Proyectos de libre albeldrio

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PROYECTOS A LIBRE ALBELDRIO Ignorantia juris non excusat , es un precepto del derecho romano que determina que "la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley". Los gobernantes, mandatarios públicos o alcaldes, cuando se disculpan en los casos que no han actuado de mala fe, dicen que no han contado con los medios y conocimiento necesarios para aplicar la ley. Tal vez existan casos en que los políticos no hayan actuado de mala fe, pero eso no exime su responsabilidad política y judicial. Como mandatarios públicos están obligados a saber si sus decisiones afectan o no la legalidad y jamás pueden escudarse en su desconocimiento que, en cualquiera de los casos, sería inadmisible. Los planes de Desarrollo y el de Ordenamiento Territorial son la herramienta de desarrollo que tiene carácter de ineludible y es el referente obligatorio para la formulación de los presupuestos de los GADS de acuerdo con la Constitución y el Código Orgánico de Planificación vigente, arts. 293 y 49 respectivamente. La elaboración o reformulación de este plan debe contar con la participación de la ciudadanía como lo determina el COOTAD, el COPyFP. El Plan de Desarrollo Cantonal de Riobamba 2025 vigente adolece de errores, por lo que su aplicación se torna dificultosa y si fuéramos minuciosos sería inaplicable. Preocupa que la Contraloría General del Estado no iniciara un examen especial, sobre la calidad de la consultoría, ya que su resultado ha permitido una cadena de errores en la ejecución del plan, que incluso ha generado ordenanzas, y lo más grave, esto permite la formulación del presupuesto institucional que soporta la inversión pública y la oferta de servicios que son de competencia municipal. La obra pública que presupuesta el GAD municipal no cuenta con un soporte de participación ciudadana que permita la inversión de obras de acuerdo con el plan de desarrollo, luego, ¿cómo va a cobrar la CONTRIBUCION ESPECIAL DE MEJORAS que por mandato de la ley debe realizar?, ¿cómo se puede pretender cobrar esas contribuciones si la ciudadanía no lo ha aceptado? y ¿cómo podrá la ciudadanía realizar el seguimiento de una obra por la cual va a pagar sin conocer los presupuestos financieros y de tiempo para su realización?. Que la ciudadanía no conozca sus derechos no justifica que los administradores del GAD no las respeten. Es hora que la políticos no solo pidan a la ciudadanía el voto, sino que permitan una real participación ciudadana.


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