Análisis de la Contaminación Lumínica

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Contaminación Lumínica


La Contaminación Lumínica 2011

La Contaminación Lumínica INTRODUCCIÓN ¿Qué es la contaminación lumínica? ........................................................ 2 Antecedentes ........................................................................................... 3 Método basado en la estimación visual .................................................. 4 LEGISLACIÓN EN CONTAMINACIÓN LUMÍNICA Desarrollo normativas en materia de contaminación lumínica ................. 5 REGLAMENTO ANDALUZ Reglamento para la protección del cielo nocturno ................................... 8 IMPLICACIONES Ecológicas ............................................................................................. 18 Efectos sobre la biodiversidad .................................................... 18 Humanas ................................................................................................ 21 Efectos sobre la salud humana .................................................... 21 Sociales ................................................................................................. 23 La inseguridad ciudadana ........................................................... 23 Económicas ........................................................................................... 24 Inversión para el ahorro energético.............................................. 24 Caso práctico: Sustitución de lámpara ........................................ 24 CONCLUSIONES Resultado .............................................................................................. 26 BIBLIOGRAFÍA Documentos .......................................................................................... 27 Páginas Web .......................................................................................... 27

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INTRODUCCIÓN

¿QUÉ ES LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA? La Contaminación Lumínica se define como la alteración de la oscuridad natural del medio nocturno producida por la emisión de luz artificial. Este tipo de contaminación ha ido adquiriendo una mayor importancia en estos últimos años tras periodos en los que ha sido víctima de una absoluta inacción por parte de estamentos políticos, administrativos y de la sociedad en general. Este grave tipo de contaminación que nos afecta diariamente está ampliamente ligado al desarrollo urbanístico que se produjo a partir de los años cincuenta, cuando en las ciudades se hacía necesario un sistema de iluminación que garantizara la seguridad ciudadana. Sin embargo, hemos pasado de una necesidad de asegurar la seguridad, a una situación en que la iluminación representa un símbolo de ostentosidad y riqueza económica. Un ejemplo muy representativo es la ciudad de Las Vegas donde se asocia rápidamente los espectaculares juegos de luces de sus casinos con la posibilidad de hacerte millonario en una jugada. Estos excesos de exposición a este tipo de luces son perjudiciales para el ser humano ya que como comentaremos más adelante producen alteraciones en nuestro sistema como es aumento del ritmo cardiaco, insomnio, estrés, etc. Cuando paseamos de noche por las calles de la ciudad en que residimos podemos observar como existen una gran cantidad de objetos o sujetos iluminados de forma que se pueden apreciar sin dificultad. Cuando esto ocurre debemos plantearnos una pregunta, ¿está la luminaria alumbrando de forma eficiente? En la mayoría de los casos la respuesta es no, y es por esto por lo que tiene lugar el fenómeno de la Contaminación Lumínica. Las luminarias enfocan su luz hacia elementos susceptibles de ser iluminados, sin embargo un porcentaje de esta luz se prolonga hacia la atmósfera aumentando la luminosidad del cielo nocturno. Esto es algo similar a lo que ocurre con los contaminantes químicos en la contaminación atmosférica, pero a diferencia de estos en la luz artificial el efecto no viene sólo determinado por la cantidad sino también por la dirección de emisión. Debido a las características de la luz, los parámetros de evaluación de la Contaminación Lumínica tienen en cuenta tanto la cantidad como la dirección de la emisión. Dado esto, para medir la Contaminación Lumínica que puede producir una determinada luminaria debe tener en cuenta tanto el FHS (Flujo Hemisférico Superior), que es el porcentaje de luz que se pierde al espacio, como la luz reflejada por el pavimento.

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Normas básicas de instalación del alumbrado

Otro aspecto importante de este tipo de contaminación es la relación directa que mantiene con el ahorro energético y por tanto con el ahorro económico. Las leyes en esta materia están siendo cada vez más elaboradas y más exhaustivas, orientadas todas ellas a la reducción de la demanda energética de las instalaciones de alumbrado. Si conseguimos disminuir la cantidad de energía necesaria y acompañar esto de mejoras técnicas en las luminarias estaremos dando un gran paso para el Desarrollo Sostenible y la protección del cielo nocturno de nuestro país. Uno de los grupos más concienciados con la reducción de la contaminación lumínica son los ecólogos que ya desde hace años conocen las consecuencias que está teniendo para la flora y la fauna de nuestra tierra el exceso de iluminación.

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ANTECEDENTES Los primeros implicados en la reducción de la contaminación lumínica fueron los astrónomos ya que para ellos no es una preocupación actual sino que está íntimamente ligada a la investigación. El estudio del origen de la astronomía viene a partir de la información que recibimos a través de las radiaciones o cualquier otro método. La astronomía ha estado ligada al ser humano desde la antigüedad y todas las civilizaciones ha tenido alguna relación con esta ciencia. Como veremos adelante es una de las pocas ciencias en que los aficionados puedes desempeñar un papel importante, especialmente en la medición de la contaminación lumínica gracias al método basado en el recuento esterales mediante la estimación visual. No podemos confundir la Astronomía con la Astrología, ya que ambas comparten un origen común y son conocidas desde hace siglos, la primera es una ciencia que sigue un método científico y la segunda se encarga de la supuesta influencia de los astros en la vida del ser humano, no se puede denominar como ciencia. Los astrólogos siguen un sistema de creencias no probadas o abiertamente erróneas. La contaminación lumínica era un elemento inexistente cuando en el siglo XVII surgen los primeros observatorios nacionales para la investigación del universo. Como era lógico la mayoría de los centro se situaban en el centro de las ciudades. Por ejemplo, muy cerca de Londres, en Greenwich se creó en 1675 el Royal Observatory. Más tarde surgió el Observatorio de Montparnasse en París, un céntrico barrio de la capital francesa. Sin embargo como hemos comentado al principio el desarrollo urbano e industrial disminuyeron la capacidad de observación. La misma suerte corrió el Observatorio Astronómico Nacional de España ubicado en el madrileño parque del Retiro a finales del siglo XVIII, entonces a las afueras de la ciudad. Las autoridades se vieron obligadas a trasladar estas instalaciones debido a la contaminación atmosférica y lumínica que existía en esos lugares. “Durante la mayor parte de la historia humana, las palabras «contaminación lumínica» habrían carecido de sentido. Basta imaginar cómo debía de ser ir a Londres a pie en una noche de luna llena en 1800, cuando la capital inglesa era la más poblada de la Tierra. Casi un millón de habitantes se las arreglaba con velas, antorchas, teas y quinqués, y aún faltaban siete años para que hubiera farolas de gas en las calles. A pocos kilómetros de distancia, habría sido tan poco probable oler Londres como ver su tenue resplandor.”* *National Geographic

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MÉTODOS BASADOS EN LA ESTIMACIÓN VISUAL Los profesionales que trabajan en el mundo de la astronomía sea profesionalmente o mediante la investigación cuentan con material de gran precisión y muy costoso, que solo está al alcance de este grupo de personas. Como hemos venido comentando anteriormente las personas que tienen la astronomía como hobby pueden tener un papel importante gracias al nuevo método basado en la estimación visual utilizado por el proyecto IACO. Es un método sencillo consistente en utilizar el ojo humano como detector ya que la sensibilidad fotópica el ojo se parece mucho a la curva en la que se encuentra el filtro V. Se emplean como estrellas estándar aquellas que se distinguen a simple vista. Se definen una serie de zona en el firmamento, comprendidas dentro asterismos fáciles de reconocer, por ejemplo en el seno de grandes cuadriláteros o triángulos delimitados por estrellas brillantes conocidas por la mayoría de las personas que suelen observar el cielo.

Foto 1. Mapa de las constelaciones para medir la contaminación.

Se le solicita a aquellas personas que hagan recuento del número de estrellas que puedan distinguir dentro de cada una de estas zonas indicadas. Al tratarse de áreas bien definidas se sabe que cada número de estrellas corresponde a un brillo límite determinado, lo que quiere decir que la estimación fotométrica se sustituye por un simple recuento. Son evidentes las ventajas que tiene este método puesto que no requiere conocimientos avanzados en la materia, más allá de saber reconocer un área del firmamento. Esto hace que el número de participantes sea bastante elevado y además se obtienen datos en multitud de sitios diferentes. Entre los inconvenientes que nos encontramos con este método es que impide distinguir la distribución del resplandor difuso de la bóveda celeste y se limita a la banda visual (filtro V).

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Además de ser un método semicuantitativo, hay muchos factores que afectan a la precisión de los resultados: la experiencia del observador, el estado de dilatación de las pupilas,etc. Por otro lado, este sistema hace que se consiga una gran difusión y concienciación sobre el problema de la contaminación lumínica, como ayuda para la protección del cielo nocturno como parte del paisaje natural en el que vivimos. Otros métodos más avanzados se encuentran con el problema de extrapolarlos a términos perceptuales. Si realmente nos interesa conocer de que manera afecta la contaminación luminosa al cielo, ¿no es más sencillo mirar al cielo y comprobarlo?...

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LEGISLACIÓN SOBRE CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

DESARROLLO NORMATIVO EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN LUMÍNICA En este punto vamos a realizar un pequeño análisis de aquellas normativas referentes a contaminación lumínica que han aparecido a lo largo de estos veinticinco años. La norma que abrió el camino para la protección del cielo nocturno fue la Ley 31/1988, de 31 de Octubre, sobre protección de la calidad astronómica de los observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias, la llamada Ley del Cielo. Esta ley con rango estatal se produce con el objetivo de proteger el cielo para una adecuada actividad de investigación que ya venía realizando el Instituto de Astrofísica de Canarias. Años más tarde se produce el desarrollo reglamentaria de esta ley, aprobada mediante Real Decreto 243/1992, de 13 de marzo, tiene por objeto establecer las condiciones y los límites tolerables de todos los factores que se revelen degradantes de la calidad astronómica del cielo sobre las zonas que rodean los observatorios. Como bien dice en su artículo 1 este reglamento viene a regular los alumbrados exteriores, la instalación y funcionamiento de emisoras y el establecimiento de industrias y actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, así como otros factores que se revelen degradantes de la calidad astronómica de los observatorios de la isla de la Palma. Es curioso pero tiene sentido que en lo relacionado con la iluminación de exteriores, el ámbito de aplicación de este reglamento además de comprender la totalidad de la isla de la Palma también lo hace de una parte de la isla de Tenerife que tiene visión directa desde la otra isla. Años después de que esta Comunidad abriera el camino en esta materia empezaron a darse normativa de diferentes comunidades autónomas cuya finalidad además de buscar la protección del cielo nocturno era la de reducción la contaminación lumínica y con ello, el desarrollo tecnológico de aparatos que contaminen menos, proteger los ecosistemas y como punto fuerte y al que se están agarrando hoy en día las administraciones como es el reducir el consumo energético. La Comunidad Autónoma más adelantada fue Cataluña, que nueve años después del reglamento de Canarias, aprobó la Ley 6/2001, de 31 de mayo, ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno. La decisión que estaban tomando los gobiernos autonómicos en redactar su propia normativa eran iniciativas necesarias y han sido de gran utilidad, pero parecía conveniente una normativa estatal que encuadrara objetitos y criterios.

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Por esto el Estado redacta la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, en la que ya en su artículo 3 viene la definición de contaminación lumínica y aunque no hay ningún capitulo que hable sobre esto, en su disposición adicional cuarta dice lo siguiente: “Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán la prevención y reducción de la contaminación lumínica, con la finalidad de conseguir los siguientes objetivos: a) Promover un uso eficiente del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad que debe proporcionar a los peatones, los vehículos y las propiedades. b) Preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general. c) Prevenir, minimizar y corregir los efectos de la contaminación en el cielo nocturno, y, en particular en el entorno de los observatorios astronómicos que trabajan dentro del espectro visible. d) Reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios.” Además existe normas que tienen implicaciones en la protección del cielo nocturno, en este caso, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que aprobó el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Esta normativa sin nombrar en su titulo nada sobre protección del cielo nocturno y centrado en eficiencia energética puede llegar a tener más implicación que algunas de las que hemos nombrado anteriormente, por ello vamos a realizar un breve resumen de algunos de sus objetivos y medidas más importantes:

Mejorar la eficiencia y ahorro energético y disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero, así como limitar la contaminación lumínica y reducir la luz intrusa o molesta.

Fija niveles de iluminación en función del uso del espacio exterior y caracteriza los espacios abiertos por zonas de protección a efectos de la contaminación lumínica.

Fija niveles de iluminación en función del uso del espacio exterior y caracteriza los espacios abiertos por zonas de protección a efectos de la contaminación lumínica.

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Las luminarias y proyectores, además de cumplir las limitaciones del flujo hemisférico superior instalado y de intrusión lumínica, deben ajustarse a unas determinaciones mínimas en cuanto a rendimiento, factores de utilización y depreciación que permitan superar los requisitos de eficiencia energética.

En instalaciones de potencia superior a 5 kW, se debe instalar un sistema de accionamiento por reloj astronómico o mediante encendido centralizado. Para potencias menores puede implantarse un sistema de accionamiento por fotocélula.

Las instalaciones que superen los 5 kW de potencia tienen que disponer de sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan la reducción de éste hasta en un 50%.

Algunas de las Comunidades Autónomas que han aprobado normativas para la protección del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica han sido Cataluña, Islas Baleares, Navarra, Cantabria, Andalucía, etc. y junto a otros muchos ayuntamientos que han tomado medidas mediante ordenanzas municipales. Aunque con esta serie de leyes autonómicas que tienen carácter genérico, lo que se quiere es unificar criterios no se han podido cumplir en muchos de los apartados como ámbito de aplicación, zonificación, limitaciones y prohibiciones, características de las instalaciones y características de los pavimentos.

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REGLAMENTO ANDALUZ REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL CIELO NOCTURNO FRENTE A LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA Y EL ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA. En la Comunidad Andaluza contamos con dos observatorios astronómicos de calado internacional y de muy alto nivel científico. Estos son el de Sierra Nevada, es más importante de Europa Continental y Calar Alto (Centro Astronómico Hispano Alemán), el segundo en importancia en Europa. Además de éstos Andalucía cuenta con una serie de observatorios que van desde Collados de la Sagra (Granada) hasta Arenosillo (Huelva), pasando por La Mayora (Málaga), San Fernando (Cádiz), etc. El hecho de que muchos de estos observatorios se encuentren afectados hizo que grupos como astrónomos y ecologistas, los relacionados con la iluminación, unido a que estamos desperdiciando energía y a la crisis económica han hecho que el Gobierno Andaluz tomara medidas frente a la contaminación lumínica. Después de la Aprobación por parte del Parlamento de Andalucía de 2 propuestas no de Ley, de actuaciones de oficio por parte del Defensor del Pueblo Andaluz y de iniciativas llevadas a cabo por ayuntamientos que contienen en sus normativas criterios para la protección del cielo nocturno, dio como resultado la Sección III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. En verano del año pasado se publico el desarrollo reglamentario de la “GICA”, mediante el Decreto 357/2010, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. El Reglamento tiene como objetivos evitar las intrusiones del alumbrado exterior en el ámbito privado, preservar los hábitats naturales más sensibles a este tipo de impacto ambiental, garantizar el buen funcionamiento de los observatorios astronómicos y mejorar la eficiencia energética. A continuación voy a realizar un resumen de aquellos aspectos más importantes que recoge esta nueva normativa: •

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En primer lugar se encuentra el ámbito de aplicación como son las instalaciones de alumbrado exterior, dispositivos luminotécnicos y equipos auxiliares, tanto públicos como privados de Andalucía, independientemente de la potencia instalada, con excepción de las instalaciones de alumbrado que, por motivos de seguridad, dispongan de regulación específica. http://www.greenglobe.es


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El reglamento establece las siguientes zonas con el objetivo de hacer compatible la máxima en las zonas más vulnerables con el desarrollo de una vida nocturna confortable de los pueblos y ciudades.

Zonas

Tipología

E1

Áreas oscuras

Descripción

Competencia CMA

Áreas oscuras incluidas en espacios naturales Zonas de especial interés para la investigación científica a través de la observación astronómica Zonas en suelo clasificado como no urbanizable por el planeamiento urbanístico

E2

E3

E4

Áreas que admiten flujo luminoso reducido Áreas que admiten flujo luminoso medio

Terrenos clasificados como urbanizables y no urbanizables no incluidos en la zona E1

Ayuntamientos(1)

Zonas residenciales en el interior del casco urbano y periferia con densidad de edificación* media-baja Zonas industriales Zonas dotacionales con utilización en horario nocturno Sistema General de Espacio Libres

Ayuntamientos(1)

Áreas que admiten flujo luminoso elevado

Zonas en las que se desarrollen actividades de carácter comercial, turístico y recreativo en horario nocturno Zonas incluidas dentro del casco urbano con alta densidad de edificación

Ayuntamientos(1)

Tabla 1. Descripción de áreas lumínicas D357/2010, de 3 de agosto (1) Siempre mediante informe preceptivo y vinculante de la Diputación Provincial.

*Densidad de edificación: a) Alta: más de 100 viviendas/hectárea o de 1,3 m2 techo/ m2 suelo. b) Media: entre 75 y 100 viviendas/hectárea o entre 1 y 1,3 m2 techo/m2 techo/m2 suelo. c) Baja: menos de 75 viviendas/hectárea o de 1 m2 techo/m2 suelo.

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Se definen también los denominados “puntos de referencia”, que son: • •

Observatorios profesionales de categoría internacional. Otros observatorios dedicados a estudios científicos, académicos o postgrado.

Éstos deben estar rodeados de una zona de influencia (Z1) de máxima protección, que abarcará la superficie comprendida entre el perímetro de las instalaciones y una línea de un kilometro de distancia. También se define una segunda zona, a determinar en cada caso, denominada zona de influencia adyacente (Z2). Además, respecto a la zonificación lumínica del territorio, la norma incluye el procedimiento muy detallado mediante el que se llevará a cabo, así como las competencias de cada administración en el mismo.

Cronograma: Propuesta de zonificación.

Este es el cronograma del procedimiento para la propuesta de zonificación lumínica que han diseñado la consejería de medio ambiente. Después de un análisis desde la entrada en vigor del reglamento hasta el día de hoy, hemos podido observar que no se está cumpliendo con los plazos, ni con las propuestas de dar a conocer este reglamento a los técnicos de los ayuntamientos ya que después de hacer una serie de visitas a ayuntamientos de la provincia de Málaga y Granada, ninguno de ellos tenía conocimiento de éste. Lo que quiere decir que no han tenido la posibilidad de hacer propuesta para las zonas E1, aunque la competencia y la última palabra la tenga la

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administración competente (art. 7 del citado reglamento), en este caso la Consejería de Medio Ambiente. Por otro lado, las propuestas para la ubicación de las zonas E2, E3 y E4 serán llevada a cabo por los ayuntamientos, aunque tendrá que remitirlas a la diputación provincial para que esta emita informe preceptivo y vinculante. Esto hace que los ayuntamientos dejen de tener la potestad para declarar las diferentes áreas lumínicas, estás zonas estarán situadas dependiendo de los usos desde el punto de vista urbanístico. La Consejería de Medio Ambiente en una de sus jornadas sobre contaminación lumínica expone una serie de propuestas de zonificación tanto de las provincias andaluzas como de sus municipios en las que aparecen no sólo los puntos de referencia y las zonas E1, sino de todas las zonificaciones. Se quiere dar a entender que es una propuesta de zonas E1, E2 y E3, ya que no han hecho propuesta de la zonas E4 puesto para delimitar esta última zona habría que hacer un estudio pormenorizado del que se encargarán los ayuntamientos. Como muestra está la “propuesta de zonificación lumínica de Málaga”. Hay que decir que todavía no se encuentran publicadas en los boletines oficiales y que posiblemente, haya una modificación sobre las zonas de influencias.

Mapa1. Zonificación de Municipio de Málaga en función del grado de protección necesario frente a la contaminación lumínica.

ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3

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Revisando algunos de los mapas de zonificación de diferentes municipios con ayuda del programa informático Google Hearth, se puede observar como existen multitud de errores en estos. Zonas como el Puerto de la Torre (Málaga), marcada en rojo, contienen una pequeña parte en zona 3 y el resto en zona 2 pudiéndose observar a primera vista que existe una homogeneidad en la edificación de la zona y que no existe a simple ninguna variable que índice que tenga que haber dos zonas que diferente protección. Posiblemente sea un error de una cartografía obsoleta y de un estudio muy genérico y nada pormenorizado.

Mapa 2. Propuesta de zonificación ampliada de un área de Málaga.

Este error se encuentra en infinidad de mapas de los que se han consultado, prácticamente la totalidad de los Ayuntamientos de Andalucía deberán modificar la cartografía que le será entregada, ya que posteriormente podría tener principalmente implicaciones tanto en el desarrollo urbanístico como en la protección del medio natural. En definitiva La Consejería de Medio Ambiente ha desarrollado una herramienta para facilitar a los Ayuntamientos la ejecución de la zonificación de sus términos municipales. Aplicando las definiciones de zonas lumínicas y considerando los usos predominantes del suelo ha hecho una propuesta de zonas de todo el territorio andaluz, la cual está haciendo llegar a las Entidades Locales en tres formatos; como imagen en pdf, como capa de Google Earth y como capa de ArcGis. La finalidad es que los Ayuntamientos sólo tengan que comunicar los cambios que consideren oportunos a la Consejería.

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Para la clasificación del alumbrado exterior y para los límites de iluminación aplicables, se remite al RD 1890/2008, de 14 de noviembre, con el objeto de facilitarla aplicación de ambas normas.

En lo que respecta a las restricciones de usos que marca el decreto y sus correspondientes excepciones, quedan resumidas en la siguiente tabla:

Restricciones

Excepciones

Uso de leds, láseres y proyectores convencionales que emitan por encima del plano horizontal con fines publicitarios, recreativos o culturales Iluminación de playas y costas (excepto las integradas en núcleos de población) Uso de lámparas no monocromáticas en zona de influencia del punto de referencia y zona de influencia adyacente Uso de aerostatos iluminativos con fines publicitarios, recreativos o culturales en horario nocturno

Instalación o uso de rótulos luminosos en zonas E1

Motivos de seguridad ciudadana justificados

Operaciones de salvamento y otras situaciones de emergencia Eventos de carácter temporal con especial interés social, cultural o deportivo (hasta la terminación del mismo)(1) Iluminación de monumentos o ámbitos de especial interés patrimonial y cultural(1)

Otros usos del alumbrado de especial interés, debidamente justificados(1)

Tabla 2. Restricciones y excepciones fijadas por el reglamento. (1)Requiere del acuerdo del ayuntamiento correspondiente, autorizando esas excepciones

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Características de lámparas y luminarias: 

Se emplearán las lámparas que proporcionen mayor eficiencia energética y sean compatibles con las exigencias del reglamento. Se deben usar luminarias con un diseño que proyecten luz por debajo del plano horizontal, y que no iluminen fuera del objeto o zona a iluminar.

Alumbrado ornamental de señales y anuncios luminosos, y alumbrado festivo navideño: el decreto señala una serie de requisitos que deben cumplir este tipo de alumbrado, los cuales quedan recogidos en la siguiente tabla:

Ornamental

Señales y anuncios Festivo y navideño luminosos Se procurará que Durante el horario No podrá superar los las luminarias nocturno sólo valores límite emitan su flujo permanecerán establecidos en la ITCdesde arriba hacia encendidos los 02 del RD1890/2008 abajo carteles, vallas y anuncios con función informativa de posición y lugares que presten servicios Permanecerá Se usarán luminarias apagado durante el que emitan el flujo horario nocturno luminoso de arriba hacia abajo No podrá superar No podrá superar los los valores límite valores límite establecidos en la establecidos en la ITCITC-02 del 02 del RD1890/2008 RD1890/2008 Tabla 3. Restricciones para tipos de luminarias.

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Instrusión lumínica: el reglamento remite a los parámetros luminotécnicos especificados en la ITC-03 del RD 1890/2008 –Tabla 3 de la misma- para el caso de instalaciones de alumbrado nuevas, con la salvedad de alumbrados festivos y navideños. http://www.greenglobe.es


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Régimen y horarios de usos del alumbrado.

Franjas Horarias

Horario de usos

Régimen zonal

Invierno: De 0,00 – 6,00 horas

Zonas E1/E2 mantendrán apagado el alumbrado que no sea necesario(1)

Verano: De 1,00 – 6,00 horas

Zonas E3/E4 reducirán el flujo luminoso en la medida de lo posible(1)

Tabla 4. Régimen y horario de usos del alumbrado. (1)Los ayuntamientos podrán exceptuar el régimen zonal, para el desarrollo de actividades de naturaleza recreativa, cultural, deportiva o turística, comercial, industrial o agrícola (siempre que estén autorizadas por la administración competente).

Respecto al flujo hemisférico superior instalado (FHSinst), que se define como el flujo de luz que una luminaria emite por encima del plano horizontal, el reglamento establece que en las nuevas instalaciones no debe superar el 1% y cuando esto no sea posible deberá quedar justificado en el proyecto y, en ningún caso, se superarán los valores siguientes: Zona FHSinst (%) E1

1

E2

5

E3

15

E4

15

Alumbrado Vial

5

Tabla 5. Valores de FHSinst máximos

Para llevar a cabo todo esto la Consejería de Medio Ambiente quiere llevar a cabo con objeto de difundir el contenido de esta norma una intensa campaña de formación, divulgación y apoyo técnico y económico, destinada a ayuntamientos, universidades andaluzas, centros de educación primaria y secundaria, sector empresarial y a la población en general.

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IMPLICACIONES ECOLÓGICAS Efectos sobre la biodiversidad La iluminación eléctrica en exteriores causa efectos en fauna y flora. Los ejemplos más dramáticos conocidos afectan a especies marinas y a las aves migratorias. Numerosos petreles, de hábitos nocturnos, sufren confusión por la iluminación exterior de las zonas costeras y los barcos y pueden acabar muriendo en tierra, incapaces de encontrar su ruta hacia el océano. Lo mismo puede decirse de las tortugas marinas cuando emergen de sus nidos en las playas. Si existen luces artificiales en las cercanías, pueden equivocar su ruta y dirigirse a tierra en vez de al mar. Otros taxones afectados son los murciélagos y los insectos con actividad nocturna. En España, los episodios más conocidos de afectación a aves se producen en la isla de Tenerife. Anualmente, cientos de petreles jóvenes de varias especies se extravían hacia el interior de la isla, en vez de dirigirse hacia alta mar.

Foto de estación de esquí. Farolas de globo aumentan la contaminación lumínica.

El momento de máxima actividad para muchos animales terrestres es la noche, es una etapa del día que puede ser ventajosa para diferentes especies ya que para las presas facilita escapar de los depredadores, y para los depredadores tiene la ventaja de que hay menos competitividad. La vida nocturna necesita de ciertas diferencias en los sistemas sensoriales de los

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seres que viven en esa franja horaria, los cuales necesitarán de órganos visuales adaptados a baja luminosidad o utilizar como haces muchas especies, la ecolocalización. Aunque parezca que durante la noche no hay vida, una gran parte de los mamíferos, de anfibios y muchas aves son de vida nocturna. Vivir de noche le ha resultado una estrategia fantástica, sin embargo, con el paso del tiempo muchas de las adaptaciones están perdiendo eficiencia con el cambio de las características el medio donde habitan. Aquellas adaptaciones de algunos animales que hacían que aprovechará mínimas cantidades de luz, es ahora una desventaja que está haciendo que las perspectivas para los animales de vida nocturna no sean muy buenas. Hemos creado un paisaje en el que los animales nocturnos se encuentran desorientados y en algunos casos se sienten atraídos irremediablemente. Existe un caso muy curioso donde la idea de la protección de la naturaleza está consolidada para aquellas especies denominadas “estandarte”, como son las tortugas marinas en diferentes rincones del planeta. Los turistas que las visitan no tiene ningún reparo en ir a oscuras por la playa, la prohibición de hacer fotos, utilizar linternas especiales… para poder ver a estas criaturas desovar en la playa. Estos requisitos aceptados por muchas personas no son del agrado cuando el animal afectado no es tan “importante”, y no son capaces de renunciar a sus espacios iluminados a favor de otros seres vivos. Poco a poco se está consiguiendo cambiar la visión que se tenía anteriormente del medio ambiente. Hace años era imposible pensar que los proyectos de obras en mucho de sus casos debieran llevar consigo un informe ambiental que dice cómo afecta esa construcción al medio natural, y lo que parecía impensable ahora se ha convertido en algo reglado y controlado. En materia de contaminación lumínica está ocurriendo de la misma situación, probablemente dentro de algunos años gracias a la conciencia medioambiental, la investigación, las nuevas tecnologías y la problemática económica que estamos viviendo en estos momentos, está haciendo que tanto las personas individualmente como las entidades locales o gobiernos tomen decisiones para que descienda este tipo de contaminación y por otro lado reducir el consumo en energía eléctrica.

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HUMANAS Efectos sobre la salud humana El uso de luz artificial ha ayudado al ser humano a seguir realizando actividades al caer el sol, y aprovechar más las 24 horas de cada día. La utilización de la luz durante la noche es algo tan normal que en muchas ciudades ya no existe la oscuridad real. Después de muchos estudios los investigadores han llegado a la conclusión de que la exposición a la luz de forma continuada en horario nocturno tiene consecuencias para los seres vivos. Cuando la luz nocturna tiene unas características apropiadas de intensidad y longitud de onda, es traducida con una señal que viaja hasta el sistema nervioso central y hace que se modifique el objetivo del reloj biológico y con ello la producción de melatonina. Durante la noche es cuando se produce la secreción de melatonina y contiene importantes funciones que desaparecen en el momento de exposición a la luz.

Dibujo1. Reloj biológico humano.

Se ha detectado que aquellos individuos expuestos de forma continuada a una luz excesiva, pueden aumentar el riesgo de padecer cáncer, como ocurre en los empleados del turno de noche. La baja producción de melatonina puede tener otras consecuencias para el cuerpo humano ya que actúa como neutralizadora de radicales libres y antioxidante de amplio

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espectro, lo que va a ayudar a iniciar o a empeorar algunas enfermedades sobretodo en ancianos. Menos de 8 horas duermen muchos individuos, ya que hemos ido recortando las horas de sueño desde hace décadas. El sueño en sí, no aumenta la síntesis de melatonina, pero lleva consigo el hecho de que normalmente nos encontramos en oscuridad que es una condición sin la cual no se produciría. De forma natural como ocurre en los equinoccios tenemos doce horas de luz y doce horas de oscuridad, así que la melatonina tendrá unos niveles elevados durante doce horas. El problema existe en las poblaciones más desarrolladas en la que la larga exposición a la luz artificial hace que la melatonina no alcance los niveles adecuados. Aún se pueden empeorar la cosa al encender la luz cuando te levantas por la noche, esto hace que el cerebro crea que es de día y los niveles de caigan en picado, y si esta acción se produce varias veces durante la noche los niveles serán parecidos a los que existen durante el día. La intensidad con la que se reduce la producción de melatonina durante la noche depende de la cantidad de luz y de la longitud de onda de esta, por ello es interesante saber que las longitudes de onda que más afectan están en la escala de 470-475 nm (lo que quiere decir que se encuentra en el azul). Por otro lado, también se conocen las consecuencias de los síntomas conocidos como “jet lag” que produce una descompensación horaria, disritmia circadiana o síndrome de los husos horarios, es un desequilibrio producido entre el reloj interno de una persona (que marca los períodos de sueño y vigilia) y el nuevo horario que se establece al viajar en avión a largas distancias, a través de varias regiones horarias. Un individuo que realiza un viaje transmeridiano, va a tener alteración en los niveles de melatonina. El ejemplo se da en los viajes desde EE.UU a Europa, ya que el vuelo es al este y por la noche, lo que hace que se acorte el periodo de oscuridad. El descenso de melatonina se produce en la mitad de la noche en el lugar de origen, momento en el cual nos niveles deberías ser los máximos. A lo largo de los siguientes días los niveles de melatonina y el reloj deben reajustarse al ciclo de luz/oscuridad, el tiempo de adaptación se prevé una hora cada 24 horas, así que después de una semana se habrá conseguido el reajuste. La alteración prolongada e intermitente del ciclo circadiano puede pasar factura a algunos procesos fisiológicos del cuerpo humano. La melatonina hace que se tarde más tiempo en iniciarse el cáncer debido a que actúa contra los radicales libres que dañan el ADN, es decir, actúa como un potente antioxidante y reduce la probabilidad de contraer cáncer. Además se le une el efecto antiestrogénico que restringe el aumento de algunos tumores sensibles

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a hormonas. Estas acciones se producen especialmente en células mamarias que poseen un receptor de estrógeno, y el efecto estaría controlado por receptores de melatonina que se encuentran en la membrana y el núcleo de las células cancerosas. Cualquier factor que produzca una alteración en la producción de melatonina durante el ciclo circadiano, como por ejemplo la exposición a la luz durante la noche, puede conseguir una impronta de consecuencias negativas en cuanto a enfermedades y al envejecimiento progresivo. En conclusión, para mantener una buena salud es necesario que el sistema circadiano funcione correctamente. La luz es el principal sincronizador del sistema circadiano y por tanto es importante un uso adecuado de la iluminación en el interior de edificios, teniendo en cuanta tanto la intensidad como el color, y minimizar la exposición a luz durante la noche, al menos la que es especialmente rica en componente azulado. Con las evidencias científicas existentes y aplicando el principio de precaución, tenemos la obligación de trabajar en el desarrollo de nuevas tecnologías de iluminación cronosaludables que salvaguarden nuestro reloj y no interfieran con los ritmos circadianos normales de los animales y plantas.

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SOCIALES La inseguridad ciudadana Cuando aparece la idea de contaminación lumínica y se decide tomar medidas para reducirla, el primer problema al que hay que enfrentarse es al de la ciudadanía ya que tiene el concepto de oscuridad y vandalismo ligados. Muchos ayuntamientos han empleado la iluminación para erradicar el vandalismo que aquellas áreas que se encontraban en zonas oscuras pero no siempre ha sido un método acertado. Ahora vamos a intentar descubrir si una mayor iluminación desciende la delincuencia. Parece claro que al aumentar la visibilidad durante la noche, aumenta la sensación de seguridad pero por otro lado probablemente los delincuentes se encuentren más seguros en esa situación ya que tiene su objetivo a la vista. También puede pasar desapercibido el hecho de que durante el día hay muchos más delitos que durante la noche. Un ejemplo muy interesante es el de una pequeña ciudad inglesa que durante 2 años apagó el alumbrado público desde las 12:00 hasta las 5:30 de la mañana. La finalidad era reducir el consumo en electricidad ya que la mayor parte del presupuesto iba destinado a esto. El resultado fue sorprendente, los índices de criminalidad descendieron, aunque este dado no hay que tomárselo al pie de la letra ya que el estudio no dice nada de qué tipo de medidas tomaron los cuerpos de seguridad frente a esta decisión pero también podemos pensar que es obvio que si los viandantes no pasean por las calles entonces no habrá atracos pero no porque no quieran robarles sino porque no hay a quien atracar. En conclusión, estamos delante de una difícil decisión: por un lado necesitamos reducir la contaminación lumínica y ahorrar energía pero por otro lado no queremos dejar de sentirnos seguros paseando por nuestras calles.

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ECONÓMICOS Inversión para el ahorro energético El aspecto económico en materia de contaminación lumínica ha sido el más importante a la hora de tomar la decisión de actuar frente a esta problemática pero nos encontramos en un momento en que las arcas de las administraciones locales están vacías. Esto hace que invertir en el cambio de las luminarias exteriores, relojes astronómicos, reguladores de flujo, etc. sea una misión casi imposible, para ello existen diferentes formas de actuar entre las que destacan las subvenciones provenientes del Estado y de las Comunidades Autónomos. El Ministerio de Medio Ambiente puede subvencionar hasta la mitad de la actuación con un límite. En el caso de la Comunidad Autónoma Andaluza, la Consejería de Medio Ambiente subvenciona a aquellos municipios que formen parte de la Agenda Local 21 con hasta 60.000 euros. Hay multitud de acciones que se pueden llevar a cabo para reducir la contaminación lumínica y al mismo tiempo tener un ahorro energético y económico, pero las principales que se suelen hacer son sustituir las lámparas de vapor de mercurio por las de vapor de sodio de alta presión, cambiar las luminarias (la importancia del diseño), colocación de relojes astronómicos, instalación de reguladores de flujo y reducir la potencia. Vamos a evaluar la primera propuesta que consistía en sustituir las lámparas de VM por las de VSAP. Caso Práctico: Sustitución de lámparas Las lámparas de VSAP tienes unas características que las hacen más rentables que las de VM, ya que con la misma potencia de iluminación conseguimos un ahorro energético, la vida útil (tiempo medio durante el que son utilizadas y hay que sustituirlas) de estas es mayor y su instalación es más sencilla. En un ayuntamiento deciden hacer el cambio que estamos proponiendo, sustituir las de VM de 125 W por las de VSAP de 70W o de 100W. Con los datos de coste eléctrico se puede obtener el ahorro económico que se generará al sustituir las lámparas.

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Estudiamos la sustitución de 3 cuadros con las siguientes características: Potencia (kw)

Nº VM125w a VSAP70w

Nº VM125w a VSAP100w

Régimen de funcionamiento (h/año)

Coste/Consumo (c€/kwh)

Ahorro anual (€/año)

C1

29,62

2

19

3.189

9,98

186,19

C2

27,17

3

0

4.060

8,99

60,20

C3

7,27

49

0

5.120

8,91

1.229,83

54

19

TOTAL

1.476.23

Tabla 6. Ahorro económico en la sustitución de lámparas.

La vida útil de las lámparas de VSAP es de 3 años y de sus equipos auxiliares de 12 años. El precio unitario de las VSAP 70w es de 26 euros y las de VSAP es de 28 euros, así que el precio total por el cambio de las 73 lámparas sería de 1.352 euros. El coste medio de los equipos auxiliares es de 20 € por lámpara cada 3 años que hace un total de 1.460 euros y considerando que el precio de la mano de obra es de 22 € por cada sustitución con un total de 1.606 euros, todo esto hace un total de 4.418 euros. Lo que implica que la inversión se recuperaría en 3 años.

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CONCLUSIONES

RESULTADO A pesar de vivir diariamente con esta problemática, quién mejor lo sabemos somos aquellos que vivimos en pisos bajos y la iluminación de las farolas entra por nuestras ventanas haciendo que en muchas ocasiones no podamos conciliar bien el sueño. Sin llevarnos las manos a la cabeza podíamos pensar que está produciéndose una vulneración al privar al ciudadano del derecho a la inviolabilidad el domicilio, como ocurre con la contaminación acústica. Pero por otro lado, probablemente no nos importe ya que nos sentimos más seguros y esta sensación parecer ser que contrarresta con la de no poder dormir. Hemos hablado sobre el impacto que produce este tipo de contaminación en los ecosistemas pero los primeros perjudicados somos aquellos que lo hemos creado, el ser humano. Con gran seguridad puedo decir que el conocimiento que tiene la ciudadanía sobre esta materia en los últimos años ha venido dado gracias al momento económico que estamos pasando. Las Administraciones se han dado cuenta de que de la misma manera que se podía reducir la contaminación lumínica, se estaba produciendo un ahorro económico solo con una inversión amortizable en unos años. Además se han creado puestos de trabajo, la tecnología está avanzando en esta materia a pasos agigantados con la iluminación leds, los nuevos diseños de las farolas, etc. Cada vez más los edificios están diseñados para producir el menor impacto posible y con las últimas normativas se ha dado un paso más a la hora de controlar este aspecto. Una opción muy interesante para las administraciones locales y que no ha sido comentada son las empresas de servicios energéticos. Son empresas encargadas de realizar tanto el proyecto como la inversión necesaria para reducir el consumo energético en cualquier edificación, ciudad u otro tipo de proyectos. Éstas firman un contrato con el cliente durante un plazo de 3 a 20 años dependiendo de las dimensiones del proyecto para su amortización económica y obtiene beneficios gracias al ahorro energético que ellos mismos consiguen con la instalación de sistemas altamente eficientes. Esta es una clara opción para aquellos municipios que no pueden invertir en el cambio de luminarias exteriores o para los edificios antiguos que según las últimas normativas sobre edificación van a tener que ser más eficientes. Este es un mercado al alza ya que cuenta con un gran apoyo del Ministerio de Industria y es un negocio relacionado directamente con los avances tecnológicos.

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Por último, podemos decir que aunque haya tardado 10 años en publicarse el Reglamento sobre contaminación lumínica en la Comunidad Autónoma Andaluza, parece que ahora con menor o mayor acierto se está trabajando en esta materia y en unos meses tendremos noticias de la opinión de los Municipios sobre la zonificación propuesta por la Consejería y posible realización del “Mapa del brillo del cielo nocturno de Andalucía”.

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BIBLIOGRAFÍA

DOCUMENTOS:

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 

Actuaciones Públicas en materia de medio ambiente. Medición de la contaminación lumínica. Campañas IACO y “Great WorldWide Star Count” Congreso Nacional de Medio Ambiente “Contaminación Lumínica” CONAMA9. Contaminación Lumínica. Impacto ecológico de la iluminación nocturna. Descontaminación lumínica y máxima eficiencia energética en las instalaciones de alumbrado exterior. Propuesta de Zonificación de Andalucía. Consejería de Medio Ambiente. Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. La contaminación lumínica: implicaciones urbanísticas, demaniales y de eficiencia energética. Isabel González Ríos. Extrañando la oscuridad. Los efectos de la contaminación lumínica sobre la salud.

PÁGINAS WEB:

       

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http://www.greenglobe.es/servicios/estudios-prevencioncontaminacion-luminica http://www.nationalgeographic.com.es/2008/12/01/contaminacion_lumi nica_final_noche.html http://www.astromalaga.es/ http://www.ventanilla-ambiental.com http://futurosostenible.greenglobe.es/ http://www.astrogea.org/celfosc/ley_cl.htm http://luminica.blogspot.com/ http://infoastro.com

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