RESOLUCIÓN ISIDRO 1

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MINISTERIO DE EDUCACION COORDINACIÓN DE EDUCACION -ZONA 7 DIRECCION DE PLANEAMIENTO

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COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN ZONA 7 RESOLUCIÓN: NO. 006-CZE-Z7-2012 CONSIDERANDO: QUE

Ja Coordinación de Educación - Zona 7mediante Resolución l\l° 001-DJ-CZE-Z72011 RESUELVE: Art. 3.- DISPONER a la Dirección Provincial de Educación de Loja, proceda con la suspensión temporal del establecimiento (COLEGIO A DISTANCIA ISIDRO AYORA), hasta que los directivos o responsables, realicen los trámites correspondientes previo a obtener una nueva resolución de funcionamiento en el que se delimite claramente la jurisdicción, cobertura administrativa y académica, emitidos por el Organismo y Autoridad competente;

QUE

la Dirección Provincial de Educación de Loja, con Of. N° 388-DEPP-L-G de fecha 16 de septiembre de 2011, suscrito por el Lic. Víctor Samaniego Riofrio, Director Provincial de Educación de Loja, procede a dejar sin efecto la Resolución de funcionamiento del Colegio Particular a Distancia "ISIDRO AYORA" de la ciudad de Loja, de 13 de marzo de 2001, así como suspender temporalmente al establecimiento.

QUE

La División de Planeamiento de la Educación, de la Dirección Provincial de Educación de Loja, con fecha 17-01-2012, emite informe favorable, para que se continúe con los procesos de autorización y funcionamiento en la Coordinación de Educación - Zona 7, a favor del Colegio a Distancia "ISIDRO AYORA" de la Ciudad de Loja.

QUE

la Coordinación de Educación- Zona 7mediante Resolución 002-DJ-CZE-2012 RESUELVE: Art. 1.- sancionar pecuniariamente al colegio Particular a Distancia "Isidro Ayora" de la ciudad de Loja, con DOS REMUNERACIONES BÁSICAS UNIFICADAS... por haber desacatado la resolución Nro. 001 DJ-CZE - Z7-2011, emitida por la Coordinación de educación - Zona 7 y el oficio 388 DPPLG de fecha 16 de septiembre del 2011, emitido por el Director Provincial de Educación de Loja, incurriendo en lo que determina el Art. 132 literales c,J de la Ley Orgánica de educación Intercultural.

QUE

son deberes y atribuciones de la Coordinación Zonal de Educación -zona 7, crear, organizar y normar el funcionamiento de los centros de Educación Popular Permanente, en sus diferentes modalidades y niveles. Luego del análisis del informe técnico emitido por la División de Educación Popular Permanente, y, División de Planeamiento de la Dirección Provincial de Educación del Loja, revisada la documentación; se determina que es procedente autorizar el funcionamientodel colegio a Distancia Isidro Ayora de la ciudad de Loja. uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo Ministerial No. 020-12 de25 de enero de 2012, suscrito por la Dra. Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación en su Art. 31 numeral 3 Atribuciones y responsabilidades, literal z "Autorizar la creación y el funcionamiento de las instituciones educativas particulares, así como disponer la revocatoria de dicha autorización, previo el cumplimiento de la normativa aplicable’’.

Dirección: Loja, calle Sucre 14-70 entre Cariamánga y Catacocha Pag. Web: www educación, aob. ec


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MINISTERIO DE EDUCACIÓN COORDINACIÓN DE EDUCACION -ZONA 7 DIRECCION DE PLANEAMIENTO

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RESUELVE: ART. 1. AUTORIZAR el FUNCIONAMIENTO al Colegio Particular a Distancia "Isidro Ayora", de la ciudad de Loja, provincia del mismo nombre, de la siguiente manera:

• Octavo a décimo año de Educación Básica • Primer año de Bachillerato General Unificado • Segundo y Tercer año de Bachillerato en Comercio y Administración en la especialidad de contabilidad (transición) • Segundo y tercer años de Bachillerato Técnico Agropecuario en la especialidad Agroecología(transición) ART. 2. DETERMINAR la jurisdicción, cobertura de funcionamiento del colegio a Distancia "ISIDRO AYORA" única y exclusivamente en la capital provincial de Loja (ciudad de Loja). ART. 3. RESPONSABILIZAR a ios funcionarios del Departamento de Educación Popular Permanente de la Dirección Provincial d^Educación de Loja el asesoramiento, ones ejecutadas por la institución

Dirección: Loja, calle Sucre 14-70 entre Cariamánga y Catacocha

Pag. Web: www.educacion.Qob.ec


No.

4923

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN

CONSIDERANDO : QUE mediante comunicación No. 053 R-CJM de fecha 21 de enero del 2002, el Dr. Luis Varela Estévez, Rector del Colegio Particular a Distancia ISIDRO AYORA CUEVA , que fue creado con Resolución Ministerial No. 0282 DINEPP del 13 de marzo del 2001, solicita ampliación de servicios para el funcionamiento del 2do. y 3er. cursos del Ciclo Básico y el 2do. y 3er. cursos del nivel diversificado con el Bachillerato Técnico en Comercio y Administración, especialización Contabilidad y Bachillerato Técnico, especialización Agroecología, a partir del año lectivo 2001-2002, ubicado en la Av. Emiliano Ortega y Lourdes de la ciudad de Loja, provincia de Loja; QUE la División Provincial de Educación Popular Permanente de la provincia de Loja y la Dirección Nacional de Educación Popular Permanente emiten informes favorables;

EN

uso de sus atribuciones, que le concede Art. 24, literal c) de la Ley de Educación, es competencia del señor Ministro de Educación, “crear, reorganizar, clausurar o suprimir establecimientos educacionales, de acuerdo con esta Ley y los Reglamentos respectivos; y mediante Acuerdo Ministerial No. 582 del 1 de marzo del 2000 se delega al Sr. Subsecretario de Educación dicha responsabilidad.

RESUELVE: Art.

AUTORIZAR al Colegio Particular a Distancia ISIDRO AYORA CUEVA amplíe el funcionamiento del 2do. y 3ro cursos del Ciclo Básico Popular y el 2do. y 3ro cursos del nivel Diversificado Popular con el Bachillerato Técnico en Comercio y Administración, especialización Contabilidad y Bachillerato Técnico, especialización , r^^Agroecología, a partir del año lectivo 2001-2002.


Art. 2.

DELEGAR a la Dirección Nacional de Educación Popular Permanente y a la División de Educación Popular Permanente de Loja, a través de sus organismos especializados, asesore, controle y evalúe la acción educativa del plantel y el cumplimiento de la presente resolución.

COMUNÍQUESE.- En Quito Distrito Metropolitano,


REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Sección: Asunto: DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION REGULAR Y ESPECIAL

N° EL MINISTRO DE EDUCACION, CULTURA, DEPORTES Y RECREACION

CONSIDERANDO: QUE mediante comunicación del 17 de febrero de 1999, el Dr. Luis Varela Estévez, Rector de la Unidad Educativa a Distancia “ISIDRO AYORA CUEVA”, de la ciudad de Loja, Provincia de Loja, solicita la creación y funcionamiento del 1er. Curso del ciclo básico; 1er. Curso del ciclo diversificado con el Bachillerato ciencias, especializaciones en: Físico Matemático; Químico Biólogo y Sociales; y Bachillerato Técnico en Comercio y Administración especialización Contabilidad y Agroecología; QUE los funcionarios de la Dirección Nacional de Educación Popular Permanente y de la Dirección Provincial de Educación Popular Permanente, mediante comunicación 13 de enero del 2000 e informe de 25 de febrero de 1999, respectivamente, emiten informe favorable; y, EN

uso de las atribuciones conferidas en los literales I) y k) del art. 1 del acuerdo ministerial N°. 582 de 1 de mayo del 2000, publicado en el Registro Oficial N° 45 del 28 del mismo mes y año, RESUELVE: AUTORIZAR la creación y funcionamiento del Colegio Particular a Distancia “ISIDRO AYORA CUEVA”, ubicado en la calle 18 de noviembre No. 01-87 y Juan Salinas, de la ciudad de Loja, provincia de Loja, con el primer curso del Ciclo Básico y el primero curso de Bachillerato Técnico en Comercio y Administración especialización Contabilidad y Agroecología a partir del 20002001 .


REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Sección:

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8 2

Asunto:

A rt. 2. DISPONER que el tratamiento académico curricular tenga una duración de 200 días como lo determina la Constitución Política del Ecuador vigente. Art. 3 ENCARGUESE A la Dirección Nacional de Educación Popular Permanente y la División de Educación Popular Permanente de Loja, a través de sus organismos especializados, asesore, controle y evalúe la^acción educativa del plantel sobre la base de lo autorizado

COMUNIQUESE.- En Quito, Distrito Metropolitano, a

J^HFE/RAA

1 3 MAR 2001


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