.

Remoción de la función que desempeña si el Consejo Di-rectivo considera que la falta es de gravedad.

XII.LABORATORIOS

FORMACIÓN ACADÉMICO-PROFESIONAL

v

Los laboratorios son parte fundamental de la preparación académico-profesional del estudiante. Complementan la formación teórica y habilitan a la realización de prácticas que ayuden al alumno a una pronta y mejor inserción en el mundo laboral.

v

El Consejo Directivo asigna a las Facultades o Departamentos el funcionamiento de los laboratorios, que están al servicio de toda la Universidad.

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ASISTENCIA v

El alumno debe participar obligatoriamente en los laboratorios. Pierde el curso si no llega al 80% requerido como asistencia mínima, de manera similar a la parte teórica (artículo IV de este Reglamento).

INGRESO Y HORARIOS DE PERMANENCIA EN LOS LABORATORIOS INGRESO

v

Sólo pueden ingresar a los laboratorios, los alumnos inscritos en la Universidad o que tengan asignados trabajos de laboratorio en un ciclo lectivo.

v

El laboratorio es para uso exclusivo de los estudiantes y catedráticos que reciben y/o imparten clases en la Universidad.

v

No es permitido: fumar, ingresar alimentos, bebidas y mascotas.

HORARIOS DE PERMANENCIA

v

El Decano de Facultad o el Director de Departamento establece los horarios de laboratorios.

v

Ningún alumno puede ingresar o permanecer en los laboratorios sin autorización, fuera del horario establecido o si el catedrático no está presente.

v

No pueden ingresar personas ajenas al laboratorio, con excepción de aquellas que previamente haya autorizado el catedrático del laboratorio.

v

En caso de trabajo en equipos, el grupo debe estar completo a la hora de iniciar el trabajo.

v

Las ausencias al laboratorio en los horarios asignados no se reponen.

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EQUIPO

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v

Los estudiantes son responsables del equipo de laboratorio que utilizan. Los desperfectos, extravío, pérdida o sustracción corren a cargo de las personas que usan ese equipo en la Universidad o que lo hayan solicitado para emplearlo fuera de ella.

v

Cada alumno debe revisar cuidadosamente el equipo asignado antes de iniciar la clase o al momento en que se le hace entrega. Cualquier anomalía o deterioro del equipo debe ser reportada inmediatamente al encargado de laboratorio o al catedrático de turno, quien a su vez comunica al Decano de Facultad o Director de Departamento.

v

Las cámaras de grabación televisiva y otros implementos conexos se prestan a los estudiantes por un tiempo determinado, transcurrido el cual debe pagarse una multa, que la Administración fija cada año.

PROGRAMAS O SOFTWARE

v

Los programas o software son instalados por el encargado de laboratorio. No se permite a los estudiantes instalar o desinstalar programas o software de ningún tipo, ni cambiar las preferencias del sistema sin la debida autorización.

MANTENIMIENTO

v

El encargado de laboratorio, en coordinación con el personal respectivo de la Universidad y el Decano de Facultad o Director de Departamento, establece un plan de mantenimiento permanente para los laboratorios y equipos a su cargo.

v

Para optimizar y garantizar el funcionamiento de los equipos, también se realiza mantenimiento de los mismos sin previo aviso. Los alumnos o usuarios deben guardar o grabar sus archivos en su propia unidad removible o algún medio o soporte externo (USB, CD, DVD u otro compatible con el equipo asignado).

v

En el caso de los laboratorios de edición de vídeo o radio, una vez finalizado el proyecto, éste permanecerá grabado por un período no mayor de una semana en la computadora. Después de transcurrido ese tiempo, se procederá a borrarlo para optimizar el espacio del disco.

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MATERIALES DE TRABAJO

v

Los alumnos deben llevar preparado todo el material que utilizan en el laboratorio (guión, música, vestuario, etc.).

v

Cualquier recurso técnico que se requiera adicionalmente y la Universidad cuente con él, el alumno debe solicitarlo al encargado del laboratorio con un mínimo de tres días de anticipación.

NORMAS DE SEGURIDAD

v

El alumno debe seguir estrictamente las indicaciones brindadas por el catedrático para el buen uso, seguridad y optimización de los recursos del laboratorio.

v

Por los químicos utilizados para el proceso de revelado en el laboratorio de fotografía, es necesario el uso de ropa e instrumentos apropiados para tal efecto.

SANCIONES

v

El alumno o catedrático que no reporte cualquier anomalía o deterioro del equipo o accesorios, debe asumir el costo de la reparación o faltante.

v

Si el alumno incurre en alguna falta grave, las autoridades competentes de la Universidad pueden suspenderlo, por un tiempo determinado o definitivamente, del uso de equipos y de laboratorios.

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XII. CUOTAS DE ENSEÑANZA Y OTROS COSTOS El Consejo Directivo establece anualmente las cuotas de enseñanza y otros costos para cada ciclo lectivo.

CUOTAS DE ENSEÑANZA

v

Los pagos por enseñanza corresponden a la totalidad de los servicios que ofrece la Universidad en el ciclo lectivo, los cuales son divididos en cuotas.

v

La cuota de enseñanza se debe cancelar en cada ciclo lectivo, en las fechas establecidas en el calendario. Cada año el Consejo Directivo de la Universidad revisa y establece el valor de dichos pagos.

v

En períodos de inscripción, se debe cancelar conjuntamente la inscripción y la cuota del mes. La cuota de estudios debe pagarse dentro de los 10 primeros días del mes.

v

El pago de las cuotas fuera de los tiempos establecidos, genera recargos hasta la fecha de su efectiva cancelación. El monto de dichos recargos es establecido anualmente por el Consejo Directivo. En el caso de cheques rechazados, la Universidad considera que no se ha efectuado el pago y, por ende, tiene los recargos que le corresponden hasta la fecha de su efectiva cancelación.

v

El alumno para tener derecho a exámenes finales debe contar con el comprobante de pago de las cuotas y recargos del ciclo correspondiente.

v

El estudiante que no se examine por no estar solvente en sus pagos, cuando efectúe éstos, puede solicitar un examen extraordinario en un lapso inferior a los 15 días de relizado el período de exámenes y cancelar el costo correspondiente.

OTROS COSTOS v

26

El pago de otros servicios debe ser efectuado al momento de la solicitud.

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XIV. INTERPRETACIÓN Y VIGENCIA v

La interpretación auténtica y última de este Reglamento, es competencia del Consejo Directivo de la Universidad Mesoamericana.

v

El presente Reglamento fue aprobado el veintiséis de noviembre de dos mil nueve, por el Consejo Directivo de la Universidad Mesoamericana y entra en vigencia a partir de esta fecha.

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Anexo 1 PRÁCTICA DOCENTE DEL PROFESORADO EN PEDAGOGÍA

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ASPECTOS GENERALES

v

Los alumnos del Profesorado culminan su Pensum de estudios con la Práctica Docente efectuada en establecimientos de nivel medio o diversificado.

v

Es una experiencia significativa en la preparación profesional del alumno, porque hace posible la ubicación del futuro profesor en el mundo real de trabajo durante su formación profesional universitaria. Es la etapa en la cual el alumno de sexto semestre aplica las teorías, conocimientos y destrezas que desarrolla durante sus tres años de estudio.

v

Los estudiantes-profesores son inmersos en una comunidad de aprendizaje donde se les proveen las oportunidades para desarrollar y demostrar sus capacidades en competencias relacionadas con los roles profesionales para los cuales se están preparando.

COMPETENCIAS DEL ALUMNO

v

Se propone el desarrollo de un alumno reflexivo e integrador de la teoría en su práctica, con diez (10) competencias que se organizan y presentan como los conocimientos, destrezas y disposiciones que debe poseer como egresado.

v

Las diez (10) competencias requeridas al egresado son:

Reglamento Académico


CONOCIMIENTOS

v

La práctica docente debe facilitar experiencias formativas que le provean al estudiante destrezas para investigar, evaluar y construir su propio conocimiento convirtiéndose en un aprendiz para toda la vida.

v

Conocedor de la metodología y multiplicidad de estrategias

Esta base pedagógica le permitirá al futuro maestro tener los conocimientos adecuados para facilitar el aprendizaje y atender las diferencias individuales de los estudiantes.

v

Conocedor del ser humano

La tarea primordial de un maestro es tener conocimiento de que cada ser es único y es necesario adquirir la capacidad de establecer conexión directa con cada estudiante. Tendrá conocimiento de la diversidad educativa para reconocer las diferencias y ser efectivo en su aprendizaje.

DESTREZAS

v

Comunicador

El alumno debe desarrollar las destrezas de comunicación, verbal, no verbal y de medios electrónicos para hacerlas efectivas en su desempeño docente.

v

Competente en la Tecnología

El alumno poseerá las destrezas para realizar su tarea docente utilizando la tecnología necesaria.

Conocedor del contenido

Reglamento Académico

31


32

v

Planificador

El alumno poseerá las destrezas de planificación del proceso enseñanza aprendizaje mediante las competencias. Podrá diseñar, implantar y evaluar los planes para utilizar materiales y estrategias que respondan a diversos grupos y atiendan diferentes contenidos.

v

El estudiante estará capacitado para reflexionar sobre el proceso de enseñanza aprendizaje para desarrollar un diagnóstico sistemático, investigaciones en acción y planes de corrección y tratamiento.

v

Este proceso es el producto de una educación liberadora en el que se le facilita al estudiante oportunidades de tener experiencias prácticas donde pueda aplicar sus conocimientos, utilizar su criterio individual y la toma de decisiones. Además, se le deben proveer retos en los que tenga que desarrollar la creatividad, el análisis y la aplicación de nuevas y variadas estrategias.

v

Comprometido con la diversidad

El alumno desarrollará la disposición, respeto y profesionalismo por las diferencias al trabajar con los estudiantes.

v

Agente de Cambio en su comunidad

El alumno debe capacitarse con las estrategias y las destrezas de pensamiento para que pueda presentarles a los estudiantes el contenido en forma significativa y pertinente.

Evaluación

Reflexivo e Integrador de la teoría en la práctica

Reglamento Académico


INDICADORES GENERALES DE LOGRO

Al finalizar, los estudiantes demostrarán:

v

Conocimiento y dominio de la materia que enseñan.

v

Dominio de las prácticas educativas necesarias para desempeñarse efectivamente como maestros.

v

Conducta ética profesional en el escenario educativo.

Específicos

v

Como resultado de observaciones y participación activa en el proceso de enseñanza y aprendizaje en ambientes educativos reales, de la interacción con catedráticos universitarios y con el personal de la comunidad escolar y mediante la participación en actividades de mejoramiento profesional, el alumno:

Demostrará dominio amplio y profundo de la materia que enseña, de acuerdo con los estándares de la Universidad.

Demostrará conocimiento y dominio de cómo se desarrolla y aprende el estudiante. Organizará actividades de aprendizaje para atender las necesidades intelectuales, emocionales, intereses y talentos de los estudiantes.

Planificará la enseñanza basándose en el conocimiento, en la naturaleza de la disciplina, en los alumnos, en la comunidad, en las metas y objetivos del currículo.

Utilizará metodologías y materiales adecuados para el logro de los objetivos de aprendizaje tomando al alumno como protagonista en la construcción de su conocimiento.

Reglamento Académico

33


34

Distribuirá el tiempo para utilizar apropiadamente diversas técnicas que promuevan la participación activa del estudiante en un ambiente de aprendizaje efectivo.

Demostrará propiedad y corrección en el uso del idioma para comunicarse en forma oral y escrita.

Exhibirá un comportamiento acorde con los valores y principios que exige su profesión y con los establecidos por la institución educativa en la cual se desempeña.

Reflexionará sobre sus prácticas educativas, participará de actividades de desarrollo profesional y transferirá lo aprendido a su sala de clases.

PROCEDIMIENTOS PARA LA PRÁCTICA DOCENTE

v

Los alumnos realizan su práctica docente durante el último semestre del programa de estudios, cumpliendo los siguientes requisitos:

Estar inscrito en el sexto semestre académico del profesorado.

Tener aprobados los cursos del Pensum del profesorado.

Hacer una carta de solicitud para realizar la Práctica Docente en un centro educativo.

Contar con la aprobación del catedrático asesor del curso.

Solicitar por escrito a la Decanatura o Dirección de Departamento la autorización de la Práctica Docente.

Cumplir con el período de observación de clases corres-pondiente al curso a impartir en la práctica.

Reglamento Académico


Llevar a cabo una planificación de una Unidad Académica (5 semanas) en el nivel medio o diversificado.

Evaluar la Unidad Académica cuantitativa y cualitativamente.

Elaborar un portafolio educativo de la Práctica Docente (Carpeta de planes, registro electrónico y libreta de pruebas y tabulaciones).

Contar con los formatos de evaluación del catedrático del centro educativo.

• •

Constancia de las visitas de evaluación, orientación y seguimiento por el catedrático del curso de práctica docente.

NORMAS GENERALES DEL PROGRAMA DE PRÁCTICA DOCENTE

v

El alumno debe cumplir con la asistencia del 80 % mínimo los sábados, en el período de clases.

v

El estudiante debe llegar puntualmente al Centro Educativo, en donde realiza su Práctica Docente. En el caso de ausencia, debe notificarla previamente al profesor del Centro Educativo. La inasistencia de tres o más períodos de clase conlleva la suspensión total de la Práctica.

v

El alumno debe vestir con propiedad, sencillez, limpieza y esmero, evitando la exageración.

v

La carpeta de planes debe estar bien presentada y dividida de acuerdo con la información solicitada.

v

El plan debe estar bien redactado de acuerdo al formato y las rúbricas dadas. Se entregará copias al catedrático asesor de la Universidad.

v

Debe entregar los materiales educativos que ha preparado con anticipación al maestro-cooperador para ser evaluados.

Reglamento Académico

35


36

v

En el proceso de aprendizaje debe usar variedad de técnicas, métodos de enseñanza y materiales de acuerdo con el nivel y las necesidades de los estudiantes.

v

Debe cumplir con todos los documentos requeridos tales como:

Carpeta profesional.

Portafolio educativo: observaciones - recomendaciones y actividades planes.

El salón debe ser ambientado de acuerdo con los temas de enseñanza.

Realizar un proyecto especial de impacto educativo para sus estudiantes.

Mantener el celular apagado durante el período de clases en el desarrollo de la práctica.

v

En ningún momento debe emplear castigo corporal o maltrato con sus estudiantes para modificar conducta inapropiada.

GUÍAS DE LA PRÁCTICA

Las etapas son las siguientes:

Observación

v

El maestro cooperador dirige la planificación y desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje.

v

El alumno observa al maestro cooperador, ya que éste le sirve de modelo y más tarde toma parte en la planificación de las actividades.

Reglamento Académico


v

Esta etapa dura aproximadamente entre una y dos semanas.

v

Su contribución al proceso de enseñanza-aprendizaje se limita a ayudar.

ENSEÑANZA TOTAL DE UNA CLASE

v

El alumno selecciona y planifica las actividades de la clase junto al maestro cooperador.

v

El alumno planifica en su totalidad la clase que vaya a ofrecer, utilizando la guía, material curricular, estándares, entre otros.

v

El alumno dirige el proceso de enseñanza en la clase seleccionada.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

v

El propósito fundamental de la evaluación es facilitar la apreciación del crecimiento profesional del alumno. Se identifican las competencias sobresalientes y aquellas donde necesita orientación y dirección adicional.

v

El catedrático tiene la responsabilidad de otorgar la calificación final al alumno. Ésta no admite recurso de revisión.

v

El alumno será evaluado mediante observaciones de clases y su asistencia los sábados al curso para dar seguimiento a los criterios establecidos con el centro educativo y la práctica docente.

v

El catedrático de la Universidad realizará al menos una visita al alumno en el centro educativo.

v

La Práctica Docente se aprueba con un punteo mínimo de 70.

Reglamento Académico

37


Anexo 2 PRÁCTICA PROFESIONAL DEL TÉCNICO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL

38

FINALIDAD

v

La Práctica Profesional es una actividad curricular obligatoria y es prerrequisito para la obtención del título.

v

Tiene como finalidad permitir la inserción del alumno en una institución dedicada a la Comunicación Social, en donde puede aplicar sus conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas en su formación académica.

REQUISITOS

v

Haber aprobado todas las materias de los primeros cinco semestres de la carrera.

v

Completar la información solicitada en los formularios diseñados por la Facultad o Departamento para tal efecto.

v

Contactar un organismo o institución sugerido por la Facultad o Departamento de Ciencias de la Comunicación Social, u otro propuesto por el alumno. El catedrático evalúa, para su aprobación, la institución y el programa propuestos por el estudiante y verifica que su Jefe inmediato no sea familiar del mismo.

Reglamento Académico


ASPECTOS GENERALES

v

La Práctica Profesional tiene una duración mínima de 150 horas y es supervisada por un catedrático de la Facultad o Departamento.

v

Para ser reconocida como tal, la Práctica Profesional debe ser continua en el tiempo y en la institución elegida, incluso por aquellos estudiantes que tengan experiencia en el campo profesional.

v

Aquellos alumnos que trabajan pueden realizar su Práctica Profesional en la institución o empresa para la cual laboran, siempre que el programa en el que se inserten difiera de la actividad por la cual han sido contratados originalmente.

v

El alumno por ningún motivo puede suscribir documento alguno en nombre de la Universidad Mesoamericana y/o la Facultad o Departamento de Ciencias de la Comunicación Social.

v

Desarrollar una Práctica Profesional acorde con los principios éticos del Comunicador Social y con el nivel académico exigido por la Universidad Mesoamericana.

v

El alumno debe informar oportunamente al docente de cualquier irregularidad que lo afecte en el lugar donde realiza la Práctica Profesional.

v

Elaborar y entregar al catedrático un informe y evaluación final de la Práctica Profesional.

Reglamento Académico

39


40

METODOLOGÍA

Por parte del docente

v

Realizar una reunión semanal con los alumnos en el horario asignado al curso. Eventualmente puede realizar tutorías individuales con los alumnos que las requieran.

v

Estar en constante comunicación con el Jefe inmediato del alumno y visitar al menos una vez la institución o empresa donde realiza la Práctica.

v

Evaluar y retroalimentar al alumno tanto en sus aspectos positivos como en sus puntos débiles necesarios a mejorar.

Por parte del alumno

v

Preparar y entregar documentos e informes al supervisor.

v

Asistir puntualmente a la Práctica los días establecidos de común acuerdo entre la institución y el alumno, conforme con los requerimientos del presente Reglamento.

v

Respetar las normas y reglas laborales propias del centro de práctica.

v

Realizar las tareas asignadas por su Jefe Inmediato Superior o quien él designe.

v

Autoevaluar su proceso de práctica, para lo cual puede solicitar la ayuda del docente cuando lo requiera.

v

Llevar un registro de las actividades realizadas en la institución o empresa y elaborar informes semanales en los que describa y evalúe su trabajo.

Reglamento Académico


EVALUACIÓN

v

La evaluación de la Práctica Profesional es una actividad indispensable para complementar su formación profesional y obligatoria para obtener el título correspondiente.

v

La nota final que obtenga el estudiante es el resultado de los informes semanales presentados por el alumno (30%), las visitas del Catedrático a la institución o empresa (30%) y la evaluación final de su Jefe Inmediato (40%).

v

La nota mínima de aprobación de la Práctica Profesional es de 70 puntos.

v

La calificación final de la Práctica Profesional no admite recurso de revisión.

v

Evaluar y retroalimentar al alumno tanto en sus aspectos positivos como en sus puntos débiles.

Reglamento Académico

41


•Anexo 3 PROYECTO FINAL FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES

42

ASPECTOS GENERALES

v

El Proyecto Final tiene por objetivo agudizar la capacidad de análisis crítico, expandir la creatividad y espíritu de innovación del alumno, a fin de plasmar en él la integración de los conocimientos adquiridos a lo largo de la carrera e incentivarlo en su desenvolvimiento como futuro profesional.

v

La realización de este Proyecto Final puede aplicarse en alguna de las siguientes modalidades:

La formulación de un Proyecto de Desarrollo o parte de él, donde quede plasmado la aplicación de las distintas temáticas de la carrera.

Práctica: El trabajo puede realizarse desempeñando actividades en una Institución que preste servicios educativos, sociales o culturales; Estatal o Privada.

v

Para comenzar el Proyecto Final, los alumnos deben presentar una solicitud ante la Decanatura, en la que consten sus datos personales y la modalidad elegida conjuntamente con la revisión del catedrático del curso.

v

Una Comisión Evaluadora de Trabajos Finales integrada por el Catedrático de curso, Decano o Director de Departamento, autoriza la realización del Proyecto Final.

v

Para poder presentar el Proyecto Final los alumnos deben haber aprobado todas las asignaturas del Pensum de la carrera.

Reglamento Académico


v

El tema del Proyecto final puede ser elegido por los alumnos, o propuesto por la Decanatura o Dirección de departamento.

v

El plazo máximo para presentar el Proyecto Final es de cuatro meses.

v

Una vez finalizado el Proyecto Final, el alumno lo remite al catedrático del curso, a efectos de certificar si se ha cumplido el Plan presentado anteriormente, caso contrario se devuelve para su modificación.

Se prevé la exposición pública del trabajo, y se decidirá su aprobación.

v

La Junta Examinadora está formada por tres Profesores de la Facultad, incluyendo al Catedrático del curso.

v

El Sistema de Calificación, es similar al previsto por la Facultad para las demás asignaturas.

v

El Proyecto de aprueba con 70 puntos.

Reglamento Académico

43


ELABORACIÓN DEL PROYECTO FINAL

44

v

Se denomina como tal, al trabajo realizado por el estudiante de Licenciatura durante dos cursos consecutivos previos a la conclusión del Programa de que se trate. En el primer curso se desarrolla la formulación e investigación del proyecto, mientras que en el segundo curso se lleva a cabo la implementación y evaluación del mismo.

v

Puede elaborarse de manera individual o en equipos; debe contar con un enfoque disciplinario o multidisciplinario, debe ser susceptible de tener alguna aplicación, así como cubrir los requisitos de fondo y forma que al respecto se señalen con la idea que el estudiante demuestre la capacidad de sintetizar los conocimientos y habilidades adquiridos a lo largo del Programa Académico.

v

El informe final debe cumplir con los siguientes requisitos:

Resumen (abstract)

Presentación del problema

Objetivo general

Objetivos específicos

Fundamentación teórica

Planificación de la aplicación del proyecto

Métodos y procedimientos empleados

Resultados de la investigación

Conclusiones y recomendaciones

Lista de referencias

Apéndice y / o anexos (opcional)

Definición de términos y conceptos clave (opcional)

Reglamento Académico


Anexo 4 PROYECTO PROFESIONAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL

FINALIDAD

v

Como parte integral de los valores y proyección social de la Universidad Mesoamericana, se ha incluido en los Pensa de Estudios de las carreras de la Facultad de Ciencias de la Comunicación Social, la participación del alumno en un Proyecto Profesional como requisito indispensable, previo a realizar el Examen General Privado.

v

Este proyecto constituye la última fase del proceso de formación del estudiante de las carreras que integran la Facultad:

Licenciatura en Publicidad con Especialidad en Diseño Gráfico.

Licenciatura en Publicidad.

Licenciatura en Ciencias de la Comunicación Social con Especialización en Producción de Radio y Televisión.

Licenciatura en Ciencias de la Comunicación Social.

v

El alumno debe demostrar sus capacidades a través de un proyecto, en el que se manifiesten sus valores sociales, éticos y profesionales, así como sus habilidades, conocimientos, competencias para investigar y proponer soluciones comunicativas a una organización no lucrativa o comunidad, así como producir materiales en las diferentes áreas de la comunicación social que engloba su carrera.

Reglamento Académico

45


REQUISITOS

v

Tener aprobados los primeros siete semestres del Pensum en las carreras de cuatro años y los primeros nueve semestres en las carreras de cinco años.

v

Estar solvente en todos sus pagos.

v

Asignarse la materia en las fechas estipuladas en el Calendario Académico.

ASPECTOS GENERALES

46

v

Con el fin de incluir las diferentes áreas de especialización y presentar al cliente un trabajo interdisciplinario y de índole profesional, los alumnos de las cuatro carreras deben trabajar de manera conjunta.

v

Las actividades se realizan bajo los principios del trabajo cooperativo; sin embargo, cada alumno debe demostrar sus competencias tanto en el trabajo de equipo, como en forma individual.

De la Institución

v

Durante el primer ciclo lectivo, el Decano de la Facultad o Director de Departamento, recibe las propuestas o solicitudes de organizaciones o comunidades que requieran los servicios de la Facultad, con las cuales se pueda llevar a cabo un proyecto en el campo de la comunicación social.

v

El Decano de la Facultad o Director de Departamento, en coordinación con los Asesores designados, evalúa las opciones y elige una o varias, tomando en consideración el grado de necesidad de la entidad, así como la viabilidad y condiciones para el desarrollo del trabajo.

Reglamento Académico


Del Proyecto

El proyecto consta de varias etapas:

v

Establecimiento de un cronograma general.

Sondeo preliminar y recopilación de información.

v

Planteamiento de una investigación profesional para identificar las necesidades comunicativas de la institución.

Antecedentes / Marco referencial

Diagnóstico

Delimitación

Metodología

Hallazgos

Análisis

Conclusiones

Recomendaciones

v

Análisis e interpretación de la información generada de la investigación y presentación de resultados.

v

Cuarta

Establecimiento de propuestas comunicacionales coherentes -según los resultados obtenidos-, acordes a la naturaleza y capacidades del cliente.

Primera

Segunda

Tercera

Reglamento Académico

47


48

v

Quinta

Producción de las propuestas comunicacionales -según el área de especialización-, con la colaboración del cliente.

v

Presentación final.

La presentación se hace a los Directivos de la Institución y a los Asesores del Proyecto.

Los alumnos son los que organizan la presentación final del proyecto y deciden respecto de las características y forma de la misma, así como la cantidad de invitados y cualquier otro aspecto relacionado con la coordinación y logística de la misma, de acuerdo con las posibilidades económicas del grupo.

Los Asesores

v

El Decano de la Facultad o Director de Departamento, nombra a dos catedráticos que juntamente con él, integran el equipo de asesores del proyecto, quienes trabajan de manera conjunta y coordinada con el grupo de alumnos inscritos.

v

Los asesores deben ser catedráticos de la Facultad y tener competencias complementarias entre sí.

v

Con el propósito de orientar el trabajo inicial del grupo, los asesores establecen un cronograma general de actividades que proponen a los alumnos al comenzar las actividades, mismo que debe estar en concordancia con el Calendario Académico Anual.

Sexta

Reglamento Académico


v

Funcionan como facilitadores dentro del grupo y son los responsables de apoyar los diferentes aspectos relacionados con el Proyecto.

METODOLOGÍA

v

Cada alumno forma parte de un equipo interdisciplinar con funciones específicas asignadas por el grupo.

v

Durante el período de realización del proyecto, el estudiante debe participar activamente, demostrar y aplicar su creatividad para enfrentar los retos del proyecto.

v

Cada fase del proyecto debe ser debidamente documentada.

v

Generar las propuestas comunicacionales -según el área de especialización-, con la colaboración del cliente.

v

Presentar y argumentar el proyecto al cliente.

v

El grupo de alumnos debe entregar la investigación. documentación y los productos finales -tanto en forma impresa como en un soporte digital- a la institución, a cada uno de los Asesores y a la Universidad.

RECURSOS, EQUIPO Y MATERIALES

v

La Universidad ofrece todo el apoyo a nivel de equipos y laboratorios para la realización del proyecto. Sin embargo, todo lo pertinente a los aspectos resultantes del mismo, como impresiones, encuadernados, etc., corren por cuenta de los estudiantes, quienes quedan en libertad de gestionar cualquier apoyo o donación por parte de otras empresas o instituciones.

Reglamento Académico

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DURACIÓN

50

v

El proyecto se lleva a cabo como parte del último semestre de cada carrera y tiene una duración equivalente al segundo ciclo lectivo, de acuerdo al Calendario Académico establecido. Por ningún motivo debe extenderse de ese plazo.

EVALUACIÓN

v

La evaluación debe ser un proceso continuo durante toda la realización del proyecto y para ella deben tomarse en consideración los siguientes aspectos:

Competencias específicas en cada área de especialización, tanto en el trabajo individual, como de grupo.

Cumplimiento a tiempo de los trabajos asignados.

Aportaciones: criterios, sugerencias, observaciones, correcciones, etc.

El comportamiento profesional del alumno, en relación al trabajo en equipo.

Cumplir con el 80% de asistencia a las clases (rf. IV, Asistencia a los Cursos).

v

El alumno es evaluado juntamente por los tres Asesores y la nota final corresponde a una decisión colegiada, que es consignada en el Acta y avalada con las firmas correspondientes.

v

El estudiante aprueba el proyecto con un mínimo de 70 puntos. (rf.VIII, Promoción).

v

La entrega de las calificaciones se hace de acuerdo a los procedimientos y fechas establecidas en el Reglamento y Calendario Académico.

Reglamento Académico


Anexo 5 REGLAMENTO GENERAL DE TESIS

CAPÍTULO I

NORMAS GENERALES

Objeto de la Tesis

v Para obtener el grado académico de Licenciado y los títulos profesionales que la Universidad otorga en aquellas carreras que lo exijan los Colegios Profesionales, los estudiantes además de aprobar los Exámenes Privados de Licenciatura, deben desarrollar, individualmente, un trabajo de investigación de Tesis y sustentarlo satisfactoriamente en audiencia privada como acto previo a la graduación.

Naturaleza de la Tesis

v

La Tesis de Licenciatura ha de ser un trabajo de investigación sobre un tema específico de las áreas de especialización dentro de las carreras que la Universidad Mesoamericana ofrece y que sean requisito de los Colegios Profesionales correspondientes.

v

El tema debe denotar madurez intelectual y científica de parte del estudiante.

v

El trabajo de Tesis, por tanto, debe contener material y formalmente todos los requisitos de una verdadera investigación.

Reglamento Académico

51


Elección del tema

v

El estudiante puede elegir el tema de Tesis cuando haya aprobado un 80 % de los cursos del pensum de estudios.

v

El tema de trabajo de investigación de Tesis debe tener importancia por su originalidad, aportes innovadores, proyección nacional o interés teórico práctico.

Título de la Tesis

v

El título del trabajo de Tesis debe presentar, en forma concisa y específica, el tema central del estudio, o dar una idea completa de lo que éste comprenda. Puede incluirse un subtítulo.

52

Forma

v

La Tesis ha de ser redactada en idioma español y con la autorización del Decano o Director de Departamento puede elaborarla en otro idioma.

Estudios técnicos

v

En casos especiales, o por la naturaleza de los estudios de la carrera, puede admitirse como Tesis la elaboración de un proyecto o trabajo en el que el estudiante aplique conocimientos ya establecidos en la solución de un problema práctico.

Temas tratados

v

No se puede proponer como temas de tesis los que hubieren sido, total o parcialmente, objeto de otros trabajos similares, en cualquiera de las Universidades del país; salvo que sean susceptibles de nuevos aportes o enfoques, los que en todo caso, se aceptarán condicionados a la verificación de estas circunstancias.

Reglamento Académico


Trabajos de cursos y publicaciones

v

Los trabajos que el estudiante ha elaborado en el desarrollo de los cursos programáticos no son aceptados como temas de Tesis, a menos que hayan sido de carácter prospectivo y éste sea ampliado y actualizado.

v

Tampoco se aceptan trabajos que se han presentado en congresos, seminarios, conferencias, concursos o los que se han dado a conocer en publicaciones de cualquier naturaleza. Tampoco los realizados por remuneración o encargo.

Responsabilidad

v

Sólamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de Tesis. Su aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la Universidad.

Competencia

v

Corresponde, al Comité de Tesis, nombrado en la forma que se establece en el presente Reglamento, sin perjuicio de otras atribuciones que le sean asignadas en este mismo cuerpo normativo, aprobar, improbar o sustituir el tema, el plan de Tesis, confirmar o denegar el asesor.

Notificaciones

v

Las resoluciones que se dicten en aplicación de este Reglamento, deben hacerse del conocimiento de los interesados por escrito y dentro de los siete días siguientes a su emisión.

Reglamento Académico

53


Impugnaciones

v

Las resoluciones que dicte el Comité de Tesis pueden ser apeladas ante el Decano de Facultad o en su caso ante el Director de la carrera cuando, éste sea Departamento, dentro de los siete días hábiles siguientes a su notificación. La impugnación debe ser resuelta dentro del término de diez días, contados desde la recepción del expediente.

Temario

v

La Secretaría de cada Facultad o Departamento, lleva y mantiene actualizado un registro que contiene los temas de tesis aprobados, nombres de los estudiantes que los hubieren propuesto, de los asesores designados y de la fecha de su aprobación.

CAPÍTULO II SOLICITUD DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS Y DEL ASESOR

54

Procedimiento de aprobación

v

El estudiante que esté habilitado para realizar la Tesis puede solicitar al Decano de Facultad o el Director del Departamento, la aprobación de tema de Tesis y del Asesor. Esa solicitud debe ir acompañada de un bosquejo general de la Tesis (cf. según se indica en el Apéndice I).

v

El bosquejo general de la Tesis, debe presentar los objetivos, metodología, etapas de trabajo y bibliografía.

v

El alumno presenta a la Secretaría cuatro copias del bosquejo de Tesis.

Notificación de aprobación o rechazo

Reglamento Académico


v

El Decano de Facultad o el Director de Departamento examina con el Comité de Tesis el proyecto de Tesis presentado por el estudiante y notifica por escrito al mismo en el plazo de un mes.

Tiempo de validez del Proyecto de Tesis y del Asesor

v

La aprobación del bosquejo general de Tesis y del Asesor tiene una vigencia de dos años, transcurridos los cuales el estudiante debe someter al Comité de Tesis la ampliación de ese tiempo, si no hubiera concluido su investigación.

Pérdida del derecho al Tema

v

Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior y si no se le hubiere otorgado la prórroga en el tema de investigación de Tesis, el estudiante pierde el derecho al mismo y dicho tema puede ser reasignado a otro estudiante que lo solicite.

Responsabilidad del Estudiante

v

En la elaboración del trabajo de Tesis, el estudiante debe cumplir con las normas establecidas en este Reglamento y mantener una relación periódica de trabajo con su asesor.

Inscripción y cuotas

v

El estudiante que está elaborando la Tesis debe estar inscrito regularmente durante el primer año y cancelar las cuotas vigentes del primer año.

Reglamento Académico

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CAPÍTULO III

56

COMITÉ DE TESIS

Nombramiento

v

El Decano de Facultad o el Director de Departamento propone al Consejo Directivo de la Universidad, para su nombramiento, de forma anual el Comité de Tesis, que está integrado por él mismo, quien lo preside y representa y otros dos profesores de la Facultad o Departamento.

v

Por ausencia debidamente motivada de uno de ellos el Decano o el Director de Departamento puede proponer al Consejo Directivo otro profesor.

Competencias del Comité de Tesis

v

Examinar el proyecto o bosquejo de Tesis y emitir el dictamen correspondiente.

v

Aprobar el Asesor de Tesis.

v

Estar presente, a través de uno de sus miembros en el examen de Tesis.

v

Velar por la cientificidad de las Tesis de su Departamento.

v

Resolver los problemas técnico-administrativos que se presenten en el proceso de elaboración y de defensa de la Tesis.

CAPITULO IV

Reglamento Académico


EL ASESOR

Requisitos del Asesor

v

Puede ser escogido como Asesor cualquier profesor de la Universidad Mesoamericana o de otra Universidad, siempre que sea graduado en esa especialidad, tenga competencia en el tema que se trata y experiencia comprobada en la asesoría de Tesis.

Atribuciones del Asesor

v

Orientar al estudiante en el proceso de elaboración de Tesis.

v

Notificar por escrito al Decano o Director de Departamento, una vez concluida la Tesis, que supervisó la investigación y que ésta cumple con todos los requisitos necesarios.

CAPITULO V

CONSIGNACIÓN DE LA TESIS

Presentación de la Tesis a Secretaría

v

Concluida la Tesis, el estudiante entrega original y tres copias a la Secretaría, teniendo en cuenta las formalidades comúnmente aceptadas. Además de un CD en formato PDF.

Reglamento Académico

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CAPITULO VI

58

EXAMEN DE TESIS

Nombramiento del Tribunal Examinador

v

El Decano o Director del Departamento, una vez consignada la Tesis y de contar con el juicio favorable del Asesor, nombra el Tribunal Examinador, que está compuesto de esta forma: El Decano o Director de Departamento, el Asesor y al menos un profesor versado en la materia.

Examen de Tesis

v

El examen de Tesis es oral y público. En ese examen se debe verificar la calidad científica del trabajo de Tesis en todos sus aspectos.

Práctica del Examen

v

El examen de Tesis constituye un diálogo académico, en el que se trata con propiedad el tema desarrollado y se aprecia el dominio y profundidad alcanzado por el estudiante en su trabajo, así como los argumentos con que responde a los planteamientos o juicios que se le formulen. Tiene una duración de al menos 45 minutos.

Dictamen sobre el Examen de Tesis

v

Cada uno de los miembros del Tribunal Examinador emite su valoración sobre el trabajo. Para que el alumno sea aprobado el promedio global de los tres examinadores ha de ser al menos 70 puntos, pudiéndose aprobar con enmiendas que debe corregir el alumno, previo a su publicación.

Reglamento Académico


v

El dictamen sobre la Tesis es consignado por el Tribunal Examinador en la Secretar铆a General o Departamento de Registro de la Universidad.

Reprobaci贸n del Examen

v

El estudiante que es reprobado en la sustentaci贸n de la Tesis, debe iniciar un nuevo Proyecto de Tesis.

Reglamento Acad茅mico

59


CAPITULO VII

60

NORMAS PARA LA PUBLICACIÓN DE LA TESIS

Formato

v

Carátula

v

La carátula debe ser de color verde institucional y debe contener lo siguiente;

Universidad Mesoamericana.

Facultad de ...

Título de la Tesis.

Escudo de la Universidad (6 cm de altura)

Nombre del autor.

Lugar y fecha.

Compaginación

v

Primera página: Disposición igual a la Carátula.

v

Segunda página: “Esta Tesis fue elaborada por el autor como requisito para obtener el Título de Licenciado en …”

v

Tercera página: Autorización del Decano de la Facultad o Director de Departamento para su publicación.

El formato de la Tesis debe ser tamaño medio oficio.

Reglamento Académico


v

Cuarta página: Informe del Asesor.

v

Quinta página: Dictamen del Tribunal Examinador

v

Sexta página: Dedicatoria (Opcional.)

v

Séptima página: Índice general.

v

Introducción.

v

Cuerpo de la Tesis.

v

Apéndices (sí los hubiere.)

v

Bibliografía.

Reglamento Académico

61


CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES FINALES TRANSITORIAS Y DEROGATORIAS

62

Disposiciones Complementarias

v

Los instructivos y formularios que se aprueben para la aplicación de este Reglamento, forman parte del mismo, por lo que son obligatorios.

Aplicación Extensiva

v

El presente Reglamento se aplica a las Tesis de postgrado, sin menoscabo de las disposiciones especiales que norman dichos trabajos.

Interpretación e Integración

v

Corresponde al Consejo Directivo interpretar y resolver en caso de duda las situaciones no previstas en este Reglamento.

Vigencia

v

Este reglamento fue aprobado en su versión definitiva, en sesión celebrada por el Consejo Directivo de la Universidad Mesoamericana, con fecha veintiocho de septiembre del año dos mil siete.

v

Este Reglamento entra en vigencia el día uno del mes de octubre del año dos mil siete.

v

Los estudiantes que hubieren solicitado la aprobación de tema de Tesis antes de esa fecha, continúan sujetos a las disposiciones dictadas por la autoridad superior con respecto al presente tema.

Reglamento Académico


Derogatoria

v

Se derogan todas aquellas disposiciones con la salvedad del artículo anterior, así como las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

APENDICE I

PROYECTO DE TESIS

v

El proyecto de Tesis debe contener los datos siguientes:

P

Título de Tesis.

P

Exposición sintética del objeto y método de investigación.

P

Importancia del tema seleccionado.

P

Relación de la Tesis con otras existentes.

P

Plan de Tesis (Índice General).

P

Bibliografía (Fuentes y obras subsidiarias).

Reglamento Académico

63


Anexo 6 EXAMEN GENERAL PRIVADO

64

PROFESORADOS, TÉCNICOS Y LICENCIATURAS

FINALIDAD

v

El Examen General Privado de las carreras con el grado académico de Profesorados, Técnicos y Licenciaturas en las Facultades y Departamentos de la Universidad, tiene como fin evaluar los conocimientos y competencias del educando, en las áreas del Pensum de su carrera, para establecer el nivel de competencias en las diferentes técnicas, grado de aplicación, desenvolvimiento verbal, capacidad de análisis, síntesis y personalidad.

REQUISITOS

v

Formulario de Inscripción del Examen General Privado de Profesorado, Técnico o Licenciatura.

v

Fotocopia de Documento de Identificación.

v

Historial de calificaciones que contenga todos los cursos aprobados con una nota mínima de 61 puntos y el promedio general acumulado de 70 puntos. Si tiene equivalencias, certificación de dichos estudios y el formulario de aprobación del Decano o Director de Departamento..

v

Pensum cerrado incluyendo la Práctica Profesional y el Proyecto Profesional, para las carreras que lo establecen.

v

Fotocopia de Título de Educación Media autenticado. Si el Título de Educación Media ha sido obtenido en el extranjero debe contar con el Acuerdo de Equiparación extendido por el Ministerio de Educación.

v

Fotocopia del Título de Profesorado o Técnico, para aquellas carreras que así lo requieran.

Reglamento Académico


v

Constancia del examen de proficiencia del idioma inglés para aquellas carreras que lo estipulen.

v

Una fotografía tamaño cédula.

v

Solvencia general y recibo de pago del Examen General Privado.

ASPECTOS GENERALES

v

El Examen General Privado es un interrogatorio por áreas de saberes científicos, tecnológicos y culturales que constituyen la especialización de la carrera, formulado de tal manera que el educando exponga contenidos declarativos, procedimentales y actitudinales.

v

Es preciso promover que el educando evaluado, evidencie lo aprendido: Que argumente, fundamente, afirme, compare, analice, determine, juzgue, sintetice, defina y evalúe.

v

El Examen General Privado de Profesorado, Técnico y Licenciatura constituye una unidad y comprende como mínimo cuatro áreas, que de conformidad a la carrera son especificadas por el Decano de Facultad o Director de Departamento.

v

Las áreas que se evalúan corresponden a los programas vigentes en el tiempo en que se efectúa el Examen General Privado y que aparecen en los registros físicos (Secretaría General) e informáticos (página electrónica de la Universidad).

v

La duración de los exámenes escritos es de 5 horas, que incluyen 2 horas de práctica para las carreras que lo requieren.

v

Las evaluaciones escritas se entregan a la Secretaría u Oficina de Registro en un tiempo máximo de 15 días calendario.

v

La duración de los exámenes orales es de 45 a 60 minutos por alumno.

Reglamento Académico

65


METODOLOGÍA

Pruebas escritas y orales:

v

Se aplican modalidades que evidencian el manejo de competencias y procesos con base en el dominio de los saberes, por ejemplo: series de pareamiento, alternativas, opción múltiple, ordenamiento, estudio de casos, redacciones y otros.

v

Los temas desarrollados tanto en forma escrita como oral, deben ser evaluados aplicando:

Escalas de calificación.

Listas de cotejo.

v

Para que las pruebas tengan validez se debe elaborar una tabla de especificaciones que proporcione objetivo-contenido del instrumento evaluativo. Esta especificación contiene el porcentaje de cada serie y así se determina la dosificación del valor de cada respuesta.

FUNCIONES DEL DECANO DE FACULTAD O DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

66

v

Designar profesores para evaluar cada área del examen escrito y oral. En el caso que éstos tengan un grado de parentesco con algún alumno evaluado, deberá excusarse.

v

Revisar y verificar con los catedráticos examinadores que los contenidos y programas de estudio de las áreas a examinar sean los vigentes.

v

Fungir o designar a otra persona como Presidente del Tribunal Examinador en la fase oral.

Reglamento Académico


FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL EXAMINADOR

Los examinadores deben reunir las cualidades siguientes:

v

Profesionales de las carreras de la Universidad que sean competentes en esas áreas.

v

Haber obtenido al menos el grado de Licenciatura en los temas que tratan los exámenes.

EVALUACIÓN DEL EXAMEN

v

El alumno debe aprobar el Examen Escrito con un mínimo de 70 puntos, requisito indispensable para realizar el Examen Oral.

v

Para aprobar el Examen Oral, el sustentante debe obtener la nota mínima de 70 puntos.

v

El promedio general de los exámenes privados debe ser de al menos 70 puntos.

RESULTADOS

v

La Secretaría General es la responsable de comunicar los resultados de los exámenes tanto en su fase escrita como oral.

v

Al publicarse la calificación del Examen Escrito, el alumno que no esté de acuerdo con el resultado obtenido, puede solicitar revisión de la nota de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Académico, capítulo V.

v

La decisión de los tribunales de Exámenes Generales Orales se hace constar en Acta y el fallo es inapelable, salvo errores ajenos al contenido de los exámenes, sobre los cuales puede conocer el Consejo Directivo en caso de solicitud del estudiante.

Reglamento Académico

67


Anexo 7 REQUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE PROFESORADOS Y TÉCNICOS

68

v

Llenar formulario de solicitud de impresión.

v

Fotocopia de Documento Personal de Identificación.

v

1 fotografía tamaño cédula.

v

Fotocopia del Título de Nivel Medio extendido por el Ministerio de Educación de Guatemala. Los alumnos extranjeros deben presentar el Acuerdo de Equiparación emitido por el mismo Ministerio (Decreto del Congreso de la República No. 82-87, art. 19).

v

Constancia de equivalencias autorizadas por los Decanos o Directores de las carreras, adjuntando las certificaciones de la(s) Universidad (es) de origen.

v

Certificación general de estudios con un promedio general acumulado de 70 puntos.

v

Constancia de aprobación de exámenes privados.

Reglamento Académico


Anexo 8 REQUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE LICENCIATURAS

v

Llenar formulario de solicitud de impresión.

v

Fotocopia de Documento Personal de Identificación.

v

1 fotografía tamaño cédula.

v

Fotocopia del Título de Nivel Medio extendido por el Ministerio de Educación de Guatemala. Los alumnos extranjeros deben presentar el Acuerdo de Equiparación emitido por el mismo Ministerio (Decreto del Congreso de la República No. 82-87, art. 19).

v

Constancia del examen de proficiencia del idioma inglés para las carreras que lo estipulen.

v

Constancia de equivalencias autorizada por los Decanos o Directores de las carreras, adjuntando certificación de la Universidad donde estudió.

v

Certificación general de estudios con un promedio general acumulado de 70 puntos.

v

Fotocopia del Título de Profesorado o Técnico, para las carreras que lo contemplen.

v

Constancia de aprobación de exámenes privados.

Reglamento Académico

69


Anexo 9 REQUISITOS PARA IMPRESIÓN DE TÍTULOS DE MAESTRÍAS

70

v

Llenar formulario de solicitud de impresión.

v

Fotocopia de Documento Personal de Identificación.

v

1 fotografía tamaño cédula.

v

Fotocopia del Título de Nivel Medio extendido por el Ministerio de Educación de Guatemala. Los alumnos extranjeros deben presentar el Acuerdo de Equiparación emitido por el mismo Ministerio (Decreto del Congreso de la República No. 82-87, art. 19).

v

Fotocopia legalizada del Título de Licenciatura con los sellos de la SAT y la Contraloría. Para los extranjeros, los pases de Ley.

v

Certificación general de estudios con un promedio general acumulado de 70 puntos.

v

Constancia del examen de proficiencia del idioma inglés.

Reglamento Académico


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Reglamento AcadĂŠmico


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