REVISTA
Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos Revista destinada a informar a mayores de 18 años. Ejercé tu derecho a estar informado. Art. 14 y 75 Inc. 22, Consitución Nacional Argentina
Que hacer en caso de allanamiento
PROYECTO DE LEY A.A.C.A. sus puntos más salientes
ACTIVIDADES A.A.C.A. Valor del ejemplar $10.
URUGUAY: ¿avance o retroceso?
QUE HACER EN CASO DE ALLANAMIENTO
1° Solicitá la orden de allanamiento dictada por el juez. En caso de que no
la tuvieran, podés negar el ingreso a tu domicilio.
2° (Dentro de TU casa) Permanecé tranquilo y enseñá dónde están tus plantas,
semillas, sustancias ilegales, con tranquilidad. Si las quieren pesar, recordale al policía, que lo haga sin maceta ni tierra; obviamente la planta sola, y si se niega, firmá en el acta de allanamiento “en disconformidad”.
3° (En la comisaría) Tenés derecho a llamar a un familiar, a un/a abogado/a, o a quien
quieras. No hay obligación de declarar, pero podés hacerlo diciendo que es para tu propio consumo. En CABA pueden retenerte 10 hs., y en Prov. Bs. As. 12 hs.
4° (Ante el juez) Decí la verdad sobre tu consumo y contale por qué cultivas.
(No pueden obligarte a declarar.)
5° Dependiendo del lugar donde se encuentre radicada tu causa, el juez tiene entre
15 y 30 días para determinar si te concede o no la libertad durante el proceso.
6° En la medida que no existan pruebas de comercio (escuchas, droga fraccionada,
elementos de corte, etc) debería hacerse extensiva la interpretación de la corte suprema en el fallo Arriola y por ende, tendrías que quedar sobreseído.
Junio 2012 - Causa N°681/12 (Zappia-Peré) La CSJN (Dr. Juez Sergio Torres) declaró la inconstitucionalidad, en el caso Zappia/Peré por tenencia de 52 plantas de marihuana. (No punición del autocultivo sin pruebas complementarias que demuestren el comercio).
Asesoró:
Mesa Nacional Por la Igualdad
De la Planta
L
del THC, tales como el cannabidiol (CBD), el cannabíneo os términos cannabis y marihuana, entre muchos (CBN) o la tetrahidrocannabivarina (THVC), que tienen otros, hacen referencia a las partes psicoactivas distintos efectos comprobados en el sistema nervioso. que son consumidas de la planta Cannabis Sativa. Actualmente se investigan los usos médicos de la mariDe acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, se huana para diversas enfermedades. trata de “la sustancia ilícita más utilizada en el mundo”. También puede ayudar a reducir la presión ocular asociaLa regulación legal del consumo de cannabis varía dependiendo de los países, existiendo Numerosos estudios afirman que es eficaz frente a las náutanto detractores como defensores seas producidas por tratamientos de quimioterapia o de trade su legalización. tamiento contra el VIH-SIDA, su efecto estimulante del apeEl compuesto químico psicoactivo tito ayuda a combatir la inapetencia, así como la anorexia. predominante en el cannabis es el da al glaucoma o enfermedades neurológicas y autointetrahidrocannabinol (THC). La inflorescencia femenina munes, así como se ha demostrado que ayuda en el dolor de la planta de cannabis contiene más de 400 compuestos crónico superando claramente otras opciones. diferentes, entre ellos, al menos 76 cannabinoides aparte 2 / A.A.C.A.
A.A.C.A. Quienes somos Que hacemos Que queremos
La Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos, es una organización sin fines de lucro, constituida con el objeto de promover acciones tendientes a la aceptación social plena del cannabis en todas sus especies (sativa, índica y rudelaris) y para todos sus usos (industrial, medicinal y recreativo). Proponemos, con esta meta un nuevo estatus legal para la planta, basado en la distinción de las sustancias atento a su naturaleza vegetal (natural) o artificial, respetando las elecciones individuales, en un marco de defensa y promoción de los derechos humanos. Desde múltiples miradas la agrupación se permite informar las propiedades medicinales de los cannabinoides, los usos industriales del cáñamo y sus ventajas para el medio ambiente. La Agrupación se permite con el objeto de contrarestar la ignorancia y miedo generados por las políticas prohibicionistas, realizar diversos talleres, ponencias y mesas informativas. Acercate, mandá un mail a: aaca@hotmail.com.ar y se parte del cambio.
SUMARIO 2 / QUE HACER EN CASO DE ALLANAMIENTO
3 / A.A.C.A. 4 / PROYECTO DE LEY PRESENTADO
POR A.A.C.A.
6 / 7 /
MITOS Y REALIDADES ACTIVIDADES DE LA A.A.C.A.
8 / USOS DEL CANNABIS 9 / COMO ACTUAR SI TE DETIENEN 10 / ALEXIS TORRIJO 11 / URUGUAY ¿AVANCE
O RETROCESO?
12 / ¿POR QUE LA MARIHUANA
ES ILEGAL?
Esta es una publicación dirigida a personas adultas con el objetivo de informar y desmitificar al cannabis haciendo uso del derecho de libre expresión (garantizado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su art. 19, por la Declaración Americana de los Derechos del Hombre en su art. IV, entre otros muchos; e implícitamente por la Constitución Nacional en su art. 14) . Propiedad intelectual en trámite.
aaca@hotmail.com.ar
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A lo largo de todO 2012, la a.a.c.a. junto a la mesa nacional x la igualdad y arec ha venido desarrollando un proyecto de ley con el claro objetivo de modificar la ley 23.737, despenalizando la tenencia y separando el cannabis del resto de las sustancias, promoviendo la legalización y regulación, y exigiendo la amnistía para presos y procesados por cultivar como reconocimiento a los miles de cultivadores presos y procesados por su elección. bajo el número 10 en diputados y el 33 en senadores estos son los principales puntos: • Legalización y regulación completa de la planta de marihuana, cáñamo o cannabis, con fines de consumo recreativo, terapéutico, industrial, etc. • Prohibición de su venta a menores de 18 años. • Prohibición de su comercialización con agregados destinados a aumentar su capacidad psicoactiva. • Eliminación de varios tipos penales previstos en la Ley 23.737 para todas las demás sustancias prohibidas: Despenalización de la tenencia 4 / A.A.C.A.
y se explicita que la mera tenencia no es suficiente para iniciar un proceso judicial. • Se despenaliza la demanda de estupefacientes. • Sólo se mantiene la penalización de actividades que persiguen un lucro. • Se despenaliza la posesión, cultivo, comercio, etc. de especímenes o partes de cualquier sustancia vegetal en su estado natural. • Se despenaliza el consumo “ostentoso” o con trascendencia al público.
PROYECTO DE LEY PRESENTADO POR A.A.C.A. los puntos más salientes • Se despenalizan las figuras relacionadas con la difusión de información de estupefacientes. • No son punibles las acciones destinadas al uso científico o terapéutico. • Para el caso de personas en situación de vulnerabilidad social se reducen las penas relacionadas con estupefacientes. Además se garantizan mecanismos de reinserción social. Para casos de extrema vulnerabilidad los hechos se declaran no punibles. • También se reduce la escala penal para quienes actúen en situación de subordinación.
Mesa Nacional por la Igualdad
• El Estado debe promover la investigación científica para poseer la información más actualizada y completa posible en la materia. • Se eliminan las “medidas de seguridad curativas” que los jueces penales imponen a los procesados y condenados. Por el contrario, se garantiza el acceso completamente voluntario a estos tratamientos. • El listado de estupefacientes debe establecerlo el Congreso de la Nación, no el Poder Ejecutivo como ocurre hoy. • Se elimina la figura del agente encubierto
• El Estado debe llevar adelante políticas tendientes a reducir los daños derivados del uso • Se establece en forma explícita una amnistía de sustancias psicoactivas legales e ilegales: para todos los procesados y condenados por delitos que se derogan a partir de esta Ley. • Difusión de información • Se instruye al Poder Ejecutivo para que ana• Establecimiento de salas de consumo lice los convenios internacionales en materia controlado de sustancias psicoactivas y los denuncie en • Acceso al análisis de pureza y compo- aquellos casos en que su cumplimiento sea imsición de las sustancias que se consumen posible. aaca@hotmail.com.ar
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s o mit
poc. ón y e m l u p de istema áncer ños al s ás dañino). a c d a a s s u u a m ca icos, el ionada uana c marih ancia combust gregados quím r a m a st Fu cias. toda su abaco, por sus ustan : s d l a s d a li r a t t o el (Re donde e rada a tica en 2009, r siendo t a n n o e lm e ís pu erta d lcohol, na estad s la pu urnal realizó u sustituto del a duras). e a n a n Jo más omo rihu La ma Harm Reductio ido cannabis c trada a drogas : n m e d u (Realida rtó haber cons , sustancias de co po in 40 % re e, junto al taba uana. S es. t s muert buso de marih baco y é a o s d n u ie a s ta oa ac ales por s al uso ihuan a mar tes relacionada 0 muertes anu l e d so er 40.00 El abu no existen mu egistran r e : s d , a ís d (Reali estro pa o en nu ro. straembarg alcohol). l cereb tigation demo de e d r o s p a s n 8.000 neuro of Clinical Inve el crecimiento ta las l an a t a n n m r e u m a el Jo ro fo uan d b h e i io r r d e c u a t l un es La m a en e arihuan d: según (Realida efectos de la m los ismo). ría que en el m s la lu é las c
re
s e d a d i al
tabaco, l, el 53 % o h o lc a e consum a (Indec 2008). blación o dic p é m la n e suario ripció 7%d c 7 s l e e r que el u p : a a in y in s t , s s n o e ia c g c En Ar e fárma s sustan consum sto de la e r l sumidor e d el 3,7% e ada con N). c nciars e r r o e P if l. d D de 2012 HC e alcoho abis pue erse. idores d udiencias públicas m El Cann c u e s t n s o a a c b 0 rini, utoa e Pelleg na hay 1 puede a ctivo marihua alcohol.” (Dr. Jorg e d r es prote o is id b al). e m a d u n s s n ca n Journ idore a con e fumar nte: Harm Reductio u “Por cad hay 38 consum q ó in m ue ína se deter útero. (F de coca en 2009 o y cabeza de o d a z li l rea cuell l alcoho n estudio moso de do por e istra ia d e Según u de cáncer esca m g stá os ad, se re orales e ante cas ntes lab s, con mortalid e id c c a sos de ilístico de los ca entes automov % 0 4 l id e c En s ac % de lo hol. o En el 80 lco a n. an tenid ncia de ohibició inalizadoras, h stancias r p la prese la s so de su hos ranoia e s discrim duce pa optado política inución del abu s de drogas y Derece 2012. o r p e u a d d c m a o ti is y lí n Lo q a d o a P m ] ni, es que h ción a la [en línea . Ascola (Los país sultados en rala ruguay). Pablo A nomía y libertad. .ar/2012/05/ to U re au om mejores ugal, Holanda oamérica: buscando rgentina.blogspot.c t o la r n a o ti in a P L ic o d y isme tina com .cannab n Argen
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l se ww Humano ible en:http://w anos.htm os-hum n h o c p re is e d d URL as-yde-drog politicas-
Martes 21 hs.
“Desde A.A:C.A. nos plantamos” por
AC TIVI DA DES
www.radiozoe.com.ar
Todos los miércoles de 10 a 14 hs.
Mesa informativa. Concentración en la esquina del Congreso de la Nación (Av. Rivadavia y Av. Callao).
A partir de Marzo reuniones abiertas. El último jueves de cada mes.
Talleres de cultivo para principiantes y avanzados. Cine debate. Charlas. Ponencias.
aaca@hotmail.com.ar
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¿Tenés o Conocés a alguien que sufra de Cáncer, HIV, Diabetes, Parkinson, Alzehimer, Insomnio y/o Depresión?
¿Te gustaría ayudar/te/la/lo? La mejor manera de hacerlo, es informándote
Los cannabinoides poseen propiedades: - Analgésicas, bronco dilatadoras, digestivas, antitumoral es, laxantes, antifebriles, ansiolíticas . -Combate: dolores reu máticos, insomnio, dolor de cabeza, incontinencia urinaria. -Estimula el apetito (en caso de anorexia, quimioterapia, HIV) - Ayuda en epilepsia, náuseas y vómitos inducidos por quim ioterapia. - Alivia síntomas de la Esclerosis Múltiple.
Efectos anticancerígenos Diversos cannabinoides derivados de la planta presentan propiedades antiproliferativas en un amplio espectro de células tumorales cultivadas, incluyendo cáncer de pulmón, próstata, epiteliomas tiroideos, cáncer de piel, mamas y linfomas.
Efectos
psicológ
Euforia,
Otras formas de administración medicinal:
- Vaporizacion, - Elaboracion de Comidas, - Aplicación corporal (aceites, cremas, tinturas)
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Los nen bis tie e el s sobr Canna amatorias. ctuale fl a s in n e iu t n an cio see ue po estiga ero Las inv is sugieren q (modesto p , b o a iv n t n n s Ca de eve rmeda er. cial pr poten ), ante enfe etes y cánc b le ia s ib d o d , s iv e re m ect vascula roprot cardio fectos neu iar e v s ctan li Por su revenir y a tes que afe al, p n or a ía b it podr capac dad la a los cias in rsonas en e s e n v le li o c d e ro nos, p a las p tanto í a los ancia sculares, y as as ro va crónic como s cereb generativas e t n e s de accid er. edade lzehim enferm rkinson y A Pa como
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icos:
sedación y relajac ión
«…Mu c legale hos produc to s induc usados par s farmacéu ción d a pali ticos ar e aguda l s más sueño tien el dolor e en tox serias incluy icidad qu en es «gran do la mue e la marih uana, rte…» parte del m (A.M.A sobre at el .) consid cannabis e erial que h abía n la a era er ct ró fesion ales a neo», «rec ualidad se bogan onocid los co m p o misma ponentes a or el uso m s proédico ctivos Pablo ». ONUD de o de la A planta neuro . Ascolani, D 2006 lógico Cann
abino s ¿La p gía clí id n ie fisiatr ica? [en lín za faltant es y síntom ía, UN ea] Fa e a cultad en la farm s SAM/I Dispo U n acolode Kin tina.b ible en:http GR, 2011. e s io logía lo :/ y canna gspot.com /cannabism binoid .a e es-y.h r/2011/03/t dicinalarg tml en esina-d e-grad o-
Informate
en el próximo número usos industriales
COMO ACTUAR SI TE DETIENEN
Asesoró:
Mesa Nacional Por la Igualdad
Sólo pueden detener a una persona con orden escrita de un juez competente. Como excepción -es decir sin esta orden- la policía sólo puede practicar la detención en 2 circunstancias: si se está cometiendo un delito o una contravención; y la segunda, cuando alguien no puede acreditar su identidad. En estos casos, ambas deben darse al mismo tiempo, no basta con no llevar DNI o cédula de identidad. Nadie puede detenerte si no se identifica como policía. Si personal vestido de civil, sin identificación intenta hacerlo, gritá tu nombre, teléfono y domicilio a cualquiera que pase y pedí que se comuniquen. * Si no conocés el paradero de alguna persona o suponés que ha sido detenida pero no sabés en dónde, podés presentar un habeas corpus a cualquier hora y en cualquier juzgado. Para ello no es necesario el patrocinio de un abogado ni ser mayor de edad, ni tener parentesco con la persona detenida. Si te detienen por estar cometiendo un delito o por orden judicial: * Tenés derecho a que te nombren un abogado. • Siempre tenés derecho a hacer una llamada, aún estando incomunicado. • No pueden obligarte a declarar ni a firmar nada, ni hacer ningún tipo de reconocimiento de hechos, pertenencias o personas. * Si tenés heridas y firmás algún documento, agregá “pido médico”. * La policía tiene la obligación de comunicar la detención en forma inmediata al juez de turno correspondiente. * La policía tiene la obligación de informar a quien se acerque: qué delito te imputan, a disposición de que juez estás y las instrucciones que dio el juzgado. Si te detienen por averiguación de identidad: * No estás detenido sino demorado, por lo que no pueden ponerte en un calabozo con personas acusadas de cometer un delito. * No pueden demorarte más de 10 horas en C.A.B.A. y 12 hs en Prov. * Siempre tenés derecho a hacer una llamada, aún estando incomunicado. • El único que puede revisarte es un médico. Si te detienen por una contravención: * La policía tiene que labrar un acta en el lugar. En el Acta debe figurar qué te imputan y que debés presentarte a los cinco días ante el Fiscal. El Acta se puede labrar en la Comisiaría, pero no pueden trasladar ni esposado ni tenerte detenido. * Si sos menor de edad: no te pueden detener por averiguación de antecedentes, no te pueden esposar, ni encerrar en un calabozo, ni incomunicarte. Tenés derecho a realizar una llamada y que una persona mayor de edad te venga a retirar de la comisaría.Las comisarías tienen la obligación de llamar al 102 (sólo en C.A.B.A.)
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Alexis Torrijo es un joven, que al igual que otros tantos, elige consumir cannabis de forma recreativa y responsable y que por este simple acto es perseguido por los aparatos represivos del estado, en nombre de una ley, nacida de una convencion basada en prejuicios y temores hacia la marihuana, que empuja a los usuarios a un mercado ilegal que dice combatir.
A
lexis, vio como en un injustificado y ostentoso operativo, fuerzas de la gendarmeria nacional junto a la policia provincial, destrozaban su lugar de trabajo, un histórico kiosco de diarios propiedad de la familia y como sus sueños y esperanzas de un futuro mejor quedaron encerrados entre cuatro paredes del escuadron nucleo 59 por orden de el Juez Federal Guillermo Molinari a pedido del cuestionado fiscal Pedro Simón. En este núcleo, Torrijo fue golpeado por efectivos de gendarmería, según confirmó la defensora oficial del juzgado al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y por lo que se procedió a realizar la denuncia en los organismos pertinentes Alexis tenía en su poder un poco más de 15 gramos de marihuana. Cuando fue detenido, convivió con dos pilotos profesionales que aterrizaron en la provincia mas de 500 kilos de la misma sustancia. Consultado por los medios, acerca de qué pruebas se habían recopilado en la causa, el fiscal Si10 / A.A.C.A.
ALEXIS TORRIJO món, en una clara muestra de desconocimiento de la misma, reconoció no recordar los hechos (“tengo muchos casos”, fue la insólita respuesta) y que las pruebas eran que “siempre llevaba la misma mochila” y que “entraba y salía gente del quiosco sin tener revistas en la mano” y la clásica excusa de “una llamada anónima”. Cuando la nota se realizó, Alexis se encontraba detenido desde el 5 de Junio y sin un procesamiento o prueba que lo justifique, en una clara violación a los tratados internacionales y la propia Constitución Nacional. Luego de la nota, Simón procesó al chico. El trámite fue apelado y la causa pasó a Tucumán donde luego de innumerables dilaciones y demoras, la Cámara Federal fijo una importante caución por su excarcelación del penal de la Ciudad de Pintos a 250 km de su lugar de origen. El 9 de noviembre, Alexis fue liberado. En ese aciago tiempo, perdió su trabajo en el kiosco, perdió el año escolar, el vínculo con sus padres y se posará sobre él la mirada inquisidora de una sociedad que condena un hábito de consumo menos dañino que el que se promueve en publicidades en la vía pública (alcohol). Alexis es una victima más de la ley 23.737 y las consecuencias de una ilógica prohibición sobre el cannabis. Una muestra más de como los instrumentos supuestamente creados para asegurar la salud pública y el bienestar general se convierten, en manos inescrupulosas, en una herramienta de extorsión y control social.
Y A U G U R U ¿avance o retroceso? E l proyecto de ley de regulación de la marihuana nace con el objetivo de resolver contradicciones en la legislacion uruguaya actual. El proyecto define un sistema de permisos y un mecanismo de regulación. Crea el IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) que supervisará todo el proceso. El IRCCA estará integrado por el Ministerio de Salud Pública, el de Ganadería, Agricultura y Pesca, el de Desarrollo Social y la Junta Nacional de Drogas, entre otros. Será el organismo encargado de la regulación y generará informes para una evaluación permanente.
Sistema de permisos
Para controlar el mercado se brindarán permisos de 3 tipos: producción, comercialización y abastecimiento personal. - Permisos para la producción: autorizarán a los establecimientos a producir marihuana para uso personal y medicinal. También autorizarán la producción de cáñamo, cannabis no psicoactivo, con usos tales como el textil y el papel. - Permisos para la comercialización: habilitarán a los sitios de venta de la marihuana. - Permisos para el abastecimiento personal permitirán a los individuos acceder a la sustancia a través de 4 vías. - Autocultivo, la ley prevé el cultivo doméstico de hasta 6 plantas. - Sitios de venta autorizados, con un límite de 40 gramos por persona al mes. - Uso medicinal, con autorización del Ministerio de Salud Pública. - Clubes de cannabis, establecimientos donde
se podrá cultivar en grupo una cantidad de plantas proporcional al número de miembros. (6 plantas o 480 grs anuales por miembro)
Veamos ahora en qué consiste el mecanismo de regulación.
Se establece una serie de puntos con el fin de regular el proceso reduciendo los daños y riesgos. - Venta prohibida a menores de edad. - Penas a quienes conduzcan bajo sus efectos - Registro de usuarios - Sanciones para aquellos que produzcan sin autorización. - Y como el tabaco, estará sujeto a las normas de consumo en espacios públicos y su publicidad estará prohibida. Todo esto que hemos visto forma parte del proyecto de ley de regulación de la marihuana que se encuentra actualmente en discusión en el Parlamento y que seguramente se tratara en la primera quincena de Diciembre. En el hermano país se apuesta a que separando los mercados se reduce en gran parte la ganancia del narcotráfico, un negocio de 30 millones de dólares al año en Uruguay y que en su lugar, la sociedad obtendrá valiosos recursos para educación, salud, tratamientos y campañas de prevención. A la luz de las políticas actuales sin dudas Uruguay sera un campo de experimentación en donde en pos de ganar algunos derechos se postergan o retrotraen otros, se avanza en una opción de regulación pero no se apela a la responsabilidad del usuario y sigue siendo el estado paternalista quien pone límite a la libertad. aaca@hotmail.com.ar
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La corta historia de la
PROHIBICION DEL
CANNABIS Durante siglos la planta de cannabis sativa l, como es conocida científicamente la marihuana o cáñamo, formo parte de la historia de los progresos y avances de la humanidad.
C
onstantemente los descubrimientos arqueológicos demuestran que en la mayoría de las civilizaciones primitivas el cáñamo era un planta cultivada por sus múltiples usos. Mucha gente tiene la falsa creencia de que el cannabis fue declarado ilegal tras estudios llevado a cabo por científicos, médicos y gobernantes; Nada mas lejos de la realidad, los hechos hablan de una historia totalmente diferente. Aquellos que decidieron el destino legal de esta planta, jamás tuvieron acceso a información realmente objetiva y científicamente comprobada, sino que fueron engañados con datos tergiversados mal intencionadamente, proporcionados por grupos económicos de poder, que tenían grandes intereses económicos en contra de la planta de cannabis. La historia de la prohibición del cannabis está llena de racismo, miedo, lobby de grandes compañías, campañas de prensa sensacionalistas, legisladores ignorantes, incompetentes y/o corruptos e intereses personales de algunos funcionarios. En los primeros años del siglo XX, la emigración de mejicanos a los estados del sur y oeste de EEUU, produjo serias tensiones; la revolución mejicana de 1910 dejó su impronta en los estados fronterizos, con escaramuzas entre el ejército del General Pershing y Pancho Villa. Años más tarde la contratación de mejicanos como mano de obra barata, por parte de las explotaciones agropecuarias de algodón, propició conflictos laborales producto de la explotación a la que eran reducidos los trabajadores mejicanos. Con la llegada de la
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Gran Depresión, la situación se complicó seriamente. Los mejicanos llevaron con ellos la costumbre de fumar cannabis y este parece el motivo por el que California aplicó su primera ley prohibicionista, ilegalizando “preparaciones de marihuana o hierba loca”. Otros estados se sumaron rápidamente a esta fiebre prohibicionista, incluyendo Wyoming (1915), Texas (1919), Iowa (1923), Nevada (1923), Oregon (1923), Washington (1923), Arkansas (1923) y Nebraska (1927). Estas leyes, estuvieron principalmente redactadas con la población mejicano-americana en la mira. Latinoamericanos y músicos afroamericanos de Jazz, fueron señalados como la causa del “problema” en los estados del este; el cannabis y el Jazz viajaron de la mano desde Nueva Orleans a Chicago y luego a Harlem, donde el cannabis se convirtió en una parte indispensable de la escena musical, siendo incluso mencionada con palabras en argot ( muggles, reefer…), en los hits musicales de la época: “Muggles” de Louis Armstrong, “That Funny Reefer Man” de Cab Calloway y “Viper’s Drag” de Fats Waller, son 3 de las más conocidas. Otra vez, el cannabis sirvió como excusa para airear sentimientos claramente racistas y en un breve período de tiempo se empezó a relacionar el cannabis con conductas violentas.
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Con la llegada de la ley seca, EE.UU. y el prohibicionismo empezaron a imponer sus políticas en el contexto internacional propiciando convenciones y tratados que endurecieran las políticas represivas sobre determinadas sustancias. Harry J. Anslinger comisionado sobre drogas de EEUU tuvo la inestimable y poderosa ayuda de William Randolf Hearst, dueño de un emporio económico que incluía una gran cadena de periódicos, tenía poderosos motivos para apoyar la prohibición del cannabis, por lo que utilizó sus periódicos como altavoz de las tesis más amarillistas, creando lo que hoy se conoce como “alarma social”.
petróleo; es sencillo comprender que no estaban muy interesados en desarrollar las potencialidades del cannabis, especialmente como fuente limpia y renovable de fibra natural resistente y duradera que sería una seria competidora para sus fibras sintéticas petroquímicas.
Hearst odiaba a los mejicanos principalmente por prejuicios racistas y porque había perdido 800.000 acres de superficie boscosa a manos de Pancho Villa.
Las farmacéuticas nunca estandarizaron ni identificaron la dosificación del cannabis para uso medicinal; es probable, que siendo el cannabis una planta fácilmente cultivable por uno mismo, se percataran de que no había gran provecho económico que sacar de esta medicina. A la misma conclusión llego la industria del tabaco; por un lado se percataron de que los consumidores de cannabis, consumían menos tabaco que los no consumidores. Por el otro, al igual que las farmacéuticas, vieron que monopolizar la producción y venta de cannabis era bastante difícil, por no decir imposible.
Sus fuertes inversiones en el sector maderero con el fin de producir papel para sus periódicos, convertían al papel de cáñamo en una alternativa realmente peligrosa para sus intereses y además, la publicación de artículos sensacionalistas narrando fábulas de mejicanos enloquecidos por una diabólica hierba, vendía periódicos y le reportaba excelentes beneficios. A este dúo se unieron la compañía química Dupont, compañías farmacéuticas y la industria del tabaco, cada una con sus propios intereses económicos privados. Dupont ha patentado y registrado entre otros: El Neopreno (1930), Nylon (1935), Teflón (1937), Mylar (1952), Lycra (1959), Kevlar (1970) obtenidas en su mayoría de derivados y subproductos del
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Sumado a esto el hecho de que los propios estados generan alrededor de la prohibición instituciones de control con facultades represivas que generan tanto de forma oficial como extra oficial cajas de ingreso de dinero que generan corrupción y extorsión la prohibición termina siendo una herramienta que persigue a cultivadores y usuarios, favorece la estigmatización y discriminación.
Reclamamos La legalización y regulación del cannabis para todos sus usos La aceptación social plena y el inmediato cese de las políticas represivas a usuarios y cultivadores no comerciales del cannabis Políticas orientadas por los DDHH El reconocimiento jurídico de las asociaciones de usuarios, cultivadores y clubes sociales de cannabis.
“Art. 19 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudique a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohible.”
Constitución Nacional Argentina
ACEPTACIÓN SOCIAL PLENA NO MÁS PRESOS POR CULTIVAR CANNABIS PARA QUE LA LEY CAMBIE SE NECESITA LA VOZ DE TODOS
aaca@hotmail.com.ar AgrupacionAgricultoresCanabicosArgentinos Red Intergaláctica de Intercambio de Semas Consultorio de la María