Reconocimiento de Activos Intangibles

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RECONOCIMIENTO DE ACTIVOS INTANGIBLES

Bases firmes para obtener mejores resultados determinando el valor de la empresa



CONTENIDO 1. GESTIÓN FINANCIERA A. Concepto de activo intangible B. Clasificación de los activos intangibles C. Beneficio del reconocimiento de los activos intangibles D. Valuación de la empresa

2. FUNDAMENTOS JURIDICOS A. Definición de activo intangible B. Miscelánea Fiscal 2008 C. Norma de Información Financiera (NIF C-8) D. Norma Mexicana 459 (NMX 459) E. Art. 6 de la Ley Federal de la Correduría Pública F. Código Civil Federal G. Ley del ISR H. Normas y procedimientos de auditoría y normas para atestiguar (Boletín 5160)

3. PROCESO DE AVALÚO DE LOS INTANGIBLES Y SU RECONOCIMIENTO 4. COSTO DE LOS SERVICIO


1. GESTIÓN FINANCIERA

Concepto de activo intangible

A

Activo Intangible es aquél que tiene una naturaleza inmaterial (normalmente sin sustancia o esencia física) y posee capacidad para generar beneficios económicos futuros que pueden ser controlados por su empresa.

Clasificación de los activos intangibles

B

• • • • •

Activos relacionados con la clientela Activos relacionados con el capital humano Activos relacionados con los procesos Activos relacionados con las estrategias Activos relacionados a lo financiero

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1. GESTIÓN FINANCIERA Beneficio del reconocimiento de los activos intangibles

C

Los efectos de dicho reconocimiento serán decisión del cliente, por lo que los alcances podrán incidir en las áreas, financiera o fiscal, provocando en cualquiera de las decisiones, diversidad de beneficios económicos visibles a corto, mediano y largo plazo. Adicionalmente contara con información veraz de las fuentes de valor que tiene su empresa, distinta a los activos materiales. Podrá tomar mejores decisiones para la consolidación de su patrimonio.

Valuación de la empresa

D

La identificación, valuación y reconocimiento de los activos intangibles es una de las diversas fortalezas que esta firma ofrece a sus clientes. Los procedimientos aplicados son desarrollados dentro de los estándares legales y en el marco conceptual vigente.

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2. FUNDAMENTOS JURIDICOS

A

Definición de activo intangible

Las normas de información financiera (nif) han identificado a través de su boletín c-8 a los activos intangibles de una entidad y los define como: “Aquellos identificables, sin sustancia física, utilizados para la producción o abastecimiento de bienes, prestación de servicios o para propósitos administrativos que generarán beneficios económicos futuros controlados por la entidad”.

Para que un activo intangible pueda ser reconocido en los estados financieros debe cumplir obligatoriamente con tres elementos distintivos: • • •

Ser identificables. Proporcionar beneficios económicos futuros fundadamente esperados. Tener control sobre dichos beneficios futuros.

En el caso de las marcas la ley de la propiedad industrial las define en su artículo 88 de la siguiente forma: “se entiende por marca a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado”. Acuerdo que establece los lineamientos a seguir por los corredores públicos para emitir avalúos DOF (09/03/1999)

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2. FUNDAMENTOS JURIDICOS

Artículo 12.- En los avalúos practicados por corredor público a bienes intangibles, en atención a su naturaleza o tipo, se podrán determinar sus valores de acuerdo a lo siguiente: I.- Mediante la investigación de mercado de bienes y productos similares o sucedáneos con base a referencias comerciales, valores implícitos y calculados, considerando volúmenes de venta y rentabilidad, posibles casos de compraventa o, en su defecto, pago de regalías por el uso y explotación de patentes, marcas o franquicias.

B

Miscelánea Fiscal 2008

Referencia en los dictámenes para efectos fiscales publicado en el Diario Oficial de la Federación en su anexo 16 2ª. Sección de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008. En su apéndice XI señala: “Catalogo de sus principales Activos Intangibles

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2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

C

Norma de Información Financiera (NIF C-8)

La NIF C-8, tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles que se adquieren en forma individual o a través de una adquisición de negocios, o que se generan de forma interna en el curso normal de las operaciones de la entidad.

D

Norma Mexicana 459 (NMX 459)

NMX 459 de la Secretaria de Economía, publicada en el DOF en septiembre del 2007 para efectos de los avalúos de bienes tangibles e intangibles.

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2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

E

Art. 6 de la Ley Federal de la Correduría Pública

La Ley Federal de Correduría Pública, que en su artículo 6 establece las obligaciones de los Corredores Públicos, destacando cuando funjan como peritos valuadores.

F

Código Civil Federal

La regulación en el Código Civil Federal en relación a la propiedad, a los bienes, a la capacidad jurídica y la regulación desde el Código de Comercio y la Ley General de Sociedades Mercantiles, por citar algunas, sin omitir diversos ordenamientos aplicables, a los que habrá que ajustarse para su respectivo sustento.

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2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

G

Ley de ISR

Artículo 32. Para los efectos de esta Ley, se consideran inversiones los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos pre- operativos, cuyo concepto se señala a continuación: Gastos diferidos son los activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, mejorar la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral. También se consideran gastos diferidos los activos intangibles que permitan la explotación de bienes del dominio público o la prestación de un servicio público concesionado.

Artículo 33. Los por cientos máximos autorizados tratándose de gastos y cargos diferidos, así como para las erogaciones realizadas en periodos pre-operativos, son los siguientes: III. 15% para regalías, para asistencia técnica, así como para otros gastos diferidos, a excepción de los señalados en la fracción IV del presente artículo.

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2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

H BOLETIN 5160 INTANGIBLES

Objetivo del boletín 5160

Normas y procedimientos de auditoría y normas para atestiguar (Boletín 5160) Generalidades Como se establece en el boletín C-8 “intangibles” de la Comisión de Principios de Contabilidad, el concepto de intangibles normalmente se restringe a aquellos activos no circulantes, que sin ser materiales o corpóreos son aprovechados en el negocio. Se conocen dos clases de activos intangibles: a) partidas que representan la utilización de servicios o el consumo de bienes pero que, en virtud de que se espera que producirán ingresos específicos en el futuro, su aplicación y resultados como un gasto es diferida hasta el ejercicio en que dichos ingresos son obtenidos…

El objetivo del presente boletín es enunciar y describir los procedimientos de auditoria recomendados para el examen de los activos considerados intangibles cuya naturaleza y características se describen en el boletín C-8 “intangibles” de la Comisión de Principios de la Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Dichos procedimientos deberán ser diseñados por el auditor en forma específica en cuanto a su naturaleza, oportunidad y alcance, tomando en cuenta las condiciones y características de cada empresa.

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2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Objetivos de la auditoria

Los objetivos de los procedimientos de auditoria relativos a los activos intangibles, son los siguientes: •

Comprobar que son propiedad de la empresa.

• Determinar que se trata de erogaciones de las que se derivarán beneficios en ejercicios futuros. • Cerciorarse que haya consistencia en la política de contabilización. • Comprobar su adecuada valuación, tomando en consideración su valor potencial en beneficio futuro (valor de uso). • Cerciorarse que haya consistencia en la aplicación de los métodos de valuación (capitalización y amortización). • Evaluar la razonabilidad del periodo de aplicación a los resultados. •

Determinar la existencia de gravámenes.

• Comprobar la adecuada presentación y relevación en los estados financieros.

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2. FUNDAMENTOS JURテ好ICOS Ejemplo de una valuaciテウn de intangibles hecha por el grupo

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3.

PROCESO DE AVO DE LOS INTANGIBLES Y SU RECONOCIMIENTO PRE-AVALUO

PRE AVALUO

• Se identifican las fuentes de valor de los activos intangibles para poder determinar un probable valor. • Requerimientos de acuerdo al formato MC-PAI01. • Periodo estimado de 20 días.

AVALUO Y RESPALDO LEGAL

• Se reconoce y revela el valor de los Activos intangibles. • Intervienen el Perito Valuador y el Corredor Público así como el Área Jurídica Corporativa para los debidos protocolos. • Periodo máximo 5 meses.

EFECTOS

• Según la decisión se registra o capitaliza y contabiliza el valor de los Activos Intangibles. • Soporte documental y se interrelacionan las área financieras y contables así como las áreas legales. • Relacionado con los movimientos de acuerdo a la decisión adoptada.

SEGUIMIENTO

• Se supervisa la forma y la legalidad del reconocimiento de los Activos Intangibles. • Evaluación continua del comportamiento del registro en referencia a los Activos Intangibles. • Durante un periodo de 5 años posteriores al reconocimiento.

$$

4. COSTO DEL SERVICIO Grupo Ganc cobre el 5% sobre el total de la evaluación que emite el corredor público.

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Nuestras Sedes Oaxaca

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