Propuesta sistema de gestión sst policia 2013

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Propuesta: Implementación de Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en la Policía del Estado Guárico

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La salud de la población trabajadora constituye uno de los elementos fundamentales para el desarrollo de un país y a su vez refleja el estado de progreso de una sociedad; visto así, un individuo sano se constituye en el factor de mayor interés en los procesos productivos, en el cual la salud de la población trabajadora debe corresponderse a un enfoque integral orientado a garantizar el mayor período posible de bienestar y englobando los campos de promoción, prevención, mantenimiento, asistencia curativa y de rehabilitación, tendentes a garantizar óptimas condiciones de bienestar físico, mental y social, protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolos en un puesto de trabajo acorde con sus condiciones psicofísicas y manteniéndolos en aptitud de producción laboral. Dicho de otra forma, se procura generar y promover el trabajo seguro y sano así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo, realzar el bienestar físico-mental y social de los trabajadores, respaldar el perfeccionamiento y mantenimiento de su capacidad de trabajo. A la vez que se busca habilitar a los trabajadores y trabajadoras para que lleven una vida social y económica productiva que contribuya efectivamente en un desarrollo sostenible. En tal sentido, la relación entre situación de salud, calidad del empleo y condiciones de trabajo es hoy en día incuestionable, razón por la cuál constituye una preocupación primordial, velar porque todas las actividades laborales se realicen sin deterioro para la calidad de vida de las personas y se conviertan en un pilar fundamental para su desarrollo. En Venezuela, la salud de la población trabajadora tiene rango constitucional esto de acuerdo a lo establecido en los artículos 86 y 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; existiendo además, disposiciones legales que amparan los derechos que tienen los trabajadores y trabajadoras para mejorar sus condiciones de trabajo y de vida, entre las cuales destaca como principal la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) promulgada en Julio de 1986 y reformada en Julio del año 2005; instrumento que se basa fundamentalmente en promover medidas preventivas, propiciando la protección de la salud de los trabajadores, ya que en cada puesto o lugar de trabajo, actividad, ocupación o profesión, hay implícita una serie de riesgos. A diferencia de lo anterior, para nadie es un secreto que los avances en el campo de la Salud Ocupacional en sectores de la administración publica no se encuentra a la altura de las necesidades y de la magnitud de los problemas, donde la implementación de sistemas de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo no ha sido tomada con la merecida importancia, arrastrando una gran problemática oculta como lo es el aumento de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, siendo nuestro caso en particular la Policía del Estado Guárico, ente empleador que agrupa a trabajadores de diferentes áreas, oficios y profesiones, trabajadores que proveen Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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servicios policiales, asistenciales, técnicos, educativos, administrativos, obreros, entre otros, todos con amplias posibilidades de sufrir lesiones a causa o con ocasión al trabajo, expuestos a diferentes tipos de riesgos y sin noción de lo que se enfrentan. Las consecuencias no pueden ser más que desventajosas para el trabajador, evidenciándose la ausencia de iniciativas para la conformación de un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, la elección de Delegados y Delegadas de Prevención, así como la Constitución del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin contar el hecho de no haber reportes e investigación de accidentes y enfermedades ocupacionales, por tanto no hay un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo ni mucho menos una caracterización de la organización que permitan obtener de primera mano el diagnostico de la situación actual en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo e identificación de procesos peligrosos, en fin no se cuenta con ninguno de los componentes como lo son la educación e información preventiva, monitoreo y vigilancia epidemiológica o algún plan de contingencia. FUNDAMENTOS LEGALES Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) Art. 86. “Toda persona tiene derecho a la Seguridad Social… que garantice la Salud y asegure protección en contingencias de enfermedad, invalidez… discapacidad… riesgos laborales….”. Art. 87. “Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones”. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) publicado en Gaceta Oficial Nº 38.236 de fecha Martes 26 de Julio del 2005. Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicado en Gaceta Oficial N° 38.596 de fecha 3 de enero de 2007. Ley del Estatuto de la Función Policial, publicado en Gaceta Oficial N° 5.940 Extraordinario de fecha 7 de diciembre de 2009. Salud y seguridad laborales. Artículo 56 La salud y seguridad laborales de los funcionarios y funcionarias policiales, especialmente las responsabilidades derivadas de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo en actos de servicio, así como los servicios de seguridad y salud en el trabajo, se rigen por la Ley Orgánica de Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en cuanto sea compatible con el servicio de policía. Los cuerpos de policía deben adoptar todas las medidas necesarias para prevenir los riesgos laborales derivados de la prestación del servicio de policía. Disposición Transitoria Quinta. Dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de esta Ley, los cuerpos de policía nacional, estadal o municipal, según el caso, deben crear los servicios de seguridad y salud en el trabajo establecidos en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. El sistema nacional público de salud deberá crear centros de atención especializados en promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación de enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo relacionados con la prestación del servicio de policía. Resolución mediante la cual se dicta el Régimen de Permisos y Licencias de los funcionarios y funcionarias policiales en los Cuerpos de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de policía estadales y municipales. Publicado en Gaceta Oficial Nº 39.516 de fecha 23 de Septiembre del 2010. Enfermedad del funcionario o funcionaria policial. Artículo 15: …“En caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, agotado este lapso, el funcionario o funcionaria deberá ser evaluado o evaluada por el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales…”.En ambos casos, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo del Cuerpo de Policía donde labore el funcionario o funcionaria policial prestara la adecuada y oportuna colaboración…”. Enfermedad de corta duración del funcionario o funcionaria policial. Artículo 16: …“sometidos a los controles y evaluación del Servicio de Salud y Seguridad en el Trabajo del cuerpo de policía correspondiente…”. Normas sobre Instalaciones Policiales y Medio Ambiente Laboral de los Cuerpos de Policía, publicado en Gaceta Oficial Nº 39.415 de fecha 3 de Mayo del 2009. Artículo 8: Los cuerpos de policía deben contar con los elementos indispensables en la gestión en seguridad y salud en el trabajo como son: constitución y registro del comité de seguridad y salud laboral, funcionamiento del servicio de seguridad y salud en el trabajo e implementación del programa de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con los artículos 39, 41, 46, 56 numeral 7, y 61 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Artículo 9: Con la entrada en vigencia de la presente resolución, todos aquellos Cuerpos de Policía que presten sus servicios en condiciones no ajustadas al estándar de instalaciones policiales y medio ambiente laboral, deberán adecuarlas a los nuevos lineamientos o solicitar asistencia técnica al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia como Órgano Rector, el cual proveerá las fichas técnicas apegadas al ordenamiento jurídico nacional vigente y demás procedimientos y regulaciones establecidas por el Órgano Rector en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. III Convención Colectiva de Trabajo (Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Guárico) Cláusula Nº 80 Mantenimiento de los Centros de Trabajo y Dotación de Implementos de Higiene y Seguridad Industrial. “El Ejecutivo del Estado Guarico, conviene en mantener los Centros de Trabajo en buenas condiciones de funcionamiento y aseo… Igualmente ….. presten servicio fuera de las dependencias administrativas….. dotarlos de implementos necesarios de higiene y seguridad industrial…”. Convenios OIT * Nº 18 y 42 (Enfermedades Ocupacionales) * Nº 81 (Inspecciones del Trabajo) * Nº 155 (Seguridad y Salud Trabajadores y medio ambiente de trabajo) * Nº 161 (Servicios de Salud en el Trabajo) Normas Venezolanas COVENIN * 2274-85 Servicios Médicos Laborales * 2274-97 Servicios de Salud Ocupacional * 2260-88 Programa de Higiene y Seguridad * 2266-88 Guía de los aspectos generales a ser considerados en la inspección de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo * 2270-95 Comité de Higiene y Seguridad * 4001-2000 Sistema Gestión de Seguridad e Higiene Ocupacional * 4004-2000 Sistema Gestión de Seguridad e Higiene Ocupacional. Guía para su implementación.

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OBJETIVOS DE LA PROPUESTA Objetivo General Implementar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en la Policía del Estado Guárico. Objetivos Específicos 1) Garantizar el debido cumplimiento de la legislación y normativas vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo adscritos a la Policía del Estado Guárico. 2) Motivar a todos los trabajadores y trabajadoras para que se integren de manera activa y participativa en la definición de estrategias, planes y acciones tendentes a implementar un sistema de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en los Centros de Trabajo de la Policía del Estado Guárico. 3) Definir las políticas de prevención y organización, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para llevar a cabo el sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo adscritos a la Policía del Estado Guárico. 4) Gestionar la seguridad y salud en el trabajo de forma eficaz, eficiente y consistente, adecuando la inversión de recursos humanos y materiales destinados a la realización de cualquier tarea dirigida a minorizar los riesgos laborales existentes. BENEFICIARIOS Todos los Funcionarios y Funcionarias, Trabajadores y Trabajadoras adscritos a la Policía del Estado Guarico: • • • • • •

Obreros Fijos, Empleados Fijos, Contratados a tiempo determinado, Funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción (LN), Funcionarios Policiales, Funcionarios y Obreros dependientes de otras Instituciones Públicas Nacionales, Regionales y Municipales que laboren en calidad de Comisión de Servicio en la institución policial.

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Plan de Implementación y Seguimiento del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en la Policía del Estado Guárico.

Etapa 1

Planificar: Formar equipo, Planificar: Formar equipo, Definir material Definir material documental y Bases documental y Bases Legales, Definir y preparar Legales, Definir y preparar herramientas de consulta herramientas de consulta y diagnostico, entre otros. y diagnostico, entre otros.

Revisión Inicial de Revisión Inicial de Políticas y Liderazgo Políticas y Liderazgo actual en la materia, actual en la materia, Caracterización de la Caracterización de la Organización, Identificar Organización, Identificar procesos de trabajo, procesos de trabajo, Informe de las Informe de las Condiciones de SST en Condiciones de SST en diferentes dependencias diferentes dependencias (Identificación y valoración (Identificación y valoración de riesgos) de riesgos)

Convenios Convenios Interinstitucionales Interinstitucionales (Acuerdo entre la (Acuerdo entre la Institución Policial e Institución Policial e Inpsasel/IAE/Otros, para Inpsasel/IAE/Otros, para activar el Sistema de activar el Sistema de Gestión de Seguridad y Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Salud en el Trabajo. Participación de Participación de funcionarios y funcionarios y trabajadores (Mesas de trabajadores (Mesas de Trabajo) Trabajo)

Etapa 5

Replanteamiento de Objetivos y Acciones

Condiciones de seguridad, salud, Condiciones de seguridad, salud, bienestar, y ambiente de trabajo bienestar, y ambiente de trabajo adecuado, Promoción de trabajo adecuado, Promoción de trabajo seguro y saludable, Prevención de seguro y saludable, Prevención de accidentes de trabajo y enfermedades accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. ocupacionales.

Etapa 2

Conformación Conformación y Registro del y Registro del Comité de Comité de Seguridad y Seguridad y Salud en el Salud en el Trabajo Trabajo

Elección y Elección y Registro de Registro de Delegados y Delegados y Delegadas de Delegadas de Prevención Prevención (Iniciativa (Iniciativa Trabajadores) Trabajadores)

Conformación Conformación y Registro del y Registro del Servicio de Servicio de Seguridad y Seguridad y Salud en el Salud en el Trabajo. Trabajo.

PSST: Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo SST: Seguridad y Salud en el Trabajo

Etapa 3

Elaboración Elaboración del Programa del Programa de Seguridad y de Seguridad y Salud en el Salud en el Trabajo. Trabajo.

Entrega del Entrega del PSST al CSSL PSST al CSSL

Educación e Educación e Información Información Inspección Inspección Vig. Epidemiológica Vig. Epidemiológica Atenc. Preventiva Atenc. Preventiva Investigación de Investigación de Accidentes y Accidentes y Enfermedades Enfermedades Ocupacionales Ocupacionales

Seguimiento y Seguimiento y Evaluación del Evaluación del PSST PSST Supervisión y Control

Revisión y Revisión y Aprobación Aprobación del PSST por del PSST por el CSSL el CSSL

Implementación del Implementación del Programa de Programa de Seguridad y Salud Seguridad y Salud en el Trabajo en el Trabajo

Etapa 4 CSSL: Comités de Seguridad y Salud Laboral

Actividad Nº 1) PLANIFICACIÓN Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Se trata pues de una fase en la que se establecen las metas y se eligen los medios para alcanzarlos, indispensable para asegurar el éxito del trabajo posterior mediante la información, formación, liderazgo y el compromiso desde la alta dirección hasta los niveles operativos de la organización. En esta fase se pueden incluir las siguientes tareas: • • • • •

Definir los objetivos de trabajo Definir las responsabilidades Hacer del conocimiento a todos los niveles de la organización sobre el trabajo a desarrollar Definir material documental y base legal que sustente el sistema de gestión propuesto. Diseñar herramientas de trabajo tales como: • Listas de Chequeo • Formatos de Entrevistas • Formatos de Encuestas Cronograma de actividades a desarrollar identificando en cada fase del mismo (Fecha, responsables, recursos necesarios y tareas a desarrollar)

Actividad Nº 2) REVISIÓN INICIAL Esta revisión busca identificar de manera preliminar lo que se tiene y lo que se requiere, estableciendo cuales son los factores a incluir, verificando la posición actual respecto a la seguridad y salud en el trabajo e identificando los puntos fuertes y débiles. La revisión inicial debe aplicarse a los diferentes niveles de la organización, es decir, a nivel gerencial, administrativo, de procesos u operacional. Entre las actividades a desarrollar se encuentran: •

Revisión de Políticas actuales aplicadas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, en concordancia con la legislación laboral vigente.

Revisión de los niveles de formación, capacitación y participación de los trabajadores y trabajadoras en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Caracterización de la Organización

Identificación de Procesos de Trabajo

Identificación y valoración de riesgos presentes en centros de trabajo adscritos a la Policía del Estado Guárico.

Procedimiento (Revisión Inicial) Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Caracterización Caracterización de la de la Organización. Organización.

Identificación de Identificación de Procesos de Procesos de Trabajo. Trabajo.

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Identificación y valoración de Identificación y valoración de riesgos presentes en Centros de riesgos presentes en Centros de Trabajo. Trabajo.

Revisión de Políticas Revisión de Políticas actuales aplicadas en actuales aplicadas en materia de Seguridad y materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, en Salud en el Trabajo, en concordancia con la concordancia con la legislación laboral vigente. legislación laboral vigente.

Revisión de los niveles de Revisión de los niveles de formación, capacitación y formación, capacitación y participación de los participación de los trabajadores y trabajadoras en trabajadores y trabajadoras en materia de Seguridad y Salud materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. en el Trabajo.

Herramientas a utilizar * Entrevistas * Entrevistas * Encuestas * Encuestas Documentos Documentos * Observación Directa * Observación Directa

* Listas de Chequeo * Listas de Chequeo * Revisión * Revisión

Resultado Determinación de fallas u Determinación de fallas u omisiones para las omisiones para las debidas orientaciones y debidas orientaciones y correcciones. correcciones.

Familiarización general con los Familiarización general con los procesos de gestión procesos de gestión institucional para toma de institucional para toma de decisiones ajustadas a la decisiones ajustadas a la organización. organización.

Actividad Nº 3) ACUERDOS INSTITUCIONALES: •

Cuerpos de Bomberos y Protección Civil Adiestramiento y puesta en práctica de: a. Planes de Reacción, Evacuaciones, Primeros Auxilios, Rescates y Traslados de lesionados ante situaciones de emergencia en Centros de Trabajo (Incendios, Terremotos, Fuga de gases tóxicos, accidentes automovilísticos, arrollamientos, entre otros). b. Evaluación de condiciones de riesgos en Centros de Trabajo

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• Cuerpo de Vigilancia de Transito Terrestre e Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre (Intt) a) Apertura de Investigaciones (Determinación de causas y responsabilidades ante situaciones de accidentes de transito con ocasión del trabajo con lesiones y muerte de trabajadores) b. Talleres y Charlas de Educación vial a chóferes. •

Instituciones prestadoras de Servicios de Salud a. Servicio de Asistencia Médico Integral (SAMI) b. Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) c. Fundación Misión Barrio Adentro (CDI y Centros de Rehabilitación) d. Centro Clínico Municipal Rómulo Gallegos (Alcaldía) e. Fundación Centro Clínico Universitario (Fundacliu) f. Otros

Instituciones Educativas a. Instituto de Altos Estudios Arnoldo Gabaldon (IAESP) adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud (Postgrado en Salud Ocupacional) b. Dirección de Educación (Área de Postgrados) de la Dirección Regional de Salud del Estado Guarico. Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES) Actividad Nº 4) PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS Tal y como lo establece la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), en su artículo 5, la participación es un principio básico para la aplicación de la normativa y debe ser desarrollado en todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas y privadas, regulándose de forma detallada los derechos de consulta, participación y control social de los trabajadores en relación con los aspectos que afectan a la Seguridad y Salud en el Trabajo. En este sentido la organización, en este caso el empleador “Policía del Estado Guárico” ha de garantizar la participación activa y protagónica de los trabajadores y trabajadoras, con quienes a través de opiniones y análisis crítico se establezca un espacio coherente de dialogo y debate para la construcción colectiva de soluciones en función de un trabajo digno, seguro y saludable. Para ello, la Policía del Estado Guárico debe disponer de una serie de medidas tendentes a garantizar que tanto los trabajadores como sus representantes (Frentes de trabajadores, sindicatos, gremios, entre otros), cuenten con el tiempo y recursos necesarios para un eficiente proceso de organización, planificación, aplicación y evaluación del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Actividad Nº 5) CONFORMACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL De conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Lopcymat y Disposición Transitoria Quinta de la Ley del Estatuto de la Función Policial, la Policía del Estado Guárico deberá organizar un servicio propio de Seguridad y Salud en el Trabajo, conformado de manera multidisciplinaria y de carácter esencialmente preventivo. Sus funciones están dadas en proteger y promover la salud de los trabajadores, mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, mantener la salud en la Institución en su conjunto mediante la prestación de servicios médicos preventivos y curativos, asesoramiento especializado acerca de cómo conseguir el máximo nivel de salud y seguridad en beneficio de la comunidad laboral de la que forma parte. Estos servicios de acuerdo a lo establecido en el Reglamento parcial de la Lopcymat, estarán conformados por profesionales de las distintas disciplinas en el área de seguridad y salud en el trabajo, así como por aquellas personas que por sus conocimientos y experiencias puedan formar parte del equipo multidisciplinario, quienes gozarán de autonomía e independencia respecto a las partes. Objetivos Estratégicos del Servicio Regional de SST a) Iniciar, desarrollar y consolidar la labor preventiva, formativa e investigativa en el área de la Salud Ocupacional en beneficio de los funcionarios policiales, funcionarios administrativos, asistenciales, obreros y contratados dependientes de la Policía del Estado Guárico, con el propósito de desarrollar un autentico liderazgo y actualizar permanentemente sus procesos a objeto de contar con los medios que le permitan enfrentar los nuevos retos que pudiesen acontecer. b) Funcionar como Servicio Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo en los ámbitos establecidos por la Ley. c) Obtener a través de la puesta en funcionamiento del Servicio Regional de Seguridad y Salud Laboral, resultados que permitan fortalecer el papel preventivo y participativo de los trabajadores y trabajadoras. Modelo de Servicio Regional de SST PROPIO, según lo establecido en los Artículos 39 de la Lopcymat y Articulo 22 del Reglamento Parcial de la Lopcymat. Misión del Servicio Regional de SST El Servicio Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Policía del Estado Guárico es la instancia administrativa encargada de proteger a sus funcionarios policiales, administrativos, asistenciales, personal obrero y contratado, Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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mediante la aplicación de estrategias preventivas, de promoción, asesoría, vigilancia y control contra toda condición que afecte la salud y seguridad personal. Visión del Servicio Regional de SST Ser un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de referencia regional y nacional en materia de prevención de condiciones de seguridad y salud laboral en el ámbito policial, tanto en promoción y desarrollo de acciones que permitan proteger los derechos humanos, la vida, la salud e integridad personal de los trabajadores y las trabajadoras. Localización (Propuesta) Oficina habilitada en las Instalaciones del Instituto de Previsión Social del Policía (IPSPEGUA) ubicada en la Avenida Miranda, adyacente al Consejo Legislativo Regional de la ciudad de San Juan de los Morros, disponiendo en la actualidad de un conjunto de Áreas Asistenciales entre ellas: Áreas de Observación, Laboratorio Clínico, Consultorio de Medicina General, Consultorios de Médicos Especialistas, Área de Enfermería, además de Servicios Externos en Clínicas y Centros de Atención Privados. Recurso Humano (Asistencial) disponible, adscritos a nómina de Secretaría de Seguridad y Defensa (Policía del Estado Guarico): a) En Sede del I.P.S.P.E.GUA: (8) Ocho Enfermeras Profesionales, (6) Seis Médicos (Medicina General), (15) Quince Médicos Especialistas: Un Oncólogo, Dos Infectologos, Dos Internistas, Dos Traumatólogos, Dos Toxicólogos, Un Reumatólogo, Un Neumonologo, Un Gastroenterólogo, Un Emergenciologo, Un Ecografista, Un Urólogo, Un Cardiólogo, Tres Bioanalistas. b) En Clínicas Privadas: (1) Un Fisiatra, (1) Un Oftalmólogo y (1) Un Otorrinolaringólogo. c) Disponible previo Convenio con Médicos y Clínicas Privadas: Médicos Especialistas en: Neurocirugía, Gastroenterología, Dermatología, Otorrinolaringología, Endocrinología, Oftalmología, Cirujano, Traumatología, entre otras. Registro El Inpsasel llevará un Registro Nacional de Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo. Sólo los servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo inscritos en este Registro podrán realizar funciones y actividades en el área, so pena de incurrir en las infracciones revistas en el artículo 120 de la Lopcymat. La inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá una vigencia de tres (3) años renovables. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Ámbitos de actuación:

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Diseño de la Estructura Organizativa del Servicio La estructura organizativa define el conjunto de las funciones y de las relaciones que determinan formalmente las actividades que cada unidad debe cumplir y el modo de comunicación entre ellas. También puede entenderse como el conjunto de medios que maneja la organización con el objeto de dividir el trabajo en diferentes tareas y a la vez, lograr la coordinación efectiva de las mismas. El organigrama que se presenta a continuación es una representación esquemática de esta estructura. Propuesta (Estructura Organizativa) Servicio Regional de Seguridad Servicio Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y Salud en el Trabajo

Coordinación de Coordinación de Higiene, Higiene, Seguridad, Seguridad, Ergonomía y Ergonomía y Ambiente Ambiente Laboral Laboral

Coordinación de Coordinación de Educación, Educación, Capacitación, Capacitación, Turismo y Turismo y Recreación Recreación

Promoción Social Promoción Social

Coordinación Coordinación de de Medicina Medicina Ocupacional Ocupacional

Medico Medico Ocupacional Ocupacional Médicos Médicos Especialistas Especialistas

2da. Etapa Servicio de Servicio de Seguridad y Salud / Seguridad y Salud / Eje Norte Eje Norte Municipios Roscio, Municipios Roscio, Mellado, Ortiz, Mellado, Ortiz, Monagas y Guaribe. Monagas y Guaribe. (Ctro. Coordinación (Ctro. Coordinación Policial, Estaciones Policial, Estaciones Policiales, Policiales, Dependencias. Dependencias.

Comisión de Evaluación de Discapacidad

Servicio de Servicio de Seguridad y Salud / Seguridad y Salud / Eje Sur Eje Sur Municipios Miranda, Municipios Miranda, Camaguán y Camaguán y Guayabal. Guayabal. Ctro. Coordinación Ctro. Coordinación Policial, Estaciones Policial, Estaciones Policiales. Policiales.

Inpsasel / Incret Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

Coordinación Coordinación Epidemiología Epidemiología Registro y Registro y Estadísticas de Estadísticas de Salud Salud Ocupacional Ocupacional Sala Situacional Sala Situacional

Servicio de Seguridad Servicio de Seguridad y Salud / Eje Oriental y Salud / Eje Oriental Municipios Infante, Municipios Infante, Zaraza, Ribas, Mercedes, Zaraza, Ribas, Mercedes, Socorro, Chaguaramas y Socorro, Chaguaramas y Santa Maria de Ipire. Santa Maria de Ipire. Ctro. Coordinación Ctro. Coordinación Policial, Estaciones Policial, Estaciones Policiales. Policiales.

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Actividad Nº 6) ELECCIÓN DE DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN Dicho proceso de elección en sujeción a lo establecido en el artículo 41 de la Lopcymat le atañe a los trabajadores y trabajadoras, facultados para que por si mismos o a través de sus representantes, notifiquen a la inspectoria del trabajo la voluntad de elegir a los delegados y delegadas de prevención. Por tratarse de un proceso eleccionario, regulado según el artículo 63 de nuestra carta magna, deberá realizarse mediante votaciones libres, sin presiones ni intimidaciones, universales de tal manera que puedan votar todos los trabajadores; directas para que los trabajadores por sí mismos elijan a sus representantes y secretas, que garanticen el secreto del voto de los trabajadores. Por ser votaciones libres el empleador debe abstenerse de ejercer injerencias indebidas en el proceso de elección de los delegados o delegadas de prevención, cumpliendo así con la obligación que tiene de respetar la libertad de conciencia y expresión de los trabajadores y trabajadoras (artículo 56, numeral 9 de la Lopcymat). Entre las atribuciones de estos delegados se encuentra, la representación colectiva de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud Laboral además de la promoción de la salud y seguridad laboral y la vigilancia de las condiciones y medio ambiente de trabajo, para lo cual la Lopcymat, les otorga las facultades y garantías necesarias para el desempeño eficaz de estas atribuciones. Proceso: 1. Convocatoria a Asamblea de Trabajadores y trabajadoras. (Articulo 62, numerales 1 y 2 Reglamento Lopcymat) 2. Notificación a Inspectoria del Trabajo e Inpsasel (Artículos 44 Lopcymat y 58 Reglamento Lopcymat) 3. Organización del proceso eleccionario. (Artículos 41 Lopcymat y 62 Reglamento Lopcymat.) 4. Proclamación y Registro de Delegados. (Artículo 66 Reglamento Lopcymat) Registro de Delegados o Delegadas de Prevención A los fines del registro y acreditación del Comité de Seguridad y Salud Laboral (Artículo 46 y el Artículo 18, numeral 18 de la Lopcymat) donde ejercerán funciones los delegados o delegadas de prevención como representante de los trabajadores, el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, lleva un registro de estos delegados. La información contenida en el registro permite al Instituto Nacional de Prevención, Seguridad y Salud Laborales (Inpsasel) la ubicación del delegado o delegada de prevención a los efectos de requerir su convocatoria.

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Actividad Nº 7) CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL De acuerdo a lo establecido en el articulo 46 de la Lopcymat, todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituir un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención. Entre las atribuciones de los Comités se encuentra, la participación en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo así como la promoción de iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo. Registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales llevará un Registro Nacional de Comité de Seguridad y Salud Laboral, al cual deberá inscribirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su constitución. La inscripción tendrá una vigencia de dos (2) años renovable. Entre los requisitos a cumplir para el registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral se encuentran: 1. Presentar solicitud en formulario elaborado al efecto por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 2. Carta suscrita por todas las personas que integran el Comité, anexando los siguientes documentos en copias fotostáticas, presentando a la vista los respectivos originales: a. Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona. b. Carta de aceptación de los representantes del patrono o patrona para integrar el Comité de Seguridad y Salud Laboral. c. Formato de acuerdo formal de constitución o de decisión de incorporación al comité de la beneficiaria, de ser el caso. d. Estatutos internos del Comité de Seguridad y Salud Laboral. 3. Presentación de los libros de actas del comité, debidamente foliados, para ser sellados por el Instituto. 4. Los demás que establezcan las normas técnicas. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Actividad Nº 8) ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Teniendo la Policía del Estado Guarico la obligación de organizar e implementar acciones de promoción y prevención en los ambientes y condiciones de trabajo, tendentes a garantizar la salud, la seguridad, el bienestar físico y mental de la población trabajadora, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo previsto a ser elaborado de conformidad con el artículo 40 numeral 16 de la Lopcymat, forma un eje transversal para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, como un instrumento de dominio del colectivo que responda a la realidad social, laboral, política y económica; donde el papel activo y protagónico debe ser de las trabajadoras y los trabajadores, traducido en una construcción colectiva, de integración de conocimientos, de unidad de criterios y consecución de sus objetivos. Este Programa se desarrollará en función de las particularidades de cada centro de trabajo, con un modelo de participación activa de las Delegadas o Delegados de Prevención, las trabajadoras y los trabajadores, que con su experiencia aportarán los insumos que generarán una identificación de los procesos peligrosos existentes y sus efectos sobre la salud, diseño de planes de trabajo para el abordaje de los procesos peligrosos y la adopción de decisiones eficaces con base en las necesidades sentidas de la masa laboral, para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Requisitos a cumplir para la Elaboración, Implementación y Evaluación de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, según Norma Técnica aprobada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel). (NT-01-2008). 1) Descripción del Proceso Productivo (producción o servicios) 2) Identificación del Proceso de Trabajo. 3) Elaboración de las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Declaración. 4) Planes de Trabajo para abordar los Procesos Peligrosos. 5) Investigación de Accidentes de Trabajo y de Enfermedades Ocupacionales 1. Descripción del Proceso Productivo (producción o servicios): El empleador (Policía del Estado Guarico), como paso inicial para la elaboración de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá efectuar la identificación de los procesos peligrosos existentes, así como el diagnóstico de las necesidades del centro de trabajo; acciones que deben ser realizadas con la participación de las trabajadoras y los trabajadores. Describir de forma precisa las etapas del proceso productivo, la forma de organización del trabajo, así como los objetos y los medios involucrados en cada una, entre otros aspectos: maquinarias, equipos, materia prima, sustancias utilizadas, subproductos y sobrantes, desechos Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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generados, disposición final de los mismos, impacto ambiental, organización y división técnica del trabajo, organigrama, diagrama de flujo, descripción de las etapas del proceso, división de las áreas y departamentos, puestos de trabajo existentes, herramientas utilizadas, tipo de actividad. La información recopilada debe ser validada por las trabajadoras y los trabajadores, y las Delegadas y Delegados de Prevención. 2. Identificación del Proceso de Trabajo. El empleador (Policía del Estado Guárico) por medio del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la participación activa de las Delegadas y Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud Laboral, efectuará la identificación del proceso de trabajo. Se identificarán las condiciones asociadas al objeto de trabajo, medio de trabajo y a la organización y división del trabajo, que pueden causar daño la trabajadora o trabajador durante el desarrollo de las actividades laborales (proceso de trabajo) por etapas, tomando en cuenta para ello la información aportada por las trabajadoras y los trabajadores, considerando: procesos peligrosos, condiciones peligrosas en cada una de las etapas del proceso de trabajo o puestos de trabajo, número de trabajadoras y trabajadores expuestos a los procesos peligroso y daños que pueda generar a la salud de las trabajadoras y trabajadores. 3. Elaboración de las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Declaración. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Comité de Seguridad y Salud Laboral elaboraran las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo específicas a las características del centro de trabajo y del proceso productivo, precisas y redactadas con claridad para su fácil comprensión, difundidas con fácil acceso a las trabajadoras y los trabajadores, asumidas y difundidas en todos los ámbitos del centro de trabajo así como revisadas periódicamente (anualmente), para constatar su vigencia. 4. Planes de Trabajo para abordar los Procesos Peligrosos. Tomando en consideración los resultados de los informes de identificación de procesos peligrosos en los centros de trabajo adscritos a la Policía del Estado Guárico, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborara una serie de planes con procedimientos de ejecución de actividades, especificando las acciones a ser desarrolladas desde los puntos de vista preventivo, correctivo, predictivo y divulgativo, definiendo claramente los objetivos, frecuencia de ejecución de actividades, recursos financieros, logísticos y personal. Del contenido de los Planes de Trabajo (Componentes) a) Educación e información. • Diseño, planificación, organización y ejecución de un programa de educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en el trabajo Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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• Cronograma de ejecución • Mínimo 16 horas trimestrales de educación e información por cada trabajadora y trabajador, aumentará de acuerdo al proceso peligroso presente en la actividad de trabajo • Debe responder a las necesidades detectadas • Debe determinar la fecha, lugar, temática, facilitador, espacio físico y grupos a formar (Dándole prioridad a las trabajadoras y los trabajadores que estén expuestos a mayor riesgo en el centro de trabajo) • Debe ser proporcionada dentro de su jornada de trabajo • Debe ser teórica y practica, suficiente, adecuada y periódica, sobre los riesgos y procesos peligrosos, previa a realizar las tareas que le sean asignadas. b) Inducción a nuevos ingresos y cambios o modificación de tareas/puestos de trabajo. • Información verbal, escrita y práctica, sobre los procesos peligrosos existentes y los asociados a la actividad, que puedan afectar la seguridad y salud de las trabajadoras y los trabajadores. • Información verbal, escrita y práctica, sobre las sustancias, materiales y desechos peligrosos existentes. • Información verbal, escrita y práctica, sobre los principios de la prevención de las condiciones inseguras o insalubres existentes en el lugar de trabajo, procedimiento seguro de trabajo acorde a las actividades a desarrollar. c) Educación periódica de las trabajadoras y los trabajadores • Detección de necesidades de educación de las trabajadoras y trabajadores, en cuanto a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. • Información teórica y práctica de los procedimientos inherentes a su actividad, considerando los procesos peligrosos asociados al proceso de trabajo. • Educación especial e integral a los miembros del Comité de Seguridad y Salud Laboral necesarios para el ejercicio de sus funciones. • Educación e información a los trabajadores y trabajadoras cada vez que se produzcan cambios o modificaciones de las condiciones presentes en el centro y en el puesto de trabajo, considerando la adaptación de nuevas tecnologías. • Educación periódica y actualizada, que garantice la permanencia de los conocimientos y la cultura de la seguridad y salud en las actividades. • Los trabajadores y Trabajadoras con discapacidad deberán recibir Educación e información adaptada a sus características individuales y de los procesos peligrosos inherentes a sus puestos de trabajo de conformidad a la Ley para Personas con Discapacidad. • Adicional a las necesidades y demandas de educación detectada, las trabajadoras y trabajadores deben recibir educación en las siguientes áreas:  Legislación en materia de seguridad y salud laboral Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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 Identificación de los procesos peligrosos y los procedimientos de acción frente a los mismos  Prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales  Primeros auxilios, equipo de protección personal y colectiva  Prevención y control de incendio  Seguridad vial  Ergonomía  Crecimiento personal  Daños a la salud generados por el consumo de tabaco  Alcoholismo  Sustancias psicotrópicas  Estrés laboral  Otros. d) Procesos de Inspección • Inspecciones en los sitios de trabajo con el propósito de identificar condiciones inseguras e insalubres para establecer los controles pertinentes al caso y las mejoras inmediatas. • Considerar:  Instalaciones, máquinas, sustancias, herramientas y equipos utilizados en las áreas de trabajo, las actividades desarrolladas en las mismas, los procesos productivos o procesos de trabajo  Estadísticas de accidentabilidad y morbilidad, resultado de anteriores inspecciones  Cronograma de inspecciones  Aplicación de Instrumentos para recolección de información  Discusión por parte del Comité de Seguridad y Salud Laboral de las observaciones encontradas para tomar las acciones correctivas y su comprobación conjuntamente con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos. • Mediciones ambientales, de ser necesario según los resultados obtenidos en la identificación de los procesos peligrosos • Monitoreos ocupacionales • Monitoreos ambientales • Implementación sistemática de los programas de control preventivo y correctivo de las maquinarias, materiales y procesos de trabajo peligrosos. f) Monitoreo y vigilancia epidemiológica de la salud de las trabajadoras y los trabajadores. • Establecer un sistema general de vigilancia de la salud de las trabajadoras y los trabajadores; el cual comprende: Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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 Registro, análisis, interpretación y divulgación sistemática, derivada de las evaluaciones individuales y colectivas de la salud de las trabajadoras y los trabajadores.  Registro de incidentes y accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.  Registro de estadísticas de accidentabilidad, enfermedades comunes y ocupacionales, lesiones que afecten a las trabajadoras y los trabajadores. g) Monitoreo y vigilancia de la utilización del tiempo libre de las trabajadoras y los trabajadores. • Desarrollar e implementar un sistema de vigilancia permanente, sistemático donde se considere:  Jornada de trabajo,  Horas extras laboradas,  Hora de descanso dentro de la jornada,  Días de descanso obligatorio,  Días de descanso obligatorio disfrutados efectivamente,  Días de descanso convencionales,  Días de descanso convencionales disfrutados efectivamente,  Número de días de vacaciones,  Número de días de vacaciones disfrutados efectivamente, que garantice la utilización del tiempo libre de las trabajadoras y los trabajadores,  Aplicación de planes para la recreación y turismo de las trabajadoras y los trabajadores, regidos por lo lineamientos establecidos por el Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores y el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales. h) Reglas, normas y procedimientos de trabajo seguro y saludable. • Sistema de información amplio y comprensible, para las trabajadoras y los trabajadores, contentivo de los medios didácticos, que contribuyan al conocimiento de los procesos peligrosos. • Reglas, normas y procedimientos ejecutados con estricta sujeción a las normas, criterios técnicos y científicos universalmente aceptados en materia de salud, higiene, ergonomía y seguridad en el trabajo. • Publicadas en las diferentes áreas y puestos de trabajo, con el fin de ser analizadas y visualizadas por las trabajadoras y los trabajadores. • Características Básicas:  Claras, concretas y breves  Deberán tener carácter mandatario permanente.  Obligatorio cumplimiento, sujeta a modificaciones por cambios tecnológicos en el tiempo. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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Deberán mantenerse actualizadas.

ii) Dotación de equipos de protección personal y colectiva. • Suministro gratuito de equipos de protección personal • Adecuada protección particular, Confortable, Ajuste cómodo sin interferir en movimientos naturales, resistentes, fácil aplicación de medidas antisépticas, fácil limpieza. • Formación en cuanto al uso, cuidado y mantenimiento • Análisis de los procesos peligrosos y acciones sobre la fuente, que permita la búsqueda de equipos con especificaciones técnicas que cumplan con los niveles de protección requeridos. • Deben ser sometidos a pruebas e inspecciones periódicas que permitan evaluar sus condiciones y uso. • Las trabajadoras y los trabajadores participarán activamente en la selección de los equipos de protección personal, conjuntamente con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. j) Atención preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores. • Reconocimiento preventivo del médico o médica en la evaluación de los efectos de las condiciones de trabajo • Otorgar a las trabajadoras y los trabajadores los resultados de las evaluaciones médicas ocupacionales. • Llevar Historia Medica Ocupacional k) Planes de contingencia y atención de emergencias. • Elaborar un plan de contingencia y atención de emergencias y urgencias, teniendo en cuenta las características de los procesos, el tamaño y su actividad. • Organizar los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados, atención médica de emergencia necesaria, respuestas y planes de contingencia. l) Recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos. • Asignar una partida presupuestaria anualmente que constituirá los recursos económicos necesarios, para lograr el fiel cumplimiento de lo expresado en los objetivos y la planificación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; para ello deberán señalarse todas las inversiones previstas en esta materia, cuantificando las unidades requeridas, precio unitario y costo total de las acciones. m) Ingeniería y ergonomía. • Adecuar los métodos de trabajo, así como las máquinas, herramientas y útiles usados en el proceso de trabajo, a las características psicológicas, cognitivas y antropométricas de las trabajadoras y los trabajadores. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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• Implantar los cambios requeridos, tanto en los puestos de trabajo existentes, como al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnología o métodos de organización de trabajo, previa realización del estudio de puesto de trabajo. • Llevar un registro de las características fundamentales de los proyectos de nuevos medios y puestos de trabajo o la remodelación de los mismos, y están en la obligación de someterlos a consideración del Comité de Seguridad y Salud Laboral y del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como del Inpsasel para su correspondiente aprobación. • Diseñar un programa de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo a las máquinas, equipos y herramientas del centro de trabajo 5) Investigación de Accidentes de Trabajo y de Enfermedades Ocupacionales • Investigación de Accidentes de Trabajo La Policía del Estado Guárico a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, luego de la ocurrencia de un accidente de trabajo, en conjunto con las Delegadas o Delegados de Prevención, deberá activar su investigación, previa notificación y declaración ante el Inpsasel, según lo previsto en el artículo 73 de la Lopcymat y los artículos 83 y 84 del Reglamento Parcial de la Lopcymat, conteniendo como mínimo: Recopilación de la información, análisis del accidente y medidas de prevención. • Investigación de la Enfermedad Ocupacional La Policía del Estado Guárico a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene la función de investigar la enfermedad ocupacional, con el fin de explicar lo sucedido y adoptar los correctivos necesarios, siguiendo las pautas indicadas en la Norma Técnica para la Declaración de la Enfermedad Ocupacional.

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SITIOS WEB PROPUESTOS PARA DIVULGACION, EDUCACION O INFORMACION PREVENTIVA Como estrategia de difusión de todas y cada unas de las actividades emprendidas por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, generalidades de la Salud Ocupacional y sus beneficios en la institución policial, además de los métodos tradicionales (reuniones, talleres, carteleras, medios impresos, radiales y televisivos, volantes, trípticos, entre otros, se propone la utilización de los sitios Web: @SSTPolicial

Seguridad y Salud en el Trabajo Policial sstpolicialguarico.blogspot.com

Link: http://sstpolicialguarico.blogspot.com (Blog) Bitácora digital, sitio web periódicamente actualizado que recopila cronológicamente textos o artículos relacionados al tema de Seguridad y Salud Ocupacional en el Trabajo Policial. Link: @SSTPolicial (Twitter) servicio que permite a sus usuarios enviar y publicar mensajes breves máximo de 140 caracteres. Link: Seguridad y Salud en el Trabajo Policial (Facebook) sitio web de redes sociales para intercambio de contenidos mediante texto, imágenes, video, audio y aplicaciones. En fase de diseño, tomando en consideración las siguientes ventajas: • Presencia las 24 hrs. del día con información actualizada respecto a actividades, trámites, enlaces, noticias, entre otros. • Se deja de estar limitados geográficamente, acceso desde cualquier punto con conexión a internet, pudiendo ser referencia Regional, Nacional e Internacional en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en beneficio funcionarios y funcionarias policiales, trabajadores y trabajadoras al servicio de la administración pública. • Medio alternativo de comunicación entre funcionarios y trabajadores adscritos a la Policía del Estado Guárico mediante opciones adicionales disponibles en las redes sociales (correo electrónico, chat, msm, twitter, facebook, entre otras) Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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• Medio alternativo de comunicación entre funcionarios y trabajadores de las diferentes instituciones policiales Estadales y Municipales de nuestro país, inclusive de otras naciones, esto mediante opciones disponibles en las redes sociales (correo electrónico, chat, msm, twitter, facebook, entre otras) Logo propuesto para identificación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Policía del Estado Guárico.

PERSPECTIVAS DE LA PROPUESTA Se pretende mediante el ejercicio y expansión de las actividades propuestas, lograr progresivamente una mayor divulgación del tema de la Seguridad y Salud en el Trabajo como elemento de promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores del Cuerpo de Policía del Estado Guarico. La prevención ante posibles afecciones en la salud derivada de las condiciones de trabajo y la protección de los trabajadores en su empleo contra los riesgos derivados de factores adversos para la salud, resulta de suma importancia y requiere del apoyo institucional y gubernamental, es por ello que el debido cumplimiento de la Legislación Laboral vigente en la materia y los riesgos de accidentabilidad y enfermedad laboral que suponen la actividad policial exigen la adopción de medidas por parte de los patronos, trabajadores e instituciones rectoras, tendentes a propiciar mejores niveles de Seguridad y Salud en el Trabajo. Su expansión a nivel regional, vendrá dada a la diligente organización, para lo cual se parte de una visión con alcance bastante amplio, dada sus características de inclusión y participación. Son muchos los retos a enfrentar, pero una sólida organización, con una eficiente y eficaz gerencia, podrá hacer frente a ellos. Así pues, queda reflejada la importancia y perspectiva de la implementación de un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Institución Policía del Estado Guarico, claros de que el enfoque más efectivo para administrarlos es integrarlos como objetivo gerencial, un enfoque sistemático en el cual los objetivos de la salud y la seguridad laboral se administren de la misma manera que los objetivos financieros, de servicio o de calidad. Elaborado por: Supervisor Agregado (Policía del Estado Guarico) Cuevas C. Gilberto J. Abogado/Licenciado en Administración mención Recursos Humanos.

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