Atención a personas LGBTI en México. La condición en algunos estados del centro del país

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos estados del centro del país. Coordinación general Gloria Careaga Pérez Investigación Luz Ángela Cardona Acuña Diseño editorial Gabriela Serralde Diseño de portada Alejandra Valencia Fundacion Arcoiris por el respeto a la diversidad sexual http: www.fundacionarcoiris.org.mx “Este material se realizó con recursos del Programa de Coinversión Social, operado por la Secretaría de Desarrollo Social, sin embargo, la ‘SEDESOL’ no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por los autores del presente trabajo”. Permitida la reproducción parcial o total de esta obra con los reconocimientos correspondientes a la autoría y propiedad de la misma. ISBN 978-607-97090-1-3 México, 2016


ATENCIÓN A PERSONAS LGBTI EN MÉXICO La condición en algunos estados del centro del país.

INFORME GLOBAL

OCTUBRE, 2016



CONTENIDO Presentación Marco teórico metodológico a) Conceptos claves b)Derechos focalizados en el Diagnóstico Derecho a la salud Derecho a la Educación Derecho a la Seguridad social Derecho al Trabajo Derecho a la Seguridad Personal Derecho a la Justicia Delitos focalizados Análisis de resultados a) Datos sociodemográficos b) Salud c) Educación d) Seguridad social y derecho al trabajo e) Derecho a la seguridad personal y la justicia Principales Tendencias a) Salud b) Educación c) Seguridad social y derecho al trabajo d) Derecho a la seguridad personal y la justicia Principales desafíos identificados

6 11 13 14 15 18 19 20 21 22 23 25 25 32 44 49 56 68 69 70 71 72 75


PRESENTACIÓN

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a Fundación Arcoíris por el Respeto a la Diversidad Sexual, con el financiamiento del Programa de Coinversión Social (PCS) 2016 del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), presenta el Diagnóstico: “Atención a personas LGBTI en México. La condición en algunos estados del centro del país” con el objetivo de identificar los principales desafíos en materia de atención a personas lesbiana, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) de la zona centro del país, sobre el derecho a la educación, trabajo, seguridad social, salud, seguridad y justicia. Este diagnóstico se ha elaborado considerando que las personas LGBTI en México enfrentan procesos de discriminación para acceder a sus derechos y que pese a los diferentes esfuerzos por comprender el alcance de dicha discriminación, no en todos los casos ha sido estudiada a profundidad en el nivel estatal debido a la falta de información específica y especializada sobre la materia. Las personas LGBTI pueden enfrentar discriminación múltiple cuando además de su orientación sexual e identidad de género se les brinda un trato diferenciado injustificado en razón de sus características físicas, etarias, culturales, sociales, étnicas o económica, por mencionar algunas. Dichas discriminaciones pueden configurar violaciones a sus derechos humanos, algunas de las cuales han sido documentadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos1 y el Consejo Nacional para prevenir y eliminar la discriminación2. Dicha situación ha sido observada además por Organismos y Relatores de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La tendencia de los informes y pronun-

Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). (2010). Informe especial de la comisión nacional de los derechos humanos sobre violaciones a los derechos humanos y delitos cometidos por homofobia. Disponible en: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/informes/especiales/2010_homofobia.pdf. 1

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). (2014). Informe Anual de actividades y ejercicio presupuestal. Disponible en: http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/IA- 14%20Completo%20Final_INACCSS.pdf. 2

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ciamientos indica que la orientación sexual y la identidad de género se constituyen en causas de discriminación específicas. Esta discriminación además de ser una violación al derecho a la igualdad, se presenta como un obstáculo para el ejercicio de los derechos a la salud, el trabajo, la educación, la seguridad social, la justicia y los derechos de las víctimas, entre otros. En el ámbito laboral, las personas LGBTI pueden enfrentar situaciones de acoso así, prefieren ocultar su orientación sexual para protegerse de abusos en el espacio de trabajo. Esta discriminación se agrava cuando se trata de personas trans3. En materia de salud la Organización Mundial de la Salud ha observado que no se comprende de manera adecuada los problemas de cada uno de los grupos LGBTI, se les niega la atención en salud, reciben una atención inadecuada, se les restringe la posibilidad de incluir personas importantes en el tratamiento familiar o en funciones de apoyo o toma de decisiones, se les obliga a tomar tratamientos para “corregir o eliminar” la condición LGBTI4. En cuanto a sus derechos a la vida, la libertad y la integridad, desde el año 1999 se ha señalado que las personas LGBTI son sometidas a diversas

formas de violencia sexual, como castigo por traspasar las barreras de género. La condición LGBTI genera en los victimarios una conducta que deshumaniza a las víctimas lo que con frecuencia da lugar a malos tratos, inhumanos o degradantes5. La máxima expresión de esta violencia homofóbica, transfóbica, lesbofóbica, bifóbica, es el crimen de odio. “Para el período enero de 2013 y 31 de marzo de 2014, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, registró 594 asesinatos de personas LGBTI o que eran percibidas como tal, asimismo documentó 176 casos de ataques graves a las personas LGBTI en 25 Estados miembros de la OEA, incluido México”6. Algunas de las características asociadas a la discriminación múltiple, que además han sido consideradas factores de riesgo por los organismos de derechos humanos se relacionan con la discapacidad, el ejercicio del periodismo, la privación de la libertad, o el desarrollo de actividades como persona defensora de derechos humanos7. Durante los últimos años, en México han existido cambios legales y reconocimientos im5 Asamblea General de las Naciones Unidas. (2001). La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A/56/156. 31 de julio de 2001. Párr, 17 a 25.

Oficina Internacional del Trabajo. (2013) Discriminación en el trabajo por motivos de orientación sexual e identidad de género: resultados del estudio piloto. GB.319/LILS/INF/1. 16 a 31 de octubre de 2013. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/--- relconf/documents/meetingdocument/wcms_221738.pdf. 3

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Relatoría de los Derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex. (2014). Una Mirada a la violencia contra personas LGBT. Un Registro que documento actos de violencia entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de marzo de 2014. Anexo Comunicado de prensa 153/14. Washington 17 de diciembre de 2014. 6

4 Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). (2013). Abordar las causas de las disparidades en cuanto al acceso y la utilización de los servicios de salud por parte de las personas lesbianas, homosexuales, bisexuales y trans. Documento de exposición de conceptos. CD52/18. 30 de septiembre al 4 de octubre del 2013

La Comisión Interamericana de Derechos humanos se ha pronunciado en relación a estos temas, asimismo los ha documentado en informes temáticos. 7

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de discriminación que enfrentan y tengan un acercamiento a temas relacionados con sus derechos humanos, así como de los obstáculos que enfrenta para su goce efectivo. La aplicación contribuyó así en la reflexión sobre la propia condición de las personas encuestadas. El Diagnóstico fue realizado siguiendo las pautas de los estudios descriptivos – exploratorios. Este tipo de estudios son propios de investigaciones que indagan por temas poco conocidos. La revisión bibliográfica y la experiencia de Investigación de la Fundación Arcoíris han permitido constatar que la producción de conocimiento sobre las principales situaciones que enfrentan las personas LGBTI en espacios públicos y privados al acceder a sus derechos. Este tipo de estudios permite determinar tendencias, relaciones potenciales entre categorías y generar hipótesis para futuras investigaciones. Igualmente buscan encontrar cualidades de personas, grupos o comunidades o cualquier fenómeno sometido a análisis, para su develación o comprensión. Permite un uso moderado de la estadística por ejemplo frecuencias y porcentajes, asimismo permite analizar la magnitud de respuestas de las personas encuestadas en relación a dos preguntas específicas, en la lógica de presentación de tablas cruzadas8. Se usó un muestreo no probabilístico basado en la lógica de cuotas y aplicado a través de la estrategia denominada bola de nieve9. Este tipo

portantes para esta población. Por ejemplo, la Ley General contra la Discriminación, los recientes fallos de la Suprema Corte de Justicia respecto a la unión civil de personas del mismo sexo y el acceso a la adopción. Estos cambios no han sido homogéneos a lo largo del territorio mexicano y no necesariamente han venido acompañados de acciones de promoción de cambios culturales necesarios para que las personas LGBTI tengan un trato digno y acceso pleno a sus derechos, o de políticas públicas para la garantía de su ejercicio pleno, por lo que se hace necesario analizar las conductas y obstáculos a los que se enfrentan en ámbitos públicos y privados para ejercerlos. La identificación de estas situaciones a través de diagnósticos nacionales y regionales, fortalecen el trabajo de las instituciones, coadyuva al acompañamiento de personas LGBTI víctimas de delitos y violaciones a sus derechos, así como al establecimiento de pautas para que el acceso a la justicia sea un hecho. El estudio se realizó con la participación de organizaciones sociales y activistas en siete Estados de la zona centro: Estado de México, Zacatecas, Michoacán, Hidalgo, Querétaro, Guanajuato y Tlaxcala. Esta forma de trabajo favorece el impulso de una red de personas activistas o investigadoras de la zona centro del país, quiénes además de colaborar en la recolección de la información en sus localidades, establecieron contacto con organizaciones sociales LGBTI en su localidad. Igualmente la forma de recolección de información favorece que las personas que colaboraron con el llenado del cuestionario hagan un reconocimiento de las condiciones

Sampieri, R., Fernández – Collado, C., y Baptista, P. Metodología de la investigación 4º edición. McGraw Hill. México. 8

Scribano, A. (2007) Procesos de Investigación social cualitativo. Prometeo Libros. Buenos Aires Argentina, pp. 36. 9

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de muestreo se usó bajo dos supuestos: i) Cuotas establecidas para cada una de las personas LGBTI y ii) Las personas LGBTI encuestadas pueden sugerir a otras personas LGBTI para la aplicación de la encuesta en una lógica de confidencialidad y cercanía necesarias para el tipo de temas a tratar. La población objetivo fue personas lesbianas, gays u homosexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) que habitan en entidades federativas del centro del país. Para la recolección de la información se aplicó un cuestionario aplicado por personas expertas de las entidades federativas seleccionadas y la auto aplicación a través de medios digitales. El cuestionario estructurado contaba con 109 preguntas mayoritariamente de selección múltiple. Este tipo de cuestionario facilita y agiliza su aplicación en el tiempo previsto para el Diagnóstico. La aplicación dirigida permite profundizar en aquellos temas en los cuales estaba prevista la opción de respuesta “otros”, en una especie de entrevista no estructurada para comprender mejor el alcance de las respuestas. El cuestionario cuenta con reactivos de alternativa fija que ofrecen una elección entre dos o más alternativas10. Las más comunes fueron dicotómicas, en el cual la respuesta es del tipo si o no11. De acuerdo al tipo de pregunta se incorporó una tercera alternativa, del tipo “no sé” o “no aplica”. Entre las ventajas de los reactivos fijos se encuentra la mayor confiabilidad, la

facilidad de categorizar las respuestas y su fácil codificación. Igualmente se usaron escalas tipo Likert, que permiten conocer la frecuencia o cantidad de conductas o situaciones relacionadas con el objeto de investigación12. Se usaron reactivos abiertos, tipo: ¿cuáles? o explique su respuesta, que proporcionaron un marco de referencia para interpretar las respuestas ofrecidas en las escalas cerradas13. Entre las ventajas de las respuestas abiertas están su flexibilidad, la posibilidad de profundizar en un tema, la posibilidad de aclarar malos entendidos, lograr un estado de confianza con las personas entrevistadas y valorar de mejor manera sus actitudes, emociones y pensamientos. Sin embargo en este informe no se presenta un análisis detallado de este tipo de preguntas. El desarrollo del diagnóstico estuvo dividido en las siguientes etapas: i) redacción del marco teórico metodológico; ii) aplicación del instrumento de investigación en los estados; iii) sistematización de la información para su presentación gráfica; iv) redacción de informes regionales y del informes global de diagnóstico. Los resultados obtenidos coadyuvan con los procesos de política pública para la garantía del acceso y ejercicio de los derechos humanos de las personas LGBTI, y para el efectivo cumplimiento de los criterios de disponibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y calidad. Las diCañadas, O., y Sánchez, A. (1998) Categorías de respuesta en escalas tipo Likert. Psicothema, 1998. Vol. 10, Nº 3, pp. 623-631. España.

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Morales, P. (2011) Guía para construir cuestionarios y escalas de actitudes. Universidad Pontificia de Comillas. España. 10

Fernández y Baptista, M. (1998) Metodología de la Investigación. México. McGraw Hill.

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Kerlinger, F. (1997). Investigación del comportamiento. McGraw Hill. México.

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tendencias obtenidas para los diferentes reactivos del cuestionario aplicado; iii) principales tendencias en la cual se presenta un síntesis de resultados; iv) Recomendaciones y principales desafíos, capítulo en el cual se presentan sugerencias para avanzar en la garantía de los derechos humanos de las personas LGBTI. La Fundación Arcoíris por el Respeto a la Diversidad Sexual agradece al equipo de activistas, organizaciones y personas de la academia que participaron en el desarrollo de este diagnóstico en cada una de las entidades federativas seleccionas, así como a todas las personas LGBTI que generosamente han compartido la información sobre sus vidas.

mensiones que contempla el diagnóstico permiten conocer las percepciones que tienen las personas LGBTI sobre la violación o protección de sus derechos y cómo afecta a su condición económica y social. Este documento ha sido elaborado con el objetivo de presentar las tendencias generales identificadas, por lo que no incluye un análisis comparativo entre las diferentes entidades federativas analizadas, para las cuales se ha elaborado un informe. Se organiza en cuatro apartados: i) Marco teórico Metodológico, en el cual se presentan los elementos conceptuales y técnicos que orientaron el desarrollo de diagnóstico; ii) Análisis de resultados donde se presentan las

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MARCO TEÓRICO METODOLÓGICO

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a discriminación y violencia contra personas LGBTI (lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersexuales) tienen un origen y una expresión específicas y diferenciadas. Reconocer que existen estas formas de discriminación permite establecer acciones de prevención, protección, respeto, garantía y promoción especiales para la erradicación de la violencia contra estas personas. Igualmente el reconocimiento de estas formas de discriminación permite a las autoridades identificar la magnitud e intensidad de dicha situación sobre el ejercicio efectivo de los derechos humanos de personas LGBTI. Adoptar medidas especiales y dar un seguimiento especializado a los avances en la garantía de sus derechos. Siguiendo el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) “Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en América” del año 2015, se requiere un enfoque diferenciado en la atención y estudio de los obstáculos que enfrentan las personas LGBTI para el ejercicio de sus derechos humanos. La Comisión Interamericana ha sido muy clara expresando factores que incrementan las condiciones de riesgo y vulnerabilidad que enfrentan las personas LGBTI, un diagnóstico específico sobre estas personas requiere considerar los siguientes aspectos señalados en el informe de la Comisión14: r Las formas de violencia contra personas LGBT están basadas en el deseo del perpetrador de “castigar” dichas identidades, expresiones, comportamientos o cuerpos que difieren de las normas y roles de género tradicionales, o que son contrarias al sistema binario hombre/mujer. r La violencia se dirige a las demostraciones públicas de afecto entre personas del mismo sexo y a las expresiones de “feminidad” percibidas en hombres o “masculinidad” en mujeres. Puede tomar la forma de violencia médica ejercida contra personas cuyos cuerpos difieren de los estándares socialmente aceptados de cuerpos masculinos o femeninos, en intentos por Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2015) Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en América. OEA/Ser. L/V/II.Doc. 36.

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“arreglar su sexo”, entre otros. Los sistemas binarios de sexo y género han sido entendidos como modelos sociales dominantes en la cultura occidental que considera que abarcan sólo dos categorías rígidas, a saber, lo masculino/hombre y femenino/mujer, los cuales excluyen a aquellas personas que pueden no enmarcarse dentro de estas dos categorías (como las personas trans, otras expresiones de género o algunas personas intersex).Hay ausencia de disposiciones legales o administrativas que reconozcan todas las identidades de género y los derechos de todas las orientaciones sexuales e identidades. r La expresión de sexualidades e identidades no normativas con frecuencia se considera en sí misma sospechosa, peligrosa para la sociedad, o amenazante contra el orden social y la moral pública. Predomina un sesgo cultural a favor de las relaciones heterosexuales, conforme al cual dichas relaciones son consideradas “normales, naturales e ideales” y son preferidas sobre relaciones del mismo sexo o del mismo género. r La violencia contra las personas LGBT también ha sido caracterizada como una forma de “limpieza social”. r Las creencias y prejuicios sociales que perpetúan la idea de que las personas heterosexuales, cisgénero15 y aquellas que no son intersex son superiores a las personas

LGBT, contribuyen a una cultura de violencia estructural basada en el prejuicio hacia las orientaciones sexuales e identidades de género no normativas y cuerpos diversos. Es importante generar conocimiento sobre los derechos humanos de las personas LGBTI, desde un enfoque diferencial que permita obtener insumos para orientar la acción de las entidades públicas. Para tal efecto este diagnóstico ha sido elaborado desde el enfoque basado en derechos humanos (EDH). Este enfoque supone en primer lugar, que las preguntas de la herramienta de recolección de información, han sido diseñadas considerando elementos claves para el ejercicio de los derechos humanos, que han sido identificados en los instrumentos internacionales y en los informes de organismos internacionales. Se ha desarrollado el trabajo entendiendo que las personas LGBTI son sujetas y titulares de derechos humanos frente al Estado que es garante de su bienestar. En el mismo sentido el equipo de trabajo se posicionó desde una perspectiva, según la cual el ejercicio pleno de todos los derechos humanos es motor del bienestar individual y colectivo, esto incluye tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos sociales y culturales. Derivado de la aplicación del EDH se tiene que los resultados de este informe, si bien son útiles al Indesol para el desarrollo de sus acciones, los mismos podrán ser usados y analizados en esquemas o mecanismos de coordinación institucional e intragubernamental para el diseño y la implementación de políticas públicas que permitan superar los obstáculos para el ejercicio de derechos de las personas LGBTI.

Se usará el término cisgénero en el mismo sentido que la CIDH, referido a aquella persona cuya identidad de género coincide con el sexo que le fue asignado al nacer. Cisgénero es lo contrario de transgénero o trans.

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La situación que se refleja en este diagnóstico es un estado de cosas que deberán superarse progresivamente y sin regresividad en los avances logrados para el ejercicio de derechos. Esto supone esperar que con el tiempo las violaciones a los derechos de personas LGBTI tiendan a disminuirse conforme se avanza en las acciones institucionales de garantía en el nivel ejecutivo, legislativo y judicial. El diagnóstico ha sido elaborado buscando aportar a la elaboración de una política pública que armonice los principios de derechos humanos y las obligaciones del Estado con el marco de acción propuesto por los hacedores de políticas. Es decir, una política que se apegue a los principios de universalidad, la indivisibilidad, la interdependencia y no discriminación. Con la incorporación del EDH, la bondad de una política pública además de ser juzgada por la cantidad de bienes y medios producidos, debe ser valorada por su aporte a las capacidades que genera en las personas para alcanzar las realizaciones que libremente desea elegir. Como consecuencia, una política pública será adecuada en la medida en que aporte al desarrollo de las libertades de las personas LGBTI y al ejercicio de sus derechos16.

y emocional de las personas. Las expresiones de la orientación sexual son diversas y pueden o no variar en el ciclo vital de las personas. Las personas lesbianas, gays y bisexuales, ejercen dicha orientación de manera diferente a la heterosexual. Establecen relaciones sexo, eróticas y afectivas entre mujeres (lesbianas), entre hombres (gays) o con ambos sexos (bisexuales). El concepto de identidad de género, se usará para hacer referencia a “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales”17. La estructura del cuestionario ha sido diseñada siguiendo lo que en la literatura de políticas públicas y derechos humanos se conoce como elementos institucionales de los derechos, los cuales pueden ser entendidos como “obligaciones que constriñen la acción gubernamental al momento de diseñar la aplicación de los derechos (…) a) Conceptos claves La Ley Federal Para Prevenir y Eliminar estos elementos se corresponden con el deber la Discriminación prohíbe la discriminación inserto en la obligación de garantizar y de crear por preferencia sexual e identidad de género, la maquinaria institucional fundamental para la ninguna de las cuales define en su articulado. A realización del derecho”18 . efectos de este diagnóstico haremos referencia a 17 Grupo de Expertos. (2007). Principios de Yogyakarta: Principios la orientación sexual, en lugar de preferencia, para sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Marzo de hablar de la vivencia erótica, romántica, sexual 2007. Disponible en http://www.yogyakartaprinciples.org/principles_sp.pdf, página consultada el 6 de octubre de 2016, pp. 6.

Gómez, M., Pavón, D., y Sainz, H. (2013). Enfoque basado en derechos humanos en los programas y proyectos de desarrollo. CIDEAL – España. Páginas 69 a 95. 16

Serrano, S., y Vázquez, D. (2013). Los derechos humanos en Acción. FLACSO. México, p. 84.

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Tabla 1 . Definición de los elementos institucionales đƫ

Disponibilidad: el número de establecimientos, recursos, insumos, proyectos, bienes o servicios dispuestos para el cumplimiento de cada Derecho. Cobertura de servicios.

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Accesibilidad: las condiciones de acceso físico, geográfico, cultural, económico o de otra índole, y acceso a información sobre los servicios y Derechos. Costos para acceder a los servicios que no pongan en riesgo la satisfacción de otros Derechos.

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Calidad: la oportunidad, la integridad y la efectividad de las acciones, qué tanto satisface las expectativas de quien presta y quien recibe el servicio. Se define conforme a los estándares sectoriales, científicos, académicos y técnicos aceptados sectorialmente para cada Derecho.

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Aceptabilidad/Adaptabilidad: si los servicios responden a los valores de las personas usuarias. Si los servicios se ofrecen considerando de acuerdo a las características de género, pertenencia étnica, edad, discapacidad, orientación sexual.

Para indagar por el cumplimiento de las obligaciones en el acceso a estos componentes institucionales, se optó por preguntar a las personas encuestadas por sus experiencias en el acceso a los mismos. De esta forma los resultados de este cuestionario son fundamentalmente tendencias relativas a las percepciones de las personas encuestadas, sobre aspectos que estarían dando cuenta de elementos institucionales de los derechos analizados, mismo que se definen a continuación19. b) Derechos focalizados en el Diagnóstico Se focalizaron los derechos a la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, la seguridad personal y la justicia. Los primeros cuatro derechos fueron elegidos siguiendo los términos del artículo 6º de la Ley General de Desarrollo Social que reza “Artículo 6. Son Las definiciones de los derechos que se presentan a continuación han sido elaboradas tomando como referencia aquellas elaboradas para la investigación realizada por la Fundación Arcoíris para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, sobre la atención a personas LGBT en México en el año 2015.

derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Las personas LGBTI son víctimas de violencia física (asesinatos, palizas, secuestros, violaciones y agresiones sexuales) y psicológica (amenazas, coacciones, privaciones arbitrarias de la libertad). Dichos tipos de violencia son ejercidas por familiares o por personas desconocidas en espacios públicos, de manera espontánea o sistemática. Igualmente pueden provenir de grupos religiosos o paramilitares. Las mujeres lesbianas en particular son víctimas de ataques, violaciones, embarazos forzados y otro tipo de castigos por su orientación sexual20. De allí, en la importancia de focalizar los derechos a la seguridad personal y a la justicia

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Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. (2011). Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género. A/HRC/19/41. 17 de noviembre de 2011, párr. 20 a 23.

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la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo”21. La igualdad y la no discriminación son un principio básico y general de protección de los Derechos Humanos, y debe ser interpretado en tres sentidos: i) todas las personas tienen derecho a igual protección de la ley; ii) está prohibida cualquier discriminación en virtud de la ley; iii) se debe garantizar a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación22. Este principio crea las condiciones para el goce efectivo de los derechos humanos, todas las personas tienen el derecho a ser tratadas sin exclusión o restricción arbitraria23. De esta forma una persona es víctima de discriminación cuando enfrenta diferencias injustificadas en el acceso a sus derechos. Las definiciones por derecho se presentan a continuación.

interesaba conocer los niveles de afectación a estos derechos, las agresiones que reciben las personas LGBTI y los actores asociados con dichas afectaciones. Como se observa letras abajo, para lograrlo se tomaron como referencia delitos establecidos en el Código Penal Federal. De los artículos del Código se retomaron elementos que fueron convertidos en preguntas sobre vivencia o no de ciertos hechos delictivos. La extensión y tiempo de este diagnóstico exigieron limitar los alcances de exploración de cada derecho. Asimismo usar un cuestionario como forma de recolección de información impone límites de tiempos y de preguntas, por lo que fue necesario acotar aquellos aspectos prioritarios a los fines de los objetivos trazados para este estudio. Los derechos focalizados fueron analizados a la luz del derecho a la igualdad y no discriminación. La Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación, define esta última como: “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales,

Derecho a la salud

Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud24 que le permita vivir dignamente25. Entraña las libertades Frac. III, Artículo 1º, Capítulo I. Disposiciones Generales. Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación.

21

Naciones Unidas. (1989). Observación General Nº 18. No Discriminación. 22

Gutiérrez, J. (2006). El sistema Interamericano de protección de los derechos humanos y la prevención de la discriminación. En: De la Torre, C. Derecho a la no discriminación. México. Porrúa-UNAM.

23

El derecho a la salud esta contenido en el Artículo 4º constitucional mexicano“(…) Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general (…)”

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Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (2000).


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de controlar su salud y su cuerpo y los derechos como acceder a un sistema de protección de la salud que brinde a las personas oportunidades iguales para disfrutar del más alto nivel posible de salud. Abarca la atención de salud oportuna y apropiada, el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva. Otro aspecto importante es la participación de la población en todo el proceso de adopción de decisiones sobre las cuestiones relacionadas con la salud en los planos comunitario, nacional e internacional. El Relator

sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental señaló en 2010, que el efecto sanitario de la discriminación basada en el comportamiento y la orientación sexuales es enorme e impide a los afectados el acceso a otros derechos, así como la violación a otros derechos afecta la realización del derecho a la salud26. El derecho a la salud esta contenido en el Artículo 4º constitucional mexicano “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general”. Siguiendo la Observación General Nº 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se retomaron algunos elementos institucionales para la elaboración del cuestionario. Estos elementos institucionales se consideran necesarios para el cumplimiento de los principios 17 y 18 de los denominados Principios Yogyakarta27:

Observación General Nº 14. El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.

Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. (2010). Informe de Relator Especial Anand Grover sobre el sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. A/HRC/14/20. 27 de abril de 2010, párr. 6.

26

Los Principios de Yogyakarta, fueron elaborados por personas expertas en derecho internacional de los derechos humanos, a petición del ex Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Louise Arbour. Fueron presentados ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 26 de Marzo de 2007. Fundación Arcoíris. (2015). Diagnóstico Sobre Atención A Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans En México.

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Tabla 2. Elementos Institucionales del Derecho a la salud y principio de Yogyakarta asociados Elementos institucionales đƫ đƫ

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World Health Organization (WHO). (2015). Model List of Essential Medicines. April 2015.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

plenamente en sus comunidades30, debe ser garantizada por los Estados sin discriminación por ninguno de los motivos prohibidos internacionalmente, especialmente para grupos vulnerables de hecho y de derecho31, la prohibición de la discriminación no está supeditada ni a una implantación gradual ni a la disponibilidad de recursos, se aplica de manera plena e inmediatamente a todos los aspectos de la educación. Incluye la enseñanza técnica y profesional32. Retomando la Observación General Nº 3 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se consideraron los siguientes elementos. En la siguiente tabla se presenta la relación con el principio 16 de Yogyakarta.

Derecho a la Educación

La educación28 debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales29. Debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz. La educación es el principal medio que permite a las personas marginadas económica y socialmente salir de la pobreza y participar

En el marco constitucional mexicano este derecho esta reconocido en el artículo 3º. “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.

28

Comité de derechos Económicos, sociales y Culturales (DESC). Observación General Nº 13, párr., 1.

30

Comité de derechos Económicos, sociales y Culturales (DESC). Observación General Nº 13, párr., 6.

31

Comité de derechos Económicos, sociales y Culturales (DESC). Observación General Nº 13, párr., 15.

32

Naciones Unidas. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 3 de enero de 1976. 29

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 3. Elementos Institucionales derecho a la Educación y principio de Yogyakarta asociados Elementos Institucionales đƫ

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familiar; b) gastos excesivos de atención a la salud; “El derecho a la seguridad social es de im- c) apoyo familiar insuficiente, en particular para portancia fundamental para garantizar a todas los hijos y los familiares a cargo”33. las personas su dignidad humana cuando hacen De acuerdo con el Comité de Derechos Ecofrente a circunstancias que les privan de su ca- nómicos Sociales y Culturales (DESC) el sistema pacidad para ejercer plenamente los derechos de seguridad social debe abarcar la atención en reconocidos en el Pacto (…) incluye el derecho salud, las prestaciones en efectivo durante perioa obtener y mantener prestaciones sociales, ya dos de pérdidas de ingresos a personas que no sea en efectivo o en especie, sin discriminación, pueden trabajar y los periodos prolongados de con el fin de obtener protección, en particular enfermedad, las prestaciones para las personas contra: a) la falta de ingresos procedentes del adultas mayores, planes para sufragar la pérdida trabajo debido a enfermedad, invalidez, mater- o la falta de ingreso. nidad, accidente laboral, vejez o muerte de un 33 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC). Derecho a la Seguridad social

Observación General Nº 19, párrs. 1 y 2.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

El Comité ha señalado que incluye la protección a las personas trabajadoras que hayan sufrido un accidente laboral durante el empleo u otro trabajo productivo, las prestaciones familiares, las licencias de paternidad y maternidad, el apoyo a personas con discapacidad, finalmente incluye que se concedan prestaciones de super-

vivencia y de orfandad tras la muerte de familiar afiliado a la seguridad social o con derecho a una pensión, ésta debe incluir los gastos fúnebres. Los elementos institucionales en relación a este derecho se retoman de la Observación General Nº 19 su relación con los principios de Yogyakarta se presentan en la tabla siguiente.

Tabla 4. Elementos Institucionales del Derecho a la Seguridad Social y principio de Yogyakarta asociados Elementos institucionales

Principios de Yogyakarta

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mismo por motivos de (…) orientación sexual (…) [igualmente ha señalado que] los Estados deben abstenerse de denegar o limitar el acceso igualitario al trabajo digno, especialmente a las personas de grupos desfavorecidos o marginados (…) constituye una violación al Pacto toda discriminación en materia de acceso al mercado de trabajo o a los medios y prestaciones que permitan conseguir trabajo35.

Derecho al Trabajo

Comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado34. El Comité DESCA ha señalado que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “proscribe toda discriminación en el acceso al empleo y en la conservación del 34

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Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, artículo 6°.

Comité de derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC). Observación General Nº 18, párr. 12 y 23.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

El derecho al trabajo puede ser mejor comprendido con la revisión de los elementos institucionales definidos por el Comité DESCA en la Observación General Nº 18. El goce efectivo

de este derecho se logra a través de diferentes medidas, de acuerdo con el principio 12 de los principio de Yogyakarta, hay dos medidas centrales que los Estados deben adoptar.

Tabla 5. Elementos Institucionales del Derecho a la Seguridad Social Elementos institucionales đƫ đƫ

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La libertad y la seguridad personales son Este derecho, junto con los derechos a la vida derechos sustantivos, su privación es un medio y a la libertad, están contenidos por ejemplo en para obstaculizar el disfrute de otros derechos. el artículo 3° de la Declaración Universal de los La libertad personal se refiere a la ausencia de Derechos Humanos y el artículo 9° del Pacto confinamiento físico y la seguridad personal se Internacional de Derechos Civiles y Políticos. refiere a la protección contra lesiones físicas y Comprenden las obligaciones de “preservar la psicológicas. El Estado debe adoptar medidas integridad física, psíquica y moral de las personas, para proteger a las personas contra secuestros, así como su derecho a disfrutar de la libertad retenciones llevadas a cabo por grupos ilegales, y a no ser privadas de ella, excepto por las me- armados o terroristas, así como por organizadidas y condiciones establecidas previamente ciones legales como empleadores, escuelas u por las leyes. Por lo tanto, protegen a la persona hospitales. Incluye la protección ante amenazas de todo acto de privación arbitraria o ilegal de de muerte, ante amenazas previsibles, de actores la libertad, tortura y tratos crueles, inhumanos públicos o privados, contra la vida o integridad37. o degradantes (...) El derecho a la integridad Este derecho obliga a los Estados a “respersonal protege contra actos que causan a la ponder de forma adecuada contra cuadros de víctima dolor físico y sufrimiento moral”.36 violencias contra ciertas víctimas, como intimidación a defensores de los derechos humanos y 36 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. (2008). periodistas, represalias contra testigos, violencia Derecho a la Seguridad Personal

Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal. Parte V. Núcleo Sistema de Justicia. CDHDF. México. 413-559.

Comité de Derechos Humanos. Observación General Nº 35. Artículo 9 Libertad y seguridad personales.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

contra la mujer, incluida la violencia doméstica, hostigamiento a reclutas en las fuerzas armadas, violencia contra los niños, violencia contra las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género y violencia contra las personas con discapacidad” 38. Algunas medidas específicas contenidas en los principios de Yogyakarta son: Prevenir todas las formas de violencia y hostigamiento relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género y a brindar protección contra éstas. Imponer castigos penales apropiados frente a la violencia, amenazas de violencia, incitación a la violencia y hostigamientos relacionados con ella, motivados por la orientación sexual o la identidad de género de cualquier persona o grupo de personas, en todas las esferas de la vida, incluyendo la familia. Asegurar que la orientación sexual o la identidad de género de la víctima no sea utilizada para justificar, disculpar o mitigar dicha violencia. Asegurar que la perpetración de tal violencia sea investigada vigorosamente y, en aquellos casos en que se encuentren pruebas apropiadas, se presenten cargos legales contra las personas responsables, se las lleve a juicio y se las castigue debidamente, y que a las víctimas se les brinden recursos y resarcimientos apropiados, incluyendo compensación. Emprender campañas de sensibilización, dirigidas al público en general como también a perpetradores y perpetradoras reales o potencia-

les de violencia, a fin de combatir los prejuicios subyacentes a la violencia relacionada con la orientación sexual y la identidad de género. Derecho a la Justicia

El derecho al acceso a la justicia, consiste en que “todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil”39. El sistema de justicia remite al conjunto de normas y órganos destinados a prevenir o resolver controversias penales, civiles, administrativas, laborales, etc., en las que están implicados particulares y órganos del Estado40. Las medidas establecidas en el principio 8 deYogyakarta sobre este derecho son las siguientes: Prohibir y eliminar el trato prejuicioso basado en la orientación sexual o la identidad de género en todas las etapas del proceso judicial, en procedimientos civiles y penales y en todo procedimiento judicial y administrativo que determine los derechos y las obligaciones, y asegurarán que no se impugne la credibilidad o el carácter de ninguna persona en su calidad de parte, testigo/a, defensor/a o tomador/a de 39

Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 14.1.

Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal (2007). México. Pág. 415.

40

Comité de Derechos Humanos. Observación General Nº 35. Artículo 9 Libertad y seguridad personales, párr. 9.

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AtenciĂłn a personas LGBTI en MĂŠxico, la condiciĂłn en algunos Estados del Centro del PaĂ­s.

decisiones en base a su orientaciĂłn sexual o identidad de gĂŠnero; Proteger a las personas contra acusaciones penales o procedimientos civiles que sean motivados enteramente o en parte por prejuicios acerca de la orientaciĂłn sexual o la identidad de gĂŠnero; Emprender programas de capacitaciĂłn y sensibilizaciĂłn dirigidos a jueces y juezas, personal de los tribunales, fiscales, abogados, abogadas y otras personas en cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminaciĂłn, incluidos los concernientes a la orientaciĂłn sexual y la identidad de gĂŠnero.

Delitos focalizados

Un delito es un acto u omisiĂłn que sanciona las leyes penales, puede ser instantĂĄneo cuando se agota en el mismo momento en que se han realizado todos sus elementos constitutivos; permanente o continuo cuando la consumaciĂłn se prolonga en el tiempo continuado cuando una unidad de propĂłsito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo se viola el mismo precepto legal41. Los delitos que guiaron la construcciĂłn de las preguntas del cuestionario fueron los siguientes: Diario Oficial de la FederaciĂłn. CĂłdigo Penal Federal. TĂ­tulo primero: responsabilidad penal. CapĂ­tulo I. Reglas generales sobre delitos y responsabilidad. ArtĂ­culo 7Âş. 41

Tabla 6. CĂłdigo Penal Federal delitos analizados para la elaboraciĂłn del cuestionario Delito

DefiniciĂłn y DelimitaciĂłn Ä‘ĆŤ

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Reglas generales sobre delitos y responsabilidad. ArtĂ­culo 7Âş.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Delito

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Definición y Delimitación đƫ đƫ đƫ đƫ

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Fuente: Fundación Arcoíris. Investigación para la elaboración de un diagnóstico sobre atención a personas LGBT en México. Elaborado para la CEAV en el año 2015.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

ANÁLISIS DE RESULTADOS

A

continuación se presentan los resultados del cuestionario aplicado, para lo cual se han organizado en apartados de acuerdo a los temas de interés en Diagnóstico En un primer apartado se han incluido las características sociodemográficas de la población que participó en el estudio. a) Datos sociodemográficos El estudio está focalizado en siete entidades federativas de la zona centro: Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Querétaro, Tlaxcala y Zacatecas. Como se observa en la tabla siguiente se cuenta con información de personas de otras entidades federativas, esto puede deberse a que el cuestionario circuló en redes sociales o a que las personas encuestadas asumieron esta pregunta como lugar de origen. Tabla 7. Número de personas por entidad federativa Estado

Total

Querétaro

59

Hidalgo

80

Guanajuato

85

Estado de México

86

Michoacán

90

Zacatecas

91

Tlaxcala

104 16

Otras

1

Sin información

2

Total general

613

Incluye Coahuila, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Ciudad de México y Sinaloa. 1

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Se aplicó un total de 613 cuestionarios42, entidades federativas no focalizadas. Como era 16 de los cuales corresponden a personas de de esperarse, siguiendo la lógica del muestreo por cuotas, cada entidad federativa representa 42 Como se podrá observar en algunas preguntas el total de cuestio- entre 13 y 16 por ciento, exceptuando el caso de narios será de 612 o 613, esto se debe a que en algunas ocasiones Querétaro donde el contacto con las personas una persona no respondió la pregunta dejando el campo vacío. En algunas preguntas se hacen visibles dichos campos visibles, en otros LGBTI tuvo algunas dificultades. sencillamente fue eliminado dicho caso.

Porcentaje de participantes por rango de edad

La mayoría de las personas encuestadas etarios, sobre todo si se consideran los procesos (58.81%) estaba entre los 21 y 29 años de edad, de transición demográfica y envejecimiento43. 16.80% entre los 30 y los 39. Se observa que los grupos de 18 a 20 con 15.17%, de 40 a 49 43 “El proceso de transición demográfica ha llevado a que México con 6.2%, de 50 a 59 con 2.1%. Las edades experimente cambios en la estructura poblacional. La transición resulta del descenso de las tasas de fecundidad y mortalidad, así de personas adultas mayores fueron las me- como de la reducción del número de hijos por mujer en edad nos representadas. Estudios posteriores deberán reproductiva y el aumento de la esperanza de vida al nacer, factores que se han convertido quizá en dos de los principales efectos orientarse hacia el exploración de estos grupos demográficos de dichos cambios. Nacen menos niñas y niños y la población en su conjunto tiende a vivir más años”. Cardona, L. (2013) Feminización de la vejez: una aproximación a los derechos humanos de las mujeres adultas mayores. Revista Dfensor. Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. México.

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes por identidad étnica

Siete de cada diez personas se considera menos del 10% se identifica con otras pertemestiza. Diez de cada cien se consideran blancas. nencias étnicas. Siguiendo la gráfica anterior se observa que Número de participantes por orientación sexual e identidad de género

Si bien se reconoce la existencia de diversas formas de orientación sexual, se priorizaron cuatro formas, ya explicadas en el marco teórico. Analizando dichas orientaciones se observa que 135 mujeres, 10 mujeres trans, 3 hombres trans y 3 personas intersex, se identifican como lesbianas. En lo que hace a las persona homo-

sexuales o gay, se observa que 179 se identifican como hombres, 7 como hombres trans, 1 mujer trans, y 28 mujeres. La mayoría (88) de personas bisexuales son mujeres, 49 son hombres, 15 mujeres trans, 3 personas eran intersex o hombres trans. Finalmente se identificó un grupo de personas que se considera heterosexuales. De estas

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

y amistosas, formas de exclusión social y de convivencia lenguajes y espacios de socialización, entre otras muchas características, que impiden formular una visión taxativa sobre estos sujetos y colectivos”44.

18 eran mujeres trans, 11 hombres, 4 mujeres, 2 hombres, 1 persona intersex. Estas diversidades son una muestra de las complejidades que entrañan el ejercicio de la sexualidad y de las identidades de género. Estas diversidades se explica en que por ejemplo personas trans que consideran concluido sus proceso de concordancia sexo genérica, se identifican finalmente como hombres y como mujeres. La diversidad sexual se expresa en una gran variedad de “pertenencias, identidades, prácticas, vínculos sexuales y afectivos, redes sexuales

Roses, R., y Brito, A. (2012). Crímenes de odio por homofobia. Un concepto en construcción. SEDESoL. Letra S. México, Disponible en: http://www.clam.org.br/uploads/arquivo/Informe%20 Crimenes%20de%20odio%20M%C3%A9xico.pdf, página consultada el 9 de octubre de 2016, pp. 13, citado en el Diagnóstico de Atención a personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans en México, elaborado por la Fundación Arcoíris para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

44

Porcentaje de participantes por estado civil

En relación al estado civil o situación legal de las relaciones de pareja, se observa que 7 de cada 10 personas señala estar soltera. Solo 1 de cada 10 señaló estar casada, y 2 de cada 10 o estar separada o divorciada.Apenas 4 de cada 10 esta casada. Esto puede explicarse en diferentes vías: i) las personas solteras no tiene pareja con la que deseen casarse o no desean casarse; ii) las personas solteras aunque tienen pareja no

pueden casarse debido a las restricciones legales y culturales que persisten en algunos estados en relación al matrimonio igualitario; iii) esto también puede deberse a que las personas encuestadas están aplazando las uniones legales o definitivamente no están interesadas en el uso de la figura legal para el establecimiento de las relaciones.

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AtenciĂłn a personas LGBTI en MĂŠxico, la condiciĂłn en algunos Estados del Centro del PaĂ­s.

Porcentaje de participantes segĂşn nĂşmero de hijos o hijas

Apenas un 12% reporta al menos tener un hijo o hija. El 88% seĂąala que no tienen hijos o hijas. En el mismo sentido que el anterior esto puede deberse a que personas que quisiera adoptar no pueden acceder a este derechos, sin embargo hay que considerar que la mayorĂ­a son personas jĂłvenes y que quizĂĄs

no estĂŠn interesadas en ser madres o padres. Considerando el estado civil estas tendencias en el nĂşmero de hijos e hijas puede deberse a que la mayorĂ­a de personas no estĂĄ en una relaciĂłn estable, la cual podrĂ­a estar asociada con el deseo de tener familias integradas por hijas e hijos.

Tabla 8. OcupaciĂłn principal de las personas encuestadas Â

Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general 1

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1

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1

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17

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6

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2

7

29

1

18

%*#1*

Total general

2

3


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

A continuación se analizan las ocupaciones de las personas encuestadas. Analizando aquellas ocupaciones con mayores frecuencias, de manera general se observa que de las 612 personas que contestaron esta pregunta 180 son estudiantes, 170 son empleadas de entidades públicas o privadas, 69 señalaron el auto empleo en negocio

propio, 66 son profesionistas independientes, 35 personas se dedican al trabajo sexual, y 29 son docentes. Analizando la información por identidades de género la tendencia es idéntica para todas las identidades, excepto para las mujeres trans quienes en su mayoría se dedican al trabajo sexual.

Porcentaje de participantes en condición de vulnerabilidad social-política

Como se señaló en el marco teórico existen otras características que podrían incrementar las condiciones de vulnerabilidad de las personas encuestadas. De las opciones presentadas en el cuestionario se obtuvo que 30 de cada 100 se dedican a acciones de defensa de derechos

humanos, lo que implica gran visibilidad para estas personas en sus entidades federativas. Solo 5% de las personas encuestadas reportó las demás alternativas de respuesta. El 61% señala que no se dedica a ninguna de estas actividades.

Tabla 9. En los últimos 3 años ha realizado acciones de defensa, promoción o protección de derechos de personas LGBTI No

303

Si

309

Sin información

1

Total general

613

30


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Pese a que 6 de cada diez considera que no es persona defensora de derechos humanos, la mitad de las personas encuestadas, señala que

en los últimos tres años ha realizado acciones de defensa, promoción o protección de los derechos de personas LGBTI.

Número de participantes por identidad de género e ingreso quincenal

ocupados del país es de $11,002 pesos. En cinco de las diez áreas de conocimiento el ingreso promedio se encuentra por arriba del ingreso promedio a nivel nacional”45. Asimismo es importante considerar que en los años 2012 y 2014, se presentó una reducción de los ingresos, “de acuerdo con los datos del INEGI, en 2014 el ingreso corriente total promedio trimestral por hogar se redujo en términos reales en 3.5% entre 2012 y 2014”46.

Si bien la mayoría de personas está estudiando la mayoría de ellas tienen un ingreso en los rangos propuestos en el instrumento de investigación. Esto significa que tienen alguna actividad lucrativa, reciben apoyo económico por parte de sus familiares, o bien cuentan con becas o apoyo económicos para sus estudios. Haciendo el análisis por identidades de género se observa que la mayoría de hombres, hombres trans, mujeres y mujeres trans gana entre 2000 y 6000 pesos al mes. Se observa que el menor nivel de ingresos corresponde al rango de 20 mil pesos mensuales. Estas tendencias son reflejo de la tendencia nacional, “Al segundo trimestre de 2016, el ingreso promedio mensual de los profesionistas

Observatorio Laboral. Información disponible en http://www. observatoriolaboral.gob.mx/swb/es/ola/tendencias_del_empleo_profesional?page=5. Página consultada el 9 de octubre de 2016.

45

CONEVAL. Información disponible en: http://www.coneval.org. mx/SalaPrensa/Documents/Comunicado005_Medicion_pobreza_2014.pdf. Página consultada el 9 de octubre de 2016.

46

31


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Número de participantes por máximo nivel educativo alcanzado

b) Salud En este apartado se presentan las tendencias relativas a las percepciones de las personas encuestadas en relación al acceso y calidad de la salud. Estas tendencias incluyen la percepción del estado de salud, el uso de servicios médicos, así como la valoración que hacen de los servicios médicos.

El máximo nivel educativo logrado por las mujeres que fueron encuestadas es licenciatura (52.7%), seguida de preparatoria(36%), posgrado (6.44%) y secundaria (4.29%). Esta tendencia se mantiene igual para el caso de los hombres con porcentajes de 46.6%, 32.29%, 10.92% y 4.62% respectivamente. En el caso de las personas trans el mayor número (44.33%) de personas tenía hasta el nivel de preparatoria.

Número de participantes según tipo de servicio de salud

32


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

con afiliación a los servicios de salud, en tanto que en el primer grupo esta situación se presenta para 19.33% de los casos. En el caso de las personas intersex 28.57% no cuentan con afiliación a los servicios de salud, 14.29% está afiliada a servicios de salud de Pemex, 14.29% al seguro popular, con el mismo porcentaje se encontró un grupo de personas que cuenta con seguros privados.

La mayoría de mujeres (40.34%) está afiliada al IMSS, 20.6% no cuenta con afiliación a salud, 9.44% esta afiliada al ISSSTE. La mayoría de mujeres trans (37.11%) esta afiliada al seguro popular y 29.9% no cuenta con afiliación a los servicios de salud. En lo que hace a los hombres y los hombres trans, se observa que la mayoría de los dos grupos 42% y 29.02% respectivamente, cuenta con IMSS. En el caso del segundo se observa que 25.81% no cuenta

Porcentaje de participantes por identidad de género según frecuencia con la que acuden a un centro de salud o servicio médico

Se observa que aunque hay un nivel medio de afiliación a los sistema de salud, dicho servicios parecen no estar siendo usados por las personas encuestadas. Este bajo uso podría explicarse en una condición o percepción de un adecuado estado de salud, en falta de recursos o falta de disponibilidad de servicios adecuados. Las siguientes preguntas de este apartado tienen por objeto identificar posibles causas de esta tendencia. Como se observa en la gráfica siguiente, también interesa analizar si considerando la orientación sexual se presentan variaciones en las frecuencias de uso de servicios de salud.

Se observa que en los cinco grupos analizados la tendencia es considerar que asisten poco a un centro de salud o servicio médico. Llama la atención que el grupo que presenta el porcentaje más alto de asistencia a los servicios son las personas intersex con un valor de 71.43%, el grupo de hombres trans acumula el mayor porcentaje en suficientes veces con 25.81%. Las personas que se identificaron con otras identidades no disponibles en el instrumento resultan ser quienes presentan frecuencias más altas en el uso de los servicios de salud.

33


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes por orientación sexual según frecuencia con que acuden a un centro de salud o centro médico

Al igual que en el análisis por identidades la tendencia es acudir pocas veces a los centros de salud o centros médicos. La tendencia de menor uso la encabezan las personas bisexuales siendo

que 7 de cada 10 considera de va pocas veces. Para el resto de las orientaciones esta frecuencia solo se observa en 6 de cada 10 o de 5 de cada 10 como en el caso de las personas homosexuales.

Tabla 10. Tipos de servicios de salud a los que acude Bisexual No sé

Heterosexual

Homosexual o Gay Lesbiana

Otro

Total general

2.48%

0.00%

2.31%

0.65%

2.38%

1.81%

Privados

32.92%

63.89%

27.78%

32.03%

33.33%

32.73%

Públicos

64.60%

36.11%

68.98%

65.36%

64.29%

64.64%

0.00%

0.00%

0.93%

1.96%

0.00%

0.82%

Sin información

Sesenta de cada cien personas acude a servicios de salud privados y 30 de cada cien usa servicios privados. Esta tendencia es más marcada en el caso de las personas homosexuales quienes solo dos de cada 10 hace uso de servicios

privados. Siguiendo las orientaciones sexuales se observa que la mayoría de personas heterosexuales (63.89%) acude a servicios privados. Recordemos que la mayoría de personas heterosexuales eran personas trans.

34


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según identidad de género y razón principal para asistir al médico

En todos los casos se observa que la mayoría de personas encuestadas, asiste al médico solamente para atender problemas de salud. Dos de cada diez personas intersex acude al médico

para dar seguimiento a alguna enfermedad. Una de cada diez mujeres trans, 2 de cada 10 hombres trans, acude al médico para prevenir enfermedades.

Tabla 11. Cuál es la razón principal por la que NO utiliza los servicios de salud o asiste al médico Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Total general

Creo que no necesito ir al médico

āăċććŌ

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ĈċĉąŌ

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El servicio es malo

ĂāċĈąŌ

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ĂăċĈĂŌ

ĂĂċĉĉŌ

ĈċăĂŌ

ĂāċĂĊŌ

Me discriminan

āċĂąŌ

āāċāāŌ

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āċăāŌ

āąċćăŌ

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Me enfermo poco

ăĉċĆāŌ

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ăĉċćĀŌ

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ĆăċććŌ

ąāċĆĉŌ

Me quedan muy lejos

āċĉćŌ

ĀċĀĀŌ

āċĉćŌ

āċăāŌ

ĂċąąŌ

āċćĆŌ

No hay servicios médicos de calidad

āĂċąĂŌ

ĀċĀĀŌ

ąċāĊŌ

ćċĆąŌ

ĂċąąŌ

ćċćĀŌ

No sé a dónde puedo acudir

āċĂąŌ

ĂċĈĉŌ

ĂċĈĊŌ

āċăāŌ

ĀċĀĀŌ

āċĉĂŌ

Otro

ĂċąĉŌ

ĀċĀĀŌ

ąċćĆŌ

ăċĊĂŌ

ĂċąąŌ

ăċąĈŌ

Son muy costosos

ćċĉăŌ

ĀċĀĀŌ

ćċĆāŌ

ĈċāĊŌ

ąċĉĉŌ

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Sin información

ĀċĀĀŌ

ĀċĀĀŌ

āċĉćŌ

ăċĂĈŌ

ĀċĀĀŌ

āċąĊŌ

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

Cuatro de cada diez personas considera que se enferma poco, razón por la cual no asiste a los servicios se salud. Sin embargo dos de cada diez personas bisexuales, homosexuales y lesbianas, y una de cada diez heterosexuales señalan que no

asisten debido a que valoran que los servicios de salud son malos. Finalmente 11.88% del total de personas encuestadas considera que no asiste dado que no necesita ir al médico.

35


AtenciĂłn a personas LGBTI en MĂŠxico, la condiciĂłn en algunos Estados del Centro del PaĂ­s.

Tabla 12. En su vida diaria tiene limitaciones para realizar estas actividades Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Total general

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100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

Si bien el 88% de las personas encuestadas reporta no tener ninguna de las limitaciones para realizar alguna de las actividades que se muestran en la tabla 12, cuatro de cada diez personas bisexuales y homosexuales, y cinco de cada diez lesbianas tienen problemas para ver

aun usando lentes. Tres de cada diez lesbianas tienen problemas para caminar, moverse, subir o bajar escaleras. Las demĂĄs limitaciones se presentan entre una o dos personas de cada una de las orientaciones.

Porcentaje de participantes que consideran que hay o no servicios de salud adecuados para atender personas LGBTI

La calidad de los servicios de salud, requiere de estudios especĂ­ficos. Sin embargo se considera que la percepciĂłn que puedan tener las personas encuestadas puede resultar una primera aproximaciĂłn. En este sentido se indagĂł si consideran que existen servicios de salud adecuados

para atender personas LGBTI. Se observa que la mayorĂ­a de hombres trans (54.84%) y mujeres trans (57.7%), asĂ­ como la mayorĂ­a de personas intersex (57.14%), y de mujeres (54.08%) consideran que no hay servicios adecuados.

36


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según identidad de género y frecuencia en la que consideran que el personal médico y de enfermería está capacitado para atender personas LGBT

En cuanto a la capacitación del personal médico y de enfermería para la atención de personas LGBTI, se encontró lo siguiente. El 55.04% de los hombres considera que pocas veces ocurre que el personal mencionado esté capacitado, 21.85% señaló que suficientes veces,

15.55% consideró que nunca. En el caso de los hombres trans contradictoriamente cerca del 20% señaló que nunca y suficientes veces el personal esta capacitado. Las tendencias son similares en el caso de las mujeres y las mujeres trans.

Porcentaje de participantes según orientación sexual de acuerdo a la frecuencia en la que consideran que el personal médico y de enfermería está capacitado para atender personas LGBT

Al analizar la información por orientación sexual se tiene que entre 5 y 6 de cada diez personas de todas las orientaciones opina que el personal médico y de enfermería está capa-

citado para atender a personas LGBTI. Tres de cada 10 personas heterosexuales y dos de cada 10 personas de las demás orientaciones señaló que nunca esta capacitado el personal de salud.

37


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según orientación sexual que han recibido información sobre enfermedades en los servicios de salud

Se ha señalado en el marco teórico que el acceso a la información es un elemento institucional central del derecho a la salud. La mayoría de las personas de todas las orientaciones señaló que no ha recibido información sobre enferme-

dades en los servicios de salud. Se suma a esta falta de información en los servicios de salud, una valoración negativa sobre la capacitación del personal médico.

Porcentaje de participantes según identidad de género que han recibido información sobre enfermedades en los servicios de salud

Al analizar por identidades de género se observa que cerca de 8 de cada diez hombres trans y siete de cada 10 personas de las demás

identidades, confirman la tendencia antes descrita sobre el acceso a la información relativa a enfermedades. Estas tendencias por identidad

38


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

de género resultan preocupantes en las personas trans e intersex dado que sus procesos de reasignación sexo género suponen además del acompañamiento psicológico, el uso de

hormonas, las adecuaciones corporales, y las consecuentes secuelas que dichos procesos podrían tener sin adecuado suministro y seguimiento.

Porcentaje de participantes según orientación sexual y valoración que hacen sobre la información relacionada con enfermedades asociadas a personas LGBT

Entre 36% y 41% de las personas, valora Entre 24.84% y 21.30% consideran que la como adecuada la información relacionada información con la que cuentan es poco adecon enfermedades asociadas con personas LGTI. cuada. Porcentaje de participantes que manifestaron su orientación sexual en los servicios de salud

39


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

El 62.73% de las personas bisexuales y el 45.75% de las lesbianas no manifestaron su orientación sexual en los servicios de salud. 72.22% de las personas heterosexuales, 64.35%

de los homosexuales y 71.43% de las personas que contestaron otra orientación diferente a las disponibles en el cuestionario manifestaron su orientación sexual.

Porcentaje de participantes a las que le han negado la posibilidad de afiliarse al sistema de salud

Seis de cada diez personas señala que no ha vivido experiencias de negación en los procesos de afiliación al sistema de salud, es posible que

32.63% nunca haya intentado afiliarse, y cuatro de cada diez persona señala que se le negó la afiliación.

Porcentaje de participantes según frecuencia en la que consideran que los servicios médicos para personas LGBT son de calidad

40


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Cerca de 70 personas de cada cien considera que los servicios médicos para personas LGBTI son de calidad solo ocasionalmente, cerca de 20

de 100 consideran que nunca, y solo cerca de 2 de cada 10 que con frecuencia y 6.20% que siempre son de calidad.

Porcentaje de participantes que pudieron estar con su pareja en los servicios de atención médica

Solo un 3.10% requirió estar con su pareja en los servicios de atención médica y le negaron la presencia de la pareja. La mayoría de personas no lo ha requerido. 14.68% lo requirió y puedo estar con su pareja. Este elemento del derecho a la salud, relacionado con el soporte emocional durante los procesos de salud de enfermedad es central. Una profundización sobre este punto será analizar posteriormente si se presentan di-

ferencias entre personas según su estado civil, y si se presentan diferencias por grupos etarios. La primera línea de análisis es importante debido a que si la mayoría de personas está soltera, quizás no vive con su pareja o no la tiene. La segunda esta asociada con los procesos de aceptación social o no, que viven y han vivido las diferentes generaciones de personas LGBTI.

Porcentaje de participantes según orientación sexual y frecuencia en la que consideran que los servicios médicos para personas LGBT son de calidad

41


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

38.89% de las personas heterosexuales opina- que ocasionalmente. Esta última tendencia se ron que los servicios médicos nunca son buenos, presenta en las demás orientaciones, en las cuales 64.6% de las personas bisexuales consideran 5 de cada diez opina lo mismo. Porcentaje de participantes según orientación sexual según frecuencia en la que les fue negada la atención médica

El 13% de hombres, 44% de hombres trans, negado los servicios de salud, el resto de personas 12% de personas intersex, 44% de las mujeres en cada caso señaló que nunca le fue negada la señalaron que por lo menos alguna vez les han atención médica. Porcentaje de participantes según frecuencia en la cual le han obligado a tomar tratamientos relacionados con su condición LGBT

Las mayoría de personas (78.79%) respondió que nunca le han obligado a tomar tratamientos relacionados con su condición LGBTI, el 21.21%

restante señaló que por lo menos alguna vez le obligaron en este sentido.

42


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según frecuencia en la que le recomendaron ocultar su condición LGBT en los servicios de salud

Entre seis y siete de cada diez personas de todas las orientaciones analizadas, señalaron que nunca les han recomendado ocultar su orientación en los servicios de salud. En el resto de los

casos, 4 y 3 personas de cada diez se encontró que por lo menos una vez se les ha recomendado ocultar la condición LGBTI.

Porcentaje de participantes según orientación sexual en la que le han negado servicios de salud argumentado por su condición LGBT

A la mitad de personas heterosexuales le han negado los servicios de salud por lo menos alguna vez por su condición LGBTI. A cerca de

4 de cada 10 que eligieron la opción otros, y a dos de cada lesbiana u homosexual, les negaron la atención por ser LGBTI.

43


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes que expresaron ser LGBT y que recibieron comentarios peyorativos por su condición

c) Educación En materia del derecho a la educación fue importante identificar qué porcentaje de las personas encuestadas estaban estudiando. Si recibieron educación en derechos humanos, si fueron discriminadas y por cuáles actores educativos fueron discriminadas.

Se identificó que 45.43% de las personas que expresaron su orientación sexual nunca fueron discriminadas por su condición, lo que significa que más de la mitad de las personas que expresaron su orientación han recibido comentarios peyorativos por su condición al menos una vez.

Porcentaje de participantes según orientación sexual que se encuentra estudiando actualmente

La mitad de las personas bisexuales, 33.33% de las personas heterosexuales, 35.65% de las personas

homosexuales y 42.11% de las lesbianas, estaba estudiando al momento de aplicación de la encuesta.

44


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según identidad de género que se encuentra estudiando actualmente

Siguiendo las identidades de género se encontró que el 100% de las personas intersexuales está estudiando al momento de llenar el cues-

tionario, 40% de los hombres, 32.26% de los hombres trans, y 47.64% de las mujeres trans. Y apenas un 14.29% de las mujeres.

Porcentaje de participantes por identidad de género y tipo de institución educativa en la que están estudiando

La mayoría de personas encuestadas que estudian están en instituciones educativas públicas. De estas 28.99% son hombres, 25.81

son hombres trans, 42.86% intersex, 34.33% son mujeres, 25.77% son mujeres trans y el 33 restante señaló la opción otro.

45


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes según tipo de institución educativa y acceso a la educación en derechos humanos de personas LGBT

Se observa que tanto en las instituciones públicas como en las privadas la mayoría de personas, siete de cada diez, no ha recibido

educación relativa a los derechos humanos de las personas LGBTI.

Porcentaje de participantes según valoración que hacen de la información con la que cuentan sobre derechos de personas LGBT

Veinte de cada cien considera que la información con la que cuenta en relación a los derechos humanos de las personas LGBTI es poco adecuada, 21.41% señaló que no cuenta

con información sobre sus derechos, 12.75% nada adecuada. Solo 10 de cada cien señalaron que la información con la que cuentan es muy adecuada.

46


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes que manifestaron su orientación sexual en los espacios educativos según frecuencia en la que sufrieron discriminación

Al cruzar las respuestas relativas a expresión de la orientación sexual y la discriminación en los espacios educativos se obtuvo que 67.55%

de las personas que nunca han sido discriminadas corresponde a personas que expresaron su orientación.

Porcentaje de participantes por identidad de género y nivel educativo donde han percibido mayores niveles de discriminación contra personas LGBT

Los hombres percibieron mayores niveles de discriminación en la secundaria, seguida de la preparatoria. En el caso de los hombres trans la mayor discriminación fue percibida en la preparatoria seguida de la secundaria. Las personas

intersex señalaron que vivieron discriminación en la primaria y en la preparatoria por igual. La mayoría de las mujeres señalaron que no se les discrimina por su identidad de género.

47


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 13. Niveles de discriminación por actores educativos Las estudiantes

Los estudiantes

Los docentes

Las docentes

El personal directivo

El personal de intendencia

Los padres de familia

Las madres de familia

Algo

34.15%

26.19%

36.27%

32.90%

32.68%

23.53%

24.63%

26.43%

Bastante

22.88%

37.15%

19.77%

13.26%

11.93%

11.60%

26.43%

23.98%

Mucho

10.13%

23.08%

11.11%

5.89%

9.31%

8.33%

18.43%

12.40%

Nada

6.37%

3.76%

9.64%

16.20%

18.46%

27.12%

10.28%

11.26%

Poco

25.65%

8.51%

20.92%

30.93%

26.47%

28.27%

18.76%

24.63%

Sin información

0.82%

1.31%

2.29%

0.82%

1.14%

1.14%

1.47%

1.31%

Considerando los niveles educativos asignados a cada actor educativo, se identificaron los niveles de discriminación percibidos para sietes actores educativos. Se observa que 25.65% considera que las estudiantes discriminan poco, 37.15% que los estudiantes discriminan bastante. Tendencia que podría ser relevante para los análisis sobre acoso escolar homofóbico en los espacios educativos. En cuanto al personal docente 36.27% y 32.9% discriminan algo. Un 26.47% opina que el personal directivo discri-

mina poco, lo que podría explicarse en un bajo contacto de este actor educativo con los y las estudiantes, 28.27% señaló que el personal de intendencia discrimina poco. Unos actores centrales del proceso educativo fuera del entorno escolar son las madres y los padres de familia. Los resultados arrojan que la mitad de las personas entrevistadas perciben que las madres discriminan algo (24.63%) o poco (24.63%), y que los padres discriminan algo (32.9%) o bastante (26.43%).

Tabla 14. Formas de discriminación experimentadas en los espacios educativos Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general

Me han golpeado

44.68%

0.00%

2.13%

8.51%

44.68%

0.00%

100.00%

Me han insultado

43.20%

5.60%

1.60%

26.80%

21.60%

1.20%

100.00%

Me han rechazado

40.52%

5.88%

1.31%

28.10%

23.53%

0.65%

100.00%

Se han burlado de mi

45.93%

5.28%

1.22%

27.24%

19.92%

0.41%

100.00%

Me excluían de actividades educativas

46.15%

5.13%

1.28%

23.08%

23.08%

1.28%

100.00%

Me excluían de los espacios de participación

33.33%

7.69%

0.00%

28.21%

30.77%

0.00%

100.00%

Considerando las formas de discriminación y violencia vivida en los espacios educativos, se observa que los hombres representan el mayor porcentaje en todas las formas de discriminación. Siendo que los porcentajes más altos para este grupo se observan en la exclusión de las acti-

vidades académicas (46.15%), la burla (45.93%) y los golpes (44.68%). Siguiendo la misma lógica para el caso de las mujeres trans, el mayor número de casos se agrupó en agresiones físicas (44.68%) seguido de exclusión de las actividades deportivas, y rechazo (23.53%).

48


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 15. Reacciones o medidas ante la discriminación en los espacios educativos Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general

Informó a su mamá o papá

26.47%

11.76%

2.94%

35.29%

23.53%

0.00%

100.00%

Consideré que era inútil quejarse

44.66%

6.80%

2.91%

27.18%

17.48%

0.97%

100.00%

Me cambié de institución

38.46%

7.69%

0.00%

26.92%

26.92%

0.00%

100.00%

Puse una queja con las autoridades de la escuela

36.07%

6.56%

0.00%

37.70%

19.67%

0.00%

100.00%

Deje de decir que era LGBTI

47.76%

2.99%

0.00%

38.81%

10.45%

0.00%

100.00%

Negaba que era LGBTI

48.84%

6.98%

1.16%

26.74%

16.28%

0.00%

100.00%

Sentía enojo y frustración

39.77%

7.39%

1.70%

30.68%

19.32%

1.14%

100.00%

Faltaba a clase

31.82%

12.12%

4.55%

21.21%

30.30%

0.00%

100.00%

16

6

2

1

9

1

35

Pensé en acabar con mi vida

Las reacciones ante la discriminación son diversas. Analizando cada una de las opciones del cuestionario se tiene que la mayoría de personas que informaron en sus familias de los hechos de discriminación fueron las mujeres (35.29%), seguida de los hombres (26.47%). La mayoría de personas que consideró que quejarse era inútil fueron hombres (44.66%), seguido de las mujeres (27.18%). El cambio de instituciones se presentó en 38.46% de los casos de hombres, y 26% en mujeres y mujeres trans con el mismo porcentaje en los dos casos. El mayor número de personas que interpusieron quejas ante las autoridades educativas fueron 37.7% mujeres, hombres (36.07%), y cerca de 20% mujeres trans. Cuatro de cada diez hombres y tres de cada diez mujeres dejaron de manifestar su orientación sexual. Cuatro de cada diez hombres,

dos de cada diez mujeres, y una de cada mujer trans negaba su condición LGBTI. Finalmente se encontraron casos extremos 16 de hombres, 6 de hombres trans, 2 de intersex, 1 de mujeres y 9 de mujeres trans que pensaron en algún momento en acabar con su vida por motivo de la discriminación y violencia vivida en los espacios educativos. d) Seguridad social y derecho al trabajo En este apartado se presentan las tendencias relativas a los derechos a la seguridad social y el trabajo. Se han hecho cruces de preguntas por orientación sexual y por identidades de género a efecto de analizar si se presentan diferencias entre grupos.Al igual que los apartados anteriores la información se presenta en tablas cruzadas y gráficos de porcentajes o número de personas.

49


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes por identidad de género que está trabajando actualmente

Siete de cada diez hombres, cinco de cada como se observó en el apartado de características sodiez hombres trans, seis de cada diez mujeres y ciodemográficas la mayoría tienen trabajos o empleos mujeres trans están trabajando actualmente. Pero informales o fuera de entidades públicas y privadas. Tabla 16. Tipo de pruebas o exámenes que le han solicitado para ingresar a un trabajo Tipo de pruebas

Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general

Estado civil

45.14%

4.70%

1.57%

37.62%

9.72%

1.25%

100.00%

Sin información

32.12%

5.84%

0.73%

37.96%

22.63%

0.73%

100.00%

Prueba de VIH

37.68%

10.14%

0.00%

11.59%

39.13%

1.45%

100.00%

Sin información

38.40%

4.93%

0.82%

42.09%

13.14%

0.62%

100.00%

Prueba de embarazo

0.00%

10.53%

0.00%

86.84%

2.63%

0.00%

100.00%

Sin información

40.81%

5.22%

0.77%

35.20%

17.21%

0.77%

100.00%

Pruebas psicológicas

50.00%

4.49%

1.28%

32.05%

11.54%

0.64%

100.00%

Sin información

34.45%

5.74%

0.96%

40.43%

17.70%

0.72%

100.00%

Del total de personas que seleccionaron la opción estado civil, como parte de lo que se les ha requerido para ingresar a un trabajo, son hombres con 45.14%, seguido de mujeres 37.62%. Se observa que las personas trans representan en esta pregunta 11%. En lo que hace a las pruebas de VIH, se observa que en su mayoría son

mujeres trans 39.13%, seguida de los hombres con 37.68%. asimismo se observa 11.59% eran de las mujeres y un 10.14% hombres trans. Se buscó establecer si a las personas encuestadas se les han pedido pruebas de embarazo para ingresar a un trabajo. Del total de personas que respondieron esta pregunta 86.84%

50


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

eran mujeres, 10.53% hombres trans y 2.63% mujeres trans. Finalmente se observa que del total de personas encuestadas, que marcaron la opción de pruebas psicológicas 50 de cada 100 eran hombres, 30 eran mujeres, cerca de 12 mujeres trans y cerca de cinco hombres trans.

En lo que respecta a las personas intersex se observa que no seleccionaron las opciones propuestas debido a que en su mayoría están estudiando y posiblemente no han trabajado o no han enfrentado este tipo de requerimiento para el ingreso a un trabajo.

Tabla 17. Frecuencia con la que percibe que recibe el mismo trato que personas heterosexuales Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Con frecuencia

25.00%

4.69%

38.28%

25.78%

6.25%

No aplica

34.38%

9.38%

31.25%

21.88%

3.13%

Nunca

21.36%

7.77%

35.92%

19.42%

15.53%

Ocasionalmente

27.08%

5.21%

34.38%

28.13%

5.21%

Siempre

30.77%

7.69%

40.38%

17.31%

3.85%

Sin información

40.00%

0.00%

0.00%

60.00%

0.00%

A efectos de explorar posibles escenarios cuencia perciben que reciben el mismo trato de discriminación en los espacios laborales, que las personas heterosexuales en los espacios se preguntó a las personas LGBTI, con qué fre- laborales. Porcentaje de participantes por identidad de género que está trabajando actualmente

Seis de cada diez de los homosexuales consideran que el trato a las personas LGBTI en los espacios laborales es muy bueno, cuatro de cada

diez consideran que es muy malo. La mitad de las lesbianas no respondió esta pregunta, dos de cada diez consideran que el trato es muy malo o malo.

51


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

La opinión de las personas bisexuales en este tema está dividida. En casi todos las opciones de respuesta se observa que al menos dos personas

de cada diez estaría de acuerdo con cada opción propuesta en el instrumento de recolección de información.

Porcentaje de participantes según frecuencia en la cual las personas LGBT son tratadas en igualdad de condiciones que las personas heterosexuales

Analizando las valoraciones sobre la igualdad de trato de las personas encuestadas, se observa que 42.2% de las que consideran que el trato igualitario se da siempre son homosexuales, 27.46% son bisexuales, 4.93% son lesbianas y apenas un 4.93% son personas heterosexuales.

En el caso de quienes contestaron que nunca se da un trato igualitario se observa una tendencia similar, 43.9% eran homosexuales, 26.83% lesbianas, 12.2% bisexuales. Se observa que entre dos y tres personas de cada diez personas de las cuatro orientaciones consideran que el trato es igualitario, se presenta ocasionalmente o con frecuencia.

Porcentaje de participante según frecuencia en la que han vivido hostigamiento, acoso o discriminación por su condición LGBT

52


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Se observa que algunas personas encuestadas han vivido hostigamiento, acoso o discriminación por su condición LGBTI en los espacios laborales. De las personas que siempre viven estas situaciones se observa que 51.72% eran homosexuales, 20.69% bisexuales, 13.79% lesbianas.

Quienes las viven con frecuencia son mujeres lesbianas 32.35%, 29.41% homosexuales, 14.71% heterosexuales y 10.29% bisexuales. Algunas personas también eligieron la opción ocasionalmente, la mayoría de estas eran homosexuales (39,78%), 23.66% bisexuales, 22.58% lesbiana, y 5.38% heterosexuales.

Porcentaje de participantes según frecuencia en la que consideran que ser LGBT ha sido obstáculo para acceder a un empleo

El ocultamiento de la condición LGBTI en los espacios laborales, puede ser una estrategia para evitar situaciones de acoso y discriminación. Se observa que de aquellas que respondieron que siempre ocultan su condición LGBTI 29.55%

eran homosexuales, 28,41% lesbianas y con el mismo porcentaje bisexuales. En el caso de quienes no han ocultado su condición LGBTI 41.22% eran homosexuales, 25.19% bisexuales, 20.61% lesbianas.

Porcentaje de participantes según frecuencia en la que han sentido que debe ocultar su condición LGBT en los espacios laborales

53


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Casi cuatro de cada diez homosexuales, tres de cada diez bisexuales y dos de cada tres lesbianas, consideran que su condición LGBTI ha sido un obstáculo para acceder a un empleo.

Lo que significa que más de la mitad de las personas de cada orientación ha percibido que es un obstáculo siempre, ocasionalmente o con frecuencia.

Tabla 18. Reacciones frente a la discriminación en los espacios laborales Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Cambié de trabajo

16.67%

13.89%

33.33%

16.67%

19.44%

Deje de decir que era LGBTI

27.91%

4.65%

41.86%

20.93%

4.65%

Faltaba al trabajo

0.00%

20.00%

80.00%

0.00%

0.00%

Ignoré lo que pasaba

21.46%

5.48%

37.44%

29.68%

5.94%

Negaba que era LGBTI

35.29%

3.92%

35.29%

25.49%

0.00%

No aplica

37.50%

5.95%

26.19%

23.21%

7.14%

Pensé en acabar con mi vida

0.00%

18.18%

54.55%

9.09%

18.18%

Puse una queja ante autoridades

0.00%

5.56%

50.00%

27.78%

16.67%

Puse una queja con mi jefe o jefa

27.66%

0.00%

44.68%

21.28%

6.38%

Sin información

22.22%

0.00%

22.22%

55.56%

0.00%

la condición LGBTI era otra posible respuesta, de quienes eligieron esta opción 35.29% eran homosexuales, 35.29% bisexuales, 25.49% lesbianas. La mayor parte de personas con ideaciones suicidas eran homosexuales 54.55%, seguido de heterosexuales (18.18%) y lesbianas (9%). En lo que hace al reclamo ante autoridades se obtuvo que 5 de cada 10 personas que eligieron esta opción eran homosexuales y dos de cada diez lesbianas, siendo las personas bisexuales aquellas que no eligieron esta opción de respuesta.

Frente a la discriminación las respuestas son diversas. Una opción es cambiar de trabajo, del 100% de quienes eligieron esta opción se observa que la mayoría eran homosexuales (33.33%), 16.67% lesbianas, 16.67% bisexuales y 13.89% heterosexuales. Otra reacción prevista en el cuestionario fue el ocultamiento de la condición LGBTI, de quienes contestaron esta opción cuatro de cada diez eran homosexuales, 27.91% bisexuales, 20.93% lesbianas, 4.65% heterosexuales. El ausentismo laboral fue elegido por 8 de cada 10 homosexuales y 2 de cada 10 heterosexuales. La negación de

54


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Porcentaje de participantes que cuentan o no con prestaciones sociales

Al analizar si las personas participantes en el diagnóstico cuentan con prestaciones sociales se observa que 60% de las mujeres no respondieron esta pregunta, 38.46% señaló tener prestaciones, 35.98% no cuenta con acceso a este derecho y 40.54% que no aplica, debido quizás a que no

trabaja o tiene una ocupación en la que no se le garantiza este derecho. En relación a los hombres se observa que 50.77% de los hombres cuenta con prestaciones sociales, 32.2% no tienen este derecho, en 35.81% de los casos no aplica, y 20% no contestó la pregunta.

Porcentaje de participantes que recibieron salario en períodos de enfermedad

En períodos de enfermedad el 31.51% de los hombres, 16.13% de los hombres trans, 42.86% de las personas intersex, 27, 16% de las mujeres y 12.37% de las mujeres trans señalaron no recibir salario en períodos de en-

fermedad. Lo que indica que aun contando con prestaciones sociales, como en el caso de los homosexuales, se tienen que dicha prestaciones no han incluido ingreso en momentos de incapacidad médica.

55


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

e) Derecho a la seguridad personal y la justicia Se buscó establecer si las personas encuestadas han sufrido agresiones contra su vida, su libertad y su integridad personal.Asimismo fue importante conocer las valoraciones y experiencias de las

personas que participaron en el estudio relativas a su relación con las autoridades públicas. En particular en casos de detenciones. Se integraron algunas preguntas relacionadas con el uso de mecanismos de justicia en casos de agresiones.

Porcentaje de participantes según identidad de género que ha sufrido agresiones físicas por ser persona LGBT

El 62.89% de las mujeres trans señaló haber sido víctima de agresiones físicas. En el caso de hombres trans esta tendencia es de 51.61%, en tanto que para el caso de hombres y mujeres

fue de 35.19% y 23.61% respectivamente. En el caso de las personas intersex la violencia se ha presentando en el 28.57% de los casos.

Porcentaje de participantes según orientación sexual y que vivieron agresiones físicas por ser persona LGBT

56


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Analizando la tendencias de la vivencia de agresiones por orientación sexual se observa que la mayoría de personas que fueron agredidas

se auto identifican como lesbianas (59.52%), 42.13% como homosexuales, 38.89% como heterosexuales y 30.43% como bisexuales.

Tabla 19. Personas que infringieron la agresión Actores de la agresión

Porcentaje

Policía

14.11%

Sin información

85.89%

Total general

100.00%

Persona desconocida

31.23%

Sin información

68.77%

Total general

100.00%

Familiar

11.73%

Sin información

88.27%

Total general

100.00%

Pareja

2.89%

Sin información

97.11%

Total general

100.00%

Amigo

5.38%

Sin información

94.62%

Total general

100.00%

Amiga

2.35%

Sin información

97.65%

Total general

100.00%

Se pidió a las personas participantes que señalaran quiénes les han agredido físicamente. En esta opción de respuesta se podía elegir más de una opción de respuesta. Se decidió, para facilitar el análisis, presentar las respuestas para

cada actor de la lista, de esta forma se observa que las personas desconocidas fueron mencionadas por 31.23% de las personas encuestadas, seguida de policía con 14.11%, familiar 11.73%, 5.38% amigo, 2.89% pareja y 2.35% amiga.

57


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 20. Secuelas que dejaron las agresiones físicas Tipo de secuelas de las agresiones físicas

Número de personas

Daño que dejó huella material en su cuerpo

60

Sin información

553

Total general

613

Una cicatriz en la cara, perpetuamente notable

24

Sin información

589

Total general

613

Lesión que perturbe para siempre la vista

1

Sin información

612

Total general

613

Lesión que disminuyó la facultad de oír

4

Sin información

609

Total general

613

Lesión que entorpezca o debilite permanentemente una mano, un pie, un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las facultades mentales.

4

Sin información

609

Total general

613

Lesión de la que resulte una enfermedad segura o probablemente incurable

1

Sin información

612

Total general

613

La inutilización completa o la pérdida de un ojo, de un brazo, de una mano, de una pierna o de un pié, o de cualquier otro órgano

2

Sin información

611

Total general

613

Lesiones que pongan en peligro la vida

6

Sin información

607

Total general

613

A efecto de valorar la gravedad de las lesiones se buscó determinar si las personas afectadas por agresiones físicas, además tenían secuelas de dichos hechos. El número de casos por lesiones se observa en la tabla anterior. Nótese que

la secuela con más número de menciones fue daño que dejó huella material en el cuerpo. Esta pregunta era de opción múltiple, sin embargo se privilegió el análisis por tipo de secuelas. En 24 casos las personas tienen lesiones permanente

58


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

en la cara debido a las lesiones. En seis casos la lesiones recibidas pusieron en riesgo la vida de las personas encuestadas. Asimismo se observan

dos casos de daños permanente en órganos y un caso en el que las agresiones llevaron a una enfermedad permanente o incurable.

Tabla 21. Frecuencia en la que ha sido víctima de insultos, gritos, agresiones verbales por su condición LGBTI Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general

Con frecuencia

16.39%

29.03%

42.86%

14.59%

32.99%

16.67%

19.28%

No Aplica

10.50%

3.23%

0.00%

15.45%

1.03%

0.00%

10.29%

Nunca

15.13%

16.13%

14.29%

13.73%

8.25%

16.67%

13.56%

Ocasionalmente

52.94%

35.48%

28.57%

50.64%

27.84%

66.67%

47.06%

Siempre

4.20%

16.13%

0.00%

4.72%

29.90%

0.00%

8.99%

Sin información

0.42%

0.00%

14.29%

0.86%

0.00%

0.00%

0.65%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

mujeres (50.64%), de la opción con frecuencia se obtuvo que la mayoría de personas agredidas que eligieron esta opción fueron las personas intersex. En la opción nunca la mayoría eran hombres trans.

Al analizar las frecuencias en las que las personas LGBTI entrevistadas fueron víctimas de insultos gritos o agresiones verbales, se observa que en la frecuencia siempre 29.9% son mujeres trans, en la opción ocasionalmente la mayoría son

Tabla 22. Frecuencia en la que ha sido víctima de insultos, gritos, agresiones verbales por su condición LGBTI Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Otro, ¿Cuál?

Total general

Con frecuencia

16.15%

30.56%

19.44%

19.61%

21.43%

0.00%

19.25%

No Aplica

18.63%

16.67%

7.41%

7.19%

0.00%

0.00%

10.28%

Nunca

14.91%

11.11%

12.04%

14.38%

16.67%

0.00%

13.54%

Ocasionalmente

45.96%

22.22%

49.07%

51.63%

42.86%

80.00%

47.15%

Siempre

4.35%

19.44%

11.11%

5.23%

19.05%

20.00%

8.97%

Sin información

0.00%

0.00%

0.46%

1.96%

0.00%

0.00%

0.65%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

Al analizar las frecuencias en las que las personas LGBTI entrevistadas fueron víctimas de insultos gritos o agresiones verbales siguiendo la orientación sexual, se observa que la mayoría (45.96%) de personas bisexuales opina que se le agrede ocasionalmente. La mayoría (30.56%) de

personas heterosexuales opina que recibe insultos con frecuencia. La mayoría de homosexuales (49.07%) y la mayoría de lesbianas (51.63%) coinciden en que este tipo de agresiones se presenta ocasionalmente.

59


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 23. Número de personas según tipo de amenazas que han recibido Tipo de amenazas

Total

Despido laboral

34

Sin información

578

Total general

612

Divulgación de su condición LGBTI

145

Sin información

467

Total general

612

De muerte

48

Sin información

564

Total general

612

Obstáculos para recibir derechos o servicios

36

Sin información

576

Total general

612

De agredir a pareja o familiares

60

Sin información

552

Total general

612

De recibir daños físicos permanente o irreparables

71

Sin información

541

Total general

612

De obstáculos para ascender en su trabajo

18

Sin información

594

Total general

612

De recibir peor salario o no recibir pago

13

Sin información

599

Total general

612

De ser corrido de la casa en la que vive

48

Sin información

564

Total general

612

De violación o acoso sexual

95

Sin información

517

Total general

612

60


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

La principal amenaza que perciben las personas LGBTI es que se divulgue su condición LGBTI sin su consentimiento, esto lo reportaron 145 personas. Las amenazas de violación o acoso sexual se han presentado en 95 de los 612 casos siendo la segunda amenaza seleccionada, seguida de amenazas de recibir daños físicos permanente

con 71 caos, o de agresiones a parejas y familiares en 60 casos. En 48 casos las personas LGBTI han sido amenazadas de muerte o de ser expulsada del hogar en el que habita. Las agresiones se han visto en el acceso a servicios en 36 casos, asimismo en 13 casos las personas han sido amenazadas con un peor salario o de no recibir un pago.

Tabla 24. Personas que percibieron ser detenidas alguna vez por su condición LGBTI Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Total general

No

73.91%

66.67%

69.44%

80.39%

61.90%

72.70%

No aplica

22.36%

16.67%

15.74%

15.69%

9.52%

17.11%

3.11%

16.67%

14.35%

1.96%

26.19%

9.21%

Si Sin información Total general

0.62%

0.00%

0.46%

1.96%

2.38%

0.99%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Se encontró que 16.67% de las personas heterosexuales, 14.35% de las personas homosexuales, y 26.19% de quienes eligieron otra

orientación sexual reportan que fueron detenidas por su condición LGBTI.

Tabla 25. Vivencias durante la detención Tipos de vivencias durante la detención

Total

Tipos de vivencias durante la detención

Total

No me dijeron la razón de la detención

32

Sin información

580

Me golpearon en el lugar de la detención

11

Total general

612

Sin información

601

Total general

612

Me incomunicaron por horas

22

Sin información

590

Me obligaron a auto inculparme de delitos que no cometí

10

Total general

612

Sin información

602

Total general

612

Me golpearon durante la detención

22

Sin información

590

Me insultaron por ser LGBTI

40

Total general

612

Sin información

572

Total general

555

Estuve detenido o detenida por mucho tiempo sin derecho a un abogado

12

Me insultaron por ser periodista, activista, trabajador sexual

19

Sin información

600

Sin información

593

Total general

612

Total general

612

Me golpearon durante el recorrido de la detención

11

Sin información

601

Total general

612

61


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Las personas que fueron detenidas vivieron diferentes tipos de agresiones, en 40 casos fueron insultadas por su condición LGBTI, en 32 casos no les brindaron información del motivo de la detención, en 22 casos se les incomunicó por horas, en 19 recibieron insultos por ser perio-

dista, activista o trabajadora sexual. Asimismo se vieron casos de detención sin derecho a un abogado (12), les golpearon durante la detención (11), les golpearon en el recorrido de la detención (11) o les obligaron a auto inculparse de delitos que no cometieron (10).

Tabla 26. Lugar de la detención Lugares de detención

Total

Cárcel

7

Sin información

605

Total general

612

Celda

23

Sin información

589

Total general

612

Centro de detención migrante

2

Sin información

610

Total general

612

Si bien el total de personas que fue detenida no señaló el lugar de detención, se observa que en 23 casos las personas fueron detenidas en

celdas, en dos casos en centros de detención migrante y en 7 casos en cárceles.

Tabla 27. Personas por orientación sexual que han acudido a la justicia para denunciar delitos o agresiones Bisexual

Heterosexual

Homosexual o Gay

Lesbiana

Otro

Total general

No

30.43%

27.78%

43.98%

30.72%

47.62%

36.35%

No aplica

64.60%

55.56%

42.59%

60.78%

28.57%

52.80%

Si

4.97%

16.67%

12.04%

7.19%

23.81%

10.03%

Sin información

0.00%

0.00%

1.39%

1.31%

0.00%

0.82%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

Se observa que del 35.3% de personas bisexuales que han requerido el uso de instituciones de justicia solo un 4.97% han ido ante las autoridades. En el caso de personas heterosexuales se observa que de 44.44% que lo ha

requerido ha ido un 16.67%. Entre el 57.41% de homosexuales que lo podría haber requerido solo un 12.04% va. Finalmente en el caso de las lesbianas de 39.22% ha recurrido a las autoridades un 7.19%.

62


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 28. Experiencias negativas ante autoridades Tipo de experiencia

Total

He acudido y nunca hacen nada

86

Sin información

526

Total general

612

He acudido y me recomendaron no denunciar

31

Sin información

581

Total general

612

He acudido y recibí un trato despótico por parte de la autoridad

29

Sin información

583

Total general

612

Se han negado a recibir mi denuncia

23

Sin información

589

Total general

612

He acudido y dijeron que la culpa era mía por ser LGBTI

33

Sin información

579

Total general

612

No sabía que podía denunciar

24

Sin información

588

Total general

612

Las personas que han acudido a las autoridades o han establecido contacto con éstas por otros motivos señalan diferentes experiencias negativas. Siendo la más mencionada con 86 casos, que las autoridades han sido inoperantes. En 33 casos las autoridades culparon a las personas encuestadas de los hechos ocurridos

debido a su condición LGBTI. En 31 casos se les recomendó no presentar la denuncia, en 29 de los casos el trato fue despótico, en 23 casos la autoridad se negó a recibir la denuncia, finalmente se observa un grupo de 24 personas que no sabían que podían denunciar.

Tabla 29. Personas que han sido obligadas a pagar cuotas para el desarrollo del trabajo sexual Hombre

Hombre trans

Intersex

Mujer

Mujer trans

Otro

Total general

No

11.76%

12.90%

0.00%

7.73%

32.99%

16.67%

13.56%

No Aplica

86.13%

77.42%

85.71%

90.56%

53.61%

83.33%

82.19%

Si

1.26%

9.68%

0.00%

0.86%

13.40%

0.00%

3.43%

Sin información

0.84%

0.00%

14.29%

0.86%

0.00%

0.00%

0.82%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

100.00%

Total general

63


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Se observa que en todas las identidades hay un porcentaje de personas dedicadas al trabajo sexual. En el caso de los hombres un 1.26% ha sido obligado a pagar cuotas para el desarrollo

de esta actividad, 9.68% de los hombres trans han vivido esta situación. En el caso de las mujeres y las mujeres trans un 0.86% y 13.4% respectivamente.

Tabla 30. Agresiones infringidas por servidores públicos Tipo de agresiones

Total

Fue violenta

27

Sin información

585

Total general

612

La insultó

79

Sin información

533

Total general

612

Demoró injustificadamente el servicio o derecho

45

Sin información

567

Total general

612

Impidió que accediera al servicio o derecho

24

Sin información

588

Total general

612

Incumplió los términos establecidos por la ley

18

Sin información

594

Total general

612

Le sugirió ocultar su identidad sexual para ser atendida o atendido

38

Sin información

574

Total general

612

Se encontraron casos de agresiones de servidores públicos a personas LGBTI. El mayor número de casos (79) recibieron insultos, seguido de demoras injustificadas en el acceso a un derecho con 45 personas. En 38 casos las

autoridades le sugirieron a las y los denunciantes ocultar su condición LGBTI. En 24 casos y en 27 casos las autoridades impidieron que se accediera a un derecho o fue violenta con la persona detenida.

64


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 31. Vivencias de hostigamiento y acoso en relaciones de subordinación Vivencias de hostigamiento

Total

Asedio con fines lascivos

35

Sin información

577

Total general

612

Hostigamiento sexual al punto de padecer situaciones de ansiedad y angustia extremas

39

Sin información

573

Total general

612

Le obligaron a tener relaciones sexuales sin su aprobación

26

Sin información

586

Total general

612

Le obligaron a ejecutar actos sexuales

33

Sin información

579

Total general

612

Le obligaron o presionaron para exhibir su cuerpo sin su aprobación.

19

Sin información

593

Total general

612

Le forzaron a realizar actos sexuales no deseados o consensuados.

32

Sin información

580

Total general

612

Las relaciones de subordinación son espacios que pueden resultar propicios para acciones de coerción o amenaza. De las situaciones de hostigamiento o acoso analizadas se observa que de mayor a menor número de menciones el más seleccionado fue hostigamiento sexual (39), seguido de asedio con fines lascivos (35), presiones para tener relaciones sexuales (33), le

forzaron a tener actos sexuales no consensuados (32), le obligaron a tener relaciones sexuales sin su aprobación (26) y finalmente le obligaron a exhibir partes de su cuerpo (19). Es importante considerar que esta pregunta era de opción múltiple y que los resultados que se presentan representan la frecuencia con la que la opción fue seleccionada.

65


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

Tabla 32. Tipos de violencia familiar que han enfrentado las personas encuestadas Tipo de violencia familiar

Total

Dominio

57

Sin información

555

Total general

613

Control

92

Sin información

520

Total general

613

Agresión física

90

Sin información

522

Total general

613

Agresión psicológica

244

Sin información

368

Total general

613

Agresión patrimonial o económica

62

Sin información

550

Total general

557

Al analizar las forma de violencia familiar se observa que en 244 casos las personas han sido víctimas de agresiones psicológicas, en 92 casos han sido víctimas de control, 90 personas han sido víctimas de agresiones físicas, 62 de violen-

cia patrimonial y 57 han vivido relaciones de dominio. Dado que era una respuesta de opción múltiples, es importante señalar que es posible que una misma persona haya seleccionado más de una opción.

Tabla 33. Familiares que infringen la agresión Familiar Esposa

Total

Familiar 4

Sin información

608

Total general

612

Mamá

108

Sin información

504

Total general

612

Papá

134

Sin información

478

Total general

612

Hermano o hermana

89

Sin información

523

Total general

612

66

Total

Otros familiares

129

Sin información

483

Total general

612

Pareja Hombre

31

Sin información

581

Total general

612

Pareja mujer

4

Sin información

608

Total general

612


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

De acuerdo con lo reportado por las personas que participaron en el diagnóstico se observa que el papá resultó ser el actor principal de las agresiones con 134 casos, otros

familiares en 129 , las mamás en 108 caos, los y las hermanas en 89 casos. Finalmente se observaron 31 casos donde el agresor fue la pareja de sexo masculino.

67


PRINCIPALES TENDENCIAS

S

e aplicó un total de 613 cuestionarios. La mayoría de las personas encuestadas (58.81%) tenía entre 21 y 29 años de edad. Siete de cada diez personas se considera mestiza. Diez de cada cien se consideran blancas.

Del total de personas encuestadas 135 mujeres, 10 mujeres trans, 3 hombres trans y 3 personas intersex, se identifican como lesbianas. En lo que hace a las persona homosexuales o gay, se observa que 179 se identifican como hombres, 7 como hombres trans, 1 mujer trans, y 28 mujeres. La mayoría de personas bisexuales son mujeres (88), 49 son hombres, 15 mujeres trans, 3 personas eran intersex u hombres trans. Finalmente se identificó un grupo de personas que se consideran heterosexuales, de estas 18 eran mujeres trans, 11 hombres, 4 mujeres, 2 hombres, 1 persona intersex. En relación al estado civil o situación legal de las relaciones de pareja, se observa que 7 de cada 10 personas señala estar soltera. Solo 1 de cada 10 señaló estar casada. Solo 12% reporta al menos tener un hijo o hija. De las 613 personas 180 son estudiantes, 170 son empleadas de entidades públicas o privadas. Se obtuvo que 30 de cada 100 se dedican a la defensa de derechos humanos, lo que implica gran visibilidad para estas personas en sus entidades federativas. Seis de cada diez considera que no es persona defensora de derechos humanos, sin embargo la mitad de las personas encuestadas, señala que en los últimos tres años ha realizado acciones de defensa, promoción o protección de los derechos de personas LGBTI. El máximo nivel educativo logrado por las mujeres que fueron encuestadas es licenciatura (52.7%), seguida de preparatoria (36%), posgrado (6.44%) y secundaria (4.295). Esta tendencia se mantiene igual para el caso de los hombres con porcentajes de 46.6%, 32.29%, 10.92% y 4.62% respectivamente. En el caso de las personas trans el mayor número (44.33%) de personas tenía hasta el nivel de preparatoria.

68


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

a) Salud La mayoría de mujeres (40.34%) está afiliada al IMSS, 20.6% no cuenta con afiliación a salud, 9.44% esta afiliada al ISSSTE. La mayoría de mujeres trans (37.11%) esta afiliada al seguro popular y 29.9% no cuenta con afiliación a salud. En los cinco grupos analizados la tendencia es considerar que asisten poco a un centro de salud o servicio médico. Hay un nivel medio de afiliación a los sistema de salud, dicho servicios parecen no estar siendo usado por las personas encuestadas. La tendencia es acudir pocas veces a los centros de salud o centros médicos. La tendencia de menor uso la encabezan las personas bisexuales siendo que 7 de cada 10 considera que va pocas veces. Para el resto de las orientaciones esta frecuencia se observa en 6 de cada 10 o de 5 de cada 10 como en el caso de las personas homosexuales. Sesenta de cada cien personas acude a servicios de salud privados y 30 de cada cien usa servicios privados. Siendo esta tendencia más marcada en el caso de las personas homosexuales quienes sólo dos de cada 10 hacen uso de servicios privados. La mayoría de personas encuestadas, asiste al médico solamente para atender problemas de salud. Cuatro de cada diez personas consideran que se enferma poco, razón por la cual no asisten a los servicios se salud. Se indagó si consideran que existen servicios de salud adecuados para atender personas LGBTI. Se observa que la mayoría de hombres y mujeres trans, así como la mayoría de personas intersex, y de mujeres consideran que no hay servicios adecuados. El 55.04% de los hom-

bres considera que pocas veces ocurre que el personal mencionado esté capacitado, 21.85% señaló que suficientes veces, 15.55% consideró que nunca. En el caso de los hombres trans cerca del 20% señaló que nunca o suficientes veces el personal esta capacitado. Las tendencias son similares en el caso de las mujeres y las mujeres trans. Entre 5 y 6 personas de todas las orientaciones opina que el personal médico y de enfermería está capacitado para atender a personas LGBTI. La mayoría de las personas de todas las orientaciones señaló que no ha recibido información sobre enfermedades en los servicios de salud. Se suma a esta falta de información en los servicios de salud, una valoración negativa sobre la capacitación del personal médico. Al analizar por identidades de género se observa que cerca de 8 de cada diez hombres trans y siete de cada 10 personas de las demás identidades confirman la tendencia antes descrita sobre el acceso a la información relativa a enfermedades. Entre 36% y 41% de las personas, valora como adecuada la información relacionada con enfermedades asociadas con personas LGBTI. Entre 24.84% y 21.30% consideran que la información con la que cuentan es poco adecuada. El 62.73% de las personas bisexuales y el 45.75% de las lesbianas no manifestaron su orientación sexual en los servicios de salud. 72.22% de las personas heterosexuales, 64.35% de los homosexuales y 71.43% de las personas que contestaron otra orientación diferente a las disponibles en el cuestionario manifestaron su orientación sexual.

69


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

a dos de cada lesbiana y homosexual, les negaron la atención por ser LGBTI. Se identificó que 45.43% de las personas que expresaron su orientación nunca fueron discriminadas por su condición, lo que significa que más de la mitad de las personas que expresaron su orientación han recibido comentarios peyorativos por su condición al menos una vez.

Seis de cada diez personas señalan que no ha vivido experiencias de negación en los procesos de afiliación al sistema de salud, es posible que 32.63% nunca haya intentado afiliarse, y cuatro de cada diez persona señala que se le negó la afiliación. Cerca de 70 personas de cada 100 considera que los servicios médicos para personas LGBTI son de calidad ocasionalmente, cerca de 20 de 100 consideran que nunca, cerca de 2 de cada 10 que con frecuencia y 6.20% que siempre son de calidad. El 38.89% de las personas heterosexuales opinaron que los servicios médicos nunca son buenos, 64.6% de las personas bisexuales consideran que ocasionalmente. Esta última tendencia se presenta en las demás orientaciones, en las cuales 5 de cada diez opinan lo mismo. El 13% de hombres, 44% de hombres trans, 12% de personas intersex, 44% de las mujeres señalaron que por lo menos alguna vez les han negado los servicios de salud, el resto de personas en cada caso señaló que nunca le fue negado la atención médica. Las mayoría de personas (78.79%) respondió que nunca le han obligado a tomar tratamientos relacionados con su condición LGBTI, el 21.21% restante señaló que por lo menos alguna vez le obligaron en este sentido. Entre seis y siete de cada diez personas de todas orientaciones analizadas, señalaron que nunca les han recomendado ocultar su orientación en los servicios de salud. A la mitad de personas heterosexuales le han negado los servicios de salud por lo menos alguna vez por su condición LGBTI. A cerca de 4 de cada 10 que eligieron la opción otros, y

b) Educación La mitad de las personas bisexuales, 33.33% de las personas heterosexuales, 35.65% de las personas homosexuales y 42.11% de las lesbianas, estaban estudiando al momento de aplicación de la encuesta. La mayoría de personas encuestadas estudia en instituciones educativas públicas. Siete de cada diez, no han recibido educación relativa a los derechos humanos de las personas LGBTI.Veinte de cada cien consideran que la información con la que cuentan en relación a los derechos humanos de las personas LGBTI es poco adecuada. Los hombres percibieron mayores niveles de discriminación en la secundaria, seguida de la preparatoria. En el caso de los hombres trans la mayor discriminación fue percibida en la preparatoria seguida de la secundaria. Las personas intersex señalaron que vivieron discriminación en la primaria y en la preparatoria por igual. La mayoría de las mujeres señalaron que no manifestaron su orientación. Se observa que 37.15% de las personas encuestadas considera que los estudiantes discriminan bastante. En cuanto al personal docente 36.27% hombres y 32.9% mujeres de las docen-

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

ha requerido para ingresar a un trabajo, son hombres con 45.14%, seguido de mujeres 37.62%. Se observa que las personas trans representan en esta pregunta 11%. En lo que hace a las pruebas de VIH, se observa que en su mayoría son mujeres trans 39.13%, seguida de los hombres con 37.68%. asimismo se observa 11.59% eran de las mujeres y un 10.14% hombres trans. Seis de cada diez de los homosexuales considera que el trato a las personas LGBTI en los espacios laborales es muy bueno, cuatro de cada diez considera que es muy malo. La mitad de las lesbianas no respondió esta pregunta, dos de cada diez considera que el trato es muy malo o malo. 42.2% de las que consideran que el trato igualitario se da siempre son homosexuales, 27.46% son bisexuales, 4.93% son lesbianas y apenas un 4.93% son personas heterosexuales. Algunas de las personas encuestadas han vivido hostigamiento, acoso o discriminación por su condición LGBTI en los espacios laborales. De las personas que siempre viven estas situaciones se observa que 51.72% eran homosexuales, 20.69% bisexuales, 13.79% lesbianas. El ocultamiento de la condición LGBTI en los espacios laborales, puede ser una estrategia para evitar situaciones de acoso y discriminación. Se observa que de aquellas que respondieron que siempre ocultan su condición LGBTI 29.55% eran homosexuales, 28.41% lesbianas y con el mismo porcentaje bisexuales. En el caso de quienes no han ocultado su condición LGBTI 41.22% eran homosexuales, 25.19% bisexuales, 20.61% lesbianas, 3.05%. Más de la mitad de las personas de cada orientación ha percibido que

tes discriminan algo. Los resultados arrojan que la mitad de las personas entrevistadas perciben que las madres discriminan algo (24.63%) o poco (24.63%), y que los padres discriminan algo (32.9%) o bastante (26.43%). Los porcentajes más altos para las agresiones en el espacio educativo fue para exclusión de las actividades académicas (46.15%), la burla (45.93%) y los golpes (44.68%). Las reacciones ante la discriminación son diversas. La mayoría de personas que informaron en sus familias de los hechos de discriminación fueron las mujeres (35.29%), seguido de los hombres (26.47%). La mayoría de personas que consideró que quejarse era inútil fueron hombres (44.66%), seguido de las mujeres (27.18%). El cambio de instituciones como opción se presentó en 38.46% de los casos en hombres, y 26% en mujeres y mujeres trans con el mismo porcentaje en los dos casos. El mayor número de personas que interpusieron quejas ante las autoridades educativas fueron hombres (36.07%), 37.7% mujeres, cerca de 20% mujeres trans. Cuatro de cada diez hombres y tres de cada diez mujeres dejaron de manifestar su orientación sexual. Cuatro de cada diez hombres, dos de cada diez mujeres, y una de cada mujer trans negaba su condición LGBTI. c)

Seguridad social y derecho al trabajo Siete de cada diez hombres, cinco de cada diez hombres trans, seis de cada diez mujeres y mujeres trans están trabajando actualmente. Del total de personas que seleccionaron la opción estado civil, como parte de lo que se les

71


Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

En relación a los hombres se observa que 50.77% de los hombres cuenta con prestaciones sociales, 32.2% no tienen este derecho, en 35.81% de los casos no aplica, y 20% no contestó la pregunta. En períodos de enfermedad el 31.51% de los hombres, 16.13% de los hombres trans, 42.86% de las personas intersex, 16% de las mujeres y 12.37% de las mujeres trans señalaron no recibir salario en períodos de enfermedad.

es un obstáculo siempre, ocasionalmente o con frecuencia. Las reacciones frente a la discriminación son diversas. Una opción es cambiar de trabajo, del total de personas que eligieron esta opción, se observa que la mayoría eran homosexuales (33.33%), 16.67% lesbianas, 16.67% bisexuales y 13.89% heterosexuales. Otra reacción prevista en el cuestionario fue el ocultamiento de la condición LGBTI, de quienes contestaron esta opción cuatro de cada diez eran homosexuales, 27.91% bisexuales, 20.93% lesbianas, 4.65% heterosexuales. El ausentismo laboral fue elegido por 8 de cada 10 homosexuales y 2 de cada 10 heterosexuales. La negación de la condición LGBTI era otra posible respuesta, de quienes eligieron esta opción 35.29% eran homosexuales, 35.29% bisexuales, 25.49% lesbianas. La mayor parte de encuestados con ideaciones suicidas eran homosexuales 54.55%, seguido de heterosexuales (18.18%) y lesbianas (9%). En lo que hace al reclamo ante autoridades se obtuvo que 5 de cada 10 personas que eligieron esta opción eran homosexuales y dos de cada diez lesbianas, siendo las personas bisexuales aquellas que no eligieron esta opción de respuesta. Al analizar si las personas participantes en el diagnóstico cuentan con prestaciones sociales se observa que 60% de las mujeres no respondieron esta pregunta, 38.46% señaló tener prestaciones, 35.98% no cuenta con acceso a este derecho y 40.54% que no aplica, debido quizás a que no trabaja o tiene una ocupación en la que no se le garantiza este derecho.

d) Derecho a la seguridad personal y la justicia Se buscó establecer si las personas encuestadas han sufrido agresiones contra su vida, su libertad y su integridad personal. Asimismo fue importante conocer las valoraciones y experiencias de las personas que participaron en el estudio relativas a su relación con las autoridades públicas. En particular en casos de detenciones. Se integraron algunas preguntas relacionadas con el uso de mecanismos de justicia en casos de agresiones. El 62.89% de las mujeres trans señaló haber sido víctimas de agresiones físicas. En el caso de hombres trans esta tendencia es de 51.61%, en tanto que para el caso de hombres y mujeres fue de 35.19% y 23.61% respectivamente. En el caso de las personas intersex la violencia se ha presentando en el 28.57% de los casos. De las personas mencionadas como agresores las desconocidas fueron mencionadas por 31.23% de las personas encuestadas, seguidas de la policía con 14.11%, familiar 11.73%, 5.38% amigo, 2.89% pareja y 2.35% amiga. En 24 casos las personas tienen marcas permanentes en la cara debido a las lesiones. En seis casos la lesiones

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Atención a personas LGBTI en México, la condición en algunos Estados del Centro del País.

heterosexuales se observa que de 44.44% que lo ha requerido ha ido solo un 16.67%. Entre el 57.41% de homosexuales que lo podría haber requerido solo un 12.04% va. Finalmente en el caso de las lesbianas de 39.22% ha recurrido a las autoridades un 7.19%. Las personas que han acudido a las autoridades o han establecido contacto con éstas por otros motivos señalan diferentes experiencias negativas. Siendo la más mencionada con 86 casos, que las autoridades han sido inoperantes. En 33 casos las autoridades culparon a las personas encuestadas de los hechos ocurridos debido a su condición LGBTI. Un grupo de 24 personas no sabía que podía denunciar. Se observa que en todas las identidades hay un porcentaje de personas dedicadas al trabajo sexual. En el caso de los hombres un 1.26% ha sido obligado a pagar cuotas para el desarrollo de esta actividad, 9.68% de los hombres trans han vivido esta situación. En el caso de las mujeres y las mujeres trans un 0.86% y 13.4% respectivamente. Se encontraron casos de agresiones de servidores públicos a personas LGBTI. El mayor número (79) de casos se concentró en los insultos, seguido de demoras injustificadas en el acceso a un derecho con 45 casos. En 38 casos las autoridades le sugirieron a las personas denunciantes ocultar su condición LGBTI. Las relaciones de subordinación son espacios que pueden resultar propicios para acciones de coerción o amenaza. De las situaciones de hostigamiento o acoso analizadas se observa que de mayor a menor número de menciones

recibidas pusieron en riesgo la vida de las personas encuestadas. Al analizar las frecuencias en las que las personas LGBTI entrevistadas fueron víctimas de insultos gritos o agresiones verbales, se observa que en la frecuencia siempre 29.9% son mujeres trans, en la opción ocasionalmente la mayoría son mujeres (50.64%), la opción con frecuencia se obtuvo que la mayoría de personas agredidas que eligieron esta opción fueron las personas intersex. En la opción nunca la mayoría eran hombres trans. La principal amenaza que perciben las personas LGBTI es que se divulgue su condición LGBTI sin su consentimiento, esto lo reportaron 145 personas. Las amenazas de violación o acoso sexual se han presentado en 95 de los 612 casos, siendo la segunda amenaza seleccionada seguida de amenazas de recibir daños físicos permanentes con 71 casos. Se encontró que 16.67% de las personas heterosexuales, 14.35% de las personas homosexuales, y 26.19% de quienes eligieron otra orientación sexual reportan que fueron detenidas por su condición LGBTI. Durante la detención las personas LGBTI vivieron diferentes tipos de agresión, en 40 casos fueron insultadas por su condición LGBTI, en 32 casos no les información del motivo de la detención, en 22 casos se les incomunicó por horas, en 19 recibieron insultos por ser periodista, activista o trabajadora sexual. Se observa que del 35.3% de personas bisexuales que han requerido la atención de instituciones de justicia solo un 4.97% han ido ante las autoridades. En el caso de personas

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sido víctimas de agresiones físicas, 62 de violencia patrimonial, y 57 han vivido relaciones de dominio. Dado que era una respuesta de opción múltiples importante señalar que es posible que una misma persona haya seleccionado más de una opción. De acuerdo con lo reportado por las personas que participaron en el diagnóstico se observa que los papás resultaron ser el actor principal de las agresiones en 134 casos, otros familiares en 129 , las mamás en 108 caos, los y las hermanas en 89 casos.

el más seleccionado fue hostigamiento sexual (39), seguido de asedio con fines lascivos (35), presiones para tener relaciones sexuales (33), le forzaron a tener actos sexuales no consensuados (32), le obligaron a tener relaciones sexuales sin su aprobación (26) y finalmente le obligaron a exhibir partes de su cuerpo (19) Al analizar las forma de violencia familiar se observa que en 244 casos las personas han sido víctimas de agresiones psicológicas, en 92 casos han sido víctimas de control, 90 personas han

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PRINCIPALES DESAFÍOS IDENTIFICADOS

T

omando como referencia los principales hallazgos del Diagnóstico se lograron identificar los principales desafíos en materia de atención a personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) de la zona centro del país, sobre el derecho a la educación, trabajo, seguridad social, salud, seguridad y justicia. r Se requiere desarrollar investigaciones que permitan profundizar sobre la situación de personas LGBTI menores de 18 años y de personas adultas mayores. Se recomienda además el desarrollo de estudios bajo el enfoque de interseccionalidades, que permitan analizar cómo las diferentes características de las personas LGBTI incrementan o no sus vulnerabilidades en el ejercicio de los derechos humanos. r Promover el matrimonio igualitario en todos los Estados de la República. A efecto de que aquellas personas que quieran usar la figura legal lo puedan hacer sin restricciones normativas y sin discriminación. r Para la garantía de la protección de las personas LGBTI activistas y defensoras de derechos se recomienda lleva a cabo campañas de acompañamiento, financiamiento y trabajo conjunto por los derechos de las personas LGBTI. Esto fortalecerá el trabajo de defensa de las personas LGBTI y será una forma de protección al ejercicio del derecho a defender derechos humanos desde la sociedad civil. r En lo que hace a la atención de personas con discapacidad o periodistas es necesario que los programas federales y estatales respectivos consideren la orientación sexual y la identidad de género como factores que incrementan el riesgo de ser discriminada. r En materia educativa es recomendable desarrollar proyectos para promover la permanencia y retorno a los procesos educativos e impulsar la profesionalización y la realización de estudios de posgrado entre las personas LGBTI.

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r Para que las políticas educativas recomendadas en el punto anterior sean efectivas, será necesario trabajar en la promoción de los derechos humanos de las personas LGBTI en los espacios educativos y la capacitación a las personas que integran la comunidad educativa para que sean promotores del respeto a las personas LGBTI. r Es importante la difusión de mecanismos de identificación de casos de discriminación en los espacios educativos.Así como la adopción de procesos de sanción y reparación entre quienes agredan una cultura de respeto a personas LGBTI y para quienes son agredidas, una protección a sus derechos. r Se recomienda generar programas de evaluación de la calidad de la atención en los espacios de salud, que incluyan variables de sexualidad y género a efecto de que se logre identificar aquellos servicios que deben adecuarse para que brinden atención de excelencia a personas LGBTI. r Debe trabajarse en la expansión, desarrollo o difusión de los servicios de atención especializada a personas LGBTI. Debido a que es posible que muchas personas LGBTI no estén haciendo uso de estos servicios por falta de información o ausencia de servicios adecuados. r Es recomendable que se impulse la formación en sexualidad y género en las escuelas de medicina y enfermería. Asimismo es necesario que se incluya en los programas de inducción y actualización del personal médico capacitaciones en este sentido.

r De manera particular se recomienda la creación o fortalecimiento de programas de atención a personas trans, en los cuales puedan recibir los tratamiento adecuados y la información oportuna para los procesos de reasignación y concordancia sexo genérica. r Es necesario proteger a las personas LGBTI de tratamientos tendientes a “curar” su condición. Estos tratamientos están prohibidos por los estándares de derechos humanos y pueden generar daños irreparables en la salud física y mental de las personas LGBTI, para ello es urgente difundir mensajes a la opinión pública sobre estos temas, así como investigar a las personas que promocionan tratamientos correctivos de la sexualidad. r Será importante impulsar la vigilancia en el cumplimiento de las obligaciones relativas a las prestaciones sociales de los y las empleadoras de personas LGBTI. r En materia laboral sería importante ampliar acuerdos entre empresarios y multinacionales que se comprometan con la construcción de espacios laborales respetuosas de la diversidad sexual. r Asimismo es importante difundir entre personas LGBTI los mecanismos judiciales y no jurisdiccionales de defensa de sus derechos laborales, en particular de protección en casos de discriminación, acoso, hostigamiento o amenazas en espacios laborales. r Es recomendable capacitar a la fuerza pública en el trato que deben brindar a personas LGBTI, antes y durante la detención.

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Esto incluye promover la legalidad de la detención y garantizar un proceso en el que se proteja el derecho a la integridad personal. r Es necesario impulsar campañas sobre el derecho a una vida libre de violencia entre personas LGBTI y con personas de la sociedad en general. Estas campañas podrían tener un enfoque dirigido a que las familias y personas cercanas sean las primeras en aceptar y proteger a las personas LGBTI.

r Se recomienda identificar formas de protección a las personas trabajadoras sexuales. En particular de agresiones físicas, hostigamiento y violencia sexual. r Y tal vez, sobre todo apoyar la organización y profesionalización de organizaciones de lucha por los derechos LGBT que posibiliten el reforzamiento de su ciudadanización que garantice el ejercicio de sus derechos y su pleno desarrollo.

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