Términos y condiciones del concurso “#AnteelRuidoNOTeCalles by GAES”. La entidad GAES S.A. (CIF- A08612061) con domicilio social en la calle Asturias, Nº 2, C.P. 03007 de la localidad de Alicante (en adelante GAES), pone en marcha a través de Facebook, Twitter e Instagram el concurso “#AnteElRuidoNOTeCalles by GAES”. El concurso se desarrollará en todo el territorio español, pudiendo participar desde el día 23 de de 2018 a las 13:00h a 29 de Abril de 2018 a las 23:59h, ambos inclusive. BASES DEL CONCURSO: Puede participar únicamente personas mayores de 18 años, residentes en territorio español y que dispongan de perfil real en Facebook, Twitter e Instagram. Quedan expresamente excluidos del sorteo ““#AnteElRuidoNOTeCalles by GAES”: - Personas jurídicas - Empleados del Grupo GAES. - Usuarios con perfiles de Facebook, Twitter e Instagram creados expresamente para participar en esta promoción y/o que tras una valoración en profundidad, podrán ser decretados falsos y, por tanto, ser descalificados. PREMIO: El ganador será premiado con una caja SMARTBOX “Escapada SPA y Relajación” . El premio es intransferible y no se puede cambiar por dinero. Por posibles causas ajenas a GAES y/o de fuerza mayor, se reserva el derecho a retrasar la entrega del premio, así como a cambiarlo por otro idéntico o de similar valor. Se realizará la entrega mediante envío por empresa de mensajería, tras haber contactado previamente con el ganador y pudiendo entregarle el premio durante la semana de comunicación del ganador del sorteo. MECÁNICA DEL CONCURSO: Los usuarios que participen deben subir una foto a Facebook, Twitter o Instagram donde denuncien con una fotografía que exprese el ruido que más les molesta en su día a día (el claxon de los coches, las obras de la calle, el despertador) etiquetándolas con el hashtag #anteelruidonotecalles y mencionando a @Gaes. Pueden hacerse seguidores de la página para consultar las novedades del sorteo. Deberán participar a través de Facebook, Twitter o Instagram. Podrán participar a través de las tres plataformas, pero el número de participaciones no afectará a la foto ganadora final. En la fecha de finalización del concurso (29 de Abril de 2018 a las 23:59h), se elegirá al ganador entre todos los usuarios que hayan participado, comunicando el ganador el día 2 de Mayo de 2018. La elección se hará mediante un sorteo totalmente aleatorio, sin presencia de notario y usando para ello el software de la plataforma de Random Picker, siguiendo los siguientes pasos: ador.
-Comprobación que el primer seleccionado cumple con los requisitos descritos en las bases. En caso negativo, se realizará la comprobación del primer y segundo suplente sucesivamente. -En caso de comprobación positiva de que cumplen de manera correcta con todos los requisitos obligatorios del concurso, establecidos en las presentes Bases Legales, se comunicará mediante mensaje privado el día 2 de Mayo de 2018 a través de la plataforma en la cual haya resultado ganadora, al primer seleccionado elegido de forma totalmente aleatoria, debiendo confirmar a GAES en un período no superior a 72 horas desde el momento del envío, su voluntad de obtener definitivamente el premio. De no obtener respuesta en dicho plazo, o si ha procedido a rechazar el premio de forma expresa, el proceso se repetiría con los suplentes, elegidos igualmente de forma aleatoria. -El premio podrá considerarse desierto en el supuesto de que el seleccionado y los suplentes no cumplieran los requisitos, no hubieran confirmado su voluntad de recibir el premio en el plazo indicado o lo hayan rechazado expresamente. ACEPTACIÓN: Supone la aceptación de las presentes Bases Legales y consecuentemente la adquisición de condición de usuario del concurso, el hecho de haber subido una foto en cualquiera de las 3 redes (Facebook, Twitter e Instagram) con el hashtag “#AnteElRuidoNOTeCalles. RESPONSABILIDADES: Se excluye a GAES de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en el concurso, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieran podido atribuir a los mismos, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet, o comunicaciones telefónicas habilitadas al efecto. GAES se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del concurso, cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma en que recogen las presentes bases. GAES se reserva el derecho a aplazar o ampliar el periodo del concurso, así como la facultad de interpretar las presentes Bases, modificar, cancelar o eliminar el concurso, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los participantes en la promoción. GAES no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables. GAES se reserva el derecho a excluir de la promoción por causa justificada a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la misma, así como todos aquellos que realicen cualquier tipo de comentario sexista, homófobo, etc… o que resulte en cualquier caso ofensivo. Se exime a GAES de cualquier responsabilidad civil derivada de la participación del ganador del concurso, en la campaña #AnteElRuidoNOTeCalles by GAES. Ante cualquier duda que pueda surgir en la interpretación de las presentes bases, prevalecerá el criterio de GAES. PROTECCIÓN DE DATOS: La Política de Privacidad y Protección de Datos del Grupo GAES, se ajusta en todo momento a las obligaciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal y a su normativa de desarrollo, quedando en todo momento garantizada la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal. Todo participante, al aceptar las condiciones del Concurso y haber obtenido la condición de usuario, autoriza a GAES a publicar su nombre y apellidos tanto en las webs y/o canales sociales de GAES, así como en sus publicaciones impresas, no pudiendo ser usada con otros fines. La política de privacidad de GAES asegura, en todo caso, el ejercicio de los derechos de acceso, cancelación, rectificación u oposición que la Ley le reconoce, pudiéndolos ejercer previa acreditación de su identidad, enviándonos un e-mail a lopd@gaes.es. JURISDICCIÓN COMPETENTE: Las partes tratarán de resolver de forma amistosa cualquier duda, discrepancia o divergencia que pudiera suscitarse en torno al cumplimiento o interpretación de las Bases Legales, de no alcanzar dicho acuerdo, las partes aceptan someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia expresa de cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiese corresponder.