Decreto de feriado 4 de julio

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HUGO CHÁVEZ FRÍAS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación del Estado venezolano, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la patria y del colectivo; en honor al Bravo Pueblo Venezolano, que condujo por los caminos de la libertad y la independencia de toda dominación extranjera, liderados por nuestro Libertador, Simón Bolívar, desde hace ya doscientos años; por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren el artículo 226 y el numeral 2 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el literal d del artículo 212 de la Ley Orgánica del Trabajo, CONSIDERANDO Que la hazaña revolucionaria independentista se inició hace 200 años, con el germen en la conciencia del pueblo venezolano de reconquista de su libertad y el ejercicio de soberanía, usurpadas durante trescientos años por el Imperio, lucha que continúa y se consolida en un gigantesco triunfo de la América Latina como un solo Pueblo, CONSIDERANDO Que el virtuoso y glorioso pueblo de Venezuela, cansado de las humillaciones, agravios y privaciones causados por la Corona de España y por aquellos que se dijeren sus apoderados o representantes, luchó incansablemente por materializar "el deseo de vivir y morir libres", el cual


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