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Comisión Europea

Instrumento Europeo para la promoción de la democracia y de los derechos humanos (IEDDH) Apoyo y refuerzo del marco internacional y regional para la protección de los derechos humanos, la justicia y el Estado de Derecho, y la promoción de la democracia Apoyo a los programas de postgrado sobre derechos humanos y democratización fuera de la UE

Convocatoria de propuestas abierta 2009

Guía para los solicitantes de subvenciones

Línea presupuestaria 19.04.01

Referencia: EuropeAid/129329/C/ACT/Multi Plazo de presentación de las solicitudes:

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2 de Marzo de 2010


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AVISO El registro previo de los solicitantes y sus socios en la base de datos en línea de EuropeAid PADOR es obligatorio para la presente convocatoria de propuestas (véase la sección 2.2 abajo para más detalles). Esta Convocatoria de Propuestas es una convocatoria abierta. Las solicitudes deben incluir un documento de síntesis así como un Formulario completo de solicitud. En una primera etapa, solamente los documentos de síntesis seran objeto de evaluación. A continuación, los formularios completos de solicitud correspondientes a los documentos de síntesis que hayan sido preseleccionados serán evaluados.

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Con posterioridad a la evaluación de las propuestas completas, se llevará a cabo una verificación de la elegibilidad de los que hayan sido seleccionados provisionalmente. Esta verificación será realizada a partir de los documentos justificativos solicitados por la Comisión Europea, la "Declaración del Solicitante" firmada y enviada de manera conjunta con la solicitud.

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Índice 1. INSTRUMENTO EUROPEO PARA LA PROMOCIÓN DE LA DEMOCRACIA Y DE LOS DERECHOS HUMANOS (IEDDH) ........................................................................4 1.1.

Contexto

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1.2 Objetivos del programa y prioridades...........................................................................................4 1.2.1 Objetivos de la presente convocatoria de propuestas.................................................................................. 5 1.3

Dotación financiera asignada por la administración contratante ................................................7

2.

NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 8

2.1. Criterios de de elegibilidad 8 2.1.1 Elegibilidad de los solicitantes: condiciones para presentar una solicitud ................................................... 8 2.1.2 Asociación y criterios de elegibilidad de los socios.................................................................................... 9 2.1.3 Actividades para las que se puede presentar una solicitud........................................................................ 10 2.1.4 Elegibilidad de los costes: tipo de gastos que pueden ser tomados en consideración en la subvención....... 11 2.2. Presentación de la solicitud y procedimientos ................................................................................13 2.2.1 Formulario de solicitud de subvención .................................................................................................... 13 2.2.2 Dónde y cómo enviar las solicitudes........................................................................................................ 14 2.2.3 Plazo de presentación del formulario completo de solicitud ..................................................................... 15 2.2.4 Información adicional sobre las solicitudes.............................................................................................. 15 2.3

Evaluación y selección de las solicitudes ..................................................................................17

2.4

Presentación de Provisionalmente

los

documentos 21

justificativos

de

las

Solicitudes

seleccionadas

2.5 Notificación de la decisión de la Comisión europea ..................................................................23 2.5.1. Contenido de la decisión 23 2.5.2. Calendario indicativo 24 Condiciones aplicables a la ejecución de la acción tras la decisión de la Comisión Europea de Conceder una subvención 25

2.7

Base de datos central de exclusión y sistema de alerta rápida.................................................25

3.

LISTADO DE ANEXOS ..........................................................................................26

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2.6

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1.

INSTRUMENTO EUROPEO PARA LA PROMOCIÓN DE LA DEMOCRACIA Y DE LOS DERECHOS HUMANOS (IEDDH)

1.1.

CONTEXTO

El Instrumento Europeo para la promoción de la democracia y de los derechos humanos (IEDDH)1 fue adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo en diciembre de 2006, sucediendo así a la Iniciativa Europea por la Democracia y los Derechos humanos, creada a instancias del Parlamento Europeo en 1994. La entrada en vigor de este instrumento específico el 1 de enero de 2007 debería permitir brindar un apoyo financiero a las actividades destinadas a reforzar la democracia y los derechos humanos en el mundo, en el marco de las perspectivas financieras 2007-2013.

1.2

OBJETIVOS DEL PROGRAMA Y PRIORIDADES

Los objetivos generales del IEDDH son contribuir al desarrollo y a la consolidación de la democracia y el Estado de Derecho, así como al respeto de todos los derechos humanos y de las libertades fundamentales en el marco de la política comunitaria de cooperación al desarrollo y de la cooperación económica, financiera y técnica con terceros países, en coherencia con la política exterior de la Unión Europea (UE) en su conjunto. Este Instrumento tiene por objeto ayudar a la sociedad civil a convertirse en una fuerza efectiva de reforma política y de defensa de los derechos humanos. Viene así a completar la nueva generación de programas geográficos, que se centrarán principalmente en el refuerzo de las instituciones públicas. El IEDDH debería otorgar una independencia de acción a las actividades que apoye, aspecto esencial de la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional, en particular en ámbitos tan sensibles como la democracia y los derechos humanos. Algunas de las peculiaridades del nuevo Instrumento son su gran flexibilidad, su mayor capacidad para responder a circunstancias cambiantes o para respaldar la innovación, y una considerable independencia de acción, puesto que no necesita la aprobación de los gobiernos de los países afectados para la financiación de actividades. El nuevo Instrumento tiene un alcance mundial. Opera a nivel nacional, regional e internacional, y financia acciones realizadas en terceros países en cualquier lugar del mundo, así como en los Estados miembros de la UE si tales acciones son pertinentes a las necesidades de terceros países. Para aplicar este Instrumento, la Comisión Europea ha adoptado documentos de estrategia plurianuales que enumeran con detalle las prioridades temáticas y también, en su caso, las geográficas. En este contexto, los objetivos específicos del IEDDH, definidos en la estrategia 2007-2010, son cinco:

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1. Reforzar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en los países y las regiones donde se ven amenazados. 2. Reforzar el papel de la sociedad civil en la promoción de los derechos humanos y de las reformas democráticas, en el fomento de la conciliación pacífica de los intereses de diferentes grupos y en la ampliación de la participación y la representación política. 3. Apoyar las acciones en favor de los derechos humanos y la democracia en los ámbitos cubiertos por las orientaciones comunitarias, especialmente por lo que se refiere a los diálogos sobre los derechos humanos, los defensores de los derechos humanos, la pena de muerte, la tortura y la participación de menores en los conflictos armados. 4. Apoyar y consolidar los marcos internacional y regional para la protección de los derechos humanos, la justicia, el Estado de Derecho y la promoción de la democracia. 5. Afianzar la confianza en los procesos electorales y aumentar la fiabilidad y transparencia de los mismos, en particular con misiones de observación electoral.

Reglamento (CE) n° 1889/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20.12.2006, DO L 386 de 29.12.2006, p.1 (http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:386:0001:0011:ES:PDF)

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El documento de estrategia actual, que abarca el período 2007-2010, puede consultarse en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/europeaid/what/human-rights/documents/eidhr_strategy_paper_2007-2010_en.pdf 1.2.1

Objetivos de la presente convocatoria de propuestas

La Comisión Europea viene financiando programas regionales de maestría en África (desde 2000), Europa suroriental (desde 2001), el Mediterráneo (en 2005), así como los programas regionales en las regiones de América Latina y el Caribe y de Asia y el Pacífico (desde 2007). El objetivo de la presente convocatoria es desarrollar más la red existente de programas regionales de maestría sobre derechos humanos y democratización ampliándola también a otras regiones del mundo. La presente Guía se refiere a la convocatoria de propuestas lanzada con el fin de seleccionar acciones para aplicar el objetivo nº 4 del documento de estrategia del IEDDH titulado «Apoyo y refuerzo de los marcos internacional y regional para la protección de los derechos humanos, la justicia, el Estado de Derecho y la promoción de la democracia». El objetivo general consiste en reforzar los marcos internacionales para la protección de los derechos humanos, la justicia y el Estado de Derecho y la promoción de la democracia, de conformidad con las prioridades políticas de la Unión Europea. El objetivo específico consiste en brindar asistencia a las redes regionales para la formación de especialistas en la aplicación de los instrumentos internacionales de defensa de los derechos humanos y, en particular, en apoyar los programas de maestría sobre derechos humanos y democratización fuera de la Unión Europea. Esta convocatoria de propuestas cubrirá el apoyo a los solicitantes cuyas acciones tengan un planteamiento estratégico y respondan a todas las temáticas siguientes: 1) Actividades académicas a) Contenido del programa Cada red regional gestionará un programa de estudios que constará de un tronco común compuesto de los elementos que se precisan a continuación: • Instrumentos de defensa de los derechos humanos (Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales y regionales relativos a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales); • Aspectos de la política y las actividades de la Unión Europea en materia de derechos humanos y de democratización, con vinculaciones a los conceptos de buena gobernanza y prevención de los conflictos; • Promoción de la democratización y el Estado de Derecho; • Justicia penal internacional y lucha contra la impunidad. El programa podrá tener en cuenta las variaciones regionales. Se velará en particular por que la promoción de la igualdad de género y la igualdad de oportunidades, así como los derechos de los niños, las minorías y los pueblos indígenas, estén plenamente integrados en el programa.

Todos los programas regionales de maestría deberán tener un fuerte componente de refuerzo de las competencias operativas.

El sistema de exámenes y calificación de las tesis aplicadas por todos los centros de enseñanza superior participantes deberá ser coherente. 5

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La enseñanza académica deberá impartirse bajo la supervisión de universitarios de alto nivel. Conviene especialmente que la enseñanza no se limite a conferencias de especialistas universitarios, sino que sea también impartida por expertos de organizaciones intergubernamentales, autoridades nacionales, ONG y profesionales con experiencia práctica en la defensa de los derechos humanos.


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Los expertos y el personal docente deberán ser evaluados por los alumnos regularmente. Deberá contemplarse la visita a instituciones internacionales y regionales. La lengua de trabajo de cada programa regional de maestría deberá ser, en principio, la lengua más hablada en la región de que se trate. Podrá ofrecerse formación lingüística para permitir la participación de alumnos procedentes de países de la región en los que la lengua del programa no es la más utilizada. b) Alumnos El procedimiento de selección de los alumnos aplicado por los centros de enseñanza superior participantes deberá ser claramente transparente, equitativo y coherente. En consonancia con el carácter interdisciplinario de los derechos humanos y la democracia, los estudiantes podrán tener trayectorias académicas muy variadas. En la selección de los alumnos deberá hacerse lo posible por garantizar un equilibrio entre hombres y mujeres y entre las distintas subregiones. La mayoría de los estudiantes procederán de la región de que se trate. Deberá haber un número mínimo razonable de estudiantes por región. Se anima a los solicitantes a facilitar becas a un gran número de estudiantes, aunque podrá permitirse también a un número reducido de estudiantes «de pago» participar en los programas. Cada programa de maestría deberá prever un seguimiento de la evolución académica o profesional de los graduados y ofrecer, en particular, la posibilidad de realizar períodos de prácticas y un apoyo a las asociaciones de antiguos alumnos. c) Reconocimiento universitario del título de maestría Con el fin de garantizar el reconocimiento universitario del título del maestría, cada programa debería ofrecer como mínimo sesenta 60 créditos ECTS (sistema europeo de transferencia y acumulación de créditos2) o su equivalente. El título deberá ser concedido, con el nivel de maestría, por uno o más de los centros de enseñanza superior participantes y estar reconocido por los demás programas regionales de maestría sobre derechos humanos y democratización. d) Cooperación con otros programas regionales de maestría La participación activa en el desarrollo del título de maestría y la cooperación con todos los demás programas de maestría en derechos humanos y democratización financiados por la Unión Europea constituyen aspectos importantes de este proyecto.

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http://ec.europa.eu/education/lifelong-learning-policy/doc48_en.htm

3

Reglamento (CE) nº 1889/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, DO L 386 de 29.12.2006, p.1 (http://ec.europa.eu/europeaid/where/worldwide/eidhr/working-documents_en.htm).

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Está previsto que el Centro Interuniversitario Europeo de Derechos Humanos y Democratización (EIUC, asociación europea que goza de una subvención de funcionamiento del IEDDH en virtud del artículo 13, letra e), del Reglamento del Instrumento Europeo para la promoción de la Democracia y de los Derechos Humanos3 y que ofrece el Diploma de maestría europeo en derechos humanos y democratización – uno de los títulos de maestría financiados por la UE) actúe como coordinador de los programas de estudio, favorezca el intercambio de conocimientos y de buenas prácticas y la publicación de las mejores tesis y promueva la movilidad de alumnos y profesores.


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Las redes regionales seleccionadas deberían cooperar activamente entre sí y con el Centro Interuniversitario Europeo de Derechos Humanos y Democratización (EIUC) con el fin de enriquecer sus programas gracias, entre otras cosas, al intercambio de profesores, tutores, estudiantes e inspectores y a la organización de eventos conjuntos (como conferencias internacionales y talleres). Todos los programas de maestría regionales deberán participar también activamente en el desarrollo y la actualización de un sitio web común en el que figurarán todos los programas de maestría regionales en derechos humanos y democratización financiados por la Unión Europea. Las propuestas deberán precisar los recursos humanos y financieros para asistir a las reuniones de coordinación organizadas.

2) Gestión La Comisión Europea anima a los solicitantes a celebrar consultas comunes entre los órganos rectores de los programas de maestría y los representantes de los alumnos, elegidos cada año por sus compañeros, para debatir sobre los asuntos que les afecten.

1.3

DOTACIÓN FINANCIERA ASIGNADA POR LA ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE

La cantidad indicativa global asignada a la presente convocatoria de propuestas asciende a 5 millones de euros del presupuesto de 2009. La Comisión Europea se reserva el derecho de no adjudicar todos los fondos disponibles. Cuantía de las subvenciones Las subvenciones solicitadas para una acción en el marco de la presente convocatoria estarán comprendidas entre los siguientes importes mínimos y máximos: • Importe mínimo: • Importe máximo:

400 000 EUR. 1 500 000 EUR.

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Las subvenciones no podrán ser inferiores al 50 % de los costes elegibles totales de la acción. Por otra parte, una subvención no podrá exceder del 80% del total de los costes elegibles de la acción (véase también la sección 2.1.4). El saldo deberá financiarse con recursos propios del solicitante o de sus socios o a partir de fuentes ajenas al presupuesto de la Unión Europea o a Fondo Europeo de Desarrollo.

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2.

NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS

En esta guía se establecen las normas de presentación, selección y ejecución de las acciones financiadas dentro del marco de la presente convocatoria, de acuerdo con la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. La definición de la mayoría de los términos empleados en esta Guía está incluida en el glosario de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. La Guía Práctica y el glosario anteriormente mencionados están disponibles en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/practical_guide/index_es.htm Además, se aplican las siguientes definiciones: Asociación

agrupación de organizaciones, es decir, el solicitante principal y sus socios, para la realización de la acción propuesta

Solicitante

organización encargada de presentar la solicitud

Socio

organización, distinta de la solicitante, que forma parte de la asociación

Colaborador

organización que desempeña un papel activo en la acción pero que no puede recibir fondos de la subvención

Subcontratista

organización contratada por el beneficiario o su(s) socio(s) con arreglo a los procedimientos pertinentes, para asumir tareas específicas en el marco de la realización de la acción

Reasignación contribución financiera que pueda otorgarse a terceros por el beneficiario de una (subvención en cascada) subvención de la UE cuando la ejecución de la acción lo requiera, ajustándose a las condiciones establecidas en el artículo 120 del Reglamento Financiero y en 4 el artículo 184 bis de las Normas de Desarrollo del Reglamento financiero

2.1. CRITERIOS DE DE ELEGIBILIDAD Hay tres grupos de criterios de elegibilidad referidos, respectivamente, a: • las entidades que pueden solicitar una subvención (2.1.1) y sus asociados (2.1.2), • las acciones que pueden optar a una subvención (2.1.3), • los tipos de costes que se pueden tener en cuenta para determinar el importe de la subvención (2.1.4). 2.1.1

Elegibilidad de los solicitantes: condiciones para presentar una solicitud

ser una persona jurídica y

no tener ánimo de lucro y

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http://ec.europa.eu/budget/documents/financial_regulation_en.htm

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(1) Los solicitantes deberán cumplir las siguientes condiciones para poder optar a una subvención:

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• •

ser o pertenecer a un centro de enseñanza superior5 y encargarse directamente de la preparación y gestión de la acción y no limitarse a asumir el papel de intermediario.

(2) Los solicitantes no están sujetos a ninguna restricción de nacionalidad (3) No pueden participar en convocatorias de propuestas, ni ser beneficiarios de una subvención, los solicitantes potenciales que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el apartado 2.3.3 de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE (disponible en la dirección Internet http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/practical_guide/index_es.htm). En la Parte B, Sección V, del formulario de solicitud de subvención («Declaración del Solicitante») los solicitantes deberán certificar que no se encuentran en ninguna de esas situaciones.

2.1.2

Asociación y criterios de elegibilidad de los socios

Los solicitantes deberán actuar con organizaciones asociadas como se especifica a continuación. El solicitante será el centro de enseñanza superior principal del programa de maestría de su región. Este debe presentar al menos 3 otros centros de enseñanza superior asociados, procedentes de distintos países de la misma región, con representación en los órganos decisorios, y con capacidad para participar activamente en la instrucción de los estudiantes. La elección de las instituciones de educación superior asociadas debe ser trasparente de modo a asegurar que cada Universidad participante sea capaz de demostrar un nivel elevado de rendimiento académico en temas y/o experiencias en derechos humanos y democratización relevantes para su región. Socios Los socios deberán participar en el diseño y la ejecución de la acción, y los gastos en los que incurran serán elegibles de la misma manera que los efectuados por el beneficiario de la subvención. Por tanto, deberán cumplir las mismas condiciones de elegibilidad que los solicitantes. Las siguientes categorías de colaboradores no se consideran socios por lo que no tienen que firmar la «Declaración de asociación» (Parte B, Sección II, punto 2 del formulario de solicitud de subvención): Entidades colaboradoras También podrán participar en la acción otras entidades que desempeñarán un papel activo en la operación pero no gozarán de financiación procedente de la subvención, excepto en concepto de dietas y gastos de viaje. No es necesario que las entidades colaboradoras reúnan los requisitos de elegibilidad mencionados en el apartado 2.1.1. Las entidades colaboradoras deben mencionarse en la Parte B, Sección III del formulario de solicitud de subvención titulada «Entidades colaboradoras del solicitante que participan en la acción».

5 A los efectos de la presente convocatoria, se entenderá por "centro de enseñanza superior" cualquier tipo de centro de enseñanza superior, según la legislación o práctica nacionales aplicables, que expida titulaciones reconocidas u otras cualificaciones de nivel superior reconocidas, al margen de cómo se denominen en cada país en el marco de la presente convocatoria, y, en particular, cualquier centro, según la legislación o práctica nacionales aplicables, que imparta una enseñanza o una formación profesionales de nivel superior.

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Subcontratistas


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Los beneficiarios de la subvención podrán adjudicar contratos a subcontratistas. Los posibles subcontratistas no se consideran ni socios ni colaboradores y estarán sujetos a las normas expuestas en el Anexo IV del contrato tipo de subvención (véase el Anexo F en sección 3 de la presente Guía). El solicitante será la organización principal y, si resulta seleccionado, la parte contratante («beneficiario»). 2.1.3

Actividades para las que se puede presentar una solicitud

Una acción (es decir, un proyecto) incluye una serie de actividades.

Duración La duración prevista de una acción no puede ser inferior a 24 meses ni superior a 36 meses. Cobertura geográfica Los programas regionales de postgrado sobre derechos humanos y democratización financiados en el marco de la presente convocatoria de propuestas se situarán fuera de la Unión Europea. Monitoreo, evaluación y coordinación Las acciones deberán prever un plan, así como recursos humanos, presupuesto y otras medidas adecuadas para el seguimiento y evaluación de la acción, junto con indicadores objetivamente comprobables. Las acciones deberán precisar también los recursos humanos y financieros para asistir a las reuniones de coordinación organizadas. Reasignación (subvención en cascada) Con el fin de apoyar la consecución de los objetivos de la acción, y en particular cuando la realización de la acción propuesta por el solicitante requiera la concesión de un apoyo financiero a terceros, el solicitante puede proponer la adjudicación de subvenciones en cascada. En todo caso, el apoyo financiero no puede representar el objetivo principal de la acción y debe ser debidamente justificado. Cuando el Solicitante prevea a su vez atribuir apoyo financiero, deberá especificar en su solicitud el importe total de la subvención que pueda ser empleado a tal fin así como los importes mínimos y máximos por cada apoyo financiero a terceras partes. Asimismo, se debe incluir en la solicitud, una lista conteniendo todas las actividades que pueden ser elegibles para apoyo financiero a terceras partes, así como los criterios de selección de los beneficiarios de estos apoyos. El importe máximo por cada apoyo a terceros se limita a 10.000 EUR mientras que el importe total que se puede conceder como apoyo financiero a terceros se limita a 100.000 EUR.

acciones exclusiva o principalmente centradas en ayudas individuales para la participación en talleres, seminarios, conferencias o congresos;

acciones exclusiva o principalmente centradas en becas individuales de estudios o de formación;

acciones destinadas a una única conferencia; las conferencias sólo podrán subvencionarse si se inscriben en un programa de actividades más amplio que se llevará a cabo durante el período de vigencia de la acción. A tal efecto, las actividades preparatorias con vistas a una conferencia y la publicación de las actas de la misma no constituyen en sí «actividades más amplias»; 10

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No son elegibles los siguientes tipos de acciones:


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acciones de apoyo a partidos políticos;

acciones que incluyan proselitismo.

Número de solicitudes y subvenciones por solicitante El solicitante no podrá presentar más de una solicitud en el marco de la presente convocatoria de propuestas.

2.1.4

Elegibilidad de los costes: tipo de gastos que pueden ser tomados en consideración en la subvención

Únicamente podrán tomarse en consideración para una subvención los « costes elegibles ». Las categorías de costes considerados como elegibles y no elegibles se indican a continuación. El presupuesto constituirá al mismo tiempo una estimación de costes y un límite máximo de los «costes elegibles». Los costes elegibles deberán ser costes reales apoyados por justificantes (excepto los gastos de estancia y costes indirectos, a los que se aplica una financiación a tanto alzado). La recomendación de conceder una subvención siempre estará supeditada a que el procedimiento de verificación que precede a la firma del contrato no evidencie problemas que requieran una modificación del presupuesto (como errores aritméticos, inexactitudes o costes pocos realistas u otros costes no admisibles). Esa comprobación podrá dar lugar a solicitudes de aclaración y, en su caso, a que la Comisión Europea imponga modificaciones o reducciones para hacer frente a tales errores o inexactitudes. En ningún caso podrá aumentarse el importe de la subvención o el porcentaje de cofinanciación como consecuencia de estas correcciones. Por su propio interés, los solicitantes deberán presentar un presupuesto realista que ofrezca una buena relación coste-eficacia. Costes directos elegibles Para ser considerados elegibles en el marco de la presente convocatoria de propuestas, los costes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14 de las Condiciones Generales del modelo de contrato de subvención (véase el Anexo F de la presente Guía – enlace en la última página). Reserva para imprevistos Se podrá consignar en el presupuesto de la acción una reserva para imprevistos que no sobrepase el 5 % del importe total de los costes directos subvencionables de la acción. La utilización de esta reserva estará sujeta a la autorización previa por escrito de la Comisión Europea. Costes indirectos (gastos de administración) elegibles Los costes indirectos realizados al ejecutar una acción podrán ser elegibles para una financiación a tanto alzado hasta un límite de 7% del total de costes elegibles. Cuando el solicitante sea receptor de una subvención de funcionamiento financiada con cargo al presupuesto de la UE, ningún coste indirecto podrá ser incluido en el presupuesto propuesto para la acción. Aportaciones en especie Las aportaciones en especie no se considerarán gastos efectivos ni constituirán costes elegibles. Dichas aportaciones en especie no serán tratadas como cofinanciación por parte del beneficiario.

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El coste del personal asignado a la acción no es una aportación en especie y podrá considerarse una cofinanciación en el presupuesto de la acción cuando esté sufragado por el beneficiario o sus socios.

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A pesar de lo anterior, si la descripción de la acción tal y como fue propuesta por el beneficiario prevé aportaciones en especie, éstas deberán proporcionarse durante la ejecución.

Costes no elegibles No serán subvencionados los siguientes costes: deudas y provisiones para pérdidas o deudas; intereses adeudados; gastos ya financiados en otro contexto; las compras de terrenos o edificios, salvo si estas compras son indispensables para la ejecución directa de la acción, en cuyo caso la propiedad deberá transferirse a los beneficiarios finales y/o a los socios locales como muy tarde al término de la acción; – pérdidas debidas al cambio de divisas; – impuestos, incluido el IVA; – créditos a terceros.

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2.2. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PROCEDIMIENTOS La presente convocatoria de propuestas es una convocatoria "abierta". Las solicitudes deben incluir tanto un documento de síntesis como un formulario completo de solicitud. Inicialmente, solamente los documentos de síntesis serán objeto de evaluación. Sólo posteriormente se evaluarán los formularios completos de solicitud correspondientes a los documentos de síntesis preseleccionados. La inscripción previa en PADOR (Potential Applicant Data On-Line Registration: Base de datos para la inscripción en línea de solicitantes potenciales) es obligatoria tanto para los solicitantes como para los socios: http://ec.europa.eu/europeaid/work/onlineservices/pador/index_es.htm PADOR es una base de datos en línea en la que las organizaciones se registran y actualizan regularmente sus datos. Los datos ofrecidos por las organizaciones en PADOR son utilizados por la Comisión Europea para evaluar los criterios de capacidad financiera y operativa y verificar la elegibilidad de las organizaciones que participan en las Convocatorias de propuestas. Estos datos conciernen a la organización y no están ligados a ninguna propuesta de proyecto en particular. Los solicitantes deberán rellenar todas las secciones previstas en PADOR con excepción de la sección "Estrategia y metodología". Los socios deberán rellenar todas las secciones previstas por PADOR con excepción de las secciones "Consejo de administración" y "Estrategia y metodología". Todos los documentos justificativos requeridos de los solicitantes y socios deberán introducirse en PADOR (véase la sección 2.4 abajo) a más tardar en la fecha límite de presentación del formulario de solicitud de subvención. Los solicitantes deberán indicar en el formulario de solicitud de subvención su número de identificación EuropeAid (asignado al completar el proceso de registro en PADOR) así como los de sus socios. Antes de comenzar el registro en PADOR, se deberá consultar lo siguiente: - la guía rápida (en la cual se explica, en una página, el proceso de registro en PADOR) - las preguntas más frecuentes (FAQ) - la guía del usuario de PADOR Estos 3 documentos están disponibles en el enlace arriba mencionado. No obstante lo anterior, cuando el registro en PADOR es objetivamente imposible, los solicitantes podrán presentar una solicitud de exención relativa a su registro en PADOR y/o el de alguno(s) de su(s) socio(s). En este caso, el solicitante y/o su(s) socio(s) deberán rellenar obligatoriamente el expediente de exención PADOR (Dossier de Derogación PADOR-Anexos KA y KB de la presente guía) y devolverlo con el formulario de solicitud de subvención a la dirección indicada en el punto 2.2.2. La exención deberá justificarse por la imposibilidad objetiva del solicitante o sus socios de registrarse en PADOR. Esta imposibilidad objetiva deberá ser independiente de la voluntad del solicitante y/o de sus socios y, en principio, ser de carácter general (es decir, no debe ser imputable a las circunstancias particulares del solicitante y/o de sus socios). Siempre que sea posible, el solicitante deberá proporcionar documentos justificativos para sustanciar su solicitud. Las exenciones concedidas sólo se aplicarán a la convocatoria de propuestas específica en cuyo contexto se hayan solicitado. En caso de concederse la exención, la propia Comisión Europea realizará el registro en PADOR. Si, en una fase posterior, la propia organización desea actualizar sus datos, deberá dirigir una solicitud de acceso al Servicio de ayuda al usuario de PADOR a la dirección electrónica que se indica a continuación. Toda cuestión relativa al registro en PADOR deberá ir dirigida al Servicio de ayuda al usuario PADOR, a la siguiente dirección electrónica: europeaid-on-line-registration-hd@ec.europa.eu Formulario de solicitud de subvención

Los solicitantes deben enviar las solicitudes utilizando los documentos de solicitud adjuntos a la presente Guía: Anexo A – Formulario de solicitud (Partes A y B), Anexo B – Presupuesto y Anexo C – Marco lógico (a descargar en la página Web de EuropeAid: 13

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2.2.1


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https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/onlineservices/index.cfm?ADSSChck=1236858499158&do=publi.welcome&userlanguage=es) La información presupuestaria referente a la acción deberá proporcionarse utilizando cifras redondas y presentarse solamente en el presupuesto (Anexo B). Los solicitantes deben observar que, en el anexo B, hay dos hojas de trabajo que rellenar: Hoja de trabajo 1 - "Presupuesto de la acción" (la hoja de trabajo 1 debe incluir todos los costes subvencionables que están previstos para la acción), y Hoja de trabajo 2 - "Fuentes previstas de financiación" (la hoja de trabajo 2 debe indicar el importe y el porcentaje de financiación por fuente, es decir, la contribución UE solicitada, la contribución del solicitante, contribuciones de otros donantes, etc.). NB: Véase la sección 1.3 respecto a las normas sobre el porcentaje máximo de la contribución de la CE. Las solicitudes deberán ser presentadas en uno de los idiomas de la UE siguientes: inglés, francés, español o portugués. Cualquier error relacionado con los puntos enumerados en la lista de verificación (parte B, Sección IV de la del formulario de solicitud de subvención) o cualquier incoherencia importante en este formulario podrá llevar al rechazo de la solicitud. Sólo se solicitarán aclaraciones cuando la información proporcionada resulte poco clara y, por lo tanto, no permita a la Comisión Europea realizar una evaluación objetiva. No se aceptarán solicitudes cumplimentadas a mano. Las solicitudes (Formulario de solicitud de subvención incluyendo el documento de síntesis e el formulario completo, el presupuesto y el marco lógico) deben presentarse en una versión original, en papel. Estos documentos deberán presentarse también en formato electrónico (CD-ROM o USB). La versión electrónica deberá ser idéntica a la versión en papel facilitada. Cada componente del formulario de solicitud de subvención (el documento de síntesis, formulario completo de solicitud, el presupuesto y el marco lógico) se transmitirán en formato electrónico por separado (así por ejemplo, el formulario completo de solicitud no deberá dividirse en distintos ficheros). Además, las solicitudes no deberán contener gráficos, imágenes o diagramas en color y/o alta resolución. Sólo se examinarán el formulario de solicitud de subvención y los anexos publicados (presupuesto y marco lógico) presentados por el solicitante. Es por lo tanto muy importante que estos documentos contengan TODA la información pertinente sobre la acción. No deberá enviarse ningún anexo suplementario. 2.2.2

Dónde y cómo enviar las solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en un sobre sellado, enviado por correo certificado con confirmación de entrega o a través de un servicio de mensajería privado, o mediante entrega en mano en la dirección que se indica a continuación (la Comisión entregará un acuse de recibo firmado y fechado). Para comodidad de los solicitantes, se ha adjuntado un formulario de dirección en los Anexos H y I de la presente Guía. Se insta a los solicitantes a completarlo y utilizarlo como etiqueta en el sobre externo. Dirección postal

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Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas Sector "Convocatorias de propuestas" Despacho: L-41 03/154 B - 1049 BRUSELAS BÉLGICA 14


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Dirección para la entrega en mano o por servicio de mensajería privado Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas Sector "Convocatorias de propuestas" Despacho: L-41 03/154 Servicio de correo central Avenue du Bourget 1 B-1140 Bruselas (Evere) BÉLGICA Las solicitudes enviadas por fax o por e-mail o entregadas en otras direcciones serán rechazados. La lista de control (Sección IV, Parte B, del formulario de solicitud de subvención) y la Declaración del solicitante (Sección V, Parte B, del formulario de solicitud de subvención) deberán graparse por separado e incluirse en el sobre. El sobre exterior deberá llevar la referencia y el título de la convocatoria de propuestas, la denominación completa y dirección del solicitante, así como la mención « No abrir antes de la sesión de apertura». Los solicitantes deberán verificar que su solicitud está completa empleando la lista de verificación (Sección IV de la parte B del formulario de solicitud de subvención). Las solicitudes incompletas podrán ser rechazadas. 2.2.3

Plazo de presentación del formulario completo de solicitud

El plazo para la presentación de las solicitudes el 2 de Marzo de 2010 (fecha del lugar de expedición); del cumplimiento de este plazo dará fe la fecha que figure en el matasellos de correos o en el comprobante de depósito. En caso de entrega en mano, el primer plazo y hora límite de recepción se fija 2 de Marzo de 2010 a las 16 horas (fecha y hora de Bruselas), según figurará en el acuse de recibo firmado y fechado entregado al portador por la Comisión Europea. Cualquiera solicitud enviada después del plazo de presentación o recibida después de la hora de recepción en caso de entrega en mano será rechazada. Cualquiera solicitud recibida por la Comisión Europea en la fecha o tras la fecha en que se concluya efectivamente la evaluación de los documentos de síntesis, se considerará fuera del plazo y, en consecuencia, será rechazada. El solicitante es el único responsable del modo de envío que elija entre los indicados en la sección 2.2.2 así como del seguimiento de la entrega. 2.2.4

Información adicional sobre las solicitudes

Los solicitantes podrán enviar preguntas (excepto las referentes al sistema de registro en línea PADOR) por correo electrónico, a más tardar 21 días antes del plazo de presentación de las solicitudes, a la dirección que figura a continuación, indicando claramente la referencia de la convocatoria de propuestas: Dirección de correo electrónico: EuropeAid-GlobalCalls@ec.europa.eu

Después del plazo para la presentación de las solicitudes, sólo la Comisión Europea podrá utilizar la citada dirección de correo electrónico para el envío de correspondencia en respuesta a las aclaraciones solicitadas. 15

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Se les contestará, a más tardar, 11 días antes del plazo de presentación de las solicitudes. La Comisión Europea no tiene ninguna obligación de proporcionar nuevas aclaraciones después de esta fecha.


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No se dará ninguna respuesta individual a las cuestiones relativas al estado actual del proceso de selección a través de esta dirección electrónica. Con el fin de garantizar un tratamiento equitativo a los solicitantes, la Comisión Europea no puede emitir dictámenes previos sobre la elegibilidad de un solicitante o de un socio, o sobre la elegibilidad de una acción o de una actividad concreta.

Además, durante el procedimiento de evaluación, los avisos importantes a los solicitantes podrán publicarse en el sitio Internet: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do=publi.welcome de EuropeAid, junto con los otros documentos relacionados con la presente convocatoria, en caso necesario. Se recomienda por tanto a los solicitantes que consulten regularmente esta página web.

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Las preguntas relativas al registro PADOR deberán remitirse a la dirección electrónica específica del Helpdesk PADOR: europeaid-on-line-registration-hd@ec.europa.eu

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2.3

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

La Comisión Europea examinará y evaluará las solicitudes con arreglo a las siguientes etapas y criterios. No obstante, si el examen de la solicitud evidencia en cualquiera de las etapas que el solicitante, un socio o la propia acción propuesta no cumple los criterios de elegibilidad descritos en las secciones 2.1.1, 2.1.2 y 2.1.3 de la presente Guía, la solicitud podrá ser rechazada exclusivamente sobre esta base.

1)

1ª ETAPA: SESIÓN DE APERTURA Y VERIFICACION ADMINISTRATIVA

Se evaluará lo siguiente: •

El respeto del plazo de presentación. Si el plazo no se ha respetado, se rechazará la solicitud.

El formulario de solicitud de subvención satisface todos los criterios especificados en la Lista de Verificación (Sección IV de la Parte B del formulario de solicitud de subvención). Si cualquier información requerida faltase o fuese incorrecta, la solicitud podrá ser rechazada por ese único motivo y no seguirá siendo evaluada.

Después de esta sesión, la Comisión Europea informará a los solicitantes si su solicitud ha sido presentada antes de la fecha límite y si ha sido recomendada para evaluación. La Comisión Europea se reserva el derecho de proceder directamente a evaluar los documentos de síntesis (etapa 2) enviados dentro de la fecha límite y en una de las lenguas especificadas en la sección 2.2.1 de la Guía para los solicitantes.

2)

2ª ETAPA: EVALUACIÓN DEL DOCUMENTO DE SINTESIS

La evaluación de los documentos de síntesis versará sobre la pertinencia de la acción, sus méritos y su eficacia, viabilidad y sostenibilidad. La Comisión Europea se reserva el derecho de omitir la evaluación de los documentos de síntesis cuando esté justificado (por ejemplo cuando se han recibido un número inferior de solicitudes de lo esperado) y pasar directamente a la evaluación de las correspondientes formularios completos de solicitud. La puntuación de los documentos de síntesis es independiente de la posible puntuación del formulario completo de solicitud. El documento de síntesis se puntuará sobre 50 de conformidad con el desglose previsto en la siguiente tabla de evaluación. La evaluación igualmente verificará el cumplimiento de las instrucciones mencionadas en la orientación para el documento de síntesis, Parte A del formulario de solicitud de subvención. Los criterios de evaluación se dividen en secciones y subsecciones. A cada subsección se le dará una puntuación entre 1 y 5 según las siguientes categorías de evaluación: 1=muy deficiente, 2=deficiente, 3=aceptable, 4=satisfactorio y 5= muy satisfactorio.

1.1 Pertinencia de la acción en relación con las necesidades y las limitaciones del país/ región que tienen que ser abordadas en general, y aquellos de los grupos destinatarios y beneficiarios finales en particular. 1.2. Pertinencia en relación con los objetivos mencionados en la Guía. 2. Eficacia y viabilidad de la acción

5(x2)* Puntuación parcial

25 17

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1. Pertinencia de la acción

Puntuación Puntuación 15 parcial 5


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2.1. Evaluación de la identificación y el análisis del problema 2.2. Evaluación de las actividades propuestas (carácter práctico y consistencia en relación con el/los objetivo(s) general(es) y los resultados esperados). 2.3. Evaluación del papel a desempeñar y de la implicación de todos los actores interesados y socios propuestos. 3. Sostenibilidad de la acción 3.1. Evaluación de la identificación de las principales hipótesis y riesgos, antes y durante todo el periodo de ejecución 3.2. Evaluación de la identificación del impacto sostenible a largo plazo sobre los grupos destinatarios y los beneficiarios finales. PUNTUACIÓN TOTAL

5 5(x2)* 5(x2)* Puntuación parcial 5

10

5 50

* La puntuación se multiplican por 2 dependiendo de la importancia. Una vez que todos los documentos de síntesis hayan sido evaluados, se formará un listado con las acciones propuestas ordenándolas según su puntuación total. En primer lugar, sólo el documento de síntesis que haya obtenido una puntuación de un mínimo de 12 puntos en la categoría "Pertinencia" así como una puntuación total mínima de 30 puntos se tomará en cuenta a efectos de la preselección. Posteriormente, el listado de documentos de síntesis se reducirá, de acuerdo con el orden de la puntuación obtenida, a aquellos en los que el importe de las contribuciones solicitadas sea al menos el doble del presupuesto disponible para la convocatoria de propuestas. Posteriormente, los formularios completos de solicitud correspondientes a los documentos de síntesis preseleccionados serán evaluados.

3)

3ª ETAPA: EVALUACIÓN DEL FORMULARIO COMPLETO DE SOLICITUD

Se evaluarán la calidad de las solicitudes, incluido el presupuesto propuesto, y la capacidad del solicitante y sus socios, de conformidad con los criterios que figuran en la siguiente tabla de evaluación. Se distinguen dos tipos de criterios de evaluación: criterios de selección y de adjudicación. Los criterios de selección se refieren a la capacidad financiera y operativa del solicitante, con objeto de garantizar que: •

Dispone de fuentes de financiación estables y suficientes para mantener su actividad durante el periodo de ejecución de la acción y, en su caso, para participar en su financiación.

Dispone de la capacidad de gestión y las competencias y cualificaciones profesionales requeridas para llevar a cabo la acción propuesta. Este punto también se aplicará, en su caso, a los socios del solicitante.

Puntuación: Las tablas de los criterios de evaluación se dividen en secciones y subsecciones. Cada subsección se puntuará entre 1 y 5 de acuerdo con las siguientes pautas: 1 = muy deficiente; 2 = deficiente; 3 = aceptable; 4 = satisfactorio; 5 = muy satisfactorio.

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Los criterios de adjudicación permiten evaluar la calidad de las solicitudes presentadas en relación con los objetivos y las prioridades establecidos, con objeto de conceder las subvenciones a las acciones que optimicen la eficacia global de la convocatoria de propuestas. Permiten seleccionar las solicitudes que garantizan a la Comisión Europea el cumplimiento de sus objetivos y prioridades, así como la visibilidad de la financiación de la UE (ver: http://ec.europa.eu/europeaid/work/visibility/index_es.htm). Se refieren, en particular, a la calidad de la acción, su coherencia con los objetivos de la convocatoria de propuestas, los resultados previstos, la sostenibilidad y la relación coste-eficacia de la acción.


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Tabla de evaluación Sección 1. Capacidad financiera y operativa 1.1. ¿Tienen el solicitante y sus socios suficiente experiencia en gestión de proyectos?

Puntuación máxima 20 5

3. Metodología 3.1. ¿Son las actividades propuestas apropiadas, prácticas y acordes a los objetivos y los resultados esperados? 3.2. ¿Qué grado de coherencia tiene la concepción global de la acción? (En particular: ¿refleja el análisis de los problemas implicados, tiene en cuenta los factores externos y anticipa una evaluación? 3.3. ¿Es satisfactorio el grado de implicación y participación de los socios y otros actores interesados en la acción? 3.4. ¿Es claro y factible el plan de acción? 3.5. ¿Incluye la propuesta indicadores objetivamente verificables para el resultado de la acción? 4. Sostenibilidad 4.1. ¿Es probable que la acción tenga un efecto tangible en los grupos destinatarios? 4.2. ¿Puede la propuesta tener efectos multiplicadores? (incluyendo, posibilidades de reproducción y extensión de los resultados de la acción y de difusión de la información) 4.3. ¿Son sostenibles los resultados previstos de la acción: - desde un punto de vista financiero (¿cómo se financiarán las actividades cuando cese la subvención?) - desde un punto de vista institucional (¿habrá estructuras que permitan continuar las actividades una vez finalizado la acción? ¿Habrá una "apropiación" local de los resultados de la acción?) - desde un punto de vista político (cuando proceda) (¿cuál será el efecto estructural de la acción? - por ejemplo: ¿dará lugar a una mejora de la legislación, los códigos de conducta, los métodos, etc.?) - medioambientalmente (si procede) (¿tendrá la acción un impacto ambiental negativo/positivo?)

5

5 5 25

5x2

5

5x2 25 5

5 5 5 5 15 5

5

5

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1.2. ¿Tienen el solicitante y sus socios suficiente experiencia técnica? (en particular, conocimientos de las cuestiones tratadas) 1.3. ¿Tienen el solicitante y sus socios suficiente capacidad de gestión? (incluyendo el personal, equipamiento y capacidad para gestionar el presupuesto para la acción) 1.4. ¿Dispone el solicitante de fuentes de financiación estables y suficientes? 2. Pertinencia 2.1. ¿Es pertinente la propuesta con respecto a los objetivos de la convocatoria de propuestas? Nota: Sólo podrá atribuirse una puntuación de 5 (muy satisfactorio) si la propuesta contiene elementos específicos de valor añadido, tal como la promoción de la igualdad de género, la igualdad de oportunidades, los derechos de los niños, las minorías y los pueblos indígenas. 2.2. ¿En qué medida es pertinente la propuesta respecto a las necesidades y condicionantes específicas del país, países, región o regiones destinatarios? (incluyendo sinergias con otras iniciativas de la CE y ausencia de solapamientos). 2.3. ¿En qué medida están claramente definidos y estratégicamente elegidos los implicados (beneficiarios finales, grupos destinatarios, etc.)? ¿Están claramente definidas sus necesidades? Y ¿son abordadas de manera apropiada por la propuesta?

Nota: Sólo podrá atribuirse una puntuación de 5 (muy satisfactorio) si la propuesta contiene actividades destinadas a asegurar tanto la sostenibilidad financiera como 19


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los resultados, cubriendo por ejemplo la construcción de redes institucionales, la recaudación de fondos, el fortalecimiento de las capacidades de gestión y de las competencias. 5. Presupuesto y relación coste-eficacia 5.1. ¿Es satisfactoria la relación entre los costes estimados y los resultados esperados? 5.2. ¿Son necesarios para la realización de la acción los gastos propuestos? Puntuación total máxima

15 5 5x2 100

Nota sobre la sección 1: Capacidad financiera y operativa Si una solicitud tiene una puntuación inferior a 12 puntos en la sección 1, esta solicitud será rechazada. Nota sobre la sección 2: Pertinencia Si una solicitud tiene una puntuación inferior a 20 puntos en la sección 2, esta solicitud será rechazada. Selección provisional Una vez efectuada la evaluación, las solicitudes se dispondrán en una tabla, según la puntuación obtenida. A continuación una lista de solicitudes provisionalmente seleccionadas será establecida en función de la dotación disponible así como una lista de reserva. Nota: las puntuaciones obtenidas en esta fase son totalmente independientes de las atribuidas al documento de síntesis de la misma solicitud.

4)

4ª ETAPA: VERIFICACIÓN DE LA ELEGIBILIDAD DEL SOLICTANTE Y LOS SOCIOS

La elegibilidad sólo se comprobará, a partir de los documentos justificativos requeridos por la Comisión Europea (véase sección 2.4), en el caso de las solicitudes que se hayan seleccionado provisionalmente según su puntuación y dentro de la dotación financiera disponible.

• •

La declaración del solicitante (sección V de la parte B del formulario de solicitud de subvención) se cotejará con los documentos justificativos presentados. Cualquier discordancia entre ambos o la falta de uno de los documentos justificativos puede ser motivo suficiente para descartar la solicitud. Se comprobará que el solicitante y los socios son elegibles de acuerdo con los criterios establecidos en los puntos 2.1.1 y 2.1.2.

Tras completar la citada evaluación, y en caso necesario, toda solicitud rechazada será sustituida por la solicitud que se encuentre en la mejor posición en la lista de reserva y que se ajuste a la dotación financiera disponible, analizándose en ese momento la elegibilidad del solicitante y sus socios.

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En base a la verificación de los documentos justificativos, la Autoridad Contratante preparará una lista final de concesiones que se otorgarán en está Convocatoria de Propuestas.

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2.4

PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS SELECCIONADAS PROVISIONALMENTE

JUSTIFICATIVOS

DE

LAS

SOLICITUDES

Los solicitantes y sus socios deberán presentar los documentos justificativos que se enumeran a continuación para permitir a la Comisión Europea verificar su elegibilidad. Todos los justificantes del solicitante, así como los de sus socios, referentes a la presente convocatoria de propuestas, deberán introducirse en el sistema PADOR. El plazo para introducir los justificantes en PADOR es el mismo que el de presentación del formulario de solicitud de subvención (véase la sección 2.2.3). Si se solicita la exención de la obligación de registrarse en PADOR (véase la sección 2.2), el solicitante y/o su(s) socio(s) deberán en cualquier caso enviar todos los justificantes para esta convocatoria de propuestas así como el "dossier de derogación PADOR" a la dirección indicada en la sección 2.2.2 junto con el formulario de solicitud de subvención. Si no se proporcionan los documentos justificativos en los plazos anteriormente mencionados, la solicitud podrá rechazarse.

Lista de los documentos justificativos requeridos al solicitante 1. Estatutos o reglamentos de asociación de la organización. Estos documentos deben probar que la organización en cuestión satisface todos los criterios de elegibilidad requeridos, indicados en la sección 2.1.1 (a saber, ser persona jurídica, no tener ánimo de lucro, tipo de organización y objetivos, etc.). Estos documentos deben ser validados por la autoridad nacional adecuada (Ministerio, notario, etc.) o acompañarse de un certificado de registro o de otro documento adecuado. Estos últimos documentos deberán introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que los estatutos o reglamentos de asociación o, cuando se haya solicitado una exención de registro en PADOR, deberán enviarse junto con los demás justificantes. 2. Si la subvención solicitada excede 500.000 EUR, un informe de auditoría externa realizado por un auditor autorizado, en el que se certifiquen las cuentas del solicitante del último ejercicio disponible. Esta obligación no se aplica a los organismos públicos. 3. Copia de la contabilidad más reciente del solicitante (cuenta de gestión y balance del último ejercicio clausurado). Esta obligación no se aplica a los organismos públicos. Tampoco se aplica cuando las cuentas coincidan en la práctica con el informe de auditoría externa ya facilitado con arreglo al punto 2 arriba mencionado. 4. Ficha de entidad jurídica (véase el anexo D de esta Guía), debidamente rellenada y firmada por el solicitante, acompañada de los documentos justificativos requeridos. Si el solicitante ya ha firmado un contrato con la Comisión europea con anterioridad, puede presentar el número de identidad jurídica en lugar de la ficha de identidad jurídica y los documentos justificativos necesarios, a menos que haya ocurrido un cambio en su estatuto desde la firma del contrato en cuestión Lista de documentos justificativos requeridos a los socios:

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Estatutos o reglamentos de asociación de la organización. Estos documentos deben probar que la organización en cuestión satisface todos los criterios de elegibilidad requeridos, indicados en la sección 2.1.1 y 2.1.2 (a saber, ser persona jurídica, no tener ánimo de lucro, tipo de organización y objetivos, etc.). Estos documentos deben ser validados por la autoridad nacional adecuada (Ministerio, notario, etc.) o acompañarse de un certificado de registro o de otro documento adecuado. Estos últimos documentos deberán introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que los estatutos o reglamentos de asociación o, cuando se haya solicitado una exención de registro en PADOR, deberán enviarse junto con los demás justificantes.

Requisitos para todos los documentos justificativos: 21


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En los casos en que los documentos justificativos requeridos no se introduzcan en PADOR, deberán presentarse en forma de originales, copias o versiones escaneadas de dichos originales. En caso de que los documentos no estén redactados en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea, una traducción a una de las lenguas de la presente convocatoria de propuestas (véase el apartado 2.2.1) de las partes pertinentes de los mismos en las que se demuestre la elegibilidad del solicitante y de su(s) socio(s) se introducirá en PADOR en el mismo fichero electrónico que la versión lingüística original (o, en caso de haber solicitado una exención del registro en PADOR, deberá enviarse con los documentos justificativos) y prevalecerá a afectos del análisis de la solicitud.

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Cuando estos documentos estén redactados en una lengua de la Unión Europea distinta de las lenguas de la convocatoria de propuestas, recomendamos encarecidamente a los solicitantes y socio(s) que, para facilitar la evaluación, se sirvan proporcionar asimismo una traducción a una de las lenguas de la convocatoria de propuestas de las partes pertinentes de los documentos que acreditan la elegibilidad del solicitante y de su(s) socio(s). Cuando se proporcione tal traducción, deberá introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que la versión lingüística original (o, en caso de haber solicitado una exención del registro en PADOR, deberá enviarse con los documentos justificativos).

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2.5

NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA

2.5.1. Contenido de la decisión La Comisión Europea comunicará por escrito a los solicitantes la decisión que ha adoptado con respecto a su solicitud y, en el caso de las solicitudes no seleccionadas, la(s) principal(es) razon(es) de la decisión desfavorable. Los solicitantes cuya solicitud no haya sido seleccionada en las etapas de apertura y verificación administrativa (etapas 1) o en la etapa de verificación de la elegibilidad (etapa 4) y que deseen obtener información complementaria, deberán solicitarla mediante carta, indicando la referencia de la convocatoria de propuestas y el número que se ha atribuido a su solicitud, a la siguiente dirección: Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas A la atención del Jefe del Sector de Convocatorias de Propuestas Despacho: L-41 03/136 B - 1049 BRUSELAS Bélgica Los solicitantes cuya solicitud no haya sido seleccionada en las etapas de evaluación técnica (etapas 2 ó 3) y que deseen obtener información complementaria, deberán solicitarla mediante carta, indicando la referencia de la convocatoria de propuestas y el número que se ha atribuido a su solicitud, a la siguiente dirección: Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F2 - Gestión Central de las Líneas Presupuestarias Temáticas– PA RELEX A la atención del Jefe de Unidad Despacho L-41 02/53 B - 1049 BRUSELAS Bélgica El solicitante deberá transmitir a la Comisión Europea su solicitud de información complementaria dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la carta en que se le haya comunicado la decisión desfavorable relativa a su solicitud. La Comisión Europea deberá responder dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de información complementaria. Posteriormente, los solicitantes que consideren que se han producido errores o irregularidades durante el procedimiento de adjudicación podrán dirigir una petición en este sentido, dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la citada respuesta de la Comisión Europea, a la siguiente dirección:

La Comisión Europea deberá responder dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la petición.

23

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Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Dirección F – Operaciones temáticas A la atención del Director Despacho L-41 03/169 B-1049 Bruselas, Bélgica


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2.5.2. Calendario indicativo

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El calendario indicativo se publicará en el sitio Internet de EuropeAid https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do=publi.welcome, junto con los otros documentos relacionados con la presente convocatoria, y se actualizará a lo largo del procedimiento de evaluación.

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2.6

CONDICIONES APLICABLES A LA EJECUCIÓN DE LA ACCIÓN TRAS LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA DE CONCEDER UNA SUBVENCIÓN

Tras la decisión de conceder una subvención a una acción, se propondrá un contrato al beneficiario de acuerdo con el modelo de contrato tipo de la Comisión Europea (véase el Anexo F). Al firmar la solicitud (Anexo A), el solicitante declara aceptar, en el caso de serle concedida una subvención, las condiciones del contrato tal y como están establecidas en el modelo de contrato tipo. Si el solicitante seleccionado es una organización internacional, se utilizará el modelo de Acuerdo de Contribución con una organización internacional o cualquier otro modelo acordado entre la organización internacional en cuestión y la Comisión Europea, en lugar del modelo de contrato tipo, siempre que la organización internacional de que se trate ofrezca las garantías establecidas en el artículo 53 quinquies, párrafo primero del Reglamento Financiero, tal y como se describe en el capítulo7 de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. Contratos de ejecución Cuando para la ejecución de la acción el beneficiario deba recurrir a la contratación, deberá adjudicar el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, es decir, aquella que presente la mejor relación calidadprecio y más se ajuste a los principios de transparencia e igualdad de trato a los posibles contratistas, y procurará que no exista conflicto de intereses. Para ello, deberá aplicar los procedimientos enunciados en el anexo IV del contrato.

2.7

BASE DE DATOS CENTRAL DE EXCLUSIÓN Y SISTEMA DE ALERTA RÁPIDA

Los solicitantes, y en caso de personas jurídicas, aquellas personas que tengan facultades de representación, de toma de decisiones o de control sobre dichas personas jurídicas, son informados que, en caso de encontrarse en cualquiera de las situaciones mencionadas en: - la Decisión de la Comisión de 16 de diciembre de 2008 relativa al sistema de alerta rápida (SAR) para uso de los ordenadores de la Comisión y de las agencias ejecutivas (DOUE L 344 de 20/12/2008, p. 125); - el Reglamento (CE, Euratom) nº 1302/2008 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2008, relativo a la base de datos central de exclusión (DOUE L 344 de 20/12/2008 p. 12.

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sus datos personales (nombre y apellidos, en caso de personas físicas, domicilio, forma jurídica, nombre y apellidos de las personas con facultades de representación, de toma de decisiones o de control, en caso de personas jurídicas) podrían ser incluidos en el SAR solamente o en el SAR y en la base de datos de exclusión, y podrían ser comunicados a las entidades incluidas en la Decisión y Reglamento mencionados respecto a la atribución o ejecución de un contrato o de un contrato de subvención o decisión.]

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3.

LISTADO DE ANEXOS

DOCUMENTOS QUE DEBEN RELLENARSE ANEXO A: Formulario de solicitud de subvención (formato Word) ANEXO B: Presupuesto (formato Excel) ANEXO C: Marco lógico (formato Excel) ANEXO D: F ICHA DE ENTIDAD JURÍDICA (FORMATO PDF) Véanse los documentos E3e en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm ANEXOS QUE DEBEN RELLENARSE EN CASO DE SOLICITUD DE EXENCIÓN DEL REGISTRO PADOR ANEXO KA: DOSSIER DE DEROGACION PADOR – SOLICITANTE (FORMATO WORD) ANEXO KB: DOSSIER DE DEROGACION PADOR – SOCIO (FORMATO WORD) DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN ANEXO E: F ICHA DE IDENTIFICACIÓN FINANCIERA Véase el documento E3f en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm ANEXO F: CONTRATO TIPO (FORMATO WORD) Véanse los documentos E3h_1 a E3h_9 en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm E3h_1 - CONDICIONES PARTICULARES E3h_2 - ANEXO II: CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE SUBVENCIÓN CELEBRADOS EN EL MARCO DE LAS ACCIONES EXTERIORES DE LA COMUNIDAD EUROPEA E3h_3 - ANEXO IV: PROCEDIMIENTOS DE CELEBRACIÓN DE CONTRATOS E3h_4 - ANEXO V: MODELO DE LA SOLICITUD DE PAGO Y FICHA DE IDENTIFICACIÓN FINANCIERA E3h_5 - ANEXO VI: INFORME DESCRIPTIVO INTERMEDIO E3h_6 - ANEXO VI: INFORME DESCRIPTIVO FINAL E3h_7- ANEXO VI: INFORME FINANCIERO E3h_8 - ANEXO VII: MODELO DE INFORME DE CONCLUSIONES FACTUALES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA VERIFICACIÓN DE GASTOS DE UN CONTRATO DE SUBVENCIÓN FINANCIADO POR LA COMUNIDAD EUROPEA PARA ACCIONES EXTERIORES E3H_9- ANEXO VIII: MODELO DE GARANTÍA FINANCIERA ANEXO G: DIETAS (DIARIAS) http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/per_diems/index_en.htm ANEXO H: FORMULARIO DE DIRECCIÓN (DIRECCIÓN POSTAL - SOLICITUDES ENVIADAS POR CORREO) ANEXO I: FORMULARIO DE DIRECCIÓN (DIRECCIÓN PARA ENTREGA EN MANO O POR SERVICIO DE MENSAJERÍA) ANEXO J: PROJECT CYCLE MANAGEMENT GUIDELINES

www.diba.cat/ri

http://ec.europa.eu/europeaid/multimedia/publications/publications/manuals-tools/t101_en.htm

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