El decreto ejecutivo 128

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EL DECRETO EJECUTIVO 128 En nuestra sociedad es muy frecuente conocer de casos, donde hogares y familias dependen de sus progenitores e incluso de sus abuelos, estos hogares sufren de muchas limitaciones ya que entran en un círculo vicioso que les impiden disponer de una libertad que les permita progresar como personas con independencia económica para ser un aporte a sus familias y la sociedad siendo siempre una carga y lastre para sus familias, situación que se agrava cuando estas familias adquieren vicios y costumbres que les denigran como personas. De igual manera existen administraciones de gobiernos autónomos que padecen de estos vicios y que no son aporte para el país, produciéndose en esos territorios signos de atraso en el desarrollo y el bienestar, caracterizado por los pésimos servicios públicos y de las competencias que deben ejercer en su circunscripción, cargados con fuertes indicios de corrupción que se enquistan en la sociedad como un "valor", por la impunidad en que se mantienen. Que los gobiernos autónomos descentralizados, denominados GADS, presentan graves deficiencias en el ejercicio de sus competencias que se lo puede determinar por los resultados de sus actividades en su territorio, que por mas rendiciones de cuentas que realicen sus administradores, la realidad de la región es de atraso y mayor deterioro del bienestar social, como consecuencia de un irrespeto a la normativa vigente con fuertes señales de una galopante corrupción; y esto no es solo percepción de mi parte, sino que se evidencia la problemática cuando el Gobierno Nacional se ve avocado a promulgar el decreto ejecutivo N° 128 del 8 de octubre de este año donde los considerandos se basan en los arts. 147 y 268 de la Constitución y 119 y 157 del COOTAD, que le permite intervenir en los GADS donde existan falencias en el cumplimiento de sus competencias, decreto que será muy cuestionado por los que creen que las autonomías es sinónimo de propiedad particular. La ciudadanía debe exigir que los administradores de los GADS cumplan con las normativas vigentes en la Constitución de la República, el COOTAD, la Ley de Participación Ciudadana y la Ley de Planificación instrumentos jurídicos vigentes, que determinan claramente cómo deben actuar los GADS y como debe intervenir la Participación Ciudadana para evitar que se produzcan desgobiernos por el irrespeto a las leyes, y el consecuente deterioro del Bienestar de la Sociedad, tal vez sea oportuno pedir al ejecutivo una intervención para que nuestra sociedad encuentre rumbo en el proceso de desarrollo, pasando a ser generadores de bienestar y no menesterosos del presupuesto nacional. Fredy Loza Gallegos


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