Circular impuesto electricidad

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CIRCULAR 08/2015

IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD Reducción del 85 % en la base imponible del impuesto

Gros & Monserrat Área Fiscal Marzo 2015 ©Gros Monserrat, S.L.


CIRCULAR 08/2015. REDUCCIÓN DEL 85 % EN LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD

IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD Con motivo de la recién aprobada reforma fiscal, los supuestos en los que se puede aplicar la reducción del 85 % de la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad son los siguientes: -

Reducción química y procesos electrolíticos

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Procesos mineralógicos

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Procesos metalúrgicos.

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Actividades agrícolas en regadío

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Todas las actividades industriales, cuyo consumo eléctrico suponga más del 50% del coste del producto

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Todas las actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 % del valor de la producción

A estos efectos, se entiende por: -

Compras o consumo de electricidad: el coste real de la energía eléctrica adquirida o consumida incluidos todos los impuestos, con la excepción del IVA deducible

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Valor de la producción: estará constituido por el importe de la cifra de negocios, al que se adicionará la variación de existencias, de productos en curso y de productos terminados

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Coste de un producto: la suma de las compras totales de bienes y servicios más los costes de mano de obra más el consumo del capital fijo. El coste se calcula por unidad en promedio

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Coste de la electricidad: el valor de compra real de la electricidad o el coste de producción de electricidad, si se genera en la propia empresa.

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CIRCULAR 08/2015. REDUCCIÓN DEL 85 % EN LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD

Para obtener esta reducción se tendrá que presentar una Comunicación de Inscripción en el Registro Territorial, junto con la siguiente documentación: •

Descripción de la actividad y, en su caso, instalación por la que solicita la inscripción.

Autorización normativa sector eléctrico.

Documentación acreditativa de la representación.

Después, la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria expedirá una Tarjeta de Inscripción en el que aparecerá un Código de Identificación de la Electricidad (CIE). Esta Tarjeta Identificativa es la que se debe presentar a la comercializadora con la que tiene el contrato de electricidad para que le aplique la reducción del 85% sobre la base del impuesto eléctrico directamente en sus facturas.

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CIRCULAR 08/2015. REDUCCIÓN DEL 85 % EN LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD

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