FundaciĂłn CiudadanĂa y Desarrollo
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Un informe de
DIRECTOR EJECUTIVO Mauricio Alarcón -Salvador DIRECTOR DE PROYECTOS Marcelo Espinel Vallejo AUTORES María José Mogollón Martínez Gabriel André Otero Trujillo DIAGRAMACIÓN Y DISEÑO GRÁFICO Stephanie Pesantez
Quito - Ecuador MARZO 2019
Fundación Ciudadanía y Desarrollo
INTRODUCCIÓN En el referendo del 4 de febrero de 2018 se aprobó la reforma del proceso de elección de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). En este sentido, en marzo de 2018 se publicó en el Registro Oficial la reforma a Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, que pasa de consejeros designados mediante concurso de méritos y oposición, a consejeros elegidos mediante sufragio universal, directo, libre y secreto. Fundación Ciudadanía y Desarrollo, a través de sus representantes Mauricio Alarcón Salvador, Marcelo Espinel Vallejo y Carolina Ponce Eguiguren, presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la mencionada Ley. En esta acción se afirma que la Ley aprobada vulnera los derechos fundamentales de libre asociación, de participación y de elegir libremente. Además se señalan que se establecen requisitos excluyentes que restringen el acceso a la ciudadanía para formar parte del CPCCS, una institución de carácter ciudadano.El documento, hasta la fecha de publicación del presente informe, no ha sido tratado por la Corte Constitucional. El 23 de marzo de 2018, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió iniciar el periodo electoral para “Elecciones Seccionales 2019: Elección de Consejeras Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana Control Social”. El 20 de junio de 2018, el Pleno del Consejo Nacional Electoral aprobó un primer instructivo para llevar a cabo el proceso de elección de los consejeros definitivos. Éste posteriormente fue desconocido por los integrantes del CNE Encargado (CNE-e), designado por el CPCCS Transitorio, y reemplazado por un segundo instructivo, el pasado 17 de agosto de 2018. En el proceso de elaboración del segundo instructivo, el CNE-e receptó observaciones de 16 organizaciones sociales, entre ellas las de Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD). Nuestra propuesta se enfocó en la simplificación del proceso y en la garantía de los derechos constitucionales de participación ciudadana y control social. Finalmente, una vez que el CNE-e inició el proceso de postulación y verificación de carpetas de aspirantes a candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, FCD se inscribió para formar parte de la veeduría la misma estivo conformada por: Marcelo Espinel, Daniel Barragán, Gabriel Otero y María José Mogollón. A continuación se abordan las principales observaciones que FCD detectó durante este proceso. 3
Informe de Veeduría Postulación y Verificación para las candidaturas de consejeras y consejeros al CPCCS
INFORME DE VEEDURÍA Es la primera vez que se realiza una veeduría pre-electoral en el país, por lo que el señalamiento de falencias por parte de los veedores ciudadanos, así como de los funcionarios del CNE, adquiere vital importancia de cara al mejoramiento de futuros procesos.
Fases del proceso En el instructivo para el proceso de postulación y verificación de requisitos e inhabilidades de los candidatos al CPCCS, se estableció las siguientes fases:
1. Convocatoria. 2. Conformación de la veeduría nacional para este proceso. 3. Postulaciones. 4. Denuncias ciudadanas y recursos de apelación. 5. Verificación por parte de la Comisión Verificadora. 6. Presentación del Informe de la Comisión Verificadora ante el Pleno del CNE. 7. Aprobación del listado de los candidatos al CPCCS por parte del Pleno. 8. Impugnaciones. 9. Resolución de causas interpuestas por parte del Tribunal Contencioso Electoral. 10. Sorteo del orden de las 3 papeletas en las que aparecerán los candidatos al CPCCS 4
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Postulaciones Tras cumplir con el plazo para la postulación de candidatos al CPCCS, el CNE-e confirmó que recibió un total de 201 postulaciones. Tras finalizar esta fase, el órgano electoral publicó en su página web el listado de los postulantes inscritos en este proceso, con los documentos justificativos presentados al momento de su postulación.
Observaciones generales Aspectos Acceso a la información
Seguridad Jurídica
Observaciones No se difundió activamente el perfil requerido en la contratación de las personas a cargo de la verificación requisitos e inhabilidades de los postulantes al CPCCS. El Pleno del CNE-e conoció el informe emitido por la Comisión Verificadora acerca de los requisitos e inhabilidades de los postulantes en este proceso. Sin embargo, la institución no publicó dicho documento en su portal web o algún otro mecanismo de transparencia activa. Fundación Ciudadanía y Desarrollo inscribió un total de seis veedores, mismos que fueron acreditados por el CNE-e. Sin embargo, semanas después, cuando este proceso se encontraba en curso, se notificó a dos de nuestros veedores de la pérdida de tal condición, señalando que estos se encontraban inmersos en alguna inhabilidad establecida dentro del Instructivo. Nunca se conoció sobre dicha inhabilidad. La labor de la Comisión Verificadora se vio entorpecida, esto debido a que el espacio que ocupó para realizar su labor (Auditorio del CNE) fue utilizado también para la realización de otros eventos previamente planificados.
Capacidad operativa de la institución Se encontraron falencias en la realización de simulacros por parte del CNE, inconsistencias en
las numeraciones de las cajas que contenían la información de cada postulante, errores en la capacitación del personal verificador y el fallas en el funcionamiento del sistema informático. 5
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Difusión de información Durante la veeduría ciudadana, Fundación Ciudadanía y Desarrollo enfocó gran parte de sus esfuerzos en monitorear la garantía del derecho ciudadano a acceder información durante este proceso. Esto como una herramienta para el ejercicio de otros derechos como libertad de prensa, control social e igualdad de oportunidades de los postulantes. En este sentido los hallazgos son los siguientes:
1. Publicidad de normativa y resoluciones relacionadas con el proceso El Consejo Nacional Electoral publicó en su portal web las resoluciones acerca del proceso de postulación y revisión de carpetas de los postulantes al CPCCS. Estas fueron las resoluciones emitidas por la autoridad electoral al respecto de este proceso, no todas se encuentran disponibles en la página web de la institución hasta la fecha de realización del presente informe:
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Fases
Observaciones
Resoluciones
¿Se publicaron las resoluciones? SÍ/NO
Inicio del periodo electoral.
23/03/2018
PLE-CNE-2-23-3-2018
SI
Instructivo.*
Primer Instructivo: 20/06/2018 Segundo Instructivo: 17/08/2018
Primer Instructivo: PLE-CNE-14-20-6-2018 Segundo Instructivo: PLE-CNE-6-17-8-2018-T
SI
Convocatoria.*
Primera convocatoria: 27/07/2018 Segunda convocatoria: 11/09/2018
Primera convocatoria: PLE-CNE-2018 Segunda convocatoria: PLE-CNE-16-11-9-2018-T
SI
Convocatoria a veeduría y acreditación de los veedores.*
Primera convocatoria: 4/07/2018 Segunda convocatoria: 24/08/2018
Primera convocatoria: PLE-CNE-11-4-7-2018 Segunda Convocatoria: PLE-CNE-T-2018
SI
Manual para el procedimiento de inscripción en línea.
15/09/2018
PLE-CNE-1-15-9-2018-T
SI
Informe de la Comisión Verificadora.
31/10/2018
PLE-CNE-1-31-10-2018-T
NO
Listado de los postulantes admitidos e inadmitidos.
31/10/2018
PLE-CNE-1-31-10-2018-T
SI
Orden de conformación de las listas y presentación de las tres papeletas electorales para la elección de las personas candidatas a Consejeras y Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
04/01/2019
Orden de conformación
SI
*Esta fase se publicó dos veces. **Todas las resoluciones se encuentran en PDF no susceptible de extracción de texto. 7
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2. Difusión del proceso en medios tradicionales y redes sociales. Fundación Ciudadanía y Desarrollo presentó una solicitud de acceso a la información el 16 de octubre de 2018, en la cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el detalle comunicacional del proceso de postulaciones e impugnaciones ciudadanas. Una semana después, el organismo electoral respondió con la información solicitada. De acuerdo a lo indicado por el CNE-e, la difusión de información se realizó a través de varios medios, cuya intención fue asegurar a la ciudadanía el acceso generalizado a la misma. En cuanto a la convocatoria, el órgano electoral realizó una cadena nacional pero no hizo un pautaje publicitario. Asimismo, se realizaron varias publicaciones acerca de esta convocatoria en medios tradicionales como: Diario La Hora, El Comercio, Ecuador Tv, Ecuavisa, Teleamazonas, Portal web La República o Radio Sonorama, y más. Paralelamente, el CNE-e difundió información sobre las etapas antes mencionadas, a través de varios mecanismos. La institución electoral habilitó, en su página web, un apartado titulado: “Elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Verificación de requisitos, elaboración de informe y resolución del Pleno”. En este apartado, el organismo permitió a la ciudadanía acceder al instructivo, convocatoria, listado de postulantes y sistema de postulación. Por otra parte, el CNE-e difundió la información de las etapas de postulación, denuncias y verificación del proceso mediante 12 boletines publicados en la página web y sus redes sociales.
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Perfiles de los postulantes Fundación Ciudadanía y Desarrollo realizó un análisis preliminar de los perfiles de los postulantes que cursaron esta etapa preelectoral. Al respecto, FCD encontró que un total de 64 postulantes desempeñaron, previamente, cargos de elección popular. De este grupo, 26 presentaron su candidatura en los últimos cinco años. Esto, de acuerdo al artículo artículo 7 del Instructivo para la presentación de postulaciones de los candidatos a Consejeros definitivos, podría haber constituido una prohibición para postular: “...No podrán ser candidatos, designados, ni desempeñarse como Consejeras Consejeros quienes sean afiliados, adherentes dirigentes de partidos movimientos políticos, durante los últimos cinco años, hayan desempeñado una dignidad de elección popular en el mismo lapso”. Adicionalmente, en este listado se encontraban Sheila Dayan Aguilar, Jueza Décima Primera de Garantías Penales de Manabí, destituida por supuesta negligencia; y Jaime Fernando Lara, fiscal cuestionado por supuestamente falsificar pruebas en contra del sacerdote, Carlos Flores. Por último, cabe notar que entre el grupo de postulantes, constaban los nombres de Luis Macas, actual consejero del CPCCS-T; y los de Gloria María Enith Ochoa y Gonzalo Alfonso Miranda, comisionados ciudadanos para la designación de consejeros electorales definitivos. En este enlace puede encontrar el boletín emitido por nuestra organización al respecto de los perfiles de los postulantes.
Denuncias ciudadanas Con la finalidad de que la ciudadanía presente información que demuestre el incumplimiento de los requisitos establecidos para los postulantes dentro del instructivo; el CNE estableció un periodo para la presentación de denuncias ciudadanas. Este estuvo comprendido entre el 01 al 04 de octubre de 2018. Para este procedimiento, el instructivo estableció que el CNE debía notificar a los postulantes denunciados, y los mismos, podían presentar sus respectivos documentos de descargo en un plazo de 3 días. Por último, la Comisión Verificadora analizó la información incluida en los expedientes de postulación, así como las denuncias y sus descargos. 9
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Finalmente, hubo 16 denuncias en contra de 11 postulantes, de los cuales, 10 ejercieron su derecho a la defensa. El listado de los postulantes denunciados es el siguiente:
10
Denunciado
No. de denuncias
¿Se encuentran en el listado final aprobado por el Pleno del CNE?
Félix Alcívar
1
NO
Elsa Santos
1
NO
Luis Macas
1
NO
Carlos Figueroa
1
NO
Wilson Freire
1
NO
Juan Bermúdez
1
NO
Hernán Ulloa Ordoñez
1
SI
Wilmer Morales
2
NO
Fausto Lupera
3
SI
David Rosero
4
SI
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Impugnaciones El CNE-e aprobó la inscripción el 31 de octubre de 2018, de 28 postulantes a candidatos al CPCCS; mientras que negó a 173. Con esto, se abrió una fase de impugnaciones, en la cual, tanto los postulantes como la ciudadanía podían impugnar la decisión tomada por el CNE-e. En esta fase, los consejeros electorales transitorios aprobaron, mediante resolución, otorgar cinco días de plazo para que, los postulantes que presentaron pedidos de impugnaciones, lleven a cabo los trámites pertinentes para concretar el recurso de impugnación. Asimismo, dentro del ejercicio de veeduría, FCD realizó un pedido de información al ente electoral sobre el detalle de las impugnaciones presentadas. Con base en la respuesta otorgada por la institución, y en la información contenida en el portal web de la misma, se pudo concluir que en total se presentaron 106 impugnaciones, de las cuales, 104 fueron tratadas por el CNE-e y 2 por el CNE definitivo. Es así que, se aceptaron totalmente 12 impugnaciones, 18 fueron aceptadas parcialmente y 76 fueron negadas. Cabe recalcar que, de las resoluciones de las impugnaciones a las que FCD tuvo acceso, 94 de ellas no se encontraban disponibles en la página web del CNE hasta la fecha de realización de este informe. En el siguiente esquema se puede observar el detalle de las candidaturas que fueron aceptadas durante esta fase:
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Postulantes
Aceptado/ Negado
Se aprueba la candidatura
Resolución
¿Se encuentra en la página web? SI/NO
Cañizares Esgarra Bernardo
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-26-19-11-2018-T
NO
Chugchilan Caisaguano Jaime
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-6-19-11-2018-T
NO
Figueroa Figueroa Carlos
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-55-19-11-2018-T
NO
Fon Fay Vasquez Joba Aminta
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-31-19-11-2018-T
NO
Gallegos Bayas Edison
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-9-19-11-2018-T
NO
Ludeña Eras Hugo
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-57-19-11-2018-T
NO
Molina Jurado Marcos
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-3-14-11-2018-T
SI
Montesinos Zabalú Marlene
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-7-19-11-2018-T
NO
Nastacuaz Pascal Olindo
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-86-19-11-2018-T
NO
Rivadeneira Cuzco María
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-49-19-11-2018-T
NO
Tama Aguirre Teddy
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-29-19-11-2018-T
NO
Tuarez Zambrano José
ACEPTADA
SI
PLE-CNE-54-19-11-2018-T
NO
Armijos Barrazueta Ramiro Eugenio
NEGADA*
SI
PLE-CNE-118-19-11-2018-T
NO
Chalá Alencastro María
NEGADA*
SI
PLE-CNE-115-19-11-2018-T
NO
Cruz Larrea Christián Antonio
NEGADA*
SI
PLE-CNE-116-19-11-2018-T
NO
NEGADA*
SI
PLE-CNE-113-19-11-2018-T
NO
NEGADA*
SI
PLE-CNE-112-19-11-2018-T
NO
NEGADA*
SI
PLE-CNE-114-19-11-2018-T
NO
Lupera Martínez Fausto Ponce Cerda Pablo
*Solo estas impugnaciones fueron presentadas por la ciudadanía en contra del listado de candidatos que aprobó por resolución el pleno del CNE el 31 de octubre de 2018. Si desea conocer el listado completo de las impugnaciones presentadas de click aquí 12
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LÍNEA DE TIEMPO SOBRE EL PROCESO FINAL DE LAS IMPUGNACIONES
31-10-2018:
Aprobación del Informe de la Comisión Verificadora sobre los requisitos e inhabilidades de los postulantes al CPCCS, en el cual se calificó a 28 candidatos.
15-11-2018:
El Pleno del CNE-e resolvió un total de 7 impugnaciones. Todas fueron negadas.
14-11-2018:
Los consejeros transitorios resolvieron tres impugnaciones, de las cuales, fue aceptada una candidatura.
21-11-2018:
Los nuevos consejeros electorales definitivos resolvieron un total de 2 impugnaciones. Todas fueron negadas.
19-11-2018:
El CNE-e resolvió 94 impugnaciones, de las cuales, 17 de las mismas fueron aceptadas las candidaturas.
04-01-2018:
El CNE sorteó el orden de los candidatos en las papeletas.
28-12-2018:
El TCE aceptó tres recursos de apelación de los postulantes al CPCCS. En consecuencia, el listado aumentó a 43.
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Tribunal Contencioso Electoral Durante todo este proceso preelectoral de revisión de carpetas de los postulantes al CPCCS, la Función Electoral no contó con un Tribunal Contencioso Electoral (TCE) debidamente conformado. Todo esto se dió por la destitución de 3 de los 5 jueces de la mencionada institución por parte del Consejo de Participación Ciudadana Transitorio, lo cual dejó al Pleno del Tribunal sin el quórum reglamentario para sesionar. De ahí que, al no tener un TCE debidamente conformado, las acciones legales presentadas ante esta instancia sobre este proceso electoral, quedaron estancadas sin resolución. Estas pudieron ser tratadas cuando el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio designó como jueces encargados para este organismo a María de los Ángeles Bones, Joaquín Viteri y Ángel Torres. Sin embargo, dicho encargo se efectuó el 27 de noviembre, cuando el proceso de aprobación de las impugnaciones presentadas al primer listado de 28 postulantes admitidos por la Comisión Verificadora, ya había culminado, y el Pleno del CNE definitivo, había conocido una nueva lista de 40 candidatos que participarían en el proceso de elección del CPCCS definitivo. Finalmente, el listado final de candidatos se cerró con un total de 43 candidatos. Esto debido a que el Tribunal Contencioso Electoral aceptó 3 de los 30 recursos de apelación presentados por los postulantes.
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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES El proceso de recepción de postulaciones y verificación de requisitos para los candidatos a consejeros que integrarán el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social es nuevo en nuestro país y fue realizado por una autoridad electoral de tipo transitorio con un sinnúmero de retos. Por ello, desde el inicio, se preveía falencias. Entre éstas se encontraron falta de difusión oportuna y accesible de información sobre la fase de postulaciones a fin de favorecer las denuncias ciudadanas; problemas técnicos con el sistema informático de postulaciones; y varios problemas de tipo logístico que obstaculizaron la fase de revisión de carpetas. En vista de lo anterior, al CNE le aguardan retos importantes respecto a la difusión de información sobre los candidatos a consejeros definitivos del CPCCS y la manera en la que la ciudadanía debe elegirlos. Las personas que ejercerán su derecho a voto el próximo 24 marzo de 2019, deben estar al tanto de cuántos consejeros serán elegidos, cuál es la forma correcta de seleccionarlos pero sobretodo el perfil de cada uno de ellos. La divulgación oportuna y adecuada de esta información, a través de mecanismos digitales y no digitales, es trascendental para garantizar el ejercicio del derecho ciudadano a un voto informado.
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