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Reforma del Estado: el quehacer jurídico de los partidos
Reforma del Estado: el quehacer jurídico de los partidos.
Abel Vicencio Tovar68
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28 de abril de 1994
Es muy probable que la mayoría de los que aquí nos congregamos lograríamos un acuerdo para calificar de algún modo el momento político que se vive, como una etapa de crisis.
Crisis social, es evidente, pues la violencia es su principal síntoma; crisis económica, sobre todo para la mayoría de los mexicanos que confrontan una realidad angustiosa contraria a las optimistas cifras macroeconómicas que se publicitan, crisis política, en tanto que a pesar del acuerdo de los partidos políticos para la paz, la justicia y la democracia de enero del presente año, la inquietud y la desconfianza popular sobre el procedimiento electoral y la calificación de sus resultados, es evidente.
En el fondo de todo, México vuelve a vivir tiempos de crisis de confianza, de falta de confianza de los ciudadanos entre sí, y de la que el sistema merece a aquellos.
* CEDISPAN. Archivo Histórico “Abel Vicencio Tovar”, caja 22, folder: Partidos Políticos, 6 páginas.
Si se planteara nuevamente la controversia iniciada en el siglo V a.C., respecto a las bondades del gobierno de las leyes y del gobierno de los hombres, en el marco de nuestra preocupación común: Contribuir a la edificación y al fortalecimiento de un Estado mexicano justo, habría que recordar que el mejor orden jurídico, solo cumple su objetivo cuando lo aplican hombres justos.
Sin embargo, el orden jurídico que vincula las partes y las fuerzas de la Nación, para orientarlas al bien común, es indispensable para convertir un grupo humano espontaneo y natural, en un grupo cohesionado por el orden jurídico y la política que le debe estar sujeta, es decir, en un Estado.
Algún distinguido miembro de esta comunidad de doctores en derecho, comentaba que la aparente facilidad y la rapidez con que en nuestro tiempo se ha reformado la Constitución y la Ley Electoral, parece una muestra de que se ha olvidado el papel iniciador de los cambios sociales que el derecho tiene, y que se le ha reducido al mero papel de otorgar formalidad a las decisiones que en el orden político, son tomadas por el poder público, con la intervención cada vez más frecuente, de los representantes de los principales partidos políticos.
El análisis que pueda hacerse respecto a la estructura, funcionamiento y viabilidad de los partidos políticos, en un país insuficientemente desarrollado políticamente, como México, se debe hacer estrechamente ligado al análisis del Estado, y sólo en aquellos países en los que el desarrollo político es mucho mayor, puede haber cierta independencia en el estudio de ambos conceptos. Por tanto, en México el nacimiento, evolución, estructura y viabilidad de los partidos, solo se puede intentar y abordar teniendo presente las características del Estado mexicano, aún en los casos de formaciones políticas totalmente independientes.
Una de las fuentes del derecho, es la legislación, y los partidos políticos tienen entre otros recursos, en la actividad legislativa, un papel que debiera ser preponderante, de representar a las diversas corrientes ideológicas de la ciudadanía, para hacer leyes, para formar el derecho positivo.
En uso de esta facultad, tocaría a los partidos políticos legislar no solamente en el ámbito de las leyes constitucionales y secundarias, cuyo objetivo es la creación y ordenamiento de las instituciones para el cumplimiento de los objetivos sociales, sino en el de la Constitución misma y por tanto, sobre la vigencia o cambio del orden estructural del Estado.
Los partidos políticos solo pueden hacer uso de las facultades de iniciativa, a través de sus representantes en las Cámaras del Congreso de la Unión y de hecho, sólo por excepción, las iniciativas presentadas por los diputados y senadores representan un sentir personal, pues son expresiones de las plataformas, las políticas, estrategias y tácticas de los partidos políticos.
De acuerdo con la Constitución, con la Ley Orgánica del Congreso de la Unión y con el Reglamento Interior del Congreso, el camino para la presentación, y sobre todo para el estudio y dictaminación de las iniciativas, es expedito, pero nadie puede pasar por alto que sobre esta institución del régimen, está la institución o costumbre del sistema, que durante muchos años ha dejado el ejercicio de la iniciativa en manos del presidente; esto respecto a su propio partido, pero cuando se trata del estudio y de la aprobación de las iniciativas presentadas, la facultad presidencial, meta-constitucional, como dijera el Dr. Carpizo, es exclusiva y hasta hace unos cuantos años, casi casi excluyente. Un ejemplo podría bastar: Las Diputaciones del Partido Acción Nacional, presentaron a partir de la XL Legislatura del Congreso de la Unión, en 1946, hasta el segundo periodo de sesiones de la LV Legislatura en 1993, 483 iniciativas de ley que abarcan una buena parte de la gama de la problemática social, económica, jurídica y política, de las cuales fueron aprobadas o rechazadas 29, en tanto que 409 no han sido dictaminadas y se guardan celosamente en lo que el folklore legislativo, ha dado en llamar "la congeladora".
Cifras tales, indicarían que definitivamente, ni siquiera el más antiguo partido de la oposición, ha podido cumplir en todos estos años con su papel de participar a través de sus representantes legislativos, en la creación
del derecho. Una apostilla, sin embargo, habría que hacer a esta afirmación contundente. En varias ocasiones, importantes iniciativas, como en materias de Seguro Social, democratización del D.F., preservación de recursos en el Mar de Cortés, contaduría mayor de Hacienda, etcétera, las iniciativas de la oposición no dictaminadas, suelen ser aprovechadas en la función legislativa del ejecutivo y naturalmente aprobadas. En muchas otras ocasiones las iniciativas oficiales incorporan material de las de la oposición presentadas en la misma ocasión, o muchos años antes. Es el caso de las reformas históricas a los artículos 3, 5, 9, 27 y 130 de la Constitución.
Se ha hablado de la crisis de los partidos. Este podría ser tema de otra intervención, pero es necesaria la expresión de un punto de vista breve:
Es el Estado mexicano el que está en crisis. El sistema gobierno, Estado, partido oficial, instaurado en 1929, ha marcado el inicio de un dificilísimo proceso de organización de partidos, que primero ha tenido que vencer poco a poco, la hegemonía intolerante y exclusivista del partido oficial y todavía ahora, la insondable iniquidad por la diferencia de recursos entre el partido del poder y los partidos de la ciudadanía.
Insistir en la falta de convocatoria y de viabilidad de los partidos políticos y propiciar prácticamente su disolución, puede ocultar la intensión de que el partido oficial recobre la hegemonía perdida y, un intento de regresión, imposible de darse en nuestro tiempo.
Rousseau decía: "Que no haya sociedad parcial en el Estado y que cada ciudadano opine según su parecer". Nunca la nada ha mediado entre el individuo y el Estado y la multiplicidad de los grupos intermedios otorga naturalmente, a los partidos políticos, el papel de formar una comunidad de ideales y alcanzar el poder para realizarlos.
La sociedad civil, aunque sea un fenómeno que los politólogos estudian como la emergencia de una nueva realidad, hoy por hoy en México solo se expresa a través de representantes que con frecuencia participan en las estrategias
o en las tesis de un partido político. La sociedad civil tiene cara y nombre y será mejor para el análisis político, que así se presente. Los partidos políticos resultan ser sus canales naturales de expresión.
Inicié esta intervención hablando de la crisis de nuestros días. Norberto Bobbio, al estudiar la vigencia de la democracia, dice que prefiere hablar de transformación y no de crisis, porque este término, anuncia un colapso inminente. Los distinguidos participantes en este evento, podrán escoger entre uno u otro concepto, según su percepción.
En todo caso, como una respuesta al conflicto entre hombres y leyes para integrar el gobierno, la experiencia mexicana ha sido que ni las mejores leyes y los códigos más perfectos cumplen su objetivo, sin la voluntad política de los gobernantes. Después de más de 2 milenios y medio, sigue vigente el apotegma de lsócrates: "La condición de un buen gobierno, no es que los pórticos estén cubiertos de decretos, sino que la justicia habite en el alma de los hombres".