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Diario Oficial de la Unión Europea

C 73/35

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS EACEA/10/10 PARA EL PROGRAMA DE APRENDIZAJE PERMANENTE Asistencia para la cooperación en Europa en materia de educación y formación (2010/C 73/09) Parte A — Incrementar el grado de sensibilización a nivel nacional sobre las estrategias de aprendizaje permanente y sobre la cooperación en Europa en materia de educación y formación Parte B — Apoyar la cooperación transnacional en el desarrollo y aplicación de estrategias de aprendizaje permanente de ámbito nacional y regional 1. Objetivos y descripción La convocatoria de propuestas tiene por objetivo apoyar la elaboración y la aplicación de estrategias y políticas de aprendizaje permanente coherentes y exhaustivas en los ámbitos nacional, regional y local, que abarquen e interconecten todos los tipos (formal, no formal, informal) y todos los niveles de aprendizaje (educación infantil, primaria, secundaria, superior, de adultos, estudios técnicos y formación profesional inicial y continua), creando nexos con otras áreas políticas pertinentes (por ejemplo, empleo e inclusión social), mediante: — actividades de sensibilización y creación de foros y redes nacionales y transnacionales, — apoyo a la elucidación de los principales factores críticos que influyen sobre el éxito de las estrategias y políticas de aprendizaje permanente implantadas, — intercambio de experiencias y de buenas prácticas, así como de experimentación conjunta, puesta a prueba y transferencia de prácticas innovadoras en materia de formulación y aplicación de estrategias y políticas de aprendizaje permanente, — garantía de un alto nivel de compromiso institucional, así como de coordinación, consulta y asociación con todas las partes interesadas y los profesionales, — implantación de estrategias y políticas de aprendizaje permanente eficientes y equitativas con el fin de lograr la inclusión social. 2. Candidatos admisibles Podrán presentarse a la presente convocatoria las organizaciones establecidas en los países que participan en el Programa de Aprendizaje Permanente. Las solicitudes de financiación deberán ser presentadas por una persona jurídica legalmente autorizada. No podrán optar a la subvención las personas físicas. Los beneficiarios podrán ser ministerios nacionales o regionales de educación y formación, otros organismos públicos y organizaciones de partes interesadas que participen activamente en el aprendizaje permanente (educación infantil, educación primaria y secundaria, EFP, educación superior y educación de adultos). Las organizaciones de partes interesadas incluyen las asociaciones u organizaciones europeas, nacionales o regionales cuyas actividades o funciones principales estén directamente relacionadas con algún sector edu­ cativo o formativo. Parte A — Incrementar el grado de sensibilización a nivel nacional sobre las estrategias de aprendizaje permanente y sobre la cooperación en Europa en materia de educación y formación Las solicitudes de financiación sólo podrán ser presentadas por una organización o por una asociación integrada por varias organizaciones de uno o más países elegibles.

www.diba.cat/ri

23.3.2010


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